Distr.

GENERAL

E/C.12/1/Add.84

19 de diciembre de 2002

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

29º periodo de sesiones

11 a 29 de noviembre de 2002

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

ISLAS SALOMÓN

1.El Comité examinó el informe inicial de las Islas Salomón sobre la aplicación del Pacto (E/1990/5/Add.50) en sus sesiones 38ª y 39ª, celebradas el 18 de noviembre de 2002 (véase E/C.12/2002/SR.38 y 39), y aprobó, en su 56ª sesión, celebrada el 29 de noviembre de 2002, las siguientes observaciones finales.

A. Introducción

2.El Comité acoge con agrado la presentación del informe inicial de las Islas Salomón, preparado en general de conformidad con las directrices del Comité. Sin embargo, lamenta que el Estado Parte no haya respondido por escrito a la lista de cuestiones (E/C.12/Q/SOL/1). El Comité también lamenta la ausencia de una delegación del Estado Parte, lo que le impidió entablar un diálogo detallado y constructivo con representantes del Estado Parte.

B. Aspectos positivos

3.El Comité acoge con satisfacción la conclusión de un acuerdo de cooperación técnica entre la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (OACNUR) y el Gobierno de las Islas Salomón. El Comité propugna la inclusión en este acuerdo de actividades centradas concretamente en los derechos económicos, sociales y culturales.

GE.02-46387 (S) 230103 230103

4.El Comité se congratula de las iniciativas emprendidas por el Estado Parte en la esfera de la reforma constitucional, así como de los programas introducidos con miras a fortalecer el imperio de la ley, el apoyo al proceso de la verdad y la reconciliación y el fortalecimiento de la sociedad civil con asistencia y cooperación internacional.

C. Factores y dificultades que obstaculizan la aplicación del Pacto

5.El Comité estima que la recesión económica reciente, empeorada por un elevado índice de pobreza generalizada y una economía de subsistencia, así como la tensión social y la inestabilidad política, han dificultado la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el Pacto.

D. Principales motivos de preocupación

6.El Comité expresa su preocupación por la representación insuficiente de las mujeres en todos los niveles de los órganos decisorios del gobierno y por la persistencia de actitudes patriarcales en la sociedad.

7.Al Comité también le preocupa el hecho de que el 45% de la población por encima de los 14 años desempeñe trabajos no remunerados, según se indica en el párrafo 26 del informe del Estado Parte. El Comité ve además con preocupación el elevado índice de desempleo y de subempleo en el Estado Parte, en especial entre las mujeres y los jóvenes.

8.El Comité toma nota con preocupación de que el Estado Parte no ha ratificado la mayoría de los principales Convenios de la Organización Internacional del Trabajo relativos a derechos económicos, sociales y culturales.

9.El Comité toma nota también con preocupación de que la erosión del tradicional apoyo social entre parientes y del sistema "wantok" no está compensada y equilibrada con otro tipo cualquiera de asistencia social.

10.El Comité ve con alarma la alta incidencia de violencia doméstica contra la mujer y el niño en el Estado Parte.

11.Aun encomiando los esfuerzos intensos realizados por el Estado Parte en la lucha contra el paludismo, el Comité toma nota con preocupación de que el paludismo sigue siendo un problema importante de salud pública en el Estado Parte. También preocupan al Comité las graves infecciones respiratorias, así como las infecciones de transmisión sexual, que siguen siendo la causa principal de los problemas sanitarios, según se indica en el Informe sobre Desarrollo Humano 2002.

12.El Comité observa con preocupación la propagación de la malnutrición, especialmente entre los jóvenes, a pesar de que se dispone de existencias alimentarias en cantidad casi suficiente en todas las zonas del país.

13.El Comité expresa también su preocupación por el hecho de que muchas comunidades del Estado Parte no tengan acceso a agua potable y a unas adecuadas instalaciones de saneamiento, lo cual plantea graves amenazas a su higiene.

14.El Comité está muy preocupado porque la enseñanza primaria no es obligatoria en el Estado Parte, según se dispone en el artículo 14 del Pacto. El Comité observa además que el precio de libros de texto, papel para escribir y material docente está fuera del alcance de muchos padres y hace la enseñanza primaria inasequible para muchos.

15.Al Comité le preocupa el hecho de que cada vez sean menos las niñas y los niños que se matriculan en la escuela primaria y de que exista un elevado índice de abandono escolar entre las niñas tanto en la enseñanza primaria como en la secundaria.

16.Aun teniendo en cuenta los esfuerzos considerables realizados por el Estado Parte para reducir el analfabetismo, el Comité sigue estando preocupado por la gravedad de ese problema especialmente entre las mujeres.

E. Sugerencias y recomendaciones

17.El Comité recomienda que se formule un plan general de acción para los derechos humanos. El Comité pide al Estado Parte que incluya una copia de ese plan de acción en su segundo informe periódico y facilite información sobre la aplicación del plan y cómo éste fomenta y protege los derechos económicos, sociales y culturales.

18.El Comité insta al Estado Parte a que adopte todas las medidas eficaces necesarias para prohibir la discriminación sobre la base de la nacionalidad o el sexo en todas las esferas de la vida económica, social y cultural. Además, el Comité pide al Estado Parte que proporcione, en su siguiente informe periódico, información detallada sobre cualesquiera políticas oficiales, programas y medidas adoptados para ayudar a la aplicación de la legislación sobre la igualdad entre hombres y mujeres, de conformidad con el párrafo 2 del artículo 2 y el artículo 3 del Pacto.

19.El Comité insta también al Estado Parte a que elabore y aplique un programa nacional de creación de empleo que proporcione formación profesional, en especial a las mujeres y a los jóvenes. El Comité recomienda al Estado Parte que aliente la creación de pequeñas empresas, entre otras cosas, mediante la creación de planes de crédito accesibles.

20.El Comité pide al Estado Parte que facilite en su próximo informe periódico información detallada sobre la Ley sindical mencionada en el párrafo 91 del informe del Estado Parte.

21.El Comité recomienda al Estado Parte que considere la ratificación de los principales Convenios de la Organización Internacional del Trabajo relativos a los derechos económicos, sociales y culturales, tales como el Convenio Nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, el Convenio Nº 98 sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, y el Convenio Nº 182 sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil.

22.El Comité recomienda también que el Estado Parte adopte medidas eficaces para abordar el problema de la erosión del sistema tradicional de apoyo y de las comunidades "wantok", especialmente en zonas rurales, y que equilibre y refuerce ese sistema con algún otro tipo de asistencia social.

23.El Comité insta al Estado Parte a que adopte y aplique medidas legislativas y administrativas eficaces para proteger a los miembros de la familia, en particular a las mujeres y a los niños, de la violencia doméstica. El Comité recomienda al Estado Parte que establezca servicios de apoyo a las víctimas de la violencia doméstica y adopte medidas para sensibilizar a los agentes del orden público y al público en general respecto de la gravedad de la cuestión.

24.El Comité insta también al Estado Parte a que incorpore plenamente a sus estrategias de reducción de la pobreza los derechos humanos, especialmente los derechos económicos, sociales y culturales. A este respecto, el Comité recuerda al Estado Parte la Declaración sobre la Pobreza y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobado por el Comité el 4 de mayo de 2001 (E/2002/22-E/C.12/2001/17, anexo VII).

25.El Comité insta además al Estado Parte a que haga frente al problema de la malnutrición, entre otras cosas, solicitando la asistencia de organizaciones e instituciones internacionales.

26.El Comité insta al Estado Parte a que recabe la cooperación y la asistencia internacionales con miras a garantizar el abastecimiento de agua potable e instalaciones de saneamiento adecuadas para todas las comunidades rurales y urbanas.

27.El Comité insta también al Estado Parte a que intensifique su programa de lucha contra el paludismo y a que haga frente al problema de las infecciones respiratorias graves y de las enfermedades de transmisión sexual, entre otras cosas, mediante una educación y una formación adecuadas del personal encargado de cuidar a los enfermos a todos los niveles. El Comité anima al Estado Parte a que mantenga su estrecha colaboración con la Organización Mundial de la Salud y otras organizaciones de cuidados de salud a este respecto.

28.El Comité insta además al Estado Parte a que adopte medidas para garantizar que los niños puedan ejercer plenamente su derecho a la educación primaria, de conformidad con el artículo 14 del Pacto, y a pedir asistencia a este respecto a la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura. El Comité recuerda al Estado Parte la Observación general Nº 11 (1999) sobre planes de acción para la enseñanza primaria.

29.El Comité recomienda al Estado Parte que adopte medidas eficaces, tales como programas dirigidos a determinados progenitores, para eliminar la desigualdad de género en los índices de matriculación en la enseñanza primaria y secundaria.

30.El Comité recomienda también al Estado Parte que intensifique sus esfuerzos por reducir el elevado índice de analfabetismo, especialmente entre las mujeres.

31.El Comité anima al Estado Parte a facilitar la enseñanza de los derechos humanos en las escuelas a todos los niveles y a difundir el conocimiento de los derechos humanos, en particular, los derechos económicos, sociales y culturales, entre los funcionarios del Estado y del poder judicial.

32.El Comité pide que el Estado Parte divulgue las presentes observaciones finales lo más ampliamente posible entre las instituciones estatales interesadas y el público en general.

33.El Comité insta al Estado Parte a incluir en su segundo informe periódico información reciente y detallada, con los datos estadísticos correspondientes, sobre las medidas concretas adoptadas para abordar los principales temas de preocupación y llevar a la práctica las recomendaciones contenidas en las presentes observaciones finales. El Comité recomienda que el Estado Parte pida asistencia técnica al ACNUR y a los órganos especializados competentes de las Naciones Unidas para elaborar y presentar su próximo informe, así como para aplicar las observaciones finales.

34.El Comité exhorta al Estado Parte a enviar una delegación facultada para presentar su segundo informe periódico ante el Comité. Si el Estado Parte así lo desea el Comité está dispuesto a llevar a cabo una misión en las islas Salomón con miras a ayudar al Estado Parte a desempeñar las obligaciones contraídas en virtud del Pacto, a la luz de las presentes observaciones finales.

35.El Comité pide al Estado Parte que presente su segundo informe periódico a más tardar el 30 de junio de 2005.

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