Distr.

GENERAL

E/C.12/1/Add.85

19 de diciembre de 2002

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

29º período de sesiones

11 a 29 de noviembre de 2002

EXAMEN DE LOS INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO

Observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

ESTONIA

1.El Comité examinó el informe inicial de Estonia sobre la aplicación del Pacto (E/1990/5/Add.51) en sus sesiones 41ª, 42ª y 43ª, celebradas los días 19 y 20 de noviembre de 2002 (véase E/C.12/2002/SR.41 a 43), y en su 56ª sesión, celebrada el 29 de noviembre de 2002, aprobó las observaciones finales que figuran a continuación.

A. Introducción

2.El Comité acoge complacido el informe inicial de Estonia, preparado de conformidad con las directrices del Comité, y expresa su satisfacción por la alta calidad de las respuestas presentadas por escrito a la lista de cuestiones (E/C.12/Q/EST/1), así como por las respuestas satisfactorias facilitadas por la delegación de alto nivel del Estado Parte durante un diálogo franco y constructivo.

GE.02-46401 (S) 220103 220103

B. Aspectos positivos

3.El Comité encomia al Estado Parte por las importantes medidas que ha adoptado para poner su legislación en consonancia con las normas internacionales de derechos humanos y, en particular, con las disposiciones del Pacto. El Comité toma nota con satisfacción de las garantías dadas por el Estado Parte de que las disposiciones del Pacto se han incorporado plenamente en el ordenamiento jurídico interno y pueden invocarse ante los tribunales.

4.El Comité toma nota con agrado de que, al preparar el informe, el Estado Parte alentase la participación activa de las organizaciones de la sociedad civil. También elogia los esfuerzos del Estado Parte para dar a conocer a la población el resultado de su diálogo con los órganos de derechos humanos de las Naciones Unidas creados en virtud de tratados, en particular merced a la publicación de su informe en el sitio web del Ministerio de Relaciones Exteriores y a la traducción al estonio de las observaciones finales de los órganos creados en virtud de tratados.

5.El Comité celebra el establecimiento, en noviembre de 2001, de la Oficina del Canciller Jurídico, que desempeña las funciones de defensor del pueblo y cuyo mandato abarca los derechos económicos, sociales y culturales, así como los esfuerzos realizados para facilitar el acceso a esa institución mediante la creación de varias oficinas regionales.

6.El Comité toma nota con satisfacción de la reciente reducción del desempleo. Según la información facilitada por la delegación, la tasa de desempleo se ha reducido del 14,8% a principios de 2001 al 9,4% en el segundo trimestre de 2002. El Comité también encomia al Estado Parte por las medidas adoptadas para luchar específicamente contra el desempleo entre los grupos de alto riesgo, en particular los afectados por el desempleo de larga duración, los jóvenes, los discapacitados y las mujeres rurales.

7.El Comité acoge con beneplácito la aprobación de la Ley de sindicatos, de 14 de julio de 2000, que ha hecho realidad los sindicatos libres e independientes en Estonia.

8.El Comité encomia al Estado Parte por las iniciativas que ha adoptado en el sector de la salud pública, que se han traducido en mejoras tales como la reducción de la mortalidad infantil de 15,4 en 1993 a 8,4%o en 2000, y de la mortalidad materna, que ha pasado de 0,47 por 100.000 en 1995 a 0,13 en 1999. El Comité toma nota con satisfacción de las campañas de sensibilización que se han puesto en marcha para luchar contra el fenómeno generalizado del alcoholismo y el tabaquismo.

9.El Comité se congratula de las medidas adoptadas para proteger los derechos de las personas con discapacidades, en particular la introducción de un programa de seguridad social para hacer frente a los gastos adicionales que ocasiona la discapacidad.

10.El Comité toma nota con satisfacción de que muchas actividades culturales, como las representaciones teatrales, los conciertos, el ballet, etc. siguen recibiendo subvenciones a fin de alentar la máxima asistencia posible de público.

C. Factores y dificultades que impiden la aplicación del Pacto

11.A juicio del Comité, no existen factores o dificultades que impidan la aplicación del Pacto en el Estado Parte.

D. Principales motivos de preocupación

12.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que la tasa de desempleo sea más elevada en determinadas regiones del Estado Parte que en otras y de que la tasa correspondiente a las minorías étnicas se sitúe en torno al 16,6%, cifra muy superior al promedio nacional del 9,9% aproximadamente. El Comité también observa con preocupación la elevada tasa de desempleo entre las mujeres de edad avanzada y las madres solteras.

13.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que se exija de los presos condenados que realicen trabajos forzosos u obligatorios y de que sean susceptibles de ser "sancionados" con la pérdida de privilegios, como la pronta puesta en libertad, si se niegan a obedecer.

14.Al Comité también le preocupa la diferencia pronunciada que existe entre los salarios de los hombres y de las mujeres. El Comité toma nota de que, aun cuando es posible recurrir a la justicia en los casos de discriminación en materia de empleo y remuneración, hasta la fecha son pocas las mujeres que se han prevalido de esa posibilidad.

15.Si bien toma nota de que el salario mínimo ha aumentado en los últimos años en relación con el índice de precios al consumo, al Comité le preocupa que el salario mínimo siga siendo insuficiente para asegurar a los trabajadores y a sus familias un nivel de vida digno.

16.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que la legislación del Estado Parte impone restricciones, incompatibles con las normas internacionales, al derecho de huelga de los funcionarios públicos.

17.El Comité expresa asimismo su preocupación por el hecho de que el subsidio de desempleo, que se calcula en el 50% del salario devengado en un empleo anterior, suele ser insuficiente para garantizar un nivel de vida digno a los trabajadores y a sus familias.

18.El Comité también expresa su preocupación por el hecho de que, según parecen indicar los estudios recientes, siguen sin denunciarse muchos casos de violencia en el hogar.

19.El Comité expresa su preocupación por el constante aumento de la trata de mujeres.

20.Al Comité también le preocupa la magnitud del problema de los niños de la calle en Estonia.

21.El Comité expresa asimismo su preocupación por el hecho de que la legislación permite trabajar a los niños de 13 a 15 años con el consentimiento escrito de uno de los padres o un tutor y del inspector de trabajo, y porque en la lista de trabajos permitidos figuran trabajos de carácter industrial.

22.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que la mejora de la situación económica en el Estado Parte no se ha traducido todavía en la reducción del umbral de pobreza y de las desigualdades económicas entre la población. A este respecto, el Comité toma nota con pesar de que no recibió información adecuada sobre la manera en que se define el umbral de pobreza nacional ni sobre el número de personas que viven por debajo de ese umbral.

23.Al Comité le preocupa profundamente la escasez de viviendas sociales, según lo reconoce el Estado Parte.

24.Al Comité le preocupa que las medidas adoptadas por el Estado Parte para hacer frente al problema cada vez más grave de la escasez de viviendas son insuficientes en la medida en que se centran exclusivamente en la necesidad de proporcionar hogar a los que carecen de él, en lugar de abordar las causas subyacentes del fenómeno.

25.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que en el Estado Parte se pueden llevar a cabo desalojos forzosos sin facilitar un alojamiento alternativo o sin el pago de una indemnización adecuada.

26.El Comité toma nota con pesar de que los datos estadísticos que ha recibido sobre la situación de la salud en el Estado Parte no estén desglosados sobre una base comparativa, por lo que no ofrecen una base suficiente para que el Comité supervise de manera efectiva la aplicación del Pacto.

27.El Comité expresa su preocupación por el hecho de que, pese a las medidas adoptadas por el Estado Parte para combatir el VIH/SIDA, siga siendo muy alta la incidencia de los nuevos casos señalados.

28.El Comité toma nota con preocupación del elevado número de casos de tuberculosis.

29.Al Comité le preocupa la elevada tasa de morbilidad debida a la intoxicación etílica y al tabaquismo, especialmente entre varones.

30.Aun cuando reconoce que en el Estado Parte están muy difundidos y son asequibles los anticonceptivos, el Comité expresa su preocupación por el hecho de que el aborto siga siendo un método corriente de control de la natalidad, lo que pone en peligro la salud de las mujeres.

31.El Comité toma nota con preocupación de las elevadas tasas de deserción escolar entre los niños de las escuelas primaria y secundaria.

32.El Comité se muestra preocupado por la persistente falta de atención a la cuestión de los idiomas y los derechos culturales de las minorías, en particular por lo que se refiere al ejercicio del derecho a la educación en las lenguas de las minorías.

E. Sugerencias y recomendaciones

33.A la luz de la Declaración y Programa de Acción de Viena (párr. 71), el Comité recomienda que el Estado Parte prosiga la preparación y elaboración de un amplio plan de acción nacional para dar cumplimiento a las obligaciones que ha contraído en virtud de instrumentos internacionales de derechos humanos, inclusive el Pacto, mediante un proceso abierto y de consultas. El Comité pide al Estado Parte que incluya en su segundo informe periódico una copia del plan de acción nacional en materia de derechos humanos y la información relativa a su aplicación.

34.El Comité insta al Estado Parte a que redoble sus esfuerzos para potenciar la inversión y el desarrollo en las regiones de Estonia con la tasa de desempleo más alta a fin de proporcionar empleo a los trabajadores afectados por los programas de reestructuración, especialmente en los sectores agrarios y de la industria pesada.

35.El Comité recomienda que el Estado Parte supedite el trabajo de los presos condenados al consentimiento de éstos, de conformidad con el Convenio Nº 29 sobre el trabajo forzoso de la Organización Internacional del Trabajo.

36.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte revise su legislación al objeto de prohibir en cualquier circunstancia el trabajo de los menores de 15 años.

37.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para garantizar el derecho de hombres y mujeres a igual remuneración por trabajo de igual valor, en particular mediante la organización de campañas de sensibilización de la población. A este respecto, el Comité recomienda asimismo que el Estado Parte ratifique el Convenio Nº 111 de la Organización Internacional del Trabajo sobre la discriminación (empleo y ocupación).

38.El Comité recomienda que el Estado Parte adopte las medidas necesarias para garantizar que el salario mínimo sea suficiente para asegurar a los trabajadores y a sus familias un nivel de vida digno.

39.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte adopte medidas para modificar la Ley de la función pública con miras a levantar las restricciones impuestas al derecho de huelga de los funcionarios públicos, en consonancia con las normas de la Organización Internacional del Trabajo.

40.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte adopte las medidas necesarias para garantizar que el nivel mínimo del subsidio de desempleo sea suficiente para asegurar a los trabajadores y a sus familias un nivel de vida digno.

41.El Comité recomienda que el Estado Parte redoble sus esfuerzos para luchar contra la violencia en el hogar, inclusive velando por que se disponga de centros de crisis accesibles en los que las víctimas de la violencia doméstica puedan encontrar alojamiento seguro y recibir asesoramiento.

42.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte adopte medidas eficaces para luchar contra la trata de mujeres, en particular velando por que se procese a los responsables de esa trata. El Comité insta al Estado Parte a que ratifique los instrumentos internacionales que aspiran a intensificar la cooperación entre los Estados en esta esfera.

43.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte examine la situación de los niños de la calle con miras a eliminar las causas subyacentes del problema. El Comité pide al Estado Parte que en su próximo informe periódico facilite información detallada y datos estadísticos comparativos actualizados sobre esta cuestión.

44.El Comité insta al Estado Parte a que supervise de cerca el umbral de pobreza y facilite en su próximo informe periódico datos desglosados y comparativos sobre el número de personas que vive por debajo del umbral de pobreza. El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte integre los derechos humanos, inclusive los derechos económicos, sociales y culturales, en la formulación de una estrategia nacional de reducción de la pobreza. A este respecto, el Comité remite al Estado Parte a la Declaración sobre la pobreza y el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, aprobada por el Comité el 4 de mayo de 2001 (E/2002/22‑E/C.12/2001/17, anexo V).

45.El Comité recomienda que el Estado Parte asigne recursos suficientes para la provisión de viviendas sociales, especialmente a los grupos desfavorecidos y marginados.

46.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte redoble sus esfuerzos para hacer frente al problema de la falta de viviendas.

47.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte vele por que se disponga de otras posibilidades de alojamiento o se pague una indemnización adecuada a las personas que sean desalojadas de sus hogares y, a este respecto, remite al Estado Parte a las directrices enunciadas en su Observación general Nº 7 (1997) sobre los desalojos forzosos.

48.El Comité recomienda que el Estado Parte facilite, en su próximo informe periódico, más datos desglosados y comparativos sobre la salud pública, incluida una mención de los indicadores y bases de referencia utilizados en sus estrategias nacionales de salud, según se señala en los párrafos 57 y 58 de su Observación general Nº 14 (2000).

49.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte adopte medidas, de conformidad con la Observación general Nº 14, para garantizar a todos un servicio de atención de la salud adecuado, asequible y disponible, en especial las mujeres de edad avanzada de las zonas rurales.

50.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para luchar contra la propagación del VIH/SIDA, en particular mediante campañas de información pública, e informe, en su próximo informe periódico, sobre los progresos realizados.

51.El Comité recomienda que el Estado Parte intensifique sus esfuerzos para luchar contra la propagación de la tuberculosis.

52.El Comité insta al Estado Parte a que garantice la aplicación efectiva de las estrategias y medidas nacionales para hacer frente al problema de la intoxicación etílica y el tabaquismo.

53.El Comité recomienda que el Estado Parte promueva entre el público en general el conocimiento de los métodos anticonceptivos seguros, facilite información sobre salud sexual y reproductiva e informe sobre los peligros que para la salud entraña el aborto como método de control de la natalidad.

54.El Comité recomienda asimismo que el Estado Parte aplique estrictamente las normas nacionales e internacionales para la protección del medio ambiente, a fin de prevenir los efectos nocivos sobre la salud de la población estonia.

55.El Comité pide al Estado Parte que adopte todas las medidas apropiadas para abordar el problema de las elevadas tasas de deserción escolar entre los niños de las escuelas primaria y secundaria.

56.El Comité también pide al Estado Parte que, en su próximo informe, facilite datos estadísticos detallados sobre la tasa de matriculación, en todos los niveles de la enseñanza, desglosados por género. El Comité remite al Estado Parte a su Observación general Nº 13 (1999) respecto de la manera de preparar la información sobre el derecho a la educación en su informe. El Comité señala a la atención del Estado Parte las recomendaciones del Marco de Acción de Dakar, especialmente el Marco Regional de Acción para Europa y América del Norte, aprobadas en el Foro Mundial sobre la Educación (Dakar, 2000).

57.El Comité recomienda que se revise la Ley de autonomía cultural de las minorías nacionales con miras a asegurar el reconocimiento oportuno y pleno de los derechos de los grupos minoritarios. El Comité insta asimismo al Estado Parte a que vele por que los grupos étnicos sigan teniendo amplias posibilidades de cursar los estudios en sus propios idiomas, y de utilizar esos idiomas en la vida pública.

58.el Comité alienta al Estado Parte a que siga impartiendo educación sobre derechos humanos en las escuelas a todos los niveles y sensibilice a los funcionarios gubernamentales y los jueces respecto de los derechos humanos, en particular los derechos económicos, sociales y culturales.

59.El Comité pide al Estado Parte que dé amplia difusión a las presentes observaciones finales entre todos los sectores de la sociedad, en particular entre los funcionarios gubernamentales y los jueces, y que, en su próximo informe periódico, informe al Comité sobre todas las medidas que haya adoptado para ponerlas en práctica.

60.Por último, el Comité pide al Estado Parte que presente su segundo informe periódico antes del 30 de junio de 2007, y alienta al Estado Parte a que, al preparar el informe, celebre consultas con las ONG y demás miembros de la sociedad civil.

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