Naciones Unidas

E/C.12/LKA/2-4

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de enero de 2010

Español

Original: inglés

Período de sesiones sustantivo de 2010

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Informes periódicos segundo, tercero y cuarto combinados presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Sri Lanka * **

[9 de junio de 2008]

Índice

Párrafos Página

Siglas3

I.Introducción1–84

II.Respuestas a las observaciones finales y las recomendaciones formuladas porel Comité tras el examen del informe inicial de Sri Lanka9–1465

Siglas

ACNUDHOficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

ACNUROficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

CCAHComité Consultivo sobre la Asistencia Humanitaria

CICRComité Internacional de la Cruz Roja

CRTPComité Representativo de Todos los Partidos

DEESLDirección de Empleo en el Extranjero de Sri Lanka

ECHOOficina de Ayuda Humanitaria de la Comunidad Europea,

IPECPrograma Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil

LTTETigres de Liberación del Ealam Tamil

OAPOficina Antidroga de la Policía

OCAHOficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas

ODMObjetivos de Desarrollo del Milenio

OITOrganización Internacional del Trabajo

OMGIOrganismo Multilateral de Garantía de Inversiones

PIBProducto interior bruto

PMAPrograma Mundial de Alimentos

PNUDPrograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo

UNICEFFondo de las Naciones Unidas para la Infancia

I.Introducción

1.La política de Sri Lanka sobre los derechos económicos, sociales y culturales se deriva de la consideración fundamental de que la promoción y la protección de los derechos humanos son una obligación que recae en el Estado por el hecho de que Sri Lanka es parte en 16 de los principales instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

2.De conformidad con su política sobre los derechos humanos, Sri Lanka ha hecho esfuerzos continuos y resueltos en numerosos ámbitos, con medios nacionales e internacionales, para promover y proteger los derechos humanos.

3.El Gobierno de Sri Lanka ratificó el Pacto el 11 de junio de 1980. El informe inicial que debía elaborar según lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto se presentó el 5 de marzo de 1996, y el Comité lo examinó en sus sesiones tercera a quinta, celebradas el 28 y el 29 de abril de 1998. En el presente informe se responde con detalle a las conclusiones y recomendaciones del Comité.

4.Además, cabe señalar que en su candidatura de 2006 al Consejo de Derechos Humanos,Sri Lanka prometió promover la reforma de los órganos de tratados. El aide - mémoire de Sri Lanka contenía el siguiente compromiso: "trabajar con los países afines para ayudar a la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos (ACNUDH) a formular propuestas para la reforma de los órganos de tratados a fin de fortalecer el sistema de órganos de tratados de las Naciones Unidas, de aumentar su eficacia y de ajustarlo mejor a las exigencias actuales de los Estados miembros". De acuerdo con ello, el Gobierno de Sri Lanka elaboró el documento básico común, en el que constan toda la información general pertinente y las estadísticas relativas al país, y lo remitió al ACNUDH en abril de 2008. Por lo tanto, el presente informe periódico debe leerse junto con ese documento básico.

5.En Sri Lanka se han aplicado medidas económicas y sociales importantes para que todos los ciudadanos puedan disfrutar de un alto nivel de vida. Entre otras cosas, se ha asegurado la disponibilidad de alimentos básicos, servicios de salud, centros educativos, viviendas y otros bienes de primera necesidad. No se ha tratado meramente de medidas de bienestar social. Sumadas, estas iniciativas han ayudado a los ciudadanos del país a desarrollar plenamente su personalidad, en consonancia con los derechos civiles y políticos de que disfrutan. Todas estas medidas están interrelacionadas y han contribuido en su conjunto a la realización práctica de los derechos consagrados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Algunos programas especiales, como el programa Samurdhi, han mejorado la calidad de vida incluso de aquellos ciudadanos de Sri Lanka que, en términos relativos, se encontraban en circunstancias quizá menos ventajosas, infundiéndoles ánimo y dándoles los medios para participar productivamente en el proceso de desarrollo del país. Las políticas estatales han contribuido también a reducir las diferencias de renta entre distintos sectores económicos y grupos sociales del país.

6.En Sri Lanka, la realización de los derechos consagrados en el Pacto se ha visto facilitada por un sistema democrático multipartidista, en que los gobiernos se eligen por sufragio universal de adultos. Desde la independencia en 1948, los sucesivos gobiernos han seguido también una política coherente de promoción del bienestar social de la población. Los beneficios de los programas de bienestar social en Sri Lanka se han analizado y cuantificado, y se reflejan en las mejoras constantes de indicadores clave como la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años, la mortalidad materna, la esperanza de vida al nacer de hombres y mujeres, la alfabetización, la escolarización, etc.. En términos generales, podría decirse que la población considera ahora que disponer de un sistema nacional integral y gratuito de educación y salud es un derecho humano fundamental.

Principales problemas actuales

7.Durante casi 25 años, Sri Lanka se ha visto obligada a combatir las actividades de una organización terrorista separatista, los Tigres de Liberación del Ealam Tamil (LTTE), reconocida como organización terrorista por muchos Estados miembros de las Naciones Unidas, incluidos los 27 países de la Unión Europea, la India, los Estados Unidos de América y el Canadá, y considerada una de las organizaciones terroristas más despiadadas del mundo. Los LTTE luchan por un Estado independiente en las regiones septentrional y oriental del país. El Gobierno expulsó por completo al grupo terrorista de toda la Provincia Oriental en julio de 2007, y ha empezado a tomar medidas para estabilizar la vida económica, social y política de las personas que vivieron en un entorno afectado por este conflicto durante más de dos décadas. Entre esas medidas figuran el restablecimiento de la administración civil, iniciativas de desarrollo económico a corto y largo plazo y el desarrollo de infraestructura para mantener el progreso económico. Se están revitalizando las estructuras políticas a nivel local para salvaguardar y promover los derechos democráticos de la población de esta provincia. Entre los efectos directos del conflicto se cuentan la pérdida de vidas humanas y la destrucción de bienes personales y colectivos; el desplazamiento interno de personas y refugiados; la obstaculización del desarrollo económico y una carga excesiva sobre unos recursos económicos limitados; los traumas psicosociales; la necesidad de rehabilitación y reinserción de los ex combatientes, incluidos los niños soldados; y un clima de inseguridad y temor por las amenazas que supone la actividad terrorista.

8.En diciembre de 2004, el tsunami del océano Índico arrasó unas dos terceras partes de la costa de Sri Lanka, infligiendo grandes pérdidas humanas y materiales de las que el país todavía se está recuperando. A pesar del conflicto terrorista y de la destrucción causada por el tsunami, el Gobierno se ha mantenido firme en su compromiso con los derechos humanos y ha adoptado medidas para promover y proteger los derechos humanos de todas las personas, independientemente de su religión, origen étnico o idioma.

II.Respuestas a las observaciones finales y las recomendaciones formuladas por el Comité tras el examen del informe inicial de Sri Lanka

9.La información que figura a continuación complementa lo expuesto por la delegación del Gobierno de Sri Lanka ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el examen de su informe inicial de 1998, y las respuestas a las preguntas planteadas por distintos miembros del Comité durante ese examen.

10.El documento básico común que Sri Lanka presentó en abril de 2008 contiene más información sobre las estrategias nacionales, las estadísticas compiladas y el análisis de la conformidad de la legislación de Sri Lanka con los instrumentos internacionales fundamentales de derechos humanos y derecho laboral en que Sri Lanka es parte, de acuerdo con las directrices para la presentación de informes por los Estados partes.

11.El Gobierno de Sri Lanka desea reafirmar su compromiso de proseguir y mantener el diálogo constructivo con el Comité, de responder, a su leal saber y entender, a cuantas preguntas y dudas éste le plantee, y de considerar la posibilidad de aplicar sus recomendaciones. En el presente informe, el Gobierno de Sri Lanka responderá a las conclusiones y recomendaciones del Comité (E/C.12/1/Add.24).

12.El Gobierno de Sri Lanka observa y agradece la satisfacción del Comité y los comentarios positivos expresados en los párrafos 2 y 3 de sus observaciones finales.

13.El Gobierno de Sri Lanka desea responder del modo siguiente a los párrafos 6 a 30 de las observaciones finales del Comité.

Acuerdo de cesación del fuego, causas básicas del conflicto armado y progresoshacia una solución pacífica del conflicto étnico

14.El Gobierno de Sri Lanka y los Tigres de Liberación del Ealam Tamil (LTTE) firmaron un acuerdo de cesación del fuego en febrero de 2002. Las conversaciones directas entre ambas partes, con mediación noruega, se iniciaron en octubre de 2002 tras la cesación formal del fuego. Se celebraron seis rondas de negociaciones entre el Gobierno y los LTTE, y pese a que éstos se retiraron de las conversaciones en abril de 2003, el Gobierno ha seguido buscando un acuerdo negociado.

15.Los LTTE lanzaron una ola de ataques contra las fuerzas de seguridad tan sólo 14 días después de la asunción del cargo por el Presidente Mahinda Rajapaksa en noviembre de 2005. Pese a ello, el nuevo Gobierno realizó esfuerzos denodados por reanudar las negociaciones políticas con los LTTE, que habían abandonado unilateralmente el proceso de paz en abril de 2003. Entre las iniciativas tomadas cabe mencionar dos rondas de conversaciones celebradas en Ginebra y conversaciones técnicas programadas para Oslo. El hecho es que, una vez en Oslo, la delegación de los LTTE se negó a presentarse en las negociaciones, demostrando una vez más su falta de interés en el proceso de paz. Los LTTE rechazaron todas las oportunidades de discutir las cuestiones esenciales para lograr un arreglo político, y mantuvieron su artera escalada de las violaciones del acuerdo de cesación del fuego.

16.A pesar de los atentados al Comandante del Ejército y al Secretario del Ministerio de Defensa y de los asesinatos del General de División ParamiKulantunge, el tercer oficial de más alto rango del Ejército de Sri Lanka, y del Secretario General Adjunto de la Secretaría del Gobierno para la Paz, KetheshwaranLoganathan, así como de los numerosos atentados contra civiles inocentes, incluidas las explosiones de autobuses en Kebitigollawa, Nittambuwa, Seenigama y Cheddikulum, el Gobierno del Presidente Mahinda Rajapaksa se mantuvo firme en sus intentos de lograr una paz honrosa con los LTTE, incluso en sus negociaciones para alcanzar un arreglo político con todos los partidos representados en el Parlamento (el proceso del Comité Representativo de Todos los Partidos (CRTP)).

17.Cabe señalar que no fue hasta que los LTTE bloquearon el suministro de agua al este del país, cerrando las compuertas en Mavil Aru, que el Gobierno se vio obligado a recurrir a acciones militares para proteger a la población civil y también instalaciones estratégicas de vital importancia, como el Puerto de Trincomalee.

18.Cabe señalar también que, durante todo el período de vigencia del acuerdo de cesación del fuego, se hizo caso omiso de las protestas que el Gobierno dirigió al Gobierno noruego y a la Misión de Supervisión de Sri Lanka por el incremento de las actividades ilegales de los LTTE al amparo del acuerdo, como el desarrollo de su unidad aérea y el ininterrumpido reclutamiento de niños, que, según la Misión de Supervisión de Sri Lanka, había llegado a 1.743 casos al 30 de abril de 2007.

19.Además de las miles de violaciones del acuerdo de cesación del fuego ya cometidas por los LTTE al intensificar los ataques deliberados e indiscriminados contra la población civil, incluidos mujeres y niños, entre los que cabe citar las explosiones de bombas en Nugegoda, Kebitigollawa y la isla Slave y el asesinato del diputado del Partido Nacional Unido T. Maheswaranel primer día de 2008, así como el frustrado intento de asesinato del Ministro de Servicios Sociales y Bienestar Social Douglas Devananda por una terrorista suicida parapléjica en diciembre de 2007, quedó claro que este grupo pretendía proseguir sus actividades de provocación para generar disturbios en el sur, burlándose del acuerdo de cesación del fuego.

20.En vista de lo anterior, el 2 de enero de 2008 el Gobierno de Sri Lanka notificó formalmente al Real Gobierno de Noruega su decisión de poner fin al acuerdo.

21.La decisión del Gobierno de poner fin al acuerdo de cesación del fuego se tomó tras un examen muy cuidadoso de todos los hechos pertinentes.

22.En primer lugar, hay que subrayar que este acuerdo con los LTTE estuvo gravemente viciado desde el principio. El Gobierno anterior lo firmó sin las debidas consultas y sin permitir siquiera al Consejo de Ministros conocer su contenido. Las preocupaciones legítimas de las fuerzas de seguridad no se tuvieron absolutamente en cuenta. El texto se centró únicamente en los LTTE y tuvo el efecto de distanciar a las fuerzas políticas democráticas de los tamiles. Sin embargo, a pesar de estas deficiencias, aceptadas, sin duda, con la esperanza de poder lograr una paz duradera, en ningún momento de las seis rondas de conversaciones con el Gobierno de entonces que se sucedieron entre septiembre de 2002 y marzo de 2003 intentaron los LTTE entablar un debate político de fondo para progresar en el logro de un arreglo político.

23.Por el contrario, los LTTE, amparándose en el acuerdo de cesación del fuego, continuaron avanzando estratégicamente en el terreno, como habían hecho en todos los procesos de paz anteriores, intentando hacerse con zonas como Sampur, en la Provincia Oriental, y pasando de contrabando grandes alijos de armas letales, explosivos y municiones. Cabe advertir que fue durante ese período de cesación del fuego que los LTTE asesinaron con toda impudicia, el 12 de agosto de 2005, al Ministro de Asuntos Exteriores en funciones, el moderado parlamentario tamilLakshmanKadirgamar, y abatieron a muchos oficiales de inteligencia en ataques en Kiribathgoda, Dehiwala, Bambalapitiya (en la Provincia Occidental) y Jaffna (en la Provincia Septentrional), entre otros.

24.El Honorable Rohitha Bogollagama, Ministro de Asuntos Exteriores, en el discurso pronunciado ante el cuerpo diplomático el 4 de enero de 2008, afirmó que "la resolución del acuerdo de cesación del fuego no obstaculiza en modo alguno el camino hacia un arreglo político negociado. De hecho, nos proporciona un espacio mayor para llegar a esa meta de una manera que incluya a todas las facciones políticas de Sri Lanka, que quedaron apartadas del acuerdo de cesación del fuego por ser este un acuerdo exclusivo entre el Gobierno y los LTTE. Como manifestó en Matara el Excmo. Sr. Presidente Mahinda Rajapaksa el 26 de diciembre de 2007, los LTTEsiguen teniendo las puertas abiertas para unirse a nosotros en este proceso. Cabe recordar que las conversaciones de Thimpu de 1985, el Acuerdo entre la India y Sri Lanka de 1987, las conversaciones de 1990 entre el Presidente Premadasa y los LTTE, así como las conversaciones entre la administración del Presidente Kumaratunga y los LTTEen 1994, se realizaron en ausencia de un acuerdo de cesación del fuego. El Gobierno de Sri Lanka, sin dejar de actuar militarmente con miras a eliminar el azote del terrorismo de nuestras tierras, no escatimará esfuerzos para lograr un arreglo político práctico y sostenible. En ese intento, el Gobierno es consciente de que todavía no se ha dado plena aplicación a la 13ª Enmienda de la Constitución, firmada después del propio Acuerdo de 1987 entre la India y Sri Lanka. El Gobierno ha manifestado su aprecio por los mediadores noruegos y por la Misión de Supervisión de Sri Lanka, así como por la función desempeñada por los copresidentes en sus esfuerzos por contribuir al proceso de paz de Sri Lanka.

25.Sri Lanka ha reiterado su sincero empeño en llegar a un arreglo político negociado a través de un proceso integrador que incluya a todos los grupos minoritarios, y ha pedido el apoyo de la comunidad internacional en sus trabajos por lograr una paz sostenible.

26.El Gobierno de Sri Lanka ha manifestado y reiterado claramente en numerosas ocasiones su interés en alcanzar un arreglo político negociado del conflicto y su objetivo de hacer avanzar el país hacia una paz justa y honorable. En su camino hacia esa meta el Gobierno ha adoptado un enfoque integrador y ha emprendido varias iniciativas para facilitar el arreglo negociado. Entre las más importantes cabe mencionar las que se han referido a la búsqueda del consenso político, a los derechos humanos y a la ayuda humanitaria, así como los esfuerzos continuados para satisfacer las necesidades de suministros, instalaciones e infraestructuras esenciales de la población de las regiones septentrional y oriental. Al mismo tiempo, el Gobierno ha dado prioridad al desarrollo de esas regiones.

27.Desde abril de 2006, el Gobierno de Sri Lanka ha tomado varias iniciativas para lograr un arreglo negociado del problema nacional. Entre ellas destaca el esfuerzo por elaborar propuestas constitucionales para encontrar una solución"autóctona", a fin de poner término a décadas de conflictos internos y permitir que todas las personas vivan en paz y dignidad en el territorio de Sri Lanka. El propósito del establecimiento del CRTP fue reunir a los diferentes partidos políticos, debatir sus distintos enfoques y, a través de sus deliberaciones, elaborar un marco amplio que pudiese generar consenso.

28.El 23 de enero de 2008, el Presidente Mahinda Rajapaksa recibió del Ministro TissaVitharana, Presidente del CRTP, las propuestas para acabar con los motivos del conflicto. Entre ellas figura la aplicación plena de las disposiciones pertinentes de la actual Constitución. El CRTP seguirá examinando otras propuestas. En las actuales se procura definir líneas de acción para transferir eficazmente el mayor número posible de competencias a las provincias, con el fin de satisfacer las aspiraciones de las minorías, incluidos los pueblos de habla tamil, así como de otras comunidades, en especial las que viven en el norte y el este. Lo más importante es que ello pueda hacerse con la máxima prontitud dentro del marco de la actual Constitución. Se trata de un nuevo enfoque y de un intento pragmático de avanzar, tras a una serie de tentativas frustradas de introducir reformas constitucionales. Se prevé que el impulso generado por la cooperación sobre la base de estas propuestas fomentará la confianza de todas las comunidades, condición indispensable para embarcarse en reformas mayores.

29.Idealmente, la cesación del fuego debería haber creado las condiciones para el rápido desarrollo de todas las regiones del país. Sin embargo, ello no fue posible debido al control de los LTTE sobre algunas zonas del norte y el este, que privó a las poblaciones de los beneficios de ese desarrollo. El este, liberado por las fuerzas de seguridad en julio de 2007, se ha seleccionado como zona preferente para un desarrollo económico rápido, con la ayuda de la comunidad internacional de donantes y de las Naciones Unidas, así como de organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales.

30.Es un hecho poco conocido que, durante los años de conflicto, el Gobierno de Sri Lanka, con cierta ayuda de la comunidad de donantes, atendió sin interrupción las necesidades humanitarias y de desarrollo de la población civil del norte y el este, incluidas las zonas afectadas por el conflicto. El Gobierno continúa manteniendo el aparato administrativo de estas zonas, que abarca los servicios nacionales gratuitos de atención sanitaria y educación y la infraestructura, pese a que los LTTE se sirven de esa financiación para sus propios fines ilegales.

31.Los hospitales públicos y los centros de atención sanitaria de administración estatal ofrecen un servicio completamente gratuito, tanto preventivo como curativo, financiado por el Gobierno. El Estado corre con los gastos fijos de los sueldos de médicos, enfermeros y personal auxiliar, de los fármacos, del equipo y del mantenimiento de los hospitales. En el norte y el este, más de 53 instituciones hospitalarias proporcionan atención curativa gratuita, con más de 4.427 camas.

32.El Estado financia también el sistema educativo, que comprende centros de enseñanza escolar y extraescolar e institutos de enseñanza técnica y proporciona educación gratuita. Los sueldos de profesores y maestros y del personal directivo, administrativo y auxiliar se sufragan con fondos públicos. No existen escuelas privadas en los distritos de Kilinochchi, Mannar, Vavuniya, Ampara y Trincomalee. La educación primaria y secundaria de los niños de estas zonas depende enteramente de las escuelas públicas, que el Gobierno sigue financiando.

33.Se estima que el Estado financia 1.848 centros escolares con 700.000 estudiantes en el norte y el este. De estos centros, 411 se hallan en Jaffna, 94 en Kilinochchi, 93 en Mannar, 187 en Vavuniya, 102 en Mullativu, 314 en Batticaloa, 388 en Ampara y 259 en Trincomalee. Por lo tanto, el 18,9% de las escuelas que administra el Ministerio de Educación se encuentran en el norte y el este del país. El alcance de los servicios educativos ofrecidos por el Gobierno quedó de manifiesto, por ejemplo, en el último informe de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) sobre los centros de asistencia social en Jaffna, en que se señala que, de los 1.252 niños en edad de asistir a la escuela primaria, 1.251 siguen escolarizados incluso en esos centros, y en secundaria la cifra correspondiente es de 1.434 niños, de un total de 1.716.

34.El Gobierno de Sri Lanka está haciendo lo que está en su poder por prestar todos los servicios básicos que la población necesita en las zonas no controladas. De hecho, incluso ahora, los funcionarios del Gobierno de los distritos de Kilinochchi y Mullaitivu, controlados por los LTTE, prestan activamente todos los servicios esenciales. Los sueldos y las pensiones y los otros gastos derivados de esos servicios recaen exclusivamente en el Gobierno, que supervisa también esas actividades para asegurarse de que los servicios lleguen a la población en el mayor grado posible. Sin embargo, dadas las peligrosas condiciones que imperan en esas zonas, es necesario que los LTTEcooperen para que estos esfuerzos sean más eficaces. Ya se han proyectado programas de gran envergadura en relación con las viviendas, las carreteras, los puentes, la electrificación, el desarrollo de medios de subsistencia, los hospitales y las escuelas. Los proyectos ya finalizados, junto con los que están en fase de ejecución y en trámite, están valorados en unos 1.250 millones de dólares de los Estados Unidos. Esta suma es formidable, y esta gran inversión debería contar con la base estable y las condiciones de seguridad que son indispensables para cosechar eficazmente los frutos de ese esfuerzo.

35.La inversión privada ha desempeñado una función vital en el desarrollo del sur de Sri Lanka, y se espera que contribuya al desarrollo de las zonas afectadas por el conflicto. El Gobierno no escatima esfuerzos por encauzar capital privado, local y extranjero, hacia las zonas afectadas por el conflicto para diseminar los beneficios económicos de la inversión privada. El Gobierno ha solicitado la ayuda del Organismo Multilateral de Garantía de Inversiones (OMGI) del Grupo del Banco Mundial para elaborar y ejecutar una iniciativa que ofrezca cobertura de seguros a los inversores privados en estas zonas.

36.La política del Gobierno de alentar la inversión privada en el norte y el este tiene por objeto crear oportunidades de empleo para los jóvenes de estas regiones, lo que a su vez les permitirá hacer realidad su más alta aspiración personal: una vida mejor para sí mismos y para sus familias. El desarrollo del norte y del este ofrece una vía diferente a personas cuya vida, de otro modo, estaría marcada por la violencia y la destrucción.

37.El Gobierno está procurando impulsar la inversión en el norte y el este no sólo entre los inversores locales sino también entre los miembros de la diáspora, que ya han realizado inversiones sustanciales en Colombo. Los fondos de la diáspora podrían resultar decisivos para transformar la vida de la población del norte y el este.

38.El Gobierno se ha dado cuenta de la necesidad de centrarse en el desarrollo de la infraestructura regional para estimular las actividades económicas en las regiones y para hacer llegar rápidamente los beneficios del mayor crecimiento económico a las personas que viven en zonas apartadas. Los programas "Maga Neguma" (desarrollo de caminos), "Gama Neguma" (desarrollo de aldeas), "Jathika Saviya" (empoderamiento nacional) y "Neganahira Navodaya" (renacimiento del este) están especialmente destinados a satisfacer esa necesidad.

39.El Gobierno ha tomado varias medidas para responder a los problemas y las necesidades de tipo humanitario de los habitantes de la península de Jaffna desde el cierre temporal del puesto de control de Muhamalai en la carretera A9 tras los ataques indiscriminados de los LTTEa emplazamientos controlados por el Gobierno el 11 de agosto de 2006. El Gobierno ha proporcionado suficientes alimentos, medicamentos y otros productos de primera necesidad por rutas marítimas y ha velado por que las personas puedan circular libremente desde la península hacia otras partes del país. Tras los ataques de los LTTEa los buques de abastecimiento de la península de Jaffna hubo escasez de suministros, pero desde febrero de 2007 su cantidad y los precios han mejorado rápidamente, y ahora hay productos básicos disponibles a precios asequibles, como lo indican las estadísticas del ACNUR.

40.La carretera que comunica el norte del país con las zonas no controladas se abría sólo tres días por semana, por recomendación del Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR), que no había podido obtener las garantías de seguridad necesarias para mantenerla abierta. Gracias a una petición formulada por el Gobierno en una reunión del Comité Consultivo sobre la Asistencia Humanitaria (CCAH), el CICR pudo obtener las garantías necesarias y amplió el funcionamiento de la carretera a seis días por semana, lo que facilita aún más el abastecimiento de esas zonas por el Gobierno, el sector privado y las ONG. Los precios de los productos se han mantenido relativamente estables y su disponibilidad es buena.

41.Todo ello ha sido posible pese a que los LTTEse niegan a salvaguardar la seguridad de los buques de suministro y de pasajeros, y pese a los ataques perpetrados contra buques civiles de suministro y de pasajeros. El CICR y las Naciones Unidas se han ofrecido para ayudar al Gobierno a transportar suministros, si los LTTEgarantizan su seguridad. Los LTTEsiguen negándose a conceder esta garantía humanitaria básica. Se han hecho arreglos para facilitar el transporte de pasajeros en buques fletados de Jaffna a Trincomalee; para trasladar por aire a los civiles que necesiten tratamiento médico urgente; para facilitar los vuelos nacionales a Jaffna; y para aliviar las restricciones pesqueras en las lagunas frente a la península.

Personas desplazadas y facilitación de la ayuda humanitaria

42.El Gobierno de Sri Lanka toma nota de la grave preocupación expresada por el Comité por las personas desplazadas a causa del conflicto armado. Los desplazados internos de Sri Lanka son el resultado tanto del conflicto como del desastre sin precedentes que provocó el tsunami de diciembre de 2004. El Gobierno tiene un plan de reasentamiento claro para los desplazados internos, y en virtud de la Ley Nº 9 de 2007 se ha creado un Organismo de Reasentamiento.

43.El tsunami de 2004 se cobró 35.322 vidas, desplazó a más de 500.000 personas y dañó o destruyó 114.000 hogares. Más de 150.000 personas perdieron sus medios de subsistencia. El costo de los daños sufridos por la economía se calcula en aproximadamente un 4,5% del producto interior bruto (PIB) y asciende a más de 100.000 millones de rupias (1.000 millones de dólares de los Estados Unidos), lo que comprende los productos procedentes de la pesca, la agricultura, el turismo y las pequeñas empresas, así como los medios de subsistencia de estos sectores. Se calcula que hay 287.000 pobres más en Sri Lanka. En torno a 79.000 viviendas quedaron destruidas y otras 41.000 sufrieron daños, lo que dejó sin hogar a entre 500.000 y 600.000 personas. Pese a que la repercusión global en el crecimiento macroeconómico no ha sido tan importante como se temía, el Gobierno todavía pugna por superar los efectos devastadores del tsunami. Se estima que en 2005 y 2006 la pérdida de producción ascendió a 330 millones de dólares de los Estados Unidos, y que se perdieron unos 275.000 empleos. Aunque los daños causados por el tsunami fueron enormes, el proceso de reconstrucción ofreció oportunidades de mejorar la situación con respecto a la que existía antes de la catástrofe. El avance de la reconstrucción en las zonas afectadas por el conflicto ha sido más lento, pero el Gobierno está resuelto a llevar a término todos los proyectos de desarrollo. Se han rehabilitado los hospitales y las escuelas que quedaron dañados. Se ha iniciado la recuperación de los medios de subsistencia con subvenciones en efectivo, sustituciones de bienes y planes de microfinanciación.

44.Por invitación del Gobierno de Sri Lanka, el profesor Walter Kälin, Representante del Secretario General sobre los derechos humanos de los desplazados internos, visitó Sri Lanka del 14 al 22 de diciembre de 2007. El profesor Kälin manifestó su reconocimiento por la cooperación del Gobierno y por el apoyo recibido en su visita y dijo además que consideraba alentadora la voluntad de los funcionarios de admitir los problemas existentes, así como su disposición a aceptar las recomendaciones que había formulado en relación con cuestiones fundamentales. El Gobierno está trabajando en la puesta en práctica de las recomendaciones del profesor Kälin.

La Provincia Oriental

45.En el Manifiesto de Mahinda (Mahinda Chinthana) se establecen soluciones al problema de los desplazados internos. Las propuestas que contiene el documento condujeron a la creación de un Organismo de Reasentamiento. Una vez que el Gobierno hubo tomado el pleno control de la Provincia Oriental, se aceleró el reasentamiento de los desplazados internos en la zona. El Gobierno ha puesto en marcha un amplio programa de restablecimiento de la normalidad en la provincia, con ayuda de organismos de las Naciones Unidas como el ACNUR, que participan de lleno en el proceso del retorno voluntario. El Gobierno trabaja proactivamente en favor del retorno de los desplazados internos a sus hogares del este, pero no los obliga a volver. En la cultura de Sri Lanka, las personas son reacias a abandonar sus hogares, y los que se han ido volverán en cuanto puedan. El retorno de los desplazados internos a sus hogares ha sido un proceso voluntario y se ha desarrollado conforme a las normas internacionales. La comunidad internacional, como el ACNUR y el Programa Mundial de Alimentos (PMA), ha reconocido ese extremo. El personal del ACNUR que supervisa la situación sobre el terreno ha confirmado que la mayoría de las personas están deseando volver a sus hogares, que los retornos son voluntarios y que son conformes con las normas internacionales de protección.

46.Con el restablecimiento de la paz y el orden público, la tarea principal del Gobierno es reasentar a los desplazados internos en sus lugares de origen de un modo digno. Los desplazados que se encuentran en los centros de asistencia social están protegidos y reciben asistencia de socorro inmediata, en forma de alimentos, artículos no alimenticios y otros productos.

47.El proceso de reasentamiento se inicia cuando el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) certifica que una zona está libre de minas. Cada desplazado recibe un carné de identidad, después de que se han registrado sus datos, y también se ofrece transporte para regresar al lugar de origen. Actualmente se está haciendo lo necesario para proporcionar a todas las familias raciones secas para dos semanas, ropa y utensilios de cocina. También se están limpiando y reconstruyendo las zonas comunes, como los pozos y los servicios esenciales, entre ellos los hospitales, las escuelas y las carreteras.

48.El Gobierno ya ha adoptado medidas para restablecer los medios de subsistencia de los desplazados internos. Se han proporcionado artes de pesca a los pescadores, y equipo agrícola a los agricultores. Hay proyectos en marcha para incrementar la participación del sector privado en el proceso de desarrollo. A través del Banco de Ceylán y del Banco del Pueblo, se están creando planes de préstamos bancarios. El Gobierno también está tasando las viviendas dañadas para pagar indemnizaciones.

49.La atención inmediata se centra en la provisión de refugios, puesto que las viviendas quedaron parcial o completamente destruidas durante el conflicto. Para restaurar la actividad económica, se proporciona una ayuda de subsistencia de 25.000 rupias a cada familia reasentada. A causa de la falta de fondos, la cobertura no es completa. Los organismos de las Naciones Unidas y ONG internacionales complementan los programas de ayuda para la subsistencia. Asimismo, se está respondiendo a las necesidades de educación y atención sanitaria, y se está dando prioridad a la reconstrucción de los lugares de culto religioso para que las personas reasentadas puedan disfrutar de sus derechos religiosos y culturales.

50.El proceso de reasentamiento en algunas zonas ha sido lento debido a las minas terrestres sembradas por los LTTE. El reasentamiento no podrá concluir hasta que se haya limpiado toda la zona minada y el PNUD lo haya certificado.

51.El Gobierno, en colaboración con el ACNUR, ha elaborado una estrategia integral de fomento de la confianza y estabilización que ayudará a superar los problemas en la fase posterior al retorno en la zona oriental, y asegurará la sostenibilidad de los reasentamientos mediante el restablecimiento de la confianza entre los propios antiguos desplazados y entre éstos y las comunidades que los acogen. Los objetivos prioritarios en el futuro inmediato serán la recuperación económica, la seguridad, y el desarrollo de los medios de subsistencia y de la infraestructura. Al final de 2007 el Gobierno había logrado reasentar a 120.000 desplazados y, cuando se haya despejado de minas el 23% del territorio que aún está minado en el distrito de Batticaloa, reasentará a los restantes. La Dependencia de Desplazados Internos del Consejo de Derechos Humanos de Sri Lanka, con la asistencia del ACNUR y en el marco del Proyecto de protección nacional y solución sostenible para los desplazados internos, ha iniciado la redacción de un amplio proyecto de ley sobre los derechos de los desplazados internos y los repatriados a fin de complementar otras leyes pertinentes, como la Ley sobre el Organismo de Reasentamiento, de 2007.

52.Una manifestación del éxito del Gobierno en el restablecimiento de la normalidad en la Provincia Oriental fue la celebración de elecciones locales en Batticaloa el 10 de marzo de 2008, después de 14 años, con un índice de participación del 57%. Estas elecciones fueron calificadas de libres y limpias por observadores independientes.

Jaffna

53.El nivel de seguridad alimentaria en Jaffna es satisfactorio y hay abundantes existencias de productos básicos. No hay escasez de alimentos ni de otros productos esenciales, ya que el Gobierno ha hecho todo lo posible para enviar los productos esenciales y normalizar las existencias de alimentos. Como las carreteras están cerradas, la península de Jaffna depende totalmente del transporte marítimo; hay diez buques dedicados al transporte de mercancías como iniciativa conjunta del Gobierno y el sector privado. La distribución de alimentos corre a cargo de cooperativas, pero más de 4.000 comerciantes privados que habían cesado temporalmente su actividad después de recibir amenazas de los LTTE están trabajando ahora activamente. Al elaborarse el presente informe había en Jaffna más de 2.000 toneladas métricas de harina de trigo, 6.887 Tm de arroz, 1.697 Tm de azúcar, 775 Tm de lentejas rojas y 95 Tm de jabón y otros productos de limpieza. No hay escasez de productos derivados del petróleo en Jaffna, y el acceso al combustible no está restringido. Dos buques transportan gasolina, gasóleo y queroseno a Jaffna. El Gobierno se ha comprometido a enviar a tiempo plaguicidas, granos de paddy y fertilizantes a los agricultores de la península. Con ayuda del PNUD, se han hecho también los preparativos para abrir una empresa vitivinícola en Jaffna a fin de ayudar a los productores de uva y alentarlos a que sigan cultivando.

54.En 1991, alrededor de 15.000 familias musulmanas fueron expulsadas de Jaffna por los LTTE y llegaron a Puttalam como desplazados internos. Gracias a un programa respaldado por el Banco Mundial, 7.885 de esas familias recibirán nuevas viviendas y ayuda para reparar las que resultaron parcialmente dañadas. Se están adoptando medidas para brindar asistencia en este aspecto también a las familias restantes. Cabe señalar que el sufrimiento de la comunidad musulmana de Sri Lanka a causa del conflicto ha sido desproporcionado. En 1991, los LTTE expulsaron de la península de Jaffna a unos 90.000 musulmanes que, desde entonces, no han podido regresar a sus hogares.

Comité Consultivo sobre la Asistencia Humanitaria (CCAH)

55.Después de que el Excmo. Señor Presidente se entrevistara con los embajadores de los países copresidentes, en octubre de 2006 se decidió que un Comité Consultivo sobre la Asistencia Humanitaria, presidido por el Honorable Mahinda Samarasinghe, Ministro de Gestión de Desastres y Derechos Humanos, se reuniría una vez al mes para examinar los asuntos relacionados con la asistencia humanitaria.

56.El CCAH se ocupa de importantes cuestiones normativas y está integrado por un número limitado de miembros. Están representadas las Secretarías de los siguientes ministerios: Defensa; Asuntos Exteriores; Construcción de la Nación y Desarrollo de Infraestructuras; y Reasentamiento y Servicios de Socorro en Casos de Desastre. Asisten igualmente a las reuniones el Asesor Presidencial Principal, el Comisionado General de Servicios Esenciales y el Secretario General para la Coordinación del Proceso de Paz, así como agentes gubernamentales y secretarios de distrito de los sectores interesados.

57.La comunidad internacional está representada por los jefes de las Misiones de los países copresidentes; el Coordinador Residente/Coordinador de Asuntos Humanitarios/oficial designado del equipo de las Naciones Unidas en el país; el representante del ACNUR; el jefe de la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios (OCAH); el jefe de la Oficina de Ayuda Humanitaria de la Comunidad Europea (ECHO); el Jefe de Delegación del CICR; y el Consorcio de Organismos Humanitarios. Se han creado cinco subcomités dependientes del órgano principal del CCAH, que están copresididos por un representante del Gobierno y un organismo de las Naciones Unidas y se ocupan de los siguientes ámbitos:

Logística y servicios esenciales (copresidentes: Comisionado General de Servicios Esenciales y PMA);

Reasentamiento y bienestar de los desplazados internos (copresidentes: Ministerio de Reasentamiento y Servicios de Socorro en Casos de Desastre y ACNUR);

Medios de vida (copresidentes: Ministerio de Pesca y Recursos Acuáticos y OIT);

Educación (copresidentes: Ministerio de Educación y UNICEF);

Salud (copresidentes: Ministerio de Salud y OMS).

58.Los subcomités se reúnen periódicamente, examinan y resuelven todos los problemas operativos que corresponden a su ámbito respectivo y presentan un informe mensual al CCAH en el que se indican las esferas de política que éste debería analizar, así como todas las dificultades que no pueden solucionar los distintos subcomités.

59.El CCAH ha contribuido de modo decisivo a facilitar la obtención y prestación de asistencia humanitaria a los desplazados internos en el norte y el este de Sri Lanka. Además, brinda un foro para adoptar y aplicar decisiones clave, ya que todas las partes interesadas pertinentes asisten a sus reuniones. Por otra parte, los subcomités creados en el seno del CCAH posibilitan la celebración de consultas más amplias con los organismos especializados.

60.Si bien las reuniones nacionales de coordinación sobre los desplazados internos y el Comité Consultivo sobre la Asistencia Humanitaria tienen por objetivo prestar asistencia a las personas desplazadas recientemente, ambos se han utilizado como plataforma para promover actividades relacionadas con el tsunami y proyectos de desarrollo a largo plazo.

Modalidades operativas de todos los interesados que intervienen en las labores humanitarias y de desarrollo en Sri Lanka (comité creado en el marco del CCAH)

61.Un sexto subcomité creado en el marco del CCAH e integrado por representantes del Gobierno, donantes, las Naciones Unidas y ONG internacionales se reunió a fin de establecer de común acuerdo y redactar el mandato [poniendo de relieve el alcance y determinando el marco] para la definición de las modalidades operativas de todos los interesados que intervenían en las labores humanitarias y de desarrollo en Sri Lanka. Actualmente están formulándose las modalidades operativas.

Ley de la ciudadanía, tamiles de origen indio que viven en Sri Lanka

62.El Gobierno, considerando que redundaba en el interés nacional resolver definitivamente el problema de la ciudadanía de las personas de origen indio no incluidas en los acuerdos bilaterales entre Sri Lanka y la India, promulgó en 2003 una ley (Ley Nº 35, de 2003, relativa a la concesión de la nacionalidad a las personas de origen indio (Enmienda)) por la que se concedió la ciudadanía de Sri Lanka, a partir de la entrada en vigor de dicha ley, a toda persona que hubiera residido permanentemente en Sri Lanka desde el 30 de octubre de 1964 o que fuera descendiente de un residente en Sri Lanka desde esa fecha, y se reconocieron a esas personas los mismos derechos y privilegios económicos, sociales y culturales que los que tenía por ley un ciudadano de Sri Lanka. Así, el Gobierno se aseguró de que no hubiera discriminación de ningún tipo y de que los tamiles de origen indio tuvieran los mismos derechos y privilegios que los demás ciudadanos.

Disparidades entre el derecho legislado y el derecho consuetudinario, niños nacidos fuera del matrimonio y edad mínima para contraer matrimonio

63.El Gobierno de Sri Lanka toma nota de la grave preocupación manifestada por el Comité con respecto a la existencia de disparidades entre el derecho legislado y el derecho consuetudinario.

64.Durante varios siglos Sri Lanka estuvo bajo el dominio de portugueses, neerlandeses y británicos. En el transcurso de los años, el ordenamiento jurídico de Sri Lanka ha evolucionado hasta convertirse en un sistema completo, variado y complejo que combina el derecho romano neerlandés, que es elderecho común, el derecho inglés, que se aplica en los asuntos comerciales, y las leyes personales, a saber, el derecho musulmán, el derecho de Kandy y el derecho Thesavalamai (de los tamiles de Jaffna). El derecho y el procedimiento penal se fundan en el derecho inglés contenido en la legislación; Sri Lanka cuenta con un sistema de justicia inspirado en el principio de contradicción. El Fiscal General es el más alto funcionario jurídico del Estado. En 1830, en respuesta a una pregunta que le había formulado la Comisión Real de Investigación, Sir Richard Ottley dijo que las leyes de la isla eran sumamente variadas. En el caso Casim c. Dingihamy (1906) 9 NLR, página 274, Middleton P. J., se señaló que Ceilán era un país heterogéneo en el que coexistían distintos sistemas jurídicos. Es inevitable que en un ordenamiento jurídico de ese tipo existan algunas disparidades cuando entran en juego diferentes principios y teorías jurídicas.

65.En 1997, el Gobierno promulgó una legislación en virtud de la cual ningún matrimonio será válido si ambos contrayentes no han cumplido 18 años. Sin embargo, no se modificó la disposición relativa al consentimiento en caso de matrimonio de un menor. Los tribunales han interpretado la legislación de modo que se prohíba terminantemente el matrimonio de todo menor de 18 años. La Dirección Nacional de Protección del Menor transmite las denuncias de matrimonios contraídos por menores al Registro Civil para que tome medidas contra los registradores que formalizan esas uniones. El Registro Civil remitió una circular a todos los registradores de matrimonios para que comprobaran las tarjetas de identidad o las partidas de nacimiento de los contrayentes a fin de cerciorarse de su edad (Ley Nº 17 de 1989, relativa a la mayoría de edad (Enmienda)). Por consiguiente, ningún menor de 18 años puede contraer matrimonio legalmente, ni siquiera con el consentimiento de los padres o tutores. Ello ha dado lugar a algunos problemas sociales porque en algunos casos los menores de 18 años tienen relaciones sexuales consentidas por ambas partes, que a veces conducen al embarazo.

66.De acuerdo con la legislación de Sri Lanka, el hombre que tenga relaciones sexuales con una menor de 16 años, con o sin su consentimiento, cometerá el delito de violación, salvo si la mujer es su esposa, ha cumplido 12 años y no está separada legalmente de él. Esa referencia que se hace a la edad de 12 años en la legislación tiene su origen en el derecho consuetudinario musulmán, que autoriza a la mujer a contraer matrimonio legal a esa edad.

67.En virtud de la Ley sobre el matrimonio y el divorcio en el derecho musulmán, en la que se codifican las leyes y costumbres musulmanas, no es necesario obtener el consentimiento de la novia musulmana por escrito.

68.Por tanto, si bien la legislación se ajusta a las normas internacionales sobre la edad mínima para contraer matrimonio, excepto en el caso del derecho musulmán, se plantean problemas concomitantes que convendrá abordar y resolver respetando las particularidades de los distintos grupos étnicos o religiosos.

69.El ordenamiento jurídico de Sri Lanka reconoce desde hace tiempo la igualdad de la mujer casada, que goza, en igualdad de condiciones (femme sole) y con independencia respecto de su cónyuge, de todos los derechos de titularidad de bienes y de la capacidad de celebrar contratos. La no discriminación por motivos de sexo es el principio fundamental en que se basa la normativa sobre derechos humanos de Sri Lanka. En el ámbito de las sucesiones, varias leyes personales, arraigadas en las costumbres, tradiciones y culturas de los distintos grupos étnicos del país, siguen discriminando a la mujer en algunos aspectos. El Gobierno ha puesto en marcha una serie de iniciativas para sensibilizar sobre la cuestión con el fin de preparar el camino para la reforma de las leyes personales, que se han topado con la resistencia de los propios grupos étnicos.

Mecanismos de lucha contra la discriminación en el empleo de las mujeres y las minorías

70.En el artículo 12 de la Constitución se recogen disposiciones sobre la igualdad y la no discriminación y se indica, además, que el contenido del artículo no impedirá que se establezcan por ley disposiciones especiales, leyes subordinadas o medidas ejecutivas para el adelanto de la mujer, los niños o las personas con discapacidad.

71.Para proporcionar una salvaguardia válida contra la discriminación por motivo de género, el artículo 12 2) de la Constitución establece que "no se discriminará a ningún ciudadano por motivos de raza, religión, idioma, casta, sexo, opinión política, lugar de nacimiento o cualquier otro motivo". Además, el artículo 12 3) dispone que "nadie, por motivos de raza, religión, idioma, casta, sexo o cualquier otro motivo, estará sujeto a incapacitación, obligación, limitación o condicionamiento con respecto al acceso a tiendas, restaurantes públicos, hoteles, lugares de diversión públicos y lugares de culto público de su propia religión" para ampliar la protección contra la discriminación por motivos de género a la esfera de los actos de particulares. Estas disposiciones se ven reforzadas en los principios rectores de la política estatal y los deberes fundamentales que enuncian la obligación del Estado de velar por la igualdad de oportunidades de los ciudadanos, independientemente de la raza, religión, idioma, casta, sexo y opinión política.

72.En Sri Lanka, el derecho laboral cubre por igual a los hombres y mujeres empleados en el sector privado. Los empleadores y la sociedad en general tienen un compromiso tácito de asegurar que las mujeres reciban un trato justo en el ámbito del empleo. Si bien en el derecho laboral no figuran disposiciones específicas sobre la discriminación de la mujer, se brinda protección especial a las mujeres en cuanto a las condiciones de trabajo, la seguridad y la salud. La Ordenanza sobre empleo de mujeres en minas Nº 13, de 1937, prohíbe el empleo de mujeres en el trabajo subterráneo; la Ordenanza sobre fábricas Nº 45, de 1942, la Ley sobre el empleo de mujeres y menores Nº 47, de 1956, y la Ley sobre empleados de comercios y oficinas (Reglamento sobre empleo y remuneración) Nº 19, de 1954, restringen las horas extraordinarias y los turnos de noche en el empleo de mujeres. La Ordenanza sobre subsidios de maternidad Nº 32, de 1939, establece el pago de subsidios de maternidad y la protección ante otras cuestiones relacionadas con el empleo de mujeres antes y después del parto. Toda controversia relativa a la discriminación puede señalarse a la atención del Comisionado de Trabajo para dirimirla mediante conciliación o arbitraje en virtud de la Ley sobre conflictos laborales Nº 43, de 1950.

73.La Comisión Nacional de Derechos Humanos está facultada para realizar investigaciones en relación con los derechos fundamentales. Cualquier parte perjudicada puede interponer demandas ante la Comisión Nacional de Derechos Humanos contra la discriminación laboral en el sector público. Cabe señalar que las autoridades estatales han aplicado las recomendaciones de la Comisión sobre las mujeres y las minorías. Ya que el hostigamiento sexual es un tipo de discriminación, la Comisión ha elaborado un documento de política sobre el hostigamiento sexual y directrices para las instituciones estatales. Las directrices recomiendan que todas las instituciones estatales adopten una política de erradicación del hostigamiento sexual en el lugar de trabajo y ofrezcan reparación a las víctimas.

Aplicación de las leyes respecto de los niños

74.El Gobierno de Sri Lanka ha adoptado varias medidas para luchar contra el problema de la explotación y el abuso infantil. Tras la ratificación del Convenio Nº 138 (1973) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la edad mínima de admisión al empleo, el 11 de febrero de 2000 se procedió a enmendar la Ley sobre el empleo de mujeres y menores Nº 47, de 1956, y la Ordenanza sobre salarios mínimos (mano de obra india) Nº 27, de 1927, para imponer una prohibición total del empleo de niños menores de 14 años. Las disposiciones penales de la Ley sobre el empleo de mujeres y menores Nº 47, de 1956, se modificaron mediante la Ley de enmienda Nº 8, de 2003, que aumenta los límites máximos de las multas de 1.000 a 10.000 rupias y el período máximo de reclusión de 6 a 12 meses. En cada sección se han incluido disposiciones adicionales para que el poder judicial pueda ordenar la indemnización de los niños víctimas. Una característica importante de esas disposiciones es que el poder judicial está facultado para evaluar las indemnizaciones a su discreción y según el fondo del caso.

75.En 1995, el Gobierno promulgó legislación por la que se tipificaban varios delitos nuevos en relación con el abuso de menores. El Gobierno incorporó los delitos de publicación obscena, explotación infantil, tratos crueles contra niños, proxenetismo, explotación sexual de niños y trata.

76.En 1998, el Gobierno amplió aún más el delito de publicación obscena relacionada con niños al disponer que, si en el revelado de fotografías o de películas se descubren imágenes indecentes u obscenas de un niño, la persona que las encuentre debe informar a la policía. El incumplimiento se castiga con penas severas.

77.En 1998, el Gobierno aprobó leyes en las que se tipificó como delito el hecho de inducir u obligar a un niño a mendigar, así como contratar o emplear a niños en el tráfico de artículos prohibidos.

78.En 2006, el Gobierno aprobó nuevas leyes que amplían aún más el ámbito de los delitos relativos a los niños, como se indica a continuación:

a)Quien proporcione un servicio por medio de una computadora deberá adoptar todas las medidas necesarias para evitar que esta se utilice para cometer actos que constituyan abuso sexual de niños;

b)Quien cuide, supervise, posea o tenga a su cargo cualquier tipo de local y tenga conocimiento de que esté utilizándose para cometer actos que constituyan abuso de niños, tendrá que informar de tales actos al oficial encargado de la comisaría más cercana;

c)Queda prohibido reclutar a niños para utilizarlos en conflictos armados;

d)Se amplía el alcance de los hechos que constituyen delitos en lo que concierne a la adopción;

e)Se tipifica como delito la corrupción de menores.

La contravención de la ley entraña sanciones severas.

79.En las leyes promulgadas en 2006 también se prevé el pago de indemnizaciones a las víctimas de traumas mentales o psicológicos, además de las penas impuestas por esos delitos (Leyes sobre el Código Penal (Enmienda) Nos. 22, de 1995, 29, de 1998, y 16, de 2006).

80.En enero de 2008, el Ministerio para el Desarrollo del Niño y la Autonomía de la Mujer creó una línea telefónica de ayuda a los niños de Sri Lanka, en un esfuerzo nacional para prevenir el abuso infantil y proteger a los niños, que tuvo gran difusión en la prensa y otros medios de comunicación. La línea es gratuita y toda persona pueda acceder a ella llamando al número 1929.

81.En 2007, el Ministerio para el Desarrollo del Niño y la Autonomía de la Mujer creó un Fondo Nacional para el Desarrollo Infantil. El Fondo concede ayuda financiera o becas a los niños de cualquier punto del país que lo merezcan para lograr un certificado general de estudios (nivel avanzado).

82.El Ministerio creó también un equipo de tareas sobre los niños afectados por el conflicto armado, con el cometido de vigilar y comunicar los incidentes relacionados con niños afectados por el conflicto. El equipo de tareas está integrado, además del Ministerio, por la Dirección Nacional de Protección del Menor, el Departamento de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia, el Departamento de Policía (Oficina de asuntos de la mujer y el niño), la Secretaría para la Coordinación del Proceso de Paz, la Comisión Nacional de Derechos Humanos, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y otros expertos.

83.El marco institucional de investigación, examen y supervisión de las peores formas de trabajo infantil está constituido por:

La Dirección Nacional de Protección del Menor;

El Departamento de Trabajo;

El Departamento de Policía;

El Departamento de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia.

84.Las autoridades competentes han adoptado medidas para obtener datos recientes a partir de una encuesta sobre las actividades infantiles realizada en 1999 que reveló que alrededor de 19.000 niños trabajaban como empleados domésticos. La Dirección Nacional de Protección del Menor lleva a cabo programas de sensibilización para fortalecer el cumplimiento de las leyes relativas al trabajo infantil. Por razones obvias, es difícil obtener datos fiables sobre la prostitución infantil. Sin embargo, las cifras mencionadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales parecen exageradas e infundadas.

Dirección Nacional de Protección del Menor

85.El Gobierno creó la Dirección Nacional de Protección del Menor en 1998 por medio de la Ley relativa a la Dirección Nacional de Protección del Menor Nº 50, de 1998, para responder a las preocupaciones crecientes por el aumento de los casos de abuso de niños, y en reconocimiento de la necesidad de establecer una autoridad central para que abordara el problema. Entre las funciones de la Dirección está el deber de asesorar al Gobierno en la formulación de una política nacional sobre la prevención del abuso de niños y la protección y el tratamiento de los niños que han sido víctimas de abuso. Otra de las obligaciones de la Dirección es crear conciencia sobre el derecho de los niños a la protección contra el abuso y sobre los métodos de prevención del abuso de niños. Su mandato la faculta, entre otras cosas, para:

a)Recomendar todas las medidas necesarias para prevenir el abuso de niños y proteger y salvaguardar el interés de las víctimas de esos abusos en consulta con las autoridades provisionales y locales competentes y con funcionarios gubernamentales a nivel regional y de distrito, así como con organizaciones públicas y privadas;

b)Recomendar medidas para examinar las preocupaciones de carácter humanitario relativas a los niños afectados por los conflictos armados y su protección, en particular en cuanto a su bienestar físico y mental y su reinserción en la sociedad;

c)Supervisar y vigilar todas las instituciones religiosas y de beneficencia que proporcionan cuidados a niños, en consulta con los ministerios y otras autoridades competentes;

d)Adoptar medidas para reducir al mínimo las posibilidades de abuso de niños en consulta con todos los agentes del sector turístico.

86.Entre los miembros de la Dirección figuran psiquiatras, psicólogos y pediatras experimentados, médicos forenses, funcionarios superiores de la Fiscalía General y del Departamento de Policía, así como otras personas que cuentan con gran experiencia y amplio reconocimiento en el sector del derecho, el bienestar infantil, la educación u otros campos conexos. El Comisionado de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia, el Comisionado del Trabajo y el Presidente del Comité Nacional establecido en virtud de la Carta de los derechos del niño con el objetivo de dar efecto a las disposiciones de dicha carta son miembros por derecho propio del consejo de administración.

87.La Dirección tiene amplios poderes para autorizar el registro, por parte de sus funcionarios, de cualquier local, como una institución de atención infantil, un hospital o una maternidad, en que la Dirección tenga motivos para pensar que se esté facilitando la adopción ilegal. El funcionario autorizado puede además examinar los libros, registros o expedientes de la institución, hospital o maternidad en cuestión y sacar extractos o copias, así como interrogar a las personas que se encuentren en dichos locales. La obstrucción o la resistencia al trabajo de esos funcionarios se castiga con penas severas. Los funcionarios autorizados están también facultados para incautarse de cualquier artículo relacionado con el delito cometido, así como de libros, registros u otros documentos que, en su opinión, constituyan pruebas para enjuiciar a alguien por el delito de que se trate.

88.La Dirección Nacional de Protección del Menor informa a la policía sobre los casos de abuso de niños y educa a los niños acerca de las leyes del país, en especial las relativas a la protección infantil y a los derechos de los niños, por medio de comités de protección infantil establecidos en las escuelas.

89.La Dirección realiza además programas de sensibilización sobre el trabajo infantil. Se llevan a cabo programas de capacitación para mejorar las competencias de los funcionarios que se ocupan de las víctimas del trabajo infantil, como los de los Departamentos de Policía, de Trabajo, y de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia.

90.También hay programas destinados a sensibilizar al público en general y a inculcarles la idea de que es necesario informar sobre el trabajo infantil.

91.Se estableció una dependencia de vigilancia cibernética para vigilar las actividades relacionadas con la explotación sexual de niños en Internet. Hay programas de sensibilización de los niños sobre la seguridad en la navegación cibernética, así como programas de formación de los agentes de policía acerca de las nuevas enmiendas de las leyes sobre el delito cibernético.

92.La Dirección Nacional de Protección del Menor es miembro del Comité presidido por el Comisionado General de Rehabilitación establecido para rehabilitar y reintegrar a los niños que hayan sido utilizados como niños soldados y que se hayan entregado voluntariamente. El Comité ha elaborado una política nacional que se presentará al Consejo de Ministros para su aprobación.

Departamento de Trabajo

93.El Departamento de Trabajo es el órgano gubernamental encargado de todas las cuestiones relativas al trabajo infantil. Este Departamento ha adoptado también medidas para fortalecer el cumplimiento de la Ley sobre el empleo de mujeres, jóvenes y niños, designando como oficiales autorizados en virtud de esta ley a los funcionarios del Departamento de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia. El Departamento cuenta con una red de 12 oficinas de zona, 37 oficinas de distrito y 18 suboficinas en todo el país, incluidas las zonas no controladas del norte. Incluye una inspección integrada por unas 400 personas que visitan los lugares de trabajo, bien de manera rutinaria o a raíz de alguna queja, para comprobar que se cumpla la legislación laboral, incluidas las leyes relativas al trabajo infantil. Quien viole las disposiciones de la legislación laboral puede ser enjuiciado. El Departamento de Trabajo realiza también programas para sensibilizar a los niños en edad escolar, a la ciudadanía y a otros interesados con diferentes métodos, como programas educativos internos, seminarios, talleres, concursos, diseño de carteles, películas educativas, utilización de los medios de difusión y material impreso.

94.En el Departamento de Trabajo se ha creado una división aparte, denominada División de Asuntos de la Mujer y el Niño, que se encarga del empleo de mujeres y niños. La División coordina el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT. Con ayuda de las partes interesadas, el IPEC ejecuta programas para eliminar el trabajo infantil. Un comité de las partes interesadas, presidido por el Secretario del Ministerio de Relaciones Laborales y Recursos Humanos, supervisa las actividades del IPEC, y el Departamento de Trabajo se encarga de la parte operativa.

Departamento de Policía

95.En el sitio web oficial del Servicio de Policía de Sri Lanka (www.police.lk) puede obtenerse información completa sobre las actividades de este Servicio, como sus antecedentes, el organigrama, estadísticas sobre la delincuencia e información sobre la División de Derechos Humanos y la Dirección de la Mujer y el Menor.

96.Durante los últimos años, la Policía de Sri Lanka ha hecho gran hincapié en la creación de capacidad y el fomento del profesionalismo en el Servicio. Se reconoce ampliamente la importancia de mantener el orden en todo proceso de paz.

97.Con asistencia de Suecia, en 2005 se inició un programa para aumentar la capacidad de la policía civil, realizar investigaciones en el lugar del delito y otros asuntos conexos. Se concede alta prioridad a la formación en derechos humanos y al profesionalismo. También se atribuye importancia a la policía comunitaria, y el Reino Unido ha impartido formación en aspectos de la labor de ese tipo de policía.

98.En enero de 2008, se transfirió al Servicio de Policía una Oficina Central de Distrito para la Infancia creada recientemente en la Dirección de la Mujer y el Menor de Anuradhapura, que se convertirá en la oficina central de coordinación de los servicios de protección de la infancia y la mujer de 23 comisarías del distrito. La oficina se creó con la asistencia de ONG y la participación de todas las partes interesadas.

Servicios de atención infantil

99.El Departamento de Libertad Vigilada y Servicios de Atención a la Infancia es el responsable de la protección y la atención del niño. Se encarga de los casos en que es necesario proteger y atender a víctimas y a menores delincuentes. Los funcionarios de este Departamento prestan asistencia a los del Departamento de Trabajo en las investigaciones relativas a las denuncias de trabajo infantil.

100.El Gobierno ha nombrado, además, a un Comisionado General de Rehabilitación, encargado de la rehabilitación de los niños que, tras haber sido reclutados para participar en el conflicto armado, se entregan voluntariamente. Se ha creado un centro de rehabilitación dotado de servicios educativos y todos los demás servicios necesarios para preparar a los niños con vistas a su reinserción en la sociedad. Actualmente se están elaborando nuevas normas que contienen procedimientos respetuosos de los niños para la atención, rehabilitación y reinserción de los menores que se entregan.

101.En 2005, el Gobierno promulgó también la Ley de prevención de la violencia doméstica, según la cual una persona perjudicada puede solicitar una orden de protección a un juzgado de paz y obtenerla. En la ley se prevé asimismo la obtención de una orden de protección provisional hasta que concluya la investigación concerniente a la solicitud. La persona perjudicada es una persona contra la que se haya cometido, se cometa o pueda cometerse un acto de violencia doméstica. La violencia doméstica se ha definido como un acto que constituye delito según lo especificado en el anexo 1 de la ley, así como todo caso de abuso emocional. Cuando la persona perjudicada es un niño, la solicitud puede ser presentada en su nombre por:

a)Uno de sus padres o su tutor;

b)Una persona con la que viva el niño;

c)Una persona autorizada por escrito por la Dirección Nacional de Protección del Menor (Ley de prevención de la violencia doméstica, Nº 34, de 2005).

Explotación sexual de niños de Sri Lanka por turistas extranjeros

102.El Gobierno de Sri Lanka cuenta con una serie de leyes sobre protección infantil y prevención del abuso infantil, entre otras cosas por haber ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño en 1991. En 2006 ratificó el Protocolo facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la venta de niños, la prostitución infantil y la utilización de niños en la pornografía, y en 2002, el Convenio Nº 182 (1999) de la OIT sobre las peores formas de trabajo infantil (en los párrafos 58 a 67 suprafigura más información al respecto).

103.La ley prohíbe la utilización de niños en actividades ilegales o de explotación laboral. Las sanciones por explotación sexual o trata de niños van desde una multa por un monto no especificado hasta penas de entre 5 y 20 años de prisión. Los proxenetas y aquellas personas que, a sabiendas, permitan que se abuse de un niño en sus locales incurrirán en las mismas penas que quienes abusen directamente de un niño. La Dirección Nacional de Protección del Menor cuenta con una dependencia de vigilancia cibernética que incluye una base de datos de sospechosos de delitos sexuales. El Ministerio de Turismo está realizando una campaña especial de sensibilización al respecto y ha movilizado a las unidades de policía turística para combatir estas actividades ilegales.

Efectos negativos de la migración de las mujeres trabajadoras en sus hijos

104. Sri Lanka se preocupa por el bienestar de sus expatriados, y es por eso que el 11 de marzo de 1996 ratificó la Convención internacional sobre la protección de los derechos de todos los trabajadores migratorios y de sus familiares.

105.Aunque al Gobierno le preocupan la explotación y la difícil situación de algunas mujeres migrantes que trabajan como empleadas domésticas en el extranjero, es importante reconocer que las remesas de los migrantes contribuyen de manera sustancial a los ingresos familiares y a la mejora del nivel de vida.

106. En los programas de capacitación organizados por el Ministerio de Promoción del Empleo en el Exterior y Previsión Social para las trabajadoras migrantes antes de que partan al extranjero se añadió una sesión destinada a abordar el tema de la seguridad familiar, incluidas la protección y la educación de los hijos mientras la madre se encuentra en el extranjero, para poner de relieve la importancia de asegurar el bienestar de los hijos desde mucho antes de la partida de la madre. Asimismo, el Ministerio brinda ayuda para que los hijos de las mujeres migrantes puedan acceder a diferentes servicios prestados por funcionarios especialmente capacitados para ello en las aldeas. La concesión de becas y el suministro de material escolar a los hijos de mujeres migrantes también ha pasado a formar parte de los programas ordinarios.

107.En 2005/06 la Comisión de Derechos Humanos llevó a cabo un estudio en el que se formularon varias recomendaciones que debía llevar a la práctica la Dirección de Empleo en el Extranjero de Sri Lanka (DEESL). En 2006 el Consejo de Ministros adoptó una decisión encaminada a disuadir a las madres con hijos menores de 5 años de partir al extranjero como trabajadoras migrantes. Sin embargo, esta decisión tropezó con una fuerte oposición de parte de los activistas de derechos humanos. Actualmente la DEESL está llevando a cabo programas de sensibilización sobre este tema.

El suicidio entre los jóvenes

108.El Gobierno de Sri Lanka toma nota de la preocupación expresada por el Comité acerca del suicido entre los jóvenes. A este respecto, en 1996 el Gobierno formuló, por conducto del Grupo de Trabajo Presidencial, una serie de recomendaciones para hacer frente a este problema. Para cumplir este objetivo se capacitó también a unos 450 oficiales del programa Samurdhi procedentes de todo el país.

Dependencia del alcohol y de las drogas

109.La Oficina Antidroga de la Policía (OAP), el principal órgano que representa a la policía de Sri Lanka en la lucha contra el problema de las drogas en el país, llevó a cabo una labor muy satisfactoria durante el año 2006.

110.La OAP tiene una estrategia de lucha en tres planos contra el problema de las drogas en el país: la prevención, la detección y el enjuiciamiento. Para lograr su objetivo organizó programas de capacitación en la lucha contra el tráfico ilícito de drogas en las comisarías de toda la isla. Al mismo tiempo, la OAP ejecuta programas de sensibilización acerca de la amenaza que suponen las drogas para los ciudadanos en diferentes niveles. Como resultado de ello, el público está ahora plenamente informado sobre los efectos negativos del tráfico de drogas y de la drogadicción y se muestra más dispuesto que nunca a suministrar información a la policía para facilitar la detección.

111.La Junta Nacional de Fiscalización de Estupefacientes, un órgano policial que asesora al Gobierno sobre la represión del tráfico ilícito de drogas, colabora muy estrechamente con la OAP ofreciendo consejos, recursos y otras ayudas. El programa contra las drogas "Mathata Thitha", lanzado por el Excmo. Sr. Mahinda Rajapaksa, Presidente de Sri Lanka, ha sido un éxito.

112.En 2006 se reforzó el marco legislativo contra el tráfico ilícito de drogas mediante la promulgación de la nueva ley de prevención del blanqueo de dinero (Ley de prevención del blanqueo de dinero, 2006), que representó una ayuda esencial para desbaratar las redes de traficantes de drogas. En 2006 los organismos de represión detuvieron a 12.551 personas en el marco de 11.656 casos en que se incautaron de 65 kg, 2 g y 980 mg de heroína, y a 34.728 personas en el marco de 32.886 casos en que se incautaron de 18.219 kg, 455 g y 572 mg de cannabis. El número de detecciones aumentó considerablemente en 2006 con respecto al año anterior.

113.Gracias al aumento de las operaciones realizadas por la OAP en colaboración con otros organismos, el tráfico de drogas ha disminuido, en particular la disponibilidad de heroína en la calle, que se ha reducido a la mitad.

114. En 2006 volvió a quedar demostrado que los LTTE están involucrados en el tráfico de drogas, que utilizan con el fin de recaudar fondos para sus actividades delictivas y terroristas.

Medidas de reducción de la pobreza

115.El Gobierno de Sri Lanka ha puesto en marcha varios programas de alivio de la pobreza y de bienestar social con el objetivo de reducir la pobreza en el país. En mayo de 2005 el Gobierno diseñó una estrategia de crecimiento económico y reducción de la pobreza.

116.En 2003 Sri Lanka había articulado una estrategia de reducción de la pobreza centrada en restablecer la paz y el crecimiento económico en el país. Sus pilares principales son los siguientes:

a)El fortalecimiento de la economía;

b)La reducción de la pobreza causada por el conflicto;

c)La creación de oportunidades para que los pobres participen en el crecimiento económico;

d)La inversión en las personas;

e)El empoderamiento de los pobres y el fortalecimiento de la gobernanza;

f)El establecimiento de un sistema efectivo de vigilancia y evaluación.

117.Desde principios de 2006 el Gobierno trabaja también en una estrategia nacional de desarrollo, conocida ahora como el "Marco de desarrollo con perspectiva decenal 2006-2016". Se prevé que este marco de desarrollo expresará en términos estratégicos y programáticos la visión del Presidente de Sri Lanka, el Excmo. Sr. Mahinda Rajapaksa, plasmada en el Manifiesto de Mahinda (Mahinda Chinthana). El Manifiesto de Mahinda hace hincapié en la reducción de la pobreza como uno de los objetivos de política que se deberán alcanzar mediante actividades en sectores como la agricultura, el desarrollo industrial, la educación y la salud, entre otros. Asimismo, reconoce que la reducción de la pobreza es un objetivo estrechamente relacionado con el establecimiento de la paz. El marco de desarrollo procura traducir esta visión en prioridades y metas.

118. En el anexo IV se resumen los progresos realizados en la consecución de las metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) en términos de algunos indicadores, y a continuación se ofrece una breve reseña del estado de consecución de cada objetivo en Sri Lanka:

a)El objetivo 1 es erradicar la pobreza. Si bien todos los ODM están relacionados entre sí, la pobreza es un determinante fundamental del logro de los otros ODM. La pobreza afecta a todos los sectores e impide el progreso. Se han establecido dos metas para este objetivo. La meta 1 es reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas que viven por debajo del umbral de pobreza. Para la comparación internacional, el umbral de pobreza se ha fijado en 1 dólar de los Estados Unidos por día. Sin embargo, el Gobierno nacional también establece umbrales de pobreza oficiales. La proporción de la población que tiene ingresos inferiores a los del umbral nacional de pobreza constituye el índice de pobreza per cápita; las cifras correspondientes son las siguientes:

i)Según la última encuesta de los ingresos y el consumo de las familias realizada por el Departamento de Censos y Estadísticas, el ingreso medio mensual de una familia en Sri Lanka ascendía en 2006/07 a 26.286 rupias. La encuesta de 2006/07 mostró que el parque de viviendas y el acceso a servicios públicos como electricidad, gas, teléfono, agua salubre y saneamiento habían seguido mejorando, y que la pobreza per cápita se había reducido del 23% al 15% de la población desde 2002.

ii)La misma encuesta de 2006/07 reveló que el índice de pobreza per cápita se había reducido al 15% o menos en la mayoría de los distritos, pero que en los cuatro distritos de las provincias de Uva y Sabaragamuwa y en el distrito de Nuwara Eliya se situaba entre el 20% y el 34%, lo que indicaba la presencia de bolsones de pobreza, en particular en las zonas montañosas, sin litoral y de difícil acceso. Esta situación se puso en conocimiento de los responsables de la formulación de políticas a fin de que se mejorara la aplicación de las políticas.

b)La segunda meta del objetivo 1 es reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, la proporción de personas que padecen hambre. La prevalencia de niños menores de 5 años con peso inferior al normal es el indicador para el seguimiento de los progresos. El porcentaje de la población con un peso inferior al normal pasó del 37,7% en 1993 al 29,4% en 2000. Si esta tendencia continúa, el índice habrá disminuido a poco menos del 12% en 2015, cifra muy inferior al 19% que se ha fijado como meta; por lo tanto, el país estaría bien encaminado para alcanzar esta meta.

c)El objetivo 2 de la Declaración del Milenio es lograr la enseñanza primaria universal. La meta fijada para este objetivo es asegurar que, en 2015, los niños y niñas de todo el mundo puedan terminar un ciclo completo de enseñanza primaria. Lograr la enseñanza universal también es una estrategia para reducir la pobreza y aumentar las opciones disponibles para niños y niñas. Se utilizan cuatro indicadores para evaluar los progresos: la tasa neta de matrícula en la enseñanza primaria, la proporción de alumnos que comienzan el primer grado y llegan al quinto grado, la tasa de terminación de la enseñanza primaria y la tasa de alfabetización de las personas de entre 15 y 24 años, mujeres y hombres. Sri Lanka ha hecho grandes progresos en términos de todos estos indicadores. La tasa neta de matriculación en la enseñanza primaria de ambos sexos es superior al 95%. El porcentaje que llega al quinto grado ha superado el 95% y la tasa de alfabetización de jóvenes de entre 15 y 24 años es superior al 95% para hombres y mujeres. Sri Lanka va por buen camino para lograr la enseñanza primaria universal mucho antes de 2015.

d)El objetivo 3 de los ODM es promover la igualdad entre los sexos y el empoderamiento de la mujer. La meta de este objetivo es eliminar las desigualdades entre los sexos en la enseñanza primaria y secundaria, preferiblemente para 2005, y en todos los niveles de la enseñanza a más tardar en 2015. Dos indicadores relacionados con la educación para evaluar los avances en la consecución del objetivo 3 son la proporción de niñas y niños en la enseñanza primaria, secundaria y superior, y la relación entre las tasas de alfabetización de las mujeres y los hombres de edades comprendidas entre los 15 y los 24 años. El acceso a la educación y la capacidad de leer y escribir constituyen la esencia del empoderamiento. Sri Lanka ya ha eliminado las desigualdades entre los sexos tanto en la enseñanza primaria como en la enseñanza secundaria media, alcanzando un índice de paridad de cerca del 100% en 2002. En la enseñanza secundaria superior y en la terciaria la proporción de mujeres es incluso más elevada que la de hombres. No existe desigualdad en la alfabetización de mujeres y hombres y el índice de paridad ya era de un 100,9% en 2001.

e)Los objetivos 4 y 5 son reducir la mortalidad de los niños menores de 5 años y mejorar la salud materna, respectivamente. Las metas son reducir en dos terceras partes la mortalidad de los niños menores de 5 años y reducir en tres cuartas partes la mortalidad materna. Los indicadores de la mortalidad infantil son la tasa de mortalidad de lactantes, la tasa de mortalidad de niños menores de 5 años y la proporción de niños inmunizados contra el sarampión. Los indicadores de la salud materna son la tasa de mortalidad materna y la proporción de partos con asistencia de personal sanitario especializado. En Sri Lanka se han registrado reducciones considerables de la mortalidad infantil y materna hasta niveles que son los más bajos de los países del Asia Meridional y comparables con los de algunos países desarrollados. La tasa de inmunización ha superado el 80%. Alrededor del 96% de los partos se producen en centros de salud y cuentan con la asistencia de personal especializado. El país continúa haciendo progresos en la reducción de la mortalidad infantil y la mejora de la salud materna. La tendencia actual indica que Sri Lanka se encuentra bien encaminada para alcanzar los objetivos relativos a la mortalidad infantil y materna.

f)El objetivo 6 de la Declaración del Milenio es combatir el VIH/SIDA, la malaria y otras enfermedades. Se establecieron dos metas. La primera es haber detenido y comenzado a reducir la propagación del VIH/SIDA en 2015. Uno de los indicadores sustitutivos de este objetivo para el que se dispone de información es la prevalencia del uso de anticonceptivos entre las mujeres de entre 15 y 49 años. En el año 2000, la tasa de uso de anticonceptivos había aumentado al 70%, en comparación con un 66% en 1993.

g)Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente es el objetivo 7. Una de las metas de este objetivo es incorporar los principios del desarrollo sostenible en las políticas y los programas nacionales y reducir la pérdida de recursos del medio ambiente. Aunque hay numerosos indicadores para esta meta, uno para el que se dispone de información en Sri Lanka es la proporción de la población que utiliza combustibles sólidos. Un alto porcentaje (80%) de la población de Sri Lanka sigue utilizando combustibles sólidos. Según los datos disponibles en 2001, el uso de combustibles sólidos era mucho más elevado en las zonas rurales (86%) y en las estancias (96%) que en las zonas urbanas (35%).

h)La segunda meta de este objetivo es reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso al agua potable y a servicios básicos de saneamiento. Los dos indicadores para supervisar este progreso son la proporción de la población con acceso sostenible a mejores fuentes de agua potable en áreas urbanas y rurales, y la proporción de la población urbana y rural con mejores servicios de saneamiento. Un porcentaje muy elevado de hogares en Sri Lanka tiene acceso a una fuente de agua potable salubre. Según el censo de población y vivienda de 2001, el 82% de los hogares de Sri Lanka tiene acceso a una fuente segura de agua potable. Según este mismo censo, alrededor del 66% de los hogares tiene acceso a mejores servicios de saneamiento, y es necesario tomar más medidas para mejorar esta situación. Existen grandes diferencias entre las zonas urbanas y las zonas rurales.

i)El último objetivo de la Declaración del Milenio es fomentar una alianza mundial para el desarrollo. Se han establecido 7 metas, con 17 indicadores, para este objetivo. Para este informe se dispone de información sobre 3 de esos indicadores: la tasa de desempleo, las computadoras personales utilizadas por cada 100 habitantes y los usuarios de Internet por cada 100 habitantes. La tasa de desempleo se redujo del 32% en 1996 al 28% en 2002 y desde entonces ha seguido bajando. Según un estudio realizado en 2004, únicamente se utilizan computadoras en el 3,8% de los hogares. El empleo de Internet también es muy bajo y el mismo estudio indica que sólo el 2,8% de la población utiliza Internet.

119.Los ODM constituyen actualmente el eje central del desarrollo nacional. Potencialmente, el país está bien encaminado en lo que respecta a la mayoría de los indicadores descritos en este informe. Entre los logros más importantes se encuentran el acceso a agua potable, la igualdad en la enseñanza primaria, la alfabetización y la salud infantil y materna. Un triunfo significativo es que no existe desigualdad entre los sexos en estos logros. No obstante, aún quedan muchos desafíos que afrontar, particularmente para eliminar las desigualdades regionales.

Promoción de la sensibilización de las mujeres sobre sus derechos humanos

120.La Oficina de la Mujer del Ministerio del Desarrollo del Niño y la Autonomía de la Mujer y la Comisión de Derechos Humanos ejecutan numerosos programas de sensibilización, con seminarios y talleres, para empoderar a las mujeres en lo que respecta al ejercicio de sus derechos.

Derecho a la huelga y restricciones del derecho a formar sindicatos

121.La libertad de reunión está garantizada en el artículo 14 1) b) de la Constitución de Sri Lanka, que dice que todo ciudadano tiene derecho a la libertad de reunión pacífica. También dispone que las limitaciones a ese derecho deben estar establecidas en la ley en interés de la armonía racial y religiosa [art. 15 3)], la seguridad nacional, el orden público, etc. [art. 15 7)].

122.El comienzo de un movimiento de la clase obrera en Sri Lanka se remonta al decenio de 1890; la primera acción colectiva conocida ocurrió en 1893. Con el tiempo se desarrolló en el país una fuerte tradición de sindicalismo, unida indisolublemente al importante papel desempeñado por los sindicatos en el movimiento de independencia de Sri Lanka.

123.A principios del siglo XX, la Liga de Bienestar de los Trabajadores de Ceilán y el Congreso Nacional de Ceilán aprobaron resoluciones para exigir, entre otras cosas, la concesión del derecho de asociación a los trabajadores, la fijación y reglamentación de los salarios mínimos y las horas de trabajo, la abolición del trabajo infantil, y la garantía de buenas condiciones de trabajo y de vida para los trabajadores. Algunos de los primeros sindicatos se fundaron entre 1923 y 1928. El Congreso de Sindicatos de Todo Ceilán se constituyó en 1928. A partir aproximadamente de 1923, los partidos socialistas de izquierda hicieron su aparición en la arena política y abrazaron la causa de los derechos laborales.

124.Esta sucesión de hechos culminó en la promulgación de varias leyes laborales importantes, entre ellas la Ordenanza sobre sindicatos de 1935 que reconoció los derechos de los trabajadores a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección. A esto siguió una serie de leyes laborales: la Ordenanza de indemnización a trabajadores de 1935, que establece el pago de indemnizaciones a los trabajadores que sufren daños físicos durante el trabajo; la Ordenanza sobre el empleo de mujeres en minas de 1937; la Ley sobre el empleo de mujeres y jóvenes de 1956; la Ordenanza sobre prestaciones por maternidad de 1939, que obliga a los empleadores a pagar subvenciones en metálico y conceder licencia a las trabajadoras para el parto, y a velar por la seguridad y la salud de la madre y el niño antes y después del parto; la Ordenanza sobre juntas salariales de 1941, que regula los términos y condiciones de los empleados y los salarios mínimos; la Ley sobre empleados de comercios y oficinas (Reglamento sobre empleo y remuneración) de 1954; y la Ordenanza sobre fábricas de 1942, que garantiza la seguridad e higiene de los empleados de fábricas.

125.La Ley sobre conflictos laborales de 1950 fue emblemática en la promoción de las relaciones y la paz en el ambiente laboral del país. Regula la prevención, investigación y solución de conflictos laborales y la promoción de la negociación colectiva para conseguir una mejor relación entre empleados y empleadores. Su eficacia aumentó con una enmienda introducida en 1999 con la finalidad de proteger a los empleados de las represalias de los empleadores por sus actividades sindicales.

126.Sri Lanka también es parte en dos Convenios fundamentales de la OIT: el Convenio Nº 98 (1949) sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva y el Convenio Nº 87 (1948) sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, que ratificó el 13 de diciembre de 1972 y el 15 de noviembre de 1995, respectivamente.

127.La primera Constitución republicana de Sri Lanka (de 1972) tenía un capítulo sobre los derechos y libertades fundamentales que permitió el funcionamiento efectivo de los sindicatos. Según el artículo 18 1) f) y g) de la Constitución de 1972, todos los ciudadanos tienen derecho a la libertad de reunión pacífica y de asociación, así como a la libertad de palabra y expresión, que incluye la publicación.

128.La libertad de asociación y el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos son derechos fundamentales consagrados en la segunda Constitución republicana de 1978. El artículo 14 1) c) y d) garantiza a todo ciudadano de Sri Lanka la libertad de asociación y el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos. Ahora bien, según el artículo 15 la libertad de asociación puede limitarse por ley en interés de la armonía racial y religiosa y de la seguridad nacional.

129. Los tribunales de Sri Lanka no han dudado en defender el derecho constitucional a la libertad de asociación. En el caso K. A. D. A. Goonaratne c. el Banco del Pueblo, iniciado bajo la Constitución de 1972, la Corte Suprema sostuvo que la pretensión del empleador de que un empleado abandonara un determinado sindicato para poder ser ascendido y de que no fuera miembro de un sindicato mientras desempeñara un puesto de una determinada importancia era incompatible con el derecho fundamental a la libertad de asociación garantizado en la Constitución. La Corte Suprema hizo las observaciones siguientes respecto al derecho a pertenecer a un sindicato:

"El derecho de todos los empleados (excepto de unas pocas categorías establecidas) a fundar voluntariamente sindicatos es parte del derecho de este país. Está establecido en la Constitución y en las leyes. Ningún empleador puede hacer caso omiso de él imponiendo una condición en contrario en un contrato de trabajo. Naturalmente, cuando el Estado considera necesario por buenas razones limitar ese derecho, está autorizado a hacerlo por el artículo 18 2) de la Constitución de 1972. La limitación sólo puede imponerse por ley y por los motivos contemplados en el artículo 18 2) y ningún otro."

130.La Corte Suprema, al interpretar las disposiciones que garantizan la libertad de asociación en la Constitución en vigor, la ha definido como un "medio indispensable para preservar las libertades relativas a una amplia variedad de finalidades políticas, sociales, económicas, educativas, religiosas y culturales". Asimismo, el magistrado M. D. H. Fernando declaró en Bandara c. Premachandra: "el artículo 14 1) c) es de aplicación general a toda forma de asociación, incluidos los sindicatos, y no sólo al acto inicial de fundar una asociación o afiliarse a ella, sino a la continuada pertenencia y participación en sus actividades lícitas".

131.La Ordenanza Nº 14 sobre sindicatos de 1935 (enmendada) define el sindicato como una asociación o agrupación de trabajadores o empleadores, temporal o permanente, con uno o más de los siguientes objetivos:

a)La reglamentación de las relaciones entre trabajadores y empleadores o entre los propios trabajadores y los propios empleadores;

b)La imposición de condiciones restrictivas a las actividades de un sector o empresa;

c)La representación de trabajadores o empleadores en conflictos laborales; o

d)La promoción, organización o financiación de huelgas o cierres patronales en un sector o industria o el pago de subsidios u otras prestaciones a sus miembros durante una huelga o cierre patronal, e incluye a toda federación de dos o más sindicatos.

132.La ordenanza da una definición muy amplia del trabajador como una persona que empieza a trabajar o trabaja por contrato con un empleador, ya sea contrato expreso o implícito, verbal o por escrito, de servicio o aprendizaje, o para realizar personalmente un trabajo u obra, e incluye a toda persona ordinariamente empleada en virtud de tal contrato, así no esté empleada en un momento determinado. La ordenanza también contiene disposiciones encaminadas a crear un marco jurídico para el libre funcionamiento de los sindicatos en la consecución de sus objetivos.

133.La ordenanza excluye, sin embargo, de la fundación de sindicatos a los funcionarios judiciales, miembros de las fuerzas armadas, funcionarios de policía, funcionarios penitenciarios y miembros de las corporaciones agrícolas creadas bajo la Ordenanza de corporaciones agrícolas.

134.Como se señaló anteriormente, las leyes laborales de Sri Lanka se aplican en su totalidad a toda la isla. No están excluidas por ello las zonas francas industriales y ninguna ley impide a los trabajadores de esas zonas pertenecer a un sindicato. Sin embargo, la tasa de sindicalización es muy baja. Ello no se debe a que se impida a los trabajadores afiliarse a un sindicato, sino a otros factores como el predominio de mujeres (el 80% aproximadamente) que trabajan en las zonas y son reacias a afiliarse a un sindicato y la incapacidad de los sindicatos de introducirse en esas zonas. Hay casos, sin embargo, en los que algunos trabajadores de las zonas francas industriales se han afiliado a un sindicato u otras organizaciones laborales que operan fuera de las zonas.

135.En las zonas francas industriales la opción sindical que tienen los trabajadores son los consejos de empleados. En la actualidad hay en ellas unos 125 consejos activos. Cada consejo está compuesto de 5 a 15 trabajadores elegidos. El Departamento de Trabajo convoca elecciones a los consejos de empleados y los funcionarios de la Junta de Inversiones supervisan constantemente las actividades de los consejos. La principal labor de éstos es tramitar las quejas y procurar el bienestar de los trabajadores. Cuando surgen conflictos que el patrono no puede resolver, los funcionarios de la Junta tratan de llegar a un arreglo amistoso. El sistema de consulta entre los trabajadores, el patrono y la Junta en vigor ha resultado ser muy eficaz.

136.Si el patrono y los trabajadores no pueden llegar a un arreglo amistoso, el conflicto pasa al Departamento de Trabajo, con arreglo a la Ley sobre conflictos laborales, para que lo resuelva por vía de conciliación o arbitraje. Con respecto a la terminación del servicio, los trabajadores pueden recurrir directamente a un tribunal laboral para solicitar reparación. El Departamento de Trabajo también ha establecido oficinas en las principales zonas francas industriales para facilitar la prevención y solución de conflictos por vía de mediación.

137.La OIT ha reconocido la coexistencia de sindicatos y consejos de empleados en el lugar de trabajo, y el derecho de los consejos a la "negociación colectiva" con el patrono cuando los miembros del sindicato no constituyen el 40% de los trabajadores de la empresa en cuyo nombre desea negociar el sindicato.

Cuestiones relativas al establecimiento de un salario mínimo

138. El establecimiento del salario mínimo en Sri Lanka corre a cargo de las juntas de salarios en virtud de la Ordenanza Nº 27 de 1941 relativa a esas juntas. Las juntas de salarios funcionan de manera tripartita, con la participación de representantes nombrados por el Ministro que ocupa la cartera de Trabajo y representantes de las organizaciones de los trabajadores y de los empleadores. Las juntas establecen el salario mínimo y otras condiciones de empleo para diferentes sectores. Actualmente hay 43 juntas de salarios en funcionamiento, y se está procediendo a crear otras nuevas para diferentes sectores.

139.A excepción de las juntas de salarios de dos sectores, a saber, el sector de la hostelería y el de la venta al por mayor y al por menor, en el resto de los sectores la Ley de salario mínimo se aplica independientemente del tamaño del lugar de trabajo.

140.Sin embargo, esta ley proporciona una mayor cobertura a través de la definición del término "sector", que es la siguiente:

Artículo 64. Un sector incluye cualquier industria, empresa, tarea, oficio, profesión o vocación que realice o ejerza un empleador o un trabajador así como cualquier rama, función o proceso de un negocio.

141.La definición de "sector" en este artículo comprende el sector de los empleadores y el de los trabajadores. Así pues, la ordenanza relativa a las juntas de salarios es lo suficientemente amplia como para cubrir no sólo a los empleadores sino también a los trabajadores. Por lo tanto, las juntas de salarios abarcan a gran parte de los trabajadores.

142.Asimismo, un gran número de empleados está amparado por la Ley Nº 19 de 1954 sobre comercios y oficinas (Reglamento sobre empleo y remuneración), que obliga al empleador a firmar un contrato de empleo con el trabajador y, de esa forma, asegura el pago de los salarios vigentes en el mercado laboral.

Distinción entre "ciudadanos" y "no ciudadanos"

143.El párrafo 1 del artículo 12 de la Constitución establece que todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho a una protección igual de la ley. La Corte Suprema ha interpretado este artículo en el sentido de que todas las personas que se encuentran en circunstancias similares han de ser tratadas de igual manera, pudiendo sin embargo tenerse en cuenta las desigualdades y discapacidades, ya sean naturales, sociales o económicas, en interés de la justicia y de la imparcialidad en la adopción de decisiones. En otras palabras, la Corte establece que una protección igual supone una doctrina de clasificación realizada sobre una base clara e inteligible con una relación lógica con el objetivo que se persigue. Además, la Corte ha considerado también que la idea de igualdad incluye el principio de honradez, publicidad y transparencia en los actos del ejecutivo y la administración. Se considera igualmente que el párrafo 1 del artículo 12 se refiere a las salvaguardias basadas en el estado de derecho que se oponen al ejercicio arbitrario y desproporcionado de la discrecionalidad.

Demolición de viviendas y asentamientos ilegales

144.Tanto la Ordenanza de consejos municipales como la Ley sobre la Dirección de Desarrollo Urbano contienen disposiciones que autorizan la demolición de asentamientos y viviendas ilegales si se interpone una demanda ante un tribunal competente y se obtiene una orden judicial a tal efecto.

145.La demolición se llevará a cabo en estricta conformidad con la legislación pertinente en vigor. Por razones humanitarias, a menudo se ofrecen indemnizaciones o una vivienda alternativa, teniendo en cuenta también las recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos cuando sean de aplicación.

Datos desglosados por factores como el sexo, la edad, la raza y la nacionalidad,que pueden ayudar a identificar a los grupos vulnerables en la sociedad

146.En la última encuesta de los ingresos y el consumo de las familias de 2006/07, realizada por el Departamento de Censos y Estadísticas, se encontrará información a este respecto.