Naciones Unidas

E/C.12/GRC/Q/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

1 de abril de 2015

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés solamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativas al segundo informe periódico de Grecia *

I.Información general

1.Sírvanse facilitar información sobre el estatuto jurídico del Pacto en el Estado parte e indicar si sus disposiciones son justiciables y se han invocado ante los tribunales.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 1Máximo de los recursos disponibles

2.Tengan a bien proporcionar una evaluación de los efectos del programa de austeridad y la crisis económica y financiera subsiguiente en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, incluidos un breve análisis de las posibles políticas y medidas regresivas y los principios en los que se han basado esas políticas y medidas.

Artículo 2, párrafo 2No discriminación

3.Sírvanse indicar si la legislación contra la discriminación abarca todos los motivos de discriminación prohibidos que se enumeran en el artículo 2, párrafo 2, del Pacto. Sírvanse indicar también si es plenamente compatible con el Pacto la Ley Nº 3304/2005 de Aplicación del Principio de Igualdad de Trato Independientemente del Origen Racial o Étnico, las Creencias Religiosas o de Otro Tipo, la Discapacidad, la Edad o la Orientación Sexual.

4Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para asegurar la aplicación del principio de no discriminación respecto de los grupos étnicos y minoritarios. Sírvanse también indicar si se prevé reunir estadísticas sobre la composición de la población de Grecia, con el fin de identificar los grupos étnicos y minoritarios presentes en el territorio nacional y hacer un seguimiento de la observancia del principio de no discriminación y de las tendencias de la discriminación hacia esos grupos, así como de asegurar que se adopten las medidas adecuadas para luchar contra esa discriminación. Proporciónese información sobre la nueva Ley Nº 4310/2014, en particular en lo que respecta a los requisitos adicionales que se han impuesto a las personas pertenecientes a minorías musulmanas que deseen convertirse en docentes.

5.A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/1/Add.97, párrs. 15 y 36), facilítese información sobre las medidas adoptadas para prevenir y luchar contra la discriminación de los inmigrantes y otros grupos vulnerables, en particular los romaníes, en lo que respecta al acceso a la vivienda, el empleo y los servicios de salud pública.

6.Sírvanse presentar información sobre las medidas adoptadas para velar por que los refugiados y los solicitantes de asilo tengan acceso a los derechos económicos, sociales y culturales. Apórtese información sobre las repercusiones en el derecho al matrimonio de los solicitantes de asilo del requisito de presentar un certificado de soltería extendido por la representación consular u otra autoridad competente de su país de nacionalidad.

Artículo 3Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

7.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar la diferencia salarial entre hombres y mujeres. Sírvanse facilitar también información sobre los efectos de la Ley Nº 3896/2010 de Aplicación del Principio de Igualdad de Oportunidades e Igualdad de Trato de Hombres y Mujeres en Asuntos Laborales y en el Empleo. A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/1/Add.97, párr. 34), preséntese también información sobre las medidas adoptadas, incluidas las medidas especiales de carácter temporal, para aumentar el número de mujeres en puestos de adopción de decisiones.

8.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para contrarrestar los efectos desproporcionados de la crisis económica y las medidas de austeridad en el derecho a trabajar de la mujer, en particular en lo que respecta a las condiciones de empleo y la remuneración.

III.Cuestiones relativas a las disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6Derecho a trabajar

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para luchar contra el aumento del desempleo a largo plazo, en especial entre las mujeres y los jóvenes, y para proteger los derechos económicos, sociales y culturales de los desempleados que ya no perciben prestaciones por desempleo.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

10.El Comité toma nota de la intención del Estado parte de aumentar el salario mínimo, expresada por el Primer Ministro el 8 de febrero de 2015, y pide información sobre las medidas adoptadas a ese respecto para garantizar condiciones de existencia dignas a los trabajadores y a sus familias, conforme a las disposiciones del artículo 7. Sírvanse explicar las razones de la reducción desproporcionada del salario de los trabajadores jóvenes.

11.Sírvanse proporcionar información sobre las recientes modificaciones de la legislación que regula el horario de trabajo. Sírvanse aclarar si el límite máximo de 60 horas semanales sigue vigente para todas las categorías de trabajo. Preséntense también datos estadísticos anuales del período que se examina sobre las inspecciones laborales realizadas en el ámbito de la seguridad en el trabajo y sus resultados, que incluyan las infracciones detectadas.

12.Sírvanse facilitar información detallada y actualizada, incluidas estadísticas desglosadas por edad y sexo, sobre los trabajadores domésticos en el Estado parte. Indíquese también si estos trabajadores gozan de los mismos derechos que el resto en lo que respecta a, por ejemplo, la duración máxima de la jornada laboral, los días de descanso, el salario mínimo, el acceso a la seguridad social y la protección frente al acoso y los abusos.

13.Sírvanse explicar la práctica de reemplazar contratos de empleo de plazo fijo por contratos de jornada parcial y otras formas de empleo flexibles con menores salarios y sus efectos en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales.

Artículo 8Derechos sindicales

14.Sírvanse proporcionar información sobre el marco jurídico del derecho a la negociación colectiva. En particular, sírvanse aclarar las consecuencias de la reciente legislación que puede dar lugar a la limitación del derecho a la negociación colectiva (Leyes Nos 3845/2010, 3863/2010, 3899/2010, 4024/2011, 4093/2012 y la Disposición Legislativa del Consejo de Ministros Nº 6/28.2.2012, de Aplicación del Artículo 1 6) de la Ley Nº 2046/2012).

Artículo 9Derecho a la seguridad social

15.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas de austeridad en el goce de los derechos a la seguridad social. Explíquese también si la reestructuración del sistema de seguridad social proporcionará aún a los beneficiarios unas condiciones de existencia dignas.

16.Sírvanse facilitar información sobre las categorías y el número de trabajadores que aún no están cubiertos por la seguridad social y sobre las razones de su exclusión. Incluyan información sobre las medidas adoptadas para hacer extensivas las prestaciones de la seguridad social a todas las personas, incluidas las personas y los grupos más desfavorecidos y marginados, de conformidad con los requisitos del Pacto.

17.Sírvanse proporcionar información sobre la existencia de prestaciones de vejez, servicios sociales y asistencia no contributivos para todas las personas de edad que no hayan reunido el período mínimo de contribución exigido y que, por consiguiente, no cumplan los requisitos para recibir una pensión contributiva de vejez. Proporciónese también información que indique si la legislación nacional ha impuesto recientemente una condición para las pensiones no contributivas destinadas a los ciudadanos de edad que exige que los solicitantes hayan residido de forma permanente y legal en Grecia durante los últimos veinte años. Sírvanse indicar también al Comité si esa disposición jurídica es plenamente compatible con el Pacto. Indíquense las medidas adoptadas con objeto de asegurar que las pensiones de vejez sean suficientes para proporcionar un nivel de vida adecuado a sus beneficiarios.

Artículo 10Protección de la familia, la madre y el niño

18.Sírvanse facilitar información sobre el goce en la práctica de la licencia de maternidad de las trabajadoras de la economía informal, en particular en el sector privado y en el sector informal de la economía. ¿Se prevé la licencia de paternidad en la legislación del Estado parte?

19.A la luz de las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/.1/Add.97, párr. 39), sírvanse proporcionar información actualizada sobre los casos de trata de personas con fines de explotación sexual y trabajo forzoso durante el período que se examina, incluido el número de casos que se han llevado ante la justicia y sus resultados en términos de reparaciones otorgadas a las víctimas y sanciones impuestas a los autores.

20.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de la aplicación de la Ley Nº 3500/2006 Contra la Violencia Doméstica.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

21.Sírvanse aportar datos sobre los efectos de la crisis económica y financiera en los niveles de pobreza del país.

22.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se han adoptado para facilitar el acceso a una vivienda adecuada de los grupos desfavorecidos y más marginados de la población, incluidos los romaníes y los migrantes. Preséntese información sobre los desalojos forzados y cómo afectan desproporcionadamente a los romaníes, así como sobre las medidas adoptadas para consultar a las comunidades afectadas en todas las etapas, asegurar las debidas garantías procesales y una indemnización y, en particular, suministrar alojamiento alternativo adecuado, como se prevé en las observaciones generales del Comité Nº 4 (1991), sobre el derecho a una vivienda adecuada, y Nº 7 (1997), sobre los desalojos forzosos.

23.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la magnitud del problema de las personas sin hogar en el Estado parte, incluido en el caso de la población romaní, teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/1/Add.97, párr. 45).

Artículo 12Derecho a la salud física y mental

24.Sírvanse facilitar información sobre los efectos de las medidas de austeridad en el sector de la sanidad en lo que respecta a la reducción del personal y los gastos. Preséntese también información, desglosada por sector económico y región geográfica, sobre el porcentaje de la población que tiene cobertura sanitaria.

25.Sírvanse explicar cómo afecta al derecho a la salud el artículo 84 de la Ley Nº 3386/2005, que prohíbe prestar atención médica a los migrantes indocumentados, salvo a menores de edad o en casos de emergencia.

26.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se han tomado para garantizar servicios básicos de salud sexual y reproductiva a todas las mujeres, especialmente las embarazadas. Descríbanse también las disposiciones adoptadas para promover la educación sexual y reproductiva en el marco del plan de estudios de las y los adolescentes.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

27.Sírvanse informar sobre la repercusión de las Leyes Nos 3699 y 3299 en la educación especial de las personas con discapacidad y sobre las medidas adoptadas para asegurar una educación inclusiva para los niños con discapacidad.

28.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para asegurar la igualdad de acceso a la educación a todos los grupos vulnerables, incluidos los romaníes y los musulmanes. Sírvanse asimismo facilitar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la segregación de facto de los niños romaníes en la enseñanza y su excesiva representación en los centros de educación especial. Proporciónese también información actualizada sobre los efectos de las medidas adoptadas en el Estado parte para luchar contra la falta de asistencia a la enseñanza primaria de los niños romaníes y de otros grupos minoritarios y promover su acceso a la enseñanza secundaria.

29.Sírvanse informar sobre los resultados logrados por las zonas de prioridad educativa.

Artículo 15Derechos culturales

30.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que se han tomado para garantizar el goce de los derechos culturales a los grupos étnicos y migrantes, incluida su participación en la vida cultural.

31.Sírvanse facilitar información sobre los esfuerzos realizados para asegurar que las medidas de austeridad adoptadas no tengan efectos negativos en la esfera de la ciencia y la cultura.

32.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para facilitar el acceso asequible a Internet de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados.