Naciones Unidas

E/C.12/MUS/Q/5

Consejo Económico y Social

Distr. general

19 de abril de 2018

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al quinto informe periódico de Mauricio *

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas previstas para incorporar los derechos consagrados en el Pacto a la Constitución y la legislación nacional, en vista de la aprobación del Plan de Acción Nacional en materia de Derechos Humanos (2012-2020). Si procede, infórmese también sobre aquellos casos en que los derechos consagrados en el Pacto se hayan invocado ante los tribunales nacionales o hayan sido aplicados por estos, e indíquese el número de casos acompañados de ejemplos.

2.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para: a) ampliar el mandato de la Comisión Nacional de Derechos Humanos de modo que incluya los derechos consagrados en el Pacto; b) garantizar la independencia administrativa de la Comisión, en especial con respecto a la contratación de su personal y a su Oficina de Investigación de las Denuncias, que se encarga de tramitar las denuncias presentadas contra agentes de policía pero en realidad está bajo la supervisión administrativa de la Dirección General de Policía; y c) reforzar las competencias de la Comisión para intervenir ante los tribunales o cortes en cualquier proceso relativo a una violación de los derechos humanos. Infórmese también sobre el presupuesto anual asignado a la Comisión y el número de empleados con que contaba durante el período que abarca el informe.

3.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas en vigor para adaptarse al cambio climático, hacer frente a los efectos adversos del cambio climático en el disfrute de los derechos consagrados en el Pacto y reducir la vulnerabilidad, en particular de los niños, las personas con discapacidad, las personas mayores y otras personas marginadas y desfavorecidas.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

4.Se ruega faciliten información sobre los avances logrados desde la presentación del último informe con respecto a:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza y el nivel de desigualdad, entendido como la relación entre el total de los ingresos percibidos por el decil más rico de la población y el total de los ingresos percibidos por el 40% más pobre de la población;

b)La razón entre la renta pública y el producto interno bruto (PIB) y la proporción de renta pública que se financia mediante impuestos;

c)Un desglose del presupuesto público asignado a los gastos sociales (educación, alimentación, salud, seguridad social, agua, saneamiento y vivienda) durante el período que abarca el informe.

5.Sírvanse proporcionar información detallada sobre el Fondo de Responsabilidad Social de las Empresas, a saber, datos estadísticos anuales sobre el número y la proporción de empresas participantes, el importe recaudado y desembolsado por el Fondo y el valor que representa en el presupuesto nacional como porcentaje del PIB.

6.Se ruega aporten información sobre el alcance de la corrupción y la práctica del soborno en los sectores público y privado —en particular sobre los casos en que ha habido altos funcionarios implicados— y faciliten datos estadísticos anuales sobre el número de casos denunciados ante la Comisión Independiente de Lucha contra la Corrupción y las penas impuestas a los autores. Téngase a bien asimismo indicar cómo las medidas adoptadas han fortalecido la legislación marco de lucha contra la corrupción, en especial en lo que respecta al derecho a la información, así como sobre el funcionamiento de la Comisión.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

7.Se ruega proporcionen información sobre las medidas adoptadas para revisar las disposiciones contra la discriminación que figuran en la Constitución y en la Ley de Igualdad de Oportunidades de 2012 con vistas a garantizar la prohibición de las formas directas, indirectas o múltiples de discriminación por cualquier motivo, ya sea de idioma, religión, posición económica, nacimiento, discapacidad, orientación sexual e identidad de género o cualquier otra condición, de conformidad con el artículo 2, párrafo 2, del Pacto. Facilítese también información sobre los casos de discriminación denunciados ante la Comisión de Igualdad de Oportunidades y el Tribunal de Igualdad de Oportunidades, a saber, los principales motivos de discriminación que se han determinado a través de las denuncias, el número de casos denunciados ante la Comisión y el Tribunal y tramitados por estos, y las resoluciones dictadas al respecto.

8.Se ruega aporten información sobre los efectos de las medidas legislativas y de política adoptadas por el Estado parte con objeto de garantizar la accesibilidad de los edificios, el transporte, la información y los servicios para las personas con discapacidad, especialmente en el ámbito de la salud y la educación, así como para velar por que estas se beneficien de ajustes razonables. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por organizaciones no gubernamentales o entidades privadas para regular los servicios destinados a las personas con discapacidad, entre ellos los servicios educativos y de guardería.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

9.Facilítese información sobre los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a las actitudes patriarcales y a los estereotipos sobre las funciones asignadas a cada género conforme al Marco Nacional de Políticas de Género. Se ruega asimismo faciliten información sobre las medidas que se han tomado para fomentar la representación de las mujeres en puestos de responsabilidad en los sectores público y privado.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

10.Se ruega aporten información sobre las repercusiones de las medidas adoptadas para hacer frente al elevado índice de desempleo juvenil, en particular entre las jóvenes. Infórmese asimismo sobre la aplicación de la cuota de empleo del 3% reservada a las personas con discapacidad y las medidas adoptadas para ampliar el sistema de cuotas al sector público.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

11.Se ruega aporten información sobre las dificultades que ha encontrado el Estado parte para establecer un salario mínimo nacional y sobre las medidas que ha tomado para superarlas. Infórmese asimismo sobre las medidas adoptadas para subsanar las diferencias existentes en la aplicación de los salarios mínimos en función del sexo, la edad y la discapacidad en algunos sectores, como el azucarero, el del té y el de la elaboración de sal.

12.Téngase a bien indicar las repercusiones de las medidas adoptadas para afrontar la desigualdad de género en el empleo, que se refleja en la disminución de la tasa de participación en la fuerza de trabajo, el incremento de la tasa de desempleo, la persistencia de un elevado nivel de desigualdad salarial por razón de género y la segregación vertical y horizontal por razón de género a que se enfrentan las mujeres. Facilítese información sobre el grado de aplicación del artículo 20 de la Ley de Derechos Laborales de 2008 y, si procede, sobre los casos de incumplimiento de dicho artículo que se hayan denunciado a la Inspección de Trabajo o el Tribunal Laboral.

13.Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas puestas en marcha por el Estado parte para garantizar la inspección laboral del lugar de trabajo de los trabajadores domésticos y sobre los casos en que el Secretario o la Secretaria Permanente haya ejercido su facultad de pedir a un empleador que proporcione información y de citarlo a comparecer al respecto conforme a la Ley de Derechos Laborales de 2008.

14.Se ruega proporcionen información sobre el número de inspecciones laborales efectuadas durante el período que se examina, incluidos los problemas crónicos y sistémicos que se han detectado durante las inspecciones y las medidas que ha adoptado el Estado parte para resolverlos —por ejemplo, en los casos de incumplimiento—, y las sanciones impuestas. Facilítese también información sobre los efectos de las medidas adoptadas para reforzar la inspección laboral, en especial mediante la asignación de recursos humanos y financieros suficientes.

15.Se ruega proporcionen información sobre las medidas encaminadas a ofrecer a los trabajadores migrantes un nivel de protección laboral y social igual al que reciben los trabajadores nacionales, en particular sobre los avances conseguidos en el establecimiento de un marco jurídico sobre los trabajadores migrantes y la consolidación de la Ley de Indemnización de los Trabajadores de 1931 y la Ley Nacional de Pensiones de 1976. Indiquen asimismo el nivel de eficacia del Estado parte en la regulación de las agencias de contratación. Infórmese también sobre cómo se ha incorporado la protección laboral y social de los trabajadores migrantes en los acuerdos bilaterales que el Estado parte ha celebrado o está negociando con los países de origen de esos trabajadores y los países de destino de los trabajadores migrantes de Mauricio.

Derechos sindicales (art. 8)

16.Se ruega aporten información sobre las medidas adoptadas para proteger del acoso, la intimidación, las amenazas, la discriminación y el despido injustificado a los dirigentes y los miembros de los sindicatos, en particular a los trabajadores migrantes y los que desempeñan sus actividades en zonas francas industriales o en el sector textil.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

17.Sírvanse proporcionar información sobre las dificultades a que se enfrenta el Estado parte para prestar asistencia social a los no nacionales y las medidas que se han puesto en marcha para superarlas, así como sobre el establecimiento de un ingreso mínimo garantizado (véase E/C.12/MUS/CO/4, párr. 20). Téngase a bien aportar información sobre la protección social de que disponen los trabajadores del sector informal, los trabajadores migrantes y los trabajadores por cuenta propia. Infórmese también sobre la cobertura y el importe medio de las pensiones contributivas. Asimismo, facilítese información sobre las medidas adoptadas para que el monto de la pensión de jubilación básica sea suficiente para garantizar un nivel de vida digno a los beneficiarios, en especial a las personas mayores con discapacidad que dependen completamente de esa pensión.

Protección de la familia y el niño (art. 10)

18.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para combatir la violencia de género en el Estado parte. Faciliten asimismo información sobre los efectos de las medidas adoptadas para combatir el descuido y el maltrato de niños, así como la violencia contra estos, en particular la violencia sexual.

19.Sírvanse proporcionar información sobre la magnitud de la violencia y el maltrato que sufren las personas mayores en el Estado parte, incluidos datos estadísticos anuales sobre el número de casos denunciados y enjuiciados, las penas impuestas a los autores y los casos en los que un tribunal dictó una orden de alejamiento. Se ruega asimismo aporten información sobre las repercusiones de las medidas adoptadas para evitar que las personas mayores sean víctimas de actos de violencia y maltrato, sobre todo las que viven en centros de atención residencial, así como para protegerlas de tales actos. Téngase a bien indicar además el grado de aplicación de la Ley de Centros de Atención Residencial de 2003 y el Reglamento de Centros de Atención Residencial de 2005, y aclarar las medidas impulsadas para hacer frente al elevado número de centros de atención privados sin registrar y de personal con escasa formación.

20.Se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas para que las mujeres tengan derecho a una licencia de maternidad, independientemente del tiempo que hayan permanecido de manera continua en su empleo, y que a todos los hombres que trabajan en los sectores público y privado, sea cual fuere su estado civil, se les conceda una licencia de paternidad al nacer sus hijos. Infórmese también sobre los efectos de las medidas adoptadas para ofrecer servicios de guardería suficientes y asequibles con vistas a facilitar la participación de las mujeres en el mercado laboral en condiciones de igualdad. Se ruega aporten información sobre las medidas tomadas para garantizar la obtención de puntos de pensión durante los períodos de ausencia en el trabajo para atender responsabilidades familiares.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

21.Sírvanse informar sobre los tipos de medidas específicas que ha adoptado el Estado parte para hacer frente al nivel de pobreza desproporcionadamente alto de los habitantes de la isla de Rodrigues y de la población criolla, e indíquese si las transferencias sociales han resultado eficaces al respecto. Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para combatir la segregación residencial de los criollos —en su mayoría provenientes de la isla de Rodrigues— en asentamientos informales urbanos, así como sobre las iniciativas impulsadas por el Estado parte a fin de mejorar las condiciones de vida en esos lugares.

22.Téngase a bien informar sobre la ejecución del Programa Nacional de Vivienda (2015-2019), en particular sobre los logros obtenidos y las dificultades encontradas hasta la fecha. Indíquese también cómo las medidas adoptadas han influenciado y mejorado las condiciones de vivienda que ofrece la National Housing Development Co. Ltd, como el agua, el saneamiento y el alcantarillado, entre otros servicios básicos. Asimismo, se ruega faciliten información sobre la falta de hogar en el Estado parte y sobre las medidas adoptadas para resolver esa cuestión.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

23.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a la elevada incidencia de las enfermedades no transmisibles, como las enfermedades cardiovasculares, la diabetes, las enfermedades relacionadas con el consumo de tabaco y alcohol y las enfermedades mentales.

24.Se ruega informen sobre los efectos de las medidas adoptadas para frenar el aumento de la tasa de mortalidad infantil, incluida la tasa de mortalidad de niños menores de 1 año y de niños menores de 5 años, y la tasa de mortinatalidad.

25.Se ruega faciliten información sobre el marco legislativo y de política que se ha establecido para hacer frente al uso ilícito de las drogas y sus consecuencias. Infórmese también sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para ampliar la oferta de programas de intercambio de agujas, terapias de sustitución de opioides y programas de reducción de daños. Asimismo, indiquen si el Estado parte ha adoptado medidas para reducir el número de nuevas infecciones por el VIH, en particular entre las personas que se inyectan drogas, los trabajadores sexuales y los reclusos, así como en los casos de transmisión maternoinfantil y de infecciones por el virus de la hepatitis C.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

26.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para facilitar el uso del criollo como medio de instrucción en las escuelas y la preparación de material didáctico en ese idioma. Infórmese también sobre la implantación de los nueve años de educación básica y continua y del programa de apoyo temprano, y sobre su repercusión en los resultados escolares de los alumnos, en especial aquellos que tienen dificultades de aprendizaje.

27.Sírvanse aportar información sobre el marco legislativo y de política vigente destinado a brindar una educación inclusiva a los niños con discapacidad en todos los niveles de enseñanza.

Derechos culturales (art. 15)

28.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas para reconocer el criollo como idioma oficial y utilizarlo en la administración.

29.Téngase a bien proporcionar información sobre el marco legislativo para la investigación científica establecido con objeto de garantizar, de conformidad con el artículo 15 del Pacto, que todas las personas gocen de los beneficios del progreso científico, por ejemplo, en el ámbito de las células troncales embrionarias humanas. Indíquese también si todas las personas, sin discriminación alguna, pueden obtener asistencia médica para la procreación.