Naciones Unidas

E/C.12/UKR/6

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de diciembre de 2012

Español

Original: ruso

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Ucrania *

[22 de junio de 2011]

Índice

Párrafos Página

Información relativa a los artículos 1 a 3, 6 a 13 y 15 del Pacto1–5403

Artículo 11–143

Artículo 215–586

Artículo 359–7811

Artículo 679–12814

Artículo 7129–18820

Artículo 8189–23428

Artículo 9235–29733

Artículo 10298–38043

Artículo 11381–41954

Artículo 12420–46459

Artículo 13465–51065

Artículo 15511–54071

Información relativa a los artículos 1 a 3, 6 a 13 y 15 del Pacto

Artículo 1

Derecho de los pueblos a la libre determinación

1.En respuesta al párrafo 59 de las propuestas y recomendaciones contenidas en las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/UKR/CO/5) ("El Comité observa que, según la información que figura en el documento básico del Estado Parte, solo se considera grupo étnico indígena a los ucranianos, y alienta al Estado Parte a reconocer el derecho de autoidentificación de todos los grupos étnicos de Ucrania, así como su derecho a la conservación, protección y desarrollo de su patrimonio cultural"), Ucrania tiene a bien comunicar que en el preámbulo de su Constitución de 1996 figura información sobre el derecho del pueblo ucraniano (o sea, de los ciudadanos ucranianos de todas las etnias) a la libre determinación, lo cual se reflejó en el informe de Ucrania antes mencionado.

2.La Ucrania actual es un claro ejemplo de país multiétnico donde no existen conflictos étnicos sustanciales. En Ucrania se ha creado y funciona la base jurídica normativa correspondiente.

3.Los derechos de los ciudadanos ucranianos de todas las etnias y las garantías de esos derechos están consagrados en la Constitución, la Declaración de las etnias de Ucrania, las Leyes de minorías étnicas, de educación, de medios de comunicación impresos, de agrupaciones de ciudadanos, de libertad de conciencia y organizaciones religiosas, de ciudadanía y de cultura, así como en los documentos ratificados por el Consejo Supremo de Ucrania, en particular, en el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales del Consejo de Europa y la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias.

4.La base jurídica y normativa de la esfera de las relaciones interétnicas ha creado condiciones sólidas para la conjugación armoniosa de los intereses de todos los componentes étnicos de la sociedad ucraniana. Al mismo tiempo, las realidades actuales engendran nuevos desafíos que hacen necesario adoptar las decisiones legislativas y administrativas pertinentes.

5.En ese sentido, y a fin de perfeccionar la legislación en materia de protección de los derechos de las minorías étnicas, el Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones continúa elaborando el proyecto de ley de Concepción de la política estatal relativa a las etnias, en el que se definen el objetivo, los principios fundamentales, las tareas y los mecanismos de ejecución de dicha política. De conformidad con ese proyecto de ley, la política estatal relativa a las etnias se enfoca como parte de la política del Estado encaminada a regular la esfera de las relaciones interétnicas, a fin de asegurar el desarrollo armonioso de la nación ucraniana, los pueblos autóctonos y las minorías étnicas del país. El proyecto de ley se ajusta a las normas internacionales de protección de los derechos y libertades de la persona y el ciudadano. Su adopción contribuirá a reforzar la estabilidad sociopolítica, consolidar la concordia entre etnias y religiones, y crear las condiciones adecuadas para el desarrollo de la identidad étnica, cultural, lingüística y religiosa de los integrantes de todas las etnias de Ucrania.

6.Además, el Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones está terminando de elaborar el proyecto de ley que modifica la Ley de ratificación de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias. La modificación propuesta obedece a la necesidad de incluir en la lista de idiomas protegidos por la Carta el armenio, el romaní, el krymchak y el caraimo, sobre la base de una evaluación objetiva de la situación real de esos idiomas en Ucrania, y de denominar correctamente como yidish y griego moderno los idiomas que ahora figuran incorrectamente como hebreo y griego, respectivamente.

7.Con arreglo a los datos del Censo de población de Ucrania de 2001, en su territorio viven personas de más de 130 etnias. La mayor parte de la población (37.541.700 personas o el 77,8%) está constituida por ucranianos y los 10,7 millones restantes (22,2%), por integrantes de otras etnias.

8.Actualmente siguen desarrollándose procesos de organización autónoma de los miembros de minorías étnicas, que han conllevado la creación de agrupaciones sociales muy diversas en cuanto a la forma. Existen asociaciones, uniones, comunidades, federaciones, consejos, congresos y otras modalidades de organización que, con arreglo a sus respectivos estatutos, desarrollan actividades dirigidas a satisfacer las necesidades sociales, económicas, culturales, lingüísticas, educativas, informativas y espirituales de sus miembros.

9.Al 1 de enero de 2010 se había registrado en los órganos de justicia de Ucrania un total de 1.458 organizaciones sociales de minorías étnicas, de ellas 44 de nivel panucraniano. Según los datos de los órganos provinciales de administración del Estado, 1.268 organizaciones realizan las actividades previstas en sus estatutos.

10.A fin de perfeccionar los mecanismos de interacción entre el poder estatal y las organizaciones sociales de las minorías étnicas, en mayo de 2009 se creó el Consejo panucraniano de representantes de organizaciones sociales de las minorías étnicas adscrito al Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones. Al mismo tiempo, se han establecido consejos consultivos deliberativos de representantes de organizaciones sociales de las minorías étnicas que funcionan adscritos a la mayoría de los órganos provinciales de la administración del Estado.

11.El apoyo organizativo y financiero del Estado a la actividad que desarrollan las organizaciones sociales de las minorías étnicas para preservar su identidad es el mecanismo práctico que asegura el desarrollo etnocultural y etnolingüístico de sus integrantes.

12.Cada año en el presupuesto estatal se prevén asignaciones especiales para los órganos centrales del poder ejecutivo en el marco de determinados programas presupuestarios.

Financiación de los programas de apoyo al desarrollo de las minorías étnicas con cargo al Presupuesto estatal de Ucrania

Código del programa

Nombre

Volúmenes de financiación por año (miles de jrivnias)

2008

2009

2010

5321030

Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones

Medidas para alentar la reactivación de la cultura de las minorías étnicas y apoyo financiero a los periódicos en idiomas de las minorías étnicas

2 675,0

1 317,5

1 381,6

5321080

Меdidas para aplicar la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias

963,0

96,3

1 060,0

5321040

Programa para el reasentamiento y la rehabilitación de los tártaros de Crimea deportados y de personas de otro origen étnico, que han regresado para residir en Ucrania, su adaptación e integración en la sociedad ucraniana hasta 2010

71 420,8

53 3056

48 289,2

1801260

Ministerio de Cultura y Turismo

Medidas para alentar la reactivación de la cultura de las minorías nacionales

1 500,0

150,0

3 150,0

2201360

Ministerio de Educación y Ciencia

Меdidas para aplicar la Carta Europea de Lenguas Regionales o Minoritarias

-

-

1 609,6

1701070

Comité Estatal de Radio y Televisión

Servicios informativos y culturales para la población de Crimea sobre la reactivación y el desarrollo de las culturas de sus pueblos

842,6

945,1

1 018,0

Nota: Con cargo a los presupuestos de todos los niveles, por concepto de enseñanza, educación y manutención de los alumnos de instituciones preescolares en que se imparte la enseñanza en idiomas de minorías étnicas, se realizaron los siguientes gastos: 701. 776,2 jrivnias e n 2008; 964.270,6 jrivnias en 2009, y 1.202. 837,7 jrivnias en 2010; y por concepto de enseñanza y manutención de los alumnos de los centros de enseñanza general en idiomas de minorías étn icas: 3.454. 300,3 jrivnias en 2008, 3.802.715,9 jrivnias en 2009 y 4.641. 618,8 jrivnias en 2010.

13.Con vistas a garantizar los derechos de las minorías étnicas a recibir y difundir información en sus idiomas maternos, el Estado proporciona apoyo financiero y asistencia para el desarrollo de los medios de comunicación que contribuyen seriamente a fomentar los idiomas y las culturas de las minorías étnicas de Ucrania.

14.Desde 2005 el Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones ha cofinanciado seis periódicos que se editan en idiomas minoritarios, a saber: Aragats en armenio, Golos Kryma (La Voz de Crimea) en tártaro de Crimea, Dzennik Kiiovski en polaco, Evreiskie vesti (Noticias en yidish) en yidish, Konkordia en rumano y Roden Krai en búlgaro. Anualmente el Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones asigna recursos para la publicación de esos periódicos.

Monto de la cofinanciación de periódicos por el Comité Estatal de Asuntos de las Nacionalidades y las Religiones

Periódico

Monto de la financiación (en jrivnias )

2006

2007

2008

2009

2010

Aragats

170,0

185,0

205,0

130,566

180,2

Golos Kryma

260,0

280,0

288,0

190,400

230,1

Dzennik Kiiovski

180,0

195,0

210,0

122,700

183,2

Evreiskie vesti

190,0

210,0

221,0

117,956

185,7

Konkordia

250,0

265,0

288,0

208,650

190,7

Roden krai

250,0

265,0

288,0

177,600

230,1

Total

1 300,0

1 400,0

1 500,0

947,872

1 200,0

Artículo 2

1.Asistencia y cooperación internacionales

15.Una de las vertientes principales de la política cultural del Estado es la ejecución de proyectos conjuntos con otros países y organizaciones internacionales, con vistas a crear condiciones propicias para dar a conocer la cultura de Ucrania en el extranjero y divulgar las profundas interrelaciones culturales e históricas entre los pueblos.

16.La Iniciativa de Kyiv para un desarrollo democrático mediante la cultura en Azerbaiyán, Armenia, Georgia, Moldova y Ucrania es un programa regional del Consejo de Europa para el período 2009-2011 que tiene por objeto desarrollar una política y estrategias culturales para consolidar la democracia, el diálogo intercultural y la diversidad de culturas en los países mencionados. La Iniciativa de Kyiv está llamada a desarrollar la política y la identidad culturales y el diálogo intercultural, con vistas a reforzar los valores democráticos europeos. En dicho programa del Consejo de Europa se conjugan cuestiones relacionadas no solo con la política, sino también con el patrimonio y el turismo culturales, así como con la financiación de proyectos en el ámbito de la cultura. La Iniciativa de Kyiv se granjeó de inmediato el amplio apoyo de sus participantes y de los Estados miembros del Consejo de Europa, se mencionó como aspecto positivo en la Declaración de Faro sobre la estrategia del Consejo de Europa en pro del diálogo intercultural (octubre de 2005), y se definió como una de las prioridades de la presidencia de Rumania en el Comité de Ministros del Consejo de Europa (noviembre de 2005 a mayo de 2006). En 2006, en el período de sesiones del Comité de Dirección de Cultura (CDCULT) y la Dirección para el Patrimonio Cultural y el Paisaje (CDPATEP) se decidió incluir a la Iniciativa de Kyiv entre las prioridades del Consejo de Europa en la esfera de la cultura en 2007. Asimismo, se destacó la importancia del Programa en la dimensión regional de la labor que realiza el Consejo de Europa para desarrollar del diálogo intercultural.

17.En el marco del Programa regional Iniciativa de Kyiv, del Consejo de Europa, en Ucrania se llevan a cabo con dinamismo los proyectos Política e intercambios culturales, Política cinematográfica transfronteriza, Vinicultura, turismo e intercambios culturales y Rehabilitación del patrimonio cultural de las ciudades históricas.

18.Los días 4 y 5 de febrero de 2010 una delegación del Ministerio de Cultura y Turismo de Ucrania participó en el segundo encuentro de coordinación para formular y aplicar el Plan de acción de 2010 del Proyecto de Rehabilitación del patrimonio de las ciudades históricas en el marco de la Iniciativa de Kyiv. Ucrania aprobó y presentó al Consejo de Europa una lista de 10 ciudades de importancia prioritaria.

19.En diciembre de 2010 se celebró en Estrasburgo el tercer encuentro de coordinación, dedicado a la aplicación del Proyecto de Rehabilitación del patrimonio cultural de las ciudades históricas. En el encuentro, que contó con la participación de un representante del Ministerio de Cultura y Turismo, se determinó el número de ciudades de cada país participante en que se aplicaría experimentalmente el proyecto y se aprobó el Plan de acción para 2011.

20.A partir de 2006, el Ministerio de Cultura y Turismo, junto con los demás órganos centrales competentes del poder ejecutivo, se dedicó a asegurar el cumplimiento de los trámites necesarios en el Estado para la ratificación de la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales, aprobada en la 33ª Conferencia General de la UNESCO, celebrada en París el 20 de octubre de 2005.

21.El 20 de enero de 2010 el Consejo Supremo de Ucrania aprobó la Ley Nº 1811-VI, relativa a la ratificación de la Convención sobre la protección y la promoción de la diversidad de las expresiones culturales. La Convención se basa en el concepto de que la diversidad cultural es la fuerza motriz de la plena realización de las libertades y los derechos humanos proclamados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y los demás instrumentos reconocidos en esa esfera. Por otra parte, la ratificación de la Convención por Ucrania marcó un hito en el proceso dirigido a armonizar la base legislativa de la protección de los derechos culturales de las minorías étnicas del país con el marco jurídico correspondiente a nivel europeo.

22.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 11 y las recomendaciones del párrafo 34 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

23.En el país se llevan a cabo proyectos basados en donaciones para resolver algunos problemas de la comunidad romaní (protección jurídica y atención de salud), como el programa "Romaníes de Ucrania", de la Fundación Internacional "Renacimiento" y proyectos del Centro Europeo para la Protección de los Derechos de los Romaníes, de Budapest. Gracias a la Fundación Internacional Renacimiento, las organizaciones sociales romaníes ejecutan proyectos permanentes para asegurar que los romaníes obtengan sus documentos de identidad.

2.No discriminación

24.El Estado de Ucrania garantiza a la totalidad de las etnias, los ciudadanos y las personas apátridas que viven en su territorio iguales derechos políticos, económicos, sociales y culturales.

25.Después de la independencia, en Ucrania se creó una base legislativa para regular las relaciones sociales que garantiza la igualdad y la no discriminación.

26.En el artículo 24 de la Constitución se establece que los ciudadanos tienen los mismos derechos y libertades constitucionales y son iguales ante la ley. Son inadmisibles los privilegios o restricciones por motivos de raza, color de la piel, convicciones religiosas y de otra índole, sexo, origen étnico y social, situación patrimonial, lugar de residencia, idioma, u otras características.

27.Con arreglo al artículo 38 de la Constitución y al artículo 9 de la Ley de minorías étnicas de Ucrania, todos los ciudadanos ucranianos, con independencia de su raza o etnia, tienen derecho a participar en la dirección de los asuntos del Estado, y a elegir o ser elegidos libremente para los órganos del poder estatal y de autogobierno local.

28.De conformidad con el artículo 4 de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (ratificada por Ucrania en 1969), en el artículo 1 de la Declaración de Derechos de las Etnias de Ucrania (aprobada por el Consejo Supremo el 1 de noviembre de 1991) y en otros instrumentos legislativos, se prohíbe la discriminación por motivos étnicos.

29.En el artículo 37 de la Constitución se prohíbe la creación y el funcionamiento de partidos políticos y organizaciones sociales cuyos objetivos o actividades programáticos estén dirigidos a difundir propaganda en favor de la guerra y la violencia, incitar a la hostilidad racial, interétnica o religiosa y atentar contra las libertades y los derechos humanos.

30.En el artículo 3, párrafo 2 de la Ley de autogobierno local se prohíbe toda restricción de los derechos de los ciudadanos de Ucrania a participar en los órganos de autogobierno local por motivos de raza, color de la piel, convicciones políticas y de otra índole, tiempo de residencia en el territorio correspondiente e idioma.

31.En su artículo 119, párrafo 3, la Constitución establece que los órganos locales de la administración del Estado garantizan la ejecución de los programas estatales y regionales de desarrollo socioeconómico y cultural, y de preservación del medio ambiente, y en los lugares de alta concentración de pueblos indígenas y minorías étnicas, aseguran también la ejecución de programas para su desarrollo etnocultural.

32.Además, compete a los órganos de autogobierno local asegurar que en sus territorios la educación y la atención médica sean accesibles y gratuitas, que la enseñanza escolar se imparta en el idioma oficial del país y en los idiomas de las etnias, y que sea posible estudiar los idiomas minoritarios en centros docentes comunales y estatales o en sociedades etnoculturales.

33.En la Ley del estatuto jurídico de los extranjeros y apátridas se establece que estos son iguales ante la ley, con independencia de su origen, situación social y económica, raza y etnia, sexo, idioma, actitud ante la religión, ocupación y otras circunstancias. Los extranjeros y apátridas que se encuentran legalmente en Ucrania gozan de los mismos derechos y libertades y tienen las mismas obligaciones que los ciudadanos ucranianos.

34.De conformidad con el artículo 4 de la Ley de agrupaciones de los ciudadanos, si una agrupación de ciudadanos tiene por objeto difundir propaganda en favor de la guerra, la violencia, la crueldad, el fascismo y el neofascismo, así como incitar a la hostilidad étnica y religiosa y la restricción de los derechos humanos reconocidos universalmente, no se procederá a su legalización, y, en los casos de agrupaciones que ya hayan sido legalizadas, su actividad quedará prohibida por resolución judicial.

35.En la Ley de educación se establece que en Ucrania la educación se basa en los principios de la democracia, el espíritu nacional y el respeto mutuo entre etnias y pueblos. En el artículo 6 de dicha ley se definen, entre otras cosas, los siguientes principios fundamentales de la educación: igualdad de oportunidades para que todas las personas utilicen plenamente sus capacidades y aptitudes y se desarrollen en todos los sentidos, y relación entre la historia, la cultura y las tradiciones mundiales y nacionales. Una de las obligaciones de los pedagogos e investigadores en la rama de la educación es preparar a los alumnos para una vida consciente basada en la comprensión mutua, la paz y la concordia entre todos los pueblos y grupos étnicos, nacionales y religiosos (art. 56).

36.En el artículo 8, parte primera, de la Ley de publicidad, se prohíbe que en la publicidad figuren expresiones discriminatorias contra las personas debido a su posición, condición social y económica, raza y etnia, sexo, nivel de instrucción, opiniones políticas, actitud ante la religión, idioma, y otros motivos.

37.En el artículo 3 de la Ley de medios de comunicación impresos (prensa) se prohíbe utilizar esos medios para instigar la hostilidad racial, étnica y religiosa. La misma prohibición se establece en el artículo 2 de la Ley de radio y televisión y en el artículo 46 de la Ley de información.

38.El Código de Procedimiento Administrativo de Ucrania contiene una serie de normas para prevenir toda forma de discriminación contra los participantes en procesos administrativos. Se trata, en particular, de impedir que los funcionarios investidos de poder adopten o dejen de adoptar medidas por razones discriminatorias. En el artículo 10 del Código se garantiza la igualdad ante la ley y los tribunales de todos los participantes en un proceso administrativo: no se podrán otorgar privilegios ni se impondrán restricciones a los derechos de las partes en un procedimiento administrativo por motivo de raza, color, convicciones religiosas o de otro tipo, sexo, origen étnico o social, patrimonio, lugar de residencia, idioma u otras características. Los participantes en el examen de una causa que no dominen o no dominen suficientemente el idioma oficial tienen derecho a utilizar su idioma materno u otro que dominen, y a recibir los servicios de un intérprete de la forma establecida en el Código.

39.De conformidad con el artículo 9 de la Ley del sistema judicial y el estatuto de los jueces, en Ucrania la administración de justicia se basa en la igualdad de todos los participantes en el proceso judicial ante la ley y los tribunales, independientemente de su raza, color de la piel, convicciones políticas, religiosas y de otra índole, sexo, origen étnico y social, posición económica, lugar de residencia, idioma y otras características. En el artículo 12 de dicha ley se establece que los procedimientos judiciales y los juicios en los tribunales de Ucrania se realizan en el idioma oficial. Los tribunales garantizan la igualdad de derechos de los ciudadanos en materia lingüística durante el proceso judicial; utilizan el idioma oficial en el procedimiento judicial y garantizan el derecho de los ciudadanos a utilizar su idioma materno o el idioma que dominen. Esas normas figuran también en el Código de Procedimiento Civil, el Código de Procedimiento Administrativo y el Código de Procedimiento Penal de Ucrania.

40.En la legislación de Ucrania se establece responsabilidad por la violación de la igualdad de derechos de los ciudadanos a causa de su raza o etnia. En el Código Penal se consideran circunstancias agravantes de los delitos los motivos de hostilidad o discordia racial, étnica y religiosa.

41.La Constitución de Ucrania en toda su extensión es una ley de acción inmediata que garantiza directamente el derecho a acudir a los tribunales para proteger los derechos y libertades constitucionales de la persona y el ciudadano.

42.Además de la Constitución, en Ucrania están vigentes instrumentos legislativos sectoriales, códigos y leyes, que contienen disposiciones dirigidas a garantizar la igualdad y prohibir la discriminación en las diversas esferas de la vida social. Además de la Ley de minorías étnicas ya mencionada, entre esos instrumentos figura la Ley de igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres, de 8 de septiembre de 2005.

43.A fin de impedir la propagación de la xenofobia y de informaciones racistas y antisemitas a través de los sistemas computadorizados, en abril de 2005 Ucrania firmó el Protocolo adicional del Convenio sobre la Ciberdelincuencia, relativo a la tipificación de actos racistas y xenófobos cometidos por medio de sistemas informáticos.

44.Por consiguiente, en Ucrania se ha creado una base normativa y jurídica cuyos mecanismos de aplicación abren amplias posibilidades para prevenir cualquier manifestación de racismo, discriminación racial, xenofobia e intolerancia, así como de actitudes prejuiciados contra las personas debido a su origen étnico.

45.En virtud de la orden Nº 42/5 del Ministerio de Justicia sobre algunas cuestiones relacionadas con los exámenes periciales jurídicos para determinar la aplicación del principio de igualdad entre los géneros, de 12 de mayo de 2006, se aprobaron los documentos Instrucción relativa al examen pericial para determinar la aplicación del principio de igualdad entre los géneros en instrumentos legislativos y Conclusiones del examen pericial para determinar la aplicación del principio de igualdad entre los géneros en instrumentos legislativos. En la Instrucción se define el mecanismo para someter a dicho examen las leyes vigentes y los proyectos de instrumentos jurídicos normativos, a fin de determinar si estos cumplen el principio de igualdad de derechos y oportunidades para mujeres y hombres.

46.Desde el 1 de julio de 2006 las dependencias del aparato central del Ministerio de Justicia de Ucrania encargadas de realizar el examen pericial jurídico llevan a cabo el examen para determinar la aplicación del principio de igualdad entre los géneros en todos los proyectos de instrumentos jurídicos normativos que se presentan al Ministerio con ese propósito. Los resultados del examen pericial se reflejan en sus conclusiones, que son parte integrante de las Conclusiones del Ministerio de Justicia sobre los resultados del examen pericial jurídico del proyecto de norma jurídica. Al 1 de noviembre de 2010, el Ministerio de Justicia había presentado 15 conclusiones de exámenes periciales para determinar la aplicación del principio de igualdad entre los géneros en instrumentos legislativos.

47.El Presidente, el Gobierno y los órganos centrales competentes del poder ejecutivo de Ucrania velan constantemente por que se combatan las manifestaciones de racismo y xenofobia. En particular, por instrucción del Presidente, en el Ministerio del Interior se creó un departamento encargado de elaborar y poner en práctica una estrategia de lucha contra los delitos por motivos étnicos; en el Servicio de Seguridad, se estableció una unidad destinada a detectar y eliminar los actos de incitación a la hostilidad racial o étnica; y en el Ministerio de Relaciones Exteriores se instituyó el puesto de Embajador para misiones especiales relacionadas con la lucha contra el racismo, la xenofobia y la discriminación.

48.En abril de 2008 el Presidente de Ucrania encomendó a la Fiscalía de la República y al Ministerio del Interior que intensificaran la lucha contra la xenofobia y la intolerancia racial, elaboraran un programa eficaz para combatir todas las formas de xenofobia y exigieran responsabilidad penal a los culpables.

49.Una de las direcciones fundamentales de la labor del Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones consiste en analizar la situación de las manifestaciones de intolerancia, determinar sus causas, y resolver integralmente los problemas de la lucha contra la xenofobia, el antisemitismo y la intolerancia interétnica y racial. Por esa razón el Comité es el coordinador de las actividades del Grupo de Trabajo Interinstitucional de lucha contra la xenofobia y la intolerancia interétnica y racial, creado en virtud de la Instrucción Nº 11273/3/1-08 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 2 de abril de 2008. Entre 2008 y 2010 el Grupo ha celebrado 10 reuniones:

En 2008, cinco reuniones;

En 2009, tres reuniones; y

En 2010, dos reuniones.

50.El Grupo está integrado por representantes de los órganos centrales y locales del poder ejecutivo. El 17 de abril de 2008 tuvo lugar su primera reunión organizativa. La labor del Grupo se realiza dentro de los límites de las atribuciones y los presupuestos de los órganos que lo componen.

51.El acceso de la opinión pública a las actividades del Grupo de Trabajo Interinstitucional es abierto e irrestricto. Participan en su labor representantes de organizaciones defensoras de los derechos humanos de Ucrania e internacionales, organizaciones sociales de minorías étnicas, expertos y otras personas interesadas. En el sitio web del Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones se publica información sobre las actividades del Grupo de Trabajo Interinstitucional y los documentos que se examinan en sus reuniones.

52.El Grupo de Trabajo, conjuntamente con las dependencias regionales del Comité Estatal de Asuntos de las Etnias y las Religiones, vela por la aplicación de medidas para prevenir cualquier manifestación de intolerancia racial o étnica o de prejuicios relacionados con el origen étnico de las personas. Los órganos centrales y locales del poder ejecutivo realizan una labor permanente para concienciar a los integrantes de las distintas etnias sobre la igualdad de derechos y libertades de la persona y el ciudadano independientemente de su raza, etnia, idioma, religión y afiliación a agrupaciones sociales.

53.En julio de 2008 el Grupo de Trabajo Interinstitucional examinó y concilió un Plan de acción para combatir las manifestaciones de xenofobia y discriminación racial y étnica en la sociedad ucraniana para el bienio 2008-2009, que se cumplió íntegramente.

54.Sobre la base de los positivos resultados obtenidos por el Grupo de Trabajo Interinstitucional, se elaboró un Plan de acción para combatir las manifestaciones de xenofobia y discriminación racial y étnica en la sociedad ucraniana para el período 2010‑2012.

55.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 10 y las recomendaciones del párrafo 33 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

56.El 5 de noviembre de 2009, el Consejo Supremo de Ucrania aprobó la Ley de modificación del Código Penal en lo relativo a la responsabilidad derivada de delitos de intolerancia racial, étnica o religiosa. Con arreglo a dicha ley se aumentó la severidad de las sanciones previstas en el artículo 161 y se modificaron algunos otros de artículos del Código. En ese sentido, son objeto de sanción "los actos premeditados dirigidos a incitar la hostilidad y el odio entre etnias, razas y religiones, ultrajar el honor y dignidad de las etnias o herir los sentimientos de los ciudadanos con respecto a sus convicciones religiosas, así como los actos encaminados a limitar directa o indirectamente los derechos de los ciudadanos o establecer privilegios directos o indirectos a causa de su raza, color de la piel, convicciones políticas, religiosas y de otra índole, sexo, origen étnico y social, posición económica, lugar de residencia, idioma u otras características".

57.En la segunda parte, respectivamente, de los artículos 115, "Homicidio premeditado", 121, "Lesiones graves intencionales", 126, "Palizas y tormentos", y 127, "Tortura", del Código Penal de Ucrania, se incluyeron entre las circunstancias agravantes la intolerancia racial, étnica y religiosa como motivaciones de los delitos.

58.Asimismo, se tipifican como delitos la importación, elaboración y difusión películas y grabaciones en vídeo y otras obras que contengan propaganda en favor del culto a la violencia y la crueldad, la intolerancia racial, étnica o religiosa, y la discriminación (art. 300 del Código Penal de Ucrania).

Artículo 3

1.Igualdad entre el hombre y la mujer

59.El 21 de enero de 2010, durante el 45º período de sesiones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, celebrado en Ginebra, Ucrania defendió con eficacia sus informes periódicos sexto y séptimo combinados sobre la aplicación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

60.El Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes elabora y aplica sistemáticamente la política estatal de garantías de la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer. Se creó el puesto de asesor del Primer Ministro para la garantía de la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer en la sociedad. Se ha reanudado la labor del Consejo de expertos encargado de examinar las denuncias de casos de discriminación por motivos de género (orden Nº 3036 de 6 de septiembre de 2010).

61.Con el apoyo del programa de igualdad de oportunidades y derechos para la mujer en Ucrania se ha impartido una serie de seminarios docentes para introducir la estadística relativa a las cuestiones de género, en particular en las provincias de Lvov, Poltava y Sumi.

62.Se realizan esfuerzos para supervisar el cumplimiento del Programa estatal para consolidar la igualdad entre los géneros en la sociedad ucraniana a nivel provincial y distrital hasta 2010, aprobado en virtud de la resolución Nº 1834 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 27 de diciembre de 2006.

63.El 26 de abril de 2010 se firmó la Estrategia de promoción del proyecto Derechos y oportunidades de las mujeres en Ucrania, que lleva a cabo el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD), y su Plan de trabajo para 2010, documento único en Ucrania que permite reforzar la cooperación con los organismos gubernamentales y no gubernamentales en materia de protección de los derechos de la mujer y el niño en el país.

64.El Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes es beneficiario y asociado de los siguientes proyectos internacionales: Igualdad de derechos y oportunidades de la mujer en Ucrania, con la asistencia del PNUD; Reforzamiento y protección de los derechos de la mujer y el niño, con el apoyo del Consejo de Europa; Desarrollo de servicios preventivos para los niños privados del amparo de los padres y de los niños que se encuentran en circunstancias difíciles, con la asistencia del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF), e Igualdad entre hombres y mujeres en el ámbito laboral, con el apoyo de la Cámara Social de la Juventud.

65.En 2010 el Ministerio realizó una Asamblea panucraniana sobre el tema Garantía de la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres en la sociedad. Como resultado de la Asamblea y de las charlas académicas "Richelieu" sobre el tema Modernización de la administración y los servicios públicos y política de promoción del personal, y en cumplimiento de la instrucción Nº 56610/0/1-10 del Primer Ministro adjunto para las cuestiones económicas, de 20 de septiembre de 2010, el Ministerio elaboró una serie de instrumentos jurídicos normativos y propuestas de modificación de instrumentes vigentes, a saber: la Ley de elecciones de diputados populares, la Ley de elecciones de diputados de zonas rurales al Consejo Supremo de la República Autónoma de Crimea, de diputados de consejos locales y de presidentes de zonas rurales, poblados y ciudades, la Ley de partidos políticos, la Ley de la comisión electoral central y la Ley del servicio pública de Ucrania.

66.Se ha establecido un grupo de trabajo interinstitucional encargado de elaborar instrumentos jurídicos normativos, integrado por representantes de los órganos centrales del poder ejecutivo, organizaciones sociales panucranianas e internacionales y científicos.

67.En cumplimiento de los acuerdos de la Reunión panucraniana encargada de garantizar la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer en la sociedad, el Gabinete de Ministros emitió la instrucción correspondiente (Nº 34187/4/1-10, de 1 de julio de 2010), en cuyo marco se ha elaborado una serie de instrumentos jurídicos normativos, a saber:

Proyecto de Programa social específico de todo el Estado para garantizar la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer hasta 2015;

Proyecto de Reglamento tipo del asesor en materia de garantía de la igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres;

Proyecto de Reglamento tipo del Centro de género.

68.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 12 y las recomendaciones del párrafo 35 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

69.Hasta el 18 de marzo de 2010, la proporción de mujeres en el Consejo Supremo de Ucrania era del 7,9%. En los consejos de zonas rurales, poblados y distritos la proporción de mujeres se aproxima al 40%, y en los consejos provinciales se mantiene por debajo del 10%.

70.En ese sentido, es preciso señalar que por cada 100 hombres graduados universitarios hay 140 mujeres con ese nivel de instrucción. De acuerdo con los datos del Comité Estatal de Estadísticas de Ucrania, en 2009 el salario medio mensual de las mujeres era de 1.677 jrivnias, y el de los hombres, de 2.173 jrivnias. Es decir, en ese período la diferencia en la remuneración laboral era del 22,8%. El ingreso medio mensual de las mujeres representa, como promedio, el 69% del devengado por los hombres. Las mujeres controlan solamente entre el 5% y 10% de los recursos económicos. Entre los empresarios dedicados al trabajo por cuenta propia, la proporción de mujeres es del 38%; estas dirigen el 26% de las pequeñas empresas, el 15% de las medianas y el 12% de las grandes empresas. La proporción de mujeres que dirigen empresas industriales es de solo el 2%.

71.Entre marzo de 2009 y febrero de 2011 se llevó a cabo en Ucrania un proyecto de cooperación técnica entre la Organización del Trabajo (OIT) y la Unión Europea sobre la igualdad entre mujeres y hombres en el mundo laboral. El proyecto tuvo por objeto contribuir a modernizar las estructuras, en particular en lo tocante a la aplicación eficaz de las normas laborales internacionales. El Proyecto incluyó las siguientes actividades:

Elaboración de recomendaciones para las instituciones estatales (Servicio de Inspección del Trabajo y Servicio de Empleo) y los participantes en la negociación laboral (los sindicatos y los empleadores) a fin de que aplicaran un enfoque de género integral en sus actividades y en su funcionamiento interno. Las recomendaciones se presentaron en 2010.

Elaboración de programas docentes para los funcionarios del Servicio Estatal de Empleo y dos servicios de inspección.

Capacitación en materia de género para 600 funcionarios del Servicio Estatal de Empleo y 260 inspectores del trabajo, a fin de elevar sus conocimientos y elaborar mecanismos para poner en práctica la legislación laboral sobre la igualdad entre mujeres y hombres, incluidas las obligaciones de Ucrania en ese ámbito.

En octubre de 2010 una delegación tripartita (integrada por el Ministerio de Trabajo y Política Social, el Centro Estatal de Empleo y el Departamento estatal de control sobre la aplicación de la legislación laboral y el Comité Estatal de Seguridad Industrial y Control de Minas, y los participantes en la negociación colectiva) visitó la Inspección del Trabajo de España, a fin de conocer las mejores prácticas de interacción con los participantes en la negociación colectiva para la aplicación eficaz de la legislación sobre igualdad entre los géneros en el ámbito laboral.

72.Con respecto a los participantes en la negociación colectiva, ya se desarrollan programas de capacitación tanto para sindicatos, como para empleadores. Los temas principales abordados en la capacitación de los sindicatos son los siguientes:

Enfoque integral de género en las negociaciones colectivas;

Prohibición de la discriminación y contribución a la igualdad;

Igualdad entre los géneros en la evaluación del trabajo;

Auditoría en materia de género.

73.En el programa participaron representantes de tres agrupaciones sindicales: la Federación de Sindicatos de Ucrania, la Confederación de Sindicatos Libres de Ucrania y la Unión Panucraniana de Solidaridad de los Trabajadores. Los capacitadores sindicales que imparten esos programas han sido preparados a su vez por un capacitador sindical internacional en el marco del proyecto. En 2010 participaron en los programas 580 miembros de sindicatos de toda Ucrania.

74.La capacitación de las organizaciones de empleadores incluyó las siguientes cuestiones:

Igualdad de oportunidades en el lugar de trabajo;

Igualdad entre los géneros en la evaluación del trabajo;

Auditoría de género.

75.En el programa participaron representantes de tres agrupaciones de organizaciones de empleadores, a saber: la Federación de Empleadores de Ucrania, la Confederación de empleadores de Ucrania y la Asociación Panucraniana de Empleadores. En 2010 se capacitaron 220 empleadores o sus representantes.

76.El desarrollo de la pequeña y mediana empresas es un importante factor en la superación de las consecuencias de la crisis económica y la creación de nuevos puestos de trabajo, en particular, para los jóvenes. El Ministerio de Trabajo y Política Social y el Servicio Estatal de Empleo apoyan el desarrollo del empresariado mediante una política activa en favor del empleo, la capacitación profesional de los desempleados, y del pago a estos de un subsidio único para la creación de negocios propios.

77.Durante 2010 el Ministerio de Trabajo y Política Social y el Servicio Estatal de Empleo ejecutaron conjuntamente un programa de apoyo a la actividad empresarial de las mujeres en el marco del proyecto de la OIT "Inicie y Mejore su Negocio", que ya se aplica en 90 países. Aunque el programa no está concebido para personas de un sexo determinado, en Ucrania se ha destinado solamente a las mujeres. Esta medida de discriminación positiva obedece a que solo el 38% de los empresarios son mujeres. El programa tiene por objeto contribuir a desarrollar la actividad empresarial entre las mujeres que ya poseen negocios propios o desean crearlos.

78.En el programa, de cuyos aspectos técnicos se ha encargado el Centro de Recursos, se han capacitado unas 800 mujeres de diversas provincias de Ucrania. De acuerdo con los resultados obtenidos, más de la cuarta parte de las mujeres capacitadas ha abierto negocios propios.

Artículo 6

Derecho al trabajo

79.De conformidad con el decreto presidencial Nº 1073, de 11 de julio de 2005, relativo al perfeccionamiento de la regulación estatal en la esfera del empleo de la población y el mercado de trabajo en Ucrania, entre 2006 y 2009 se amplió la oferta de trabajo mediante la creación de más de 4 millones de nuevos puestos.

80.A partir de octubre de 2008, a consecuencia de la crisis económica y financiera, en el mercado de trabajo se intensificaron los despidos y aumentó el desempleo, lo que agudizó la situación en la esfera del empleo de la población. Se incrementó rápidamente el número de desempleados inscritos en el Servicio Estatal de Empleo. Al mismo tiempo, se redujo la cantidad de vacantes registradas en prácticamente todos los tipos de actividad económica, en particular, en la agricultura, el comercio, la hostelería, el transporte y las comunicaciones, la esfera inmobiliaria, las empresas de servicios comunales e individuales, la cultura y el deporte, la minería, la industria transformadora y la construcción. Bajo los efectos de la crisis, la mayor reducción del empleo se produjo en la construcción (16,2%), la industria (11,9%), la hostelería y la gastronomía (8,1%), y la agricultura (7,1%).

81.A fin de minimizar las consecuencias de la crisis económica y financiera para el mercado del trabajo, se aprobó la Ley de modificación de algunas leyes para reducir la influencia de la crisis financiera internacional en el empleo de la población, que entró en vigor el 13 de enero de 2009, y una serie de normas jurídicas para la puesta en práctica de esa ley.

82.Para impulsar la actividad económica de la población, contribuir al empleo y reforzar la protección social contra el desempleo, por la resolución Nº 831 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 8 de septiembre de 2010, se aprobaron las Direcciones principales de la política estatal de empleo para el bienio 2010-2011. En ese documento se definieron las vías para resolver los problemas del empleo de la población, se previó consolidar los esfuerzos que realizan todas las partes en el diálogo social a fin de regular los procesos que ocurran en el mercado nacional de trabajo, y se definieron las direcciones (los objetivos prioritarios) de la regulación estatal del mercado de trabajo. En consonancia con la disposición, en virtud de la orden Nº 314 del Ministerio de Trabajo y Política Social, de 8 de octubre de 2010, se aprobaron las Medidas encaminadas a resolver los problemas del empleo de la población en el bienio 2010-2011.

83.Como resultado de la aplicación de medidas de lucha contra la crisis y de la reanimación de la economía del país, la situación de los mercados de trabajo a nivel nacional y regional muestra una tendencia a mejorar.

84.En ese contexto, en nueve meses de 2010, ha tenido lugar un aumento del nivel de empleo de las personas comprendidas en las edades de 15 a 70 años, y, en comparación con el mismo período de 2009, se ha reducido en todas las regiones del país el índice de desempleo de ese grupo de la población, determinado con la metodología de la OIT. A escala nacional el nivel de empleo aumentó en 0,7 puntos porcentuales y ascendió a 58,9%; por su parte, en el mismo período el desempleo se redujo en 0,6 puntos porcentuales y fue del 8% de la población económicamente activa de 15 a 70 años. Cabe señalar que en ese lapso el nivel de desempleo de Ucrania fue inferior a la media de los países de la Unión Europea (9,6%).

85.Se reduce gradualmente la cifra de trabajadores que se encuentran bajo licencia obligatoria no remunerada por iniciativa de los empleadores, y de aquellos que trabajan en jornadas diarias o semanales incompletas. Si en diciembre de 2008 su número ascendía, respectivamente, a 829.000 (7,5% de la plantilla media) y 928.000 (8,5%), en diciembre de 2009 esa cifra era de 359.300 (3,5% de la plantilla media) y 991.600 (9,6%), y en diciembre de 2010, de 56.300 (0,5% de la plantilla media) y 498.600 (4,7%).

86.En la actualidad la fuerza de trabajo calificada es uno de los factores fundamentales del aumento de la productividad, el logro de la competitividad de los productos y la integración de Ucrania en la comunidad económica mundial. Por tal motivo, el Gobierno dedica gran atención a la formación profesional del personal de las empresas.

87.A fin de contribuir al aumento de la calidad de la fuerza de trabajo de las empresas, instituciones y organizaciones, el Gobierno ha adoptado las siguientes medidas:

a)Aprobación de los instrumentos normativos necesarios para organizar e impartir capacitación profesional a los trabajadores empleados; creación de un consejo asesor interinstitucional encargado de resolver los problemas que surjan en el proceso de capacitación;

b)Aplicación de medidas para garantizar los aspectos informativos y metodológicos del proceso de capacitación de los trabajadores empleados.

88.La Concepción del desarrollo del sistema de capacitación de los trabajadores en el período que concluye en 2010 (aprobada en virtud de la disposición Nº 158 del Gabinete de Ministros, de 20 de marzo de 2006), tiene por objeto elevar el nivel profesional del personal de las empresas, instituciones y organizaciones.

89.El Ministerio del Trabajo y otros órganos centrales y locales del poder ejecutivo competentes, trabajan en pos de cumplir el Plan para aplicar la Concepción, aprobado por la disposición Nº 429 del Gabinete de Ministros, de 26 de julio de 2006. En particular, se ejecutan medidas para perfeccionar las normas, la documentación y la metodología del proceso de capacitación de los trabajadores empleados y estimular a los empleadores a que eleven el nivel profesional de su personal.

90.A fin de aumentar la eficacia del sistema de capacitación del personal empleado y aumentar la calidad y competitividad de la fuerza de trabajo, el Gobierno elaboró el proyecto de ley de capacitación profesional y certificación de la capacitación de los trabajadores. El proyecto de ley prevé determinar las bases jurídicas de la organización del desarrollo profesional de los trabajadores y asegurar desde el punto de vista económico el funcionamiento del sistema de capacitación de adultos y la introducción de mecanismos de evaluación y certificación de la competencia profesional de los trabajadores.

91.De acuerdo con los datos del Comité Estatal de Estadísticas de Ucrania, en el primer semestre de 2010 el número de personas empleadas aumentó a 20,2 millones. De ese modo, en comparación con el primer semestre de 2009 el nivel de empleo se incrementó de 57,7% a 58,4%. Se redujo en 140.000 el número de desempleados (con arreglo a la metodología de la OIT), y en el primer semestre de 2010 la cifra media de desempleados fue de 1,9 millones de personas como promedio. Al mismo tiempo, según la metodología de la OIT, el nivel de desempleo disminuyó de 9,1% a 8,5%. En todas las regiones de Ucrania se observó una mejora de los índices de empleo y desempleo.

92.Con vistas a asegurar la competitividad de la fuerza laboral en el mercado de trabajo, el Servicio Estatal de Empleo organiza la formación profesional en los centros de enseñanza técnica y profesional y de enseñanza superior, incluidos los centros docentes del Servicio Estatal de Empleo, las empresas, instituciones y organizaciones.

93.En el período 2006-2009, por la vía del Servicio Estatal de Empleo, recibieron formación profesional 203.400 desempleados en 2006; 229.400 en 2007; 245.300 en 2008; 157.100 en 2009; y 158.200 en 9 meses de 2010.

94.El Servicio Estatal de Empleo proporciona garantías adicionales para la ubicación laboral a los ciudadanos de algunas categorías que no pueden competir en el mercado de trabajo en igualdad de condiciones, como los recién egresados de escuelas o de centros de estudios de enseñanza técnica y profesional o de enseñanza superior, los menores de edad, los niños huérfanos y los jóvenes que carecen de hábitos laborales.

95.Dichas garantías adicionales se hacen realidad mediante un conjunto de medidas. En primer lugar se selecciona el trabajo adecuado, se orienta profesionalmente a las personas que buscan trabajo a fin de aumentar su motivación, se organiza la capacitación profesional y se realizan otras actividades.

96.Los niños huérfanos registrados como desempleados en el Servicio Estatal de Empleo reciben asistencia para la ubicación laboral de conformidad con la Ley de empleo de la población y la Ley del seguro social estatal obligatorio en caso de desempleo.

97.En cumplimiento de las garantías adicionales en la esfera del empleo que se han mencionado, se reservan puestos de trabajo vacantes en las empresas, de conformidad con la Ley de empleo y el Procedimiento de reserva de puestos de trabajo. En ese proceso se tiene en cuenta la situación del mercado de trabajo, los pronósticos del número de ciudadanos que necesitarán protección social y la situación económica de las empresas a las que se imponen cuotas. Los puestos de trabajo se reservan de manera selectiva, teniendo en cuenta el domicilio del niño huérfano y el tipo de ocupación. Para los niños huérfanos que carecen de vivienda se reservan puestos de trabajo en empresas que pueden proporcionarles alojamiento (albergues).

98.Con vistas a prevenir el desempleo, orientar a los jóvenes sobre la base de las necesidades del mercado laboral, motivarlos para el trabajo y lograr que seleccionen conscientemente sus profesiones, el Servicio Estatal de Empleo desarrolla el Programa de orientación vocacional de los jóvenes para el período 2008-2013.

99.En los programas territoriales de empleo figuran medidas de información, esclarecimiento y organización en el marco de la orientación vocacional de los jóvenes de todas las categorías. En todos los sectores se introducen nuevas formas de trabajo y se ejecutan programas dinámicos de asistencia al empleo. Se realizan diversas actividades para dar a conocer a los estudiantes el mercado de trabajo y las profesiones requeridas actualmente, enseñarles técnicas de búsqueda de trabajo y prevenir la migración laboral ilegal y la trata de personas. Participan en esa labor las partes en la negociación laboral colectiva y las organizaciones sociales.

100.Durante el período vacacional, en los campamentos de verano para jóvenes los especialistas del Servicio de Empleo realizan una activa labor de orientación vocacional e información; asimismo, se desarrolla el movimiento de voluntariado.

101.En casi 2.000 centros de enseñanza general de Ucrania se ha puesto en marcha un proyecto innovador denominado Terminal de Orientación vocacional, cuyo lema es Vive y Trabaja en Ucrania. Mediante una red de computadoras se proporciona orientación vocacional a los alumnos, se imparten clases sobre selección de la profesión, se transmite información a los padres y se efectúan seminarios metodológicos para los maestros.

102.En el nuevo año escolar el Servicio Estatal de Empleo distribuyó a más de 400.000 alumnos de escuelas de zonas rurales y jóvenes internos de centros de reeducación y trabajo el Diario práctico de orientación vocacional del estudiante, destinado a ayudarlos a seleccionar su futura profesión y el centro de formación profesional correspondiente.

103.El Servicio Estatal de Empleo, con la participación de representantes de empresas, centros docentes, departamentos del Ministerio del Interior, de asuntos de menores y de educación, realiza las siguientes actividades de orientación vocacional permanentes: Ventajas de la selección de oficios, Días de las carreras, Ferias de profesiones para jóvenes, Concursos de oposición para recién graduados y Mesas redondas para jóvenes, entre otras. A los menores que acuden a los centros de empleo se les proporciona ayuda personalizada para que escojan por sí mismos su profesión.

104.De conformidad con el artículo 19 de la Ley de refugiados, las personas a quienes se otorga el estatuto de refugiados en Ucrania son extranjeros o apátridas que se encuentran legalmente en el país. Esas personas gozan de los mismos derechos y libertades y tienen las mismas obligaciones que los ciudadanos ucranianos, con las excepciones establecidas en la Constitución y las leyes del país, así como en los tratados internacionales ratificados por el Consejo Supremo.

105.La política del Estado en materia de empleo se basa en el principio de igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos para ejercer el derecho a elegir libremente su ocupación, independientemente de su origen, posición social y económica, raza y etnia, sexo, edad, convicciones políticas, y actitud ante la religión, de conformidad con su capacidad y formación profesional, y sobre la base de sus intereses personales y de las necesidades sociales.

106.El Servicio Estatal de Empleo, de conformidad con la legislación vigente en materia de empleo y de seguridad en caso de desempleo garantiza que en los centros de empleo los refugiados reciban los mismos servicios sociales que la población en general. De acuerdo con los datos disponibles sobre esa labor, en 2010 el Servicio Estatal de Empleo prestó servicios de información y asesoramiento a 58 refugiados; de ellos, 1 refugiado en la provincia de Donetsk, 6 en la provincia de Odessa, 25 en la provincia de Jarkov y 26 en la ciudad de Sebastopol.

107.Los refugiados reciben servicios gratuitos de información y asesoramiento en materia de selección de la profesión, sobre la base de las necesidades del mercado regional de trabajo, y participan en diversos seminarios y ferias de vacantes que organizan los centros de empleo. Por ejemplo, el 18 de noviembre de 2010, en las oficinas del Centro de refugiados de la ciudad de Odessa se celebró el seminario Cómo abrir un negocio propio. Durante el seminario los refugiados pudieron conocer el procedimiento de registro estatal de las personas jurídicas y físicas. Asistieron al seminario representantes de la Fundación filantrópica de ayuda a los refugiados y desplazados "Sochuvstvie".

108.A iniciativa del centro de empleo de la provincia de Odessa, en el Punto de alojamiento temporal de refugiados de la ciudad de Odessa se realizó una feria de plazas vacantes con motivo del Día Internacional del Migrante, en la que participaron unas 100 personas. Los refugiados y solicitantes de asilo conocieron las vacantes existentes en Odessa. Las personas interesadas recibieron invitaciones para participar en seminarios sobre computación básica y el centro móvil de empleo realizó pruebas y distribuyó información impresa sobre los servicios que prestan los centros de empleo.

109.Desde 2009 el centro de empleo de la ciudad de Kyiv coopera con el Fondo de beneficencia "Rokada". A fin de proporcionar servicios de ubicación laboral a los refugiados se aprobó un Plan de acción general, que incluye seminarios para empleadores, encaminados a formar en ellos una actitud positiva hacia los refugiados y explicarles los derechos y obligaciones de los refugiados que requieren de ayuda para encontrar empleo. Asimismo, en el Plan se prevé ofrecer servicios de orientación e información y consultas individuales de orientación profesional. Los refugiados reciben asistencia para seleccionar el empleo y confeccionar el curri culum vitae, información para definir su profesión y ayuda y apoyo psicológicos, entre otros servicios.

110.Cada mes el centro de empleo de la provincia de Jarkov transmite a la Dirección del Servicio de Migración de esa provincia el calendario de seminarios sobre diversas temáticas relacionadas con las técnicas de búsqueda de empleo a fin de que lo dé a conocer a los refugiados. La Dirección del Servicio de Migración participó en el Foro Internacional "El Servicio de Empleo: 20 años en el mercado de trabajo", celebrado el 17 de diciembre de 2010. Además, a partir del 20 de diciembre de 2010 en el aula de computación del Centro de empleo de la ciudad de Jarkov se impartió un seminario de cinco días sobre elementos básicos de computación destinado a los refugiados interesados y adaptado a las particularidades de los ciudadanos extranjeros.

111.Con vistas a asegurar la integración de los refugiados en la sociedad ucraniana, el Centro Estatal de Empleo elaboró para información de los empleadores, y distribuyó entre ellos, una guía sobre la situación jurídica de los refugiados en materia de ubicación laboral titulada "¿Cómo pueden los refugiados ejercer sus derechos?".

112.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 13 y las recomendaciones del párrafo 36 de las Observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

113.La cuestión de la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en cuanto a la admisión en el empleo está regulada en el Código del Trabajo, la Ley de garantías de la igualdad de derechos y oportunidades del hombre y la mujer y la Ley de empleo de la población.

114.En el artículo 2¹ del Código de leyes laborales de Ucrania se regula la cuestión de la igualdad de derechos laborales entre los ciudadanos del país. Ucrania garantiza la igualdad de derechos laborales de todos los ciudadanos, independientemente de su origen, situación social y económica, raza y etnia, sexo, idioma, opiniones políticas, creencias religiosas, tipo y carácter de su ocupación, lugar de residencia y otras circunstancias.

115.En el artículo 17 de la Ley de igualdad de derechos y oportunidades para hombres y mujeres se garantizan a mujeres y hombres los mismos derechos y oportunidades en materia de ubicación y promoción laboral, aumento de la calificación y recalificación.

116.De conformidad con el artículo 9 de la ley, los ciudadanos que acuden al Servicio Estatal de Empleo en busca de trabajo tienen derecho a recibir gratuitamente servicios de orientación y asesoramiento profesional y de capacitación y recalificación, así como la información pertinente para seleccionar el tipo de ocupación o profesión, el lugar y el régimen de trabajo.

117.De conformidad con el artículo 24 de la ley antes mencionada, el Servicio Estatal de Empleo organiza la capacitación profesional, la elevación de la calificación y la recalificación de los ciudadanos en centros docentes, empresas, instituciones y organizaciones (independientemente de su subordinación institucional), de conformidad con acuerdos suscritos, o en centros docentes creados especialmente por el Servicio Estatal de Empleo con cargo a los recursos del Fondo del seguro social estatal obligatorio por desempleo. La dirección del Fondo aprueba el procedimiento de selección de los centros docentes encargados de la capacitación, la elevación de la calificación o la recalificación de los desempleados con cargo a los recursos del Fondo.

118.Con respecto al aumento de la cultura y los conocimientos jurídicos de las mujeres sobre el ejercicio y la protección de sus derechos y de los derechos de sus hijos en materia de ubicación laboral, el Servicio Estatal de Empleo lleva a cabo un conjunto de medidas para reducir la presión que ejercen los empleadores.

119.En todos los programas territoriales de empleo se establecen Planes y Programas de apoyo a la mujer en el mercado de trabajo con el propósito de prestar asistencia a las mujeres desempleadas para que elijan libremente su profesión, se adapten al mercado de trabajo, adquieran competencias profesionales y desarrollen su potencial en la esfera laboral.

120.Los objetivos fundamentales de los programas de apoyo a las mujeres en el mercado de trabajo son los siguientes:

Proporcionarles asistencia en materia de adaptación al mercado de trabajo y lograr su incorporación a la vida laboral;

Orientarlas para que adquieran profesiones modernas;

Desarrollar su potencial empresarial y ayudarlas a crear sus propios negocios;

Desarrollar asociaciones con diferentes organizaciones estatales y sociales en el ámbito de la igualdad entre los géneros y la lucha contra la trata de personas;

Difundir a través de los medios de comunicación información sobre los problemas de la mujer en la esfera del empleo.

121.En todos los Centros de empleo se han creado secciones dedicadas a las cuestiones de género denominadas "Para ti, mujer", donde se puede consultar documentación sobre cuestiones relacionadas con las garantías jurídicas de la mujer en el empleo, la realización profesional y los negocios, entre otros temas.

122.En las grandes ciudades se han creado centros de género que realizan una labor sistémica con las desempleadas. Las mujeres participan en diversos programas de asistencia activa al empleo, reciben apoyo psicológico, amplían sus competencias profesionales y reciben ayuda para adquirir nuevas profesiones.

123.En los clubes de mujeres se desarrollan seminarios y encuentros temáticos en los que participan juristas, especialistas de departamentos de personal, psicólogos, pedagogos y empresarias de éxito. En los seminarios se abordan diversos temas, como Negocios para mujeres, Mujeres de éxito, La mujer y la contemporaneidad: particularidades de la ubicación laboral de las mujeres en las condiciones actuales, Elementos de la carrera profesional, Presentación de profesiones modernas, Prevención de la migración laboral ilegal, la trata de personas y la explotación del trabajo infantil, Trabajo en el extranjero, y otras.

124.Se imparten seminarios a las mujeres de zonas rurales sobre gestión eficaz de la economía doméstica, particularidades de la actividad empresarial en el campo y turismo rural ecológico.

125.Se imparten seminarios informativos y charlas aclaratorias a los empleadores sobre temática de género, a saber: La política en materia de género y el mercado de trabajo, Vïas para superar los estereotipos de género en el mercado de trabajo, Particularidades de la ubicación laboral de las mujeres, y otros.

126.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 18 y las recomendaciones del párrafo 41 de las Observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

127.En la determinación del monto de la prestación mínima por desempleo se aplica el principio de mantener el equilibrio entre las funciones de esa prestación como estímulo del trabajo, por una parte, y garantía de apoyo pecuniario en el período de búsqueda de trabajo, por la otra. Ese enfoque se ajusta a lo establecido en el Convenio Nº 168 de la OIT sobre el fomento del empleo y la protección contra el desempleo.

128.De conformidad con el Convenio Nº 168, el monto de la prestación por desempleo no debe ser inferior al 45% del salario mínimo. Desde el 1 de diciembre de 2010 la prestación mínima por desempleo para las personas aseguradas se elevó a 700 jrivnias (75,9% del nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo), lo que representa un aumento en 4,4 veces en comparación con la prestación devengada por los desempleados a principios de 2006; y para las personas no aseguradas, de 500 jrivnias (54,2% del nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo), lo que supera en 4,3 veces la cifra de principios de 2006.

Artículo 7

Condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

129.El restablecimiento gradual de la dinámica del desarrollo económico ha permitido aumentar los salarios en toda Ucrania. Según los datos estadísticos más recientes, el salario mensual medio entre enero y octubre de 2010 ascendió a 2.191 jrivnias y representó un aumento del 19,7% en comparación con igual período de 2009.

130.Asimismo, en diez meses de 2010 el salario real aumentó en 9,9% en comparación con el mismo período del año precedente, en el que ese índice se redujo en 9,2%.

131.En cuanto al salario equitativo e igual por trabajo de igual valor, la legislación laboral vigente en Ucrania garantiza a los ciudadanos del país la igualdad de derechos en la esfera del trabajo y su remuneración, independientemente del origen, la posición social y económica, la raza, la etnia, el sexo, el idioma, las opiniones políticas, las convicciones religiosas, la afiliación a sindicatos u otra agrupación de ciudadanos, el tipo y carácter de la ocupación y el lugar de residencia. Las mujeres disfrutan de esos derechos en pie de igualdad con los hombres.

132.Se manifiestan diferencias reales en la remuneración laboral entre hombres y mujeres únicamente cuando estas ejercen su derecho a trabajar jornadas diarias, semanales o mensuales reducidas para dedicar más tiempo a la familia y la crianza de los hijos. Por otra parte, las mujeres no realizan tareas en condiciones laborales nocivas o duras (por ejemplo, en trabajos subterráneos) para las que se establece un pago más elevado.

133.Conforme a los datos estadísticos, en 2009 el salario medio mensual de las mujeres era de 1.677 jrivnias y el de los hombres, de 2.173 jrivnias. La relación del salario de la mujer con respecto al del hombre era del 77,2%.

134.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 15 y las recomendaciones del párrafo 38 de las observaciones finales formuladas por el Comité en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

135.El aumento de la protección social, la reducción de la estratificación económica y la pobreza de los ciudadanos y el incremento gradual de los salarios de los trabajadores para alcanzar el nivel de las normas europeas constituyen direcciones prioritarias del Estado.

136.Esos objetivos pueden lograrse, en primer lugar, mediante el aumento del salario mínimo a nivel estatal. De conformidad con la Ley salarial, la garantía principal del pago por el trabajo es la existencia de un salario mínimo, por debajo del cual no podrá efectuarse el pago de la norma mensual (el volumen de trabajo) de un trabajador. Para determinar el monto del salario mínimo se tienen en cuenta el nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo y los indicadores del desarrollo económico. Estos criterios se corresponden también con las disposiciones del Convenio Nº 131 del OIT, relativo a la fijación de salarios mínimos, con especial referencia a los países en vías de desarrollo, de 1972.

137.A partir el 1 de noviembre de 2009 se estableció un salario mínimo de 744 jrivnias al mes, equivalente al nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo.

138.En el artículo 53 de la Ley del presupuesto estatal de Ucrania para 2010 se establecieron los montos del salario mínimo, que se corresponden con el nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo. A partir del 1 de enero de 2010, el monto del salario mínimo ascendió a 869 jrivnias; del 1 de abril, a 884 jrivnias; del 1 de julio, a 888 jrivnias; del 1 de octubre, a 907 jrivnias, y del 1 de diciembre, a 922 jrivnias al mes. En comparación con diciembre de 2009, el salario mínimo se incrementó en 24%.

139.En ese contexto, en 2010 se cumplieron las normas legislativas relacionadas con la equiparación del salario mínimo con el nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo. En los próximos años el Gobierno garantizará que el nivel del salario mínimo no sea inferior al nivel mínimo de subsistencia.

140.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 30 y las recomendaciones del párrafo 53 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

141.Actualmente, teniendo en cuenta la situación socioeconómica del país y las posibilidades financieras del presupuesto estatal de Ucrania, el Gobierno adopta medidas graduales para aumentar la remuneración del personal pedagógico, de conformidad con los aumentos salariales de los trabajadores de todo el sector financiado con cargo al presupuesto.

142.En virtud de las resoluciones del Gabinete de Ministros de Ucrania Nº 337, de 12 de mayo de 2010, Nº 518, de 30 de junio de 2010, y Nº 863, de 22 de septiembre de 2010, se modificaron las resoluciones del Gabinete Nº 1298, "Remuneración sobre la base de la Escala única de tarifas salariales por categorías y coeficientes de pago del personal de instituciones, establecimientos y organizaciones de algunas esferas financiadas con cargo al presupuesto", de 30 de agosto de 2002, y Nº 939 "Cuestiones relativas a la remuneración laboral del personal de instituciones, establecimiento y organizaciones del sector financiado con cargo al presupuesto", de 25 de octubre de 2008. Con arreglo a esas modificaciones, en 2010 el salario por el cargo (la tarifa salarial) se calcula sobre la base del salario establecido para el grupo salarial I, a saber: desde el 1 de enero, 555 jrivnias; desde el 1 de abril, 567 jrivnias; desde el 1 de julio, 570 jrivnias; desde el 1 de octubre, 586 jrivnias; y desde el 1 de diciembre, 600 jrivnias al mes. Esa medida ha permitido aumentar también los salarios de las demás categorías. De ese modo, en 2010 el salario de un maestro de la categoría más alta aumentó de 1.115 jrivnias a 1.272 jrivnias. Los dirigentes de centros docentes, e instituciones educativas y científicas están encargados de asegurar la remuneración diferenciada del personal que percibe el mismo salario básico, mediante pagos suplementarios y primas.

143.Al mismo tiempo, con una financiación suficiente, es posible garantizar que el personal pedagógico y científico-pedagógico reciba una remuneración superior a la de otros sectores.

144.El personal pedagógico percibe una prima mensual por antigüedad del 10% al 30%, en dependencia de los años trabajados en la enseñanza; junto con el pago de las vacaciones anuales se le asigna una ayuda para recibir servicios vacacionales de salud, y se le paga un incentivo monetario anual equivalente a un mes de salario por la dedicación al trabajo y el cumplimiento ejemplar de las obligaciones laborales, de conformidad con las normas establecidas en el artículo 57 de la Ley de educación de Ucrania.

145.Desde el 1 de enero de 2005, por diversas actividades pedagógicas que realizan los docentes de los centros de enseñanza (como la función de profesor guía, revisión de cuadernos y trabajos escritos de los alumnos) se aplican pagos suplementarios calculados sobre la base del 10% al 25% del salario (resolución Nº 1096 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 25 de agosto de 2004).

146.El 1 de mayo de 2007, en virtud de la resolución Nº 643 del Gabinete de Ministros de Ucrania de 20 de abril de 2007 se establecieron aumentos salariales del 5% al 30% por algunos tipos de actividad y títulos pedagógicos; del 5% al 40%, por trabajo en determinados centros docentes; y pagos suplementarios por algunas actividades pedagógicas, conocimientos de idiomas extranjeros y su utilización en la enseñanza, dirección de gabinetes o laboratorios científicos y administración de internados adscritos a las escuelas, trabajo extraescolar de educación física y otras actividades.

147.Además, en las condiciones de pago por el trabajo se prevén primas para el personal pedagógico de hasta el 50% del salario por los siguientes conceptos: importantes logros laborales, ejecución de trabajos de importancia especial; complejidad y tensión en el trabajo; un pago adicional por el grado científico de doctor en ciencias del 25% del salario, como máximo; de candidato a doctor en ciencias, del 15% del salario como máximo; y una prima de hasta el 50% por el cumplimiento de obligaciones de funcionarios provisionalmente ausentes y por el desempeño simultáneo de cargos (profesiones).

148.Asimismo, los dirigentes de centros de enseñanza están facultados para proporcionar a sus trabajadores asistencia pecuniaria, incluida la destinada al restablecimiento de la salud, en una suma que no exceda un mes de salario, y a premiar a su personal en dependencia del aporte individual a los resultados generales del trabajo.

149.A fin de elevar el prestigio de la labor pedagógica, en virtud de la resolución Nº 1130 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 5 de octubre de 2009, a partir del 1 de enero de 2010 se estableció una prima del 20% del salario para los maestros y educadores de centros de enseñanza general, profesores y maestros de asignaturas técnicas de centros de enseñanza técnica y profesional y de centros de enseñanza superior estatales y comunales de los niveles de acreditación І y II, y los directores y vicedirectores de esos centros cuyos cargos se consideran pedagógicos.

150.Por otra parte, de conformidad con la resolución Nº 1418 del Gabinete de Ministros, de 29 de diciembre de 2009, por la que se ratificó el Procedimiento de pago de primas por antigüedad a los médicos y especialistas con formación médica básica y parcial de los centros de salud estatales y comunales, también se estableció una prima por antigüedad para los miembros de ese personal que prestan servicios en centros docentes.

151.Con arreglo a la resolución Nº 1073 del Gabinete de Ministros de 30 de septiembre de 2009, relativa al aumento de los salarios del personal de bibliotecas, desde el 1 de octubre de 2009, para los miembros de ese personal que trabajan en las bibliotecas de centros docentes y realizan actividades culturales, educacionales, informativas, de investigación científica y metodológica se estableció una prima por condiciones especiales de trabajo del 50% del salario.

152.Los dirigentes de órganos locales del poder ejecutivo y de órganos de autogobierno local donde existen departamentos centrales de contabilidad, así como los de instituciones, establecimientos y organizaciones financiados con cargo al presupuesto del Estado, están facultados, en los límites del fondo salarial aprobado en los presupuestos de ingresos y gastos, para establecer las cuantías concretas de los salarios, pagos suplementarios y primas salariales de su personal, proporcionar ayuda pecuniaria a sus empleados y aprobar el procedimiento y el monto de los premios otorgados a estos según el aporte individual a los resultados generales del trabajo, en el marco de los recursos disponibles para la remuneración laboral.

153.Una vez superadas las consecuencias de la crisis financiera, se examinará la posibilidad de aumentar los salarios de los maestros de idioma y literatura ucranianos que prestan servicios en centros de enseñanza general en idiomas minoritarios, que ha sido planteada por el Ministerio de Educación y Ciencia.

154.El Departamento estatal encargado de supervisar la aplicación de la legislación laboral, perteneciente al Ministerio de Trabajo y Política Social de Ucrania, vela constantemente por el cumplimiento de dicha legislación, incluidas las cuestiones relacionadas con el pago puntual del salario.

155.En 2010 los inspectores estatales del trabajo de los Servicios territoriales de inspección del trabajo realizaron 45.008 verificaciones en 36.667 empresas que tenían deudas por concepto del pago de salarios. A raíz de las verificaciones se levantaron y presentaron a los tribunales 30.569 actas de infracciones administrativas. En virtud del artículo 188-6 del Código de Infracciones Administrativas de Ucrania, se dictaron 5.587 resoluciones de imposición de multas contra los dirigentes que incumplieron la orden de los inspectores estatales del trabajo de eliminar las violaciones de la legislación laboral. En total, se exigió responsabilidad administrativa a 36.156 dirigentes de empresas. Además, los inspectores estatales del trabajo remitieron a los tribunales 6.290 documentos de verificaciones, a fin de que se adoptaran las decisiones correspondientes con arreglo al artículo 97 del Código de Procedimiento Penal. Desde principios de 2010, a raíz de las inspecciones estatales del trabajo se han formulado 17.096 recomendaciones a dirigentes y propietarios de empresas para que impongan medidas disciplinarias a miembros de su personal.

156.Los inspectores estatales del trabajo realizan verificaciones anuales del cumplimiento de la legislación sobre el trabajo de la mujer. El propósito fundamental de esas verificaciones consiste en controlar el respeto a los derechos constitucionales de la mujer al trabajo, las disposiciones de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer relativas al ejercicio del derecho al trabajo, a las mismas oportunidades de empleo que el hombre, a elegir libremente profesión y empleo; al ascenso; a la plena remuneración por el trabajo, incluidas las prestaciones; a igualdad de trato con respecto a un trabajo de igual valor, así como a igualdad de trato con respecto a la evaluación de la calidad del trabajo; a recibir ayuda en caso de pérdida de la capacidad laboral, a vacaciones pagadas; y a la seguridad en las condiciones de trabajo.

157.Durante las verificaciones se comprueba también el cumplimiento de las disposiciones de la Convención antes mencionada, como la prohibición del despido por motivo de embarazo o licencia de maternidad y la discriminación; la discriminación en los despidos sobre la base del estado civil; la licencia de maternidad retribuida sin pérdida del empleo previo, y la protección especial de la mujer durante el embarazo.

158.En 2010 los inspectores estatales del trabajo efectuaron verificaciones en 2.537 empresas, instituciones y organizaciones donde trabajan mujeres. En 1.952 de estas se detectaron violaciones de la legislación relativa al empleo de la mujer.

159.A raíz de las verificaciones, en 1.041 casos los inspectores estatales del trabajo de nivel territorial ordenaron a directores de empresas, instituciones y organizaciones que eliminaran las violaciones de la legislación relativa a la utilización del trabajo de la mujer.

160.En relación con las violaciones detectadas se remitieron a los tribunales de los distritos (de las ciudades) 806 actas de infracciones administrativas, y se presentó ante las fuerzas del orden la documentación de 159 inspecciones, a fin de incoar causas penales.

161.Por no acatar las legítimas exigencias de los inspectores estatales del trabajo de eliminar las violaciones de la legislación laboral detectadas, en virtud del artículo 188-6 del Código de Infracciones Administrativas de Ucrania se impusieron multas a 46 dirigentes de empresas, instituciones y organizaciones.

162.En 10 meses de 2010 los Servicios territoriales de inspección estatal del trabajo verificaron el cumplimiento de las garantías mínimas para la remuneración laboral en 28.068 empresas. En 2.005 de las empresas inspeccionadas se incumplían las normas de la cuantía del salario mínimo establecidas en el artículo 95 del Código de leyes laborales de Ucrania.

163.Como resultado de las inspecciones se dictaron 6.538 órdenes de eliminar las violaciones de la legislación en materia de garantías mínimas del pago por el trabajo y se levantaron y presentaron ante los tribunales 5.044 actas de responsabilidad administrativa. Además, los inspectores estatales del trabajo emitieron 1.690 resoluciones de responsabilidad administrativa contra funcionarios que incumplieron sus legítimas exigencias de eliminar las violaciones de la legislación laboral en relación con las garantías mínimas del pago por el trabajo. Asimismo, se presentaron a las fuerzas del orden 1.080 documentos sobre esas cuestiones. En 1.233 casos se recomendó a los propietarios de empresas que aplicaran medidas disciplinarias contra directivos de esas entidades.

164.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 21 y las recomendaciones del párrafo 44 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre el cumplimiento del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

165.A fin de mantener constantemente bajo control la aplicación de la legislación sobre el trabajo infantil, cada año los funcionarios de los Servicios territoriales de inspección del trabajo verifican su cumplimiento por empresas, organizaciones e instituciones, así como por personas físicas que son sujetos de actividad económica, En ese sentido, en 2010 se verificaron 441 empresas.

166.Se detectaron violaciones de la legislación sobre el trabajo infantil, incluida su utilización en días feriados, trabajo nocturno y en horas extras, en 251 empresas, lo que representa el 56,9% de las inspeccionadas. La mayor parte de las violaciones tuvieron lugar en empresas privadas.

167.En las inspecciones se descubrieron violaciones del artículo 190 del Código de leyes laborales de Ucrania, el Convenio Nº 182 y la recomendación Nº 190 de la OIT, sobre las peores formas de trabajo infantil. De ese modo en las inspecciones se conocieron los casos de 16 niños que trabajaban en condiciones duras y nocivas.

168.Se aplican sanciones administrativas contra los directivos de las empresas que cometan las violaciones antes descritas. De ese modo, como resultado de las inspecciones se levantaron y presentaron ante los tribunales 195 actas de responsabilidad administrativa por la violación de la legislación sobre el trabajo infantil.

169.De conformidad con el artículo 188-6 del Código de Infracciones Administrativas de Ucrania, se exigió responsabilidad administrativa a cuatro directivos por el incumplimiento de las legítimas exigencias de los inspectores estatales del trabajo.

170.En la Ley de protección del trabajo de Ucrania se definen los principios fundamentales del ejercicio del derecho constitucional de los trabajadores a la protección de la vida y la salud en su actividad laboral, se regulan, con la participación de los órganos competentes del poder estatal, las relaciones entre los empleadores y los trabajadores en materia de seguridad del trabajo y se establece un procedimiento único para organizar la protección del trabajo en Ucrania.

171.La política estatal en materia de protección del trabajo se basa en el principio de que la vida y la salud de los trabajadores tienen importancia prioritaria y que es responsabilidad del empleador crear condiciones de trabajo adecuadas, seguras e inocuas para los trabajadores.

172.El Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas está elaborando propuestas para formular la política estatal en materia de seguridad y protección del trabajo en la industria y el mecanismo de su aplicación, lleva a cabo la política estatal en ese sentido, organiza y vigila la aplicación de las leyes y otros instrumentos jurídicos normativos sobre protección del trabajo, investiga y contabiliza los accidentes sujetos a una indagación especial, analiza sus causas y elabora propuestas para prevenirlos. El Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas lleva a cabo una labor de coordinación y supervisión de las actividades y funciones que realizan los órganos centrales y locales del poder ejecutivo y de autogobierno local en la esfera de la gestión estatal de la protección del trabajo; organiza consultas entre los empleadores y los trabajadores o sus representantes, así como entre todos los grupos sociales, en relación con la adopción de decisiones en materia de protección del trabajo a nivel estatal y local.

173.Se han elaborado las Recomendaciones sobre la interacción de los órganos territoriales del Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas con los órganos locales del poder ejecutivo y los órganos de autogobierno local para mejorar la situación de la seguridad industrial y la protección del trabajo en las regiones. Con vistas a proporcionar ayuda metodológica a los empleadores, dicho Comité Estatal elaboró las Recomendaciones para crear un sistema de gestión de la protección del trabajo en la producción. Se han preparado proyectos de ley y de resoluciones gubernamentales encaminados a exigir mayor responsabilidad a los empleadores por la garantía de un nivel adecuado de seguridad industrial, con vistas a aproximar el nivel de seguridad del trabajo en Ucrania a la media europea.

174.La preparación del proyecto de ley de ratificación del Convenio Nº 155 de la OIT, sobre seguridad y salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo, de 1981, por parte del Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas, constituye un importante paso en el proceso de aplicación de los tratados internacionales en la legislación de Ucrania.

175.El Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas ha elaborado el proyecto de ley de modificación del Código Presupuestario de Ucrania, en relación con la financiación de medidas de protección del trabajo con cargo al presupuesto del Estado y los presupuestos locales.

176.En cumplimiento de las disposiciones de la Ley de principios fundamentales del control estatal en la actividad económica, en virtud de la resolución Nº 413 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 28 de abril de 2009, se aprobaron los Criterios para evaluar el nivel de riesgos derivados de la actividad económica en el ámbito de la seguridad industrial y la protección del trabajo y se determinó la periodicidad de las medidas de control estatal planificadas.

177.Se dedica especial atención a la tarea de adaptar los instrumentos jurídicos normativos de protección del trabajo de Ucrania a la legislación de la Unión Europea, así como de elaborar nuevos instrumentos jurídicos normativos sobre protección del trabajo y revisar los vigentes. Se perfeccionan la metodología, el sistema de enseñanza, elevación de la calificación y comprobación de los conocimientos sobre protección del trabajo de directivos de empresas, funcionarios públicos y otros especialistas responsables en esa esfera.

178.El Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas, el Ministerio de Educación y Ciencia y el Ministerio de Situaciones de Emergencia emitieron la orden conjunta Nº 969/922/216 de 21 de octubre de 2010, relativa a la organización y el perfeccionamiento de la formación universitaria en materia de protección del trabajo, seguridad física y protección civil. En la Orden se establece un volumen de asignaturas normativas sobre protección del trabajo conforme al Sistema de Transferencia y Acumulación de Créditos de la Unión Europea (ECTS).

179.En la gestión integral de la seguridad industrial y la protección del trabajo reviste especial importancia la elaboración de los fundamentos del Programa estatal para mejorar la seguridad, la higiene del trabajo y el entorno productivo para el período 2012-2016. El Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas está elaborando el proyecto de resolución correspondiente del Gabinete de Ministros.

180.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 57 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

181.A fin de perfeccionar la legislación nacional en consonancia con los valores europeos, el 4 de marzo de 2011 Ucrania ratificó los Convenios de la OIT Nº 174, sobre la prevención de accidentes industriales mayores y Nº 176, sobre seguridad y salud en las minas.

182.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 16 y las recomendaciones del párrafo 39 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

183.En los últimos años en Ucrania se ha observado una tendencia a la reducción del número de traumatismos, accidentes y situaciones de emergencia en la industria. Sin embargo, lamentablemente persiste un elevado número de traumatismos.

184.En comparación con 2006, en 2010 en casi todos los sectores de la economía se redujo el número total de víctimas de accidentes industriales (de 18.992 a 11.698 personas, o sea en 38%) y de fallecidos a causa de esos accidentes (de 1.077 a 644, o sea en 40%). En el mismo período la cifra de fallecidos por traumatismos mortales disminuyó de 168 a 131 en la industria carbonífera; en la metalurgia, de 42 a 27; la industria mecánica, de 61 a 31; la construcción, de 152 a 72; el complejo agroindustrial, de 197 a 102; los servicios de inspección de calderas, de 31 a 11; y las empresas de transporte, de 18 a 4. Durante 2010, en las minas de carbón sufrieron traumatismos 4.888 mineros, de los cuales fallecieron 131, en comparación con 5.251 (de ellos 151 fallecidos) en 2009. En 2010 la tasa de traumatismos mortales por cada millón de toneladas de carbón extraído fue de 1,75 contra 2,1 en 2009. En 2010 fallecieron de enfermedades cardiovasculares mientras trabajaban en el subsuelo 30 mineros, en comparación con 27 en 2009, año en que en las minas de Ucrania ocurrieron 27 averías y accidentes en grupo y sufrieron traumatismos 193 personas, de las cuales fallecieron 44. En 2010 en las minas de Ucrania se produjeron 28 averías y accidentes en grupo, como consecuencia de los cuales sufrieron traumatismos 107 personas, 22 de las cuales fallecieron.

185.Las causas fundamentales de los accidentes en grupo ocurridos en las minas han sido violaciones del régimen de concentración de polvo y gases, la tecnología de acarreo de cargas, incumplimiento de los requisitos del sistema de gestión de la protección del trabajo y violación de las normas de seguridad.

186.Ucrania no deja de adoptar medidas para reducir el número de traumatismos en las minas de carbón. Entre 2004 y 2009 en 26 minas de carbón se introdujeron sistemas de telecomunicación unificados de control del movimiento y mando automatizado de las máquinas y complejos tecnológicos mineros. Han proseguido los trabajos para implantar el sistema en otras tres minas de carbón. En 2009 el sistema se automatizó totalmente, con lo que aumentó considerablemente su eficacia en la prevención de explosiones, incendios, averías y accidentes en grupo, y especialmente, de muertes de mineros. De ese modo ha sido posible reducir el número de averías y traumatismos en las minas de carbón.

187.Es objetivo permanente del Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas reforzar la vigilancia estatal sobre la aplicación de la legislación y los instrumentos normativos de protección del trabajo por las entidades económicas, los funcionarios y los trabajadores. En 2010 los órganos territoriales del Comité Estatal efectuaron 171.295 verificaciones integrales del cumplimiento de las leyes y otros instrumentos jurídicos normativos de protección del trabajo y seguridad en el empleo de sustancias explosivas de uso industrial en entidades económicas y productivas. Se detectaron 1.632.271 violaciones de las normas de protección del trabajo. En 131.248 casos en que se observaron amenazas contra la vida y la salud de los trabajadores, los funcionarios del Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas ordenaron la suspensión temporal de la producción, los trabajos o los servicios en las entidades incumplidoras. Se exigió responsabilidad por violar la legislación de protección del trabajo a 88.694 empleados, incluidos 19.044 directivos, y se envió a los órganos de la Fiscalía documentación relacionada con 2.233 empleados.

188.En los últimos años se han obtenido algunos resultados positivos en la esfera de la seguridad industrial y la protección del trabajo. Al mismo tiempo, con vistas a lograr el nivel de los indicadores de los países más avanzados, el Comité Estatal de Seguridad Industrial, Protección del Trabajo y Supervisión de Minas sigue dedicando atención a los siguientes objetivos principales:

Elevar el nivel de seguridad industrial durante la realización de trabajos peligrosos y la explotación de equipos de alta seguridad;

Reforzar la vigilancia estatal sobre los trabajos realizados en el subsuelo de minas de carbón;

Aumentar la eficacia de la gestión integral de la seguridad industrial y la protección del trabajo en las obras de la Eurocopa 2012;

Asegurar el cumplimiento de las medidas encaminadas a perfeccionar los trabajos de las empresas de gas y gasificación para el suministro de gas natural al sector doméstico;

Organizar la ejecución de medidas preventivas en materia de seguridad industrial por medio de programas estatales, sectoriales y regionales para aumentar el nivel de seguridad, higiene del trabajo y mejora del entorno productivo, dirigidos a introducir tecnologías avanzadas y utilizar medios modernos de protección individual y colectiva;

Seguir perfeccionando los principios jurídicos de la seguridad industrial y la protección del trabajo con vistas a ajustarlos a las normas de la Unión Europea.

Artículo 8

Derechos de los sindicatos

189.De conformidad con el artículo 36 de la Constitución de Ucrania los ciudadanos tienen derecho a participar en sindicatos para proteger sus derechos e intereses laborales y socioeconómicos.

190.En consonancia con el artículo 243 del Código de leyes laborales, el artículo 6 de la Ley de sindicatos, de sus derechos y de las garantías de su actividad, los ciudadanos de Ucrania tienen derecho a crear sindicatos por su libre voluntad y sin solicitar ningún permiso, a afiliarse y separarse de estos de la forma definida en sus estatutos, y a participar en la labor sindical.

191.Además, en las partes primera a tercera del artículo 7 de dicha ley, se establece que pueden ser miembros de sindicatos las personas que trabajen en una empresa, institución u organización, independientemente de su forma de propiedad y tipo de gestión económica, o con una persona física que utiliza fuerza de trabajo asalariada, los trabajadores por cuenta propia, y las personas que estudian en centros docentes. Los ciudadanos de Ucrania eligen libremente el sindicato al que desean afiliarse. La afiliación se realiza mediante la solicitud que el ciudadano (trabajador) presenta a una organización sindical de base. Cuando se crea un sindicato la afiliación se efectúa en las asambleas constitutivas. No se podrá obligar a ninguna persona a afiliarse o no afiliarse en un sindicato.

192.En el artículo 5 de la ley se prohíbe la discriminación de personas por pertenecer a sindicatos. De ese modo, la afiliación o no afiliación a estos no conlleva ninguna restricción de los derechos y libertades laborales, socioeconómicos, políticos e individuales de los ciudadanos, garantizados en la Constitución y otras leyes de Ucrania. Se prohíbe restringir de cualquier forma los derechos o establecer cualquier tipo de privilegio en relación con la concertación, modificación o terminación del contrato de trabajo sobre la base de la afiliación sindical en general o a un sindicato en particular, el ingreso en dicho sindicato o la separación de este.

193.El hecho de que a fines de 2010 se habían creado y estaban activos 146 sindicatos panucranianos y 15 centrales sindicales panucranianas es prueba fehaciente del ejercicio del derecho de cada persona a crear sindicatos y afiliarse a ellos.

194.De conformidad con el artículo 8 de la ley, con vistas a cumplir los objetivos enunciados en sus estatutos, los sindicatos y sus organizaciones (si así se establece en los estatutos) tienen derecho a crear por su propia voluntad agrupaciones como consejos, federaciones, confederaciones, y otras, a nivel de sector de la economía, territorio, o a otro nivel, formar parte de esas agrupaciones y separarse libremente de ellas. Los sindicatos que desean agruparse suscriben el convenio correspondiente y aprueban los estatutos de la agrupación.

195.En el artículo 9 de la ley se establece que los sindicatos y sus agrupaciones tienen derecho, de conformidad con los objetivos y tareas previstos en sus estatutos, a incorporarse a sindicatos y otras organizaciones y agrupaciones internacionales que representan los intereses de los trabajadores y a participar en su labor, cooperar con sindicatos de otros países y realizar otras actividades que no sean contrarias a la legislación de Ucrania.

196.De ese modo, la Federación de Sindicatos de Ucrania, la Confederación de Sindicatos Libres de Ucrania y la Unión Panucraniana de Solidaridad son miembros de la Conferencia Internacional de Sindicatos. Los sindicatos funcionan con arreglo a la legislación y sus estatutos. En ese sentido, en el artículo 10 de la ley se establece que todos los sindicatos son iguales ante la ley y disfrutan de los mismos derechos a representar y proteger los intereses de sus afiliados.

197.De conformidad con el artículo 12 de la ley, los sindicatos y sus agrupaciones son independientes de los órganos de poder del Estado y de autogobierno local, de los empleadores, de otras organizaciones sociales y partidos políticos y no se les subordinan ni se encuentran bajo su control. Los sindicatos organizan sus actividades de forma independiente, celebran reuniones, conferencias, congresos y reuniones de los órganos que han constituido, así como otras actividades que no sean contrarias a la legislación.

198.Se prohíbe que los órganos del poder estatal y de autogobierno local, sus funcionarios, los empleadores y sus agrupaciones interfieran en las actividades previstas en los estatutos de los sindicatos, sus organizaciones y sus agrupaciones.

199.Las actividades violatorias de la Constitución y las leyes de Ucrania que realicen sindicatos y agrupaciones sindicales podrán ser prohibidas solamente en virtud de una decisión de un tribunal local, y en el caso de sindicatos y agrupaciones de nivel panucraniano o republicano, únicamente por decisión del Tribunal Supremo de Ucrania.

200.Ningún otro órgano podrá decidir la disolución, la suspensión forzosa, ni la prohibición de las actividades de sindicatos o sus agrupaciones.

201.De conformidad con el artículo 44 de la Constitución, en Ucrania todo trabajador tiene derecho a declararse en huelga para defender sus intereses económicos y sociales. Las huelgas podrán prohibirse únicamente con arreglo a la legislación.

202.En el artículo 17 de la Ley del procedimiento de solución de conflictos laborales, la huelga se define como la suspensión temporal, colectiva y voluntaria del trabajo (no asistencia al trabajo e incumplimiento de las obligaciones laborales) por el personal de una empresa, institución u organización (departamento), a fin de resolver un conflicto laboral colectivo.

203.Se recurre a la huelga como medida extrema (cuando se han agotado todos los demás recursos) para resolver un conflicto laboral colectivo, cuando el propietario o el órgano (representante) autorizado por este se niegan a satisfacer las exigencias de los trabajadores asalariados o de los sindicatos, agrupaciones sindicales o el órgano facultado por estos.

204.Los casos de prohibición de huelgas figuran en las disposiciones del artículo 24 de la Ley de solución de conflictos laborales colectivos, en particular si la suspensión del trabajo por los trabajadores representa una amenaza para la vida y la salud de las personas o para el medio ambiente, u obstaculiza las medidas de prevención de desastres naturales, accidentes, otros desastres, epidemias y epizootias, o la liquidación de sus consecuencias.

205.De conformidad con el artículo 42 de la Ley de minas de Ucrania (Nº 1127 XIV, de 6 de octubre de 1999) se prohíben las huelgas de personas que trabajan en el subsuelo en condiciones especialmente peligrosas.

206.Se prohíben las huelgas en empresas de energía eléctrica cuando estas pueden afectar la continuidad del servicio del sistema energético unificado o de calefacción en el período de otoño-invierno.

207.En diversas leyes se prohíbe que se declaren en huelga los empleados y funcionarios públicos de los órganos de autogobierno local, los miembros del ejército, la policía y los servicios de salvamento, así como el personal del servicio estatal de lucha contra incendios y de instalaciones y empresas nucleares. Se prohíbe realizar huelgas bajo estado de guerra o de excepción.

208.Se establecen restricciones para el ingreso a los sindicatos exclusivamente en la Constitución o las leyes de Ucrania. Con arreglo al artículo 127 de la Constitución, los jueces profesionales no pueden afiliarse a sindicatos.

209.De conformidad con el artículo 17 de la Ley de las Fuerzas Armadas de Ucrania, mientras una persona cumple el servicio militar cesa su condición de miembro de un sindicato. Los militares pueden ser miembros de organizaciones sociales —excepto aquellas cuyos estatutos contengan preceptos contrarios a los principios de las Fuerzas Armadas de Ucrania— y participar en su labor cuando no se encuentren de servicio.

210.De conformidad con la Ley del Servicio de Seguridad y la Ley de los órganos del Servicio de Inteligencia de Ucrania, el personal de esos órganos no podrá ser miembro, ni participar en las actividades de agrupaciones de ciudadanos que tengan objetivos políticos; mientras una persona preste servicios con arreglo a un contrato de trabajo en los órganos del Servicio de Inteligencia cesará su condición de miembro de dichas agrupaciones. A manera de excepción, se permite que sean miembros de sindicatos las personas empleadas con arreglo a un contrato de trabajo en los órganos del Servicio de Inteligencia o del Servicio de Seguridad de Ucrania.

211.En el artículo 18 de la Ley de policía de Ucrania se contempla la posibilidad de que los agentes policiales creen sindicatos.

212.El 23 de diciembre de 2010 el Consejo Supremo de Ucrania aprobó la Ley del diálogo social, en la que se definen los fundamentos jurídicos para llevar a cabo un diálogo social en Ucrania y el procedimiento de su realización, a fin de elaborar y aplicar la política social y económica del Estado, regular las relaciones laborales, sociales y económicas, así como de asegurar el aumento del nivel y la calidad de vida de los ciudadanos y la estabilidad social.

213.En la ley se enuncian los principios y formas del diálogo social, los órganos encargados de llevarlo a cabo en todos los niveles, se definen las partes en el diálogo social y los criterios de su representatividad. De ese modo, en el artículo 5 de la ley se determinan los criterios generales de representatividad de la parte sindical y la parte empleadora, a saber:

Legalización (registro) y estatuto de las organizaciones (agrupaciones) mencionadas;

Para los sindicatos y sus organizaciones y agrupaciones, número total de miembros; para las organizaciones de empleadores y sus agrupaciones, número total de empleados de las empresas que integran esas organizaciones;

Ramificaciones sectoriales y territoriales.

214.Además, de conformidad con el artículo 6, párrafo 5, de la ley mencionada, los sindicatos y agrupaciones sindicales, al igual que las organizaciones de empleadores y sus agrupaciones que no cumplan los criterios de representatividad, por decisión de sus órganos electivos podrán facultar a organizaciones y agrupaciones representativas del nivel correspondiente para que representen sus intereses, o presentar sus propuestas ante los órganos del diálogo social competentes para que las examinen. Es obligatorio que las partes examinen esas propuestas en el proceso de concertación de posiciones y adopción de acuerdos. Esa norma de la ley contribuirá a agrupar a las entidades de las partes en el diálogo social a todos los niveles y a mancomunar sus esfuerzos; y garantizará el ejercicio del derecho de todos los sindicatos y organizaciones de empleadores a representar y proteger los derechos e intereses de sus miembros.

215.Con respecto a la representatividad de los sindicatos a nivel local, es preciso señalar que, de conformidad con el párrafo 4 del artículo 6 de la Ley de participación en la negociación colectiva para la concertación de convenios colectivos de trabajo, tienen carácter representativo:

La parte de los trabajadores, constituida por las organizaciones sindicales de base, y en su defecto, el representante o los representantes que elijan libremente los trabajadores;

La parte del empleador, constituida por este y/o sus representantes autorizados.

216.La ley no establece ningún otro criterio de representatividad de los sindicatos a nivel de empresa.

217.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 17 y las recomendaciones del párrafo 40 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

218.De conformidad con el artículo 25 de la Ley de organizaciones de empleadores, esas organizaciones y sus agrupaciones reconocen a los sindicatos como representantes plenos de los trabajadores y defensores de sus derechos e intereses laborales y socioeconómicos, y contribuyen a su actividad.

219.Las organizaciones de empleadores y sus agrupaciones interactúan con los sindicatos, sus agrupaciones y otras organizaciones de trabajadores asalariados sobre la base del principio de la negociación colectiva. Los litigios (conflictos) que surgen entre ellos se resuelven de la forma establecida en la legislación.

220.Se prohíbe que las organizaciones de empleadores y sus agrupaciones interfieran en la actividad de los sindicatos, sus agrupaciones y otras organizaciones de trabajadores asalariados, y que impidan de cualquier forma y por cualquier medio que estos se organicen en sindicatos, agrupaciones sindicales y otras organizaciones de trabajadores asalariados.

221.Con arreglo al artículo 46 de la Ley de sindicatos, sus derechos y garantías de su actividad, toda persona que impida el ejercicio del derecho de sindicación, así como todo funcionario u otra persona que violen las leyes que favorecen la labor de los sindicatos, y que mediante sus actos u omisiones obstaculicen la legítima labor de los sindicatos y sus agrupaciones, incurren en responsabilidad administrativa o penal, conforme a las leyes.

222.En cuanto a la cooperación con la Federación de Sindicatos de Ucrania, cabe señalar que esta es la organización sindical más representativa del país, integrada por más de 8 millones de miembros.

223.Entre 2006 y 2010, el Gobierno de Ucrania adoptó medidas para garantizar la libertad para la creación de sindicatos, impedir la persecución de los afiliados y líderes de sindicatos independientes, y respetar el principio de igualdad de los sindicatos en las leyes y en la práctica.

224.El Gobierno emitió una serie de instrucciones a los órganos centrales y locales del poder ejecutivo a fin de garantizar de los derechos y garantías del funcionamiento de los sindicatos y las organizaciones de empleadores.

225.El 26 de diciembre de 2006 se celebró una reunión del consejo de dirección del Ministerio de Trabajo y Política Social, en la que se examinó el cumplimiento en Ucrania de las normas del Convenio Nº 87 de la OIT, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. En la reunión participaron diputados populares de Ucrania, el Coordinador Nacional de la OIT en Ucrania, representantes de la Secretaría del Gabinete de Ministros, de órganos centrales y locales del poder ejecutivo, la Fiscalía General y el Servicio de Seguridad, así como de casi todos los sindicatos panucranianos y sus agrupaciones y de las agrupaciones panucranianas de organizaciones de empleadores.

226.Como resultado de dicha reunión, se emitió la orden Nº 6 del Ministerio del Trabajo, de 10 de enero de 2007, relativa a la aplicación de las normas del Convenio Nº 87 sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. En la orden se previó realizar una labor encaminada a perfeccionar la legislación vigente. Además, se encomendó a los jefes de departamentos de los órganos centrales y locales del poder ejecutivo que organizaran seminarios de capacitación para elevar el nivel de competencia de los funcionarios con respecto a las disposiciones y normas del Convenio Nº 87 de la OIT. Asimismo, se previó capacitar a los inspectores estatales del trabajo para que llevaran a cabo el control estatal sobre el cumplimiento de la legislación laboral en lo relativo a las normas establecidas en ese Convenio.

227.El 11 de abril de 2007 en el Comité del Consejo Supremo de Ucrania se celebraron audiencias sobre política social y trabajo relativas al tema "Situación del respeto a los derechos de los sindicatos y organizaciones de empleadores en Ucrania", de conformidad con el Convenio Nº 87 de la OIT, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación. En las audiencias se señaló que una de las direcciones prioritarias del Gobierno era el desarrollo de un diálogo social constructivo que no es posible sin el respeto a los derechos y libertades de los trabajadores y empleadores. Como resultado de las audiencias se aprobaron Recomendaciones, en las que se consignaron las tareas fundamentales de los ministerios y de los órganos centrales y locales del poder ejecutivo, la Fiscalía General y las partes en la negociación colectiva, con respecto al perfeccionamiento de la labor encaminada a lograr el cumplimiento de la legislación vigente y las normas del Convenio Nº 87 de la OIT. Las cuestiones relacionadas con el respeto de los derechos y garantías para el funcionamiento de los sindicatos se examinaron también en prácticamente todos los órganos centrales y locales del poder ejecutivo.

228.El Gobierno procura que se examinen las denuncias de los sindicatos, incluidas las presentadas ante la OIT. En ese contexto, en 2006 el Gobierno de Ucrania examinó 10 solicitudes de información de la OIT sobre la violación de los derechos sindicales; 4 en 2007; 6 en 2008; y 4 en 2009; en lo que va de 2010 se han recibido 4 solicitudes de información.

229.Cada denuncia se estudia en detalle, para lo cual se crean comisiones independientes en las que están ampliamente representados los órganos de control estatal y los participantes en la negociación colectiva (el diálogo social).

230.Es preciso mencionar que la Federación de Sindicatos de Ucrania, de conformidad con las recomendaciones de la OIT, desarrolla desde 2006 una labor de vigilancia de las violaciones de los derechos sindicales y consigna la información correspondiente en el Registro único de violaciones de los derechos sindicales. En 2006 la Federación informó de 83 casos de violaciones, en 2007, de 150; en 2008, de 35; y en 2009, de 71. El Ministerio de Trabajo y Política Social espera recibir a principios de 2011 información de la Federación de Sindicatos de Ucrania sobre las violaciones cometidas en 2010.

231.En respuesta a las comunicaciones de la Federación de Sindicatos de Ucrania sobre los casos de violaciones que ha registrado, el Ministerio de Trabajo y Política Social, los órganos locales del poder ejecutivo y el Departamento estatal encargado de velar por el cumplimiento de la legislación laboral investigan las violaciones de los derechos sindicales en el lugar donde se han cometido y adoptan las medidas pertinentes para eliminarlas.

232.Además, cabe señalar que los órganos del poder ejecutivo aplican en su labor el principio de igualdad entre todos los sindicatos y cooperan no solo con la Federación de Sindicatos de Ucrania, sino también con sindicatos que no forman parte de esta. Lo anterior se pone de manifiesto en el hecho de que sindicatos panucranianos no afiliados a la Federación están representados en el consejo socioeconómico trilateral nacional y son partes en el Convenio general, incluido el nuevo Convenio general sobre la regulación de los principios y normas fundamentales para la ejecución de la política socioeconómica y las relaciones laborales en Ucrania para el período 2010-2012, que se suscribió el 9 de noviembre del presente año.

233.Los sindicatos independientes también están representados en las juntas directivas y los consejos de observadores de los fondos de seguro social estatal general y obligatorio; asimismo, forman parte de los colegios y consejos sociales creados en los órganos centrales y locales del poder ejecutivo.

234.El Gobierno de Ucrania seguirá adoptando las medidas pertinentes para garantizar el libre derecho a la sindicación, el respeto a los derechos sindicales, impedir la persecución de los miembros y líderes de sindicatos libres y otorgar garantías de pluralismo e igualdad entre los sindicatos en las leyes y en la práctica.

Artículo 9

Derecho a la seguridad social

235.En el artículo 46 de la Constitución de Ucrania se define que los ciudadanos tienen derecho a la protección social, lo que incluye el derecho a la seguridad en caso de pérdida total, parcial o temporal de la capacidad laboral, pérdida del sostén de la familia, desempleo por circunstancias independientes de su voluntad, así como por vejez y en otros casos previstos en la ley. Ese derecho se garantiza por medio del seguro social estatal general y obligatorio a expensas de las contribuciones al fondo de seguros de los ciudadanos, las empresas y organizaciones, los recursos asignados para la seguridad social en el presupuesto y otras fuentes.

236.Desde el 1 de abril de 2008 las pensiones mínimas y otras formas de pagos y prestaciones sociales que son la principal fuente de subsistencia de las personas que han perdido la capacidad laboral se han establecido en una cuantía no inferior al nivel mínimo de subsistencia establecido en la ley.

237.Con vistas a seguir perfeccionando el sistema de seguridad social, el Consejo Supremo de Ucrania aprobó el 8 de julio de 2010 la Ley del sistema de recaudación y contabilidad de la cuota única del seguro social estatal general y obligatorio, que entró en vigor el 1 de enero de 2011.

238.La cuota única del seguro social estatal general y obligatorio es una contribución combinada a todos los tipos de seguro social estatal general y obligatorio, o sea: el Fondo de pensiones, el Fondo de seguro social por desempleo, el Fondo de seguro social por pérdida temporal de la capacidad laboral y el Fondo de seguro social por accidente.

239.Es competencia de los órganos del Fondo de pensiones llevar el control de los contribuyentes de la cuota social única, recaudar y contabilizar los recursos del seguro, controlar su pago completo y oportuno y llevar el Registro estatal del seguro social estatal y obligatorio. Los contribuyentes pagarán la cuota única a las cuentas del Fondo de pensiones en el Tesoro Público y posteriormente esas sumas se distribuirán entre los cuatro fondos de seguro social.

240.En la actualidad los cuatro fondos del seguro social estatal general y obligatorio tienen diferentes formas de contabilidad y plazos de prestación. La unificación de las cuotas sociales simplificará su administración para el Estado y para las empresas, reducirá los gastos de los contribuyentes y les permitirá presentar un informe sobre el pago de las contribuciones en lugar de cuatro y registrarse en un solo fondo, y solamente un fondo verificará el pago de la cuota social única.

241.Se espera que el nuevo procedimiento para el pago de las cuotas contribuya a aumentar los ingresos en los fondos de seguro social, lo que en el futuro permitirá incrementar los pagos del seguro. Además, los fondos, liberados de un número considerable de obligaciones administrativas, podrán reorientar su actividad al trabajo con las personas aseguradas.

242.Las tarifas de la cuota social única están constituidas por las tarifas de las cuotas vigentes en la actualidad en los cuatro fondos de seguro social. La ley determina el monto de la cuota social única para cada categoría de contribuyentes, a saber: para los empleadores, en dependencia de la clase de riesgo profesional de la producción, es del 36,76% al 49,7% del gasto salarial, para los trabajadores asalariados, el 3,6% de las sumas de su remuneración, así como de la proporción de su distribución entre los fondos. Se distinguen algunas tarifas, como las que se aplican a las empresas y organizaciones que emplean a personas con discapacidad, en cuyo caso la cuota mínima es el 8,41% de la base del cálculo de la cuota para los trabajadores asalariados con discapacidad.

243.Los pagos medios mensuales del seguro se ajustan en caso de que en el año calendario precedente se haya incrementado el salario medio mensual en las ramas de la economía nacional, según los datos del órgano central de estadísticas del poder ejecutivo. El ajuste se realiza a partir del 1 de marzo del siguiente año. Cabe señalar que la suma del pago medio mensual del seguro no está sujeta a reducción.

244.En 2006 el Fondo de seguro social por accidente aumentó en un 20,3% los pagos medios mensuales del seguro:

A partir del 1 de marzo de 2007, en un 18,3%;

A partir del 1 de marzo de 2008, en un 12,5%;

A partir del 1 de marzo de 2009, en un 6,3%.

245.Las prestaciones por nacimiento de un hijo y por la crianza de un hijo de hasta 3 años de edad, que hasta 2007 también se otorgaban con cargo a los recursos del Fondo de seguro social por pérdida temporal de la capacidad laboral, desde ese año se financian con cargo al presupuesto del Estado y son pagadas por los órganos de trabajo y seguridad social de la población.

246.En la Ley del seguro social estatal general y obligatorio por pérdida temporal de la capacidad de trabajo y por gastos funerarios se establece que la prestación por pérdida temporal de la capacidad de trabajo se proporcionará en forma de una ayuda pecuniaria que compense total o parcialmente la pérdida del salario o los ingresos.

247.La prestación por pérdida temporal de la capacidad de trabajo se paga a los beneficiarios del seguro en dependencia del tiempo que hayan cotizado y en las proporciones siguientes:

60% del salario o los ingresos medios a los asegurados que hayan cotizado por un período de hasta cinco años;

80% del salario o los ingresos medios a los asegurados que hayan cotizado por un período de cinco a ocho años;

100% del salario o los ingresos medios a los asegurados que hayan cotizado por un período superior a ocho años;

100% del salario o los ingresos medios a los asegurados que sean víctimas del desastre de Chernobyl de las categorías 1 a 4; a uno de los progenitores o tutores de un niño de hasta 14 años de edad que sea víctima del desastre de Chernobyl; a los veteranos de guerra y a las personas a quienes se aplica la Ley del estatuto de los veteranos de guerra y de la garantía de su protección social, a las víctimas de persecución nazi, de conformidad con la Ley de víctimas de la persecución nazi; y a los donantes que tienen derecho a la exención prevista en el artículo 10 de la Ley de donantes de sangre y sus componentes.

248.La prestación para los gastos funerarios del asegurado o de una persona a su cargo se otorga en la cuantía establecida por la dirección del Fondo, pero esta no será inferior al nivel mínimo de subsistencia establecido por la ley. De conformidad con las resoluciones de la dirección del Fondo de seguro social por pérdida temporal de la capacidad de trabajo, a partir del 1 de enero de 2008, la prestación por gastos funerarios con cargo a los recursos del Fondo es de 1.400 jrivnias.

249.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 18 y las recomendaciones del párrafo 41 de las observaciones formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

250.Teniendo en cuenta que hasta fines de 2009 el salario mínimo estaba por debajo del nivel mínimo de subsistencia, en el párrafo 3 de la parte resolutiva de la Ley del seguro social estatal general y obligatorio para casos de desempleo se establece, a fin de evitar consecuencias negativas en el mercado de trabajo, que mientras la economía no se haya estabilizado, el Consejo Supremo de Ucrania fijará cada año la cuantía mínima de las prestaciones por desempleo simultáneamente con el monto de las cuotas del seguro, sobre la base de las posibilidades reales del Fondo de seguro social estatal general y obligatorio por desempleo.

251.A continuación se relacionan los datos del nivel mínimo de subsistencia:

2006: nivel mínimo de subsistencia: 483 a 505 jrivnias; salario mínimo: 350 a 400 jrivnias (del 72,5% al 79,2% del nivel mínimo de subsistencia).

2007: nivel mínimo de subsistencia: 525 a 568 jrivnias; salario mínimo: 400 a 460 jrivnias (del 76,2% al 81% del nivel mínimo de subsistencia).

2008: nivel mínimo de subsistencia: 633 a 669 jrivnias; salario mínimo: 515 a 605 jrivnias (81,4% al 90,4% del nivel mínimo de subsistencia).

2009: nivel mínimo de subsistencia: 669 a 744 jrivnias; salario mínimo: 605 a 744 jrivnias (90,4% al 100% del nivel mínimo de subsistencia).

2010: nivel mínimo de subsistencia: 869 a 922 jrivnias; salario mínimo: 869 a 922 jrivnias (del 100% al 100% del nivel mínimo de subsistencia).

252.Sobre la base de sus posibilidades, el Fondo de seguro social estatal general y obligatorio por desempleo ha establecido las cuantías mínimas de la prestación por desempleo a las personas aseguradas. A continuación se relacionan las prestaciones por desempleo para las personas aseguradas, en dependencia del período en que hayan cotizado, y para los militares que hayan sido licenciados debido a reducciones:

2006: 160 a 190 jrivnias (del 33,1% al 37,6% del nivel mínimo de subsistencia);

2007: 190 a 235 jrivnias (del 36,2% al 41,4% del nivel mínimo de subsistencia);

2008: 290 a 500 jrivnias (del 45,8% al 74,7% del nivel mínimo de subsistencia);

2009: 500 a 500 jrivnias (del 74,7% al 67,2% del nivel mínimo de subsistencia);

2010: 500 a 700 jrivnias (del 57,5% al 75,9% del nivel mínimo de subsistencia).

Para otras personas aseguradas y para las personas no aseguradas:

2006: 118 a 132 jrivnias (24,4% al 26,1% del nivel mínimo de subsistencia);

2007: 132 a 160 jrivnias (25,1% al 28,2% del nivel mínimo de subsistencia);

2008: 210 a 360 jrivnias (33,2% al 53,8% del nivel mínimo de subsistencia);

2009: 360 a 360 jrivnias (53,8% al 48,4% del nivel mínimo de subsistencia);

2010: 360 a 500 jrivnias (41,4% al 54,2% del nivel mínimo de subsistencia).

253.La Ley de ayuda social del Estado a las personas con discapacidad desde la infancia y a los niños con discapacidad se basa en el principio de que la asistencia pecuniaria que se proporcione a sus beneficiarios sea una proporción porcentual del nivel mínimo de subsistencia establecido para las personas que han perdido la capacidad de trabajo, y para los niños de la edad correspondiente a la de los niños con discapacidad beneficiados.

254.Después de 2006 la cuantía de la asistencia social del Estado a las personas con discapacidad desde la infancia y a los niños con discapacidad, así como las primas por su cuidado se fijó en una proporción porcentual del nivel mínimo de subsistencia establecido para las personas que han perdido la capacidad laboral y para los niños de la edad correspondiente a la de los niños beneficiados, sin llegar a equipararse al nivel mínimo de subsistencia. Desde el 1 de abril de 2008 la ayuda social del Estado equivale a no menos del nivel mínimo de subsistencia para las personas que han perdido la capacidad de trabajo.

255.En dependencia del grupo de discapacidad, en enero de 2010 la prestación había aumentado, en comparación con el mismo período de 2009, de 151,00 a 306,85 jrivnias, y al 1 de diciembre de 2010 era de 734,00 a 1.249,20 jrivnias. Durante 2010 esa prestación registró aumentos entre 39,00 y 68,95 jrivnias.

256.A continuación se relacionan las cuantías de los pagos mensuales de pensiones, de conformidad con los datos estadísticos disponibles:

2006: 451,9 jrivnias;

2007: 589,3 jrivnias;

2008: 879,5 jrivnias;

2009: 986,9 jrivnias;

en 9 meses de 2010: 1.131,1 jrivnias.

1 de enero de 2006

1 de enero de 2007

1 de enero de 2008

1 de enero de 2009

1 de enero de 2010

Pensión mínima (jrivnias )

350

380

470

544

695

Pen sión por discapacidad (jrivnias )

Grupo I

350

380

470

544

695

Grupo II

315

342

423

544

695

Grupo III

175

190

235

544

695

Pensión en caso de pérdida del sostén de la familia (jrivnias)

Por 1 persona a cargo

284,69

284,69

284,69

544

695

Por 2 personas a cargo

284,69

284,69

284,69

652,8

834

Por 3 personas a cargo

284,69

284,69

284,69

816

1 042,5

Ayuda social mínima a las personas que no tienen derecho a pensión y a las personas con discapacidad (jrivnias)

Madre heroína

155

170

470

544

695

Clérigos

77,50

95,00

235,00

544

695

Por jubilación

46,50

51,00

141,00

544

695

Personas con discapacidad del grupo I

165,00

181,50

470,00

544

695

Personas con discapacidad del grupo II

132,00

145,20

376,00

544

695

Personas con discapacidad del grupo III

99,00

108,90

282,00

544

695

Todos los pagos se efectúan en su totalidad y puntualmente.

257.En la Ley del seguro social estatal general y obligatorio por desempleo se establece la asistencia pecuniaria para las personas que quedan parcialmente desempleadas debido a una reducción temporal forzosa de la jornada laboral normal o establecida en la legislación de Ucrania, una interrupción en el pago del salario o una reducción salarial debida a una suspensión temporal de la producción que no implique la terminación de las relaciones laborales, por dificultades económicas, tecnológicas o estructurales (art. 1, párr. 7, de la ley). Esa norma estuvo vigente solo en 2009.

258.Además del apoyo pecuniario por desempleo, se aplica un conjunto de medidas para propiciar la más rápida reincorporación de los trabajadores a la actividad laboral. Con ese propósito se proporcionan servicios sociales de capacitación profesional, recalificación, elevación de la calificación, orientación profesional, información y consultoría, asignación de recursos a los empleadores a fin de que creen nuevos puestos de trabajo para los desempleados y organización de trabajos sociales remunerados para los desempleados.

259.La crisis financiera ha influido en la economía de Ucrania en su conjunto, incluido el sistema de protección y seguridad social, en ese contexto:

Un mayor número de personas ha recurrido al Servicio de Empleo, con el consiguiente incremento de los gastos por concepto de pago de asistencia pecuniaria;

Ha aumentado el número de trabajadores en jornada parcial;

Se ha reducido el número de trabajadores asalariados, lo que ha reducido los ingresos en el presupuesto del Fondo.

260.Con vistas a estabilizar el mercado de trabajo, se adoptó la Ley de modificación de algunas leyes de Ucrania para reducir al mínimo las consecuencias de la crisis financiera mundial en la esfera del empleo de la población, en virtud de la cual, en 2009:

Entraron en vigor los artículos 24 a 26 de la Ley del seguro social estatal general y obligatorio por desempleo, con arreglo a los cuales se otorgan prestaciones por desempleo parcial cuando los trabajadores sufren la pérdida parcial o la reducción del salario por motivos económicos derivadas de la crisis financiera internacional;

Se previó aumentar en 0,4 puntos porcentuales las cuotas del Fondo de seguro social por desempleo y fijarlo en el 2,2% del fondo salarial (1,6% para los empleadores y 0,6% para los trabajadores asalariados) a cuenta de la reducción en 0,1 puntos porcentuales respectivamente de las cuotas que pagan los empleadores al Fondo de seguro por accidentes laborales y al Fondo de seguro por pérdida temporal de la capacidad de trabajo, y del aumento adicional en 0,1 puntos porcentuales de las cuotas que los empleadores y los trabajadores asalariados abonan al Fondo de seguro social general y obligatorio por desempleo;

El número de personas con derecho al seguro obligatorio general por desempleo se ha ampliado mediante la inclusión de los trabajadores que prestan servicios por contratos de derecho civil, los militares, los pensionados y los extranjeros que trabajan en el país con arreglo a contratos temporales, si otra cosa no se establece en los tratados internacionales en que es parte Ucrania;

Se han puesto en práctica medidas para proteger el mercado interno de trabajo.

261.A fin de contribuir a la estabilidad del sistema presupuestario del Fondo, lograr que este reaccione rápidamente ante los cambios del mercado de trabajo y asegurar la financiación necesaria para que los pagos en efectivo se efectúen en su totalidad, se ha optimizado la parte del presupuesto correspondiente a los gastos, de conformidad con los requisitos establecidos en los instrumentos normativos para la organización del proceso presupuestario en 2009.

262.En Ucrania se ha conservado el derecho a la jubilación a los 55 años para las mujeres y a los 60 para los hombres, con la posibilidad de jubilarse a mayor edad, con lo que su cuantía se incrementa del 3% por un año de aplazamiento hasta el 85,32% por diez años o más.

263.El sistema de pensiones se complementa con un mecanismo de facilidades, compensaciones y garantías, un programa de subsidios para la vivienda y otras formas de ayuda social del Estado a las personas de edad, las personas con discapacidad y las familias con hijos.

264.Tras la promulgación de la Ley del presupuesto estatal de Ucrania para 2010, se ha asegurado la aplicación de las normas sociales. Se han realizado reajustes en relación con el aumento del nivel mínimo de subsistencia en los siguientes aspectos:

Pensiones mínimas (incluidas las pensiones de los niños);

Primas sobre las pensiones por sobrepasar la norma de años de servicio (calculadas sobre la base del nivel mínimo de subsistencia);

Primas, aumentos, pensiones adicionales y otros pagos cuya cuantía se calcula sobre la base del nivel mínimo de subsistencia (incremento de la pensión de los veteranos de guerra y de las víctimas de la persecución nazi, pensión adicional para las víctimas del desastre de Chernobyl, primas sobre las pensiones de los donantes y pensiones por servicios especiales).

265.Además, en ese período, de conformidad con las decisiones adoptadas por el Gobierno de Ucrania, se aprobaron las siguientes medidas:

Desde el 1 de marzo de 2010 se incrementaron las pensiones de algunas categorías de ciudadanos como resultado del incremento en 1,1% del salario mensual del personal de plantilla, lo que corresponde al 20% del ritmo de crecimiento del salario medio mensual en Ucrania en el año precedente;

Se reguló el mecanismo de revisión de las pensiones de los militares que prestaron servicios en armas nucleares y de las personas de algunas otras categorías, con lo que se ha eliminado la desproporción en el monto de las pensiones de los jubilados del ejército;

Se definieron legislativamente las condiciones de participación y cotización fija de los trabajadores por cuenta propia en el seguro de pensiones.

266.Todas las medidas encaminadas a mejorar las pensiones de los ciudadanos han permitido aumentar considerablemente su cuantía. En ese sentido la pensión mínima al 1 de octubre de 2010 (723 jrivnias) aumentó en el 107% en comparación con enero de 2006 (350 jrivnias), y al final del año era de 734 jrivnias.

267.Al 1 de octubre de 2010, tras los ajustes realizados, la pensión media ascendía a 1.123,58 jrivnias, es decir, había aumentado en casi el 255% en comparación con enero de 2006 (316,2 jrivnias).

268.El Gobierno de Ucrania aprobó el Programa de reformas económicas para el período 2010-2014 "Por una sociedad próspera, una economía competitiva y un poder eficaz". En este se definen puntos de referencia precisos en relación con la reforma de la economía del país, y en particular, con la reforma del seguro de pensiones y se propone modificar sustancialmente el sistema del seguro de pensiones. En el marco de la reforma se prevé fortalecer la protección social de las personas que han perdido la capacidad de trabajo y garantizarles un nivel de vida digno. Según lo planificado, las medidas definidas en el programa se realizarán en el período 2010-2013 en tres etapas.

269.Para lograr el objetivo planteado es de primordial importancia asegurar la estabilidad financiera del sistema de pensiones. En ese sentido se propone lo siguiente:

Elevar el papel de los años de cotización y de los salarios devengados en el momento de calcular la cuantía de la pensión;

Eliminar las desproporciones en las pensiones otorgadas en diferentes años;

Limitar la cuantía máxima de las pensiones pagadas con cargo al sistema solidario y/o a los recursos del presupuesto del Estado.

270.En el bienio 2011-2012 se prevé continuar perfeccionando los instrumentos que regulan el funcionamiento de actividad de los fondos de pensiones acumulativos.

271.El otorgamiento y pago de las pensiones a los ciudadanos de Ucrania, incluidos los que residen permanentemente en el extranjero, se regulan en la Ley del seguro de pensiones público, general y obligatorio, en otras leyes e instrumentos jurídicos normativos, así como en los tratados (convenios) internacionales sobre pensiones ratificados por el Consejo Supremo de Ucrania.

272.De conformidad con el artículo 51, en caso de que un pensionado traslade permanentemente su lugar de residencia al extranjero y así lo solicite, la pensión otorgada en Ucrania se le podrá pagar con seis meses de antelación a su salida del país, contados a partir del mes inmediato posterior a su baja en el registro de su lugar de residencia permanente. Durante la estancia del ciudadano en el extranjero, se le pagará la pensión en caso de que así se establezca en un tratado internacional ratificado por el Consejo Supremo de Ucrania. A comienzos de 2011 Ucrania había concertado tratados (convenios) internacionales sobre pensiones con 21 países, de ellos, con 14 por el principio territorial, y con los demás por el principio proporcional.

273.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 56 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

274.Con respecto a la decisión adoptada el 9 de julio de 2007 por el Tribunal Constitucional sobre el cumplimiento de la Constitución en los artículos de la Ley del presupuesto estatal de Ucrania para 2007, relativos a las garantías sociales, cabe señalar que se cumplen plenamente las disposiciones relacionadas con la seguridad social de los ciudadanos.

275.La política estatal en materia de protección social de las personas de edad, las personas con discapacidad y otros ciudadanos que no poseen capacidad de trabajo se basa también en las disposiciones de la Constitución, las Leyes del estatuto de los veteranos de guerra y la garantía de su protección social, la Ley de principios fundamentales de la protección social de los veteranos del trabajo y de otras personas de edad en Ucrania, la Ley de fundamentos de la protección social de las personas con discapacidad y la Ley de servicios sociales, entre otros instrumentos legislativos.

276.Actualmente el Ministerio del Trabajo dispone de un sistema de servicios sociales destinado en primer lugar a prestar ayuda y protección a los veteranos de guerra y del trabajo, los pensionados, las personas de edad que viven solas y las personas con discapacidad. Los ciudadanos de esas categorías reciben los cuidados y atenciones incluidos en la seguridad social, servicios de rehabilitación social y sociomédica, ayuda pecuniaria y en especie, y otras prestaciones, por medio de una red de instituciones ampliamente desarrollada.

277.Además, en la legislación de Ucrania, y en particular en la resolución Nº 558 del Gabinete de Ministros, de 29 de abril de 2004, a las personas físicas que no trabajan se les otorga el derecho a prestar servicios sociales a las personas que necesitan los cuidados de otra persona y que por diversas causas no se benefician de los servicios de los centros territoriales. En ese contexto, para las personas que prestan servicios de cuidado y tutela se prevé el pago de una compensación monetaria cuya cuantía se determina en porcentajes del valor del nivel mínimo de subsistencia. La introducción de esta forma básicamente novedosa de servicios sociales, que llegan directamente a quienes más los necesitan, ha permitido organizar servicios sociales individuales para más de 90 mil ciudadanos.

278.Dada la situación derivada del aumento de la proporción de personas de edad y personas con discapacidad en la estructura demográfica general de Ucrania, aumenta constantemente la necesidad de servicios sociales, lo que pone de manifiesto la necesidad de realizar cambios.

279.El sistema de seguridad social de Ucrania ha comenzado a transformarse en un sistema de servicios sociales. La Ley de servicios sociales (2004) sentó las bases organizativas y jurídicas de su prestación a las personas que viven en circunstancias complejas y deben recibir cuidados de otras; se ha ampliado considerablemente el número de beneficiarios de servicios sociales y se han definido los principios básicos de su prestación, formas y tipos, así como los derechos y deberes de las entidades encargadas de proporcionar esos servicios.

280.La aprobación de la Ley de servicios sociales ha conllevado nuevos cometidos en materia de política social del Estado, entre las cuales uno de los más importantes es elaborar y poner en práctica mecanismos modernos y eficaces para el funcionamiento del sistema de servicios sociales. Las elevadas exigencias que se plantean ante ese sistema obedecen a la responsabilidad asumida por el Estado de proporcionar servicios sociales de alto nivel a todos los que los necesitan.

281.En la actualidad el Ministerio de Trabajo y Política Social se concentra en la elaboración de las bases conceptuales de la nueva política de servicios sociales. Gracias a la labor de especialistas de ese Ministerio y de otros órganos centrales del poder ejecutivo, organizaciones y agrupaciones sociales, así como de diversos proyectos internacionales de asistencia técnica a Ucrania, se elaboró la Concepción de la reforma del sistema de servicios sociales, que fue aprobada en abril de 2007 por disposición gubernamental.

282.A fin de organizar el cumplimiento de las medidas estratégicas previstas en la Concepción de reforma del sistema de servicios sociales, el Ministerio elaboró un Plan de acción hasta 2012 (aprobado en virtud de la resolución Nº 1052-r del Gabinete de Ministros, de 30 de julio de 2008) (en lo sucesivo Plan de acción).

283. En el Plan de acción se definen las principales direcciones estratégicas en que deben centrar su atención los órganos centrales y locales del poder ejecutivo. El cumplimiento del Plan de acción debe redundar en un enfoque más personalizado de las necesidades de los ciudadanos, un aumento de la selectividad y calidad de los servicios sociales, el perfeccionamiento de la estructura organizativa y las relaciones presupuestarias e interinstitucionales, así como la introducción de sistemas de gestión de calidad, vigilancia y control del proceso de prestación de los servicios.

284.La ejecución de las direcciones fundamentales del Plan de acción permitirá elaborar en Ucrania un modelo moderno de prestación de servicios sociales ajustado no solamente a los principios contemporáneos del trabajo social, sino también a las normas sociales de la Unión Europea que garantizan el ejercicio de los derechos de toda la población a recibir servicios sociales de calidad.

285.En cuanto a la asistencia social de las personas con discapacidad, es preciso señalar que Ucrania ha puesto en práctica muchos de los aspectos clave del Plan de Acción del Consejo de Europa para la promoción de derechos y la plena participación de las personas con discapacidad en la sociedad: mejorar la calidad de vida de las personas con discapacidad en Europa (2006-2015) y los ha incluido en el Programa de desarrollo del sistema de rehabilitación y ocupación laboral de las personas con discapacidad, enfermedades psíquicas y retraso mental hasta 2011.

286.Para la ejecución del Plan de acción del Consejo de Europa antes mencionado se ha puesto en marcha el potencial científico. En 2008 el Instituto de investigación científica del trabajo y el empleo de la población del Ministerio del Trabajo realizó una investigación encaminada a ampliar los sectores donde pueden trabajar personas con discapacidad física, enfermedades psíquicas y retraso mental. En 2009, a petición del Ministerio del Trabajo, el Instituto elaboró propuestas de normas legislativas para la creación de empresas socioeconómicas (integradas) a fin de reforzar el sistema de rehabilitación profesional y empleo de las personas con discapacidad en Ucrania. En el marco de esa labor se analizó la legislación nacional y la política y la práctica relacionadas con el empleo de las personas con discapacidad en el contexto de la ejecución del Plan de acción del Consejo de Europa.

287.En 2010 el Instituto de investigación científica del trabajo y el empleo de la población del Ministerio del Trabajo formuló propuestas para introducir en la legislación nacional normas contra la discriminación de las personas con discapacidad en el ámbito laboral, de conformidad con la directiva 2000/78/CE del Consejo de Europa, de 27 de noviembre de 2000.

288.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 60 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

289.El 16 de diciembre de 2009 el Consejo Supremo de Ucrania aprobó la Ley de ratificación de la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y su Protocolo facultativo (la ley entró en vigor el 6 de marzo de 2010). En ese sentido el Ministerio de Trabajo y Política Social elaboró modificaciones a la Ley de fundamentos de la protección social de las personas con discapacidad y la Ley de rehabilitación de las personas con discapacidad en Ucrania. En particular en las modificaciones se prevé introducir el término "discriminación por motivos de discapacidad". El 30 de marzo de 2011 el Gabinete de Ministros aprobó el proyecto de ley y el 31 de marzo de 2011 lo elevó al Consejo Supremo para que lo examinara.

290.Conjuntamente con otros órganos centrales del poder ejecutivo y con organizaciones sociales de personas con discapacidad, el Ministerio del Trabajo elaboró la Concepción del programa estatal Plan de acción nacional para aplicar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad y desarrollar el sistema de rehabilitación de esas personas hasta 2020, que se aprobó el 30 de marzo de 2011 (disposición Nº 245-r del Gabinete de Ministros de Ucrania).

291.En el marco de la cooperación entre el Ministerio de Trabajo y Política Social de Ucrania y el Ministerio Federal de Trabajo, Asuntos Sociales y Protección de los Consumidores de la República de Austria en la esfera de la política social para el período 2007-2010, se lleva a cabo una labor encaminada a garantizar la igualdad de oportunidades para la rehabilitación profesional y el empleo de las personas con discapacidad, conforme a las directrices del Consejo de Europa.

292.Gracias a esa cooperación, en Ucrania funcionan 37 filiales socioeconómicas (integradas), creadas por el modelo austriaco, adscritas a los centros de rehabilitación profesional de las personas con discapacidad.

293.Hasta fines de 2010 en el sistema de órganos de trabajo y protección social de Ucrania han funcionado 209 centros de rehabilitación para adultos y niños con discapacidad, incluidos 12 centros de rehabilitación profesional, 73 centros de rehabilitación social para niños con discapacidad, 120 salas de rehabilitación para adultos y niños con discapacidad, 3 instituciones de rehabilitación de tipo mixto para personas con discapacidad y niños con discapacidad física y retraso mental, 1 institución mixta para personas con discapacidad y niños con retraso mental, y 1 institución de estancia permanente y temporal para personas con retraso mental. Cada año más de 20.000 adultos y niños con discapacidad reciben servicios de rehabilitación en esos centros. Existen 325 hogares-internados (incluidos 152 psiconeurológicos, 55 para niños, 5 especiales, 74 para ancianos y personas con discapacidad y 39 para veteranos de guerra y del trabajo); asimismo, hay 743 centros territoriales de servicios sociales que proporcionan más de 47 tipos de servicios a casi 2 millones de personas.

294.Durante el año reciben servicios de rehabilitación en esas instituciones como promedio unos 18.000 niños con discapacidad, de los cuales 2.000 estudian en 99.000 talleres industriales donde se les transmiten conocimientos profesionales. Anualmente casi 15.000 niños se integran en centros de enseñanza general. En los centros de rehabilitación profesional para personas con discapacidad las personas con necesidades especiales reciben formación en profesiones que tienen demanda en el mercado de trabajo. En esos centros se ofrece formación en 58 profesiones, como agente de turismo, operador de computadora, guía de excursiones, chofer "B", barman, y maestro artesano.

295.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 58 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

296.En Ucrania existen diversos instrumentos jurídicos normativos para la protección social de las personas con discapacidad, como la Ley de fundamentos de la protección social de las personas con discapacidad y la Ley de rehabilitación de las personas con discapacidad.

297.En esos instrumentos normativos se establecen facilidades y garantías, así como ayuda social y en materia de rehabilitación para las personas con discapacidad. De ese modo, no se considera conveniente ratificar el Convenio de cooperación entre los Estados miembros de la Comunidad de Estados Independientes (CEI) para resolver los problemas de las personas con discapacidad (1996). Ya en 2005 el Ministerio de Relaciones Exteriores de Ucrania transmitió la información correspondiente al Comité Ejecutivo de la CEI (carta Nº 611/35-612/1-980, de 13 de julio de 2005).

Artículo 10

Protección de la familia, la maternidad y la infancia

298.En el bienio 2008-2009, a pesar de la compleja situación económica, se incrementaron sustancialmente los gastos presupuestarios para el pago de ayuda a las familias con niños, las familias de bajos ingresos, las personas con discapacidad desde la infancia y los niños con discapacidad, así como de ayuda pública temporal a los niños.

299.En el bienio 2008-2009 se destinaron a la ayuda mencionada 12.700 millones de jrivnias (2008) y 16.600 millones de jrivnias (2009), con lo que se cumplieron plenamente las obligaciones financieras asumidas por los presupuestos locales para esos gastos.

300.En la Ley del presupuesto estatal de Ucrania para 2010, los gastos destinados a pagar la asistencia a las familias de bajos recursos, las personas con discapacidad desde la infancia y los niños con discapacidad, así como la ayuda temporal a los niños, se fijaron en 23.700 millones de jrivnias, lo que sobrepasa en 7.100 millones de jrivnias el volumen asignado en 2009.

301.En el período 2006-2010 el Ministerio de Trabajo y Política Social de Ucrania realizó una labor encaminada a resolver el importante problema de elevar la calidad de vida de las familias, los niños y los jóvenes desde la gestación, el nacimiento y la crianza de los niños, así como de incrementar la ayuda a las capas más desprotegidas de la población, en particular, las familias monoparentales, de bajos ingresos y numerosas, mediante la aproximación gradual del nivel de las garantías sociales al nivel mínimo de subsistencia.

302.El aumento más notable se registró en la ayuda establecida en la Ley de prestaciones públicas a las familias con niños. En particular, se incrementó la prestación por el nacimiento de un hijo, que en 2006 ascendía a 8.500 jrivnias.

303.Desde el 1 de enero de 2007, los órganos de trabajo y protección social de la población otorgan, con cargo al presupuesto del Estado, la prestación por el nacimiento de un hijo y por su crianza hasta los 3 años de edad, tanto para las personas carentes de seguro, como para las aseguradas en el sistema de seguro social general y obligatorio.

304.Desde 2008 el monto de la prestación por el nacimiento de un hijo se ha determinado sobre la base del número de hijos nacidos y asciende a 12.240 jrivnias para el primer hijo; a 25.000 jrivnias para el segundo; y a 50.000 jrivnias para el tercero.

305.En el bienio 2006-2007 por la crianza de un niño hasta los 3 años de edad se otorgó una prestación de 90 jrivnias y en el período 2008-2010, de 130 jrivnias. La cuantía máxima de la prestación se incrementó gradualmente y se aproximó al nivel mínimo de subsistencia establecido para las personas aptas para el trabajo, a saber: en 2006 ascendió al 50% del nivel mínimo de subsistencia (252,5 jrivnias); en 2007, a 284 jrivnias; en 2008, a 334,5 jrivnias; en 2009, al 75% del nivel mínimo de subsistencia (558 jrivnias); en 2010, al 100% del nivel mínimo de subsistencia (a partir del 1 de enero, 869 jrivnias; del 1 de abril, 884 jrivnias; del 1 de julio, 888 jrivnias; del 1 de octubre, 907 jrivnias; y del 1 de diciembre, 922 jrivnias).

306.En 2007 la prestación mínima por los hijos otorgada a las madres solteras se incrementó del 10% al 30% del nivel mínimo de subsistencia para los niños de la edad correspondiente y ascendió, para los niños de hasta 6 años de edad: en 2007, a 141 jrivnias; en 2008, a 167,1 jrivnias; en 2009, a 189,6 jrivnias; en 2010, a partir del 1 de enero, a 226,5 jrivnias; del 1 de abril, a 230,1 jrivnias; del 1 de julio, a 231,3 jrivnias; del 1 de octubre, a 236,1 jrivnias; y del 1 de diciembre, a 239,7 jrivnias.

307.La prestación mínima por niño de 6 a 18 años de edad en 2007 fue de 181,2 jrivnias; en 2008, de 210,3 jrivnias; en 2009, de 232,8 jrivnias; en 2010, a partir del 1 de enero, de 270,3 jrivnias; del 1 de abril, 275,1 jrivnias; del 1 de julio, 276,3 jrivnias; del 1 de octubre, 282,3 jrivnias; y del 1 de diciembre, 287,1 jrivnias.

308.La prestación máxima por ese concepto ascendió al 50% del nivel mínimo de subsistencia de un niño de la edad correspondiente, a saber:

Por niño de hasta 6 años: 231,5 jrivnias en 2007; 78,5 jrivnias en 2008; 316 jrivnias en 2009; en 2010, a partir del 1 de enero, 377,5 jrivnias; del 1 de abril, 383,5 jrivnias; del 1 de julio, 385,5 jrivnias; del 1 de octubre, 393,5 jrivnias; y del 1 de diciembre, 399,5 jrivnias;

Por niño de 6 a 18 años: 302 jrivnias en 2007; 350,5 jrivnias en 2008; 388 jrivnias en 2009; en 2010, a partir del 1 de enero, 450,5 jrivnias; del 1 de abril, 458,5 jrivnias, del 1 de julio, 460,5 jrivnias; del 1 de octubre, 470,5 jrivnias; y del 1 de diciembre, 478,5 jrivnias.

309.En el caso de los niños que se encuentran bajo tutela o curatela, se otorgó una prestación equivalente a la diferencia entre el nivel mínimo de subsistencia establecido para un niño de la edad correspondiente y la cuantía mínima de la pensión alimentaria recibida en los seis meses precedentes.

310.Para los tutores que no recibían una pensión alimentaria o una pensión por el niño, la cuantía de la prestación en el período 2006-2008 ha sido: por los niños de hasta 6 años de edad, de 418 a 557 jrivnias, y de 6 a 18 años, de 514 a 701 jrivnias.

311.En 2009 la cuantía de la prestación máxima se incrementó al doble del nivel mínimo de subsistencia de un niño de la edad correspondiente, a saber:

Para los niños de hasta 6 años: 1. 264 jrivnias; en 2010, a partir del 1 de enero, 1.510 jrivnias; del 1 de abril, 1.534 jrivnias; del 1 de julio, 1.542 jrivnias; del 1 de octubre, 1.574 jrivnias; y del 1 de diciembre, 1.598 jrivnias;

Para los niños de 6 a 18 años: 1.552 jrivnias en 2009; en 2010, a partir del 1 de enero, 1.802 jrivnias; del 1 de abril, 1.834 jrivnias; del 1 de julio, 1.842 jrivnias; del 1 de octubre, 1.882 jrivnias; y del 1 de diciembre, 1.914 jrivnias.

312.Además, en 2007 se introdujo un nuevo tipo de prestación para los niños huérfanos y los niños privados del cuidado de los padres, por el principio "el dinero sigue al niño". La cuantía de la prestación se calcula por el método empleado para calcular las prestaciones por niños que se encuentran bajo tutela o curatela.

313.En 2009 se puso en práctica un nuevo tipo de apoyo a las familias que han adoptado a niños. En esos casos se paga una prestación equivalente a la prevista por el nacimiento del primer hijo, que en 2010 fue de 12.240 jrivnias.

314.La protección social a las familias de bajos ingresos se proporciona con arreglo a la Ley de ayuda social del Estado a las familias de bajos ingresos. El criterio empleado para determinar si una familia tiene derecho a esa ayuda son los ingresos familiares en comparación con el nivel mínimo de subsistencia. A causa de sus limitaciones financieras, el Estado no ha podido proporcionar garantías sociales equivalentes al nivel mínimo de subsistencia, por lo que se ha establecido el nivel de aseguramiento de la subsistencia.

315.El nivel de aseguramiento de la subsistencia mínima se establece sobre la base de las posibilidades reales de la partida del presupuesto del Estado correspondiente a los gastos y se aprueba simultáneamente con la adopción de la Ley del presupuesto para el año correspondiente; ese nivel se ha comportado del siguiente modo: para las personas aptas para el trabajo, 110 jrivnias en 2006; 121 jrivnias en 2007; 133 jrivnias en el bienio 2008‑2009; 182,21 jrivnias en 2010; para las personas no aptas para el trabajo (niños y pensionados), 155 jrivnias en 2006; 170,5 jrivnias en 2007; 187,5 jrivnias en el bienio 2008-2009; 266,25 jrivnias en 2010; para las personas con discapacidad: 165 jrivnias en 2006; 181,5 jrivnias en 2007; 200 jrivnias en el bienio 2008-2009 y 294 jrivnias en 2010.

316.Después de 2008 la cuantía del nivel de aseguramiento de la subsistencia por cada hijo de una familia de tres o más hijos de hasta 16 años (de hasta 18 años, si el niño estudia) ha sido, para los niños de hasta 6 años: en el período 2008-2009:de 278,5 jrivnias; en 2010, a partir del 1 de enero, de 377,5 jrivnias; del 1 de abril, 383,5 jrivnias; del 1 de julio, 385,5 jrivnias; del 1 de octubre, 393,5; y del 1 de diciembre, 399,5. Para los niños de 6 a 18 años, en el bienio 2008-2009, de 350,5 jrivnias; y en 2010, a partir del 1 de enero, 450,5 jrivnias; del 1 de abril, 458,5 jrivnias; del 1 de julio, 460,5 jrivnias; del 1 de octubre, 470,5 jrivnias; y del 1 de diciembre, 478,5 jrivnias.

317.Además, el nivel de aseguramiento de la subsistencia se incrementa en 10% por cada hijo de familia monoparental (madre o padre biológico o adoptivo soltero) inscrito en el Libro de Registro de Nacimientos como hijo de un solo progenitor, y en el 20% por cada hijo cuyo padre o madre, o ambos, sean personas con discapacidad de los grupos I o II.

318.El 14 de julio de 2010 el Gabinete de Ministros de Ucrania aprobó la resolución Nº 621, que refuerza la protección social de la población en el pago de los servicios comunales. En virtud de esa resolución el Gobierno aprobó diversas medidas, en particular, se redujo el umbral del pago obligatorio de los servicios comunales, a saber:

Del 15% al 10% de los ingresos globales de las familias integradas por pensionados, personas con discapacidad y niños de hasta 18 años;

Del 20% al 15% para todas las demás familias en que hay personas no aptas para el trabajo.

319.Más de 3,5 millones de familias y ciudadanos necesitados reciben apoyo público mensual. Los gastos presupuestarios totales en concepto de prestaciones a las familias con hijos y de bajos ingresos, así como de prestaciones públicas a las personas con discapacidad congénita y a los niños con discapacidad asciende a 24.000 millones de jrivnias.

320.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 19 y las recomendaciones del párrafo 42 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

321.A continuación se enumeran los principales instrumentos jurídicos normativos relacionados con la lucha y la prevención contra la violencia doméstica vigentes en Ucrania:

Ley de prevención de la violencia doméstica (de 25 de septiembre de 2008);

Ley de servicios sociales (de 19 de junio de 2003);

Resolución Nº 616 del Gabinete de Ministros, relativa al procedimiento de examen de las denuncias y comunicaciones sobre actos y amenazas reales de violencia doméstica (de 26 de abril de 2003);

Resolución Nº 1834 del Gabinete de Ministros, por la que se aprueba el Programa estatal de consolidación de la igualdad entre los géneros en la sociedad ucraniana hasta 2010 (de 27 de diciembre de 2006);

Código Penal de Ucrania;

Código de infracciones administrativas de Ucrania.

322.El 1 de diciembre de 2010 el Gabinete de Ministros de Ucrania adoptó la disposición Nº 2154-r por la que se aprobó el plan de acción de la Campaña Nacional "¡Alto a la violencia!" hasta 2015. En el plan se prevé, en particular:

"1.Elaborar:

Programas de cursos facultativos, opcionales y especiales sobre prevención de la violencia doméstica;

Programas docentes sobre prevención de la violencia doméstica para trabajadores sociales y otros profesionales que prestan servicios sociales;

Un programa de información y educación sobre cultura de género y prevención de todas las formas de violencia doméstica, con vistas a impartirlo en actividades extraescolares y extracurriculares de los centros de estudios de enseñanza general;

2.Llevar a cabo una labor de información y esclarecimiento entre los penados, encaminada a luchar contra todas las formas de violencia;

3.Incluir en los planes de estudios de las instituciones de formación de posgrado seminarios sobre lucha contra la violencia doméstica;

4.Preparar y difundir materiales de propaganda social sobre la prevención de la violencia doméstica;

5.Elaborar y aplicar experimentalmente programas para corregir la conducta de las personas que han cometido actos de violencia doméstica y preparar recomendaciones metodológicas para trabajar con esas personas, y, sobre la base de esa labor, efectuar una revisión de los programas correctivos y la documentación metodológica;

6.Realizar seminarios de capacitación en materia de lucha contra la violencia doméstica para funcionarios de los órganos, instituciones y organizaciones estatales encargados de su prevención."

323.Las bases jurídicas y organizativas de la prevención de la violencia doméstica y los órganos e instituciones encargados de prevenir ese fenómeno se definen en la Ley prevención de la violencia doméstica (aprobada el 25 de septiembre de 2008).

324.En el artículo 1 de la ley se define como violencia doméstica todo acto premeditado de carácter físico, sexual, psicológico o económico de un miembro de la familia contra otro, si dicho acto vulnera los derechos y libertades constitucionales como persona y ciudadano del miembro de la familia afectado y le ocasiona daños morales, físicos o psicológicos.

325.De conformidad con el artículo 15 de dicha ley, los miembros de la familia que cometan actos de violencia doméstica incurren en responsabilidad penal, administrativa o de derecho civil, con arreglo a la ley. En ese sentido, en el artículo 173² del Código de infracciones administrativas de Ucrania se establece responsabilidad por los actos de violencia doméstica, o sea, cualquier acto premeditado de carácter físico, psicológico o económico (entre otras cosas, utilización de violencia física que no provoque dolor físico ni lesiones, amenazas, ofensas o persecución, privación de la vivienda, la alimentación y otros bienes o recursos sobre los cuales la víctima tiene derechos previstos en la ley) como resultados del cual se hayan infligido o pudieran haberse infligido a la víctima daños físicos o psicológicos, así como el incumplimiento de una orden de alejamiento por una persona contra la cual se haya dictado esa orden, y la no participación en el programa de corrección de conducta por una persona que haya cometido actos de violencia doméstica.

326.La violencia doméstica puede manifestarse también en actos de peligrosidad social que atenten contra la vida y la salud, la voluntad, el honor y la dignidad de la víctima, así como contra su libertad e inviolabilidad sexual, y que, de por sí, sean actos punibles penalmente.

327.En la sección II del Código Penal se establece responsabilidad por los delitos contra la vida (arts. 115 a 120 y 129) y los delitos contra la salud (arts. 121 a 127, 130 y 133). En las secciones III y IV del Código se tipifican los delitos contra la voluntad, el honor y la dignidad de la persona (arts. 146 a 151 del Código Penal) y delitos contra la libertad y la inviolabilidad sexuales de la persona (véanse los arts. 152 a 156 del Código Penal de Ucrania).

328.En la Ley de prevención de la violencia doméstica se establecen medidas especiales para prevenir ese problema, como advertencias oficiales, control preventivo y órdenes de alejamiento.

329.El Servicio de barrio de inspectores de la policía o de la policía penal de asuntos de menores hará una advertencia oficial sobre la prohibición de la violencia doméstica al miembro de la familia que haya incurrido en esa conducta, si en sus actos no están presentes elementos de delito.

330.El Servicio de barrio de inspectores de la policía o la policía penal de asuntos de menores establecerán un control preventivo sobre los miembros de la familia a quienes se hayan hecho advertencias oficiales sobre la prohibición de la violencia doméstica. Esos mismos órganos levantan el control preventivo sobre los miembros de la familia que hayan cometido actos de violencia doméstica, si pasado un año del último incidente las personas en cuestión no han reincidido en esa conducta. Es competencia del Ministerio del Interior de Ucrania la aprobación de los procedimientos para establecer y levantar medidas de control preventivo sobre miembros de la familia a los que se haya hecho una advertencia oficial sobre la prohibición de la violencia doméstica.

331.Si después de haber recibido una advertencia oficial en que se le prohíbe cometer actos de violencia doméstica, una persona reincide en esa conducta, será enviada a un centro de crisis para que pase un programa correccional obligatorio. El inspector de barrio de la policía o el agente de la policía penal para asuntos de menores, con el visto bueno del jefe del órgano del Ministerio del Interior o de la Fiscalía, pueden dictar una orden de alejamiento contra la persona que, habiendo recibido una advertencia oficial sobre la prohibición de actos de violencia doméstica, reincida en su comisión. La orden de alejamiento no tiene que ser aprobada, si en la conducta del infractor están presentes elementos de delito. Podrá dictarse una orden de alejamiento contra un reo que haya cumplido 16 años en el momento en que se impone la orden. En la orden de alejamiento se pueden prohibir al infractor ciertos actos contra la víctima de violencia doméstica, a saber: actos concretos de violencia doméstica, obtención de información sobre el paradero de la víctima, búsqueda de la víctima, si esta se encuentra por voluntad propia en un lugar desconocido para el infractor, visitas a la víctima si esta se encuentra en un lugar diferente del domicilio familiar y mantener conversaciones telefónicas con la víctima.

332.Se han creado centros de crisis para los miembros de familias en que han tenido lugar actos de violencia doméstica o existe una amenaza real de violencia, así como centros de rehabilitación medicosocial para las víctimas.

333.Hasta fines de 2010 en Ucrania ha funcionado una red de establecimientos de ayuda a las víctimas de violencia doméstica: 9 centros de rehabilitación medicosocial, 21 centros de asistencia sociopsicológica, 88 refugios para niños, pertenecientes a los Servicios para asuntos de la infancia, y 32 centros de rehabilitación sociopsicológica para niños.

334.De conformidad con los datos de las dependencias regionales de las direcciones o departamentos para asuntos de la familia, la juventud y el deporte, en el primer semestre de 2010 se recibieron 53.965 denuncias de violencia doméstica, de ellas, fueron presentadas por mujeres 42.722 y por niños, 422; el resto de las denuncias fueron presentadas por hombres. Se envió a pasar programas de corrección de la conducta a 2.532 ciudadanos, 165 de los cuales han cumplido esa medida.

335.En las bases regionales de datos sobre familias disfuncionales constan 70.262 familias, de ellas, en el primer semestre se incluyeron 3.986 por violencia doméstica. Durante el período que abarca el informe se prestaron servicios de acompañamiento social a 1.079 integrantes de estas últimas y servicios sociales, a 3. 937. Se ha remitido a los centros de ayuda psicosocial para casos de violencia a 249 personas. Los gastos destinados a medidas de prevención de la violencia ascienden a 192.000 jrivnias procedentes de los presupuestos locales.

336.Los datos se registran y analizan de conformidad con la Instrucción sobre el procedimiento de interacción de las direcciones (departamentos) de asuntos de la familia, la juventud y el deporte, los servicios de asuntos de la infancia, los centros de servicios sociales para la familia, los niños y los jóvenes y las unidades correspondientes del Ministerio del Interior encargadas de la prevención de la violencia doméstica (orden Nº 3131/386 del Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes y del Ministerio del Interior de Ucrania, de 7 de septiembre de 2009).

337.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 20 y de la recomendación del párrafo 43 de las observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

338.La trata de personas es uno de los problemas que afrontan en la actualidad Ucrania y la comunidad internacional. Desde que Ucrania obtuvo la independencia ha dedicado gran atención a la lucha contra la trata de personas y se han elaborado y puesto en práctica programas a largo plazo para combatir ese problema.

339.En virtud de la resolución Nº 410 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 7 de marzo de 2007, se aprobó el Programa estatal de lucha contra la trata de personas hasta 2010". De conformidad con el plan de acción del Programa, en nueve meses de 2010 se han llevado a cabo diversas actividades de información y educación (seminarios, cursos de capacitación y conferencias) sobre lucha contra la trata de personas en todo el territorio de Ucrania, en los que han participado más de 5.000 personas responsabilizadas con la atención a las víctimas de la trata.

340.El Servicio de Seguridad de Ucrania inspeccionó 27 entidades económicas para verificar el cumplimiento de sus licencias como agencias de empleo de ciudadanos ucranianos en el extranjero. Como resultado de las inspecciones se retiraron 5 licencias y se levantaron 18 actas por infracciones administrativas.

341.El Ministerio del Interior de Ucrania aplica medidas permanentes de orden organizativo y práctico para organizar una lucha eficaz contra la trata de personas. Como resultado de la labor realizada por los órganos del Ministerio del Interior se descubrieron 189 delitos previstos en el artículo 149 del Código Penal "Trata de personas o negocios ilegales contra las personas", y se detectaron y devolvieron a Ucrania 254 víctimas de la trata de personas, incluidos 21 menores.

342.Una de las importantes medidas previstas en el Programa estatal específico de lucha contra la trata de personas hasta 2010 es la labor del Consejo interinstitucional para asuntos de la familia, la igualdad entre los géneros, el desarrollo demográfico y la lucha contra la trata de personas, integrado por los consejos regionales de lucha contra la trata de personas. Esa labor tiene los siguientes objetivos:

Elaborar un procedimiento para llevar a cabo el asesoramiento social;

Proporcionar ayuda y apoyo social a las personas incluidas en grupos de riesgo;

Aprobar y poner en práctica normas para la prestación de servicios sociales a las víctimas de la trata de personas; crear una red de centros de rehabilitación para las víctimas y apoyar a los centros encargados de su rehabilitación psicosocial;

Elevar el nivel de conocimientos de la población sobre las manifestaciones de la trata de personas en la actualidad y los recursos y métodos utilizados por los traficantes de personas; tomar medidas para la devolución/liberación de las víctimas, de conformidad con la legislación del país donde se encuentren;

Crear y poner en práctica un mecanismo nacional para el traslado de las victimas de la trata a instituciones y servicios de apoyo o facilitarles el acceso a estos.

343.Asimismo, con el apoyo del Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes y del Coordinador de proyectos de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en Ucrania, se encuentra en su fase piloto el proyecto Reestructuración del mecanismo nacional de traslado o facilitación del acceso de las víctimas de la trata a instituciones y servicios de apoyo en Ucrania (en los sucesivo, el Proyecto), financiado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Dinamarca en el marco del Programa danés de lucha contra la trata de personas en Europa Oriental.

344.Entre enero y septiembre de 2010 el mecanismo mencionado se ha puesto en práctica de forma experimental en las provincias de Donetsk y Chernovitsk. La participación combinada de esas dos regiones en el proyecto piloto permite crear un mecanismo de ayuda a las víctimas eficaz y que pueda utilizarse a nivel nacional, teniendo en cuenta las diferencias geográficas, económicas, sociales y de otra índole, así como la experiencia en la lucha contra la trata de personas.

345.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 21 y las recomendaciones del párrafo 44 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

346.Entre 2001 y 2009, sobre la base de la cooperación trilateral con el Gobierno de Ucrania, los sindicatos y las organizaciones de empleadores, así como con el Programa Internacional para la Erradicación del Trabajo Infantil (IPEC) de la OIT, en Ucrania se han llevado a cado dos proyectos, a saber:

a)Programa de prevención de la utilización de las peores formas de trabajo infantil en Ucrania;

b)Proyecto de asistencia técnica para prevenir y erradicar la trata de personas con fines de explotación laboral y sexual en los países de Europa Central y de Europa Oriental.

347.En la ejecución del Programa IPEC de la OIT se han dado pasos importantes para promover la protección de los derechos de los niños contra la explotación económica, y la cuestión del trabajo infantil se ha incluido en una serie de normas legislativas y programas nacionales, a saber:

Plan de acción para eliminar las peores formas de trabajo infantil (2003);

Ley Nº 2402-ІІІ de protección de la infancia (de 26 de abril de 2001), en la que se incluyó en 2005 el concepto de "peores formas de trabajo infantil", de conformidad con el artículo 21 del Convenio Nº 182 de la OIT y la disposición sobre la prohibición de la utilización de las peores formas de trabajo infantil;

Artículo 149 del Código Penal "Trata de personas o cualquier otro negocio ilegal contra las personas", de 12 de enero de 2006, Nº 3316-IV, que se armonizó con las normas internacionales sobre prevención y represión de la trata de personas;

Programa estatal contra el fenómeno de los niños de la calle para el período 2006‑2010 (aprobado en 2006), en el que se definen las medidas de apoyo social y pecuniario a las familias carentes de protección;

Programa estatal de lucha contra la trata de personas hasta 2010 (aprobado en 2007), en el que se dedica especial atención a la lucha contra la trata de niños.

348.En el marco de su competencia, el Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y el Deporte organiza la aplicación de los instrumentos legislativos en el ámbito de la infancia, controla su ejecución y coordina la labor de los órganos y servicios encargados de asuntos de la infancia.

349.La protección de los derechos e intereses de los niños a nivel regional es atribución de los Servicios de asuntos de la infancia de las administraciones públicas y de los órganos de autogobierno local competentes.

350.En 2010 los servicios de asuntos de la infancia y los inspectores estatales del trabajo, realizaron verificaciones generales del cumplimiento de la legislación sobre trabajo infantil. Se inspeccionaron 441 empresas, de ellas: 108 agrícolas, 108 comerciales, 74 de servicios, y 151 de diversos perfiles. Se detectaron violaciones de la legislación sobre trabajo infantil en 251 empresas, lo que representa el 57% de las verificadas. En las empresas inspeccionadas trabajaban 1.132 niños. A continuación figura el desglose de esa cifra por edades:

Hasta 14 años: 28;

De 14 a 15 años: 134;

De 15 a 16 años: 144;

De 16 a 18 años: 826.

351.Cabe señalar que durante las inspecciones se determinó que se encontraban trabajando 28 niños de menos de 14 años, lo que constituye una violación de los requisitos enunciados en el artículo 188 del Código de leyes laborales de Ucrania.

352.En las verificaciones se observaron diversas violaciones de la legislación laboral. Las más comunes fueron: violaciones de las normas de duración de la jornada laboral y remuneración del trabajo; omisión del examen médico para la admisión en el trabajo y admisión en el trabajo sin contrato laboral.

353.Durante las verificaciones los inspectores estatales del trabajo y los especialistas de los servicios de asuntos de la infancia proporcionaron ayuda metodológica y práctica a las administraciones de las empresas, los padres y los niños. Se realizó una activa labor de esclarecimiento sobre la aplicación de la legislación laboral, en particular sobre los aspectos relacionados con el trabajo de los niños. Asimismo, se formularon recomendaciones sobre la protección de los derechos de los niños, especialmente de los niños huérfanos y los niños privados del cuidado de los padres, y la prevención de su utilización en las peores formas de trabajo. En Ucrania se adoptan todas las medidas necesarias para elaborar un programa integral y los documentos normativos pertinentes para regular el trabajo de los menores.

354.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 22 y de la recomendación del párrafo 45 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

355.Cada año en el presupuesto estatal del Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes (partida de gastos del programa presupuestario 3405020 "Medidas para la ejecución de la política estatal relativa a la infancia y para superar el fenómeno de los niños de la calle"), se asignan recursos para cumplir el Programa estatal dirigido a superar el fenómeno de los niños de la calle para el período 2006-2010, aprobado en virtud de la resolución Nº 623 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 11 de mayo de 2006. En 2010 se previó una asignación de 1,8 millones de jrivnias, lo que representa un aumento del 22% en comparación con el año precedente.

356.En 2010 en los presupuestos locales se han previsto asignaciones de 12,3 millones de jrivnias para sus respectivas actividades de protección social de la infancia.

357.Además con cargo a transferencias entre el presupuesto estatal y los presupuestos de las unidades de la división administrativa, se realizan gastos destinados al mantenimiento de albergues para niños. Se ha previsto que para 2010 esos gastos asciendan a 129 millones de jrivnias, o sea, que se incrementen en 18,3% en comparación con 2009.

358.Con cargo a los presupuestos locales se garantiza el funcionamiento de 32 centros de rehabilitación psicosocial de niños y de 22 albergues sociales para niños huérfanos y niños privados del cuidado de los padres. En 2010 los órganos locales del poder estatal destinaron a esos objetivos 27,9 millones de jrivnias y 8,93 millones de jrivnias respectivamente.

359.Además, en el presupuesto estatal de Ucrania para 2010 se ha previsto una subvención destinada a concluir los trabajos de reparación iniciados en 2007 en 14 establecimientos de servicios sociales para niños y jóvenes, incluidos 5 albergues sociales.

360.A fin de prevenir el fenómeno de los niños de la calle, evitar que los niños transgredan la ley y aplicar las medidas pertinentes para detectar los casos de niños que se encuentran en situaciones difíciles, alojarlos en instituciones de protección social y proporcionarles asistencia social, jurídica y médica, los servicios de asuntos de la infancia, en cooperación con las unidades de la policía penal de asuntos de menores, realizaron en 2010 un total de 31.763 redadas preventivas, en las cuales fueron detectados 19.636 niños (en 32.505 operaciones similares realizadas en 2009 fueron detectados 22.781 niños).

361.En los últimos años se ha mantenido una tendencia a la disminución del número de niños de la calle, cuya cifra se ha reducido de 11,2 miles en 2005 a 4,8 miles en 2009.

362.En 2010 el índice relativo de niños de la calle descubiertos durante las redadas preventivas en relación con la población infantil total de Ucrania fue del 0,15% contra el 0,19% en 2009. Esos datos muestran que en el Estado se mantiene la tendencia a la reducción del fenómeno de los niños de la calle.

363.Como consecuencia lógica de la reducción del número de niños de la calle, ha disminuido la cifra de niños en instituciones de protección social (de 23.700 en 2005 a 15.300 en 2010).

364.Es preciso señalar que los refugios para niños han cumplido su cometido y deben reorganizarse como establecimientos más avanzados, es decir, convertirse en centros de rehabilitación psicosocial de los niños, donde se les proporcione una asistencia integral.

365.Con vistas a perfeccionar la labor que realizan los refugios para prestar a los niños una ayuda integral, rehabilitarlos, socializarlos, devolverlos a sus familias o acogerlos en formas de educación de tipo familiar, en las regiones de Ucrania se ha previsto iniciar en 2011 la transformación de los refugios para niños en centros de rehabilitación psicosocial.

366.En cumplimiento de los decretos del Presidente de Ucrania relativos a la protección de los derechos del niño, encaminados a activar y desarrollar la modalidad de familias de acogida y hogares de tipo familiar para niños, desde 2006 en todas las regiones del país crece establemente el número de niños en esas modalidades.

367.A fines de 2010 se encontraban en familias de acogida y hogares de tipo familiar 9.024 niños huérfanos y niños privados del cuidado de los padres, lo que supera en más de seis veces la cifra registrada en 2005 (1.313 niños).

368.A continuación se proporciona información sobre la dinámica de la modalidad de hogares de tipo familiar y de familias de acogida y el número de niños huérfanos y privados del cuidado de los padres acogidos en esa modalidad.

Año

Hogares de tipo familiar

Familias de acogida

Total de hogares de tipo familiar y familias de acogida y total de niños en esas modalidades

Cantidad

Niños acogidos

Cantidad

Niños acogidos

Cantidad

Niños acogidos

2006

234

1 462

744

1 152

978

2 614

2007

300

1 960

1 617

2 561

1 917

4 521

2008

400

2 605

2 461

4 050

2 861

6 655

2009

484

3 185

2 931

4 934

3 415

8 119

2010

535

3 573

3 195

5 451

3 730

9 024

369.La firme tendencia al desarrollo de las modalidades de acogida de tipo familiar obedece en primer lugar a que, en el proceso de crear familias de acogida y hogares de tipo familiar para niños y asegurar su funcionamiento, se ha establecido una división precisa entre las funciones de los servicios de asuntos de la infancia y de los centros de servicios sociales para la familia, los niños y los jóvenes; se han introducido la capacitación obligatoria de los candidatos a padres de acogida o padres educadores y el asesoramiento social de esas familias; y se ha organizado el control sobre la manutención, la educación y el desarrollo de los niños en esas familias, y sobre el apoyo financiero del Estado.

370.A partir de 2006, una de las direcciones prioritarias de la política social del Estado ha sido la formación del sistema de reintegración de los ciudadanos sin hogar y la adaptación social de los que han salido en libertad de lugares de reclusión. Estas cuestiones han cobrado vigencia especialmente en los últimos años en medio de la crisis económica mundial.

371.En 2010 en Ucrania se terminó de elaborar la parte fundamental de la base legislativa para desarrollar una labor eficaz con las personas sin hogar y las personas liberadas de lugares de privación de libertad. A fin de cumplir la Ley de fundamentos de la protección social de las personas sin hogar y los niños de la calle, la Ley de adaptación social de las personas que han cumplido una condena de restricción o privación de libertad por un plazo determinado, en el período 2006-2010 se aprobaron las concepciones pertinentes para establecer esos sistemas y los planes a largo plazo para su ejecución. Se elaboraron y adoptaron diversas normas legislativas que regulan el funcionamiento de instituciones para personas sin hogar y para personas liberadas de lugares de privación de libertad, en particular, disposiciones tipo sobre el centro de registro de ciudadanos sin hogar, el albergue nocturno, el centro de reintegración de las personas sin hogar, el hotel de asistencia social y el centro de adaptación social de las personas que han sido liberadas de centros penitenciarios.

372.A fin de aproximar a las normas europeas los sistemas de reintegración de las personas sin hogar y adaptación social de las personas que han sido liberadas de centros penitenciarios, se han elaborado modificaciones a las principales leyes. Los proyectos de ley mencionados ya se han presentado ante el Consejo Supremo de Ucrania para que los examine.

373.Se ha creado como órgano deliberativo permanente del Gabinete de Ministros el Consejo para las cuestiones de la protección social de las personas sin hogar y las personas que han sido liberadas de centros penitenciarios, a fin de estudiar los aspectos problemáticos de la ejecución de la política estatal en el ámbito de su protección social.

374.Los órganos locales del poder ejecutivo y de autogobierno local adoptan medidas para desarrollar la red de instituciones pertinentes a esos efectos.

375.Al 1 de enero de 2010 en Ucrania funcionaban 67 entidades (en comparación con 25 en 2007) creadas por los órganos locales del poder ejecutivo, para prestar servicios a las personas sin hogar y las personas que han sido liberadas de centros penitenciarios y, en particular, ayudarlos a encontrar trabajo, proporcionarles albergue temporal, registrar su domicilio, restablecer su documentación, y resolver otros problemas vitales.

376.Existen 52 instituciones para personas sin hogar (al 1 de enero de 2007 había 14 instituciones de ese tipo), incluidos 17 albergues (o dormitorios) nocturnos, 5 centros (o secciones) para la reintegración de las personas sin hogar y 1 hotel de asistencia social. La capacidad planificada en las instituciones de refugio nocturno y temporal es de 1.200 plazas. Tanto en los edificios de instituciones en funcionamiento como en locales independientes funcionan 44 centros (secciones, sectores y servicios) de registro de las personas sin hogar (al 1 de enero de 2007 funcionaban 5 centros de ese tipo).

377.Existen 15 instituciones (en comparación con 11 al 1 de enero de 2007) para las personas que han sido liberadas de centros penitenciarios, incluidos 2 centros (secciones) de adaptación social de las personas que han cumplido condenas en centros de privación de libertad, y 13 hogares (secciones o secciones especiales) para personas de edad y con discapacidad que han sido liberadas de centros penitenciarios.

378.Un número cada vez mayor de organizaciones no gubernamentales (ONG) proporciona ayuda a esos sectores de la población. Al 1 de enero de 2010 su número ascendía a 64 (en comparación con 31 al 1 de enero de 2007). Gracias a su labor, en 2009 se prestaron servicios a 18.500 personas (23.700 en 2006).

379.Prosiguen los esfuerzos encaminados a estudiar la experiencia internacional y captar asistencia técnica de otros países; en particular se desarrolla la cooperación con Austria, Suecia y Suiza.

380.En los próximos años (hasta el período 2012-2015) se prevén diversas medidas para prevenir y detener el fenómeno de las personas sin hogar, prestar asistencia de emergencia a esas personas y a las que han sido liberadas de centros penitenciarios, seguir desarrollando la red de instituciones, e introducir nuevas formas y métodos de trabajo social con esos dos grupos de personas.

Artículo 11

Derecho a un nivel de vida adecuado

381.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 23 y las recomendaciones del párrafo 46 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

382.El objetivo estratégico de la política social de Ucrania consiste en lograr una mejora perceptible de la situación y las condiciones de vida de las personas, asegurar el pleno empleo productivo de la población, reducir el nivel de pobreza y elevar el bienestar de la nación.

383.En el período 2006-2009 se llevó a cabo la tercera y última etapa de la Estrategia de superación de la pobreza (2005-2009). Cada año se aprobaron planes de acción para ejecutar de la Estrategia, a fin de garantizar su financiación (disposiciones del Gabinete de Ministros de Ucrania Nº 74-r, de 8 de febrero de 2006; Nº 25-r, de 31 de enero de 2007; Nº 936-r, de 9 de julio de 2008; y Nº 192-r, de 18 de febrero de 2009). Los esfuerzos más importantes se concentraron en las siguientes direcciones fundamentales: activación de la política de empleo; aumento de los ingresos monetarios de la población y reducción de las diferencias sobre la base del incremento de los salarios; mejora de las pensiones; y reforzamiento del apoyo selectivo a la población.

384.La ejecución coherente de las medidas encaminadas a eliminar la pobreza ha permitido mejorar los indicadores del nivel de vida y el nivel de pobreza, en primer lugar, mediante el aumento de los ingresos de la población. En el período 2006-2010 se ha mantenido una dinámica positiva en el crecimiento de los ingresos reales de la población, que en 2006 aumentaron en 11,8%; en 2007, en 14,8%; y en 2008, en 9,6%.

385.En medio de la crisis financiera de 2009, dadas las limitaciones del Estado para aplicar una política activa de incremento de los ingresos de la población, se observó un descenso de su nivel real al 91,5%. Entre enero y octubre de 2010 los ingresos reales de la población han aumentado ya en 11,8%.

386.La crisis financiera ha influido también en los ritmos de crecimiento salarial. Si bien en 2006 el salario real aumentó en 18,3%, en 2007 en 12,5% y en 2008 en 6,3%, en 2009 ese índice se redujo al 90,8%. En 2010 se observa una dinámica positiva de los ritmos de crecimiento del salario real, que entre enero y octubre ha aumentado en 9,9%.

387.Se ha incrementado la cuantía de las garantías sociales mínimas que proporciona el Estado. En particular, en el período comprendido entre 2006 y octubre de 2010 el salario mínimo casi se ha triplicado, de 400 jrivnias a 907 jrivnias. Desde noviembre de 2009 se ha equiparado al nivel mínimo de subsistencia para las personas aptas para el trabajo y se mantiene en el 100% de ese índice.

388.La pensión mínima establecida corresponde al nivel mínimo de subsistencia para las personas que han perdido la capacidad de trabajo. En octubre de 2010 esa cuantía se incrementó hasta 723 jrivnias, es decir ascendió a casi el doble del nivel de la pensión mínima vigente en 2006 (366 jrivnias).

389.El seguimiento evaluativo de la situación de la pobreza también pone de manifiesto tendencias estables en la dinámica de los índices. En 2009, el nivel de pobreza, definido sobre la base del criterio relativo, se redujo del 28,1% registrado en 2006 al 26,4% y el nivel de pobreza extrema, del 14,8% al 13% respectivamente. La mejora de ese índice ha obedecido en primer lugar a la reducción en 3,3% del nivel de pobreza de las familias con niños (de 35,3% en 2006 a 32,0% en 2009). La mejora más significativa se ha observado en las familias con tres o más hijos (cuyo nivel de pobreza de redujo del 68,4% en 2006 al 53,8% en 2009, o sea, en 14,6%). En las familias con hijos de hasta 3 años de edad el nivel de pobreza se redujo en 7,8%. La situación mejora también en las zonas rurales, donde ese índice disminuyó del 38,4% en 2006 al 36,8% en 2009.

390.Mediante una evaluación integral de la pobreza, en la que apliquen diferentes criterios para medir ese índice, también se puede llegar a conclusiones positivas. Una evaluación basada en el criterio absoluto, con arreglo al cual, en particular, el consumo diario se valora en 5 dólares de los Estados Unidos (con arreglo a la paridad de la capacidad adquisitiva), seleccionado como punto de referencia específico en los Objetivos de Desarrollo del Milenio de las Naciones Unidas, arrojará una reducción considerable del nivel de pobreza en Ucrania (de 9,3% en 2006 a 3,5% en 2009).

391.El Gobierno elabora actualmente un proyecto de documento programático para superar y prevenir la pobreza hasta 2015, con vistas a resolver ese problema en Ucrania.

392.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 24 y las recomendaciones del párrafo 47 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

393.El aseguramiento de las condiciones necesarias para el regreso, la instalación, la adaptación social y la integración de los tártaros de Crimea y las personas de otras etnias que fueron deportadas es una dirección importante de la política estatal, de gran significación para mantener la estabilidad socioeconómica, la seguridad nacional y el prestigio internacional de Ucrania.

394.Tras la desintegración de la Unión Soviética precisamente Ucrania asumió todas las obligaciones relacionadas con la devolución e instalación de los tártaros de Crimea y las personas de otras etnias que habían sido deportadas, su adaptación y su integración en la sociedad ucraniana, y cumple gradualmente esas obligaciones.

395.Ucrania reconoce y cumple gradualmente los instrumentos adoptados por los órganos de la antigua URSS en relación con el restablecimiento de los derechos de las personas deportadas, incluidas la Declaración sobre el reconocimiento del carácter ilegal y criminal de los actos represivos cometidos contra los pueblos que fueron sometidos a desplazamiento forzoso, y la garantía de los derechos de esos pueblos, y la resolución del Soviet Supremo de la URSS de 7 de marzo de 1991, relativa a la anulación de instrumentos legislativos en virtud de la Declaración del Soviet Supremo de la URSS sobre el reconocimiento del carácter ilegal y criminal de los actos represivos cometidos contra los pueblos que fueron sometidos a desplazamiento forzoso, y la garantía de los derechos de esos pueblos, de 14 de noviembre de 1989.

396.Desde 1991 en el presupuesto estatal se incluye una partida independiente para gastos de instalación de los deportados. Los gastos públicos se destinan fundamentalmente a la construcción de viviendas, redes técnicas y obras de uso sociocultural.

397.En los 19 años precedentes los gastos en nuevas construcciones para los repatriados ascendieron a 1.143.155.600 jrivnias, lo que permitió edificar 458.677,7 metros cuadrados de viviendas y tender 906.447 kilómetros de instalaciones de acueducto, 1.193,065 kilómetros de líneas de transmisión eléctrica, 110,44 kilómetros de carreteras pavimentadas, 385.982 kilómetros de gasoductos; asimismo se construyeron o reconstruyeron 7 escuelas para 2.043 alumnos, y se realizó un conjunto de actividades socioculturales por valor de 213.872.600 jrivnias.

398.Después de la independencia, para resolver los complejos problemas socioeconómicos de las personas que habían sido deportadas se pusieron en práctica programas estatales, se adoptaron resoluciones y se emitieron disposiciones y órdenes presidenciales.

399.En la actualidad los acuciantes problemas de los repatriados se resuelven de conformidad con las siguientes resoluciones del Gabinete de Ministros de Ucrania:

Resolución Nº 1952, relativa a la aprobación del Procedimiento para proporcionar a las personas deportadas y sus familiares que han regresado a Ucrania viviendas construidas o adquiridas con cargo a los recursos del presupuesto, de 17 de diciembre de 2003;

Resolución Nº 626, relativa a las medidas encaminadas a satisfacer las necesidades sociales de los tártaros de Crimen y las personas de otras etnias que fueron deportadas y han regresado para establecer su residencia permanente en Ucrania, de 13 de mayo de 2004.

400.El Programa para el reasentamiento y la rehabilitación de los tártaros de Crimea deportados y de personas de otro origen étnico, que han regresado para residir en Ucrania, su adaptación e integración en la sociedad ucraniana para el período hasta 2010, aprobado en virtud de la resolución Nº 637 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 11 de mayo de 2006, es el documento integral dirigido a mejorar la situación socioeconómica en la República Autónoma de Crimea e instalar a los tártaros de Crimea y a otras personas que fueron deportadas por motivos étnicos. Los principales objetivos del programa son: construcción y adquisición de viviendas para los repatriados, construcción (reconstrucción) de escuelas, creación de la infraestructura técnica necesaria en los lugares de gran concentración poblacional de repatriados, adopción de medidas para satisfacer sus necesidades sociales (reembolso de los gastos de viaje y traslado de equipaje, otorgamiento de una asistencia pecuniaria única a los repatriados y sus familiares para construir viviendas individuales, reanimación y desarrollo de la cultura y la educación).

401.Entre 2006 y 2009 para la ejecución de las medidas del Programa de reasentamiento e instalación de los exdeportados, se asignaron con cargo al presupuesto del Estado 253.386.400 jrivnias. De esa suma 237.317.800 jrivnias se destinaron a nuevas construcciones y 16.068.600 jrivnias a medidas de carácter sociocultural. De ese modo fue posible construir 31.457,5 metros cuadrados de vivienda, 78,49 kilómetros de tuberías de acueductos, 28.965 kilómetros de líneas de transmisión de electricidad, 4,04 kilómetros de caminos pavimentados y 154,02 kilómetros de gasoductos; asimismo, se siguieron construyendo y reconstruyendo escuelas y se llevó a cabo un conjunto de actividades socioculturales por valor de 16.068.600 jrivnias.

402.En la Ley del presupuesto estatal de Ucrania para 2010 se destinaron para la ejecución de las medidas del programa mencionado 48.289.200 jrivnias. De ellas, 45 millones de jrivnias para nuevas construcciones y 3.289.200 jrivnias para objetivos de carácter sociocultural.

403.En la actualidad la cuestión de la vivienda sigue siendo problemática. Al 1 de enero de 2010 se mantenían en el registro de solicitudes de apartamentos 7.897 familias de repatriados, y más de 20.000 no habían podido terminar las viviendas que habían comenzado a construir por cuenta propia debido a la falta de recursos.

404.Por otra parte, en los lugares donde viven grandes grupos de repatriados están garantizadas las necesidades de agua potable en solo el 75%, de energía eléctrica, en el 96%, de gas natural, en el 32%; y está únicamente pavimentado el 9% de los caminos. También es bajo el nivel de satisfacción de las necesidades de educación, cultura y salud. En tales circunstancias, sin la participación del Estado es imposible resolver los importantes problemas de las personas que fueron deportadas.

405.En las zonas rurales de la República Autónoma de Crimea viven 720.900 personas, de ellas 574.500 son adultos, incluidos 109.000 (19%) tártaros de Crimea, de los cuales 70.900 (el 65% de los adultos de este grupo étnico) han recibido parcelas de un área total de 184.900 hectáreas. De ellas:

22.900 exdeportados han recibido parcelas de un área total de 126.100 hectáreas;

300 repatriados han organizado granjas en tierras de un área total de 4.900 hectáreas;

1.600 personas se han incorporado a nuevas empresas agrícolas que ocupan un área total de 8.500 hectáreas;

24.800 personas han recibido parcelas para desarrollar la agricultura individual de un área total de 24.300 hectáreas, y se ha autorizado a otros 21.300 repatriados a que elaboren la documentación de proyectos necesaria con vistas a obtener permisos estatales para la actividad agrícola individual en un área de 21.100 hectáreas.

406.Los tártaros de Crimea exdeportados han recibido tierras para uso agrícola en una proporción de 1,45 hectáreas por persona. Si esa proporción se calcula sobre la base de las parcelas autorizadas a desarrollar proyectos de utilización de la tierra, será de 1,70 hectáreas por persona.

407.En 2001 la proporción media de tierras por persona era de 1,0 hectárea por adulto repatriado. En 2002 ese índice fue de 1,45; en 2003, de 1,63; en 2004, de 1,72; en 2005, de 1,71; en 2006, de 1,7056; en 2007, de 1,71; en 2008, de 1,71, en 2009, de 1,69; y en 2010, de 1,70 hectáreas de tierras agrícolas.

408.Últimamente entre los exdeportados se observa una tendencia a abstenerse de realizar trámites oficiales para la utilización de parcelas para la agricultura individual, sobre todo en los distritos situados en la estepa de Crimea.

409.En el período 2004-2006, en la República Autónoma de Crimea se planteó con agudeza el problema de la distribución de parcelas para usos no agrícolas a los tártaros de Crimea exdeportados, especialmente en las costas meridional y sudoriental de Crimea (las ciudades de Yalta, Alushta, Sudak y Feodosia). Este problema se mantiene vigente.

410.Hasta mayo de 2011 en la República Autónoma de Crimea se habían destinado a la construcción de viviendas individuales 410.900 miles de parcelas de un área total de 49.400 hectáreas, de ellas se habían asignado a los repatriados en usufructo y en propiedad 85.480 parcelas con un área total de 10.100 hectáreas, lo que representa el 20,8% del área total de parcelas para la construcción de viviendas individuales.

411.Además de las tierras agrícolas, para actividades comerciales se asignaron a los repatriados 1.140 parcelas de un área total de 69,72 hectáreas.

412.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 25 y las recomendaciones del párrafo 48 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

413.De conformidad con el párrafo 1 del artículo 116 del Código de la Tierra de Ucrania (en lo sucesivo el Código), los ciudadanos y las personas jurídicas adquieren el derecho de propiedad y usufructo de las parcelas de tierra estatal o comunal por decisión de los órganos del poder ejecutivo o los órganos de autogobierno local, en el marco de las atribuciones que les han sido conferidas en virtud del Código, en particular, del párrafo 12 de sus cláusulas transitorias.

414.En el artículo 121 del Código se establece el derecho de los ciudadanos de Ucrania a recibir gratuitamente parcelas de propiedad estatal o comunal para los siguientes propósitos:

Construir viviendas y locales de servicios para estas, edificios e instalaciones de trabajo (parcelas individuales); como máximo, en aldeas, 0,25 hectáreas; en poblados, 0,15 hectáreas; y en ciudades, 0,10 hectáreas;

Agricultura individual; no más de 2 hectáreas;

Horticultura; no más de 0,12 hectáreas.

415.De conformidad con el párrafo 6 del artículo 118 del Código, los ciudadanos interesados en recibir gratuitamente en propiedad una parcela de tierra estatal o comunal para granjas, agricultura individual, horticultura, construcción de viviendas y sus locales de servicio, edificios e instalaciones de trabajo (parcela individual), construcción individual de casas de campo, construcción de garajes individuales, en los límites de las normas de privatización gratuita, presentan una solicitud ante la administración pública del distrito, o de las ciudades de Kyiv o Sebastopol, o ante el consejo de la aldea, el poblado o la ciudad donde se encuentra la parcela. En la solicitud se indicará concretamente la utilización que se dará a la parcela y su extensión aproximada.

416.En el párrafo 7 del mismo artículo, se establece que la administración pública del distrito o de las ciudades de Kyiv o Sebastopol, o el consejo de la aldea, el poblado o la ciudad examinarán la solicitud en el plazo de un mes y otorgarán el permiso para elaborar el proyecto de utilización de la tierra solicitada o lo denegarán, en cuyo caso indicarán los motivos del no otorgamiento de la parcela. El permiso podrá denegarse únicamente si el lugar que ocupa la parcela no cumple los requisitos establecidos en las leyes y las normas jurídicas consiguientes, los planes generales y otros documentos urbanísticos de las localidades, los programas de ordenación de tierras, los fundamentos técnico-económicos de su utilización y protección en las unidades administrativas territoriales, y los proyectos de ordenación de la tierra para la urbanización de los territorios de localidades, aprobados con arreglo a la ley.

417.Asimismo, cabe señalar que de acuerdo con el párrafo 11 del artículo mencionado, en caso de que el órgano del poder ejecutivo o el órgano de autogobierno local deniegue la entrega en propiedad de la parcela solicitada o no examine la solicitud, el problema se resuelve por vía judicial.

418.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 26 y las recomendaciones del párrafo 49 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

419.Las comunicaciones relativas a condiciones de vida insatisfactorias y hacinamiento en los lugares de alojamiento temporal de los refugiados y solicitantes de asilo no se ajustan a la realidad. En el centro de estancia provisional de los refugiados de la provincia de Odessa, con capacidad para 200 personas, en 2010 se acogió a 173 personas, y en los centros del mismo tipo de las ciudades de Mukachevo y Perechin estuvieron alojadas 180 personas. Todos los refugiados y solicitantes de asilo que viven en esos centros tienen cubiertas sus necesidades de ropa de cama y productos de higiene, y pueden acceder libremente a los servicios médicos del centro de estancia provisional.

Artículo 12

Derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental

420.De conformidad con la Constitución y las leyes de Ucrania, así como con las decisiones del Tribunal Constitucional, en los establecimientos de tratamiento y prevención de enfermedades se presta a los pacientes asistencia médica gratuita y completa, independientemente de su etnia y lugar de residencia.

421.En el artículo 4 de la Ley Nº 2801-XII, de fundamentos de la legislación de salud de Ucrania, de 19 de noviembre de 1992, se establece que el Estado garantiza el humanismo y la prioridad de los valores humanos universales sobre los intereses de clases, etnias, grupos, o individuos, el aumento de la protección social en materia de salud para las capas más vulnerables de la población, la igualdad entre los ciudadanos, el carácter democrático de la asistencia médica y los demás servicios de salud pública, y el acceso a estos de todos los ciudadanos.

422.Con arreglo al artículo 11 de la ley, los ciudadanos extranjeros y los apátridas que viven permanentemente en el territorio de Ucrania tienen los mismos derechos y obligaciones en la esfera de la salud pública que los ciudadanos ucranianos, si otra cosa no se establecen en los tratados internacionales o en la legislación de Ucrania.

423.De acuerdo con el artículo 25 de la ley, el Estado garantizará el nivel de vida de necesario para asegurar la salud de la población, lo que incluye alimentación, vestimenta, vivienda, atención médica, servicios sociales, seguridad social, y todo lo necesario para la preservación de la salud.

424.En virtud de la resolución Nº 79 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 28 de enero de 1997, se aprobó el Procedimiento para la prestación de asistencia médica a los extranjeros y apátridas, que se encuentran temporalmente en el territorio del país. En el Procedimiento se define concretamente el mecanismo de asistencia médica a los extranjeros, incluidos los servicios no gratuitos.

425.En los anexos 1 y 2 figura información sobre la mortalidad por neoplasia en Ucrania, desglosada por sexo, en el período 2005-2009, así como sobre la natalidad, la mortalidad y el crecimiento natural de la población en el mismo período.

426.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 27 y las recomendaciones del párrafo 50 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicas, Sociales y Culturales.

427.Una de las etapas previstas en la reforma de los servicios médicos consiste en la redistribución de los recursos financieros, de manera que se beneficien los servicios de nivel primario de la asistencia médica y la medicina preventiva, incluidos los que se prestan en las zonas rurales.

428.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones de los párrafos 28 y 29 y las recomendaciones de los párrafos 51 y 52 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

429.En diciembre de 2010 puede afirmarse que la lucha contra el VIH/SIDA es una de las prioridades de la política estatal en materia de salud pública y desarrollo social.

430.La intensificación de la actividad de los órganos estatales, empresas, instituciones, organizaciones y agrupaciones de ciudadanos en la lucha contra el VIH/SIDA se ha puesto de manifiesto en la adopción de una serie de medidas importantes, a saber:

Se modificó la legislación, de manera que ya no está tipificada la propagación del VIH/SIDA; en ese sentido, se aplica un programa de terapia de sustitución, reconocido como un importante logro de Ucrania y un ejemplo a nivel mundial;

Se estableció un mecanismo de vigilancia relativo a la consecución de los objetivos de la Declaración de compromiso en la lucha contra el VIH/SIDA y ya se elaboró el cuarto informe nacional (2010) sobre la aplicación de la Declaración, que se reconoció como uno de los mejores informes presentados en el período extraordinario de sesiones de la Asamblea General;

Se creó y funcionó hasta 2010 el Consejo coordinador encargado de los problemas del VIH/SIDA, la tuberculosis y la toxicomaníaadscrito a la Presidencia de Ucrania;

Se creó y está en funcionamiento el Consejo Nacional de lucha contra la tuberculosis y la infección con VIH/SIDA adscrito al Gabinete de Ministros de Ucrania;

En todas las esferas se han creado y funcionan consejos regionales de lucha contra la tuberculosis y el VIH/SIDA sobre la base de la cooperación intersectorial;

En 2007 se creó y se encuentra en funcionamiento el órgano de la administración pública el Comité de lucha contra el VIH/SIDA y otras enfermedades socialmente peligrosas con el objetivo de garantizar la ejecución y coordinación eficaz de la política del Estado en el ámbito de la infección con el VIH y el sida; en diciembre de 2010, como resultado de la optimización del sistema de órganos centrales del poder ejecutivo, en virtud de un decreto presidencial se creó como órgano central del poder ejecutivo el Servicio estatal para la lucha contra el VIH/SIDA y otras enfermedades socialmente peligrosas;

Con vistas a obtener recursos adicionales para la ejecución del Programa nacional, se está poniendo en práctica un programa financiado por el Fondo mundial de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria;

Se ha creado una base normativa de consultas, ensayos, tratamiento, cuidados, apoyo y administración de terapia de sustitución;

Se llevó a cabo la evaluación externa integral de las actividades nacionales de lucha contra la epidemia de VIH/SIDA, en cuyas conclusiones se reconoció la correcta orientación de la política estatal en ese ámbito;

Se hicieron observaciones sustanciales sobre todos los aspectos de la ejecución del Programa, que se tuvieron en cuenta para la elaboración del programa nacional para el período 2009-2013.

431.En febrero de 2009 se aprobó por primera vez con categoría de ley el Programa general del Estado para la prevención de la infección con el VIH, el tratamiento, la atención y el apoyo a las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida para el período 2009-2013. El Programa tiene por objeto estabilizar la situación epidemiológica y reducir el nivel de morbilidad y mortalidad por la infección con el VIH y el sida.

432.A fin de llevar a cabo las tareas y medidas planificadas, se prevé aumentar el volumen de financiación con cargo al presupuesto del Estado y los presupuestos locales. La financiación del Programa con cargo al presupuesto del Estado para 2010 supera en siete veces la asignada al programa anterior, que terminó de ejecutarse en 2008.

433.El problema de la infección con VIH/sida en Ucrania se combate de forma programada, mediante la ejecución de las medidas definidas en la Estrategia nacional.

434.En virtud de la resolución Nº 264 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 4 marzo de 2004, se aprobaron la Concepción de la estrategia gubernamental para prevenir la propagación de la infección con el VIH/SIDA en el período comprendido hasta 2011 y el Programa nacional de prevención de la infección con el VIH, asistencia y tratamiento a las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida para el período 2004-2008. Esos instrumentos normativos fueron modificados en virtud de la resolución Nº 1321 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 8 de noviembre de 2007.

435.La Concepción tiene por objeto en controlar y limitar la propagación de la infección con el VIH/SIDA en Ucrania, mediante:

El perfeccionamiento del sistema de protección social y jurídica de los grupos vulnerables de la población, las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida, así como de las personas afectadas por la infección (familiares que han perdido el sostén de la familia y niños huérfanos);

Un nivel garantizado de asistencia medicosocial integral de alta calificación para las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida, en el volumen definido en la legislación;

Perfeccionamiento del sistema de información a la población sobre la prevención del VIH/SIDA;

Utilización eficaz de las posibilidades que ofrecen las organizaciones internacionales de donantes, sociales y benéficas.

436.La Concepción sirvió de base para elaborar los programas de trabajo de los órganos centrales y locales del poder ejecutivo con la participación de los órganos de autogobierno local, así como de las empresas, instituciones, organizaciones y agrupaciones de ciudadanos, y para desarrollar investigaciones científicas en materia de lucha contra el VIH/SIDA.

437.El Programa nacional de prevención de la infección con el VIH, asistencia y tratamiento de las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida para el período 2004-2008 se encaminó a resolver las tareas definidas en la Concepción. En el Programa se determinaron las principales direcciones estratégicas de las medidas gubernamentales de lucha contra el VIH/SIDA durante un lustro, lo que por su parte contribuyó a la obtención de recursos adicionales destinados concretamente a actividades prioritarias para combatir la propagación de la enfermedad en Ucrania. En el Programa se prevé realizar una labor paralela en varios niveles, desde la educación de la población para que adquiera hábitos de conducta segura con respecto a la infección con el VIH/SIDA hasta el aseguramiento de la atención y el apoyo a las personas infectadas con el VIH y los enfermos de sida.

438.Las medidas encaminadas a luchar contra el VIH/SIDA se realizan con el apoyo de los siguientes donantes internacionales: el Fondo mundial de lucha contra el sida, la tuberculosis y la malaria, Programa Conjunto de las Naciones Unidas sobre el VIH/SIDA (ONUSIDA), y la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional (USAID).

439.En 2010 se puede afirmar con seguridad que en Ucrania se ha detenido de forma sustancial el ritmo de propagación de la infección con el VIH. Si en 2007 la morbilidad por infección con el VIH había aumentado en 10,5% en comparación con el año precedente, ya en 2009 el incremento fue del 5,7% en comparación con 2008 y en 2010, de solo el 3,3%.

440.En ese sentido el número de pruebas del VIH entre las capas vulnerables de la población aumentó en 25,7% en comparación con 2007. Se reduce el número de personas infectadas con el virus entre los consumidores de drogas inyectables. En 2006, de un total de 33.094 consumidores de esas drogas que fueron sometidos a la prueba portaba el virus el 16,5%; en 2009, de 34.749 examinados, el 13,34%; y en 2010, de 33.569, el 12,3%.

441.Aumentan de año en año el número de pacientes que recibe terapia antirretroviral, lo que ejerce una influencia positiva en la situación epidemiológica de la propagación del VIH, dada la eficacia de ese tratamiento como recurso de profilaxis secundaria de la infección. En 2010 aumentó en 40% la utilización de esa terapia. Al 30 de diciembre de 2010, en Ucrania recibía terapia antirretroviral un total de 22.016 pacientes.

442.Constituye un logro considerable la prevención de la transmisión de la enfermedad de la madre al recién nacido, reconocida como prioridad en la lucha contra el sida en el país. El índice de transmisión del VIH de madre a hijo se ha reducido en cuatro veces, de 27,5% en 2000 a 6,8% en 2009. Gracias a la campaña de concienciación que se lleva a cabo en Ucrania se reduce considerablemente la incidencia de la infección entre los jóvenes, que descendió del 22,8% en 2003 al 12% en 2009, lo que evidencia un comportamiento más seguro en ese sector de la población. La disminución de la tasa de infección con el VIH entre los jóvenes repercute en la reducción de los ritmos de propagación del virus en Ucrania.

443.El análisis del cumplimiento de las medidas previstas en el Programa Estatal en 2010 permite concluir que en Ucrania en general se aplica con eficacia la política estatal de lucha contra el VIH/SIDA.

444.Con vistas a perfeccionar la base legislativa, el 23 de diciembre de 2010 se aprobó la Ley de modificación de la Ley de prevención del síndrome de inmunodeficiencia adquirida (sida) y protección social de la población. Gracias a la adopción del proyecto de ley, el marco jurídico y normativo de Ucrania y la consiguiente política de prevención de la propagación del VIH, tratamiento, atención y apoyo a las personas que viven con el virus pueden ajustarse a los instrumentos de derecho internacional sobre derechos humanos, y aproximarse considerablemente a las mejores prácticas mundiales en ese ámbito.

445.Como resultado de los programas de concienciación en que han participado el Ministerio de Educación y Ciencia, el Ministerio de Asuntos de la Familia, la Juventud y los Deportes, así como ONG, en un lustro el nivel de información de los jóvenes sobre la prevención del sida ha aumentado del 14% al 40%.

446.A fin de asegurar la asistencia médica a las personas infectadas con el VIH y a los enfermos de sida, en todas las regiones de Ucrania se ha creado una red de centros de prevención y lucha contra el sida cuyo funcionamiento está garantizado, incluida la asistencia hospitalaria y paliativa a los enfermos que la necesitan.

447.Con vistas a garantizar el acceso a consultas de asesoramiento y a las pruebas del VIH, se ha establecido una red de de 27 consultorios de confianza en todos los centros provinciales y distritales. Se realiza una labor eficaz para prevenir la transmisión del VIH por la vía de donaciones de sangre. En los bancos de sangre funcionan 54 laboratorios para el diagnóstico del VIH en los que se analiza el 100% de las donaciones. En total existen 102 laboratorios de diagnóstico del VIH.

448.En mayo de 2008 comenzó a funcionar el Centro de tratamiento de niños con VIH/SIDA del Hospital Nacional Infantil Especializado "OJMATDET".

449.En Ucrania se lleva a cabo una labor profiláctica para prevenir la propagación de la infección con el VIH, dirigida en particular a los grupos vulnerables de la población. Los programas de reducción del riesgo incluyen anualmente a unos 200.000 consumidores de drogas inyectables. Los pacientes que no logran abandonar el consumo de estupefacientes pueden acceder al programa de terapia de sustitución de apoyo. Esa terapia se administra en 27 regiones de Ucrania en 115 establecimientos de salud pública, incluidos 6 centros de prevención y lucha contra el sida.

450.Con arreglo a la resolución Nº 143 del Gabinete de Ministros de Ucrania, de 15 de febrero de 2006, relativa a la aprobación del Reglamento del examen preventivo obligatorio de las personas de algunas categorías de la población para detectar la tuberculosis, se realizan exámenes preventivos a esos efectos en las instituciones de salud situadas en la zona de la residencia (estancia) o el centro de trabajo de los interesados.

451.De conformidad con los fundamentos de la legislación de Ucrania sobre salud pública, la Ley de lucha contra la tuberculosis, la resolución Nº 143 del Gabinete de Ministros, por la que se aprobó el Procedimiento de examen preventivo obligatorio de las personas de algunas categorías de la población para detectar la tuberculosis, de 15 de febrero de 2006, y a fin de descubrir a tiempo los casos de enfermedades pulmonares entre la población de Ucrania, en virtud de la orden Nº 254 del Ministerio de Salud Pública, de 17 de mayo de 2008, se aprobó la Instrucción sobre la periodicidad de los exámenes radiológicos de los órganos de la cavidad torácica para las personas de algunas categorías de la población de Ucrania.

452.En consonancia con el artículo 15 de la Ley de lucha contra la tuberculosis, "la asistencia en materia de tratamiento y prevención de la tuberculosis en instituciones estatales, comunales y científicas de salud pública, la atención médica (profiláctica), así como el tratamiento en sanatorios-balnearios antituberculosos especiales, se proporcionan gratuitamente con cargo a los recursos del Presupuesto estatal, los presupuestos locales, los fondos de seguridad social y otras fuentes que no estén prohibidas en la legislación. Durante el tratamiento a los enfermos se les administran gratuitamente medicamentos antituberculosos en la cantidad y el surtido establecidos por el órgano de salud pública del poder ejecutivo en la norma relativa al tratamiento de los enfermos de tuberculosis".

453.En el artículo 17 de dicha ley se establece lo siguiente: "los enfermos de tuberculosis cuya enfermedad se detecta mientras se encuentran en prisión provisional reciben tratamiento y asistencia preventiva en las unidades de salud de los centros de detención provisional. Los enfermos de tuberculosis cuya enfermedad se detecta mientras se encuentran en instituciones penitenciarias reciben tratamiento y asistencia preventiva en las instituciones antituberculosas especializadas del sistema penitenciario".

454.Con arreglo a la Ley de aprobación del Programa estatal de lucha contra la tuberculosis en el período 2007-2011, el Ministerio de Salud Pública de Ucrania y el Departamento Estatal Penitenciario se encargan de la adquisición centralizada, con cargo a los recursos del presupuesto, de medicamentos y material de uso médico para el tratamiento de la tuberculosis.

455.Con vistas a lograr los objetivos y cumplir las medidas del Programa estatal de lucha contra la tuberculosis en el período 2007-2011, aprobado en virtud de la Ley Nº 648-U, de 8 de febrero de 2007, se ha encomendado al Comité de lucha contra el VIH/SIDA y otras enfermedades socialmente peligrosas que, conjuntamente con el Departamento Penitenciario, ejecute las siguientes medidas:

Organizar la asistencia médica y la participación de las instalaciones de tratamiento y prevención en la solución de los problemas organizativos relacionados con la detección oportuna de la tuberculosis y el tratamiento de los enfermos en la etapa ambulatoria;

Realizar el diagnóstico integral de la tuberculosis;

Administrar terapia antimicrobiana a corto plazo, controlada y estandarizada a los enfermos de la 1ª a la 3ª categorías, bajo el control de personal médico;

Administrar terapia antimicrobacteriana de cinco componentes controlada y estandarizada a los enfermos de tuberculosis en su forma grave;

Administrar terapia antimicrobiana de cinco y seis componentes controlada y estandarizada a los enfermos de tuberculosis multirresistente;

Administrar tratamiento quirúrgico de los enfermos;

Suministrar a los establecimientos antituberculosos preparados antimicrobacterianos de las series І y ІІ;

Realizar quimioprofilaxis a las personas de grupos de riesgo;

Asegurar que las personas atendidas en establecimientos antituberculosos tengan acceso, a título voluntario, a asesoramiento sobre el VIH y a la prueba del VIH;

Realizar la profilaxis primaria y secundaria de la tuberculosis;

Asegurar que en los centros de detención se creen secciones especializadas para la asistencia médica de los enfermos de tuberculosis en su forma activa.

456.Para los usuarios del Servicio de Empleo, en cada uno de los centros situados en los sectores zonales de información se han colocado documentos, folletos, prospectos, instrucciones, volantes, publicaciones periódicas y películas sobre la prevención del VIH/SIDA y la tuberculosis. Para participar en las actividades de información sobre estas cuestiones, se invita a los centros a los especialistas pertinentes (psicólogos, venerólogos especializados en tratamiento de personas drogodependientes, neumólogos y otros).

457.El Centro Estatal de Empleo, de conformidad con las recomendaciones de la OIT, el Consejo Coordinador del Ministerio de Educación y Ciencia y el Consejo Consultivo para la prevención del VIH/SIDA en el entorno laboral, ha introducido en los planes de estudios y programas de formación, recalificación y elevación de la calificación de los desempleados (como curso adicional) el tema "Fundamentos de los conocimientos sobre un modo de vida saludable", a fin de informar a las personas desempleadas que se encuentran desempleadas sobre la propagación del VIH/SIDA en Ucrania y promover un modo de vida saludable.

458.En el marco de la lucha contra las epidemias de VIH/SIDA y tuberculosis, con vistas a desarrollar una actitud de tolerancia hacia las personas que viven con el VIH/SIDA, asegurarles protección social e impedir que se les discrimine en el lugar de trabajo, el Servicio Estatal de Empleo prevé seguir informando y concienciando a la población y los empleadores con respecto a la prevención y protección contra esas enfermedades.

459.Teniendo en cuenta las características de la actividad de los funcionarios de los órganos y unidades del Ministerio del Interior y los ritmos de propagación del VIH/SIDA entre la población de Ucrania, el 1 de noviembre de 2005 se firmó un Convenio entre el Fondo de Población de las Naciones Unidas, el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) y el Ministerio del Interior sobre la ejecución del proyecto conjunto "Prevención de la infección con el VIH y de las enfermedades de transmisión sexual entre el personal del Ministerio del Interior de Ucrania".

460.Los objetivos fundamentales del proyecto han consistido en formar una conducta segura y responsable en el personal del Ministerio del Interior mediante la elaboración e introducción de programas docentes integrales sobre prevención del VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual entre el personal del Ministerio del Interior, motivar al personal de la policía a desarrollar un modo de vida saludable y una conducta segura y responsable, y ampliar las oportunidades de acceso a las entidades de servicios sociales y médicos.

461.En el marco de la ejecución del proyecto, en el período 2006-2008, el Departamento de Personal del Ministerio del Interior, conjuntamente con los departamentos de personal provinciales, dedicó considerable atención a la tarea de organizar la prevención de la infección con el VIH y las enfermedades de transmisión sexual entre el personal de los órganos del Ministerio del Interior, mediante las siguientes actividades:

Labor de divulgación sobre la prevención del VIH y las enfermedades de transmisión sexual y desarrollo de hábitos de un modo de vida saludable entre el personal de los órganos del Ministerio del Interior de Ucrania.

Formación específica de dirigentes seleccionados de los órganos del Ministerio del Interior como capacitadores encargados de la divulgación de esas cuestiones. En los 17 cursos de formación especializados impartidos se preparó a un total de 447 funcionarios del Ministerio del Interior y de sus centros docentes.

462.En el bienio 2006-2007 se realizaron dos investigaciones integrales sobre conducta encaminadas a estudiar la posibilidad de prestar servicios de tratamiento terapéutico y evaluar las necesidades de tratamiento de enfermedades de transmisión sexual entre los militares y el personal de las fuerzas del orden. Los datos consolidados se transmitieron al Fondo de Población de las Naciones Unidas con vistas a la preparación del informe que se presentaría a la Unión Europea.

463.Se trabaja activamente para perfeccionar los instrumentos normativos estatales que regulan la labor de los órganos del poder central en materia de prevención del VIH/SIDA y las enfermedades de transmisión sexual.

464.Los funcionarios de los departamentos de personal de la Dirección General, de otras Direcciones, y los jefes de cátedra de los centros docentes del Ministerio del Interior realizan actividades de divulgación independientes destinadas a un amplio grupo de agentes de las fuerzas del orden, sobre la base de sus conocimientos profesionales y de los medios audiovisuales existentes.

Artículo 13

Derecho a la educación

465.De conformidad con los artículos 10 y 53 de la Constitución de Ucrania, el idioma oficial del país es el ucraniano. El Estado asegura el desarrollo armonioso y el funcionamiento del idioma ucraniano en todas las esferas de la vida de la sociedad en todo el territorio del país. A los ciudadanos que pertenecen a minorías étnicas se les garantiza de conformidad con la ley el derecho a realizar sus estudios en su idioma materno en los centros docentes estatales y comunales o en el marco de sociedades culturales de sus etnias. Los derechos de los ciudadanos en el ámbito de la educación se hacen realidad en la red de centros docentes preescolares y de enseñanza general en que la educación se imparte en ucraniano o en idiomas de minorías étnicas de Ucrania.

466.Cada año en el presupuesto del Estado se consignan recursos para la publicación, la adquisición, el almacenamiento y el traslado de los manuales y libros de texto para los estudiantes de la enseñanza superior, la enseñanza general y la enseñanza técnica y profesional, así como de instituciones preescolares. En el presupuesto estatal de Ucrania para 2010, en la partida presupuestaria 2201230 "Edición, adquisición, almacenamiento y traslado de manuales y libros de texto para los estudiantes de la enseñanza superior, la enseñanza general y la enseñanza técnica y profesional, así como de instituciones preescolares" se han consignado gastos por un valor de 198,5 millones de jrivnias. El Ministerio de Educación y Ciencia de Ucrania es el órgano competente para determinar la utilización de esos recursos en la publicación de obras concretas.

467.Se previó destinar 19,4 millones de jrivnias a la publicación de manuales para los alumnos de 10º grado de las escuelas de enseñanza general, que abarcan hasta el 11º grado, en que se imparte la educación en ruso y otros idiomas minoritarios.

468.En los centros de enseñanza superior se estudian los idiomas ruso, búlgaro, tártaro de Crimea, moldavo, griego moderno, polaco, rumano, eslovaco, turco y húngaro.

469.Para los integrantes de minorías nacionales que se encuentran dispersos en el territorio de Ucrania funcionan centros de divulgación cultural y escuelas dominicales a los que pueden asistir personas de cualquier edad. Contribuyen a la actividad de esas entidades los órganos de dirección de la educación, sociedades etnoculturales y organizaciones de divulgación cultural.

470.En los centros y escuelas dominicales mencionados se imparten los idiomas azerbaijano, afgano (pushtu), belaruso, búlgaro, armenio, hebreo, italiano, caraim, coreano, krymchak, lituano, moldavo, alemán, griego moderno, polaco, romaní, tártaro, turco y checo, así como la literatura, la historia, la cultura y las tradiciones de esos pueblos.

471.Prosigue la labor encaminada a suministrar manuales y demás literatura docente metodológica a los centros de enseñanza general en idiomas minoritarios.

472.En el período 2005-2010 se editaron con cargo al presupuesto estatal libros de texto en idiomas minoritarios para los alumnos de 5º a 10º grados de las escuelas de enseñanza general en esos idiomas y traducciones a idiomas minoritarios del manual del curso integrado "Literatura nacional y mundial", idioma y literatura ucranianos y otras asignaturas.

473.En el bienio 2008-2009, se publicaron con cargo al presupuesto estatal diccionarios bilingües en ambas direcciones de terminología escolar, de ucraniano y ruso, ucraniano y húngaro, ucraniano y rumano, ucraniano y polaco, ucraniano y moldavo y ucraniano y tártaro de de Crimea.

474.Los maestros para centros y aulas de enseñanza general en ucraniano, ruso, moldavo, tártaro de Crimea, húngaro, polaco, rumano, eslovaco y búlgaro se forman en Ucrania.

475.En particular, el personal pedagógico para los centros de enseñanza general en ucraniano y ruso se forma en centros de estudios superiores del І al ІV niveles de acreditación en todas las unidades territoriales de la división administrativa del país. Los destinados a las escuelas de enseñanza en moldavo y rumano, se preparan en la Universidad Estatal de Humanidades de Izmail y las Universidades Nacionales de Uzhgorod y Chernovitsk; en tártaro de Crimea, en la Universidad de Ingeniería y Pedagogía y la Universidad Nacional de Tavrichesk; en húngaro, en la Universidad Nacional de Uzhgorod; en polaco, en las Universidades Nacionales de Volynsk, la Universidad Pedagógica de Drogobych, y las Universidades Nacionales de Kyiv, Lvov, Prikarpatia, Ucrania occidental, y Jmelnistki ; eslovaco, en las Universidades Nacionales de Lvov y Uzhgorod; y en búlgaro, en la Universidad Estatal de Humanidades de Izmail y las Universidades Nacionales de Kyiv, Lvov y Odessa.

476.En el Programa de preparación específica del personal autóctono para la esfera sociocultural de la República Autónoma de Crimea se prevé también la formación de maestros para los centros de enseñanza general en el idioma minoritario. La ejecución de ese Programa se garantiza aumentando el número de graduados en especialidades socioculturales en los centros de estudios superiores de la República Autónoma de Crimea, a fin de atender las especialidades incluidas en las solicitudes del Estado.

477.En la Universidad de Ingeniería y Pedagogía de Crimea se han ampliado la estructura y la matrícula en la especialidad de Artes Plásticas. En la Facultad pedagógica de esa Universidad se forman especialistas en Educación Primaria y Educación Preescolar de la asignatura Idioma y literatura de los tártaros de Crimea. En la sección de idioma y literatura de los tártaros de Crimea e idiomas y literaturas orientales de la Universidad Nacional V. I. Vernadski, de Tavrichesk se prepara a especialistas en Idioma y literatura de los tártaros de Crimea. En la Escuela Pedagógica de Simferopol, perteneciente a la Universidad de Ingeniería y Pedagogía de Crimea, se forman cada año con cargo al presupuesto 25 maestros de grados iniciales de primaria y maestros de primaria especializados en idioma tártaro de Crimea. Se han abierto cursos de posgrado en las Universidades de Ingeniería y Pedagogía y la Universidad de Humanidades de Crimea (ciudad de Yalta). En la Universidad Nacional V. I. Vernadski, de Tavrichesk, se han abierto cursos de candidatos a doctor en ciencias en Literatura de los tártaros de Crimea e Idiomas túrquicos. En los cursos de posgrado de la Universidad Nacional Pedagógica M. P. Dragomanov se forma a especialistas en ciencias pedagógicas para la Universidad de Humanidades de Crimea.

478.Se presta asistencia metodológica a los centros de estudios superiores pedagógicos de Crimea en la preparación de programas tipo, documentos normativos y exámenes para obtener el título de candidato a doctor en ciencias.

479.En la Universidad Estatal de Ingeniería y Pedagogía de Crimea se ha creado el Centro de aseguramiento docente-metodológico y medios modernos de enseñanza en idiomas minoritarios.

480.En el marco del Programa de preparación específica del personal autóctono para la esfera sociocultural de la República Autónoma de Crimea se asignan anualmente plazas (más del 90% correspondientes a carreras seleccionadas especialmente) a los egresados de la enseñanza media pertenecientes a grupos étnicos que fueron deportados (tártaros de Crimea, armenios, búlgaros, griegos y alemanes).

481.En las instituciones de educación de posgrado de la República Autónoma de Crimea se recalifican y elevan su calificación cada año casi 7.000 maestros y profesores de centros de enseñanza de esa República.

482.Con arreglo a convenios vigentes y a solicitud de los órganos de dirección de la educación, anualmente prestan servicios en Ucrania maestros de búlgaro, estonio, polaco y eslovaco procedentes de la República de Bulgaria, la República de Estonia, la República de Polonia y la República de Eslovaquia, respectivamente. Por otra parte, los institutos pedagógicos de educación de posgrado de la República Autónoma de Crimea, de las provincias, y de las ciudades de Kyiv y Sebastopol, se encargan de la formación y elevación de la calificación de los maestros de centros de enseñanza general en idiomas minoritarios.

483.El Ministerio de Educación y ciencia ha elaborado planes docentes sobre la base de las particularidades de la enseñanza de los idiomas y literaturas de las minorías étnicas en los diversos tipos de centros educacionales.

484.En los cuadros que figuran en el Anexo 3 se proporciona información sobre la enseñanza en idiomas minoritarios y el estudio de esos idiomas en los centros de enseñanza durante el año escolar 2009/10.

485.Sobre la base de la propuesta del Comisionado de Derechos Humanos del Consejo Supremo de Ucrania, el Ministerio de Educación y Ciencia ordenó mantener en 2010 y 2011 el antiguo procedimiento con arreglo al cual, a solicitud de los interesados, los exámenes de la evaluación externa independiente se traducen al idioma en que los graduados de centros de enseñanza media han cursado ese nivel.

486.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 31 y las recomendaciones del párrafo 54 de las Observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

487.El Ministerio de Educación y Ciencia de Ucrania, los órganos de dirección de la educación, en particular, los de las provincias de Transcarpatia y Odessa, donde viven grandes concentraciones de romaníes, y los claustros pedagógicos de los centros de enseñanza general se esfuerzan por atender las necesidades de los niños romaníes, asegurar su enseñanza y adaptación social y mejorar la dotación de materiales de las escuelas donde estos cursan estudios.

488.De conformidad con la Ley de educación y la Ley de enseñanza media general, los niños romaníes en edad escolar, al igual que los de otras etnias, tienen derecho a seleccionar la modalidad y el centro de enseñanza en que realizarán sus estudios.

489.En 2010 vivían en la provincia de Odessa casi 1.200 niños romaníes en edad preescolar y escolar.

490.Existen grandes concentraciones de romaníes en los distritos de Artsiz, Balta, Belgorod-Dniestrovski, Beliaev, Kominternovski, Saratski, Tatarbunarski y Frunze, así como en la ciudad de Izmail.

491.Todos los niños romaníes cuyos padres así lo desean asisten a centros de enseñanza preescolar. Una parte considerables de esos niños, al igual que los de otras etnias, reciben los servicios de esos centros de manera gratuita o preferencial, de conformidad con la legislación vigente.

492.En los centros de enseñanza general de los niveles І a ІІІ de la provincia de Odessa, estudian junto a niños de otras etnias 900 alumnos romaníes, lo que representa casi el 100% del total de niños romaníes en edad escolar.

493.Debido a la oposición de sus padres, cuatro niños en edad escolar no asisten a la escuela (distritos de Artsiz e Izmail). Los especialistas de los departamentos de educación de las administraciones estatales de esos distritos desarrollan la labor de concienciación pertinente con los padres de esos alumnos.

494.Los alumnos romaníes disponen de la documentación necesaria para estudiar, a saber: certificación de nacimiento, certificados médicos y certificado de obtención del código de identidad. En caso contrario, los departamentos de educación toman medidas la obtención de esos documentos. En el año escolar 2009, con la asistencia del departamento de educación de la administración estatal del distrito de Belgorod-Dniestrovski, 14 alumnos romaníes recibieron sus certificaciones de nacimiento. Teniendo en cuenta su estado físico y la calidad de sus conocimientos, cuatro niños romaníes fueron transferidos a la modalidad de enseñanza individual.

495.A fin de asegurar la igualdad de acceso a una educación de calidad en los centros de enseñanza general de las zonas rurales, se ha organizado el traslado gratuito de los niños a las escuelas. Todos los alumnos romaníes reciben alimentación caliente gratuita. Por lo general los niños romaníes estudian en los centros de enseñanza junto con niños de otras etnias.

496.En la provincia de Transcarpatia existe una amplia red de centros de enseñanza general en que reciben educación niños romaníes. En 127 escuelas de enseñanza general de la provincia estudian más de 6.000 de esos niños, lo que representa el 3,6% del total de alumnos.

497.En la ciudad de Beregovo hay 11 escuelas de enseñanza media general, en las que estudian 367 niños romaníes. La asistencia media a clases es del 70%. A los alumnos se les garantizan computadoras, libros de texto y artículos escolares. Las escuelas disponen de comedores; los niños de los grados inferiores reciben alimentos en dos ocasiones durante las horas lectivas y los de grados superiores almuerzan en la escuela. Una enfermera de la policlínica presta servicios en la escuela, que está situada junto al centro médico.

498.En el microdistrito funciona también un centro preescolar que presta servicios durante las 24 horas y al que asisten 24 niños romaníes totalmente a expensas del Estado.

499.En la escuela de enseñanza media general de la ciudad de Mukachevo estudian 591 alumnos romaníes. De ellos, 280 de grados inferiores y 311 de 5º a 9º grados. El proceso de enseñanza se desarrolla en dos turnos. En esta escuela, con ayuda de la organización "Por el futuro de los niños romaníes" y con los recursos de patrocinadores (organización suiza de beneficencia "Forza") se financió la construcción del sistema de calefacción de gas, se acondicionó un retrete y se equiparon un aula de computación y un taller de costura. Se pavimentó el patio de la escuela y en sus predios se construyeron un área de juegos y otra deportiva. Con recursos donados por el fondo de beneficencia "Flextronix" (Reino de los Países Bajos) se compraron instrumentos musicales. Con la asistencia de los órganos de poder de la ciudad se reparó la tradicional techumbre piramidal de la escuela, se remozó la fachada exterior y se sustituyeron las ventanas del segundo piso. Los maestros controlan diariamente la asistencia de los alumnos, que en este momento no es satisfactoria. En la escuela se han creado diversos círculos de interés para el desarrollo integral de los alumnos.

500.En la escuela de enseñanza media general de Podvinogradov, distrito de Vinograd, en 2010 estudiaban 222 niños romaníes. Cerca del campamento romaní está situada la escuela primaria donde estudian los niños de 1º a 4º grados (125 alumnos), los de grados superiores asisten a la escuela junto con los demás niños del poblado de Podvinogradov. Todos los alumnos han recibido libros de texto. Se suministran almuerzos calientes para los alumnos de las clases inferiores de la enseñanza primaria.

501.En la escuela de enseñanza media general de Seredniansk, de І a ІІІ nivel de acreditación del distrito de Uzhgorod cursan estudios 181 niños romaníes. Los alumnos de 1º a 5º grados (88) estudian en un local independiente, situado en el campamento romaní, a una distancia de tres kilómetros de la escuela. Se han distribuido libros de texto a todos los alumnos. Diariamente se suministran almuerzos calientes a los niños. Los alumnos de 6º a 11º grados prosiguen sus estudios en la escuela principal, situada en el poblado urbano de Sriednieie.

502.En la escuela de enseñanza media general del poblado de Rostoki, distrito de Rajov, estudian 112 niños romaníes que viven en Rostoki, en el poblado de Ust-Reki y en la ciudad de Rajov. Los 63 alumnos de 1º al 4º grados reciben las clases en un local situado en Ust-Reki. La asistencia escolar es satisfactoria. El personal del dispensario de Rostoki se encarga del examen médico de los alumnos, según un cronograma. En la escuela se proporciona comida caliente a los niños. En 2009, el edificio de la escuela de Ust-Reki se reparó totalmente con financiación de la organización Forza. En el año escolar de 2010 se realizaron trabajos de mantenimiento en las aulas y las estufas de calefacción. Tras concluir el ciclo de 1º a 4º grados los niños romaníes continúan los estudios de 5º a 11º grados en la escuela de enseñanza media general Nº 4 del poblado de Rostoki y participan en las actividades de los círculos de interés, sobre todo en los deportivos.

503.Se han incorporado a los estudios en la escuela de enseñanza media general Nº 2 de Mezhigorsk 44 niños romaníes, que asisten a clases junto con niños de otras etnias. Todos los alumnos estudian en una escuela nueva, en aulas claras y espaciosas provistas de los medios didácticos necesarios. Los niños romaníes han recibido los manuales y libros de texto correspondientes. La asistencia a este centro de enseñanza es superior al 70%. Los maestros dominan métodos adecuados para la enseñanza de los niños romaníes, los ayudan a comunicarse libremente con sus condiscípulos y los incorporan a diversas actividades extraescolares.

504.En el año escolar 2009, una vez que hubo vencido los exámenes de la evaluación externa independiente, el alumno de 11º grado Vitali Lakatosh ingresó en la Facultad de Derecho de la Universidad V. Stefanik de Prikarpatia.

505.En la escuela de enseñanza media general del distrito de Uzhgorod estudian 216 alumnos de diversas etnias, incluidos 85 niños romaníes, en ocho aulas en que la enseñanza se imparte en húngaro. En la escuela de enseñanza media general Nº 13 de la ciudad de Uzhgorod estudian 206 alumnos. En los últimos años, se han asignado con cargo al presupuesto 16.060 jrivnias para trabajos de reparación y 5.000 jrivnias para adquirir e instalar una nueva caldera de gas. La escuela dispone de calefacción autónoma. Dispone de agua corriente caliente y fría. Se proporciona alimentación gratuita a 90 alumnos (niños de los primeros grados, huérfanos de padre y madre o de un progenitor). Hace ya dos años que la escuela posee un aula de computación con nueve computadoras, una de las cuales está conectada a Internet. Se ha organizado un grupo de aficionados al arte dirigido por una muchacha romaní.

506.La escuela de enseñanza media general Nº 14 de la ciudad de Uzhgorod, fundada en 1926, fue construida por los propios romaníes, que entonces vivían en una numerosa comunidad en el campamento del microdistrito de Shajta. La escuela, al igual que algunos otros centros de enseñanza donde ahora estudian los romaníes, proporcionó educación a más de una generación de familias de esa etnia. En 2010 en ella estudiaban 79 alumnos distribuidos en seis grados. En los últimos tres años ha mejorado considerablemente el equipamiento material y técnico del centro, se reparó totalmente el área de alimentación y se construyeron una cocina y un comedor nuevos para 30 comensales. Se proporciona alimentación gratuita a los alumnos de los primeros grados y a los carentes de protección social. Se instalaron el sistema de alcantarillado y nuevas tuberías de agua potable y se habilitaron tres retretes interiores. Una caldera de calefacción fue sustituida por otra más económica, se cambiaron 15 ventanas y 9 puertas y se repararon 4 aulas. Se instalaron nuevos tabiques móviles entre las aulas, lo que permite utilizarlas como salas de actos y deportivas.

507.En la lista de disciplinas selectivas se incluye la asignatura Historia, cultura y modo de vida de los romaníes. Con arreglo al programa de la asignatura, la maestra E. N. Navrotskaya ha publicado un manual metodológico para los maestros de historia de otras escuelas, dirigido a fomentar una actitud de tolerancia hacia los portadores de la cultura romaní, y un libro sobre el Holocausto romaní.

508.De ese modo, en los centros de enseñanza en general se han creado condiciones para la igualdad de acceso de los niños romaníes a una educación de calidad.

509.Cabe señalar que influyen negativamente sobre el proceso de enseñanza la falta de preparación previa y el léxico limitado o nulo de los niños romaníes que ingresan en primer grado. En las temporadas de primavera y otoño, cuando los padres salen a ganar el sustento familiar, una parte considerable de los alumnos deja de asistir a la escuela; también son frecuentes las ausencias a clases de los niños, que en ese tiempo se dedican a la mendicidad por carecer de ropa o zapatos. Uno de los problemas más complejos consiste en que un número considerable de niños romaníes ha abandonado los estudios y sus padres prácticamente no se ocupan de su educación. En su mayoría, los romaníes viven en medio de grandes carencias materiales, no tienen ingresos fijos y con frecuencia sus hijos quedan a merced de las circunstancia, sin la debida atención.

510.El Ministerio de Educación y Ciencia y los órganos de dirección de la educación velan constantemente por los problemas de la educación de los niños romaníes y cooperan con las organizaciones sociales de esa etnia a fin de resolverlos.

Artículo 15

Derecho a participar en la vida cultural

511.En Ucrania existen más de 130 minorías étnicas que han creado hasta la fecha 1.458 organizaciones sociales (44 de ellas de categoría panucraniana), en las que funcionan más de 6.000 colectivos artísticos.

512.En el contexto del desarrollo de la política cultural de Ucrania, de conformidad con las disposiciones básicas de la estrategia europea, constituye un aspecto importante la participación del sector social en la ejecución de proyectos concretos. En la esfera del apoyo y el desarrollo de las culturas de las etnias, desde hace muchos años tiene lugar una cooperación activa entre el Ministerio de Cultura y Turismo y las ONG. En las diversas regiones del país el Ministerio ofrece un apoyo organizativo y financiero permanente a las iniciativas artístico-culturales, educacionales y científico-prácticas que llevan a cabo las sociedades etnoculturales de nivel local, nacional o internacional a fin de contribuir al desarrollo de las tradiciones y culturas de todas las etnias de Ucrania. En ese sentido, el propósito fundamental es elevar la competencia intercultural de los integrantes de las etnias del país mediante el reconocimiento de sus culturas y manifestaciones culturales, así como elaborar mecanismos modernos y eficaces de cooperación entre el Estado, la sociedad civil, y el sector privado.

513.En los últimos años el presupuesto del Ministerio de Cultura y Turismo de Ucrania para el desarrollo de las culturas de las minorías étnicas ha ascendido a 1,5 millones de jrivnias, lo que ha permitido realizar una serie de actividades artísticas y culturales con el propósito fundamental de apoyar, desarrollar y preservar los tesoros del patrimonio etnocultural, que dan fe de la coexistencia armoniosa de los integrantes de diversas etnias en Ucrania.

514.Como resultado de la fructífera cooperación del Ministerio de Cultura y Turismo con las asociaciones etnoculturales, se ha prestado asistencia financiera y metodológica para la organización de actividades artísticas y culturales a las siguientes entidades, entre otras: Consejo de asociaciones étnicas de Ucrania, Fondo de arte y etnografía de los tártaros de Crimea, Asociación de Alemanes, Federación de Griegos, Unión de Polacos, Unión de Belarusos de toda Ucrania, Asociación de Coreanos, Fondo Hebreo, Centro panucraniano educativo y cultural ruso "Russkoye sobranie", Unión panucraniana "Kongress romen Ukrainy", Unión de armenios de toda Ucrania y Consejo de asociaciones étnicas de la provincia de Nikolaevsk.

515.A fin de contribuir al desarrollo de las tradiciones y la cultura de la nación ucraniana, divulgar la diversidad cultural de sus minorías étnicas, integrar al país en el entorno cultural europeo, reforzar la comprensión mutua y mejorar la coexistencia de personas de culturas diferentes, en virtud del decreto presidencial Nº 153, de 25 de febrero de 2008, se proclamó a 2008 Año del diálogo intercultural en Ucrania. En ese año en diversas regiones del país se celebraron amplias actividades para dar a conocer el patrimonio artístico y cultural de todas las etnias. A modo de conclusión del Año del diálogo intercultural, del 10 al 12 de diciembre de 2008 el Ministerio de Cultura y Turismo celebró en Kyiv el evento artístico y cultural "Unidos en la diversidad".

516.En el marco del evento se realizaron la exposición panucraniana de pintura y fotografía "Ucrania es nuestra casa", el concierto de colectivos creadores de minorías étnicas de diversas regiones de Ucrania, la Conferencia panucraniana "Esencia multicultural de los monumentos de Ucrania", el Seminario panucraniano del Consejo de asociaciones étnicas de Ucrania y el Seminario de jefes de grupos del campamento estival de la tolerancia. En dichas actividades participaron maestros de las artes decorativas aplicadas, etnógrafos, folkloristas, colectivos de creación integrados por personas de diversas edades y dirigentes de asociaciones etnoculturales. Los participantes destacaron la importancia actual de la comprensión mutua entre las personas y la atención del Estado a la cultura autóctona de cada pueblo.

517.En 2009 el Ministerio de Cultura y Turismo y otras organizaciones estatales y sociales celebraron ampliamente el 150º aniversario del nacimiento del célebre escritor hebreo Sholom Aleichem: en marzo se celebraron veladas artístico-literarias, en Kyiv se inauguró un museo dedicado al escritor y se realizaron numerosas exposiciones.

518.Asimismo, se organizaron diversas actividades para conmemorar el bicentenario del nacimiento de Juliusz Slowacki. En la ciudad de Kremenets, provincia de Ternopol, tuvieron lugar los encuentros literarios ucraniano-polacos "Diálogo de dos culturas", la conferencia científica "Slowacki conocido y desconocido", una conferencia de literatos, una conferencia de investigadores de museos de Ucrania y la República de Polonia, presentaciones de obras y libros de escritores polacos y ucranianos, dos exposiciones polaco-ucranianas, respectivamente de obras pictóricas y fotográficas realizadas al aire libre, una misa solemne, una fiesta en la calle Slowacki, el concierto "Cumpleaños de Juliusz", la colocación de una ofrenda floral en la tumba de Salomea Slowacka, madre del poeta, y en el monumento a Tarás Shevchenko, la develación solemne y consagración de una tarja en la antigua iglesia católica del Liceo de Kremenets, y una exposición internacional de fotografía al aire libre organizada por el Museo Nacional de la Tierra de Przemyśl, en la ciudad del mismo nombre. En los centros de enseñaza, instituciones científicas, culturales, así como en las bibliotecas y museos de Ucrania se celebraron también actividades educativas y de información y concienciación dedicadas al bicentenario del natalicio de Juliusz Slowacki.

519.En 2009 volvió a tener lugar el Foro panucraniano de culturas étnicas "Ucrania: diversidad artística y diálogo cultural". El amplio programa de actividades del Foro, que incluyó la Conferencia internacional científico-práctica "Diálogo intercultural y política etnocultural de Ucrania", la Exposición de literatura en idiomas minoritarios, la Exposición fotográfica panucraniana "Diversidad étnica de Ucrania" y el Concierto de colectivos creadores de las etnias "Todos somos tus hijos, Ucrania!", demostró de manera fehaciente que el Estado de Ucrania, país multiétnico donde impera la tolerancia, aborda con seriedad la diversidad cultural como importante fuente de desarrollo del país. Asistieron al Foro más de 300 personas de diversas regiones de Ucrania. En su marco se otorgaron altas condecoraciones del Estado a representantes de asociaciones etnoculturales de azerbaiyanos, armenios, rusos, romaníes, polacos, belarusos, tártaros de Crimea, georgianos, griegos y moldavos.

520.Con la asistencia del Ministerio de Cultura y Turismo se publicó en Ucrania el libro Pravedniki Babego Yara (Los justos de Babi Yar).

521.El Ministerio de Cultura y Turismo de Ucrania participa activamente en la labor de los órganos del poder estatal para combatir las manifestaciones de xenofobia e intolerancia interétnica y racial en la sociedad ucraniana. Las instituciones bibliotecarias de Ucrania trabajan con energía a fin de difundir la tolerancia, el respeto a la cultura, la historia, los idiomas, las costumbres y las tradiciones de las diversas etnias. En particular, se transmiten los programas de información "País multicolor", "Europa, nuestra casa común", "Por países y continentes", se difunden películas de vídeo y publicaciones periódicas temáticas y se organizan cursos de capacitación sobre tolerancia entre los jóvenes.

522.En 2010 el Ministerio de Cultura y Turismo proporcionó asistencia financiera y en materia de organización con vistas a los preparativos y la celebración de una serie de actividades artísticas y culturales de las minorías étnicas de Ucrania, a saber:

Evento artístico y cultural "Alegría del renacimiento" para los niños de los pueblos que fueron deportados de Crimea, del 29 de julio al 9 de agosto de 2010, ciudad de Feodosia, República Autónoma de Crimea;

Evento artístico-cultural en apoyo a la cultura de las etnias carentes de patria histórica y los pueblos minoritarios de Crimea, 16 de septiembre de 2010, Kyiv.

523.Colectivos artísticos de los tártaros de Crimea y otros pueblos que fueron deportados por motivos étnicos participaron en las actividades culturales realizadas con apoyo financiero y organizativo del Ministerio de Cultura y Turismo de Ucrania: Festival panucraniano de las culturas de las minorías étnicas "Familia de Tavrichesk" (27 a 29 de agosto de 2010, ciudad de Genichesk, provincia de Jerson), Festival panucraniano "Druzhba" de culturas étnicas de la región meridional de Ucrania (17 a 20 de septiembre de 2010, ciudad de Nikolaev).

524.Además, en 2010 el Ministerio proporcionó asistencia financiera y metodológica para la organización y celebración del XI Festival internacional romaní "Amala 2010" (17 a 20 de septiembre de 2010, Kyiv). Asimismo, colectivos artísticos romaníes participaron en actividades culturales celebradas con apoyo del Ministerio de Cultura y Turismo: Evento artístico-cultural de apoyo a la cultura de las etnias carentes de patria histórica y los pueblos minoritarios de Crimea (16 de septiembre, Kyiv), Festival panucraniano de culturas de minorías nacionales "Familia de Tavrichesk" (27 a 29 de agosto de 2010, ciudad de Genichesk, provincia de Jerson), Festival panucraniano "Druzhba" de culturas étnicas de la región meridional de Ucrania (17 a 20 de septiembre de 2010, ciudad de Nikolaev) y la Conferencia panucraniana de asociaciones de culturas étnicas "Somos ucranianos" (15 a 17 de septiembre, ciudad de Kyiv).

525.El Ministerio de Cultura y Turismo realiza una intensa labor para preservar y desarrollar la diversidad étnica y cultural de Ucrania; contribuye, entre otras cosas, a satisfacer las necesidades etnoculturales de las minorías nacionales, revitalizar sus costumbres y tradiciones y desarrollar integralmente los idiomas y la educación, el arte como afición y como profesión, preservar los monumentos históricos y culturales, restablecer los valores culturales y difundir publicaciones periódicas.

526.Ucrania ha tomado en consideración las observaciones del párrafo 9 y las recomendaciones del párrafo 32 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

527.De conformidad con la Ley del Comisionado de Derechos Humanos del Consejo Supremo de Ucrania, en el desempeño de sus funciones el Comisionado posee autonomía con respecto a los demás órganos y funcionarios estatales. Se prohíbe que interfieran en la labor del Comisionado los órganos del poder estatal, los órganos de autogobierno local, las agrupaciones de ciudadanos, las empresas, las instituciones y las organizaciones, independientemente de su forma de propiedad, así como sus funcionarios y empleados (art. 20 de la ley).

528.Las actividades del Comisionado de Derechos Humanos del Consejo Supremo se financian con cargo a los recursos consignados en la partida correspondiente del Presupuesto del Estado. En la Ley de presupuesto del Estado para 2010 se previó una financiación de los gastos de la secretaría del Comisionado de Derechos Humanos ascendente a 21,335 millones de jrivnias (17,823 millones de jrivnias en 2009).

529.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 55 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

530.El 7 de julio de 2010 el Consejo Supremo de Ucrania aprobó la Ley del sistema judicial y el estatuto de los jueces, que entró en vigor el 30 de julio de 2010. En dicha Ley se enuncian los principios jurídicos de la organización del sistema judicial y la administración de justicia en Ucrania, a fin de proteger las libertades, los derechos y los legítimos intereses de la persona y el ciudadano, de las personas jurídica y del Estado, sobre la base del estado de derecho; asimismo, en la ley se define el sistema de tribunales ordinarios, el estatuto del juez profesional, el sistema y el procedimiento de la independencia judicial y se establece un sistema y un mecanismo general para asegurar el funcionamiento de los tribunales; además, en ella se regulan otras cuestiones del sistema judicial y del estatuto de los jueces, de conformidad con las normas internacionales.

531.A fin de renovar integralmente la legislación de procedimiento económico, el Ministerio de Justicia elaboró el proyecto de Código de procedimiento judicial económico de Ucrania, cuyas disposiciones regulan, de conformidad con las normas internacionales, el procedimiento para la protección ante un tribunal económico de los derechos, libertades o intereses violados, no reconocidos o disputados de los participantes en las relaciones económicas. El proyecto de Código está siendo examinado por el Consejo Supremo de Ucrania.

532.En el artículo 43 de la Ley del Tribunal Constitucional de Ucrania se establece el derecho de los ciudadanos ucranianos, los extranjeros y los apátridas a recurrir al Tribunal Constitucional para resolver cuestiones relacionadas con la interpretación oficial de la Constitución y las leyes del país. Ese derecho se ejerce mediante la presentación de una petición constitucional, o sea, de una solicitud por escrito al Tribunal Constitucional para que este dé su interpretación oficial de la Constitución y las leyes, a fin de asegurar el ejercicio o la protección de los derechos y libertades constitucionales de la persona y el ciudadano (art. 42, parte primera de la ley).

533.El fundamento para la presentación de la petición constitucional mencionada es la falta de uniformidad en la aplicación de las disposiciones de la Constitución o las leyes de Ucrania por los tribunales u otros órganos de poder estatal, si el autor de la petición considera que ese proceder pudiera conllevar o hubiera conllevado una violación de sus derechos y libertades constitucionales (art. 94 de la ley).

534.De conformidad con el artículo 95, parte segunda de la ley mencionada, si en la interpretación de una ley (o de algunas de sus disposiciones) se advierten indicios de que esta no se ajusta a la Constitución, el Tribunal Constitucional, en el contexto del examen del caso dado, adopta una decisión sobre la inconstitucionalidad de dicha ley.

535.De ese modo, la legislación de Ucrania garantiza el derecho de cada ciudadano a proteger sus derechos económicos, sociales y culturales ante los tribunales ordinarios y el derecho a recurrir al Tribunal Constitucional para asegurar el ejercicio o la protección de los derechos y libertades constitucionales de la persona y el ciudadano.

536.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 58 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

537.Los órganos centrales del poder ejecutivo estudian actualmente la posibilidad de que Ucrania ratifique los Convenios de la OIT Nº 102, Nº 117, Nº 118, Nº 121, Nº 128, Nº 130 y Nº 168.

538.Ucrania ha tomado en consideración las recomendaciones del párrafo 61 de las observaciones finales formuladas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

539.El Ministerio de Trabajo y Política Social se encargó de la traducción al ucraniano y publicó en su sitio oficial las observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y del Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas en relación con el quinto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

540.Con vistas a preparar con eficacia el sexto informe periódico sobre la aplicación del Pacto, en su carta Nº 1062/0/10-09/18/1, de 6 de abril de 2009, el Ministerio de Trabajo y Política Social de Ucrania, transmitió las observaciones finales a los órganos centrales del poder ejecutivo para que las examinaran y dieran respuesta a las que fueran de su competencia. La información recibida de esos órganos se tuvo en cuenta en la preparación del sexto informe periódico de Ucrania sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Una copia del presente informe se distribuyó a las ONG y los asociados de la sociedad civil.