Naciones Unidas

E/C.12/KGZ/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

4 de abril de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés, inglés y ruso únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al cuarto informeperiódico de Kirguistán *

A.Información general

1.Sírvanse explicar si la nueva Constitución, adoptada por referéndum en abril de 2021, representa un paso adelante para lograr progresivamente la plena realización de los derechos del Pacto. En particular, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas en la Constitución, o en las leyes para aplicarla, que sirvan para dar pleno efecto a las disposiciones del Pacto en el ordenamiento jurídico interno del Estado parte, y sobre la participación de la sociedad civil en este proceso. Sírvanse también proporcionar información sobre los mecanismos establecidos para examinar la compatibilidad de la legislación nacional con las disposiciones del Pacto, y sobre todo caso en que el Pacto haya sido invocado en los tribunales nacionales o aplicado por ellos. Además, sírvanse proporcionar información sobre la situación del proceso de revisión legal integral o “inventario legal” iniciado en febrero de 2021 y sobre cómo contribuye a la realización de los derechos económicos, sociales y culturales.

2. Sírvanse proporcionar información sobre la forma en que la nueva Constitución y las leyes para aplicarla garantizan la independencia del poder judicial y dotan a este de los instrumentos necesarios para proteger los derechos económicos, sociales y culturales. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas, en particular en el marco de la nueva Constitución, para garantizar un marco jurídico y un espacio cívico propicios para que las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos trabajen de forma independiente en favor de los derechos económicos, sociales y culturales. Sírvanse explicar el modo en que las restricciones autorizadas por el artículo 10 de la Constitución no implican una restricción indebida de las actividades de las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos.

3. Sírvanse señalar cualquier medida adoptada o prevista para garantizar que la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos se ajuste plenamente a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la Oficina del Defensor de los Derechos Humanos sea independiente y disponga de los recursos financieros y humanos necesarios para cumplir su mandato con eficacia.

4. Sírvanse indicar qué medidas se han adoptado para mitigar el impacto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente entre las personas y grupos más desfavorecidos y marginados. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para facilitar el acceso universal y equitativo a las pruebas de detección de la COVID-19 y a los tratamientos y las vacunas contra dicha enfermedad.

5. Tengan a bien informar de los progresos realizados para logar la contribución determinada a nivel nacional de reducción de las emisiones, con arreglo al Acuerdo de París. Sírvanse indicar el impacto de las medidas de adaptación emprendidas, especialmente en relación con las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, incluidas las mujeres que viven en zonas rurales, las personas con discapacidad y los niños de comunidades marginadas que viven en zonas especialmente vulnerables al cambio climático. Sírvanse proporcionar información sobre la eficacia de la estructura institucional del Estado para aplicar las políticas relacionadas con el cambio climático y sobre los recursos asignados a las actividades de adaptación al cambio climático.

6. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las empresas que operan bajo la jurisdicción del Estado parte, tanto en el territorio nacional como en el extranjero, tengan la obligación de actuar con la diligencia debida en materia de derechos humanos en sus operaciones y sus relaciones comerciales. Sírvanse informar al Comité sobre el impacto de las medidas adoptadas por el Estado parte para mitigar los efectos de las operaciones mineras en la salud y el medio ambiente, incluida información sobre la gestión de la mina de oro de Kumtor. Sírvanse también informar al Comité sobre los mecanismos de denuncia y consulta disponibles para las comunidades afectadas por las industrias extractivas, y sobre las medidas adoptadas para garantizar que las actividades mineras contribuyan a reducir la pobreza en las zonas remotas afectadas por la minería.

B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto(arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

7.Sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional;

b)Los niveles de desigualdad, entendida como la proporción entre el total de ingresos acumulados por el decil más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre y como la ratio entre los activos que posee el decil más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;

c)El porcentaje de los ingresos públicos procedente de los impuestos;

d)Los tipos impositivos con los que se gravan los beneficios de las empresas y la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el valor añadido (exceptuando el que grava ciertos artículos, incluidos los de lujo) y el porcentaje de los ingresos totales derivados del impuesto sobre la renta de las personas físicas que procede del 10 % más rico de la población;

e)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social (incluida seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación);

f)El gasto militar como porcentaje del producto interno bruto y del presupuesto público;

g)Cualquier política fiscal adoptada para responder a la pandemia de COVID‑19.

Corrupción (art. 2, párr. 1)

8.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación y el impacto del plan de acción del Gobierno de lucha contra la corrupción para el período 2019-2021 y ofrecer al Comité información actualizada sobre los obstáculos que siguen existiendo para combatir la corrupción en el Estado parte, en particular en ámbitos como la contratación pública, la administración territorial, la administración tributaria y los servicios públicos. Sírvanse también proporcionar información sobre el número de casos abiertos contra funcionarios públicos y autoridades locales debido a conflictos de intereses o violaciones de la legislación, y sobre los procesos iniciados y las sentencias dictadas, en su caso, contra funcionarios de alto nivel declarados culpables de corrupción.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

9.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para aprobar una legislación integral contra la discriminación en relación con grupos específicos, así como sobre las denuncias y sanciones correspondientes. Sírvanse proporcionar información sobre el modo en que la puesta en práctica del plan de acción interinstitucional para aplicar las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el plan de acción de derechos humanos para el período 2019-2021 y el nuevo Código Penal han ayudado a prevenir y abordar la discriminación en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales. Indiquen también las medidas adoptadas para combatir y prevenir la discriminación de los grupos desfavorecidos y marginados, entre otros por parte del personal sanitario.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

10.Sírvanse informar al Comité sobre la aplicación y los efectos de la estrategia nacional y el plan de acción nacional sobre la igualdad de género y los documentos aprobados al respecto. Sírvanse también detallar la repercusión en la representación de las mujeres en todos los niveles de gobierno que ha tenido la ley de enmienda a la ley constitucional de Kirguistán sobre las elecciones del Presidente de la República Kirguisa y de los diputados del Parlamento (2021). Sírvanse también proporcionar información sobre la aplicación y el impacto de la ley de protección contra la violencia doméstica de 2017. Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar que las mujeres y las niñas víctimas de la violencia doméstica, incluidas las que viven en zonas rurales, tengan un acceso adecuado a los refugios, la atención médica, el apoyo psicosocial y los servicios socioeconómicos, y para garantizar que se investiguen los casos de violencia doméstica y que se enjuicie a los responsables.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto(arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

11.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité y la información proporcionada por el Estado parte, sírvanse indicar cómo ha contribuido la aprobación de la ley de fomento del empleo de la población de 2015 (Ley núm. 214) a la lucha contra el desempleo de las mujeres, los jóvenes menores de 30 años, las personas con discapacidad y los refugiados, incluyendo los datos estadísticos pertinentes desglosados. Asimismo, proporcionen información sobre la repercusión de las medidas adoptadas para:

a)Hacer frente al desempleo estructural en el sector de los servicios y la construcción;

b)Aliviar el impacto de la pandemia de COVID-19 en el desempleo, especialmente para las personas desfavorecidas y marginadas, incluidos los migrantes y los trabajadores de la economía informal que viven en zonas urbanas y semiurbanas.

12.Se ruega faciliten datos estadísticos, desglosados por sexo, raza, origen, orientación sexual, discapacidad y estado serológico respecto del VIH, relacionados con la discriminación laboral en materia de contratación, ascensos y descensos de categoría, inclusive en el sector público, e indiquen en qué manera las medidas vigentes han contribuido a su prohibición. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la aplicación efectiva de la ley de derechos y garantías de las personas con discapacidad y del Código del Trabajo en lo que respecta a la cuota del 5 % de empleados con discapacidad. Indiquen también el porcentaje de empresas que han aplicado la cuota de empleo para personas con discapacidad en términos comparativos durante los últimos cinco años y proporcionen información sobre las sanciones disponibles para las que no cumplen el requisito.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

13.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité y la información proporcionada por el Estado parte, sírvanse también facilitar información sobre la aplicación de la ley sobre el salario mínimo y sobre el mecanismo establecido para revisar y ajustar periódicamente el salario mínimo en función del coste de la vida, de modo que los trabajadores y sus familias puedan disfrutar de una vida digna. Sírvanse responder a los informes que indican que durante la pandemia de COVID-19 el personal sanitario recibió salarios injustos y trabajó en malas condiciones, y detallen los obstáculos que quedan para garantizar el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

14.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse informar sobre las conclusiones del grupo de trabajo interdepartamental establecido para investigar la economía sumergida y el estado de aplicación del plan de acción gubernamental que se está elaborando para reducirla. Sírvanse indicar si en el programa de desarrollo 2018-2022 de Kirguistán se prevé algún mecanismo de formalización para garantizar la igualdad de acceso al mercado laboral formal de los individuos y grupos desfavorecidos, incluidos los jóvenes menores de 30 años, las personas con discapacidad, las mujeres y los migrantes. Sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados, desglosados por sexo y edad, sobre el número de personas empleadas en la economía informal sobre una base comparativa anual durante los últimos cinco años y proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la protección de sus derechos laborales.

15.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para que las condiciones laborales de los trabajadores migrantes se ajusten a las disposiciones del artículo 7 del Pacto, y sobre los efectos de esas medidas para luchar contra la explotación laboral, los abusos y la intimidación. Sírvanse indicar también la eficacia de las medidas adoptadas para mitigar el impacto de la pandemia de COVID-19 en las familias de los trabajadores migrantes kirguisos que viven en el extranjero, dependientes de las remesas.

Derechos sindicales (art. 8)

16.Sírvanse proporcionar información sobre la situación del proyecto de ley núm. 6‑8263/19, por el que se modifica la legislación sindical, e indicar las medidas adoptadas para garantizar la compatibilidad de este proyecto de ley con el Pacto, así como el grado de participación de las organizaciones de trabajadores y de la sociedad civil en el proceso de aprobación. Indiquen también las leyes y las medidas prácticas que se hayan adoptado para garantizar el funcionamiento libre y eficaz de los sindicatos y proteger a sus miembros de la violencia.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

17.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité y la información proporcionada por el Estado parte, sírvanse indicar los mecanismos disponibles para evitar que los pensionistas reciban pensiones inferiores al nivel mínimo de subsistencia, y garantizar que las prestaciones sociales sean adecuadas. Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para ampliar la cobertura de la prestación mensual para familias pobres con hijos y el subsidio de desempleo a un mayor número de hogares en situación de vulnerabilidad y para evitar que los trabajadores de la economía informal queden excluidos de esas prestaciones. Además, faciliten información sobre las prestaciones de la seguridad social de que disponen las personas que trabajan en el sector informal.

18.En relación con la información proporcionada por el Estado parte, sírvanse proporcionar información adicional sobre el impacto de la Ley de Prestaciones del Estado e indiquen si garantiza a los beneficiarios un nivel de vida adecuado. Aporten datos desglosados sobre la proporción de la población cubierta por los regímenes de asistencia social y seguridad social e informen sobre las medidas adoptadas para garantizar la cobertura del sistema de protección social a los grupos e individuos vulnerables, incluidos los jóvenes, las personas con discapacidad, los trabajadores migrantes, los pobres de las zonas urbanas, los trabajadores sexuales, los refugiados y los solicitantes de asilo.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

19.Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas o previstas para repatriar y reintegrar a las familias (incluidos los hijos) de los combatientes terroristas extranjeros, especialmente las mujeres y los niños que se encuentran detenidos de facto. Indiquen asimismo las medidas adoptadas para prestar apoyo social, psicológico y educativo a las mujeres y los niños repatriados.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

20.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de la estrategia de reducción de la pobreza del Estado parte para disminuir la tasa de pobreza y el elevado número de personas que viven justo por encima del umbral de pobreza, así como sobre las medidas adoptadas para mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19.

21.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité y la información proporcionada por el Estado parte, sírvanse proporcionar información adicional y datos estadísticos desglosados sobre la aplicación y el impacto del programa de viviendas asequibles 2015-2020, para garantizar que satisface las necesidades de los grupos de población desfavorecidos y marginados y reduce el número de personas sin hogar.

22.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas emprendidas para elaborar una política integral de vivienda que incluya diversas formas de propiedad, como la vivienda en alquiler o en arrendamiento y las viviendas adquiridas mediante la construcción con capital compartido. Informen al Comité sobre las medidas previstas para garantizar el derecho a una vivienda adecuada en los casos de desalojo forzoso y la participación de la sociedad civil en el proceso de elaboración de leyes y políticas de vivienda. Expliquen asimismo las normas vigentes o previstas para proteger a las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales de ser discriminadas por propietarios privados, y para proteger de los desalojos forzosos a inquilinos de minorías étnicas. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para apoyar a los desplazados internos afectados por el conflicto fronterizo de abril de 2021 en cuanto al acceso a una vivienda adecuada, a la educación y al agua.

23.Sírvanse proporcionar información sobre la implementación y el impacto del programa de seguridad alimentaria y nutrición 2019-2023 y su plan de acción para garantizar a todas las personas el acceso a una alimentación asequible y adecuada. Indiquen asimismo las medidas adoptadas con objeto de:

a)Garantizar que todas las personas en situación de vulnerabilidad, incluidos los pobres urbanos y los migrantes, tengan acceso a alimentos nutritivos;

b)Hacer frente al riesgo de inseguridad alimentaria debido al aumento de los precios de los alimentos;

c)Crear un sistema público de distribución de alimentos para las personas desfavorecidas y las personas que viven en regiones remotas.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

24.Sírvanse proporcionar información, incluidas las estadísticas pertinentes, sobre la aplicación y el impacto del programa de garantías del Estado y la adopción del programa nacional “País accesible”. Sírvanse también proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas a fin de aumentar los recursos financieros y humanos asignados con cargo al presupuesto del Estado para prestar servicios adecuados de atención de la salud. Informen al Comité sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de las infraestructuras y los equipos, e indiquen cómo se garantiza que el personal sanitario disponga de equipos de protección personal de calidad y goce de condiciones de trabajo decentes y que los centros de salud cuenten con una capacidad adecuada en el contexto de la pandemia de COVID-19.

25.Sírvanse informar al Comité sobre la aplicación y el impacto de las medidas adoptadas para limitar los gastos por cuenta propia y los pagos informales a cambio de asistencia sanitaria, y sobre las medidas previstas para hacer frente a la corrupción y mejorar la transparencia en todos los niveles del sistema de asistencia sanitaria.

26.En relación con las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse proporcionar información sobre la aplicación y difusión del Manual sobre la prestación de atención médica y social a las personas transgénero, transexuales y de género no binario (2017) y las Directrices sobre el trabajo con grupos vulnerables en la prevención del VIH para garantizar un acceso a la atención sanitaria adecuado y sin discriminación a las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y a las personas seropositivas para el VIH. Sírvanse informar sobre el impacto del artículo 143 del Código Penal (relativo a la infección con una enfermedad venérea o infecciosa incurable) en el acceso de las personas seropositivas para el VIH a la atención sanitaria y a los servicios de prevención del VIH, y proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso a los servicios de atención sanitaria de los trabajadores sexuales. En relación con la información suministrada por el Estado parte, sírvanse proporcionar información adicional sobre toda medida adoptada para garantizar el acceso a los servicios de atención de la salud a los refugiados, los solicitantes de asilo, los migrantes que regresan y los miembros de grupos minoritarios, así como apoyo psicosocial a las comunidades de los distritos de Batken y Leilek afectadas por el conflicto fronterizo.

27.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para despenalizar el consumo y la posesión de drogas. En relación con la información suministrada por el Estado parte, sírvanse indicar el presupuesto asignado a los programas de reducción de daños y las medidas adoptadas para garantizar servicios de atención sanitaria especializada, apoyo psicológico y servicios de rehabilitación a los consumidores de drogas, así como la participación de la sociedad civil en este proceso. En relación con las anteriores observaciones finales del Comité, sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar que los consumidores tengan acceso sin trabas a los programas de tratamiento con metadona.

28.Sírvanse informar al Comité sobre la aplicación y el impacto de las leyes, políticas y programas adoptados para hacer frente a los efectos adversos sobre la salud y el medio ambiente causados por el alto nivel de contaminación industrial. Faciliten asimismo información sobre las medidas adoptadas a fin de:

a)Reforzar la recogida de datos e indicadores medioambientales actualizados y precisos;

b)Elaborar una política ambiental integral;

c)Abordar el aumento de las emisiones de contaminación atmosférica y sus efectos;

d)Evaluar el impacto de los proyectos implementados para hacer frente a los efectos de la minería de uranio y los residuos de la molienda en el distrito de Mailuu-Suu.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

29.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la proporción del presupuesto del Estado que se asigna a la educación, y sobre las medidas previstas para mejorar la calidad de la educación. Aporten asimismo información sobre la aplicación y el impacto del programa de desarrollo de la educación inclusiva para el período 2019-2023 a fin de garantizar la igualdad de acceso a la educación para todos los niños sin discriminación, incluidos los niños con discapacidad, los niños refugiados, los niños apátridas, los niños solicitantes de asilo y los niños que pertenecen a minorías. Sírvanse proporcionar información sobre las repercusiones en la calidad y el acceso a la educación de las estrategias adoptadas para la transición de la enseñanza presencial a la enseñanza a distancia durante la pandemia de COVID-19, y sobre las medidas previstas para garantizar el acceso a la educación de los niños que viven en zonas remotas, zonas afectadas por conflictos u hogares que viven en la pobreza.

Derechos culturales (art. 15)

30.Sírvanse facilitar información sobre la aplicación y el impacto del programa de introducción de la educación multilingüe para el período 2017-2030, e indicar el presupuesto asignado y las medidas adoptadas para promover el uso de las lenguas minoritarias en los medios de comunicación, la vida cultural y la educación, incluida la formación profesional y universitaria. Sírvanse indicar el estado de aprobación del proyecto de ley sobre la lengua del Estado, que prevé el uso de la lengua kirguisa en todas las esferas de la vida pública, así como si las medidas adoptadas para cerrar la brecha digital en términos de geografía, género e idioma han sido eficaces.