Naciones Unidas

E/C.12/DEU/FCO/6

Consejo Económico y Social

Distr. general

28 de octubre de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Información recibida de Alemania relativa al seguimiento de las observaciones finales sobre su sexto informe periódico *

[Fecha de recepción: 13 de octubre de 2020]

I.Información de seguimiento sobre el párrafo 49 de las observaciones finales (E/C.12/DEU/CO/6)

1.En 2018, el Gobierno Federal puso en marcha la Campaña de Acción Concertada de Apoyo al Sector de los Cuidados de Enfermería a fin de mejorar notablemente las condiciones laborales en ese sector, en el marco de un consenso social con las partes interesadas pertinentes, y de alentar a más personas a que se incorporaran al sector o retomaran sus actividades en él, o a que incrementaran su jornada a tiempo parcial. En el contexto de la campaña, se adoptaron medidas centradas en la formación y el desarrollo de aptitudes, la gestión de recursos humanos, la promoción de la seguridad y la salud en el trabajo, la prestación de atención innovadora, la digitalización, la contratación internacional de personal sanitario y la mejora de las condiciones salariales en el sector de los cuidados de enfermería. La aplicación de todas las medidas, cuyo seguimiento supervisa un sistema de vigilancia del Gobierno Federal, incumbe exclusivamente a los asociados individuales que participan en dicha campaña.

2.De conformidad con el Código de Prácticas de la Organización Mundial de la Salud, el establecimiento de procedimientos más estrechamente coordinados y de puntos de contacto centrales agilizará la contratación de personal internacional de enfermería en Alemania y reducirá los trámites burocráticos correspondientes. DeFa se ocupa de las solicitudes de visado presentadas ante las autoridades alemanas, el reconocimiento de las cualificaciones profesionales y los permisos de trabajo para hospitales, residencias de ancianos y otros establecimientos. En Alemania se están acelerando los procedimientos de reconocimiento de cualificaciones profesionales y de concesión de visados. Por el momento, la contratación internacional de profesionales de la enfermería se ha suspendido en gran medida debido a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19).

3.Con arreglo a la Ley de Profesionales del Sector de los Cuidados de Enfermería, que entró en vigor el 1 de enero de 2020, los programas de formación en atención geriátrica, cuidados de enfermería y atención de la salud y atención pediátrica, que anteriormente se impartían por separado, se fusionaron en un programa de formación general de carácter normalizado y gratuito. Por consiguiente, el Gobierno Federal ha realizado una reforma de gran calado con respecto a la formación del personal del sector de los cuidados de enfermería para adaptarla a los actuales retos sanitarios y dotar de un mayor atractivo a la profesión en su conjunto.

4.Asimismo, se ha regulado la financiación de la formación en cuidados de enfermería, que ahora se proporciona sistemáticamente mediante fondos de formación en los länder, lo cual permite ofrecer una formación de calidad garantizada cerca de casa en todo el país. El marco de financiación se define pormenorizadamente en el Reglamento sobre la Financiación de la Formación Profesional en Cuidados de Enfermería. La reforma de la formación en ese ámbito se sustenta además en una iniciativa conjunta de formación profesional y en la labor de relaciones públicas que realizan las partes interesadas que participan en la Campaña de Acción Concertada de Apoyo al Sector de los Cuidados de Enfermería.

5.Todos los servicios de cuidados de enfermería que se ofrecen deben respetar la dignidad humana y garantizar la gestión de la calidad. Todas las residencias de ancianos y los servicios de cuidados sanitarios son objeto de una auditoría anual con respecto a este y muchos otros criterios de calidad por parte del Servicio Médico del Seguro de Enfermedad y/o el Servicio de Auditoría de la Asociación de Compañías Privadas de Seguros de Salud. Los resultados de la auditoría se publican, lo que contribuye a mantener informados a los consumidores y puede dar lugar a la adopción de medidas correctivas o punitivas. Además, en cualquier momento pueden volver a realizarse inspecciones o auditorías especiales si se considera necesario (por ejemplo, a raíz de una denuncia). Las auditorías regulares de calidad deben anunciarse con un día de antelación para garantizar la prestación de cuidados durante la auditoría; las auditorías especiales que obedecen a un motivo determinado se llevan a cabo sin previo aviso. En el ámbito de los cuidados residenciales a tiempo completo, se está implantando un nuevo sistema de calidad con base científica que se centra más en la recopilación de indicadores para evaluar los resultados de la atención. Actualmente se están revisando los instrumentos de aseguramiento de la calidad en la asistencia domiciliaria.

6.Con la Ley de Refuerzo del Personal de Enfermería, que entró en vigor el 1 de enero de 2019, el Gobierno Federal aportó una ayuda considerable a ese personal en su vida cotidiana al mejorar la dotación de plantilla y las condiciones de trabajo en el sector de los cuidados de enfermería y la atención geriátrica. En el marco del Programa de Acción Inmediata para el Sector de los Cuidados de Enfermería, se reforzará el personal de enfermería de todos los establecimientos que ofrezcan atención geriátrica a tiempo completo con la contratación de más profesionales, financiada íntegramente por el SHI con arreglo a una tarifa fija, a fin de responder a las necesidades de asistencia en términos de horas y recursos humanos. La creación de estos 13.000 puestos equivalentes a tiempo completo adicionales en el ámbito de la atención geriátrica, así como el nuevo sistema de presentación de informes y auditoría para garantizar la calidad de las residencias de ancianos, han mejorado considerablemente la situación de los internos y del personal de esos establecimientos. Además, se presta apoyo financiero a las medidas de conciliación de la vida laboral y familiar y a las inversiones en la digitalización de las residencias de ancianos y los centros comunitarios de atención geriátrica. Al mismo tiempo, se ha pedido a los fondos del seguro de enfermedad que aporten adicionalmente más de 70 millones de euros para los servicios de promoción de la salud en el lugar de trabajo en clínicas y residencias de ancianos.

7.En virtud de la Ley de Mejora Salarial en el Sector de los Cuidados de Enfermería, de 29 de noviembre de 2019, el Gobierno Federal sentó la base jurídica para mejorar los salarios en este sector. Asimismo, se modificó la Ley de Trabajadores Desplazados para permitir que el Ministro Federal de Trabajo, con la colaboración de las comisiones de derecho laboral de “tercera vía”, aplicara los convenios colectivos al conjunto del sector de los cuidados de enfermería en el futuro. Además, la Ley prevé la posibilidad de aumentar la remuneración en todo el sector mediante el establecimiento de salarios mínimos más altos. A este respecto, en el futuro habrá que distinguir entre el tipo de trabajo realizado y las cualificaciones de los empleados. En la actualidad, se hace una distinción entre asistentes de enfermería no cualificados (auxiliares de enfermería), asistentes de enfermería cualificados y profesionales de la salud.

8.La Ley de Mejora Salarial en el Sector de los Cuidados de Enfermería mencionada anteriormente también refuerza la capacidad de acción de la Comisión de Cuidados de Enfermería. En su calidad de comisión permanente con un mandato de cinco años, integrada por representantes de los sindicatos, los empleadores, los empleados eclesiásticos y los empleadores eclesiásticos (dos cada uno), esta Comisión formulará recomendaciones sobre las condiciones mínimas de trabajo (por ejemplo, el salario mínimo o las licencias de vacaciones) en el futuro. Si se cumplen los requisitos legales, el Ministro Federal de Trabajo puede aplicar por decreto estas recomendaciones a todo el sector de los cuidados.

9.En virtud del Cuarto Reglamento sobre las Condiciones Laborales Obligatorias en el Sector de los Cuidados de Enfermería, el Ministerio Federal de Trabajo y Asuntos Sociales otorgó a las recomendaciones formuladas por la Comisión de Cuidados de Enfermería el 28 de enero de 2020 carácter vinculante para todo el sector durante el período comprendido entre el 1 de mayo de 2020 y el 30 de abril de 2022. Por primera vez, la escala de salarios mínimos se establece en función del tipo de trabajo realizado y de las cualificaciones del empleado. Los salarios mínimos en las regiones oriental y occidental de Alemania también se equipararán gradualmente de aquí al 1 de septiembre de 2021. Se establece una licencia remunerada adicional de cinco días para 2020 y de seis días tanto para 2021 como para 2022. En el anexo se ofrece una sinopsis detallada de los aumentos previstos en los salarios mínimos del sector de los cuidados, sobre la base de las recomendaciones formuladas por la Comisión de Cuidados de Enfermería.

10.Ante la situación sumamente difícil experimentada en el sector de la atención geriátrica a raíz de la pandemia de COVID-19, se aprobaron dos leyes que contenían disposiciones destinadas a prestar apoyo a los cuidadores y estabilizar la situación en ese sector, en concreto:

El aumento de las pruebas de detección del coronavirus en entornos con presencia de grupos especialmente vulnerables —en particular, las residencias de ancianos—, lo que facilita una detección temprana de los contagios y rompe eficazmente la cadena de contagio.

La posibilidad de contar con un margen para desviarse de los requisitos legales y contractuales y las condiciones marco en materia de dotación de personal con objeto de mantener la continuidad de los servicios. Los fondos del seguro para cuidados de larga duración también gozan de un amplio margen de maniobra a fin de evitar que se produzcan lagunas en la prestación de asistencia domiciliaria.

La ampliación y/o la flexibilización por un plazo limitado de varias prestaciones del seguro de asistencia prolongada para la atención en el hogar, a fin de garantizar la prestación de cuidados, en particular por parte de los familiares que ejercen de cuidadores.

La obligación impuesta a los establecimientos de cuidados autorizados y a otros empleadores del sector de los cuidados de pagar a su personal una bonificación adicional exenta de impuestos y contribuciones de hasta 1.000 euros (“bonificación por la pandemia de coronavirus”). Los pagos únicos tampoco se consideran ingresos en el caso de las personas que solicitan la prestación complementaria por desempleo II. Los länder y los empleadores pueden incrementar la cuantía de la bonificación hasta un máximo de 1.500 euros.

Los servicios de cuidados son reembolsados a través del sistema de seguro de cuidados a largo plazo en el caso de los gastos adicionales o la pérdida de ingresos debido a la pandemia.

Dada la importancia de disponer de EPP adecuado, el Ministerio Federal de Salud participó en el proceso de adquisición desde el principio (mascarillas, desinfectantes, etc.). Losländer distribuyen el EPP adquirido a los consumidores, por ejemplo, a las residencias de ancianos y los establecimientos de atención comunitaria, en función de las necesidades regionales.

II.Información de seguimiento sobre el párrafo 51 de las observaciones finales

11.En esta 19ª legislatura, Alemania ha aplicado varias medidas para combatir la pobreza infantil mejorando y revisando la legislación existente.

12.Los tres enfoques básicos adoptados a fin de reducir la pobreza infantil son: 1) fomentar el empleo remunerado de los progenitores mejorando las condiciones para conciliar el trabajo y la familia; 2) otorgar prestaciones familiares financieras específicas para garantizar la seguridad material y la participación social de los niños; 3) crear infraestructuras educativas y de atención de la infancia.

13.En Alemania, el riesgo de pobreza infantil depende en gran medida de la participación de los progenitores en el mercado laboral: es del 70 % si ninguno de los progenitores tiene un empleo remunerado, pero solo de alrededor del 15 % si uno de ellos tiene un empleo a tiempo completo. Si ambos progenitores tienen un empleo remunerado y uno de ellos trabaja a tiempo completo, el riesgo de pobreza infantil disminuye hasta situarse en el 4 %.

14.La prestación por hijos a cargo, la prestación complementaria por hijos a cargo y las prestaciones en materia de educación y participación son especialmente importantes para las familias, ya que garantizan el mínimo de subsistencia de los hijos —junto con las prestaciones de apoyo a la renta básica, en su caso— y facilitan la participación social. A partir del 1 de julio de 2019, la prestación por hijos a cargo se incrementó en 10 euros mensuales (para el primer y el segundo hijo: 204 euros por hijo; para el tercer hijo: 210 euros por hijo; y a partir del cuarto hijo: 235 euros por hijo). En el Acuerdo de Coalición se fijó un aumento mensual adicional de 15 euros a partir de principios de 2021.

15.La Ley de Apoyo a las Familias, que entró en vigor en parte en 2019 y en su totalidad el 1 de enero de 2020, también mejoró la prestación complementaria por hijos a cargo y el conjunto de medidas de educación y participación (conjunto de medidas educativas) destinadas a los niños y los jóvenes. Esta Ley tiene por objeto proteger más eficazmente a las familias con bajos ingresos frente a la pobreza, satisfacer las necesidades de los niños y asegurar que la búsqueda de un empleo remunerado, o el aumento de la jornada laboral cuando se tiene uno, merezca la pena incluso para las personas con bajos ingresos. Los progenitores solos también se benefician más que antes de la prestación complementaria por hijos a cargo, ya que se combina mejor con otras prestaciones. Por ejemplo, solo el 45 % de los anticipos de la pensión de alimentos o manutención, en lugar del monto total, se deduce de la prestación complementaria por hijos a cargo. El gasto en concepto de prestaciones complementarias por hijos a cargo ascendió a 431,5 millones de euros en 2019 y a 382,7 millones de euros en 2018.

16.En virtud de la Ley de Apoyo a las Familias, se aumentó la cuantía de la prestación complementaria por hijos a cargo, que a partir del 1 de julio de 2019 pasó del máximo anterior de 170 euros a 185 euros mensuales por hijo. La cuantía de esta prestación es tal que la prestación complementaria por hijos a cargo y la prestación por hijos a cargo cubren conjuntamente las necesidades medias de un niño —por el importe del mínimo de subsistencia material que estará exento de impuestos— excluyendo la cuantía destinada a la educación y la participación. Las prestaciones en materia de educación y participación se conceden a los niños por separado. Por lo tanto, la prestación complementaria por hijos a cargo está indexada a la evolución del mínimo de subsistencia, teniendo debidamente en cuenta la (primera) prestación percibida por hijos a cargo.

17.Al vincular la prestación complementaria por hijos a cargo a la cuantía del mínimo de subsistencia material exento de impuestos, que el Gobierno Federal anuncia periódicamente en el informe sobre el mínimo de subsistencia, se garantiza que, junto con la prestación por hijos a cargo, se asegure el mínimo de subsistencia a los hijos de familias con bajos ingresos. Un proceso de revisión continua asegura la actualización del mínimo de subsistencia.

18.El conjunto de medidas educativas está concebido para salvaguardar el mínimo de subsistencia sociocultural específico de los niños, los adolescentes y los adultos jóvenes. Con efecto a partir del 1 de agosto de 2019, las prestaciones previstas en este conjunto de medidas se mejoraron significativamente en virtud de la Ley de Apoyo a las Familias. Además de las prestaciones individuales más elevadas (por ejemplo, el subsidio de escolaridad aumentó de 100 a 150 euros por año académico, y la cuantía mensual del subsidio de participación —por ejemplo, para actividades deportivas, musicales y de esparcimiento—, de 10 a 15 euros) y la supresión de la cuota individual correspondiente a los gastos de comedor en las escuelas, las guarderías y los jardines de infancia, ahora todas las prestaciones pueden percibirse también en efectivo.

19.La Ley de Mejora de la Atención y Educación de la Primera Infancia refuerza la calidad de las guarderías y los jardines de infancia y alivia la carga que supone para los progenitores el pago de las correspondientes cuotas. A tal efecto, en el período 2019-2022 se proporcionará una financiación adicional total por valor de aproximadamente 5.500 millones de euros, que recibirán los länder. El subsidio para guarderías tiene un efecto particularmente positivo en la estabilidad económica de las familias: alivia la carga sobre la renta disponible del hogar, aumenta las posibilidades de un (mayor) empleo remunerado de ambos progenitores y, por lo tanto, contribuye a aumentar los ingresos y a reducir el riesgo de pobreza.

20.El marco para el pago anticipado de la pensión alimenticia se amplió considerablemente a partir del 1 de julio de 2017 con el aumento del límite de edad y la supresión de las restricciones sobre la duración de la prestación, y, desde entonces, se ha asegurado que todos los hijos menores de familias monoparentales tengan acceso al mínimo de subsistencia material. En virtud de la Ley de Pago Anticipado de la Pensión Alimenticia, unos 820.000 niños perciben prestaciones por un total de 2.180 millones de euros, lo que significa que alrededor del doble de niños que antes de la ampliación se benefician de prestaciones cuya cuantía prácticamente se ha triplicado.

21.Es práctica común en Alemania evaluar la eficacia de las prestaciones familiares individuales. Las prestaciones familiares se ajustan continuamente sobre la base de las conclusiones existentes, y las lagunas de investigación se colman mediante la realización de estudios específicos.

22.Las reformas de la Ley de Apoyo a las Familias aligeraron de forma considerable los trámites burocráticos relativos a la prestación complementaria por hijos a cargo y al conjunto de medidas educativas. La prestación complementaria por hijos a cargo se concede generalmente por un período fijo de seis meses. Durante este período no se realizan controles mensuales, por ejemplo, de los ingresos y los gastos de vivienda, por lo que dicha ayuda es una prestación segura para las familias. Gracias a la mejora del formulario de solicitud, se ha simplificado y facilitado notablemente el proceso.

23.Se han suprimido en gran medida los requisitos de solicitud de las prestaciones previstas en el conjunto de medidas educativas. Las estadísticas sobre el apoyo a la renta básica para solicitantes de empleo, establecido en el Título II del Código Social, ofrecen información respecto de la tasa de beneficiarios. Estas estadísticas se refieren a las personas comprendidas en el ámbito de aplicación del Título II que tienen derecho a una prestación reconocida, es decir, cuya solicitud de prestaciones en materia de educación y participación haya sido aprobada. Tales datos están disponibles desde el mes de mayo de 2015 (mes de referencia) y pueden consultarse en línea. Se están examinando métodos para mejorar la presentación de datos estadísticos relativos al alcance del Título II.

24.Para simplificar el acceso a las prestaciones familiares y reducir los trámites administrativos, otra prioridad es la digitalización de las solicitudes de algunas de ellas. La primera prestación familiar en poder solicitarse electrónicamente ha sido la prestación parental, cuya modalidad digital está disponible en varios länderdesde 2018 y que está previsto que se haga extensiva al ámbito nacional de aquí a finales de 2020. La prestación complementaria por hijos a cargo en su modalidad digital se puede solicitar en línea desde principios de 2020. Además, la Oficina de Prestaciones Familiares del Instituto Federal de Empleo ha elaborado diversas medidas de apoyo, como guías o vídeos orientativos sobre la prestación complementaria por hijos a cargo, para facilitar el acceso de las personas que reúnen los requisitos necesarios a esa prestación.

25.A raíz de la pandemia de COVID-19, la prestación complementaria por hijos a cargo pasó a ser, con carácter temporal, una “prestación complementaria de emergencia por hijos a cargo” en virtud de la Ley para facilitar el acceso a la seguridad social y la utilización y la garantía de los servicios sociales a raíz del coronavirus del síndrome respiratorio agudo severo de tipo 2 (paquete de protección social I), de 27 de marzo de 2020. Con ello se pretende ayudar en particular a las familias que ganan menos durante un período limitado debido a la crisis y que, por lo tanto, necesitan asistencia.

26.La Ley de Medidas Sociales para Combatir la Pandemia de Coronavirus (paquete de protección social II), de 20 de mayo de 2020, establece una garantía temporal de que los gastos de provisión de almuerzo a los niños y los adolescentes afectados por el cierre de las escuelas y las guarderías y los jardines de infancia debido a la pandemia serán absorbidos en el marco del paquete de medidas educativas, incluso si la provisión del almuerzo requiere la utilización de canales de entrega especiales y este no puede tomarse en grupo.

27.Además, con arreglo a la Segunda Ley de Ayudas Fiscales frente al Coronavirus, se aprobó una bonificación de 300 euros por cada hijo con derecho a la prestación por hijos a cargo en 2020. Al mejorar el poder adquisitivo de las familias, esta bonificación proporciona específicamente un estímulo económico adicional a corto plazo y beneficia en especial a las familias con ingresos bajos y medianos.

III.Información de seguimiento sobre el párrafo 55 b) de las observaciones finales

28.En la Cumbre sobre la Vivienda, celebrada el 21 de septiembre de 2018, el Gobierno Federal aprobó una campaña conjunta en favor de la vivienda con los ländery los municipios. Además de los estímulos a la inversión en la construcción de nuevas viviendas y las disposiciones para garantizar la asequibilidad, el amplio conjunto de medidas también comprende actuaciones para reducir los costos de construcción y asegurar el suministro de mano de obra cualificada. El objetivo es construir viviendas más asequibles. La campaña en favor de la vivienda ha cosechado grandes logros: el Gobierno Federal ha informado de que se han aplicado o empezado a aplicar todas las principales decisiones adoptadas en la Cumbre sobre la Vivienda.

29.El gasto público en vivienda ha aumentado de forma considerable a raíz de las medidas de la Campaña en favor de la Vivienda. Según el 27º informe sobre subsidios federales, la asistencia financiera federal y los privilegios fiscales otorgados por el Gobierno Federal en el ámbito de la vivienda y el desarrollo urbano se duplicaron con creces entre 2017 y 2020 (proyecto de presupuesto federal del Gobierno). La asistencia financiera para vivienda y desarrollo urbano concedida por los länder aumentó aproximadamente un 60 % entre 2017 y 2019.

30.En esta legislatura, el Gobierno Federal está proporcionando más de 13.000 millones de euros solamente para vivienda social, prestaciones por hijos a cargo destinadas a los compradores de una vivienda, subsidios para vivienda y asistencia para el desarrollo urbano.

31.En el período 2018-2021, el Gobierno Federal proporcionará a los länderun total de 5.000 millones de euros para apoyar la promoción de vivienda social. Además, la supresión de los fondos para fines generales a partir de 2020 se compensa en el contexto de la reforma de las relaciones fiscales entre la Federación y losländer, entre otras cosas, mediante la mayor participación de losländer en los ingresos en concepto de impuesto sobre el valor añadido. Esto ayudará a las familias que no pueden acceder por sus propios medios a una vivienda adecuada en el mercado.

32.La prestación por hijos a cargo destinada a los compradores de una vivienda, que asciende a 1.200 euros anuales por hijo y se otorga por un plazo de 10 años, tiene por objeto fomentar la adquisición de una vivienda por parte de las familias y los progenitores solos con hijos, con carácter retroactivo, en el período comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2020. Con aproximadamente 230.000 solicitudes presentadas a finales de mayo de 2020, este instrumento goza de mucho éxito y llega en especial a las familias con hijos que realmente necesitan ayuda para poder adquirir una vivienda. Los análisis muestran que, hasta la fecha, alrededor del 60 % de los hogares beneficiarios tienen una renta imponible no superior a 40.000 euros. Esta medida contribuye de manera eficaz a aumentar la tasa de vivienda en propiedad registrada en Alemania, que es relativamente baja en comparación con otros países.

33.El subsidio para vivienda alivia la carga de los gastos de vivienda que soportan los hogares con bajos ingresos. Con efecto a partir del 1 de enero de 2020, en el contexto de la reforma del subsidio para vivienda se reforzó este importante instrumento para salvaguardar la asequibilidad de la vivienda mediante el aumento de la cuantía del subsidio y la ampliación de su alcance. Asimismo, el subsidio se adaptará con periodicidad bienal a la evolución de los ingresos y los alquileres, asegurando así que siga proporcionando alivio a lo largo del tiempo. Además, el gasto en concepto de subsidios de vivienda se incrementará en un 10 % a partir de 2021 tras el establecimiento del mecanismo de fijación de precios del carbono a fin de proporcionar una ayuda específica para sufragar los gastos de calefacción a los hogares que perciben el subsidio.

34.Entre otras medidas de inversión, cabe destacar la asistencia para el desarrollo urbano por valor de 790 millones de euros anuales o los incentivos fiscales para la construcción de viviendas de alquiler de financiación privada y la reconversión energética. También se han reforzado los programas de financiación del Instituto de Crédito para la Reconstrucción destinados a la realización de ajustes adecuados a la edad, la instalación de sistemas de protección contra robos y la adaptación energética.

35.En el documento final de la Cumbre sobre la Vivienda y en un folleto relativo a los progresos realizados en la aplicación de la Campaña en favor de la Vivienda se ofrece un panorama general de todas las medidas previstas en esa campaña. También se puede obtener información sobre los resultados más recientes en www.die-wohnraumoffensive.de.

36.Debido a la pandemia de COVID-19, es probable que haya un gasto adicional en concepto de prestaciones sociales relacionadas con la vivienda. El subsidio para vivienda y la absorción de los gastos de vivienda en el marco del sistema de apoyo a la renta básica actúan como estabilizadores automáticos para los inquilinos y los propietarios ocupantes cuando los ingresos disminuyen. Las empresas del sector inmobiliario y los propietarios del sector privado que se dedican a actividades comerciales pueden acogerse a los programas de asistencia general establecidos en el marco de las medidas de protección adoptadas por el Gobierno Federal y los länder en respuesta a la pandemia de coronavirus. Otras medidas, en particular las medidas de derecho civil, para proteger a los inquilinos y a los propietarios del sector privado durante la pandemia de COVID-19 no están asociadas con un aumento del gasto público en vivienda.

IV.Información de seguimiento sobre el párrafo 55 c) de las observaciones finales

37.En el marco del sistema de apoyo a la renta básica para solicitantes de empleo, establecido en el Título II del Código Social, y de la asistencia social prevista en virtud del Título XII de ese Código, los subsidios para vivienda y calefacción tienen por objeto cubrir las necesidades en esos dos ámbitos, que son esenciales para la existencia humana. Para proteger la “vivienda” como necesidad básica y el papel de la vivienda como aspecto central en la vida de una persona, los proveedores municipales competentes abonan los gastos de vivienda y calefacción —por el importe real—, siempre que esos gastos sean idóneos. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22, párrafo 1, tercera frase, del Título II del Código Social y del artículo 35, párrafo 2, primera frase, del Título XII del Código Social, la idoneidad de esos gastos debe valorarse en función de las particularidades de cada caso.

38.La jurisprudencia ha definido el vago término jurídico de “idoneidad” del gasto en vivienda en términos más concretos; en consecuencia, debe aplicarse un “enfoque coherente y lógico” para determinar la idoneidad abstracta. Esto implica examinar cuánto debe gastarse en el mercado inmobiliario pertinente para el beneficiario a fin de obtener una vivienda que se considere, en términos abstractos, idónea en cuanto a la superficie y la categoría, y no solo considerar la oferta realmente disponible en el mercado, sino también el alquiler establecido en los contratos de arrendamiento existentes. A este respecto, la jurisprudencia avala la “teoría del producto”, es decir, que ambos factores —la superficie y la categoría del apartamento, expresados en el precio del m2— no tienen que ser individualmente idóneos por sí mismos, sino que basta con que el producto de la superficie habitable y el precio del m2 idóneo dé como resultado un alquiler idóneo en general (véase, por ejemplo, la sentencia del Tribunal Social Federal de 19 de febrero de 2009, ref.: B 4 AS 30/08 R). En este contexto, la superficie habitable se basa en los valores de referencia de los länder para la vivienda social.

39.La renta de referencia idónea determinada o la renta máxima debe ser tal que permita al beneficiario alquilar un apartamento “idóneo” en la zona de referencia de que se trate. Por lo tanto, los precios de mercado ya se tienen en cuenta en la actual normativa.

40.Debido a los efectos de la pandemia de COVID-19, se decidió reconocer los gastos reales en vivienda y calefacción como una necesidad para los períodos de consignación comprendidos entre el 1 de marzo de 2020 y el 30 de septiembre de 2020. Con esta decisión se pretende evitar que las personas afectadas corran el riesgo de perder su hogar a causa de la pérdida de ingresos a corto plazo.

41.Para proteger la vivienda asequible, el Gobierno Federal también estableció el mecanismo de control de alquileres en la última legislatura. Desde junio de 2015, el alquiler que se cobra en los nuevos contratos de arrendamiento en las zonas con un mercado inmobiliario restringido no podrá superar en más de un 10 % el alquiler comparativo local estándar. El 1 de enero de 2019, la Ley por la que se modifica la Ley de Arrendamientos introdujo cambios en las normas relativas al límite máximo del aumento del alquiler, en particular estableció un requisito que exige que los propietarios informen a los inquilinos, antes de suscribir el contrato de arrendamiento, sobre cualquier exención aplicable a ese límite (por ejemplo, una renta anterior más elevada) que deseen invocar.

42.En virtud de la Ley por la que se amplía y mejora la reglamentación del precio del alquiler permitido al inicio de un contrato de arrendamiento , de 19 de marzo de 2020, se aprobaron mejores condiciones para que los inquilinos puedan reclamar el reembolso del alquiler. En el caso de los contratos de arrendamiento que comiencen después del 31 de marzo de 2020, los inquilinos pueden solicitar la devolución de todo el monto correspondiente al alquiler pagado en exceso desde el inicio del contrato de arrendamiento si presentan una reclamación por incumplimiento de las normas relativas al límite máximo del alquiler dentro de los 30 primeros meses siguientes al inicio de dicho contrato.

43.La Campaña en favor de la Vivienda puesta en marcha conjuntamente por la Federación, los ländery los municipios también prevé la ampliación del período de referencia para el alquiler comparativo local estándar de cuatro a seis años. Para llevar a la práctica esa medida, se aprobó la Ley por la que se prorroga el período de referencia para los alquileres comparativos locales estándar, que entró en vigor el 1 de enero de 2020.

Anexo

Información detallada sobre los aumentos previstos de los salarios mínimos en el sector de los cuidados de enfermería, basados en las recomendaciones formuladas por la Comisión de Cuidados de Enfermería

Para los asistentes de enfermería no cualificados

Baden-Württemberg, Baviera, Berlín, Bremen, Hamburgo, Hesse, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre y Schleswig-Holstein

Brandenburgo , Mecklenburgo -Pomerania Occidental, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

A partir del 1 de mayo de 2020*

11,35

-

10,85

-

A partir del 1 de julio de 2020

11,60

2,20

11,20

3,23

A partir del 1 de abril de 2021

11,80

1,72

11,50

2,68

A partir del 1 de septiembre de 2021

12,00

1,69

12,00

4,35

A partir del 1 de abril de 2022

12,55

4,58

12,55

4,58

Para los asistentes de enfermería cualificados

(Personal de enfermería con al menos un año de formación y experiencia laboral correspondiente)

Baden-Württemberg, Baviera, Berlín, Bremen, Hamburgo, Hesse, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre y Schleswig-Holstein

Brandenburgo , Mecklenburgo -Pomerania Occidental, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

A partir del 1 de abril de 2021

12,50

-

12,20

-

A partir del 1 de septiembre de 2021

12,50

-

12,50

2,46

A partir del 1 de abril de 2022

13,20

5,60

13,20

5,60

Para los profesionales de la salud

Baden-Württemberg, Baviera, Berlín, Bremen, Hamburgo, Hesse, Baja Sajonia, Renania del Norte-Westfalia, Renania-Palatinado, Sarre y Schleswig-Holstein

Brandenburgo , Mecklenburgo -Pomerania Occidental, Sajonia, Sajonia-Anhalt y Turingia

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

Cuantía (euros)

Aumento (porcentaje)

A partir del 1 de julio de 2021

15,00

15,00

-

A partir del 1 de abril de 2022

15,40

2,67

15,40

2,67