Naciones Unidas

E/C.12/71/D/77/2018

Consejo Económico y Social

Distr. general

31 de marzo de 2022

Original: español

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Decisión adoptada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, respecto de la comunicación núm. 77/2018 * , * *

Comunicación presentada por:

J. G. L. y otros

Presuntas víctimas:

Los autores

Estado parte:

España

Fecha de la comunicación:

13 de noviembre de 2018

Asu nto:

Desalojo de una vivienda que los autores tenían en alquiler, pero dejaron de pagar la renta por falta de recursos

Cuestiones de fondo:

Derecho a una vivienda adecuada

Artículo del Pacto:

11, párr. 1

1.El 13 de noviembre de 2018, los autores presentaron una comunicación individual ante el Comité en nombre propio. El 13 de noviembre de 2018, el Comité registró la comunicación y solicitó al Estado parte la adopción de medidas provisionales consistentes en suspender el desalojo de los autores mientras la comunicación estuviera pendiente de examen, u otorgarles una vivienda alternativa adecuada en el marco de una consulta genuina con ellos.

2.Reunido el 28 de febrero de 2022, el Comité, habiendo tomado nota de la falta de respuesta de la autora pese a las reiteradas solicitudes para aportar comentarios a las observaciones del Estado parte sobre la admisibilidad y fondo de la comunicación, consideró que los autores habían perdido interés y decidió poner fin al examen de la comunicación con arreglo al artículo 17 de su reglamento provisional en virtud del Protocolo Facultativo.