Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Decisión adoptada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, respecto de la comunicación núm. 80/2018 *
Comunicación presentada por : |
M. I. y E. M. |
Presuntas víctimas: |
Los autores y sus dos hijos |
Estado parte: |
España |
Fecha de la comunicación: |
16 de noviembre de 2018 (presentación inicial) |
Asu nto : |
Desalojo de una vivienda que los autores habían alquilado a alguien que resultó no ser su propietario |
Cuesti ó n de fondo : |
Derecho a una vivienda adecuada |
Artículo del Pacto : |
11, párr. 1 |
1.El 16 de noviembre de 2018, los autores presentaron una comunicación individual ante el Comité en nombre propio y de sus dos hijos menores de edad. El 19 de noviembre de 2018, el Comité registró la comunicación y solicitó al Estado parte la adopción de medidas provisionales consistentes en suspender el desalojo de los autores y sus hijos mientras la comunicación estuviera pendiente de examen, u otorgarles una vivienda alternativa adecuada en el marco de una consulta genuina con ellos.
2.Reunido el 12 de octubre de 2021, el Comité, habiendo tomado nota de la solicitud de los autores de archivo de la comunicación por haber obtenido vivienda alternativa, decidió poner fin al examen de la comunicación con arreglo al artículo 17 de su reglamento provisional en virtud del Protocolo Facultativo.