Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones
Lista de cuestiones preparada con miras al examen del informe inicial del Togo (E/C.12/TGO/1) y aprobada por el Grupo de Trabajo anterior al 50º período de sesiones(3 a 7 de diciembre de 2012)
I.Información general
1.Sírvanse proporcionar información sobre la jurisprudencia del Estado parte respecto de los derechos económicos, sociales y culturales enunciados en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Además, sírvanse facilitar informaciones sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para sensibilizar a la población acerca de sus derechos económicos, sociales y culturales y la posibilidad de reivindicarlos ante la justicia, y para reforzar la capacidad del personal judicial con miras a la aplicación de las disposiciones del Pacto.
II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)
Artículo 2, párrafo 1Obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursosde que se disponga
2.Sírvanse proporcionar datos estadísticos comparados sobre las consignaciones presupuestarias en los sectores relativos a los derechos económicos, sociales y culturales. Precísese en particular hasta qué punto el Estado parte se aproxima al "objetivo de Abuja" en lo relativo a la asignación presupuestaria al sector de la salud.
Artículo 2, párrafo 2No discriminación
3.Habida cuenta del hecho que la Constitución garantiza la igualdad de todos en cuanto a dignidad y derechos, sírvanse ofrecer información sobre las leyes que se han promulgado para tipificar delictivamente toda forma de discriminación en todas las esferas, conforme al contenido del artículo 2 del Pacto.
4.Facilitar informaciones sobre los progresos registrados en el cumplimiento de las recomendaciones de la Comisión de la Verdad, la Justicia y la Reconciliación relacionadas con el disfrute y el ejercicio sin discriminación de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente la recomendación 26, que aboga por la reducción de las disparidades socioeconómicas, la recomendación 28, que compromete al Estado parte a adoptar medidas para resolver los problemas relativos a la propiedad de la tierra e inmobiliaria, y la recomendación 32, en la que se pide la aplicación efectiva y sin discriminación de los textos legales en materia de desvío de bienes públicos y de corrupción. Sírvanse describir las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar el acceso igualitario a la justicia, en particular para las mujeres y los grupos más desfavorecidos y marginados.
5.Descríbanse las medidas adoptadas por el Estado parte para promover los derechos económicos y sociales de las personas con discapacidad, en particular en el ámbito de lo social, el empleo y la educación.
Artículo 3Igualdad de derechos entre hombres y mujeres
6.A la vista de la situación de discriminación de facto en que se encuentran las mujeres en el mundo del trabajo, y el hecho de que estén insuficientemente representadas en varios sectores, indicar si la legislación del Estado parte prevé la aplicación de medidas temporales especiales y, en su caso, facilitar información sobre la aplicación de estas disposiciones en la práctica.
7.Sírvanse explicar las dificultades a que ha hecho frente el Estado parte para modificar gradualmente prácticas tradicionales y costumbres discriminatorias para la mujer, como las que se describen en el párrafo 317 del informe del Estado parte, especialmente los matrimonios precoces, los matrimonios forzosos, las mutilaciones genitales femeninas, la no participación de las mujeres en la adopción de decisiones, la falta de acceso de las mujeres al crédito y a la tierra; los ritos de duelo para las viudas; la violencia contra las mujeres, y la trata de niñas y mujeres.
III.Cuestiones relativas a las disposiciones concretas del Pacto (artículos 6 a 15)
Artículo 6Derecho a trabajar
8.Sírvanse aportar información sobre los servicios ofrecidos por la Agencia Nacional de Empleo a las personas desempleadas. Apórtense igualmente información y datos estadísticos sobre el desempleo. Además, proporciónense también información sobre la incidencia de las medidas legislativas, institucionales y programáticas mencionadas en los párrafos 331 a 338 del informe del Estado parte sobre la situación del empleo y los desempleados.
9.Precísese si las medidas adoptadas por el Estado parte han permitido mejorar la idoneidad de los programas de formación profesional en relación con las necesidades del mercado del trabajo y reducir el desempleo entre los jóvenes.
Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias
10.Descríbanse los mecanismos existentes, como el sistema de inspección, que permiten verificar el respeto por las condiciones de trabajo, y facilítense datos cifrados al respecto. Sírvanse proporcionar información, incluidos datos estadísticos, sobre las denuncias presentadas a la Inspección del Trabajo, así como el curso dado a las mismas. Proporciónense igualmente estadísticas sobre las denuncias interpuestas ante el Tribunal del Trabajo. Precisar si el Estado parte dispone de tribunales de trabajo en todas las regiones del país y explicar cómo se tramitan las diferencias relativas al derecho del trabajo en las regiones donde no existen.
11.Precisar el valor actual de la "cesta de la compra" e indicar si el salario mínimo interprofesional garantizado, así como la escala salarial del sector público, se fijan sobre la base de este valor, como está prescrito, y ofrecen condiciones de existencia dignas a los trabajadores y sus familias, teniendo en cuenta las tasas de inflación en el Estado parte.
12.Descríbanse brevemente las medidas emprendidas por el Estado parte para mejorar las "actividades" del sector no estructurado, tal como se menciona en el párrafo 357 del informe, y, en su caso, los resultados observados.
13.Explíquense cómo se respetan los derechos económicos y sociales de los trabajadores en las empresas de la Zona Franca. Indíquese especialmente en qué medida los recursos elevados a la Sociedad de Administración de la Zona Franca (SAZOF) permiten a los empleados que han sido víctimas de abusos laborales obtener una indemnización y una reparación efectivas, y los protegen contra las represalias.
Artículo 8Derechos sindicales
14.Precísese si se aplican restricciones al ejercicio del derecho de huelga de los funcionarios y si las disposiciones legislativas correspondientes son exhaustivas. Proporciónese información sobre el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos, y descríbase su aplicación en la práctica, inclusive en las empresas de la Zona Franca. A este respecto, ofrézcase información sobre las huelgas realizadas durante los últimos cinco años y explíquense los motivos de las mismas.
Artículo 9Derecho a la seguridad social
15.Sírvanse facilitar información sobre los progresos registrados en la aplicación de las medidas prioritarias de reforma de la seguridad social, que se describen en el párrafo 400 del informe del Estado parte, en particular en lo que respecta a las prestaciones aseguradas. Por otra parte, sírvanse precisar en qué medida estas prestaciones garantizan a los beneficiarios un nivel de vida correcto.
Artículo 10Protección de la familia, las madres y los hijos
16.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas por el Estado parte para erradicar la práctica vudú y la explotación sexual de las niñas para la servidumbre ritual, para lo que se las coloca en conventos de fetichistas. Precísese igualmente en qué manera estas prácticas son reprimidas por la ley.
17.Facilítese información, si procede, sobre los avances registrados en la aplicación de las medidas previstas en el párrafo 509 del informe del Estado parte para mejorar la situación de las personas de edad, comprendidas las personas de edad que viven solas o en residencias para mayores. Indíquese si el nivel de las pensiones de jubilación ofrece a los jubilados y a sus familias condiciones de existencia digna, y descríbanse las ayudas y prestaciones del Estado para las personas de edad, incluidas las que no reciben una pensión de jubilación.
18.Habida cuenta de la grave incidencia de la trata de mujeres y niños en el Estado parte, indíquese: a) si el Estado parte se ha dotado de una ley que tipifique específicamente como delito la trata de personas y si se han puesto en marcha mecanismos para controlar su estricta aplicación. Indíquese igualmente el número de casos de trata señalados, tanto si el Estado parte es país de origen, de destino o de tránsito, así como las penas impuestas a los autores; b) si existe un plan de acción nacional para combatir la trata y cuáles son las medidas adoptadas para aportar ayuda a las víctimas, especialmente en los planos médico, social y jurídico.
19. Indíquese: a) si existe en el Estado parte una ley que tipifique delictivamente de forma específica los actos de violencia en el seno de la familia, en particular la violencia con las mujeres y los niños, incluida la violación entre cónyuges y los actos de violencia sexual cometidos contra mujeres y niños, precisando el número de casos registrados y las sanciones impuestas a los autores; b) si existe un plan de acción nacional para luchar contra la violencia en la familia y qué medidas se han instituido para apoyar a las víctimas y ayudarlas a readaptarse; c) qué medidas se han adoptado para sensibilizar a la población en general sobre el carácter penal de los actos de violencia en el seno de la familia y dispensar una formación en la materia a los responsables de la aplicación de la ley y a otros profesionales concernidos.
Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado
20.Sírvanse indicar en qué medida el Programa Nacional de Seguridad Alimentaria aprobado en 2007 ha permitido mejorar la disponibilidad, a un precio razonable, de alimentos en cantidad suficiente y de una calidad susceptible de satisfacer las necesidades alimentarias de todas las personas.
21. Sírvanse precisar en qué medida el Programa Nacional de Vivienda del Estado parte permite responder a las necesidades de la población en materia de alojamiento. Faciliten también información sobre el número de personas sin hogar en el Estado parte.
22.Facilítese información sobre las disposiciones legales que definen las circunstancias en que pueden efectuarse expulsiones, así como los derechos de los inquilinos a la seguridad de la ocupación y a la protección contra las expulsiones, y en particular sobre el régimen de indemnización para los propietarios expropiados de las zonas mineras. Indíquese por otra parte el número de expulsiones forzadas efectuadas en el Estado parte durante los cinco últimos años.
Artículo 12Derecho a la salud física y mental
23.Facilítese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para que el costo de los servicios de salud sea asequible a todos, incluidos los grupos socialmente desfavorecidos.
24.Proporciónese información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para responder a la proliferación de servicios médicos privados no autorizados y al mercado ilícito de productos farmacéuticos.
25.Facilítese información sobre la reglamentación de los establecimientos psiquiátricos y el control judicial del internamiento. Sírvanse proporcionar igualmente información sobre las medidas adoptadas para velar por que los enfermos que sufren perturbaciones mentales reciban un tratamiento apropiado y los cuidados oportunos.
26.Sírvanse aclarar las medidas adoptadas para promover el derecho al agua y el saneamiento y precisar si las políticas adoptadas por el Estado parte, y la capacidad de este, permiten atender a las necesidades.
Artículos 13 y 14Derecho a la educación
27.Sírvanse facilitar información sobre las Escuelas de iniciativas locales, y en particular sobre la reglamentación aplicable a estos centros, su número y el porcentaje de alumnos matriculados.
28.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para mejorar el acceso y la calidad de la educación secundaria, técnica y superior.
Artículo 15Derechos culturales
29.Proporciónese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte a fin de promover y garantizar a todos, incluidos los grupos y personas vulnerables, el acceso a la vida cultural. Infórmese también sobre el alcance y las modalidades de la protección ofrecida por el Estado parte a la identidad de las diferentes etnias, en particular a su lengua, sus creencias y sus tierras ancestrales.