Naciones Unidas

E/C.12/COL/6

Consejo Económico y Social

Distr. general

21 de julio de 2016

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Sextos informes periódicos que los Estados partes debían presentar en 2015

Colombia *

[Fecha de recepción: 8 de abril de 2016]

Índice

Página

Listado de abreviaturas 3

Generalidades4

1.Artículo 1: Derecho a la libre determinación4

2.Artículo 2. Obligaciones del Estado, principios de progresividad y no discriminación.6

3.Artículo 3. Igualdad de derechos entre hombres y mujeres.7

4.Artículo 4. Condiciones para la limitación de los derechos contenidos en el Pacto9

5.Artículo 5. Principios para la interpretación de los derechos contenidos en el Pacto.9

6.Artículo 6. Derecho al trabajo9

7.Artículo 7. Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo15

8.Artículo 8. Derecho a fundar y afiliarse a sindicatos, libertad sindical y huelga18

9.Artículo 9. Derecho a la seguridad social20

10.Artículo 10. Derecho a la protección y asistencia a la familia22

11.Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado27

A.El derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia27

B.Derecho a una alimentación adecuada28

C.El derecho al agua30

D.El derecho a una vivienda adecuada32

12.Artículo 12. Derecho a la salud34

13.Artículo 13. Derecho a la Educación38

14.Artículo 14. Derecho a la Educación43

15.Artículo 15. Derechos Culturales43

Anexos**

Listado de abreviaturas

ANSPEAgencia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema

C.P.Constitución Política de Colombia de 1991

Cfr.Confróntese

CGTConfederación General de Trabajo

CISANComisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional

CONPESConsejo Nacional de Política Económica y Social

CPEMConsejería Presidencial para la Equidad de la Mujer

CSTCódigo Sustantivo del Trabajo

DANEDepartamento Administrativo Nacional de Estadística

DPSDepartamento Administrativo para la Prosperidad Social

EPSEntidad Promotora de Salud

EPS-SEntidad Promotora de Salud Subsidiados

GEIHGran Encuesta Integrada de Hogares

ICBF Instituto Colombiano de Bienestar Familiar

IPC Índice de Precios al Consumidor

IPS Instituciones Prestadores de Servicios de Salud

MinAgriculturaMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural

MinSalud Ministerio de Salud y Protección Social

MinViviendaMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio

NNANiños, Niñas y Adolescentes

OITOrganización Internacional del Trabajo

PDSPPlan Decenal de Salud Pública

PNDPlan Nacional de Desarrollo

POAEn los procesos de consulta previa, se entiende como el área de influencia de un proyecto, obra, actividad, medida legislativa o medida administrativa

POS Plan Obligatorio de Salud

PSANPolítica de Seguridad Alimentaria y Nutricional

Red UNIDOSEstrategia Nacional para la Superación de la Pobreza Extrema

SANSeguridad Alimentaria y Nutricional

SENAServicio Nacional de Aprendizaje

SGP Sistema General de Pensiones

SGSSSSistema General de Seguridad Social en Salud

SISBENSistema de Identificación y Clasificación de Potenciales Beneficiarios para Programas Sociales

SMMLVSalario Mínimo Mensual Legal Vigente

URTUnidad de Restitución de Tierras

VIPAVivienda de Interés Prioritario para Ahorradores

Generalidades

1.El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue ratificado por Colombia el 29 de octubre de 1969, previa aprobación por el Congreso de la República mediante Ley Nº 74 de 1968, y entró en vigor de acuerdo con las disposiciones del instrumento el 3 de enero de 1976.

2.El Estado de Colombia presentó el V informe periódico sobre el cumplimiento del Pacto el 22 de enero de 2008 (E/C.12/COL/5).

3.El presente informe periódico que el Estado colombiano presenta a consideración del Comité refleja los avances y retos frente a su propósito de garantizar y proteger los derechos contenidos en el Pacto en el periodo comprendido entre el 2010 y 2015.

4.Para efectos de la elaboración del presente informe se ha tenido en consideración la compilación de Directrices sobre los documentos específicos que deben presentar los estados partes con arreglo a los artículos 16 y 17 del Pacto, las cuales se encuentran contempladas en el documento E/C.12/2008/2, así como la resolución A/RES/68/268.

5.Los montos de recursos económicos que se indican a lo largo del informe están expresados en Pesos Colombianos (COP). Al 31 de diciembre de 2014, la Tasa de Cambio representativa del mercado del peso con respecto al Dólar de Estados Unidos (USD), era de $ 2392,46 COP por 1 (USD).

1.Artículo 1.Derecho a la libre determinación

1.1Aplicación del derecho a la libre determinación

6.El artículo 9 de la Constitución Política de 1991 (en adelante C.P.) reconoce el derecho a la autodeterminación de los pueblos como uno de los fundamentos de las relaciones internacionales de Colombia; y el artículo 3 de la C.P. señala que “La soberanía reside exclusivamente en el pueblo, del cual emana el poder público. El pueblo la ejerce en forma directa o por medio de sus representantes (…)”. Los mecanismos de participación que desarrollan el ejercicio de la participación democrática en los asuntos públicos del pueblo colombiano son: el voto, el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato.

7.Las comunidades indígenas y las comunidades afrodescendientes también gozan del derecho fundamental a la libre determinación, lo cual es evidencia del reconocimiento a la diversidad étnica y cultural de esos pueblos. La Constitución Nacional, las leyes nacionales y distintas sentencias de la Corte Constitucional han desarrollado el ejercicio de este derecho.

1.2Reconocimiento y protección de los derechos de propiedad de las comunidades indígenas

8.El Estado colombiano reconoce y protege los derechos de propiedad de las comunidades indígenas sobre las tierras que ocupan o utilizan para su sustento, las cuales, de acuerdo con el artículo 63 de la C.P.: “(…) las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, (…) son inalienables, imprescriptibles e inembargables”.

9.La Ley 160 de 1994, expedida en consonancia con el Convenio 169 de la OIT, establece el deber del Gobierno nacional de dotar de tierras a los pueblos indígenas y estudiar los títulos para determinar la existencia legal de los resguardos, para lo cual, define los procedimientos de constitución, ampliación, saneamiento y reestructuración de resguardos indígenas. Recientemente, con la adopción del Decreto 2333 de 2014, se establecieron los mecanismos para la efectiva protección y seguridad jurídica de las tierras y territorios ocupados o poseídos por los pueblos indígenas.

10.La Corte Constitucional ha señalado también que: “el derecho de propiedad colectiva de las comunidades indígenas sobre el territorio que han ocupado ancestralmente, exige una protección constitucional preferente, debido a que es un elemento esencial para la preservación de las culturas y valores espirituales de estos pueblos, así como para garantizar su subsistencia física y su reconocimiento como grupo culturalmente diferenciado”.

11.De esta manera, conforme al último censo realizado en Colombia (2005) la población indígena asciende a 1.392.623 personas, organizados en 87 pueblos, lo cual representa aproximadamente el 3,4% de la población total, y sus resguardos ocupan el 29,84% del territorio nacional, lo cual equivale a 34 millones de hectáreas.

1.3Consulta previa con las comunidades indígenas y locales

12.La Dirección de Consulta Previa del MinInterior se encarga de la coordinación de las políticas de participación ciudadana y minorías étnicas, ejerciendo la función de garantizar el debido proceso en la práctica del derecho fundamental de Consulta Previa a las comunidades étnicas que se registran el área de influencia de un proyecto, obra o actividad (POA).

13.La Directiva Presidencial Nº 10 de 2013 presenta una guía para la realización de Consulta Previa con comunidades étnicas para desarrollo de POA, que se utiliza como herramienta de coordinación interinstitucional para el logro de la eficiencia administrativa y las prácticas de buen gobierno.

14.La Corte Constitucional ha considerado que: “La consulta, resulta obligatoria cuando las medidas que se adopten sean susceptibles de afectar específicamente a las comunidades indígenas en su calidad de tales, y no aquellas disposiciones que se han previsto de manera uniforme para la generalidad de los colombianos (…)”.

15.Entre el 20 de julio de 2014 y 31 de mayo 31 de 2015, la Dirección de Consulta Previa elaboró 1.565 certificaciones sobre la presencia o no de comunidades étnicas en el área de interés de un POA. En 212 registraron presencia de comunidades étnicas y en 1.353 no registraron presencia. La mayor cantidad de certificaciones expedidas fue para los sectores minero (27%), de infraestructura (19%) y energético (16%).

16.Desde el segundo semestre de 2014 y hasta mayo de 2015 el promedio de días hábiles para la expedición de la certificación o no de presencia de comunidades fue de 13,19 días.

17.En el mismo periodo, fueron protocolizados 794 acuerdos con comunidades étnicas (664 con indígenas y 130 con afrodescendientes y raizales). En éstas, 776 finalizaron con acuerdos y en 18 casos no fue posible. Así, el indicador de desempeño de concertación es del 97.73%.

18.El PND 2014-2018 ha establecido acuerdos de consulta previa con las comunidades para los componentes de competitividad e infraestructura estratégica, movilidad social, transformación del campo y seguridad, justicia y democracia para la construcción de paz, con lo cual asegura la inclusión de estas comunidades en los procesos de consulta que se realizarán.

2.Artículo 2.Obligaciones del Estado, principios de progresividad y no discriminación

2.1Medidas de lucha contra la discriminación

19.Para contribuir a eliminar actos de racismo o discriminación se expidió la Ley 1482 de 2011, que convierte en delito los actos de racismo o discriminación y el hostigamiento por motivos de raza, religión, ideología política, u origen nacional étnico o cultural. Las sanciones contempladas para quienes incurran en tales delitos se han estipulado entre 12 y 36 meses de prisión. La Ley 1752 de 2015 incluyó la sanción penal por la discriminación contra las personas con discapacidad.

20.La Fiscalía General de la Nación adelanta 181 investigaciones por actos de racismo o discriminación y hostigamiento por motivos de raza, religión, ideología política u origen nacional, étnico o cultural, de las cuales 106 corresponden a discriminación racial. 2 investigaciones se encuentran en etapa de juicio y 1 condena ha sido proferida.

21.Por otra parte, mediante la Resolución 1154 de 2012 del MinInterior fue creado el Observatorio contra la Discriminación y el Racismo, encargado de recopilar información, analizar, documentar y monitorear las dinámicas y prácticas de racismo y discriminación que se presentan en Colombia para apoyar la formulación de políticas, estrategias y programas. Desde 2012 y a la fecha se han recibido directamente 45 casos de discriminación para asesoría y seguimiento a los trámites administrativos y/o judiciales pertinentes.

2.2Disfrute de los derechos en pie de igualdad por todas las personas

22.La garantía del derecho a la igualdad ha sido una prioridad para el Estado en los últimos 15 años. Las bases del PND 2010-2014 y las del vigente denominado “Todos por un nuevo país” 2014-2018 tienen por visión que “Colombia será un país que promueve el desarrollo humano integral, donde cada uno de los objetivos de desarrollo socioeconómico se articulan en la construcción de una sociedad con oportunidades para todos”.

23.El logro de este propósito se enmarca en el desarrollo de acciones y programas dentro de los siguientes ejes temáticos:

•Erradicar la pobreza extrema en 2024 y reducir la pobreza moderada. (Ver Artículo 11).

•Reducir las brechas poblacionales en materia de ingresos. (Ver Artículos 6 y7).

•Reducir brechas poblacionales y territoriales en la provisión de servicios de calidad en salud, educación, servicios públicos, infraestructura y conectividad. (Ver Artículos 12, 13 y14).

•Promover el desarrollo económico incluyente del país y sus regiones. (Ver Artículo 15).

2.3Disfrute por parte de los no nacionales de los derechos económicos reconocidos en el Pacto

24.El artículo 100 de la C.P. establece que extranjeros disfrutarán de los mismos derechos civiles que se conceden a los colombianos. En virtud de la ley y por razones de orden público, éstos pueden verse limitados.

3.Artículo 3.Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

3.1Eliminación de la discriminación directa e indirecta basada en el sexo

25.La Política Pública Nacional de Equidad de Género fue materializada en 2013 con la aprobación del Conpes 161, que contiene el plan de acción para el período 2013-2016 para avanzar en la superación de las brechas de inequidad con un presupuesto de 3.5 billones de pesos. El proceso de formulación de los lineamientos de esta política pública tuvo un carácter participativo que se desarrolló en diálogo con las redes y organizaciones nacionales de mujeres de todo el país y de varios sectores. La política desarrolla 6 ejes que abarcan las diversas formas de discriminación que afectan a las mujeres:

Construcción de paz y transformación cultural

Garantía de autonomía económica de mujeres y potenciar la conciliación de la vida laboral y doméstica

Fomento de participación de mujeres en instancias de poder y toma de decisiones

Enfoque diferencial de derechos en el sistema de salud

Enfoque diferencial de derechos en el sistema de educación;

Plan integral para garantizar a mujeres una vida libre de violencias

26.En desarrollo de la Ley 1257 de 2008 desde el año 2014 se implementa el Plan Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencias; esto ha permitido desarrollar acciones en materia de justicia e impunidad, fortalecimiento de las instituciones e inclusión del enfoque de género en las políticas públicas.

27.También se adoptó el Conpes 3784 de 2013 que contiene los Lineamientos de Política Pública para la Prevención de Riesgos, la Protección y Garantía de los Derechos de las Mujeres Víctimas del Conflicto Armado, que tuvo en cuenta las decisiones que al respecto ha tomado la Corte Constitucional y las disposiciones sobre enfoque diferencial de género contenidas en la Ley 1448 de 2011. Los lineamientos tienen en cuenta las diferentes etapas del ciclo vital de las mujeres; su orientación sexual e identidad de género y su origen o zona de residencia. Para la implementación del Conpes 3784 se dispone de $3.3 billones de pesos.

28.En el marco de la Estrategia de Transversalidad de Género liderada por la Consejería Presidencial para la Equidad de la Mujer (en adelante CPEM) se ha logrado visualizar en el mediano plazo la construcción de un Sistema Nacional de Género como parte de una política de Estado que está permitiendo materializar el principio de igualdad y no discriminación.

29.En el marco de la Política de Atención y Reparación Integral a las Víctimas del Conflicto Armado, fue promulgado el Decreto 1480 de 2014 a través del cual se declara el 25 de mayo como Día Nacional por la Dignidad de las Mujeres víctimas de violencia sexual en el marco del conflicto armado, para reconocer la valentía, trabajo y resistencia de miles de mujeres, víctimas de violencia sexual.

30.De igual manera la Ley 1719 de 2014 adopta medidas para garantizar el acceso a la justicia de las víctimas de violencia sexual, en especial la que ocurre con ocasión del conflicto armado. Estas medidas buscan atender de manera prioritaria las necesidades de las mujeres y los NNA víctimas en Colombia.

31.El Estado colombiano a partir de la adopción de políticas públicas para la eliminación de la discriminación contra la mujer ha alcanzado importantes avances en materia de inclusión de la mujer en el mercado laboral, de acceso a servicios educativos y de salud, y en general para el mejoramiento de las condiciones de vida de esta población. (Ver Artículos 6, 7, 12, 13 y14)

32.En relación con la participación de las mujeres en espacios de poder durante el periodo 1991-1994 y 2014-2018 la proporción de mujeres ocupando escaños del Senado se ha incrementado en 15,3% y la proporción de mujeres en la Cámara se ha incrementado en 11,3%. La rama judicial y los organismos autónomos han experimentado un crecimiento importante. Para el año 2013 las ramas ejecutiva y judicial tuvieron un mayor porcentaje de cumplimiento de la Ley 581 de 2000.

Porcentaje de cumplimiento Ley 581/2000 orden nacional, 2006-2013

Fuente : Departamento Administrativo de la Función Pública .

3.2Ley sobre igualdad de género

33.Colombia expidió la Ley 1257 de 2008. En desarrollo de ello, en el año 2011, expidió cuatro decretos reglamentarios en materia de educación (Decreto 4798/2011), trabajo (Decreto 4463/2011), justicia (Decreto 4799/2011) y salud (Decreto 4796/2011). Ver Anexo 1.

34.Desde 2011 se conformó el Comité de Seguimiento a la Ley 1257 de 2008, espacio integrado por la Procuraduría General de la Nación, la Defensoría del Pueblo, la CPEM y representantes de organizaciones de mujeres. Este Comité ha realizado 30 sesiones y ha impulsado el proceso de rendición de cuentas por parte de los Ministerios responsables de la implementación de la Ley y sus decretos reglamentarios, con presencia directa de sus Ministros y a nivel territorial con presencia directa de Alcaldes y Gobernadores.

4.Artículo 4.Condiciones para la limitación de los derechos contenidos en el Pacto. (Ver Documento Básico Común de Colombia, subtítulo 3.2)

5.Artículo 5.Principios para la interpretación de los derechos contenidos en el Pacto. (Ver Documento Básico Común de Colombia, subtítulo 3.1)

6.Artículo 6.Derecho al trabajo

6.1Medidas adoptadas para reducir el desempleo

6.1.1Promoción del empleo pleno productivo

35.En los últimos cuatro años se han generado 2,5 millones de empleos, con una importante reducción de la informalidad, y con una tasa de desempleo que mensualmente sigue alcanzando mínimos históricos desde que existen cifras mensuales, hace 14 años.

36.De acuerdo con la Gran Encuesta Integrada de Hogares (GEIH), en mayo de 2015 la tasa de desempleo fue 8,9% y se registró la tasa de ocupación más alta desde hace 15 años con 58,8%. En la medición de los últimos 12 meses (móviles), el desempleo lleva 21 periodos consecutivos con tasas de un dígito, ubicándose en 9,0% para el último periodo. La tasa de desempleo en los centros poblados y el rural disperso se ubicó en 5,1% para el trimestre marzo-mayo de 2015, siendo la más baja de los últimos 15 años.

Tasa de desempleo. Total nacional, serie mensual 2011-2015

37.Entre las reformas institucionales recientes, se encuentra la creación de la Unidad Administrativa Especial del Servicio Público de Empleo, establecida en el artículo 26 de la Ley 1636 de 2013. Esta entidad, adscrita al MinTrabajo, se creó para la administración del Servicio Público de Empleo y su Red de Prestadores. Desde su implementación se han invertido alrededor de 700 mil millones de pesos.

38.El Servicio Público de Empleo busca ayudar a los trabajadores a encontrar un empleo adecuado a su perfil y a los empleadores a contratar trabajadores de acuerdo a sus necesidades. Con esta apuesta se logró en el año 2014 vincular al mercado laboral a 270.000 personas, de las cuales el 44% son mujeres y el 56% son hombres. En la actualidad, en la plataforma de Redempleo hay cerca de 470 mil personas inscritas, de estas el 56% son mujeres y el 44% son hombres. Según los rangos de edad, la mayoría de personas inscritas (43,9%) son jóvenes (menores de 28 años) y el 11% son personas mayores de 45 años.

Empleo para las mujeres

39.En los últimos años la participación de las mujeres en el mercado de trabajo ha aumentado. En el año 2008 su participación fue 46,4% y en el año 2014 fue 54,2%. La brecha de participación entre mujeres y hombres ha disminuido sostenidamente en los últimos años, al pasar de 26.6% en 2001 a 20.7% en 2013. El incremento de la participación laboral de las mujeres se debe principalmente a cambios demográficos, culturales, institucionales y económicos, como la mayor acumulación de capital humano de las mujeres.

40.Las mujeres colombianas tienen una mayor participación que los hombres en el mercado laboral asociado a servicios comunales, sociales y personales, intermediación financiera y comercio, hoteles y restaurantes.

Participación laboral (Tasas globales y Brecha de género)

Fuente : DANE, ECH-GEIH .

41.Entre las medidas más importantes adoptadas para promover el empleo de las mujeres está la implementación desde el año 2012 del Programa para la Equidad de Género en Materia Laboral que tiene el objetivo de impulsar la igualdad y la no discriminación por razones de género en el ámbito laboral y potenciar mayores oportunidades laborales para las mujeres para su bienestar y desarrollo. Bajo este Programa se ha realizado:

•Programa de Rutas Integrales de Empleo Rural y Urbano para Víctimas del conflicto armado, busca mejorar la empleabilidad y potenciar el autoempleo de las víctimas. Se estima que el 49.6% de la población que participará en el Programa son mujeres.

•Expedición de la Ley 1525 de 2012 que aprueba el “Convenio sobre el trabajo decente para las trabajadoras y trabajadores domésticos” y del Decreto 721 de 2013 que regula la afiliación de los trabajadores del servicio doméstico al sistema de “Compensación Familiar”.

•Diseño de rutas de formalización para manicuristas.

•Campañas con el SENA para la promoción de una formación sin etiquetas de género.

•Implementación del Plan Estratégico de Prevención de Acoso Laboral y Acoso Sexual.

•Implementación del Programa de Certificación de Sistemas de Gestión de Igualdad de Género, Sello de Equidad Laboral EQUIPARES. A través de esta certificación las empresas privadas incorporan principios de igualdad y equidad laboral, relacionados con procedimientos de reclutamiento y selección, remuneración y salario, capacitación, promoción y desarrollo profesional, ambiente laboral y salud, prevención del acoso sexual y laboral, comunicación no sexista, y conciliación de la vida laboral y familiar.

Empleo para los jóvenes

42.En enero de 2015 la cifra de desempleo juvenil en Colombia fue de 15%. Para mejorar las condiciones de acceso al empleo de esta población, el Estado colombiano ha adoptado las siguientes medidas de carácter normativo:

•Ley 375 de 1997 mediante la cual se busca generar las condiciones necesarias para el pleno ejercicio de derechos por parte de los jóvenes.

•Ley Estatutaria 1622 de 2013 que a través del fortalecimiento del Sistema Nacional de Juventud busca generar mecanismos para favorecer empleo y condiciones de trabajo de calidad para los jóvenes.

•Ley 1429 de 2010 que establece un esquema de incentivos de disminución en el impuesto de renta a empresas que contratan jóvenes entre los 18 y 28 años.

43.Por otro lado, mediante el Conpes 173 de 2014 se estableció la necesidad de generar estrategias para facilitar la transición de la escuela al trabajo. Los programas más destacados para promover el trabajo de los jóvenes en Colombia son:

•Programa “40 Mil Primeros Empleos”, creado mediante la Resolución 347 de 2015 del MinTrabajo está dirigido a los jóvenes recién egresados. Se tiene proyectada una inversión cercana a los 300 mil millones de pesos, en su fase inicial.

•Programa de transporte para el empleo, otorga apoyos de hasta 24 mil pesos para financiar los gastos de transporte de las personas que deban asistir a empresas para presentar entrevistas. Se dispone de 43.000 apoyos para beneficiar a la población colombiana.

•Programa Talentos para el Empleo, ofrece 13.000 cursos de formación en habilidades para el trabajo a personas entre 18 y 45 años. Son cursos de validación del bachillerato, manejo de computadores y finanzas, habilidades que han sido identificadas como esenciales para la búsqueda de empleo.

6.1.2Recontratación de trabajadores y medidas para atender a la población desempleada

44.La Ley 1636 de 2013 creó el Mecanismo de Protección al Cesante para articular y ejecutar de un sistema integral de políticas activas y pasivas de mitigación de los efectos del desempleo que enfrentan los trabajadores; y facilitar la reinserción de la población cesante en el mercado laboral en condiciones de dignidad, mejoramiento de la calidad de vida, permanencia y formalización.

Mecanismo de Protección al Cesante (MPC)

•Servicio Público de Empleo. Herramienta de búsqueda de empleo.

•Capacitación en competencias básicas y en competencias laborales específicas, brindada por el SENA, las Cajas de Compensación Familiar o las instituciones de formación para el trabajo certificadas en calidad; para garantizar, un reentrenamiento a la población cesante;

•Fondo de Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC). Fuente para otorgar beneficios a la población cesante que cumpla con los requisitos de acceso;

•Cuentas de Cesantías de los trabajadores. Fuente limitada y voluntaria para generar un ingreso en los periodos en que la persona quede cesante.

45.Para la implementación del Mecanismo, durante el año 2014 se utilizaron 92.895 millones de pesos, y para 2015 se cuenta con un presupuesto aproximado de 550.000 millones de pesos. En 2014, 40.343 personas se beneficiaron del seguro de desempleo, y más de 74 mil personas fueron capacitadas en el marco del componente de formación y capacitación.

6.1.3Medidas para la combatir la informalidad laboral

46.Colombia se ha esforzado para que la política de formalización laboral pueda llegarle a aquellos que tienen menos posibilidades de formalización. La expedición de la Ley 1429 de 2010, es el esfuerzo normativo más importante para beneficiar a los trabajadores no declarados, tiene los objetivos de: i) Formalizar empresas que hoy son informales, ii) Generar más empleos formales, y iii) Mejorar ingresos de la población informal, de los desempleados en desventaja y de pequeños empresarios.

47.Los beneficiarios de la ley son aquellas empresas que no funcionaban de manera formal, así como grupos poblaciones como los menores de 28 años de edad, desplazados, reinsertados y personas con discapacidad, madres cabeza de familia que se encuentren en el SISBEN 1 y 2, mujeres mayores de 40 años sin contrato de trabajo en el año anterior, empleados que ganen menos de 1.5 SMMLV y que aparezcan cotizando por primera vez a seguridad social.

48.La tasa de informalidad pasó de 67,8% en el segundo trimestre de 2010 a 62,3% en el mismo periodo de 2014, es decir, una caída de 8.1%. Desde el 2012 no ha habido un solo periodo con respecto al año anterior de incremento de la tasa de informalidad.

Proporción de población ocupada informal. Total 13 y 23 ciudades y áreas. Trimestre móvil marzo-mayo 2009-2015

49.Debido a la implementación de esta Ley, el empleo de menores de 28 años ha tenido el siguiente comportamiento:

Año

# empleos

2011

1.380.303

2012

1.627.413

2013

1.557.881

2014

1.881.982

50.En el cuatrienio 2010-2014 se han formalizado 1.673.257 trabajadores, de los cuales 76.024 son trabajadores del servicio doméstico, 60 mil son Madres Comunitarias, 220 mil son taxistas, y 92.217 son trabajadores a tiempo parcial.

51.Por otro lado, en virtud de la Ley 1562 de 2012 todos los trabajadores dependientes nacionales o extranjeros, vinculados mediante contrato de trabajo escrito o verbal y los servidores públicos son afiliados obligatorios al SGRL.

52.En relación con los trabajadores del sector público, el Decreto 1376 de 2014 reglamentó los mecanismos de estructuración de las plantas de empleos de carácter temporal y los acuerdos de Formalización Laboral en las Empresas Sociales del Estado del orden nacional y territorial.

53.Por otra parte, el Gobierno Nacional creó la Red Nacional de Formalización Laboral a través del Decreto 567 de 2014, cuyo objetivo es articular a las entidades relacionadas con la formalización laboral para aumentarla.

54.A partir de la expedición de la Ley 1413 de 2010 en Colombia se ha incluido la economía del cuidado, conformada por el trabajo de hogar no remunerado, en el Sistema de Cuentas Nacionales, con el propósito de medir la contribución de la mujer al desarrollo económico y social del país.

6.1.4Salvaguardias jurídicas para proteger a los trabajadores frente al despido improcedente. (Ver Anexo No. 2)

6.1.5Programas de capacitación técnica y profesional para ingresar o reingresar en el mercado de trabajo

55.La evolución de los programas académicos con matrícula por nivel de formación, en el periodo 2010-2014 ha tenido un incremento del 79% (Ver Anexo 2).

56.A nivel profesional, los estudiantes colombianos tienen preferencia por los programas de Administración de Empresas, Contaduría Pública y Derecho, y para el año 2014 se cuenta con una matrícula total de 2.010.756 de personas en pregrado. Sin embargo, en los últimos años han tomado fuerza los programas técnicos y tecnológicos en programas como: Tecnología en Gestión Empresarial y Tecnología en Contabilidad y Finanzas, estos últimos ofertados principalmente por el SENA. A estos programas corresponde el 34.3% de las matrículas de educación superior. (Ver Anexo 2)

57.El 49% de los estudiantes que se encuentran cursando programas técnicos profesionales y tecnológicos pertenecen a familias cuyos ingresos oscilan entre 1 y 2 SMMLV. De acuerdo a cifras del Sistema de Acreditación de Educación Superior, a 31 de marzo de 2015 existen alrededor de 10.765 programas ofrecidos por las instituciones de educación superior de los cuales 2.265 corresponden a programas técnicos profesionales y tecnológicos. (Ver Anexo 2)

7.Artículo 7.Derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo

7.1Salario mínimo nacional

58.El artículo 8 de la Ley 278 de 1996 señala que el salario mínimo deberá ser fijado a más tardar el 15 de diciembre de cada año por la Comisión Permanente de Concertación de Políticas Laborales y Salariales. En caso que no sea posible llegar a un acuerdo sobre el valor del salario mínimo, “la parte o partes que no estén de acuerdo deben, obligatoriamente, explicar por escrito las razones de la salvedad dentro de las 48 horas siguientes. Las partes tienen la obligación de estudiar esas salvedades y fijar su posición frente a ellas en el término de las siguientes 48 horas. De nuevo, la comisión deberá reunirse para buscar el consenso según los elementos de juicio que se hubieren allegado antes del 30 de diciembre.

59.Cuando definitivamente no se logre el consenso en la fijación del salario mínimo, a más tardar el 30 de diciembre de cada año, el gobierno lo determinará teniendo en cuenta como parámetros la meta de inflación del siguiente año fijada por la Junta del Banco de la República y la productividad acordada por el comité tripartito de productividad que coordina el MinTrabajo; además, la contribución de los salarios al ingreso nacional, el incremento del PIB y el IPC”.

60.Además de los anteriores parámetros, la Corte Constitucional ha señalado que el Gobierno nacional debe tener en cuenta al momento de la determinación del salario mínimo con el mismo nivel e incidencia que los anteriores y con carácter prevalente “la especial protección constitucional del trabajo (art. 25 C.P.) y la necesidad de mantener una remuneración mínima vital y móvil (art. 53 C.P.); la función social de la empresa (art. 333 C.P.) y los objetivos constitucionales de la dirección general de la economía a cargo del Estado (art. 334 C.P.), uno de los cuales consiste en “asegurar que todas las personas, en particular las de menores ingresos, tengan acceso a los bienes y servicios básicos”.

61.De acuerdo a las normas trascritas, este mecanismo único de la fijación del salario mínimo en Colombia puede ser o no de manera concertada, en uno u otro caso, su promulgación siempre se realizará por Decreto. Desde al año 2010, hasta el año 2015 el valor del salario mínimo se ha incrementado en un 20%. (Ver Anexo 3)

62.El salario mínimo se aplica a todos los trabajadores de los sectores urbano y rural en el territorio nacional, sin distinción de ningún tipo. De acuerdo con la GEIH, 5.463.829 de trabajadores devengan más de un salario mínimo y representan el 45.5% del total de trabajadores asalariados; por otra parte, 1.238.485 de asalariados que devengan un salario mínimo, que equivalen al 24% del total de trabajadores asalariados del país.

7.1.1Sistema de indización por costo de la vida

63.El IPC mide la evolución del costo promedio de una canasta de bienes y servicios representativa del consumo final de los hogares (Ver Anexo 3), expresado en relación con un período base cuyos resultados son analizados por grupos, subgrupos y clases de gastos, gastos básicos y niveles de ingreso. La variación porcentual del IPC entre dos periodos de tiempo representa la inflación observada en dicho lapso. El cálculo del IPC para Colombia se hace mensualmente en el DANE.

64.Como se señaló previamente, el crecimiento del IPC es una de las variables que el Gobierno Nacional debe tener en cuenta al momento de establecer el salario mínimo. Durante el año 2014 la variación del IPC fue del 3.66%. (Ver Anexo 3)

7.2Condiciones laborales de todos los trabajadores

7.2.1Jornada ordinaria máxima de trabajo en Colombia. Trabajo suplementario o de horas extras

65.La Jornada Ordinaria Máxima de Trabajo en Colombia corresponde a 8 horas diarias, 48 horas semanales, independientemente de sector de la producción. La jornada máxima de trabajo para aquellos trabajadores vinculados mediante contrato de trabajo y regidos por las disposiciones correspondientes al sector privado, se encuentra regulada por el trabajo diario y semanal, luego no es posible que un trabajador tenga una jornada de 12 o de 24 horas de trabajo por 12 o 24 horas de descanso, ni aun por acuerdo entre las partes.

66.Cuando el servicio deba prestarse las 24 horas del día y los 7 días de la semana, el empleador deberá enmarcar sus necesidades, en alguna de las diferentes jornadas de trabajo contempladas en la normativa vigente, sin que haya lugar a ningún tipo de excepción.

67.El trabajo suplementario o de horas extras de acuerdo con el artículo 159 del CST es aquel “…que excede de la jornada ordinaria, y en todo caso el que excede de la máxima legal”. Para su remuneración, deben tenerse en cuenta las tasas establecidas en el artículo 168 del mismo código, así:

Tarifa

Trabajo nocturno

35% sobre el valor del trabajo diurno

Trabajo extra diurno

25% sobre el valor del trabajo diurno

Trabajo extra nocturno

75% sobre el valor del trabajo diurno

68.No es posible compensar en tiempo el trabajo extra desarrollado, dado que las horas extras son un elemento del salario y por lo tanto, es tenido en cuenta para el pago de la liquidación de prestaciones sociales.

69.Aunque en Colombia los trabajadores tienen derecho al descanso dominical o en día festivo remunerado, de acuerdo con el artículo 179 del CST el trabajo desarrollado en domingo y festivo se remunerará con un recargo del 75% sobre el salario ordinario en proporción a las horas laboradas.

7.2.2Licencias remuneradas y no remuneradas y las medidas adoptadas para conciliar la vida profesional con la familiar y personal.

70.Con el objeto de conciliar la vida laboral y personal la legislación colombiana establece licencias remuneradas concedidas por la empresa, que no implican descuentos en el salario ni la prestación de los servicios por parte del trabajador durante el tiempo estimado y que tienen el objeto de permitir a los trabajadores cumplir un horario de trabajo y alternarlo con una serie de diligencias y actividades familiares, judiciales, educativas y administrativas de su vida personal.

71.Algunos permisos obligatorios son:

i)Ejercicio del sufragio,

ii)Calamidad doméstica grave comprobada,

iii)Desempeño de cargos oficiales transitorios,

iv)Práctica de comisiones sindicales, y

v)Asistencia al entierro de compañeros,

vi)Permiso de luto por el fallecimiento del cónyuge, compañero(a) permanente o familiar hasta el segundo grado de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil,

vii)Incapacidades médicas,

viii)Las licencias de maternidad y paternidad. (Ver artículo 10)

72.En aquellas situaciones no contempladas en la legislación laboral será decisión del empleador avalar la ausencia y fijar las deducciones en el salario, conforme al tiempo solicitado. En todo caso, el empleador y trabajador pueden convenir otros permisos no contemplados en la normativa laboral. Las empresas que prohíban la licencia remunerada en los casos referidos, pueden ser multadas y sancionadas por parte del MinTrabajo, de acuerdo con la gravedad de la infracción y mientras esta subsista.

73.Por otra parte, la Ley 1221 de 2008 fue expedida con el objeto de promover y regular el Teletrabajo como un instrumento de generación de empleo y autoempleo mediante la utilización de tecnologías de la información y las telecomunicaciones, que creo la Red Nacional de Fomento al Teletrabajo.

7.3Aplicación del principio de igual salario por trabajo de igual valor

74.La Ley 1496 de 2011 incluyó el principio de “a trabajo de igual valor, salario igual” en el CST, estableciendo que todo trato diferenciado en materia salarial o de remuneración, se presumirá injustificado hasta tanto el empleador demuestre los factores objetivos de diferenciación aplicados. La Ley contiene disposiciones sobre factores de valoración salarial, y obliga a las empresas a llevar un registro de perfiles y de asignación de cargos por sexo, funciones y remuneración. Asimismo, establece la función del MinTrabajo de realizar auditorías a empresas y sancionarlas por incumplimiento de la Ley.

75.Entre 2007 y 2011 la oferta laboral de las mujeres aumentó 14.6%, mientras que la de los hombres creció 5.6%. Lo anterior podría atribuírsele en alguna medida a las mejoras en educación y formación para el trabajo, que han impulsado un aumento de la mano de obra femenina calificada. Entre el 2002 y el 2013, se ha presentado un aumento en la brecha de ingresos laborales mensuales promedio del 3,8%, pues en 2000 la brecha era de 17,6% y en 2013 es de 21,4%. (Ver Anexo 3).

7.4Legislación sobre acoso sexual en el lugar de trabajo

76.Fue formulado el Plan Estratégico de Prevención de Acoso Laboral y Acoso Sexual que cuenta con tres elementos:

Encuesta de percepción de acoso sexual en el lugar de trabajo.

Fue realizada en el segundo semestre del 2014, y es representativa de las 13 áreas metropolitanas de Colombia. El objetivo de este estudio fue obtener insumos para la elaboración de la política de lucha frontal contra el acoso sexual.

•La construcción de rutas de atención de casos de acoso sexual, en conjunto con la Fiscalía General de la Nación.

Formación a los Inspectores Laborales a nivel territorial. A través de un módulo de equidad de género, que contenga casos prácticos, para evitar la revictimización.

77.Mediante la Ley 1257 el 2008 se tipificó el delito de acoso sexual, incluido como una forma de acto sexual abusivo. El artículo establece una pena de uno a tres años de cárcel para quienes “en beneficio suyo o de un tercero y valiéndose de su superioridad manifiesta o de relaciones de autoridad o de poder, edad, sexo, posición laboral, social, familiar o económica, acose, persiga, hostigue o asedie física o verbalmente, con fines sexuales no consentidos, a otra persona”. Actualmente, la Fiscalía General de la Nación investiga más de ocho mil denuncias.

7.5Seguridad y condiciones saludables en el lugar de trabajo

78.El SGRL es definido como el conjunto de entidades públicas normas, y procedimientos destinados a prevenir, proteger y atender a los trabajadores, de los efectos de las enfermedades y los accidentes que puedan ocurrir con ocasión o como consecuencia del trabajo que desarrollan. Mediante la Ley 1562 de 2012 se modificó el Sistema de Riesgos Laborales y se dictaron otras disposiciones en materia de salud ocupacional.

79.Esta Ley ha posibilitado incrementar en un 33% la afiliación al SGRL, lo cual significa que 2.2 millones de nuevos trabajadores entre 2010–2014 se han afiliado al sistema. El Gobierno ha reglamentado suficientemente la materia (Ver Anexo 3).

80.A la fecha, 14 mil trabajadores han sido atendidos con acciones de Promoción y Prevención dirigidas a población trabajadora vulnerable de sectores de mayor accidentalidad. Asimismo, 50.300 niños y 3.680 docentes han sido capacitados en cultura del autocuidado. (Ver Anexo 3)

81.También fue creada la Comisión Especial de Inspectores de Trabajo en Materia de Riesgos Laborales, encargada de la prevención y promoción en materia de riesgos laborales y la vigilancia del estricto cumplimiento de las normas relativas a la prevención de los accidentes de trabajo y las enfermedades laborales y velará por el cumplimiento y observancia de las normas en materia de salud ocupacional y seguridad industrial.

8.Artículo 8.Derecho a fundar y afiliarse a sindicatos, libertad sindical y huelga

8.1Derecho de los trabajadores a crear o afiliarse a sindicatos e independencia de los mismos

82.La C.P. establece en su artículo 39 que “Los trabajadores y empleadores tienen derecho a constituir sindicatos o asociaciones, sin intervención del Estado. Su reconocimiento jurídico se producirá con la simple inscripción del acta de constitución (…)”. El artículo 353 del CST señala que “los empleadores y los trabajadores tienen el derecho de asociarse libremente en defensa de sus intereses, formando asociaciones profesionales o sindicatos; y que estos poseen el derecho de unirse o federarse entre sí”. Además, que “los trabajadores y empleadores, sin autorización previa, tienen el derecho de constituir las organizaciones que estimen convenientes, así como el de afiliarse a éstas con la sola condición de observar los estatutos de las mismas (…)”.

83.Así, son condiciones de fondo para la creación de un sindicato o la afiliación a uno ya existe: i) la existencia de voluntad, por parte de los trabajadores, para asociarse bajo la forma de una organización sindical y ii) contar con por lo menos 25 personas para su conformación o subsistencia. Una Federación Nacional se constituye con 20 sindicatos y una regional o local con 10 Federaciones.

84.El artículo 361 del CST reglamenta que la creación de un sindicato se formalizará con una asamblea constitutiva de la organización sindical y un “Acta de Fundación” que contenga: lugar, fecha y hora; cantidad de participantes; desarrollo del orden del día; decisiones adoptadas por la asamblea; e incluirse, si lo hicieron, la aprobación de los estatutos de la organización y la designación de la junta directiva. El acta constitutiva debe ser firmada por todos los miembros fundadores. Los requisitos para afiliarse a un sindicato ya creado son los previstos en el estatuto del sindicato escogido por el trabajador.

85.Ahora bien, la libertad sindical y la autonomía sindical no tienen un carácter absoluto. Así lo ha señalado la Corte Constitucional en la Sentencia C-617/08: “el funcionamiento de las organizaciones sindicales ha de ajustarse a la legalidad y, en consecuencia, por vía legislativa pueden imponerse restricciones a los derechos, en cuanto ellas sean necesarias, mínimas, indispensables y proporcionadas a la finalidad que se persiga, para garantizar la seguridad nacional, el orden, la salud o moral públicas, los derechos y deberes ajenos y, en general, el cumplimiento de cualquier finalidad que se estime esencialmente valiosa (…)”.

Asociaciones sindicales creadas 2010-2013

2010-2011

536

2012-2013

971 (48% más)

Total

1.327

86.El artículo 39 de la C.P. establece que no gozan del derecho de asociación sindical los miembros de la Fuerza Pública.

87.Para proteger la libertad sindical, Colombia expidió la Ley 1453 de 2011, mediante la cual se sanciona con pena privativa de la libertad a quien realice actos o conductas de perturbación al derecho de asociación sindical, tales como impedir o perturbar una reunión lícita o el ejercicio de los derechos que conceden las leyes laborales o tomar represalias con motivo de huelga, reunión o asociación legítimas.

88.Desde su creación la Unidad Nacional de Protección ha protegido la vida de líderes sindicales amenazados por las labores que desarrollan. Desde el año 2011 ha asignado esquemas de protección a más de 2.000 personas, y solo en 2014 destinó recursos por 36.223 millones de pesos para este propósito. En el periodo 2010-2014 han sido asesinados 106 sindicalistas. Sin embargo, entre 2010 y 2014 ocurrieron casi 50% menos homicidios.

89.En la Unidad de Derechos Humanos y DIH de la FGN se creó desde 2008 la Subunidad OIT y se fortaleció su funcionamiento con más de 160 fiscales especializados en crímenes contra la población sindicalizada. La Policía Nacional cuenta con cerca de 100 funcionarios dedicados a las investigaciones de los responsables de estos delitos. Esto ha permitido que el número de homicidios de sindicalistas se haya reducido de manera consistente.

90.En el marco de la implementación de la Ley 1448 de 2011 se han realizado actividades dirigidas a avanzar en un proceso de reparación colectiva del sindicalismo en el marco del conflicto armado, lo cual busca dar respuesta a la obligación estatal de conocer y divulgar la verdad sobre la violencia antisindical, homenajear la memoria de las víctimas y ofrecer garantías de no repetición. En abril de 2014 fue conformada una mesa de alto nivel para la reparación colectiva del movimiento sindical.

8.2Mecanismos de negociación colectiva

91.La C.P. garantiza el derecho a la negociación colectiva para regular las relaciones laborales, y se establecen como mecanismos de negociación colectiva la Convención Colectiva, el Pacto Colectivo y el Acuerdo Colectivo (Ver Anexo 4).

8.3Derecho a la huelga

92.El artículo 56 de la C.P. garantiza el derecho de huelga, salvo en los servicios públicos esenciales definidos por el legislador. El artículo 429 del CST la define como “la suspensión colectiva del trabajo en forma temporal y pacífica con fines económicos y profesionales (…) como un medio legítimo de presión con el fin de mejorar las condiciones del trabajo”.

9.Artículo 9.Derecho a la seguridad social

9.1Cobertura universal de la seguridad social

93.Para información detallada del esquema del Sistema Integral de Seguridad Social consultar el Anexo No. 5.

94.En Colombia hay 22 millones de trabajadores, de los cuales 7.7 millones cotizan o ahorran activamente en alguno de los regímenes del SGP, y hay 1.977.773 pensionados. (Ver Anexo 5).

95.Mediante el Decreto 2011 de 2012 entró en funcionamiento la Administradora Colombiana de Pensiones –COLPENSIONES encargada de administrar el régimen de prima media con prestación definida, las prestaciones especiales que las normas legales le asignen y la administración del Sistema de Ahorro de Beneficios Económicos Periódicos. COLPENSIONES resolvió el atraso estructural del régimen de prima media, generado por la acumulación de miles de solicitudes que no fueron atendidas por el Instituto de Seguros Sociales.

96.Algunos programas destinados garantizar el derecho a la seguridad social de la población de la economía sumergida y más vulnerable del país son:

97.Beneficios Económicos Periódicos. Adoptado mediante el Decreto 604 de 2013 es un programa de ahorro voluntario para la vejez que favorece a los colombianos de los niveles 1, 2 y 3 del SISBEN (Ver Anexo 5) que no cuentan con la posibilidad de cotizar para una pensión, o que habiéndolo hecho, cumplieron la edad y no lograron obtenerla. El Gobierno Nacional otorgará un subsidio del 20 por ciento sobre la cantidad ahorrada. Al 30 de junio de 2014 se había gestionado la vinculación de 4.293 ciudadanos.

98.Colombia Mayor es un programa destinado a la protección de las personas de la tercera edad en estado de indigencia o pobreza extrema, sustentado en un subsidio económico. Este programa ha pasado de 428.000 cupos en agosto de 2010 a más de 1.273.660 cupos en septiembre de 2014, dando lugar a un crecimiento del 264%.

9.2Cantidades mínimas para las prestaciones sociales establecidas por ley, en particular las pensiones

99.La Ley 100 de 1993 establece que el monto mensual de la pensión mínima de vejez o jubilación no podrá ser inferior al valor del SMMLV. El artículo 14 de la misma ley determinó que para que las pensiones mantengan su poder adquisitivo constante: “(…) se reajustarán anualmente de oficio, el 1o. de enero de cada año, según la variación porcentual del IPC, certificado por el DANE para el año inmediatamente anterior”. Las pensiones cuyo monto mensual sea igual al salario mínimo legal mensual vigente, “serán reajustadas de oficio cada vez y con el mismo porcentaje en que se incremente dicho salario por el Gobierno”.

100.La Ley 797 de 2003 también estableció que el límite de la base de cotización de las pensiones en el Régimen de Prima Media será de 25 SMMLV para trabajadores del sector público y privado, y que cuando se devenguen mensualmente más de 25 SMMLV la base de cotización será reglamentada por el gobierno nacional y podrá ser hasta de 45 SMMLV para garantizar pensiones hasta de 25 SMMLV. La Corte Constitucional en Sentencia C-258/13, estableció que a partir del 1 de julio de 2013 y sin necesidad de reliquidación, ninguna mesada pensional, con cargo a recursos de naturaleza pública, podrá superar el tope de los 25 SMMLV.

9.3Prestaciones de asistencia social no contributivas a personas y familias desfavorecidas y marginadas que no estén cubiertas por los planes contributivos. (Ver Artículo 12)

101.El Régimen Subsidiado en Salud es la vía de acceso al derecho a la salud para la población pobre y vulnerable del país. Es responsabilidad de los entes territoriales la operación adecuada de sus procesos, a través de la identificación y afiliación de la población objeto, así como sobre la inversión, contratación y seguimiento de la ejecución de los recursos que financian el Régimen, así como el seguimiento y vigilancia al acceso efectivo a los servicios contratados por las EPS-S, por parte de la población beneficiaria.

102.A través de este Régimen la población más pobre del país, sin capacidad de pago, tiene acceso a los servicios de salud a través de un subsidio que ofrece el Estado. Entre los beneficiarios se encuentran las personas clasificadas en los niveles 1 ó 2 del SISBEN y las poblaciones especiales prioritarias, tales como desplazados; población infantil abandonada a cargo del ICBF; menores desvinculados del conflicto armado; comunidades indígenas; personas mayores en centros de protección; población rural migratoria; personas del programa de protección a testigos; indigentes y población gitana (ROM), entre otros.

103.A 30 de junio de 2015 hay 23.279.612 personas afiliadas al Régimen Subsidiado.

9.4Derecho a la pensión para hombres y mujeres

104.Los requisitos que deben cumplir tanto hombres como mujeres para tener derecho al reconocimiento de una pensión se encuentran establecidos en el artículo 33 de la Ley 100 de 1993, modificado por el artículo 9 de la Ley 797 de 2003, que dispone lo siguiente:

105.“Para tener el derecho a la pensión de vejez, el afiliado deberá reunir las siguientes condiciones: i) Haber cumplido 55 años de edad si es mujer o 60 años si es hombre. ii) A partir del 1 de enero del año 2014 la edad se incrementará a 57 años de edad para la mujer, y 62 años para el hombre. iii) Haber cotizado un mínimo de 1000 semanas en cualquier tiempo. iv) A partir del 1º de Enero del año 2005 el número de semanas se incrementará en 50 y a partir del 1º de Enero de 2006 se incrementará en 25 cada año hasta llegar a 1300 semanas en el año 2015(…)”.

106.En cuanto a los periodos de cotización y a los beneficios percibidos son los mismos para el hombre o la mujer.

10.Artículo 10.Derecho a la protección y asistencia a la familia

10.1Garantía del derecho a contraer matrimonio de pleno y libre consentimiento y a fundar una familia

107.La C.P. define a la familia como el núcleo fundamental de la sociedad, que se constituye por vínculos naturales y jurídicos, a partir de la decisión de un hombre y una mujer de contraer matrimonio, o por la voluntad responsable de conformarla. El Código Civildispone que “El contrato de matrimonio se constituye y perfecciona por el libre y mutuo consentimiento de los contrayentes, expresado ante el funcionario competente, en la forma y con solemnidades y requisitos establecidos en este Código, y no producirá efectos civiles y políticos, si en su celebración se contraviniere a tales formas, solemnidades y requisitos”.

10.2Servicios sociales de apoyo a las familias e igualdad de oportunidades a todas las familias

108.Con la expedición de la Ley 1361 de 2009 se logró fortalecer y garantizar el desarrollo integral de la familia y se declaró el 15 de mayo como el Día Nacional de la Familia. En desarrollo de esta Ley, a través del MinSalud se diseñó la Política Pública Nacional de Fortalecimiento y Apoyo a las Familias 2013-2023, la cual propende por el desarrollo de capacidades de las familias y la construcción de relaciones democráticas a su interior como sujeto colectivo de derechos. Algunas acciones importantes son:

•La creación del Programa de Escuela para padres y madres en las instituciones de educación preescolar, básica y media del país, establecido mediante la Ley 1404 de 2010.

•La creación de la Pensión familiar que permite cumplir los requisitos para obtener la pensión de vejez en los dos regímenes pensionales a partir de los aportes de los cónyuges o compañeros permanentes, adoptado mediante la Ley 1580 de 2012.

•El establecimiento del Subsidio familiar de vivienda para las familias afectadas por calamidades y desastres naturales, incluido en la Ley 1432 de 2011.

109.El ICBF ha implementado el Programa Familias con Bienestar, que busca desarrollar procesos de formación y acompañamiento a las familias, especialmente aquellas en situación de vulnerabilidad y pobreza, para el cuidado de los NNA y el fortalecimiento de vínculos afectivos. Este programa ha atendido a 541.854 familias:

2011-2014 (acumulado)

2011

2012

2013

2014

Número de Familias atendidas por “ Familias con bienestar ”

106.041

229.812

398.117

541.854

110.El Programa Territorios Étnicos con Bienestar apoya las iniciativas de las comunidades indígenas, negras, afrocolombianas, Rom, raizales y palenqueras, que favorezcan el bienestar, la convivencia y el desarrollo de sus familias, mediante acciones que afiancen y recuperen sus tradiciones y valores culturales y su autosuficiencia alimentaria. Asimismo, medidas para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad, generar y fortalecer el desarrollo humano de las personas con discapacidad, traducido en un aumento de sus capacidades, la de sus familias y cuidadores, y la equiparación de oportunidades para el desarrollo y participación en todos sus ámbitos.

10.3Licencias laborales para la protección de la maternidad y la paternidad

111.Con la expedición de la Ley 1468 de 2011 se extendieron y ampliaron varios beneficios previamente reconocidos a la madre biológica y a la madre adoptante, se amplió la licencia de paternidad y se estableció de manera expresa las obligaciones del empleador y la trabajadora en estado de embarazo en relación al reconocimiento y disfrute de la licencia de maternidad. Los beneficios que trajo esta Ley son los siguientes:

•Ampliación de la licencia de maternidad a 14 semanas.

•Ampliación de la licencia de paternidad a 8 días hábiles.

•En caso de muerte de la madre, el tiempo de la licencia de maternidad que ella no haya alcanzado a disfrutar, lo disfrutará el padre.

•En caso de parto múltiple, la licencia de maternidad se amplía en 2 semanas adicionales.

•En caso de parto prematuro, la madre tendrá derecho a las 14 semanas de descanso remunerado, más la diferencia de tiempo entre la fecha del alumbramiento y el nacimiento a término.

•Madre y padre adoptante tienen las mismas provisiones y garantías de protección a la maternidad reconocidas a la madre biológica.

10.4Medidas de protección y asistencia a favor de los niños y los jóvenes

112.La C.P. reconoce como fundamentales los derechos de los niños y para garantizarlos fue creada la Comisión Intersectorial de Primera Infancia con el objetivo de implementar la Estrategia Nacional de Atención Integral a la Primera Infancia “De Cero a Siempre”, que reúne políticas, programas, proyectos, acciones y servicios dirigidos a la primera infancia, con el fin prestar Atención Integral que haga efectivos los derechos de los niños(as) entre cero y cinco años de edad. En marco de esta Estrategia, se ha conseguido que 1.040.351 niños(as) cuenten con educación inicial, y que complementariamente 936.734 asistan a hogares tradicionales del ICBF, y 587.347 reciban desayunos infantiles.

Régimen

Total de niños y niñas afiliados

Contributivo

1.781.441

Subsidiado

2.193.819

Excepción

106.060

Total

4.081.320

113.En materia de salud, la implementación de la Estrategia ha permitido que, al 27 de noviembre de 2014, 4.081.320 niños(as) se encontraran afiliados al SGSSS.

Operación del Programa "Generaciones con Bienestar

Vigencia

Inversión nacional (millones de COP)

Cobertura nacional

Municipios

2012

26.385 millones

195.009

727

2013

44.377 millones

210.825

808

2014

49.695 millones

199.954

852

2015

54.752.604 millones

197.350

983

Fuente : ICBF - Dirección de Planeación .

114.El ICBF implementa el Programa Generaciones con Bienestar, cuyo objetivo es promover la garantía de los derechos y prevenir su vulneración a partir del empoderamiento de los niños(as) y la promoción de la corresponsabilidad con la familia y la sociedad.

115.La Estrategia de Promoción de comportamientos Pro sociales para niños(as) de 3 a 6 años y sus familias, durante el 2013 se implementó en 41 municipios identificados en riesgo de reclutamiento de NNA, alcanzando un total de 4.800 familias en 15 departamentos del país. Para 2014, la Estrategia llega a 3.600 familias en 41 municipios de 10 departamentos de país, en zonas de alto riesgo de reclutamiento de NNA.

Cobertura del programa Jóvenes en Acción 2013-2014

Jóvenes matriculados

98.385

Jóvenes graduados

8.615

Total de jóvenes vinculados

107.000

Fuente : DPS - Informe al Congreso de la República 2013-2014 .

116.Desde 2013 se ha implementado el Programa Jóvenes en Acción, cuyo objetivo es incentivar y fortalecer la formación para el trabajo de los jóvenes en condición de pobreza y vulnerabilidad, a través de un modelo de Transferencias Monetarias Condicionadas.

Protección contra el trabajo infantil y diversas formas de violencia y explotación

117.El Código de Infancia y Adolescencia determina que la edad mínima de admisión al trabajo son los 15 años y que los adolescentes entre 15 y 17 años requieren para trabajar de una autorización expedida por el inspector de trabajo, o en su defecto, del comisario de familia o el alcalde. Para prevenir y actuar frente a los casos de trabajo infantil, Colombia lleva a cabo un seguimiento permanente de esta problemática mediante la inclusión del Módulo de Trabajo Infantil en la GEIH que realiza el DANE de manera anual.

118.Para el último trimestre de 2014, la TTI fue 9,3%, presentando una disminución de 0.4 p.p. con respecto al 9,7% registrado en 2012 y 0.9 puntos con respecto a 2012.

119.Para información detallada sobre la medición del trabajo infantil para el período 2012 y 2014 y las acciones desarrolladas por el Estado colombiano para la protección contra el trabajo infantil y diversas formas de violencia y explotación, tales como el reclutamiento forzado de menores consultar Anexo No. 6

10.5Legislación y mecanismos en vigor para proteger los derechos económicos, sociales y culturales de las personas mayores

120.La Ley 1251 de 2008 busca proteger, promover, restablecer y defender los derechos de los adultos mayores, orientar políticas que tengan en cuenta el proceso de envejecimiento, planes y programas por parte del Estado, la sociedad civil y la familia y regular el funcionamiento de las instituciones que prestan servicios de atención y desarrollo integral de las personas en su vejez.

121.Colombia cuenta con instituciones para la atención de las personas mayores, agrupadas en dos modalidades de atención: i) Centros residenciales para la persona mayor que ofrecen una vivienda permanente o temporal y, ii) Centros de vida o centros de día que solo prestan sus servicios durante el día.

122.Para la regulación del trabajo que prestan los centros de atención integral del adulto mayor se han expedido las Leyes 1276 de 2009 y 1315 de 2009. En la actualidad, el MinSalud se encuentra en proceso de consulta pública de la Política Colombiana de Envejecimiento Humano y Vejez 2014-2024.

10.6Derechos económicos y sociales de los solicitantes de asilo y sus familiares, legislación y mecanismos para la reunificación familiar de los migrantes. (Ver Anexo 6)

10.7Violencia intrafamiliar o domestica

123.En Colombia existen previsiones legales que abordan la violencia intrafamiliar en materia administrativa, civil y penal.

124.Entre 2009 y 2014, la Fiscalía General de la Nación registró 86.645 casos de violencia intrafamiliar. (Ver Anexo 6)

125.En cuanto al tipo de violencia intrafamiliar en Colombia, la proporción de casos violencia hacia los NNA está en tercer lugar (13,7%), después de la violencia de pareja (64,33%) y por otros familiares (20,11%). En 2014, se realizaron 10.402 dictámenes por violencia contra NNA. (Ver Anexo 6)

126.La Fiscalía ha implementado los Centros de Atención a Víctimas de Violencia Intrafamiliar (CAVIF) como unidad especial que brinda atención adecuada y oportuna a las personas involucradas en los delitos de violencia intrafamiliar, en materia psicológica, social, jurídica, médico-legal e investigativa, promoviendo la recuperación y generando mecanismos de prevención del delito.

10.8Trata de seres humanos y plan de acción de lucha contra la trata

127.La Ley 599 de 2000 establece que: “El que capte, traslade, acoja o reciba a una persona, dentro del territorio nacional o hacia el exterior, con fines de explotación, incurrirá en prisión de 13 a 23 años y una multa de 800 a 1.500 SMMLV”.

128.Entre el 1 de enero y el 23 de diciembre 2014, la FGN recibió 20 denuncias constitutivas del presunto punible de trata de personas transnacional, las cuales encuentran en etapa de indagación, con estado activo. En este mismo periodo se ha logrado la condena de 5 personas. Por el delito de trata de personas interna se produjeron 2 sentencias condenatorias por aceptación total de cargos en el año 2014, una de un proceso del 2013 cuya condena fue de 104 meses de prisión y otra sentencia condenatoria de un proceso iniciado en el 2014, con una condena de 120 meses de prisión.

129.Por su parte, el Comité Interinstitucional para la Lucha contra la Trata de Personas se encarga de formular recomendaciones en materia de persecución criminal del delito de Trata de Personas y del fortalecimiento de la capacidad del Estado en este campo. Así mismo, ha sido usual que el Comité aborde en sus reuniones casos puntuales de presuntas víctimas de trata de personas y en seguimiento a su desarrollo, inste a las entidades que lo conforman a cumplir con su deber constitucional de protegerlas.

130.Simultáneamente, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría General de la Nación hacen seguimiento a los casos de trata de personas. La primera como responsable del Sistema Nacional de Defensoría Pública y encargada de la defensa técnica tanto de víctimas como de los presuntos agresores; y la segunda como garante de los derechos de la sociedad y cabeza del Ministerio Público.

131.Por otro lado, la Estrategia Nacional Integral contra la Trata de Personas, estructura la política pública y señala en sus ejes las áreas de interés para la acción estatal en la lucha contra la trata de personas: Coordinación y sostenibilidad; Prevención; Protección y asistencia; Investigación y judicialización; Cooperación internacional; Gestión del conocimiento; y seguimiento y evaluación.

11.Artículo 11.Derecho a un nivel de vida adecuado

A.El derecho a una mejora continua de las condiciones de existencia

11.1Metodología utilizada para la medición de la pobreza en Colombia. (Ver Anexo 7)

132.Colombia cuenta con cifras de pobreza multidimensional desde del año 2010, que muestran que el país ha tenido un avance significativo en este campo. Según cifras del DANE en 2014 la proporción de población pobre multidimensional alcanzó un 21,9% presentando una reducción de 8,5% con respecto a 2010, lo que quiere decir que en este periodo 3,4 millones de personas superaron esta condición. En el último año la pobreza multidimensional rural era 2,9 veces la pobreza urbana.

133.Los mayores retos se encuentran en las variables de logros educativos y de empleo informal donde en 2014 había 50,7% y 76,8% de hogares privados, que aún se encuentran en niveles muy altos, pese a alcanzar reducciones importantes en los últimos 4 años.

134.Las diferentes mediciones en materia de equidad y reducción de la pobreza han tenido comportamientos positivos en los últimos cinco años. La Pobreza Moderada por ingresos se redujo de 37,2% en 2010 a 28,5% en 2014 (-8,7%); la Pobreza Extrema por Ingresos pasó de 12,3% a 8,1% (-4,2%); la tasa de pobreza medida por el Índice de Pobreza Multidimensional presentó una reducción de -8,5 puntos porcentuales, al pasar de 30,4% a 21,9%; y el coeficiente Gini se redujo de 0,56 en 2010 a 0,538 en 2014. (Ver Anexo 7)

135.Este comportamiento favorable significó que 2,4 millones de personas salieran de la pobreza y 1,5 millones de la pobreza extrema. En su historia moderna el país no había tenido una tasa de pobreza extrema de un dígito.

11.2Plan Nacional para la Eliminación de la Pobreza

136.A través del Decreto 4155 de 2011 se creó el Sector de la Inclusión Social y la Reconciliación liderado por el DPS que tiene el objetivo de avanzar en el mejoramiento de las condiciones de prosperidad de la población más vulnerable y víctima de la violencia, y promover la consolidación y la integración de los territorios focalizados. El Sector está integrado por la ANSPE, la Unidad de Atención y Reparación Integral a las Víctimas, la Unidad Administrativa Especial para la Consolidación Territorial, el ICBF y el Centro de Memoria Histórica.

137.El DPS contribuye a la reducción de la pobreza multidimensional con programa como Mas Familias en Acción, Programa Familias en su Tierra, Programa de Ingreso para la Prosperidad, entre otros con los cuales ha beneficiado a más de 2.6 millones de familias en todo el país. (Ver Anexo 7)

138.La ANSPE es la entidad del Gobierno Nacional encargada de implementar la Estrategia Red Unidos, que busca mejorar las condiciones de vida de los hogares para superar su situación de pobreza extrema. La fórmula con la cual se garantiza que una familia abandone la pobreza extrema y mejore sus condiciones de vida, consiste en que ésta alcance 45 Logros Básicos Familiares (LB). Se ha logrado gestionar un total de 10.107.683 de Logros Básicos en la población sujeta al acompañamiento familiar y comunitario, de los cuales 2.334.721 se gestionaron en el 2012; 4.384.756 en 2013; y 3.388.206 en 2014.

139.La estrategia cuenta con más de 10 mil cogestores sociales encargados de identificar y gestionar el acceso de los hogares a la oferta de servicios, de guiar a las familias en el fortalecimiento de sus capacidades, de identificar sus necesidades, de incentivar el desarrollo de su proyecto de vida y de promover acciones encaminadas a la no violencia y a la generación de capital humano y social.

140.En el cuatrienio 2010 - 2014, la Red Unidos ha acompañado a 1.469.839 familias.

141.La Estrategia Red Unidos funciona bajo criterios de enfoque diferencial por ciclo de vida, étnico, de género y de discapacidad. Información desagregada sobre la población atendida a 31 de diciembre de 2014 por la Estrategia Red Unidos ver Anexo 7.

B.Derecho a una alimentación adecuada

11.3Medidas para garantizar la disponibilidad de alimentos

142.Con la expedición del Conpes 113 de 2008 Colombia adoptó la Política Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional (PSAN) que definió la Seguridad Alimentaria y Nutricional (SAN) como “la disponibilidad suficiente y estable de alimentos, el acceso y el consumo oportuno y permanente de los mismos en cantidad, calidad e inocuidad por parte de todas las personas, bajo condiciones que permitan su adecuada utilización biológica, para llevar una vida saludable y activa”. La PSAN se ha implementado a partir de:

•Creación de la Comisión Intersectorial de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

•El Plan Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional 2012 – 2019.

•Establecimiento del Observatorio Nacional de Seguridad Alimentaria y Nutricional.

143.En Colombia, el 14,9% de los hogares se encuentra en inseguridad alimentaria (moderada y severa). Ante esta situación, se ha avanzado en la implementación de varios programas orientados a garantizar la disponibilidad de alimentos asequibles en condiciones de calidad.

144.Por ejemplo, el DPS cuenta con una Subdirección Técnica especializada en Seguridad Alimentaria y Nutricional encargada de implementar el Programa Red de Seguridad Alimentaria (ReSA®) que busca mejorar el acceso y consumo de los alimentos de las familias más vulnerables mediante la producción de alimentos para el autoconsumo, la promoción de hábitos alimentarios saludables y el uso de alimentos y productos locales para contribuir con la disminución del hambre y el mejoramiento de la seguridad alimentaria en el país.

145.El Programa IRACA propende por la generación de ingresos, seguridad alimentaria y fortalecimiento organizacional para comunidades indígenas y afrocolombianas que habitan en territorios colectivos. En este programa, 10.000 familias de 252 comunidades indígenas y afrocolombianas vulnerables y víctimas en 26 municipios y 12 departamentos, están siendo beneficiadas.

11.4Difusión de conocimientos sobre los principios de nutrición y dietas sanas. (Ver Anexo 7)

11.5Promoción de la igualdad de acceso a los alimentos, la tierra, el crédito, los recursos naturales y la tecnología para la producción de alimentos

Acceso a los alimentos. (Ver Artículo 11)

146.Acceso a la tierra. La Ley 1448 de 2011 desarrolla el derecho que tienen las víctimas del conflicto armado a que se les devuelva su predio cuando éste fue despojado o abandonado a causa del conflicto armado. A partir de esta Ley fue creada la Unidad de Restitución de Tierras encargada de administrar el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente -RTDAF, recopilar información sobre el despojo y hacer la representación de las víctimas que así lo deseen ante los jueces de tierras. Estos últimos, mediante una sentencia, restituyen a las víctimas el derecho a recuperar la tierra y el territorio, y a regresar a su zona de arraigo.

147.A 30 de diciembre de 2014, las víctimas presentaron ante la URT 72.623 solicitudes de inscripción de predios que han sido abandonados o despojados. En el marco del proceso de restitución de derechos individuales (comunidades campesinas) se ha resuelto más de 16.000 solicitudes de restitución. Las decisiones de los Jueces Especializados en Restitución cobijan a más de 13.000 personas quienes hoy disfrutan de su propiedad nuevamente sobre cerca de 100.000 hectáreas de tierra.

148.La URT ha presentado ante los Jueces de Restitución los casos de 17 comunidades étnicas, representando los derechos territoriales de aproximadamente 8.417 familias sobre 264.478,46 hectáreas de tierra. El 23 de septiembre de 2014 el Tribunal de Restitución de Tierras de Antioquia profirió fallo de restitución étnica, a favor de la comunidad indígena Embera Katío del resguardo del Río Andágueda ubicada en el departamento de Chocó, a través del cual se restituye el territorio de esta comunidad con una extensión de 50 mil hectáreas pertenecientes a 1.718 familias y más de 8.000 personas.

149.Asimismo, con el objeto de formalizar y clarificar la propiedad sobre la tierra en Colombia se avanzó en la implementación del Programa de Formalización de la Propiedad Rural, que busca hacer propietarios de pleno derecho a quienes ocupan o poseen de manera informal los predios rurales. En desarrollo de este programa se han conformado 27 Grupos Técnicos de Formalización, que han recolectado 36.500 solicitudes de formalización sobre las cuales se han realizado estudios técnico jurídicos, levantado planos, y realizado procesos de mediación para propiciar acuerdos que faciliten los procesos de saneamiento de la propiedad privada. Este programa ha entregado 1.200 títulos de propiedad entre 2010 y 2014.

150.El Instituto Colombiano de Desarrollo Ruraltambién ha establecido procedimientos especiales para dotación de tierras a las comunidades indígenas y afrocolombianas. En el periodo 2010-2014 se destinaron recursos para la adquisición y/o adjudicación de tierras por 785.114 millones de pesos.

151.Acceso al crédito para el sector rural. Con este propósito el Gobierno Nacional apoya la realización de diferentes programas tales como: el Crédito Agropecuario de FINAGRO, la Línea Especial de Crédito, el Incentivo a la Capitalización Rural, el Crédito Agropecuario del Banco Agrario, Programas de Microcrédito, el Programa de Microfinanzas del Banco Agrario de Colombia, el Fondo Agropecuario de Garantías (FAG) y otros Programas especiales de crédito que son definidos en el marco de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario (CNCA). (Ver Anexo 7).

152.Acceso a la tecnología. La Agenda Nacional de Ciencia Tecnología e Innovación Agropecuaria (ANCTIA,) ubicada en el portal www.siembra.gov.co, contiene la compilación de las demandas tecnológicas priorizadas para cada una de las cadenas productivas. Algunos proyectos destacados de investigación y desarrollo son el Plan Nacional de Semillas, que busca fortalecer las capacidades y competencias de empresas de base tecnológica, así como de asociaciones de productores en condiciones de vulnerabilidad a través de la enseñanza y la transferencia tecnológica; y por otra parte, el Sistema de Asistencia Técnica Agropecuaria en beneficio de pequeños y medianos productores en el marco de la Ley 607 de 2000 para fortalecer a las Unidades Municipales de Asistencia Técnica.

C.El derecho al agua

11.6Medidas para garantizar el acceso adecuado al agua y sistema utilizado para controlar la calidad del agua

153.De acuerdo con datos de la GEIH en las cabeceras municipales el 2,7% de la población, y en zonas rurales el 27,2% de la población no cuenta con acceso al agua en la vivienda. Sin embargo, en el periodo 2010-2014 el Gobierno Nacional, a través del MinVivienda ha invertido recursos por 4 billones de pesos en proyectos desarrollados en 500 municipios de los 32 departamentos para la financiación de temas de acueducto, alcantarillado, aseo y riesgo.

154.En el periodo 2011-2013 los recursos del Presupuesto General de la Nación asignados al incremento de las coberturas de agua potable y saneamiento básico fueron en promedio de 552 mil millones de pesos anuales, lo más altos de la historia del país.

155.A través del Conpes 3810 de 2014 se definió la Política de suministro de agua potable y saneamiento básico para las zonas rurales del país, con el objetivo de promover el acceso a los servicios de acueducto y alcantarillado a través de soluciones acordes con las características de dichas áreas; que además atiende todo el marco regulatorio formulado para que los operadores de los servicios públicos garanticen que todas las personas cuenten con un abastecimiento de agua continuo y en condiciones de calidad.

156.El MinVivienda ha desarrollado una serie de programas destinados a garantizar el acceso adecuado al agua, tales como los Planes Departamentales de Agua, el Programa Contectate con el agua, el Programa de Abastecimiento de agua y saneamiento rural, el Programa de Cultura del agua, el Programa Todos por el pacífico y el Programa de Saneamiento para vertimientos. Con ellos ha beneficiado a más de 5 millones de personas. (Ver Anexo 7)

157.Calidad del agua. Colombia cuenta con el Sistema de Información para el Recurso Hídrico, que permite estructurar información sobre las fuentes hídricas del país, los usuarios del agua, así como obtener resultados de los procesos de monitoreo de calidad del agua y de los planes y estrategias diseñadas por las autoridades ambientales para atender las problemáticas del agua en sus regiones y preservar el recurso. Desde el 2010 se encuentra consolidada y en operación el 100% de la red de monitoreo del recurso hídrico nacional.

158.En el marco del Sistema para la protección y control de la calidad del agua para consumo humano se ha trabajado en el desarrollo de acciones que contribuyan con el saneamiento básico y de esta forma minimizar los riesgos a la salud generados por los factores de riesgos del ambiente (físicos, químicos y microbiológicos) que pueden ser vertidos a las fuentes hídricas naturales que abastecen los sistemas de suministro de agua para consumo humano. Algunos instrumentos básicos para garantizar la calidad del agua para consumo humano como son: el Índice de Riesgo de la Calidad del Agua para Consumo Humano, IRCA; el Índice de Riesgo Municipal por Abastecimiento de Agua para Consumo Humano, Irabam; y el Mapa de riesgo de la calidad de agua para consumo humano.

159.La Comisión Técnica Nacional Intersectorial para la Salud Ambiental y los 30 Consejos Territoriales de Salud Ambiental, son espacios para la toma de decisiones y mecanismos para articular la gestión intersectorial a nivel territorial. De igual forma contribuye el Subsistema de Vigilancia de la Calidad del Agua para Consumo Humano, en el que todas las Autoridades Sanitarias departamentales reportan los datos de la vigilancia de la calidad del agua, en función de las actividades de Inspección, Vigilancia y Control que llevan a cabo en el país.

160.El Plan Decenal de Salud Pública 2012-2021 cuenta con una Dimensión de Salud Ambiental, que cuenta a su vez con los componentes de Hábitat Saludable y de Situaciones en Salud, relacionadas con factores ambientales.

11.7Educación acerca del uso higiénico del agua, la protección de las fuentes de agua y los métodos para reducir al mínimo los desperdicios de agua

161.En el año 2010 se expidió la Política Nacional para la Gestión Integral del Recurso Hídrico que establece los objetivos, estrategias, metas, indicadores y las líneas de acción para el manejo del recurso hídrico en Colombia en un horizonte de 12 años. Este busca mejorar la calidad y minimizar la contaminación del recurso hídrico combatiendo las causas y fuentes de contaminación.

162.Bajo este marco, se ha implementado el Plan Nacional de Formación en Gestión Integral del Recurso Hídrico, proyecto formativo dirigido a actores que inciden en la toma de decisiones que involucran la reducción de la contaminación, la distribución del recurso y la gestión del riesgo relacionados con el agua.

D.El derecho a una vivienda adecuada

11.8Panorama del acceso a una vivienda adecuada en Colombia

163.El Minvivienda, Departamento Nacional de Planeación y DANE hicieron un estimativo del déficit habitacional con base en la GEIH de 2012 y los resultados evidencian una consistente disminución del déficit de vivienda que estaría cercano al 16,4% de los hogares urbanos en 2012 frente al 27% del Censo 2005 (Ver Anexo 7). La principal disminución se observa en el componente cuantitativo que se encontraría cercano al 5,5%, mientras que el cualitativo habría disminuido al 10,9%.

164.Mientras los hogares urbanos han crecido en un 21,8%, el déficit ha presentado una reducción del 25,7%. El déficit cuantitativo bajó del 12.56% al 5.54%, lo cual implica una reducción del 46.3% en la cifra. Para 2012 apenas 554.087 hogares se encontraban en déficit cuantitativo. Por el lado del déficit cualitativo se tiene que la reducción ha sido del 7.8% desde 2005 de manera que para 2012 se estima que cerca de 1.093.066 hogares urbanos tienen algún tipo de carencia cualitativa.

11.9Medidas para garantizar el acceso a una vivienda adecuada con seguridad jurídica de la tenencia

165.Colombia ha adoptado medidas legislativas y administrativas que facilitan el acceso a las viviendas de interés social y prioritario, tales como:

166.Se expidió la Ley 1537 de 2012, que señaló las competencias, responsabilidades y funciones de las entidades del orden nacional y territorial, y la confluencia del sector privado en el desarrollo de los proyectos de vivienda de interés social y de interés prioritario destinados a las familias de menores recursos.

167.También la Ley 1607 de 2012 promovió la generación de programas de vivienda de interés prioritario cofinanciados con recursos de la nación y los Fondos para Viviendas de Interés Social –FOVIS- que son transferidos por las Cajas de Compensación Familiar a los patrimonios que constituya el Fondo Nacional de Vivienda –FONVIVIENDA.

168.Para la superación del déficit de vivienda cuantitativo y cualitativo se están implementado Programas de Vivienda para los hogares de bajos ingresos y Programas de mejoramiento del entorno habitacional urbano. Algunos son: el Programa 100 mil viviendas gratis, el Programa de cobertura a la tasa de interés- FRECH, el Programa para ahorradores – VIPA (Ver Anexo 7), los Subsidios familiares de vivienda y el Crédito de ahorro voluntario contractual – AVC.

169.El Programa 100 mil viviendas gratis, cuenta con un presupuesto de 4,2 billones de pesos para el desarrollo de 281 proyectos en 226 municipios de 29 departamentos. A junio 15 de 2014 se han beneficiado 158.923 personas que ya tienen un lugar propio para habitar.

170.A través de los Programas FRECH II y VIPA se beneficiará a más 222.000 familias que recibirán alivios y facilidades para el pago de sus viviendas. Mediante los diferentes programas de subsidios familiares de vivienda a julio de 2014 se han atendido las necesidades de vivienda de 113.334 personas desplazadas, de 22.742 hogares afectados por la Ola invernal y de 27.922 hogares vinculados a la Red Unidos de la ANSPE (Ver Anexo 7).

Viviendas accesibles y habitables para las personas con necesidades especiales

171.De acuerdo con lo señalado en el artículo 2 de la Ley 1537 de 2012 la asignación de los beneficios para acceder a proyectos de vivienda, beneficiará en forma preferente a la población que se encuentre en alguna de las siguientes condiciones: a) que esté vinculada a programas sociales del Estado que tengan por objeto la superación de la pobreza extrema o que se encuentre dentro del rango de pobreza extrema, b) que esté en situación de desplazamiento, c) que haya sido afectada por desastres naturales, calamidades públicas o emergencias y/o d) que se encuentre habitando en zonas de alto riesgo no mitigable.

11.10Medidas para garantizar la seguridad de las viviendas

172.Los Decretos 1160 de 2010 y 0900 de 2012, así como el Reglamento Operativo del Subsidio y la Guía de Formulación de Proyectos, establecen que los predios donde se realicen proyectos de vivienda deben contar con certificación emitida por la entidad territorial competente que demuestre que el uso del suelo está acorde con el Plan Básico de Ordenamiento Territorial –PBOT- y que no se encuentra en Zona de Alto Riesgo.

11.11Desalojos forzosos y desplazamiento forzado

173.Como consecuencia del conflicto armado interno, a 1° de julio de 2015 en Colombia hay 6.300.422 personas desplazadas. A 2014 el 43.4% de los hogares desplazados recibió Atención Humanitaria de Emergencia para los componentes de alojamiento, alimentación y kit de habitabilidad; y de acuerdo con la Encuesta Goce Efectivo de Derechos 2013-2014, como parte del componente de Ayuda Humanitaria de Transición, el 52,8% de los hogares desplazados recibió alojamiento y el 67,5% recibió alimentación y aseo. Ahora bien, todo el marco de asistencia, atención y reparación integral de las víctimas del conflicto armado dictado a través de la Ley 1448 de 2011, señala las medidas de asistencia y atención que están orientadas a garantizar los derechos de la población víctima del desplazamiento forzado. Las medidas específicas para asegurar el derecho de esta población a acceder a una vivienda digna y restitución de tierras despojadas a las víctimas del conflicto armado ya fue referido en este mismo artículo.

174.Por otra parte, el procedimiento de desalojo en Colombia es una medida que busca recuperar la tenencia de un bien ocupado sin justo título. Por tanto, comporta un procedimiento que permite recuperar materialmente un bien que fue tomado de manera ilegítima, y evita que aquellos que han procedido en contra de la Ley obtengan un provecho de su acción. Al respecto de este tipo de procedimientos, la Corte Constitucional ha establecido que: “en aquellos casos en los que se encuentran inmiscuidos sujetos en especiales condiciones de vulnerabilidad como desplazados, madres o padres cabeza de familia, niños o niñas, personas de la tercera edad, personas con enfermedades terminales, personas en extrema pobreza comprobada, etc. Cualquier autoridad en la que recaiga el deber de ejecutar un desalojo forzoso, debe hacerlo con el respeto del debido proceso tanto en los trámites judiciales como los administrativos”.

12.Artículo 12. Derecho a la salud

12.1Política nacional de salud y sistema nacional de salud

175.Como se señaló en el artículo 9 de este Informe, el SGSSS forma parte del Sistema Integral de Seguridad Social. El SGSSS garantiza la atención integral en salud a través de dos regímenes: i) el Contributivo y ii) el Subsidiado.El porcentaje de afiliación al SGSSS en Colombia es del 96%, casi universal (Ver Anexo 8).

176.En los últimos años se han adoptado las siguientes medidas:

•Mediante la Ley 1438 de 2011 se fortaleció SGSSS a través de un modelo de prestación del servicio de salud centrado en el bienestar del usuario, mediante la unificación del POS para todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de prestación de los beneficios en cualquier lugar del país.

•Mediante la Ley Estatutaria 1751 de 2015 se consagra a la salud como un derecho fundamental, que es autónomo e irrenunciable individual y colectivamente. Esta ley convierte en obligatoria la prestación de los servicios de urgencias; y convierte en una política de Estado el control a los precios de los principios activos de medicamentos.

•Mediante la Resolución 1841 de 2013 fue adoptado el Plan Decenal de Salud Pública PDSP 2012-2021, que le apunta a: 1) avanzar hacia la garantía del goce efectivo del derecho a la salud; 2) mejorar las condiciones de vida que modifican la situación de salud y disminuyen la carga de enfermedad existente; y 3) mantener cero tolerancia frente a la mortalidad, la morbilidad y la discapacidad evitable.

•Mediante el Decreto 859 de 2014 se creó la Comisión Intersectorial de Salud Pública, instancia de coordinación y seguimiento en el desarrollo del PDSP.

12.2Medidas adoptadas para asegurar la asequibilidad a los servicios de salud

177.Entre 2010 y 2014 el Gobierno Nacional para asegurar la asequibilidad a los servicios de salud de toda la población, especialmente de la más vulnerable:

•Culminó la unificación de los Planes de Beneficios (POS), a partir del cual todas las personas, sin consideración al régimen en que se encuentren, tienen acceso a los mismos servicios de salud.

•Estableció las condiciones para asegurar que todas las personas puedan acceder al seguro de salud en cualquier parte del territorio nacional. (portabilidad del seguro de salud).

•Reglamentó la movilidad entre regímenes para los afiliados al SGSSS de los niveles I y II del SISBEN, a partir de lo cual los cambios o intermitencias en sus condiciones socioeconómicas no afectan la solución de continuidad en su aseguramiento.

•La Resolución 5521 de 2013 actualizó el Plan Obligatorio de Salud que contempla la cobertura para 478 medicamentos, incluyendo aquellos de programas especiales de salud pública y de enfermedades crónicas no transmisibles, siendo uno de los planes con mayor cobertura en la región.

178.Colombia ha sancionado Leyes que regulan aspectos de la atención en salud para grupos prioritarios como los adultos mayores (Ley 1251 de 2008), las víctimas del conflicto armado (Ley 1448 de 2011 y sus decretos reglamentarios), las personas con discapacidad (Ley 1618 de 2013). En el mismo sentido, desde el 2014 se exonera del pago de copagos o cuotas moderadoras a las poblaciones más vulnerables, entre ellas las personas con discapacidad, la población menor de 18 años diagnosticada con cáncer y las víctimas del conflicto armado.

179.Entre 2010 y enero de 2015, se observó un crecimiento de 10,4% en el número total de Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud (IPS). A 31 de enero de 2015 hay 11.494 IPS registradas.

180.Asimismo, en el país 1.110 municipios y corregimientos departamentales tienen disponibilidad de servicios de consulta externa de medicina general, de odontología general y de protección específica y atención tempana. 394 municipios cuentan con servicios de consulta pediatría y de gineco-obstetricia (Ver Anexo 8).

Calidad y suministro de medicamentos

181.El Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud, cuenta con el componente del Sistema Único de Habilitación, que se encarga de establecer los criterios y estándares que deben cumplir de forma obligatoria los prestadores para ofertar servicios de salud, de tal manera que se asegure que cumplan con estándares de calidad.

182.A partir de la Ley 100 de 1993 fue creado el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos –INVIMA-, cuya misión es proteger y promover la salud de la población mediante la gestión del riesgo asociada al consumo y uso de alimentos, medicamentos, dispositivos médicos y otros productos objeto de vigilancia sanitaria. (Ver Anexo No. 8).

183.La Política Farmacéutica Nacional 2012 – 2021, estableció el precio máximo de venta a 864 medicamentos, reduciendo el precio de estos medicamentos en promedio un 41% y generando ahorros de más de 550 mil millones de pesos para el sistema de salud. También se reglamentó el registro sanitario de los medicamentos biológicos, sin generar barreras innecesarias a la competencia.

12.3Salud infantil y materna, sexual y reproductiva

Política Nacional de Salud Sexual y Reproductiva (Ver Anexo 8)

184.El PDSP desarrolló un componente de Salud Sexual y Reproductiva que abarca los temas de fecundidad, uso de métodos de planificación familiar, natalidad, mortalidad materna y violencia sexual.

185.En relación con la fecundidad, se estima que en Colombia durante el quinquenio 2010-2015 cada mujer tendrá alrededor de 2 hijos y habrá un total de 71,5 nacimientos por cada 1000 mujeres entre 15 y 49 años. La edad media de fecundidad para en el país ha ido en incremento a partir del año 2000. Para el quinquenio 2010-2015 se espera que sea de 27,7 años.

186.Se diseñó el documento CONPES Social 147 de 2012, que establece lineamientos para el desarrollo de una estrategia para la prevención del embarazo en la adolescencia y la promoción de proyectos de vida para los NNA en edades entre 6 y 19 años. También se fortaleció el Modelo de Servicios de Salud Amigables para Jóvenes, para la garantía del derecho a la salud, a la información y a los derechos sexuales y reproductivos de la población adolescente y joven. A cierre de 31 de enero de 2013, se cuenta con 818 servicios amigables a nivel nacional.

187.La tendencia de la natalidad en Colombia ha sido decreciente, pasando de una tasa bruta de 28,80 en el quinquenio 1985-1990 a una tasa estimada de 18,88 en el quinquenio 2010-2015. Durante los años 2005 y 2010 alrededor del 62% de los nacimientos ocurrieron en mujeres menores de 26 años. La proporción de nacimientos en mujeres menores de 14 años es del 0,2%, entre mujeres de 14 y 17 años es del 11% y entre mujeres de 18 a 26 años está alrededor del 51%.

188.La Razón de Mortalidad materna calculada a 2012 fue de 65,89 por 100.000 n.v. Frente a lo registrado en 1998, cuando se registraron 722 casos de muertes maternas anuales, la reducción en el número absoluto es del 38% (Ver Anexo 8).

189.A 2012 el país ha avanzado en materia de atención institucional del parto y atención de parto por personal calificado. El 84,79% de las madres de n.v. tuvieron 4 o más controles prenatales.

190.Para reducir las cifras de mortalidad materna y el mejoramiento de la salud materna se han desarrollado campañas de información, educación y comunicación para favorecer el acceso al control prenatal, detectar precozmente los signos de peligro y acudir al parto institucional. También se realizó la evaluación y reajuste al Modelo de Seguridad para la Atención de la Emergencia Obstétrica en la baja, mediana y alta complejidad, como una herramienta de proceso para el mejoramiento continuo de la calidad de los servicios prestados y la integración de una caja de herramientas para dar respuesta a las emergencias obstétricas.

12.4Programas de inmunización y lucha contra las enfermedades infecciosas

191.Con la ejecución del Programa Ampliado de Inmunizaciones (PAI) se ha avanzado en la disminución del riesgo de enfermar y morir por enfermedades prevenibles por vacunas, para lo cual el esquema nacional de vacunación tiene actualmente 20 biológicos que protegen contra 26 enfermedades. Su ejecución garantizó para el año 2013 la vacunación del 91% de niños(as) menores de un año y del 92.4% para niños(as) de un año de edad.

192.La Estrategia de Vacunación Sin Barreras garantiza que, independientemente del aseguramiento que tengan los niños o las niñas, estos sean atendidos por cualquier IPS vacunadora del país, totalmente gratis. Para el año 2011 en Colombia las coberturas de vacunación se encuentran alrededor del 85% en todos los biológicos.

12.5Prevención del uso indebido de alcohol y tabaco y el consumo de estupefacientes ilícitos y otras sustancias nocivas

193.Cerca de un millón de personas serían consumidores activos de drogas ilícitas y aproximadamente 500 mil tendrían un problema instaurado de abuso o dependencia. El mayor consumo de sustancias ilícitas en el último año se presenta en el grupo de 18 a 24 años, con una tasa del 8.7%, seguido por los adolescentes con una tasa del 4.8% y las personas de 25 a 34 años (4.3%). En el caso del consumo de tabaco, algo más de tres millones son usuarios y con respecto al alcohol, alrededor de 8,5 millones serían consumidores activos, mientras 2,5 millones estarían en condición de consumo de riesgo o perjudicial.

194.El PDSP 2012-2021 incorpora la Dimensión de Vida Saludable y Condiciones No Transmisibles, cuyo objetivo es el bienestar y disfrute de una vida sana en las diferentes etapas del transcurso de vida promoviendo modos, condiciones y estilos de vida saludables en los espacios cotidianos de las personas, familias y comunidades, así como el acceso a una atención integrada de condiciones no transmisibles. Para información detallada sobre las acciones para la prevención del consumo de tabaco, la reducción del consumo nocivo de alcohol y la prevención y atención del consumo de sustancias psicoactivas (Ver Anexo 8).

12.6Prevención del VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual

195.La prevalencia de VIH en población entre 15 y 49 años para el año 2013 estaba en 0.45% el 56,5% de los casos eran detectados tempranamente. La cobertura del tratamiento antirretroviral se encuentra en 88% y la tasa de mortalidad por SIDA paso de 5,23 a 4,76 por 100 mil habitantes.

196.Durante el periodo 2008-2011 Colombia implementó el Plan Nacional de Respuesta ante el VIH/SIDA en el marco del cual: se desarrollaron materiales para la promoción y prevención del VIH, la distribución de 2.000.000 de preservativos a nivel nacional, la campaña “Personas distintas, derechos iguales” de prevención del estigma y la discriminación, la implementación del Plan estratégico para la eliminación de la transmisión materno infantil del VIH y de la Sífilis congénita, entre otras.

12.7Salud mental de la población colombiana

197.La Ley 1616 de 2013 determinó que la salud mental es un derecho fundamental, un tema prioritario de salud pública, un bien de interés público y componente esencial del bienestar general y el mejoramiento de la calidad de vida de los colombianos. El país cuenta con un POS para los pacientes que busca garantizar el derecho a la salud mental en Colombia mediante la atención integral de sus necesidades.

13.Artículo 13.Derecho a la Educación

13.1Propósitos y objetivos de la educación en Colombia

198.El artículo 67 de la C.P. señala que la educación “(...) es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social (...)”, asimismo, que “la educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente”. Además, la educación es un derecho fundamental de los niños.

199.La Ley 115 de 1994 establece en su artículo 5 que son fines de la educación: “el pleno desarrollo de la personalidad sin más limitaciones que las que le imponen los derechos de los demás y el orden jurídico...”; “la formación en el respeto a la vida y a los demás derechos humanos, a la paz, a los principios democráticos, de convivencia, pluralismo, justicia, solidaridad y equidad, así como en el ejercicio de la tolerancia y de la libertad”; y “el estudio y la comprensión crítica de la cultura nacional y de la diversidad étnica y cultural del país, como fundamento de la unidad nacional y de su identidad”.

200.Además, estableció nueve áreas obligatorias del conocimiento y la formación que necesariamente se tendrán que ofrecer de acuerdo con el currículo y el PEI: i) Ciencias naturales y educación ambiental, ii) Ciencias sociales, historia, geografía, Constitución Política y democracia, iii) Educación artística, iv) Educación ética y en valores humanos, v) Educación física, recreación y deportes, vi) Educación religiosa, vii) Humanidades, lengua castellana e idiomas extranjeros, viii) Matemáticas, y ix) Tecnología e informática.

201.Mediante la Ley 1620 de 2010 fue creado el Sistema Nacional de convivencia escolar y formación para el ejercicio de los derechos humanos, la educación para la sexualidad y la prevención y mitigación de la violencia escolar. Se han publicado guías de orientaciones pedagógicas para los establecimientos públicos y privados del país.

202.La Ley 1732 de 2014 estableció la Cátedra de la Paz en todas las instituciones educativas del país con el objetivo de garantizar la creación y fortalecimiento de una cultura de paz en Colombia desde las escuelas.

203.Por otra parte, a través del MinEducación se ha implementado el Programa de Competencias Ciudadanas, que es un conjunto de estrategias y orientaciones pedagógicas y técnicas, dirigidas a fortalecer las capacidades de las Secretarias de Educación y de los Establecimientos Educativos, en la construcción de ambientes democráticos que permitan a los estudiantes ejercer una ciudadanía activa, en el marco de un clima escolar propicio para la participación y la convivencia pacífica.

204.A partir del año 2010 se inició la ejecución del Plan Nacional de Educación en Derechos Humanos, mediante la implementación y expansión del Programa de Educación para el Ejercicio de los Derechos Humanos, cuyo objetivo es la promoción de prácticas pedagógicas y culturales que vivencien y respeten cotidianamente los derechos humanos.

205.Igualmente, el MinEducación y el Centro Nacional de Memoria Histórica han desarrollado conjuntamente acciones que contribuyan a la reconstrucción de memoria en el ámbito escolar como aporte a la realización del derecho a la verdad histórica del conflicto armado colombiano.

13.2Enseñanza primaria obligatoria y gratuita

13.2.1El nivel o grado hasta el cual la enseñanza es obligatoria y gratuita

206.El artículo 67 de la C.P. establece que “(…) El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica (...)”.

207.Con respecto a la obligatoriedad de la educación media, correspondiente a los niveles 10° y 11°, el artículo 55 de la Ley 1753 de 2015 señala que: “La educación media será obligatoria, para lo cual el Estado adelantará las acciones tendientes a asegurar la cobertura hasta el grado 11 en todos los establecimientos educativos. El MinEducación definirá los mecanismos para hacer exigible la atención hasta el grado 11, de manera progresiva, en todos los establecimientos educativos”. El parágrafo de este artículo establece que “El Gobierno Nacional y las entidades territoriales certificadas en educación, diseñarán planes para la implementación de la universalidad de la educación media, de forma gradual, en un plazo que no supere al año 2030”.

13.2.2Costos de las matrículas escolares

208.Desde el 2008 se ha venido implementando de manera gradual la gratuidad educativa, por la cual se eliminaron los cobros de matrícula, así como derechos académicos y cobros complementarios. Desde 2011 se otorgó gratuidad total para los estudiantes matriculados en el sector oficial en los niveles de transición y primaria, sin incluir la matrícula atendida mediante la contratación del servicio educativo, ni estudiantes menores de 5 años. Igualmente, fue garantizada la gratuidad educativa para la población estudiantil vulnerable, matriculada en el sector estatal en los niveles de secundaria y media.

209.El Decreto 4807 de 2011 reglamentó la gratuidad total para todos los estudiantes de las instituciones educativas estatales matriculados en los grados de transición a undécimo. Se exceptúan de ese beneficio los estudiantes de ciclos 1 al 6 de educación para adultos, el ciclo complementario de las escuelas normales superiores, grados 12 y 13, y los estudiantes atendidos en instituciones educativas estatales que no son financiadas con recursos del Sistema General de Participaciones.

210.Información detallada sobre la financiación de otros costos indirectos del acceso al sistema educativo puede ser consultada en el Anexo No 8.

13.3Medidas adoptadas para garantizar la asequibilidad a la enseñanza técnica y profesional

211.De acuerdo con la Ley 30 de 1992 las instituciones de educación superior en Colombia pueden ser técnicas profesionales, universitarias o escuelas tecnológicas y universidades (Ver Anexo 9).

212.Estas instituciones también están facultadas para adelantar programas de formación en ocupaciones, profesiones o disciplinas, programas de especialización, maestrías, doctorados y post-doctorados (Ver Anexo 9).

213.En total hay 2.562.213 personas matriculadas en los niveles de Educación Superior (formación técnica, tecnológica y profesional).

214.El Gobierno Nacional aplica las Pruebas Saber Pro (Examen de Estado de Calidad de la Educación Superior), que es un instrumento estandarizado para la evaluación externa de la calidad de la educación superior y que forma parte de un conjunto de instrumentos de los que dispone el Gobierno Nacional para evaluar la calidad del servicio público educativo y ejercer su inspección y vigilancia. A través del ICFES se evalúan también a los técnicos y tecnólogos del país mediante la Prueba SABER PRO T y T. En el año 2014, aproximadamente 88.312 personas presentaron la Prueba SABER PRO T y T. A partir del año 2009, se ha presentado un crecimiento en el número de estudiantes evaluados. (Ver Anexo 9)

215.Cerca del 80% de los graduados de los programas de educación superior se logran vincular al sector formal de la economía. Desde 2007, el MinEducación realiza seguimiento a los graduados de la educación superior en el país a través de la tasa de vinculación al mercado formal de la economía y de los ingresos promedio que devengan. A mayor nivel de formación, mayor es el porcentaje de cotizantes a la seguridad social. (Ver Anexo 9).

216.Por otra parte, fue expedido el Conpes 3674 de 2010 “Lineamientos de política para el fortalecimiento del sistema de formación de capital humano”, en donde se establecen las directrices generales para la puesta en marcha de la Estrategia Nacional para la Gestión del Recurso Humano en Colombia, con el propósito de favorecer la competitividad, la productividad y el crecimiento económico del país, así como el aprendizaje a lo largo de la vida, la movilidad entre el sistema educativo, la calidad y la pertinencia de su oferta y la mayor inserción de la población en el mercado laboral. La Comisión Intersectorial de Gestión del Recurso Humano está encargada de coordinar y articular su ejecución.

13.4Asequibilidad a la enseñanza superior

217.Entre 2005 y 2013, se ha pasado de 1.137.772 a 1.983.421 estudiantes de pregrado (universitario, tecnólogo y técnico profesional), es decir, un crecimiento de la matrícula de 845.649 estudiantes, pasando de una tasa de cobertura bruta de 28.4% a 45.5%. (Ver Anexo 9).

218.El MinEducación elaboró los Lineamientos de Política de Educación Superior Inclusiva en marzo de 2014 que busca incentivar a la Instituciones de Educación Superior en la definición de acciones y estrategias para fortalecer el enfoque diferencial en el acceso, permanencia y graduación con condiciones de calidad en todo el territorio nacional.

Para garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo de comunidades específicas, se han desarrollado, Programas con las comunidades indígenas, con la población con discapacidad, de género, con la población víctima del conflicto armado y con las comunidades Negras, Afrocolombianas, Palenqueras y Raizales. (Ver anexo 9)

219.En 2014 se estructuró el Programa “Ser Pilo Paga”, para la financiación de la demanda por educación superior, bajo una estructura de créditos condonables dirigidos a estudiantes de escasos recursos económicos y gran mérito académico. Este programa ha beneficiado a 10 mil estudiantes de todo el país que pudieron acceder a las instituciones de educación superior acreditadas de alta calidad.

220.Para financiar a las Instituciones de Educación Superior públicas se estableció un impuesto de renta para la equidad (CREE) dirigido exclusivamente a construcción, mejoramiento y adecuación de la infraestructura física; construcción, mejoramiento y adecuación de la infraestructura tecnológica; y diseño y adecuación de nueva oferta académica. Los recursos destinados a instituciones técnicas y tecnológicas ascendieron a 49.665.498.635 en 2013 y a 97.929.352.771 en 2014. A instituciones universitarias ascendió a 148.996.495.905 en 2013 y 293.787.991.733 en 2014.

13.5Medidas adoptadas para promover la alfabetización, así como la educación de adultos y la educación continua

221.El PND 2014-2018 reitera la meta de convertir a Colombia en el país más educado de América Latina en el 2025, convirtiéndose en uno de los pilares fundamentales para el desarrollo y la prosperidad en Colombia a partir de la educación gratuita, unificada y de excelente calidad. Lo anterior es la base de formulación del plan sectorial de educación, que parte de cinco ejes estratégicos de acción: i) excelencia docente, ii) Colombia bilingüe, iii) Colombia libre de analfabetismo, iv) Acceso, calidad y pertinencia en educación superior, v) Estrategias de implementación de la Jornada Única.

222.En el marco del Plan Colombia libre de analfabetismo, el Programa Nacional de Alfabetización y Educación de Adultos ha promovido la implementación de modelos educativos para adultos, en diferentes lugares del país, los cuales han permitido la alfabetización de más de 500 mil iletrados entre 2010 y 2014, articulándose con los diferentes ciclos de educación de adultos. Solamente en el año 2014, 64.560 colombianos y colombianas participaron en procesos educativos de alfabetización.

223.Según la GEIH 2014, el país registra una tasa de analfabetismo del 5.8% representada en 1.959.000 personas. El PND ha establecido la meta de alfabetizar a 800.000 personas iletradas entre el 2015 – 2018, lo cual daría lugar a una reducción del 3,8% dejaría al país como territorio libre de analfabetismo.

13.6Educación para niños pertenecientes a minorías y los niños indígenas

224.La C.P. y la Ley 115 de 1994 proclaman que la enseñanza de los grupos étnicos con tradición lingüística propia será bilingüe. Asimismo, el Decreto 804 de 1995 señala que “la formulación de los currículos de etnoeducación se fundamentará en las disposiciones de la Ley 115 de 1994 y en las conceptualizaciones sobre educación elaboradas por los grupos étnicos, atendiendo sus usos y costumbres, las lenguas nativas y la lógica implícita en su pensamiento”.

225.Bajo este esquema se expidió la Ley 1381 de 2010 o Ley de Lenguas Nativas que declara las lenguas nativas de Colombia como parte integrante del patrimonio cultural inmaterial de los pueblos que las hablan; y ratificó la función del Estado de ser garante de la preservación, salvaguarda y fortalecimiento de las lenguas originarias. Para el fomento, protección, uso y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia se ha adoptado tres líneas de acción: i) de acompañamiento al tratamiento de las lenguas nativas en el marco de los proyectos etnoeducativos, propios, comunitarios e interculturales; ii) el Plan de Formación de Docentes para contextos multiculturales y multilingües; y iii) la Estrategia de Formación de Traductores e Intérpretes de lenguas nativas.

226.Información complementaria sobre el fomento, protección, uso y fortalecimiento de las lenguas de los grupos étnicos de Colombia y otras acciones de educación para niños pertenecientes a minorías y los niños indígenas. (Ver Anexo 9).

13.7Criterios de admisión para niños(as) en todos los niveles de la educación

227.En Colombia no existen criterios diferenciados para ingreso al sistema entre niños(as) y el acceso es equitativo en cuanto al género. (Ver Anexo 9).

13.8Reducción de las tasas de abandono escolar de los niños y jóvenes en la enseñanza primaria y secundaria

228.La implementación de las diferentes estrategias encaminadas a garantizar la permanencia de los NNA en el sistema educativo oficial ha permitido reducir la tasa de deserción escolar en 1.8 p.p. en los últimos cuatro años, al pasar de 4.9% en 2010 a 3.1% en 2014, lo que equivale a una reducción del 58%.

229.La tasa de deserción escolar se reduce en todos los niveles; el mayor impacto se presenta en el grado de transición, en donde se redujo la tasa de deserción escolar en el último cuatrienio en 2.2 p.p., esto es una reducción del 91%, seguido por el nivel de primaria con una reducción de 2 p.p. (74%); para el nivel de media la reducción fue de 1.8 puntos porcentuales (64%) y para el nivel de secundaria de 1.3 puntos porcentuales (34%) (Ver Anexo 9).

14.Artículo 14.Derecho a la Educación (Ver Artículo 13)

15.Artículo 15.Derechos Culturales

15.1Infraestructura institucional para promover la participación popular en la vida cultural y el acceso a ésta

230.El MinCultura es la entidad rectora del sector cultural colombiano y tiene como objetivo formular, coordinar, ejecutar y vigilar la política del Estado en materia cultural. Durante el periodo 2010-2014 el Gobierno Nacional dio prioridad al fortalecimiento de la lectura, la escritura y las bibliotecas públicas; a la apropiación social del patrimonio; al desarrollo de los emprendedores culturales –con especial relevancia en el sector cinematográfico–; a generar mejores condiciones para la primera infancia, en unión con la política del programa presidencial de Cero a Siempre; a crear y fortalecer las prácticas de formación artística, y a la formulación de planes a largo plazo en las artes escénicas y las artes plásticas.

231.El presupuesto del MinCultura creció en un 92% y se logró invertir 1,2 billones. Este crecimiento proviene de recursos nacionales e internacionales.

232.Algunos avances normativos implementados para promover la cultura en el país son:

•Ley 1493 de 2011 del Espectáculo Público

Se suprimió la carga tributaria excesiva al sector de las artes representativas, con el propósito de hacerlo competitivo. Se establecieron normas para la formalización de los empresarios del espectáculo y se concibió una contribución parafiscal que constituye una fuente de recursos para que existan mejores escenarios dedicados a las artes escénicas en el país. Los ingresos generados a partir de la implementación de esta ley suman 28 mil millones de pesos.

•Ley 1556 de 2012

Busca fomentar la actividad cinematográfica de Colombia, promoviendo el territorio nacional como elemento del patrimonio cultural para la filmación de audiovisuales y a través de estos, la actividad turística y la promoción de la imagen del país, así como el desarrollo de la industria cinematográfica. Se creó un fondo de 25 mil millones anuales con recursos del presupuesto nacional.

•Ley 1607 de 2012

Establece incentivos en la deducción por la donación o inversión en producción cinematográfica del 125% al 165% del valor invertido o donado en la liquidación del impuesto de renta y para los museos se decretó la exención del IVA en la compra de objetos que tengan interés cultural, histórico o artístico.

•Ley 1675 del Patrimonio Cultural Sumergido

Definió en cabeza del Consejo Nacional de Patrimonio Cultural la decisión de determinar qué objetos de los hallados deber ser considerados patrimonio.

233.La infraestructura institucional para promover la participación popular y el acceso a la cultura en Colombia se construye bajo las premisas de mantener la identidad de las comunidades, su tradición y con el objeto de generar espacios para el mejor y adecuado aprovechamiento del tiempo libre a través del fomento de la lectura, la danza y la música. Esta infraestructura cultural está conformada por casas de la cultura, bibliotecas, salas de cine, escuelas de formación artística, teatros, archivos, museos, centros culturales, malocas, auditorios y parques culturales, entre otros.

234.En el periodo 2010-2014 se han destinado recursos por más de 99 mil millones de pesos para la construcción y adecuación de espacios culturales en 24 de los 32 departamentos del país logrando beneficiar a una población de más de 4 millones de personas. En este sentido, se inauguraron 104 nuevas bibliotecas ubicadas, la mayoría de ellas en municipios afectados por la violencia. Asimismo, se construyeron 7 casas de cultura, 5 teatros, 4 escuelas de música, entre otros. En total, entre inmuebles y espacios públicos, fueron más de 260 los intervenidos.

235.También se destinaron recursos por más de 63 mil millones de pesos para la recuperación de espacios culturales deteriorados por la ola invernal en un proyecto denominado “Espacios de Vida”.

15.1.1Asequibilidad a conciertos, teatros, salas de cine, acontecimientos deportivos y demás actividades culturales

236.La Política de Artes de Colombia contempla como uno de sus principios la democratización del acceso a las artes: “(…) teniendo en cuenta las condiciones extremadamente desiguales de acceso a la experiencia, pensamiento y práctica artística, así como a los bienes y servicios que de ellas se derivan, haremos énfasis en la creación de condiciones para que todos los ciudadanos puedan acceder a éstas; y por otro lado, en la creación de condiciones para el ejercicio libre de la expresión de la diversidad y la diferencia”. Del mismo modo, los principios de la precitada Ley de Espectáculos Públicos señalan que: “El Estado, al formular su política cultural, tendrá en cuenta tanto al creador, al gestor, como al receptor de la cultura y garantizará el acceso de los habitantes a las manifestaciones, bienes y servicios culturales en igualdad de oportunidades”.

237.Bajo estas premisas, a través del MinCultura, y en asocio con cooperantes nacionales e internacionales se desarrollan diferentes programas en el área de música, teatro, circo, literatura y danza, con los cuales se ha beneficiado a cerca de 365.000 personas. (Ver Anexo 10)

238.Las Escuela–Taller, permitieron atender a jóvenes en condiciones de vulnerabilidad, que no hacen parte de los circuitos académicos de formación, pero que pueden aprender un oficio que contribuya a la conservación del patrimonio, al tiempo que les permite acceder así a ingresos dignos. Hoy se cuenta con ocho escuelas.

15.1.2Acceso al patrimonio cultural de la humanidad

239.Colombia cuenta con 8 manifestaciones incluidas en la lista representativa de patrimonio cultural inmaterial de la humanidad de la UNESCO. Ellas son: i) Espacio cultural de San Basilio Palenque, ii) Espacio antropológico del Carnaval de Barranquilla, iii) Carnaval de negros y blancos, iv) Procesiones de Semana Santa de Popayán, v) Músicas marimba y cantos tradicionales del Pacífico Sur de Colombia, vi) Paisaje cultural cafetero, vii) Sistema normativo wayuu aplicado por el Pütchipü’üi, viii) Jaguares del Yarupariñ He Yaia Keti Oka, el conocimiento tradicional para el manejo del mundo.

240.El país ha fortalecido procesos de comunicación en los territorios que contribuyan a la divulgación y apropiación social del patrimonio cultural, a través del fomento de la creación de contextos mediáticos realizados por las mismas comunidades. Este proyecto ha desarrollado conversatorios y encuentros, y ha formado 293 creadores de contenidos en temas de comunicación y patrimonio cultural, y ha diseñado proyectos de comunicación, narrativas, periodismo cultural y producción de contenidos culturales de audio, video y nuevas tecnologías.

241.Para la protección del patrimonio cultural de la humanidad se han realizado 47 producciones mediáticas (en audio, video, fotografía, impresos y nuevas tecnologías). Se formuló e implementó el Plan Especial de Salvaguardia de San Basilio denominado Palenque Global 2010-2014; y se construyó la serie documental para televisión denominada “Expreso Colombia, patrimonio de la humanidad” que hace un recorrido por las manifestaciones colombianas que han sido declaradas patrimonio de la humanidad por la UNESCO.

15.2Participación de los niños en la vida cultural

242.El MinCultura ha realizado acciones concretas asociadas a la atención integral de esta población en el marco de la Estrategia de “Cero a Siempre”. En este orden, 220 municipios del país recibieron acompañamiento, asesoría y apoyo técnico para invertir en ámbitos culturales adecuados y accesibles a los niños(as) colombianos.

243.Para promover la participación de los niños en la vida cultural, se han desarrollado acciones relacionadas con la entrega de materiales para lectura, producciones musicales, comunicación digital dirigida a niños(as) menores de 5 años y construcción de infraestructura cultural. (Ver Anexo 10)

15.2.1Eliminar los obstáculos físicos, sociales y de comunicación que impiden que las personas mayores y las personas con discapacidad participen plenamente en la vida cultural

244.El acuerdo 001 de 2012 de la Comisión Nacional de Televisión- CNTV reglamenta los sistemas que garantizan el acceso de las personas sordas e hipoacúsicas al servicio público de televisión. Los canales de televisión deberán implementar mecanismos como interpretación en Lengua de Señas Colombiana- LSC, texto escondido o closed caption (CC), subtitulación (ST) y sistemas que se desarrollen con posterioridad para este propósito.

245.La implementación de los sistemas de acceso para la población sorda e hipoacúsica, se realizará de manera progresiva y sostenida en todas las franjas. Actualmente, deben transmitirse obligatoriamente en lengua de señas, los mensajes y espacios institucionales realizados por entidades del Estado, los noticieros del Senado y de la Cámara de Representantes y las alocuciones presidenciales.

15.3Enseñanza escolar y profesional en la esfera de la cultura y el arte

246.Se han desarrollado diversos programas y proyectos que contribuyen al fortalecimiento de la formación en las diferentes áreas artísticas. En términos de profesionalización, el más destacado se realiza desde el año 2008 por iniciativa del MinCultura y en asocio con el Min Educación, la Asociación de Facultades y Programas de Artes – ACOFARTES y el ICETEX, y es un programa que contempla el componente de formación en educación superior de artistas en ejercicio, con prioridad en regiones donde no hay acceso a formación de programas profesionales en artes, y de personas pertenecientes a los estratos 1, 2, y 3. Bajo este Programa 1.045 personas han sido beneficiados con los más de 4.920 millones de pesos invertidos para la financiación de los estudios profesionales en artes.

247.A nivel de los programas en nivel técnico y tecnológico el SENA brinda formación en Diseño y Montaje Escenográfico y en Coordinación de Escuelas de Música, y también en Teatro.

248.En cuanto a la formación artística ofrecida a través de las escuelas de formación, las Casas de Cultura y otros procesos no asociados a la educación formal escolar, 2.159 proyectos de capacitación en los 32 departamentos del país se han realizado en temas relacionados con artes y cultura. Algunos de ellos son:

•Programa de formación para bibliotecarios, y programas especiales y acompañamiento permanente para las bibliotecas más apartadas.

•Más de 20 mil millones se entregaron a través de diversos fondos como Impulsa y Bancoldex en la modalidad de crédito o capital semilla. En el Programa Emprende Cultura 300 emprendedores recibieron recursos para hacer realidad su iniciativa creativa y formar una microempresa. Hoy se realizan 10 mercados culturales en el país.

15.4Beneficios del progreso científico

249.El gasto nacional en actividades de ciencia, tecnología e innovación (CTI) es el 0,5% del PIB en 2013 y el gasto en investigación y desarrollo (ID) es el 0,2% del PIB. Desde el año 2007 el país ha aumentado progresivamente el presupuesto destinado a Colciencias, 60% de los cuales han sido destinados a la financiación de los programas de becas para estudiantes de postgrado en Colombia y en el exterior. A 2013 el país cuenta con 0,4 investigadores por cada 1.000 habitantes y además con 66 centros de investigación y desarrollo tecnológico.

250.Para 2012 Colombia contaba con 21 patentes concedidas por la USPTO (United States Patent and Trademark Office) y en 2013 registró 3.404 publicaciones según el Institute for Scientific Information (ISI).

251.Se han desarrollado grandes esfuerzos para mejorar y ampliar los beneficios del progreso científico a través de reformas y ajustes institucionales y la destinación de presupuesto suficiente para el área. (Ver Anexo 10)

252.En materia de uso de las TIC para 2014 se alcanzó una mejora significativa en la conectividad conectando el 96% de los municipios a la red nacional de fibra óptica y pasando de cinco a nueve accesos de cables submarinos. Asimismo, se generó una mayor oferta de servicios, al alcanzar 9,7 millones de conexiones a Internet banda ancha, y se desarrollaron programas que facilitaron el acceso de todos los colombianos a las TIC, instalando 5.225 kioscos Vive Digital y 237 puntos Vive Digital.

253.En materia de emprendimiento y generación de aplicaciones y contenidos, se instalaron 17 centros de emprendimiento TIC (Vivelabs), se apoyó a más de 55.000 emprendedores por medio del programa Apps.co, se promovió la adopción de las TIC en más de 17.000 mipyme, se digitalizaron más de 1.000 trámites y servicios de alta importancia para los ciudadanos, y se redujo de 20 a cuatro el promedio de niños por terminal (computadores, tabletas) en las escuelas públicas.

254.Estos logros, alcanzados mediante la ejecución del Plan Vive Digital 2010-2014 por parte del MinTIC, se vieron reflejados en el crecimiento del sector, el cual fue de 5,2%, superior a la tasa de crecimiento del PIB nacional para el mismo periodo (5,1%). En materia de masificación del servicio de Internet de banda ancha, en la actualidad existe una penetración del 44% de los hogares. Se estima que en estratos 1 y 2 existen dos millones de hogares que cuentan con conexión de banda ancha, lo cual se alcanzó a través de la implementación de la política gubernamental de subsidios de Internet banda ancha enfocada en los segmentos más pobres.

15.4.1Medidas adoptadas para impedir la utilización de los progresos científicos y técnicos con fines contrarios al disfrute de la dignidad humana y los derechos humanos

255.Todas las investigaciones auspiciadas por Colciencias que demanden la intervención de o con seres humanos requieren la presentación previa de avales éticos, expedidos por Comités de Ética debidamente constituidos. Con dichos avales se asume que los resultados de las investigaciones tienen los alcances declarados en los impactos del proyecto.

15.5Protección efectiva de los intereses morales y materiales de los creadores

256.La Ley 23 de 1982 es el referente normativo principal para la protección efectiva de los intereses morales y materiales de los creadores en Colombia, que se complementa con la Decisión Andina 351 de 1993 de la Comunidad Andina. De acuerdo con este marco, en Colombia los creadores gozan de derechos morales y materiales sobre las obras que producen. (Ver Anexo. 10)

15.6Libertad para la investigación científica y para la actividad creadora

257.El régimen jurídico de derecho de autor vigente en Colombia, protege y promueve la libertad creadora a través del incentivo de los creadores. El derecho de autor es la protección que le otorga el Estado al creador de las obras literarias o artísticas desde el momento de su creación y por un tiempo determinado. Con base en lo anterior, en el país no existe ninguna limitación o restricción a la libertad para la investigación científica y para la actividad creadora distinta de las permitidas y reconocidas en los tratados internacionales ratificados por Colombia sobre derechos de autor y derechos conexos.