Distr.GENERAL

E/C.12/COD/Q/515 de junio de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones

Ginebra, 25 a 29 de mayo de 2009

APLICACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar los informes segundo, tercero, cuarto y quinto de la República Democrática del Congo sobre los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/COD/5)

I. INFORMACIÓN GENERAL

1.Sírvanse indicar si el Tribunal Supremo, creado por ley en agosto de 2008, está ya en pleno funcionamiento. Sírvanse indicar también si el plan de acción para la reforma de la justicia ha sido aprobado por el Comité Mixto sobre Reforma de la Justicia y si contiene medidas precisas para cerciorarse de que las víctimas de la violación de sus derechos económicos, sociales y culturales tienen acceso a recursos judiciales efectivos y qué decisiones y sentencias judiciales se ejecutan actualmente.

2.Sírvanse indicar si el proyecto de ley sobre la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) presentado a la Asamblea Nacional en junio de 2008 ha sido adoptado y en qué medida ha tenido en cuenta el Estado parte las observaciones formuladas por la Oficina del Alto Comisionado para los Derechos Humanos acerca de la designación de los miembros de la Comisión, la financiación de ésta, la protección de sus miembros y la necesidad de disponer de oficinas que la representen en las regiones.

GE.09-42975 (S) 220609 230609

3.Sírvanse facilitar información sobre las medidas tomadas para que el público en general, en particular los maestros, jueces, agentes de policía y otras autoridades públicas conozcan mejor las disposiciones del Pacto. ¿Existe información sobre el Pacto disponible en los idiomas y dialectos minoritarios?

4.Sírvanse indicar en qué medida se ha incorporado el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales en las negociaciones y acuerdos de paz y en qué medida han generado éstos un marco legal interno para su realización.

5.Sírvanse informar al Comité de todas las medidas previstas para proteger a los defensores de los derechos humanos que luchan en favor de los derechos económicos, sociales y culturales, y comentar la información recibida de que corren graves riesgos, en particular cuando denuncian los efectos perjudiciales de las actividades ilegales de minería y tala de agentes privados o los casos de corrupción.

6.Sírvanse indicar si se ha consultado a las organizaciones de la sociedad civil durante la preparación del informe del Estado parte.

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO (ARTÍCULOS 1 A 5)

Párrafo 2 del artículo 1

7.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas tomadas para reducir la deforestación y proteger los derechos económicos, sociales y culturales de las personas que viven en los bosques del país.

8.Sírvanse facilitar al Comité información al día sobre las iniciativas encaminadas a resolver los problemas mencionados en las informaciones recibidas sobre la explotación ilegal, el saqueo y la mala gestión de los recursos naturales del país. Además, sírvanse facilitar también al Comité información sobre la aplicación del Código Minero y el Plan de minería y el proyecto de Kasumbalesa, así como sobre las medidas tomadas para dar seguimiento a los trabajos realizados por la Comisión Lutundula y las conclusiones acerca del marco para la cooperación de la sociedad civil de Ituri adoptadas en marzo de 2008.

9.Sírvanse facilitar información sobre los progresos de la Comisión de Tierras establecida en Ituri en febrero de 2008 y sobre los recursos atribuidos a este mecanismo. Sírvanse facilitar más información sobre el proceso de consulta previsto en su caso para revisar la vigente Ley del suelo, según se indica en el apartado g) del párrafo 209 del informe del Estado parte.

Párrafo 1 del artículo 2

10.Sírvanse facilitar información precisa sobre las medidas tomadas para combatir la corrupción, especialmente entre los funcionarios públicos y en el seno del poder judicial. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas tomadas para garantizar la independencia de la Comisión de Ética y Lucha contra la Corrupción.

Párrafo 2 del artículo 2

11.El Comité toma nota de las disposiciones legales existentes contra la discriminación enumeradas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/5, párrs. 46 a 53), pero desearía recibir más información sobre la situación que reina en el país, en particular en relación con las poblaciones indígenas. Sírvanse proporcionar información detallada sobre los pigmeos e indicar las medidas tomadas por el Estado parte para protegerlos contra la discriminación, los malos tratos y la marginación.

12.Sírvanse indicar qué medidas se propone tomar el Estado parte para acabar con la discriminación contra los albinos y evitar los asesinatos de albinos aparentemente estimulados por la creencia supersticiosa de que la utilización en la brujería de partes del cuerpo de personas que presentan albinismo conduce a la prosperidad.

13.Sírvanse explicar por qué la intervención del Estado parte para proteger a los grupos especialmente vulnerables, incluidas las mujeres y los niños en situación difícil, sigue siendo limitada (E/C.12/COD/5, párrs. 173, 178, 181 y 182). Sírvanse facilitar también información precisa sobre los programas que puedan existir para ayudar a las personas que viven con discapacidad y a sus familias.

Artículo 3

14.Sírvanse explicar por qué no se han suprimido todavía las disposiciones discriminatorias contenidas en los artículos 444 (la mujer debe obedecer a su marido) y 448 (para todo acto jurídico las mujeres necesitan la autorización de su marido) del Código de la Familia.

15.Sírvanse facilitar información sobre el resultado del programa nacional para el progreso de la mujer de 1999 y el documento sobre la integración de 2004. Sírvanse dar también información sobre los recursos atribuidos al Ministerio de Asuntos Relacionados con el Género, las Mujeres y los Niños.

16.Sírvanse indicar si el Estado parte aplica o se propone aplicar una estrategia global que comprenda objetivos y plazos para modificar y eliminar las actitudes culturales negativas y las prácticas y estereotipos que favorecen la discriminación contra la mujer en el Estado parte. El Comité desearía también recibir información sobre toda campaña de sensibilización existente encaminada a eliminar los estereotipos asociados a las funciones tradicionales del hombre y la mujer en la familia y en la sociedad en general.

III. CUESTIONES RELATIVAS A DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DEL PACTO (ARTÍCULOS 6 A 15)

Artículo 6

17.Sírvase indicar qué medidas ha tomado el Estado parte para abolir las disposiciones legales (Ley Nº 76-011 de 21 de mayo de 1976 y su reglamento de aplicación, los artículos 18 a 21 de la Orden legislativa Nº 71/087 de 14 de septiembre de 1971 y la Ordenanza Nº 15/APAJ de 20 de enero de 1938) a que se había referido la Comisión de Expertos de la OIT en Aplicación de Convenios y Recomendaciones.

Artículo 7

18.Sírvanse explicar las razones por las que el salario mínimo garantizado no es aplicable en el sector público (E/C.12/COD/5, párrs. 107 y 108). Sírvanse explicar también por qué se ha fijado el salario mínimo por debajo del umbral de pobreza, en contradicción con el inciso ii) del párrafo a) del artículo 7 del Pacto.

19.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas concretas tomadas para eliminar la disparidad salarial entre hombres y mujeres. Sírvanse facilitar también información sobre los resultados concretos obtenidos con las medidas contra la discriminación contenidas en la Ley Nº 015/2002 de 16 de octubre de 2002 a que se hace referencia en el párrafo 102 del informe del Estado parte.

20.Según la información de que dispone el Comité, aunque decenas de mineros artesanales mueren cada año en accidentes evitables en las minas de cobre y cobalto de Katanga, el Estado parte no ha adoptado todavía una estrategia para su prevención. Sírvanse facilitar más información a este respecto.

21.Sírvanse facilitar información adicional sobre los esfuerzos desplegados (E/C.12/COD/5, párr. 112) para reforzar la inspección del trabajo y proteger a los inspectores contra influencias externas indebidas. En particular, sírvanse informar al Comité sobre la distribución de atribuciones entre la autoridad central y las autoridades provinciales en relación con la organización y el funcionamiento de las estructuras de inspección del trabajo, el nombramiento de su personal y las decisiones presupuestarias relativas a los recursos de la inspección del trabajo.

Artículo 8

22.Sírvanse indicar el seguimiento que se ha dado a las observaciones formuladas por la Comisión de Expertos de la OIT en 2008 sobre la obstrucción de las actividades sindicales en ciertas empresas y sectores administrativos (prohibición de reunirse, prohibición de acceder a las instalaciones, etc.), así como los resultados de las eventuales investigaciones realizadas en los casos de secuestro, tortura, amenazas, intimidación y acoso de dirigentes sindicales.

23.Sírvanse facilitar al Comité información sobre la situación actual del Sr. Nginamau Malaba, presidente del Centro sindical congoleño, y de otros sindicalistas detenidos en enero de 2009.

Artículo 9

24.Aunque se ha tomado nota de que, como se indica en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/5, párr. 146), el sistema de seguridad social funciona incorrectamente, sírvanse facilitar información sobre las medidas concretas que el Estado parte se propone tomar para reconstruir un sistema de seguridad social nacional y sostenible. Indiquen también en qué fase se halla el proyecto de código de la seguridad social que, según había anunciado el Gobierno a la OIT en 2008, se debía examinar en el 13º período de sesiones del Consejo Nacional del Trabajo.

Artículo 10

25.Sírvanse facilitar información sobre la aplicación de la Ley sobre la violencia sexual promulgada en 2006, incluido el número de casos instruidos y enjuiciados.

26.Sírvanse indicar las medidas prioritarias que el Estado parte se propone adoptar para que los servicios de salud sean asequibles económicamente y accesibles a las víctimas de la violencia sexual (E/C.12/COD/5, párr. 174). Sírvanse facilitar también datos sobre el número de mujeres que han recibido indemnizaciones del Estado parte como resultado de la violencia sexual practicada por agentes del Estado.

27.Sírvanse facilitar información sobre la magnitud del problema de la venta de niños y la trata de personas desde y hacia el Estado parte y en el interior del mismo y sobre las medidas tomadas por el Estado parte para identificar a las víctimas de la trata y brindarles la necesaria protección.

28.Sírvanse facilitar información actualizada sobre la situación de los niños tachados de brujos en las ciudades de Kinshasa, Mbuji-Mayi, Kisangani, Lumumbashi y Bukavu. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas tomadas para hacer frente a los graves abusos, malos tratos y violencia infligidos a esos niños y en particular para enjuiciar a los autores (E/C.12/COD/5, párr. 181).

29.Sírvanse facilitar información más concreta sobre las medidas tomadas para proteger a los niños más vulnerables, a saber los niños de la calle, los huérfanos, los niños soldado, los niños víctima de la trata o de la explotación laboral y sexual forzadas, los niños que viven con una discapacidad y los niños víctima de la violencia sexual.

30.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas tomadas por el Estado parte para prohibir las peores formas de trabajo infantil, en particular el empleo de niños muy pequeños, a veces hasta de 5 años de edad, y que trabajan en condiciones peligrosas en las minas.

Artículo 11

31.El Comité pide al Estado parte que aclare si se ha adoptado una estrategia para garantizar una vivienda adecuada a las personas sin hogar y mejorar las condiciones de vivienda descritas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/5, párrs. 214 y 234).

32.Según la información recibida de los organismos y programas de las Naciones Unidas, se dice que las condiciones de detención, en particular el hacinamiento, la penuria de alimentos, la falta de la higiene esencial y de asistencia médica en las prisiones está transformando éstas en verdaderas trampas mortales. Sírvanse facilitar información sobre las medidas tomadas para mejorar las condiciones de detención, especialmente en las prisiones de Goma, Mbuji-Mayi, Mwene-Ditu, Bunia y Kisangani.

Artículo 12

33.Sírvanse indicar las medidas tomadas para garantizar el acceso a los servicios de salud a los grupos más desfavorecidos y marginados, en particular en las regiones donde hasta la fecha no se prestaban en absoluto servicios de esta clase (E/C.12/COD/5, párr. 243).

34.Sírvanse describir las medidas ya tomadas para aplicar el proyecto de ley aprobado el 30 de mayo de 2008 sobre la protección de los derechos de las personas que viven con el VIH/SIDA y de otras personas afectadas (E/C.12/COD/5, párr. 272). En particular, indiquen las medidas de protección adoptadas en favor de los niños contaminados por el VIH y los huérfanos del SIDA.

Artículos 13 y 14

35.Sírvanse especificar cuándo se aumentarán al 10% como mínimo las asignaciones presupuestarias para la educación con objeto de garantizar el acceso gratuito a la enseñanza, según se indica en el párrafo 284 del informe del Estado parte.

36.Sírvanse indicar qué medidas prioritarias se han tomado para garantizar el derecho a la educación de los niños pertenecientes a los grupos más vulnerables y de los que viven en zonas afectadas por conflictos armados. Informen también al Comité sobre las medidas adoptadas para acabar con los estereotipos tradicionales que dificultan la educación de las niñas y garantizar el acceso en pie de igualdad de las niñas y las jóvenes a todos los niveles de la enseñanza, conseguir que las niñas no abandonen la escuela y mejorar la tasa de alfabetización de las mujeres y las niñas.

37.Se ruega al Estado parte que facilite información sobre las medidas tomadas para mejorar la formación profesional y el nivel de vida del personal docente (E/C.12/COD/5, párr. 298 g)).

Artículo 15

38.Sírvanse proporcionar información sobre el impacto del conflicto armado en el ejercicio y el goce del derecho a participar en la vida cultural en todo el territorio del Estado parte.

39.Sírvanse facilitar información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para promover y proteger los derechos de los pueblos indígenas y tribales a ejercer sus derechos culturales enunciados en el apartado a) del párrafo 1 del artículo 15 del Pacto.

40.Sírvanse dar información más concreta sobre las políticas adoptadas y las medidas tomadas para proteger el patrimonio cultural del Estado parte.

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