Naciones Unidas

E/C.12/COD/Q/6

Consejo Económico y Social

Distr. general

31 de marzo de 2020

Español

Original: francés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al sexto informe periódico de la República Democrática del Congo *

I.Información general

1.En relación con el artículo 215 de la Constitución, que establece la primacía de los tratados internacionales sobre las leyes, sírvanse ofrecer ejemplos de decisiones judiciales que se refieran a las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

2.Sírvase proporcionar información sobre las partes del territorio que no están totalmente controladas por el Estado parte debido a la presencia de grupos armados. Faciliten también información sobre las estrategias puestas en marcha para velar por el disfrute de los derechos previstos en el Pacto.

3.Con respecto al informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párrs. 114 y 127) y al hecho de que, según la información disponible, el Servicio de Enlace de Derechos Humanos y la Dependencia de Protección de los Defensores de los Derechos Humanos no están en funcionamiento, sírvanse indicar las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para proteger a los defensores de los derechos humanos y del medio ambiente, que siguen siendo objeto de represalias y que, en algunos casos, han sido encarcelados o asesinados. Indiquen también los obstáculos que están retrasando la aprobación del proyecto de ley de protección de los defensores de los derechos humanos.

4.Sírvanse explicar cómo prevé el Estado parte aplicar los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Indiquen si el Estado parte está considerando la posibilidad de establecer un plan de acción sobre las empresas y los derechos humanos o de elaborar reglamentos que exijan a las empresas ejercer la debida diligencia en materia de derechos humanos.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generalesdel Pacto (arts. 1 a 5)

Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales(art. 1, párr. 2)

5.Habida cuenta de las lagunas existentes en el marco jurídico e institucional por el que se regía el sector minero del Estado parte hasta 2018, sírvanse proporcionar información acerca de los recursos de que disponen las comunidades que fueron trasladadas, desplazadas y reasentadas antes de la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Minería y que se consideran perjudicadas por esas decisiones. Faciliten ejemplos de los recursos utilizados por las comunidades y de sus resultados, entre otras cosas con respecto a las indemnizaciones y compensaciones concedidas.

6.Con respecto a las disposiciones del Reglamento de Minería y su aplicación, sírvase proporcionar información sobre:

a)Los objetivos y la naturaleza de la consulta a la comunidad local prevista en el artículo 2 de la Ley núm. 18/001, de 9 de marzo de 2018, por la que se modifica y complementa la Ley núm. 007/2002, de 11 de julio de 2002, del Código de Minería;

b)Las condiciones que pueden justificar un desplazamiento de población y el proceso de toma de decisiones correspondiente;

c)La asignación de las cuotas de las regalías mineras a las administraciones provinciales y las entidades territoriales descentralizadas previstas en las disposiciones relativas al reparto de dichas regalías;

d)El papel y los derechos de las comunidades locales, incluidas las mujeres, en la adopción de decisiones sobre los proyectos de desarrollo socioeconómico y las especificaciones que definen la responsabilidad social, teniendo en cuenta que las disposiciones del Reglamento de Minería, en particular el artículo 26 de la Ley núm. 18/001, parecen establecer principalmente la responsabilidad del titular de los derechos mineros en la definición y ejecución de esos proyectos y del gobierno provincial en la aprobación de las especificaciones;

e)La gestión, incluida la participación de las comunidades y la sociedad civil, y los mecanismos para asegurar la transparencia en la utilización de las cuotas de las regalías mineras;

f)Las medidas adoptadas para que las disposiciones del Reglamento de Minería y el seguimiento de su aplicación sean coherentes con los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos;

g)La posibilidad de incorporar al Reglamento de Minería disposiciones sobre el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas.

7.Sírvanse explicar, ofreciendo ejemplos, la manera en que los controles realizados por las autoridades del Estado parte, en particular la dirección encargada de la protección del entorno minero, posibilitan el cumplimiento de las disposiciones de la legislación minera y ambiental relativas al principio de quien contamina paga.

Institución nacional de derechos humanos (art. 2, párr. 1)

8.Sírvanse indicar los avances logrados en la aplicación de las recomendaciones formuladas por el Subcomité de Acreditación de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos con respecto al nivel de recursos necesarios, especialmente para la puesta en marcha de oficinas provinciales.

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

9.A fin de poder determinar si el Estado parte utiliza en la máxima medida posible los recursos de que dispone para hacer efectivos los derechos reconocidos en el Pacto, proporcionen información sobre la evolución observada en los diez últimos años con respecto a lo siguiente:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza y del nivel de desigualdad, definido preferiblemente como la relación entre los ingresos totales del 10 % más rico de la población y los ingresos totales del 40 % más pobre;

b)La proporción de los ingresos públicos que procede de los impuestos, diferenciando en particular las regalías mineras;

c)Los tipos impositivos que se aplican a los beneficios empresariales y a la renta de las personas físicas, los tipos del impuesto sobre el valor añadido (excluidos los aplicables a los artículos de lujo, el tabaco y el alcohol, las bebidas azucaradas y refrigerios, y los carburantes) y el porcentaje del total de los ingresos públicos que procede de los impuestos sobre la renta de las personas físicas recaudados entre el decil más rico de la población;

d)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y la proporción del gasto público total destinado a asuntos sociales (empleo, seguridad social, alimentación, vivienda, agua y saneamiento, salud, educación y cultura), desglosado por provincias y zonas rurales o urbanas, con una actualización de los datos que figuran en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 139), así como explicaciones de cualquier reducción de asignaciones presupuestarias, como en el caso de la salud;

e)El porcentaje del gasto público destinado a la defensa y la seguridad pública;

f)Los niveles absolutos de gasto social ajustados según la inflación.

10.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de la lucha contra la corrupción y de la política fiscal, incluida la revisión de la legislación minera, en la capacidad del Estado parte de movilizar más recursos nacionales que poder invertir en dar efectividad a los derechos económicos, sociales y culturales. Sobre ese particular, informen sobre la incidencia de las medidas de lucha contra la corrupción descritas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párrs. 118 a 126), incluidos datos sobre: a) el número de casos presentados al Fiscal General de la República en los últimos cinco años; b) las sanciones aplicadas a los autores, y c) los bienes obtenidos por actos de corrupción que se hayan recuperado.

No discriminación (art. 2)

11.Faciliten información, incluidos datos estadísticos, sobre el disfrute de los derechos a la salud, la educación, la vivienda, el agua y el saneamiento por los grupos desfavorecidos (niños, personas con discapacidad, desplazados y refugiados, pueblos indígenas, personas con albinismo y personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales). Además, en espera de la aprobación de la ley mencionada en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 144), sírvanse indicar qué asistencia se presta a las personas con discapacidad a fin de que no tengan que mendigar para sobrevivir. Indiquen también si el Estado parte tiene previsto aprobar una legislación amplia que proteja contra la discriminación en todas las esferas.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

12.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para que las mujeres, muchas de las cuales trabajan en el sector de la minería, puedan obtener más ingresos con sus actividades y estén mejor protegidas contra la violencia.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicasdel Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

13.Sírvanse proporcionar información que muestre la incidencia de los proyectos y programas enumerados en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 39), con datos estadísticos que muestren la evolución del desempleo y el subempleo en los últimos cinco años, desglosados por sexo, situación de discapacidad, grupo de edad y provincia, así como de los desempleados beneficiarios de servicios de la Oficina Nacional de Empleo.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

14.A falta de un sistema de indización, sírvanse explicar cómo se asegura el Estado parte de que el salario mínimo nacional permita a los trabajadores y a su familia disfrutar de un nivel de vida digno. Faciliten información sobre las conclusiones extraídas tras el reciente despliegue de inspectores y controladores laborales sobre el terreno para controlar la aplicación de las leyes y reglamentos de trabajo y seguridad social. Indiquen además si el Estado parte prevé reforzar la protección jurídica contra la discriminación en el lugar de trabajo.

15.Habida cuenta del alcance de la economía no estructurada en el Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a los obstáculos a la estructuración y sus efectos, incluida una actualización de los datos estadísticos presentados en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 42). Indiquen también qué mecanismos existen para hacer valer los derechos básicos a condiciones de trabajo justas y favorables en la economía no estructurada.

16.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para que se respete el derecho de los trabajadores a condiciones de trabajo justas y favorables en el sector minero. En particular, describan las medidas adoptadas en respuesta a las denuncias de incumplimiento de las normas de salud y seguridad en explotaciones mineras tanto artesanales como de multinacionales, que pone en riesgo la salud y la seguridad de los trabajadores y sus familias. Proporcionen también datos estadísticos sobre las denuncias de explotación y comercio ilícitos de productos mineros como resultado de vulneraciones de las leyes de protección de los derechos humanos, los derechos del niño o los derechos de la mujer, de conformidad con el artículo 28 de la Ley núm. 18/001.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

17.Habida cuenta de la información según la cual la ampliación de la cobertura de seguridad social prevista en la Ley núm. 16/009, de 15 de julio de 2016, por la que se establecen las normas relativas al régimen general de seguridad social se limita a trabajadores de la economía formal (E/C.12/COD/6, párrs. 48 y 51), sírvanse proporcionar información sobre los ejes de la reforma de la seguridad social previstos por la comisión creada a tal efecto. A este respecto, faciliten información reciente sobre la aplicación de la Ley Orgánica núm. 17/002, de 8 de febrero de 2017, que establece los principios fundamentales relativos a las mutualidades, mencionada en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 78), y cuyo objeto es ampliar gradualmente la protección social a toda la población. Además, en espera de esa reforma, indiquen de qué formas de asistencia social pueden beneficiarse los grupos más desfavorecidos y marginados en caso de pérdida de ingresos, como las mujeres que, cuando están embarazadas, se ven obligadas por ley a cesar sus actividades en las minas artesanales.

Protección de la familia y el niño (art. 10)

18.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas enumeradas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 166) en la reducción del número de niños de la calle, y, en general, en el número de niños que no asisten a la escuela, incluidos los niños soldados, así como en el disfrute de los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado, incluidos los derechos a la vivienda y a la alimentación. Informen asimismo de los efectos de la aplicación del Plan de Acción trienal 2017-2020 en la reducción del trabajo infantil en el sector de la minería. Faciliten además información sobre las medidas de expulsión de niños y mujeres embarazadas que se adoptaron durante la misión de inspección en la provincia de Ituri en 2016 y otras misiones similares, así como sobre las disposiciones tomadas para reforzar los servicios y las estructuras de atención a los niños en las regiones mineras.

19.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para: a) luchar contra la estigmatización de los supervivientes de la violencia sexual y sus hijos, y b) mejorar su acceso a la atención de la salud, incluidos los servicios de salud mental, y a medios de subsistencia que les permitan disfrutar de un nivel de vida adecuado. Faciliten datos estadísticos recientes (hasta 2019) sobre el número de personas que se han beneficiado de esas medidas y su situación socioeconómica.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

20.Habida cuenta de que el Plan Nacional de Desarrollo Estratégico al que se hace referencia en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 168) tiene por objeto que el país alcance a medio plazo la condición de país emergente, sírvanse describir lo que aporta en comparación con planes de desarrollo anteriores que solo han permitido una reducción moderada de la pobreza extrema en el Estado parte. En particular, expliquen cómo se espera que el Plan haga llegar los beneficios económicos previstos a los grupos más desfavorecidos y marginados, incluidos los desplazados internos y los refugiados.

21.Sírvanse proporcionar información sobre la incidencia que han tenido las medidas descritas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 171) en la reducción de la pobreza y la malnutrición en las zonas rurales. Faciliten también información acerca de las medidas concretas de adaptación al cambio climático adoptadas por el Estado parte, en particular para los hogares y las personas cuyo sustento depende de los recursos naturales.

22.Faciliten una estimación del déficit de viviendas asequibles y sociales en el Estado parte e indiquen si el Estado parte prevé medidas distintas de las descritas en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párrs. 74 y 75) para dar efectividad de manera progresiva al derecho a la vivienda, también en las zonas rurales, donde la gran mayoría de las casas están hechas de materiales no duraderos. Exponga en detalle, con apoyo de datos estadísticos, las repercusiones de la aplicación del Programa Participativo de Mejora de los Barrios de Viviendas Precarias, mencionado en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 172).

23.Sírvanse proporcionar información, con apoyo de datos estadísticos, sobre los avances logrados desde la promulgación de la Ley núm. 15/026 del Agua, de 31 de diciembre de 2015, uno de cuyos objetivos es mejorar la tasa de acceso al agua potable. Expliquen asimismo cómo alivia el Estado parte la carga financiera de los hogares de algunas zonas rurales que, según la información disponible, pueden llegar a gastar más de la mitad de sus ingresos para tener acceso a agua potable.

24.Sírvanse indicar los efectos de la aplicación de la política nacional de saneamiento en la mejora del tratamiento de los desechos y las aguas residuales, así como en el sistema de saneamiento, en las zonas urbanas del Estado parte. Proporcionen también información actualizada sobre las medidas que se hayan adoptado, como la tasa de saneamiento, para financiar de manera sostenible los servicios de saneamiento, velando al mismo tiempo por que no impongan ninguna carga adicional a los grupos más desfavorecidos y marginados.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

25.Sírvanse describir la manera en que el Plan Nacional de Desarrollo Sanitario 2016‑2020, mencionado en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 76), ha mejorado la cobertura sanitaria en el país, así como la tasa de acceso de la población a los servicios disponibles, considerando que la baja utilización de esos servicios es uno de los problemas prioritarios que se trata de resolver con el plan. Expliquen cómo ha fortalecido el plan la capacidad del sistema de salud para responder a epidemias y emergencias sanitarias.

26.Sírvanse explicar la manera en que el Plan Estratégico Nacional de Respuesta al VIH/Sida 2018-2021: a) soluciona las frecuentes interrupciones en el suministro y la distribución de insumos; b) reparte los recursos teniendo en cuenta las disparidades provinciales en la prevalencia del VIH y el sida, y c) alivia la carga financiera asociada a los tratamientos que soportan en los hogares.

27.Habida cuenta de la información proporcionada en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párrs. 97 y 98), sírvanse describir las medidas adoptadas para aumentar significativamente la oferta de servicios de salud mental, incluidos los de carácter comunitario, entre otras en las zonas afectadas por los conflictos.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

28.Sírvanse indicar en qué medida el aumento del presupuesto para educación se ha traducido en una prestación efectiva de enseñanza primaria gratuita en las escuelas públicas. Expliquen en qué consiste la política de ampliación del acceso a la educación preescolar pública, especialmente para los grupos más desfavorecidos y marginados. Indiquen también cómo ha puesto en práctica el Estado parte los compromisos asumidos en la Declaración sobre Escuelas Seguras. En ese sentido, expliquen la manera en que el Estado parte: a) previene el reclutamiento de niños por grupos armados; b) protege las infraestructuras escolares de ataques de grupos armados o de grupos paramilitares o de autodefensa; y c) mitiga los efectos desproporcionados que tienen los conflictos en el acceso de las niñas a la educación.

29.Sírvanse proporcionar información sobre las deliberaciones mantenidas con miras a mejorar la oferta de servicios de enseñanza técnica y terciaria, así como de formación profesional, a fin de que los jóvenes puedan encontrar empleo y realizarse.

Derechos culturales (art. 15)

30.Sírvanse explicar los obstáculos que retrasan la aprobación de la proposición de ley sobre la protección y promoción de los derechos de los pueblos indígenas a que se hace referencia en el informe del Estado parte (E/C.12/COD/6, párr. 27).