LISTA DE CUESTIONES QUE DEBEN ABORDARSE AL EXAMINAR EL SEGUNDO INFORME PERIÓDICO DE GEORGIA SOBRE LOS DERECHOS ENUNCIADOS EN LOS ARTÍCULOS 1 A 15 DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES YCULTURALES (E/1990/6/Add.31)

I. MARCO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DEL PACTO

A. Territorio y población

1.Según el informe, en los últimos años han abandonado el país 1,5 millones de habitantes, principalmente por razones económicas. Proporcionen información sobre las medidas efectivas que ha adoptado el Estado Parte para poner freno al flujo de georgianos que abandonan el país.

2.Sírvanse informar de la situación de los desplazados internos dentro del país (280.000 personas), así como indicar qué medidas ha adoptado el Estado Parte para garantizar que disfruten de los derechos económicos, sociales y culturales.

B. Marco normativo general de protección de los derechos humanos

3.¿Ha elaborado el Estado Parte un plan de acción en materia de derechos humanos como recomendó el Comité en sus observaciones finales acerca del informe inicial de Georgia (E/C.12/1/Add.42)?

GE.01-46565 (S) 230102 250102

4.¿Tiene pensado ratificar los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) Nos. 2 (sobre el desempleo), 81 (sobre la inspección del trabajo), 102 (sobre la seguridad social (norma mínima)) y 182 (sobre las peores formas de trabajo infantil)?

C. Información sobre los derechos reconocidos en el Pacto

5.Sírvanse informar sobre las medidas que adopta el Estado Parte para dar a conocer a la población y a los funcionarios públicos, en particular los encargados de hacer cumplir la ley, los derechos reconocidos en el Pacto.

6.Proporcionen información sobre el mandato, competencia y grado de independencia del Comité de Protección de los Derechos Humanos y de Relaciones Étnicas.

7.Informen de la educación en materia de derechos humanos que se imparte en las escuelas y universidades del Estado Parte.

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALESDEL PACTO (Artículos 1 a 5)

Párrafo 2 del artículo 2 - No discriminación

8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que el Estado Parte ha adoptado para corregir la situación en virtud de la cual la mayoría de las mujeres hacen trabajos peor remunerados y no están suficientemente representadas en los cargos oficiales ni en la dirección de las empresas (párrafo 88 del informe). Informen también sobre la considerable discrepancia en el sueldo de hombres y mujeres y las medidas adoptadas para resolver este problema.

Artículo 3 - Igualdad de derechos del hombre y la mujer

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para garantizar la igualdad en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales e información actualizada sobre la aplicación del Plan Nacional de Acción adoptado en este sentido, como piden las observaciones finales del Comité (párr. 27).

III. CUESTIONES RELATIVAS A DETERMINADOS DERECHOSRECONOCIDOS EN EL PACTO (Artículos 6 a 15)

Artículo 6 - Derecho al trabajo

10.Faciliten datos estadísticos actualizados sobre el número de desempleados del país, así como sobre las medidas adoptadas para resolver este problema.

11.Sírvanse explicar cuál es la línea divisoria entre los desempleados y los trabajadores por cuenta propia (que según el párrafo 25 del informe del Estado Parte, constituyen cerca del 58% de la fuerza laboral).

12.Expliquen si en virtud del Programa Nacional de Empleo se ha adoptado alguna medida para combatir el desempleo (párrafo 40 del informe). Expliquen también si se ha creado el servicio oficial de empleo (párrafo 42 del informe).

13.Sírvanse proporcionar la información más reciente sobre la formación profesional de los desempleados, así como sobre el readiestramiento de especialistas (párrafo 58 del informe). Expliquen por qué casi la mitad de los desempleados que recibieron formación profesional no obtuvieron el certificado correspondiente.

14.Proporcionen información sobre las medidas que se hayan adoptado para que los discapacitados tengan más oportunidades de trabajar, como recomiendan las observaciones finales del Comité (párr. 25).

Artículo 7 - Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

15.Informen de las medidas que ha adoptado el Estado Parte para resolver el problema del bajo nivel de remuneración durante el período comprendido entre el informe inicial y el segundo informe periódico.

16.Indiquen las medidas que haya adoptado el Estado Parte para garantizar que los trabajadores perciban su paga a tiempo, como recomiendan las observaciones finales del Comité (párr. 24).

17.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los accidentes laborales y sobre las medidas adoptadas para resolver este problema.

Artículo 8 - Derechos sindicales

18.Faciliten información estadística o de otra índole, correspondiente a los últimos cinco años sobre el número de personas de la población económicamente activa que están sindicalizadas.

19.Sírvanse proporcionar información sobre el derecho a la huelga, así como sobre las causas y frecuencia de las huelgas.

Artículo 9 - Derecho a la seguridad social

20.Sírvanse proporcionar información sobre el funcionamiento y los resultados del Programa Social del Estado que se menciona en el párrafo 103 del informe.

21.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los programas especiales del Estado para los discapacitados que se mencionan en el párrafo 115 del informe.

22.Faciliten datos sobre el gasto público en la esfera social, así como información sobre los programas sociales iniciados por el Estado Parte, e indiquen si las prestaciones sociales son suficientes para llevar un nivel de vida adecuado.

23.Faciliten información sobre la relación existente entre la cuantía de las distintas prestaciones sociales (pensiones y prestaciones de desempleo) e indiquen si son suficientes para tener un nivel de vida adecuado.

24.Indiquen el modo de determinar el grado mínimo de subsistencia.

Artículo 10 - Protección de la familia, la madre y el niño

25.Informen de la aplicación de las recomendaciones del Comité con respecto a las medidas adoptadas por el Estado Parte para evitar la violencia doméstica, sobre todo contra mujeres y niños (párrafo 27 de las observaciones finales).

26.Proporcionen las estadísticas más recientes sobre el número de matrimonios, divorcios y nacimientos en los últimos cinco años.

27.Faciliten estadísticas actualizadas sobre el trabajo infantil, en especial en lo que respecta a los niños de entre 7 y 17 años de edad.

28.Faciliten información sobre la aplicación de las recomendaciones del Comité en relación con la mendicidad infantil (párrafo 28 de las observaciones finales), así como con el problema de la pornografía y la prostitución infantiles.

Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado

29.Proporcionen información sobre el modo de determinar el salario mínimo e indiquen si es suficiente para tener un nivel de vida adecuado.

30.Describan las medidas que haya adoptado el Estado Parte para dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo 23 de las observaciones finales del Comité, sobre todo en lo que respecta al umbral de la pobreza.

31.En el informe del Estado Parte se indica que en el país cada vez se consumen menos alimentos básicos (párr. 157), aunque "ha mejorado de manera importante el suministro de alimentos a la población" (párr. 164). Sírvanse explicar esta contradicción y dar información actualizada sobre la producción y el consumo de alimentos.

32.Proporcionen datos actualizados sobre la vivienda, en especial sobre el gasto público en la construcción de viviendas de bajo costo. En este sentido, sírvanse dar información sobre el problema de las personas sin hogar.

Artículo 12 - Derecho a la salud física y mental

33.Faciliten información sobre la marcha de la ejecución del plan estratégico de desarrollo de la sanidad pública en el período comprendido entre 2000 y 2009 (párrafo 189 del informe).

34.Proporcionen información actualizada sobre la reducción en la financiación de los programas de protección de la salud en 1998‑2000 (párrafo 190 del informe).

35.Faciliten información actualizada, especialmente en lo que respecta a las medidas legislativas, sobre la protección de la salud de los grupos más vulnerables (párrafos 204 a 206 del informe), en particular las familias de bajos ingresos, los desplazados internos y los discapacitados.

36.Proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para acrecentar la información y los conocimientos acerca de la higiene de la reproducción y la vida sexual de la población, como recomiendan las observaciones finales del Comité (párr. 30).

Artículos 13 y 14 - Derecho a la educación

37.En el párrafo 240 del informe se menciona la constante financiación insuficiente del sistema de enseñanza. Faciliten información actualizada sobre la inversión presupuestaria en la enseñanza.

38.Proporcionen información actualizada sobre el alcance de la deserción escolar y las medidas que adopte el Estado Parte para resolver este problema. Informen del número de niños en edad escolar que no asisten a la escuela.

Artículo 15 - Derecho a participar en la vida cultural

39.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las asignaciones presupuestarias para actividades culturales.

40.Proporcionen información sobre el número de publicaciones periódicas, o de programas de radio y televisión, en los idiomas de las minorías de Georgia.

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