Distr. GENERAL

E/C.12/Q/UZB/1 14 de diciembre de 2004

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones

29 de noviembre a 3 de diciembre de 2004

APLICACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el informe inicial de Uzbekistán respecto de los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1990/6/Add.63)

GE.04-45250 (S) 301204 301204

I. MARCO GENERAL PARA LA APLICACIÓN DEL PACTO

Sírvanse indicar cuál es la base constitucional que permite incorporar automáticamente los tratados internacionales ratificados por el Estado Parte en el ordenamiento jurídico interno, y si las normas del derecho internacional priman sobre la legislación nacional.

Sírvanse indicar si el Estado Parte tiene previsto adoptar y aplicar un plan de acción nacional sobre los derechos humanos de conformidad con la Declaración y Programa de Acción de Viena de 1993.

Sírvanse indicar si el Estado Parte se propone establecer una institución nacional de derechos humanos de conformidad con los Principios de París (resolución 48/134, anexo, de la Asamblea General), con el mandato de promover y proteger todos los derechos humanos, incluidos los derechos económicos, sociales y culturales.

Sírvanse precisar si el Ombudsman es competente para recibir denuncias de los ciudadanos respecto de los derechos económicos, sociales y culturales, y si tiene competencia para formular recomendaciones a las autoridades.

Según lo indicado en el párrafo 77 del informe, el Centro Nacional de Derechos Humanos, órgano del poder ejecutivo, tiene, entre otras, la función de coordinar las actividades de las organizaciones no gubernamentales (ONG) que se ocupan de los derechos humanos. Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado Parte para garantizar la independencia de las ONG.

Sírvanse indicar de qué manera se garantiza la independencia del poder judicial. ¿Cuál es el procedimiento para nombrar a los jueces y para destituirlos del cargo? ¿Cuál es su nivel de remuneración en relación con los miembros de los demás poderes públicos?

Sírvanse explicar los motivos por los que el Estado Parte aún no ha ratificado varios convenios importantes de la OIT, entre otros, los Convenios Nos 81, 87, 102, 138, 174 y 182, e indicar si el Estado Parte tiene previsto ratificar alguno de estos convenios.

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO (ARTÍCULOS 1 A 5)

Párrafo 2 del artículo 2 - No discriminación

Sírvanse indicar qué medidas efectivas ha adoptado el Estado Parte para velar por que las minorías étnicas que viven en Uzbekistán no sean objeto de discriminación.

Sírvanse indicar en qué medida los extranjeros residentes en el Estado Parte gozan de los derechos reconocidos en el Pacto.

Artículo 3 - Igualdad entre hombres y mujeres

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas por el Estado Parte para prevenir la discriminación contra la mujer en su disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales.

III. CUESTIONES RELATIVAS A DISPOSICIONES CONCRETAS DEL PACTO (ARTÍCULOS 6 A 15)

Artículo 6 - Derecho a trabajar

Sírvanse indicar si el Estado Parte ha adoptado un plan de acción para combatir el desempleo. En caso afirmativo, sírvanse describir su contenido, los programas de formación en el trabajo establecidos para los desempleados y los resultados logrados.

Sírvanse precisar los criterios aplicados para calcular las cifras relativas al nivel de desempleo que se dan en el informe del Estado Parte, e indicar también cómo ha evolucionado el nivel de desempleo en los últimos cinco años.

Sírvanse indicar y describir los programas de formación técnica y profesional ofrecidos en los últimos años, el contenido de esos programas y los resultados obtenidos.

Artículo 7 ‑ Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Sírvanse describir los criterios y procedimientos utilizados para fijar, controlar y ajustar el salario mínimo y precisar hasta qué punto se respeta en el sector privado. Sírvanse adjuntar cifras sobre la evolución del salario mínimo en relación con la evolución del costo de la vida en los últimos cinco años.

Sírvanse indicar si en el sector público existen reglamentos sobre la promoción profesional y la contratación mediante concurso o cualquier otro método que garantice la igualdad de oportunidades, en particular para las mujeres.

Artículo 8 ‑ Derechos sindicales

Sírvanse proporcionar más información sobre los requisitos para la creación de sindicatos y centrales de trabajadores.

Dado que la legislación uzbeca no reconoce el derecho de huelga, sírvanse indicar si el Estado Parte tiene la intención de establecer el derecho de huelga en su legislación para cumplir con las obligaciones asumidas en virtud de las disposiciones del apartado d) del párrafo 1 del artículo 8 del Pacto.

Artículo 9 - Derecho a la seguridad social

Sírvanse facilitar más información sobre el nivel de las pensiones de jubilación en función de la edad, así como sobre el subsidio de desempleo, en comparación con el salario mínimo obligatorio, el nivel del salario medio y la evolución de la inflación.

Artículo 10 - Protección de la familia, la madre y el niño

Sírvanse describir las medidas encaminadas a proteger a los niños contra toda forma de explotación y a impedir su empleo en trabajos que pongan en peligro su vida, perjudiquen su salud, o impidan su desarrollo. Sírvanse indicar también el límite de edad por debajo del cual se prohíbe el trabajo infantil asalariado.

Sírvanse comunicar las medidas efectivas que ha adoptado el Estado Parte para combatir el problema de la violencia en el hogar, especialmente contra la mujer.

Sírvanse indicar de qué manera se ocupa el Estado Parte del problema de los niños abandonados, y explicar si los hogares de guarda, incluidos los llamados hogares para lactantes, protegen adecuadamente los derechos del niño.

Sírvanse indicar qué medidas efectivas ha adoptado el Estado Parte para hacer frente al problema de la trata de personas, especialmente de mujeres y niños.

Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado

Sírvanse describir las medidas adoptadas para conservar y proteger las fuentes de agua requeridas para la agricultura y para satisfacer las necesidades de la población.

Sírvanse facilitar información sobre la realización del derecho a la vivienda, la protección de los inquilinos contra la expulsión arbitraria, la construcción de viviendas sociales para los grupos más desfavorecidos y las medidas para solucionar el problema de las personas sin techo.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte para mejorar las condiciones en las cárceles, especialmente para reducir el hacinamiento, y para mejorar el estado de salud de los reclusos.

Artículo 12 - Derecho a la salud física y mental

Sírvanse facilitar explicaciones acerca de la fuerte disminución de la proporción del presupuesto del Estado dedicada a la salud pública, que de 4,6% en 1992 pasó a 2,4% en 2002 (párrafo 335 del informe).

Sírvanse describir brevemente los cambios importantes efectuados en el sistema de salud pública a raíz de la reforma introducida por el Decreto Nº DP‑2107 de 10 de noviembre de 1998, indicando en particular los efectos en las prestaciones de atención de salud y la forma en que se financia el sistema de seguro de enfermedad.

Sírvanse indicar qué medidas ha adoptado el Estado Parte para reducir las tasas de mortalidad maternoinfantil.

Sírvanse describir el procedimiento por el que se fijan los precios de los medicamentos y los suministros médicos, establecido en virtud de la decisión del Consejo de Ministros Nº 19 de 14 de enero de 1999 (párrafo 382 del informe).

Sírvanse informar de las medidas adoptadas para combatir el abuso de alcohol, el hábito de fumar y el consumo de drogas ilícitas.

Sírvanse indicar qué medidas está adoptando el Estado Parte para prevenir la propagación del VIH/SIDA.

Artículo 13 - Derecho a la educación

Sírvanse describir las medidas adoptadas o previstas para garantizar la igualdad de acceso en todos los niveles de la enseñanza, tales como incentivos económicos, becas de estudios y otras medidas en favor de alumnos del medio rural o pertenecientes a familias de bajos ingresos.

Artículo 15 - Derechos culturales

Sírvanse informar sobre el nivel de utilización actual del uzbeco en la enseñanza y la vida cultural del país, incluidos los libros y la prensa, el teatro, la radio y la televisión).

Sírvanse describir las medidas legislativas y de otro tipo adoptadas para proteger los intereses intelectuales y materiales de los autores de obras científicas, literarias y artísticas.

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