Consejo Económico y SocialE

Distr.GENERAL

E/C.12/Q/VEN/127 de mayo de 2000

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALESGrupo de Trabajo anterior al período de sesiones15 a 19 de mayo de 2000

APLICACIÓN DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOSECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el segundo informe periódico deVenezuela sobre los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacionalde Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/1990/6/Add.19)

I. INFORMACIÓN GENERAL

A. Territorio y población

1.El Comité pide los datos más recientes sobre la población total, varones y mujeres, mortalidad maternoinfantil y esperanza de vida, que actualicen los que figuran en el párrafo 1 del informe básico (HRI/CORE/1/Add.3), así como en el párrafo 2 del mismo informe sobre el desglose de la población por edades.

2.Sírvase informar sobre la situación de la población indígena que en el informe periódico se calcula sólo en el 1,5% de toda la población y que se considera uno de los grupos con las peores condiciones de vida, y sobre los resultados del plan de utilización de la reserva de IMATACA que afecta a los pemones, arawakos y kariñas.

3.El Comité desearía disponer de información sobre los resultados de la Ley de reforma agraria y sobre su incidencia en la devolución de las tierras ancestrales a las comunidades indígenas.

GE.00-42368 (S)

B. Marco normativo general de protección de los derechos humanos

4.Sírvase informar si los súbditos venezolanos pueden invocar el Pacto y los derechos proclamados en él ante los tribunales y si existe jurisprudencia al respecto.

5.Sírvase informar sobre la situación de los derechos económicos, sociales y culturales en la Constitución en particular y en el ordenamiento jurídico en general.

6.Sírvase indicar la posición del Gobierno de Venezuela con respecto a la aprobación de un protocolo facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

C. Información y publicidad respecto de los derechos reconocidos en el Pactoy en otros instrumentos internacionales de derechos humanos

7.Sírvase indicar las medidas adoptadas para informar al público, los órganos gubernamentales, poder judicial, funcionarios, policías y organizaciones no gubernamentales del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y de los demás instrumentos de derechos humanos, así como de los comentarios generales y recomendaciones de los órganos creados en virtud de tratados de derechos humanos.

8.¿Hasta qué punto han participado en la elaboración del informe las organizaciones no gubernamentales?

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO (arts. 1 a 5)

Artículo 2 - No discriminación

9.Según informaciones recibidas en el Comité, además de soportar duras condiciones de vida como se reconoce en el informe, los grupos indígenas son objeto de actos de violencia con carácter xenófobo e incluso de ejecuciones extrajudiciales, separación carcelaria del resto de los reclusos, falta de atención de la salud, malos tratos por parte de la policía, etc. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado Parte para mejorar la situación de estos grupos?

10.El Comité desearía conocer la posición del Estado Parte respecto de la ratificación del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre poblaciones indígenas y tribales.

11.El Comité, consciente de las dificultades que ha supuesto para el Estado Parte hacer frente con rapidez y eficacia a las lluvias torrenciales y las inundaciones que han conmovido a la comunidad internacional, desearía conocer el alcance del socorro internacionales y las medidas que ha adoptado el Estado Parte para ayudar a los más necesitados.

Artículo 3 - Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

12.Sírvase indicar si el Estado tiene la firme voluntad de lograr la plena igualdad de derechos entre hombres y mujeres en todos los campos del derecho y si todavía las mujeres, por tradición o pautas culturales, son objeto de discriminaciones como ocurre con el derecho a transmitir la nacionalidad de los venezolanos casados con extranjeras, del que no disfrutan las venezolanas casadas con extranjeros.

III. CUESTIONES RELATIVAS A DISPOSICIONES ESPECÍFICAS DEL PACTO (arts. 6 a 15)

Artículo 6 - Derecho a trabajar

13.Sírvase actualizar los datos contenidos en el cuadro que figura en el párrafo 38 del informe sobre la evolución del desempleo, por sexo y edad.

14.¿Qué medidas ha tomado el Estado Parte para proteger a los trabajadores del sector no estructurado?

15.Sírvase informar sobre las medidas para fomentar el empleo de personas con discapacidades.

16.Sírvase indicar los resultados obtenidos por el Consejo Nacional de la Mujer en la promoción profesional de las mujeres de Venezuela.

17.Sírvase proporcionar la información más reciente sobre los resultados de los programas de formación de recursos humanos (Programa Nacional de Aprendizaje, Programa de Formación de la Empresa, Programa de Deducciones y Programa de Capacitación y Empleo Joven) y de los programas de capacitación técnica y profesional, especialmente los del Instituto Nacional de Cooperación Educativa (número de alumnos por sexo, colocaciones logradas, tipos de contratos, etc.) en los últimos cinco años (párrafos 50 a 58 del informe).

Artículo 7 - Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

18.Sírvase indicar el mecanismo utilizado para fijar el salario mínimo y para ajustarlo al costo de la vida, en virtud de la Ley orgánica del trabajo de 1997 y si existen colectivos de trabajadores que perciben salarios inferiores a éste.

19.Sírvase facilitar la información estadística más reciente sobre el número de accidentes de trabajo y de enfermedades profesionales en los cinco últimos años, por sector económico, sexo y grupo de edad.

20.Sírvase indicar el número de trabajadores que se encuentren en situación de desempleo involuntario y las ayudas concedidas por el Estado una vez agotados los plazos reglamentarios, y si los trabajadores del sector no estructurado reciben ayudas.

21.Sírvase informar sobre las condiciones de empleo de extranjeros en Venezuela.

Artículo 8 - Derechos sindicales

22.Sírvase informar sobre los resultados de la aplicación de la Ley orgánica del trabajo en lo que se refiere a la representatividad de los trabajadores y a las sanciones en caso de discriminación antisindical y de injerencia, y sobre los requisitos para fundar sindicatos de trabajadores y empleadores y sobre el período de residencia exigido a los trabajadores extranjeros para poder formar parte de las juntas directivas de los sindicatos, cuestiones planteadas por el Comité de Expertos en Convenios y Recomendaciones de la OIT en sus observaciones relativas a los Convenios Nº 87, sobre libertad sindical y protección del derecho de sindicación y Nº 98, sobre derecho de sindicación y negociación colectiva en 1999.

23.Sírvase informar sobre el número de huelgas autorizadas o no en los últimos cinco años.

Artículo 9 - El derecho a la seguridad social

24.Sírvase facilitar información más detallada sobre la protección que otorga el régimen de seguridad social ("enfermedades comunes, prestaciones de maternidad, vejez e invalidez, prestaciones a parientes supérstites, prestaciones por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, prestaciones de desempleo, prestaciones familiares y régimen de pensiones y jubilaciones", que se señalan en el párrafo 121 del informe), sobre sus características principales, requisitos, cuantía en relación con el salario mínimo, incompatibilidades, etc.

25.Sírvase señalar si la jubilación es forzosa a determinada edad en el sector privado y en la función pública y si existen diferencias al respecto por razón de sexo.

26.Sírvase decir si el régimen de seguridad social ampara a todos los trabajadores venezolanos y extranjeros residentes en el país o si existen colectivos que no están protegidos.

27.Sírvase indicar si, de acuerdo con las recomendaciones de 1999 del Comité de Expertos de la OIT en relación con el Convenio Nº 3 sobre protección de la maternidad, se han tomado medidas para extender las prestaciones de maternidad (indemnizaciones sustitutorias por maternidad y asistencia médica) a todas las trabajadoras del territorio nacional.

28.Sírvase informar sobre la percepción de prestaciones en caso de que los beneficiarios no residan en Venezuela, ya sean nacionales del país o de cualquier otro Estado que hubiera aceptado las obligaciones del Convenio Nº 118 de la OIT sobre igualdad de trato (seguridad social), ratificado por Venezuela, sin tener en cuenta la existencia de acuerdos de reciprocidad.

Artículo 10 - Protección a la familia, a las madres y a los niños

29.Sírvase facilitar información sobre el número de divorcios o separaciones de cónyuges en los últimos cinco años.

30.Sírvase informar sobre la amplitud del fenómeno de la violencia contra la mujer y los niños y las medidas adoptadas para combatirlo.

31.Sírvase informar sobre la situación de los niños pertenecientes a grupos vulnerables y necesitados (niños abandonados o dispacitados, niños que viven o trabajan en la calle o que viven en la pobreza) y las medidas que ha tomado el Gobierno para resolver estos problemas.

Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado

32.Sírvase actualizar los datos contenidos en el cuadro sobre la "Evolución del porcentaje de hogares en situación de pobreza 1984-1995 (segundo semestre)", que figura en el párrafo 184 del informe.

33.Sírvase facilitar información sobre el número de personas y de familias que carecen de vivienda y las que viven en condiciones inadecuadas y las medidas adoptadas por el Gobierno para remediar la situación, y sobre los resultados de los programas PROVIS, PROMUEVA, PROINSOL, etc., que se mencionan en el párrafo 208 del informe.

34.Sírvase informar sobre las medidas que haya adoptado el Gobierno para ayudar a víctimas de inundaciones, en particular para que su nivel de vida sea adecuado.

Artículo 12 - Derecho a la salud

35.Sírvase indicar si se ha adoptado alguna medida para combatir el embarazo de adolescentes o los abortos clandestinos.

36.Sírvase facilitar la información más reciente sobre la tasa de mortalidad maternoinfantil.

37.Sírvase informar sobre las medidas eficaces que se están adoptando para proteger el medio ambiente de derrames de hidrocarburos y de la degradación de las zonas forestales del país.

Artículos 13 y 14 - Derecho a la educación

38.Sírvase proporcionar datos estadísticos, desglosados por sexo, sobre la tasa de analfabetismo en los últimos cinco años e indicar las medidas que ha tomado el Estado Parte para atacar este problema.

39.Sírvase facilitar los datos estadísticos más recientes, desglosados por sexo, sobre el número de alumnos en los distintos niveles de enseñanza, así como sobre los índices de ausencias en los últimos cinco años.

40.Sírvase proporcionar la información más reciente sobre la educación de adultos y las oportunidades de que disponen los trabajadores para participar en programas de formación y de perfeccionamiento profesional para mejorar su situación laboral.

41.Sírvase facilitar información sobre el lugar que ocupa la enseñanza de los derechos humanos en el sistema educativo y en la formación de docentes, trabajadores sanitarios, magistrados, agentes de policía, funcionarios públicos y militares.

Artículo 15 - El derecho a participar en la vida cultural, gozar de los beneficios del progreso científico y de los derechos de autor

42.Sírvase facilitar información sobre la asistencia prestada a los grupos más vulnerables y necesitados de la población (jóvenes estudiantes, personas mayores, personas con discapacidad, indígenas, inmigrantes, etc.), para que aprovechen los bienes de la cultura y el progreso científico y las aplicaciones de éste.

43.Sírvase informar sobre las medidas adoptadas para salvaguardar, proteger y promover los valores culturales de las poblaciones indígenas.

44.Sírvase informar sobre las organizaciones no gubernamentales y asociaciones voluntarias dedicadas a promover el desarrollo cultural del país y de los grupos más vulnerables.

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