Naciones Unidas

E/C.12/TJK/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

4 de noviembre de 2020

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódico de Tayikistán *

A.Información general

1.Teniendo en cuenta la información proporcionada por el Estado parte (E/C.12/TJK/4, párrs. 4 y 5), sírvanse especificar los cursos de capacitación centrados en las disposiciones del Pacto y su justiciabilidad y aclarar si están previstos en los planes de estudio del Centro de Formación Judicial del Tribunal Supremo. Informen asimismo sobre los casos en que se aplican o se invocan las disposiciones del Pacto en los tribunales, indicando su número y facilitando ejemplos. Además, proporcionen información sobre las medidas adoptadas para reforzar los recursos judiciales en caso de violación de los derechos del Pacto y, en particular, sobre las acciones realizadas para ampliar la prestación de asistencia jurídica gratuita a los procedimientos civiles.

2.En relación con la información proporcionada por el Estado parte sobre la independencia del poder judicial (E/C.12/TJK/4, párrs. 13 a 18), tengan a bien proporcionar información sobre los efectos de la tercera etapa del Programa de Reforma Judicial para 2015-2017. Especifiquen asimismo el estado de aplicación del programa de continuación para 2019-2021 e incluyan información relativa a la aprobación de la Ley sobre los Procedimientos Ejecutivos y la Ley de Acceso a la Información sobre las Actividades de los Tribunales y a la reforma del proceso de selección de los jueces. Indiquen, además, las medidas que se hayan adoptado para garantizar la independencia de la Comisión de Calificación del Colegio de Abogados.

3.Sírvanse aclarar si el mandato del Defensor de los Derechos Humanos abarca los derechos consagrados en el Pacto. Informen sobre las medidas adoptadas o previstas para fortalecer el mandato, las competencias y la independencia del Defensor de los Derechos Humanos con miras a proteger y promover de manera efectiva todos los derechos consagrados en el Pacto, entre otros medios a través de la estrategia nacional de derechos humanos que se está elaborando.

4.A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/TJK/CO/2-3, párr. 10), se ruega indiquen las medidas adoptadas a fin de evitar que las modificaciones de la Ley de Asociaciones Públicas se malinterpreten o se utilicen indebidamente para poner trabas a las actividades de las organizaciones de la sociedad civil. Sírvanse también proporcionar información sobre la aplicación del artículo 14 de la Ley de Asociaciones no Gubernamentales y sobre las medidas adoptadas a fin de evitar que ese artículo se utilice indebidamente o se malinterprete con objeto de impedir la inscripción de organizaciones de la sociedad civil, especialmente las de defensa de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales. Además, informen sobre el estado en que se encuentra el proyecto de ley sobre las organizaciones sin fines de lucro e indiquen las medidas adoptadas para que las organizaciones de la sociedad civil y los defensores de los derechos humanos puedan trabajar sin temor a represalias.

5.Se ruega faciliten información sobre las medidas adoptadas con miras a mitigar las repercusiones de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) para las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, así como sobre su eficacia. Proporcionen información sobre la financiación de esas medidas y sobre las acciones emprendidas para garantizar la transparencia en la utilización de fondos. Indiquen asimismo los esfuerzos realizados para ofrecer a la población información precisa y accesible sobre la pandemia y las medidas adoptadas para dar respuesta a esta, sobre la base de los mejores conocimientos científicos disponibles, a fin de proteger la salud pública. Infórmese, además, sobre el grado en que se proporcionan equipos personales de protección contra el contagio a todos los trabajadores sanitarios, la disponibilidad y accesibilidad de las pruebas de detección de la COVID-19 y la cobertura de los costos relacionados con las pruebas y el tratamiento de la COVID-19 con fondos públicos. Indiquen las medidas adoptadas específicamente para hacer frente al aumento, al parecer considerable, de los casos de violencia doméstica durante la pandemia.

6.Sírvanse proporcionar información sobre los objetivos nacionales de reducción de emisiones fijados por el Estado parte con arreglo al Acuerdo de París y sobre los progresos realizados con miras a alcanzar la neutralidad climática de aquí a 2050. Se ruega informen asimismo sobre las medidas adoptadas dentro de su marco de adaptación para hacer frente a los efectos adversos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular el derecho a la alimentación, a la vivienda y al trabajo en el sector agrícola, por las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, especialmente los que viven en zonas propensas a los desastres.

B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto(arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

7.A fin de que el Comité evalúe si el Estado parte está utilizando el máximo de los recursos de que dispone para hacer efectivos los derechos reconocidos en el Pacto, sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza establecido a nivel nacional y los niveles de desigualdad, definidos como la relación entre el ingreso total correspondiente al decil más rico de la población y el ingreso total del 40 % más pobre;

b)El porcentaje de los ingresos públicos que procede de los impuestos;

c)Los tipos impositivos con los que se gravan los beneficios de las empresas y la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el valor añadido (exceptuado el que grava los artículos de lujo, el tabaco, el alcohol, las bebidas azucaradas y los aperitivos, y la gasolina y el diésel) y el porcentaje de los ingresos totales derivados del impuesto sobre la renta de las personas físicas que procede del decil más rico de la población;

d)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto (PIB) y, respecto del total del gasto público, la proporción del presupuesto público destinada a atender las prioridades sociales, como el empleo, la educación, la alimentación, la salud, el agua y el saneamiento, la seguridad social, la vivienda y la cultura;

e)El volumen absoluto de gasto social, ajustado a la inflación;

f)La deuda como porcentaje del PIB y el servicio de la deuda como porcentaje del PIB y del total del gasto público;

g)Las remesas de fondos como porcentaje del PIB.

8.Tengan a bien proporcionar información sobre:

a)Las medidas adoptadas, y sus efectos, a fin de hacer frente a la práctica generalizada del soborno para acceder al sistema de justicia y a los servicios públicos, incluidos los servicios de atención de la salud, y a fin de combatir la corrupción en las esferas relacionadas con los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en el proceso de adjudicación de contratos públicos;

b)Los progresos realizados para reforzar la legislación anticorrupción y mejorar su aplicación, fomentar la denuncia de la corrupción y el soborno, y proteger a los denunciantes de irregularidades;

c)Las iniciativas encaminadas a combatir la corrupción de alto nivel y los resultados obtenidos.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

9.En relación con la información proporcionada por el Estado parte (E/C.12/TJK/4, párr. 44), sírvanse aclarar si el proyecto de ley de protección contra la discriminación define la discriminación directa, indirecta, múltiple e interseccional, como ha señalado el Comité, y si contiene una lista exhaustiva de los motivos de discriminación prohibidos, como la edad, el nacimiento, la discapacidad, la orientación sexual y la identidad de género o cualquier otra condición social; indíquese también el calendario previsto para la aprobación del proyecto de ley. Informen asimismo sobre los progresos realizados por el grupo de trabajo interministerial en la armonización de las disposiciones de lucha contra la discriminación en la legislación relacionada con los derechos económicos, sociales y culturales. Tengan a bien indicar las medidas que se hayan adoptado con miras a aprobar leyes y procedimientos para el reconocimiento jurídico del género de las personas transgénero y los esfuerzos realizados para combatir el estigma social, las ideas erróneas y la discriminación de que son víctimas las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales.

10.En relación con la información proporcionada por el Estado parte (E/C.12/TJK/4, párr. 45), sírvanse proporcionar información detallada sobre el fortalecimiento de la protección jurídica de las personas con discapacidad y su disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, mediante la revisión de las leyes y los reglamentos pertinentes y su armonización con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Especifiquen asimismo los progresos realizados en la mejora de los ajustes razonables para las personas con discapacidad y sus repercusiones en el disfrute de los derechos del Pacto por estas personas. Indiquen las medidas adoptadas para hacer frente a los abusos presuntamente cometidos contra personas con discapacidad, como abortos forzados, la administración forzada de fármacos y la denegación del derecho a la vida familiar en instituciones de régimen semicerrado.

11.Habida cuenta de las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/TJK/CO/2‑3, párr. 15), tengan a bien informar sobre las medidas que se hayan adoptado para derogar las resoluciones presidenciales núms. 325 (2000) y 328 (2004). Informen asimismo sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso de los solicitantes de asilo al mercado laboral, la atención de la salud, la educación, la vivienda y otros servicios, y las acciones emprendidas para poner en funcionamiento el Centro de Alojamiento Temporal para solicitantes de asilo. Indiquen la prevalencia de la apatridia, incluidas las personas de nacionalidad indeterminada, y las iniciativas puestas en marcha por el Estado parte para evitar que se deniegue a las personas el acceso a los servicios básicos por carecer de documentos de identidad. Sírvanse aclarar si las medidas adoptadas para responder a la pandemia de COVID-19 tienen en cuenta a los refugiados, los solicitantes de asilo y los apátridas.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

12.Sírvanse proporcionar información sobre:

a)La aplicación de la Ley núm. 89 de Garantías del Estado en materia de Igualdad de Derechos entre el Hombre y la Mujer y de Igualdad de Oportunidades en el Ejercicio de esos Derechos, de 2005, indicando las principales conclusiones y recomendaciones a ese respecto, así como las medidas adoptadas para darles seguimiento;

b)Los progresos realizados para garantizar la igualdad de oportunidades y de trato de la mujer en el mercado laboral, en particular en lo que respecta a la participación en el mercado laboral, el empleo, la educación y la formación profesionales, la remuneración y las condiciones de trabajo, y para hacer frente a la segregación ocupacional y al acoso sexual en el lugar de trabajo;

c)La representación de la mujer en puestos de responsabilidad en los sectores público y privado, indicando las medidas adoptadas para mejorar la situación.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto(arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

13.A la luz de las medidas adoptadas por el Estado parte con miras a reforzar la educación y la formación profesionales y promover el empleo (E/C.12/TJK/4, párrs. 58 a 66), sírvanse explicar los principales problemas que impiden mejorar el empleo de los jóvenes y las medidas adoptadas o previstas para superarlos. Informen también sobre las medidas adoptadas a fin de mejorar el empleo de las personas con discapacidad y sobre la aplicación de cuotas de empleo reservadas a estas personas. Indiquen los progresos realizados para establecer una definición jurídica de la economía informal y proteger los derechos económicos y sociales de los trabajadores del sector informal. Además, proporciónense datos estadísticos anuales, desglosados por sexo, edad, discapacidad y región, sobre la participación en el mercado laboral, el empleo, el desempleo y el subempleo en los últimos cinco años.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

14.Sírvanse aclarar si el Código del Trabajo de 2016 es de aplicación a todos los trabajadores, incluidos los que se dedican al sector informal y a formas de empleo no tradicionales. En caso contrario, indiquen qué medidas se han adoptado para proteger a esos trabajadores y qué disposiciones se han arbitrado o se prevé arbitrar a fin de ampliar la cobertura del Código del Trabajo. Habida cuenta del sistema de inspección del trabajo del Estado parte, integrado por el Servicio de Inspección del Estado y el órgano de inspección establecido por la Federación de Sindicatos Independientes, indíquese si estos dos cuerpos de inspectores tienen las mismas competencias y el mismo mandato; cómo se garantiza la independencia de los inspectores del trabajo, teniendo en cuenta que la financiación de los inspectores sindicales proviene de los empleadores; y cómo se supervisan y coordinan las inspecciones del trabajo que realizan ambos cuerpos de inspectores. Informen también sobre las medidas adoptadas para revisar la legislación relativa a la inspección del trabajo con miras a aumentar su eficacia, incluidas la Ley núm. 1505, de 21 de febrero de 2018, por la que se establece una moratoria de las inspecciones en los lugares de trabajo del sector industrial, y la Ley de Inspección de las Entidades Económicas, aprobada mediante la Resolución núm. 518 de 2007 del Gobierno, que impone diversas restricciones a las inspecciones.

15.Sírvanse especificar la situación de los atrasos en el pago de salarios, incluido el número de trabajadores afectados y la duración de esos atrasos, así como las medidas adoptadas para poner remedio a la situación y proteger a los trabajadores que perciben su salario con retraso. Proporcionen información sobre el salario mínimo, a saber, su cobertura y cuantía y los factores que lo determinan, y sobre las medidas adoptadas o previstas para garantizar que el salario mínimo proporcione a los trabajadores y a sus familias un nivel de vida adecuado. Se ruega informen sobre la seguridad y salud en el trabajo, incluida la prevalencia de accidentes y enfermedades laborales, y sobre los problemas detectados mediante inspecciones laborales o denuncias presentadas por los trabajadores. Habida cuenta de la aprobación del Código del Trabajo de 2016, que derogó la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo de 24 de diciembre de 1991, indiquen los esfuerzos realizados para reforzar la protección en materia de seguridad y salud en el trabajo y el marco legislativo y normativo a ese respecto.

Derechos sindicales (art. 8)

16.Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas para revisar el artículo 323, párrafo 2, del Código del Trabajo, que establece un umbral, considerado excesivo, para declarar una huelga; las categorías de trabajadores cuyo derecho de huelga está restringido o prohibido y las alternativas similares que se ofrecen a esos trabajadores; y la aplicación del artículo 323, párrafo 5, del Código del Trabajo. Aclaren las informaciones según las cuales el Gobierno ejerce influencia en el sindicalismo, incluso en lo relativo a la selección de los dirigentes sindicales. Aclárense asimismo las iniciativas puestas en marcha por el Estado parte para velar por la independencia de los sindicatos y sus confederaciones. Indiquen si en las negociaciones colectivas pueden intervenir representantes no sindicales en nombre de los trabajadores, aunque exista un sindicato en la empresa.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

17.A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/TJK/CO/2-3, párr. 22), se ruega faciliten información actualizada sobre la cobertura, los requisitos de acceso y la cuantía de las prestaciones de la seguridad social, incluidas las pensiones y las prestaciones por discapacidad, por hijo a cargo y por desempleo; las medidas adoptadas para garantizar que las prestaciones de la seguridad social permitan a los beneficiarios llevar una vida digna; y los esfuerzos realizados para eliminar toda discriminación contra la mujer en el sistema de pensiones. Expliquen asimismo las lagunas y obstáculos, detectados en el marco del diálogo nacional sobre protección social, que dificultan la aplicación efectiva de los programas de protección social existentes, y las medidas para superarlos previstas en la Estrategia Nacional de Protección Social para el período 2019-2025; infórmese también sobre la aplicación de la Estrategia hasta la fecha. Sírvanse especificar los progresos realizados en el establecimiento de un nivel mínimo de protección social definido a escala nacional y en la financiación prevista para su aplicación y sostenibilidad.

Protección de la familia y el niño (art. 10)

18.Sírvanse indicar el marco legislativo que prohíbe la explotación laboral de los niños y regula las condiciones de trabajo de los niños trabajadores. Informen asimismo sobre las conclusiones del estudio realizado por los comités de vigilancia del trabajo infantil (E/C.12/TJK/4, párr. 88) y las medidas adoptadas para darles seguimiento. Indíquense los progresos realizados y las dificultades encontradas en la aplicación del programa de acción nacional para la eliminación de las peores formas de trabajo infantil correspondiente al período 2015-2020. Además, proporcionen información sobre la situación de los niños trabajadores, con datos estadísticos actualizados, desglosados por edad y sexo, sobre su número, y su asistencia a la escuela y la prevalencia de niños que realizan las peores formas de trabajo. Indiquen también cualquier vinculación con las tasas de abandono escolar y la tendencia de los niños a incorporarse al mercado de trabajo informal a expensas de sus horas lectivas.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

19.Tengan bien proporcionar información detallada sobre la aplicación del programa de asistencia social selectiva, incluido el número de regiones y personas, en particular niños, beneficiarias; la cuantía de las prestaciones económicas y demás ayudas proporcionadas; y los progresos realizados y las dificultades encontradas hasta la fecha en la aplicación del programa. Se ruega especifiquen los progresos realizados para mejorar la situación en términos de seguridad alimentaria y nutricional con las medidas indicadas por el Estado parte (E/C.12/TJK/4, párrs. 114 a 119), en particular la Estrategia Nacional de Desarrollo (2016‑2030), la reforma agraria y los programas de comidas escolares. Indiquen asimismo el marco legislativo y las políticas en materia de seguridad alimentaria y nutricional. Además, informen sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las dificultades que, según se informa, se plantean con respecto a la ordenación de la tierra, como la ambigüedad de las normas relativas al uso de la tierra; la discrecionalidad absoluta de las autoridades locales en la toma de decisiones, en particular sobre la concesión de parcelas y el precio de su utilización; y la falta de información sobre las parcelas de tierra disponibles.

20.Indiquen las medidas adoptadas para garantizar la conformidad del nuevo proyecto de código de la vivienda con el Pacto e informen sobre el estado del proyecto y sobre la adopción de una política integral en materia de vivienda. A la luz de las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/TJK/CO/2-3, párr. 27), informen asimismo sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la grave escasez de viviendas y al deterioro de las condiciones de los edificios residenciales; y sobre la provisión de viviendas sociales, indicando los fondos públicos asignados, los grupos de personas con derecho a recibir viviendas sociales y el número de viviendas sociales que se entregan anualmente. Proporcionen también información sobre la definición de la falta de hogar, su prevalencia y la protección jurídica que se ofrece a las personas sin hogar.

21.Tengan a bien informar sobre la protección jurídica contra los desalojos forzosos. Indiquen los desalojos forzosos ejecutados durante el período que se examina, incluido el número de desalojos realizados, el número de personas afectadas y el alojamiento alternativo o la indemnización que se les ha proporcionado. En este contexto, sírvanse aclarar cómo se veló por que los reasentamientos de residentes para ejecutar el proyecto de la central hidroeléctrica de Rogun se llevaran a cabo de conformidad con el Pacto y con las normas internacionales pertinentes, también en lo relativo a la participación de las personas afectadas y la consulta con ellas, la evaluación previa de los efectos en los derechos humanos, la protección procesal durante el reasentamiento y la provisión de alojamiento y medios de vida alternativos a las personas reasentadas.

22.Habida cuenta de las observaciones del Relator Especial sobre los derechos humanos al agua potable y al saneamiento (A/HRC/33/49/Add.2, párrs. 5, 13, 14, 17 y 28), sírvanse proporcionar información sobre:

a)Los progresos realizados en la revisión del Código de Aguas de 2000, la reforma del sistema fragmentado de servicios de agua y saneamiento y el establecimiento de un mecanismo regulador independiente y de una política de tarifas de los servicios de agua y saneamiento;

b)Las medidas adoptadas, y sus efectos, para mejorar el acceso al agua potable salubre y a un saneamiento adecuado, en particular las orientadas a las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, y para reducir las enormes disparidades regionales y socioeconómicas en cuanto a la disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y calidad del agua potable salubre y del saneamiento adecuado;

c)Las iniciativas destinadas a mitigar los riesgos para la salud provocados por la falta de acceso suficiente al agua y el saneamiento durante la pandemia de COVID-19;

d)Las medidas adoptadas, y sus efectos, con miras a paliar la grave escasez de energía durante el invierno —esto es, de electricidad y calefacción— y a mejorar el acceso de la población a la energía, en particular de las personas desfavorecidas y marginadas.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

23.Tengan a bien proporcionar información sobre:

a)La aplicación del programa de servicios médicos garantizados, en particular en lo que se refiere a su cobertura, el alcance de los servicios de atención de la salud prestados, la financiación y el copago por parte de los pacientes, así como las medidas adoptadas para ampliar el programa;

b)Los progresos realizados hasta la fecha gracias al programa, en lo relativo a la disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y calidad de los servicios de atención de la salud;

c)El estado de aplicación de un plan de seguro médico obligatorio, así como los principales obstáculos encontrados hasta la fecha y las medidas adoptadas para superarlos.

24.Tengan a bien informar sobre:

a)Los progresos realizados en:

i)El desarrollo de un marco legislativo y políticas en materia de salud mental;

ii)La mejora de los servicios de atención de la salud mental, en particular los destinados a los jóvenes;

iii)La mejora de la percepción pública de la salud mental y la concienciación en esta esfera;

b)Los datos estadísticos, desglosados por regiones, relativos a los centros especializados y los profesionales médicos del sector de la salud mental;

c)Las medidas adoptadas para la prevención del suicidio y la intervención temprana, con datos estadísticos anuales desglosados por sexo, edad y región (urbana y rural), durante el período objeto de examen.

25.Se ruega informen sobre:

a)Las medidas adoptadas para mejorar los servicios de salud sexual y reproductiva y la educación en este ámbito, también en lo relativo al uso de anticonceptivos modernos;

b)Las medidas que se hayan tomado con miras a revisar la legislación relativa a la transmisión del VIH/sida y a las personas con VIH/sida, incluidos el artículo 125 del Código Penal y el artículo 162 del Código de Salud, que, según se informa, socavan considerablemente el disfrute por las personas con VIH/sida de los derechos reconocidos en el Pacto, en particular los derechos al empleo, a la vida familiar, a la atención de la salud y a la educación;

c)Los programas de reducción de daños y los servicios de atención de la salud y de apoyo previstos para los consumidores de drogas, especialmente los que viven con el VIH/sida y la tuberculosis;

d)Las medidas adoptadas para combatir la discriminación contra las personas con VIH/sida, las personas que se inyectan drogas y las personas homosexuales, en particular por parte de los profesionales médicos.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

26.Sírvanse proporcionar información sobre:

a)Los progresos realizados en:

i)La reducción del número de niños no escolarizados en los niveles de enseñanza primaria y secundaria, en particular entre los niños desfavorecidos y marginados;

ii)La mejora de las tasas de finalización de los estudios y la transición a la enseñanza secundaria superior;

iii)La reducción de las disparidades de género en la educación;

b)Los esfuerzos realizados para proporcionar a los niños con discapacidad una educación inclusiva y para eliminar gradualmente la escolarización en internados;

c)Los progresos realizados para mejorar el acceso a la educación preescolar mediante la aplicación de medidas adoptadas en el marco de la Estrategia Nacional de Desarrollo de la Educación (2012-2020);

d)Las medidas adoptadas para mitigar los efectos de la pandemia de COVID-19 en la educación en todos los niveles, especialmente en la enseñanza obligatoria.

27.Sírvanse proporcionar información sobre los recursos asignados y recibidos por el Estado parte, incluidos los recibidos de sus asociados para el desarrollo, con miras a cumplir las obligaciones que le incumben en virtud del artículo 13 del Pacto. Indiquen asimismo las medidas adoptadas para que todas las personas puedan participar de manera efectiva en una sociedad libre y para promover el entendimiento, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos raciales, étnicos o religiosos. En este contexto, especifiquen las medidas que se hayan adoptado con miras a contrarrestar, entre otros medios a través de los planes de estudio, los intentos de los grupos extremistas de radicalizar la sociedad.

Derechos culturales (art. 15)

28.Se ruega informen sobre:

a)La situación de la educación en idiomas minoritarios, el número de estudiantes que reciben educación en idiomas minoritarios y las medidas adoptadas para asegurar un número suficiente de docentes que puedan enseñar en esos idiomas;

b)Las disposiciones tomadas para adoptar programas de educación multilingüe en el sistema educativo;

c)Las medidas adoptadas a fin de garantizar la igualdad de derechos y el acceso equitativo a la cultura y las actividades culturales de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, independientemente de su nacionalidad, religión, género, discapacidad y edad;

d)Las medidas adoptadas para garantizar el acceso a Internet a todas las personas, especialmente a las personas y los grupos desfavorecidos y marginados.