Naciones Unidas

E/C.12/WG/BEL/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

6 de junio de 2013

Español

Original: francés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el cuarto informe periódico de Bélgica (E/C.12/BEL/4), adoptada por el Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones en su 51º período de sesiones (21 a 24 de mayo de 2013)

I.Información general

1.Sírvanse indicar si el Estado parte tiene previsto reexaminar su posición sobre el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales para garantizar la aplicación directa de sus disposiciones en el derecho interno.

2.Sírvanse informar al Comité sobre el progreso de las deliberaciones relativas al establecimiento de una institución nacional para la promoción y la protección de los derechos humanos de conformidad con los Principios de París.

3.Indíquese qué hace el Estado parte para coordinar los distintos mecanismos, políticas y estrategias existentes a nivel federal, regional y de las comunidades a fin de garantizar a las personas residentes en su territorio su efectividad y el ejercicio de los derechos reconocidos en el Pacto en condiciones de igualdad.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 2No discriminación

4.Sírvanse informar de la aplicación de las leyes contra la discriminación, proporcionando en particular datos estadísticos sobre los casos recientes de discriminación juzgados por los tribunales. Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para aplicar efectivamente las disposiciones legislativas contra la discriminación a las personas con discapacidad y para garantizar la mayor integración de estas personas en la sociedad, en particular en lo que respecta a las obras razonables de adaptación, la observancia de las cuotas de empleo y el acceso a la atención sanitaria, a la educación y a la vida cultural.

Artículo 3Igualdad de derechos de hombres y mujeres

5.Sírvanse facilitar información sobre la aplicación efectiva de los distintos mecanismos legislativos y reglamentarios promulgados a nivel federal y a nivel de las entidades federadas para fomentar la igualdad entre hombres y mujeres, en especial en las esferas del empleo, la seguridad social, el suministro de bienes y servicios y el acceso a actividades económicas, sociales y culturales, como se señala en los párrafos 55 a 61 del informe del Estado parte, así como sobre la representación de la mujer en los asuntos públicos y políticos y en el sector privado, incluidos los cargos de responsabilidad tanto a nivel federal como en las entidades federadas. Facilítese información sobre la aplicación de la Ley de 12 de enero de 2007 que tiene por objeto controlar la aplicación de las resoluciones de la Conferencia Mundial sobre la Mujer reunida en Beijing en septiembre de 1995 y que incorpora la dimensión de género al conjunto de las políticas federales.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (artículos 6 a 15)

Artículo 6Derecho a trabajar

6.Desearíamos disponer de información actualizada sobre la tasa de desempleo desde 2008 en el Estado parte, comprendido el desempleo entre los jóvenes, las mujeres, las personas de 55 a 64 años de edad, las personas con discapacidad y las personas de origen extranjero, así como en las distintas entidades federadas. Sírvanse facilitar detalles sobre las medidas que se indican en el párrafo 88 del informe del Estado parte, así como su incidencia en la reducción o la estabilización del desempleo, y proporcionar información sobre el programa nacional de reformas 2008-2010 en lo relativo a la política de ocupación y la medida en que haya mejorado la tasa de empleo. ¿Tiene previsto el Estado parte renovar este programa?

7.¿Qué efectos han surtido las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir la elevada tasa de desempleo en la región valona y en la región de Bruselas-Capital, en particular entre las mujeres? Facilítense detalles sobre las medidas adoptadas para reducir el desempleo entre los jóvenes valones, e información sobre la aplicación efectiva y el resultado del acuerdo obligatorio concertado con la región de Bruselas-Capital para ofrecer a los jóvenes un apoyo individualizado.

8.Indíquese cómo han incidido en la inserción laboral las medidas adoptadas por el Estado parte en relación con la población inmigrante, en particular la repercusión de los planes de diversidad promovidos entre las empresas, especialmente en Flandes y en la región de Bruselas-Capital, así como los efectos de la carta de la diversidad firmada por las empresas de Valonia. Indíquese también qué mecanismo se ha establecido para verificar su aplicación y cuál ha sido su evaluación.

9.Sírvanse facilitar información estadística sobre la economía informal y sobre el número de personas que se han beneficiado del sistema de títulos-servicios en el Estado parte.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

10.Sírvanse indicar al Comité cómo se fija la cuantía del ingreso mínimo mensual medio garantizado (I.M.M.M.G.) introducido por el Estado parte, y el mecanismo que permite reevaluarlo periódicamente. Indíquese también si existe un ingreso mínimo para los trabajadores del sector público.

11.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas que haya adoptado el Estado parte, y el efecto que hayan tenido, para reducir la importante disparidad salarial que sigue existiendo entre hombres y mujeres, y para combatir las causas que se enumeran en el párrafo 119 del informe del Estado parte. Facilítese más información sobre el trabajo realizado o los progresos alcanzados en relación con el establecimiento de un sistema de clasificación de funciones que permita a los empleadores controlar su sistema salarial, así como su adopción, aplicación e incidencia en la reducción de la disparidad salarial.

Artículo 8Derechos sindicales

12.¿Cuál es el ámbito de aplicación material de la protección contra la discriminación basada en la convicción sindical, que el Estado parte ha incluido en su legislación en virtud de la Ley de 30 de diciembre de 2009? Indiquen si esta Ley abarca otros ámbitos que no sean la contratación y el despido, y en especial los ascensos.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

13.Proporcionen más información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para reforzar la protección social de las personas que trabajan en la economía informal. Asimismo, faciliten información sobre el alcance del Real decreto de 23 de julio de 2012 que modifica el Real decreto de 25 de noviembre de 1991, relativo a la reglamentación del desempleo, en el contexto de la mayor degresividad de los subsidios de desempleo, así como sobre los efectos de su aplicación en las diferentes categorías de desempleados.

Artículo 10Protección de la familia, las madres y los niños

14.Sírvanse proporcionar información sobre los resultados de la aplicación del decreto relativo al cuidado y el alojamiento de las personas de edad, de 13 de marzo de 2009, adoptado por la Autoridad flamenca, y del decreto sobre la prestación de servicios ambulatorios, de 5 de marzo de 2009, adoptado por la Comisión Comunitaria Francesa.

15.Desearíamos disponer de información sobre la aplicación de la Ley de 10 de agosto de 2005 que tipifica como delito específico la trata de seres humanos (arts. 433 quinquies y 433 novies), especificando en particular las investigaciones realizadas, las causas incoadas y las sanciones impuestas contra los responsables, así como las reparaciones ofrecidas a las víctimas. Se ruega informen al Comité de la situación del proyecto de ley relativo a la inculpación universal de las personas que hacen trabajar a niños en el extranjero, que se presentó a la Cámara de Representantes en julio de 2009. ¿Qué repercusión ha tenido el plan de acción nacional de lucha contra la trata de seres humanos, adoptado por el Gobierno federal el 11 de julio de 2008?

16.Expliquen por qué el Estado parte no prohíbe explícitamente el castigo corporal en todas las circunstancias, incluso en el seno familiar. Indiquen en qué medida se ha aplicado la circular a que hace referencia el párrafo 225 del informe del Estado parte, así como los artículos 398 y ss. y 417 quinquies del Código Penal. Asimismo, proporcionen datos estadísticos sobre la magnitud del maltrato infantil en el Estado parte.

17.Se ruega expliquen por qué tantas denuncias de casos de violencia doméstica, en particular de violencia contra las mujeres, acaban archivadas. Proporcionen más información sobre el estudio que se menciona en el párrafo 79 del informe del Estado parte, así como sobre sus conclusiones y, en su caso, las medidas adoptadas para aplicarlas. Desearíamos conocer los resultados del Plan de acción nacional 2008-2009 de lucha contra la violencia dentro de la pareja y el balance de los efectos a mitad de período del plan de acción nacional 2010-2014 de lucha contra la violencia dentro de la pareja y otras formas de violencia familiar, aprobado el 23 de noviembre de 2010. Asimismo, sírvanse facilitar información acerca de la situación de los tres proyectos de ley presentados al Parlamento y del proyecto presentado al Senado, todos ellos relativos a la violencia familiar.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

18.Faciliten más información sobre el plan federal de lucha contra la pobreza, adoptado en 2008, así como sobre su aplicación, sus principales beneficiarios, los recursos que se le han asignado y los resultados alcanzados, especialmente por lo que respecta a las personas y los grupos más desfavorecidos y marginados, así como a las personas de origen extranjero.

19.Sírvanse indicar el número de personas sin hogar en el territorio del Estado parte, así como el número de personas que se han beneficiado de las medidas adoptadas por el Estado parte a fin de garantizar una vivienda adecuada para todos. Indiquen si el Estado parte prevé adoptar una estrategia nacional o un plan nacional de promoción del acceso a la vivienda, en particular a la vivienda social, para las personas y los grupos más desfavorecidos y marginados, entre ellos las mujeres, los jóvenes, las familias desfavorecidas, las personas de origen extranjero y los solicitantes de asilo. Especifiquen si el Estado parte ha promulgado legislación o adoptado alguna otra medida para regular los desalojos forzosos, y, si procede, indiquen el número de desalojos forzosos que ha efectuado el Estado parte.

Artículo 12Derecho a la salud física y mental

20.Sírvanse facilitar información sobre la cuantía de las primas del seguro médico obligatorio. Indiquen las medidas adoptadas por el Estado parte y las entidades federadas para ayudar a las personas, familias o grupos más desfavorecidos a pagar las primas exigidas en el seguro médico obligatorio. ¿En qué medida se garantiza el acceso a la atención básica de la salud a las personas que no pueden pagar las primas del seguro? ¿En qué casos el trabajador ha de superar un período de prueba para tener derecho a un seguro obligatorio y a qué régimen de seguro están sujetas esas personas en período de prueba? Les rogamos den cuenta de las medidas adoptadas para mejorar el acceso de los solicitantes de asilo a los servicios de salud.

21.¿Qué efectos han tenido las medidas adoptadas por el Estado parte a nivel federal, regional y de las comunidades para prevenir el suicidio, en particular el plan de acción adoptado en 2007 y el programa quinquenal 2004-2008 de la Comunidad francesa? Indíquese la tasa de suicidios en el Estado parte.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

22.Sírvanse indicar las consecuencias para la escolarización de los alumnos pertenecientes a las familias o los grupos más desfavorecidos, incluidos los de origen extranjero y solicitantes de asilo, de la participación en los costos exigible en las escuelas de Flandes, la Comunidad francesa y la Comunidad germanófona, en particular para costear servicios y materiales didácticos y actividades escolares, y otras actividades.

23.Sírvanse informar al Comité de las medidas adoptadas para evitar que siga habiendo diferencias entre las entidades federadas en materia de educación, gestión educativa y niveles educativos, sobre todo por lo que respecta a becas de estudio y subvenciones. Indiquen si el Estado parte ha establecido o tiene previsto establecer un mecanismo que permita lograr una mayor armonización.

24.Proporcionen datos estadísticos actualizados sobre las tasas de abandono escolar, desglosados por nivel de educación, pertenencia a grupos étnicos y lingüísticos y entidades federadas. Asimismo, faciliten información sobre los resultados obtenidos por los servicios de retención escolar y el plan de acción global contra el absentismo escolar, aplicados por la Comunidad francesa y la Comunidad flamenca, respectivamente. Sírvanse informar al Comité de las nuevas medidas adoptadas por el Estado parte y sus entidades para que los estudiantes con discapacidad puedan tener acceso, sin discriminación, a una educación adecuada que responda a las exigencias de su discapacidad.

Artículo 15Derechos culturales

25.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas que permiten a las minorías étnicas y culturales que residen en el territorio del Estado parte promover y desarrollar su cultura.