Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones
22 a 26 de noviembre de 2010
Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar los informes periódicos segundo y tercero combinados del Camerún en relacióncon los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/CMR/2-3)
I.Información general
1.Sírvanse facilitar información actualizada sobre las novedades legislativas e institucionales que guarden relación con la realización de los derechos económicos, sociales y culturales en el Estado parte, así como sobre la situación de los siguientes proyectos de ley mencionados en diversas partes del informe del Estado parte (E/C.12/CMR/2-3):
a)El proyecto de ley sobre "prevención y castigo de la violencia contra la mujer y de la discriminación basada en el sexo", con información sobre si en el proyecto de ley se prohíbe o no el acoso sexual en el lugar de trabajo;
b)El proyecto de código de las personas y de la familia;
c)El proyecto de ley de protección de las personas con discapacidad;
d)El proyecto de ley de protección de la infancia;
e)El proyecto de modificación de la Ley de 1998 sobre el derecho de acceso al agua potable;
f)Los distintos proyectos de ley relativos a la reforma del régimen de la seguridad social.
2.Sírvanse proporcionar datos recientes, desglosados en función de las razones por las que se prohíbe la discriminación y por años, sobre la aplicación de los derechos consagrados en el Pacto.
3.Sírvanse facilitar ejemplos de casos en que se haya invocado el Pacto ante los tribunales. Facilítese también información sobre las modificaciones legislativas que se hayan introducido para incorporar sanciones por actos prohibidos en virtud del Pacto.
II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales delPacto (artículos 1 a 5)
Artículo 1Libre determinación y libre disposición de las riquezas y los recursos naturales
4.Sírvanse facilitar información detallada sobre el modo en que se salvaguardan los derechos de la población indígena en la División Fako durante la privatización de las plantaciones de la Cameroon Development Cooperation (CDC) y posteriormente.
Artículo 2, párrafo 1Máximo de los recursos disponibles
5.Sírvanse informar al Comité de si el alivio de la deuda de 2008 en el marco de la Iniciativa en favor de los países pobres muy endeudados ha permitido al Estado parte asignar recursos adicionales a prioridades tales como la reducción de la mortalidad infantil y materna, la prevalencia del VIH/SIDA y el peso inferior al normal en los niños.
Artículo 2, párrafo 2No discriminación
6.Sírvanse también suministrar información detallada sobre los resultados concretos de las medidas adoptadas por las instituciones que se indican en el párrafo 417 del informe del Estado parte. Apórtese información sobre los resultados logrados respecto de la facilitación del acceso físico para las personas con discapacidad de conformidad con los resultados de la consulta de 2006 entre el Ministerio de Asuntos Sociales y el Ministerio de Obras Públicas.
7.Habida cuenta del tamaño considerable de las comunidades marginadas en el Estado parte y del carácter a corto plazo de los proyectos financiados por los donantes internacionales que les prestan asistencia, sírvanse informar al Comité sobre si existe o no una estrategia nacional a largo plazo para resolver los problemas mencionados en el párrafo 193 del informe del Estado parte. Facilítese también información detallada sobre el número de personas que están afectadas por los problemas de la falta de documentos de identidad y del acceso a la propiedad de la tierra entre la población indígena, así como sobre las medidas que haya adoptado el Estado parte para resolver estas cuestiones.
8.Sírvanse comentar las informaciones que indican que la privatización de las tierras públicas en el sur del país ha afectado negativamente al derecho de las personas que viven en esas tierras al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales sin discriminación.
Artículo 3Igualdad de derechos de hombres y mujeres
9.Sírvanse facilitar información detallada sobre las modificaciones legislativas que se hayan aprobado para derogar disposiciones que discriminaran a la mujer, como se recomendó en las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/1/Add.40, párr. 32). Además, habida cuenta de la garantía constitucional de no discriminación, sírvanse explicar las limitaciones que impone la ley y el contrato de matrimonio a la capacidad jurídica de la mujer según lo dispuesto en el artículo 16 del Código Civil.
10.Teniendo presente el hecho de que el acceso a la tierra y a su propiedad sigue siendo difícil para las mujeres, como se indica en el párrafo 113 del informe del Estado parte, sírvanse facilitar información detallada sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para combatir las prácticas consuetudinarias que obstaculizan el acceso a las mujeres a la propiedad de la tierra y sobre los mecanismos que haya establecido el Estado parte para facilitar el acceso de las mujeres a la tierra.
III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (artículos 6 a 15)
Artículo 6Derecho a trabajar
11.Habida cuenta de la inseguridad del empleo y las difíciles condiciones de trabajo en la economía no estructurada, de un tamaño importante en el Estado parte, sírvanse indicar las repercusiones de las medidas adoptadas por el Estado parte para paliar la situación. Sírvanse explicar también el objetivo del proyecto integrado de apoyo a los actores del sector no estructurado (PIAASI) mencionado en el párrafo 333 del informe del Estado parte e indicar en qué medida ha contribuido a proteger los derechos de los trabajadores del sector no estructurado de la economía.
Artículos 7 y 8Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias y derechos sindicales
12.Sírvanse facilitar información detallada sobre cómo se determina la cuantía del salario mínimo en el Estado parte y los mecanismos que existen para garantizar a los trabajadores y sus familias tener un nivel de vida adecuado.
13.Sírvanse informar al Comité sobre el marco que el Estado parte tiene intención de establecer para mejorar la situación de los trabajadores en las plantaciones de las zonas rurales, como se indica en el párrafo 127 del informe. Facilítese también información detallada sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para alentar a los trabajadores de las plantaciones a afiliarse a sindicatos, así como sobre el número de sindicatos y sobre si han logrado negociar condiciones de trabajo justas y favorables.
14.Habida cuenta de la vulneración de los derechos de los trabajadores que se describe en el párrafo 317 del informe del Estado parte, sírvanse informar al Comité sobre las medidas prácticas que se hayan adoptado para paliar la situación, así como sobre la existencia de mecanismos eficaces y recursos disponibles y de la medida en que los trabajadores los hayan utilizado.
Artículo 9Derecho a la seguridad social
15.Sírvanse informar al Comité de los progresos alcanzados en la modernización del régimen de seguridad social del Estado parte y de si las reformas previstas permiten al Estado parte cumplir las obligaciones que dimanan del Pacto según lo especificado en la Observación general Nº 19 (2008) del Comité sobre el derecho a la seguridad social, en particular en lo que respecta a la cobertura universal y a los montos de las prestaciones mínimas.
Artículo 10Protección de la familia, las madres y los niños
16.Sírvanse facilitar una estimación de la magnitud del trabajo infantil en el Estado parte e informar sobre las medidas concretas que se hayan adoptado para abordar sus causas profundas. Facilítense datos, desglosados por año, sexo y región, del número de niños que se hayan beneficiado de los servicios de los centros de recepción a que se hace referencia en el párrafo 174 del informe del Estado parte, así como otras iniciativas que haya emprendido el Estado parte.
17.Sírvanse informar al Comité sobre la repercusión de las medidas que haya adoptado el Estado parte para eliminar la práctica de la poligamia y el matrimonio forzado, como se recomendó en las anteriores observaciones finales del Comité (E/C.12/1/Add.40, párr. 33).
18.Sírvanse informar al Comité sobre la repercusión de las medidas contra la violencia doméstica, incluso respecto de las mujeres y los niños con discapacidad.
19.Sírvanse informar al Comité sobre la repercusión de las medidas que se hayan adoptado para erradicar prácticas tradicionales nocivas, como la mutilación genital femenina y el planchado de los senos, así como sobre las posibilidades que existan de recibir tratamiento para superar sus consecuencias negativas en la salud sexual y reproductiva de la víctima.
20.Sírvanse informar al Comité de los obstáculos que enfrenta el Estado parte en la lucha contra la trata de mujeres, niños y adolescentes, la prostitución infantil y el turismo sexual.
Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado
21.Habida cuenta del alcance y la intensidad de la pobreza en los trabajadores del sector no estructurado de la economía y sus familias, sírvanse informar al Comité de los efectos de las medidas, las políticas y los programas vigentes para abordar esta cuestión.
22.Sírvanse facilitar información sobre los progresos logrados en la formulación de una política de vivienda, como se menciona en el párrafo 230 del informe del Estado parte. Infórmese al Comité de si el número de viviendas disponibles merced a los proyectos de construcción que se indican en los párrafos 225, 226 y 228 satisface la demanda de vivienda social. Facilítese también información sobre la existencia de otros programas de vivienda social.
23.Sírvanse informar al Comité sobre los efectos del Decreto Nº 2008/0738/PM, de 23 de abril de 2008, sobre la organización de los procedimientos y modalidades de explotación de la tierra (aménagement foncier), así como sobre cualquier otra medida legislativa pertinente en lo que respecta a los desalojos forzosos, en particular el alojamiento alternativo u otra compensación. Además, habida cuenta de que la mayoría de quienes viven en núcleos urbanos, en especial en los barrios marginales, habitan viviendas sin título de propiedad, sírvanse informar al Comité sobre los efectos de las medidas que se hayan adoptado para garantizar los derechos de vivienda de quienes habiten viviendas ilegales en demolición o en riesgo de ser demolidas en el marco de procesos de urbanización.
24.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que haya adoptado el Estado parte para velar por la protección de los derechos de las personas afectadas por la privatización de empresas estatales, incluido el derecho a vivir y a ganarse su sustento en las tierras en las que están asentadas.
25.Sírvanse informar al Comité sobre la repercusión de las medidas que haya adoptado el Estado parte para garantizar que se mantienen los derechos al agua y el saneamiento en lo referente a disponibilidad, accesibilidad, asequibilidad y calidad, pese a la privatización de la Société nationale des eaux du Cameroun (SNEC) y la creación de la Cameroon Water Utilities Corporation (CAMWATER). Además, dado que la CAMWATER suministra agua en zonas urbanas y periurbanas, sírvanse informar al Comité sobre la existencia de una estrategia y de políticas y programas especializados para el suministro de agua, saneamiento y electricidad en las zonas rurales.
26.Habida cuenta de la alta incidencia de la pobreza en las personas de edad y el número reducido de personas de edad cubiertas por el régimen de seguridad social del Estado parte, sírvanse informar al Comité de las medidas que haya adoptado el Estado parte para aliviar la pobreza entre las personas de edad e indicar el número de personas que se haya beneficiado de estas medidas. Indíquese la cobertura geográfica y el número de personas/hogares beneficiarios de las bergeries villageoises y los greniers de solidarité establecidos en el Estado parte, así como otros mecanismos que existan para proporcionar asistencia a las personas de edad.
Artículo 12Derecho a la salud
27.Sírvanse informar al Comité sobre la repercusión de la Estrategia Sectorial de Salud aprobada en octubre de 2001, en particular respecto del logro de las metas siguientes en 2010:
a)Reducción de la morbilidad entre los más vulnerables en un tercio; y
b)Cobertura del 90% de la población por el seguro mínimo de salud.
28.Sírvanse informar al Comité sobre la disponibilidad y asequibilidad de los servicios de salud sexual y reproductiva, en particular para los adolescentes. Facilítese también información sobre los programas de educación sexual y reproductiva en la escuela. Sírvanse asimismo facilitar información detallada sobre los casos de aborto y embarazo precoz entre adolescentes a los que se hace referencia en el párrafo 170 del informe del Estado parte.
29.Sírvanse facilitar información detallada, con inclusión de datos estadísticos, sobre el consumo de tabaco, el abuso de sustancias y el consumo de alcohol entre los adolescentes. Facilítese información sobre los servicios de tratamiento y asistencia que se hayan puesto a su disposición.
Artículos 13 y 14Derecho a la educación
30.Sírvanse facilitar información sobre la repercusión de las medidas adoptadas por el Estado parte para eliminar los impedimentos al acceso de las niñas a la enseñanza en las escuelas.
31.Sírvanse facilitar información sobre la repercusión de las medidas adoptadas por el Estado parte a raíz de los informes anuales sobre la situación de los niños con discapacidad en la escuela, entre otras cosas en lo que respecta a infraestructura, apoyo docente y asignación de recursos financieros.
Artículo 15Derechos culturales
32.Sírvanse indicar la repercusión de las medidas que se hayan adoptado para que quienes viven en el Estado parte, en particular, los más desfavorecidos y marginados, tengan acceso a la vida cultural y gocen del derecho a participar en ella.
33.Sírvanse informar al Comité sobre las medidas que haya adoptado el Estado para garantizar la protección del patrimonio cultural de los distintos grupos étnicos del Estado parte. Facilítese también información sobre el modo en que el patrimonio cultural queda recogido en los programas de estudios escolares y en los actos y actividades culturales del Estado parte.