Naciones Unidas

E/C.12/AZE/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

29 de enero de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Cuarto informe periódico que Azerbaiyán debía presentar en 2018 en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto * **

[Fecha de recepción: 27 de diciembre de 2018]

Introducción

1.Este es el cuarto informe periódico presentado por el Gobierno de la República de Azerbaiyán de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. El cuarto informe periódico se refiere a las medidas adoptadas en relación con los derechos enunciados en el Pacto e informa de los progresos realizados en el ejercicio de estos derechos.

2.Con arreglo a la Orden núm. 3643 del Presidente de la República de Azerbaiyán, de 5 de febrero de 2018, para preparar el presente informe se estableció un grupo de trabajo integrado por representantes del Ministerio de Relaciones Exteriores, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Ecología y Recursos Naturales, el Ministerio de Justicia, el Ministerio de Trabajo y Protección Social, el Ministerio de Juventud y Deportes, el Ministerio de Economía, el Ministerio de Cultura y Turismo, el Ministerio de Transporte, Comunicaciones y Alta Tecnología, el Ministerio de Salud, el Ministerio de Educación, el Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia, el Comité Estatal de Estadística, el Comité Estatal de Asuntos de la Propiedad, el Comité Estatal de Asuntos de los Refugiados y los Desplazados Internos, el Comité Estatal de Normalización, Metrología y Patentes, el Servicio Estatal de Migración, el Servicio de Seguridad del Estado, el Organismo Estatal de Servicios Públicos e Innovaciones Sociales dependiente de la Presidencia de la República, el Consejo de Apoyo Estatal a las Organizaciones No Gubernamentales bajo los auspicios del Presidente de la República y la Confederación Sindical de Azerbaiyán.

3.El presente informe trata de la aplicación de las observaciones finales (E/C.12/AZE/CO/3) del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales relativas al tercer informe periódico de la República de Azerbaiyán y de la labor destinada a garantizar los derechos enunciados en el Pacto. Su preparación se ha atenido a las directrices para los documentos específicos de los tratados, de fecha 24 de marzo de 2009, relativas a la forma y el contenido de los informes periódicos.

4.La prolongada ocupación de los territorios de la República de Azerbaiyán por la República de Armenia sigue constituyendo el mayor obstáculo para la aplicación plena y efectiva de los derechos reconocidos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. A este respecto, aún no se ha dado cumplimiento a cuatro resoluciones (822, 853, 874 y 884) aprobadas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas. Hay que destacar que en estas resoluciones se reafirmaron la soberanía y la integridad territorial de la República de Azerbaiyán y se exigió la retirada de las fuerzas de ocupación de los territorios ocupados de la República de Azerbaiyán.

5.Como resultado de la política de ocupación armenia, hay más de un millón de refugiados y desplazados internos en la República de Azerbaiyán, situación que obstaculiza gravemente la tarea de garantizar a estas personas los derechos y libertades reconocidos por el Pacto. Debido a la ocupación por la República de Armenia de la región azerbaiyana de Nagorno-Karabaj y los siete distritos circundantes, la República de Azerbaiyán no ha de garantizar la observancia de los derechos reconocidos en el Pacto en sus territorios ocupados mientras no se liberen esos territorios y se eliminen por completo los resultados de la ocupación.

6.La República de Azerbaiyán reafirma su adhesión al reconocimiento del derecho de libre determinación de los pueblos: el derecho a determinar libremente su condición política y proveer libremente a su desarrollo económico, social y cultural.

7.El artículo 16 del Acta Constitucional de Independencia Estatal de la República de Azerbaiyán, que es una de las leyes constitucionales del Estado, dice así:

“La República de Azerbaiyán construye sus relaciones con otros Estados en conformidad con las normas del derecho internacional universalmente reconocidas sobre la base de los principios siguientes: la igualdad soberana de los Estados, la no utilización de la fuerza o la amenaza de uso de la fuerza, la inviolabilidad de las fronteras estatales, la solución pacífica de las controversias, la no injerencia en los asuntos internos de otros Estados, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la igualdad de las naciones y su derecho de libre determinación, la cooperación entre los Estados y el cumplimiento de buena fe de las obligaciones jurídicas internacionales”.

8.El derecho de libre determinación de los pueblos reviste una importancia particular para el pueblo de Azerbaiyán que, mediante esfuerzos sostenidos en ejercicio de este derecho, restableció legítimamente su independencia.

9.El artículo 2 de la Constitución de la República de Azerbaiyán, que fue aprobada por referendo nacional el 12 de noviembre de 1995 y entró en vigor el 27 de noviembre del mismo año, dispone que es derecho soberano del pueblo de Azerbaiyán determinar su destino e instaurar su propia forma de gobierno de manera libre e independiente. Según el mismo artículo, “el pueblo de Azerbaiyán ejerce su derecho soberano directamente —mediante votación o referendo nacional— y por conducto de sus representantes elegidos sobre la base del sufragio universal, igual y directo a través del voto libre, secreto y personal”.

10.La República de Azerbaiyán tiene la firme convicción de que los principios rectores de la sociedad democrática —la igualdad, el estado de derecho, el respeto de los derechos humanos, la libertad de elección y la tolerancia— deben aplicarse en igual medida a las relaciones internacionales. Estas relaciones deben sustentarse en los principios de la soberanía, igualdad e integridad territorial de los Estados, la no injerencia en los asuntos internos y la coexistencia pacífica.

11.A juicio de Azerbaiyán, la realización del derecho de libre determinación de los pueblos no debe utilizarse como pretexto para quebrantar la integridad territorial, la unidad nacional o la armonía étnica de Estados independientes. Desde este punto de vista, el derecho de libre determinación de los pueblos debe entenderse en su verdadero sentido original; ello no destruiría, sino que, por el contrario, reforzaría la independencia nacional, la soberanía y la integridad territorial de los Estados cuyos gobiernos defienden los intereses de todos los miembros de sus poblaciones, sin distinción alguna.

Párrafo 5

12.La Academia de Justicia sigue cooperando con la Unión Europea y el Consejo de Europa en el marco de los proyectos de “Apoyo para mejorar la eficiencia de los tribunales, la formación de los jueces y la autonomía de los tribunales” y de “Aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, incluidos en el Plan de Acción de 2014-2016 del Consejo de Europa para Azerbaiyán. La Academia de Justicia y el UNICEF organizaron varias actividades de capacitación sobre las “Normas internacionales en materia de justicia de menores” y la “Justicia de menores”, un seminario sobre las “Normas y preceptos internacionales de justicia de menores” y un curso sobre la “Justicia de menores” con la participación de los funcionarios judiciales. Con el fin de aumentar la capacidad de la Academia de Justicia para realizar los cursos de capacitación pertinentes en materia de protección de los derechos humanos (Integración del componente del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la metodología del Programa Europeo para la Formación en Derechos Humanos de los Profesionales Jurídicos (HELP) en los planes de estudio), se ha implementado el proyecto de “Aplicación del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos”, que forma parte del Plan de Acción de 2014‑2016 del Consejo de Europa para Azerbaiyán. Durante la ejecución de este proyecto se realizaron cursos avanzados de formación para abogados y también actividades de formación de instructores del programa HELP para los jueces, abogados y profesionales jurídicos en Bakú, Ganya, Lenkorán y Mingachevir.

13.Cabe destacar que Azerbaiyán mantiene una estrecha cooperación con el Programa Europeo para la Formación en Derechos Humanos de los Profesionales Jurídicos (HELP). Además, la Red de Lisboa adoptó medidas para mejorar el sitio web del programa HELP, donde se creó una ventanilla nacional. Con apoyo organizativo del Consejo de Europa, se celebraron cursos para jueces de distintos tribunales de primera instancia en que se estudiaron varios artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos y la cuestión de “Garantizar los derechos de acceso de la mujer a la justicia”. Organizados conjuntamente por el Consejo de Europa y la Academia de Justicia, se han llevado a cabo cursos avanzados de formación de empleados de diversos tribunales para el estudio del artículo 6 (derecho a un juicio imparcial) y del artículo 14 (prohibición de la discriminación) del Convenio Europeo de Derechos Humanos.

14.En cooperación con el Consejo Jurídico-Judicial, el Consejo de Europa y el UNICEF, la Academia de Justicia organizó cursos sobre “La lucha contra la trata de seres humanos” para jueces de tribunales de distintas instancias; cursos de formación de instructores para jueces y fiscales; sesiones de capacitación sobre los temas siguientes: los artículos 5, 6 y 9 del Convenio Europeo; “Examen de causas penales por trata de personas y delitos conexos en un orden judicial”; “Los nuevos tipos de exámenes forenses y los medios técnicos modernos del Centro de Examen Forense”; “Cuestiones de ética judicial y el Código de Conducta Ética”, y un curso de repaso sobre “La propiedad según el Convenio Europeo de Derechos Humanos” organizado conjuntamente con el Consejo de Europa en Ganya.

15.El Comité Internacional de la Cruz Roja, la Academia de Justicia y el Servicio Penitenciario organizaron sesiones de formación sobre las “Reglas mínimas actualizadas para el tratamiento de los reclusos”, en que participaron expertos internacionales. Con el apoyo de la Organización Internacional para las Migraciones, en el marco del proyecto de “Apoyo a la Academia de Justicia del Ministerio de Justicia de la República de Azerbaiyán en la creación de una plataforma de aprendizaje electrónico”, se organizó un centro de aprendizaje electrónico; además, para organizar sesiones de aprendizaje a distancia, junto con la Academia, el Ministerio de Justicia dispuso la instalación de equipo especial de videoconferencia en algunas regiones (Shamkir, Goychay, Lenkorán). Para mejorar el sistema de administración de justicia, se asigna una importancia excepcional al estudio y la aplicación de la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Con este fin se desarrollan diversas actividades de formación en que participan expertos de renombre; se celebran seminarios semanales en el Tribunal Supremo. Además, teniendo en cuenta el gran beneficio que reporta el contacto directo con los jueces del Tribunal Europeo en este ámbito, en los últimos años 20 jueces de este Tribunal han visitado nuestro país, incluidos 3 de sus presidentes, para realizar actividades de capacitación y dictar conferencias.

16.Al mismo tiempo, se presta atención a la cuestión de la práctica de nuestros magistrados y abogados en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. Así pues, en los últimos tres o cuatro años, 110 jueces, fiscales y abogados han hecho visitas de estudio al Tribunal de Estrasburgo. En la actualidad, nuestros candidatos a la magistratura reciben una formación práctica en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

17.Los jueces hacen referencia a las disposiciones pertinentes del Pacto Internacional al adoptar sus decisiones en los tribunales del país. Cabe mencionar un fallo del tribunal de apelación de Sheki como ejemplo en este contexto. El tribunal se remitió al párrafo 1 del artículo 7 del Pacto (derecho de toda persona a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias) en el caso de la demanda civil de revocación de la Orden relativa a la Escuela Secundaria de la aldea de Jalut (región de Oguz), de 19 de septiembre de 2016, con restitución del empleo y pago de los sueldos correspondientes al período de desempleo.

Párrafo 6 (cuadros 1 a 12 del anexo)

18.Ha concluido con éxito el Programa Estatal de Desarrollo de las Estadísticas Oficiales en la República de Azerbaiyán para 2013-2017. Se ha prestado especial atención a la mejora del sistema de cuentas nacionales, al desarrollo de las áreas estadísticas y de los sistemas de clasificación económico-estadística que reflejan el desarrollo socioeconómico del país, al desarrollo de la metodología y las observaciones estadísticas y de los programas de cifras estadísticas con arreglo a las normas estadísticas internacionales, al desarrollo de sistemas de gestión de la calidad y de metadatos en la labor estadística, a la elaboración de un sistema integrado de información de los organismos de estadística del Estado así como de estadísticas electrónicas, a la reducción de la carga de trabajo de los encuestados mediante la aplicación de métodos modernos de encuesta estadística, al fomento de la capacidad de los empleados que trabajan en las estadísticas oficiales y a la expansión de las relaciones internacionales en la ejecución del Programa Estatal.

19.La información necesaria para responder a las observaciones sobre la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales se obtuvo mediante la organización de encuestas temáticas (unas diez) que se enviaron a los usuarios pertinentes y se publicaron en el sitio web del Comité de Estadística en el marco del Programa Estatal. Respecto de la información sobre la identidad étnica o la nacionalidad mencionada en los párrafos 11 y 15 de las observaciones finales, debe tenerse en cuenta que dicha información se obtiene de los censos que se realizan cada diez años en Azerbaiyán, como en muchos países del mundo. El último censo tuvo lugar en 2009 y sus datos son accesibles y están a disposición de todos los usuarios. El próximo censo tendrá lugar en 2019.

20.Se ha aprobado el Programa Estatal de Desarrollo de las Estadísticas Oficiales en la República de Azerbaiyán para 2018-2025 con el fin de mejorar y desarrollar el sistema estadístico del país y seguir atendiendo a la necesidad de ajustar las estadísticas oficiales a los requisitos contemporáneos y de asegurar la sostenibilidad de las reformas.

Párrafo 7

21.Durante su mandato, la Comisionada de Derechos Humanos de la República de Azerbaiyán ha propuesto que se resuelvan los problemas de los alumnos de los internados, que son huérfanos o están privados del cuidado parental, y que se ofrezcan a los jóvenes graduados de estas escuelas oportunidades de continuar sus estudios, vivienda y empleo. En este contexto revisten gran importancia las actividades de la “Casa de los Graduados”, dependiente del Ministerio de Trabajo y Protección Social, y del Centro de Rehabilitación para Niños con Necesidades Especiales.

22.Para permitir que continúen su formación, se ha ofrecido a las personas que cursan maestrías el derecho de aplazar el servicio militar hasta que finalicen sus estudios. Con este fin se modificó la ley correspondiente.

23.El artículo 83 del Código del Trabajo prevé la reincorporación en su cargo de los trabajadores despedidos en algunos casos, la transmisión de la copia del decreto pertinente, el expediente de vida laboral y del último despido, y el pago en efectivo por los días de vacaciones no utilizados, así como del sueldo y otras prestaciones a los empleados en caso de rescisión de su contrato laboral.

24.Cabe señalar que, si la violación de una ley es persistente y corresponde a la esfera de competencia del Comisionado de Derechos Humanos, la denuncia debe ser admitida a examen. Al mismo tiempo, observamos que el incumplimiento de los requisitos (la denuncia debe presentarse a más tardar un año después de la fecha de violación de los derechos del demandante o de la fecha en que este ha tomado conocimiento de ella) señalados en el artículo 8.4 de la Ley Constitucional rara vez se invoca como causal de inadmisión a trámite de una denuncia.

Párrafo 8 – Artículo 2 del Pacto (cuadro 13 del anexo)

25.En un país multiétnico y multiconfesional como Azerbaiyán viven representantes de más de 50 naciones. De conformidad con el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales, ratificado por la República de Azerbaiyán, y con la legislación nacional, se garantiza a todos los segmentos de la población que vive en el país y a todos los grupos étnicos el pleno disfrute de los derechos y libertades constitucionales, y no se han registrado casos de persecución judicial o discriminación de otro tipo contra ellos por parte de las autoridades estatales.

26.Se asigna gran importancia a la no discriminación por motivos de raza, origen étnico o nacionalidad entre los solicitantes de asilo, así como a la cooperación entre el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Ministerio del Interior en la aplicación de otras formas de defensa de las personas no reconocidas oficialmente como refugiados o personas necesitadas de protección.

27.En su política interna, el Gobierno de la República de Azerbaiyán crea las condiciones necesarias para que las minorías étnicas asentadas en el país que han contribuido a la etnogénesis azerbaiyana vivan junto a los azerbaiyanos y gocen de todos los derechos en condiciones de igualdad.

28.El registro y la documentación de todos los habitantes de la República de Azerbaiyán, que garantiza el estado de derecho y declara su intención de construir un estado regido por la ley, democrático y laico, no se basan en la nacionalidad ni la filiación étnica de las personas, y la legislación no establece una norma a estos efectos. El hecho de que en los documentos de identidad (tarjeta de identidad, pasaporte nacional y otros documentos) no figure información sobre la nacionalidad o etnia ha sido valorado positivamente por las organizaciones internacionales como claro ejemplo de la ausencia de discriminación en nuestro país.

29.Como resultado del referendo del 26 de septiembre de 2016 se promulgó la Ley Plebiscitaria de Enmienda de la Constitución de la República de Azerbaiyán. En la primera oración del artículo 25 de la Constitución se ha sustituido la palabra “nacionalidad” por “filiación étnica” y en la segunda se ha sustituido “nacional” por “étnico”.

30.No se permite restricción alguna de los derechos de los ciudadanos por razón de origen o filiación social, racial, étnica, religiosa o lingüística al registrar un nacimiento. Por lo tanto, el nacimiento de todo niño debe ser inscrito si se presentan los documentos pertinentes. Se brinda asistencia jurídica a los padres que no están en condiciones de presentar los documentos requeridos para que los obtengan y, si ello no es posible, para que soliciten la certificación judicial del nacimiento. Asimismo, por iniciativa del Ministerio de Justicia, el Estado procede a la inscripción de los nacimientos directamente en las maternidades para satisfacción de los ciudadanos. Además, los empleados del Ministerio de Justicia celebran periódicamente reuniones con la población en los departamentos de registro de los distritos (ciudades) de la República, en que informan sobre la importancia y la obligación de inscribir los nacimientos; otra de sus tareas es localizar a las personas que no han sido inscritas en el registro estatal de nacimientos y proveer a su inscripción.

31.La legislación de la República de Azerbaiyán prohíbe toda discriminación, incluida la discriminación basada en la nacionalidad, en el ámbito del empleo y la protección social de la población.

32.Según la primera parte del artículo 16 del Código del Trabajo de la República de Azerbaiyán, se prohíbe toda discriminación, atribución directa o indirecta de beneficios o privilegios, o restricción de derechos por motivos de ciudadanía, género, raza, religión, filiación étnica, idioma, lugar de residencia, situación patrimonial, extracción social, edad, estado civil, convicciones, opiniones políticas, afiliación a sindicatos u otras organizaciones públicas, cargo u otro factor ajeno a las cualificaciones profesionales, las competencias profesionales o el desempeño laboral de los trabajadores.

33.Según el artículo 6.2.1 de la Ley de Empleo de la República de Azerbaiyán, de 2 de julio de 2001, que define la base jurídica, económica y orgánica de la política estatal de empleo, así como las garantías estatales en materia de empleo de los ciudadanos y de protección social de los desempleados, todos los ciudadanos, independientemente de su raza, filiación étnica, idioma, género, estado civil, condición social, origen, lugar de residencia, situación patrimonial, convicciones o afiliación a partidos políticos, sindicatos u otras asociaciones públicas, gozan de las mismas oportunidades de ejercer su derecho a la libre elección del trabajo y el empleo.

34.En Azerbaiyán no hay obstáculos que impidan garantizar los derechos de las minorías étnicas lezgui y talysh en el ámbito de la salud. De conformidad con la Ley de Protección de la Salud, los servicios de atención de la salud en las instituciones de salud pública son gratuitos y toda persona tiene derecho a utilizarlos, independientemente de su origen étnico, religión, raza o género. Por consiguiente, en el marco de las reformas en gran escala de la salud pública en el país, se han puesto a disposición de los habitantes centros médicos de diagnóstico y de atención primaria de la salud y hospitales, plenamente equipados con las tecnologías y suministros médicos más avanzados, que se ajustan a las normas internacionales. Ello se ha hecho en las regiones del norte, el noroeste, el sur y el centro de Azerbaiyán, donde se encuentran las minorías étnicas. Las poblaciones lezgui, tsajur, ávara, ingiloy, judía y turca mesquetia, tat y talysh y los ciudadanos azerbaiyanos de otras nacionalidades que viven en esas regiones tienen acceso a servicios médicos de gran calidad.

35.En los últimos años, el Ministerio de Salud ha construido, reparado o reconstruido más de 300 grandes centros de salud en las regiones y en la capital del país, incluidas las zonas en que viven las minorías étnicas. Sigue implementándose con éxito el Programa Estatal de Atención de la Salud. También las minorías étnicas se benefician de este programa. El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo programa quinquenal de inmunoprofilaxis en esferas prioritarias de atención de la salud como la diabetes, la tuberculosis y las enfermedades infecciosas.

36.Gracias a las medidas en gran escala aplicadas en el país, incluidas las regiones donde viven las minorías étnicas, se observa la estabilidad epidemiológica, no se han detectado enfermedades controlables como la poliomielitis, la difteria, el sarampión o la rubéola, y se registra una disminución de otras infecciones controlables. El Ministerio de Salud ha prestado especial atención a la mejora de los conocimientos y aptitudes profesionales de los trabajadores de la salud en las regiones donde viven las minorías étnicas. En los dos últimos años, 250 trabajadores médicos azerbaiyanos se han perfeccionado profesionalmente en las clínicas punteras de otros países. Dos de ellos representan a minorías étnicas.

37.Representantes de las minorías étnicas han sido premiados con los títulos honoríficos de “Médico Distinguido” y “Científico Distinguido”, la medalla al “Progreso” y el “Decreto de Distinción Honorífica” por su contribución excepcional al desarrollo de los servicios de atención de la salud en Azerbaiyán.

38.Según la Ley de Educación de la República de Azerbaiyán, uno de los principios básicos de la política educacional del Estado es la igualdad, es decir, la creación de oportunidades de acceso de todos los ciudadanos a la educación en igualdad de condiciones, y la observancia del derecho a la educación. Asimismo, la Ley garantiza la oportunidad de educación y la ausencia de discriminación en este ámbito a todos los ciudadanos, independientemente de su género, raza, idioma, religión, convicciones políticas, filiación étnica, condición social, origen o estado de salud.

39.No hay obstáculos que impidan garantizar el derecho a la educación de los representantes de las minorías lezghi y talysh en Azerbaiyán. Tampoco los representantes de las minorías étnicas han recurrido al Ministerio de Educación por problemas de restricción de su acceso a la educación. En la educación general, los representantes de las minorías reciben dos horas semanales de enseñanza en su idioma materno. Además, periódicamente se celebra en las escuelas ordinarias una serie de eventos con el fin de preservar y desarrollar el patrimonio cultural de las minorías étnicas. Por ejemplo, se organizan debates de mesa redonda sobre “La protección de los derechos de las minorías étnicas”, “La protección de los derechos civiles en nuestro país” y “Los derechos humanos y el multiculturalismo”.

40.Además de las actividades organizadas por el Gobierno para preservar y desarrollar los idiomas, las culturas y las tradiciones de todos los pueblos que viven en Azerbaiyán, también llevan a cabo proyectos en este ámbito organizaciones no gubernamentales (ONG) especializadas. Además, el Consejo de Apoyo Estatal a las Organizaciones No Gubernamentales dependiente de la Presidencia de la República proporciona asistencia financiera a ONG especializadas para la producción de películas ilustrativas del desarrollo de la cultura y los idiomas de las minorías étnicas y la recopilación de muestras del folclore y la identidad étnica. Entre 2008 y 2017, el Consejo asignó 314.310 manats a 45 proyectos destinados a las minorías étnicas. Al mismo tiempo, el apoyo financiero destinado entre 2013 y 2017 a proyectos de las minorías étnicas por las ONG especializadas (principalmente las ONG que representan a esos pueblos) fue el siguiente:

2013 – 7 proyectos, 41.000 manats, 52.564 dólares de los Estados Unidos (al tipo de cambio de ese período)

2014 – 4 proyectos, 36.200 manats, 46.410 dólares (al tipo de cambio de ese período)

2015 – 4 proyectos, 30.000 manats, 28.585 dólares

2016 – 5 proyectos, 43.000 manats, 26.818 dólares

2017 – 3 proyectos, 17.000 manats, 9.850 dólares

41.Aunque el Consejo financia proyectos destinados a las minorías étnicas en todos los concursos para la concesión de subvenciones, también anuncia concursos especializados en diferentes ocasiones. Por ejemplo, en 2008 se celebró el evento titulado “Protección de la diversidad nacional y étnica de Azerbaiyán y del patrimonio cultural de las minorías étnicas” y en 2013, el evento titulado “Desarrollo de la cultura de los pueblos que habitan Azerbaiyán”.

Párrafo 9 – Artículo 2 del Pacto

42.Con miras a la solución de los problemas sociales de los refugiados, los desplazados internos y los solicitantes del “estatuto de refugiado” (asilo), se ha establecido una base jurídica integral que se ajusta a las normas internacionalmente aceptadas; el Presidente ha firmado 108 decretos y reglamentos; el Consejo de Ministros ha aprobado 379 decretos y reglamentos, y el Milli Majlis ha aprobado 34 leyes. Se han aprobado dos Programas Estatales (en 1998 y en 2004) en las esferas pertinentes y dos apéndices de estos (en 2007 y en 2011). Se han seguido implementando satisfactoriamente el Programa Estatal para mejorar las condiciones de vida y promover el empleo de los refugiados y las personas internamente desplazadas, aprobado por la Orden Presidencial núm. 298 de 1 de julio de 2004, y los anexos de este programa, aprobados por la Orden Presidencial núm. 2475 de 31 de octubre de 2007 y la Orden núm. 1346 de 21 de febrero de 2011.

43.En 2007 se puso fin al desmantelamiento de 12 campamentos de tiendas de campaña y de 3 asentamientos cercanos al ferrocarril, constituidos por vagones de carga, y en 2016, al de 16 asentamientos de tipo finlandés, y se procedió al traslado de las familias de desplazados internos temporalmente asentadas en esos territorios para construir nuevos asentamientos. En general, entre 2001 y 2017, en más de 30 ciudades y regiones de la República se construyeron para los refugiados y los desplazados internos 97 asentamientos y urbanizaciones modernas dotadas de edificios de altura y de toda la infraestructura social y técnica necesaria en una superficie total de 3,3 millones de metros cuadrados, a expensas del Fondo Estatal del Petróleo y de otras fuentes.

44.Fue restaurada una aldea de la región de Yabrayil, Cocuq Mercanli, que fue liberada de la ocupación; en ella se construyeron y habilitaron 150 viviendas, edificios escolares, jardines de infancia, hospitales, oficinas de correos y otras instalaciones sociales e infraestructuras necesarias.

45.En las nuevas urbanizaciones se construyeron 153 escuelas, 59 centros culturales, 60 centros de salud, 61 jardines de infancia y 2 complejos deportivos olímpicos; se tendieron 745 km de carreteras, 985 km de red de abastecimiento de agua, 1.720 km de tendido eléctrico, 487 km de gasoductos, 77 km de líneas de comunicaciones, 49 km de conductos de calefacción, 93 km de tuberías de alcantarillado y 170 km de red de drenaje, y se instalaron 850 transformadores eléctricos de distinta capacidad. En consecuencia, han mejorado hasta la fecha las condiciones habitacionales de 52.300 familias o 265.000 refugiados y desplazados internos.

46.Conforme a las instrucciones del Primer Vicepresidente de la República de Azerbaiyán, se están adoptando medidas para trasladar a 4.000 familias internamente desplazadas que fueron instaladas provisionalmente en edificios de emergencia en Bakú y Sumgait. Aproximadamente 1.000 hogares han recibido nuevos apartamentos. Se tiene previsto mejorar las condiciones de vida y de habitación de más de 4.000 familias o más de 20.000 desplazados internos en 2018.

47.Al igual que otras estructuras de las regiones ocupadas, siguen funcionando las instituciones de educación, salud, cultura y deportes. Esto crea condiciones favorables para garantizar los derechos de los niños internamente desplazados. Como los desplazados internos son ciudadanos de la República de Azerbaiyán, no se impone restricción alguna a su libre utilización de los servicios de las estructuras estatales que funcionan en sus asentamientos temporales. Los desplazados internos también gozan de algunos privilegios. Los que están provisionalmente instalados en viviendas privadas reciben una prestación mensual de 36 manats. Los que viven en asentamientos compactos que no disponen de gas natural o medidores reciben una prestación mensual de 20 manats y el Gobierno abona sus gastos en servicios básicos directamente a los proveedores. Los desplazados internos tienen derecho a conservar sus puestos de trabajo cuando se producen reducciones de plantilla en los departamentos y empresas. Al mismo tiempo, los estudiantes de las instituciones de enseñanza superior financiadas por el Estado y de las escuelas públicas pagadas no tienen la obligación de pagar la matrícula y se benefician de exámenes y tratamientos gratuitos en instituciones médicas estatales. La educación de los refugiados y los desplazados internos se organiza con arreglo a la legislación de la República de Azerbaiyán. Estas personas tienen derecho a asistir a cualquier escuela de su lugar de residencia, así como a las escuelas para los desplazados internos.

Instituciones de enseñanza general para los refugiados y desplazados internos (al comienzo del año lectivo)

2013/2014

2014/2015

2015/2016

2016/2017

2017/2018

Número de instituciones estatales de educación pública para los refugiados y los desplazados internos (al comienzo del año lectivo) – total

620

611

602

593

585

Número de alumnos de estas instituciones – total, miles de personas

78 , 1

81 , 3

84 , 1

90 , 1

95 , 0

De ellos: Niños

42 , 3

44 , 3

46 , 0

49 , 2

52 , 0

Niñas

35 , 8

37 , 0

38 , 1

40 , 9

43 , 0

48.Para fomentar el empleo se han otorgado a 24.000 desplazados internos microcréditos por valor de 14,8 millones de manats por conducto del Fondo de Desarrollo Social de los Desplazados Internos y a expensas del Banco Mundial y el Gobierno de la República de Azerbaiyán. Se han beneficiado de estos programas 50.000 desplazados internos. En los 14 últimos años, el Fondo Nacional de Apoyo a la Iniciativa Empresarial ha otorgado créditos preferenciales por valor de 44,3 millones de manats para financiar los proyectos de inversión de las empresas de más de 2.000 desplazados internos. En los últimos 24 años se han destinado 6.600 millones de manats a la solución de los problemas sociales de los refugiados y los desplazados internos. De ese total, 3.100 millones de manats provienen del presupuesto estatal, 2.100 millones del Fondo Estatal del Petróleo y 1.400 millones de las instituciones financieras internacionales y las organizaciones humanitarias internacionales que operan en el país. Gracias a las medidas aplicadas, en los 14 últimos años la proporción de los desplazados internos bajo el umbral de pobreza ha disminuido del 75 % al 12 %.

49.El proyecto del programa “Gran Retorno” fue preparado a partir de las propuestas pertinentes recibidas de 34 órganos estatales y 14 organizaciones internacionales. Se estableció un grupo de trabajo para calibrar los daños causados a las tierras ocupadas, los asentamientos y otras instalaciones y las pérdidas materiales y culturales sufridas como consecuencia de las operaciones militares de las fuerzas armadas armenias, en función del precio de mercado tradicional basado en las Normas Internacionales de Valoración. Según las estimaciones iniciales conjuntas de este grupo de trabajo y de expertos internacionales, la cuantía de las pérdidas materiales y morales sufridas por Azerbaiyán supera los 819.000 millones de dólares de los Estados Unidos.

50.Según el artículo 69 de la Constitución de la República de Azerbaiyán y el artículo 74 del Código de Migración, en Azerbaiyán los extranjeros y las personas apátridas gozan de todos los derechos en pie de igualdad con los ciudadanos azerbaiyanos, salvo en los casos previstos en la ley o en los tratados internacionales en que es parte la República de Azerbaiyán. Los derechos y libertades de los extranjeros y los apátridas con residencia permanente o estancia temporal en el territorio de Azerbaiyán solo pueden restringirse con arreglo a las normas del derecho internacional y las leyes de la República de Azerbaiyán.

51.El Código de Migración establece las normas relativas a la condición jurídica de los extranjeros y los apátridas en la República de Azerbaiyán. De conformidad con los artículos pertinentes de este Código, se garantiza el derecho de los extranjeros y los apátridas a la reunificación familiar en el país. Según el artículo 3.0.11 del Código, por miembros de la familia de un extranjero o apátrida se entiende el cónyuge, los hijos menores de 18 años, los hijos adultos (mayores de 18 años) incapaces de trabajar y los padres bajo su custodia, y según el artículo 3.0.12, por parientes próximos de un extranjero o apátrida se entiende el padre y la madre, el cónyuge, los hijos, los hermanos y hermanas, los sobrinos y sobrinas, los abuelos y abuelas, el padre y la madre de un abuelo o abuela, los nietos, los suegros y suegras, los cuñados y cuñadas.

52.Prácticamente todas las personas que han obtenido el estatuto de refugiado y que están inscritas en el Servicio Estatal de Migración se han integrado en la sociedad azerbaiyana. Por ejemplo, 20 personas que han obtenido el estatuto de refugiado han contraído matrimonio con ciudadanos azerbaiyanos y tienen hijos que también son ciudadanos de Azerbaiyán. Se ha adjudicado un lugar de residencia a la mayoría de los refugiados y sus familiares, que son propietarios de sus apartamentos privados.

53.Es más, conforme al artículo 82 del Código de Migración, cuando los extranjeros y los apátridas (y los familiares que llegan con ellos) solicitan el estatuto de refugiado, pueden ser acogidos si lo desean en los centros pertinentes del Servicio Estatal de Migración hasta que se resuelva la cuestión del estatuto. Una vez reconocido el estatuto, pueden permanecer en ellos hasta obtener un puesto de trabajo y un lugar de residencia, pero no más de tres meses.

54.En la actualidad hay tres centros de este tipo (en Bakú, Yevlaj y Najicheván) bajo la jurisdicción del Servicio Estatal de Migración. Los extranjeros y los apátridas que llegan a Azerbaiyán para obtener el estatuto de refugiado son acogidos voluntariamente en esos centros si no tienen un lugar donde vivir. Teniendo en cuenta la experiencia de los países europeos, los centros han establecido normas internacionales para los solicitantes de asilo.

55.Los solicitantes de asilo y sus familiares son acogidos en esos centros tres veces al día con alimentos, ropas, artículos de higiene personal y de otro tipo. Se han creado las condiciones necesarias para que aprendan el idioma azerí y ocupen provechosamente su tiempo libre. En salas especiales para los niños hay espacios con equipo deportivo, juguetes, libros infantiles, material de dibujo, televisores, juegos, etc. Los niños pueden utilizar el patio deportivo para recrearse y jugar al aire libre.

56.Los solicitantes de asilo acogidos en los centros tienen derecho a salir de ellos en cualquier momento. Las personas acogidas en los centros tienen derecho a dirigirse directamente al Comisionado de Derechos Humanos de la República de Azerbaiyán (Ombudsman) utilizando ciertos números de teléfono para plantear los asuntos que les conciernen. El Grupo de Prevención Nacional de la Oficina del Ombudsman vigila regularmente las condiciones de protección de los derechos humanos y las condiciones de internamiento.

57.Como resultado de las medidas adoptadas por el Servicio Estatal de Migración para registrar a los apátridas, en el período 2008-2017 se reconoció la ciudadanía azerbaiyana a 1.528 apátridas mediante las órdenes presidenciales correspondientes:

2008 – 49 personas

2009 – 65 personas

2010 – 91 personas

2011 – 104 personas

2012 – 161 personas

2013 – 196 personas

2014 – 186 personas

2015 – 181 personas

2016 – 117 personas

2017 – 378 personas

58.El Servicio Estatal de Migración desarrolla regularmente actividades de divulgación en varias regiones del país con fines de prevención y reducción de los casos de apatridia, así como de registro de las personas apátridas. Por conducto de las oficinas regionales del Servicio Estatal de Migración, en conjunto con las autoridades ejecutivas locales se celebraron numerosas reuniones, se prestó asesoramiento y se aceleró la labor de registro de las personas indocumentadas. Actualmente, el Servicio Estatal de Migración sigue adoptando las medidas apropiadas para legalizar la situación de los apátridas en el país.

59.El sistema de “visado del ASAN” se puso en marcha el 10 de enero de 2017 en virtud del Decreto Presidencial núm. 923 para Simplificar el Procedimiento de Visado Electrónico y Establecer el Sistema de “Visado del ASAN”, de 1 de junio de 2016. Este sistema (www.evisa.gov.az) consiste en un portal oficial de visado electrónico administrado por el Organismo Estatal de Servicios Públicos e Innovaciones Sociales, dependiente de la Presidencia de la República. Hasta la fecha se han expedido más de 460.000 visados electrónicos a extranjeros que desean viajar a Azerbaiyán. Pueden solicitar un visado electrónico los ciudadanos extranjeros y los apátridas de 95 países. El visado electrónico permite una sola entrada y es válido por 90 días para una estancia de 30 días en el país. Se pueden obtener visados electrónicos de tipo estándar y de carácter urgente. El período normal de tramitación del visado electrónico es de tres días hábiles a partir de la fecha de solicitud. El procesamiento de la solicitud de visado electrónico, incluso en días feriados y no laborables, dura tres horas. Las solicitudes pueden ser individuales o colectivas (de 2 a 10 personas). Actualmente, el portal está disponible en siete idiomas: azerí, inglés, ruso, francés, español, árabe y persa.

60.Procedimientos de expedición de visados a los ciudadanos extranjeros y los apátridas en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán:

El 15 de mayo de 2018 entró en vigor el Decreto Presidencial núm. 1803, de 31 de enero de 2018, para mejorar el procedimiento de expedición de visados a los extranjeros y los apátridas en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán. En virtud de este decreto, el sistema de “visado del ASAN” comenzó a funcionar en el aeropuerto de Heydar Aliyev el 15 de mayo de 2018. Hasta la fecha se han expedido más de 9.000 visados electrónicos a extranjeros en ese aeropuerto. El 1 de junio de 2018 se empezó a expedir estos visados en el aeropuerto de Ganya. Desde el 14 de junio de 2018 se expiden en el aeropuerto de Gabala. Los ciudadanos y los apátridas de varios países extranjeros obtienen visados del sistema del ASAN en los aeropuertos internacionales de la República de Azerbaiyán. Los extranjeros obtienen sus visados en terminales de autoservicio o dirigiéndose a los mesones del servicio ASAN. Al recibir un visado en los terminales de autoservicio, el extranjero primero carga la información del documento de viaje en el sistema a través del escáner y luego inserta la demás información (objeto de la visita, profesión y número de contacto) directamente. El extranjero recibe un visado previo pago. El proceso de expedición del visado dura unos dos minutos. En los mesones del servicio ASAN, todo el proceso cuenta con el apoyo de los oficiales de visado. Tras recibir el visado en el aeropuerto, los ciudadanos de la República de Turquía pueden permanecer 60 días en Azerbaiyán y los de otros países, 30 días. El visado es gratuito para los ciudadanos japoneses.

61.Actualmente el régimen simplificado de concesión de visados se aplica a los siguientes países:

1.Bahrein;

2.Emiratos Árabes Unidos;

3.República Popular China;

4.Indonesia;

5.República Islámica del Irán;

6.Israel;

7.República de Corea;

8.Kuwait;

9.Qatar;

10.Malasia;

11.Omán;

12.Reino de la Arabia Saudita;

13.Singapur;

14.Turquía;

15.Japón;

16.* Estados Unidos de América (solo a los ciudadanos estadounidenses que viajan en un vuelo Nueva York – Bakú se les expide un visado de 30 (treinta) días en el aeropuerto internacional de Heydar Aliyev).

62.Lista de los países que reúnen los requisitos para el visado del ASAN:

1.Estados Unidos de América;

2.Albania;

3.Alemania;

4.Andorra;

5.Argentina;

6.Australia;

7.Austria;

8.Bahamas;

9.Barbados;

10.Bahrein;

11.Bélgica;

12.Emiratos Árabes Unidos;

13.Reino Unido;

14.Bolivia;

15.Bulgaria;

16.Bosnia y Herzegovina;

17.Brasil;

18.Brunei Darussalam;

19.Sudáfrica;

20.Djibouti;

21.República Checa;

22.Chile;

23.República Popular China;

24.Dinamarca;

25.Ecuador;

26.Argelia;

27.Estonia;

28.Finlandia;

29.Francia;

30.India;

31.Honduras;

32.Croacia;

33.Indonesia;

34.Jordania;

35.República Islámica del Irán;

36.Irlanda;

37.Islandia;

38.España;

39.Israel;

40.Suecia;

41.Suiza;

42.Italia;

43.Canadá;

44.Chipre;

45.Colombia;

46.República de Corea;

47.Costa Rica;

48.Cuba;

49.Kuwait;

50.Letonia;

51.Lituania;

52.Liechtenstein;

53.Luxemburgo;

54.Hungría;

55.Macedonia;

56.Malasia;

57.Maldivas;

58.Malta;

59.Mauricio;

60.México;

61.Marruecos;

62.Mónaco;

63.Mongolia;

64.Montenegro;

65.Santa Sede;

66.Nepal;

67.Países Bajos;

68.Noruega;

69.Omán;

70.Pakistán;

71.Panamá;

72.Paraguay;

73.Perú;

74.Polonia;

75.Portugal;

76.Qatar;

77.Guatemala;

78.Rumania;

79.San Marino;

80.Serbia;

81.Seychelles;

82.Reino de la Arabia Saudita;

83.Singapur;

84.Eslovaquia;

85.Eslovenia;

86.Sri Lanka;

87.Tailandia;

88.Trinidad y Tabago;

89.Turquía;

90.Turkmenistán;

91.Viet Nam;

92.Jamaica;

93.Japón;

94.Nueva Zelandia;

95.Grecia.

Párrafo 10 – Artículo 3 del Pacto (cuadros 14 a 33 del anexo)

63.La Ley de Igualdad de Género de 2006 obliga al Estado a garantizar la igualdad de género, incluida la eliminación de todas las formas de discriminación basada en el género, asegurando la igualdad de oportunidades para el hombre y la mujer en la vida política, económica, social, cultural y en otras esferas de la vida pública, y del predominio de los representantes de un género sobre otro en la administración pública y las instancias de decisión. La República de Azerbaiyán es parte en prácticamente todos los principales instrumentos internacionales de derechos humanos para la protección de los derechos de la mujer.

64.A principios de 2018, el 50,1 % de la población total del país, es decir, 4.960.100 personas, eran mujeres. La proporción de mujeres en la población económicamente activa (5.012.700) es del 48,6 % (2.439.500). La esperanza de vida es de 75,2 años (72,8 para los hombres y 77,6 años para las mujeres). Actualmente la tasa de desempleo general en el país es del 5,0 %; para las mujeres, es del 6,0 % (4,2 % para los hombres). Del desglose por género de la población ocupada se desprende que las mujeres tienen mayor presencia que los hombres en la educación (68,5 % frente a 31,5 %), en los servicios médicos y sociales (73,1 % frente a 26,9 %) y en el ámbito de la recreación, el entretenimiento y el arte (59,9 % frente a 40,1 %).

Empleo y desempleo, miles de personas

2005

2010

2012

2013

2014

2015

2016

Población activa

4 380,1

4 587,4

4 688,4

4 757,8

4 840,7

4 915,3

5 012,7

Mujeres

2 111,3

2 257,7

2 293,1

2 321,8

2 365,0

2 404,5

2 439,5

Hombres

2 268,8

2 329,7

2 395,3

2 436,0

2 475,7

2 510,8

2 573,2

Población empleada

4 062,3

4 329,1

4 445,3

4 521,2

4 602,9

4 671,6

4 759,9

Mujeres

1 957,6

2 101,7

2 153,5

2 183,7

2 226,8

2 263,4

2 294,2

Hombres

2 104,7

2 227,4

2 291,8

2 337,5

2 376,1

2 408,2

2 465,7

Población desempleada

317,8

258,3

243,1

236,6

237,8

243,7

252,8

Mujeres

153,7

156,0

139,6

138,1

138,2

141,1

145,3

Hombres

164,1

102,3

103,5

98,5

99,6

102,6

107,5

De la cual:

Personas reconocidas como desempleadas

56,3

39,0

36,8

36,2

28,7

28,9

33

Mujeres

29,1

17,0

15,5

15,0

11,3

11,2

12,6

Hombres

27,2

22,0

21,3

21,2

17,4

17,7

20,4

65.En la actualidad trabajan 2.658 mujeres en los organismos de orden público de la República (1.212 funcionarias de rango superior, medio e inferior, 1.447 funcionarias civiles), que representan alrededor del 10 % del total del personal, proporción que aumenta de año en año. Las mujeres trabajan principalmente en patrullas estacionarias, investigaciones e inspecciones, recursos humanos, pasaportes, estadísticas, cooperación internacional, medicina, prensa, labor preventiva con menores, trabajos de oficina, en el servicio ASAN y en centros de llamadas telefónicas. También debe tenerse en cuenta que las principales esferas de actividad de los organismos de orden público son la prevención de delitos e infracciones, el esclarecimiento de los delitos cometidos, la identificación y detención de los delincuentes y la protección del orden público, y que, en vista de la función ininterrumpida prescrita por la ley durante el día, es obvio que el número de mujeres sea inferior al de hombres.

66.En el marco del Programa Estatal de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Sostenible en la República de Azerbaiyán para 2008-2015, aprobado por el Decreto Presidencial núm. 3043 de 15 de septiembre de 2008, en 2013 se llevó a cabo un estudio estadístico de calificación de la violencia contra las personas en las ciudades y las zonas rurales del país.

67.Teniendo en cuenta la experiencia internacional, a los efectos del estudio estadístico de las cuestiones de igualdad de género en la República de Azerbaiyán se elaboró un sistema complejo de 310 indicadores estadísticos. Las mujeres azerbaiyanas participan activamente en la vida socioeconómica y sociopolítica del país.

68.Una de las cuestiones más importantes que ocupan al Estado es la protección de la salud de la mujer. Actualmente el país cuenta con 17 maternidades, 137 centros de orientación para mujeres y 250 policlínicas infantiles y dispensarios ambulatorios que atienden la salud de las mujeres.

69.Según datos preliminares, la proporción general de las mujeres que participan activamente en la vida socioeconómica del país es del 48,2 %. Constituyen el 79,8 % de los docentes en las instituciones de enseñanza general, el 77,9 % en las de enseñanza secundaria especial, el 51,9 % en las de educación superior y el 65,7 % de los médicos del país. Son niñas el 46,0 % de los alumnos en las instituciones de enseñanza general, el 65,3 % en las de enseñanza secundaria especial y el 48,2 % en las de educación superior. Las mujeres desempeñan un papel singular en el desarrollo científico. Representan el 56,0 % de los investigadores. En los cinco últimos años ha aumentado 1,5 veces el número de mujeres que han obtenido títulos de doctorado en investigación y ciencias. Son mujeres 8 de los miembros titulares de la Academia Nacional de Ciencias y 12 de los miembros corresponsales. La proporción de mujeres entre los empresarios es del 21,5 %. El 41,7 % de quienes se dedican a la educación física y el deporte son mujeres. También va en aumento el número de diputadas en el Parlamento (Milli Majlis). En 1990, las mujeres representaban el 4,3 % de todos los diputados, en 2000 el 10,7 %, y hoy esa proporción asciende al 16,1 %. En comparación con las primeras elecciones municipales, en las últimas el número de mujeres elegidas fue de 5.236, o sea que se sextuplicó. En los municipios representan el 35,0 %, proporción que fue del 4,0 % en las primeras elecciones municipales. Llama la atención el incremento anual de las mujeres que obtienen su licencia de conducir. Por ejemplo, la proporción de mujeres que obtuvieron la licencia aumentó del 4,6 % en 2008 al 6,7 % en 2017.

70.En Azerbaiyán se han adoptado y aplicado medidas especiales para reducir el desempleo entre las mujeres y promover su bienestar económico, especialmente en las regiones.

71.En virtud del Decreto Presidencial de 23 de septiembre de 2016, bajo la dirección del Organismo Estatal de Servicios Públicos e Innovaciones Sociales (servicio ASAN) se creó la entidad jurídica pública ABAD (Apoyo del ASAN a las Empresas Familiares). El propósito de esta entidad es la participación activa de los ciudadanos en el desarrollo socioeconómico del país, el fomento de las pequeñas y medianas empresas, la promoción del empleo y la ejecución de proyectos sociales destinados a la formación de empresas familiares competitivas. La prioridad de las actividades de la ABAD es apoyar el emprendimiento familiar, y en particular la actividad artística y agrícola de las mujeres. Por vez primera, fueron seleccionadas 63 familias de Masally, Balakan, Ismayilli, Shaki y Bakú en el ámbito de la actividad artística y 30 familias en el ámbito de la actividad agrícola.

72.De conformidad con ese decreto presidencial, en 2017 se estableció el Organismo de Fomento de las Pequeñas y Medianas Empresas, dependiente del Ministerio de Economía. Su misión es promover la iniciativa empresarial en Azerbaiyán y el apoyo a las empresas pequeñas y medianas. El supuesto es que al alero de este organismo han de funcionar pequeñas y medianas empresas. La creación de este organismo contribuye al desarrollo de las pequeñas y medianas empresas y en particular la actividad empresarial de las mujeres en las regiones del país.

73.Entre 2011 y 2015 se llevó a cabo con éxito la Campaña de Promoción de la Participación de la Mujer en la Vida Social y Económica en las Regiones y Zonas Rurales, en conjunto con el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo. El proyecto prevé aumentar el nivel de conocimientos de las mujeres en el sector empresarial, mejorar la situación económica de las mujeres (en particular las madres jóvenes, las madres solteras y las mujeres con discapacidad pertenecientes a grupos vulnerables) y crear un entorno propicio a la actividad empresarial y social de la mujer en las zonas rurales. El propósito de estas actividades es poner en práctica las recomendaciones del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, perseguir los Objetivos de Desarrollo del Milenio (Objetivos 1 y 3) y cumplir los compromisos contraídos por la República de Azerbaiyán en virtud de la Declaración y la Plataforma de Beijing. A estos efectos, gracias a la labor realizada por el Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia se han establecido centros de recursos para las mujeres que funcionan eficazmente.

74.El Decreto Presidencial sobre el Establecimiento del Consejo de Apoyo Estatal a las Organizaciones No Gubernamentales, de 13 de diciembre de 2007, definió los “asuntos de la familia, la mujer y la infancia” como una de las áreas de apoyo estatal a las ONG. De los ocho miembros del Consejo, uno de los delegados de las ONG representa a esta área. Todos los concursos anunciados por el Consejo para la concesión de subvenciones incluyen ámbitos tales como la participación de las mujeres, la igualdad de género y los derechos de la mujer en las regiones, la violencia doméstica y los problemas de empleo de la mujer. Desde 2008, el Consejo proporciona asistencia financiera y otro tipo de asistencia técnica y metodológica a las ONG. Otra esfera prioritaria del Consejo es la financiación de proyectos de ONG de atención de la salud reproductiva de la mujer, aplicación de medidas preventivas durante el embarazo y protección de la madre y el niño en el área de “atención de la salud, salud y medio ambiente”.

75.En el período 2013-2017, el apoyo financiero prestado (mediante subvenciones) a las ONG en las esferas señaladas fue el siguiente:

En 2013 se asignaron 150.701 manats (193.206 dólares al tipo de cambio de ese período) a 25 proyectos

En 2014 se asignaron 175.500 manats (225.000 dólares al tipo de cambio de ese período) a 23 proyectos

En 2016 se asignaron 207.000 manats a 22 proyectos

En 2017 se asignaron 124.000 manats a 19 proyectos

Párrafo 11 – Artículos 6 y 7 del Pacto (cuadros 34 a 38 del anexo)

76.Con arreglo a la Estrategia de Empleo, se han implementado programas estatales con el fin de garantizar el empleo efectivo a la población mediante la utilización más eficiente de los recursos laborales, la creación de las condiciones necesarias para el desarrollo de la iniciativa empresarial, y el mejoramiento de la infraestructura institucional con el fin de reforzar la compatibilidad dinámica entre la oferta y la demanda en el mercado de trabajo. En el marco de los programas estatales se ha logrado un avance significativo en la reducción sostenible de la tasa de desempleo y la protección social de los desempleados y los grupos socialmente vulnerables de la población, así como algunos progresos en la mejora de los mercados de trabajo, la mejora cualitativa de los recursos laborales, el fomento de la competitividad y la creación de condiciones favorables para la actividad económica.

Tasa de desempleo en todo el país en general y entre los jóvenes, en porcentaje

Entre los desempleados

Años

Tasa de desempleo general

15 a 24 años

15 a 29 años

15 a 34 años

2013

5,0

13,7

9,9

8,0

2014

4,9

13,5

9,7

7,9

2015

5,0

13,4

9,6

7,7

2016

5,0

13,1

9,4

7,6

2017*

5,0

-

-

-

77.Como resultado de la labor realizada, la tasa de desempleo descendió del 9,7 % en 2003 al 5 % en 2017. Al mismo tiempo, conforme a los indicadores de objetivos establecidos en la Hoja de Ruta Estratégica sobre las Perspectivas de la Economía Nacional, se tiene prevista la creación de más de 450.000 nuevos puestos de trabajo para 2025. La continuación de la política económica y social aplicada en el país permitirá reducir la tasa de desempleo al nivel mínimo en los próximos años. Asimismo, de conformidad con el Decreto Presidencial núm. 2090 de 16 de abril de 2007, se aprobó el Programa Estatal de Educación de Jóvenes Azerbaiyanos en el Extranjero para 2007-2015. En el marco de la política de convertir el “oro negro” en “oro humano”, el Fondo Estatal del Petróleo ha sufragado los gastos de educación de centenares de azerbaiyanos en instituciones educativas punteras de los países más avanzados. Para financiar el Programa Estatal, el Fondo Estatal del Petróleo destinó 205,5 millones de manats entre 2008 y 2017, período en que más de 3.300 jóvenes estudiaron en instituciones de enseñanza superior de otros países.

78.En el concepto de desarrollo de “Azerbaiyán – 2020: Visión del Futuro”y en las Hojas de Ruta Estratégicas de la Economía Nacional y los Principales Sectores de la Economía, aprobadas por los decretos presidenciales correspondientes, la formación del potencial competitivo de la juventud como recurso humano, la promoción de un estilo de vida saludable y activo de la juventud, la ampliación de las oportunidades de trabajo para esta y su integración en la sociedad se consideran entre las prioridades fundamentales del desarrollo social y económico.

79.De conformidad con el Decreto Presidencial sobre Medidas Adicionales para Asegurar el Autoempleo de la Población, de 7 de abril de 2016, el Ministerio de Trabajo y Protección Social tiene en marcha el programa de autoempleo con el fin de asegurar el empleo por cuenta propia de las personas en condiciones de trabajar, en particular los jóvenes. Unos 1.400 hogares han logrado llevar adelante sus proyectos empresariales en el marco del programa. Sigue en curso la labor a este respecto. En 2017 se concedieron activos a 303 jóvenes participantes en el programa de autoempleo en función de los planes de negocios. En 2018, en el marco del Programa Nacional de Trabajo Decente para 2016‑2020, se pondrá en marcha el Programa Piloto de Subvenciones destinado a ampliar las oportunidades de trabajo decente de los jóvenes, con el apoyo de la Organización Internacional del Trabajo.

80.Como resultado de las medidas tomadas en los últimos cinco años, la tasa de desempleo entre los jóvenes de 15 a 29 años disminuyó en el país del 11,8 % al 9,4 % en 2016.

81.Propiciadas por la estabilidad social y política reinante en Azerbaiyán, las exitosas reformas introducidas en los ámbitos económico, social y otros, como el del empleo, en particular las medidas adoptadas para fomentar el empleo juvenil, han sido valoradas en alto por las organizaciones internacionales.

82.El 30 de junio de 2017 se promulgó la Ley del Seguro de Desempleo. En previsión de la disolución de una empresa o la reducción de su plantilla, esta Ley regula la recaudación de un monto mensual de parte de los trabajadores con arreglo al contrato de trabajo y, en caso de disolución de la relación laboral, los pagos del seguro con cargo a esos fondos. Con miras a armonizar la legislación (13 leyes, 4 decretos y 9 decisiones) se redactaron 26 proyectos, que se sometieron al Consejo de Ministros en carta de fecha 9 de diciembre de 2017.

Párrafo 12 – Artículos 6 y 7 del Pacto

83.Al 1 de enero de 2018 eran 5.649 y al 1 de febrero de 2018 eran 5.467 los penados ocupados en actividades socialmente útiles en las penitenciarías. Al mismo tiempo, durante 2017 se abrieron 202 nuevos lugares de trabajo (237 al 1 de febrero de 2018) en nuevas áreas de producción creadas en los establecimientos penitenciarios.

84.Se permite trabajar en forma voluntaria a los penados de más de 60 años de edad, las penadas de más de 55 años, las personas con discapacidad de los grupos 1 y 2, los penados de menos de 18 años con discapacidad física, las mujeres con más de cuatro meses de embarazo o las penadas con hijos en los orfanatos de las prisiones. La legislación penal y penitenciaria no prevé la participación de personas que no se dediquen a una actividad laboral ni la aplicación de medidas administrativas a estas personas. La negativa a trabajar o la suspensión sin justificación razonable del trabajo de penados empleados se considera infracción de las normas de ejecución de las penas y da lugar a medidas de castigo o responsabilización financiera.

85.El Código del Trabajo de la República de Azerbaiyán no prevé la utilización del trabajo forzoso como medida correctiva ni como forma de sanción a las personas culpables de haber cometido un delito.

86.El trabajo forzoso tipificado en el párrafo 2.1 del artículo 144 del Código Penal —la amenaza o el uso de la fuerza contra una persona, incluida la restricción de su libertad, para que ejecute un determinado trabajo (o preste un servicio), salvo en los casos especiales previstos por la legislación— se considera delito punible con privación temporal de libertad.

Párrafo 13 – Artículos 6, 7 y 9 del Pacto

87.Con arreglo al Código del Trabajo y a la Ley de Pensiones Laborales de la República de Azerbaiyán, los jubilados reciben sus salarios y pensiones en su integridad; no se permite la reducción de los salarios por causa de jubilación. Los jubilados que contraen relaciones de trabajo disfrutan plenamente de los derechos laborales que asisten a los demás empleados.

88.En cuanto a la diferencia en la definición de la edad de jubilación de hombres y mujeres, cabe señalar que las adiciones y modificaciones introducidas en la Ley de Pensiones Laborales (en vigor desde el 1 de julio de 2017) regulan este proceso. El límite de edad previsto en el artículo 7 de esta Ley se eleva seis meses cada año a partir del 1 de julio de 2017, hasta el 1 de julio de 2021 para los hombres y el 1 de julio de 2027 para las mujeres. En consecuencia, se eliminará la diferencia en la edad de jubilación de hombres y mujeres.

89.La Ley de Enmienda de la Ley de Pensiones Laborales se promulgó el 10 de marzo de 2017. Con arreglo a esta Ley, se eliminó el anterior componente básico de la pensión laboral y se determinó que, sustituyendo las condiciones de asignación de la pensión —debido al retorno de la cuenta personal— en el componente de seguro de la cuenta personal, tienen derecho a una pensión de jubilación los hombres que hayan cumplido 66 años y las mujeres que hayan cumplido 60 años, siempre que el monto acumulado no sea inferior al capital mínimo de pensión, independientemente de la duración del servicio. Si ese monto no es suficiente para cubrir todo el período proyectado de jubilación (salvo en el caso de las personas que reciban una pensión debido al retorno antes del 1 de julio de 2017), tienen derecho a una pensión tras la recuperación. Como parte de la armonización de esta Ley, se han sometido al Consejo de Ministros 13 leyes, 2 decretos, 2 órdenes y 4 proyectos de resolución que prevén la coordinación con los órganos pertinentes de los cambios legislativos en vigor.

90.Los empleados, los jubilados y las personas que reciben educación tienen derecho a afiliarse a sindicatos y a participar en actividades sindicales para proteger sus intereses legítimos y sus derechos laborales, sociales y económicos. La Confederación Sindical de Azerbaiyán (ATUC), sucesora legal del Consejo Sindical de Azerbaiyán, fue establecida en 1993 en el congreso por los 25 consejos regionales y 1 consejo territorial (Consejo Sindical la República Autónoma de Najicheván). El 24 de febrero de 1994 se promulgó la Ley de Sindicatos de la República de Azerbaiyán. Los sindicatos en Azerbaiyán son ONG independientes de carácter social que desempeñan sus actividades con arreglo a la Ley de Sindicatos y su Reglamento, voluntariamente unidas bajo el principio de la afiliación individual a nivel regional y nacional. La ATUC es miembro de la Confederación Sindical Internacional y la Federación Sindical Mundial. Reúne a unos 1,5 millones de sindicalistas. Según la Ley de Sindicatos, estos no dependen de los órganos estatales, empresas, partidos políticos o asociaciones públicas ni les rinden cuentas. Se prohíbe toda injerencia de los órganos y funcionarios del Estado que sea causa de restricción de los derechos sindicales o impedimento para el ejercicio de sus actividades estatutarias. “Los sindicatos pueden organizar y realizar huelgas, mítines, marchas callejeras, manifestaciones y otros actos públicos de conformidad con la legislación en vigor y con el objeto de cumplir sus propósitos y objetivos estatutarios”.

Párrafo 14 – Artículos 6 y 7 del Pacto (cuadros 39 a 45 del anexo)

91.La Ley del Seguro de Desempleo fue aprobada el 30 de junio de 2017 y refrendada por Decreto Presidencial el 5 de agosto de 2017 con miras a reforzar la protección social de los ciudadanos desempleados y en busca de empleo en la República. Esta Ley, que entró en vigor el 1 de enero de 2018, ofrece una amplia gama de oportunidades de acción en los ámbitos de la capacitación profesional, el readiestramiento y la formación avanzada, la organización de las obras públicas, el mercado y la bolsa de trabajo, la ejecución de múltiples proyectos de autoempleo y la legalización de las relaciones laborales.

92.En virtud de las enmiendas introducidas en la Ley de Pensiones de Azerbaiyán, que entraron en vigor el 1 de julio de 2017, y con arreglo al párrafo 1 de su artículo 29, el importe mínimo de la pensión laboral aumenta con la revalorización del salario nominal medio mensual en función del aumento del índice de crecimiento anual en todo el país.

Párrafo 15 – Artículo 8 del Pacto

93.Según el artículo 270 del Código del Trabajo, los trabajadores tienen derecho a la huelga individual o colectiva. El derecho de huelga asiste a los empleados o a las organizaciones sindicales desde el momento en que surge un conflicto laboral colectivo. La participación en la huelga es voluntaria. Las personas que utilizan la violencia o la amenaza de violencia o aprovechan la dependencia financiera de otras personas para hacerlas participar o negarse a participar en una huelga son pasibles responsabilidad con arreglo a la ley.

94.Según el artículo 281 del Código del Trabajo, se prohíbe a los empleados declarar la huelga en algunas esferas de servicio vitales para la salud y la seguridad humanas, incluidos los servicios de gestión del transporte aéreo y ferroviario. Tienen derecho a la huelga otros empleados que trabajan en esta esfera, así como en el sector petrolero. Si los conflictos laborales colectivos que surgen en esta esfera no pueden resolverse mediante métodos de reconciliación de las partes, se procede al arbitraje obligatorio. El arbitraje obligatorio es activado por la autoridad ejecutiva competente y se basa en la carta aprobada por este órgano. La composición del grupo de arbitraje obligatorio con el acuerdo de las partes en conflicto es aprobada por al menos cinco personas a título individual. La autoridad ejecutiva competente garantiza el examen pronto e imparcial del conflicto en el proceso de arbitraje obligatorio. Las decisiones del arbitraje obligatorio son vinculantes para todas las partes en el conflicto y de cumplimiento inmediato. Al mismo tiempo, cabe señalar que, según el artículo 8 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el derecho a la huelga debe garantizarse de conformidad con la legislación nacional de cada país.

95.Organizaciones miembros de la Confederación Sindical de Azerbaiyán:

26 sindicatos sectoriales

Sindicatos primarios – 16.901

96.Número de sindicalistas – 1,5 millones, de los cuales:

Mujeres – 52,3 %

Jóvenes – 20,9 %

Párrafo 16 – Artículo 12 del Pacto (cuadro 46 del anexo)

97.En relación con la aplicación del Decreto Presidencial núm. 2199, de 13 de julio de 2016, sobre medidas adicionales para mejorar la accesibilidad del entorno empresarial en Azerbaiyán y seguir elevando la posición del país en las escalas de valoración internacionales, y respecto de la aprobación del Plan de Acción núm. 2947, de 2 de junio de 2017, relativo a la aplicación del Decreto Presidencial, que no se ve influido por la “Nota” del artículo 308 del Código Penal, se han propuesto al Consejo de Ministros modificaciones legislativas en el sentido de tipificar como delitos o infracciones administrativas los actos ilegales cometidos por las personas no sujetas a responsabilidad penal, incluidos los pagos que son ilegales según las normas profesionales (por ejemplo, los pagos ilegales en el sector de la salud).

98.El Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia ha desempeñado una constante labor de sensibilización en las ciudades y regiones del país sobre los controvertidos temas del matrimonio precoz, la salud reproductiva y la planificación de la familia.

99.Ya se ha preparado el proyecto de Ley de Salud Reproductiva con participación del Ministerio de Salud y se ha sometido al Parlamento (Milli Majlis). Tras la reunión de las recomendaciones pertinentes para el proyecto de ley que resulten del debate público, se seguirá trabajando en la mejora de ese proyecto. Además, en 2017 el Ministerio de Salud preparó una estrategia nacional de salud reproductiva para los años 2019-2025, con el apoyo de la OMS.

100.El Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia organiza regularmente en las ciudades y aldeas de Azerbaiyán actividades de concienciación sobre las consecuencias de los matrimonios precoces y sobre la salud reproductiva y la planificación familiar. El Ministerio de Justicia, conjuntamente con el Consejo Nacional de Organizaciones Juveniles, organizó una conferencia sobre “Una familia sana, una sociedad sana y un Estado fuerte” para promover la Ley de Enmienda del Código de la Familia, de 17 de octubre de 2014. Para determinar la accesibilidad de los servicios de salud para la población (en las zonas urbanas y rurales, según el género y otros factores, teniendo en cuenta el procesamiento de la información en la División), se ha examinado la metodología de investigación de la Oficina de Estadística de la Unión Europea sobre los ingresos y condiciones de vida, que se tiene previsto aplicar a partir de 2018.

101.En los casos de necesidad, el Servicio Estatal de Migración prestó asistencia apropiada a los refugiados y solicitantes de asilo en materia de salud sexual y reproductiva. Por ejemplo, en 2017, dos solicitantes de asilo recibieron asistencia médica gratuita por este concepto (durante el parto). Además, los refugiados y los solicitantes de asilo reciben asistencia médica gratuita en materia de salud reproductiva de parte de la representación del ACNUR en Azerbaiyán.

102.El proyecto “Educación Saludable, Nación Saludable”, que se puso en marcha en el año escolar 2014/2015 y se propone asegurar la salud y el desarrollo de las personas que reciben educación, sigue atendiendo a 3.748 alumnos de 168 cursos en 38 escuelas. Los directores adjuntos, los maestros, los padres y el personal médico de esas escuelas han participado en actividades de capacitación especiales; se ha dotado a las aulas del equipo necesario, y se ha brindado apoyo metodológico al proyecto. Se procedió a un seguimiento médico, pedagógico, psicológico y sociológico en 10 escuelas, con la participación de 1.301 alumnos. El análisis constató un aumento de la motivación y la actividad cognitiva de los alumnos en las escuelas participantes en el proyecto, así como del grado de asimilación del material educativo, y el desarrollo de aptitudes para un estilo de vida saludable.

103.El Centro Nacional de Salud Mental del Ministerio de Salud es un organismo gubernamental encargado de la inspección de todos los servicios de salud mental, incluidos los hospitales psiquiátricos. Junto con reunir las estadísticas de salud mental, elaborar reglamentación y establecer nuevos servicios, el Centro Nacional de Salud Mental vigila regularmente la observancia de los derechos humanos en los hospitales psiquiátricos. Los procedimientos de inspección que aplica el Centro se basan en las disposiciones de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y de la Ley de Atención Psiquiátrica de la República de Azerbaiyán.

104.Cabe señalar que el período que abarca el informe registra una mejora significativa de las condiciones de vida en los hospitales psiquiátricos. En efecto, el Ministerio de Salud ha reconstruido o renovado 7 de los 10 hospitales psiquiátricos, incluidos 17 edificios en el hospital más grande del país. Todos estos hospitales han sido equipados con nuevo mobiliario, ropa de cama y otros artículos que aseguran condiciones confortables a los usuarios de los servicios. Además, los pacientes internos reciben gratuitamente alimentos y medicinas en cantidad y de calidad suficientes.

105.La ejecución del programa de residencia, la certificación de profesionales médicos y la formación médica continua en el sistema de salud han elevado las competencias profesionales de los psiquiatras y la calidad de sus servicios. Los usuarios de los servicios de salud mental son tratados de conformidad con directrices clínicas basadas en datos empíricos. En muchos establecimientos psiquiátricos se han puesto en marcha programas de rehabilitación psicosocial. En este sentido, se han realizado considerables esfuerzos para integrar psicólogos clínicos, trabajadores sociales y terapeutas ocupacionales en el sistema de salud mental.

Párrafo 17 – Artículos 2 y 13 del Pacto (cuadros 47 a 50 del anexo)

106.Con arreglo a la Ley de Educación de la República de Azerbaiyán, se han establecido normas estatales especiales para la educación de las personas con discapacidad. Los programas de educación general especial están concebidos y se implementan con el fin de proveer a la educación, el tratamiento, la adaptación social y la integración social de las personas con discapacidad y para los estudiantes que necesitan tratamiento a largo plazo.

107.Una de las tareas del Estado en la esfera de la educación es asegurar que los niños con discapacidad sean enviados a instituciones de educación especial y de protección social. En el país, junto con las escuelas primarias, de enseñanza media general y secundaria, existen escuelas especiales e internados para los niños con discapacidad, instituciones para los niños necesitados de atención especial, escuelas para los niños dotados de talentos especiales, liceos, institutos y otras instituciones de enseñanza general, a la vez que clases especiales en las escuelas secundarias.

108.Con el fin de ampliar las oportunidades de educación inclusiva para las personas y niños con discapacidad, mediante el Decreto Presidencial de 14 de diciembre de 2017 se aprobó el Programa Estatal de Desarrollo de la Educación Inclusiva de las Personas con Discapacidad para el período 2018-2024, que prevé mejorar la legislación de educación con arreglo a las normas internacionales. El plan de acción del Programa Estatal para 2018 ha sido aprobado mediante la orden correspondiente del Ministerio de Educación. Al mismo tiempo, en cumplimiento de la orden pertinente del Ministerio de Educación se creó un grupo de trabajo para organizar debates y elaborar propuestas sobre las cuestiones relacionadas con la ejecución del Programa Estatal, que preparó borradores de documentos y realizó estudios y analizó los resultados de las investigaciones. El objetivo del Programa Estatal es garantizar el acceso de las personas con discapacidad a todos los niveles de la educación y crear para ello un entorno sin barreras.

109.En el marco del Programa Estatal se prevé la aplicación de las medidas siguientes:

Potenciación de la legislación actual para asegurar la participación de las personas con discapacidad en la educación inclusiva en todos los niveles de enseñanza

Adopción de medidas apropiadas para adaptar las instituciones docentes y los currículos a las necesidades de las personas con discapacidad

Preparación y perfeccionamiento del personal pedagógico dedicado a organizar la educación de las personas con discapacidad

Establecimiento de una base de datos sobre las personas con discapacidad involucradas en la educación inclusiva (integradora)

Realización, conjuntamente con las oficinas gubernamentales competentes, de una labor de propaganda y de educación social sobre la necesidad de integración social y participación de las personas con discapacidad

110.Desde hace 11 años funciona en Bakú la Escuela núm. 38, institución de educación musical especializada para niños con deficiencias visuales. En la escuela más de 200 alumnos con deficiencias visuales reciben formación especializada en piano, violín, perch, kamancha , acordeón, tambores y canto. Hay 50 maestros en la escuela, incluidas 24 personas con discapacidad ocular de los grupos I y II. En sus 38 años de actividad, más de 1.000 alumnos se han graduado de la escuela. Muchos de ellos continúan sus estudios en academias de música y en instituciones de enseñanza superior; trabajan como docentes en las escuelas musicales infantiles y como cantantes en las instituciones culturales. El Ministerio de Cultura y Turismo de la República de Azerbaiyán se ocupa constantemente del rendimiento de la escuela, atiende las necesidades de estas instituciones educativas especiales y ayuda a resolver los problemas que se plantean. La escuela fue dotada de instrumentos musicales, equipo y libros de texto. Por primera vez se publicaron para la escuela libros en braille azerí.

Párrafo 18 – Artículos 2 y 10 del Pacto

111.En las administraciones locales de todas las regiones de la República se han establecido grupos de vigilancia de la violencia de género y la violencia contra los niños. Los grupos están integrados por representantes de las autoridades locales. Su objetivo principal es analizar y evaluar la situación, determinar las familias que pertenecen al grupo de riesgo, analizar e investigar las causas de la violencia, y adoptar medidas urgentes para ayudar a las víctimas de la violencia.

112.El Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia, en cooperación con el Fondo de Población de las Naciones Unidas (UNFPA), el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo, organiza anualmente una campaña de 16 días contra la violencia en el país. Como parte de esta campaña se celebran eventos de concienciación en instituciones estatales y educativas y en los centros de recursos para las mujeres.

113.La vigilancia de la aplicación de las recomendaciones sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, regida por la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, de 1979, que la República de Azerbaiyán suscribió en 1995, fue encomendada al Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia. Uno de los puntos clave del proceso de elaboración de los mecanismos para aplicar las disposiciones de la Convención fue la creación del Consejo de Coordinación, integrado por mujeres que trabajan en los ámbitos social y de la educación, la atención de la salud, la cultura y los medios de comunicación, por parte del Comité Estatal.

114.El 7 de octubre de 2016 se estableció por Decreto Presidencial el Consejo de Coordinación Nacional para el Desarrollo Sostenible. Uno de los miembros del Consejo es el presidente del Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia.

115.En general, durante los últimos cinco años (2013-2017) se registraron en el país 27.623 delitos contra la mujer, incluidos 10.531 delitos de violencia. Se esclareció entre el 90 % y el 95 % de los casos de delitos y se entablaron procedimientos judiciales contra 14.022 responsables de su comisión. El 15 %, o uno de cada seis, de esos delitos tuvo su origen en conflictos familiares.

116.Se creó una base de datos pertinente con el fin de obtener información general y analizar los delitos cometidos contra las mujeres y los niños, así como los actos acompañados de violencia, y sobre todo con el fin de evaluar y controlar la situación actual, teniendo en cuenta la situación demográfica y delictiva en las regiones, y sistematizar dicha labor.

117.A partir de la experiencia internacional, con el fin de mejorar la labor de prevención de la violencia doméstica se preparó el Manual metodológico de medidas adicionales para prevenir la violencia doméstica y las infracciones administrativas contra la salud, que se remitió a las autoridades de policía municipal y distrital con destino a los empleados que trabajan con las víctimas de la violencia doméstica.

118.Entre 2013 y 2017, unos 300 empleados del Ministerio del Interior participaron en diversos eventos sobre la prevención de la violencia doméstica organizados dentro y fuera del país por organizaciones internacionales y no gubernamentales.

119.La nueva versión del artículo 234 del Código de Procedimiento Civil, aprobada por Ley el 30 de diciembre de 2016, contempla, entre las resoluciones de ejecución inmediata, la orden judicial de protección de larga duración para las víctimas de la violencia doméstica. Además, al modificar el artículo 12.4 de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica con arreglo a la Ley de 30 de junio de 2017, se dispuso que la decisión judicial de expedir una orden judicial de protección de larga duración fuese de ejecución inmediata. Cabe señalar que en 2016-2017 se incoaron seis demandas judiciales en virtud del artículo 158 del Código de Infracciones Administrativas (Infracción de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica). Tras la investigación de los hechos, cuatro personas fueron objeto de procedimiento administrativo sancionador y los otros dos casos fueron sobreseídos. Las disposiciones de la Ley de Prevención de la Violencia Doméstica se han invocado en una serie de causas civiles y penales investigadas en los tribunales.

120.En los programas de formación de la Academia de Justicia se han incorporado materias como “La violencia contra la mujer y mecanismos institucionales para combatirla integralmente”, “Los derechos de la mujer y los actos de violencia contra la mujer” y “Metodología de investigación preliminar de los delitos contra la inmunidad de género y la libertad de género de las personas”. Con arreglo al Decreto núm. 206 del Consejo de Ministros de la República de Azerbaiyán, de 19 de diciembre de 2011, se aprobó el “Procedimiento para el registro preventivo de los autores de actos de violencia doméstica y la labor educativa y preventiva con estas personas”.

121.El registro preventivo de los autores de actos de violencia doméstica y la labor educativa y preventiva con estas personas tienen por objetivo prevenir la violencia en el hogar, normalizar las relaciones en las familias y eliminar los casos de violencia en el hogar y sus consecuencias jurídicas, médicas y sociales.

122.Del registro preventivo de los autores de actos de violencia doméstica y de la labor educativa y preventiva con estas personas se encargan las autoridades ejecutivas locales. Para ese registro y esa labor educativa y preventiva, los órganos de enjuiciamiento penal encargados de investigar los casos de violencia doméstica y las autoridades ejecutivas locales envían la información sobre estas personas a la autoridad ejecutiva de su lugar de residencia (de nacimiento).

123.Con el fin de prevenir la violencia doméstica, el Consejo de Apoyo Estatal a las Organizaciones No Gubernamentales dependiente de la Presidencia de la República asigna fondos a las ONG acreditadas ante el Ministerio de Trabajo y Protección Social como “centros de asistencia no gubernamental” (albergues), de conformidad con la Ley de Servicios Sociales de la República de Azerbaiyán, y a las ONG que tienen en marcha proyectos de educación en esta esfera. Cabe destacar que entre 2013 y 2017 el Consejo asignó 505.000 manats (373.670 dólares) a 60 proyectos financiados en el marco de la “Organización de campañas contra la violencia doméstica y actividades de sensibilización, e iniciativas para prestar asistencia psicológica y jurídica a las víctimas de la violencia”:

2013 – 5 proyectos, 30.000 manats, 38.461 dólares (al tipo de cambio de ese período)

2014 – 10 proyectos, 73.000 manats, 93.589 dólares (al tipo de cambio de ese período)

2015 – 14 proyectos, 136.000 manats, 129.586 dólares

2016 – 22 proyectos, 207.000 manats, 129.101 dólares

2017 – 9 proyectos, 59.000 manats, 34.185 dólares

124.El Código Penal contiene disposiciones sobre la prevención de la violencia doméstica, incluida la protección de la mujer. Más concretamente, el artículo 108 del Código prevé responsabilidad penal por actos de violencia sexual; el artículo 125 por incitación al suicidio; el artículo 126 por lesiones corporales intencionadas; el artículo 127 por lesiones intencionadas no graves; el artículo 128 por lesiones intencionadas leves; el artículo 133 por tortura; el artículo 149 por violación sexual; el artículo 150 por agresión sexual; el artículo 151 por abuso sexual; el artículo 152 por relación carnal u otros actos sexuales con una persona menor de 16 años; el artículo 153 por actos de abuso sexual; el artículo 164 por violación de los derechos laborales de una mujer embarazada o de una mujer o un hombre a cargo de la custodia de un hijo menor de 3 años de edad; el artículo 176 por matrimonio forzado.

Párrafo 19 (cuadros 51 a 64 del anexo)

125.Según la Ley de Enmienda del Código de la Familia de 15 de noviembre de 2011, la edad mínima para contraer matrimonio se ha incrementado en un año, a los 18 años, en el caso de las mujeres, igualándose con la edad fijada para los hombres. Según el artículo 10.2 del Código, si existen razones válidas, la autoridad ejecutiva competente del territorio en que vivan las personas que deseen contraer matrimonio sin haber cumplido la edad mínima legal podrá, a petición de estas, autorizar una reducción de la edad mínima en no más de un año. Con arreglo al artículo 11 del Código, no se permite el matrimonio entre personas que no hayan cumplido la edad mínima legal para ello.

126.A continuación figuran las estadísticas de los matrimonios registrados entre 2011 y 2017 en que se redujo en no más de un año la edad mínima legal de alguno de los contrayentes con la autorización de la autoridad ejecutiva competente.

Años

2011

2012

2013

2014

2015

2016

2017

Número de matrimonios registrados en que se redujo la edad mínima legal para contraer matrimonio

122

301

402

365

323

274

318

127.Con el fin de educar a la población, especialmente a los jóvenes, sobre el matrimonio precoz y sus consecuencias, se atribuye importancia especial al debate de esta cuestión en eventos organizados por el Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia. En las ciudades y regiones de Azerbaiyán se ha organizado este tipo de actividades en instituciones docentes con la participación de especialistas médicos en el marco del proyecto “Digamos NO al matrimonio precoz en aras de una vida sana” (2014‑2016) y del proyecto educativo “Elijo la vida” (2016-2017).

Párrafo 20 – Artículos 6, 7 y 10 del Pacto

128.El Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas en la República de Azerbaiyán para 2014-2018 fue aprobado mediante la Orden del Presidente de la República de 24 de julio de 2014 con el fin de asegurar la continuidad de las medidas de lucha contra la trata de seres humanos, mejorar la base jurídico-normativa y los mecanismos institucionales, aumentar la eficiencia de la cooperación de los órganos del Estado y asegurar el cumplimiento de las obligaciones internacionales de la República de Azerbaiyán en este ámbito. El Plan de Acción prevé la mejora de la “Reglamentación del mecanismo nacional de derivación de las víctimas de la trata de seres humanos”, las “Directrices (indicadores) para la identificación de las víctimas de la trata”, las “Normas que rigen el establecimiento, la financiación y el funcionamiento de las instituciones especiales para las víctimas de la trata, así como el control de sus actividades”, la “Reglamentación del fondo de asistencia para las víctimas de la trata”, el “Programa para eliminar los problemas sociales que conducen a la trata de seres humanos” y otros actos jurídico-normativos. Además, el Plan de Acción prevé la aplicación de medidas de vigilancia y verificación, con la participación de representantes de los organismos gubernamentales competentes, para prevenir la migración ilegal, el trabajo forzoso y la trata de personas, e identificar a las víctimas reales y potenciales; la adopción de medidas con miras a identificar y eliminar los factores conducentes a la trata de personas; la adopción de medidas para reforzar el control sobre la migración laboral; la adopción de las medidas pertinentes para identificar a las víctimas de la trata de personas y el trabajo forzoso, así como a los niños, los extranjeros o los apátridas que sean víctimas de la trata en la República; la intensificación de la lucha contra los tratantes (personas físicas o jurídicas) que atraen migrantes al trabajo forzoso; el enjuiciamiento de todo caso de explotación relacionado con la trata de personas, y la intensificación de las medidas contra el lavado de dinero u otros bienes (todo dinero obtenido directa o indirectamente como resultado de la trata de seres humanos, bienes muebles o inmuebles, tangibles o intangibles, y documentos legales que confirmen los derechos de propiedad).

129.En el programa de formación organizado en la Academia de Justicia para los jueces, los candidatos a la magistratura y el personal judicial se han incluido temas como “Las mujeres como objeto de la trata de personas y la violencia doméstica”, “La Ley de Lucha contra la Trata de Seres Humanos”, y “El derecho internacional (derecho europeo) en materia de lucha contra la trata de personas”.

130.Con el fin de desarrollar sus competencias en materia de identificación de las víctimas de la trata y el trabajo forzoso y de asistencia a estas, los empleados del Departamento Principal de Lucha contra la Trata de Personas del Ministerio del Interior asistieron a 172 seminarios, conferencias, mesas redondas, sesiones de capacitación y reuniones bilaterales y multilaterales celebrados en el país de 2013 a 2017 con el apoyo del Ministerio del Interior y organizaciones internacionales. Al mismo tiempo, en el marco de proyectos a cargo de organizaciones internacionales, participaron en sesiones de intercambio de experiencias en Alemania, Austria, Hungría, Rumania, Moldova, Turquía, Turkmenistán, Georgia, los Estados Unidos de América, Belarús, la Federación de Rusia, Polonia, Ucrania, Bélgica, Serbia, los Emiratos Árabes Unidos, Malasia y Francia, y participaron como instructores en cursos de formación organizados sobre un tema pertinente. Periódicamente se han celebrado seminarios con expertos de las Naciones Unidas, la Organización Internacional para las Migraciones y la Organización Internacional del Trabajo, el Coordinador de Proyectos de la OSCE en Bakú, los empleados del Centro Internacional de Formulación de Políticas Migratorias, así como expertos de los organismos de orden público de los Estados Unidos de América y representantes de las embajadas de ese país y del Reino Unido en Azerbaiyán, y se han examinado las posibilidades de cooperación en esta materia.

131.En el informe anual del Departamento de Estado de los Estados Unidos, de fecha 30 de junio de 2017, así como en los documentos pertinentes del Consejo de Europa, la OSCE y otras organizaciones internacionales influyentes, se han valorado altamente las actividades de prevención de la trata y el trabajo forzoso, protección de las víctimas y sensibilización al respecto. En los últimos cinco años, la República de Azerbaiyán había ascendido al segundo grupo en la lista de países y se había mantenido desde entonces en ese lugar. Según las estimaciones del Departamento de Estado de los Estados Unidos, Azerbaiyán había podido figurar en el primer grupo de países.

132.Como resultado de las medidas operacionales y preventivas llevadas a cabo durante el período 2013-2017 se registraron 569 casos de trata de personas, 28 casos de trabajo forzoso y 59 casos de actividad ilegal con documentos con fines de trata de personas, se neutralizó a 45 grupos delictivos y 2 grupos organizados y se incoaron procedimientos judiciales contra 152 personas (121 mujeres y 31 hombres).

133.Se envió a las misiones diplomáticas y consulados de la República de Azerbaiyán una colección de instrumentos jurídico-normativos, información estadística y otros materiales preparados para informar a nuestros ciudadanos que viven en el extranjero y protegerlos contra la amenaza de la trata.

134.Durante el período 2013-2017 se reintegraron en la sociedad 191 de las 314 víctimas de la trata de personas; 261 víctimas fueron acogidas en albergues especiales y recibieron la asistencia necesaria; 114 obtuvieron empleo, y 163 fueron enviadas a cursos profesionales. 305 personas se beneficiaron de un monto fijo y otras 205 de recursos del Fondo de Asistencia a las Víctimas de la Trata de Personas. Como resultado de las medidas preventivas, 186 víctimas fueron devueltas a sus familias, 218 víctimas recibieron asistencia médica y 253 recibieron asistencia letrada y psicológica del Centro de Apoyo a las Víctimas de la Trata de Personas dependiente del Ministerio de Trabajo y Protección Social. Para asegurar servicios sociales a las víctimas, 212 fueron derivadas a ONG, y todas ellas contaron con los servicios de un abogado durante la investigación preliminar y el juicio. Otras 103 víctimas han recibido asistencia para la obtención de sus documentos de identidad y partidas de nacimiento.

135.El Comité Estatal de Asuntos de la Familia, la Mujer y la Infancia ha organizado regularmente actividades de concienciación para educar a la población, especialmente la juventud, sobre la trata de seres humanos y sus consecuencias:

El proyecto de concienciación en gran escala “¡No te conviertas en víctima de la trata!”, destinado a los alumnos de la enseñanza secundaria y de la enseñanza superior en 2015-2017.

En 2013-2014, en el marco del proyecto titulado “El lugar y el papel de la familia moderna en el desarrollo de la sociedad”, destinado a representantes de 26 asociaciones de sindicatos sectoriales de la Confederación e implementado en conjunto con la Confederación Sindical de Azerbaiyán con el fin de acrecentar el conocimiento jurídico de la población y el control público, se examinaron temas de gran actualidad como la trata de personas.

El proyecto “¡No te conviertas en víctima de la trata!”, organizado por el Comité, se expone a los participantes en los eventos y en las bibliotecas de las instituciones donde estos se celebran.

136.En 2017 se estableció el Centro de Vigilancia de las Relaciones Laborales como parte del servicio ASAN con el fin de proteger los derechos laborales de los ciudadanos en el sector de la construcción, asegurar el uso de redes de seguridad social, reforzar el control sobre el registro de las relaciones laborales y organizar la vigilancia con modernas innovaciones. Se ha establecido un “sistema de vigilancia analítica” que incluye un sistema de reconocimiento analítico, encargado del registro electrónico de los edificios de apartamentos en las obras de construcción a cargo del Organismo Estatal, así como de las personas y entidades jurídicas involucradas en la construcción de dichas instalaciones, y de la identificación de los empleados. A fin de impedir las relaciones laborales extraoficiales, desde septiembre de 2017 se han realizado 43 operaciones de vigilancia móvil en las obras de construcción de edificios de apartamentos residenciales.

137.En el marco de las medidas adoptadas contra la trata de seres humanos, las ONG mantienen una cooperación efectiva con las autoridades gubernamentales. El Departamento Principal de Lucha contra la Trata de Personas del Ministerio del Interior y el Coordinador Nacional organizan extensas campañas de concienciación con ONG especializadas. Las ONG reciben asistencia financiera para los albergues que establecen y las actividades que desarrollan contra la trata. Cabe señalar que entre 2008 y 2017, el Consejo de Apoyo Estatal a las ONG dependiente de la Presidencia de la República asignó 562.033 manats (256.003 dólares) a 78 proyectos de lucha contra la trata. En el período 2013-2017, los fondos destinados por el Consejo a proyectos de ONG con ese propósito fueron los siguientes:

2013 – 13 proyectos, 76.400 manats, 97.948 dólares (al tipo de cambio de ese año)

2014 – 4 proyectos, 28.000 manats, 35.897 dólares (al tipo de cambio de ese año)

2015 – 8 proyectos, 73.000 manats, 69.557 dólares

2016 – 7 proyectos, 71.000 manats, 44.281 dólares

2017 – 16 proyectos, 104.000 manats, 60.258 dólares

Párrafo 21 – Artículos 6 y 7 del Pacto

138.La protección del derecho a trabajar y de los derechos sociales de los trabajadores migratorios es un gran foco de atención en la República de Azerbaiyán y una de las esferas que más contribuyen a la mejora de la legislación en vigor. La actual legislación nacional reconoce estos derechos por igual a los trabajadores migratorios y a los ciudadanos de Azerbaiyán. Ambos grupos gozan de iguales derechos en materia de educación. Los migrantes tienen derecho a reunirse con sus familiares invitándolos a Azerbaiyán. Además, si es cónyuge de un ciudadano azerbaiyano, el migrante no necesita una autorización especial para ser empleado. La legislación en vigor prohíbe toda forma de discriminación contra los trabajadores migratorios y reconoce sus derechos sociales y culturales en la República de Azerbaiyán.

139.Cualquiera que sea su situación legal, todos los migrantes tienen derecho a presentar peticiones a las autoridades del Estado y los tribunales de la República, y no se prevé ninguna limitación jurídica a este efecto. Según la legislación de la República de Azerbaiyán, los extranjeros y los apátridas tienen derecho a recurrir a un tribunal si tarda excesivamente la respuesta a su solicitud de visado o se les deniega el examen de esa solicitud, si se les deniega el permiso de residencia o de estancia temporal (o la prórroga del período de residencia) o se les revoca el permiso de residencia o de estancia temporal.

140.El artículo 292 de la Ley del Trabajo especifica que todo trabajador tiene derecho a reclamar la restitución de sus derechos si estos son vulnerados. En este caso, el trabajador debe recurrir a la Inspección Estatal del Trabajo, dependiente del Ministerio de Trabajo y Protección Social. Los convenios laborales estipulan que, si una reclamación merece ser examinada, debe establecerse una comisión especial para tratar de resolver la controversia antes de que se someta a un tribunal, y que un sindicato debe recurrir a esta comisión. Al mismo tiempo, el trabajador cuyos derechos han sido vulnerados tiene derecho a designar un representante para que solicite a la autoridad competente que resuelva el asunto y presente una acusación formal contra todas las instituciones que hayan adoptado las decisiones del caso. Toda reclamación presentada por un trabajador migratorio debe resolverse en el marco de la legislación en vigor del mismo modo previsto para las reclamaciones presentadas por los ciudadanos de Azerbaiyán.

141.Según el artículo 10 de la Ley de Tribunales y Magistrados, los ciudadanos de la República de Azerbaiyán, los extranjeros y los apátridas residentes en el país tienen derecho a gozar de los derechos y libertades enunciados en la Constitución y otras leyes que garantizan a las personas jurídicas la protección de sus derechos legítimos, la protección contra toda violación de la ley y la asistencia letrada en los procesos judiciales. Nadie ha de ser privado de asistencia letrada en un juicio. Según la parte II del artículo I de la Ley de Interposición de Acciones Judiciales contra Disposiciones o Actos (u Omisiones) que Vulneren los Derechos y Libertades Ciudadanos, los extranjeros y los apátridas tienen derecho a recurrir a un tribunal competente con arreglo a lo dispuesto en la Ley, a menos que se especifique otra cosa en los acuerdos intergubernamentales suscritos por la República de Azerbaiyán. El artículo 8 de la Constitución, sobre el Ombudsman de la República de Azerbaiyán, dispone que el Ombudsman debe investigar las denuncias de violación de los derechos de los ciudadanos de la República de Azerbaiyán, los extranjeros, los apátridas y las personas jurídicas. La denuncia de la persona cuyos derechos han sido vulnerados puede ser presentada con su consentimiento por un tercero o una ONG. Si ello no es posible (la persona lesionada en sus derechos ha muerto o se halla incapacitada para ello), la denuncia puede presentarla sin su consentimiento un tercero o una ONG.

142.El Código de Migración de la República de Azerbaiyán fue validado el 2 de junio de 2013. En la sección IV del Código se detallan las normas establecidas para las relaciones en la esfera de la migración laboral, mientras que en su artículo 75 se especifican los derechos de los trabajadores migratorios. Las disposiciones de la misma legislación en vigor se aplican igualmente a los trabajadores migratorios y a los ciudadanos de Azerbaiyán, tanto en lo que se refiere a las condiciones de trabajo como a su remuneración, salvo en los casos en que la Ley del Trabajo especifique otra cosa. Además, la Ley del Trabajo ha de resolver para los trabajadores migratorios los asuntos laborales que no puedan resolverse con el Código de Migración. El artículo 9 de la Ley del Trabajo especifica los derechos básicos de los empleados sujetos a un contrato de trabajo. También especifica el derecho de los trabajadores a recurrir a un tribunal para la defensa de sus derechos laborales y a obtener asistencia letrada.

Párrafo 22 – Artículo 11 del Pacto (cuadros 65 y 66 del anexo)

143.Según el artículo 29 de la Constitución de la República de Azerbaiyán, nadie ha de ser desposeído de sus bienes sin la debida orden judicial. La expropiación de bienes privados para satisfacer necesidades del Estado es posible en condiciones de reembolso íntegro de los bienes al propietario privado. Las normas de expropiación de tierras para satisfacer necesidades del Estado están establecidas en el Código Civil de la República de Azerbaiyán. Por otra parte, la Ley de Expropiación de Tierras para Satisfacer Necesidades del Estado establece la lista de las necesidades estatales que han de servir de base para la expropiación de una tierra. También especifica las tierras que pueden ser objeto de expropiación, los derechos de los propietarios de las tierras expropiadas, la defensa legal de los casos de expropiación, las normas de cálculo y reembolso de los gastos, las declaraciones y normas relativas a las reuniones sobre las cuestiones de expropiación de tierras, los procedimientos para el traslado, y otras normas y procedimientos de expropiación de tierras para satisfacer necesidades del Estado.

144.Según la labor de seguimiento conjunta del UNICEF y la OMS, Azerbaiyán ha implementado con éxito las actividades programadas en el marco de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Hasta la fecha se ha mejorado el 95 % del sistema de abastecimiento de agua en las ciudades, el 78 % en las zonas rurales y el 87 % en todo el país. Los proyectos de suministro de agua potable de Azerbaiyán muestran que el 49,8 % de la población del área de servicio de la empresa Azersu son usuarios de un sistema centralizado de abastecimiento de agua; el 66,9 % de la población de Azerbaiyán y el 81,5 % de la de Bakú disfrutan de un servicio ininterrumpido de agua potable. Hoy en día, el 81,5 % de la población de la capital de Azerbaiyán dispone de un servicio continuo de agua potable. Si en 2005 eran 1.560.000 los residentes de Bakú abastecidos por un sistema centralizado de agua potable, hoy la cifra asciende a un total de 2.410.000 personas.

145.Las disposiciones sanitarias de acceso de la población a un sistema individual de eliminación de desechos y a un sistema de alcantarillado se aplican en conformidad con los decretos legislativos en vigor. Los proyectados programas estatales de desarrollo social y económico de los distritos de la República de Azerbaiyán y de desarrollo social y económico de la ciudad de Bakú y sus suburbios prevén la construcción del mismo sistema de abastecimiento de agua y red de alcantarillado en los distritos y en la capital del país. Se ha instalado una red de alcantarillado de 3.510 km de longitud (red de tuberías y conductos) como parte de los proyectos de desarrollo de la península de Absheron y los distritos (Jachmaz, Gusar, Jizı, Saatli, Sabirabad, Zardab, Lenkorán, Bilasuvar, Guba, Shamkir, Tovuz, Shamaji, Hayigabul, Ganca, Shaki, Gyoychay, Aghdash, Gabala, Lerik, Yalilabad, Gadabay, Dashkasan, Uyar, Kurdamir, Ismayilli) de la República de Azerbaiyán.

146.La empresa Azersu organiza cursos de capacitación sobre la protección de los recursos hídricos y la reducción de los efectos de la eliminación de desechos en los cursos de agua, en que los empleados aprenden sobre las normas modernas. Se ha establecido un centro de capacitación y los cursos se imparten conforme al calendario programado. Entre 2014 y 2017, Azersu contrató a expertos que formaron a más de 10.400 empleados en 310 materias. Además, en el marco de un acuerdo concertado entre Azersu y SUEZ, la empresa pública francesa, 2.000 personas obtuvieron certificados de capacitación en más de 90 cursos impartidos en 2015-2016. Proseguirán los esfuerzos en ese sentido.

Párrafo 23 – Artículos 10, 11 y 13 del Pacto (cuadros 67 a 69 del anexo)

147.El 29 de diciembre de 2012, el Presidente de la República de Azerbaiyán promulgó el Decreto núm. 800 que validaba el concepto de desarrollo de “Azerbaiyán 2020. Perspectivas Futuras”, que tiene una notable repercusión en el desarrollo social y económico del país. Este concepto de desarrollo tiene por objeto acelerar el cumplimiento de las nuevas prioridades que se ajustan a un nuevo entorno económico. Además, tras un análisis exhaustivo de la actual situación económica del país, se ha programado una Hoja de Ruta Estratégica de la Economía Nacional y sus Principales Sectores para llevar adelante las actuales políticas y reformas económicas. La Hoja de Ruta fue aprobada por el Presidente de la República de Azerbaiyán el 6 de diciembre de 2016. El Gobierno de Azerbaiyán persigue eficazmente políticas de estabilidad fiscal, economía monetaria estable, privatización, reforma de las empresas estatales, desarrollo de los activos de capital humano, creación de condiciones comerciales favorables, mejoramiento de la base jurídica para las pequeñas y medianas empresas, acceso eficiente y en condiciones favorables a los recursos financieros para las pequeñas y medianas empresas, promoción del acceso a los mercados externos, estímulo a los inventores, creación de sectores económicos competitivos, facilitación del acceso de la producción agrícola a los mercados internos y externos, fomento de una sustitución local significativa de las importaciones, mejora de la seguridad alimentaria, aumento de la tasa de empleo en las zonas rurales, promoción de las exportaciones azerbaiyanas, aumento de los beneficios del comercio de tránsito y otras políticas.

148.La economía de Azerbaiyán ha crecido considerablemente en los últimos 15 años gracias a la implementación eficaz de una serie de programas estatales, estrategias, conceptos de desarrollo, planes de acción y hojas de ruta. El producto interno bruto (PIB) ha crecido 3,6 veces en este período. En 2017, el PIB del sector privado creció hasta representar el 83,8 %.

149.En los últimos 15 años, el índice de pobreza se ha reducido de 46,7 % a 5,4 %; el número de personas pobres ha disminuido de 550.500 a 527.600, es decir, se ha reducido al 4,2 %, como resultado de los Programas Estatales de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Económico para 2003-2005, Reducción de la Pobreza y Desarrollo Sostenible para 2008‑2015 y Desarrollo Social y Económico de las Regiones de la República de Azerbaiyán para 2004-2008, 2009-2013 y 2014-2018, así como de la exitosa política social y económica del Gobierno.

150.La estabilidad sostenida ha contribuido a la mejora del entorno empresarial y de inversiones, a la diversificación de la economía, al desarrollo de las regiones y la iniciativa empresarial y a una mejora considerable de la situación social y económica de la población. Así pues, el salario mínimo aumentó en 14,4 %, la tasa media de las pensiones en 8,6 % y la remuneración media mensual en 6,9 % entre 2003 y 2017. Gracias a los esfuerzos del Gobierno para mejorar la protección social y el nivel de vida de la población de Azerbaiyán, el ingreso de la población se multiplicó por 9,8, llegando a 49.162,9 millones de manats, entre 2003 y 2017.

151.En 2011-2015, en el marco del Programa Estatal de Reducción de la Pobreza y Desarrollo Sostenible, el Comité Estatal de Estadística realizó una encuesta sobre el nivel de vida de las personas desplazadas forzosamente. Los resultados de la encuesta se publicaron en la página web del Comité.

152.En julio de 2017, en un foro organizado por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, Azerbaiyán, en cumplimiento de un plan introducido por las Naciones Unidas, presentó un informe sobre seis Objetivos de Desarrollo Sostenible y 17 metas, que se ha de revisar anualmente.

153.Se han obtenido las estadísticas sobre los solicitantes de asilo y los refugiados reconocidos que viven en el umbral de la pobreza. La oficina de Azerbaiyán del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados presta una asistencia humanitaria mensual a las personas patrocinadas por el Alto Comisionado. Además, la oficina presta asistencia humanitaria a los refugiados y solicitantes de asilo necesitados una vez al mes y en las fiestas nacionales.

154.Al registro de los extranjeros y los apátridas se procede con arreglo a los acuerdos internacionales suscritos por la República de Azerbaiyán. Los extranjeros y los apátridas deben sufragar su educación con arreglo al acuerdo concluido con la universidad o instituto en que deseen cursar sus estudios.

155.En los últimos años, el Gobierno ha adoptado una serie de disposiciones legislativas que brindan a las personas amplias oportunidades de acceso a la educación superior. Se ha mantenido la política gubernamental de otorgar becas a los mejores estudiantes. Los derechos de matrícula de los estudiantes de las universidades e institutos de enseñanza superior y formación profesional cuyos padres han muerto, quedado discapacitados o desaparecido en combate defendiendo la integridad territorial, la independencia y la Constitución de la República son sufragados por el Gobierno de Azerbaiyán (Decreto Presidencial núm. 347 de 18 de marzo de 2014). En 2015, por iniciativa del Ministerio de Educación, se estableció el fondo de crédito “Maarifchi”, que otorga becas y préstamos a largo plazo a los hogares pobres para sufragar la educación superior de sus hijos.

156.El Gobierno asume los gastos de matrícula en la enseñanza superior y profesional de los estudiantes huérfanos menores de 18 años y los estudiantes menores de 23 años que no viven bajo la custodia de sus padres (enmienda de la Ley sobre los Huérfanos y los Niños Privados de la Custodia Parental). Además, desde 2016, además de los estudiantes de primer año, también pueden aplazar el servicio militar quienes cursan una maestría o doctorado. Se ofrece a los postulantes una nueva oportunidad de participar en las pruebas de admisión en la universidad. Por lo tanto, los postulantes pueden someterse a los exámenes de admisión dos veces al año: en verano y en invierno (en virtud del Decreto del Consejo de Ministros de 8 de febrero de 2017). Se han introducido algunas enmiendas en la Ley de Educación para promover la accesibilidad de la educación. En virtud de esas enmiendas, los postulantes tienen la oportunidad de inscribirse en un curso de preingreso en la universidad a la que postulan. Para los alumnos de un curso de preingreso que lo completan satisfactoriamente y aprueban sus exámenes finales se prevén unos requisitos de admisión menos rigurosos. Los alumnos de la enseñanza general tienen derecho a matricularse en institutos de formación profesional sin someterse a pruebas de admisión. Los graduados de la enseñanza secundaria se matriculan en los institutos sobre la base de los resultados de las pruebas finales de la escuela secundaria.

157.Los centros penitenciarios 1, 2, 7, 10, 11 y el centro correccional tienen sus propias escuelas de enseñanza general. Durante el año lectivo 2016/2017 se impartió a 752 penados enseñanza en 15 asignaturas (idioma azerí, ruso, literatura, álgebra y principios de análisis, geometría, informática, historia, historia de Azerbaiyán, el hombre y la sociedad, geografía, principios básicos de economía, biología, física, química, principios básicos de derecho). 170 penados se sometieron a las pruebas finales organizadas por representantes del Centro de Exámenes Estatales de Azerbaiyán. Los reclusos recibieron los diplomas de la escuela secundaria de manos de la Junta de Exámenes Estatales de la República de Azerbaiyán. Durante el año académico 2017/2018 asistieron 752 penados a seis escuelas de enseñanza general.

158.Según el artículo 42 de la Constitución de la República de Azerbaiyán, todo ciudadano tiene derecho a la educación, en particular la enseñanza general gratuita y obligatoria. Según el artículo 44 de la Ley de Educación, los ciudadanos tienen derecho a recibir educación y formación avanzada en el extranjero en todos los niveles de la educación en igual medida que los ciudadanos extranjeros tienen derecho a recibir educación y formación avanzada en la República de Azerbaiyán sobre la base de las cuotas establecidas por el Estado en virtud de los acuerdos internacionales suscritos por la República de Azerbaiyán y los acuerdos concertados directamente por las instituciones docentes, las asociaciones y las personas jurídicas y naturales en todos los niveles de la educación. Los procedimientos y condiciones para la educación de los ciudadanos de la República de Azerbaiyán en el extranjero y de los extranjeros en la República de Azerbaiyán, así como para el reconocimiento de los certificados académicos pertinentes, se rigen por los procedimientos establecidos por el Consejo de Ministros de la República de Azerbaiyán. Según la legislación, los hijos de los migrantes y los trabajadores migratorios tienen derecho a la enseñanza secundaria gratuita.

Párrafo 24 – Artículo 15 del Pacto

159.La Constitución de la República de Azerbaiyán garantiza los derechos y libertades de todas las personas. Con arreglo a su artículo 25, el Estado garantiza la igualdad de derechos y libertades de todas las personas, independientemente de la raza, la filiación étnica, la religión, el idioma, el género, la extracción, la situación económica, la ocupación, las convicciones políticas o la afiliación a partidos políticos, sindicatos u otras organizaciones públicas. No se pueden restringir los derechos y libertades de la persona y el ciudadano por motivos de raza, filiación étnica, religión, idioma, género, extracción, convicciones, afiliación política o social. Según el artículo 30 de la Constitución, toda persona tiene derecho a la propiedad intelectual. Los derechos de autor, de patentes y otros derechos de propiedad intelectual están protegidos por la ley. Según el artículo 31 de la Constitución, toda persona tiene derecho a vivir en condiciones de seguridad. Según el artículo 46 de la Constitución, toda persona tiene derecho a defender su honor y dignidad. La dignidad de la persona está protegida por el Estado. Nada puede dar lugar al menosprecio de la dignidad del ser humano. Según el párrafo 47 de la Constitución, toda persona tiene derecho a gozar de la libertad de pensamiento y de expresión. Nadie debe ser obligado a promulgar sus ideas o convicciones ni a renunciar a estas. Se prohíbe la propaganda que instigue el odio racial, étnico o religioso o la discordia y animosidad social. Según el artículo 51 de la Constitución, toda persona tiene derecho a ejercer libremente una actividad creativa. El Estado garantiza la libertad de creación literaria, artística, científico‑técnica y de otro tipo.

160.De conformidad con el artículo 6 de la Ley de la Cultura, de 21 de diciembre de 2012, se reconocen a todas las personas que viven en la República de Azerbaiyán los derechos y libertades, así como los principios y normas del derecho internacional, en el ámbito cultural. El Estado garantiza los derechos y libertades de todas las personas en el ámbito de la cultura, independientemente del género, la raza, el idioma, las creencias religiosas o las convicciones políticas, la filiación étnica, la condición social, la extracción social, las condiciones de salud o la afiliación a organizaciones públicas. De conformidad con el artículo 7 de esta Ley, el Estado garantiza el derecho a participar en la vida cultural en la República de Azerbaiyán. Toda persona tiene plena libertad para definir su identidad cultural y el estilo de vida que se ajuste a ella, elegir actividades creativas, crear riqueza cultural y hacer uso de los valores culturales en pie de igualdad. Según el artículo 43 de la Ley, no se permite la restricción de los derechos y libertades fundamentales de la persona y el ciudadano en el ámbito de la cultura, independientemente de la raza, la filiación étnica, la religión, el idioma, la extracción social, la situación laboral, las creencias o la afiliación a organizaciones públicas.

161.Según el artículo 45 de la Ley de Derechos de Autor y Derechos Conexos, de 5 de junio de 1996, los titulares de derechos de autor y derechos conexos, así como los órganos estatales competentes y las organizaciones que administran colectivamente los derechos de propiedad, tendrán derecho a exigir que se ponga fin a los actos que infrinjan los derechos de autor y los derechos conexos o supongan una amenaza de vulneración de estos derechos.

162.Según el artículo 165 del Código Penal de la República de Azerbaiyán, la utilización ilegal de objetos cubiertos por derechos de autor o derechos conexos, es decir, la publicación de una obra científica, literaria, artística o de otro tipo bajo un nombre diferente o con indebida atribución de autoría, su reimpresión o distribución ilegal, así como la coacción para establecer la coautoría, será pasible de sanción penal si el daño causado por estos actos es considerable.

163.Según el artículo 185 del Código de Infracciones Administrativas, si el daño causado es leve, la violación de los derechos de autor y los derechos conexos será pasible de sanción administrativa.

164.El Código de Infracciones Administrativas de la República de Azerbaiyán, que entró en vigor el 1 de marzo de 2016, especifica que las personas son iguales ante la ley, y que la persona que cometa una infracción administrativa deberá responder por esta, independientemente de su raza, filiación étnica, religión, idioma, género, extracción, patrimonio, rango, opiniones u otros factores. No deberá imputarse responsabilidad ni eximirse de responsabilidad a nadie en razón de estos factores. Además, el Código Penal de la República de Azerbaiyán penaliza todo acto que se cometa con el fin de provocar conflictos étnicos, raciales, sociales o religiosos o de instigar el odio entre los ciudadanos de Azerbaiyán por motivos de raza o con la intención de menospreciar la dignidad étnica, restringir los derechos de los ciudadanos o afirmar una condición de superioridad sobre cualquier persona en razón de su filiación étnica, raza o religión. Los delitos motivados por el odio o los prejuicios raciales no son algo característico de Azerbaiyán.

Párrafo 25

165.No puede funcionar en el país ninguna ONG que no esté registrada en la República de Azerbaiyán. Es importante señalar que no se ha impedido ni el registro ni la actividad de ningún tipo de las ONG en el país. Según la Ley de la Lista de Registro de las Entidades Jurídicas, solo las entidades jurídicas comerciales, así como las filiales extranjeras de entidades jurídicas o sus misiones, deben solicitar su registro en Azerbaiyán. Una filial extranjera o una ONG o misión de esta debe concluir un acuerdo con el Ministerio de Justicia.

166.Según la lista del registro estatal, aproximadamente el 20 % de las ONG inscritas en Azerbaiyán se ocupan de los derechos humanos, otras se dedican parcialmente a los derechos humanos, y otras se ocupan de los derechos económicos, sociales y culturales. Hay relaciones estables entre las instituciones del Gobierno de Azerbaiyán y las organizaciones sociales. Un buen ejemplo de estas relaciones es el Comité Social que ejerce funciones de control social en el sistema de justicia y que está integrado por las instituciones sociales y representantes de las ONG. Además, la Ley de Participación Social promulgada el 12 de noviembre de 2013 faculta a la sociedad para participar en la adopción de las leyes a la par con el Gobierno de Azerbaiyán. Se han establecido los Consejos Sociales, en su mayor parte compuestos de representantes de las ONG, bajo la jurisdicción de las autoridades centrales y locales. Las instituciones gubernamentales han celebrado “audiencias sociales” sobre distintos temas. Desde 2013, toda enmienda destinada a regular la actividad de las ONG se discute con estas antes de su aprobación. Todas las observaciones y propuestas de las ONG se han recogido en los actos legislativos. Se ha invitado a participar en las audiencias a representantes de organizaciones internacionales y de ONG extranjeras y a diplomáticos extranjeros.

167.Una de las tareas más importantes en la esfera del desarrollo de la sociedad civil es la mejora del entorno de trabajo mediante la prestación de una amplia gama de servicios electrónicos a las organizaciones sin fines de lucro y en particular a las ONG. Por ejemplo, se está trabajando en la expansión de los servicios electrónicos, así como en un sistema informático para el registro estatal de las entidades jurídicas, las modificaciones de los documentos constitutivos de las ONG y de las subvenciones, donaciones y servicios. El 20 de noviembre de 2013 se firmó el Decreto Presidencial sobre Medidas para Facilitar Servicios Electrónicos a las ONG. Con arreglo al Decreto, en el Ministerio de Justicia se estableció el sistema informático de la “Ventanilla electrónica individual”. El sistema sirve de base para el intercambio de información entre las ONG y entre estas y los órganos estatales y para la prestación de servicios electrónicos. En el marco de este sistema se estableció para cada ONG un “despacho electrónico individual” con la función principal de recibir documentos por vía electrónica y enviar las respuestas correspondientes, sistematizar y almacenar los documentos, registrar los documentos relativos a las subvenciones y otras tareas. Cada “despacho electrónico individual” contiene la información del registro estatal correspondiente a cada ONG. Aquí la organización puede publicar información sobre sus actividades, miembros, proyectos, subvenciones, donaciones, información sobre eventos y reuniones, anuncios y estadísticas, y también puede realizar su labor de cancillería electrónica. Al 1 de marzo de 2018 se habían cargado en el sistema 182.979 documentos y otros diversos tipos de información.

168.Mediante el Decreto Presidencial de 27 de abril de 2016 se aprobó el Plan de Acción Nacional de 2016-2018 para Promover un Gobierno Abierto. Conforme a este Plan, el 9 de septiembre de 2016 se estableció la Plataforma de Diálogo entre el Gobierno y la Sociedad Civil sobre la Iniciativa de Gobierno Abierto, en la que participan representantes de los organismos gubernamentales y las ONG. El memorando correspondiente fue firmado por los creadores de la Plataforma y sus participantes. En el marco de la Iniciativa de Gobierno Abierto, la Plataforma colabora con representantes de organizaciones internacionales y del sector privado en materia de representación de la sociedad civil, intercambio de información, desarrollo del gobierno electrónico y seguimiento del Plan de Acción Nacional. Los miembros de la Plataforma participan en el examen de las modificaciones legislativas, en la resolución de cuestiones económicas y sociales en diversas esferas de la vida pública, en la aplicación de las leyes de amnistía, en la supervisión de las instituciones penitenciarias, y en los exámenes organizados para las instituciones del Estado, por ejemplo, los exámenes para la selección de jueces, y forman parte del grupo de observación.

169.A fin de colmar las lagunas en la legislación que regula las actividades de las ONG, con miras a mejorar las normas de registro de las entidades jurídicas y esclarecer los requisitos relacionados con los documentos constitutivos de 17 de diciembre de 2013, se modificaron la Ley de Registro Estatal y del Registro Estatal de las Entidades Jurídicas y la Ley de Organizaciones No Gubernamentales (Asociaciones Públicas y Fundaciones). En el proceso de adopción de esa legislación se tuvieron en cuenta las normas internacionales, la experiencia de los Estados europeos, las opiniones de la Comisión de Venecia del Consejo de Europa de 2011 y las decisiones pertinentes del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Como parte de estas modificaciones, se definieron los requisitos de transparencia de las actividades de las ONG, se revisaron las disposiciones legislativas sobre la abolición de ONG y se habilitaron medidas alternativas a la abolición (responsabilidad administrativa, terminación de funciones). Cabe observar que en algunos casos la responsabilidad administrativa prevista en la legislación se aplica no solo a las ONG, sino a todas las entidades jurídicas. En la práctica, la responsabilidad administrativa aplicable a las ONG se utiliza como medida preventiva; su naturaleza es eminentemente preventiva. Por ejemplo, desde 2016 hasta el día de hoy (marzo de 2018) no se ha incoado ninguna demanda de responsabilidad administrativa contra una ONG.

170.No puede considerarse que las nuevas enmiendas a la Ley de Organizaciones No Gubernamentales (Asociaciones Públicas y Fundaciones) y a la Ley de Subvenciones introducidas el 17 de octubre de 2014 impongan restricción alguna a las actividades de las ONG. Las enmiendas están destinadas sobre todo a asegurar la transparencia en la utilización de los fondos recibidos de fuentes externas y a aumentar la disciplina financiera en sus actividades. Al financiar a las ONG, es necesario tener en cuenta que estas deben velar por la transparencia de sus actividades de conformidad con la legislación. Las ONG participan en la labor de vigilancia en el ámbito de la lucha contra el blanqueo del dinero u otros bienes adquiridos con fondos procedentes del delito y el terrorismo.

171.Otra de las medidas destinadas a crear condiciones favorables para las actividades de las ONG fue la firma, el 21 de octubre de 2016, del Decreto de Aplicación del Principio de la Ventanilla Única en el procedimiento de concesión de subvenciones de donantes extranjeros en el territorio de la República de Azerbaiyán. El Decreto disponía que este principio se aplicara a partir del 1 de enero de 2017 en el territorio de la República. Los órganos de coordinación de la aplicación de este principio son el Ministerio de Economía (en el caso de las organizaciones comerciales), el Comité Estatal de Colaboración con las Organizaciones Religiosas (en el caso de las organizaciones religiosas) y el Ministerio de Justicia (en el caso de otras organizaciones sin fines de lucro y las personas físicas). En virtud del principio de la “ventanilla única”, los donantes quedan liberados de la necesidad de dirigirse directamente a dos órganos estatales y el órgano estatal coordinador asume todas las acciones destinadas al registro de las subvenciones. Una importante innovación para mejorar las condiciones de trabajo de las ONG es que el donante ya no tiene la obligación de dirigirse personalmente a los órganos estatales competentes. Como resultado de las enmiendas legislativas, se reconoce no solo al donante sino también al receptor el derecho a registrar una subvención.

172.Otro resultado importante de la aplicación del principio de la “ventanilla única” ha sido la reducción significativa del número de documentos que deben presentarse al órgano estatal competente, así como del plazo para el examen de la cuestión de obtener derechos de donación. Este plazo se ha reducido a la mitad. Al mismo tiempo, Azerbaiyán coopera activamente con las organizaciones internacionales en esta esfera. En la actualidad, las principales fuentes de financiación de las ONG son los donantes internos. Las subvenciones recibidas por las asociaciones públicas no son gravadas y las subvenciones están exentas de impuestos. De conformidad con el Decreto de Aplicación del Principio de la Ventanilla Única, del registro de las subvenciones se encargan los donantes extranjeros (o los receptores) según el procedimiento de concesión de subvenciones basado en ese principio. Los documentos de registro en la “ventanilla única” pueden ser presentados por los donantes o los receptores.

173.Hay tres modalidades de financiación estatal de las ONG en Azerbaiyán:

La concesión de subvenciones y asistencia financiera mediante concurso

La concesión de subsidios directos (a organizaciones creativas)

La contratación de servicios de interés social

174.En Azerbaiyán hay varias instituciones estatales especializadas que subvencionan a las asociaciones públicas con cargo al presupuesto del Estado. Además, nueve instituciones estatales (principalmente ministerios y comités, así como la Comisión de Lucha contra la Corrupción) otorgan subvenciones a organizaciones públicas y personas físicas.

Párrafo 26 – Artículo 15 del Pacto

175.Como resultado de la agresión militar de Armenia, fue ocupado el 20 % del territorio de Azerbaiyán, en contravención de las normas del derecho internacional y las leyes de la República de Azerbaiyán, los azerbaiyanos fueron expulsados en masa o forzados por otros medios a abandonar sus lugares de residencia habitual; más de 20.000 personas fueron muertas y más de 50.000 resultaron heridas o discapacitadas a consecuencia de los ataques armados en gran escala y sistemáticos destinados a destruir a la población civil de Azerbaiyán como grupo nacional y étnico. A raíz de la ocupación, más de un millón de personas, que durante más de 20 años han vivido como refugiados y desplazados internos, fueron víctimas de las operaciones de limpieza étnica y del genocidio de Armenia contra los azerbaiyanos y privadas de derechos humanos elementales.

176.Según datos de la Comisión Estatal sobre Prisioneros de Guerra, Rehenes y Desaparecidos (www.human.gov.az), al 1 de febrero de 2018, el número de personas desaparecidas a raíz de la agresión armada de Armenia contra la República de Azerbaiyán ascendía a 3.875 personas. De ellas, 3.165 son militares y 710 son civiles. Entre la población civil, 67 son menores (23 niñas), 265 son mujeres y 326 son personas de edad (166 mujeres). Se recibió información y se obtuvieron testimonios sobre la captura como rehenes de 871 personas desaparecidas. 602 son militares y 269 son civiles. De 877 personas, están desaparecidos 29 menores (7 niñas adolescentes), 98 mujeres y 113 personas de edad (64 mujeres). Durante el conflicto, 1.450 personas fueron liberadas del secuestro y cautiverio. 356 son militares y 1.094 son civiles. De estos, 221 son niños (79 niñas adolescentes), 281 son mujeres y 222 son personas de edad (101 mujeres).

177.En contravención del artículo 53 del Convenio de Ginebra relativo a la Protección debida a las Personas Civiles en Tiempo de Guerra, de 12 de agosto de 1949, así como del artículo 4 de la Convención para la Protección de los Bienes Culturales en caso de Conflicto Armado, de 14 de mayo de 1954, como parte de los crímenes de guerra cometidos por la República de Armenia fueron saqueados, incendiados y destruidos más de 900 asentamientos, eliminadas 6.000 empresas industriales y agrícolas y otras instalaciones, destruidos 150.000 edificios residenciales con una superficie total de más de 150 millones de metros cuadrados y liquidados 4.366 instalaciones de cultura social y 695 centros médicos. En los territorios ocupados fueron arrasados los campos agrícolas, los sistemas de gestión de aguas e instalaciones hidrotécnicas y todos los enlaces de transporte y comunicaciones. Como resultado de la destrucción, la economía del país sufrió pérdidas por valor de más de 60.000 millones de dólares (www.economy.gov.az). Durante la agresión armada fueron destruidos 927 bibliotecas, 464 museos y monumentos históricos, más de 100 monumentos arqueológicos y 6 teatros estatales y salas de concierto tomados en el territorio de Azerbaiyán. En los museos saqueados se robaron más de 40.000 joyas preciosas y piezas raras. Actualmente, la atención se centra principalmente en la aplicación eficaz de los nuevos principios y de los medios existentes del derecho penal internacional con el fin de perseguir y castigar a los responsables de los crímenes de guerra cometidos contra la República de Azerbaiyán y sus ciudadanos.

178.El cementerio de Julfa, situado en el territorio de la región de Julfa de la República Autónoma de Najicheván, se remonta al período del estado albanés. Los elementos de decoración de la lápida son símbolos de la era cristiana de los albaneses. Al mismo tiempo, las esculturas del carnero en los cementerios son monumentos históricos de este cementerio que corresponden al período Kara Koyunlu de Azerbaiyán. Estas esculturas pertenecían solo a Azerbaiyán y datan de todo el siglo XIV. Se pueden encontrar en todas las regiones de Azerbaiyán. Las deformaciones de los monumentos situados en los cementerios son más bien producto de procesos naturales que de la intervención humana. Son infundadas las afirmaciones de los armenios de que el cementerio fue destruido por azerbaiyanos. Julfa es una zona tectónicamente activa. Los terremotos y otros procesos naturales ocurridos a lo largo de los decenios han provocado la destrucción de las lápidas en numerosas tumbas. Otro tanto ocurre en los cementerios musulmanes de ese período y del período más antiguo. En cambio, en los territorios ocupados por Armenia fueron casi totalmente destruidos siete monumentos del patrimonio mundial, 206 monumentos nacionales, 333 monumentos locales y 100 monumentos arqueológicos y en general la antigua ciudad preservada de Shusha en Azerbaiyán.

179.Obsérvese que los cementerios y las casas de la aldea ocupada de Kerki en la República Autónoma de Najicheván fueron totalmente destruidos; los edificios residenciales y administrativos pertenecientes a los azerbaiyanos en Nagorno-Karabaj y las zonas circundantes, los monumentos históricos de las tumbas de la aldea de Mammadbaily en la región de Zanguilan, que databan de los siglos XIII y XIV, la “Torre de la Doncella”, próxima a la aldea de Amirjanly y la “Tumba” de la aldea de Jasali fueron desmantelados en masa; los preciosos monumentos pertenecientes a la antigua zona residencial de Shahri‑Sharifan situados bajo tierra en la ribera derecha del río Hakari, cerca de la aldea de Sharifan, fueron totalmente destruidos y trasladados a Armenia y a la República Islámica del Irán como materiales de construcción. Además, los armenios destruyeron 10 centros culturales regionales, 18 clubes aldeanos, 500 clubes y casas culturales de aldeas, 691 bibliotecas de aldeas, 22 museos, 85 escuelas de música, 4 teatros, 4 galerías fotográficas de 9 regiones y 33 ciudades de los territorios azerbaiyanos ocupados y transportaron importantes piezas históricas a Armenia.

180.En el territorio de Armenia había 300.000 monumentos históricos y culturales y más de 500 cementerios pertenecientes al antiguo Janato de Ereván que fueron completamente destruidos; las denominaciones geográficas pasaron a ser armenias. Los armenios modifican los libros históricos de iglesias pertenecientes a los antiguos albaneses en el territorio de la República Islámica del Irán. Las puertas de entrada por el este de estas iglesias son clausuradas con cemento y se abren nuevas puertas que son semejantes a las de las iglesias armenias. De ahí que tras la restauración en 2002 de la antigua iglesia albanesa en la aldea de Mukumbar, situada a unos 40 o 42 km de Tabriz, se informara de esta a la prensa iraní como si se tratara de una antigua iglesia armenia.

Párrafo 27

181.El Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales fue firmado por la República de Azerbaiyán en 2009. Para ratificarlo se necesita la aprobación interestatal.

Párrafo 28

182.Las observaciones finales (E/C.12/AZE/CO/3) sobre el tercer informe periódico de la República de Azerbaiyán, aprobadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en su 15º período de sesiones, celebrado del 29 de abril al 17 de mayo de 2013, fueron traducidas y distribuidas entre los órganos estatales y las ONG.

Párrafo 29

183.El documento básico común presentado junto con los informes periódicos pertinentes a los órganos de tratados de derechos humanos de las Naciones Unidas se ha actualizado de conformidad con las directrices armonizadas para la presentación de informes a los órganos creados en virtud de tratados internacionales de derechos humanos (HRI/GEN/2/Rev.6).