Naciones Unidas

E/C.12/TCD/Q/3/Add.1

Consejo Económico y Social

Distr. general

20 de agosto de 2009

Español

Original: francés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

43º período de sesiones

Ginebra, 2 a 20 de noviembre de 2009

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud del artículo 16 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Respuestas del Gobierno del Chad a la lista de cuestiones (E/C.12/TCD/Q/3) que deben abordarse al examinar el tercer informe periódico del Chad sobre los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/TCD/3) *

[7 de agosto de 2009]

I.Marco general de aplicación del Pacto

Cuestión 1 . Sírvanse indicar si se han incorporado al ordenamiento jurídico del Estado parte las disposiciones del Pacto a fin de permitir su aplicación directa por los tribunales del Chad y, en caso de que así sea , proporcionen ejemplos . ¿Qué medidas se han adoptado para que las víctimas de violaci ón de sus derechos económicos, sociales y culturales puedan obtener reparación por la vía judicial y para que se apliquen los fallos y sentencias de los tribunales?

1.Desde que alcanzó la soberanía internacional, el Chad ha hecho siempre del principio de los derechos de los pueblos una constante de su política, tanto en el plano nacional como en el internacional. En su calidad de Miembro de las Naciones Unidas y en cumplimiento de sus compromisos internacionales, el 9 de junio de 1995 ratificó libremente el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en lo sucesivo "el Pacto"). Así, no solo ha integrado este dispositivo en su legislación nacional, en particular en el preámbulo de la Constitución de 31 de marzo de 1996 modificada en 2005, sino que el Pacto prima sobre la legislación nacional según se dispone en el artículo 222 de la Constitución: "Los tratados o acuerdos debidamente ratificados tendrán, desde el momento de su publicación, rango jurídico superior al de las leyes nacionales, a reserva de su aplicación por la otra parte". Al igual que sucede con todos los demás convenios normalmente ratificados por el Chad, los ciudadanos pueden invocar las disposiciones del Pacto, pero no se ha tomado ninguna medida en el plano nacional para aplicar estas.

Cuestión 2 . Sírvanse indicar si existe en el Estado parte una institución nacional de protección de los derechos humanos de conformidad con los Principios de París y si dicha institución está acreditada ante el Comité Internacional de Coordinación de Instituciones Nacional es para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos, así como las medidas adoptadas para garantizar su independencia. Sírvanse asimismo indicar si forman parte de su mandato la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales.

2.La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), creada en 1994 por la Ley Nº 031/PR/94 de 9 de septiembre de 1994, tiene una competencia bastante amplia. En efecto, la CNDH:

a)Asesora al Gobierno en cuestiones relacionadas con los derechos humanos, incluidos la condición de la mujer y los derechos del niño y de las personas discapacitadas;

b)Presta asistencia al Gobierno y a las demás instituciones nacionales en relación con todas las cuestiones de derechos humanos en el Chad;

c)Participa en la revisión de la legislación vigente y en la elaboración de nuevas normas de conformidad con la Carta de derechos humanos y libertades fundamentales adoptada por la Conferencia Nacional Soberana y los instrumentos nacionales e internacionales, con miras a la construcción del estado de derecho y a la consolidación de la democracia;

d)Efectúa encuestas, estudios y publicaciones y asesora al Gobierno en todas las cuestiones relacionadas con los derechos humanos y las libertades fundamentales, en particular sobre la ratificación y la aplicación de los instrumentos internacionales y las prácticas en vigor.

3.Las medidas tomadas para garantizar su independencia son:

a)Ha sido creada por ley;

b)Su composición es paritaria: por mitad los poderes públicos y por mitad la sociedad civil;

c)Es autónoma en cuanto a la elección de las cuestiones que examina, sin selectividad y por iniciativa propia;

d)Es enteramente libre en los dictámenes que transmite al Gobierno y de cuya difusión a la opinión pública se ocupa;

e)Puede iniciar de oficio el examen de una solicitud formulada por cualquier persona que se considere víctima de una violación de sus derechos humanos.

4.Sin embargo, la CNDH no está todavía conforme con los Principios de París y el Gobierno despliega en este momento un esfuerzo para conseguir que lo esté.

Cuestión 3 . Sírvanse indicar si el Estado parte se ha fijado objetivos y ha adoptado indicadores que permitan medir los avances realizados en el ejercicio de los derechos reconocidos en el Pacto. Sírvanse también indicar si se ha iniciado una evaluación de las políticas de desarrollo en el contexto de los derechos humanos y del medio ambiente.

5.La necesidad de ofrecer una protección adecuada a ciertas categorías de personas vulnerables ha conducido al Gobierno a adoptar medidas de protección especiales. Con el fin de mejorar el acceso de la población a servicios básicos de salud de buena calidad, el sistema de salud del Chad está organizado en tres niveles: central, intermedio y periférico. El Gobierno promulgó el 15 de abril de 2002 la Ley Nº 006/PR/02 sobre la promoción de la salud reproductiva para ofrecer una protección especial en esta esfera y, sobre todo, para poner fin a las nefastas prácticas tradicionales existentes. En esta ley se reconoce a todas las personas igualdad de derechos y dignidad en materia de salud reproductiva, sin discriminación alguna por razones de edad, sexo, religión, etnia, estado civil u otras (art. 3). El artículo 7 de la misma ley estipula que "toda persona y toda pareja tienen derecho a una atención de salud de la mejor calidad posible y a protección contra prácticas perjudiciales para la salud reproductiva. Toda persona y toda pareja tienen derecho a unos servicios de salud locales seguros, eficaces, económicamente asequibles y aceptables". Con miras a garantizar la protección de las personas con discapacidad, el Gobierno de la República del Chad ha promulgado la Ley Nº 007/PR/2007 sobre la protección de los discapacitados. En esta ley se afirma que las personas con discapacidad gozan de los mismos derechos reconocidos por la Constitución a todos los ciudadanos chadianos. La protección de las personas con discapacidad es uno de los principales cometidos del Ministerio de Acción Social, Solidaridad y Familia que, por conducto de su Dirección de Personas Discapacitadas, se esfuerza por favorecer en el plano legal el disfrute de todos los derechos de esta categoría de personas. En el sector de la protección del medio ambiente, el Gobierno ha creado una brigada nacional que vela sobre la protección de la fauna y la flora.

Cuestión 4 . Sírvanse facilitar datos estadísticos desglosados por sexo, edad y zona urbana y rural en todos los sectores a que hace referencia el Pacto, prestando especial atención a los grupos sociales marginados y desfavorecidos, de modo que el Comité pueda evaluar mejor el disfrute efectivo de los derechos garantizados en el Pacto.

6.Los datos estadísticos por sexo, edad y zona urbana y rural en todos los sectores relacionados con el Pacto y con especial atención a los grupos sociales marginados y desfavorecidos datan de 1993 y no permiten evaluar ya la medida en que se respetan ahora los derechos garantizados en el Pacto. Se está a la espera del segundo censo general de población y hábitat lanzado el 20 de mayo de 2009 y cuyos resultados están previstos para fines de julio de 2009. En este censo se tendrán en cuenta los indicadores siguientes:

a)Edad y estructura de la población;

b)Alfabetización y escolarización;

c)Actividades económicas;

d)Estado civil y nupcialidad;

e)Natalidad y fecundidad;

f)Mortalidad;

g)Migración;

h)Dinámica demográfica, e

i)Características demográficas y socioeconómicas de las familias ordinarias (véanse en el anexo los datos estadísticos correspondientes a 2004).

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)

A.Artículo 2.1. Obligaciones de los Estados partes

Cuestión 5 . Sírvanse indicar en qué medida tiene en cuenta el Estado parte las obligaciones que le incumben en virtud del Pacto cuando negocia acuerdos comerciales, de inversión o económicos. Sírvanse asimismo especificar el efecto de las políticas de inversión en la protección del medio ambiente y en el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de la población.

7.El derecho de los pueblos a disponer libremente de sus riquezas y de sus recursos naturales figura entre los grandes principios del Estado, que ha tomado disposiciones para impedir que otro Estado u otra persona jurídica pueda apropiarse aquello que pertenece a su soberanía nacional. De ahí que la Constitución establezca en su artículo 57 que "El Estado ejerce su soberanía completa y permanente sobre todas las riquezas y los recursos naturales nacionales para el bienestar de la comunidad nacional. No obstante, podrá confiar la exploración y explotación de sus recursos naturales a la iniciativa privada". Deseoso de aumentar el nivel de vida de la población, el Gobierno del Chad ha emprendido la explotación de sus recursos naturales. De igual modo, para poner de manifiesto su derecho a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales, el Chad ha incluido en su Código de Recursos Petrolíferos la obligación de obtener un permiso H para practicar cualquier exploración de su subsuelo. Así, emprendió por propia iniciativa negociaciones que culminaron en la concertación de los acuerdos sobre petróleo concertados en 1988 y el 10 de mayo de 2004 con el consorcio compuesto actualmente de Exxon, Mobil, Péronnas y Chevron. Para velar por la buena y eficaz gestión de sus recursos, el Chad adoptó la Ley Nº 001/PR/99 de 11 de enero de 1999 sobre la gestión de los ingresos obtenidos del petróleo. Este instrumento, perfecto ejemplo de buena gestión, asigna el 5% de los ingresos del petróleo a la región productora. La ley, que era inicialmente una de las condiciones para la financiación del proyecto de explotación del petróleo por el Banco Mundial, ha sido modificada por el Chad con la Ley Nº 02/PR/2006 de 11 de enero de 2006. Habiendo advertido ciertos errores debido a la omisión de algunos elementos de apreciación durante la negociación de los acuerdos de 1988 y de 2004, el Chad ha decidido muy recientemente renegociar estos acuerdos y ello en virtud de su derecho a disponer de sus propios recursos. Así pues, por decreto de 28 de agosto de 2006 se creó una comisión nacional de negociación de acuerdos sobre el petróleo. En general, hay que destacar que los esfuerzos desplegados por el Estado para gozar plenamente de sus derechos sigan limitados por la pobreza del país. Sin embargo, el Chad espera que, gracias al apoyo y la cooperación de sus asociados en el desarrollo, se efectúe entretanto un gran avance. Como el medio ambiente forma parte de las condiciones de existencia y de la calidad de vida, la Constitución obliga a protegerlo: "El Estado y las colectividades territoriales descentralizadas deben velar por la protección del medio ambiente. Las condiciones de almacenamiento, manipulación y evacuación de desechos tóxicos o contaminantes resultantes de las actividades nacionales están determinadas por ley. Están prohibidos el tránsito, la importación, el almacenamiento, el enterramiento y el vertido en territorio nacional de desechos tóxicos o contaminantes extranjeros" (art. 48). Además, el artículo 52 establece que todos los ciudadanos tienen el deber de respetar y proteger el medio ambiente. El Chad es asimismo parte en varias convenciones internacionales de protección del medio ambiente y existe un ministerio encargado especialmente de estas cuestiones. Así, se han elaborado numerosos proyectos relacionados con el medio ambiente. En el marco de la explotación de sus recursos petrolíferos, por ejemplo, el Gobierno y el consorcio se han puesto de acuerdo sobre toda la parte relativa al medio ambiente, que figura en el tomo 5 del documento del proyecto. En el Chad, la protección del medio ambiente se rige por la Ley Nº 014/PR/98 de 17 de agosto de 1998 sobre los principios generales de protección del medio ambiente. En esta ley se definen los principios generales de la protección del entorno en el Chad y se prohíbe toda contaminación que pueda entrañar molestias o riesgos para la salud, la salubridad pública, la seguridad o el bienestar de las personas o causar daños al entorno o a los bienes y se ha creado un órgano encargado de aplicar las políticas y estrategias del Gobierno en materia de medio ambiente. Se trata del Alto Comité Nacional para el Medio Ambiente. Hay también un ministerio encargado de aplicar las políticas gubernamentales en la materia, el Ministerio del Medio Ambiente y del Agua. Pese a todos estos esfuerzos, el Gobierno sigue siendo presa de dificultades, como el avance del desierto, la inmensidad del territorio y la falta de medios humanos y financieros suficientes.

Cuestión 6 . Sírvanse proporcionar información completa y actualizada sobre las medidas adoptadas para combatir la corrupción, incluso en el seno del aparato judicial, e indicar si en estos últimos cinco años han sido encausados altos funcionarios y si los procedimientos han terminado en condena.

8.La malversación de fondos públicos y el soborno de funcionario son delitos previstos y sancionados en los artículos 229, 322 y ss. del Código Penal. Sin embargo, para combatir esta plaga, han existido siempre procedimientos específicos. Así, hoy en día se aplica en la materia la Ley Nº 004/PR/00 sobre la represión de la malversación de fondos públicos, la corrupción, el cohecho, el tráfico de influencias y otras infracciones conexas. Además de este marco jurídico, el Gobierno creó en 2004 el Ministerio de Moralización y Fiscalización General del Estado, encargado de moralizar la vida pública y supervisar la gestión de los fondos públicos. Este Ministerio ha llevado a cabo centenares de inspecciones, como resultado de las cuales se han abierto diversas causas por malversación o corrupción y los tribunales han condenado a los culpables.

B.Artículo 2.2. No discriminación

Cuestión 7 . Sírvanse suministrar información detallada y precisa sobre las disposiciones legislativas en vigor y las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para eliminar todas las formas de discriminación y, en particular , para aplicar el artículo 40 de la Constitución relativo a los derechos de las personas con discapacidad.

9.Teniendo en cuenta la vulnerabilidad de las personas con discapacidad, el Chad, que es Parte en la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad, ha incluido en su Constitución las disposiciones para protegerlas. La Constitución de la República dedica varios de sus artículos a la protección de las personas con discapacidad, en particular, los artículos 14, 31, 32 y 35. El párrafo 1 del artículo 14 de esta ley fundamental estipula que "El Estado garantiza a todos la igualdad ante la ley, sin distinción por razones de origen, raza, sexo, religión, opinión política o posición social". El párrafo 2 del mismo artículo especifica que el Estado tiene el deber de velar por la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y de garantizar la protección de sus derechos en todos los sectores de la vida privada y pública. Es evidente pues que están formalmente prohibidas la discriminación contra las personas con discapacidad y su exclusión del goce de los derechos reconocidos a todos los ciudadanos. Las disposiciones del artículo 31 abundan en este sentido: "El acceso al empleo en la administración pública está garantizado a todos los ciudadanos del Chad sin discriminación alguna, a reserva de las condiciones propias de cada empleo". Sin embargo, es preciso señalar que, pese al esfuerzo que despliega el Estado para la creación de empleo, la demanda sigue siendo elevada. El resultado es que el desempleo, antes poco perceptible, había adquirido proporciones importantes en 1991. Es posible por tanto que una parte de las personas con discapacidad sea víctima de la situación. Por último, las disposiciones del artículo 35, que se refieren a la instrucción reservada a la población del Chad en general, se pueden entender como una medida en favor de las personas con discapacidad en particular. En efecto, en este artículo se dice que "Todo ciudadano tiene derecho a la instrucción". Aparte de las disposiciones constitucionales en materia de protección de los derechos de las personas con discapacidad, existen en el plano nacional medidas administrativas en su favor.

10.Preocupado por el bienestar y la protección de las personas con discapacidad, el Estado no ha dejado de tomar medidas especiales en favor de esta categoría de personas vulnerables:

a)La Ley Nº 007/PR/07 sobre la protección de las personas con discapacidad.

b)En relación con los derechos de las personas discapacitadas, el capítulo 1 de dicha ley está dedicado al derecho a la salud de esta clase de personas, el capítulo 2 a su derecho a la educación y a la formación, el capítulo 3 a su derecho a la inserción socioeconómica, el capítulo 4 a su derecho a la cultura, a los deportes, al tiempo libre y a la comunicación y el capítulo 5 a su derecho al transporte, la vivienda y la seguridad. En cuanto a las medidas administrativas, se han creado instituciones nacionales para promover y proteger los derechos de las personas con discapacidad. La Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), creada por la Ley Nº 031/PR/94 de 9 de septiembre de 1994, tiene por misión efectuar encuestas, estudios y publicaciones y asesorar al Gobierno sobre todas las medidas relacionadas con los derechos humanos y las libertades fundamentales.

11.Así, las personas con discapacidad que se consideren víctima de la violación de sus derechos pueden dirigirse a esta institución para revindicarlos.

12.El cometido del Ministerio de Derechos Humanos y Promoción de Libertades, creado en 2003, es la concepción, el seguimiento y la aplicación de la política del Gobierno en materia de derechos humanos y tiene a su cargo las acciones de promoción de las libertades, de protección y defensa de los derechos humanos y de elaboración y seguimiento de la aplicación de los instrumentos internacionales en materia de derechos humanos, entre los cuales procede señalar la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad. Este departamento ministerial es la autoridad a que pueden dirigirse las personas con discapacidad que hayan sido víctima de la violación de sus derechos. El Ministerio comunica a su vez las peticiones a los ministerios u otras autoridades competentes para que se emprenda diligentemente una acción en favor de los interesados. En efecto, el artículo 12 del Decreto Nº 753/PR/PM/MCDHPL/07 sobre el organigrama del Ministerio de Derechos Humanos dispone que la Dirección de Derechos de las Personas Vulnerables tiene por misión:

a)En colaboración con el Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia, proponer proyectos de textos legislativos y reglamentarios en favor de las personas con discapacidad;

b)Supervisar la aplicación de la legislación relativa a la protección de los derechos de las personas con discapacidad;

c)Participar en la lucha contra todas las formas de violencia y los atentados contra la integridad física y moral de las personas con discapacidad;

d)Apoyar a las asociaciones y organizaciones que trabajan en favor de estas personas.

Cuestión 8 . Sírvanse suministrar información detallada y actualizada sobre la situación de las personas desplazadas dentro del propio país y sobre las medidas especiales adoptadas en su caso por el Estado parte durante el período 2003-2008 para proteger sus derechos económicos, sociales y culturales.

13.Las personas desplazadas son personas o grupos de personas forzadas u obligadas a huir o abandonar su hogar o su lugar de residencia habitual a causa de un conflicto armado, de una situación generalizada de violación de los derechos humanos o de catástrofes naturales y que no han franqueado las fronteras internacionales del Estado. Aunque es un fenómeno nuevo a causa de su amplitud y del contexto sociopolítico del país, la situación de las personas desplazadas en el interior del Chad ha movilizado a todos quienes despliegan actividades en las zonas en cuestión. Así, las poblaciones de acogida, las autoridades locales administrativas y tradicionales y el personal humanitario han hecho todo cuanto estaba a su alcance por socorrer a las personas desplazadas, cada uno según sus medios. En efecto, cuando se habla de personas desplazadas en el interior de su país se hace referencia a las funciones y responsabilidades de las autoridades interesadas políticas, administrativas y de otra clase frente a la situación. La protección y la asistencia que se han de aportar a las personas desplazadas incumben en primer lugar a las autoridades nacionales. En cierto modo, el Estado tiene la obligación de aportar una solución a los problemas de los desplazados a causa de sus compromisos nacionales, en particular las disposiciones en la Constitución del Chad sobre los derechos fundamentales de las personas, y sus compromisos internacionales en materia de derechos humanos de las poblaciones y su protección como son los Principios Rectores de las Naciones Unidas aplicables a los desplazamientos internos. Se trata de la acogida e instalación en un espacio seguro de las poblaciones desplazadas, la protección y la asistencia en materia de alojamiento, alimentación y otros elementos que puedan permitirles vivir normalmente y de manera provisional. A estos efectos, se prevé establecer un marco jurídico nacional para la protección de las personas desplazadas, con los mecanismos apropiados.

14.En ausencia de un marco específico, la Constitución cumple esta función con sus artículos 17, 18, 19 y 20 relativos a las libertades y los derechos fundamentales de los ciudadanos y a su protección por el Estado. Sin embargo, quienes se han hecho cargo de las personas desplazadas en el interior del Chad desde enero de 2006 han sido concretamente las poblaciones locales, las organizaciones humanitarias y las autoridades administrativas y tradicionales, pese a los medios limitados de que disponen.

C.Artículo 3. Igualdad entre el hombre y la mujer

Cuestión 9 . Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre el marco jurídico del Estado parte en materia de igualdad entre el hombre y la mujer.

15.El Chad reconoce iguales derechos al hombre y a la mujer. Ello se aplica también a los derechos económicos, sociales y culturales. En virtud del artículo 13 de la Constitución, "Los chadianos de uno y otro sexo tienen los mismos derechos y deberes. Son iguales ante la ley". Para dar mayor visibilidad a la igualdad entre el hombre y la mujer, el Gobierno ha calculado la cuota y la representatividad de la mujer en las instituciones. Así, entre los 30 miembros del Gobiernos hay 6 mujeres, más una veintena en la Asamblea Nacional sobre un total de 155 miembros.

Cuestión 10 . Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar que el disfrute por la mujer de todos los derechos económicos, sociales y culturales en pie de igualdad no se vea obstaculizado por leyes y prácticas consuetudinarias o religiosas de carácter discriminatorio y para combatir los estereotipos y sensibilizar a la mujer a sus derechos.

16.La Constitución de 1996, cumbre de la jerarquía de normas nacionales, condena la discriminación en todas sus formas (art. 14) y afirma además la voluntad del pueblo chadiano de vivir unido en el respeto de la diversidad étnica, religiosa, regional, social y cultural. Sin embargo, hay en la práctica ciertas sinergias socioculturales que impiden a la mujer ejercer algunos derechos en las mismas condiciones que los hombres. Lo que puede parecer paradójico es la manera en que la propia mujer contribuye a perpetuar los estereotipos que la marginan, en especial educando a las hijas en la obediencia y a los hijos en las funciones dominantes. Ello obedece al fenómeno de interiorización de los modelos de comportamiento adquiridos y retransmitidos de generación en generación por vías tan diversas como la escuela, la familia, la religión, etc. Desde el punto de vista educativo, la igualdad en la escolarización de niñas y niños existe ya. La mínima cantidad de niñas escolarizadas en relación con los niños se debe fundamentalmente a las rémoras socioculturales, pero la conciencia se está despertando cada vez más y los chadianos miden ya la importancia que tiene enviar a las niñas a la escuela. Por su parte, el Gobierno lanza campañas de gran envergadura y adopta estrategias para fomentar la escolarización de las niñas y su mantenimiento en la escuela. Por esta razón se ha creado en el seno del correspondiente Ministerio una división de promoción de la educación femenina encargada de aplicar la política del Estado al respecto. Con objeto de que disminuyan las disparidades acumuladas a lo largo de los años y que han limitado sobradamente la tasa de escolarización de la niña chadiana, se han tomado medidas para que la enseñanza pública sea gratuita. El artículo 35 de la Constitución estipula en su párrafo 1 que "Todos los ciudadanos tienen derecho a la instrucción". En materia de empleo, el artículo 31 de la Constitución prevé que "El acceso a los empleos públicos está garantizado a todo chadiano sin discriminación alguna, a reserva de las condiciones propias de cada puesto de trabajo". En el artículo 32 se "reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo" y en el párrafo 3 del mismo artículo se precisa que "no se podrá causar perjuicio a nadie en su trabajo a causa de su origen, opiniones, creencias, sexo o estado civil". Para poner fin a las prácticas discriminatorias contra las mujeres y los niños, el Chad ha ratificado la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer y la Convención sobre los Derechos del Niño. Se organizan anualmente jornadas enteras de reflexión y de sensibilización sobre las condiciones de vida y de trabajo de la mujer como parte de la Semana Nacional de la Mujer y el Día Internacional de la Mujer. Con este mismo fin, está en vías de adopción un proyecto de código de la familia, y la creación de instituciones como la Dirección del Género en el seno del Ministerio de Acción Social y Solidaridad Nacional, así como la liberalización en materia de derechos humanos, contribuyen a este esfuerzo de promoción de los derechos de la mujer. La familia no ha escapado a la cultura de la violencia legado de varios decenios de guerra. Esta es la razón de que se registren numerosos casos de violencia doméstica o conyugal contra las mujeres y los niños, pero los autores son siempre severamente castigados cuando los casos llegan al conocimiento de las autoridades judiciales. También en este plano, las asociaciones de la sociedad civil, como la Asociación de Mujeres Juristas del Chad y la Célula de educación, enlace e información de las asociaciones femeninas, despliegan importantes esfuerzos en forma de "clínicas jurídicas", que son verdaderos centros de información, educación y sensibilización a los derechos de la mujer. Procede señalar, sin embargo, que los padres y las víctimas disimulan a menudo los casos de violencia por miedo de destruir la unidad familiar, lo que dificulta su represión. No hay estadísticas disponibles a este respecto. En todo caso, el Gobierno concede una atención particular a estos problemas y ha tomado medidas para prevenir y erradicar la violencia, en particular la violencia sexual contra la mujer. Así, se ha promulgado la Ley Nº 06/PR/2002 sobre la promoción de la salud reproductiva, que prohíbe todo tipo de violencia, como las mutilaciones genitales femeninas, los matrimonios precoces y la violencia doméstica y sexual.

Cuestión 11 . El Estado parte indica en su informe que la mujer no goza de su derecho a la igualdad con el hombre y que, según unos estudios recientes, el 78% de las mujeres son analfabetas en las zonas rurales frente al 56% de los hombres y que el 70% de los ingresos de las mujeres del Chad se dedicaban a la manutención de la familia, frente al 40% en el caso de los hombres (párr. 57) . ¿Qué medidas urgentes ha tomado el Estado parte para remediar esta situación contraria al Pacto?

17.Vistas las estadísticas, si se tiene en cuenta la función predominante de la mujer en la gestión del hogar, es evidente que los problemas relacionados con el acceso a servicios básicos como la educación, la salud, el empleo administrativo, etc., la afectan más que al hombre. En efecto, el porcentaje de mujeres analfabetas es más elevado que el de los hombres. Aunque en la enseñanza primaria la diferencia entre el número de niñas y de niños no es muy grande, esa paridad desaparece rápidamente en las clases de fin de ciclo. Es importante analizar este problema a fondo para dar con soluciones adecuadas. Cabe señalar también el número significativo de embarazos de adolescentes de 15 a 19 años. Esta falta generalizada de formación ha repercutido negativamente en el desarrollo de la mujer y en su eficacia en todos los sectores: la posibilidad de acceder a empleos mejor remunerados y su capacidad para educar convenientemente a sus hijos, sobre todo cuando la mujer es cabeza de familia.

18.Cabe señalar que se está elaborando un proyecto de código de la persona y de la familia, que permitirá reforzar el marco jurídico existente y la igualdad entre el hombre y la mujer.

19.Las medidas urgentes tomadas por el Gobierno para remediar esta situación son, entre otras:

a)La escolarización gratuita de las niñas;

b)La creación de una Dirección del Género en el seno del Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia;

c)La gratuidad de la atención médica y del parto;

d)La creación del Ministerio de Microfinanzas y de Lucha contra la Pobreza para conceder a las mujeres créditos destinados a sus actividades generadoras de ingresos.

Cuestión 12. Sírvanse suministrar información más detallada sobre las medidas tomadas por el Estado parte durante el período 2003-2008 para favorecer la mejor representación de la mujer en el Parlamento y en los cargos directivos del Gobierno e indicar el número de mujeres que ocupan puestos en el aparato judicial y en la administración pública, ya sea en la administración central o en las administraciones provinciales . Sírvanse indicar en qué fase se halla el proyecto de ley sobre las cuotas (párr. 118).

20.Los años noventa supusieron un giro en la lucha de la mujer chadiana por obtener el respeto de sus derechos. De los 155 escaños de la Asamblea, una veintena estaban ocupados por mujeres. En la administración pública había 3 mujeres frente a 19 hombres que ocupaban cargos de director general en 1994 y, ese mismo año, ocupaban el cargo de director de servicio 5 mujeres frente a 116 hombres. Esta emergencia, aunque insignificante, de la mujer en la escena nacional, contribuyó a que los ciudadanos comprendiesen mejor esta problemática. Conviene señalar además que la presencia de mujeres chadianas en la vida política del Chad remonta a 1963, año durante el cual había ya tres diputadas. En relación con el proyecto de ley sobre las cuotas, se ha observado últimamente un avance señalado y se asiste ahora a una elevación de las cuotas para el nombramiento de mujeres en el Gobierno, las administraciones provinciales, el aparato judicial y la administración pública.

21.Lo ideal sería que se fije una cuota en el futuro, pero el Gobierno se ha comprometido a obtener la paridad entre el hombre y la mujer en la ocupación de puestos de responsabilidad.

III.Cuestiones relativas a disposiciones concretas del Pacto (artículos 6 a 15)

A.Artículo 6. Derecho al trabajo

Cuestión 13. Sírvanse suministrar información detallada y actualizada sobre : a) los programas y las políticas nacionales de creación de empleo, en particular en el sector estructurado de la economía y especialmente para la mujer; b) las actividades de la Oficina Nacional de Promoción del Empleo (ONAPE) (párrafo 82 del informe) y los resultados obtenidos.

22.En el artículo 32 de la Constitución, "El Estado reconoce a todos los ciudadanos el derecho al trabajo. Garantiza al trabajador la justa retribución de sus servicios o de su producción. No se podrá causar perjuicio a nadie en su trabajo a causa de su origen, opiniones, creencias, sexo o estado civil". Para traducir en hechos este derecho constitucional se aprobaron la Ley Nº 038/PR/96 de 11 de diciembre de 1996, que contiene el Código del Trabajo, y otros textos de aplicación, en particular el Convenio Colectivo General de 2002. El Código del Trabajo es aplicable en todo el territorio nacional y regula las relaciones entre empleadores y trabajadores. En los párrafos 2 y 3 del artículo 1 se estipula que "regula las relaciones entre empleadores y trabajadores resultantes de contratos de trabajo concertados para ser ejecutados en el territorio de la República del Chad, con independencia del lugar de su celebración y de la residencia y nacionalidad de las partes". Ante la preocupación que constituye la tasa de desempleo cada vez más elevada, se ha creado un órgano regulador para la promoción del empleo (ONAPE), cuya misión consiste en aumentar las posibilidades de empleo y favorecer la inserción profesional de quienes buscan trabajo por primera vez. Este órgano ha podido facilitar personal nacional al proyecto del petróleo y a otros muchos sectores, como el sector privado.

Cuestión 1 4. Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre las medidas tomadas para regularizar la situación de los trabajadores del sector no estructurado.

23.La aportación del sector no estructurado se hace sentir de manera significativa en la economía nacional. A estos efectos, el Ministerio de Administración Pública y Trabajo ha llevado a cabo un estudio y ha identificado algunos sectores entre los cuales el de las mujeres mossos (es decir, comerciantes).

24.En realidad no se han tomado de momento medidas adecuadas, pero se despliega un esfuerzo a través del FONAP (Fondo Nacional de Apoyo a la Formación Profesional) que organiza la formación de los trabajadores del sector no estructurado con miras a su inserción en el sector estructurado y a la regularización de su situación.

B.Artículo 7. Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Cuestión 15. Sírvanse indicar el importe del salario mínimo y si e ste basta para asegurar un nivel de vida decente a todos los trabajadores y a sus familias conforme a lo dispuesto en el Pacto . Si no es así, sírva n se facilitar información sobre las medidas tomadas por el Estado parte para aumentar periódicamente el salario mínimo, con inclusión de los mecanismos de revisión y reajuste.

25.Conviene asimismo señalar que el SMIG, que se había fijado inicialmente en 18.000 francos CFA, experimentó un ligero aumento a 25.480 francos CFA y es en la actualidad de 28.000. Este salario sigue siendo insuficiente a causa de la carestía de vida. El mejoramiento de las condiciones de existencia es importante para toda la población, aunque sus efectos sean diferentemente percibidos a causa de la extrema pobreza en que está sumida la población rural. Por otra parte, el descubrimiento de petróleo ha aportado un ligero aumento del nivel de vida de algunos jóvenes, pero este cambio sigue siendo inferior a las expectativas de la población. De ahí que la nueva Ley sobre el estatuto general de la administración pública haya aportado un pequeño aumento general de sueldos a los funcionarios, así como diferentes aumentos de sueldo de un 30% aproximadamente, que varían de un ministerio a otro y que han elevado ligeramente el nivel de vida. Así, se ha procedido a aumentar el sueldo a 60.000 francos CFA a los funcionarios cuyo sueldo no alcanzaba este importe desde 2007. Pese a estas medidas, el Gobierno sigue siempre con preocupación y gran atención la concepción de nuevas estrategias para que los ciudadanos puedan gozar plenamente de sus derechos a condiciones de trabajo justas y favorables.

Cuestión 16. Habida cuenta de la información que figura en los párrafos 113 y 117 del informe, sírvanse proporcionar información actualizada y detallada sobre la situación de los trabajadores del servicio doméstico, los molineros, los soldadores, los vendedores de carburante y otras personas que trabajan en el sector no estructurado y sobre las medidas tomadas por el Estado parte para proteger el derecho de esos trabajadores a unas condiciones de trabajo equitativas y favorables.

26.El Chad, que ratificó el Convenio de la OIT relativo a la igualdad de remuneración el 29 de marzo de 1966, recoge este principio en el artículo 246 de su Código del Trabajo. El artículo 247 del mismo Código especifica los distintos componentes de la remuneración, que son idénticos para hombres y mujeres, y consagra así el principio de la no discriminación. Sin embargo, se observa que las mujeres están subrepresentadas en el mundo del trabajo. Para corregir esta desigualdad, se ha elaborado y está en vías de adopción un proyecto de ley sobre cuotas. Las mujeres de las zonas rurales, que son la franja más importante, están marginadas a pesar de que representan una fuerza de trabajo nada despreciable (45% en el sector agrícola). El proyecto CHD/00/PO7 sobre el género, lanzado en 2001, ha permitido establecer dos estrategias:

a)Sensibilización y educación de las mujeres en bienestar familiar sobre el estatuto y la función de la mujer en la comunidad y sobre la promoción de la escolarización de las niñas.

b)Apoyo financiero y técnico a las agrupaciones femeninas rurales mediante la concesión de créditos para reforzar su poder adquisitivo por medio de actividades generadoras de ingresos. Este proyecto abarca 500 agrupaciones en más de 400 aldeas y entre ellas 213 agrupaciones femeninas han recibido créditos. El Gobierno ha tomado medidas para incitar a esos trabajadores a sindicarse y a no aceptar un trabajo por un salario inferior al SMIG. Se lleva a cabo actualmente un trabajo de sensibilización en este sentido.

Cuestión 17. Sírvanse facilitar ejemplos concretos del cierre de lugares de trabajo a raíz de controles que hayan revelado "deficiencias graves o incumplimiento de las obligaciones previstas en el Código del Trabajo" (párr. 93).

27.Cuando un control en un lugar de trabajo revela deficiencias graves o incumplimiento de las obligaciones previstas en el Código del Trabajo, el Estado procede a su cierre. En tal caso puede obligar al organismo gestor a terminar la formación en curso. A este respecto, se han cerrado varios institutos de enseñanza superior privados, establecimientos privados de enseñanza primaria y secundaria y también gabinetes de atención médica, cuando los controles efectuados han revelado insuficiencia grave o incumplimiento de las obligaciones resultantes del Código del Trabajo o de las especificaciones correspondientes.

Cuestión 18. Sírvanse indicar qué medidas eficaces ha adoptado o prevé adoptar el Estado parte para garantizar la igualdad de oportunidades en materia de empleo a la mujer y reducir las considerables divergencias salariales que existen entre hombres y mujeres (párrs. 106 y 108) . Sírvanse indicar igualmente, en su caso, el efecto de dichas disposiciones.

28.En la práctica, en lo que concierne a la mujer, el condicionamiento sociocultural juega en su contra, de tal modo que solo ocupan empleos subalternos y por consiguiente poco remunerados. En el Chad, la población activa destaca por la predominancia persistente de una mano de obra abundante pero no calificada. Con objeto de garantizar el ejercicio efectivo del derecho al trabajo, la asistencia internacional aporta apoyo técnico, financiero y logístico.

29.El régimen de salario mínimo se controla por medio de censos periódicos. En principio, está establecida la igualdad de salario por un trabajo de igual valor. El Chad ha ratificado el Convenio Nº 100 relativo a la igualdad de remuneración y la Ley Nº 17 garantiza, en sus artículos 13 a 17, esta igualdad en el caso de los funcionarios de la administración pública: "Todo funcionario tiene derecho a una remuneración por el servicio prestado". Conviene señalar sin embargo que se despliegan actualmente esfuerzos para garantizar la igualdad de oportunidades de empleo a la mujer. En principio en la realidad, no hay disparidad entre los salarios de hombres y mujeres, pero las medidas tomadas por el Gobierno se sitúan en el plano de las oportunidades, para favorecer las candidaturas femeninas.

C.Artículo 8. Derechos sindicales

Cuestión 19. Sírvanse indicar cuáles son las condiciones para autorizar la creación de sindicatos y en qué caso y por qué motivos se ha denegado la autorización.

30.El Chad es parte en varios convenios de la OIT, que reconocen a los trabajadores el derecho a organizarse en sindicatos. La Constitución reconoce la libertad sindical en su artículo 28. Por consiguiente, todo ciudadano tiene libertad de adherirse al sindicato que elija. En lo que respecta a los funcionarios públicos, la Ley Nº 17/PR/2001 de 31 de diciembre de 2001 les reconoce este derecho en su artículo 8. Las condiciones para la creación de sindicatos en el sector privado figuran en el artículo 294, que estipula: "Los trabajadores, sin distinción alguna, tienen derecho a constituir libremente los sindicatos de su elección en los sectores de actividad y geográficos que determinen y a adherirse libremente a ellos. Las personas que hayan dejado de ejercer su función o su profesión pueden seguir formando parte de un sindicato profesional, a reserva de haber sido miembros del mismo durante un año por lo menos. Los menores de edad superior a 13 años pueden adherirse a un sindicato, salvo oposición de su padre, madre o tutor. Las mujeres casadas que ejerzan una profesión o un oficio pueden, sin autorización de su marido, adherirse a un sindicato y participar en su dirección o su administración en las condiciones establecidas en el presente artículo". Por su parte, el artículo 295 del Código del Trabajo dice que: "Los sindicatos tienen por objeto el estudio y la defensa de los derechos, así como de los intereses materiales y morales de orden profesional, tanto colectivos como individuales, de los asalariados a quienes se aplican sus estatutos". El artículo 300 del Código del Trabajo estipula que "toda constitución de un sindicato que no cumpla las condiciones o no se ajuste a los procedimientos previstos en los artículos 294 a 302 del presente Código se considerará nula de pleno derecho y no surtirá efectos".

Cuestión 20. Sírvanse facilitar información sobre la jurisprudencia reciente en materia de negociación colectiva entre empleadores y sindicatos.

31.En lo que respecta a la jurisprudencia reciente en materia de negociación colectiva entre empleadores y sindicatos cabe citar el caso de Tchad Cameroon Constructor (TCC) y los delegados del personal que concluyó con el reconocimiento de las horas extraordinarias a los empleados. Otro caso en curso es el de las cervecerías del Chad. Algunos casos han terminado ante los tribunales, mientras que otros se han zanjado por arreglo amistoso.

Cuestión 21. Sírvanse facilitar información detallada sobre el número , el motivo y el resultado de las huelgas que han tenido lugar desde 2003.

32.El principal motivo de las diversas huelgas que han tenido lugar desde 2003 es la reivindicación social, por ejemplo, un aumento de sueldo y mejores condiciones de trabajo, en resumen, el mejoramiento de las condiciones de vida. Estas huelgas han resultado en un aumento del 30% de los sueldos de los funcionarios por el Gobierno, la elevación del SMIG y la revisión de la edad de jubilación, que de 55 años pasa a 65 años.

Cuestión 22. Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar la libertad sindical de los trabajadores.

33.El Chad es parte en varios convenios de la OIT. La Constitución reconoce la libertad sindical en su artículo 28. Por lo tanto, todo ciudadano tiene la libertad de adherirse al sindicato de su elección. Los artículos 294 y 295 del Código del Trabajo mencionan la libertad sindical. En lo que concierne a los funcionarios, la Ley Nº 17/PR/2001 de 31 de diciembre de 2001, les reconoce este derecho en su artículo 8.

D.Artículo 9. Derecho a la seguridad social

Cuestión 23. Sírvanse indicar si en el Estado parte la seguridad social ofrece cobertura universal . Sírvanse indicar asimismo si la seguridad social cubre a todas las categorías de trabajadores, especialmente a los trabajadores ocasionales y los trabajadores independientes (párr. 144).

34.En relación con la cobertura universal de la seguridad social, conviene señalar que no hay discriminación para el acceso al sistema oficial de seguridad social. Los trabajadores a los que se aplica el Código del Trabajo y los particulares pueden asegurarse individualmente sin restricción. Pero en la práctica no existe una cobertura universal de la seguridad social. La Caja Nacional de Previsión Social (CNPS) se ocupa de la seguridad social de los empleados del sector privado y la Caja Nacional de Jubilados del Chad (CNRT) se ocupa de los funcionarios de la administración pública. No hay ninguna cobertura prevista para los trabajadores ocasionales o independientes en materia de seguridad social.

Cuestión 24. Sírvanse indicar si se procede a una revisión legal y periódica del importe mínimo de las prestaciones, incluidas las pensiones de jubilación, y si ese importe basta para garantizar un nivel de vida suficiente a los interesados y a su familia.

35.Se ha procedido recientemente a la revisión del importe mínimo de las prestaciones, incluidas las pensiones de jubilación. Así, se ha aumentado la asignación familiar, que era de 600 francos por hijo, a 2.000 francos. Las prestaciones en el sector privado han aumentado también, pero en uno y otro caso siguen siendo irrisorias y deberían revisarse al alza, teniendo en cuenta el contexto económico mundial actual y la carestía de vida.

Cuestión 25. Sírvanse facilitar información sobre los programas de seguridad social, incluidos los sistemas de protección de los trabajadores del sector no estructurado de la economía, especialmente en lo que concierne a la protección en caso de enfermedad y de maternidad y el seguro de vejez.

36.Según el artículo 40 de la Constitución: "El Estado se esfuerza por satisfacer las necesidades de todo ciudadano que, a causa de su edad o su inaptitud física o mental, se halla en la incapacidad de trabajar, en especial mediante la constitución de un organismo de carácter social". En realidad, sin embargo, el régimen de seguridad social se aplica a los asalariados que despliegan una actividad profesional remunerada bajo la dirección de un empleador, persona física o jurídica de derecho público o de derecho privado. En lo que respecta a la seguridad social y la protección de los trabajadores en el sector no estructurado en caso de enfermedad, maternidad o vejez, se están desplegando esfuerzos para establecer un sistema de protección de esta categoría de trabajadores.

E.Artículo 10. Protección de la familia, la madre y el hijo

Cuestión 26. Sírvanse facilitar información detallada y actualizada sobre las medidas tomadas por el Estado parte para prevenir la violencia en el hogar, incluida la violación en el matrimonio.

37.A este respecto, ni que decir tiene que la Constitución del Chad se refiere en su preámbulo a los derechos humanos fundamentales y la dignidad de la persona humana y reafirma luego su adhesión a los principios de derechos humanos definidos en la Carta de las Naciones Unidas de 1945, la Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 1981. En efecto, en el Código Penal de 1967 se castigan los atentados contra las buenas costumbres y la moral pública y se subraya la violencia conyugal y de manera específica la violación, prevista y sancionada en las disposiciones de los artículos 275 a 277 del Código con trabajos forzados por tiempo determinado. No existen disposiciones penales ni circunstancias agravantes en relación con la violación en el matrimonio. Este caso de violación existe, pero no hay estadísticas disponibles.

Cuestión 27 . Sírvanse indicar si este tipo de violencia está tipificada en el Código Penal c omo delito específico o si se le considera circunstancia agravante y facilitar información sobre los casos registrados de muerte o lesiones causados a mujeres como resultado de actos de violencia en el hogar en el período 2003-2008.

38.En lo que respecta concretamente a la violencia contra las mujeres que ha tenido como resultado su muerte o lesión, es preciso señalar que el Ministerio de Justicia no ha podido enviar sobre el terreno a los servicios competentes para reunir datos por falta de medios, pero se tiene conocimiento de varios casos de violencia conyugal que han conducido incluso a delitos. Estos casos, cuando se les señala, son castigados con arreglo a las correspondientes disposiciones del Código Penal.

Cuestión 28 . Sírvanse indicar el número de enjuiciamientos y condenas, las penas pronunciadas contra los autores de violencia en el hogar y las vías de recurso que se ofrecen a las víctimas.

39.Como hemos indicado supra, no es posible disponer de indicadores válidos sobre la violencia conyugal. Para aclarar los datos es necesario llevar a cabo un estudio en el terreno.

Cuestión 29 . Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas por el Estado parte para incitar a las víctimas de la violencia sexual a denunciar los hechos.

40.La violencia sexual constituye una práctica nefasta pero, con ayuda de los asociados y en especial del UNICEF, se han lanzado varias campañas de sensibilización orientadas a personalidades influyentes civiles y religiosas e incluso a toda la comunidad.

41.Se han lanzado también llamamientos al respecto.

42.El anteproyecto de ley que revisa y completa ciertas disposiciones del Código Penal ha tenido en cuenta este aspecto. En todo caso, actualmente esta clase de violencia está sancionada en los artículos citados del Código Penal relativos a la violación de menores y de otras personas. El Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia y las asociaciones de mujeres han lanzado campañas de sensibilización de las víctimas para permitir que las mujeres víctimas denuncien los hechos.

Cuestión 30 . Sírvanse indicar si se ha aprobado el nuevo Código de la Persona y de la Familia (párr. 62) y si en él se garantiza la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer.

43.El Código de la Persona y de la Familia no ha sido adoptado todavía a causa de la diferencia de opiniones en los círculos religiosos y políticos sobre determinados aspectos, como el caso del hijo natural, el divorcio y la sucesión. Sin embargo, la mayor parte de las reservas formuladas por los diferentes grupos se han disipado y el Código, que está en vías de adopción, garantizará la igualdad de derechos entre el hombre y la mujer.

Cuestión 31 . Sírvanse facilitar información detallada y actualizada sobre las medidas tomadas por el Estado parte en el período 2003-2008 para poner fin a la discriminación de la mujer en la esfera del matrimonio, el divorcio, la sucesión, la propiedad y la nacionalidad.

44.Si se adoptan el Código Penal y el Código de la Persona y de la Familia, estos aspectos del matrimonio, el divorcio, la sucesión, la propiedad y la nacionalidad quedarán resueltos. Preciso es indicar que se tropieza con bastantes dificultades cuando se habla de estos casos:

a)Se condena el matrimonio precoz, porque no se respeta la edad;

b)Los medios cristianos no admiten el divorcio o los matrimonios precoces terminan en divorcio;

c)Hay viudas y huérfanos perjudicados en materia de sucesiones, porque las reglas consuetudinarias priman sobre el derecho positivo.

45.Entre las medidas tomadas por el Gobierno para poner fin a la discriminación de que son víctima las mujeres en materia de matrimonio, divorcio, sucesión, propiedad y nacionalidad cabe citar: la aprobación del Código de la Persona y de la Familia, que constituirá el marco jurídico, y la creación de la Dirección del Género en el seno del Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia.

Cuestión 42 . Sírvanse indicar si la práctica de la mutilación genital femenina está prohibida por la ley y facilitar información sobre: a) la importancia del número de casos de mutilación genital femenina en el Chad; y b) las medidas tomadas o previstas para combatir esta práctica, en particular las orientadas a sensibilizar a la opinión pública y a promover la educación de las niñas.

46.Podemos afirmar que el Chad, al ratificar la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, se sumó a sus pares para prohibir estas prácticas tradicionales que perjudican la salud del niño. El Protocolo de la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos relativo a los derechos de la mujer da a este concepto una acepción más amplia en su artículo 1, que reprime todo comportamiento, actitud o práctica que repercuta negativamente en los derechos fundamentales de la mujer, como el derecho a la vida, la salud, la educación, la dignidad y la integridad física. La mutilación genital femenina está cobrando verdaderamente fuerza en el seno de nuestras comunidades y se ha propagado incluso a las poblaciones desplazadas.

47.Sería aconsejable que el Chad se ocupase de revisar los instrumentos jurídicos nacionales y los armonizase luego con los instrumentos jurídicos internacionales. Valga decir que hay insuficiencia en la materia. No se puede normalmente apelar al artículo 252 del Código Penal, porque la ley penal es de interpretación estricta y no se puede utilizar en este caso por asimilación. Las disposiciones de la Ley Nº 006 sobre la salud reproductiva son muy flexibles. Sería pues oportuno revisar muy ampliamente nuestros textos, que son obsoletos y no responden ya a las realidades del día.

48.Entre las medidas tomadas para combatir esta práctica figuran la Ley Nº 006 sobre la salud reproductiva, que prohíbe la mutilación genital femenina (MGF), y las campañas lanzadas por el Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia y las asociaciones femeninas para sensibilizar al público. Hay también la inserción de la salud reproductiva en el programa de enseñanza para promover la educación de las niñas en relación con el peligro y el riesgo de la mutilación genital femenina.

Cuestión 33 . Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para proteger a los niños contra toda forma de explotación, en particular los trabajos que pudieran ser peligrosos o nocivos para su salud, su educación y su desarrollo.

49.De conformidad con el artículo 20 de la Constitución, "nadie puede ser sometido a esclavitud o servidumbre". El artículo 5 de la Ley Nº 038 de 11 de diciembre de 1996, que contiene el Código del Trabajo, dispone que "Está prohibido el trabajo forzoso u obligatorio". Sin embargo, tanto en las zonas rurales como en las urbanas persisten ciertas prácticas que se consideran formas modernas de esclavitud, porque representan una explotación abusiva de los empleados; es el caso, por ejemplo, de los hijos de sedentarios utilizados para guardar los rebaños de ganaderos nómadas (niños pastores), de los "mohajires" o del personal doméstico.

50.Para perennizar las acciones y las medidas tomadas, en marzo de 2006 se estableció con apoyo del UNICEF una red de lucha contra el fenómeno de los niños pastores. La estrategia de lucha contra la pobreza tiene ampliamente en cuenta este fenómeno. Hay que señalar además la ratificación por el Chad de los diferentes convenios de la OIT que prohíben los trabajos forzosos, en especial el Convenio Nº 29 de 1930 sobre el trabajo forzoso, el Convenio Nº 41 de 1934 sobre el trabajo nocturno de las mujeres, el Convenio Nº 105 de 1957 sobre la abolición del trabajo forzoso, etc. En los textos nacionales se han tenido asimismo en cuenta ciertas disposiciones de los Convenios Nos. 138 y 182 de la OIT, especialmente en la Constitución de 31 de marzo de 1996 (arts. 20, 32, 35 y 38) y la Ley Nº 38 de 11 de diciembre de 1996 que contiene el Código del Trabajo (arts. 18, 52, 206, 208 y 210). El Decreto Nº 55/PR/PM/MTJS‑DTMOPS de 8 de febrero de 1996 relativo al trabajo infantil acaba de ser revisado para recoger las disposiciones del Convenio Nº 182. Con el fin de proteger a las mujeres y los niños víctimas de la trata de personas, el Chad acaba de firmar el Acuerdo multilateral de cooperación nacional y de adoptar el Plan de Acción regional de lucha contra la trata de personas, en particular de mujeres y niños, el 7 de julio de 2005 en Abuja (Nigeria). Este acuerdo tiene por finalidad la prevención de la trata, el enjuiciamiento de sus autores, la asistencia y la protección a las víctimas y su rehabilitación y reinserción social y la coordinación de las investigaciones, la detención y la condena de los traficantes y sus cómplices. En el plan de acción se han previsto varias actividades, en particular la denegación de entrada en el territorio o la revocación de los visados de los prófugos a los que se busca por delitos relacionados con la trata de personas y el auxilio judicial mutuo, que puede conducir a la extradición de los culpables.

51.Entre las medidas tomadas por el Gobierno para proteger a los niños contra todas las formas de explotación, en particular el trabajo que podía serles peligroso o perjudicar su salud, su educación y su desarrollo cabe citar:

a)La readaptación física y psicológica y la reinserción de los niños desmovilizados;

b)La búsqueda de casos de acoso sexual en el medio escolar y el éxodo de niñas;

c)La divulgación de los derechos del niño, así como la escucha y la asistencia jurídica.

Cuestión 34. Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre las medidas tomadas para abolir la práctica de la explotación de los niños pastores, sometidos a una forma contemporánea de esclavitud.

52.El Gobierno está examinando, junto con sus asociados en el desarrollo y en consulta con las comunidades, las vías y los medios para erradicar este fenómeno social que va en aumento, pese a sus consecuencias nefastas para la vida y la salud de las víctimas. Con este fin se elaboró y se viene aplicando desde 2002 con el apoyo del UNICEF un plan integrado de comunicación sobre el trabajo de los niños pastores, con participación de todas las partes interesadas. Las operaciones que se han llevado a cabo en aplicación de esta estrategia han desembocado en la participación de las autoridades administrativas y religiosas en la lucha. Se han obtenido algunos resultados, en especial la reducción del fenómeno en ciertas zonas, así como la recuperación y reintegración en sus familias de algunos niños pastores. En total, se ha recuperado y reinsertado en su familia en 2004 y 2005 a un total de 264 niños.

Cuestión 35. Sírvanse: a) facilitar información detallada sobre las medidas urgentes adoptadas o previstas por el Estado parte para hacer respetar los derechos de las categorías de niños mencionad a s en el párrafo 152 del informe; b) indicar en particular las medidas destinadas a los niños víctimas de conflictos armados, incluidas las medidas de reintegración de los niños desmovilizados; y c) indicar la fase en que se halla el proyecto de desarrollo integrado de los niños mencionado en el párrafo 149 del informe.

53.En los artículos 37 y 38 de la Constitución revisada en 2005 se impone a los padres y a las colectividades locales la obligación de educar a los niños y de velar por su bienestar. Sin embargo, el Estado no concede ayudas para cumplir esta obligación, ya que la mayoría de las familias no disfruta de ellas. Las medidas previstas son la cooperación con el UNICEF para la educación parental en las zonas rurales y las guarderías comunitarias. No se puede emplear a niños en ninguna ocupación antes de que cumplan 14 años, salvo excepción establecida por decreto a propuesta del Ministro de Trabajo y Seguridad Social y del Ministro de Salud Pública, habida cuenta de las tareas para las que se puede emplear esos niños. Solo se puede contratar a niños con el acuerdo de su representante legal. Los niños de la calle, los mohajires, los hijos de leprosos y los hijos de ganaderos son los más afectados. En general, los niños con discapacidad mental o física y los niños huérfanos están totalmente a cargo de sus familias. El Estado no dispone de estructuras para ocuparse de ellos. Existen sin embargo orfelinatos, aunque en un número reducido. La Dirección de la Infancia y la Dirección de las Personas con Discapacidad del Ministerio de Acción Social y la Dirección de Seguimiento Judicial del Ministerio de Justicia se encargan de este aspecto. Por desgracia, la divulgación e información sigue siendo limitada. En relación con estas cuestiones, el informe presentado por el Chad al Comité de los Derechos del Niño (CRC/C/TCD/2) es más ilustrativo y se puede consultar paralelamente con este capítulo.

54.Aunque oficialmente está prohibido el alistamiento de niños menores de 18 años en el ejército, se constata la presencia de niños en los campamentos militares y en los grupos armados. Por desgracia no se dispone de estadísticas. Los organismos de las Naciones Unidas y las organizaciones no gubernamentales (ONG) internacionales han organizado campañas de sensibilización para poner coto a este fenómeno y se ha establecido un parlamento para proporcionar a los niños una tribuna en la que se puedan expresar. El Gobierno del Chad ha firmado con el UNICEF un protocolo que permite la reinserción en la vida activa de los niños desmovilizados del ejército. El Chad se ha comprometido también a aplicar las recomendaciones formuladas en la Conferencia de París relativa a la no incorporación de los niños en los conflictos armados. Conviene destacar asimismo que se ha introducido la enseñanza del derecho internacional humanitario en las escuelas de gendarmería y de policía.

55.En 2005 se elaboró y validó la política de desarrollo integral del niño pequeño y se han tomado las siguientes medidas:

a)Para 2015, el 100% de los niños de 0 a 8 años serán inscritos al nacer, recibirán protección contra la violencia, la explotación y la discriminación, estarán en buena salud y se desarrollarán armoniosamente desde los puntos de vista físico, cognitivo, socioafectivo y psicológico;

b)Además, se ha puesto en marcha en las estructuras sanitarias de todo el territorio nacional un programa de prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo.

56.Estas medidas han tenido ciertamente efectos y se observa últimamente la inscripción masiva en el registro de los nacimientos. Se han observado progresos significativos en los demás aspectos de estas medidas.

Cuestión 36. Habida cuenta de la tasa elevada de embarazos de adolescentes de 15 a 19 años de edad (párr. 59), sírvanse indicar qué medidas ha tomado el Estado parte para disminuir el número de embarazos precoces . Sírvanse también facilitar información sobre los programas existentes en materia de educación sexual y sobre el acceso de la población a estos programas . Sírvanse indicar asimismo las medidas tomadas por el Estado parte para favorecer el acceso a los medios anticonceptivos, a los servicios de salud pública en relación con la sexualidad y la procreación y a la educación en la materia .

57.Del anuario de estadísticas sanitarias del Chad de 2004 se desprende que la fecundidad de la mujer chadiana es precoz y muy elevada: 194 nacimientos por 1.000 adolescentes de 15 a 19 años. Las niñas de 12 a 15 años contribuyen en un 13,30% a la natalidad y en un 13% a la fecundidad. Existen diversos programas y servicios encaminados a prever y tratar los problemas de salud de las adolescentes. Conviene señalar la existencia de un marco estratégico nacional, así como de un plan trienal. Esta estrategia se focaliza en la prevención entre los jóvenes y, en caso de enfermedad, el tratamiento con antirretrovirales y el seguimiento. Las estructuras sanitarias pertinentes están provistas de antirretrovirales, pero de cuando en cuando se observa una ruptura en el abastecimiento. Además, se observa que no hay bastantes centros de detección voluntaria (CDV) y las pruebas de detección gratuitas no son muy populares. El Programa Nacional de Salud Reproductiva considera las mutilaciones como una prioridad para la intervención y se están ejecutando proyectos como la salud de las adolescentes, la reparación de fístulas y la reinserción social de las víctimas. La prevención y el tratamiento de las MGF están integrados en el plan de estudios de formación profesional de la Escuela Nacional de Agentes Sociales y Sanitarios (ENASS). Por último, hay varias asociaciones femeninas (CELIAF, CONACIAF Chad, ASTBEF y AFJT) que llevan a cabo campañas de sensibilización en las diferentes capas de población para acabar con esta práctica.

F.Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado

Cuestión 37. Con respecto a la información facilitada en los párrafos 154 y 157 del informe, sírvanse proporcionar datos detallad os sobre los programas y políticas que el Estado parte se propone adoptar para combatir la pobreza y en especial los destinados a los hogares encabezados por mujeres y a las personas y familias que viven en asentamientos irregulares.

58.Según los informes mundiales sobre desarrollo humano del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) de 2005 y 2006, el Chad se encuentra entre los países de bajo desarrollo humano, pues ocupa los lugares 173 y 171 respectivamente de un total de 177. Ello refleja la gran pobreza de la población chadiana. Además, hay una gran desproporción entre el nivel de vida de la población rural y el de la población urbana en el plano nacional. En general, la mujer sufre mucho más que el hombre de la pobreza. Entre las medidas tomadas por el Gobierno para combatir la pobreza de las familias encabezadas por una mujer y de las personas y familias que viven en asentamientos irregulares cabe citar:

a)La creación de un Ministerio encargado de la microfinanza y de la lucha contra la pobreza para conceder créditos a esta categoría de personas;

b)El proyecto "Reducción de la pobreza y acción en favor de la mujer" (REPA/FEM) del Ministerio de Acción Social, Solidaridad Nacional y Familia;

c)La Estrategia nacional de reducción de la pobreza.

Cuestión 38 . Sírvanse dar información detallada y actualizada sobre las disposiciones tomadas para ofrecer acceso a un precio moderado al agua potable y a un saneamiento de buena calidad, en particular en las zonas rurales y en los asentamiento s urbanos irregulares.

59.En lo que respecta al acceso a un precio moderado, el Ministerio de Comercio e Industria ha tomado medidas para combatir la carestía de vida. Estos últimos años, el Estado ha hecho notables esfuerzos en favor de la distribución de agua con ayuda de algunos de sus asociados en el desarrollo. Estos esfuerzos conjugados han permitido extender el abastecimiento de agua a zonas remotas de las provincias, en particular, construir depósitos de agua. También ser ha creado una comisión interministerial de control de precios y el proyecto Ndjamena Nadif para el saneamiento de la ciudad.

Cuestión 39 . El Estado parte señala en el párrafo 156 de su informe que una gran parte de la población vive en una inseguridad alimentaria crónica. Sírvanse indicar qué medidas enérgicas se han tomado para garantizar el derecho a la alimentación de los habitantes.

60.Para paliar la carencia de productos alimentarios, la Oficina Nacional de Seguridad Alimentaria (ONASA) ha tomado diversas iniciativas, como el proyecto nacional de seguridad alimentaria (PNSA). También cabe citar el proyecto de reducción de la pobreza y acción en favor de la mujer (REPA/FEM) del Ministerio de Acción Social y Familia. Ciertamente, todas estas iniciativas siguen teniendo un alcance limitado, habida cuenta de las restricciones presupuestarias del Estado. Entre las medidas para combatir la inseguridad alimentaria figura una decisión del Ministerio de Comercio e Industria que fija el precio de venta de los productos alimentarios locales e importados. El Gobierno sigue no obstante preocupado y está muy atento al desarrollo de nuevas estrategias, para que los ciudadanos puedan disfrutar plenamente de su derecho a una alimentación suficiente. En realidad, ninguna política gubernamental ni ninguna ley han tenido una influencia perjudicial en el acceso a la alimentación. Sin embargo, una de las prácticas nacionales predominantes es el cultivo de productos comercializables en contraste con la agricultura de subsistencia, lo que ha dado lugar a una hambruna en el sur del país, concretamente en las zonas algodoneras, consideradas el granero del país.

Cuestión 40 . Para completar la información que figura en el párrafo 176 del informe, sírvanse dar información sobre el número de personas y de familia s : a) sin hogar o que tienen una vivienda inadecuada y carecen de acceso a una infraestructura básica y a sistemas de saneamiento; b) que viven en cobijos expuestos a la intemperie. Sírvanse también indicar los programas públicos destinados a garantizar a las personas y a las familias pertenecientes a los grupos más desfavorecidos y marginados el acceso a una vivienda adecuada, con seguridad de permanencia en el plano jurídico.

61.En el Chad, más del 90% de la población sensible vive a la intemperie por falta de un alojamiento decente. La Constitución garantiza la vivienda en su artículo 43: "Todo chadiano tiene derecho a establecer libremente su domicilio o su residencia en cualquier lugar del territorio nacional". Existen ciertamente familias que por falta de vivienda están mal alojadas pero es difícil proporcionar unos datos estadísticos que no existen. El Gobierno del Chad, con apoyo del PNUD y de UN-Hábitat ha puesto en marcha un programa de vivienda, que tiene por objeto mejorar las viviendas y las condiciones de vida en las zonas urbanas desfavorecidas. Toda la población carece de las comodidades mínimas, como agua corriente, acondicionamiento de aire, evacuación de desechos, instalaciones sanitarias, electricidad, etc., con excepción de un número verdaderamente irrisorio de personas que viven en el centro de las ciudades. Sin embargo, estas comodidades son inaccesibles.

62.Para remediarlo, el Gobierno ha lanzado un programa de construcción de viviendas sociales. Ya se han construido varias viviendas que se destinan a los grupos desfavorecidos y marginados. También se han tomado medidas para eximir de impuestos los materiales de construcción con el fin de que todo chadiano pueda disponer de una vivienda decente.

Cuestión 41 . Sírvanse precisar el número de personas y de familias desalojadas en el curso de los cinco últimos años. Habida cuenta de la información reciente a propósito de la expulsión de millares de residentes en N'Djamena en marzo de 2008 y dado que la Ley de propiedad de la tierra de 1967 prohíbe la expropiación sin un proceso imparcial, sírvanse dar información sobre las disposiciones legales que rigen las circunstancias en que se puede procede r al desalojo y sobre los derechos de los ocupantes a una ocupación estable en el plano jurídico y a la protección contra el desalojo, incluida la revocación de este, la reinstalación y una indemnización adecuada.

63.El título de propiedad otorga un derecho irrevocable que concede, en caso de expropiación, una indemnización acorde con el valor del bien expropiado. Una Ley de 1976 (Ley Nº 67-25 de 22 de julio de 1967 sobre la limitación del derecho de propiedad del suelo) rige en la materia. De conformidad con esta ley y en particular con su artículo 1, no se puede privar a nadie de la propiedad de inmuebles o del aprovechamiento del suelo, sin que el interés público lo exija, sin que medie una indemnización y sin que se apliquen las disposiciones legales. El artículo 2 de la misma ley estipula que "La expropiación es un procedimiento por el que el poder público obliga a una persona física o jurídica a transferirle la propiedad de un inmueble o de un derecho real con un fin de utilidad pública y mediante indemnización". Además, toda expropiación debe ir precedida de una investigación durante un mes como mínimo y de cuatro meses como máximo y de una publicidad suficientemente amplia para que todos los interesados, en particular los eventuales expropiados, puedan hacer constar sus observaciones. Una vez conocido los resultados de la investigación, por decreto del Consejo de Ministros se declara de utilidad pública la operación proyectada, se determinan las parcelas que serán expropiadas y se ordena la expropiación. En el caso de los barrios en los que se procedió a la expropiación (Gardolet y Walia Ngozo), las personas expropiadas recibieron una indemnización. El artículo 16 de la ley dice que "El desalojo es la operación por la cual se obliga, por motivos de utilidad pública, a ocupantes presuntamente de buena fe, aunque sin la protección de una costumbre reconocida, de terrenos pertenecientes a los poderes públicos, a evacuarlos aunque los hayan cultivado o hayan construido sobre ellos". El artículo 17 de la ley abre derecho a una indemnización. El importe de esta será estimado por una comisión, cuya composición se establece por decreto y en la que están representadas las partes interesadas. Millares de personas fueron obligadas a abandonar las tierras, pero no han sido indemnizadas, porque ocupaban tierras de dominio público o terrenos reservados por el Estado.

Cuestión 42 . Sírvanse dar información específica sobre el contenido del Código de Inversiones contenido en la Ordenanza Nº 025/PR/87 (párr. 70), a la luz de los artículos 7, 8 y 9 del Pacto.

64.El Chad adoptó y aplica el Código de Inversiones contenido en la Ordenanza Nº 025/PR/87 de 8 de diciembre de 1987. El 11 de diciembre de 1996 se aprobó también el Código del Trabajo, que regula las condiciones de empleo y facilita la negociación. En materia de inversiones, la ordenanza mencionada prevé dos regímenes para la inversión privada. De conformidad con su artículo 1: "Las inversiones privadas están sometidas en la República del Chad a un régimen de derecho común y a regímenes privilegiados":

a)Un régimen "A", atribuido a las empresas pequeñas y medianas con capital social nacional mayoritario;

b)Un régimen "B", aplicable a las empresas cuya actividad se limita al territorio nacional;

c)Un régimen "C", aplicable a las empresas y establecimientos instalados en el Chad, cuyas actividades comerciales se extienden al territorio de dos o más Estados de la Comunidad Económica y Monetaria del África Central (CEMAC);

d)Un régimen "D", reservado a las empresas de gran importancia para el desarrollo económico y social de la República del Chad y cuyas inversiones son muy elevadas.

65.Además, el Gobierno y las empresas autorizadas pueden concertar acuerdos de establecimiento. Según el artículo 2 de la ordenanza, las inversiones privadas se realizan libremente en el Chad, sin perjuicio de las disposiciones específicas encaminadas a garantizar la protección de la salud y la salubridad públicas, la protección social o el orden público económico. Además, se garantizan a las empresas debidamente establecidas en el Chad los derechos adquiridos de cualquier tipo que sean.

66.En lo que concierne al Código de Inversiones, no hay ninguna disposición que tenga en cuenta aspectos como el derecho a condiciones de trabajo justas y favorables, los derechos sindicales y el derecho a la seguridad social, pero todo inversionista deberá tener en cuenta estos derechos por referencia a la Constitución, el Código del Trabajo vigente en la República del Chad, las disposiciones legales y los convenios colectivos.

Cuestión 43 . Sírvanse dar más detalles sobre el efecto de las actividades de extracción de petróleo en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de la población y, en particular, en el derecho a la alimentación. Sírvanse indicar en qué medida los ingresos del petróleo se utilizan para financiar políticas de reducción de la pobreza.

67.Las expropiaciones en las zonas petrolíferas, donde las indemnizaciones han sido incompletas o inexistentes, han influido negativamente en el acceso a los alimentos. Procede señalar también que el éxodo de muchos jóvenes para trabajar en el proyecto petrolífero ha reducido considerablemente la mano de obra para la agricultura. La precariedad económica ha tenido también una influencia negativa en el acceso a los alimentos, caracterizado por el aumento constante del precio de los productos alimentarios, que a menudo escapa al control del Gobierno. Otros hechos han influido también negativamente en la producción de alimentos, como los azares del clima, la presión demográfica, la avalancha de predadores y la sequía, así como los conflictos intercomunitarios.

68.No obstante, es preciso señalar que la agricultura ha sido siempre una de las prioridades del Estado y prueba de ello es la creación de organizaciones que promueven una alimentación adecuada como PNSA, ONASA, SODELAC, Casiers A et B, el Programa de servicios agrícolas y las organizaciones de productores (PSAOP y PSAP). Además, el Estado incita a las asociaciones y a las ONG a divulgar la información relativa al acceso a los alimentos.

G.Artículo 12. Derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental

Cuestión 44 . Sírvanse proporcionar información sobre los programas y las políticas de salud destinados a garantizar el acceso a unos servicios y establecimientos de salud adecuados, en particular en el plano comunitario. Sírvanse también proporcionar datos estadísticos sobre el personal médico capacitado disponible, desglosado s por zonas rurales y urbanas, especialmente las zonas urbanas pobres, y por personas y grupos desfavorecidos o marginados.

69.En 1998 el Estado adoptó la política nacional de salud, cuyo objetivo general es garantizar a la población el acceso a unos servicios básicos de salud de calidad. El sistema de salud en el Chad es piramidal y consta de tres niveles de responsabilidad y de actividad. En primer lugar, el nivel central, que comprende un consejo nacional de salud, una administración central, organizaciones bajo tutela y un hospital general de referencia. En segundo lugar, el nivel intermedio, que comprende consejos regionales de salud, delegaciones regionales de salud, hospitales públicos regionales y escuelas de formación, y farmacias regionales para la distribución de medicamentos. En tercer lugar, el nivel periférico que comprende consejos de salud de distrito, hospitales públicos de distrito y su equipo directivo, consejos de salud de zona y centros de salud.

70.Los servicios de higiene en los centros hospitalarios y en los términos municipales asumen su función, aunque carezcan de medios de trabajo. Desde hace algún tiempo, el Gobierno ha instituido la utilización generalizada de los productos genéricos. El 10 de diciembre de 1999 se aprobó una ley sobre la creación de hospitales públicos en las delegaciones de prefectura y en los distritos sanitarios del Chad.

Algunos datos sobre el sistema de salud del Chad (Cobertura sanitaria por delegación)

Número

Delegación sanitaria regional

Población

Número de médicos

Número de enfermeros calificados

Número de parteras

Número de hospitales

Número de camas (plazas)

Zonas de responsabilidad funcional

1

Batha

425 935

7

68

3

2

117

21

2

B.E.T .

108 064

5

35

1

2

49

9

3

Chari Baguirmi

676 789

3

36

0

3

110

29

4

Hadjer Lamis

387 747

4

26

0

3

92

30

5

Guera

452 211

10

66

5

4

188

32

6

Kanem

413 338

6

74

5

3

94

68

7

Lac

373 478

4

62

3

2

53

37

8

Logone occidental

672 572

17

119

14

3

601

38

9

Logone oriental

651 272

7

79

3

4

193

58

10

Mandoul

593 083

5

38

2

3

166

38

11

Mayo Kebbi oriental

738 729

11

128

10

3

246

49

12

Mayo Kebbi occidental

479 693

3

35

4

2

226

22

13

Chari m e dio

504 057

13

114

14

3

333

32

14

N'djamena

784 019

208

275

150

3

920

46

15

Ouaddai

803 119

13

84

6

4

270

46

16

Salamat

272 288

5

65

5

3

110

16

17

Tandjile

670 157

5

51

5

4

142

49

18

Wadi Fira

272 885

7

52

3

3

97

19

19

Total

9 272 900

333

1 437

233

50

3 952

639

Fuente: Ministerio de Salud Pública ( Anuario de estadísticas sanitarias del Chad, 2005).

Cuestión 45 . Sírvanse facilitar información más detallada sobre las medidas de prevención y de protección de la salud en favor de las personas enfermas de poliomielitis, paludismo, cólera, VIH/SIDA, meningitis y fiebre amarilla, así como las medidas previstas para garantizar el acceso de esas personas a tratamientos y medicamentos apropiados menos onerosos y en condiciones de igualdad. Indíquense los resultados de la política nacional de salud iniciada en 1998 (párr. 194).

71.El Gobierno ha puesto en práctica la estrategia encaminada a aumentar la supervivencia y el desarrollo del niño mediante programas nacionales de lucha contra las enfermedades diarreicas y las infecciones respiratorias agudas (LMD/IRA), el Programa ampliado de vacunación (PEV), el Programa de salud y nutrición, el Programa Nacional de promoción de la lactancia materna, el Programa Nacional de tratamiento integrado de las enfermedades del niño y el Programa Nacional de lucha contra el paludismo. Además, se ha puesto en marcha en las estructuras de salud de todo el territorio nacional un programa de prevención de la transmisión del VIH de la madre al hijo. Hay asimismo en marcha diversos programas nacionales.

a)Programa Nacional de lucha contra el sida;

b)Programa Nacional de lucha contra la tuberculosis;

c)Programa Nacional de lucha contra la ceguera;

d)Programa Nacional de lucha contra la tripanosomiasis;

e)Programa Nacional de lucha contra las enfermedades diarreicas y las infecciones respiratorias agudas;

f)Programa Nacional de salud reproductiva;

g)Programa ampliado de vacunación;

h)Programa de salud y nutrición;

i)Programa Nacional de promoción de la lactancia materna;

j)Programa Nacional de tratamiento integrado de las enfermedades infantiles;

k)Programa Nacional de lucha contra el paludismo.

72.Las estructuras de salud atienden a los enfermos de poliomielitis, paludismo, cólera, VIH/SIDA, meningitis y fiebre amarilla. Conviene señalar que la atención prestada y los medicamentos son gratuitos. La política nacional de salud iniciada en 1998 ha permitido estructurar el sistema sanitario del país, y armonizar la tarificación de los actos y de los medicamentos en las farmacias regionales de distribución para garantizar la disponibilidad de medicamentos en todos los servicios de salud.

Cuestión 46 . Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada sobre las actividades de los servicios de saneamiento en los distritos municipales, incluida la construcción de letrinas (párr. 195), así como sobre los progresos realizados.

73.Los servicios de saneamiento en los centros hospitalarios y en los términos municipales llevan a cabo su labor, aunque están desprovistos de medios de trabajo. En efecto, para reforzar la capacidad de los servicios de saneamiento, el Gobierno ha dotado a la comuna de la ciudad de Yamena de 125 vehículos: 65 para la recogida de basura, 5 para el mantenimiento y el lavado del asfalto, 5 para el vaciado de fosas sépticas, 20 para obras públicas y 20 para los escombros de obras, así como 30.000 cubos de basura. Se han construido asimismo letrinas públicas en los términos municipales, cerca de lugares públicos, como los mercados. Esta actividad continuará hasta abarcar todas las comunas del territorio.

Cuestión 47 . Como el Estado parte figura entre los diez países del mundo con mayor número de víctimas por explosiones de minas y municiones, sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para desminar el norte del país y asistir a las víctimas.

74.El Gobierno ha establecido una Comisión Nacional de Remoción de Minas. Esta Comisión cuenta con el apoyo y la colaboración del Servicio de Actividades Relativas a las Minas de las Naciones Unidas (UNMAS). Los servicios técnicos de esta Comisión, en asociación con el UNMAS, han desminado varias regiones del norte. Unas estructuras establecidas a estos efectos se hacen cargo de las víctimas de la explosión de minas y municiones.

H.Artículos 13 y 14. Derecho a la educación

Cuestión 48 . Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas por el Estado parte para luchar contra el an alfabetismo que, según ciertas informaciones, constituye un problema alarmante en el Estado parte.

75.El Chad es un país en el que la tasa de analfabetismo es bastante elevada y se están haciendo esfuerzos por ofrecer educación básica a quienes no han recibido o completado la instrucción primaria. Así, para combatir el analfabetismo, el Gobierno creó en 2000 por Decreto Nº 006/PR/MEN/90 un Comité Nacional para la Eliminación del Analfabetismo en el Chad. Asimismo, en la Facultad de Letras y Ciencias Humanas se ha creado un Departamento de Alfabetización para formar asesores en alfabetización que se dedicarán a este aspecto de la instrucción. Muy recientemente se votó la Ley Nº 016/PR/06 de 13 de marzo de 2006 sobre la orientación del sistema educativo. En esta ley se establece el marco jurídico y orgánico general de dicho sistema y se precisan las orientaciones fundamentales del sistema educativo chadiano. Según el artículo 2 de esta ley, el sistema educativo chadiano está constituido por un conjunto de instancias de iniciativa y concepción, estructuras de planificación, de producción y de gestión, así como de circunscripciones y estructuras de enseñanza, formación e investigación que se ocupan de la transmisión de conocimientos, competencias técnicas y principios generales. Incumbe al Estado definir de manera soberana el marco de dicho sistema. De acuerdo con lo dispuesto en la Constitución, la ley establece que el derecho a la educación y la formación está reconocido para todos sin distinción de edad, sexo u origen regional, social, étnico y religioso. La educación es una prioridad nacional absoluta según el párrafo 2 del artículo 4. Los principios de organización y funcionamiento del sistema educativo definidos por el Estado se aplican también a las actividades de instrucción, educación, formación e investigación de las demás colectividades públicas y de los particulares.

Cuestión 49. Sírvanse indicar hasta qué punto la enseñanza primaria es obligatoria y gratuita para todos los niños del Estado parte. Sírvanse describir la situación a este respecto de los niños pobres de las zonas urbanas y rurales y la de los niños autóctonos.

76.La educación es un sector prioritario en el Chad. En la medida de sus posibilidades y medios, el Estado se hace cargo del sueldo de los maestros, la construcción de edificios, el material didáctico, el mobiliario y los bienes consumibles, así como de la formación continua del personal docente. Cabe observar:

a)Una falta de infraestructuras adecuadas (número insuficiente de aulas);

b)La baja calificación de los maestros (62% carece de formación profesional).

77.A este respecto, es importante subrayar que la llamada al orden formulada por el Ministerio de Educación Nacional a fin de hacer efectivas la gratuidad y obligatoriedad de la enseñanza contribuye al progreso. En efecto, el artículo 35 de la Constitución garantiza la gratuidad y la obligatoriedad de la enseñanza escolar. A estos efectos, el Gobierno ha emprendido un vasto proyecto de construcción de establecimientos de enseñanza primaria, secundaria y superior en todas las regiones, incluidas las comunas y los términos municipales. Esta medida permitirá a los niños pobres de zonas urbanas y rurales acceder gratuitamente a la educación.

Cuestión 50 . Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para reducir la elevada tasa de abandono escolar, especialmente en las regiones más pobres del país y más concretamente en las regiones rurales, y sobre los resultados que se han obtenido.

78.Para alcanzar la educación universal de calidad en el horizonte del año 2015, el Gobierno y sus asociados han adoptado un Programa decenal de apoyo a las reformas del sistema educativo 2004/15, que tiene por objeto reducir considerablemente la tasa de abandono escolar en la enseñanza primaria, concebir programas de estudio nacionales, formar personal docente comunitario, idear programas innovadores de lucha contra el analfabetismo, mejorar la calidad del aprendizaje y aumentar fuertemente la escolarización de las niñas. Así, el Estado se ha comprometido a tomar las medidas fundamentales siguientes:

a)Aumento considerable de la parte del PIB dedicado a la educación (por lo menos el 4% en 2015);

b)La asignación del 50% por lo menos del presupuesto de educación al desarrollo de la enseñanza básica;

c)El aumento, como mínimo en un 20%, del presupuesto de funcionamiento de la educación cada año durante toda la duración del programa;

d)La creación del centro nacional de programas de estudio, para crear programas nacionales bilingües que desemboquen en la producción de libros de texto chadianos distribuidos gratuitamente a todos los niños para el año 2011.

79.Las medidas tomadas por el Gobierno para disminuir la elevada tasa de abandono escolar en las regiones más pobres y sobre todo en las zonas rurales son.

a)La construcción de establecimientos escolares de proximidad;

b)La prohibición del alistamiento de niños en el ejército;

c)La creación de cantinas escolares en las regiones pobres y en las zonas rurales;

d)La prohibición de los matrimonios precoces; y

e)La creación de una Dirección de Enseñanza Básica en el Ministerio de Educación Nacional, que crea y supervisa los centros de enseñanza básica no académica. Estos centros se hacen cargo de los niños que han abandonado la escuela de modo que continúen su escolaridad. Estas medidas han fructificado y se asiste actualmente a una disminución considerable de la tasa de abandono escolar en esas regiones y zonas.

I.Artículo 15. Derecho a participar en la vida cultural

Cuestión 15. Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas tomadas para promover el intercambio entre los diferentes grupos étnicos del Estado parte y para crear condiciones favorables que les permitan conservar, desarrollar, expresar y dar a conocer su historia, su cultura, su lengua, sus tradiciones y sus costumbres. Sírvanse también facilitar información sobre las medidas concretas que haya tomado el Estado parte para ofrecer a toda la población, incluidas las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, un acceso a precio asequible a las ventajas del progreso científico y a sus aplicaciones.

80.El derecho a la cultura está garantizado en los artículos 33 y 34 de la Constitución. En efecto, todo chadiano tiene derecho a la cultura y el Estado tiene el deber de proteger y promover los valores culturales nacionales. Todo ciudadano tiene derecho a la creación y a la protección y disfrute de sus obras intelectuales y artísticas. El Estado garantiza la promoción y la protección del patrimonio cultural nacional, así como la producción artística y literaria. Existe un ministerio específico de la cultura, la juventud y el deporte, que se ocupa de todas estas cuestiones. Las emisoras de radio públicas y privadas, que se han multiplicado estos últimos años, son el medio más importante de información, comunicación y fomento de la vida cultural y son apoyadas por la prensa escrita, que trabaja también en el mismo sentido; el Estado fomenta todas estas actividades y ha creado una Dirección de Archivos Nacionales y Patrimonio. En la Decisión Nº 007/HCC/P/SG/99 de 10 de junio de 1999 enmendada se establecieron las condiciones para el funcionamiento de las emisoras de radio privadas. En el artículo 15 de esta decisión se estipula que: "Las radios privadas deben dedicar al menos el 30% de su producción a las emisiones nacionales y al menos el 30% a la música nacional". Las emisoras de radio privadas del país, que tienen convenios con emisoras extranjeras, no pueden dedicar más del 30% de sus emisiones a transmitir programas de esas emisoras. Se han tomado las medidas siguientes:

a)La creación de la semana nacional de deporte escolar y universitario;

b)La creación de campamentos de verano para niños;

c)La creación de la OTRT;

d)La proliferación de cibercafés.