Naciones Unidas

E/C.12/SRB/Q/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

12 de noviembre de 2019

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al tercer informe periódico de Serbia *

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre las causas y decisiones judiciales en las que se haya hecho referencia explícita al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Infórmese sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para sensibilizar a los funcionarios judiciales acerca de los derechos consagrados en el Pacto y su justiciabilidad. Sírvanse informar asimismo al Comité si el Estado parte tiene la intención de ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto.

2.Faciliten información sobre la forma en que el Estado parte tiene previsto garantizar la aplicación efectiva de la Ley de Asistencia Letrada Gratuita a fin de garantizar el derecho de acceso a la justicia de las víctimas y las personas y los grupos en situación de vulnerabilidad, en particular los desplazados internos y los migrantes.

3.Comuniquen al Comité cómo tiene previsto el Estado parte garantizar la independencia de la Defensoría del Pueblo, y las repercusiones que tiene actualmente la labor del Defensor del Pueblo en el cumplimiento de los derechos enunciados en el Pacto, incluyendo datos sobre las iniciativas legislativas, las actividades de seguimiento y las intervenciones realizadas en nombre de las víctimas de violaciones de los derechos enunciados en el Pacto.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

4.Sírvanse explicar cómo evaluó el Estado parte los efectos de las medidas de austeridad y otras medidas similares adoptadas desde 2014 en el disfrute de los derechos enunciados en el Pacto por las personas que viven en situación de pobreza o que corren el riesgo de caer en la pobreza, y si tales medidas cumplen los criterios indicados en la carta de fecha 16 de mayo de 2012 enviada por el Presidente del Comité a los Estados partes en el Pacto en relación con las medidas de austeridad.

5.A fin de determinar si el Estado parte utiliza el máximo de los recursos disponibles para hacer efectivos los derechos enunciados en el Pacto, proporcionen datos desglosados de las tendencias observadas en los diez últimos años en relación con los siguientes aspectos:

a)La proporción de personas que vive por debajo del umbral de pobreza y los niveles de desigualdad, definidos como la relación entre los ingresos totales del decil más rico de la población y los ingresos totales del 40 % más pobre de la población;

b)La proporción de los ingresos públicos que procede de la recaudación de impuestos;

c)Los tipos impositivos aplicados a las ganancias empresariales y a la renta de las personas físicas, el tipo del impuesto sobre el valor añadido (excluidos los tipos aplicados a los artículos de lujo, el tabaco y el alcohol, las bebidas y aperitivos azucarados y los combustibles) y el porcentaje de los ingresos totales que procede de los impuestos sobre la renta de las personas físicas recaudados del decil más rico de la población;

d)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y la proporción del gasto público total destinado a asuntos sociales (empleo, seguridad social, alimentación, vivienda, agua y saneamiento, salud, educación y cultura) y, en caso de disminución de la inversión social, las medidas de mitigación adoptadas para lograr que se hagan efectivos los derechos económicos, sociales y culturales;

e)Los niveles absolutos de gasto social ajustados a la inflación.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

6.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para sensibilizar a la sociedad y a los funcionarios públicos sobre las leyes de igualdad y no discriminación del Estado parte.

7.Faciliten información sobre los efectos de las medidas adoptadas para reducir los actos y actitudes de carácter discriminatorio contra las personas con discapacidad, las lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales y las personas que viven con el VIH, en particular en las esferas del empleo, la salud, la educación y la vida familiar.

Romaníes

8.Sírvanse aportar información y datos sobre los efectos de la aplicación de la Estrategia para la Integración Social de los Romaníes (2016-2025) y su Plan de Acción. Describan los mecanismos establecidos para garantizar una verdadera participación de la población romaní en la aplicación de la Estrategia y en su órgano de supervisión y coordinación.

9.Faciliten detalles sobre las medidas adoptadas y previstas para que los romaníes de Kosovo que viven en asentamientos informales pasen a ocupar viviendas permanentes y adecuadas y puedan registrar un domicilio legal donde efectivamente residan.

Refugiados, solicitantes de asilo, migrantes, repatriados y desplazados internos

10.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que la Oficina de Asilo aplique un procedimiento de asilo justo y efectivo, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales.

11.Describan los efectos de los servicios de bienestar social, el acuerdo sobre subvenciones y las iniciativas mencionadas en el informe del Estado parte sobre los derechos económicos, sociales y culturales, incluidas las condiciones en los centros de acogida para menores no acompañados, refugiados, solicitantes de asilo, migrantes en situación irregular y desplazados internos (E/C.12/SRB/3, párrs. 64, 65 y 223). Expliquen el alcance geográfico y la expansión prevista de esas iniciativas en todo el Estado parte, especialmente en las regiones fronterizas y los centros de migración. Aporten asimismo información sobre el apoyo brindado a las organizaciones de la sociedad civil que prestan asistencia a tales grupos.

12.Sírvanse explicar en detalle las medidas adoptadas para facilitar el acceso a los procedimientos de naturalización y a los procedimientos de inscripción de los nacimientos y los lugares de residencia de los refugiados, los solicitantes de asilo, los migrantes, los repatriados y los desplazados internos.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

13.Proporcionen información y datos sobre los efectos de la Estrategia Nacional de Igualdad de Género (2016-2020).

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

14.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de la Estrategia Nacional de Empleo (2011-2020) y la política activa de empleo en el acceso de las personas al empleo en el sector estructurado y, concretamente, respecto de las personas “con dificultades para conseguir trabajo” (E/C.12/SRB/3, párr. 94).

15.Expliquen cómo tiene previsto el Estado parte aumentar la participación de los desempleados en el mercado de trabajo, en particular de las mujeres desempleadas, los migrantes en situación irregular, los residentes temporales, las víctimas de la trata de personas, los romaníes (en particular las mujeres romaníes), los jóvenes y las personas con discapacidad (especialmente las mujeres con discapacidad).

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

16.Proporcionen información sobre los efectos de las medidas adoptadas para hacer cumplir el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor garantizado en la legislación laboral del Estado parte. Sírvanse proporcionar datos desglosados por sexo sobre las denuncias relativas a las violaciones de dicho principio, incluida la proporción de casos en que los empleados discriminados recibieron una indemnización.

17.Expliquen cómo se calcula el salario mínimo a fin de garantizar el derecho a un nivel de vida decente a los trabajadores y sus familias, e indíquense los mecanismos establecidos para asegurar que se respete el salario mínimo. Sírvanse también proporcionar información y datos sobre el monto del salario mínimo —en comparación con el salario promedio— en los cinco últimos años.

Derechos sindicales (art. 8)

18.Faciliten información actualizada sobre el nuevo proyecto de ley de huelgas y expliquen la manera en que el Estado parte ha consultado a las partes interesadas pertinentes (incluidos los sindicatos y la sociedad civil) y, de no haberlas consultado, si tiene previsto hacerlo. Sírvanse también proporcionar datos sobre las medidas establecidas para proteger a los miembros de los sindicatos en el marco de esa nueva ley.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

19.Proporcionen información actualizada sobre la aplicación de la nueva Ley de Bienestar Social y el programa de reforma económica para 2019‑2021, y expliquen la forma en que estos contribuyen a reducir el número de personas en el Estado parte que corren riesgo de vivir en situación de pobreza. Sírvanse explicar también cómo se calculan las prestaciones de la seguridad social en el marco de la nueva ley de modo que los beneficiarios en situación de vulnerabilidad gocen del derecho a un nivel de vida adecuado y otros derechos establecidos en el Pacto. Faciliten también datos sobre el número de beneficiarios que han debido realizar trabajos no remunerados para mantener sus prestaciones sociales. Indiquen si el aumento que se menciona en el informe del Estado parte (E/C.12/SRB/3, párr. 201) ha compensado los recortes aplicados a las pensiones desde 2014.

Protección de la familia y el niño (art. 10)

20.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para modificar la Ley de Asistencia Financiera a las Familias con Hijos con el fin de:

a)Permitir que las familias con hijos con discapacidad dispongan de prestaciones sociales (licencia parental y subsidio para cuidadores);

b)Aumentar el acceso a los servicios de protección social de la población romaní;

c)Reconocer el derecho al subsidio parental independientemente de la situación jurídica del padre o de la madre en el Estado parte.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

21.Faciliten información sobre las medidas adoptadas para establecer un ingreso mínimo, como recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales, a fin de garantizar un nivel de vida adecuado para todos, en particular para las personas y los grupos en situación de vulnerabilidad.

22.Sírvanse proporcionar información sobre el goce del derecho a la vivienda, incluyendo datos desglosados por sexo correspondientes a los cinco últimos años sobre:

a)El número de personas con discapacidad que tienen acceso a una vivienda social, indicando asimismo en qué medida se ha alcanzado la cuota del 10 % de viviendas accesibles para las personas con discapacidad;

b)El número de hogares, incluidos los de romaníes, que se han beneficiado de los proyectos de vivienda mencionados en el informe del Estado parte (E/C.12/SRB/3, párrs. 210 y 211);

c)El número de desalojos forzosos, hogares afectados e indemnizaciones y soluciones de realojo ofrecidas;

d)Los procesos consultivos con las comunidades afectadas y los mecanismos de reparación y control disponibles para garantizar que los desalojos se lleven a cabo de conformidad con las normas internacionales.

23.Proporcionen información sobre cualquier evaluación realizada de la aplicación del impuesto a los beneficiarios de vivienda social introducido en 2012 en el marco de la Ley de Impuestos a los Bienes Muebles.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

24.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la Estrategia de Protección de la Salud Mental (2019-2026), así como sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para modificar la Ley de Protección de las Personas con Trastornos Mentales a fin de prohibir las intervenciones y los tratamientos forzados. Indiquen cómo están previstas las cuestiones de la desintitucionalización y la elaboración de servicios comunitarios en la estrategia.

25.Informen sobre las medidas adoptadas y previstas para garantizar la cobertura médica universal y el acceso sin trabas a la atención sanitaria y servicios conexos, en particular para los romaníes, los refugiados, los solicitantes de asilo, los migrantes en situación irregular, los desplazados internos, las personas privadas de libertad y los pacientes de cáncer.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

26.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para reducir las tasas de abandono escolar y la diferencia entre las tasas de matriculación y las tasas reales de asistencia en la enseñanza secundaria.

27.Expliquen qué efectos ha tenido la Estrategia para el Desarrollo de la Educación en Serbia hasta 2020 en la capacidad de los niños con discapacidad de acceder a la educación, incluidos los que viven en instituciones, y en la labor de promoción de la diversidad en las escuelas ordinarias del Estado parte. Faciliten también datos desglosados por sexo sobre el número de niños con discapacidad matriculados en las escuelas ordinarias y en las escuelas de educación especial en los cinco últimos años.

28.Informen sobre los efectos de las medidas adoptadas en el aumento de las tasas de matriculación y finalización de los estudios entre los estudiantes romaníes de enseñanza obligatoria y enseñanza superior. Además, proporcionen datos desglosados por sexo correspondientes a los últimos cinco años sobre la proporción de niños romaníes matriculados en clases de educación especial y en escuelas ordinarias.

Derechos culturales (art. 15)

29.Sírvanse brindar mayor información sobre lo siguiente:

a)Si las organizaciones de la sociedad civil y las minorías nacionales fueron consultadas en el proceso de redacción de la Estrategia de Promoción de la Cultura Serbia (2018-2027) y, de haberlo sido, en qué forma; cómo se tienen en cuenta las minorías nacionales en la estrategia, y qué mecanismos existen para garantizar la verdadera participación de las minorías nacionales en la aplicación de la estrategia;

b)Los efectos de la Ley sobre la Cultura en el goce de los derechos culturales por parte de las minorías nacionales; si las minorías nacionales son consultadas al evaluar las repercusiones en sus derechos culturales, y cómo, y de qué manera el Estado parte apoya las actividades culturales de las minorías nacionales.

30.Faciliten datos actualizados sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para promover los derechos lingüísticos de las minorías, el interculturalismo y el multilingüismo en el sistema educativo a fin de asegurar la igualdad de acceso a una educación de calidad e inclusiva para todos.