Naciones Unidas

E/C.12/IDN/Q/1

Consejo Económico y Social

Distr. general

20 de diciembre de 2013

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al informe inicialde Indonesia *

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre los casos en que se haya invocado el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales ante los tribunales, y estos lo hayan aplicado.

2.Rogamos informen al Comité sobre los mecanismos existentes que garantizan que las leyes y los reglamentos vigentes en el Estado parte, incluidos los estatutos adoptados por los gobiernos locales, así como las leyes consuetudinarias y religiosas vigentes en el Estado, sean compatibles con las disposiciones del Pacto.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)

Artículo 1, párrafo 2Libre disposición de las riquezas y recursos naturales

3.Sírvanse informar sobre el marco de protección del derecho de los pueblos indígenas, incluidos los miembros de Masyarakat Adat, a sus tierras ancestrales, y sobre el proceso por el que esas tierras y sus bosques son oficialmente reconocidos. Sírvase informar también sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para hacer frente al creciente problema de acaparamiento de tierras, así como proporcionar ejemplos de casos en que dichas medidas han sido eficaces para impedir esa práctica.

4.Indíquese de qué manera se garantiza, en la ley y en la práctica, el principio del consentimiento libre, previo e informado en relación con las decisiones sobre los proyectos de desarrollo y de las industrias extractivas que afectan a las comunidades, así como la ejecución de dichos proyectos.

5.Sírvase proporcionar información sobre el marco y los procesos regulatorios existentes que aseguran que los proyectos de desarrollo y de las industrias extractivas generan beneficios concretos para las comunidades. Informen también sobre el proceso por el cual el Estado parte responde a las denuncias de violaciones de los derechos humanos, la pérdida de los medios de subsistencia y la degradación ambiental causada por los proyectos de desarrollo y extractivos. Proporciónense ejemplos concretos de casos en que el Estado parte haya adoptado medidas encaminadas a que las comunidades afectadas reciban reparación.

Artículo 2, párrafo 1Máximo de los recursos disponibles

6.Sírvanse explicar de qué manera el proceso de planificación y preparación del presupuesto del Estado parte tiene en cuenta la situación de desventaja en que se encuentran algunas provincias y grupos en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.

Artículo 2, párrafo 2No discriminación

7.Indiquen en qué medida la legislación del Estado parte es eficaz en lo tocante a permitir la aplicación de las disposiciones sobre no discriminación que figuran en la Constitución y en el Pacto, entre otras cosas, prohibiendo la discriminación en el ejercicio de todos los derechos económicos, sociales y culturales por el motivo que sea, estableciendo sanciones y medidas de recurso y aplicando medidas especiales.

8.Rogamos indiquen al Comité si pueden invocarse disposiciones legislativas en vigor en el Estado parte, incluido el artículo 28H 2) de la Constitución sobre el derecho a la facilitación y al trato especial, a fin de reclamar ajustes razonables para las personas con discapacidad, en espera de una revisión de la Ley Nº 4 de 1997.

9.Indiquen si el Estado parte ha adoptado planes para que los edificios, el entorno y los servicios públicos sean accesibles a las personas con discapacidad, tal como se establece en diversas leyes en vigor en el Estado parte.

Artículo 3Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

10.Sírvanse indicar si el Estado parte ha adoptado leyes de igualdad de género, así como los progresos alcanzados para hacerlas cumplir. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas para eliminar los estereotipos que siguen menoscabando el igual ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales por parte de hombres y mujeres.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (artículos 6 a 15)

Artículo 6Derecho al trabajo

11.Rogamos proporcionen información sobre los servicios especializados que se prestan a las personas desempleadas para que puedan buscar y encontrar empleo. Faciliten información sobre la eficacia de esos servicios, como datos estadísticos sobre el número de personas asistidas y las que han encontrado empleo, desglosados por año, provincia, sexo y grupo de edad.

12.Sírvanse informar sobre las políticas y los programas concretos puestos en marcha por el Estado parte para crear puestos de trabajo, incluidos los programas especiales encaminados a promover el empleo entre las personas y los grupos desfavorecidos, como las mujeres, especialmente las que viven en zonas rurales, los jóvenes, las personas de edad y las personas con discapacidad. Informen también sobre el efecto de esas políticas y programas en las oportunidades de empleo.

13.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para la conversión de la fuerza de trabajo del sector informal al formal. Rogamos también que informen al Comité de si se han adoptado medidas para eliminar los impedimentos regulatorios a la creación de empleo en la economía formal.

Artículo 7Derecho a condiciones justas y favorables de trabajo

14.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar el principio de igual remuneración por trabajo de igual valor.

15.Infórmese sobre las medidas adoptadas para vigilar las condiciones de trabajo en las plantaciones, en la industria de la pesca y en las minas de oro y carbón, también en relación con la seguridad y la salud de los trabajadores. Indiquen también al Comité de qué manera la reglamentación pertinente, como la relativa al Valor Umbral de Exposición a los agentes físicos y las sustancias químicas en el lugar de trabajo, se ha ajustado a las normas internacionales.

16.Sírvanse informar sobre la aplicación de la Ley Nº 13 de 2003 sobre la protección contra el acoso sexual, incluidos los mecanismos de denuncia, el número de casos y denuncias registrados, las sanciones impuestas y las indemnizaciones pagadas a las víctimas.

17.Sírvanse indicar las medidas adoptadas con miras a la aprobación de una ley de protección de los trabajadores domésticos. Rogamos también que informen sobre la protección otorgada a dichos trabajadores, y sobre los mecanismos de reparación de que disponen las víctimas de explotación y abuso por parte de los empleadores.

Artículo 8Derechos sindicales

18.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho a la huelga de los funcionarios públicos. Aclaren también las circunstancias en que la participación en huelgas está penalizada con sanciones que implican trabajos forzosos.

19.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para luchar contra el despido improcedente y la violencia basada en la afiliación y actividad sindicales, a pesar de las disposiciones legales vigentes.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

20.Rogamos informen sobre las medidas adoptadas para establecer un seguro de desempleo.

21.Sírvanse proporcionar información, con datos estadísticos, sobre la cobertura actual del seguro médico, desglosada por los grupos mencionados en el párrafo 103 del informe del Estado.

22.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas existentes para dar acceso a los servicios básicos y a la protección social a las personas que trabajan en la economía informal. Proporciónese también más información sobre el seguro social informal mencionado en el párrafo 67 del informe del Estado, así como sobre las medidas adoptadas para aumentar el número de trabajadores informales (sin contrato) que participan en el programa de seguridad social del Estado parte, en particular en el programa administrado por PT Jamsostek.

23.Dado que solo un pequeño porcentaje de trabajadores contribuye al programa estatal de pensiones de vejez del Estado parte, rogamos que informen al Comité sobre las prestaciones sociales existentes para las personas de edad no abarcadas por el programa.

Artículo 10Protección de la familia, las madres y los niños

24.Informen sobre la aplicación de las leyes que prohíben el trabajo infantil y sobre los efectos de la aplicación del Plan de Acción Nacional para la eliminación de las peores formas de trabajo infantil.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

25.Rogamos informen sobre las medidas adoptadas para aumentar la resiliencia y la preparación de los grupos desfavorecidos y vulnerables frente a los desastres naturales, y sobre la repercusión de esas medidas relativas a la mitigación de los efectos de los desastres naturales en el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas que pertenecen a esos grupos.

26.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para asegurar la disponibilidad de alimentos asequibles, en particular los de primera necesidad, e impedir las acciones especulativas, que constituyen una de las causas del alza de los precios de los alimentos.

27.Informen sobre el efecto de las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar el acceso a mejores condiciones de saneamiento, en particular en las zonas rurales, y para eliminar la práctica de la defecación al aire libre.

Artículo 12Derecho a la salud física y mental

28.Sírvanse informar sobre el efecto de las medidas adoptadas para mejorar el acceso a los servicios de salud reproductiva y sexual, y a los servicios de salud materna, en particular en las zonas rurales y lejanas, así como la calidad de dichos servicios.

29.Informen sobre las medidas adoptadas para asegurar el acceso a un tratamiento y una atención de la salud mental adecuados.

30.Rogamos indiquen si el Estado parte ha adoptado un enfoque de derechos humanos en sus políticas sobre las drogas, en particular en cuanto a la prevención y el tratamiento.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

31.Sírvanse informar sobre el efecto de las medidas adoptadas por el Estado parte para mejorar el acceso a la educación en las zonas rurales y otras zonas desfavorecidas, y la calidad de dicha educación.

Artículo 15Derechos culturales

32.Rogamos informen sobre las medidas adoptadas para proteger el patrimonio cultural de las minorías étnicas y lingüísticas y de los pueblos indígenas del Estado parte, y para crear condiciones favorables para que esas minorías y pueblos preserven, desarrollen, expresen y difundan su identidad, historia, cultura, idioma, tradiciones y costumbres.

33.Rogamos informen sobre las medidas adoptadas para preservar el patrimonio y la diversidad lingüísticos del Estado parte. En particular, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte, por ejemplo en el área de la investigación y la documentación, para preservar los idiomas regionales y locales en vía de desaparición.