Naciones Unidas

E/C.12/LTU/Q/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

12 de abril de 2021

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al tercer informe periódico de Lituania *

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para impartir periódicamente capacitación a jueces, abogados y miembros de las fuerzas del orden en relación con las disposiciones del Pacto y su justiciabilidad. Incluyan datos estadísticos y ejemplos de casos en que las disposiciones del Pacto hayan sido invocadas ante los tribunales, o bien invocadas o aplicadas directamente por ellos. Informen sobre las medidas adoptadas para reforzar los recursos judiciales disponibles en caso de vulneración de los derechos amparados por el Pacto y, en particular, sobre las acciones para hacer extensiva la prestación de asistencia jurídica gratuita a los procedimientos civiles.

2.Se ruega proporcionen información sobre las medidas adoptadas para que la Oficina del Defensor del Pueblo del Seimas y la Defensoría de la Igualdad de Oportunidades cuenten con el mandato explícito de proteger y promover todos los derechos consagrados en el Pacto. Informen asimismo acerca de la asignación de recursos humanos, técnicos y financieros a ambas instituciones a fin de que puedan cumplir sus mandatos en relación con los derechos económicos, sociales y culturales.

3.Sírvanse informar sobre las medidas que se hayan adoptado para la adaptación al cambio climático y para la mitigación de sus efectos adversos en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en especial los de los grupos desfavorecidos y marginados, entre otras cosas en el contexto de la estrategia nacional de progreso “Lituania 2030”. En particular, teniendo presente el Plan Nacional de Acción Climática y Energética del Estado parte para el período 2021-2030, indíquense los progresos realizados en el cumplimiento de las contribuciones determinadas a nivel nacional para reducir las emisiones que el Estado parte se fijó en el marco del Acuerdo de París sobre el cambio climático, prestando especial atención a los sectores de la producción energética y la agricultura. Proporcionen también información sobre las medidas específicas adoptadas para que las entidades empresariales respeten los derechos económicos, sociales y culturales de todas las personas, apliquen el principio de diligencia debida en todas sus actividades y evalúen las repercusiones negativas de esas actividades en el medio ambiente con el fin de paliarlas.

4.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado parte para cumplir su compromiso de destinar el 0,7 % del ingreso nacional bruto a la asistencia para el desarrollo, así como los plazos previstos para ello. Informen sobre las iniciativas emprendidas por el Estado parte para promover el acceso universal, equitativo y asequible a las vacunas y fármacos contra la enfermedad por coronavirus (COVID-19) en todo el mundo, entre otras cosas ejerciendo su influencia en las organizaciones regionales e internacionales de las que es miembro.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

5.A fin de que el Comité evalúe si el Estado parte está utilizando el máximo de los recursos de que dispone para hacer efectivos los derechos reconocidos en el Pacto, sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:

a)La proporción de personas que viven por debajo del umbral de pobreza y el nivel de desigualdad, definido como el cociente entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre;

b)La proporción de los ingresos públicos que procede de los impuestos;

c)Los tipos impositivos con los que se gravan los beneficios empresariales y la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el valor añadido (exceptuado el que grava los artículos de lujo, el tabaco, el alcohol, las bebidas azucaradas y aperitivos y la gasolina) y el porcentaje de los ingresos totales que se obtiene del impuesto sobre la renta de las personas físicas con el que se grava al 10 % más rico de la población;

d)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social (seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación);

e)Los niveles absolutos de gasto social, ajustados a la inflación;

f)Las metodologías e instrumentos utilizados para reunir y analizar esos datos.

6.Sírvanse facilitar información sobre las medidas concretas adoptadas para luchar contra la corrupción en el poder judicial y los sectores público y privado, y para mejorar la transparencia y la rendición de cuentas en la dirección de los asuntos públicos, en particular en lo que respecta a las adquisiciones, los servicios públicos y la administración fiscal. Tengan a bien informar además sobre los casos denunciados ante el Servicio Especial de Investigación durante el período que se examina, indicando, entre otros datos, el número de casos denunciados, investigados y enjuiciados y las penas impuestas a los autores de delitos de corrupción.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

7.Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 7), descríbanse los progresos realizados en la lucha contra la exclusión social, los estereotipos, los prejuicios y la intolerancia de que son objeto los miembros de la comunidad romaní y que agravan aún más la discriminación que sufren en el acceso a sus derechos económicos, sociales y culturales, particularmente en materia de atención sanitaria, educación, empleo y vivienda adecuada. A la vista de la información que sugiere que algunos romaníes carecen de documentos de identidad, lo que les dificulta el acceso a los servicios públicos en igualdad de condiciones con los demás, describan las medidas concretas adoptadas para eliminar los obstáculos legales, administrativos y financieros con que se encuentran para acceder a documentos de identidad, y los efectos que hayan tenido tales medidas.

8.Sírvanse proporcionar información sobre los avances alcanzados en la lucha contra el estigma social, las actitudes negativas, las ideas erróneas y la discriminación de que son objeto las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, que agravan todavía más la discriminación que sufren en el acceso a sus derechos económicos, sociales y culturales, especialmente en materia de atención sanitaria, educación, empleo y vivienda adecuada. Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 8), indiquen qué medidas se han tomado para hacer frente a las dificultades con que se encuentran las personas transgénero para hacer efectivos sus derechos económicos, sociales y culturales, como las trabas administrativas que dificultan que su identidad de género sea reconocida legalmente. Informen también acerca de los progresos realizados en la elaboración de leyes que prohíban la discriminación por motivos de identidad de género a fin de ampliar la protección legal de que gozan las personas transgénero frente a la discriminación en el acceso a la atención sanitaria, la educación, el empleo y la vivienda adecuada, entre otros ámbitos.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para integrar una perspectiva de género en la atención sanitaria, la educación, la cultura, la ciencia y el medio ambiente, según lo previsto en su Programa Nacional de Igualdad de Oportunidades para las Mujeres y los Hombres (E/C.12/LTU/3, párr. 30). Indiquen qué progresos se han realizado para superar la segregación ocupacional por motivos de género y aumentar las oportunidades para las mujeres que se encuentran en situaciones de desfavorecimiento y marginación, entre otras cosas mediante su participación en empleos cualificados, a tiempo completo y bien remunerados, como señaló también el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/LTU/CO/6, párrs. 36 y 37). Presenten asimismo información relativa a las evaluaciones que se hayan realizado de los efectos que las medidas descritas en el informe del Estado parte (E/C.12/LTU/3, párrs. 31 a 34) han tenido en la reducción de la brecha salarial de género en la práctica.

III.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

10.Sírvanse proporcionar información acerca de las evaluaciones que el Estado parte haya llevado a cabo sobre los efectos de su Programa de Fomento del Empleo 2014-2020. Expliquen las principales dificultades encontradas para mejorar el empleo de los jóvenes y de las personas con discapacidad, indicando las medidas adoptadas o previstas para superarlas. Informen también acerca de los efectos que hayan tenido las medidas adoptadas para evitar o contrarrestar la pérdida de empleos y medios de vida a causa de la pandemia de COVID-19.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

11.Informen de las medidas que se hayan tomado para que el salario mensual neto sea suficiente para proporcionar un nivel de vida digno, e incluyan datos estadísticos sobre el grado en que las disposiciones sobre el salario mínimo se aplican a la población activa y sobre la relación entre el salario mínimo mensual neto y el salario medio mensual neto. Descríbanse las medidas adoptadas por el Estado parte para lograr la aplicación efectiva de su legislación laboral y la rendición de cuentas por las vulneraciones de los derechos laborales, precisando, entre otras cosas, las iniciativas orientadas a mejorar la capacidad del sistema judicial para responder a los conflictos laborales con un enfoque especializado. Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para: garantizar el acceso no discriminatorio de los trabajadores migrantes a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias; hacer frente a los efectos adversos de la pandemia de COVID-19 en las condiciones laborales de los trabajadores migrantes; y garantizar el acceso de los trabajadores migrantes a igual protección de la ley en caso de conflicto laboral.

12.Se ruega indiquen qué medidas se han adoptado para ampliar la protección de los derechos laborales a los trabajadores de la economía informal, incluida la protección jurídica que se establece en el Código del Trabajo, la aplicabilidad del salario mínimo y la protección en materia de seguridad y salud en el trabajo. Sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para que se rindan cuentas en caso de deficiencias o inseguridad de las condiciones de trabajo y acerca de los efectos que la aplicación del Plan de Acción Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2021 ha tenido en la mejora de la seguridad y la salud ocupacionales en la práctica. Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 13), sírvanse indicar los problemas encontrados en la aplicación del Plan de Acción Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo 2017-2021 e incluyan datos estadísticos sobre seguridad y salud ocupacionales, entre otros el número de inspecciones laborales llevadas a cabo, denuncias presentadas por los trabajadores y sanciones impuestas a los empleadores.

13.Se ruega proporcionen información sobre las medidas adoptadas para hacer cumplir el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor en todos los sectores de la economía, mencionando los mecanismos de aplicación y su eficacia. Describan también los efectos de las medidas legislativas adoptadas para hacer frente al elevado número de casos de violencia y acoso, entre ellos los de acoso sexual, en el lugar de trabajo, tanto en el sector público como en el privado.

14.Sírvanse describir los esfuerzos realizados por el Estado parte para mejorar la aplicación de sus mecanismos destinados a identificar a las víctimas en casos de explotación económica de trabajadores extranjeros y derivarlas a los servicios de asistencia especializada. Faciliten datos actualizados sobre los casos de trata de personas con fines de explotación laboral.

Derechos sindicales (art. 8)

15.Teniendo en cuenta las modificaciones introducidas en el Código del Trabajo, expliquen de qué manera garantizan las autoridades que el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a ellos, el derecho a la negociación colectiva y el derecho de huelga puedan ejercerse libremente y sin represalias, también en el caso de los trabajadores migrantes. Proporcionen información sobre casos en los que el derecho de huelga no haya sido garantizado en la práctica y casos en que sindicalistas y dirigentes sindicales hayan sido despedidos o hayan visto suspendidos sus contratos de corta duración o de duración determinada tras haber organizado actividades sindicales o haber participado en ellas. Sírvanse informar sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para promover el diálogo social, como el Modelo de Cooperación entre Sindicatos y Empleadores para el Desarrollo del Diálogo Social para 2017-2020, en el fortalecimiento de la representación de los sindicatos, el fomento de la participación de empleadores y trabajadores en el diálogo social y el logro de una mayor implicación de estos en las negociaciones colectivas.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

16.Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 10), informen de las medidas adoptadas para que las prestaciones sociales estén indexadas al costo de la vida a fin de garantizar un nivel de vida adecuado. Sírvanse indicar qué medidas se han tomado para que los trabajadores de la economía informal estén cubiertos por la seguridad social, de modo que tengan derecho, entre otros, a pensión, prestaciones, subsidios y un seguro contra accidentes y enfermedades ocupacionales. Indíquese qué ha hecho el Estado parte para identificar y eliminar las deficiencias y obstáculos que dificultan la aplicación efectiva de los programas de protección social existentes, en particular para que los grupos desfavorecidos y marginados puedan acceder a ellos.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

17.Se ruega describan los efectos de las medidas tomadas por el Estado parte para lograr una distribución equitativa de las responsabilidades familiares entre hombres y mujeres. Incluyan datos estadísticos que reflejen en qué medida los trabajadores se acogen a las licencias de maternidad, de paternidad y parentales. Sírvanse facilitar información, incluyendo datos estadísticos, sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para aplicar de forma efectiva su Plan de Acción para la Transición de las Instituciones de Acogida al Acogimiento Familiar y de Base Comunitaria para los Niños Privados del Cuidado Parental.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

18.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos de las medidas adoptadas para reducir el número de personas sin hogar y garantizar el acceso a una vivienda adecuada y a instalaciones y servicios básicos, y adjunten datos estadísticos desglosados sobre la situación en materia de vivienda de los grupos desfavorecidos y marginados. Indiquen, en particular, qué progresos se han alcanzado en la aplicación del Plan de Acción para la Integración de los Romaníes en la Sociedad Lituana 2015-2020 y el Programa de Integración de la Comunidad del Campamento Romaní de Vilna (Kirtimai) 2016-2019, y qué efectos han tenido en el acceso de los miembros de la comunidad romaní a una vivienda adecuada y a instalaciones y servicios básicos. Presenten información sobre el marco jurídico que rige los desalojos e indiquen las deficiencias y los obstáculos detectados por el Estado parte en la aplicación efectiva de sus salvaguardias procesales de protección contra los desalojos forzosos, así como las medidas adoptadas o previstas para eliminar dichas deficiencias y los obstáculos.

19.Teniendo presente los datos estadísticos relativos a la incidencia de la pobreza y la exclusión social en el Estado parte, sírvanse informar sobre los efectos que hayan tenido las medidas adoptadas para combatir la pobreza, la pobreza infantil, la pobreza extrema y la exclusión social. Faciliten información sobre las evaluaciones realizadas por el Estado parte de su actual marco de apoyo, servicios, prestaciones y asistencia sociales con el fin de que sea suficiente para sacar a los hogares de la pobreza y accesible en todo el país, también para los grupos desfavorecidos y marginados.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

20.Sírvanse proporcionar información sobre los efectos que las reformas estructurales llevadas a cabo entre 2017 y 2020 en el ámbito de la atención sanitaria y la Estrategia de Salud del Estado parte para 2014-2025 hayan tenido en la prestación de una atención sanitaria accesible y asequible, entre otras esferas en la de la atención de la salud sexual y reproductiva y la de los servicios sanitarios dirigidos a los grupos y personas afectados por la exclusión social, en particular los romaníes, los migrantes, los refugiados, los solicitantes de asilo y las familias de bajos ingresos. Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité en relación con la salud mental (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 20), expliquen qué se ha hecho para identificar y combatir las causas fundamentales de los problemas de salud mental más comunes y los progresos alcanzados en la aplicación de la reforma de la atención de la salud mental. Informen sobre las medidas concretas adoptadas para prohibir la hospitalización involuntaria, los tratamientos no consentidos y las intervenciones médicas o quirúrgicas agresivas en los casos de personas con discapacidad psicosocial o intelectual.

21.Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité en relación con la atención de la salud de los reclusos y las personas que se inyectan drogas, en particular las relativas al acceso a las pruebas de detección del VIH y los tratamientos de sustitución con opioides financiados por el Estado (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 21), sírvanse proporcionar información actualizada sobre la eficacia de las medidas adoptadas para mejorar la disponibilidad, accesibilidad y calidad de los programas de reducción del daño y los servicios especializados de atención de la salud, tanto en las cárceles como en la comunidad. Describan los principales obstáculos que impiden a los consumidores de drogas acceder a los programas de reducción del daño y a los servicios de atención de la salud y señalen las medidas adoptadas o previstas para eliminarlos. Indiquen también si se ha considerado la posibilidad de despenalizar la posesión de drogas para el consumo personal.

22.En el contexto de la pandemia de COVID-19, faciliten información sobre: la disponibilidad de equipos de protección personal para todo el personal sanitario; la disponibilidad y accesibilidad de las pruebas, tratamientos y vacunas para la COVID-19; y el uso de financiación pública para cubrir los costos relacionados con las pruebas, vacunas y tratamientos para la COVID-19. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las repercusiones negativas de la pandemia en el disfrute del más alto nivel posible de salud mental. Indiquen qué medidas se han tomado para difundir información fiable a la población en relación con la pandemia de COVID-19, por ejemplo sobre los tratamientos y la vacunación.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

23.Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité en relación con las disparidades educativas en el Estado parte (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 23), sírvanse describir las medidas concretas que se hayan adoptado para mejorar el rendimiento y los resultados académicos, prestando especial atención a los niños romaníes, los niños migrantes, los niños con discapacidad, los niños que viven en zonas rurales y los niños que proceden de familias con bajos ingresos. Facilítense datos estadísticos, desglosados por edad, sexo, origen étnico, origen nacional, discapacidad y situación socioeconómica, sobre los índices de matriculación, abandono escolar y asistencia irregular en la enseñanza primaria, secundaria y terciaria, así como sobre el rendimiento y los resultados académicos.

Derechos culturales (art. 15)

24.Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de los avances realizados en la aprobación de una ley integral sobre las minorías nacionales, precisando las medidas concretas previstas en ella para la preservación y el desarrollo de las culturas, las tradiciones y los idiomas de las minorías nacionales y étnicas. En este contexto, expliquen los resultados del Plan de Acción para el Desarrollo de la Cultura Étnica 2015-2018. Teniendo en cuenta las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 23 c)), sírvanse proporcionar información sobre los esfuerzos realizados por el Estado parte para garantizar que las reformas del sistema educativo no afecten negativamente al acceso a la educación en los idiomas minoritarios ni a la enseñanza de esos idiomas o en esos idiomas.

25.Tomando en consideración las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/LTU/CO/2, párr. 25), presenten información adicional sobre las medidas adoptadas para reducir la brecha digital y garantizar un acceso asequible a las tecnologías de la información y las comunicaciones. Teniendo presente la inversión del Estado parte en actividades de investigación, desarrollo e innovación, sírvanse informar acerca de las medidas adoptadas para que los grupos desfavorecidos y marginados tengan un acceso asequible a los beneficios del progreso científico y sus aplicaciones.