Naciones Unidas

E/C.12/SEN/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de noviembre de 2018

Español

Original: francés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Tercer informe periódico presentado por el Senegal en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto, que debía presentarse en 2003 * **

[Fecha de recepción: 9 de noviembre de 2018]

1.El Senegal ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el 13 de febrero de 1978.

2.De conformidad con lo dispuesto en el artículo 98 de la Constitución del Senegal, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales forma parte del ordenamiento jurídico nacional y tiene precedencia sobre las leyes.

3.La presentación de informes corresponde al ámbito de aplicación del artículo 16 del Pacto. La preparación del presente informe se vio facilitada por la contribución de todas las entidades gubernamentales, las organizaciones no gubernamentales (ONG), la sociedad civil y los asociados. Sin embargo, se encontraron dificultades en la recogida de datos estadísticos y en la descripción del estado real de aplicación de determinados derechos.

Primera parteAplicación de los derechos económicos, sociales y culturales

A.Disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

1.El derecho a la libre determinación

4.La República del Senegal, comprometida con sus valores culturales fundamentales que son el cimiento de la unidad nacional, está convencida de la voluntad de todos los ciudadanos de construir un destino común mediante la solidaridad, el trabajo y el compromiso patriótico. El pueblo senegalés reconoce la existencia de los derechos humanos inviolables e inalienables como base de toda comunidad humana, la paz y la justicia en el mundo.

5.En su Constitución, el Senegal afirma su adhesión a la Declaración de los Derechos Humanos y de los Ciudadanos de 1789 y a los instrumentos internacionales adoptados por las Naciones Unidas y la Unión Africana, y en especial la Declaración Universal de Derechos Humanos de 10 de diciembre de 1948, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de 18 de diciembre de 1979, la Convención sobre los Derechos del Niño de 20 de noviembre de 1989 y la Carta Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos de 27 de junio de 1981.

6.En la Constitución se garantiza a todos los ciudadanos el disfrute de las libertades individuales fundamentales, los derechos económicos y sociales y los derechos colectivos. En su preámbulo, se proclaman el respeto y la garantía intangibles de los siguientes derechos:

La libertad sindical.

Los derechos y libertades de la persona, la familia y las comunidades locales.

Las libertades filosóficas y religiosas.

El derecho de propiedad.

Los derechos económicos y sociales.

7.Hombres y mujeres tienen el mismo derecho a acceder a la posesión y propiedad de la tierra en las condiciones que determina la ley.

8.Las comunidades indígenas son consultadas directa o indirectamente en todos los procesos de toma de decisiones relacionados con los derechos consagrados en el Pacto. Esas consultas se llevan a cabo en forma de sufragio en las elecciones a las asambleas, por vías deliberativas o mediante la exposición de opiniones en las asambleas locales.

2.Asistencia técnica y cooperación internacional

9.El Senegal, como miembro de la comunidad internacional, coopera con diversas instituciones internacionales y regionales, entre las que figuran los órganos y organismos afiliados de las Naciones Unidas, la Unión Africana, la Comunidad Económica de los Estados de África Occidental (CEDEAO), el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Las instituciones nacionales de derechos humanos colaboran estrechamente con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, cuya Oficina Regional para África Occidental tiene su sede en Dakar.

10.En el plano bilateral, el Senegal recibe asistencia técnica y financiera de los organismos de cooperación de Francia, Italia, España, Luxemburgo y los Estados Unidos de América. Asimismo, cuenta con el apoyo de los organismos especializados de las Naciones Unidas, en particular el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO), el Programa Mundial de Alimentos y el Fondo de Población de las Naciones Unidas.

11.Las negociaciones y las relaciones entre el Senegal y sus asociados técnicos y financieros se basan en el respeto mutuo y la consideración del interés y los derechos inalienables del pueblo senegalés. El Senegal coopera ampliamente con todos los Estados y organizaciones. La cooperación internacional se basa en acuerdos formales de ámbito bilateral y multilateral. Cuando no existen acuerdos, se aplican las normas de cortesía y reciprocidad dentro del respeto a la soberanía.

3.Lucha contra la discriminación por motivos de género y promoción de la igualdad entre hombres y mujeres (artículo 3)

12.El Senegal, por medio de sus políticas de desarrollo, ofrece un marco favorable para la promoción y protección de los derechos de la mujer y la igualdad entre los géneros. Se ha adherido a los principales instrumentos internacionales y regionales en la esfera de la promoción y protección de los derechos de la mujer.

13.A fin de garantizar la igualdad entre hombres y mujeres, en la Constitución del Senegal se reafirma el principio de la prohibición de todas las formas de discriminación, en particular las basadas en motivos de género.

14.La Ley Fundamental otorga a las mujeres el derecho a acceder a la tierra, el derecho a mejorar sus condiciones de vida, el acceso a la salud y el bienestar, el derecho a tener su propio patrimonio junto al de su cónyuge y el derecho a gestionar personalmente sus bienes. En la Constitución se prohíbe el matrimonio forzado de las niñas o las mujeres menores de edad y cualquier discriminación entre hombres y mujeres con respecto al empleo y el salario.

15.Para fortalecer y garantizar la efectividad de estos derechos, se han adoptado los siguientes instrumentos:

Ley núm. 1982-019, de 22 de enero de 1982, relativa al acceso de la mujer a determinados cuerpos militares y paramilitares (Fuerzas Armadas, Aduanas y Aviación Civil).

Ley núm. 1999-05, de 29 de enero de 1999, por la que se aumentan las penas aplicables a determinados delitos como la violación, la circuncisión femenina, los abusos deshonestos, el incesto y el acoso sexual.

Ley núm. 2010-03, de 9 de abril de 2010, relativa al VIH/SIDA, en la que se contempla la transmisión de madre a hijo.

Ley núm. 97-17, de 1 de diciembre de 1997, relativa al Código del Trabajo, en la que se establecen los derechos de la mujer en caso de maternidad.

Código de la Seguridad Social, en el que se prevé la atención médica del cónyuge y los hijos de la mujer asalariada.

Ley núm. 2013-05, por la que se modifica la Ley núm. 61-10, de 7 de marzo de 1961, relativa a la nacionalidad senegalesa, en virtud de la cual se permite que el marido extranjero de una mujer senegalesa, así como sus hijos, puedan adquirir la nacionalidad.

Ley núm. 2008-01, de 8 de enero de 2008 por la que se modifican determinadas disposiciones del Código Tributario, en virtud de la cual se suprime la tributación conjunta de la pareja y se garantiza la plena autonomía fiscal de la esposa.

Ley núm. 2010-11, de 28 de mayo de 2010, por la que se establece la paridad absoluta entre hombres y mujeres en todas las instituciones constituidas total o parcialmente por miembros electos, cuya aplicación es supervisada por un Observatorio Nacional de la Paridad.

Ley núm. 2015-15, de 16 de julio de 2015, por la que se autoriza al Presidente de la República a ratificar el Convenio núm. 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) sobre la Protección de la Maternidad.

Ley núm. 2016-30, de 8 de noviembre de 2016 relativa al artículo 109 del Código de la Minería.

Código de la Minería de 2016, en cuyo artículo 109 se establece que los titulares de concesiones mineras y sus subcontratistas están obligados, entre otras cosas, a promover la igualdad de oportunidades en el empleo entre mujeres y hombres en la esfera profesional y a garantizar la igualdad de remuneración entre empleados de ambos sexos con las mismas calificaciones.

Decreto núm. 2017-459, por el que se establecen las modalidades de aplicación de la Ley núm. 32-2016 relativa al Código de la Minería.

Decreto núm. 2006-515/PR, de 9 de junio de 2006, relativo al acceso de las mujeres a la gendarmería.

Decreto núm. 2017-313, de 15 de febrero de 2017, por el que se crean las dependencias de género en las Secretarías Generales de los Ministerios.

Decretos núms. 2006-1309 y 1310, de 23 de noviembre de 2006, por los que se autoriza la prestación de atención médica a los maridos e hijos de las funcionarias y las empleadas del sector privado, respectivamente.

Circular primada núm. 009159, de 26 de marzo de 2013, en virtud de la cual se invita a los ministerios sectoriales a que integren la perspectiva de género en sus intervenciones, y cuya aplicación ha promovido la creación de 22 dependencias de género en la administración pública.

16.Por conducto de la Dirección de Equidad e Igualdad de Género, creada en 2008, el Senegal está aplicando una Estrategia Nacional para la Equidad y la Igualdad, aprobada en 2006, que contribuye significativamente a la promoción de la mujer, especialmente en las zonas rurales. Con este espíritu, el 28 de mayo de 2010 se aprobó una ley sobre la paridad absoluta entre hombres y mujeres en todas las instituciones constituidas total o parcialmente por miembros electos. Además de contar con un mecanismo de control denominado Observatorio Nacional de la Paridad, el cumplimiento de esa ley ya ha sido objeto de revisión judicial en un fallo del Tribunal Supremo del Senegal. En su fallo núm. 02, de 8 de enero de 2015, la Sala de lo Contencioso Administrativo de ese Tribunal ordenó la repetición de la elección de los miembros del Ayuntamiento de Kaolack por no haberse respetado la paridad en la elección del segundo concejal.

17.El Senegal cuenta con un Plan de Acción Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género y la Promoción de los Derechos Humanos. La puesta en práctica de ese documento multisectorial (2017-2021) ha desembocado, como primer resultado, en la elaboración de planes de acción regionales.

B.Derechos específicos del Pacto (arts. 6 a 15)

1.Lucha contra el desempleo (art. 6)

18.En el artículo L.1 del Código del Trabajo se incorporan las disposiciones constitucionales sobre el derecho al trabajo con la siguiente redacción: “El derecho al trabajo se reconoce como un derecho sagrado de todos los ciudadanos” y se afirma que el Estado debe hacer “todos los esfuerzos posibles para ayudar a encontrar un empleo y a mantenerlo una vez se haya obtenido. El Estado garantiza la igualdad de oportunidades y de trato de todos los ciudadanos en el acceso a la formación profesional y al empleo, sin distinción por motivos de origen, raza, sexo o religión”.

19.El Senegal, al igual que otros países en desarrollo, se enfrenta a una crisis de empleo que afecta principalmente a las mujeres, los jóvenes y los titulados universitarios. En 2011, en el país había 461.000 solicitantes de empleo y el 32,0 % de los trabajadores activos estaban subempleados. Los jóvenes representaban el 36,5 % del total de la población activa y su tasa de desempleo era del 12,7 %.

20.Ante esa situación, el Gobierno cuenta con el desarrollo del sector primario y la agricultura para encontrar soluciones.

21.El Plan Senegal Emergente va acompañado de un Plan de Acción Prioritario 2014‑2018, cuyo objetivo es crear 500.000 puestos de trabajo. Ese objetivo es el resumen de varios planes, políticas, programas y proyectos sectoriales inclusivos y complementarios. Entre ellos, cabe citar los siguientes:

La política nacional de empleo para 2019, validada técnicamente en 2015 y acompañada de un plan de acción operacional para el empleo juvenil con el apoyo de la CEDEAO en colaboración con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo.

La política nacional de migración, validada técnicamente en 2018 por todas las partes interesadas y en trámite de aprobación por el Consejo de Ministros.

La política nacional de orientación educativa y profesional, validada técnicamente en 2018.

El Programa de Trabajo Decente por País 2018-2023 fue validado técnicamente en 2018 con dos componentes principales orientados a la protección social y la creación de empleo.

La Política Nacional de Seguridad y Salud Ocupacional aprobada por el Consejo de Ministros en marzo de 2017.

La Estrategia Nacional para la Equidad y la Igualdad.

22.Se han elaborado diversos textos, proyectos y estructuras para la puesta en práctica del Plan Senegal Emergente, entre los que cabe citar:

La Ley de Orientación Social núm. 2010-15, de 6 de julio de 2010.

La Ley de Orientación de la Formación Profesional y Técnica.

El decreto por el que se crea el Comité Técnico Intersectorial Nacional de Empleo y Formación.

23.La Política Nacional de Empleo, validada técnicamente en 2015, se basa en seis estrategias principales:

El desarrollo de programas públicos específicos para la creación de empleo decente.

El desarrollo de programas de empleo a nivel local.

La mejora y el desarrollo de la relación entre formación y empleo.

La mejora de la organización del mercado de trabajo y el diálogo social.

El fortalecimiento de la capacidad del Ministerio de Trabajo.

24.En ese espíritu, el Estado, en virtud del decreto núm. 2014-29, de 9 de enero de 2014, acometió la creación de la Agencia Nacional para el Empleo Juvenil, que refleja la voluntad de mejorar la coherencia en el sector de la gobernanza del empleo juvenil mediante:

El establecimiento de un sistema integrado de información y seguimiento de los grupos específicos en el mercado de trabajo.

La mejora de la empleabilidad de los jóvenes y otros grupos específicos.

El acceso al empleo de los jóvenes y los grupos específicos.

25.En el sector agrícola, se elaboró el Programa de Explotaciones Agrícolas Comunitarias para dar respuesta a la problemática del empleo juvenil. El objetivo de ese Programa es contribuir a la reducción de la precariedad social en el medio rural mediante la promoción del espíritu empresarial en el ámbito agrícola entre los jóvenes y las mujeres. Se trata de desarrollar grandes extensiones de terreno y dotarlas de una infraestructura apropiada que permita a los beneficiarios producir de forma continua. La principal innovación es el desarrollo de un enfoque interconectado de los sectores productivos vegetal y animal a lo largo de toda la cadena de valor y los oficios relacionados, con el fin de crear muchos más puestos de trabajo y mucha más riqueza.

26.La Agencia Nacional de Integración y Desarrollo Agropecuario fue creada para promover el desarrollo de una agricultura moderna y diversificada basada en la ordenación de los recursos hídricos y la creación de empleo sostenible para los jóvenes. Ese organismo se ocupa de:

Garantizar la creación y el aprovechamiento de unas explotaciones agrícolas modernas e integradas.

Luchar contra el desempleo juvenil, la pobreza, el éxodo rural y la migración ilegal.

Apoyar la iniciativa privada en el sector agrícola, silvícola y ganadero mediante el apoyo a los pequeños agricultores y el desarrollo de fincas agrícolas comunitarias con el fin de facilitar el acceso de los promotores a tierras agrícolas desarrolladas y seguras.

Asegurar la gestión de proyectos y programas diversificados relacionados con el desarrollo de fincas agrícolas modernas y la promoción y modernización de pequeñas explotaciones familiares integradas.

27.Otras instituciones, como el Ministerio de Trabajo, el Ministerio de la Mujer, la Familia y el Género y la Delegación para el Emprendimiento Rápido, dotadas de una línea de crédito dirigida exclusivamente a favorecer a las mujeres y los jóvenes, promueven el empleo juvenil por medio de:

El Proyecto de Apoyo a la Promoción del Empleo de Jóvenes y Mujeres 2014-2019, con el que se pretende generar 15.000 puestos de trabajo para mujeres y jóvenes. El objetivo del proyecto es promover la creación de microempresas y empresas pequeñas y medianas.

La Agencia de Asistencia a la Seguridad de Proximidad, creada en virtud del Decreto núm. 2013-1063, de 5 de agosto de 2013, contrató a 10.000 mujeres y hombres desplegados por todo el territorio nacional.

El Programa Integrado de Desarrollo Económico y Social 2012-2015, que contribuye al empoderamiento socioeconómico de las mujeres y los jóvenes mediante la oferta de oportunidades de empleo y generación de ingresos. Se financiaron 355 proyectos de un total de 451 presentados, por un importe total de 309.046.016 francos CFA.

El Programa de Fortalecimiento de la Dinámica Económica y Social 2012-2017, con una financiación de 1.000 millones de francos CFA, ha permitido financiar 194 pequeñas y medianas empresas y crear más de 394 puestos de trabajo directos, de los 303 correspondieron a muchachas.

El Programa de Apoyo al Desarrollo Económico y Social del Senegal 2016-2018, dotado con 17,8 millones de euros, tiene como objetivo contribuir a la reducción de la pobreza y promover la creación de oportunidades de empleo para las mujeres y los jóvenes.

El Programa de Apoyo al Desarrollo de la Capacidad Empresarial de las Mujeres y los Jóvenes 2014-2018, por valor de 18.000 millones de francos CFA, contribuye a la creación de pequeñas y medianas empresas por las mujeres y los jóvenes.

28.Desde 2014, el mercado de trabajo en el Senegal ha experimentado diversos cambios con respecto a la aplicación de las seis estrategias descritas anteriormente. Las estadísticas sobre el empleo indican que en el sector privado se crean un promedio de 50.000 puestos de trabajo al año, sin contar el impacto directo de la acción gubernamental en el ámbito de la financiación de proyectos para jóvenes y la realización de actividades de gran intensidad de mano de obra a través de la construcción de infraestructuras. En el Plan de Acción Operacional para el Empleo de los Jóvenes, validado en marzo de 2018, se especifican las variaciones sectoriales.

29.En cuanto a las personas con discapacidad, la tarjeta de igualdad de oportunidades les permite ejercer sus derechos en materia de acceso al empleo y de cualquier otra ventaja que pueda contribuir a su promoción y protección dentro de un enfoque multisectorial. Por ejemplo, se les reserva una cuota del 15 % en la contratación para la función pública. En esa misma línea, la empresa nacional de transporte “Dakar Dem Dik” también contrata a esas personas.

30.En cuanto a la protección social del sector no estructurado, el Estado ha tomado las siguientes medidas:

El fomento del registro de las empresas mediante la facilitación de los trámites.

La asistencia técnica en forma de asesoramiento.

El fomento del diálogo con los sindicatos representativos.

31.La protección social y la gestión de riesgos son instrumentos clave para el crecimiento inclusivo y la reducción de la pobreza. Con esa idea presente, el Senegal puso en práctica la Estrategia Nacional de Protección Social. El objetivo general de la Estrategia era fortalecer y ampliar de manera equitativa, con el horizonte de 2015, los instrumentos de protección social, aumentando la tasa de cobertura del seguro de salud del 20 % al 50 % y estableciendo un régimen de protección social que cubriese los riesgos relacionados con los desastres y los que afectaban al sector informal y artesanal.

32.En cuanto a la protección de los trabajadores contra el despido improcedente, queda garantizada en el artículo L.56 del Código del Trabajo.

33.Por lo que se refiere a los programas de formación técnica y profesional, el Gobierno del Senegal en virtud del Decreto núm. 2014-1264, de 7 de octubre de 2014, creó el Fondo de Financiación de la Formación Profesional y Técnica en el marco de la reforma del mecanismo de financiación de la formación profesional y técnica.

34.Además, se han creado Institutos Superiores de Estudios Profesionales y un Programa de Iniciativa Empresarial de la Juventud del Senegal para aumentar el número de emprendedores.

35.En el marco de la aplicación del Plan de Acción Nacional sobre la Discapacidad y del seguimiento de la aplicación de la Ley de Orientación Social núm. 2010-15, de 6 de julio de 2010, relativa a la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad, el Ministerio de Formación Profesional, Aprendizaje y Artesanía emitió la circular núm. 4322/MFPAA/SG/DFPT/ms, de 23 de diciembre de 2016, relativa a los incentivos destinados a una serie de instituciones dedicadas a la formación profesional de las personas con discapacidad. Eso condujo a la obtención de los siguientes resultados en el año 2017:

La formación profesional de 49 personas con discapacidad en diversas artes y oficios.

La inscripción de 93 personas con discapacidad.

La concesión, entre 2012 y 2017, de 606 becas de formación profesional a jóvenes con discapacidad en el marco de la fase II del Programa Nacional de Rehabilitación Basada en la Comunidad, por un monto de 188,7 millones de francos CFA, en todas las regiones del país.

La formación continua de trabajadores sociales especializados en el ámbito de la discapacidad en el marco de la Estrategia Nacional de Trabajo y Seguridad Social.

2.Condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

36.El principio de igualdad de trato se consagra en el artículo 25 de la Constitución, en cuyo artículo 1 se garantiza también la igualdad de oportunidades y de trato sin discriminación alguna.

37.El salario mínimo interprofesional garantizado figura en la legislación del Senegal desde hace varios años. Con el fin de garantizar una mejor remuneración a los trabajadores, el 30 de abril de 2018, los interlocutores sociales firmaron un memorando de entendimiento y, de conformidad con lo establecido en el artículo L.109 del Código del Trabajo, pidieron a la autoridad competente que fijara por decreto la cuantía del salario mínimo interprofesional garantizado de la siguiente manera:

Una tarifa horaria del salario mínimo interprofesional garantizado para los trabajadores en ocupaciones sujetas al régimen legal de jornada laboral de 40 horas semanales establecida en:

302.890 francos CFA a partir del 1 de junio de 2018.

317.313 francos CFA a partir del 1 de enero de 2019.

333.808 francos CFA a partir del 1 de diciembre de 2019.

Una tarifa horaria plana del salario mínimo agrícola garantizado para los trabajadores de las empresas agrícolas y similares establecida en 213.392 francos CFA a partir del 1 de junio de 2018. El proyecto de decreto está en proceso de aprobación.

38.En el sector privado, los salarios han experimentado diversos aumentos:

El 24 de enero de 2002, los salarios de las categorías de los distintos sectores de actividad se incrementaron en las siguientes cuantías: 1ª categoría el 8 %, 2ª categoría el 6 %, 3ª a 6ª categorías el 5 % y a partir de la 7ª categoría el 4 %.

El 11 de agosto de 2009, se firmó un memorando de entendimiento relativo al aumento generalizado de los salarios de las categorías del sector privado del 4 % al 8 %, de la siguiente manera: 1ª a 3ª categorías el 8 %, 4ª y 5ª categorías el 7 %, 6ª y 7ª categorías el 6 %, supervisores y 8ª categoría el 5 % y directivos el 4 %.

En virtud del Decreto núm. 4315/MFPTEOP/DTSS, de 31 de diciembre de 2009, se ampliaron las disposiciones de dicho memorando de entendimiento a todos los trabajadores y empleadores del sector privado que operasen en el Senegal.

Los Decretos núm. 00987/MFPET/DTSS, de 2 de abril de 2002, y núm. 01036, de 9 de abril de 2002, en virtud de los cuales se fijaban, respectivamente, los salarios por categoría de los trabajadores de las profesiones agrarias y asimiladas y los salarios mínimos por categoría de los trabajadores del servicio doméstico se derogaron y se sustituyeron respectivamente por los Decretos núms. 04316 y 04317, de 31 de diciembre de 2012.

39.Además, el Gobierno señala que, en la práctica, las trabajadoras disfrutan de los mismos beneficios fiscales que los hombres, y en las mismas condiciones, desde la aprobación de la Ley núm. 2008-01, de 8 de enero de 2008, por la que se modificaron determinadas disposiciones del Código General Tributario.

40.Las modalidades de ejecución y las tarifas correspondientes a las horas extraordinarias trabajadas de día o de noche, los días laborables, los domingos, los días festivos y las vacaciones remuneradas se establecen en el artículo L.86 del Código del Trabajo.

41.En cuanto a la prohibición de la discriminación en el trabajo y la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres, en el artículo L.105 del Código del Trabajo se establece expresamente que: “En igualdad de condiciones de trabajo, de cualificación profesional y de rendimiento, la remuneración será igual para todos los trabajadores, independientemente de su origen, sexo, edad y condición. No se pagará ningún salario en caso de ausencia, a reserva de lo dispuesto en los reglamentos, convenios colectivos o acuerdos concertados entre las partes”.

42.En el artículo 109 del nuevo Código de la Minería se establece que “Los titulares de concesiones mineras y sus subcontratistas están obligados, entre otras cosas, a promover la igualdad de oportunidades de empleo entre mujeres y hombres en el ámbito profesional y a garantizar la igualdad de remuneración entre empleados de ambos sexos con las mismas cualificaciones”.

43.Por lo que se refiere al acoso sexual, del Código Penal, en su artículo 319 bis, lo castiga severamente en términos generales con una pena de seis meses a tres años y multa de 50.000 a 500.000 francos CFA. Cuando la víctima del delito sea menor de 16 años, se impondrá la pena máxima de prisión.

44.En cuanto a la seguridad e higiene en el lugar de trabajo, queda garantizada en virtud de lo dispuesto en el artículo L.171 del Código del Trabajo.

45.Los inspectores de trabajo y sus agentes son responsables, de conformidad con el artículo 2 del Decreto núm. 2006-1255, de 15 de noviembre de 2006 (OIT), del control y la aplicación de las leyes y los reglamentos relativos a la seguridad y la salud ocupacional. Deben proporcionar a los interlocutores sociales asesoramiento práctico que les permita cumplir con los requisitos legales y normativos e informar al Fiscal General de las infracciones de la legislación laboral que puedan observar.

3.Libertad sindical (art. 8)

46.La libertad sindical y el derecho de asociación están reconocidos en el Senegal para todos los niveles socioprofesionales sin distinción alguna. Ese reconocimiento tiene carácter global y general y está garantizado por la Constitución, el artículo 7 del Código del Trabajo y otros textos adoptados para su aplicación.

47.Teniendo en cuenta que las disposiciones constitucionales tienen un valor jurídico superior al del Código del Trabajo, en dicho Código no pueden imponerse restricciones o límites al ejercicio de la libertad de asociación.

3.1Derecho a fundar un sindicato

48.En el artículo L.8 del Código del Trabajo únicamente se establece el procedimiento administrativo para que los dirigentes puedan constituir los sindicatos legalmente. Esa formalidad no supone ninguna restricción al ejercicio del derecho de sindicación. Con todo, el Estado, como garante del orden público y del interés general, tiene la responsabilidad de garantizar que los fundadores de una organización sindical tengan un buen carácter moral y no tengan conflictos con las leyes del país.

49.En la práctica, el reconocimiento de un sindicato está sujeto a un procedimiento específico que implica la intervención de varias autoridades, incluido el Ministerio del Interior. Este último será el encargado de expedir el documento en virtud del cual se reconozca la existencia del sindicato sobre la base de:

El informe del Inspector de Trabajo y de la Seguridad Social, ante el que habrán de depositarse los estatutos y la lista de los dirigentes del sindicato.

Las conclusiones del Fiscal General, que verificará la legalidad de los estatutos y la situación jurídica de los administradores del sindicato.

El dictamen del Ministro de Trabajo.

50.El procedimiento establecido para la constitución de organizaciones sindicales está plenamente justificado. Desde el punto de vista jurídico, el control que se ejerce sobre los dirigentes sindicales se refiere a los siguientes aspectos:

El ejercicio de la misma profesión o profesiones afines u oficios similares.

La presentación de la lista de los administradores o dirigentes del sindicato.

El control de la situación jurídica de los dirigentes del sindicato (disfrute de los derechos civiles, ausencia de condena privativa del derecho de voto, domicilio legal en el Senegal).

51.La autoridad administrativa competente solo podrá denegar el registro por motivos contemplados en la ley. Esos motivos pueden derivarse, por ejemplo, de la inadecuación de los estatutos a los requisitos legales, de la ilegalidad del propósito de la asociación o de que de la inscripción pudieran derivarse graves amenazas para el orden público. La denegación de una inscripción deberá estar motivada.

52.Además, en consonancia con la promoción de las libertades individuales, en el marco normativo interno se prevé la posibilidad de recurrir ante los tribunales contra la decisión de cualquier autoridad que participe en el proceso.

53.A título ilustrativo, en el artículo L.8 del Código del Trabajo se prevé la posibilidad de que las personas que hayan sido inhabilitadas para ejercer funciones de dirección en un sindicato puedan recurrir esa decisión ante el tribunal regional. Por regla general, las decisiones administrativas que se consideren lesivas por abuso de poder pueden ser objeto de recurso ante el Tribunal Supremo.

54.El control ejercido por las distintas autoridades, en particular por el Ministerio del Interior, no está motivado en modo alguno por el deseo de obstaculizar la libertad de asociación, sino simplemente por la preocupación de garantizar la seguridad de las relaciones en el seno de esas asociaciones y también de las relaciones que habrán de mantener en el futuro.

55.Los mecanismos de negociación colectiva son elementos que se promueven constantemente en el país. A lo largo de los años, el Senegal ha logrado crear un marco jurídico e institucional favorable a dicha negociación. La mayoría de las ramas de la actividad económica han concertado convenios colectivos o están negociando para hacerlo. Algunos de esos convenios colectivos han sido o están siendo revisados.

3.2Derecho a la huelga

56.El derecho de huelga, consagrado en la Constitución, goza de reconocimiento jurídico. En el artículo 25 de la Constitución se establece que con el ejercicio del derecho de huelga no se podrá atentar contra la libertad de trabajo ni poner en peligro a la empresa.

57.En la legislación solo se contempla el ejercicio del derecho de huelga después de que haya fracasado el proceso de conciliación para resolver una disputa. Para que una huelga se considere legal, deberá notificarse por lo menos con 30 días de antelación.

58.Si una huelga no se ajustara a lo dispuesto en el Código de Trabajo o si los huelguistas obstruyeran la libertad de trabajo de otros empleados que hubieran decidido no participar en la huelga, esta se considerará ilegal. El contrato de trabajo queda suspendido durante el período de huelga.

4.Protección social de la población (art. 9)

59.Se han puesto en marcha varias políticas y programas importantes para garantizar la protección social de la población. Se trata de:

4.1El Plan “Sésamo”

60.Las medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar la atención gratuita de la salud de las personas de edad (Plan Sésamo) se inscriben en una política de recuperación y acceso al sistema sobre la base de unos costos asequibles, y conforman un sistema para la atención de las personas desfavorecidas.

61.Las principales medidas adoptadas para garantizar la máxima participación de la comunidad en la planificación, organización, gestión y control de la atención primaria de salud son las siguientes:

La promoción de la participación de la población en el esfuerzo sanitario mediante la promulgación de una ley y la publicación de un decreto relativo al establecimiento de un comité de salud en el que estén representados los delegados de barrio, los grupos de mujeres y las asociaciones de jóvenes en el marco de una asociación y una gestión común de las estructuras sanitarias.

El establecimiento de un sistema de supervisión y evaluación periódica de las actividades de los centros de salud con la plena participación de los miembros del comité de salud.

4.2Cobertura universal de los riesgos de enfermedad y otras políticas sociales en materia de salud

62.El Senegal ha adoptado el programa de cobertura universal de los riesgos de enfermedad en consonancia con el compromiso del Gobierno de reducir la desigualdad en el acceso a la atención de la salud. El Ministerio de Sanidad y Acción Social ha elaborado un Plan Estratégico para el Desarrollo de la Cobertura de los Riesgos de Enfermedad 2013‑2017, que se estructura en torno a las siguientes directrices:

El desarrollo de la cobertura básica a través de:

La reforma de las Instituciones de Seguros de Salud.

El fortalecimiento de las políticas de gratuidad vigentes.

La puesta en marcha de la nueva iniciativa de prestación de atención sanitaria gratuita para los niños menores de cinco años.

63.Las iniciativas de prestación de atención sanitaria gratuita para los niños menores de cinco años y para los partos por cesárea en los centros de salud pública contribuyen considerablemente a mejorar la salud de esos grupos específicos y a reducir los gastos médicos de los hogares, que pueden ser una de las causas del empobrecimiento de la población.

64.En el marco de la promoción de los seguros de salud, al 31 de diciembre de 2017 se habían creado 676 mutuas de salud en los 552 municipios y 45 uniones departamentales de mutuas de salud, cada una con su unidad técnica de gestión.

65.Mediante ese sistema se subvenciona el 50 % de la contribución de cada miembro de las mutuas de salud y el 100 % en el caso de los beneficiarios del Programa Nacional de Subsidio de Seguridad Familiar y de la tarjeta de igualdad de oportunidades.

4.3Cobertura social del trabajador y derecho a revertir la pensión a la viuda o al viudo

66.El sistema de protección social, creado en la década de 1970, ha permitido ofrecer cobertura a todos los trabajadores y sus familias. La prevención y gestión de los riesgos de enfermedad para los trabajadores se realiza a través de la Caja de la Seguridad Social y las Instituciones de Seguros de Salud, mientras que de la gestión de las prestaciones por jubilación se ocupan el Instituto de Previsión de Prestaciones de Jubilación y el Fondo Nacional de Pensiones. Esa diversidad de estructuras sociales permite que la población, en el marco de su trabajo, goce de cobertura contra los riesgos relacionados con la salud y la vejez.

67.Los derechos de los cónyuges supérstites también se rigen por el Reglamento Interno núm. 1 relativo al régimen general de pensiones del Instituto de Previsión de Prestaciones de Jubilación. Cuando un afiliado en activo o jubilado fallece, su cónyuge viudo o viuda superviviente tiene derecho a una prestación cuya cuantía equivale al 50 % de la que el afiliado fallecido percibía o hubiera percibido sobre la base de los años validados o validables en la fecha del fallecimiento y sin tener en cuenta los coeficientes de anticipación que pudieran o debieran haberse aplicado.

68.La prestación se abonará al cónyuge supérstite si el matrimonio se hubiera contraído al menos dos años antes del fallecimiento del afiliado. En caso de nuevo matrimonio, el derecho a la prestación se extingue el primer día del trimestre siguiente. La aplicación de las disposiciones del Reglamento artículo está sujeta a las siguientes condiciones:

Cada miembro participante debe declarar su matrimonio al Instituto de Previsión de Prestaciones de Jubilación y presentar un documento legal o reglamentario que de fe del estado civil. En caso de que esas formalidades no se hayan cumplido antes del fallecimiento del afiliado, el cónyuge supérstite conservará, no obstante, el derecho a presentar el documento legal o reglamentario que certifique su matrimonio, siempre que dicho documento se haya redactado de conformidad con las disposiciones de la Ley núm. 72-61, de 12 de junio de 1972, relativa al Código de la Familia.

Toda persona que perciba una prestación deberá presentar cada año un certificado de la autoridad administrativa del lugar en el que esté domiciliada, en el que se certifique que no ha contraído un nuevo matrimonio.

69.Las viudas tienen derecho a una prestación de reversión a partir de los 50 años de edad, que puede anticiparse a los 45 años en las condiciones establecidas por la ley.

70.El pago de la prestación es inmediato, a la muerte del marido, si la viuda tiene a su cargo al menos dos hijos menores de 18 años, o de 21 si están cursando estudios secundarios o superiores sin una beca. El pago de la prestación se suspende desde el momento en que los hijos dejan de estar a cargo de la perceptora o fallecen y se reanuda al cumplir 50 años. En caso de que hubiera varias esposas, el importe total de la prestación se prorrateará entre quienes tengan derecho a recibirla en el momento del fallecimiento.

71.Los viudos tienen derecho a la prestación de reversión a partir de la edad normal de jubilación aplicable a los partícipes, sin opción a anticiparla.

72.El pago de la prestación es inmediato, tan pronto como fallece la esposa, si el viudo está discapacitado y no puede trabajar.

73.El pago anticipado de la prestación de viudedad se suprimiría en caso de que desapareciese la discapacidad. El Instituto está facultado para determinar, en cada caso concreto, los mecanismos de control de la situación de discapacidad. En caso de que el viudo haya perdido dos o más esposas participantes, solo se reconocerá la prestación que dé lugar a una mayor cuantía.

4.4Asistencia y organización del sector informal

74.El Gobierno ha puesto en marcha varios programas para registrar las Unidades de Producción Informal. A las empresas y asociaciones inscritas en el Centro Nacional de Identificación se les asigna el Número de Identificación Nacional de Empresas y Asociaciones. Ese número es único y constituye una etapa crucial en el proceso de reconocimiento de las Unidades de Producción Informal. El 30 % de ellas cuenta con un registro comercial y el 10,7 % con números asignados por la Cámara de Oficios. Por lo que se refiere a la inscripción en la Caja de la Seguridad Social o en el Instituto de Previsión de Prestaciones de Jubilación, esa situación se explica en parte por el coste que suponen los procedimientos administrativos y por el hecho de que más de un tercio de las Unidades de Producción Informal desconocen su obligación de inscribirse en los registros y la regulación de los procedimientos de inscripción.

75.Una encuesta nacional sobre el sector informal en el Senegal realizada en 2013 por la Dirección de Estadísticas Económicas de la Contabilidad Nacional del Organismo Nacional de Estadística y Demografía muestra que en el sector informal, casi 2 de cada 3 trabajadores, es decir, el 64,1 %, tienen como máximo un nivel de enseñanza primaria, y el 26 % no han completado ningún nivel de enseñanza. El resto de la población se divide entre los que han alcanzado un nivel de enseñanza secundaria (14,9 %), el personal de la escuela coránica (11,6 %) y los trabajadores alfabetizados (1,0 %) en una lengua nacional.

76.Para llevar un registro y apoyar mejor el sector no estructurado, se ha creado en el Ministerio de Comercio una Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa encargada de aplicar la política estatal del Senegal sobre el desarrollo de las pequeñas y medianas empresas, elaborar una estrategia de promoción y supervisión de esas empresas y contribuir a mejorar su entorno de negocio mediante el establecimiento de un marco normativo, fiscal y financiero propicio para su creación y desarrollo.

77.Como resultado de esas medidas, en 2003 había 85.000 pequeñas y medianas empresas registradas con su Número de Identificación, más de 205.000 en 2006, y 258.159 en 2010.

78.La Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa cuenta con una alianza para la ejecución de sus actividades de promoción y desarrollo de las Unidades Producción Informal. Entre esas actividades cabe citar:

El Programa de Apoyo a la Competitividad y el Crecimiento de las Pequeñas y Medianas Empresas y al Desempeño del Sector de la Microfinanciación.

Un instrumento financiero para la cooperación entre los Gobiernos de Italia y el Senegal denominado Plataforma de Apoyo al Sector Privado y al Desarrollo de la Diáspora Senegalesa en Italia.

79.La Dirección de la Pequeña y Mediana Empresa colabora con la OIT, la Dirección General de Propiedades y Tributos y el Organismo Nacional de Estadística y Demografía. También colabora con:

El Comité Directivo Nacional del Programa de Calidad de la Unión Económica y Monetaria de África Occidental.

El Programa de Educación Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas.

El Comité de Seguimiento de las Recomendaciones de la Segunda Consulta Nacional sobre el Crédito.

El Programa de Acuerdos de Asociación Económica para el Desarrollo.

80.Además, mediante la aplicación de un acuerdo entre la Caja de Seguridad Social y los artesanos, a través de la Cámara de Oficios, se ha conseguido extender la protección social al sector no estructurado.

5.Derechos de la familia (art. 10)

5.1Derecho a contraer matrimonio y a la libre elección de cónyuge

81.Según se dispone en el párrafo 1 del artículo 16 de la Constitución: “el matrimonio y la familia constituyen el fundamento natural y moral de la comunidad humana. Ambos reciben la protección del Estado”. Obligar a una menor de edad a contraer un matrimonio forzado constituye una violación de la libertad individual. Ese acto está prohibido y castigado en las condiciones establecidas por la ley de conformidad con el artículo 17 de la Constitución.

5.2Protección social de la familia (niños, personas con discapacidad, personas mayores, etc.)

5.2.1Protección social de la infancia.

82.El Senegal ha establecido servicios sociales de apoyo mediante la construcción de guarderías para que las mujeres puedan conciliar sus responsabilidades profesionales con sus obligaciones familiares.

83.A ese respecto, el Senegal aprobó el Decreto núm. 2010-547, de 30 de abril de 2010, en virtud del cual se creó el Organismo Nacional de la Primera Infancia. El objetivo del Organismo es planificar, construir, equipar, rehabilitar y garantizar el funcionamiento, supervisión y evaluación de todas las estructuras públicas y comunitarias de atención a la primera infancia.

5.2.2Protección de los derechos de las personas con discapacidad

84.En el Senegal, los derechos de las personas con discapacidad se aplican principalmente a través del Programa Nacional de Rehabilitación Basada en la Comunidad y la cobertura universal de los riesgos de enfermedad. La evaluación interna realizada en 2017 arrojó los siguientes resultados para el período 2012-2016.

Resultados del Programa Nacional de Rehabilitación Basada en la Comunidad:

Se pusieron en marcha 12.911 proyectos socioeconómicos individuales y colectivos por un valor de 1.600 millones de francos CFA.

Se costearon los tratamientos médicos de 72 personas con discapacidad por un valor de 69.082.000 francos CFA.

Se entregaron ayudas técnicas a 3.488 personas con discapacidad por un valor de 233.884.960 francos CFA.

Se prestó asistencia para la formación profesional de 452 jóvenes con discapacidad por un valor de 143.786.000 francos CFA.

Se concedió asistencia de emergencia a 3.407 personas con discapacidad por un valor de 108.492.000 francos CFA.

Al 30 de diciembre de 2017, se habían expedido 50.006 tarjetas de igualdad de oportunidades.

85.Resultados del programa de cobertura universal de los riesgos de enfermedad para el período 2013-2017:

El 75 % de la población accedió a servicios de salud de calidad por medio de la cobertura de los riesgos de enfermedad.

La cobertura registró una evolución positiva, estimada en aproximadamente el 46 %.

86.Resultados del seguro de enfermedad comunitario:

Establecimiento de 671 mutuas de salud en los 552 municipios del Senegal.

Afiliación de 2.260.000 personas a las mutuas de salud, incluidos los miembros de familias beneficiarias del Programa Nacional de Subsidio de Seguridad Familiar.

87.Resultados de la asistencia médica:

Desde el comienzo de la iniciativa (octubre de 2013), 4.229.178 niños menores de 5 años recibieron atención médica gratuita en los centros de salud públicos.

Desde 2014 se han practicado 38.785 cesáreas de forma gratuita.

Hasta diciembre de 2016, habían recibido tratamiento de diálisis en forma gratuita 571 pacientes con insuficiencia renal crónica.

88.En noviembre y diciembre de 2016, el Estado aprobó un instrumento nacional de cuantificación de la discapacidad para mejorar la producción de datos estadísticos y un Plan de Acción Nacional sobre la Discapacidad (2017-2021) con un presupuesto previsto de 47.300 millones de francos CFA. La primera revisión anual tuvo lugar los días 5 y 6 de diciembre de 2017.

89.El Ministerio de Educación Nacional cuenta con cuatro instituciones especializadas en la enseñanza de niños con discapacidad:

El Instituto Nacional de Educación y Formación de Jóvenes Ciegos de Thiès.

El Centro de Logopedia de Dakar para Niños Sordomudos.

El Centro Talibou DABO de Dakar para Niños con Discapacidad Motora.

El CEFDI de Dakar para Niños con Discapacidad Intelectual.

90.Con el fin de mejorar el acceso a la salud de los indigentes y los grupos vulnerables, el Gobierno ha emprendido una serie de proyectos y programas como el de las tarjetas de igualdad de oportunidades, el programa de cobertura universal de los riesgos de enfermedad y el Proyecto de Protección Social en Salud y Nutrición.

91.La nueva iniciativa del Gobierno titulada “CMU-ELEVE” (Cobertura Sanitaria Universal de los Alumnos), que se extenderá a los niños talibés, tiene por objeto mejorar el acceso de los niños a los servicios sociales básicos, en particular el cuidado de la salud.

92.En el marco de la aplicación de la Ley de orientación social, los niños con discapacidad disponen de los siguientes mecanismos para ejercer sus derechos:

Centros de acogida para niños con discapacidad:

Escuelas especiales.

Escuelas inclusivas.

Centros de atención diurna.

Centros de atención medicosocial:

Keur Xaleyi.

Centro de Psiquiatría Pediátrica de Thiaroye.

Acceso a la escolarización: asignación de becas y suministro de material escolar a todos los niños con discapacidad matriculados en una escuela de su barrio o en una escuela especial.

Acceso a actividades recreativas: en cooperación con el movimiento Special Olympics.

93.Esos niños, titulares de la tarjeta de igualdad de oportunidades, están inscritos en mutuas de salud y el Estado paga sus cotizaciones. Si son menores de 5 años, reciben servicios gratuitos y sus familias se benefician del Programa Nacional de Subsidio de Seguridad Familiar.

94.En la ejecución del Programa de Mejoramiento de la Equidad y la Transparencia, el Gobierno ha integrado la perspectiva de la discapacidad en el diseño de las infraestructuras destinadas a acoger a los niños en edad escolar.

95.En 2013, se equiparon 5.244 aulas para acoger a los niños con discapacidad. Además, la aplicación de otras medidas permitió:

Formar a educadores especializados, personal auxiliar y paramédicos.

Potenciar la capacidad de los maestros para cuidar de los niños con discapacidad.

Establecer escuelas inclusivas en cada colectividad territorial y promover la colaboración de esas escuelas con los centros especializados.

Apoyar a los establecimientos especializados que acogen a niños con necesidades educativas especiales, en particular por medio de la renovación periódica de las instalaciones y el material didáctico.

5.2.3Promoción y protección de los derechos de las personas de edad

96.En lo que respecta a las personas de edad, su protección está garantizada por la Constitución. En el párrafo 2 del artículo 17 se establece que “el Estado y las autoridades públicas tienen el deber de velar por la salud física y moral de la familia y, en particular, de las personas con discapacidad y de las personas de edad”.

97.En el Decreto núm. 2008-381, de 7 de abril de 2008, en virtud del cual se estableció el “Plan Sésamo”, se reconoce el derecho de las personas mayores de 60 años a recibir servicios médicos gratuitos o a precios reducidos. El sistema también les reconoce el derecho a acceder a los servicios sociales y les permite disfrutar de otros derechos y beneficios. En el artículo 3 de la Orden Ministerial núm. 664, de 8 de febrero de 2007, en virtud de la cual se estableció el Proyecto de Apoyo a la Promoción de los Ancianos, se establece que los objetivos del Proyecto son:

Velar por la promoción socioeconómica de las personas de edad.

Fortalecer la capacidad de gestión de las personas mayores.

Valorar la experiencia y los conocimientos de las personas mayores en la sociedad.

Mejorar el conocimiento sobre el proceso de envejecimiento.

98.El Proyecto de Apoyo a la Promoción de los Ancianos abarca las vertientes de la participación, la protección social, la educación y el derecho a un nivel de vida adecuado.

5.3Protección de la maternidad

99.El Senegal ratificó en 2016 el Convenio núm. 183 de la OIT, sobre la Protección de la Maternidad. La ratificación de ese Convenio refuerza todas las iniciativas ya adoptadas por el país con miras a la emancipación de la mujer y la garantía de la igualdad de trato y proporciona a las mujeres unas condiciones de trabajo decentes, libres de cualquier forma de discriminación.

100.La legislación del Senegal se ha inspirado en dos preocupaciones: proteger a las mujeres embarazadas frente a las condiciones de trabajo difíciles o peligrosas y garantizarles la igualdad de derechos con los hombres.

101.Las mujeres embarazadas tienen derecho a suspender el trabajo durante 14 semanas consecutivas, de las que 8 han de disfrutarse después del parto. Esa suspensión podrá prorrogarse por 3 semanas en caso de enfermedad debidamente comprobada. Ese período de suspensión está totalmente subvencionado. Además, en el Código del Trabajo se establece expresamente que la empleada deberá recibir su salario completo durante la licencia de maternidad. Durante el período de suspensión del trabajo, el empleador no podrá despedir a una mujer embarazada, que podrá disfrutar todos los días laborables de una pausa de lactancia de una hora como máximo durante un período de 15 meses a partir del nacimiento de su hijo.

102.Durante el permiso de maternidad, la Caja de la Seguridad Social paga un subsidio diario a las empleadas o a las aseguradas de manera voluntaria que han dado a luz. Esa prestación se paga bien por períodos de 30 días, bien al final de las 6 semanas anteriores al parto, bien al final de las 8 semanas posteriores al parto o bien al final de la licencia adicional de 3 semanas.

103.Según el informe del Organismo Nacional de Estadística y Demografía sobre la situación económica y social en Senegal publicado en enero de 2018, el 11,9 % de las mujeres asalariadas se han beneficiado de la licencia de maternidad. Las mayores proporciones de beneficiarias se han observado en las regiones de Dakar (16,1 %), Kaffrine (15,5 %), Tambacounda (13,7 %) y Fatick (13,6 %). Diourbel muestra la proporción más baja con un 3,4 %.

104.Por lo que respecta a la licencia parental o de paternidad para hombres, la ley no contiene disposición alguna.

5.4Lucha contra el trabajo infantil

105.El artículo L.145 del Código del Trabajo reza: “Los niños no podrán trabajar en ninguna empresa, ni siquiera como aprendices, antes de los 15 años, a menos que, teniendo en cuenta las circunstancias locales y las tareas que se les puedan exigir, se conceda una exención por orden del Ministro de Trabajo”. En una orden del Ministerio de Trabajo se publica una lista de trabajos peligrosos prohibidos para los niños y los jóvenes. También hay una lista en la que se establecen los tipos de empresas y trabajos prohibidos a los niños y jóvenes, así como la edad hasta la cual se aplica la prohibición.

106.Asimismo, en el párrafo 2 del artículo 94 del Código de la Minería del Senegal se dispone que: “Bajo pena de retirada de la concesión minera, el trabajo infantil está prohibido en todas las actividades reguladas por el presente Código”.

5.5Lucha contra la violencia doméstica (especialmente contra las mujeres y los niños)

107.En virtud de la legislación nacional, la violencia psicológica y económica constituye un delito que queda bajo la competencia de los tribunales penales.

108.En cuanto a la violación conyugal, en el artículo 320 del Código Penal se establece que: “Todo acto de penetración sexual de cualquier tipo cometido contra otra persona mediante violencia, coacción, amenaza o sorpresa se considerará como una violación”. La violación será castigada con una pena de prisión de cinco a diez años. Esa disposición es de carácter general, y abarca tanto la violación marital como cualquier acto de penetración cometido contra otra persona.

109.En cuanto a la violencia psicológica o moral (insultos), se trata de un comportamiento punible con arreglo al párrafo 2 del artículo 262 del Código Penal.

110.Además, el Senegal también ha adoptado un plan de acción nacional sobre la violencia por motivos de género (2017-2021). Ese plan de acción forma parte de la aplicación del programa conjunto titulado “Erradicación de la violencia de género y promoción de los derechos humanos”, y ya lo han puesto en marcha varios asociados técnicos y financieros. Se trata del primer plan de acción nacional multisectorial para la erradicación de la violencia por motivos de género. El marco lógico y operativo del plan de acción se basa en procedimientos normalizados de prevención y atención de las víctimas de la violencia.

111.En ese contexto, se han tomado algunas medidas para apoyar a las víctimas y ayudarlas a readaptarse, en particular:

La prestación de servicios jurídicos gratuitos mediante el establecimiento, equipamiento y apoyo operacional de cinco centros regionales para la protección de los derechos de la mujer: Pikine, Thiès, Kaolack, Kolda y Sédhiou.

El establecimiento de una incubadora para la integración económica de las supervivientes de la violencia de género: 1 alojamiento con capacidad para 450 personas, 1 minipanadería, 1 equipo para fabricar tizas, 5 equipos de reparación de teléfonos móviles y 1 área de horticultura.

La formación técnica de 130 mujeres para que puedan llevar a cabo sus proyectos de avicultura (40), engorde de ovejas (10), panadería-pastelería (20), fabricación de tizas (10), reparación de teléfonos móviles (16), gestión de peluquerías (10) y GERME (20).

112.Con respecto a la jurisprudencia, el Sr. Bara Sow, de Touba, fue condenado a dos años de prisión, incluidos tres meses de cumplimiento efectivo, y una multa de 500.000 francos CFA por un delito de agresión y lesiones a su esposa.

113.En cuanto a la sensibilización sobre la violencia contra la mujer, se han adoptado las siguientes medidas:

Elaboración y aplicación de un plan de comunicación sobre la violencia contra las mujeres y las niñas y de una estrategia de comunicación sobre la discriminación contra la mujer.

Capacitación de diversas categorías de interesados sobre los derechos humanos de las mujeres y las niñas y la violencia por motivos de género: 150 enlaces comunitarios, 240 auxiliares jurídicos, 48 emisoras de radio y televisión comunitarias, 41 comunicadores tradicionales de todas las regiones, 30 predicadores y presentadores de programas religiosos de radio y televisión.

Capacitación de 99 agentes judiciales en la atención a mujeres supervivientes de actos de violencia.

Producción y distribución de 252 revistas semanales de información, educación, comunicación y sensibilización sobre la violencia, la discriminación y diversas cuestiones relacionadas con los derechos de las mujeres y las niñas, de 30 minutos de duración y 36 anuncios de 45 segundos de duración (en el idioma local), en colaboración con el Proyecto de Apoyo a la Estrategia Nacional para la Equidad y la Igualdad.

Colaboración con los medios de comunicación para la producción y difusión de mensajes y contenidos audiovisuales sobre las diferentes temáticas relacionadas con la violencia contra las mujeres y las niñas, a fin de promover cambios en los comportamientos y las percepciones que propicien la lucha contra la discriminación y la violencia contra la mujer.

Establecimiento de una plataforma digital para la gestión de datos sobre la violencia de género.

Producción y difusión de diversos materiales de comunicación sobre la violencia de género.

114.En los programas de fomento de la capacidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley se integran actividades de formación en materia de derechos humanos, formación sobre la violencia por motivos de género y técnicas para escuchar a las víctimas de la violencia.

6.Lucha contra la trata de personas y protección de los derechos de los migrantes y sus familiares

115.El Senegal ha ratificado los siguientes instrumentos:

El Convenio núm. 19 sobre la Igualdad de Trato de los Trabajadores Extranjeros y Nacionales, el 22 de noviembre de 1962.

La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, el 9 de junio de 1999.

El Protocolo de 29 de mayo de 1979 de la CEDEAO relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento, el 24 de mayo de 1980.

El Protocolo adicional de la CEDEAO de 1 de julio de 1986 relativo a la ejecución de la segunda fase (derecho de residencia) del Protocolo relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento, el 11 de febrero de 1987.

El Protocolo adicional de las CEDEAO relativo a la ejecución de la tercera fase (derecho de establecimiento) del Protocolo relativo a la libre circulación de las personas, el derecho de residencia y el derecho de establecimiento, el 11 de septiembre de 1992.

116.También ha ratificado los principales instrumentos relativos a la protección de los refugiados.

117.A nivel nacional, la protección de los derechos económicos y sociales de los migrantes está garantizada por diversas leyes, entre las que cabe citar las siguientes.

Código del Trabajo

En su artículo L.2 se establece que: “Se considerará trabajador en el sentido del presente Código a toda persona, independientemente de su sexo y nacionalidad, que, a cambio de una remuneración, ponga su actividad profesional bajo la dirección y la autoridad de otra persona, física o jurídica, de carácter público o privado”.

En su artículo L.5 se establece que: “en condiciones iguales de trabajo, de cualificación profesional y de rendimiento, el salario debe ser igual para los trabajadores, cualesquiera sean su origen, sexo y edad”.

Ley núm. 73-37, de 31 de julio de 1973, relativa al Código de la Seguridad Social

Ley núm. 75-50, de 3 de abril de 1975, relativa a las instituciones de previsión social.

Ley núm. 91-33, de 26 de junio de 1991, relativa a la transformación de la Caja de la Seguridad Social en una institución de previsión social, en la que se establece que la única restricción para los trabajadores extranjeros se derivará de su adhesión a un código regido por otra legislación.

Código de Inversiones, en virtud del cual se ofrecen a los inversores y a los trabajadores extranjeros las siguientes garantías

Artículo 6: Libertad de transferencia de capital: “Las personas físicas o jurídicas que hayan realizado inversiones tendrán derecho a transferir libremente al Estado en que sean residentes los dividendos y beneficios de cualquier clase procedentes de los capitales invertidos, así como el producto de la liquidación de su empresa”.

Artículo 7: Libertad de transferencia de la remuneración: “Se garantiza a todo miembro del personal de una empresa, incluso si se tratara de un nacional de un tercer país, que pueda demostrar, en caso necesario, que reside legalmente en el Senegal”.

Artículo 9: Igualdad de trato: “Las personas físicas o jurídicas extranjeras podrán ejercer, en el marco de la legislación vigente, todos los derechos de cualquier naturaleza en materia de propiedad, concesión, autorización administrativa y participación en los contratos públicos”.

Código de la Minería

Artículo 12: Expedición de la autorización de prospección: “Toda persona física o jurídica de derecho, tanto si lo es con arreglo a la legislación del Senegal como si no, podrá realizar actividades de prospección en todo o parte del territorio de la República, siempre que obtenga previamente de la Administración de Minas una autorización de prospección en las condiciones establecidas en el correspondiente decreto”.

Artículo 45: Explotación de canteras: “Las sustancias minerales extraídas. independientemente de la situación jurídica del terreno en el que se encuentren, estarán sujetas a las disposiciones del presente Código”. El permiso de explotación de una cantera se considera como un bien mueble. Podrá estar en posesión de cualquier persona física o jurídica de derecho, tanto si lo es con arreglo a la legislación del Senegal como si no.

118.Del análisis de esas disposiciones se desprende que en la legislación nacional no se hace distinción entre trabajadores nacionales y extranjeros en lo que respecta al ejercicio de los derechos económicos y sociales.

119.Habida cuenta de la magnitud del fenómeno de la trata de personas, la Unidad Nacional de Lucha contra la Trata de Personas, tras evaluar la Ley núm. 2005-06, de 10 de mayo de 2005, elaboró un proyecto de reforma que ha presentado para su aprobación, en el que se tienen en cuenta la adecuación técnica y la eficacia en la aplicación.

120.Entre 2013 y 2018, el presupuesto se ha incrementado de 20 a 85 millones de francos CFA y se ha incrementado su personal.

121.La Unidad incluye a los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley en sus programas de formación sobre la trata de personas y el tráfico ilícito de migrantes.

122.En 2016 se adoptó un sistema electrónico de reunión de datos denominado “SYSTRAITE” y se impartió formación a los funcionarios judiciales para que se familiarizaran con su funcionamiento.

123.A título ilustrativo, se han recopilado las siguientes estadísticas.

Tribunal Superior de Saint-Louis

124.Durante el período 2009-2016 se identificaron seis casos.

125.Se está llevando a cabo una nueva investigación sobre la trata de personas. Se trata de la causa: El ministerio público contra Amadou Dila Diallo por agresión y lesiones que causaron la muerte de un niño menor de 15 años, juzgada con arreglo a lo previsto en los artículos 298 y 299 del Código Penal.

126.Se pronunciaron tres sentencias condenatorias. Se trata de las siguientes causas:

1)El ministerio público contra Thioumo Kande, acusado de explotar a otra persona mediante la mendicidad, violencia y agresión, juzgado con arreglo a lo previsto en el artículo 3 de la Ley núm. 2005-06, de 10 de mayo de 2005, y el artículo 298 del Código Penal. La sentencia se pronunció el 7 de abril de 2011, y se impuso una pena de 15 días de arresto y una multa de 100.000 francos CFA;

2)El ministerio público contra Mouhamed Wilane, acusado de agresión y lesiones a un niño menor de 15 años. El Tribunal Superior de Saint-Louis pronunció una condena inicial de diez días de arresto por agresión y lesiones y posteriormente condenó a Wilane a tres meses de prisión, con reserva de los intereses de la víctima como parte civil;

3)El ministerio público contra Alpha Amadou Diallo, acusado de violencia y agresión a un menor de 15 años e incitación a la mendicidad. El Tribunal Superior absolvió al acusado del cargo de incitación a la mendicidad y lo condenó por violencia y agresión y comunicó su inhibición a la parte civil.

Tribunal Superior Especial de Dakar

127.En respuesta a la carta núm. 072/PG, de 26 de enero de 2016, del Fiscal General del Tribunal de Apelación de Dakar, la Fiscalía del Tribunal Superior de Dakar proporcionó información sobre la situación de los casos de trata pendientes ante las oficinas de investigación durante el período 2014-2015. A modo de ejemplo, cabe mencionar las siguientes causas:

1)El ministerio público contra Boubacar Kassé Sane, objeto del auto núm. 350 de la comisaría de Dieuppeul, de 9 de junio de 2014, y de la acusación preliminar presentada el 10 de julio de 2014; instrucción en curso ante la 8ª oficina;

2)El ministerio público contra Boubacar Kassé, objeto del auto núm. 350 de la comisaría de Dieuppeul, de 9 de junio de 2014, y de la acusación preliminar de 10 de julio de 2014;

3)El ministerio público contra Mouhamed Abderrahmane Adda, Alioune Badara Gaye y Fatou Ndiaye, objeto del auto núm. 232 de la Sección de Investigación de la gendarmería, de 20 de abril de 2015, y de la acusación preliminar de 24 de abril de 2015;

4)El ministerio público contra David Omayeni Ogisi y otros 27, objeto del auto núm. 019 de la comisaría especial del puerto, de 13 de febrero de 2015, y de la acusación preliminar de 18 de febrero de 2015; instrucción en curso ante la 2ª oficina.

128.El proceso de planificación estratégica de la Unidad Nacional de Lucha contra la Trata de Personas proporciona un marco adecuado para la lucha contra la trata de personas en el Senegal. Está estructurado según dos procesos complementarios: a) la revisión del plan trienal 2012-2014; y b) el plan de acción nacional 2015-2017. El plan de acción 2018‑2020 contra la trata de personas ya se está aplicando.

7.Lucha contra la pobreza

129.Según el informe del Organismo Nacional de Estadística y Demografía sobre la segunda encuesta de seguimiento de la pobreza en el Senegal, publicada en 2013, la línea o umbral de pobreza es un valor por debajo del cual se considera que un hogar es pobre. Los umbrales de pobreza se determinan teniendo en cuenta si se trata de zonas urbanas o rurales.

130.Cuadro 1: Anexo I.

7.1Derecho a una alimentación adecuada

131.La actual política comercial del Senegal se centra en lograr la autosuficiencia alimentaria y en una política de oferta que contribuya a la estabilización de los precios. El abastecimiento suficiente y regular de los mercados está garantizado.

132.La seguridad alimentaria se garantiza mediante laboratorios especializados de análisis y control de los alimentos (laboratorio nacional de análisis y control del Ministerio de Comercio, laboratorio del Instituto de Tecnología Alimentaria, laboratorio de la Escuela Politécnica Superior, laboratorio del Instituto Pasteur, laboratorio de la Escuela Interestatal de Medicina Veterinaria, etc.).

133.Las medidas adoptadas para divulgar los principios nutricionales, especialmente las dietas saludables, son las siguientes:

La Unidad de Lucha contra la Malnutrición, dependiente de la Oficina del Primer Ministro, y el Comité de Enriquecimiento de los Alimentos en Micronutrientes se encargan de aplicar la política nacional de nutrición y de luchar contra las carencias de micronutrientes.

Es obligatorio incluir la información nutricional en las etiquetas de los productos alimenticios y, en caso necesario, se llevan a cabo campañas de sensibilización en colaboración con las asociaciones de consumidores.

134.En cuanto a la igualdad en el disfrute de los recursos naturales y el acceso al crédito, en la Ley constitucional núm. 2016-10, de 5 de abril de 2016, en virtud de la cual se revisó la Constitución de 2001, se introdujeron innovaciones relativas al reconocimiento de nuevos derechos de los ciudadanos: el derecho a un medio ambiente sano, a los recursos naturales y a la tierra.

135.Según el artículo 25-1 de la nueva Constitución: “Los recursos naturales pertenecen al pueblo. Se utilizarán para mejorar sus condiciones de vida. La explotación y la ordenación de los recursos naturales deben llevarse a cabo de una manera transparente con el propósito de generar crecimiento económico, promover el bienestar de la población en general y ser ambientalmente sostenibles. El Estado y las autoridades territoriales tienen la obligación de garantizar la preservación del territorio”.

136.En cuanto a la igualdad y el acceso a la tierra, en el artículo 14 de la Constitución se establece expresamente que: “Hombres y mujeres tienen el mismo derecho a acceder a la posesión y propiedad de la tierra. La ley determinará en qué condiciones”.

137.La Ley núm. 2004-16, de 4 de junio de 2004, relativa a la Ley de Orientación Agrícola, Silvícola y Ganadera, constituye el marco de referencia para el desarrollo del sector agropecuario en el Senegal. En el artículo 54 de dicha Ley se establece que: “El Estado garantizará la igualdad de derechos entre mujeres y hombres en las zonas rurales, en particular en las explotaciones agrícolas. Además, se otorgarán a las mujeres facilidades para el acceso a la tierra y al crédito”.

138.Mediante el Decreto núm. 2012-1419, de 6 de diciembre de 2012, se creó una Comisión Nacional de Reforma Agraria encargada de analizar las leyes y los reglamentos vigentes y detectar las limitaciones institucionales que dificultaban una gestión óptima de la tierra. El Estado se ha comprometido a mejorar la gestión de la tierra para satisfacer las necesidades de desarrollo y cohesión social. La reforma agraria se basa en los principios de participación, descentralización, fomento de la agricultura familiar y comercial y respeto de los derechos humanos, de las mujeres y de las minorías.

139.Además, se han adoptado políticas crediticias y de subvenciones favorables a través de las instituciones bancarias nacionales, como el Banco Nacional de Desarrollo Económico y la Caja Nacional de Crédito Agrícola del Senegal. El Consejo Nacional de Seguridad Alimentaria ha adoptado las Directrices Voluntarias en Apoyo de la Realización Progresiva del Derecho a una Alimentación Adecuada en el Contexto de la Seguridad Alimentaria Nacional.

7.2El derecho al agua

140.El Ministerio para el Abastecimiento de Agua y el Saneamiento ha redactado una Carta de Política de Desarrollo Sectorial para el período 2016-2025.

141.Esa Carta se basa en el marco programático del Documento de Planificación Multianual de los Gastos. En ella se describe la visión del sector, que consiste en proporcionar a la población agua abundante y de calidad, en todas partes y para todos los usos. Entre sus objetivos cabe citar la promoción, de manera sostenible y equitativa, de la Gestión Integrada de los Recursos Hídricos, el acceso universal al agua potable y a unos servicios de saneamiento adecuados. Los recursos se movilizan a nivel nacional y a través de la cooperación internacional.

142.Los principales programas diseñados con este fin son los de Buena Gobernanza, Gestión Integrada de los Recursos Hídricos y Saneamiento y Gestión de las Aguas Pluviales, tanto a nivel rural como urbano.

7.2.1A nivel rural

143.El Programa Urgente de Desarrollo Comunitario, en colaboración con la oficina del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) en el Senegal, ha fortalecido la infraestructura comunitaria en cuanto a las instalaciones de producción de agua potable. En el marco del Programa se han construido y rehabilitado más de 200 pozos en las zonas aisladas y áridas del país para garantizar el suministro de agua para la población y el ganado y aliviar así la situación de las poblaciones rurales. El Gobierno participa en la movilización de la acción mundial para acelerar la aplicación efectiva del sexto objetivo de la Agenda 2030 para el Desarrollo Sostenible.

144.Además, la reforma en curso del sector hídrico en las zonas rurales se refleja en la creación de una oficina dedicada a la perforación de pozos en el medio rural y en la transición de una gestión de carácter comunitario a una de carácter profesional, con el establecimiento de delegaciones de servicio público.

7.2.2A nivel urbano

145.Se ha puesto en marcha una segunda reforma del abastecimiento de agua en las zonas urbanas. Su objetivo principal es mejorar el desempeño del subsector del abastecimiento de agua en las zonas urbanas mediante la mejora del acceso al agua potable para las poblaciones más pobres, gracias a las inversiones movilizadas por el Estado con el apoyo de los asociados técnicos y financieros. En nombre de las autoridades públicas, la Sociedad Nacional de Aguas del Senegal ha realizado obras en los centros urbanos y periurbanos, de lo que da testimonio el logro de los Objetivos de Desarrollo del Milenio. El Senegal también se ha comprometido a alcanzar los Objetivos de Desarrollo Sostenible antes de 2030 y a hacer frente a los principales desafíos para alcanzarlos: la movilización de grandes inversiones a corto y medio plazo que deberían representar un volumen tres veces mayor que en el período anterior; la disponibilidad de agua las 24 horas del día, la mejora de la calidad del agua distribuida, la modernización de la gestión técnica y comercial, la mejora de la gestión del patrimonio hidrológico y una mayor exigencia en el cumplimiento de los requisitos de la gestión medioambiental.

146.En las zonas urbanas, la tasa de acceso global es del 98,5 %, frente a un objetivo del 99 %. Esos resultados se han obtenido gracias a la reanudación de proyectos de conexiones sociales en los que la tasa de acceso por conexión se sitúa en torno al 89 %. En 2016 se realizaron 35.000 conexiones sociales, además de ejecutarse un programa de emergencia de perforación de pozos en Dakar.

147.En el ámbito del abastecimiento de agua en las zonas rurales, en 2016 se registraron resultados alentadores, con la construcción de 66 nuevos sistemas de abastecimiento de agua potable y la modernización de 7 sistemas existentes.

148.En 2016, la tasa de acceso global en las zonas rurales fue del 89,5 %, en comparación con el 87,2 % en 2015, lo que representa un aumento de algo más de 2 puntos porcentuales con respecto al año anterior. Según ese documento, la tasa de acceso al abastecimiento de agua potable también se estima en un 79 %.

149.El sector rural fue objeto de una primera reforma que dio lugar a la creación de la asociación de usuarios de pozos, a la que el Estado encomendó la gestión de los puntos de abastecimiento de agua (pozos), cuyo número era de 1.500 en todo el país, además de más de una veintena de unidades de tratamiento de agua potable para el aprovechamiento de las aguas superficiales, principalmente las del río Senegal. El metro cúbico producido se vendió a precios diferentes. En 2015, el Senegal introdujo delegaciones de servicios públicos de agua potable en las zonas rurales con el objetivo de producir agua de calidad a precios asequibles.

150.Algunos pozos en la parte central y occidental del país producen agua de mediocre calidad debido a la presencia de elementos químicos naturales (fluoruros, cloruros) o introducidos por acción del hombre (nitratos).

151.Se estima que, en las zonas rurales, la población expuesta al consumo de agua que no cumple las normas de potabilidad es de más de 500.000 personas. Por esa razón, el Ministerio para el Abastecimiento de Agua y el Saneamiento, con el apoyo de los asociados técnicos y financieros, ha puesto en marcha una estrategia global y proyectos para mejorar la calidad del agua en las zonas rurales con el fin de:

Fomentar la sensibilización de las poblaciones rurales y urbanas.

Dotar de sistemas de potabilización a los pozos afectados por la mala calidad del agua en la zona central.

Transferir agua de zonas con recursos de calidad a las zonas menos favorables. Ese es el caso de los pequeños sistemas de transferencia de agua desde Notto Ndiosomone y Palmarin hacia las regiones central y meridional del país.

Establecer, con el apoyo de la cooperación coreana, unidades de tratamiento de agua potable para tratar las aguas superficiales contaminadas y fomentar la instalación de pequeñas unidades de tratamiento de agua potable en algunos pozos en las regiones central y septentrional del país, en las regiones de Saint Louis, Diourbel y Louga.

Construir en Dakar una unidad de desalinización de agua de mar con una capacidad de 50.000 m3 por día.

Cerrar los pozos con alto contenido de nitratos en las zonas de Thiaroye y Dakar.

Utilizar tecnologías de membranas de baja presión (nanofiltración) para tratar tanto las aguas fluoradas como las aguas salobres en la región de Thiès (Thiadiaye, Yoff).

7.3Derecho a la vivienda

152.Desde que se formuló la Estrategia de Reducción de la Pobreza en 2013 hasta que se establecieron los Objetivos de Desarrollo Sostenible, el Gobierno ha venido apoyando sistemáticamente a las personas que viven en viviendas precarias, como lo demuestra el indicador 11 de los Objetivos. Se hace un seguimiento de la parte de la población urbana que vive en barrios marginales, asentamientos informales o viviendas inadecuadas.

153.Cuadro 2: Anexo II.

154.Ante la oferta insuficiente de viviendas y el alto costo de los terrenos urbanizados y equipados, muchas familias recurren a la vivienda de carácter informal. La aparición de barrios marginales en todas las ciudades se debe al éxodo rural, a la absorción de aldeas periféricas tradicionales, a la demanda insatisfecha de los grupos vulnerables, al alto precio de los alquileres, la especulación, etc. La magnitud del fenómeno (cuadro 2) guarda relación con una planificación urbana inadecuada, la falta de urbanización previa de los terrenos y el escaso control del uso de la tierra.

155.Cuadro 3: Anexo III.

156.En cuanto a las medidas adoptadas para garantizar el acceso a una vivienda adecuada y asequible, con seguridad jurídica de la tenencia para todos, sin distinción de ingresos ni de otros recursos económicos, la producción media anual de viviendas en 2013 fue de apenas 5.000 unidades, de las cuales 4.000 correspondían al sector informal y 1.000 al sector estructurado a través de proyectos de promotores inmobiliarios y cooperativas de viviendas.

157.En comparación con los años 2016 y 2017, se ha observado un ligero aumento de la construcción de viviendas de casi el 5 %, que es el resultado de la actuación los promotores inmobiliarios públicos y privados y de las cooperativas de viviendas.

158.No obstante, a pesar de que la construcción de viviendas se ha incrementado, los resultados obtenidos siguen estando por debajo del objetivo de producir 15.000 unidades al año.

159.Consciente de las dificultades, el Gobierno ha introducido numerosos cambios en el sector de la vivienda social mediante la Ley núm. 2016-31, de 8 de noviembre de 2016, relativa a la Ley de Política de Vivienda Social, con el fin de acelerar la construcción y reducir considerablemente el costo de la vivienda social.

160.Son varias las reformas que se están adoptando o que ya se han puesto en práctica. Cabe mencionar las siguientes:

Los procedimientos de aprobación, acuerdo y redacción de pliegos de condiciones que ahora son obligatorios para la entrega de suelo destinado a proyectos de vivienda con el fin de poner fin a la especulación.

La entrega gratuita de los terrenos destinados a proyectos de viviendas con al menos el 60 % de vivienda social para reducir el coste de ese tipo de viviendas.

La asunción por parte del Estado de los costes de construcción de carreteras y redes diversas externas y primarias, proyectos de promotores inmobiliarios y cooperativas de viviendas autorizadas.

La inscripción al tipo reducido del 1 % en el caso de los beneficiarios de contratos de adquisición de vivienda social.

La exención de impuestos en los créditos a los compradores de vivienda social.

Las desgravaciones fiscales y aduaneras para proyectos de vivienda social, en particular:

Exención del IVA.

Reducción a la mitad del impuesto de sociedades.

Exención de derechos de aduana para los equipos y materiales importados utilizados en las viviendas sociales y que no se produzcan en el Senegal.

Registro a tipo reducido a la mitad en el caso de los contratos de adquisición por los promotores inmobiliarios de suelo destinado a proyectos de vivienda social.

161.En cuanto al impacto de las medidas relativas a las viviendas sociales, la situación de déficit se ha transformado en una oportunidad económica con el desarrollo acelerado de la vivienda social, que es una fuerza motriz para el desarrollo económico gracias, por una parte, al fuerte potencial de creación de empleo directo e indirecto en la construcción de viviendas y, por otra, a la aparición de un ecosistema manufacturero para el mercado regional de componentes para la construcción.

162.El Plan Senegal Emergente, los Objetivos de Desarrollo Sostenible, la COP 21, el Foro Ministerial Africano sobre Vivienda y Desarrollo Urbano, la Nueva Agenda Urbana y la Ley de Política de Vivienda Social proporcionan directrices sólidas para lograr el éxito.

163.Generalmente, las viviendas sociales las construyen los promotores inmobiliarios que las comercializan y las cooperativas de vivienda que las destinan a sus miembros.

164.El Estado construye viviendas para las víctimas de las inundaciones a través del Proyecto de Control de Inundaciones y Barrios Marginales.

165.Se está revisando el Código de la Construcción con el fin de fortalecer los derechos de las personas con movilidad reducida y complementar la Ley de Orientación Social núm. 2010-15, de 6 de julio de 2010, sobre la promoción y protección de los derechos de las personas con discapacidad. En ese Código se establece que “el Estado, las autoridades administrativas locales y los organismos públicos y privados abiertos al público adaptarán, dentro de sus respectivos ámbitos de competencia y con arreglo a las normas internacionales de accesibilidad, los edificios, carreteras, aceras, zonas al aire libre, medios de transporte y servicios de comunicación, de modo tal que las personas con discapacidad tengan acceso a ellos, se desplacen por ellos, utilicen sus servicios y aprovechen sus beneficios”.

166.Las autoridades competentes no expiden ningún permiso para construir, renovar o rehabilitar un edificio que acoja al público si los planes no cumplen las normas establecidas en el Código de la Construcción. En el artículo 9 de la Ley núm. 2016-31, de 8 de noviembre de 2016, relativa a la Política de Vivienda Social, se aborda la cuestión de la accesibilidad de los proyectos de vivienda social para las personas con movilidad reducida.

8.Derecho a la salud (art. 12)

167.La política de salud se define en el Plan Nacional de Desarrollo Sanitario 2009/18, cuya aplicación persigue los objetivos nacionales establecidos en el Plan Senegal Emergente y las normas internacionales en el ámbito de la salud y la acción social. La política del Gobierno es garantizar que todas las personas, hogares y comunidades disfruten del acceso universal a unos servicios de salud de calidad, promocionales, preventivos y curativos, sin ninguna forma de exclusión. En esa línea, el Gobierno ha tomado medidas importantes para facilitar el acceso a la salud para todos con una exención parcial o total del coste.

8.1Acceso universal a los servicios y centros sanitarios

168.El Senegal, en el marco de la cobertura universal de los riesgos de enfermedad valora el acceso universal a los servicios de salud y la promoción del derecho a la salud de las mujeres y los niños. Las principales medidas se centran en la ampliación del seguro médico de base por medio de las mutuas de salud y en el fortalecimiento de las iniciativas conducentes a la gratuidad de la atención sanitaria.

169.Las iniciativas orientadas a la gratuidad de la atención de la salud de los niños menores de 5 años y de los partos por cesárea en los centros de salud pública, contribuyen a mejorar la salud de esos grupos específicos y a reducir los gastos médicos de los hogares. La gratuidad de los partos por cesárea está garantizada en todas las regiones del Senegal.

170.Desde que en enero de 2014 se pusiera en marcha la iniciativa de asistencia sanitaria, 567.923 personas de más de 60 años han recibido asistencia en el marco del Plan Sésamo y 556 pacientes con insuficiencia renal crónica han recibido sesiones de diálisis gratuitas.

8.2Salud maternoinfantil

171.La salud de las madres y los niños es una de las principales preocupaciones del Senegal, que participa en los esfuerzos desplegados por la comunidad internacional. La planificación familiar contribuye a controlar el crecimiento de la población mediante el control de la fecundidad. El nivel de utilización de anticonceptivos se considera a menudo como un indicador de referencia para la supervisión y evaluación de los programas de planificación familiar.

172.Los resultados de la evaluación de los programas de planificación de la familia correspondientes a 2015 muestran que alrededor del 23 % de las mujeres que viven en pareja utilizan actualmente un método anticonceptivo. El 21 % utiliza un método moderno y el 2 % un método tradicional. Los principales métodos utilizados son los inyectables (8 %), la píldora (5 %) y los implantes (5 %).

173.En el contexto de la salud reproductiva, especialmente con la prevención de la transmisión maternoinfantil del VIH, el porcentaje de mujeres infectadas sometidas a un tratamiento con antirretrovirales aumentó del 52,0 % en 2014 al 58,0 % en 2015 (el denominador utilizado es la proyección prevista del espectro de mujeres seropositivas). Ese ligero aumento se debe, entre otras cosas, a una tímida ampliación de la política de delegación de tareas adoptada desde 2013 en el Senegal. Por otro lado, con respecto al porcentaje de mujeres embarazadas que dieron positivo en las pruebas de detección del VIH, la tasa de rendimiento es del 67,0 %.

174.En cuanto a la profilaxis de los niños nacidos de madres seropositivas, el programa registró un ligero descenso debido a la interrupción de las combinaciones de dosis fijas en 2015. Solo el 30 % de los niños enrolados en el programa de prevención de la transmisión maternoinfantil recibieron profilaxis antirretroviral, en comparación con el 31,5 % en 2014.

175.El diagnóstico precoz de los niños nacidos de madres seropositivas mediante el método de toma de muestras en papel secante comenzó en Senegal a finales de 2011 y se generalizó en 2013. Sin embargo, la inexistencia de un circuito formal para el traslado de las muestras de sangre seca y de los resultados ha afectado al funcionamiento del sistema. El porcentaje de niños que se beneficiaron de la toma de muestras en papel secante aumentó del 18,5 % en 2014 al 21,0 % en 2015.

176.En 2015, el tratamiento de las personas infectadas con el VIH (adultos y niños) seguía siendo eficaz en casi todos los hospitales y centros de salud públicos, con una cobertura del 83 % de los hospitales y el 90 % de los centros de salud para adultos y el 80 % y el 85 % para los niños, respectivamente. En términos de tratamiento, 18.375 personas infectadas recibieron regularmente antirretrovirales en 2015, lo que representa una cobertura del 50,6 %, en comparación con el 90 % previsto. Esa diferencia está relacionada concretamente con una alta tasa de pacientes a los que no se ha podido hacer un seguimiento.

177.La diferencia es más pronunciada en lo que se refiere a la medición de la carga viral entre las personas infectadas con el VIH en tratamiento. Solo a 5.578 personas infectadas con el VIH se les practicó una medición de la carga viral y 4.425 de ellas habían llegado a la eliminación (CV < 1.000 copias/ml), lo que representa una tasa de eliminación del 79,3 %. El número de mediciones practicadas representa solo el 10 % de los casos, frente a un objetivo del 90 %.

178.Ese resultado no refleja la calidad del tratamiento antirretroviral, especialmente porque solo al 30 % de las personas infectadas con el VIH sometidas a una terapia antirretroviral a las que se hace un seguimiento periódico se les ha practicado una medición de la carga viral.

179.En los demás sectores, la atención se presta en 6 de los 15 centros médicos públicos y en 6 de las 266 estructuras privadas. Además, con el inicio de la delegación de tareas, la atención a las personas infectadas con el VIH se ha descentralizado a 61 de los 1.211 puntos de salud pública que ofrecen el servicio. El Senegal está cerrando la brecha en cuanto a la mejora en el plano técnico con la adquisición de plataformas para el análisis de la carga viral y el diagnóstico precoz en las regiones meridional (Ziguinchor, Sédhiou y Kolda), oriental (Tambacounda y Kédougou), central (Diourbel, Kaolack y Thiès) y septentrional (Saint Louis). Se han instalado diez dispositivos en las distintas regiones, de los que cinco están ya en funcionamiento, que se suman a los demás dispositivos que ya funcionaban en Dakar. Se impartió formación teórica y práctica a los proveedores de servicios de laboratorio, se elaboró un plan de mantenimiento preventivo y curativo y se definió claramente la cadena de suministro de insumos y reactivos.

8.3Programa de Lucha contra la Tuberculosis

180.En el Senegal, la tuberculosis sigue causando víctimas a pesar de que el Estado ha adoptado importantes medidas para luchar contra la enfermedad. Cada año se registran entre 300 y 500 fallecimientos, y gracias al Programa Nacional de Lucha contra la Tuberculosis se ha salvado de una muerte inminente a 12.000 personas.

181.El objetivo del Programa Nacional de Lucha contra la Tuberculosis es reducir la tasa de incidencia de la enfermedad en un 95 % antes de 2035. Con ese fin, se han introducido mejoras en el plano técnico de la salud, entre las que cabe citar la disponibilidad de nuevas herramientas como Genexpert, un dispositivo que permite la rápida detección de casos multirresistentes y de todas las formas de tuberculosis. El Estado también ha organizado una unidad móvil de radiología que recorre todo el país para realizar campañas masivas. Además de movilizar recursos financieros, humanos y materiales, proporcionar gratuitamente medicamentos antituberculosos y realizar pruebas de diagnóstico básicas, el Ministerio de Salud también ha puesto en marcha 13 dispositivos para la realización de análisis rápidos y gratuitos destinados a detectar casos de multirresistencia. Los servicios del Ministerio de Salud y Bienestar Social y del Programa Nacional de Lucha contra la Tuberculosis han adoptado la estrategia “Poner fin a la tuberculosis” o “Alto a la tuberculosis” o “Cero casos de tuberculosis”.

8.4Prevención del uso indebido de alcohol, tabaco y drogas ilícitas

182.Además de la creación del Comité Nacional de Lucha Antitabáquica, en la lucha contra el consumo de tabaco y drogas ilícitas por los menores se han adoptado las siguientes medidas jurídicas y políticas:

Ley núm. 97-18, de 1 de diciembre de 1997, relativa al Código de Drogas.

Ley núm. 2014-14, de 28 de marzo de 2014, relativa a la fabricación, el envasado, el etiquetado, la venta y el consumo de tabaco y el Decreto núm. 2016-1008, de 26 de julio de 2016, sobre su aplicación.

Circular núm. 3097/MINT/DAGAT/DEL, de 21 de mayo de 1997, relativa a la vigilancia del consumo de bebidas en lugares públicos, con referencia a la Ley núm. 94-14, de 4 de enero de 1994, y al Decreto núm. 97-338, de 1 de abril de 1997, en virtud del cual se prohíbe la venta de alcohol a menores.

183.El Centro Hospitalario de la Universidad de Fann dispone de un centro de tratamiento integral de las adicciones que ofrece una atención completa a las personas drogodependientes, dentro del respeto de sus derechos humanos. El Centro de Atención Integrada a las Adicciones de Dakar, a través de la dispensación de metadona, permite a los consumidores de drogas “romper el círculo vicioso en el que estaban confinados como consecuencia de la búsqueda y el consumo de productos ilícitos”.

184.Los objetivos del Centro son:

Garantizar el acceso a la prevención, la atención, el tratamiento y el apoyo a las personas con adicciones a sustancias psicoactivas y, en particular, a los consumidores de drogas inyectables.

Promover la reducción del consumo de drogas.

Mejorar la situación sanitaria y social de los consumidores de drogas inyectables.

Promover el tratamiento de los trastornos somáticos o psiquiátricos entre los consumidores de drogas inyectables.

Promover la reinserción social, familiar y profesional.

Velar por que las mujeres puedan acceder al tratamiento en las mismas condiciones que los hombres.

Impartir cursos de formación en drogodependencia.

8.5Establecimientos psiquiátricos

185.En el Senegal hay dos instituciones psiquiátricas nacionales, a saber, el Hospital Universitario de Fann, que cuenta con un Centro de Atención Integrada a las Adicciones, y el Hospital Psiquiátrico de Thiaroye.

186.La salud mental es una de las áreas que a menudo está marginada debido a la falta de recursos humanos y financieros y al estigma que todavía rodea a esas enfermedades. La Orden de San Juan de Dios en el Senegal ofrece una cobertura del 50 % de la atención psiquiátrica con dos centros (los centros de salud mental “DALAL XEL” en Fatick y Thiès) que colaboran activamente con el Ministerio de Salud y el Hospital Universitario de Fann (Dakar).

9.Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

187.El Programa de Mejoramiento de la Equidad y la Transparencia, tiene como objetivos:

Formar a un tipo de senegalés arraigado en una ciudadanía republicana, democrática, consciente y activa, comprometido con el respeto y la promoción de los valores nacionales y africanos.

Promover un modelo social inclusivo en el que prevalezcan el estado de derecho, la buena gobernanza, la democracia, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, la participación ciudadana, la cooperación y la solidaridad y la justicia.

188.Los principios y valores de intervención del Programa de Mejoramiento de la Equidad y la Transparencia constituyen los puntos de referencia filosóficos y de valores que guían la acción del sistema de educación y formación a todos los niveles y en todos los subsectores. Esos principios se inspiran en los derechos humanos fundamentales, las normas republicanas y las aspiraciones humanistas, universales, africanas y senegalesas, según se exponen en la Carta de Política Sectorial en materia de Educación y Formación 2018/30. Cabe destacar, entre otros, los siguientes:

La responsabilidad del Estado y la creación de alianzas.

La democracia, el respeto de la dignidad humana y la sensibilidad hacia la igualdad de oportunidades, la equidad y la inclusión.

9.1Educación gratuita

189.Mediante la Ley núm. 2004-37, de 15 de diciembre de 2004, que complementa y modifica la Ley núm. 91-22, de 16 de febrero de 1991, sobre la Orientación de la Educación Nacional, el Senegal introdujo el requisito de la enseñanza obligatoria durante diez años para los niños de 6 a 16 años. La carta circular núm. 004463 MEPEMSLN/SG/DEE, de 15 de septiembre de 2010, tiene por objeto hacer efectiva la gratuidad de la enseñanza.

9.2Costos directos e indirectos de la educación

190.En el nivel elemental, no hay gastos de matriculación y la cuota promedio está limitada a 10.000 francos CFA por alumno. El pago puede fraccionarse a lo largo de varios meses y la falta de pago no puede, bajo ninguna circunstancia, llevar a la exclusión del estudiante. El Estado pretende crear una escuela en la que reinen la equidad y la igualdad de oportunidades.

191.En el nivel elemental, los libros de texto de los estudiantes son gratuitos. El Gobierno está adoptando algunas iniciativas, como el suministro de uniformes, conjuntos de materiales y becas para los estudiantes, especialmente para las niñas en situación de vulnerabilidad económica con buenos resultados académicos y para las que proceden de familias desfavorecidas sin tener en cuenta sus resultados académicos. Otra iniciativa destinada a empoderar a las mujeres para luchar contra los costos de oportunidad es la creación y financiación de las Asociaciones de Madres de Alumnos. Esas asociaciones se financian mediante actividades generadoras de ingresos, el 50 % de cuyos beneficios se transfieren a la cuenta del Comité de Gestión Escolar para la atención de los niños vulnerables, con las niñas como prioridad.

192.En la enseñanza intermedia y secundaria, los alumnos tienen derecho a seguir tomando parte en la enseñanza aunque no paguen las cuotas escolares a tiempo. La tasa de examen es de 1.000 francos CFA (1,5 euros). Cada escuela primaria dispone de un fondo para el mejoramiento de la calidad. No está previsto que los alumnos tengan que hacer frente a los gastos del distrito.

193.Se está introduciendo gradualmente la gratuidad en la enseñanza media y secundaria. El pago de las tasas de inscripción, que oscilan entre 3.000 y 10.000 francos CFA, tiene por objeto apoyar el funcionamiento de las escuelas.

194.Cada escuela secundaria y cada universidad tiene un presupuesto operativo basado en el tamaño del centro y el número de estudiantes.

9.3Enseñanza técnica y profesional

195.La tasa bruta de escolarización pasó del 93,90 % en 2012 al 86,45 % en 2015 y luego al 87,30 % en 2017. En 2030 deberá alcanzar el 108,7 % (Programa de Mejoramiento de la Equidad y la Transparencia).

196.La tasa bruta de escolarización en primaria se situó en el 88,1 % en 2016, con una ligera mejora de 1,6 puntos porcentuales (86,5 % en 2015). Sin embargo, sigue estando por debajo del objetivo inicial del 98,6 %. Sigue siendo favorable a las niñas (94,3 % en 2016 frente al 82,2 % de los niños), lo que representa un índice de paridad de 1,15, debido a la elevada tasa de matriculación de niñas a partir de 2004 (informe anual correspondiente a 2017).

197.Entre 2015 y 2016, el número de alumnos matriculados en formación técnica y profesional pasó de 402 a 600 por cada 100.000 habitantes, lo que representa un aumento de 198 alumnos. Con respecto al objetivo establecido para 2016 (560), se observa un aumento de 40 estudiantes. La tasa de personal docente de formación técnica y profesional aumentó ligeramente en un 1,5 %, pasando del 7 % al 8,5 % durante el período considerado, y en un 10 % con respecto al objetivo establecido para 2016, lo que supone un déficit del 1,5 %. En 2016, las niñas representaron el 16 % del número total de alumnos en los estudios de ciencia y tecnología, en comparación con el 15 % en 2015. Con carácter general, las niñas representan más del 57 % de los alumnos en la formación profesional.

198.El número de trabajadores que se han beneficiado de la formación continua cayó de 20.000 en 2015 a 6.794 en 2016, lo que supone una diferencia de 13.206 entre ambos años. Eso se debe al inicio tardío de la formación continua en 2016 debido al retraso en la movilización de los recursos correspondientes (informe anual correspondiente a 2017).

199.Se ha ampliado la red de estructuras de la formación técnica y profesional, integrada actualmente por escuelas técnicas superiores, centros femeninos de enseñanza técnica, centros femeninos regionales de enseñanza técnica, centros de educación práctica de nivel medio y centros de formación profesional. A nivel público, entre 2007 y 2011 se pasó de 63 centros a 81. En el ámbito privado, en ese período se pasó de 128 a 145 centros.

200.El presupuesto asignado por el Estado al Ministerio encargado de la formación técnica y profesional ha aumentado considerablemente en los últimos años, pasando de 7.290.797.500 francos CFA en 2005 a 28.036.544.940 francos CFA en 2011.

9.4Enseñanza superior

201.La enseñanza superior se imparte en dos universidades, la Universidad Cheikh Anta Diop de Dakar y la Universidad Gaston Berger de Saint-Louis. También se han establecido tres centros universitarios regionales en Thiès, Bambey y Ziguinchor. Desde el 2008, en las universidades senegalesas se aplica el sistema de tres niveles (licenciatura, maestría y doctorado).

202.La gratuidad de la educación superior va acompañada de la concesión de becas y ayudas del Estado para los estudiantes de todas las facultades.

9.5Fomento de la alfabetización

203.El Senegal ha optado por garantizar que el programa nacional de alfabetización esté estrechamente vinculado a las necesidades de los sectores de desarrollo. Se han adoptado medidas importantes, entre las que cabe citar:

La consideración del Proyecto Nacional de Alfabetización de Educación Básica para Jóvenes y Adultos en la reforma de los planes de estudio y en los referenciales formativos de los Centros Regionales de Formación de Profesionales de la Infancia mediante la elaboración de módulos específicos.

La existencia de un gran número de profesores, facilitadores, entrenadores y directores de programas de educación básica para jóvenes y adultos.

La elaboración de diversos materiales didácticos en varios idiomas nacionales para diferentes destinatarios.

La adopción de iniciativas innovadoras (modelo integrado, oferta específica, uso de las TIC...) en el campo de la alfabetización y la elaboración de modelos alternativos por parte del Estado y las organizaciones de la sociedad civil.

El establecimiento de Centros de Recursos Educativos Polivalentes para Adultos, Centros de Recursos Educativos y Escuelas Comunitarias Básicas, equipados para adaptarse a los objetivos de los jóvenes y los adultos a los que van dirigidos.

El desarrollo de la investigación-actuación con respecto a la cuantificación del aprendizaje en la alfabetización.

La elaboración de un programa nacional de alfabetización para jóvenes y adultos financiado por el Estado y por diversos proyectos y programas de educación de jóvenes y adultos impulsados por las organizaciones de la sociedad civil.

El desarrollo de proyectos para el cuidado de los niños fuera del sistema escolar.

La existencia de un Plan de Aceleración de la Alfabetización en Senegal que tiene como objetivo llegar a 1.800.000 personas a lo largo de 3 años.

La declaración como lenguas nacionales de 22 lenguas de las 25 identificadas.

La adaptación de la escritura Braille a las seis primeras lenguas nacionales.

La atención de los niños con necesidades educativas especiales.

La adaptación de las lenguas nacionales a los caracteres árabes armonizados.

La existencia de una plataforma digital para la gestión de datos de los programas de educación básica para jóvenes y adultos.

La existencia de un documento sobre normas y estándares de calidad.

La existencia de un sistema descentralizado de seguimiento y evaluación de los programas de educación básica para jóvenes y adultos.

La creación en el seno del organismo de inspección de una oficina encargada de los programas de educación básica para jóvenes y adultos.

9.6Educación de los niños pertenecientes a minorías

204.El Estado garantiza la igualdad de oportunidades en la escolarización de los niños de 6 a 16 años, en particular entre las niñas y los niños, mediante la concesión de incentivos, la creación de espacios escolares inclusivos y protectores para el acceso equitativo y la adopción de estrategias innovadoras para la diversificación de la oferta educativa en todos los niveles de la enseñanza primaria.

9.7Educación de las niñas

205.La política de promoción de la educación de las niñas promovida por el Marco de Coordinación de las Intervenciones en Apoyo de la Educación de las Niñas ha permitido alcanzar la paridad entre los géneros en cuanto a las tasas de matriculación en la enseñanza básica. De hecho, en la actualidad la proporción de niñas en la educación primaria es mayor que la de niños.

206.La segunda fase del Proyecto de Apoyo a la Educación de las Niñas, que abarca 149 centros educativos, incluidos 27 centros de enseñanza media y secundaria de todo el país, permitió:

Multiplicar las campañas de sensibilización sobre el alivio de las tareas domésticas, la violencia de género, los matrimonios precoces y los embarazos en la adolescencia, mediante la ejecución de un plan de comunicación a nivel nacional y comunitario.

Celebrar el 11 de noviembre de cada año el Día Nacional de la Educación de las Niñas.

Establecer, en junio de 2016, la red de responsables de escuelas privadas para complementar las medidas adoptadas por el Ministerio de Educación Nacional en el ámbito de la educación de las niñas.

Subvencionar a 122 asociaciones de madres de alumnos, a razón de 300.000 francos CFA cada una (con un presupuesto limitado a 3 millones de francos CFA) para el desarrollo de actividades generadoras de ingresos, el 50 % de cuyos beneficios se transfieren a la cuenta del Comité de Gestión Escolar con el fin de atender a las niñas en situaciones difíciles.

Suministrar paquetes constituidos por material didáctico y compresas sanitarias.

Organizar campamentos de liderazgo femenino para maestras con una formación complementaria en comunicación, pedagogía, legislación y tecnologías de la información y la comunicación en el ámbito de la educación, etc.

Contribuir a la organización del concurso “Reina de las matemáticas y de las ciencias”.

Elaborar una guía de formación de formadores en cuestiones de género y un manual del docente para la integración de la perspectiva de género en el material utilizado en la formación de maestros y maestras.

Impartir capacitación en materia de género a los encargados de redactar los manuales didácticos y al personal directivo y de supervisión.

Elaborar un manual de capacitación sobre violencia de género en la escuela y preparar un estudio socioantropológico sobre los factores que obstaculizan el acceso de las niñas a la escuela.

Adaptar las normas de construcción de infraestructuras escolares a las necesidades específicas de las niñas, en particular en materia de higiene, con separación de los servicios higiénicos.

Donar uniformes a todos los alumnos, niños y niñas, de 122 escuelas patrocinadas por el Proyecto de Apoyo a la Educación de la Mujer; en 2015 se donaron más de 35.000);

Conceder becas a 971 asociaciones de madres de alumnos en 2015 y a 4.000 en 2016, a razón de 30.000 francos CFA por alumna de enseñanza primaria y 50.000 francos CFA por alumna de enseñanza media y secundaria.

Otorgar premios a las mejores alumnas e impartir cursos de apoyo escolar para las niñas con dificultades.

Organizar campamentos de verano de exploración científica.

Impartir formación a los actores pertinentes para que aborden de manera eficaz la cuestión de la violencia en el ámbito escolar.

207.Los esfuerzos del Gobierno han permitido alcanzar resultados importantes: la evolución de la tasa bruta de escolarización pone de manifiesto el aumento de la escolarización primaria, con un mayor porcentaje de niñas (93,86 %) que de niños (81,10 %); arroja un índice de paridad que es de 1,16 a favor de las niñas.

9.8Medidas adoptadas para reducir la tasa de abandono escolar de los niños y los jóvenes, especialmente las niñas

208.La tasa de abandono escolar es del 9,60 % para las niñas frente a 11,02 % para los niños, y la misma dinámica muestra la tasa de transición CM2-6, que es del 65,38 % en el caso de las niñas.

209.En el Senegal, los factores que dificultan la escolarización de las niñas están relacionados con los principales problemas detectados, a saber: el acceso de las niñas a la escuela y su permanencia en ella, el aprovechamiento y la integración en la vida laboral.

210.Se han aplicado políticas para promover la educación de las niñas con resultados muy satisfactorios. El índice de paridad en la enseñanza primaria en 2011 era de 1,17 a favor de las niñas, mientras que la tasa de terminación de estudios de las niñas ese mismo año era del 66,5 %, según las estadísticas oficiales del Ministerio de Educación. Estos resultados se derivan en parte de una firme voluntad política, apoyada por la participación efectiva de los asociados.

211.Las medidas para promover la educación y la formación de las mujeres y las niñas se han visto reforzadas por la adopción de nuevas estrategias en materia de educación (desde la enseñanza primaria hasta la superior) y formación. A nivel educativo, los resultados de esas estrategias son los siguientes:

Creación del marco de coordinación e intervenciones para la educación de las niñas (2010-2013).

Iniciativas del Foro de Mujeres Africanas Especialistas en Pedagogía sobre el acceso, la permanencia y el rendimiento de las niñas en la escuela mediante la facilitación de becas y libros de texto, los cursos de refuerzo y el establecimiento de centros de excelencia.

Ejecución de un programa de apoyo a la promoción de profesoras-investigadoras para mejorar la baja tasa de acceso de las niñas a la educación superior y a las carreras de ciencias.

Apoyo financiero a las investigadoras y doctoras en 2014, con un presupuesto de cien millones.

212.La política de educación de las niñas se deja sentir incluso en las sociedades tradicionales mediante la aplicación de programas y estrategias orientadas a promover el derecho de las niñas a la educación y su permanencia en la escuela.

10.Derechos culturales (art. 15)

213.El Senegal ha puesto en marcha una política cultural atractiva y sin favoritismos. Partiendo de la base de que la acción cultural no debe ser prerrogativa de una élite, el Gobierno ha adoptado el enfoque de promover una cultura de masas, igualitaria y de igual valor para todos. En la Constitución se consagra la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural y en el desarrollo intelectual. En otras palabras, los derechos de propiedad intelectual, de los que forman parte de los derechos de autor y otros derechos conexos, constituyen el núcleo de la política de desarrollo económico y cultural a través de:

El establecimiento de la Sociedad de Gestión Colectiva de los Derechos de Autor y Derechos Afines.

La creación de una unidad nacional de lucha contra la piratería.

La diversificación de los fondos de financiación de la cultura.

El establecimiento del Fondo de Desarrollo de las Culturas Urbanas.

La creación de una mutua de salud para los profesionales del mundo de la cultura.

La creación de la Dirección de Alianzas para la Promoción Económica y Cultural.

10.1Participación en la vida cultural

214.El derecho a participar en la vida cultural se manifiesta a través de muchas medidas, entre ellas:

La institución, desde 1997, de un Festival Nacional de las Artes y las Culturas mediante el cual se promueve la expresión de las características culturales propias de cada comunidad.

La creación del Fondo Nacional de Apoyo al Cine y la creación en 2002 del Centro de Producción Cinematográfica.

La creación, en cada región, de un centro cultural con una biblioteca pública.

El apoyo y la supervisión de manifestaciones culturales organizadas por la población para afirmar su identidad cultural.

La institución de un día nacional del patrimonio para fomentar la sensibilización de la población acerca del valor de su patrimonio y la necesidad de preservarlo.

El apoyo y la financiación para la formación de agentes culturales, eventos e iniciativas de los emprendedores culturales (como festivales, semanas culturales, exposiciones, ferias nacionales o regionales de arte y cultura).

La producción de obras de arte (pintura, teatro, coreografía, diseño, música, cine y audiovisuales, edición) a través de diversos fondos, en particular:

El Fondo de Apoyo para Eventos Culturales.

El Fondo Editorial.

El Fondo para la Promoción de las Industrias Cinematográficas y Audiovisuales, con una dotación anual de 1.000 millones.

El Fondo de Desarrollo de las Culturas Urbanas con un total de 300 millones al año.

La Carta de Política de Desarrollo Cultural, en la que se definen los proyectos, los programas y la estrategia de desarrollo cultural en torno a la aceleración de las medidas de descentralización con la construcción de 14 centros culturales regionales y comunitarios.

La introducción de la educación musical y la creación artística en el sistema educativo desde el nivel medio hasta el secundario.

La realización de proyectos de inventario y restauración de lugares y monumentos históricos a cargo de la Dirección del Patrimonio Cultural.

La organización bienal del Festival Nacional de las Artes y la Cultura, mediante el que se lucha contra la exclusión y se promueve el entendimiento y la cohesión social entre los pueblos y las comunidades.

El Festival de las Minorías de Kédougou, con el que se pone en valor el patrimonio cultural de los pueblos minoritarios.

10.2Libertad de la investigación científica y la actividad creativa

215.En cuanto a las disposiciones legislativas que protegen la libertad imprescindible para la investigación científica y la actividad creadora, cabe señalar:

La Ley núm. 2008-09, de 25 de enero de 2008, sobre los Derechos de Autor y Derechos Conexos, en virtud de la cual se creó la Sociedad de Gestión Colectiva de los Derechos de Autor y Derechos Afines.

El Decreto núm. 2015-682, de 26 de mayo de 2015, relativo a la aplicación de la Ley núm. 2008-09, de 25 de enero de 2008.

La Ley núm. 2003-14, de 4 de junio de 2003, por la que se regula la Mutua Nacional de Agentes Culturales, y el Decreto núm. 2009-423, en virtud del cual se define la mutua de enfermedad como una agrupación de personas sin fines de lucro.

La creación de la Agencia Senegalesa de la Propiedad Industrial y la Innovación Tecnológica.

216.En la Constitución se reconoce la libertad de pensamiento, que es esencial para el ejercicio de las actividades creativas.

217.El Senegal ha hecho de la libertad de creación una garantía intangible del desarrollo cultural. Aboga por el dinamismo de la cooperación cultural con las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, mediante la financiación de proyectos de formación y culturales apoyados por la UNESCO, el Fondo Internacional para la Diversidad Cultural y la Organización Internacional de la Francofonía, así como la cooperación bilateral.

C.Aplicación de las recomendaciones específicas del Comité

1.Sobre la Comisión de Derechos Humanos del Senegal

218.La promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales ocupa un lugar destacado en el programa de la Comisión de Derechos Humanos del Senegal como institución nacional de derechos humanos. Así pues, la Comisión presta especial atención al principio de la indivisibilidad de los derechos humanos y da el mismo tratamiento a los derechos humanos de todas las generaciones. Más allá de sus actividades en favor de los derechos civiles y políticos, la Comisión siempre ha participado en la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales.

219.Entre las medidas adoptadas por la Comisión de Derechos Humanos del Senegal en ese ámbito podemos mencionar, entre otras:

a)La contribución a la resolución del conflicto social entre el Estado senegalés y las personas afectadas por el proyecto de construcción del Aeropuerto Internacional Blaise Diagne;

b)El acompañamiento de un estudiante de bachillerato con insuficiencia renal, con el apoyo de la Fundación SOCOCIM, para que recibiese atención médica;

c)La tramitación y el seguimiento de casos de trabajadores cuyos derechos fueron vulnerados;

d)La tramitación y el seguimiento de los expedientes de los graduados de la Escuela Normal Superior de Dakar para su integración en la vida profesional;

e)La intervención en el centro Talibou Dabo de Grand Yoff (institución pública para la educación y rehabilitación de niños con discapacidades físicas) en favor de las personas con discapacidad para que puedan ejercer mejor sus derechos;

f)El establecimiento del Observatorio Nacional del Respeto de los Derechos Humanos en la Industria Extractiva para abordar mejor la promoción y protección de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas afectadas por la explotación de las industrias extractivas.

220.Con el apoyo de OXFAM, la Comisión de Derechos Humanos del Senegal y el Observatorio Nacional del Respeto de los Derechos Humanos en la Industria Extractiva han elaborado un folleto sobre “La minería y los derechos humanos en el Senegal” en la que se explica cómo el respeto de los derechos humanos puede combinarse con el desarrollo de la industria extractiva.

221.Ese folleto facilita que las comunidades puedan comprender mejor sus derechos socioeconómicos en relación con las empresas que operan en sus tierras. Les indica las vías a las que pueden recurrir para la resolución pacífica de conflictos en caso de violación de sus derechos.

222.La Comisión de Derechos Humanos del Senegal y el Observatorio, en colaboración con la Embajada de Suiza, realizaron un estudio sobre la cartografía de los conflictos potenciales y reales en las zonas de explotación de los recursos minerales en el Senegal, en particular en la zona septentrional con los fosfatos de la región de Matam, en la zona sudoriental con las zonas auríferas de la región de Kédougou, y en la zona central con las instalaciones de Industrias Químicas de Senegal en Mboro y los fosfatos de Thiès.

223.En ese estudio, que culminó en la redacción de un informe que se presentó en abril de 2016, el enfoque principal fue el inventario y el análisis de las tensiones sociales que dan lugar a conflictos reales o latentes en las relaciones entre los interesados de las distintas regiones mineras mencionadas anteriormente. Esa actividad tiene por objeto identificar focos de tensión en el sector extractivo del Senegal con el fin de adoptar las medidas preventivas pertinentes. En última instancia, contribuirá a fortalecer el derecho al bienestar de las personas que viven en las proximidades de las zonas mineras.

224.La Comisión ya ha organizado foros y charlas comunitarias para dar a conocer los instrumentos jurídicos que se ocupan de la protección de los derechos humanos en las principales regiones mineras del país (Kédougou, Matam y Thiès).

2.Sobre la consideración de los derechos económicos, sociales y culturales en las negociaciones con las instituciones financieras internacionales (Banco Mundial y FMI)

225.Véase la respuesta, primera parte, párrafos 10 y 11.

3.Sobre la retirada de los niños de la calle

226.En el Senegal se han llevado a cabo varias operaciones para retirar a los niños de la calle, las dos últimas en 2016 y 2018.

3.1Plan de retirada de los niños de la calle 2016

227.En cuanto al problema de los niños de la calle, el 30 de junio de 2016, el Ministerio encargado de la protección de la infancia puso en marcha un plan de retirada de esos niños estructurado en torno a tres componentes: retirada y reintegración de los niños de la calle, comunicación y coordinación.

228.Esa iniciativa fue el resultado de una directiva presidencial, formulada en el Consejo de Ministros celebrado el 22 de junio de 2016, en la que se instaba al Gobierno a “continuar los importantes esfuerzos realizados en la lucha contra la mendicidad infantil, en particular mediante la aplicación efectiva de la Estrategia Nacional para la Protección de la Infancia, la Modernización y el Apoyo a las Daaras”.

229.Ese plan se lleva a cabo a través de un comité directivo establecido en virtud del Decreto núm. 13476, de 6 de septiembre de 2016, bajo la coordinación de la Dirección de Promoción de los Derechos del Niño del Ministerio de Buena Gobernanza y Protección de la Infancia integrado por todas las partes interesadas (servicios del Estado, organizaciones de la sociedad civil, asociados).

230.Las operaciones de retirada las lleva a cabo una unidad móvil de protección de la infancia establecida en el seno del Ministerio. Esa unidad trabaja en colaboración con la Brigada Especial de Menores del Ministerio del Interior y con centros de acogida y alojamiento especializados, como el Centro Ginddi y Aldeas Infantiles SOS, que facilitan el alojamiento y cuidado de los niños que han sido retirados de la calle.

231.Hasta la fecha, se han retirado de la calle 1.585 menores, incluidos 440 (225 niños y 215 niñas) que estaban acompañados por sus madres. En esa cifra figuran 278 senegaleses, 107 malienses y 55 guineos. El número de madres acompañantes se estima en 199. Entre los 1.145 menores no acompañados (1.131 niños y 14 niñas) se cuentan 676 senegaleses, 407 nacionales de Guinea-Bissau, 13 guineos, 26 gambianos y 23 malienses.

3.2Segunda fase de la retirada de los niños de la calle en 2018

232.Esa segunda fase tuvo lugar durante el primer trimestre de 2018.

233.La retirada afecta a todos los niños de la calle (talibés, niños en situación de desintegración familiar, niños acompañantes, etc.). No obstante, los niños talibés son el objetivo prioritario del proceso, ya que el cuidado de otros tipos de niños es mucho más difícil.

234.En cuanto a la estrategia, los Comités Departamentales de Protección de la Infancia, presididos por los Prefectos, desempeñan un papel destacado. El papel principal corresponde a la policía. Esa experiencia se llevó a cabo por primera vez en el Departamento de Dakar. Los centros de coordinación institucionales y la sociedad civil colaboraron en el proceso. Los niños son remitidos a centros de acogida públicos y privados, en particular al centro “Ginddi”, que ofrece un conjunto de servicios apropiados.

235.La colocación prepara el regreso a la familia, de lo que se encargan las autoridades. Los padres han de acudir obligatoriamente a recoger a sus hijos. El Prefecto de Dakar exigió que el responsable de una daara que se negase a facilitar los datos de los padres fuese denunciado a la autoridad policial. Más de 250 padres retiraron a sus hijos gracias a la colaboración de los Comités Departamentales de Protección de la Infancia en la búsqueda de las familias. Antes de la entrega del menor, el padre debe firmar un compromiso con el Prefecto.

236.El 90 % de los responsables de las daaras que practican la mendicidad son miembros de la Federación Nacional de Maestros Coránicos. Esa Federación ha propuesto establecer centros (daa r as) para acoger a los niños.

237.En el primer trimestre se retiraron 339 niños, el 60 % de los cuales eran senegaleses. A nivel subregional, la Red de África Occidental para el Cuidado y el Retorno al Nivel Subregional ha facilitado el regreso de los niños con sus familias en los países vecinos: se identificó a 15 niños y los padres dieron su consentimiento para el regreso al entorno familiar. Cuatro niños fueron devueltos a sus familias en un país vecino.

3.3Políticas de reinserción social

238.Como parte de la reintegración social de estos niños, el Ministerio de Protección de la Infancia ha proporcionado a 24 familias y 15 escuelas coránicas (daaras) alimentos, productos de higiene y subsidios por un monto total de 40.141.200 francos CFA. Además, 60 familias fueron inscritas en el Programa Nacional de Becas de Seguridad Familiar y 15 daaras que lo solicitaron voluntariamente recibieron financiación a través de microproyectos para apoyar el regreso de los niños a sus lugares de origen y promover su empoderamiento.

239.Para abordar esa cuestión de manera integral a nivel nacional, el Ministerio de Protección de la Infancia ha elaborado, además del plan de retirada de los niños de la calle, dos proyectos de estructuración de conformidad con las directrices de la Estrategia Nacional de Protección de la Infancia:

El Proyecto de Apoyo a la Reinserción de los Niños de la Calle (ARRE Xaleyi), dotado con un presupuesto que asciende a 2.692.179.000 francos CFA, y cuya fase piloto se pondrá en marcha en la región de Dakar.

El Programa de Apoyo a la Retirada y la Reinserción Socioeconómica de los Niños de la Calle, para el que se busca financiación por un importe de 14.000 millones de francos CFA.

240.Entre las acciones llevadas a cabo desde 2013 en el marco de la lucha contra el trabajo infantil figuran las siguientes:

La revitalización de los seis comités intersectoriales regionales de lucha contra el trabajo infantil (Dakar, Thiès, Diourbel, St. Louis, Kaolack y Fatick), que habían dejado de funcionar; a ello se une el fortalecimiento de la capacidad de los agentes estatales y de la sociedad civil en Kédougou para actuar contra las peores formas de trabajo infantil vinculadas a la minería artesanal. Los temas examinados en esas sesiones se refirieron a los convenios pertinentes de la OIT, el marco jurídico nacional, el Plan Maestro Nacional, la legislación nacional de lucha contra el trabajo infantil y las directrices establecidas en el documento de política nacional. Aproximadamente 210 participantes tomaron parte en esas sesiones de formación (2013 y 2014).

La existencia del Plan de Acción derivado del Plan Marco, que se centra principalmente en el fortalecimiento y la armonización del marco jurídico nacional con los convenios pertinentes de la OIT; hasta la fecha, todos los proyectos de texto han sido examinados por el Consejo Consultivo Nacional de Trabajo y Seguridad Social.

La realización de acciones conjuntas (promoción, sensibilización, educación) durante la celebración de las distintas ediciones del Día Mundial contra el Trabajo Infantil, en colaboración con el Comité Intersindical de Lucha contra las Peores Formas de Trabajo Infantil, el Consejo Nacional de Empleadores y la Confederación Nacional de Empleadores de Senegal.

El fomento de la capacidad de los inspectores de trabajo en relación con la trata de personas, en colaboración con la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito, en 2016.

241.Sin embargo, cabe señalar que el objetivo de eliminar las peores formas de trabajo infantil en el mundo para 2016 no se ha alcanzado. Ante ese flagrante incumplimiento, la nueva estrategia apunta a 2030, a través de la meta 8.7 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, encaminada a adoptar medidas inmediatas y eficaces para “erradicar el trabajo forzoso, poner fin a las formas contemporáneas de esclavitud y la trata de personas y asegurar la prohibición y eliminación del trabajo infantil en todas sus formas de aquí a 2025”.

4.Sobre la contratación de profesores

242.En general, en el último decenio, se han logrado progresos notables en la buena gestión y administración de las escuelas en el ciclo fundamental. Así, podemos observar la voluntad política de elevar el nivel de contratación y la cualificación de los profesores.

243.En el ámbito de la formación profesional y técnica, la contratación de personal docente se basa en la presentación de los expedientes de los jóvenes aspirantes en el Ministerio de la Función Pública, tras una convocatoria de candidaturas publicada por el Ministerio competente. Los perfiles requeridos se determinan por adelantado de acuerdo a un sistema de cuotas aprobado por el Ministerio de Economía, Finanzas y Planificación. Una vez finalizada la contratación, se imparte formación pedagógica a los aspirantes a docentes, que necesariamente deben obtener loa titulación habilitante en los centros de formación de formadores existentes en el territorio nacional y en función de los cursos (la Escuela Nacional de Formación en Economía Familiar y Social de Dakar, el CNMETP de Kaffrine y el CNMETP de Guérina y la Escuela Normal Superior de Enseñanza Técnica y Profesional de Dakar). Ese paso es fundamental para que el docente se integre en la función pública.

244.En el caso del Ministerio de Deportes: a petición de los ministerios encargados de la educación y la formación, el Centro Nacional de Educación Física y Deportiva de Thiès imparte formación a 1.500 profesores de educación física y deportiva temporales y contratados para que puedan acceder al cuerpo de maestros de los establecimientos de protección social.

5.Derechos sindicales

245.La libertad de asociación también está garantizada a todos los trabajadores, sean o no expatriados, en virtud del artículo 25 de la Constitución y el artículo L.9 del Código del Trabajo, en el que se establece que “todo extranjero afiliado a un sindicato puede, si cumple las condiciones antes mencionadas y lleva domiciliado en el Senegal al menos cinco años, asumir funciones de administración y gestión de dicho sindicato, siempre que en su país de origen se reconozcan los mismos derechos a los nacionales senegaleses”.

246.En cuanto a la disolución de los sindicatos por el Ministerio del Interior, el Senegal desea precisar que, de conformidad con lo dispuesto en el párrafo 8 del artículo L.8 del Código del Trabajo: “Tras la expedición por el Ministro del Interior de la notificación de reconocimiento de la existencia del sindicato, el Fiscal General podrá, en caso de violación de los artículos L.7 a L.9, L.24 y L.25, instar la disolución del sindicato ante los tribunales civiles”. En la práctica, el reconocimiento de un sindicato está sujeto a un procedimiento específico que implica la intervención de varias autoridades, incluido el Ministerio del Interior.

6.Trabajadores domésticos

247.El marco jurídico que determina las condiciones generales de empleo de los trabajadores domésticos se estableció el 23 de enero de 1968 mediante la ordenanza núm. 0974/MFPTE/DTSS. En el artículo 1 de ese texto se establece que: “A los efectos de la presente ordenanza, se considerará trabajador doméstico a todo empleado que esté al servicio de un hogar y que se ocupe de manera continua de las tareas de la casa. En la presente ordenanza no se contemplan los empleados a tiempo parcial contratados por una jornada laboral de menos de 20 horas semanales, que se regirán únicamente por lo estipulado entre las partes”.

248.Las instituciones públicas encargadas de la protección de los derechos de los trabajadores domésticos apoyan a las organizaciones sindicales en sus campañas de información y sensibilización sobre el respeto de los derechos de esa categoría de trabajadores. También se presta apoyo a las organizaciones de mujeres que trabajan junto con los trabajadores domésticos.

249.Varias organizaciones sindicales se están movilizando para defender los derechos de los trabajadores del sector informal, en particular los trabajadores domésticos.

250.Las organizaciones sindicales afiliadas a la Central Nacional de Trabajadores del Senegal han creado un centro de escucha, asistencia y formación que tiene una triple misión: i) el apoyo a los trabajadores domésticos víctimas de abusos por parte de sus empleadores; ii) la alfabetización de esos trabajadores; y iii) la formación en técnicas culinarias de gestión del hogar, costura, etc. Esas misiones de formación profesional facilitan la integración de los trabajadores domésticos en el mercado laboral con un buen salario.

251.El Código del Trabajo, en sus disposiciones relativas a la jornada laboral, el descanso, las vacaciones, la remuneración y la entrega de una nómina, es aplicable también a los trabajadores domésticos.

252.Lo mismo se aplica a:

La Ley núm. 73-37, de 31 de diciembre de 1973, relativa al Código de la Seguridad Social, por la que se establece un sistema de protección social que comprende una rama de prestaciones familiares y una rama de indemnización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales.

La Ley núm. 75-50, de 18 de marzo de 1975, relativa a las instituciones de previsión social que conceden a los empleados y a sus familias, en virtud de convenios colectivos o contratos individuales, prestaciones destinadas a compensar los riesgos sociales de cualquier tipo.

La Ley núm. 74-52, de 4 de noviembre de 1974, relativa a los días feriados nacionales y legales, modificada por la Ley núm. 83-54, de 18 de febrero de 1983, y la Ley núm. 89-41, de 26 de diciembre de 1989.

La ordenanza núm. 75-455, de 24 de abril de 1975, en virtud de la cual se establece la obligatoriedad de la afiliación a un régimen de pensiones para todos los empleadores y trabajadores.

253.El Instituto de Previsión de Prestaciones de Jubilación cuenta con una rama destinada exclusivamente a los trabajadores domésticos incluidos en el régimen general.

254.Jornada laboral de los trabajadores domésticos: teniendo en cuenta las interrupciones y tiempos muertos inherentes a la profesión, la jornada laboral de los trabajadores domésticos se fija en 260 horas mensuales, lo que corresponde a un tiempo de trabajo mensual real de 173,33 horas. El empleado que trabaje más de 40 horas semanales y menos de 60 recibirá el salario normal para su categoría.

255.Horas extraordinarias: todas las horas trabajadas que superen las 60 horas semanales.

256.Las horas extraordinarias trabajadas durante la semana, darán derecho a la siguiente remuneración:

De la 61ª a la 68ª horas, 1/173,33 del salario mensual más el 15% por cada hora.

Por encima de las 68 horas, 1/173,33 del salario mensual más el 40% por cada hora.

Las horas trabajadas en el día de descanso semanal se incrementarán en un 60% durante el día y en un 100% durante la noche.

257.El descanso semanal se disfrutará, en principio, los domingos, pero, previo acuerdo de las partes, podrá fijarse en otro día o concederse a razón de dos medias jornadas por semana. El personal doméstico tendrá derecho a vacaciones retribuidas a cargo del empleador en las condiciones establecidas en los artículos 143 y 149 del Código del Trabajo. La duración de la licencia se incrementará en un día laborable por cada cinco años completos de servicio con el mismo empleador.

258.Gastos de transporte: un empleado doméstico contratado fuera del lugar de trabajo o trasladado por el empleador durante la ejecución del contrato tendrá derecho al pago de los gastos de viaje.

259.La violación de las disposiciones de la ordenanza mencionada se castigará según lo dispuesto en la ordenanza núm. 62-017, de 22 de enero de 1962, sin perjuicio de las sanciones previstas en el artículo 249 del Código del Trabajo.

Segunda parteObstáculos, dificultades y desafíos en la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales

A.Derechos económicos

260.Las principales limitaciones de los sectores económicos están relacionadas con la baja productividad de los sectores económicos y sus costes aún elevados, el papel todavía débil del sector privado y de los entes locales y regionales y las dificultades de acceso a la financiación para las pequeñas y medianas empresas. La economía adolece de un déficit de infraestructuras, tanto en cantidad como en calidad, una base industrial débil y un bajo nivel de inversión privada en los sectores productivos.

261.En general, los subsectores de la economía primaria tienen dificultades para acceder a insumos de calidad y carecen de instalaciones de producción e infraestructura modernas.

262.El subsector agrícola se enfrenta a una serie de dificultades, como las relacionadas con el acceso a los factores de producción, el bajo nivel de desarrollo de las instalaciones, la elevada dependencia de los cultivos de secano, la escasez de semillas de calidad, la inadecuación de la política agraria, las dificultades de acceso a los mercados y el escaso valor de los productos exportados.

263.En cuanto al subsector ganadero, las limitaciones que dificultan su desarrollo están relacionadas con el bajo nivel de producción de las razas locales y la falta de infraestructura física básica. Del mismo modo, en el ámbito de la seguridad alimentaria, el Senegal tiene dificultades para proporcionar a la población acceso a cantidades suficientes de productos alimenticios de alta calidad, así como inestabilidad en la cobertura de las necesidades alimentarias.

264.Por lo que se refiere al subsector de la energía, se caracteriza por una dependencia casi exclusiva de las importaciones de petróleo y la ausencia de mecanismos adecuados para absorber los choques exógenos, una baja capacidad de refinado y almacenamiento, una logística obsoleta de recepción y descarga en el puerto de Dakar y una infraestructura obsoleta de producción y transporte.

265.La industria, por su parte, se enfrenta a una producción insuficiente, falta de competitividad, escasa capacidad de las empresas industriales y una debilidad geográfica y estructural del tejido industrial.

266.En lo que respecta a la artesanía, la falta de competitividad de los productos y servicios artesanales se debe a la escasa capacidad de producción y organización de los artesanos y a la escasez e inadecuación de los canales de comercialización.

267.Además, las limitaciones a la expansión del comercio provocan perturbaciones en el suministro del mercado interior, combinadas con unos precios elevados de los bienes y servicios de consumo. Están relacionadas con tres causas principales:

La insuficiencia de los medios de intervención y seguimiento de los mercados y de los canales de distribución.

La deficiencia cuantitativa y cualitativa de la oferta de bienes y servicios, tanto en el mercado interior como en el exterior.

El estrangulamiento que experimentan los canales de comercialización.

268.El papel del sector privado se ve limitado principalmente por el bajo nivel de inversión privada, especialmente en el sector no estructurado y en las zonas rurales; las dificultades para acceder a la financiación y a la tierra; un entorno empresarial poco atractivo para la inversión privada y la forma en que están organizadas las empresas, que no favorece su expansión.

269.Además, el sistema financiero se caracteriza por una baja tasa de bancarización y una alta concentración del crédito bancario hacia las grandes empresas. En cuanto a la distribución por sectores de actividad como porcentaje del total de préstamos entre 2006 y 2010, los servicios, el transporte y las comunicaciones aumentaron del 30 % al 34,5 %, mientras que la industria representó el 28,9 % y el 21 % en cada uno de esos años. El tercer sector de actividad, el comercio mayorista y minorista, representó el 18,9 % en 2006 y 2010.

270.En el ámbito de las microfinanzas, los obstáculos a los que se enfrentan los servicios financieros son los siguientes:

Supervisión insuficiente.

Deterioro de la cartera crediticia.

Falta de fiabilidad de la información proporcionada por algunos servicios financieros.

271.Los servicios financieros también se resienten de la ausencia de un fondo de garantía de depósitos, un control insuficiente del ciclo, las características deficientes de los sectores agrícolas y las cadenas de valor que los componen, la ausencia de una cultura del ahorro y las dificultades para exponer las necesidades en el mundo rural. Estas limitaciones hicieron que los tipos efectivos globales medios oscilasen entre el 12 % y el 40 % en 2010, mientras que, a nivel comunitario, el umbral de la usura se cifra en el 27 %.

B.Derechos culturales

272.Con respecto a los límites de los derechos culturales, cabe señalar:

La insuficiencia de los distintos fondos dedicados a la financiación de la cultura.

La falta de formación, estructuración y cualificación de los agentes culturales.

La falta de control sobre los derechos de autor y derechos conexos.

La escasa movilización de los asociados (sector privado, patrocinadores, autoridades locales) para financiar proyectos y programas culturales.

La insuficiencia e inadecuación de las infraestructuras destinadas a la producción y difusión de las artes y la cultura.

La propensión a la piratería y la falsificación de obras artísticas y culturales.

Las dificultades de la Sociedad de Gestión Colectiva de los Derechos de Autor y Derechos Afines para documentar y recaudar derechos de autor y derechos afines en los medios de comunicación (radio, televisión, Internet, hoteles, restaurantes, galerías, áreas de producción y distribución para las artes y la cultura).

Las dificultades en la distribución de las cantidades percibidas en concepto de derechos de autor por falta de formación de los agentes (F uente: Informe de la Sociedad de Gestión Colectiva de los Derechos de Autor y Derechos Afines correspondiente a 2017).

La ineficacia de la unidad de lucha contra la piratería y la falsificación.

C.Derechos sociales

273.Las principales dificultades en el sector de la educación están relacionadas en particular con:

La escasez de recursos del país.

Una capacidad de recepción insuficiente.

Los impactos negativos de las interrupciones escolares que se derivan del ejercicio del derecho a la huelga, que suponen una reducción del calendario escolar y del tiempo dedicado efectivamente a la enseñanza.

274.En cuanto a los desafíos a los que se enfrenta el sector de la salud, cabe señalar la escasez de vacunas en los puestos y centros de salud y la capacidad muy limitada para movilizar recursos para la salud.

275.Con respecto al acceso al agua, se han realizado progresos, pero aún queda mucho por hacer para mejorar el saneamiento en las poblaciones urbanas y rurales. Los altos costos y las escasas inversiones en el sector son la causa de que la infraestructura básica de saneamiento sea insuficiente, especialmente en las zonas rurales. A ello hay que añadir el alto costo de las infraestructuras de saneamiento de carácter individual, la pobreza de los hogares y los recursos limitados de las comunidades locales.

276.En cuanto al derecho a la vivienda, la tasa de ejecución de los proyectos de reestructuración de barrios irregulares sigue siendo baja debido a la falta de financiación y a la escasa disponibilidad de viviendas alternativas. El programa de reestructuración y regularización de tierras adolece de problemas de financiación y disponibilidad de lugares para el realojamiento.

277.Parece que la ausencia o la debilidad de todos esos factores es la causa de la ineficacia y las distorsiones que dificultan la asignación óptima de los recursos. Además, las dificultades para coordinar las funciones de los distintos interesados, como el Estado, los agentes de la descentralización, la sociedad civil y el sector privado, contribuyen a la ineficacia institucional. La laxitud en la aplicación de las normas, la lentitud de los procedimientos, la falta de transparencia, el uso inapropiado de los servicios públicos y de los bienes comunitarios en detrimento del interés público contribuyen a la mala asignación de los recursos y a los malos resultados económicos y sociales.

Conclusión

278.La promoción y la protección de los derechos económicos, sociales y culturales se inscriben en las políticas públicas del Estado. El Senegal ha adoptado un nuevo modelo de desarrollo para acelerar su avance hacia el progreso. El modelo se apoyó en 2014 en una estrategia conocida como Plan Senegal Emergente, que es el punto de referencia de la política económica, social y cultural a medio y largo plazo.

279.Esa estrategia estimula la creatividad y la iniciativa, aumenta el potencial de crecimiento y fortalece el bienestar de las poblaciones, especialmente de las personas vulnerables y las minorías. Las orientaciones estratégicas de esa política económica, social y cultural se basan en una transformación estructural de la economía a través de la consolidación de los actuales motores de crecimiento y el desarrollo de nuevos sectores que puedan crear riqueza y empleo.

280.Las actuaciones forman parte de una opción de desarrollo más equilibrada, de promoción de regiones y centros económicos viables para estimular el potencial de desarrollo en todo el país. Su objetivo es mejorar las condiciones de vida de las personas y reducir las desigualdades sociales mediante el desarrollo de territorios viables.

281.Gracias a esas políticas se han logrado los logros descritos anteriormente en la aplicación de las recomendaciones formuladas con ocasión del último examen del Senegal por el Comité, a pesar de las dificultades persistentes que se describen en la segunda parte del informe, que siguen requiriendo una asistencia técnica y financiera sostenida. El Senegal reitera su compromiso de seguir trabajando en pro de la plena efectividad de los derechos consagrados para todos en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y la aplicación de las recomendaciones que surjan de este diálogo constructivo.