Naciones Unidas

E/C.12/ITA/5

Consejo Económico y Social

Distr. general

10 de octubre de 2013

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Examen de los informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Quintos informes periódicos que los Estados partes debían presentar en 2009

Italia *

[9 de agosto de 2012]

Índice

Párrafos Página

I.Introducción1–33

II.Información general4–303

A.Defensor del niño y el adolescente6–213

B.Cumplimiento de obligaciones internacionales225

C.Derechos económicos, sociales y culturales23–275

D.Política contra la discriminación28–306

III.Novedades relativas a los derechos particulares garantizados en el Pacto31–5166

A.Disposiciones generales del Pacto31–776

Artículo 1. Derecho a la libre determinación31–646

Artículos 2 y 3. No discriminación e igualdad65–7712

B.Derechos particulares garantizados por las disposiciones del Pacto78–49116

Artículo 6. Derecho a trabajar78–25816

Artículo 7. Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias259–28145

Artículo 8. Derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a un sindicato282–29449

Artículo 9. Derecho a la seguridad social295–36652

Artículo 10. Protección de la familia367–44267

Artículo 11. Derecho a un nivel de vida adecuado443–46488

Artículo 12. Derecho a la salud465–48294

Artículo 13. Derecho a la educación483–49197

C.Otros elementos relativos a las observaciones finales492–51699

I.Introducción

1.El cuarto informe periódico de Italia se presentó en 2003. El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales examinó el informe el 15 y el 16 de noviembre de 2004 y resumió los resultados del examen en sus observaciones finales, aprobadas el 26 de noviembre de 2004 (E/C.12/1/Add.103). El presente quinto informe periódico responde a las observaciones del Comité.

2.La complejidad de los procedimientos de coordinación entre las partes en el proceso produjo una serie de retrasos, que por desgracia impidieron presentar antes el informe. Para compensar este retraso, el informe también contiene estadísticas y otros datos que detallan las novedades de 2006, 2007, 2008 y 2009.

3.El Gobierno de Italia hizo participar a la sociedad civil en una etapa temprana del proceso de redacción cuando se estaba preparando el quinto informe periódico. Se espera que haya un diálogo constructivo con la sociedad civil a medida que el proceso avance, sobre todo en la preparación para la presentación del informe de Italia al Comité.

II.Información general

4.Órgano contra la discriminación. La Oficina Nacional contra la Discriminación Racial (UNAR), creada por el Decreto legislativo Nº 215/2003 de lucha contra la discriminación, promueve la igualdad de trato y combate todas las formas de discriminación basadas en la raza o el origen étnico. Sus principales actividades se refieren a la prevención de la discriminación racial y étnica, la promoción de proyectos y medidas positivas, la asistencia letrada a las víctimas y la vigilancia de la aplicación de los principios de igualdad de trato. La Oficina ha creado un registro de las asociaciones que combaten la discriminación y colabora con ellas en la prestación de asistencia letrada y apoyo a las víctimas. Hay un centro de llamadas gratuitas en diversos idiomas para ofrecer apoyo a las víctimas, que a menudo tienen dificultades para pagar los gastos de asistencia letrada. La Oficina suministra también durante los procedimientos información, asesoramiento y observaciones orales o escritas sobre actos o comportamientos discriminatorios y estimula la conciliación informal, ofreciendo soluciones para la erradicación de situaciones de discriminación, incluida la creación de una red de centros territoriales de lucha contra la discriminación.

5.Institución de derechos humanos independiente. Italia continúa el proceso interno destinado a establecer una comisión nacional independiente para la promoción y protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales, de conformidad con los Principios de París. Un grupo de trabajo interministerial elaboró con este fin un proyecto de ley gubernamental, aprobado por el Consejo de Ministros el 2 de marzo de 2011, que el Parlamento está examinando.

A.Defensor del niño y el adolescente

6.El 22 de junio de 2011 el Parlamento italiano sancionó la ley que establece el ombudsman o defensor nacional de la infancia y la adolescencia (Ley Nº 112 de 12 de julio de 2011).

7.Esta autoridad, conforme a los principios internacionales llamados Principios de París, se concibe como una entidad caracterizada por una posición de independencia, que funcionará en estrecha relación con el territorio, las asociaciones y los niños y adolescentes, mediante consulta activa con ellos.

8.El mandato de esta autoridad abarca todas las cuestiones relativas a los derechos del niño, lo mismo que cuestiones de familia y educación. Tiene autonomía con respecto a su organización y es administrativamente independiente, sin ninguna restricción de subordinación jerárquica.

9.El mandato dura cuatro años y puede renovarse una sola vez.

10.Conforme a la Ley Nº 112, el Defensor es nombrado por los Presidentes de la Cámara de Diputados y del Senado y es elegido entre personalidades de independencia reconocida, alto nivel moral y conocimientos y experiencia específicos y probados en materia de derechos del niño. En vista del carácter independiente de su cometido, el Defensor no puede desempeñar otros cargos, ni en el sector público ni en el privado, durante su mandato.

11.En cuanto a las funciones asignadas, el Defensor está encargado de las actividades de promoción, colaboración, garantía, estudio e investigación, y desempeña también funciones consultivas.

12.En el marco de la labor de promoción, el Defensor se encarga de promoverla aplicación de los convenios internacionales y de la legislación europea y nacional. Además, promueve el conocimiento de los derechos del niño para lograr el reconocimiento efectivo de los niños como personas con derechos.

13.El Defensor también difunde información sobre las prácticas o memorandos de entendimiento elaborados por las autoridades centrales, regionales y locales, los organismos profesionales o las administraciones encargadas de actividades de bienestar social relacionadas con los derechos de los menores. Asimismo puede difundir las buenas prácticas en este campo probadas en el extranjero. El Defensor fomenta el desarrollo de una cultura de mediación y de cualquier otra práctica útil para prevenir o resolver, mediante acuerdo, situaciones de conflicto que afecten a menores, estimulando la formación de las personas que trabajan en este campo.

14.Por otra parte, la ley dispone que el Defensor colaborará en las actividades de las redes internacionales de Defensores del Niño y con las organizaciones e instituciones para la protección de los derechos del niño. La autoridad también promueve las sinergias convenientes con la Comisión Parlamentaria del Niño y el Adolescente.

15.La ley también prevé la creación de la Conferencia nacional de protección de los derechos de los niños y adolescentes, presidida por el Defensor nacional y compuesta de los Defensores regionales (u órganos parecidos) si los hay. La Conferencia promoverá la adopción de medidas comunes y adoptará formas comunes de intercambio sistemático de datos e información sobre la condición de los niños a nivel nacional y regional.

16.Esta autoridad nacional también tiene una función consultiva importante. Puede expresar opiniones sobre proyectos de ley y actos legislativos del Gobierno relacionados con la protección de los derechos del niño y emitir una opinión sobre el plan nacional de acción y las intervenciones para proteger los derechos del niño y sobre los informes que el Gobierno presenta al Comité de los Derechos del Niño conforme al artículo 44 de la Convención sobre los Derechos del Niño. También puede hacer observaciones y sugerencias sobre la determinación de los niveles básicos de servicios sociales para los niños y adolescentes. La Autoridad puede elaborar además comentarios y propuestas para prevenir y combatir el maltrato de niños.

17.Las funciones de garantía están relacionadas principalmente con la oportunidad de informar a la autoridad judicial y a otras instituciones pertinentes de la existencia de menores abandonados y de vigilar si los niños tienen igualdad de oportunidades en relación con el derecho a la atención médica y al acceso a educación.

18.El Defensor también puede solicitar a las administraciones y a órganos públicos y privados la información necesaria para proteger a los menores, conforme a la protección de la vida privada, y visitar instituciones públicas y privadas que reciben niños. La autoridad puede examinar asimismo, incluso ex officio, situaciones en que puede reconocerse una violación o riesgo de violación de los derechos del niño.

19.La autoridad también garantiza formas adecuadas de consulta con las asociaciones para el niño y la familia, lo mismo que con todas las organizaciones nacionales e internacionales dedicadas a la protección del niño.

20.Además, para cumplir sus funciones, la autoridad tiene el derecho de solicitar acceso a documentos o bases de datos.

21.En cuanto a las actividades de estudio e investigación, el Defensor puede promover, a nivel nacional, encuestas sobre el cumplimiento de los derechos de los niños y adolescentes, usando los datos e información preexistentes del Observatorio Nacional de la Familia, el Observatorio Nacional de la Infancia y la Adolescencia, el Centro Nacional de Documentación y Análisis de la Infancia y la Adolescencia y el Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil.

B.Cumplimiento de obligaciones internacionales

22.Hasta la fecha Italia ha ratificado todos los principales convenios de derechos humanos, y ha aceptado así amplias obligaciones internacionales relacionadas con la protección y promoción de los derechos humanos. En particular, Italia ratificó el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el 15 de septiembre 1978 y participó en el Grupo de Trabajo de la Comisión de Derechos Humanos encargado de estudiar las opciones relativas a la elaboración de un Protocolo Facultativo del Pacto Internacional (tres períodos de sesiones, 23 febrero a 5 marzo de 2004, 10 a 21 enero de 2005 y 6 a 17 febrero de 2006). Italia firmó el Protocolo Facultativo en 2009 y estudia atentamente los procedimientos internos para la ratificación.

C.Derechos económicos, sociales y culturales

23.La Constitución italiana garantiza una promoción y protección equitativa de los derechos civiles y políticos lo mismo que de los derechos económicos, sociales y culturales. La Constitución de Italia reconoce derechos económicos, como el derecho a la propiedad, la libertad de emprender iniciativas económicas, el derecho al trabajo y a la libre elección del trabajo, el derecho a formar sindicatos (art. 39), el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 36), el trato igual del trabajo (art. 37) y la seguridad social (art. 38).

24.Además, la Constitución dispone que el Estado aplicará políticas sociales y de bienestar y promoverá la justicia social. En este contexto se deben garantizar los siguientes derechos: el derecho a la salud y al más alto nivel de salud física y mental, incluso atención médica gratuita para todos (art. 32), un nivel de vida mínimo para los necesitados (art. 38) y protección de la familia, en particular de las madres y los niños (arts. 29 a 31).

25.La pobreza se combate mediante diferentes medidas, entre ellas la promoción de las oportunidades de trabajo, instrumentos específicos de orientación y acceso al trabajo, un sistema retributivo que fomenta el desarrollo económico y medidas de apoyo a las familias que viven en la pobreza. Además, a causa de la crisis financiera y económica internacional, en 2008 se adoptaron medidas extraordinarias a fin de aumentar el poder adquisitivo de las familias, los trabajadores, los jubilados y las personas de bajos ingresos.

26.Conforme a los artículos 3, 30, 33 y 34 de la Constitución, la inclusión y la integración sociales son principios fundamentales del sistema educativo público de Italia. Se han tomado varias medidas para garantizar el derecho a la educación y para asegurar la asistencia efectiva a la escuela y responder a necesidades individuales y colectivas, incluidas las de alumnos con discapacidad o necesidades especiales, grupos vulnerables, migrantes y niños romaníes. Se han asignado recursos financieros adecuados a nivel local y nacional, sobre todo en zonas en que se ha registrado una tasa alta de deserción escolar. Se prevé la enseñanza obligatoria gratuita para la escuela primaria y la secundaria. En 2007 esta obligación se extendió hasta los 18 años. Los libros de texto son gratuitos en la escuela primaria, y en otros ciclos de la enseñanza se prevén medidas específicas para conceder becas a los hijos de familias desfavorecidas.

27.La inclusión de los alumnos extranjeros —en particular los que proceden de corrientes migratorias recientes— siempre ha estado en el centro del sistema escolar italiano, a fin de asegurar la integración rápida según la edad y los conocimientos. En los últimos cinco años el número de alumnos extranjeros ha aumentado alrededor de un 140%: en el año lectivo 2007-2008 las escuelas italianas registraron unos 575.000 alumnos extranjeros.

D.Política contra la discriminación

28.La Oficina Nacional contra la Discriminación Racial (UNAR —véase el párrafo 4 supra) está iniciando un nuevo programa de medidas que se aplicarán a nivel nacional, gracias a un esfuerzo conjunto de las regiones y las autoridades locales, a fin de crear un sistema integrado para prevenir y combatir la discriminación racial.

29.La primera medida principal es la transformación del servicio de llamadas actual en un centro de contacto basado en la Web con acceso para las posibles víctimas o testigos de discriminación, que llenan un formulario en su idioma que se procesa inmediatamente.

30.Se está estudiando una segunda línea de intervención que consistiría en convertir la UNAR actual en una Oficina Nacional contra la Discriminación (UNA), es decir, no limitada a la discriminación por motivos raciales o étnicos.

III.Novedades relativas a los derechos particulares garantizados en el Pacto

A.Disposiciones generales del Pacto

Artículo 1Derecho a la libre determinación

31.La promoción y el respeto de los derechos humanos y el progreso económico y social son los pilares fundamentales en que se basa la Cooperación Italiana. La Ley de la Cooperación Italiana para el Desarrollo (Nº 49/87) tiene por objeto la realización plena de los derechos humanos fundamentales. Proclama el respeto de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular el derecho al trabajo, a un nivel de vida adecuado, incluidos los derechos a la alimentación y a la vivienda, a la salud, a la educación y a disfrutar de la vida cultural y a participar libremente en ella.

32.Italia reconoce que el desarrollo es un proceso económico, social, cultural y político global que tiende al mejoramiento del bienestar de toda la población y de todos los individuos sobre la base de su participación activa y libre en el desarrollo y en la distribución equitativa de los beneficios resultantes. Todos los programas y proyectos italianos de cooperación para el desarrollo tienen por objeto erradicar la pobreza y crear las condiciones para lograr el progreso económico y social, asegurar el empoderamiento y la participación activa de las mujeres y las personas y grupos desfavorecidos y marginados, empleo y trabajo adecuado, recursos básicos y la distribución equitativa de los ingresos, la provisión de un nivel de vida adecuado, incluidos alimentos y vivienda, servicios médicos, educación y participación en la vida cultural.

33.Italia está firmemente dedicada a alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM) en 2015, a nivel bilateral y multilateral y en el marco de la Unión Europea, lo cual no solo es una obligación ética de solidaridad con las poblaciones privadas de sus derechos y necesidades esenciales, sino también una inversión estratégica en beneficio de la misma Italia.

34.La acción de la Cooperación Italiana sigue inspirada en particular por los ODM vinculados directamente a la reducción de la pobreza, la salud y el desarrollo sostenible. En este contexto, a fin de asegurar la aplicación sistemática de los principios básicos de igualdad, no discriminación, participación, transparencia y rendición de cuentas en todas las actividades de cooperación, la Cooperación Italiana ha establecido los marcos estratégicos y directrices multianuales que se adoptarán en la prestación de cooperación y asistencia internacionales en ciertos sectores prioritarios y actividades intersectoriales, principalmente la reducción de la pobreza, la apropiación democrática, la igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer, la salud, las discapacidades, los menores, la educación, la agricultura y la seguridad alimentaria y la buena donación humanitaria. Las directrices representan una visión común conseguida mediante un proceso de consulta con todos los interesados en el desarrollo (otros ministerios, instituciones, organizaciones de la sociedad civil (OSC)) y la comprensión de la forma de colaborar de manera más eficaz para ayudar a los países asociados a reducir la pobreza teniendo en cuenta sus diferentes dimensiones, como la seguridad alimentaria, la salud, la educación, la dignidad y el trabajo decente y la sostenibilidad ambiental.

35.Italia se ha comprometido a aplicar los principios de eficacia de la ayuda enunciados en la Declaración de París y renovados en el Programa de Acción de Accra y el Documento de la Alianza de Busan. En particular, la Cooperación Italiana está haciendo un esfuerzo para apoyar esos principios en todos los niveles. Desde 2009 se han introducido indicadores de eficacia de la ayuda y todos los programas y proyectos se evalúan ex ante según criterios de eficacia de la ayuda. Este mecanismo se estableció para garantizar que se tengan plenamente en cuenta ciertos principios fundamentales en las actividades de la Cooperación Italiana, lo mismo que en la negociación y ratificación de acuerdos internacionales, para evitar el menoscabo de los derechos económicos, sociales y culturales, especialmente de los más grupos más desfavorecidos y marginados.

36.La igualdad entre los géneros y el empoderamiento de la mujer tienen alta prioridad en las estrategias de ayuda de Italia. Se han promovido programas específicos para el empoderamiento y el aumento de la capacidad de las mujeres, incluida la promoción de la participación de las mujeres en la reconstrucción de países en situación de conflicto o después de un conflicto (especialmente en la región del Oriente Medio). Además, las cuestiones intersectoriales de género se tienen específicamente en cuenta en todos los programas y proyectos de cooperación.

37.Con respecto a los menores, la Cooperación Italiana promueve iniciativas integradas multisectoriales en que las generaciones jóvenes son consideradas un recurso fundamental para el desarrollo sostenible, para la consolidación de procesos democráticos y de fomento de la paz y para el fortalecimiento de las políticas de género. En este campo, la Cooperación Italiana actúa a nivel bilateral y multilateral en colaboración con los organismos de las Naciones Unidas, las regiones, las autoridades locales y las OSC. Programas y proyectos promueven los derechos humanos y civiles de los niños y niñas, adolescentes y jóvenes, a fin de sostener y reforzar una acción de transformación cultural que combate todas las formas de desigualdad y discriminación entre seres humanos desde el nacimiento. En particular, las iniciativas de la Cooperación Italiana atacan los factores que están en la base de situaciones difíciles y perjudiciales para los menores, como la pobreza extrema, la ruptura de los vínculos familiares y comunitarios, la exclusión social, el tráfico internacional de personas (en particular de "mujeres" que son todavía menores de edad, adolescentes y niños), el trabajo infantil en sus peores formas, los niños soldados en conflictos armados y la migración de niños y adolescentes no acompañados. Por otra parte, la Cooperación Italiana, en colaboración con las administraciones regionales, autoridades locales y organizaciones de la sociedad civil, promueve iniciativas de educación y sensibilización dirigidas a aumentar la comprensión de las condiciones de los niños y adolescentes en los países asociados, lo mismo que entre las comunidades de inmigrantes de Italia. Por último, Italia ha actualizado recientemente las directrices sobre discapacidades (elaboradas en 2002) incluyendo principios e instrumentos para incorporar la cuestión en los programas y proyectos de cooperación para el desarrollo.

38.Reconociendo el derecho de todos a la educación, conforme al segundo ODM (enseñanza primaria universal), la Cooperación Italiana contribuyó a la Iniciativa Acelerada de Educación para Todos y a su base financiera, el Fondo de Educación para Todos, aportando en total 32 millones de dólares de los Estados Unidos entre 2003 y 2010.

39.Cada año el Ministerio de Educación dicta órdenes separadas de desembolso de fondos para becas y para la provisión gratuita de libros de texto a las familias pobres. En 2011 los fondos se dividieron en 103 millones de euros para libros y 15.325.000 euros para becas.

40.Para contribuir a la consecución de los ODM cuarto (reducir la mortalidad infantil), quinto (mejorar la salud materna) y sexto (combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras enfermedades), la Cooperación Italiana se dedica constantemente a ejecutar proyectos y programas para mejorar la atención primaria de la salud y la atención de la salud de la madre y el niño, principalmente en los países subsaharianos, y ha aportado más de 1.000 millones de dólares desde 2001 (282 millones de dólares entre 2006 y 2008) al Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria. La Cooperación Italiana también contribuyó al establecimiento de instrumentos financieros innovadores relativos a la salud para apoyar programas de investigación y vacunación, combatir enfermedades y fomentar la disponibilidad de medicamentos asequibles y el acceso a ellos, como el Compromiso Anticipado de Mercado (AMC), el Servicio Financiero Internacional para la Inmunización (IFFIm) y el Canje de Deuda por Salud, basado en la experiencia italiana de programas de canje de deuda por desarrollo en varios países.

41.Las grandes limitaciones presupuestarias recientes obligaron a Italia a revisar su plan de aumentar progresivamente el volumen de ayuda para el desarrollo con miras al objetivo final de 2015 acordado en Monterrey. Sin embargo, la disminución de los fondos asignados a actividades de cooperación para el desarrollo fijados por la ley de finanzas anual desde 2009 debe considerarse en un contexto más amplio: de hecho, hasta 2007/08, Italia fue uno de los principales donantes que prestaban apoyo técnico y financiero para actividades de desarrollo en los países asociados, incluidas las contribuciones a organizaciones no gubernamentales (ONG), organizaciones internacionales, la Comisión Europea y el Fondo Mundial de Lucha contra el Sida, la Tuberculosis y la Malaria. Además, si bien solo una parte de los fondos de la asistencia oficial para el desarrollo (AOD) son administrados por la Dirección General de Cooperación para el Desarrollo (DGCS) del Ministerio de Relaciones Exteriores (MAE) (como se indica en los cuadros 1 y 2), otros interesados en el desarrollo contribuyen a la ejecución de actividades de cooperación para el desarrollo y aportan financiación adicional, principalmente los Ministerios de Hacienda, Desarrollo Económico, Agricultura, Medio Ambiente, Salud, Interior y Defensa y también el Departamento de Protección Civil, la Cruz Roja Italiana, las OSC y el sistema descentralizado de cooperación (las regiones italianas sancionaron leyes y marcos para la cooperación internacional para el desarrollo).

42.Los cuadros siguientes indican el total de AOD entre 2006 y 2010 (cuadro 1) y los recursos y asignaciones del MAE/DGCS a los ocho ODM en el mismo período (cuadro 2).

Cuadro 1

Volumen, conductos y asignaciones de la AOD

( En millones de dólares de los Estados Unidos )

2006

2007

2008

2009

2010

Bilateral

2 000,92

1 270,31

1 838,26

874,70

759,14

Multilateral

1 640,16

2 700,31

3 022,38

2 422,79

2 237,25

DGCS solamente

1 597,51

963,85

586,52

550,71

Total

3 641,08

3 970,62

4 860,64

3 297,49

2 996,39

AOD/INB (%)

0,20

0,19

0,22

0,16

0,15

ING: ingreso nacional bruto.

Cuadro 2

Recursos del Ministerio de Relaciones Exteriores/Dirección General de Cooperación para el Desarrollo (MAE/DGCS) – Asignaciones por ODM

( En millones de dólares de los Estados Unidos )

2006

2007

2008

2009

2010

1. Hambre y pobreza

35,122

61,880

171,0

157,956

138,560

2. Enseñanza primaria universal

0,854

6,827

37,817

25,238

15,410

3. Igualdad entre los géneros y mujeres

2,899

6,018

22,434

17,425

11,585

4. Mortalidad infantil

6,485

9,878

17,453

31,839

33,877

5. Salud materna

2,268

4,683

7,464

5,615

9,191

6. Lucha contra el VIH/SIDA, la malaria y otras enfermedades

118,29

105,56

115,99

23,318

18,095

7. Sostenibilidad ambiental

9,632

15,143

46,421

65,529

36,298

8. Alianza Mundial para el Desarrollo

54,889

43,539

250,971

187,502

138,783

43.La Oficina para la Promoción de la Igualdad de Trato y la Eliminación de la Discriminación por Raza u Origen Étnico (UNAR) se estableció para aplicar la Directiva 2000/43/CE sobre el principio de igualdad de trato de las personas independientemente del origen racial o étnico.

44.El Gobierno de Italia ha determinado en detalle las funciones que la Oficina debe cumplir definiendo sus deberes, facultades y límites. El Decreto legislativo Nº 215/2003 y el Decreto Presidencial correlativo de 11 de diciembre de 2003 sobre la organización de la Oficina enumeran en detalle estas diferentes funciones, que pueden clasificarse fácilmente en cuatro grandes categorías, según los objetos:

La primera esfera de acción incluye todas las actividades encaminadas a evitar todo comportamiento o acto que pueda producir un efecto discriminatorio, sensibilizando a la opinión pública y a los profesionales del sector y mediante la actividad de información y comunicación.

La eliminación de toda circunstancia que implique discriminación constituye el segundo grupo de actividades. Estas funciones se cumplen con pleno respeto de las autoridades judiciales e incluyen la facultad de prestar asistencia letrada gratuita a las víctimas de discriminación durante los procedimientos judiciales y administrativos o hacer investigaciones para confirmar la existencia de discriminación.

La tercera esfera de competencia incluye la promoción de acciones positivas, estudios, investigaciones, cursos de formación e intercambio de experiencias, también en colaboración con las asociaciones y los organismos que trabajan en el sector, con los institutos de estadística y con las ONG. El objeto es elaborar directrices para la lucha contra la discriminación, códigos de conducta y memorandos de entendimiento encaminados a intervenciones de fomento de la igualdad de trato.

La cuarta y última esfera de acción agrupa las actividades de seguimiento y evaluación de la aplicación efectiva del principio de igualdad de trato y la eficacia de los mecanismos de protección. Con este fin la UNAR, mediante un control estadístico y cualitativo sistemático de los casos de discriminación por motivos étnicos o raciales, prepara cada año un informe sobre su labor para el Parlamento y otro para el Presidente del Consejo de Ministros.

45.En julio, tras el nombramiento del nuevo Director de la Oficina, se inició una fase sin precedentes de desarrollo y consolidación de la organización y las funciones de la UNAR.

46.El sector de las políticas de lucha contra la discriminación racial fue la primera esfera de las actividades de la UNAR que sufrió una profunda transformación, centrada en la organización de un servicio de atención de llamadas (número de teléfono 800.90.10.10)

47.Desde diciembre de 2009 y tras la adjudicación de un contrato público europeo, el centro de atención telefónica se ha convertido en un centro de contacto mediante la creación de un sitio web (www.unar.it) en que las posibles víctimas o testigos de incidentes de discriminación tienen acceso gratuito al servicio en su idioma y sin limitación de tiempo. Después que el interesado llena el formulario en línea, el informe se remite inmediatamente al primer nivel del centro de contacto.

48.El sitio web, además de facilitar el acceso al servicio, funciona como plataforma multimedia para el funcionamiento de la comunidad virtual.

49.Dentro de la plataforma también se ha creado una sección interactiva dirigida a las asociaciones incluidas en el Registro mencionado en el Decreto legislativo Nº 215/2003, que permite a las asociaciones introducir directamente la información que deben presentar periódicamente para mantener su inscripción en el Registro. Así la Oficina podrá tener información actualizada y comparable sobre las actividades desarrolladas en las diferentes zonas geográficas.

50.Además, el servicio incluye el ensayo a nivel nacional de las formas de apoyo directo a las víctimas de discriminación, entre otras cosas el fortalecimiento del asesoramiento jurídico y la posible creación de un fondo de solidaridad destinado a financiar las costas exigibles a las víctimas de discriminación y/o a las asociaciones facultadas para actuar en su nombre según los artículos 4 y 5 del citado decreto legislativo.

51.Por último, se ha establecido una actividad innovadora de asesoramiento, formación y asistencia técnica locales para las asociaciones y los organismos mencionados en los artículos 5 y 6 del decreto legislativo, y también para las redes locales para la prevención y eliminación de la discriminación racial promovidas por los gobiernos regionales y locales de acuerdo con la Oficina.

52.El nuevo modelo de organización fija como una de las actividades principales del centro de contacto el seguimiento constante y uniforme de la prensa y la Web.

53.Con respecto a la función de los medios de información como fuente de datos sobre discriminación, otra innovación importante es el establecimiento de un servicio centralizado de seguimiento de incidentes de discriminación en los medios y la Web.

54.El servicio incluye la producción periódica de una revista temática de las noticias nacionales y locales, y la investigación y el uso de tecnologías de seguimiento para examinar metódicamente los nuevos medios de información. Esta actividad incluye la comunicación al centro de contacto de los incidentes de discriminación descubiertos en los medios de información y el procesamiento respectivo con los mismos procedimientos seguidos para los informes en línea.

55.Los recursos anuales asignados para el funcionamiento del servicio se han casi duplicado (de 350.000 a 648.000 euros), lo mismo que el personal de las ACLI (Associazioni Cristiane dei Lavoratori Italiani – Asociaciones Cristianas de los Trabajadores Italianos), contratistas del servicio (de 6 a 12 personas).

56.Además, con la creación del nuevo modelo organizativo del centro de contacto de la UNAR y su fortalecimiento, si se comprueba una violación del código de ética de la Carta de Deberes del Periodista o incumplimiento de las normas de la Carta de Roma, la Oficina comunica sistemáticamente los artículos pertinentes publicados en la prensa o en la Web o programas difundidos por radio o televisión a la Asociación de Periodistas responsable del sector respectivo.

57.Los mismos artículos o programas se incluirán entonces en la sección recién creada sobre la representación de las personas extranjeras en los medios de información del Informe al Parlamento que la Oficina prepara anualmente según el artículo 7, párrafo 2, apartado f) del Decreto legislativo Nº 215 de 9 de julio de 2003.

58.Cinco años después de su creación, a la luz de las actividades ejecutadas, la experiencia adquirida y las solicitudes presentadas por víctimas de discriminación y por la comunidad, la UNAR se propuso, en el marco del nuevo modelo organizativo de intervención de la Oficina, como promotor —paralelamente a la transformación del centro de atención telefónica en centro de contacto— de la creación de una Red Nacional de Antenas Regionales cada vez mayor encaminada a estudiar y atender los incidentes de discriminación racial, mediante la conclusión de memorandos de entendimiento y acuerdos operacionales con las regiones y las autoridades locales.

59.Con una referencia específica a las relaciones con las regiones, y por tanto asegurando que la vigilancia local de los actos discriminatorios se ejecute efectivamente, la UNAR, poniendo en práctica el memorando de entendimiento firmado en 2007 por el Departamento de Igualdad de Oportunidades con la Región de Emilia Romaña para el establecimiento de proyectos conjuntos relativos a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades y no discriminación, concluyó el 22 de junio de 2009 un acuerdo operacional con el Centro Regional contra la Discriminación de la Región de Emilia Romaña.

60.El acuerdo, que tiene una duración de tres años, prevé el establecimiento de una cooperación constante dirigida a la consolidación de las actividades de ambas partes en la lucha contra la discriminación. Particularmente importante es el establecimiento de una Red de Antenas Regionales contra la Discriminación, destinada a registrar los casos de discriminación en el nivel local para informar a la UNAR, que a su vez se compromete a prestar apoyo jurídico y científico y hacer el análisis e interpretación de la información y el procesamiento de datos estadísticos.

61.De aquí el propósito de extender y sistematizar el experimento en curso en Emilia Romaña a otras regiones y provincias, a fin de incluir no solo los niveles institucionales sino también las asociaciones que ya existen prestándoles apoyo para sus actividades de formación y orientación lo mismo que en asuntos jurídicos.

62.Haciendo esa propuesta a las regiones y las autoridades locales, la Oficina —en ejercicio de su mandato institucional de verificar la aplicación de la legislación contra la discriminación— tomó disposiciones conforme al Decreto legislativo Nº 286 de 25 de julio de 1998, "Ley unificada de disposiciones que rigen la inmigración y las condiciones del ciudadano extranjero", que, en el artículo 44, párrafo 12, establece que "las regiones, en cooperación con las provincias y municipios, las asociaciones de inmigrantes y las asociaciones voluntarias, establecerán, para aplicar las normas enunciadas aquí y para estudiar el fenómeno, centros de seguimiento, información y asistencia letrada para los extranjeros que sean víctimas de discriminación por motivos raciales, étnicos, nacionales o religiosos", y también se ajustó a la opinión del Comité de las Regiones sobre la propuesta de Directiva del Consejo sobre la aplicación del principio de igualdad de trato de las personas sin distinción de religión o creencia, discapacidad, edad u orientación sexual. En la citada opinión el Comité confirma la importancia de las entidades regionales y locales en vista de su proximidad a los ciudadanos, que les permite reunir y difundir información sobre los grupos o personas vulnerables y sus necesidades y también afectar la vida cotidiana de los ciudadanos por estar encargadas de la mayor parte de los aspectos y servicios sociales y económicos.

63.Después de evaluar el estado de cumplimiento del párrafo 12 del artículo 44 de la ley unificada de acuerdo con la Oficina de la "Conferencia Conjunta" de la Presidencia del Consejo de Ministros, la UNAR propuso a las regiones un memorando de entendimiento sobre la creación de Observatorios/Centros de Seguimiento regionales para prevenir y combatir la discriminación y promover la difusión de la cultura del respeto de la diversidad, con miras al intercambio y al fortalecimiento mutuos (la Conferencia Conjunta es un foro conjunto que abarca la Conferencia Estado-regiones, la Conferencia Estado-ciudades y las autoridades de autogobierno local). El acuerdo operacional posterior regiría las relaciones y la cooperación entre la UNAR y el Centro Regional para coordinar el sistema de seguimiento y atención de casos, permitir un intercambio periódico de información que se usaría en los cursos de capacitación y actualización y definir y promover cada año proyectos conjuntos para aumentar la conciencia pública de la lucha contra la discriminación.

64.Se incluyen en este contexto la confirmación del memorando de entendimiento con el Ayuntamiento de Roma, encaminado a establecer un centro de seguimiento urbano para prevenir y combatir la discriminación, firmado el 21 de octubre de 2009 por el alcalde de Roma y la Ministra de Igualdad de Oportunidades, y el memorando de entendimiento firmado el 6 de diciembre de 2009 con la Región de Liguria y el firmado el 17 de diciembre de 2009 con la Región de Piamonte.

Artículos 2 y 3No discriminación e igualdad

a)Medidas regulativas

65.El 25 de enero de 2010 se dictó el Decreto legislativo Nº 5, "Aplicación de la Directiva 54/2006/CE sobre el principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato de hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación (refundición)". Esta es una medida necesaria relacionada con las obligaciones derivadas de la entrada de Italia en la UE, pero se refiere esencialmente al fortalecimiento del principio de igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres, que debe aplicarse en todos los campos, incluidos el empleo, el trabajo y el salario. La nueva legislación también refuerza las medidas para eliminar todo tipo de discriminación por sexo, que tenga por consecuencia el menoscabo o no reconocimiento del ejercicio de los derechos humanos y las libertades fundamentales en los terrenos civil, político, económico, social, cultural y en cualquier otro.

b)Acuerdos estratégicos de carácter general

66.La "Carta de igualdad de oportunidades e igualdad en el lugar de trabajo", patrocinada por la Consejera Nacional de Igualdad en colaboración con varias asociaciones de empleadores y apoyada por el Ministro de Trabajo y la Ministra de Igualdad de Oportunidades, tiene por objeto aumentar el pluralismo y las prácticas inclusivas en el campo del trabajo. Varias organizaciones se han unido a la Carta participando directamente en la lucha contra todas las formas de discriminación en el lugar de trabajo (por género, edad, discapacidad, origen étnico, religión u orientación sexual) y comprometiéndose al mismo tiempo a aumentar la diversidad en la empresa, con especial atención a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres.

c)Buenas prácticas – Proyectos ejecutados por la Consejera Nacional de Igualdad

67.Conforme a las directrices programáticas fijadas por el Ministro de Trabajo, en 2009 la Consejera Nacional de Igualdad, cuyo mandato se prorrogó hasta 2010 con recursos parecidos, promovió los proyectos indicados a continuación, bajo el tema del trabajo de la mujer. Los proyectos se financiaron con recursos del Fondo para las actividades de los Consejeros o Consejeras de Igualdad. Los proyectos representan uno de los instrumentos para la aplicación concreta de la legislación sobre igualdad y de los programas ministeriales para alentar y promover la presencia de la mujer en el mercado de trabajo. Las medidas se planifican para 12 meses y se pueden repetir para asegurar la continuidad.

i)"Acción en apoyo de la Oficina de la Consejera Nacional de Igualdad"

68.Este es un programa de medidas encaminadas a la promoción de políticas de bienestar, con especial atención a la igualdad de oportunidades. Mediante tres líneas de acción, se prevé:

a)La producción y reunión de datos sobre el mercado de trabajo por género, territorio y sector económico; el análisis de los diferentes contratos colectivos nacionales de trabajo (CCNL) y acuerdos programáticos con las partes sociales y buenas prácticas de salud y seguridad de las trabajadoras y de prevención y regularización del empleo irregular y de la negociación de segundo nivel;

b)La ejecución de un plan de reunión de información sobre los servicios locales de planificación de políticas laborales y actividades de capacitación y prevención de riesgos en el lugar de trabajo;

c)La aplicación de un plan de información sobre los instrumentos de intervención europeos en apoyo de la empleabilidad de las mujeres.

ii)Proyecto relativo a las siguientes esferas

d)La ejecución y el desarrollo del Observatorio de la negociación descentralizada y la conciliación de tiempos y acuerdos y prácticas informales y de la base de datos sobre la actividad antidiscriminatoria judicial y extrajudicial;

e)La elaboración del plan de empleo y conciliación, la elaboración y promoción de instrumentos y medidas previstos en él (horario flexible, conjunto de servicios para las personas independientes, etc.), la elaboración del plan de formación y orientación, la determinación de medidas para la orientación del curso de estudio y trabajo, con especial atención a las mujeres jóvenes;

f)Actividades para la difusión y desarrollo en el territorio de la "Carta de igualdad de oportunidades e igualdad en el lugar de trabajo".

iii)"Apoyo y desarrollo del análisis de sistemas para la promoción de políticas activas y la promoción y evaluación del personal de la administración pública y políticas laborales encaminadas a la promoción de la igualdad de oportunidades"

69.La intervención se refiere a las siguientes esferas:

a)La realización de talleres de información para Consejeras de Igualdad y directores de dependencias locales de la administración pública sobre el contenido y los principios de la reforma de la administración pública (Decreto legislativo Nº 150/2000);

b)El apoyo a la actividad de las Consejeras de Igualdad en los territorios regionales y provinciales, para el desarrollo de sus actividades de promoción y vigilancia también en el campo del empleo público;

c)El seguimiento de las buenas prácticas aplicadas mediante políticas activas en el sector público relativas a los sistemas de evaluación y gestión del rendimiento; seguimiento de nuevas y buenas prácticas aplicadas por la administración pública, incluso a nivel territorial, derivadas de las recientes renovaciones de contratos y de la negociación integrada descentralizada, que permite usar instrumentos de empleo para asegurar un horario flexible bien organizado.

d)Empleo de mujeres en la Administración Pública

70.El Decreto legislativo Nº 150 de 27 de octubre de 2009, dictado para ejecutar la Ley Nº 15 de 4 de marzo de 2009 ("Ley Brunetta") de optimación de la productividad del trabajo y la eficiencia y transparencia del poder público, renovó sustancialmente la política y los instrumentos de igualdad de oportunidades, con especial atención al sistema de evaluación de los resultados de las buenas prácticas de promoción de la igualdad entre los géneros y el trabajo de la mujer. Este último puede activarse especialmente en forma descentralizada, en colaboración con el Consejero de Igualdad. Se creó un comité operativo del Departamento de Administración Pública y el Consejero de Igualdad, que ha elaborado una sólida planificación de apoyo destinada a ejecutar medidas conjuntas y regir la materia y los procesos, determinando instrumentos concretos para promover y mejorar el trabajo de la mujer. Hubo tres seminarios de formación para jefes de personal y asesores, y hay una colaboración directa continua entre el Consejero Nacional y la CIVIT (Comisión Independiente para la Evaluación, la Transparencia y la Integridad de los Órganos Públicos) sobre el sistema de evaluación basado en la determinación de criterios objetivos para medir, evaluar y finalmente asegurar una remuneración y niveles de carrera justos con miras a la igualdad entre los géneros.

e)Salud y seguridad de las trabajadoras

71.Hay que tener en cuenta lo que se subraya a continuación con respecto a la protección de la salud y la seguridad de las trabajadoras. El 3 de mayo de 2010 se inició una campaña de comunicación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, centrada en el papel activo del Consejero de Igualdad. La Ley unificada Nº 81/2008 sobre salud y seguridad en el lugar de trabajo va más allá de la concepción tradicional de la protección del trabajo de la mujer, limitada en general a la cuestión del embarazo, introduciendo una valoración más profunda del riesgo relacionado con las diferencias entre los géneros: la seguridad en el trabajo, el estrés mental y la discriminación tienen un denominador común, como se subraya en el artículo 28. Esta innovación legislativa incorpora y se ajusta a la orientación europea e internacional, centrada en la promoción de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, y pone de relieve la cuestión de la diferencia de género, como se indica en el Plan Estratégico 2007/2012. Por otra parte, se estableció un grupo de expertos en la Oficina de la Consejera Nacional de Igualdad junto a la Dirección General de Inspecciones (compuesta de un director e inspectores del trabajo), que ya ha producido un resultado importante sobre los procedimientos para la licencia de maternidad seguida y controlada. El mismo grupo de expertos está terminando un documento para definir las medidas necesarias para desarrollar la aplicación de la Ley unificada Nº 81/2008. Esta campaña tiene por objeto informar a los ciudadanos, y en particular a las mujeres que trabajan, de la función de la Consejera de Igualdad, que aplica medidas concretas en cada región y cada provincia para promover el empleo femenino y la conciliación del trabajo con la familia, participando directamente en apoyo de las políticas de igualdad de oportunidades e igualdad y seguridad en el lugar de trabajo. Además, la Oficina de la Consejera Nacional de Igualdad participa en la Comisión Ministerial que está redactando las Directrices previstas para la aplicación de la ley unificada, a fin de dar una definición precisa de "diferencia de género" y determinar las actividades de prevención, salud y seguridad.

72.En los últimos años el Departamento de Igualdad de Oportunidades de Italia, establecido por el Decreto del Presidente del Consejo de Ministros (DPCM) Nº 405 de 28 de octubre de 1997 y modificado por los DPCM posteriores (de 30 de noviembre de 2000, 30 de septiembre de 2004 y 25 de febrero de 2010), ha seguido promoviendo y coordinando, de conformidad con las conclusiones acordadas en la Conferencia de Beijing, las medidas del Gobierno contra la violación de los derechos fundamentales a la integridad personal y a la salud de la mujer y la niña, la explotación y la trata de seres humanos y la violencia contra la mujer.

73.El Código de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres, sancionado con el Decreto legislativo Nº 198/2006, reúne y coordina en un solo conjunto de disposiciones la legislación vigente sobre prevención y eliminación de todas las formas de discriminación basada en el género. También introduce, dentro de los límites de dicha coordinación, las modificaciones necesarias encaminadas a garantizar la coherencia lógica y sistemática de las normas y a ajustar y simplificar el lenguaje de la legislación.

74.El 12 de junio de 2011 se sancionó la Ley Nº 120/2011, que dispone que el principio de la igualdad entre los géneros se tendrá debidamente en cuenta en los consejos de administración y los consejos de auditores estatutarios de las empresas cotizadas en bolsa y las empresas públicas. La reglamentación de la ley se aprobará pronto.

75.El Departamento de Igualdad de Oportunidades, designado órgano nacional encargado de la ejecución del Plan de Acción Nacional de 2007, promovió muchas actividades relacionadas con la redacción del Plan de Acción Nacional y con la elaboración de directrices para la ejecución del programa, respetando el principio de coordinación de la incorporación de la perspectiva de género con todas las entidades, privadas y públicas, entre ellos los testigos de discriminación y los expertos en discriminación, las asociaciones que representan a las víctimas de discriminación y la Red Europea contra el Racismo (ENAR), Ministerios, regiones y zonas metropolitanas, y el Consejero Nacional de Igualdad, grupos técnicos interministeriales de la Conferencia Estado-regiones y talleres sectoriales y temáticos, en los cuales participaron ministerios, representantes de organizaciones o asociaciones sociales y empresarias y sindicatos nacionales.

76.Conforme al artículo 21 de la Ley Nº 183/2010, de 11 de junio de 2011 (Diario Oficial Nº 134), el Ministro de Administración Pública e Innovación y la Ministra de Igualdad de Oportunidades emitieron las Directrices sobre el funcionamiento de "los Comités de protección de la igualdad entre los géneros, mejora del bienestar de los trabajadores y lucha contra la discriminación" (Comitati Unici di Garanzia, CUG). Desde el punto de vista de la simplificación y racionalización administrativa, el Comité para la Protección de la Igualdad entre los Géneros se hace cargo de las funciones antes encomendadas por la citada ley a los Comités de Igualdad de Oportunidades y a los Comités Mixtos sobre el Acoso en el Trabajo y a la negociación colectiva. El Comité extiende sus esferas de interés a la discriminación por género, edad, orientación sexual, raza, origen étnico, discapacidad, religión o idioma. Por tanto representa un punto de contacto único, más completo y más eficiente, al cual los trabajadores pueden recurrir si son víctimas de discriminación y desean recibir protección. El Comité ofrece un instrumento eficaz y completo contra la discriminación en el lugar de trabajo. La protección abarca el trato económico, el progreso en la carrera, la seguridad y el acceso al trabajo. Por tanto la administración pública tendrá la obligación de garantizar un ambiente de trabajo encaminado al bienestar organizativo, en el cual está estrictamente prohibida toda forma de violencia moral o psicológica. El CUG cumple funciones de asesoramiento, propuesta y vigilancia.

77.El 15 de junio de 2011 el Ministro de Educación y la Ministra de Igualdad de Oportunidades firmaron un documento sobre la diversidad de género, que se remitió después a todas las escuelas italianas para promover la cultura de género en la educación mediante una conciencia innovadora capaz de abarcar cinco esferas básicas: la familia, el trabajo y la igualdad de oportunidades, la mujer y la ciencia, el espacio público y grupos sociales, el lenguaje y los medios de información.

B.Derechos particulares garantizados por las disposiciones del Pacto

Artículo 6Derecho a trabajar

78.El Parlamento italiano sancionó hace poco la Ley de reforma del mercado de trabajo (Ley Nº 92, de 28 de junio de 2012, que entró en vigor el 18 de julio de 2012), para que la economía italiana pudiera aprovechar las oportunidades y responder a los problemas relacionados con la ampliación de los mercados y el cambio técnico, aumentar la competitividad y explotar los nuevos modelos tecnológicos y organizativos a fin de reaccionar oportunamente a los signos de recuperación económica.

79.La aplicación concreta se basa en una reforma estructural de las instituciones y políticas que rigen hoy el mercado de trabajo.

80.Estas intervenciones tienen por objeto:

Luchar contra la segmentación del mercado de trabajo y restablecer la equidad en el nivel de protección del empleo, restringiendo el uso excesivo de contratos atípicos y reformando al mismo tiempo las normas de despido individual según los cambios del mercado de trabajo;

Hacer las políticas de protección social más eficientes, más justas y más adecuadas a la situación económica y al cambio de la estructura del mercado de trabajo y de la legislación de protección.

81.La acción emprendida por el Gobierno de Italia se compone de los cuatro elementos siguientes.

a)Revisión de los contratos de trabajo

82.Las intervenciones relativas a los tipos actuales de contrato tienen el doble propósito de mantener los aspectos positivos de la flexibilidad laboral (fomentando la eficiencia del mercado de trabajo) y al mismo tiempo limitar el uso indebido de contratos que pueden dificultar la competencia entre los empleadores (por ejemplo, contratos atípicos estipulados para reducir la carga de contribuciones fiscales y sociales) y el desarrollo de las calificaciones de los trabajadores.

83.Se ha determinado que el aprendizaje es el principal medio de entrar en el mercado de trabajo con miras a una relación de empleo estable. Con este fin, se ha establecido una duración mínima de los contratos de aprendizaje. Por otra parte, las oportunidades de los empleadores de contratar nuevos aprendices se han ampliado en proporción con el número de trabajadores calificados empleados, con un porcentaje mínimo de conversión de exaprendices en empleados permanentes.

84.Se han fijado prestaciones según aportaciones a fin de apoyar a los grupos desfavorecidos, como los trabajadores mayores y las mujeres de zonas desfavorecidas, si son empleados con un contrato de trabajo de plazo fijo por un período de 12 meses por lo menos. La desgravación fiscal se extiende a 18 meses después de la fecha de contratación si el contrato original se convierte en contrato permanente. Se concede una extensión parecida cuando el trabajador es empleado desde el principio con contrato permanente.

85.Esta reforma tiene por objeto fomentar el empleo estable, pero también tiende a promover la flexibilidad laboral para responder a las fluctuaciones económicas y al proceso de reestructuración. Con este fin, se ha revisado el reglamento que rige la duración de los contratos de plazo fijo.

86.Conforme al propósito de combatir la precariedad del empleo, la duración máxima de los contratos de plazo fijo y los contratos de agencias de trabajo temporal se ha fijado en 36 meses. Además, se ha restringido la facultad de los empleadores de estipular nuevos contratos temporales con un mismo trabajador.

87.Por último, con respecto a los acuerdos sobre trabajos ocasionales y los acuerdos profesionales, el objeto es combatir los abusos fortaleciendo y ampliando los elementos presuntivos que pueden conducir al empleo en relación de dependencia. Las nuevas medidas tienen por objeto simplificar el uso del trabajo por contrata y evitar el abuso del empleador que oculta una relación de trabajo real con relación de dependencia.

b)Normas de despido individual

88.La reforma también considera el equilibrio entre flexibilidad y seguridad en el mercado de trabajo. Por un lado, se revisan las normas del despido individual, protegiendo los derechos fundamentales de los trabajadores y respetando las necesidades de los empleadores. Por otro, las disposiciones de protección social se amplían y fortalecen para ayudar al desempleado en la búsqueda de empleo.

89.Los trabajadores despedidos ahora son objeto de despido individual y se proponen medidas para reducir el tiempo y la incertidumbre sobre el resultado de posibles acciones judiciales, reduciendo así los costos indirectos resultantes de despidos impugnados. Se ha establecido una "vía judicial rápida" para los conflictos laborales, basada en el procedimiento vigente para las controversias sobre infracción de los derechos sindicales.

90.A fin de proteger los derechos de los trabajadores, se reafirma la protección contra el despido discriminatorio ilegal y el despido disciplinario injustificado. Según el tamaño de la empresa y los convenios colectivos nacionales, el juez puede ordenar al empleador la restitución del puesto al trabajador o el pago de un subsidio que va de 12 a 24 salarios.

c)Prestaciones de desempleo y políticas pasivas

91.Conforme a la renovación de los instrumentos de flexibilidad y la legislación de protección del empleo, la reforma del mercado de trabajo tiene por objeto ampliar, fortalecer y racionalizar las medidas de seguridad social y de sostén de los ingresos, para los desempleados y los subempleados.

92.El sistema de redes de seguridad social se reorganizará y se han introducido una nueva prestación de protección social, el ASPI (Assicurazione Sociale per l ' Impiego – seguro social de empleo), que amplía considerablemente la cobertura de la protección social, tanto en gastos como en beneficiarios, y un mini-ASPI, destinado a las personas que han trabajado por lo menos 13 semanas en los últimos 12 meses.

d)Reforma del mercado de trabajo para la inclusión de la mujer

93.La reforma del mercado de trabajo incluye intervenciones para facilitar el equilibrio entre el trabajo y la vida privada a fin de apoyar el cuidado de los hijos. Se conceden vales para obtener servicios de guardería, públicos y privados. Las madres que trabajan pueden recibir estas prestaciones durante 11 meses después de la licencia de maternidad obligatoria, en reemplazo de la licencia voluntaria.

94.Además, para fomentar el equilibrio entre los géneros en el cuidado de los hijos dentro de la familia y armonizar la legislación italiana con las directivas europeas y las disposiciones de otros países, la reforma del mercado de trabajo introduce la licencia de paternidad obligatoria.

95.En particular, se ha establecido una licencia obligatoria con sueldo completo de un día para los padres empleados dentro de los cinco primeros días después del nacimiento del hijo. Además, dentro de los cinco meses siguientes al nacimiento del hijo, el padre puede tener dos licencias más con sueldo completo, en reemplazo de la licencia de maternidad de las madres. El padre debe comunicar por escrito al empleador los días de licencia elegidos con 15 días de antelación por lo menos.

e)Empleo ilegal ("empleo en negro"), protección de los trabajadores y formación para las personas con necesidades especiales

96.La lucha contra el empleo ilegal e irregular es una de las principales prioridades del Ministerio de Trabajo, Salud y Política Social y últimamente ha adquirido cada vez más importancia, en particular en relación con el tema conexo de la protección de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo.

97.Las medidas adoptadas contra el empleo no declarado son esenciales para asegurar la protección de las condiciones de trabajo, tanto en los aspectos económicos como en los sociales, y para evitar la competencia desleal, que constituye un factor de distorsión, que impide la libre competencia entre las empresas. Conviene considerar primero las iniciativas normativas más recientes que apoyan la lucha contra el trabajo no declarado, que pueden dividirse básicamente en "medidas preventivas" y "sanciones".

98.Entre las medidas generales de carácter "preventivo" están, en particular, las siguientes:

La obligación de establecer y mantener el libro único de empleo, en reemplazo de los libros vigentes en los diversos sectores productivos —para todos los empleadores privados, con la única excepción del empleador de trabajo doméstico, que empleen trabajadores subordinados temporales, colaboradores coordinados y continuos, incluidos los empleados en proyectos determinados y con minicontratos de empleo temporal y los asociados en participación, para quienes debe preverse una contribución de trabajo— introducida por el artículo 39 del Decreto-ley Nº 112/08, convertido en la Ley Nº 133/08.

La obligación de todos los empleadores (empresas privadas, instituciones económicas públicas, administración pública) de hacer la comunicación de contratación el día antes del empleo (dependiente o independiente, coordinado o continuo, relacionado con un proyecto determinado, como socio colaborador de cooperativas asociadas o asociado en participación con contribución de trabajo), para hacer imposible regularizar la situación después de la inspección.

La posibilidad de las empresas de hacer uso de prestaciones normativas y contributivas solo si tienen el Documento Único de Regularidad Contributiva (DURC). Este documento es un certificado de reconocimiento que expiden, previa solicitud, el Instituto Nacional de Seguridad Social (INPS), el Instituto Nacional del Seguro contra Accidentes de Trabajo (INAIL) y, previo el debido convenio con los Institutos precedentes, "otros institutos que administran formas de seguro obligatorio" y, solo en el sector de la construcción, las cajas de la construcción autorizadas por el Decreto Ministerial (DM) de 24 de octubre de 2007. Conforme al artículo 5 de dicho DM, el DURC declara la regularidad contributiva de la empresa, si esta ha cumplido correctamente sus obligaciones mensuales o periódicas, los institutos confirman los depósitos efectivos y la correspondencia sobre los depósitos determinados, y la ausencia de incumplimientos.

La disciplina de la tipología contractual del empleo intermitente (artículos 33 a 40 del Decreto legislativo Nº 276/2003; artículo 39 del Decreto-ley Nº 112/2008, convertido en la Ley Nº 133/2008), que, permitiendo una flexibilidad especial en el empleo de trabajadores en ciertos días de la semana y períodos del año (particularmente en los sectores del turismo, el comercio y lugares públicos), facilita la salida del empleo irregular.

La disciplina de la tipología contractual del empleo accesorio, para actividades ocasionales (artículos 70 a 73 del Decreto legislativo Nº 276/2003; artículo 22 del Decreto‑ley Nº 112 de 2008, convertido en la Ley Nº 133/2008; Ley Nº 191/2009), que se usa cada vez más y puede aplicarse a una serie de actividades (por ejemplo las empresas familiares, el trabajo doméstico, la jardinería, la enseñanza privada adicional, funciones deportivas, actividades de menores de 25 años durante las vacaciones escolares y todas las actividades agrícolas estacionales, incluida la vendimia) en que es frecuente el uso de trabajadores irregulares.

La acumulación, a partir del 1 de enero de 2009, de todas las pensiones de empleo, dependiente e independiente, por ejemplo las resultantes del seguro obligatorio general y las formas alternativas y exclusivas (art. 19, Decreto-ley Nº 112/2008).

El retraso de la reducción fiscal de las primas por productividad, con un impuesto del 10% por cada hora de trabajo "extra", hasta un máximo de 6.000 euros, fijado por el Decreto-ley Nº 185/08, para los empleados con ingresos anuales de 35.000 euros o menos.

99.En cuanto a las políticas de sanción, se citan las siguientes:

El artículo 36 bis del Decreto-ley Nº 223/2006 (convertido en la Ley Nº 248/2006), que multiplicó por cinco las sanciones ya previstas para las infracciones de los reglamentos de trabajo, sociales, de bienestar y de salud y seguridad en el lugar de trabajo y modificó la "supersanción" para el empleo irregular (ya prevista por el Decreto-ley Nº 12/2002, convertido en la Ley Nº 73/2002).

La suspensión de la actividad de la empresa (ya prevista para el sector de la construcción por el citado artículo 36 bis y para otras empresas por el artículo 5 de la Ley Nº 123/2007) se dispone ahora en el artículo 14 del Decreto legislativo Nº 81/2008 y las modificaciones e integraciones posteriores. La medida de suspensión es un instrumento nuevo e incisivo para combatir el empleo irregular, que permite al personal de inspección del Ministerio suspender la actividad de la empresa si descubre infracciones graves de la ley. Se concede esta prerrogativa al personal de inspección del Ministerio (y, como medida preventiva, al personal de inspección de las Dependencias Sanitarias Locales), que puede suspender cualquier tipo de actividad empresarial en uno de los siguientes casos: 1) el 20% o más del total de personal empleado presente en el lugar de trabajo no se ha declarado oficialmente en la documentación o 2) infracciones graves y reiteradas de las medidas de salubridad y seguridad establecidas por Decreto Ministerial del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

100.El enfoque de inspección tiene en cuenta la organización y el método de acción de los servicios de inspección en la legislación laboral y social. A este respecto debe recordarse el Decreto legislativo Nº 124/2004, que redefinió las normas sobre el orden, las competencias y las facultades de los órganos competentes para ejercer la actividad de vigilancia.

101.Como resultado de estas modificaciones, el sistema de vigilancia actual abarca la función de inspección tradicional y todas las actividades de prevención y advertencia de los inspectores, incluida la introducción de medidas destinadas a promover y dirigir correctamente a los empleadores y a dar respuestas rápidas y eficaces a demandas concretas de los trabajadores.

102.Otro aspecto esencial que se ha reformado es la coordinación de las actividades de inspección —encomendadas a la Oficina Central de Inspección, que fue creada por el citado decreto legislativo y funciona desde el 1 de enero de 2005— considerada instrumento indispensable para una acción efectiva de lucha contra las infracciones de la ley y el empleo irregular.

103.En este sentido, el legislador delineó un sistema general y metódico, encaminado a la mejora y armonización de la contribución de las estructuras territoriales del Ministerio y también de las sinergias que ya existen entre los varios organismos encargados de la vigilancia (Comando Policial de Protección del Trabajo, institutos de seguridad social, etc.).

104.También se han hecho modificaciones importantes de las facultades del personal de inspección, mediante la renovación de disposiciones antiguas como el aviso y la prescripción obligatoria y el establecimiento de nuevos instrumentos especialmente eficaces, como la advertencia sobre la determinación de créditos de empleo y la conciliación judicial en sesión única.

105.En este contexto, delineado por Decreto legislativo Nº 124/04, se incluye la Directiva sobre las actividades de inspección y vigilancia (sancionada el 18 de septiembre de 2008), que —considerando el cambio radical de las actividades de inspección, determinado por las grandes modificaciones legislativas recientes, y con la intención de completar el proceso de modernización de reforma del mercado de trabajo (llamada "Reforma Biagi")— llama la atención sobre una visión de las actividades de vigilancia que tiene en cuenta la calidad y la eficacia de la inspección.

106.En la citada Directiva se recuerda además la importancia de la coordinación con todas las instituciones encargadas de funciones de vigilancia en asuntos que competen al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, que debe efectuarse mediante el intercambio de información entre los participantes, que permite dirigir la actividad de inspección a objetivos delicados de especial importancia.

Cuadro 3

Resultados de las inspecciones laborales

Órgano inspector

Año

Empresas inspeccionadas

Empresas irregulares

Trabajo irregular

Trabajo ilegal

Perfil contributivo (en euros)

Ministerio de Trabajo

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

153 205

150 854

197 247

188 655

175 263

148 694

148 553

65 536

69 174

101 209

92 885

73 348

82 191

73 789

63 811

85 321

161 437

173 289

173 680

157 574

164 473

25 978

37 749

52 998

49 510

50 370

57 186

52 426

300 760 421,00

257 739 831,00

267 471 237,00

282 586 718,00

317 803 872,00

214 832 586,00

165 479 636,00

INPS

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

134 067

110 617

114 998

96 375

100 591

88 123

73 722

104 469

88 642

92 117

79 237

79 953

67 955

57 224

67 280

68 689

73 122

68 242

73 164

12 550

56 660

60 509

60 521

60 941

52 327

60 742

65 086

45 036

1 078 679 000,00

1 153 974 000,00

1 569 146 000,00

1 548 010 000 00

1 502 635 000,00

1 121 491 000,00

981 438 778,00

INAIL

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

28 155

28 322

30 106

29 389

27 218

24 584

21 201

21 005

22 776

24 666

25 110

21 350

21 221

18 145

20 171

28 546

34 275

57 153

62 385

46 325

48 716

27 297

24 726

24 790

25 271

12 843

10 426

7 509

98 272 622,00

85 775 214,00

81 822 780,00

87 521 864,00

76 773 786,00

52 066 440,00

56 548 902,00

ENPALS

2005

2006

2007

2008

2009

2010

2011

N . D .

533

653

751

619

613

694

N . D .

434

569

611

493

443

550

N . D .

6 739

8 531

8 941

7 081

16 405

8 419

N . D .

1 568

1 913

241

521

668

308

N . D .

11 933 030,00

11 889 512,00

24 393 344,00

27 507 632,00

29 164 606,39

21 698 122,00

Total

2 073 802

1 285 102

1 752 979

869 460

11 427 415 933,90

107.Los servicios de empleo tienen un papel importante en la lucha contra el trabajo irregular, habiendo abierto puertas y líneas de servicio encaminadas a la información de los ciudadanos, a la rendición de cuentas por las empresas y al apoyo a los trabajadores irregulares para la regularización de su empleo. A fin de hacer más eficaz la acción de los servicios públicos de empleo en la lucha contra el trabajo irregular, se hizo una encuesta, que produjo un cuadro muy diferenciado según el sector, el territorio y los interesados. Se financió la creación de un grupo de trabajo para la sensibilización y el apoyo a la salida del empleo irregular, que cumple la función de asesorar a los directores de los centros y define las buenas prácticas que deben transferirse. La estrategia fundamental es ayudar a los servicios a adoptar políticas que puedan hacer más conveniente el trabajo regular que el irregular o ilegal. Además, se establecieron una red nacional y una red europea para fomentar el intercambio de buenas prácticas y la cooperación y compartir métodos de estimación y clasificación, modelos de participación y prevención, soluciones y políticas de intervención local.

108.Entre los instrumentos adoptados para combatir el empleo irregular se cita el plan titulado "Políticas e instrumentos de lucha contra las irregularidades en las condiciones de trabajo", elaborado por el ISFOL (Istituto per lo Sviluppo della Formazione Professionale dei Lavoratori – Instituto para el Desarrollo de la Formación Profesional de los Trabajadores). El objeto del plan es promover el análisis de las políticas e instrumentos usados a nivel nacional y local para combatir la irregularidad de las condiciones de trabajo, en sus diversas formas, con especial atención a los aspectos de vigilancia y control.

109.Esta actividad aporta algunas modalidades interpretativas importantes que se añaden a las ya programadas en relación con el objetivo específico de "Mejorar la eficiencia, la eficacia, la calidad y la inclusividad de las instituciones del mercado de trabajo".

110.Más específicamente, las directrices de intervención son aplicables:

Al papel de los sistemas de empleo público y privado en la prevención y supresión de las diversas formas de empleo irregular;

A las características del fenómeno y a las políticas específicas adoptadas en relación con grupos objetivo importantes (mujeres, inmigrantes, personas con discapacidad, jóvenes), con especial atención a la incidencia del territorio;

Al uso, conforme a las intenciones del legislador, de dispositivos y disposiciones contractuales especiales, entre ellos el empleo accesorio ocasional y los sistemas de incentivos previstos por la ley.

f)Programas de inserción laboral

111.Para combatir el fenómeno que en el último decenio ha caracterizado principalmente al mercado de trabajo italiano, la gran contracción de la población en edad de trabajar, las intervenciones tuvieron por objeto aumentar la participación de los trabajadores, en particular los maduros y ancianos, en el mercado de trabajo y prolongar el período de trabajo con desincentivos contra la salida prematura del sistema productivo. Por otra parte, para responder a las recomendaciones de la Unión Europea, el Gobierno de Italia, mediante el Pacto para Italia, que se firmó en 2002, compartió con las partes sociales el objetivo de construir un sistema de asistencia social encaminada al trabajo, que abarcara "todos los instrumentos destinados a alentar y ayudar al ciudadano a insertarse o reinsertarse en el mercado de trabajo, a fin de alcanzar los objetivos de los Consejos Europeos de Lisboa y Barcelona".

112.La reforma del mercado de trabajo (la "Ley Biagi", Nº 30/2003, y el Decreto legislativo de ejecución Nº 276/2003) y la reorganización de la colocación ordinaria (Decreto legislativo Nº 297/2002) constituyen los dos primeros elementos de la estrategia de "asistencia social para trabajar": por un lado, mediante la creación de un mercado de trabajo transparente y eficiente, basado en un sistema eficaz de servicios de empleo que pueda aumentar las oportunidades de empleo y, por otro, mediante la introducción de nuevos tipos de contrato, que puedan adaptar la organización del trabajo a los cambios de la economía y aumentar la participación en el mercado de trabajo de las personas que corren riesgo de exclusión social.

113.A esto hay que añadir que, con el Plan de Acción Nacional para el Empleo de 2003, Italia caracterizó las políticas de inserción o reinserción en el mercado de trabajo con el objetivo de una estrategia de asistencia social para el trabajo 2003-2006. Estas políticas tienen por objeto aumentar la tasa total de empleo, mediante una combinación eficaz y virtuosa de políticas laborales "activas" (servicios de empleo, directrices, formación) y políticas laborales "pasivas" (sostén de los ingresos de los desempleados). Uno de los elementos fundamentales de esta estrategia es la reforma de las redes de seguridad social, con miras a la universalización del sistema de seguridad, sin distinción de sector, tipo de contrato o tamaño de la empresa.

114.Cabe notar además el Libro Blanco sobre el futuro del modelo social titulado "La vida feliz en una sociedad activa", publicado en mayo de 2009 y dedicado a los jóvenes y a sus familias, que propone un modelo social encaminado a promover la centralidad de la persona y una visión subyacente tendiente a construir una sociedad dinámica, activa y responsable, con miras a favorecer las políticas de igualdad de oportunidades, privilegiando el valor de la diferencia.

115.Por último, el 30 de julio de 2010, el Consejo de Ministros aprobó el Plan Trienal para el Trabajo titulado "Liberar el trabajo para liberar los trabajos", elaborado por el Ministro Maurizio Sacconi y centrado en las políticas de conciliación, que se aplican mediante la reorganización del horario de trabajo, el fomento de los servicios de cuidado del niño, especialmente las guarderías, y el fomento del empleo de la mujer.

116.En el mismo sentido van las directrices fijadas en el Documento de Programación Económica y Financiera (DPEF) 2007-2011 y el Protocolo de Seguridad Social, Empleo y Competitividad para la Equidad y el Crecimiento Sostenibles.

117.En relación con lo ya indicado se determinó la necesidad de adoptar medidas dirigidas, por un lado, a favorecer la integración de las políticas laborales, sociales y de desarrollo y, por otro, a dotar a los servicios privados y públicos de los instrumentos y métodos adecuados para acometer las cuestiones más graves del mercado de trabajo.

118.En particular, se hicieron intervenciones para:

Probar modelos e instrumentos para la mejora y calificación de la gobernanza de las políticas laborales;

Prestar asistencia a los servicios privados y públicos para aplicar las políticas encaminadas a la empleabilidad y al aumento de la tasa de empleo;

Administrar y probar medidas para el empleo y la empleabilidad de grupos determinados de la población, considerando también la reforma del sistema de redes de seguridad social;

Actuar a favor de los trabajadores desfavorecidos, reciban o no indemnizaciones y subsidios, que corren riesgo de marginación (jóvenes, mujeres, mayores de 50 años, personas con discapacidad), mediante medidas dirigidas a mejorar sus oportunidades de empleo y para ayudarles a superar el ciclo de la pasividad, creando las condiciones para aplicar el "principio de condicionalidad" —es decir, el derecho a recibir un subsidio con la condición de estar activo— de manera que se convierta en la estructura básica para la gestión de un sistema de protección común y sostenible;

Crear sistemas de vigilancia de las personas en dificultades en apoyo de la planificación y gestión de operaciones de reempleo.

119.A continuación se enumeran las actividades del período del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2008, con una descripción breve de los resultados obtenidos.

120.Programa de Acción para los Desempleados (PAD 2): regiones de Abruzos, Basilicata, Calabria, Campania, Molise, Apulia, Cerdeña, Sicilia y Véneto (1 de noviembre de 2003 a 31 de marzo de 2005) – Durante la segunda temporada del PAD (la primera tuvo lugar del 31 de mayo de 2002 al 30 de octubre de 2003 y favoreció la estabilización de 5.350 trabajadores y además permitió poner en funcionamiento el sistema de seguimiento del grupo de LSU (trabajos socialmente útiles), que puede indicar periódicamente el número y la composición de los trabajadores activos del Fondo de Empleo), se llegó a 8.853 trabajadores, pertenecientes en particular al grupo de los "trabajadores socialmente útiles" activos para el Fondo de Empleo. El número total, durante el período de actividad del proyecto, se redujo en 3.897 personas, de las cuales 2.247 (poco más del 57%) obtuvieron un empleo fijo y 1.650 uno temporal.

121.Portal Marco Biagi – región de Lombardía, Municipio y Provincia de Milán (1 de septiembre de 2003 a 31 de marzo de 2008) – El proyecto, ejecutado en colaboración con el Municipio de Milán y agencias de empleo locales, consiguió empleo para 564 trabajadores desfavorecidos (entre ellos 158 italianos y 406 nacionales de países no miembros de la UE).

122.Workmed Reggio Calabria – Municipio de Reggio de Calabria (2 de febrero de 2004 a 30 de junio de 2004) – El proyecto permitió crear 500 plazas de formación, como resultado de las cuales 360 alumnos fueron empleados con diferentes tipos de contrato, y la estabilización de 97 trabajadores, incluidos 85 en LSU, uno en LPU (trabajos de utilidad pública) y 11 trabajadores determinados conforme al artículo 7 por el Municipio de Reggio de Calabria.

123.Empleo y servicios para la persona – Región del Véneto (15 de enero de 2004 a 30 de junio de 2007) – 10.019 trabajadores siguieron un curso de recepción y orientación; 4.764 familias recurrieron al servicio; se registraron 1.703 trabajadores con contrato de empleo fijo.

124.P.A.R.I. (Programma d ' azione per il reimpiego di lavoratori svantaggiati – Programa de acción para el reempleo de trabajadores desfavorecidos) (1 de abril de 2005 a 3 de septiembre de 2007) – Mediante la ejecución de 18 planes de acción en las regiones, excepto en la del Valle de Aosta y en las provincias autónomas de Trento y Bolzano, 21.828 trabajadores se beneficiaron de las medidas de reempleo de los Centros de Empleo (8.684 de medidas de asistencia social y 13.144 de un sostén de los ingresos previsto en el programa). Se incluyeron 16.149 trabajadores en proyectos de reempleo (mediante la firma de un pacto de servicio) y unos 4.780 en cursos de formación. El resultado final es que 5.275 trabajadores salieron de su estado inicial, de los cuales 4.596 consiguieron o recuperaron un empleo.

125.Otras participaciones temáticas ejecutadas en relación con el programa P.A.R.I. 2005-2007: P.A.R.I. L.S.U. Políticas de inserción de trabajadores socialmente útiles – Regiones de Basilicata, Calabria, Campania, Molise, Apulia, Cerdeña y Sicilia (1 de abril de 2005 a 30 de septiembre de 2007) – 9.012 trabajadores dedicados a actividades socialmente útiles se beneficiaron del Fondo Nacional de Empleo, se incluyeron 6.698 trabajadores en proyectos de reempleo y se trasladaron 662.

126.P.A.R.I. CULPRITS – Actividad para la reinserción laboral de los inmigrantes – Regiones de Campania, Lombardía y Véneto y provincias de Bérgamo, Brescia, Caserta, Padua, Salerno y Vicenza (1 de abril de 2005 a 31 de marzo de 2008) – Mediante la participación directa de 138 asociaciones de inmigrantes a Italia, el proyecto inició actividades para la inserción laboral de inmigrantes. En total se reincorporaron al trabajo 647 trabajadores.

127.P.A.R.I. Micogen – Promoción de la Microcogeneración y el Ahorro Energético – Regiones de Basilicata, Campania, Calabria, Piamonte, Cerdeña; provincias de Alessandria, Cosenza y Potenza; Municipios de Casale Monferrato, Civitavecchia, Lamezia Terme, Monreale, Palermo, Potenza, Quartu Sant'Elena y Salerno (8 de julio de 2005 a 30 de septiembre de 2007) – Proyecto que comenzó cuatro actividades experimentales en el campo de la microcogeneración.

128.P.A.R.I. – Empleo y Servicios Humanos – Región de Lombardía (1 de abril de 2005 a 30 de junio de 2007) – El proyecto se hizo cargo de 2.817 empleados, de los cuales 586 se incorporaron al trabajo.

129.P.A.R.I. – Vallecamonica, Valle Cavallino Sebino – Región de Lombardía y provincias de Bérgamo y Brescia (1 de abril de 2005 a 30 de septiembre de 2007) – El proyecto llegó a 510 trabajadores, de los cuales 454 fueron colocados en proyectos de reempleo.

130.P.A.R.I. Creación de empresas en propiedades confiscadas a la Mafia – Provincias de Agrigento, Bríndisi, Nápoles, Palermo, Siracusa y Trápani (7 de enero de 2005 a 31 de marzo de 2008) – El objeto general del proyecto fue crear nuevos empleos, mediante el aprovechamiento y uso de bienes confiscados a la Mafia (conforme a la Ley Nº 109/1996). Se creó una red entre los que ya participaban en la gestión de bienes confiscados a la Mafia que consolidó las relaciones entre las asociaciones y cooperativas que administran los activos y órganos institucionales, como las prefecturas, entre ellos Propiedad del Estado y sus sociedades regionales. Las actividades del proyecto también condujeron a la creación de dos cooperativas: "Pio La Torre – Libera Terra" con 14 trabajadores en la provincia de Palermo y "Terra di Puglia – Libera Terra" con 6 empleados en la provincia de Bríndisi.

131.P.A.R.I. 2007 (10 de enero de 2007 a 30 de junio de 2009) – Con la segunda edición del programa P.A.R.I. en 18 regiones (la región del Valle de Aosta y las provincias autónomas de Trento y Bolzano no participaron en el programa) se llegó en total a 25.534 trabajadores (de los cuales 11.659 fueron beneficiarios de medidas de asistencia social, 10.753 de un sostén de los ingresos previsto en el programa y 3.122 LSU apoyados por el Fondo Nacional de Empleo). Participaron en el programa 22.156 personas, de las cuales 7.392 consiguieron o recuperaron un empleo. Salieron de la situación inicial 8.416 personas.

132.I.C.S. – Intervenciones de Cohesión Social – Región de Cerdeña (7 de enero de 2005 a 30 de junio de 2008) – Gracias al proyecto se emplearon 1.169 trabajadores, de los cuales 704 con empleo fijo y 465 con empleo temporal.

133.Modelos de desarrollo del sistema de empresas artesanales (llamado "Plan Artesanía") – Provincias de Ancona, Belluno, Benevento, Bérgamo, Caserta, Lecce, Macerata, Módena, Prato y Údine (5 de noviembre de 2004 a 30 de junio de 2008) – El plan permitió estabilizar el empleo de 1.508 trabajadores en empresas artesanales (68% de los cuales consiguieron empleo fijo).

134.Marcas de zona – Instrumentos para el desarrollo del empleo en los sectores agrícola y alimentario – Parque Regional del Adamello (región de Lombardía), Parque Nacional del Gran Sasso y Montes de la Laga (región de los Abruzos), Parque Nacional del Cilento y Vallo di Diano (región de Campania), provincia de Lecce – Tierra de Salento (región de Apulia) (1 de junio de 2005 a 30 de junio de 2007) – 182 personas fueron admitidas para trabajos formativos y 29 recibieron formación.

135.Proyecto Quadrifoglio – Municipio de Nápoles (1 de septiembre de 2005 a 31 de agosto de 2008) – Con el plan se preseleccionaron 109 jóvenes, de los cuales 17 consiguieron empleo.

136.Plan de Apulia para el Reempleo – Intervención experimental para la recolocación de exempleados de los antiguos Hogares de Ancianos Unidos y trabajadores socialmente útiles de la provincia de Bari – Región de Apulia y provincia y municipio de Bari (24 de noviembre de 2005 a 31 de diciembre de 2008) – La intervención condujo al empleo de 1.004 trabajadores antes empleados en hogares de ancianos y 176 trabajadores socialmente útiles.

137.Colocaciones laborales en Benevento – Políticas activas de trabajo y empleo – Ciudad y provincia de Benevento (15 de febrero de 2006 a 28 de febrero de 2008) – Se concedieron 300 pasantías y se contrataron 147 personas, de las cuales 56 lo fueron en relación con un proyecto, 5 fueron aprendices, 11 consiguieron un empleo temporal y 75 un empleo fijo.

138.Empleo para el medio ambiente: financiación de empresas cooperativas en las zonas marinas protegidas – Isla de Asinara (Sássari), Península del Sinis e Isla de Mal di Ventre (Oristano), Plemmirio (Siracusa) e Islas de los Cíclopes (Catania) (15 de febrero de 2006 a 15 de febrero de 2008) – El plan permitió la constitución de 4 cooperativas y dio empleo a 93 jóvenes.

139.Intervenciones especiales de apoyo al empleo en la ciudad de Taranto (1/09/2007‑31/12/2009) – El proyecto logró la contratación de 526 trabajadores, y redujo el número de beneficiarios de subsidios en 80 trabajadores. La intervención creó 523 pasantías y puede haber oportunidades futuras de empleo para 199 jóvenes.

140.Red de proveedores de Fiat – Región del Piamonte (6/12/2003-31/12/2005) – Las actividades abarcaron en total 3.378 trabajadores: 853 trabajadores fueron reempleados mediante medidas de sostén de los ingresos.

141.Del deporte al trabajo – Regiones del Lacio, Lombardía, Piamonte, Toscana y Sicilia (12/06/2003-6/30/2005) – El proyecto permitió dar cursos de formación específicos para aumentar las oportunidades de empleo de 217 exatletas.

142.Empresas de instalación de teléfonos – AIT 2 (9/01/2003-31/08/2004) y AIT 3 (1/09/2004-31/12/2004) – La intervención hizo posible reducir en 967 el número de trabajadores sin empleo a causa de la crisis general que afectó al sector de instalaciones de teléfonos en todas las regiones, excepto el Valle de Aosta. De los que habían quedado desempleados 219 fueron reempleados (187 como empleados y 32 como trabajadores por cuenta propia).

143.Programa AR.CO. – En 2008 tuvo lugar una nueva iniciativa, parecida a la relativa a las pequeñas empresas especializadas en artes y oficios. Por el Decreto Directorial de 24 de junio de 2008 se aprobó el nuevo programa. El nombre completo del programa era "AR.CO. – Programa de Desarrollo Local para fomentar el crecimiento del empleo". Tenía por objeto promover el desarrollo local sostenible y producir un aumento de los niveles de empleo con una intervención dirigida a los sectores de artes y oficios.

144."Acción de Sistema Welfare to Work para las Políticas de Reempleo" – En 2008 se inició el nuevo proyecto "Acción de Sistema Welfare to Work para las Políticas de Reempleo". Esta intervención se financió con recursos del Fondo Social Europeo para 2007-2013. El plan incluye directrices gubernamentales recientes y tiene en cuenta la crisis económica actual. Subraya también la necesidad de intervenir con medidas integradas, capaces de influir en el mercado de trabajo italiano, y hacer nuevas intervenciones dirigidas a proteger empleos, con atención especial a las personas vulnerables más expuestas a los efectos de la crisis.

145.La intervención de tres años consiste en la aplicación de las medidas ya probadas con los programas PARI y PARI 2007. Estos programas lograron una acción compleja para desarrollar actividades de reempleo. El Ministerio de Trabajo se propone ahora convertirlos en una medida estructural para hacer frente a la crisis u otras emergencias de empleo en el nivel regional. De las intervenciones encaminadas a reducir el desempleo, algunas se refirieron específicamente a los trabajadores socialmente útiles (es decir, desempleados de larga data, trabajadores que reciben la prestación de desempleo extraordinaria por pérdida total del empleo, etc.) Estas medidas específicas se describen a continuación.

146.El procedimiento de estabilización para trabajadores socialmente útiles y trabajadores de los servicios comunitarios de la región de Calabria conforme al artículo 1, párrafo 1156, apartados f) y f bis) de la Ley Nº 296/2006 (Ley de presupuesto de 2007) fue una medida reglamentaria específica destinada a la contratación de los trabajadores de los servicios comunitarios, pagada por el Fondo Nacional de Empleo.

147.La norma aportó una contribución del Ministerio a los municipios de menos de 5.000 habitantes con miras a la contratación permanente de trabajadores socialmente útiles (para calificaciones no sujetas a concurso estatal). Con especial referencia a los municipios de la región de Calabria, la ley incluyó la categoría de los trabajadores de los servicios comunitarios. Una circular del Gobierno puso en marcha el procedimiento de selección de las solicitudes de contribución pública. Las selecciones terminaron con las debidas disposiciones de autorización de la contratación, de fecha 1/04/2008, 3/06/2008 y 16/02/2009. Finalmente se autorizaron 2.156 contrataciones, y se concedió la contribución a 465 municipios de menos de 5.000 habitantes. La intervención abarcó las regiones de Basilicata, Calabria, Campania, Lacio, Molise, Apulia, Cerdeña y Sicilia.

g)Otras medidas adoptadas para los trabajadores socialmente útiles

148.En 2008, conforme al artículo 23 de la Ley Nº 222/2007, se firmaron acuerdos separados con las regiones de Calabria y Campania —dos zonas con un número considerable de trabajadores socialmente útiles. Los acuerdos se referían a la concesión de 60 y 10 millones de euros, respectivamente, para la estabilización de 712 y 300 trabajadores, respectivamente, de servicios comunitarios que eran parte de la reserva regional financiada por el Fondo de Empleo.

149.El mismo año se firmaron nuevos acuerdos con las regiones de Basilicata, Campania, Apulia y Sicilia —todos cubiertos por el Objetivo de "Convergencia" de la Política Europea de Cohesión Social para 2007-2013— conforme al artículo 2, párrafo 549, de la Ley Nº 244/2007 (Ley de presupuesto de 2008). La intervención aportó una asignación total de 50 millones de euros destinada a estabilizar la posición de 1.396 trabajadores de servicios comunitarios.

150.Por último, en septiembre de 2008 el Ministerio de Trabajo firmó otro acuerdo con la región del Lacio, conforme al artículo 78, párrafo 2, apartado d) de la Ley Nº 388/2000 (Ley de presupuesto de 2001). Este convenio dispuso una asignación de 7 millones de euros. Los fondos estaban destinados a políticas activas relativas al mercado de trabajo —incluida la de estabilización— dirigidas a 1.038 trabajadores socialmente útiles.

151.Además, cuatro programas —presentados por sendas regiones— fueron financiados por el FEAG (Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización) establecida por el Reglamento (CE) Nº 1927/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo. Las cuatro regiones son Lombardía, Piamonte, Cerdeña y Toscana. La intervención se refería a los despidos que se han producido en las empresas textiles, afectadas por los cambios del comercio mundial debidos al proceso de globalización. Estos proyectos se ejecutaron en 2007 y 2008 y aportaron bonificaciones de empleo a las empresas, que abarcaron en total 5.945 trabajadores textiles, en movilidad laboral o con subsidio de desempleo, con medidas de asistencia para el reempleo, apoyo al trabajo en empresa propia, asesoramiento y formación. Del total de trabajadores participantes, 4.855 entraron formalmente en una trayectoria de empleo y firmaron un acuerdo de servicio.

152.El Fondo Extraordinario de Desempleo (CIGS) es el amortiguador más importante de Italia, destinado a sostener los niveles de empleo. La prestación del CIGS se concede en caso de crisis, reestructuración, reorganización, conversión de producción, privatización, quiebra, etc. Está dirigida a las empresas industriales con más de 15 empleados, a las empresas comerciales con más de 50 empleados y a las empresas editoriales a fin de sostener los ingresos de los trabajadores despedidos (es decir, suspendidos temporalmente). Las empresas tienen la obligación de establecer un plan de reempleo de los trabajadores al fin del período de crisis.

153.Del 1 de enero de 2004 al 31 de diciembre de 2008 hubo un aumento progresivo de este fenómeno en el país. Los niveles más altos se registraron en 2004 y 2005. En 2004 se registró un aumento del 19% con respecto al año anterior, y el número total de empleados que recibían la prestación del CIGS llegó a 18.251, de los cuales 11.301 eran hombres y 6.950 mujeres.

154.En 2005 el número de receptores de la prestación del CIGS se elevó a 24.893, de los cuales 14.561 eran hombres y 10.332 mujeres, principalmente situados en las regiones de Campania, Lombardía y Piamonte, cada una con más de 3.000 receptores. En 2006 y 2007 hubo un ligero descenso. En 2006 el número bajó a 23.715, pero la proporción de mujeres aumentó a 10.641, y los hombres fueron 13.074. El mayor número de beneficiarios se registra en Piamonte, Véneto y Campania. En 2007 el número de beneficiarios fue 21.938 (12.209 hombres y 9.729 mujeres). Campania y Piamonte confirmaron su situación de regiones con el mayor número de beneficiarios. Todavía no se dispone de datos oficiales sobre el número de trabajadores que se beneficiaron de la medida salarial extraordinaria. Sin embargo, la Dirección General tomó algunas medidas de seguridad social y de incentivo al empleo, con 2.109 disposiciones de concesión de la prestación del CIGS.

h)Participación de las mujeres en el mercado de trabajo: situación actual y la política respectiva

155.En el contexto europeo, el mercado de trabajo de Italia tiene características peculiares. Todavía se caracteriza por notables diferencias de género. A pesar de haber registrado un crecimiento constante de la tasa de empleo global en los últimos años, especialmente de la mujer, todavía no se han alcanzado los objetivos fijados en la Estrategia de Lisboa (empleo total del 70% y empleo de la mujer del 60%).

Cuadro 4

Tasas de empleo de las personas de 15 a 64 años, por sexo y zona geográfica

Desviación de los objetivos de Lisboa para 2010 – Año 2007 (porcentajes)

Zona geográfica

H/M

Hombres

Mujeres

H/M

Mujeres

Italia

58,7

70,7

46,6

11,3

13,4

Norte

66,7

76,3

56,8

3,3

3,2

Noroeste

66,0

75,4

56,4

4,0

3,6

Nordeste

67,6

77,5

57,5

2,4

2,5

Centro

62,3

73,0

51,8

7,7

8,2

Sur

46,5

62,2

31,1

23,5

28,9

Fuente: ISTAT, Encuesta de la población activa de 2007.

156.Los datos de la última encuesta de la población activa (ISTAT1, segundo trimestre de 2008 —véase el anexo estadístico, cuadro 7) indican un nuevo aumento de la tasa de empleo de las mujeres (del 46,8% al 47,5% en un año), pero estas cifras no presentan una tendencia homogénea en el todo el país, porque la tasa de empleo de las mujeres en las regiones del Norte llega al 57,8%, muy cerca del objetivo de Lisboa, pero la del Sur está todavía muy lejos del objetivo (31,8%). Además, la diferencia entre los géneros en la tasa de empleo es superior a 20,0 puntos porcentuales (la tasa de empleo total de los hombres es del 70,8%).

157.Cuando se consideran las tasas de empleo de las mujeres en las distintas cohortes de edad, se observa que la tasa de ocupación más alta se registra en las mujeres entre 25 y 54 años (el 59,0% de la cohorte de 25 a 34 y el 59,8% de la cohorte de 35 a 54), que se supone que están en los mejores años para la reproducción y el cuidado de los hijos.

158.En cuanto al trabajo a tiempo parcial, el 27,2% de las mujeres empleadas trabajaban a tiempo parcial en 2007, mientras que los hombres con empleo a tiempo parcial formaban el 4,4% de los hombres empleados.

159.La diferencia entre los géneros en las tasas de empleo a tiempo parcial es evidente, y su persistencia es motivo de preocupación. El recurso a modalidades de trabajo flexible puede reflejar preferencias personales y puede ayudar a las mujeres a volver a entrar y a permanecer en el mercado de trabajo (además de aumentar la productividad y elevar la satisfacción de los empleados y la reputación de los empleadores), pero el hecho de que muchas más mujeres que hombres hagan uso de esas modalidades crea un desequilibrio entre los géneros que tiene un efecto negativo en la posición de las mujeres en el lugar de trabajo y en su independencia económica. En efecto, este tipo de contrato tiene una serie de posibles inconvenientes. En particular, está asociado con salarios inferiores a los de un contrato a tiempo completo, menos posibilidades de ascenso y menos inversión en formación.

Cuadro 5

Empleo a tiempo parcial por sexo y zona geográfica – 2007

Zona geográfica

Cambio absoluto frente a años anteriores

2006

2007

Italia

2 421

13,5

14,1

Hombres

428

4,0

4,4

Mujeres

1 993

26,4

27,2

Norte

1 323

14,3

14,9

Noroeste

741

13,7

14,4

Nordeste

582

15,2

15,5

Centro

530

14,9

15,1

Sur

569

11,2

11,9

Fuente : ISTAT, Encuesta de la población activa de 2007.

160.La participación de las mujeres en el mercado de trabajo varía mucho como consecuencia del aumento del número de miembros de la familia. Según la encuesta de la población activa de Eurostat de 2005, en Italia 6 de cada 10 mujeres sin hijos tienen empleo (64,5%), pero solo 3 de cada 10 mujeres con más de un hijo entre 0 y 14 años todavía trabaja fuera del hogar (35,6%).

161.Una semejanza entre la situación alemana y la italiana es la persistencia de estereotipos rígidos de género con respecto a compartir las funciones dentro de la pareja.

162.Las mujeres italianas siguen haciendo la mayor parte del trabajo de cuidado de la familia (5,20 horas por día), mientras que los hombres aportan al cuidado de los niños y a las tareas domésticas menos de dos horas por día (1,35 horas).

163.Algunas cifras indican que las mujeres italianas todavía no logran equilibrar las responsabilidades familiares con la vida profesional y, peor aún, que la mayoría de ellas han abandonado la ambición de ser a la vez cuidadoras y trabajadoras (Italia tiene una de las tasas de fecundidad más bajas de Europa).

i)Licencia parental y estereotipos

164.La Ley de 8 de marzo de 2000, Nº 53, transformó el marco jurídico de la licencia de maternidad introduciendo la licencia de paternidad y la licencia parental en Italia. El tiempo transcurrido desde la entrada en vigor de la ley (ocho años) es demasiado corto para observar cambios de largo alcance en los comportamientos familiares o sociales o en las estrategias organizativas de las empresas privadas y los órganos públicos. Sin embargo, se pueden notar algunos indicios de tendencias en los datos aportados por el Instituto Nacional de Seguridad Social. Estos datos se refieren a las licencias parentales pagadas por el mismo Instituto en el período 2002-2003, o sea inmediatamente después de la sanción de la ley.

165.Aprovecharon la licencia parental principalmente las madres que trabajan: el 96,8% en 2003 y el 95,3% en 2002 (el 99,2% para un hijo entre 0 y 11 meses y el 98,4% para un hijo de 1 año).

166.A medida que aumenta la edad del hijo, aumenta el número de padres que toman la licencia parental, aunque la proporción se mantiene por debajo del 50,0% de las licencias con sueldo concedidas por el Instituto (por ejemplo en 2003 el 21,6% y el 44,0% del total de licencias parentales fueron tomadas por padres que tenían un hijo de 2 o 3 años).

167.Los datos parecen confirmar la actitud de los italianos de mantener los papeles estereotipados del padre y la madre: la madre todavía es vista como la principal encargada del cuidado de la familia y el padre como sostén de la familia.

j)Políticas

168.A fin de aumentar las tasas de empleo de las mujeres y reducir las diferencias entre los géneros en el mercado de trabajo, el Gobierno de Italia ha confirmado la igualdad entre los géneros en el mercado de trabajo como prioridad.

169.El Plan Nacional de Reformas de 2007 y, últimamente, el Libro Verde sobre el futuro del modelo social, publicado en julio de 2008, señalan la necesidad de políticas específicas para fomentar la inclusión de las mujeres en el empleo, especialmente la de las que nunca han entrado en el mercado de trabajo o han interrumpido la carrera a causa de las tareas familiares. El Libro Verde también demuestra ampliamente la necesidad de un examen general del sistema de seguridad social italiano para evitar la exclusión social de las mujeres y facilitar la conciliación del trabajo y la vida familiar.

170.Se han determinado las siguientes causas de la exclusión de las mujeres italianas del mercado de trabajo:

Falta de reconocimiento en la sociedad del papel fundamental que las mujeres pueden desempeñar como factor de desarrollo económico y social;

Debilidad del sistema de asistencia social;

Distribución desigual de las responsabilidades familiares en la pareja;

Persistencia de papeles sociales estereotipados del hombre y la mujer;

Falta de educación y capacitación para las mujeres que vuelven al trabajo después de la interrupción del empleo por razones de familia;

Falta de disposición de los empleadores a reorganizar el trabajo y el horario de trabajo de manera más flexible con miras a la conciliación del trabajo y la vida privada de los empleados.

171.A fin de aumentar y mejorar la participación de las mujeres en el mercado de trabajo, el Gobierno de Italia ha elaborado una estrategia de cuatro partes:

a)Fomento del trabajo de la mujer entre los empleadores (incentivos financieros para contratar mujeres solicitantes de empleo que viven en zonas deprimidas del país, como eximir al empleador del pago de la contribución social);

b)Fomento de un enfoque favorable a la mujer en la orientación y el aprendizaje permanente en los servicios públicos de empleo (SPE) para sostener el regreso de la mujer al mercado de trabajo (aplicación del Decreto legislativo Nº 181/2000, modificado e integrado por el Decreto legislativo Nº 297/2002, según el cual los SPE deben ofrecer a todas las mujeres y a todos los hombres que busquen empleo un conjunto de servicios integrados encaminados a la reinserción completa y rápida en el mercado de trabajo dentro de los tres meses siguientes al primer contacto con los SPE);

c)Aumento del número y mejora de la calidad de los servicios de cuidado de niños y de atención a otras personas a cargo que puedan facilitar la conciliación de la vida profesional y la familiar (Plan nacional extraordinario de guarderías y servicios socioeducativos innovadores ejecutado por el Departamento de Política Familiar de la Presidencia del Consejo en cooperación con las administraciones locales, cuantía total 156.462.000 euros);

d)Incentivos para el empresariado femenino (Ley Nº 215/1992, actualmente en revisión, que promueve medidas positivas de fomento de la creación de firmas y pequeñas empresas por mujeres).

172.Todas estas políticas son apoyadas por las medidas aplicadas y cofinanciadas en el marco de los programas operativos regionales y nacionales de los Fondos Estructurales destinados específicamente a la inclusión laboral y a la orientación profesional de las mujeres y a la creación de empresas por mujeres.

k)Conciliación de la vida profesional y la vida familiar en Italia: mejores prácticas

173.Una de las disposiciones que más ha contribuido a la modernización de la organización interna de las empresas privadas con el fin principal de fomentar la conciliación de la vida laboral y la familiar en Italia ha sido la Ley Nº 53/2000, que promueve el equilibrio entre el trabajo, el cuidado de la familia, la formación y la relación interpersonal mediante la licencia parental y la ampliación del apoyo a los padres de niños discapacitados, el establecimiento de la licencia de formación permanente y la extensión de la licencia de formación, la coordinación de la organización de los horarios urbanos y el fomento del uso del tiempo para la solidaridad social. Las medidas y los proyectos financiados por esta ley son promovidos por empresas privadas a fin de ejecutar la renovación de la organización interna (producción, servicios, horarios, etc.) para mejorar la calidad de la vida de los empleados (hombres y mujeres).

174.Se pueden citar varios proyectos que han propuesto medidas, instrumentos y a veces modelos para conciliar la vida profesional y la vida privada:

Conciliación y organización del trabajo – medidas destinadas a reducir u organizar de otra manera los horarios de trabajo y la organización del trabajo (tiempo parcial, flexibilidad, teletrabajo, etc.);

Conciliación, cuidado de los hijos y reparto del cuidado – medidas destinadas a reducir o facilitar el horario del cuidado de la familia y los hijos (licencia, vale, jardín de la infancia, etc.);

Conciliación y programación de los horarios urbanos – medidas destinadas a remodelar, y a menudo a personalizar, los horarios urbanos probando nuevas modalidades de prestación de servicios;

Conciliación y tiempo libre – medidas encaminadas a ganar tiempo libre (horario flexible).

175.Cabe notar además el papel de la Unión Europea en este campo. En efecto, la UE ha sido por un lado una fuente de estímulo y contribuciones en relación con la conciliación del tiempo de trabajo y el tiempo personal y, por otro, ha aportado los instrumentos financieros para ejecutar proyectos (el Fondo Social Europeo (FSE) y la iniciativa EQUAL).

176.El programa Italia 2010 ("Programa de medidas para fomentar la inclusión de la mujer en el mercado de trabajo", de fecha 1 de diciembre de 2009) esbozó las medidas necesarias para promover el empleo de la mujer y la conciliación de la vida profesional con la vida privada. Este programa fue promovido por el Ministro de Trabajo y la Ministra de Igualdad de Oportunidades.

177.El plan tiene por objeto definir una estrategia a largo plazo para Italia de fomento del empleo de la mujer y la igualdad entre los géneros.

178.Las principales medidas son las siguientes:

Fortalecimiento de los servicios para la primera infancia;

Ejecución de la financiación de proyectos de conciliación dirigidos a las empresas (en el "nuevo" artículo 9 de la Ley Nº 53/2000);

Fomento del empleo a tiempo parcial y otras formas de contratos a tiempo parcial mediante la negociación de segundo nivel;

Fomento de la integración de las mujeres en los "empleos verdes".

l)Medidas de los servicios de empleo para fomentar el empleo de mujeres

179.Los Centros Públicos de Empleo (en adelante CPE) trabajan activamente en el fomento del empleo de mujeres, a nivel provincial, mediante una serie de medidas coordinadas. Teniendo en cuenta el período que abarca el presente informe, hay que notar que ya en 2004 el 51,1% de los centros de empleo prestaban servicios específicos de apoyo al empleo y a la formación de las mujeres, especialmente en las regiones del centro y el norte de Italia. Cuatro años después, en 2008, la prestación de servicios destinados a elevar la tasa de empleo de las mujeres es mucho mayor, a nivel nacional y local.

180.La labor hecha es la siguiente:

El 69,3% de los CPE establecieron oficinas especiales o servicios de información especiales;

El 45% de los CPE prestan servicios de asesoramiento para mujeres empresarias;

El 39,9% de los CPE fomentan la vuelta al trabajo de las mujeres que han dejado temporalmente o han perdido el empleo por maternidad;

Los CPE ofrecen asesoramiento jurídico y normativo al 78,6% de las usuarias del servicio;

El 73% de los CPE prestan servicios de apoyo a la conciliación de la vida laboral y la vida familiar (en el sur la proporción llega al 83,6%).

181.Durante la planificación del FSE en 2007-2013, en relación con el período 2009‑2010, la Dirección General del Mercado de Trabajo del Ministerio de Trabajo financia, con apoyo técnico italiano y del ISFOL, varios proyectos destinados a mejorar las condiciones de grupos desfavorecidos (trabajadores, discapacitados, presos y expresos, inmigrantes, personas que viven en condiciones de pobreza).

182.Con respecto a la situación de empleo de las mujeres, cabe notar algunos proyectos:

Proyecto "Seguimiento del Empleo". Una de las actividades principales se refiere a "La participación de la mujer en el mercado de trabajo: inactividad, maternidad y doble presencia". Esta actividad tiene por objeto aumentar los conocimientos sobre la maternidad como impedimento para la participación de la mujer en el mercado de trabajo, en relación con las tasas bajas de actividad de las mujeres italianas, identificando determinantes y características.

Proyecto "Acción de seguimiento y análisis cualitativo de los modelos de organización y la prestación de servicios a las empresas", que incluye la cuestión de la mujer en la actividad llamada "Sistemas de trabajo y lucha contra la crisis económica en una perspectiva de género". El objetivo general es apoyar las reformas en curso encaminadas a reducir los efectos de la crisis económica y del empleo, en particular en relación con un objetivo específico del mercado de trabajo: las mujeres.

Proyecto "Apoyo cognitivo para la reforma de procesos específicos", que contiene una sección relativa a las trabajadoras maduras.

183.Según una encuesta de los dos primeros trimestres de 2009, el empleo femenino tuvo una tendencia positiva en el norte y el centro de Italia. El aumento de la tasa de empleo de mujeres (de 15 a 64 años) en el segundo trimestre de 2009 no fue uniforme en todo el país: los porcentajes son muy insuficientes en las regiones meridionales. La tasa de empleo de las mujeres es del 57% en el norte, menos 4,3 puntos porcentuales en el centro y 3,26 en el sur y las islas (fuente : ISTAT, RCFL).

Cuadro 6

Tasas de empleo por género – Objetivo para 2010 (primer trimestre de 2009)

Hombres

Mujeres

Objetivo de Lisboa

Total

Objetivo de Lisboa

68,5

46,3

60%

57,4

70%

Fuente : Eurostat.

184.La tasa de empleo total es inferior en unos 12 puntos porcentuales, y la tasa de empleo femenina en casi 14 puntos, a los objetivos fijados en Lisboa en 2010 (tasa de empleo total del 70% y tasa de empleo femenina del 60%).

Cuadro 7

Empleados a tiempo parcial por género (segundo trimestre de 2009)

Porcentaje del total de empleados

Media de 2008

2º trimestre de 2009

Hombres

4,6

4,7

Mujeres

28,1

28,4

Total

14,8

15,1

Fuente : ISTAT .

185.El empleo a tiempo parcial aumentó mucho en un año, no menos de 2,4 puntos porcentuales. La proporción de empleados a tiempo parcial era del 14,8% (4,6% de los hombres y 28,1% de las mujeres).

m)Integración laboral de las personas con discapacidad

186.La Ley de 12 de marzo de 1999, Nº 68, tiene por objeto promover la inclusión y la integración laboral de las personas con discapacidad mediante servicios de apoyo y fomento especial del empleo. Para hacer posible el empleo de las personas con discapacidad, se creó el Fondo para el Derecho al Trabajo de las Personas con Discapacidad dentro del Ministerio de Trabajo (conforme al artículo 13 de la Ley Nº 68/99). Hasta 2008 este Fondo financió el costo de los incentivos concedidos mediante acuerdos firmados con empleadores privados.

187.La Ley Nº 247/2007 modificó el artículo 13 de la Ley Nº 68/99 para requerir contribuciones directas, conforme al reglamento del CE en favor de los empleadores que contratan a personas con discapacidad. En vez de requerir contribuciones directas, la disposición anterior se refería al tratamiento tributario (exención completa de impuestos por un máximo de ocho años o exención parcial por un máximo de cinco años, según el grado de discapacidad). Se fijaron criterios y normas para la distribución entre las regiones y las provincias autónomas a fin de delinear la disponibilidad del Fondo, por el decreto dictado por el Ministro de Trabajo y Política Social, en consulta con el Ministro de Economía y Hacienda, el 4 de febrero de 2010.

188.Conforme a lo dispuesto por el Decreto Directorial de 6 de agosto de 2010, registrado por el Tribunal de Cuentas el 1 de octubre de 2010 y en curso de publicación en la GU, los recursos del Fondo que deben incluirse en el ejercicio 2009-2010 (42 millones de euros) se distribuyen entre las regiones y las provincias autónomas sobre la base de las solicitudes de contribuciones para la contratación de personas con discapacidad presentadas por los empleadores privados en 2008 y en 2009, respectivamente.

189.Por último, al modificar los párrafos 144 a 147 del artículo 2 de la Ley de presupuesto para 2010, la Ley de 23 de diciembre de 2009, Nº 191, establece medidas adecuadas para alentar la inserción o reinserción en el mercado de trabajo de los trabajadores desfavorecidos o discapacitados determinados en el artículo 2, párrafos 18, 19 y 20, del Reglamento (CE) Nº 800/2008, de 6 de agosto de 2008. Estas medidas se aplicarán mediante las agencias de empleo, conforme a lo dispuesto en los artículos 4 y 5 del Decreto legislativo Nº 276 de 2003.

190.De hecho, el ciclo recesivo en curso reforzó los resultados de los esfuerzos del Estado para hacer frente a la crisis del empleo, a fin de mantener el mayor número de trabajadores en el sistema productivo, incluso mediante contratos de plazo fijo. En una situación de este tipo, se presta especial atención a ciertas categorías de trabajadores, incluidas las personas con discapacidad. Estas categorías corren riesgo de exclusión del mercado de trabajo. Además, la crisis financiera y económica las ha afectado particularmente.

191.A fin de fortalecer las estrategias para hacer frente a la crisis, haciendo participar y motivando incluso al sector privado para contribuir a la recolocación rápida de los trabajadores expulsados del mercado de trabajo, se adoptaron medidas específicas. La Ley de 23 de diciembre de 2009, Nº 191, establece medidas experimentales para alentar a las agencias de empleo y a los mediadores autorizados a considerar especialmente a los trabajadores desfavorecidos, incluidas las personas con discapacidad, según lo dispuesto en el Reglamento (CE) Nº 800/2008, con miras a la reinserción en el mercado de trabajo.

192.El sistema, que se inspira en los tipos de incentivos probados con éxito en los mercados de trabajo más avanzados, concede una bonificación a las agencias de empleo por cada trabajador reempleado solo si este ha obtenido un contrato de empleo dependiente. Más precisamente, la citada disposición establece un incentivo entre 2.500 y 5.000 euros para la contratación de cada trabajador con discapacidad inscrito en las listas que tenga especial dificultad para conseguir empleo. Además, la disposición también prevé la posibilidad de un empleo con contrato permanente, con una duración del contrato no inferior a 12 meses, o con un contrato de colocación, que no puede durar más de 18 meses, de conformidad con el artículo 54 del Decreto legislativo de 10 de septiembre de 2003, Nº 276.

193.El marco general indicado aquí por el análisis de la aplicación de la Ley de 12 de marzo de 1999, Nº 68, revela un cambio cultural lento pero constante, que influye en las políticas laborales y sociales para las personas con discapacidad.

a)Personas inscritas en Italia en las listas únicas de colocación obligatoria:

i)2004: 575.487, de las cuales 280.329 eran mujeres;

ii)2005: 645.220, de las cuales 327.929 eran mujeres;

iii)2006: 699.806, de las cuales 339.457 eran mujeres (48,5%);

iv)2007: 768.394, de las cuales 367.941 eran mujeres (47,8%);

v)2008: 769.598, de las cuales 379.635 eran mujeres;

vi)2009: 751.285, de las cuales 365.812 eran mujeres.

Personas con discapacidad visual inscritas conforme a la Ley Nº 113/85:

2008: 275;

2009: 343.

b)Informe sobre comienzos de empleo:

i)2004: 25.337, de las cuales 9.451 eran mujeres;

ii)2005: 30.865, de las cuales 11.537 eran mujeres;

iii)2006: 27.454, de las cuales 9.751 eran mujeres (35,5%);

iv)2007: 31.535, de las cuales 11.578 eran mujeres (36,7%);

v)2008: 28.306, de las cuales 11.232 eran mujeres;

vi)2009: 20.830, de las cuales 8.414 eran mujeres.

Comienzos de empleo de personas extranjeras con discapacidad:

En 2008 empezaron a trabajar 707 trabajadores extranjeros con discapacidad; en 2009 el número bajó a 520.

Comienzos de empleo de personas con discapacidad visual:

De las personas inscritas en el Registro Nacional de Telefonistas con Discapacidad Visual, 176 empezaron a trabajar en 2008; en 2009 el número bajó a 154.

194.El último Informe al Parlamento (IV), relativo a los datos de 2006-2007, presenta una opinión en general positiva de la Ley Nº 68 de 1999. De hecho, los datos de empleo específicos de 2007 indican el valor más alto registrado desde la reforma. Sin embargo, a pesar de la valoración general positiva, los datos mencionados confirman que las personas que se dirigen a los servicios autorizados para ejercer su derecho al trabajo tienen expectativas cada vez mayores. Esta tendencia tiene un efecto considerable en los servicios de apoyo al empleo. Después de un período largo de aplicación de la ley, este tipo de servicios está empezando a mejorar el rendimiento, al menos en sus formas esenciales, en todo el país. En 2007 las listas de empleo registraban en total 768.394 personas, es decir, casi 68.000 más que el año anterior (699.886 en 2006), y más de 120.000 en comparación con 2005 (datos del IV Informe al Parlamento). Los datos actualizados sobre comienzos de empleo en 2007 traen noticias positivas: 31.535 personas con discapacidad empezaron a trabajar por primera vez.

195.Para redactar el Quinto Informe al Parlamento conforme al artículo 21 de la Ley Nº 68/99, se reunió información mediante encuestas específicas de los órganos de la administración encargados del empleo obligatorio.

196.Los datos reunidos incluyen los relativos a los inscritos en la colocación obligatoria, conforme a la Ley Nº 68/99, y los comienzos de empleo respectivos de 2007-2008. La nueva información requerida incluye la relativa a la inscripción y a los comienzos de empleo de telefonistas con discapacidad visual y calificaciones equivalentes (Ley de 29 de marzo de 1985, Nº 113, y DM de 10 de enero de 2000), como dispone el artículo 1, párrafo 3, de la Ley Nº 68/99, e información relativa a los extranjeros con discapacidad inscritos en las listas, conforme a la Ley Nº 68/99.

n)Integración laboral de los inmigrantes

197.Cabe recordar aquí algunos de los proyectos que están elaborando el ISFOL e Italia Lavoro, que tienden a mejorar las condiciones sociales y laborales de los inmigrantes. Uno de ellos es el proyecto "Planificación y organización de los servicios para el reempleo de inmigrantes", ejecutado por Italia Lavoro, cuyo objeto es mejorar todas las formas de acceso al empleo y mantenimiento del empleo de los nuevos inmigrantes o los inmigrantes desempleados.

198.El proyecto está destinado a fortalecer la capacidad de reinserción de los inmigrantes a nivel local, prestando atención —una vez superada la difícil etapa por la que atraviesa actualmente el empleo debido a la crisis— a las competencias de programación de políticas de migración a nivel local, mediante la inclusión de las instituciones competentes. Este resultado se logrará mediante el apoyo a la calificación de los servicios y el fortalecimiento de los sistemas de gobernanza provincial o regional. Se refieren especialmente a los procedimientos que pueden ser mejorados por los dos niveles de la administración (regional y provincial) para mejorar la gestión de la reinserción, considerando especialmente la cooperación con empresas y la integración de los recursos nacionales y regionales para fomentar la reintegración de este grupo.

199.Las metas y medidas de este proyecto son las siguientes:

Apoyo a la acción de las instituciones locales encargadas de asuntos de trabajo e inmigración en relación con las necesidades de programación de la mano de obra y las políticas de gestión de la integración de inmigrantes.

Elaboración y fortalecimiento de métodos e instrumentos de integración de inmigrantes en Italia.

Formación del personal de servicios para los sectores de empleo público y privado italianos, usando también la plataforma de aprendizaje a distancia y los servicios comunitarios para las empresas.

Fomento de la cooperación entre las redes públicas de servicios y los servicios privados en Italia, para ampliar la gama de servicios para grupos determinados y usar la gama más amplia de competencias e instrumentos de negociación útiles para el reempleo y la calificación de trabajadores.

Fortalecimiento de los niveles de gobierno local, con un estímulo especial en el nivel más próximo a los receptores finales, las empresas y los trabajadores, y del nivel provincial.

Apoyo al conocimiento encaminado a la adopción de decisiones de política más focalizadas. Se proyectan intervenciones para fomentar el estudio de las mejores prácticas y modelos de acción, en relación con la recolocación de trabajadores migrantes y el intercambio de información sobre políticas regionales de inmigración.

Fortalecimiento de los servicios de empleo para la integración y el reempleo mediante la clasificación de los servicios públicos. Esta meta puede ayudar a los servicios de empleo a desarrollar su competencia en la cooperación con empresas privadas, con especial atención a la planificación de las intervenciones de reintegración y a la gestión de la integración individual para nuevas entradas de trabajadores extranjeros.

200.Proyecto "Políticas e instrumentos para mejorar la continuidad y regularidad del empleo de los trabajadores extranjeros", producido por el ISFOL, cuyo objeto es apoyar los procesos de reforma en curso para gestionar la presencia de trabajadores extranjeros en Italia, promover el Estado de derecho, combatir el trabajo no declarado y fomentar la participación en el mercado de trabajo como elemento clave para adquirir una ciudadanía más amplia. Considerando que la inmigración es un factor estructural de la economía italiana y, como tal, incluso en esta situación de crisis, representa una necesidad potencial para la recuperación económica, la relación entre la presencia regular y las condiciones de trabajo sigue siendo un elemento central de la agenda social y política italiana.

201.El objetivo específico de esta actividad consiste en determinar las condiciones, instrumentos y políticas —ya establecidos o que pueden emplearse en el futuro— necesarios para facilitar la regularización de la situación de los inmigrantes y la posible continuidad en el empleo. Al mismo tiempo, la actividad tiene por objeto comprobar qué soluciones pueden extender esas condiciones a los inmigrantes que han entrado en el país por un proceso de reunión de familia. El enfoque general tiende a promover y desarrollar nuevos servicios comunitarios.

202.La planificación ejecutiva para 2010 de la Dirección General del Mercado de Trabajo prevé también la ejecución del proyecto "Medidas para combatir el empleo ilegal de inmigrantes en vacaciones espontáneas y promover la integración sociolaboral" con asignación directa a la Organización Internacional para las Migraciones (OIM).

203.El proyecto, que tiene una duración de seis años e incluye el desarrollo de actividades complementarias en 2011, prevé un plan de acción para establecer el sistema a fin de sugerir posibles mecanismos de migración circular estructurados en estrecha coordinación con las administraciones de los países en que se origina el fenómeno de la migración.

204.Los resultados esperados son:

a)Identificación y análisis de las corrientes migratorias espontáneas y los circuitos de trabajadores mediante una encuesta hecha por investigadores de los países de origen acompañados por investigadores italianos;

b)Un estudio por muestreo de las condiciones de los trabajadores estacionales;

c)Una campaña de información y sensibilización para las asociaciones de empleadores;

d)Visitas de estudio a y de los países de origen para empleadores e interesados para determinar los procedimientos anuales regulares de contratación de la migración circular.

205.El ISFOL proyecta en 2010 la actividad de microcrédito como factor estabilizador y como instrumento para crear nuevas oportunidades, dentro del proyecto "Evaluación de políticas laborales". El microcrédito es parte de las instituciones promovidas por el Gobierno de Italia para contrarrestar los efectos causados a las personas por la crisis económica. El microcrédito se considera un instrumento útil para iniciar actividades de empleo por cuenta propia, microempresas y autoempresas, conforme al artículo 1 del Decreto-ley de 1 de julio de 2009, Nº 78, convertido en la Ley de 3 de agosto de 2009, Nº 102. Más precisamente, el párrafo 7 dispone que las sumas resultantes del sostén de los ingresos o del Fondo Especial de Desempleo en caso de crisis de la empresa se pagarán a los trabajadores si estos las solicitan para emprender una actividad o microempresa, y en caso de dimisión al puesto en la empresa.

206.La actividad en cuestión se desarrollará en estrecha coordinación con las disposiciones de las tareas institucionales del Comité Nacional Permanente de Microcrédito. Como parte de sus funciones el Comité promueve el microcrédito como ayuda para la erradicación de la pobreza, determina medidas para la elaboración de iniciativas que ejecutarán los sistemas financieros para la creación de microempresas en favor de las personas en situación de pobreza y facilita la ejecución técnica de proyectos de cooperación para ayudar a los países en desarrollo, respetando las competencias del Ministerio de Relaciones Exteriores. A fin de reforzar la lucha contra la pobreza, el ISFOL decidió incluir la actividad "Evaluación de las intervenciones del gobierno territorial para combatir la pobreza y apoyar a las familias necesitadas" en su proyecto "Evaluación de políticas laborales".

207.A la luz de los objetivos enunciados en la nueva Agenda Social y de los datos publicados por la Comisión Europea en los últimos años, la Dependencia de Seguridad Social del Ministerio de Trabajo desarrolló muchas actividades de análisis, definición de modelos y experimentos destinados a aportar instrumentos de apoyo a la regiones participantes en la planificación, seguimiento y evaluación de los resultados de procesos, a facilitar la comparación entre los diferentes contextos locales y su armonización y a fomentar el desarrollo de una cultura y recursos operativos comunes. En particular, todas las políticas aplicadas a nivel regional de sostén de los ingresos y lucha contra la pobreza en general se sometieron a observación, en el marco del Plan Extraordinario PON "Acciones de Sistema", Objetivo 3 2000-2006, Medida B1 Az 2. Las líneas de investigación han producido un análisis comparativo de la legislación y de los avisos públicos relativos a cuestiones de pobreza, la construcción de algunos indicadores básicos de pobreza y un estudio específico sobre la pobreza infantil. De acuerdo con el trabajo ya hecho se elaborará una actividad tendiente a aportar una evaluación de las intervenciones del sistema para la reducción de la pobreza. Estas evaluaciones serán hechas por las regiones y las autoridades locales de Italia. En este sentido, un elemento central es el aumento del nivel de bienestar de los beneficiarios finales resultante del efecto de las medidas de lucha contra la pobreza que se ejecutarán. Este elemento se tendrá muy en cuenta.

208.El objetivo principal es fortalecer los servicios de empleo, aumentando la eficiencia de las redes entre instituciones y proveedores de servicios, tanto públicos como privados. Con este fin, se examinarán los mercados de trabajo regionales, las consecuencias de la crisis y las características de los servicios de empleo regionales. Junto con estos marcos, se han creado bases de datos regulativos (en colaboración con Italia Lavoro y el ISFOL) y se han hecho análisis comparativos de las disposiciones regionales, nacionales e internacionales, encaminados también a determinar las mejores prácticas.

209.En particular, era importante centrarse en algunas medidas —encomendadas a Italia Lavoro— en apoyo de la gobernanza nacional y regional, con especial atención al efecto de la crisis económica y del empleo. Mediante esta medida se pudo mejorar la eficiencia y eficacia de los servicios de empleo, fortalecer la calidad de los servicios ofrecidos a los usuarios, facilitar la adecuación de la oferta y la demanda de mano de obra, prever las necesidades del mercado de trabajo, promover la integración de las políticas activas y las pasivas e iniciar medidas integradas con los diferentes actores locales que fortalecerán su capacidad de determinar intervenciones específicas y asegurar el crecimiento cualitativo y cuantitativo de la eficacia de los sistemas. Además, a raíz de un acuerdo entre la Dirección General del Mercado de Trabajo y el Departamento de Administración Pública, se ha empezado a definir otras medidas, ejecutables mediante Formez, entre ellas apoyo a las provincias para la promoción e implantación de servicios de empleo innovadores, apoyo de consultoría y formación técnica dirigido a los centros de empleo para actualizar, mejorar y calificar al personal, apoyo a la mejora de las normas de calidad de los servicios prestados por los centros de empleo y fortalecimiento de su nivel de organización.

210.Se firmaron acuerdos marco convenientes con las regiones (en total 15 acuerdos) sobre la base de lo estipulado en los acuerdos entre las regiones y el Ministerio de febrero de 2009. Estos acuerdos se refieren a los objetivos cualitativos y cuantitativos de los Servicios Regionales de Empleo y a la reglamentación de los servicios de red (sistemas de autorización, acreditación, legislación, resoluciones, reglamentos). Otro campo de actividad importante se refiere a la asistencia a las regiones para la definición y aplicación de medidas contra la crisis y el cumplimiento de los acuerdos entre el INPS y las regiones, el seguimiento de actividades, la determinación de los obstáculos que pueden retrasar la ejecución, la mejora de los procedimientos de información, la preparación de los planes de trabajo trienales regionales, incluso con respecto a la actividad de reprogramación del Fondo Social.

o)Inclusión de los jóvenes en el mercado de trabajo

211.En esta materia se ponen de relieve los siguientes proyectos:

Proyecto "Seguimiento del empleo", que aporta una intervención específica destinada a la evaluación de las medidas de lucha contra el "éxodo intelectual", como parte de las medidas encaminadas a analizar el desempleo juvenil.

212.La actividad tiene por objeto definir las características cuantitativas y cualitativas, las entidades y las razones de la movilidad territorial de la fuerza de trabajo, con especial atención al "éxodo intelectual", dentro del país y de Italia al extranjero y en particular a los países de la Unión Europea. El fenómeno de la migración está reapareciendo, especialmente en el caso de los trabajadores altamente calificados, a menudo con altas calificaciones universitarias, cuya inversión en formación debería ser un recurso estratégico para el sistema productivo (local y nacional). A pesar de sus calificaciones, estas categorías no pueden ser empleadas por el sistema y tienen que emigrar.

213.La actividad producirá una encuesta cualitativa dirigida a los trabajadores calificados que han salido del país, y levantará un inventario de las medidas e iniciativas destinadas a fomentar el regreso de esos trabajadores del extranjero a sus zonas de origen o de formación, y aportará una comparación entre la situación italiana y la de otros Estados miembros de la UE y de otros países, en relación con la dinámica y las políticas de intervención.

Proyecto "Seguimiento y análisis cualitativo de modelos de organización y prestación de servicios de empleo", incluida la actividad "Análisis y examen de la demanda y la oferta de servicios de empleo dirigidos a los jóvenes".

214.En particular, este análisis tiene por objeto recopilar y analizar los mecanismos establecidos por los servicios locales de empleo para facilitar el empleo de jóvenes, con especial atención a la formación profesional y a la inserción laboral, incluido el proceso de movilidad geográfica.

p)Integración de otros grupos desfavorecidos

215.El proyecto "Servicios para la inclusión sociolaboral de grupos desfavorecidos, con ayuda de los SPL" (SPL: Servizi per il Lavoro – Servicios de trabajo) tiene por objeto la integración o reintegración en el mercado de trabajo de algunos grupos desfavorecidos, entre ellos las personas con discapacidad, los presos y los expresos. Italia Lavoro quiere usar este proyecto para fortalecer las medidas de facilitación de la entrada de personas particularmente desfavorecidas en el mercado de trabajo, el mantenimiento y el aumento de la inclusión social y las redes integradas, optimando así los recursos profesionales, públicos y privados, y los mismos recursos económicos.

216.La colocación en empleos de las personas desfavorecidas y, en particular, de las personas con discapacidad, los presos y expresos es una prioridad de la Estrategia Europea de Empleo y de las actividades financiadas por el FSE. Las directrices estratégicas comunitarias sobre cohesión económica, social y territorial para 2007-2013 reafirman como prioridad el objetivo de "garantizar mercados de trabajo inclusivos para las personas desfavorecidas o expuestas a exclusión social, como los que han dejado la escuela, los desempleados de larga duración, las minorías, los discapacitados", los presos y expresos mediante un apoyo más amplio y diversificado para crear vías de integración y combatir la discriminación.

217.En particular, el programa de intervención tiene por objeto promover políticas activas de empleo dedicadas a las personas con discapacidad mediante redes públicas y privadas, capaces de prestar servicios de buena calidad, conforme a la Ley Nº 68/99, y de aplicar modelos innovadores sobre la base de la Clasificación Internacional del Funcionamiento, la Discapacidad y la Salud (CIF) de la Organización Mundial de la Salud, a fin de usarla cada vez más en el sistema nacional de criterios de evaluación para hacerlos más coherentes y más adecuados a las necesidades reales de las personas con discapacidad.

218.Las actividades previstas de la intervención tienen por objeto:

a)Apoyar la gobernanza institucional en diversos niveles (nacional, regional, provincial, municipal) integrando las políticas de empleo con las políticas sociales y de salud y otros expertos interesados (autoridades penitenciarias), según el principio de subsidiariedad, a fin de optimar las intervenciones;

b)Desarrollar y calificar el sistema de servicios de empleo en relación con los procesos de inclusión de grupos desfavorecidos (discapacitados, presos y expresos) en una lógica de red territorial integrada de varios servicios públicos (laborales, sociales, sanitarios, penitenciarios) y privados (tercer sector, empresas lucrativas, agencias de empleo);

c)Desarrollar y calificar la red pública/privada para apoyar los procesos de inclusión social de las personas desfavorecidas, mediante programas de ayuda al empleo basados en métodos innovadores de aceptación compleja y proyectos especiales integrados.

219.Esta iniciativa tiende a promover un nivel uniforme de protección en todo el país, para las diversas categorías de personas desfavorecidas, ofreciendo actividades para la elaboración de modelos de intervención y el fortalecimiento de los servicios de redes dedicados a grupos determinados. Estas innovaciones deben aplicarse mediante la integración de los servicios destinados a adaptar las intervenciones, centrándose en la "persona".

220.Se fomentará la inclusión social y laboral de la persona sometida a proceso penal, superando dificultades sociales y profesionales, mediante la mejora de los servicios de empleo y la colaboración de los actores que participan en la transición del castigo al trabajo.

221.Por último, es necesario recordar el Libro Blanco sobre el futuro del modelo social titulado "La vida feliz en la sociedad activa". Este documento, que se publicó en mayo de 2009 y está dedicado a los jóvenes y sus familias, propone un modelo social dirigido a la promoción de la centralidad de la persona y fundado en la construcción de una sociedad dinámica, activa y responsable. El objeto principal era alentar el logro de políticas de igualdad de oportunidades, fomentando la diversidad como valor social fundamental.

222.Al Libro Blanco ha seguido el programa Italia 2010, "Programa de medidas para la inclusión de las mujeres en el mercado de trabajo", elaborado por los Ministros Carfagna y Sacconi, de 1 de diciembre de 2009. Este nuevo programa enunció las directrices que se seguirán para promover el empleo de la mujer y la conciliación del trabajo y la vida familiar.

223.El plan aspira a definir una estrategia a largo plazo de fomento del empleo de la mujer y la igualdad entre los géneros para Italia. Se proponen cinco medidas:

Ampliar los servicios para la primera infancia;

Crear mecanismos de financiación para proyectos de conciliación a nivel de la empresa (conforme al "nuevo" artículo 9 de la Ley Nº 53/2000);

Fomentar el trabajo a tiempo parcial y otras formas de contrato a tiempo parcial mediante la negociación de segundo nivel;

Fomentar el "empleo verde" también para la mujer.

224.El 30 de julio de 2010 el Consejo de Ministros aprobó el plan de trabajo trienal "Liberare il lavoro per liberare i lavori" (Liberar el trabajo para liberar los trabajos) establecido por el Ministro Maurizio Sacconi, que identifica políticas de conciliación como disposiciones en favor del empleo de la mujer. Las medidas esenciales para lograr el objetivo consisten en la remodelación del horario de trabajo y el fomento de servicios de cuidado del niño, con especial atención a las guarderías familiares.

225.Desde 2007, en el marco de las iniciativas organizadas para el "Año Europeo de la Igualdad de Oportunidades para Todos", el Departamento de Igualdad de Oportunidades ha venido promoviendo la actividad llamada "Mujeres ocultas", que es una actividad estratégica dirigida a mejorar la capacidad general de desarrollo del país y a aumentar la tasa de empleo de las mujeres combinando las cuestiones de las condiciones de trabajo, la mejora de los conocimientos, la calificación profesional y la conciliación de la vida profesional y la vida privada y familiar.

226.El mercado de trabajo oculto se compone principalmente de mano de obra femenina, que trabaja con poca o ninguna protección e incluye extranjeras, la mayoría empleadas como "cuidadoras", e italianas, particularmente las que tienen pocas perspectivas de empleo porque viven en regiones con pocas oportunidades profesionales, por su edad, porque tienen pocas calificaciones profesionales y pocas posibilidades de conciliar el trabajo con la vida familiar. El número de las mujeres extranjeras que trabajan en el mercado de trabajo ilegal es considerable, y a menudo están privadas parcial o totalmente de sus derechos fundamentales, lo cual aumenta el riesgo de consolidación de fenómenos criminales como la delincuencia organizada y la explotación.

227.Además, la actividad "Mujeres ocultas" ha allanado el camino para la redacción del Aviso Público de diciembre de 2007, promovido por el Departamento de Igualdad de Oportunidades, para la financiación de proyectos piloto destinados a combatir el trabajo no declarado en el cuidado a domicilio. La primera prioridad del Fondo es atender mejor la gran demanda de servicios de cuidado a domicilio mediante una oferta profesional adecuada y suficiente, contribuyendo a aumentar la tasa de empleo de las mujeres con medidas que fomenten la calificación para el empleo, combatiendo el trabajo no declarado, desalentando el abandono del trabajo y protegiendo el empleo.

228.El Departamento de Igualdad de Oportunidades asignó una suma de 5 millones de euros para iniciar los proyectos piloto. Sobre la base de la lista definitiva elaborada y los recursos asignados, se financiaron seis proyectos, por un valor total de 4.917.420 euros. Estos proyectos permitirán contratar legalmente a miles de mujeres italianas y extranjeras que trabajan en el sector del cuidado a domicilio en toda Italia y aumentar la conciencia del fenómeno del trabajo no declarado. El trabajo ilegal se está difundiendo en nuestro país, como lo demuestra una encuesta hecha por el Instituto Nacional de Estadística (ISTAT), según la cual el trabajo no declarado en este sector asciende al 41% del total de cuidadores (que son aproximadamente 1 millón).

229.Los proyectos pueden considerarse medidas contra la crisis, porque su objeto principal y aspecto innovador es la asignación de incentivos a las familias, que así contratan legalmente cuidadores a domicilio. A raíz de una solicitud de prórroga del plazo hecha por las seis entidades encargadas de los proyectos piloto, el Departamento de Igualdad de Oportunidades concedió una prórroga de 12 meses de las actividades, según la cual todos los proyectos terminarán en marzo de 2012.

230.En el campo de la economía sumergida, la acción de la Policía Financiera (Guardia di Finanza) se basa en un enfoque transversal dirigido a todas las formas de ilegalidad relacionadas con el trabajo no declarado —como la evasión de impuestos y contribuciones sociales, la explotación de inmigrantes ilegales, el fraude a la seguridad social, la fabricación y comercio de productos con marcas falsas— y se centra en todos los sectores de alta densidad de mano de obra.

231.Esta es la razón por la cual los planes de acción de la Policía Financiera están dirigidos no solo a recuperar los impuestos y contribuciones evadidos, sino también a detectar los activos y propiedades más grandes acumulados por los que explotan a los trabajadores irregulares.

232.En 2011 la Policía Financiera descubrió 26.474 trabajadores irregulares, a saber, 13.798 trabajadores ilegales y 12.676 no declarados, de los cuales 4.964 eran mujeres. Estas personas trabajaban para 5.420 empleadores, que fueron denunciados por emplear mano de obra irregular.

233.Según las investigaciones de la Policía Financiera, los sectores de actividad más afectados por el empleo no declarado son los siguientes: los servicios (45,4%), el turismo y las empresas públicas (30,2%), la construcción (14,6%), la agricultura (6,8%) y el transporte (3%).

234.Desde 1998 Italia está en la vanguardia de la lucha contra la trata de seres humanos (TSH) y la protección de las víctimas, tanto niños como adultos. El modelo italiano, que todavía se considera mejor práctica en este campo, se elaboró según el principio de que una estrategia eficaz de lucha contra la trata debe basarse en:

Un enfoque de protección y promoción de los derechos humanos;

Un enfoque interinstitucional e integrado.

235.Por tanto, las disposiciones legales italianas contra la TSH y la explotación se basan en un enfoque centrado en los derechos de la víctima:

El artículo 18 de la Ley nacional de migración (Decreto legislativo Nº 286 de 1998);

El artículo 13 de la Ley nacional contra la trata de seres humanos (Ley Nº 228 de 2003).

236.El artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286 de 1998 (Ley unificada de medidas que rigen la inmigración y normas sobre la condición de los ciudadanos extranjeros) prevé la concesión de un permiso especial de residencia a las víctimas de trata por razones de protección social. El principal objeto de esta ley es que las víctimas de trata o explotación puedan escapar del condicionamiento de la organización criminal o de los individuos explotadores a que estén sometidas y ofrecerles la posibilidad de iniciar una nueva vida en Italia o en su país de origen. La concesión del permiso especial de residencia es independiente de que la víctima denuncie los traficantes o explotadores a las autoridades policiales. La única condición para obtener el permiso es cumplir los requisitos fijados por la ley y participar en el programa de asistencia "Artículo 18" y terminarlo. El permiso de residencia se puede expedir sobre la base de dos procedimientos:

La "vía judicial", cuando se ha hecho una denuncia a la policía o cuando se ha iniciado un proceso penal. Esto implica que la víctima colaborará con la policía y el fiscal y ayudará a presentar cargos contra el autor.

La "vía social", cuando las ONG o los servicios sociales públicos que ayudan a las víctimas de trata consideran que estas corren peligro inmediato. La víctima no está obligada a denunciar los traficantes a la policía, pero debe dar amplia información (hacer una "declaración") a los órganos de aplicación de la ley mediante los servicios sociales públicos o las ONG acreditadas del sector privado.

237.En 2007 entró en vigor una ley que amplió el grupo objetivo de las disposiciones del artículo 18: la Ley Nº 17/2007, que convirtió en ley el Decreto-ley de 28 de diciembre de 2006, Nº 300, que extiende los límites fijados por las disposiciones legislativas. El artículo 6, párrafo 4, dispone que el artículo 18 es aplicable también a las víctimas de trata que sean nacionales de la UE. Por tanto, estas personas pueden recurrir al programa de asistencia y protección social y beneficiarse de todos los servicios ofrecidos.

238.La Ley Nº 228 de 2003, "Disposiciones contra la trata de seres humanos", reconoció la definición de trata del Protocolo de Palermo. La ley introdujo los delitos de "reducción a esclavitud o servidumbre o mantenimiento en esclavitud o servidumbre", "trata de personas" y "comercio de esclavos" y modificó las disposiciones respectivas del Código Penal (arts. 600, 601 y 602). Para estos delitos la ley prevé una pena grave de 8 a 20 años de prisión, con aumento que va de un tercio a la mitad cuando la víctima es menor de edad o cuando la reducción a esclavitud o servidumbre tiene por objeto la explotación sexual o la extracción de órganos.

239.Además, el artículo 13 de la Ley Nº 228/2003 incluye una disposición para la creación de un programa de protección a corto plazo para las víctimas, italianas o extranjeras, de esclavitud, servidumbre o trata destinado a "garantizar temporalmente a las víctimas condiciones adecuadas de alojamiento, alimentación y atención médica".

240.El hecho de que la respuesta italiana a la trata de personas se centre en la protección de los derechos de las víctimas no significa que se descuide el enjuiciamiento de los traficantes. Al contrario, la legislación nacional sobre la trata prevé penas severas para los traficantes y explotadores y, además, la experiencia de más de diez años ha demostrado que un enfoque centrado en los derechos de las víctimas y la coordinación entre diversas instituciones hacen que las víctimas se sientan seguras y puedan colaborar eficazmente con las autoridades judiciales y los funcionarios policiales en investigaciones útiles y en el enjuiciamiento de los autores del delito.

241.Según los datos aportados por la DNA (Direzione Nazionale Antimafia – Dirección Nacional contra la Delincuencia Organizada), que es la autoridad judicial encargada de aplicar y seguir el cumplimiento de la ley nacional contra la trata, en 2011 se iniciaron 143 procesos penales contra 395 reos por el delito de "reducción a la esclavitud o a condiciones análogas a la esclavitud" (artículo 600 del Código Penal) en relación con 399 víctimas, y 62 procesos penales contra 250 reos por el delito de "trata de personas" (artículo 601 del Código Penal) en relación con 100 víctimas.

242.El uso de enormes recursos de investigación y el máximo desarrollo de la cooperación entre los Estados interesados son absolutamente necesarios a causa del modus operandi extremadamente complicado de las organizaciones criminales dedicadas al contrabando de migrantes o a la trata de seres humanos.

243.En cuanto a la cooperación internacional, se han aplicado algunos acuerdos de cooperación positivos firmados con Rumania, Albania y Libia. Además está en curso un proyecto de investigación piloto, por el cual se han adscrito algunos agentes de policía nigerianos a oficinas de la policía italiana.

244.El Departamento de Seguridad Pública colabora con las visitas de estudio organizadas en el marco del Programa del Instrumento de Asistencia Técnica e Intercambio de Información (TAIEX) de la Comisión Europea, recibiendo a delegaciones extranjeras encargadas de examinar diversas cuestiones de interés (intercambio de información, buenas prácticas, opiniones de expertos), como la trata de seres humanos.

245.A fin de promover la cooperación interinstitucional y la coordinación de las autoridades judiciales, la policía y las ONG dedicadas a este sector, que son actores importantes en la lucha contra este delito, el 28 de abril de 2010 el Departamento de Seguridad Pública y la Dirección Nacional contra la Delincuencia Organizada firmaron el "Memorando de entendimiento sobre directrices para coordinar la lucha contra la trata de seres humanos".

246.Además, a petición de las oficinas departamentales competentes, las autoridades policiales provinciales han determinado uno o más puntos de referencia para mejorar la coordinación con los actores participantes: los puntos de referencia de las Questure (jefaturas de policía provinciales) se han fijado en las Squadre Mobili (dependencias investigadoras) en relación con cuestiones de investigación y en las oficinas de inmigración en relación con los aspectos administrativos relativos a ciudadanos extranjeros.

247.Sobre la base del citado memorando de entendimiento, se creó un Grupo de Trabajo en la Dirección Central de Policía Criminal, una de cuyas tareas es actualizar la lista de indicadores.

248.La Policía del Estado (Polizia di Stato) también fomenta la formación profesional del personal de las Squadre Mobili mediante varios seminarios.

249.El artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286 de 25 de julio de 1998, "Permiso de residencia para protección social", estableció un elemento muy nuevo en el marco jurídico, dando protección prioritaria a los ciudadanos extranjeros que sean víctimas de violencia o explotación grave por organizaciones criminales.

250.Cuando se verifican esas circunstancias y se considera que la seguridad o la vida del ciudadano extranjero corre peligro, el Questore (jefe de policía provincial) puede expedir un "permiso de residencia para protección social" y se pide a la víctima que participe en el Programa de Protección y Asistencia Social.

251.Para aclarar el contenido del reglamento citado, conviene dar la información siguiente sobre su aplicación.

252.Las autoridades competentes evalúan y confirman la existencia de las circunstancias previstas en el artículo 18 antes de responder a la propuesta de expedición del permiso de residencia para protección social, de conformidad con el artículo 27 del Decreto Presidencial Nº 394/1999.

253.Esta propuesta puede ser presentada, como dispone el artículo 27, apartado a), por los servicios sociales de las administraciones locales o por asociaciones, organizaciones u otras entidades privadas que, durante sus intervenciones sociales, descubran casos de violencia o explotación grave contra un ciudadano extranjero.

254.En tales casos, el Questore considera la gravedad e inminencia del peligro para el ciudadano extranjero sobre la base de los elementos incluidos en la propuesta. Cabe notar que la expedición del permiso de residencia no está necesariamente relacionada con una denuncia de la víctima a la policía ni con la cooperación de la víctima con las autoridades policiales o judiciales. No es necesaria la opinión favorable del fiscal.

255.Se sigue un procedimiento diferente cuando la víctima hace declaraciones en un proceso penal sobre hechos de violencia y explotación grave. En este caso presenta la propuesta el fiscal, que debe aportar al Questore todos los elementos necesarios que demuestren la existencia de las circunstancias mencionadas, con especial referencia a la gravedad e inminencia del peligro. Si la propuesta no se ha hecho o no se han aportado los elementos necesarios, el Questore solicita la opinión específica del fiscal.

256.Siempre que se respeten las obligaciones mencionadas con respecto a la propuesta, las autoridades competentes, cuando puedan verificar la existencia de situaciones de violencia o explotación grave de un ciudadano extranjero, consideran las circunstancias del peligro real para la seguridad del ciudadano extranjero resultantes de sus intentos de escapar del condicionamiento de una organización criminal, con independencia de la disposición del ciudadano extranjero a hacer una denuncia a la policía o a cooperar, y pueden conceder, lo antes posible, el permiso especial de residencia de conformidad con el artículo 27, párrafo 2, del Decreto Presidencial Nº 394/1999.

q)Normas vigentes de protección del trabajador contra el despido injusto

257.La Ley Nº 108/90 reglamentó los despidos individuales en Italia. Esta ley permite despedir al empleado simplemente con una declaración explicativa que indique:

Causa justa;

Razón justificada.

258.El empleador siempre tiene la carga de probar a la vez causa justa y razón justificada. Además de las disposiciones de la ley, las razones que pueden justificar la decisión de despido deben ser determinadas por la negociación colectiva, por la jurisprudencia unificada y finalmente por el tribunal caso por caso.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

259.El Gobierno de Italia toma conocimiento de las solicitudes del Comité con respecto a la recomendación de que se acelere el proceso de ratificación del Convenio Nº 174 de la OIT de 1993.

260.En este sentido, cabe notar que los principios contenidos en ese Convenio ya se aplican ampliamente en nuestro ordenamiento jurídico, en virtud de la legislación vigente en la materia.

261.Sobre la base de estas consideraciones, la ratificación tendría un valor puramente formal.

262.La remuneración representa la retribución del servicio prestado por el empleado, que, conforme al artículo 36 de la Constitución, tiene derecho a una retribución proporcional a la cantidad y la calidad del trabajo hecho, y en todo caso suficiente para garantizar al empleado y a su familia una "existencia libre y digna". El principio general de igualdad de trato establecido en la Constitución tiene carácter teórico. La jurisprudencia dominante afirma que no puede haber un principio absoluto de igualdad de remuneración, lo cual permite la posibilidad de que el empleador favorezca a un empleado sobre otro por razones económicas, siempre que dicha conducta no tenga carácter discriminatorio por motivos políticos o de religión, raza, idioma o sexo.

263.Sobre la base de este principio, la remuneración será determinada libremente por las partes y definida por convenios colectivos en relación con cada sector económico.

264.Sin embargo, empleadores y empleados son libres de determinar la retribución extra (bonificación individual) según el tipo de servicio o el mérito particular del empleado, siempre que se respete el principio de no discriminación mencionado. Por tanto, la negociación colectiva nacional constituye la base principal para determinar la remuneración, con especial atención a la remuneración mínima, que mantiene su validez hasta la fecha de expiración del convenio colectivo. Los aumentos salariales posteriores dependen de la calificación o de la renovación del convenio colectivo nacional. A este respecto, hay que aclarar que, en el ordenamiento jurídico actual, no hay sistemas de indización o actualización de la remuneración como los mencionados en el artículo 7, párrafo 2, del Pacto. El subsidio por costo de la vida se usó hasta el 31 de diciembre de 1991. Tenía la función de ajustar la remuneración del trabajo a los aumentos del costo de la vida. El procedimiento de cálculo preveía la actualización semestral de una suma igual para todos los trabajadores y otra variable según la calificación y el sector. Por acuerdo entre el Gobierno y los sindicatos se puso fin a este mecanismo de ajuste. Como consecuencia, desde el 1 de enero de 1992 solo se paga el importe del subsidio por costo de la vida acumulado hasta esa fecha. En muchos casos la compensación se incluirá en el salario mínimo. A partir del 1 de enero de 1993 todos los trabajadores del sector privado (excepto los directores), independientemente de su contrato y calificaciones, tienen derecho al EDR (elemento distinto de la remuneración), esto es, el pago de 10,33 euros por mes durante 13 meses. En algunos casos el EDR se incluye en el salario básico.

265.Las condiciones de trabajo de los empleados se rigen por la legislación nacional o por la negociación colectiva si esta puede garantizar un trato más favorable. Las leyes intervienen en particular en situaciones que afectan las condiciones de salubridad y seguridad (es decir, limitación del tiempo de trabajo, horas extraordinarias, un mínimo de vacaciones anuales, descanso diario y semanal) y en materia de seguridad social. Las disposiciones pueden suspenderse por negociación colectiva, según el principio del favor prestatoris, si se establecen condiciones más favorables para los trabajadores.

266.El 9 de abril de 2008 se dictó el Decreto legislativo Nº 81 (después integrado por el Decreto legislativo Nº 106/2009) conforme a la Ley delegativa Nº 123/2007 sobre salud y seguridad de los trabajadores. El decreto modificó las normas vigentes (Decreto legislativo Nº 626/94 y anexos) actualizándolas para reflejar la legislación comunitaria más reciente. El decreto es aplicable a todos los sectores de actividad, públicos y privados, y a todo tipo de riesgo, con excepciones para procedimientos de aplicación especiales para distintos sectores o categorías de trabajadores, incluidas en decretos ministeriales o en reglamentos sectoriales especiales.

267.En relación con el ingreso mínimo de inserción (redito minimo d ' inserimento, RMI), se subraya que esta medida de lucha contra la pobreza se ha aplicado en Italia en forma experimental durante cuatro años en más de 306 municipios de todo el país. La medida fue acompañada de seguimiento y evaluación, para examinar la capacidad efectiva de responder a condiciones de pobreza y penuria extrema. El período de prueba terminó en 2006 y se presentó un informe al Parlamento en junio de 2007.

268.El informe pone de relieve, entre otras cosas, la dificultad de aplicar medidas homogéneas en una zona caracterizada por grandes disparidades. Por esta razón se está haciendo una evaluación de la forma de intervenir en apoyo de las personas que padecen dificultad grave o pobreza extrema, superando las limitaciones que reveló el RMI. En particular, destaca la necesidad de encontrar medidas de apoyo que permitan a la persona salir del estado de exclusión y fomenten el regreso al mercado de trabajo. Por otra parte, se están elaborando otras formas de sostén de los ingresos, equivalentes al RMI, para actuar eficazmente en situaciones de desventaja social extrema, interviniendo solo si no hay otras soluciones posibles, según umbrales estrictos y moduladas según el territorio y la composición del hogar, vinculadas con "vías de salida" de la situación difícil. La "tarjeta de compra" que se describe en la nota al pie del artículo 41 b) es una de ellas.

269.El papel de la mujer está cambiando: mantiene sus funciones tradicionales en la familia, pero ha aumentado su presencia en el mercado de trabajo. También está creciendo su participación en los procesos de adopción de decisiones, aunque el progreso es lento. Esta revolución mundial está llegando a las sociedades más tradicionales, como lo demuestra el último informe de las Naciones Unidas sobre los Objetivos de Desarrollo del Milenio, las metas de progreso mundiales que deben alcanzarse en 2015.

270.El cambio del mercado de trabajo es lento pero muy amplio.

271.Dentro del mercado de trabajo, el llamado "techo de cristal" limita la presencia de mujeres en los puestos más altos, sobre todo en las grandes empresas. Sin embargo, se han hecho los primeros progresos, gracias a los cuales, en muchas partes del mundo, las mujeres son empleadas en puestos directivos en casi todos los sectores de empleo.

272.Este fenómeno se registra sobre todo en las administraciones públicas, en las organizaciones sin fines de lucro y en miles de pequeñas empresas: un éxito que a menudo no se declara públicamente. No resuelve el problema, pero alienta a las mujeres. A la luz de estas consideraciones, las administraciones italianas están tratando de aplicar efectivamente el marco normativo, integrado en el Libro III del Código de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres (véase la sección sobre el artículo 3) sobre "la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres en las relaciones económicas": el Libro III regula todos los aspectos relativos a la igualdad de oportunidades en el trabajo y el empresariado.

273.En el marco de la planificación de los Fondos Europeos para 2000-2006, el Departamento de Igualdad de Oportunidades promovió y ejecutó algunas medidas encaminadas a analizar el fenómeno de las diferencias entre mujeres y hombres, particularmente en la remuneración. Más precisamente, el Departamento inició el proyecto titulado " Differenziali retributivi di genere: ipotesi di approfondimento e ricerca " (Diferencias de remuneración entre los géneros: hipótesis de profundización e investigación). El proyecto hará un estudio estadístico de una muestra de familias italianas y analizará los factores importantes que producen la diferencia de remuneración entre los géneros. Además, se creó un equipo de investigación, compuesto de algunos de los principales expertos nacionales en la materia, con la misión de elaborar los datos resultantes del estudio. Por último, hay que mencionar el proyecto P.A.R.I. – Padri Attivi nella Responsabilità Interna alla Famiglia (Padres activos en la responsabilidad interna en la familia), sobre el papel de los padres en la promoción de la igualdad entre los géneros dentro de la familia y para la conciliación del trabajo con la vida familiar. El proyecto P.A.R.I. se estableció en diciembre de 2006 con financiación de la Comisión Europea.

274.En el empleo las diferencias de género son más evidentes en las personas con discapacidad: solo el 1,8% de las mujeres están empleadas, frente al 6,8% de los hombres. La nueva generación de jóvenes con discapacidad, especialmente las mujeres, parece haberse beneficiado de las políticas de integración laboral mucho más que la anterior: entre las personas con discapacidad entre 15 y 44 años, el porcentaje de mujeres empleadas asciende al 13,9%, frente al 22,3% de los hombres. Las diferencias de género son más evidentes en el grupo de edad entre 45 y 64 años (10,4% de las mujeres y 24,6% de los hombres). De las personas con discapacidad empleadas, 80,4% trabajan a tiempo completo, menos que la población total (88%). La tasa de mujeres empleadas a tiempo completo es claramente menor (70%) que la de los hombres (86,4%).

275.La legislación relativa a los trabajadores con discapacidad se remonta a 1999. Sin embargo, hay que recordar que se complementó después con la Ley Nº 67/2006, sobre "Medidas para la protección jurídica de las personas con discapacidad víctimas de discriminación", con la cual se introdujeron nuevos instrumentos en nuestro ordenamiento jurídico, para garantizar la igualdad de trato efectiva y para promover la igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad, extendiendo la protección especial que ya existía para las personas con discapacidad víctimas de discriminación en el mercado de trabajo a todas las situaciones de discriminación. El principio de igualdad de trato implica que toda forma de discriminación, directa o indirecta, contra las personas con discapacidad está prohibida.

276.En cuanto a la protección jurídica de las personas con discapacidad, el artículo 4 de la citada ley establece que las asociaciones y entidades determinadas por el Decreto de la Ministra de Igualdad de Oportunidades y el Ministro de Solidaridad Social, si están delegadas, están autorizadas para tomar medidas judiciales. El 21 de junio de 2007 el Ministro de Derechos e Igualdad de Oportunidades, junto con el Ministro de Solidaridad Social, firmó un decreto que fija los requisitos de la autorización para iniciar procedimientos judiciales, de conformidad con el citado artículo 4 de la Ley Nº 67/2007.

277.Con referencia específica al acceso de esas personas al mercado de trabajo, hay alguna información útil en el cuarto informe al Parlamento sobre el estado de aplicación de la Ley Nº 68/1999, sobre el período 2006-2007, titulado "Reglamento sobre el derecho a trabajar de las personas con discapacidad", presentado por el Ministro de Trabajo, Salud y Política Social. Un análisis de género adecuado de la discapacidad implica dos campos principales de observación: por un lado el alto número e incidencia de mujeres con discapacidad (que tienen necesidades específicas en relación con el sistema) y por otro la cuestión de la multiplicidad de formas de discriminación.

278.Los rasgos principales que caracterizan la discriminación múltiple de las mujeres con discapacidad son una mezcla de elementos culturales, sociales y objetivos. Entre las desventajas que padecen están las siguientes: mayor vulnerabilidad física, psicológica y social; limitaciones en la ejecución de las actividades diarias; menos acceso a los recursos sociales (enseñanza escolar y formación profesional, formación en las nuevas tecnologías, servicios de empleo, sociales y médicos, deporte, cultura y actividades de tiempo libre); los obstáculos consiguientes para alcanzar altos niveles de educación; desventajas que hacen que las personas con discapacidad grave corran riesgo de pobreza; a menudo son víctimas de violencia y abuso sexuales y encuentran obstáculos o desaliento en materia de sexualidad, vida de pareja y maternidad; a menudo se ven obligadas a dejar el trabajo si optan por ser madres.

279.En el marco de las iniciativas de reunión y análisis de datos sobre la actividad empresarial femenina, el Departamento de Igualdad de Oportunidades, junto con el Ministerio de Desarrollo Económico y en colaboración con Unioncamere, promovió la elaboración de un "informe nacional sobre el empresariado femenino", que se inició en 2010 y está en su segunda edición en 2011, destinado a garantizar el seguimiento periódico de los datos, complementado con exámenes temáticos detallados, para crear una base de conocimientos sobre el empresariado italiano y en particular el empresariado femenino.

280.Con la derogación parcial de la Ley Nº 215/1992 sobre "Medidas positivas para promover el empresariado femenino" y la entrada en vigor del Código de Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres (Decreto legislativo Nº 198/2006), en 2006 se eliminaron los incentivos estatales para las iniciativas apoyadas por mujeres empresarias, mientras que las regiones siguieron fomentando este tipo de intervenciones con sus recursos y también mediante subsidios de capital, subsidios del tipo de interés, fondos de garantía, fondos rotatorios, etc. En este contexto, el Departamento de Igualdad de Oportunidades, usando recursos del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER), financió estudios y análisis dentro de las regiones de convergencia, para contribuir a mejorar el funcionamiento de las actividades empresariales femeninas y a aumentar la transferencia de información en un sistema organizativo caracterizado por una multiplicidad de centros de competencia, institucionales y no institucionales, a nivel central y local. En particular, se financiaron los siguientes estudios:

Análisis de las diversas formas de incentivos destinados a las mujeres en la fase inicial de la empresa y/o para desarrollar actividades empresariales en la región de Calabria;

Estudio de las buenas prácticas relacionadas con medidas específicas para conceder microcrédito a grupos débiles en Campania;

Informe final sobre los resultados del estudio destinado a recopilar y analizar buenas prácticas, modelos organizativos puestos a prueba y servicios innovadores ofrecidos a personas con discapacidad y a ciudadanos de países no miembros de la UE en la ciudad de Palermo;

"Estudio sobre el empresariado en las comunidades de inmigrantes e instrumentos de apoyo a la creación de empresas" (informe) (resumen);

Empresariado femenino e instrumentos de apoyo a las mujeres que desean crear empresas.

281.En Italia no existe un delito específico de "acoso sexual en el lugar de trabajo". En todos estos casos se aplica la norma general sobre los delitos contra la libertad personal (artículo 609 bis y siguientes del Código Penal). En particular, el artículo 609 bis castiga con prisión de 5 a 10 años a quien cometa violencia sexual. La pena es prisión de 6 a 12 años en los casos más graves y de hasta 14 años si la víctima tiene menos de 10 años.

Artículo 8Derecho a fundar sindicatos y a afiliarse a un sindicato

282.En la legislación italiana, la libertad de sindicarse es el principio jurídico fundamental en que se basa el sistema de derechos laborales, según el artículo 39, párrafo 1, de la Constitución. Este principio es una manifestación independiente y específica del principio fundamental de libertad de asociación, establecido en el artículo 18 de la Constitución.

La libertad de asociación ratificada en el artículo 39 se manifiesta como:

Libertad de las personas y los empleadores para fundar sindicatos dentro de un mismo sector profesional o, mejor dicho, dentro de un mismo sector productivo;

Libertad de las personas para elegir a qué sindicato afiliarse, incluida la libertad de no afiliarse a ninguno;

Libertad para definir el alcance de las actividades del sindicato.

283.En cuanto a la posición jurídica del sindicato, hay que subrayar aquí que el sindicato es un tipo tradicional de asociación. El sindicato, de hecho, comenzó como asociación voluntaria de trabajadores o empleadores que se afiliaban a ella a fin de conseguir la mejor realización posible de sus intereses colectivos o profesionales. Sin embargo, la falta de reglamentación del artículo 39 (párrs. 2, 3 y 4) de la Constitución significa que, aún hoy, los sindicatos se rigen por normas de derecho común y en particular por los artículos 36, 37 y 38 del Código Civil. Por tanto, los sindicatos pueden ser considerados simples asociaciones no reconocidas. En este sentido, son organizaciones de hecho, con subjetividad jurídica y balance autónomo, como todas las asociaciones no reconocidas, pero sin personalidad jurídica. En vista de que las normas dictadas para las asociaciones sin personalidad jurídica son aplicables a los sindicatos, resulta que la organización jurídica interna y la administración del sindicato se rigen por los acuerdos de los miembros (artículo 36 del Código Civil).

284.La ley italiana garantiza el derecho de sindicación dentro de los límites del Estado y el derecho de todos los sindicatos de afiliarse a organizaciones internacionales de trabajadores o empleadores. Las garantías de protección de la libertad de asociación y el ejercicio de actividades sindicales se refieren también a las federaciones y confederaciones. La estructura de la representación sindical se divide en dos líneas organizativas: la línea llamada "horizontal", basada en la situación territorial, y la llamada "vertical", que depende de la naturaleza de las actividades de fabricación de la empresa en que trabajan los empleados afiliados.

285.Con respecto a quiénes tienen libertad sindical y derecho de asociación, los únicos límites previstos en nuestro sistema se refieren a los miembros del ejército y la policía. Para los miembros de las fuerzas de policía (Policía del Estado, Cuerpo de la Guardia Penitenciaria, Cuerpo Forestal del Estado), el legislador ratificó expresamente, en el artículo 82 de la Ley de 1 de abril de 1981, Nº 121, el derecho de afiliarse a un sindicato, aunque con algunas limitaciones. Las limitaciones consisten en la prohibición de afiliarse a sindicatos que no sean los fijados específicamente para la categoría y la prohibición de representar a trabajadores empleados en otras categorías. El personal de las fuerzas de policía puede ejercer el derecho conforme al artículo 39 de la Constitución, pero con un régimen aparte, porque los trabajadores de esta categoría no pueden afiliarse a sindicatos que representan otras categorías de trabajadores. En cambio, el personal de la policía militar (Gendarmería (Carabinieri) y Policía Financiera (Guardia di Finanza)) y de las fuerzas armadas (Ejército, Armada y Aviación) no está representado por sindicatos, sino por órganos representativos, pero según elección, porque la legislación nacional prohíbe a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía militar formar sindicatos o asociaciones profesionales y afiliarse a otros sindicatos que ya existan.

286.En cuanto a los jueces, la ley nacional vigente no establece prohibiciones, restricciones o influencias específicas con respecto a la posibilidad de ser miembro de un sindicato o de fundar una asociación. Esta posición especial se debe también a la disciplina a que están sujetos, distinta de la de otras categorías de funcionarios públicos, según disposiciones constitucionales especiales. Sin embargo, los jueces están sujetos a un régimen de derecho público y, por tanto, exentos de la aplicación de las normas de derecho común, en particular en cuanto al proceso del sistema contractual de la relación de empleo. A este respecto nada ha cambiado después de la reforma judicial efectuada recientemente mediante seis decretos legislativos dictados conforme a la Ley delegativa de reforma de 25 de julio de 2005, Nº 150, modificada después por la Ley de 30 de julio de 2007, Nº 111. Los aspectos más importantes de la reforma se centran en el acceso a la justicia, el sistema de evaluación de la organización profesional de las fiscalías, la transición de fiscal a juez y el régimen disciplinario.

Derecho de huelga y sindicatos en las fuerzas armadas

i)Introducción

287.Con referencia específica a las fuerzas armadas, el ejercicio del derecho de huelga, el establecimiento de sindicatos militares y la afiliación a otros sindicatos están prohibidos al personal militar, conforme al artículo 1475 del Código del Ordenamiento Militar, establecido por el Decreto legislativo Nº 66/2010 (exartículo 8 de la Ley Nº 382/1978, reformado en dicho Código).

288.Estas restricciones del ejercicio de derechos constitucionales también se ajustan a la estructura general y se justifican por la "especialidad" de las funciones que cumplen las fuerzas armadas, confirmada por el Tribunal Constitucional.

ii)Marco jurídico

289.La materia se rige por las siguientes fuentes de derecho:

Código del Ordenamiento Militar, conforme al Decreto legislativo de 15 de marzo de 2010, Nº 66, con especial referencia a los artículos 1475 a 1483 (ya tratados por la Ley Nº 382/1978, reformada por el Código);

Texto refundido de los reglamentos de la organización militar, conforme al Decreto del Presidente de la República Italiana Nº 90/2010, en relación con el libro IV, título IX, que rige el ejercicio de la representación militar (normas ya contenidas en el Decreto del Presidente de la República Italiana Nº 691/1979, reformadas por el citado Decreto Nº 90/2010).

iii)Aplicación por los jueces constitucionales

290.El Tribunal Constitucional opinó sobre la cuestión de la libertad de asociación en la sentencia de 17 de diciembre de 1999, Nº 449. En particular, a juicio del Tribunal, las actividades sindicales de los militares deben adaptarse a las necesidades de las funciones específicas de las fuerzas armadas, de manera que es natural que se suprima el instrumento de la huelga. Por tanto el Tribunal desestimó la cuestión de la constitucionalidad del artículo 8, primer párrafo, de la Ley Nº 382/1978 (ahora artículo 1475 del Código del Ordenamiento Militar), que prohíbe a los miembros de las Fuerzas Armadas fundar un sindicato o asociación profesional y afiliarse a otros sindicatos.

291.El Tribunal Constitucional sostuvo que el tercer párrafo del artículo 52 de la Constitución usaba la expresión "ordenamiento de las fuerzas armadas" para resumir la especialidad absoluta de esa función. Aunque se reconocen los derechos fundamentales de cada militar, al igual que los de los demás ciudadanos, en la materia considerada hay que tener en cuenta no solo la relación de empleo con la administración militar a que pertenece, con todos sus derechos y deberes, sino también, con carácter preeminente, los servicios que se prestan en una esfera especial como la militar (artículo 52, párrafos primero y segundo, de la Constitución): la declaración de inconstitucionalidad del artículo 8 de la Ley Nº 382/1978 podría inevitablemente abrir el camino a organizaciones cuyas actividades pueden no ser compatibles con el carácter de cohesión interna y la neutralidad del ordenamiento militar.

292.Por otro lado —opina además el Tribunal— la Ley Nº 382/1978, si bien niega la libertad de asociación, concede las facultades típicas para proteger las demandas colectivas, que no se materializan necesariamente mediante el reconocimiento de sindicatos.

iv)Representación militar

293.La estructura organizativa del sistema actual de representación se compone de los siguientes elementos (no puestos en relación jerárquica en sentido estricto), cuyos miembros son elegidos por el personal:

Órgano central (COCER), de carácter nacional, que se subdivide en secciones de fuerza armada o cuerpo armado (Ejército, Armada, Aviación, Gendarmería (Carabinieri) y Policía Financiera) y comités mixtos de categorías (oficiales, suboficiales, voluntarios);

Órgano intermedio (COIR) a nivel de los altos mandos;

Órgano básico (COBAR) en las unidades mínimas, según la estructura de cada fuerza armada o cuerpo armado.

294.Los órganos representativos no pueden manejar la ordenación, la formación, las operaciones, la logística, la relación jerárquica o el empleo del personal. No tienen el carácter de sindicatos: por tanto no les está permitido negociar sobre las condiciones de trabajo ni promover huelgas. Sin embargo, el COCER puede legítimamente "concertar" la posición jurídica y la remuneración del personal con representantes de las fuerzas armadas y del Gobierno. También puede presentar opiniones, propuestas y solicitudes al Ministro de Defensa, que las remite al Parlamento para información.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

a)Reformas del sistema de pensiones

295.Después de la gran reforma que introdujo el método de cálculo de las prestaciones basado en las aportaciones (Ley Nº 335 de 1995), en los últimos años Italia ha modificado de nuevo el sistema de pensiones mediante una serie de medidas legislativas. Estas medidas tienden principalmente a asegurar la sostenibilidad financiera del marco de gasto público a mediano y a largo plazo. Se ha hecho una aplicación gradual después de la introducción del método basado en las aportaciones (cálculo contributivo), con lo cual el método antiguo de cálculo de los ingresos se ha mantenido para todos los empleados que tenían por lo menos 18 años de aportaciones al 31 de diciembre de 1995.

296.El cálculo contributivo es plenamente aplicable a los trabajadores sin aportaciones al 31 de diciembre de 1995. El sistema retributivo se ha mantenido para los trabajadores con más de 18 años de aportaciones en esa fecha. Además, los empleados con una antigüedad de menos de 18 años también se beneficiaron de la aplicación del sistema mixto de prorrateo.

297.De conformidad con las políticas en curso encaminadas a estabilizar y contener el gasto en pensiones como proporción del PIB, se sancionaron nuevas medidas de reforma estructural del sistema de pensiones a fin de acelerar la aplicación completa de las reformas introducidas —el aumento de la edad de jubilación y el ajuste de las condiciones de jubilación según los cambios de la esperanza de vida— y promover el objetivo de la sostenibilidad a largo plazo según los siguientes principios:

Equidad y cohesión entre las generaciones y dentro de cada generación, siempre procurando proteger a los grupos más vulnerables de la población, mediante la extensión del sistema de cálculo contributivo a todos los trabajadores asegurados y la sustitución de la pensión de antigüedad por la pensión de jubilación anticipada, el derecho a la cual se adquiere bajo condiciones más restrictivas, aunque todavía se conceden exenciones a los trabajadores que hacen trabajos desgastadores;

Flexibilidad en los requisitos de edad de jubilación, unida a la introducción de incentivos destinados a prolongar la vida laboral y a reducciones de la cuantía de la pensión en caso de jubilación anticipada;

Simplificación, transparencia y eficiencia de los costos operacionales de los sistemas de gestión de los diferentes fondos de pensiones mediante la armonización de los diversos planes de pensiones y la fusión de algunas instituciones de seguridad social.

b)Pensión de vejez

298.El Decreto-ley Nº 201/2011, convertido en la Ley Nº 214/2011, introdujo grandes innovaciones en el sistema de pensiones:

El 1 de enero de 2012 el sistema de cálculo de la pensión según aportaciones definidas se extendió a todos los trabajadores asegurados y también se introdujo un requisito mínimo de 20 años de aportaciones o períodos de seguro;

También se aumentó y flexibilizó el requisito de edad para la jubilación: a partir del 1 de enero de 2012 la edad de jubilación varía entre 66 y 70 años para los hombres. Para las mujeres, la edad mínima de jubilación se fijó en 62 años y aumentará gradualmente hasta llegar a 66 en 2018;

Se abolió la pensión de antigüedad, que se calculaba según el sistema de cuotas de número de años de edad + cuantía de las aportaciones acumuladas, y se sustituyó por el derecho a la jubilación anticipada, que se obtiene según requisitos más estrictos (42 años + 1 mes de aportaciones para los hombres y 41 años + 1 mes para las mujeres), con reducción de la cuantía de la pensión para los que se jubilan antes de los 62 años de edad.

299.Todos los aumentos de la edad de jubilación indicados se ajustarán según los cambios del índice de esperanza de vida (por ejemplo, habrá un aumento de 3 meses a partir del 1 de enero de 2013).

Cuadro 8

Edades de jubilación

Año

Empleados y trabajadores por cuenta propia

Funcionarios públicos

Empleados del sector privado

Mujeres empleadas en el sector privado y trabajadoras por cuenta propia

Asignación social

Edad

2012

66

66

62

63 y 6 meses

65

2013

66 y 3 meses

66 y 3 meses

62 y 3 meses

63 y 9 meses

65 y 3 meses

2014

66 y 3 meses

66 y 3 meses

63 y 9 meses

64 y 9 meses

65 y 3 meses

2015

66 y 3 meses

66 y 3 meses

63 y 9 meses

64 y 9 meses

65 y 3 meses

c)Indización anual

300.La indización anual consiste en un aumento de la cuantía de la pensión que se aplica el 1 de enero de cada año, conforme al artículo 14 de la Ley Nº 724/1994. La cuantía de la pensión se ajusta según el aumento del índice oficial del costo de la vida del ISTAT (Instituto Nacional de Estadística), para ajustarla al poder adquisitivo real. La Ley Nº 214/2011 dispone que la indización se reducirá en el bienio 2012-2013 y se aplicará solo a las pensiones de 1.405 euros o menos.

d)Asignación social

301.La asignación social introducida por la Ley de reforma Dini (artículo 3, párrafo 6, de la Ley Nº 335/1995) el 1 de enero de 1996 sustituyó la pensión social y los suplementos de ingresos pertinentes. La asignación social es una prestación de seguridad social que requiere verificación de los medios de subsistencia y se concede a los indigentes, independientemente del pago de aportaciones. Esta prestación social se paga a los ciudadanos italianos que residen en Italia y tienen 65 años o más y tienen medios de subsistencia escasos o nulos, conforme a la ley.

302.La asignación social no es imponible y no puede transmitirse a los supérstites ni exportarse (si el beneficiario emigra a otro país) ni transferirse, retenerse o embargarse. Se paga el primer día del mes siguiente a la presentación de la solicitud con la condición de que se cumplan todos los requisitos. La Ley Nº 214/2011 dispone que el 1 de enero de 2018 el requisito de edad para tener derecho a esta prestación social aumentará un año.

Cuadro 9

Asignación social

Año

Edad

2012

65

2013

65 y 3 meses

2014

65 y 3 meses

2015

65 y 3 meses

e)Agregación de las aportaciones

303.La agregación de las aportaciones permite que los trabajadores asegurados que han hecho aportaciones a diferentes planes de seguridad social o fondos de pensiones reciban la pensión única de vejez, de jubilación anticipada o de supérstite evitando el riesgo de desperdicio parcial o total de las aportaciones. Todos los empleados, trabajadores por cuenta propia y profesionales pueden tener derecho a ella y es completamente gratuita. La Ley Nº 214/2011, en vigor desde enero de 2012, facilita la agregación de las aportaciones suprimiendo el requisito mínimo de un período de tres años de seguro para la solicitud de agregación.

304.Para sostener los ingresos de los jubilados, en los últimos años se han introducido nuevas normas que permiten por un lado computar todos los años de servicio contributivo y por otro lado facilitar la integración de la pensión con otros ingresos. Esto se logró mediante un reajuste de las instituciones, como la posibilidad de rescatar los períodos no cubiertos por aportaciones, la agregación de diferentes períodos de trabajo y la acumulación entre los ingresos y la pensión de jubilación.

305.Más específicamente, la Ley Nº 247/2007 introdujo medidas de facilitación del rescate creando, a petición del interesado y previo pago de una aportación, la posibilidad de cubrir con un seguro períodos como los estudios universitarios, el servicio militar y servicios equivalentes. En el caso de los estudios universitarios, desde 2008 se permite también que los miembros de la familia paguen una aportación, reprogramada y parcialmente deducible a efectos impositivos, por sus hijos, aunque estos no hayan empezado a trabajar y por tanto todavía no estén inscritos en ninguna forma de seguro obligatorio.

f)Archivo central de la seguridad social

306.El archivo central de la seguridad social fue establecido por la Ley Nº 243 de 23 de agosto de 2004. El artículo 1, párrafo 23, dispone específicamente la creación del archivo central de la seguridad social, administrado por el INPS, para reunir información sobre todos los trabajadores inscritos en planes de seguro obligatorio.

307.Entre sus funciones está la de expedir una actualización anual del "estado de las aportaciones". El "estado de cuenta integrado" (Estratto Conto Integrato, ECI) ofrece un registro de todos los períodos de seguro acumulados con todos los planes o fondos de pensiones y comprobados con la base de datos de todos los institutos de seguridad social participantes con miras a su aprobación.

g)Seguridad social complementaria

308.La seguridad social complementaria tiene un papel importante en la estrategia nacional de pensiones para la sostenibilidad financiera y la suficiencia de las prestaciones. Ha tenido una reglamentación orgánica desde principios de los años noventa, pero se ha redefinido recientemente con algunas medidas reguladoras. La intención es crear una estructura basada en varios pilares, considerada más robusta porque tiene el efecto de diversificar el riesgo total, tratando de aprovechar la correlación imperfecta entre los factores de riesgo que, considerados como cartera, distinguen el pilar básico de los fondos de pensiones: el primer sistema se basa en la tasa de capitalización relacionada con el PIB, los fondos de pensiones en una capitalización vinculada efectivamente a la gestión eficaz de carteras financieras.

309.En el establecimiento del sistema de seguridad social complementaria también se prestó mucha atención a la transparencia. Esto es una consecuencia directa de la decisión de usar el sistema de aportaciones definidas, que en principio aumenta el riesgo de la inversión para los miembros y por tanto requiere que estos sean debidamente informados, de manera que puedan tomar las decisiones convenientes sobre su plan de seguridad social, particularmente con respecto al perfil de riesgo de las inversiones. También requieren un alto grado de transparencia el número y la diferencia de los planes de pensiones que funcionan en el sistema en competencia entre sí. Con estos fines, el sistema establece una participación considerable de los representantes de trabajadores y empleadores en la definición, la gobernanza y la supervisión del sistema. El sistema de vigilancia se ha desarrollado gradualmente y ha llegado a ser una estructura totalmente coherente y eficaz.

310.Para fomentar la inscripción en la seguridad social complementaria, la nueva legislación ha introducido beneficios impositivos considerables, que se refieren a las tres fases de la actividad de los fondos —aportación, inversión, provisión— y se llama "plan ETT" (exención, tributación, tributación). Según este plan, la exención de aportaciones, dentro de ciertos límites de deducibilidad, va unida a la tributación de los ingresos producidos en la fase de acumulación y la de los servicios prestados (deducidas una suma de ingresos ya gravados y las aportaciones no deducibles). En particular, las aportaciones a planes de seguridad social complementaria del empleado y del empleador son deducibles de los ingresos imponibles en una suma no superior a 5.164,57 euros.

311.La rentabilidad de la gestión de carteras financieras se grava con descuento parcial del tratamiento impositivo de los ingresos por activos financieros. Las prestaciones de jubilación adicionales pagadas en una suma fija (hasta un máximo del 50% de la cantidad acumulada) están sujetas a impuesto sobre la cantidad total, deducida la parte imputable a ingresos ya gravados.

312.La parte imponible de los ingresos basados en el capital y la parte basada en los ingresos de la retribución del rendimiento se gravan a una tasa del 15%, que se reduce en un 0,30% por año después del 15º año de participación en un plan de pensión complementario, con una reducción máxima del 6%.

313.El artículo 24 del Decreto-ley Nº 201 de 6 de diciembre de 2011, convertido en la Ley Nº 214/2011 sobre "Medidas urgentes para fomentar el crecimiento y la equidad, encaminadas a la consolidación de la deuda nacional", encarga en el párrafo 28 a un comité de expertos la tarea de sugerir otras posibles formas de flexibilidad para establecer gradualmente el sistema de cálculo de las pensiones basado en aportaciones definidas de ahí a 2012. La última oración del párrafo citado dice que, en el plazo indicado, el debate se centrará en "las posibles formas de reducción parcial de la tasa de aportación, conforme a la ley, con miras a desviar cierta parte de las aportaciones recaudadas hacia planes de seguridad social complementaria, particularmente con respecto a las generaciones más jóvenes".

h)Archivo de la seguridad social – objetivos

314.La información actualizada sobre el funcionamiento y desarrollo de la base de datos de la seguridad social debe centrarse en la actividad de la Dependencia de Control del Gasto en Seguridad Social. Esto se basa en los objetivos siguientes, en relación con la coordinación, supervisión y control del Registro Central de Trabajadores Activos y en el Registro Central de Pensiones y Pensionados. Se han fijado los siguientes objetivos:

i)Creación de una base de datos única

315.El número de los participantes en esta operación asciende a más de 40 millones, que pertenecen a diferentes categorías, como sigue:

Empleados del sector privado: 13.500 millones;

Empleados públicos: 3.600 millones;

Trabajadores por cuenta propia e independientes: 5.500 millones;

Trabajadores paradependientes: 1.800 millones;

Personas mayores: 18 millones;

Jubilados/pensionados: 1.700 millones;

Empresas: 1.700 millones.

j)Definición de "Estado de Cuenta Integrado" (ECI)

316.El objetivo es elegir, para cada instituto de seguridad social, los datos que se incluirán en el estado de cuenta, encontrar un modelo adecuado para llevar cualquier período de seguro de cada persona, aunque esté inscrito en otros registros o afiliado a otros institutos y definir los procedimientos para enviar el estado de cuenta al titular de la póliza y la transposición de las respuestas.

317.La declaración también debe permitir a los ciudadanos comprobar la exactitud y completitud de sus datos, los resultados de solicitudes de reembolso y reunión, y la posibilidad y la conveniencia de proceder a la agregación de todos los períodos de seguro.

318.Por tanto, es necesario identificar y definir una serie de procedimientos que den al titular acceso directo a la base de datos y le permitan hablar con el Registro Central, calcular la posible cuantía de su pensión y su tasa de reposición. Estos instrumentos deben darle la oportunidad de decidir si elegirá o no un fondo de pensiones suplementario.

k)Creación de un sistema de información integrado

319.El objetivo principal es la integración de los dos registros, el de trabajadores activos y el de jubilados. Esto debería hacer posible construir un sistema con seguimiento mensual, incluidos los asuntos financieros, como entradas y salidas, por concepto de aportaciones recibidas y prestaciones pagadas en el mes, respectivamente, con especial atención al control del gasto en pensiones.

l)Estado de consecución de los objetivos

320.La Dependencia de Control logró un grado satisfactorio de consecución de los objetivos mediante las actividades ejecutadas. Los resultados obtenidos se describen brevemente a continuación.

m)Realización de la base de datos única

321.El objetivo de formar una base de datos única y un sistema único de intercambio de información entre los diferentes institutos de seguridad social puede considerarse sustancialmente alcanzado.

322.De hecho, en 2009 se pidió a los institutos de seguridad social que consultaran el Registro en que se habían combinado todos los datos de períodos de aportación (para todos los institutos asegurados) hasta el 31 de diciembre de 2008, con frecuencia semestral y sobrescritura. En el primer trimestre de 2009 también empezó la transferencia de datos. Sin embargo, las actividades de verificación de este nuevo método de transmisión revelaron una serie de errores, tanto en las operaciones de transferencia como en la carga de datos, que hicieron necesaria una transferencia sobrescrita masiva para consolidar los datos hasta el 30 de junio de 2009, tras modificaciones de las normas de transmisión y los procedimientos de transferencia.

323.Después se reinició la transmisión de información con una variación, con el envío de datos actualizados al 30 de septiembre y al 30 de noviembre de 2009. Los programas informáticos elaborados para la gestión de las corrientes de datos dieron buenos resultados: verificadas por cada instituto participante, las actualizaciones son congruentes, pero con un pequeño número de anomalías, que los servicios de inteligencia están vigilando y resolviendo y que se eliminarán gradualmente.

324.Desde enero de 2010 la información contenida en el Registro de Ciudadanos Activos se actualiza constantemente con el envío de una variación por mes.

325.Por tanto, al 31 de diciembre de 2008 8.414.160 cuentas de seguridad social habían sido transferidas por los institutos, excluida la Seguridad Social (INPS). Del total de esas cuentas, 8.151.553 habían recibido aportaciones y 262.607 contenían solo datos personales. Las cuentas de los titulares de pólizas del INPS, reunidas según el Código Impositivo, eran 37.957.032. Para interpretar correctamente estos datos, nótese que los 46.445.541 tenedores de pólizas del INPS pueden estar inscritos en otros fondos de gestión del mismo instituto.

326.Los cuadros siguientes (cuadros 10, 11 y 12) indican el número de cuentas transferidas al 30 de junio de 2009 almacenadas en el Registro, los detalles de los fondos de gestión del INPS y la distribución por año y por instituto del número de personas que han hecho por lo menos una aportación durante el año.

Cuadro 10

Distribución por instituto de seguridad social de las cuentas incluidas en la base de datos al 30 de junio de 2009

Código del instituto

Instituto

Empleados con una sola cuenta

Empleados con una aportación válida por lo menos

Total

1170

ENPAP

-

32 179

32 179

1173

ENPAPI

22

27 218

27 240

1178

EPPI

790

16 482

17 272

1180

E.N.P.A.I.A. – Fondo de gestión aparte

-

5 015

5 015

1182

ENPAB

-

13 819

13 819

1186

EPAP

17

23 323

23 340

9931

INPGI

-

41 074

41 074

9933

ENPALS

241

1 173 732

1 173 973

9934

INARCASSA

66

206 038

206 104

9935

Caja de Pensiones de la Profesión Forense

1 787

157 395

159 182

9936

ENPAM

17 676

356 926

374 602

9937

ENPAV

518

28 965

29 483

9939

Caja de Pensiones de Inspectores de Construcción

2 746

118 483

121 229

9940

Caja de Pensiones de Contadores y Peritos Mercantiles

280

34 126

34 406

9941

ENPAF

124

87 397

87 521

9942

Caja de Contadores Profesionales

132

51 267

51 399

9943

ENPACL

3

27 627

27 630

9944

Caja de Pensiones de Escribanos

-

4 623

4 623

9950

ENASARCO

38 477

766 631

805 108

9952

ENPAIA

-

35 757

35 757

9955

IPOST

126

289 481

289 607

9997

INPDAP

199 602

4 653 995

4 853 597

Subt otal

262 607

8 151 553

8 414 160

9900

INPS

37 957 032

37 957 032

Total general

262 607

46 108 585

46 371 192

Cuadro 11

Distribución de los empleados no jubilados vivos con aportaciones pagadas a fondos del INPS al 30 de junio de 2009

Fondo del INPS

Total de trabajadores*

Hasta el 31 dic. 1996

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

Empleados agrícolas

3 566 357

1 828 048

431 642

490 837

517 399

533 690

557 675

806 884

853 179

868 138

854 159

866 132

941 044

948 477

Artesanos

2 686 156

1 577 960

996 232

1 052 264

1 100 813

1 139 196

1 181 833

1 254 696

1 283 684

1 316 821

1 345 958

1 367 852

1 394 967

1 350 447

Agricultores y agricultores arrendatarios

1 471 875

1 194 546

311 304

313 809

321 943

329 727

332 685

375 658

378 081

386 264

390 272

387 761

386 467

352 691

Comerciantes

2 979 416

1 570 734

1 026 296

1 079 875

1 134 991

1 185 988

1 236 669

1 333 157

1 365 397

1 413 100

1 446 581

1 468 042

1 490 967

1 437 239

FPLD (incluidos sirvientes domésticos)

30 753 500

19 158 324

8 748 693

9 060 157

9 599 231

10 257 435

10 792 772

11 709 972

12 026 865

12 340 243

13 487 660

13 916 304

14 927 194

15 275 556

Empleados paradependientes

4 988 237

640 354

841 787

832 940

921 050

980 517

1 119 623

1 348 816

1 365 694

1 387 429

1 493 924

1 604 294

1 654 254

1 590 806

Total

46 445 541

25 969 966

12 355 954

12 829 882

13 595 427

14 426 553

15 221 257

16 829 183

17 272 900

17 711 995

19 018 554

19 610 385

20 794 893

20 955 216

Personas con código tributario distinto

37 957 032

25 193 160

12 094 962

12 563 699

13 295 515

14 099 796

14 847 434

16 262 217

16 683 457

17 110 238

18 187 841

18 731 072

19 837 017

20 090 168

* Personas que han hecho por lo menos una aportación al seguro en su vida de trabajo.

Cuadro 12

Distribución de los empleados y los profesionales independientes con aportaciones pagadas, por instituto de seguridad social, al 30 de junio de 2009

Código del instituto

Instituto

Total de trabajadores*

Antes de 1997

1997

1998

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

2008

1170

ENPAP

32 179

8 137

9 325

10 514

11 944

13 645

15 367

17 036

18 731

20 534

22 386

24 348

26 583

29 302

1173

ENPAPI

27 218

4 744

6 526

7 639

7 961

7 578

7 468

8 099

8 742

10 287

11 254

12 147

13 132

14 171

1178

EPPI

16 482

7 972

8 672

9 090

9 581

10 082

10 485

10 833

11 122

11 496

11 872

12 254

12 606

12 988

1180

ENPAIA-G.S.

5 015

2 349

2 588

2 934

3 159

3 374

3 526

3 612

3 690

3 807

3 917

3 985

4 043

-

1182

ENPAB

13 819

5 310

6 089

6 617

7 191

7 581

7 736

7 840

8 024

8 317

8 647

9 038

9 393

9 712

1186

EPAP

23 323

9 221

10 510

12 121

13 243

14 070

14 653

15 066

15 597

16 336

16 967

17 532

17 997

18 440

9900

INPS

37 957 032

25 193 160

12 094 962

12 563 699

13 295 515

14 099 796

14 847 434

16 262 217

16 683 457

17 110 238

18 187 841

18 731 072

19 837 017

20 090 168

9931

INPGI

41 074

14 958

15 861

17 212

18 869

20 973

23 875

25 262

27 178

29 418

31 504

33 388

35 145

32 655

9933

ENPALS

1 173 730

433 082

144 759

151 819

155 644

161 509

199 768

228 126

241 753

247 532

250 736

256 497

264 675

274 282

9934

INARCASSA

206 038

88 556

66 878

73 072

79 200

86 793

93 598

99 155

106 730

116 920

125 853

133 501

140 671

146 020

9935

Caja de Pensiones de la Profesión Forense

157 395

70 428

70 303

76 655

83 408

90 433

98 498

105 634

113 446

122 173

129 563

136 369

142 247

135 228

9936

ENPAM

356 926

278 564

263 983

270 213

276 305

283 148

290 507

297 563

305 869

315 911

324 199

332 341

334 380

94 266

9937

ENPAV

28 965

16 356

16 020

16 803

17 608

18 417

19 297

20 182

21 268

22 444

23 449

24 443

25 388

26 185

9939

CIPAG

118 483

61 487

49 088

51 296

53 238

55 674

58 087

59 800

71 374

75 606

78 014

81 033

82 312

82 811

9940

CNPR

34 126

23 315

24 355

25 637

26 581

27 212

27 871

28 503

29 164

30 471

30 949

31 214

31 600

31 876

9941

ENPAF

87 397

47 617

46 916

48 739

50 785

52 909

54 932

55 978

58 586

61 587

67 659

70 299

73 281

76 195

9942

CNPADC

51 267

22 593

24 441

26 287

27 951

29 725

32 163

34 269

36 398

39 457

41 915

44 134

46 435

47 151

9943

ENPACL

27 627

15 859

13 867

14 481

15 151

15 988

16 854

17 524

18 135

18 999

19 808

20 668

21 681

22 688

9944

Caja de Pensiones de Escribanos

4 623

3 368

3 455

3 460

3 725

3 730

3 899

3 908

4 133

4 240

4 240

4 432

4 436

4 623

9950

ENASARCO

766 631

525 826

205 186

213 428

220 331

228 610

239 303

245 657

249 519

251 783

254 064

255 399

258 295

255 758

9955

IPOST

289 481

125 286

123 633

128 318

132 261

151 268

143 865

157 763

145 184

149 378

149 679

152 107

161 725

175 475

9997

INPDAP

4 653 995

3 003 209

2 166 871

2 336 338

2 526 010

2 716 520

2 827 186

2 878 887

2 895 488

3 033 553

2 406 967

2 888 539

3 175 097

3 201 171

Total

46 072 826

29 961 397

15 374 288

16 066 372

17 035 661

18 099 035

19 036 372

20 582 914

21 073 588

21 700 487

22 201 483

23 274 740

24 718 139

24 781 165

Número de contribuyentes fiscales distinguidos por código tributario

39 948 966

26 894 510

14 835 389

15 482 362

16 377 210

17 362 732

18 263 172

19 799 032

20 285 963

20 849 672

21 006 035

21 973 817

23 288 017

23 507 577

* Personas que han hecho por lo menos una aportación al seguro en su vida de trabajo.

n)El Estado de Cuenta Integrado (ECI)

327.El trabajo hecho sobre el Estado de Cuenta Integrado consistió en la definición del formulario, la selección y organización de los datos, las notas, las razones del pago, las modalidades de transmisión y la devolución del formulario.

328.Con respecto al primer elemento, desde 2006 se había establecido el análisis y elaboración del formulario para presentar un solo documento que indicara, en orden cronológico, los pagos y los períodos de seguro acumulados en los distintos institutos o fondos en que el contribuyente estuviera asegurado.

329.Se elaboró un nuevo modelo común de estado de cuenta analizando los diferentes modelos de estado de cuenta ya usados por los institutos y fondos de pensiones para sus usuarios.

330.Se hizo una verificación de la calidad de los datos transferidos a la base de datos, según cierto número de códigos tributarios, elegidos por muestreo para cada fondo, a fin de verificar la completitud de la "línea contributiva" y la coherencia de la información presentada en el nuevo modelo de estado de cuenta integrado.

331.Esta prueba reveló varios errores que afectaban la fiabilidad general de los datos incluidos en el Registro.

332.Este resultado requirió cargar todos los datos con sobrescritura y por tanto un aplazamiento general de la fecha de envío de la primera tanda de estados de cuenta, prevista inicialmente para el período noviembre-diciembre.

o)Desarrollo del sistema de información

333.Un sistema de información complejo no puede prescindir de una integración total entre el Registro Central de Pensiones y el Registro Central de Cuentas de Seguridad Social Activas.

334.Se ha hecho un examen atento del marco del Registro de Pensiones, con especial atención a las metas, el calendario y las modalidades de actualización del archivo y a las relaciones con los institutos de pensiones.

335.Con respecto al calendario de actualización, las normas establecen cuatro fechas de transmisión trimestrales: el 30 de abril, el 31 de julio, 31 de octubre y el 31 de enero, y una fecha anual adicional, el 30 de noviembre.

336.Como consecuencia de las normas relativas a la aportación de seguridad social al IRPEF (Imposta sul reddito delle persone fisiche – impuesto sobre los ingresos de las personas físicas) y de la revaluación automática de otras prestaciones de jubilación de los titulares, se añadió otra fecha a las indicadas. Esta nueva fecha se fijó en el 28 de febrero, en relación con las aportaciones jubilatorias pagadas en los años anteriores y las que se pagarán en el año en curso.

337.Según la práctica actual, el Gobierno hará las comunicaciones anuales del 30 de noviembre y el 31 de enero junto con la comunicación prevista para el 28 de febrero.

338.Por último, con respecto a las relaciones con los diversos institutos participantes, el cuadro 13 indica la situación actual en el Registro Central de Cuentas de Seguridad Social de 2009.

Cuadro 13

Registro Central de Pensiones – Cuentas de Seguridad Social por instituto

Instituto

Número de pensiones

INPS

18 381 210

INPDAP

2 665 238

INAIL

898 878

Pensiones de guerra

371 032

IPOST

133 478

ENASARCO

112 505

ENPAM

83 677

ENPALS

60 636

ENPAF

27 397

Caja de Pensiones de Inspectores de Construcción

26 435

Caja de Pensiones de la Profesión Forense

25 380

INARCASSA

16 252

INPGI

7 431

ENPACL

6 702

ENPAV

6 243

Caja de Pensiones de Contadores

6 123

CNPADC

4 983

Caja Nacional de Pensiones de Escribanos

2 469

IPSEMA

2 463

EPPI

1 244

ENPAP

961

EPAP

783

ENPAB

236

ENPAPI

298

ENPAIA GS

87

Subtotal

22 842 141

Resto

279 712

Total

23 121 853

p)Jubilación por edad

339.Según la ley actual, el derecho a la pensión de jubilación se adquiere a la edad de 60 años para las mujeres y a la de 65 para los hombres. Con respecto a los requisitos de aportación, se requieren 20 años en los sistemas retributivo y mixto, mientras que cinco años son suficientes en el sistema contributivo. Como ya se ha indicado, subsiste la posibilidad de conseguir un seguro de jubilación anticipada para los empleados y trabajadores por cuenta propia que tengan por lo menos 40 años de aportaciones, además de los requisitos de edad.

340.Con respecto a las pensiones calculadas, por lo menos en parte, con el método vigente, la Ley Nº 243/2004 estableció dos períodos fijos para solicitar la jubilación (las llamadas "ventanas") en vez de los cuatro anteriores. Estas fechas se refieren al período en que se cumplen los requisitos, y de hecho retrasan nueve meses en promedio el comienzo del desembolso de la pensión. La pensión de jubilación y la jubilación anticipada (con 40 años de aportaciones) están sujetas a este régimen, que no es aplicable a la jubilación por edad. Después, la Ley Nº 247/2007 no cambió el sistema de dos "ventanas" para la jubilación por edad, y dispuso que hasta 2011 se aplicaría el sistema de cuatro "ventanas" a la jubilación anticipada y a la pensión de jubilación.

341.La Ley Nº 122/2010 introdujo otras innovaciones en el régimen de las jubilaciones, estableciendo el sistema llamado de "ventanas móviles", que permite iniciar el desembolso de la pensión después de 12 meses (para los empleados) o 18 meses (para los trabajadores por cuenta propia) cuando se cumplen los requisitos de edad y aportaciones.

342.En 2004 se modificaron los requisitos de la jubilación también para el método contributivo: en vez de los requisitos mínimos fijados en la Ley Nº 335/1995 (que introdujo el método contributivo), que permitían elegir un año de la gama de 57 a 65 años y requerían cinco años de aportaciones y una cuantía de la pensión acumulada por lo menos un 20% superior a la asignación social, se dispuso que los nuevos límites para el acceso a la jubilación serían: a) la edad de jubilación (65 años para los hombres y 60 para las mujeres) o b) 40 años de aportaciones o c) límites de edad y pensión de jubilación.

343.La Ley Nº 122/2010 dispone que, a partir de 2015, los requisitos de edad para la jubilación ordinaria y la jubilación anticipada y para la asignación social se ajustarán cada tres años, según la variación de la esperanza de vida a los 65 años, determinada por el ISTAT con respecto a los tres años precedentes.

344.En 2008 el Tribunal de Justicia de la Unión Europea condenó a Italia, con la sentencia C-46/07, expedida el 13 de noviembre de 2008, por incumplimiento de las obligaciones que impone el artículo 141 del Tratado constitutivo de la Comunidad Europea, que prohíbe toda discriminación en la remuneración de hombres y mujeres, cualquiera que sea la regla que produzca la desigualdad. En particular, Italia fue considerada en falta por haber mantenido un reglamento que diferencia por sexo la edad de jubilación de los trabajadores del sector público.

345.Para responder a los requerimientos del Tribunal de Justicia Europeo, el Parlamento italiano modificó la Ley Nº 335/1995 con la Ley Nº 102/2009, que dispuso un aumento gradual a partir del 1 de enero de 2010 del requisito de edad para la jubilación personal de las trabajadoras, hasta llegar a 65 años en 2018. La Ley Nº 122/2010 aceleró el aumento gradual del requisito de edad para las trabajadoras del sector público, fijándolo en 65 años ya a partir del 1 de enero de 2012.

346.Para compensar los efectos financieros del envejecimiento de la población, la misma ley dispuso que, a partir del 1 de enero de 2015, los requisitos de edad para el acceso a la jubilación se actualizarán según el aumento de la esperanza de vida determinado por el ISTAT y validado por Eurostat con respecto a los cinco años precedentes.

q)Medidas de sostén de los ingresos de los jubilados

347.A fin de sostener los ingresos de los jubilados, en los últimos años se introdujeron nuevas normas que permiten, por un lado, computar todos los años de servicio contributivo y, por otro, facilitar la integración de la pensión con otros ingresos. Esto se logró mediante un reajuste de las instituciones, como el rescate de los períodos no cubiertos por aportaciones, la agregación de diferentes períodos de trabajo y la acumulación entre los ingresos y la pensión de jubilación.

348.Más específicamente, la Ley Nº 247/2007 dispuso medidas de facilitación para el rescate creando, a petición del interesado y previo pago de una aportación, la posibilidad de cubrir con el seguro períodos como los estudios universitarios, el servicio militar y servicios equivalentes. En el caso de los estudios universitarios, desde 2008 se ha permitido que los miembros de la familia también paguen una aportación, reprogramada y en parte deducible de impuestos, por sus hijos aunque estos no hayan empezado a trabajar y por tanto todavía no estén inscritos en ninguna forma de seguro obligatorio.

349.La ley, con la introducción de nuevas disposiciones relativas al rescate del período de estudios, lo ha hecho realmente más conveniente, en cuanto a la seguridad social y a la carga. La legislación permite que las personas que presenten solicitudes de rescate paguen la carga fiscal respectiva (que es deducible de los impuestos por la persona o personas a quienes se imputa) en un solo pago o en 120 cuotas mensuales. Los desempleados también pueden solicitar el rescate del período de estudios.

350.En cuanto a la agregación, que ya existía en nuestro sistema de seguridad social, hay que señalar que es un instrumento que permite usar gratis todos los períodos de seguro a las personas que han hecho aportaciones a varios fondos de pensiones pero no han llegado a adquirir el derecho a una pensión de jubilación en ninguno. La agregación también es posible para los que han cumplido los requisitos de jubilación en uno de los planes en que están inscritos.

351.Las disposiciones vigentes garantizan la posibilidad de añadir años de aportación, limitada a la jubilación por edad o discapacidad —por tanto, excluida la pensión— y solo si la persona, habiendo hecho aportaciones a más de un fondo de pensiones, no ha cumplido los requisitos de ninguno de los planes en que está inscrita. El Decreto legislativo Nº 42/2006 concede a las personas inscritas en dos o más formas de seguro obligatorio la opción de agregar períodos de seguro que no coincidan y que equivalgan a por lo menos seis años (pero la reforma de 2008 redujo este límite a tres años), para mejorar los requisitos de la pensión de jubilación y la jubilación por edad.

352.La agregación, que ha sufrido varios cambios en los últimos años, es un instrumento bastante controvertido en la reglamentación italiana. Por un lado, la liberalización de la posibilidad de agregar sueldos y pensiones podía alentar a las personas a adelantar la jubilación; por otro lado, esta medida se consideraba necesaria para revelar los ingresos de las actividades de jubilados, que tendían a trabajar ilegalmente para que no se les redujeran las pensiones. Las normas anteriores garantizaban una posibilidad limitada de agregación. Las modificaciones recientes introducidas por la Ley Nº 133/2008 suprimieron todos los límites a la agregación de sueldos y pensiones. Los jubilados que todavía trabajan con una asignación de inactividad ahora pueden ganar dinero sin sanciones y son libres de combinar los ingresos del trabajo por cuenta propia o del empleo y la pensión.

r)Prestaciones de seguridad social

353.Las prestaciones de seguridad social que ya existían en Italia (como la integración al mínimo, el aumento de la pensión social mínima, la concesión del aguinaldo o paga extraordinaria, etc.) no se han modificado en los últimos cinco años, salvo la actualización de las cuantías, a fin de adaptarlas al costo de la vida.

354.Sin embargo, conviene hacer algunas observaciones sobre el sostén de las tasas de los pensionados, establecido por la Ley Nº 127/2007. La norma de hecho dispone que reciban una vez al año, junto con la pensión, una suma no gravada adicional, la llamada "décima cuarta (mensualidad)". Más específicamente, los pensionados mayores de 64 años con ingresos no superiores a 1,5 veces el mínimo (8.640,84 euros por año en 2008) reciben una suma adicional de 420 euros a partir de 2008, que se reduce o aumenta en 20% si se han hecho aportaciones durante menos de 15 años o más de 25 años (18 y 28 años para los trabajadores por cuenta propia). Se excluyen de los ingresos las asignaciones por hogar o familia y las asignaciones por asistencia, los ingresos de la casa de residencia, la indemnización por despido y los honorarios atrasados sujetos a tributación separada.

s)Seguridad social complementaria

355.La seguridad social complementaria tiene un papel importante en la estrategia nacional de pensiones para la sostenibilidad financiera y la suficiencia de las prestaciones. La seguridad social complementaria tenía una reglamentación orgánica desde principios de los años noventa, pero se ha redefinido recientemente con algunas medidas reglamentarias. La intención es crear una estructura basada en varios pilares, considerada más robusta porque tiene el efecto de diversificar el riesgo total, tratando de aprovechar la correlación imperfecta entre los factores de riesgo que, considerados como cartera, distinguen el pilar básico de los fondos de pensiones: el primer sistema se basa en la tasa de capitalización relacionada con el PIB, los fondos de pensiones en una capitalización vinculada efectivamente a la gestión eficaz de carteras financieras.

356.En el establecimiento del sistema de seguridad social complementaria también se prestó mucha atención a la transparencia. Esto es una consecuencia directa de la decisión de usar el sistema de aportaciones definidas, que en principio aumenta el riesgo de la inversión para los miembros y por tanto requiere que estos sean debidamente informados, de manera que puedan tomar las decisiones convenientes sobre su plan de seguridad social, particularmente con respecto al perfil de riesgo de las inversiones. También requieren un alto grado de transparencia el número y la diferencia de los planes de pensiones que funcionan en el sistema en competencia entre sí. Con estos fines, el sistema establece una participación considerable de los representantes de trabajadores y empleadores en la definición, la gobernanza y la supervisión del sistema. El sistema de vigilancia se ha desarrollado gradualmente y ha llegado a ser una estructura totalmente coherente y eficaz.

357.Para fomentar la inscripción en la seguridad social complementaria, la nueva legislación ha introducido beneficios impositivos considerables, que se refieren a las tres fases de la actividad de los fondos —aportación, inversión, provisión— y se llama "plan ETT" (exención, tributación, tributación). Según este plan, la exención de aportaciones, dentro de ciertos límites de deducibilidad, va unida a la tributación de los ingresos producidos en la fase de acumulación y la de los servicios prestados (deducidas una suma de ingresos ya gravados y las aportaciones no deducibles). En particular, las aportaciones a planes de seguridad social complementaria del empleado y del empleador son deducibles de los ingresos imponibles en una suma no superior a 5.164,57 euros.

358.La rentabilidad de la gestión de carteras financieras se grava con descuento parcial del tratamiento impositivo de los ingresos por activos financieros. Las prestaciones de jubilación adicionales pagadas en una suma fija (hasta un máximo del 50% de la cantidad acumulada) están sujetas a impuesto sobre la cantidad total, deducida la parte imputable a ingresos ya gravados.

359.La parte imponible de los ingresos basados en el capital y la parte basada en los ingresos de la retribución del rendimiento se gravan a una tasa del 15%, que se reduce en un 0,30% por año después del 15º año de participación en un plan de pensión complementario, con una reducción máxima del 6%.

360.A pesar de muchos esfuerzos de reforma, el número de afiliados a los planes de seguridad social complementaria sigue siendo modesto en comparación con el esperado. Los datos siguientes indican la situación después de una nueva intervención hecha en 2007, de la cual se esperaban muchos resultados positivos, es decir, la transferencia automática de la indemnización por despido (TFR) de los empleados del sector privado a los fondos de pensiones.

361.Las normas introducidas por dos Decretos legislativos, Nº 252/2005 y Nº 296/2006, disponen la transferencia automática de las corrientes futuras del TFR a fondos de pensiones, excepto cuando el empleado indica claramente su oposición: la persona que ya trabajaba debía indicar su oposición dentro de los seis meses siguientes a la entrada en vigor de la nueva legislación, y el nuevo empleado dentro de los seis meses siguientes a la fecha de contratación.

362.Si el empleado decide no transferir el TFR a fondos de pensiones complementarias, esa suma ya no está disponible para las empresas (con 50 empleados por lo menos), sino que se paga a una cuenta del INPS. Como los recursos financieros resultantes de las disposiciones sobre el TFR son usados por las empresas como forma de autofinanciación, una consecuencia de la nueva legislación es que esta función está limitada a las empresas pequeñas.

363.Según datos de 2007 reunidos por la COVIP, con el impulso generado por la nueva reglamentación sobre el TFR, el total de afiliados al fondo de pensiones complementarias ha superado los 4,5 millones (43,4% más que en 2006). Los empleados del sector privado inscritos en planes de pensión complementaria, que son los principales receptores de asistencia, llegaron a 3,4 millones, un aumento de más de 1,2 millones. Los fondos de pensiones contractuales recién establecidos, que son los principales actores del sistema, tienen 2 millones de suscriptores (63,1% más que el año anterior). En relación con el número total de posibles interesados, los resultados todavía no son satisfactorios. En efecto, se ha observado que al fin de 2007 un 25% de los trabajadores del sector privado menores de 35 años se habían suscrito a la pensión complementaria, lo cual es una mejora significativa en comparación con el año anterior (17%), pero todavía está muy por debajo del porcentaje del mismo grupo de edad en el número total de trabajadores del sector privado (39%).

364.Con respecto a la cuestión de género, entre los empleados del sector privado, la proporción de trabajadores varones inscritos en el sistema de pensión complementaria era el 70% del total, frente al 30% de las trabajadoras. El desglose por sexo del total de empleados del sector privado indica una proporción de mujeres un 10% más alta.

365.Con respecto a la cuestión geográfica, los trabajadores varones del sector privado residentes en el norte de Italia que están inscritos en el sistema de pensión complementaria forman el 63,4% del total, mientras que el número total de los trabajadores residentes en esa zona forma el 56,8%. Solo el 15% del total de afiliados a sistemas de pensión complementaria reside en el sur de Italia, mientras que el número total de los trabajadores considerados que residen en esa zona asciende al 23,1%.

366.Con respecto al tamaño de la empresa, según estimaciones de la COVIP basadas en la división por el total de posibles afiliados a cada fondo, resulta que los trabajadores que están empleados en empresas de menos de 50 empleados y han solicitado afiliación al sistema no son más del 12% de ese total, mientras que los trabajadores de empresas mayores que han solicitado la afiliación son el 42%.

Cuadro 14

Distribución porcentual de los empleados del sector privado inscritos en planes de pensión complementaria, por edad y sexo

Edad

2006

2007

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Total

15 a 24 años

0,8

0,9

0,8

3,1

3,0

3,0

25 a 34 años

14,8

20,7

16,5

20,1

26,1

22,0

35 a 44 años

34,4

39,0

35,8

34,3

37,7

35,4

45 a 54 años

37,7

33,0

36,3

32,3

27,7

30,8

55 a 64 años

12,1

6,3

10,4

10,0

5,4

8,5

65 años o más

0,2

0,1

0,2

0,2

0,1

0,2

Total

100 , 0

100 , 0

100 , 0

100 , 0

100 , 0

100 , 0

Por sex o

70 , 4

29 , 6

100 , 0

67 , 4

32 , 6

100 , 0

Cuadro 15

Distribución porcentual por zona geográfica de los empleados del sector privado inscritos en planes de pensión complementaria y del total de empleados

Zona geográfica

2007

Afiliados

Empleados

Noroeste de Italia

37,1

33,1

Nordeste de Italia

26,3

23,7

Italia central

21,7

20,1

Sur de Italia e islas

15,0

23,1

Total

100 , 0

100 , 0

Artículo 10Protección de la familia

367.En Italia la esfera de la asistencia a las personas y familias fue reformada por la Ley Nº 328, promulgada el 8 de noviembre de 2000 y llamada "Ley marco para el establecimiento del sistema integrado de asistencia y servicios sociales". La ley incluye la creación del Fondo Nacional de Políticas Sociales (FNPS). El Fondo es la fuente nacional de sostén de la asistencia a las personas y familias, mediante la financiación de un sistema integrado de planes sociales regionales y zonales que describen, para cada territorio, una red integrada de servicios para las personas, destinada a la inclusión de todas las personas en dificultades o por lo menos a la mejora de la calidad de la vida.

368.Estas intervenciones permiten el establecimiento de un nuevo sistema de seguridad social, que parte de una visión global de todas las esferas de intervención para trabajar de manera específica en sectores determinados, teniendo en cuenta las interdependencias entre los fenómenos sociales y las políticas públicas. Los recursos del FNPS están destinados en particular a dos esferas:

Las transferencias económicas a personas y familias administradas por el INPS.

Las transferencias a las regiones y a las provincias autónomas, que a su vez y conforme a sus leyes y programas sociales asignan recursos a los municipios para contribuir a financiar la red integrada de servicios sociales locales. Por tanto las autoridades locales están encargadas del desembolso a los ciudadanos de los servicios organizados y planificados en la esfera de los planes sociales, en los cuales pueden participar otros municipios para la gestión integrada de sus servicios. Los municipios también tienen la facultad de determinar los beneficiarios de los recursos y servicios.

369.En vista de su papel directivo en el sector de financiación, el Ministerio supervisa los progresos en las transferencias de dinero y en el gasto en servicios locales.

370.En cuanto a la cuestión de la conciliación del tiempo dedicado al trabajo con el tiempo dedicado al cuidado de la familia, cabe notar el "Programa de acción para la inclusión de las mujeres en el mercado de trabajo", llamado "Italia en 2020", presentado el 1 de diciembre de 2009 por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y el Ministerio de Igualdad de Oportunidades.

371.Este plan es un programa para la conciliación del tiempo dedicado al trabajo con el tiempo dedicado al cuidado de la familia y para la promoción de la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo mediante cinco líneas de acción, que ya se han determinado y que se ejecutarán en forma pragmática, según una visión integrada y con la participación de todos los actores pertinentes y encargando la tarea de estimular, coordinar y supervisar las medidas a una "junta" determinada.

372.En particular, hay que destacar que la elaboración de un modelo de familia en que la mujer es más activa en el mercado de trabajo requiere superar la distribución geográfica desigual de los servicios de cuidado del niño, fomentar el fortalecimiento y la diversificación de la oferta de guarderías, incluso en los edificios de la administración pública y en el lugar de trabajo. Varios factores —principalmente relacionados con el costo y la aplicación de la fuerza de trabajo— afectan la calidad y la cantidad de servicios de cuidado personal, que son ahora una esfera muy desregulada con alta tasa de empleo ilegal e informalidad.

373.También hay que observar que, entre las propuestas hechas por el Observatorio Nacional de la Infancia y la Adolescencia en relación con el Tercer Plan Bienal de Medidas e Intervenciones para la Protección de los Derechos de las Personas y el Desarrollo del Niño, se hizo hincapié en el objetivo de apoyar a las familias y especialmente a las mujeres, mediante una serie de medidas para sostener y aumentar la parentalidad activa y apoyar la capacidad de cuidar a los adolescentes y ejecutar intervenciones para la conciliación del trabajo y la vida. Para ello, una de las medidas tiende a la aplicación efectiva de la Ley Nº 53/2000, tratando de lograr la igualdad esencial de los papeles del hombre y la mujer, de manera que esta no tenga que renunciar a posibles expectativas de carrera o incluso a posibilidades de trabajo. De ahí la necesidad de algunos cambios legislativos que determinen el cumplimiento de las normas ambientales, el porcentaje del sueldo durante el período de licencia y el aumento del límite de edad de los niños para ejercer el derecho a licencia.

374.Se indican a continuación todas las medidas previstas en el Plan.

Las medidas

Título

Ampliación de la red de servicios integrados para niños

Tipo de medida:

Actos del gobierno central, en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: A01

Objetivo:

Servicios educativos 0-3

Ampliación de los servicios sociales y educativos para niños pequeños (0 a 3 años)

Medida/intervención:

Establecer y fortalecer servicios para niños pequeños (de 3 meses a 3 años) en todo el territorio nacional (guarderías, microguarderías, guarderías en el lugar de trabajo, "secciones primavera" adscritas a jardines de la infancia) aumentando el porcentaje de cobertura de los posibles usuarios y suscriptores durante los tres años del plan de acción

Establecer y fortalecer en todo el territorio nacional servicios educativos suplementarios para las guarderías y escuelas para niños pequeños (centros de juego, campos de juego, centros de cuidado del niño y centros de padres)

Participantes:

Elaboradores

Departamento de Política Familiar, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y Ministerio de Educación (elaboración de legislación y de niveles mínimos de cobertura, asignación de fondos para ampliar el sistema)

Regiones (elaboración de legislación y de niveles mínimos de cobertura, asignación de fondos para ampliar el sistema)

Provincias (conexión y equilibrio territoriales)

Municipios (gestión del sistema y establecimiento del servicio directo o indirecto)

Colaboradores

Autoridades locales y el sector privado (sectores social y no social)

Empresas (por ejemplo guarderías en el lugar de trabajo)

Individuos (prestación y gestión de servicios)

Receptores finales

Directamente: niños y familias

Indirectamente: sistema social más amplio

Título

Proyecto de medidas de asistencia sistémica y técnica para las regiones meridionales

Tipo de medida:

Actos del gobierno central, en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: A02

Objetivo:

Medidas sobre la distribución de los servicios en las diversas zonas a fin de eliminar el desequilibrio entre el norte y el sur del país, ayudando a las ocho regiones de la Italia meridional en el proceso de alcanzar los objetivos de servicios, con especial atención a las metas de servicios para niños

Medida/intervención:

Ejecución desde el bienio 2008-2010 (y hasta 2013) de un proyecto de medidas de asistencia sistémica y técnica para las regiones meridionales, dedicadas a las ocho regiones de la Italia meridional y divididas en:

Actividades de formación encaminadas a fortalecer las calificaciones profesionales

Actividades de asistencia técnica locales para apoyar la planificación y ejecución de los planes regionales

Actividad sistémica para difundir, incluso mediante tecnología de Internet, documentación, directrices, instrumentos operacionales, etc.

Intercambio y asociaciones con otras regiones de la Italia septentrional y central

Participantes:

Elaboradores

Departamento de Política Familiar

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Desarrollo Económico

Colaboradores

CNDA

Receptores finales

Regiones meridionales

Título

Apoyo a los padres: experimento de " cuidado del niño en el hogar "

Tipo de medida:

Planificación nacional con asociación descentralizada

Código: A03

Objetivo:

Integración de la asistencia para el empleo y los servicios sociales para la conciliación del trabajo con la vida familiar

Medida/intervención:

Financiación nacional, complementada con financiación local, de proyectos para hacer experimentos controlados y verificados del llamado "cuidado del niño en el hogar", que consiste en la educación y cuidado de niños ajenos en el hogar de personas debidamente calificadas

Participantes:

Consulta a nivel nacional entre el Gobierno, las regiones y las autoridades locales sobre el contenido de un "aviso público" para la financiación de proyectos de experimentos de "cuidado del niño en el hogar"

Preparación del "aviso público" por los ministerios competentes

Aprobación en la Conferencia Conjunta del acuerdo entre el Gobierno, las regiones y las autoridades locales sobre el "aviso público"

Ejecución de la intervención mediante la sanción de la legislación consiguiente por las entidades públicas participantes

Título

Ampliación de las escuelas para la primera infancia

Tipo de medida:

Actos del gobierno central, en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: A04

Objetivo:

Ampliación de los servicios sociales y educativos para la primera infancia (3 a 6 años)

Medida/intervención:

Ampliación de los jardines de la infancia del sistema integrado de la educación nacional, a fin de asegurar la educación de todos los niños entre 3 y 6 años

Mejora de la educación mediante medidas de fomento de la buena calidad de la enseñanza

Participantes:

Elaboradores

Departamento de Política Familiar, Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (elaboración de legislación, programas y medidas, asignación de fondos)

Entidades privadas asociadas: municipios y entidades privadas asociadas para la ejecución directa o indirecta

Colaboradores

Ministerio de Educación

USR-USP

Regiones

Autoridades locales y sector privado

Receptores finales

Niños y familias

Sistema educativo

Título

Estímulo de la asistencia a la escuela de niños de familias frágiles: servicios educativos para niños de 0 a 3 años, guarderías y servicios educativos para niños de 0 a 6 años

Tipo de medida:

Actos de las autoridades descentralizadas

Código: A05

Objetivo:

Promover la parentalidad responsable, mediante la asistencia a servicios educativos para niños de 0 a 3 años y de 3 a 6 años y guarderías, entre las familias en situación de exclusión social y cultural

Medida/intervención:

Los diversos niveles de la administración descentralizada (regiones, provincias, comunidades montañesas y municipios, incluso en forma de asociación), cada uno según su competencia específica y según las formas y procedimientos que estime adecuados, apoyarán la parentalidad positiva estableciendo criterios para priorizar la asignación de niños de familias pobres a grados de los servicios educativos y las guarderías

Participantes:

Elaboradores

Regiones, provincias, comunidades montañesas y municipios, incluso en forma de asociación

Colaboradores

Escuelas públicas y privadas

Receptores finales

Niños de 0 a 36 meses y de 3 a 6 años con sus padres —particularmente madres solteras que viven debajo del umbral de pobreza

375.Para asegurar, en todo el territorio nacional, el nivel básico de bienestar a las personas que necesitan atención y garantizar la igualdad de todos los ciudadanos en situación de fragilidad, la Ley de presupuesto de 2007 (Ley Nº 296, promulgada el 27 de diciembre de 2006) estableció el Fondo para las Personas Dependientes, distribuido entre las regiones y las provincias autónomas. Sus recursos se destinan al cuidado de la persona dependiente con planes de atención individualizados, para fortalecer el punto único de acceso a servicios de la red y asegurar niveles mínimos de atención a domicilio. Los recursos del Fondo Nacional asignados fueron 100 millones de euros en 2007, 300 millones en 2008 y 400 millones en 2009. Esta medida tiene por objeto asegurar la uniformidad progresiva de las intervenciones hechas hasta ahora por las regiones en favor de las personas en situación de autonomía limitada, mediante la construcción de un sistema médico que asegure la plena integración con el sistema de seguridad social.

376.Con respecto a la pregunta de si el Estado Miembro ha hecho estudios estadísticos sobre la naturaleza y la extensión del fenómeno de la utilización de niños y si existe un plan nacional de lucha contra la explotación en el mercado de trabajo, Italia tiene, desde 1998, un órgano nacional especial de coordinación: la Junta de Coordinación entre el Gobierno y las Partes Sociales para la Lucha contra el Trabajo Infantil.

377.En 2006 el Ministerio de Solidaridad Social, en colaboración con el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, respondiendo a las solicitudes y demandas que habían surgido en los últimos años, invitó a los gobiernos, instituciones de investigación, sindicatos y representantes de los empleadores, representantes de ONG y autoridades regionales, provinciales y locales, a restaurar la Junta para actualizar la "Carta de compromisos para promover los derechos del niño y el adolescente y eliminar la explotación del trabajo infantil".

378.Durante las reuniones celebradas en 2006 y 2007, los Ministerios promotores de la Junta reunieron las observaciones y solicitudes de los representantes, acogiendo con agrado que estuvieran dispuestos a empezar a preparar medidas renovadas para combatir la explotación del trabajo infantil y que hubieran presentado varias propuestas de medidas e intervenciones. Estas propuestas se reúnen en el proyecto de actualización de los compromisos contraídos en la Carta. Por tanto, todavía están pendientes la firma de la Carta y la reanudación de los trabajos de la Junta de Coordinación y de los grupos especiales creados para ejecutar un plan de acción contra la explotación del trabajo infantil, que determine las esferas de competencia de cada participante y más adelante el Plan de Acción Nacional para la Promoción y Protección de los Derechos del Niño.

379.En cuanto a los estudios estadísticos sobre la naturaleza y la extensión de la explotación de niños en el mercado de trabajo, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en colaboración con el Centro Nacional de Documentación y Análisis de la Infancia y la Adolescencia, desarrolló, en el período 1 de enero de 2004 a 31 de diciembre de 2008, las siguientes actividades:

2004: el Centro Nacional publicó el Libro Nº 30, "Niños y adolescentes que trabajan: panorama de Italia a Europa", centrado en la adquisición de datos e información sobre las experiencias en curso a nivel europeo en esta materia;

2005: entró en pleno funcionamiento el sitio web "Menores y trabajo" patrocinado por el Ministerio de Asuntos Sociales y administrado por el Centro Nacional de Documentación y Análisis de la Infancia y la Adolescencia; el sitio recopila todos los datos y noticias de importancia nacional e internacional sobre la relación del niño con el trabajo y da orientación sobre los principales actos que tienen lugar en Italia;

2006: el Centro Nacional de Documentación y Análisis de la Infancia y la Adolescencia publicó la traducción italiana del documento de la OIT "La lucha contra el trabajo infantil. Manual para inspectores del trabajo", que se distribuyó en todo el país, con especial atención a las Direcciones Generales y Direcciones Provinciales de Inspectores del Trabajo, a quienes están destinadas las directrices;

2007: el Centro Nacional publicó el Libro Nº 30, titulado "Experiencias y mejores prácticas más allá de la Ley 285/97", que presenta los resultados de la encuesta de 2006 sobre las políticas locales de planificación para niños y adolescentes en cinco campos temáticos, incluido el trabajo infantil;

En 2007 también se ejecutó un programa de concienciación sobre el trabajo infantil promoviendo la película "Rosso Malpelo"; el Ministerio de Solidaridad Social apoyó la distribución de la película, promovió la proyección en varias escuelas de 15 ciudades, estimuló la organización de reuniones y debates internos con los alumnos y asignó 100.000 euros a este fin.

380.El marco jurídico nacional sobre los delitos relacionados con la violencia contra la mujer es hoy uno de los más completos de Europa y fija penas muy severas. En particular, la Ley Nº 66/1996 clasifica el delito de violencia sexual entre los delitos contra la libertad personal, mientras que antes era considerado un delito contra la moral pública y las buenas costumbres. La Ley Nº 154/2001 introdujo medidas contra la violencia doméstica, a fin de aumentar la protección de las víctimas mediante recursos civiles y penales, como las órdenes de exclusión (que requieren a la persona violenta salir del hogar familiar) para garantizar la seguridad de las víctimas y permitirles permanecer en el hogar y no cambiar su modo de vida.

381.Conforme a esta ley, el juez también puede imponer un pago periódico a favor del miembro de la familia víctima de violencia que, como consecuencia de una orden de exclusión, quede sin medios suficientes, fijando condiciones y plazos de pago y prescribiendo, cuando proceda, que la suma sea pagada directamente por el empleador del autor mediante deducción del sueldo. Además, los autores de violencia doméstica son castigados con prisión de uno a cinco años (artículos 29, 31 y 32 del Código Penal). Si el hecho produce lesión corporal (artículo 583 del Código Penal) se aumenta la pena de prisión (de 4 a 8 años si produce lesión grave; de 7 a 15 años en caso de lesión grave con daño permanente; de 12 a 20 años si causa la muerte de la víctima).

382.En cuanto a la violación marital, la legislación nacional castiga la violación cualquiera que sea la relación entre la víctima y el autor; la falta de consentimiento para la relación sexual (es decir, violación grave de la libertad individual) es lo que configura el delito de violación.

383.En 2009 se introdujo el delito de "acecho" en el derecho penal italiano (artículo 612 bis del Código Penal) por la Ley Nº 38 de 23 de abril de 2009. El acecho se define como delito contra la libertad personal, lo mismo que la violencia sexual. Esta ley tuvo firme apoyo de la Ministra de Igualdad de Oportunidades. Para prevenir nuevos actos de violencia y proteger a la víctima de acecho, la ley introduce una orden de seguridad, llamada " ammonimento ", cuya expedición la víctima puede solicitar al comisario de policía local para evitar que el acechador se acerque a la víctima o a sus parientes.

384.Además, la misma ley introduce disposiciones más severas para los autores de delitos sexuales y los violadores, como la prisión preventiva obligatoria por los delitos de prostitución de menores, pornografía de menores, turismo encaminado a la explotación de la prostitución de menores, agresión sexual, actos sexuales con menores y agresión sexual de grupo, y la detención obligatoria en casos flagrantes de violación y agresión sexual de grupo, con la posibilidad de proceder a juicio sumario. La ley también dispone la asistencia letrada gratuita para todas las víctimas de agresión sexual.

385.En relación con la mejora del marco jurídico destinado a combatir la violencia contra la mujer, se está examinando en el Senado una ley específica sobre la violencia sexual (AS 1675), que complementaría las disposiciones mencionadas. Este texto propone, entre otras cosas, penas más graves, introduciendo nuevas circunstancias agravantes para el delito de acoso sexual y la posibilidad de que intervengan en los procedimientos judiciales la administración local y eventualmente la Presidencia del Consejo de Ministros (en el caso de los delitos cometidos contra un niño o dentro de la familia), los centros de recepción de víctimas de violación y las ONG. También propone medidas para mejorar la información y la asistencia a las víctimas de violencia, junto con programas de prevención de la violencia y la discriminación sexual dirigidos a las escuelas primarias y secundarias (para más información sobre la propuesta véase: http://www.camera.it/465?area=16&tema=361&Contrasto+della+violenza+nei+confronti+delle+donne).

386.En general la política nacional de prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica se basa en la idea de la integración necesaria de las políticas represivas y las preventivas, que deben efectuar conjuntamente el sector público y el privado y debe ejecutarse con un enfoque multidisciplinario, que abarque actividades coordinadas en todas las esferas pertinentes (social, educativa, informativa y jurídica).

387.Siguiendo este enfoque, en noviembre de 2010 la Ministra de Igualdad de Oportunidades aprobó el "Plan Nacional contra la Violencia de Género y el Acecho", primer intento de elaborar una respuesta orgánica para tratar las políticas en este campo, en sinergia con los principales actores en el nivel local; por otro lado, ya hay varias disposiciones legislativas regionales (Abruzos, Apulia, Basilicata, Friul-Venecia Julia, Lacio, Campania, Liguria, Calabria, Cerdeña, Toscana, Marcas, Piamonte) sancionadas para regular el desarrollo y la financiación de la red de servicios locales.

388.El mencionado Plan Nacional contra la Violencia de Género y el Acecho se elaboró mediante un proceso participativo —empezando por el nivel nacional hasta llegar al nivel local— que abarcó todos los interesados públicos y privados; las ONG y las organizaciones de la sociedad civil más pertinentes que participaban en la lucha contra la violencia basada en el género y la violencia doméstica y prestaban servicios de apoyo a las víctimas fueron invitadas a hacer propuestas y sugerencias en diferentes etapas de la elaboración del Plan, a fin de aumentar la comprensión de las necesidades específicas en cuanto a los servicios que se ofrecerían y prestarían. Gracias a este proceso el Plan es ahora el principal instrumento con el cual todos los interesados —públicos y privados— pueden elaborar medidas coordinadas para prevenir y combatir la violencia y ofrecer protección, asistencia y reintegración a las víctimas.

389.Conforme a su enfoque global, el Plan prevé líneas de acción especiales en todos los campos de política pertinentes (sociocultural, sanitario, económico, legislativo y judicial) con los siguientes objetivos básicos:

a)Asegurar un nivel de información adecuado, amplio y eficaz;

b)Elaborar y establecer una red nacional de centros que presten servicios a las víctimas de violencia (llamados "centros contra la violencia"), y también a otros interesados, públicos y privados, que trabajan en este campo a nivel local o regional, para asegurar la protección de las víctimas y la asistencia adecuada a las víctimas en todo el país;

c)Elaborar intervenciones de formación específicas dirigidas a todos los profesionales que participan en el tratamiento de cuestiones de violencia de género, para contribuir a la difusión de una cultura de respeto de los derechos humanos y de la especificidad de género;

d)Aportar un conjunto estructurado de datos e información para comprender mejor el fenómeno y seguir su evolución;

e)Mejorar los métodos de cuidado y servicios de apoyo prestados a las mujeres víctimas de violencia y a sus hijos;

f)Aumentar la protección de las víctimas de violencia mejorando la colaboración con la policía.

390.El Departamento de Igualdad de Oportunidades está en la vanguardia de la ejecución del Plan. En 2011 se iniciaron intervenciones dirigidas, por valor de 18,6 millones de euros, asignados, en gran parte, por medio de convocatorias de propuestas y avisos públicos basados en mecanismos de selección particularmente competitivos. En particular:

Con un primer aviso público, encaminado a la creación y fortalecimiento de "redes contra la violencia" locales, se asignaron 3 millones de euros al apoyo a 24 proyectos elaborados por municipios en colaboración con organizaciones públicas y de la sociedad civil interesadas en la cuestión de la violencia contra la mujer.

Un segundo aviso destinado a apoyar a los llamados "centros contra la violencia" (centros que ofrecen apoyo y servicios residenciales a mujeres víctimas de violencia y a sus hijos) asignó en total 10 millones de euros a la aplicación de medidas de apoyo a los refugios que ya funcionaban para víctimas en peligro de nuevos actos de violencia (6 millones de euros) y al fomento de la creación de refugios en zonas con más desnivel entre la demanda y la oferta de esos servicios (4 millones); el aviso permitió financiar 34 centros y abrir 12 nuevos centros en todo el país.

Un tercer aviso público, recién publicado, por el cual se asignaron 1,7 millones de euros a la promoción de intervenciones de formación especiales para los asistentes sanitarios que prestan los primeros auxilios a las víctimas de violencia sexual y doméstica y de acecho; cabe notar que, al fin de la formación, los hospitales que ejecutaron los proyectos de formación deben establecer, en las salas de emergencia, vías especiales para las víctimas de violencia sexual y doméstica y de acecho. Con este aviso se financiaron 27 proyectos.

391.Para garantizar la aplicación eficiente del Plan se formó un comité especial (10 de octubre de 2011) a fin de seguir el progreso de las actividades planificadas. El comité está formado por representantes de las administraciones centrales, regionales y locales y los organismos participantes en la ejecución del Plan (Departamento de Igualdad de Oportunidades, Departamento de Política Familiar, Departamento de la Juventud y Departamento de Asuntos Regionales de la Presidencia del Consejo de Ministros; Ministerio del Interior; Ministerio de Justicia; Ministerio de Defensa; Ministerio de Trabajo y Política Social; Ministerio de Salud; Ministerio de Educación, Universidades e Investigación; Congreso de las Regiones y las Provincias Autónomas; Unión de las Provincias Italianas). El comité también organizará reuniones con representantes de los centros contra la violencia.

392.Por otra parte, a fin de mejorar el nivel de comprensión del fenómeno de la violencia contra la mujer y su evolución, el Departamento de Igualdad de Oportunidades ha encomendado al Instituto Nacional de Estadística (ISTAT) la actualización del estudio sobre "Violencia y maltrato en la familia" hecho en 2006. El estudio actualizado prestará atención a la violencia contra la mujer con discapacidad lo mismo que al acecho.

393.Sin embargo, ya antes de iniciar el Plan, el Departamento de Igualdad de Oportunidades había promovido varias iniciativas para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, como las siguientes:

La línea telefónica gratuita nacional 1522 para las mujeres víctimas de violencia (iniciada el 8 de marzo de 2006). Esta línea gratuita de ayuda se creó para prestar una primera ayuda a las víctimas de violencia y para dirigirlas a los servicios especializados o generales públicos y privados más cercanos que prestan apoyo y asistencia. El servicio funciona sin interrupción y en italiano, inglés, francés, español y ruso. Los telefonistas del servicio dan una primera respuesta a las necesidades de las víctimas de violencia de género y acecho, ofreciendo información y orientación útiles sobre los servicios médicos y sociales, públicos o privados, presentes a nivel local. Además, permite el acercamiento gradual de las víctimas a servicios de apoyo especiales, con garantía absoluta de anonimato. Desde 2009, con la entrada en vigor de la Ley Nº 38/2009, el servicio abarca las víctimas de acecho. En 2010 se probó con éxito un procedimiento operativo técnico especial para casos de emergencia, compartido con la policía. Desde su entrada en funcionamiento en 2006 hasta diciembre de 2011, el número 1522 ha prestado asistencia a más de 85.830 víctimas de violencia, italianas y extranjeras, con un promedio mensual de unas 1.500 llamadas de todo el país. El personal y los telefonistas del servicio reciben formación periódicamente, si es necesario con clases de expertos de nivel nacional e internacional (por ejemplo, el profesor Caretti, de la Universidad de Palermo), para mejorar la calidad del servicio.

La Red Nacional contra la Violencia, que abarca las administraciones públicas, el sector privado y las asociaciones que ofrecen servicios especializados o generales a las mujeres víctimas de violencia, se desarrolló en asociación con el citado número gratuito nacional 1522.

Memorando de Entendimiento entre la Ministra de Igualdad de Oportunidades y el Ministro de Defensa (16 de enero de 2009) destinado a establecer una dependencia de expertos dentro de la Gendarmería (Carabinieri) (llamado "Núcleo Antiacecho") encargada de estudiar y vigilar los episodios de acecho denunciados (para mejorar la prevención entendiendo mejor el fenómeno y ejecutando programas experimentales encaminados a enseñar a los autores de violencia doméstica a adoptar comportamientos no violentos en las relaciones interpersonales con miras a prevenir nuevos actos de violencia y cambiar las pautas de comportamiento violento) y dar formación especial a la Gendarmería, a fin de mejorar su actitud hacia las víctimas de violencia y su capacidad de detectar el fenómeno y así mejorar la prevención y los mecanismos de protección de las víctimas. El memorando se ha renovado recientemente a la luz de los resultados obtenidos.

Memorando de Entendimiento entre la Ministra de Igualdad de Oportunidades y el Ministro del Interior (6 de julio de 2009) firmado con el fin de reforzar el servicio ofrecido por el número 1522 y la futura adopción del plan de acción nacional y también en vista del nuevo delito de acecho. El Memorando también tiene por objeto crear cursos de formación para las fuerzas de policía a fin de uniformar la ayuda a las víctimas de violencia y aumentar la conciencia que las mujeres y los niños tienen de este asunto mediante el sistema escolar.

Memorando de Entendimiento entre el Ministerio de Igualdad de Oportunidades y el Ministerio de Educación (6 de julio de 2009) firmado para promover actividades educativas y proyectos de concienciación para ejecutar en las escuelas, con la participación de profesores, alumnos y padres de los alumnos. Además, cada año, en la primera quincena de octubre se dedica una semana entera (llamada "semana contra la violencia") a esos temas importantes, en la cual se da un premio a las mejores actividades organizadas por la escuela. Durante el año algunas de las actividades se desarrollan por medio del llamado "Campus contra la violencia", programa destinado a apoyar el intercambio de experiencias y buenas prácticas entre los alumnos a nivel nacional.

394.Desde 2006, pero cada vez más a partir de 2009, el Departamento de Igualdad de Oportunidades también ha iniciado campañas de información especiales periódicas en diversos medios de información:

Acecho: la campaña, titulada "Cuando las atenciones se vuelven persecución", tiene por objeto fomentar el conocimiento del decreto recién aprobado sobre el acecho, forma de violencia que sigue siendo difícil de descubrir y denunciar. El mensaje se centra en los diversos tipos de violencia calificables de "acecho", a fin de informar a las víctimas sobre los instrumentos jurídicos para combatirlos (http://www.pariopportunita.gov.it/index.php/campagne-di-informazione/1175-stalking-quando-le-attenzioni-diventano-persecuzione);

Violencia contra la mujer: con la consigna "Respeta a la mujer, respeta al mundo", la campaña tiene por objeto aumentar la conciencia pública del problema, informando sobre los instrumentos jurídicos y los servicios que ya existen para combatirlo (http://www.pariopportunita.gov.it/index.php/campagne-di-informazione/1212-campagna-di-informazione-respect-women-respect-the-world);

Línea telefónica nacional gratuita 1522 de ayuda a las víctimas de violencia: la campaña tiene por objeto llamar la atención de un público más amplio hacia el servicio telefónico de ayuda, que puede dirigir a las víctimas a los centros de apoyo a las mujeres víctimas de violencia o de acecho más cercanos o a los servicios sociales y médicos adecuados. La campaña tiende a alentar a las víctimas a salir de su aislamiento y a buscar ayuda concreta bajo la consigna "1522 – es hora de reaccionar" (http://www.pariopportunita.gov.it/index.php/campagne-di-informazione/921-1522-e-lora-di-reagire).

395.Por último, sin duda cabe mencionar la primera Conferencia Internacional sobre la Violencia contra la Mujer, celebrada en Roma los días 9 y 10 de septiembre de 2009 en el marco de la presidencia italiana del G8. El objeto de la Conferencia era destacar, con determinación renovada, la necesidad de cooperación internacional y de una estrategia común de los gobiernos y la sociedad civil para acometer la tarea común de poner fin a todas las formas de violencia contra la mujer.

a)Medidas contra los delitos sexuales contra niños

i)Marco legislativo

396.En Italia desde 1996 una serie de medidas legislativas ha cambiado sustancialmente y mejorado el marco jurídico relacionado con la lucha contra los delitos sexuales contra niños. En esta materia los tres principales instrumentos legislativos del sistema italiano son los siguientes:

La Ley Nº 66 de 15 de febrero de 1996 sobre "Disposiciones contra la violencia sexual";

La Ley Nº 269 de 3 de agosto de 1998 sobre "Disposiciones contra la explotación de la prostitución, la pornografía y el turismo sexual contra niños como nuevas formas de esclavitud";

La Ley Nº 38 de 6 de febrero de 2006 sobre "Medidas para combatir la explotación sexual de niños y la pornografía infantil, incluidas las que se hacen mediante la Internet".

397.Por otra parte, el 23 de abril de 2009 se sancionó la Ley Nº 38 sobre "Medidas urgentes en materia de seguridad pública y lucha contra la violencia sexual y el acecho".

398.La legislación en esta materia se actualizará nuevamente cuando el Parlamento ratifique el Convenio del Consejo de Europa para la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual, al fin del examen y debate en curso en el Parlamento.

399.La ley italiana castiga con prisión todos los delitos sexuales contra niños. El Código Penal fija para los delitos de violencia sexual contra niños una pena de 5 a 12 años de prisión.

ii)El Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil

400.El Departamento de Igualdad de Oportunidades trabaja activamente en las cuestiones relativas a la protección del niño, con particular atención a la lucha contra el abuso y la explotación sexuales, mediante la acción del Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil.

401.El Observatorio se creó en 2006 por la Ley Nº 38 dentro de la Oficina del Primer Ministro de Italia, Departamento de Igualdad de Oportunidades, a fin de reunir datos e información sobre las actividades desarrolladas por todas las administraciones para prevenir y combatir el abuso y la explotación sexuales de niños. La Ley Nº 38 autoriza al Observatorio a crear una base de datos para reunir, con ayuda de las demás autoridades centrales, toda la información útil para seguir el fenómeno del abuso y la explotación sexuales de niños y permitir una lectura actualizada y detallada del fenómeno.

402.La base de datos se establecerá pronto en colaboración con otras administraciones públicas que ya tienen datos considerables, con un enfoque transversal de los datos. Participan en particular el Ministerio del Interior, el Ministerio de Justicia y el Ministerio de Administración Pública e Innovación.

403.El Observatorio funciona dentro del Departamento de Igualdad de Oportunidades bajo la presidencia del Jefe del Departamento. Está compuesto de cinco miembros nombrados por la Ministra de Igualdad de Oportunidades, uno de ellos con funciones de coordinación técnico-científica, un miembro nombrado por el Ministro de Política Familiar, tres miembros nombrados por el Jefe de la Policía, el Jefe de la Gendarmería (Carabinieri) y el Jefe de la Policía Financiera y además tres miembros nombrados por las más representativas entre las asociaciones nacionales que trabajan en la lucha contra el abuso y la explotación sexuales de menores.

iii)Proyectos de protección de los niños víctimas de delitos sexuales

404.En septiembre de 2011 el Departamento de Igualdad de Oportunidades publicó el "Aviso público para apoyar proyectos piloto de tratamiento de niños víctimas de abuso o explotación sexual", que es una iniciativa muy innovadora de protección de los niños víctimas de abuso o explotación sexual y la primera experiencia del Departamento de Igualdad de Oportunidades de Italia en este campo.

405.El objeto general de esta iniciativa es informar, formar y asegurar la concienciación y participación de las instituciones de la sociedad civil, otras entidades públicas y privadas y ciudadanos en la prevención y represión de los delitos sexuales contra niños.

406.El Aviso Público se hizo teniendo muy en cuenta como referencia principal las "Directrices nacionales para la lucha contra la pedofilia y la pornografía infantil", conforme al Tercer Plan de Acción Nacional Bienal de Protección de los Derechos y el Desarrollo de las Personas en Edad Evolutiva.

407.Este documento dispone específicamente medidas especiales de lucha contra los delitos sexuales contra niños y reconoce la necesidad de determinar los niveles esenciales de actividades de protección y apoyo educativo para los niños víctimas de abuso sexual y maltrato.

408.El objetivo estratégico de este Aviso Público es promover actividades de asistencia a los niños víctimas de abuso o explotación sexual que se caractericen por una fuerte tendencia a crear una conexión entre todos los recursos institucionales y operativos a nivel local.

409.Como proyectos piloto, las intervenciones promovidas deben expresar un modelo de acción innovadora, caracterizada por la experimentación intersectorial y la transferibilidad a diferentes territorios y contextos. Los modelos también deben ser capaces de abarcar las principales etapas de la intervención protectora de los niños víctimas de abuso o explotación sexual, destacando también medidas especiales de formación para los actores que intervienen en la ejecución de la intervención y asegurando un enfoque multidisciplinario global y completo.

410.Los modelos que se propongan y ejecuten con fondos aportados por el Aviso se usarán como una buena base de conocimientos a fin de elaborar directrices específicas para determinar los mencionados niveles esenciales de actividades de protección y apoyo educativo para los niños víctimas de abuso sexual.

411.El Aviso Público estuvo abierto a proyectos que presentaran las regiones, las autoridades locales y otras personas jurídicas públicas o privadas sin fines de lucro (excluidos los individuos) que tuvieran entre sus fines la protección psicofísica del niño.

iv)Línea telefónica de emergencia 114

412.El Número de Emergencia para el Niño 114 es una línea telefónica de emergencia financiada por el Departamento de Igualdad de Oportunidades para prestar asistencia psicológica y asesoramiento psicopedagógico en situaciones de inquietud que podrían ser perjudiciales para el desarrollo psicofísico del niño o adolescente, mediante el desarrollo de la red de servicios presente en el nivel local. El servicio se presta en todo el territorio nacional las 24 horas del día todos los días del año y es gratuito para las personas que llaman.

413.La línea 114 coopera con los servicios y los centros europeos en la gestión de algunas emergencias (la Asociación Telefono Azzurro que administra este servicio es miembro de diferentes redes internacionales como Missing Children Europe, el Centro Internacional para Niños Desaparecidos y Explotados, la Asociación Internacional de Líneas de Emergencia de Internet (INHOPE) y Child Helpline International), especialmente en la elaboración de procedimientos comunes para casos de pornografía infantil y niños desaparecidos.

414.En 2011 el Departamento de Igualdad de Oportunidades ha planeado una campaña para informar a los ciudadanos sobre este servicio. El objeto de la campaña, que se emitirá durante 2012 por los principales medios de información, es alentar a las víctimas y testigos de violencia a denunciar los incidentes graves en que las víctimas sean niños y subrayar el valor social del servicio.

v)Plan de acción para la protección de los derechos del niño

415.En 2010 el Gobierno aprobó el Tercer Plan de Acción Nacional para la Protección de los Derechos del Niño. El Plan contiene una sección especial titulada "Directrices nacionales para combatir la pornografía infantil y la pedofilia".

416.Según el Plan, los promotores institucionales de esta acción son el Departamento de Igualdad de Oportunidades, el Ministerio de Justicia, la Comisión Parlamentaria para la Infancia y la Adolescencia, las regiones y el Centro Nacional de Documentación para la Infancia y la Adolescencia.

417.Las actividades previstas son las siguientes:

Determinación de los niveles esenciales de actividades de protección y apoyo educativo para los niños víctimas de abuso sexual o maltrato;

Actividades de formación y concienciación para las personas que tienen contacto frecuente con niños en las esferas de la educación, la salud, la protección social, la justicia, la policía, la comunidad de tipo familiar, las actividades sociales y deportivas voluntarias y las actividades culturales y de tiempo libre;

Participación de la sociedad civil, los trabajadores de los medios de información, el turismo y el sector bancario en la elaboración y ejecución de políticas de prevención y en la adopción de códigos de conducta;

Elaboración de procedimientos para proteger al niño que es parte en procedimientos civiles o penales como víctima, autor o testigo de violencia;

Elaboración de directrices sobre apoyo terapéutico, asesoramiento jurídico e información para los adultos no delincuentes que podrían ser protectores de los niños víctimas;

Creación de una base de datos para reunir:

Estadísticas sobre delitos sexuales contra niños;

Todas las directrices y protocolos aplicados a nivel regional y local en materia de prevención y protección del niño contra la violencia;

Investigaciones y análisis comparativos para fijar lenguajes, instrumentos y estrategias comunes en este campo;

Elaboración de normas mínimas para los servicios sociales nacionales de prevención del abuso del niño y protección del niño;

Elaboración de procedimientos operativos específicos para ayudar al niño víctima de violencia o maltrato;

Seguimiento de la aplicación y actualización de las directrices por las regiones que las hayan adoptado.

418.El Plan fija varios destinatarios de estas actividades: regiones, autoridades locales, dependencias sanitarias locales, tribunales, policía, niños, adolescentes, niños víctimas de abuso o en peligro, padres, maestros, directores de servicios y personas condenadas por delitos sexuales contra niños.

419.Las medidas previstas en el Plan de Acción Nacional para la Protección de los Derechos del Niño servirán de base común para la elaboración de un plan de acción nacional especial para prevenir y combatir los delitos sexuales contra niños, que pronto redactará el Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil.

420.El plan será compartido a nivel político en el Comité Interministerial de Coordinación de la Lucha contra la Pedofilia (CicLo.Pe.).

vi)Campaña "Uno de cada cinco"

421.En 2010 la Ministra de Igualdad de Oportunidades inauguró oficialmente la campaña del Consejo de Europa para poner fin a la violencia sexual contra el niño (Roma, 29 y 30 de noviembre de 2010).

422.Los principales objetivos de la campaña son dos: apoyar el proceso de firma y ratificación del Convenio para la Protección de los Niños contra la Explotación Sexual y el Abuso Sexual e informar al público de la magnitud del fenómeno del abuso sexual.

423.La campaña, cuyo protagonista es un personaje imaginativo llamado Kiko, invita a los padres a enseñar a sus hijos de 4 a 7 años la "regla de la ropa interior", según la cual no pueden permitir que los toquen extraños, la forma de reaccionar a las personas que los toquen y dónde buscar ayuda. La regla es simple: los niños no tienen que dejar que nadie les toque las partes del cuerpo cubiertas por la ropa interior. Esta regla ayuda, además, a indicar a los niños que el cuerpo les pertenece, que tienen que decir que no, que hay secretos buenos que deben guardarse y secretos malos que deben revelarse, precisamente como hay muchas maneras de tocar buenas y muchas malas. Por su parte, los adultos deben evitar crear tabúes en torno a la sexualidad, deben más bien invitar al diálogo, estar siempre dispuestos a escuchar y asegurar que los niños sepan a quién dirigirse en caso de ansiedad, angustia o preocupación.

424.La "regla de la ropa interior" se explica en lenguaje sencillo y gracioso mediante un anuncio de televisión, un libro para niños, carteles, folletos y un sitio web especial.

b)Proyecto "DICAM"

425.El Departamento de Igualdad de Oportunidades, mediante la acción del Observatorio para la Lucha contra la Pedofilia y la Pornografía Infantil, participa en el proyecto DICAM, financiado por la Comisión Europea mediante el programa "Prevención y lucha contra la delincuencia 2007-2013".

426.En el marco de este proyecto, ejecutado a nivel nacional, el Observatorio colabora con Save the Children, la Policía Postal y el CISMAI (Coordinamento Italiano dei Servizi contro il Maltrattamento e l ' Abuso dell ' Infanzia – Coordinación Italiana de los Servicios contra el Maltrato y el Abuso del Niño).

427.El proyecto se basa en algunas consideraciones sobre los delitos sexuales contra niños: la explotación y el abuso sexuales de niños son violaciones graves de los derechos humanos y la Convención sobre los Derechos del Niño. Tienen consecuencias devastadoras de largo alcance para el desarrollo presente y futuro del niño. El abuso continúa cuando se difunden fotografías del abuso mediante nuevas tecnologías y los sistemas de protección del niño no coordinan sus actividades para identificar y proteger a las víctimas.

428.Pero son pocos los niños víctimas de abuso mediante las nuevas tecnologías que son objeto de medidas de protección del niño y pueden beneficiarse del apoyo terapéutico necesario para su recuperación.

429.El proyecto estudiará el fenómeno desde el punto de vista de los derechos del niño, con el objetivo declarado de tratar de identificar los niños y adolescentes que aparecen en esas imágenes y asegurar un apoyo adecuado. El objeto es determinar y superar todos los obstáculos que impiden la intervención eficaz y elaborar mejores prácticas para prevenir la explotación y el abuso sexuales del niño y proteger al niño contra ellos.

430.El proyecto tiene por objeto aumentar las calificaciones de los profesionales que trabajan en la lucha contra la pornografía infantil elaborando un modelo multidisciplinario de intervención que normalice los procedimientos operativos que se seguirán para identificar a las víctimas menores de edad que aparecen en materiales pornográficos y prestarles asistencia en la terapia de recuperación.

431.Se han planificado las siguientes actividades:

a)Determinar y analizar las prácticas y técnicas actuales de identificación y apoyo a los menores mediante un marco de derechos del niño, a nivel nacional;

b)Elaborar un método de intervención basado en los derechos del niño dirigido a diversas profesiones esenciales, que dé orientación para asegurar el respeto del interés superior del niño en todo el proceso de identificación, es decir, desde el comienzo de las investigaciones (análisis del material pornográfico) hasta la asistencia y el apoyo necesarios a los niños víctimas de abuso, sus parientes cercanos y sus cuidadores, a corto y a largo plazo, incluida la asistencia durante procesos judiciales;

c)Organizar en todo el país seminarios de formación en el método mencionado para las profesiones esenciales (policía, servicios de protección del niño, abogados y personal judicial);

d)Publicar un manual operacional que indique procedimientos normales para la identificación de las víctimas.

432.La Ley Nº 154 de 5 de abril de 2001, "Medidas contra la violencia en las relaciones familiares", que se refiere a la protección de la víctima contra un pariente violento mediante acciones civiles o penales, introdujo algunas de las medidas judiciales que ya existían en la legislación de otros países. Una de las medidas introducidas, la "orden de exclusión", garantiza la separación del autor de la violencia del hogar familiar: un cambio de perspectiva en la lucha contra la violencia contra la mujer, porque permite a la víctima permanecer en el hogar y mantener su modo de vida.

433.Conforme a esta ley, el juez también puede imponer un pago periódico a favor del miembro de la familia víctima de violencia que, como consecuencia de una orden de exclusión, quede sin medios suficientes, fijando condiciones y plazos de pago y prescribiendo, cuando proceda, que la suma sea pagada directamente por el empleador del autor mediante deducción del sueldo. Además, los autores de violencia doméstica son castigados con prisión de uno a cinco años (artículos 29, 31 y 32 del Código Penal). Si el hecho produce lesión corporal (artículo 583 del Código Penal) se aumenta la pena de prisión (de 4 a 8 años si produce lesión grave; de 7 a 15 años en caso de lesión grave con daño permanente; de 12 a 20 años si causa la muerte de la víctima).

434.Se ejecutaron varias actividades para fortalecer la formación del personal policial. En particular:

En el marco del programa europeo DAPHNE II, destinado a combatir todo tipo de violencia y abuso contra la mujer y el niño, en 2004 la Dirección Central de Policía Anticriminal de la Policía del Estado, en colaboración con la asociación Differenza Donna, empezó a aplicar el método S.A.R.A. (Spousal Assault Risk Assessment – evaluación del riesgo de ataque por el cónyuge), centrado en la evaluación del riesgo de reincidencia temprana en maltrato de la familia.

Un proyecto llamado "S.I.L.VI.A." (Stalking Inventory List for Victims and Authors – Inventario de acecho para víctimas y autores) fue iniciado por el Servicio Operativo Central de la Policía del Estado en octubre de 2007, en cooperación con el Departamento de Psicología de la Segunda Universidad de Nápoles, a fin de seguir el efecto de los actos de acecho en Italia antes de la penalización de esos actos, sancionada por la Ley Nº 38 de 23 de febrero de 2009. El proyecto S.I.L.VI.A. incluyó la transmisión de folletos con algunas sugerencias para el personal policial que actúa en caso de acecho.

En el marco del proyecto del citado programa DAPHNE II llamado " EARN in JVO " (European Assessment of Risks/Needs in Juvenile Violent Offenders – evaluación europea de los riesgos y necesidades de los delincuentes juveniles violentos), ejecutado por la Dirección Central de Policía Anticriminal de la Policía del Estado, el Departamento de Justicia de Menores del Ministerio de Justicia y el Departamento de Psicología de la Segunda Universidad de Nápoles en 2008 y 2009, se organizaron tres seminarios para agentes de policía y funcionarios de los Servicios de Justicia de Menores en la Escuela del Departamento de Justicia de Menores de Roma.

En el marco de DAPHNE II, en 2006 la Dirección Central de Policía Anticriminal del Departamento de Seguridad Pública de Italia se sumó al proyecto llamado " AViCRi " (Attention for Victims of Crime – Atención a las víctimas de crimen) ejecutado por el Departamento de Psicología de la Universidad La Sapienza de Roma. Este proyecto ha diseñado y elaborado un programa de formación normal como ejemplo de mejor práctica en la formación de fuerzas policiales.

En el marco del citado programa DAPHNE se está elaborando otro programa de formación profesional para agentes de policía que combaten la violencia de género, el proyecto llamado " MuTAVI " (Multimedia Tools Against Violence – instrumentos multimedia contra la violencia) a cargo de la Dirección Central de Policía Anticriminal del Departamento de Seguridad Pública, el Departamento de Psicología de la Universidad La Sapienza de Roma y la ONG Instituto Europeo del Mediterráneo. El objeto de este proyecto es diseñar y producir instrumentos multimedia para capacitar a las personas encargadas de tomar primer contacto con las víctimas de violencia del compañero íntimo y de prestarles apoyo, como agentes de policía, abogados, asistentes sociales y personal sanitario, y también difundir y promover estrategias de prevención de la violencia, en particular la violencia del compañero íntimo.

Se han programado cursos de especialización en técnicas de investigación de delitos contra menores y delitos sexuales para el personal de las secciones especializadas de las dependencias de investigación. Los cursos se dan en la Escuela de Policía Investigativa de Brescia.

En cuanto a los cursos ordinarios de actualización profesional, se incluyeron en los programas los temas de la violencia doméstica y el acecho. En particular, en 2009, el de la violencia doméstica, con referencia a las medidas operativas que debe aplicar la policía en sus intervenciones; en 2010, el de la igualdad de oportunidades, la actitud correcta de los agentes de policía hacia las víctimas de delitos y acecho; en 2011, el del acecho, los delitos contra las llamadas "categorías débiles" (mujeres, niños, ancianos).

En cuanto a los cursos de actualización para los agentes de policía encargados de coordinar las intervenciones de las patrullas en relación con la violencia doméstica, se hicieron algunos ejercicios prácticos con simulacros de intervención en caso de pelea familiar.

De manera más general, los cursos de formación para el personal penitenciario siempre incluyen temas relacionados con los derechos humanos, en particular, de manera transversal, la naturaleza criminal de los actos de violencia doméstica. El tema de los derechos humanos también se trata con estudios específicos, incluso en conferencias, seminarios y clases en todos los niveles, en relación con el derecho internacional y los órganos encargados de la protección de esos derechos.

435.Sobre la base de las leyes mencionadas se creó una estructura compuesta para la asistencia a las personas víctimas de trata, que está establecida a nivel nacional y funciona mediante tres instrumentos principales:

Programas de asistencia temporal (ejecutados según el artículo 13 de la Ley Nº 228/2003);

Programas de asistencia a largo plazo e inclusión social (ejecutados según el artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286/98);

Línea telefónica gratuita nacional contra la trata ("acción de sistema" prevista en el Decreto Ministerial de 23 de noviembre de 1999, artículo 2, que reglamenta la aplicación del artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286/98).

436.El Departamento de Igualdad de Oportunidades es la autoridad nacional encargada de la promoción y coordinación de las medidas para la protección de las víctimas de trata, que supervisa el funcionamiento del sistema nacional de asistencia mediante la Comisión Interministerial de Apoyo a las Víctimas de Trata, Violencia o Explotación, presidida por el Departamento de Igualdad de Oportunidades y compuesta de representantes del Ministerio de Justicia, el Ministerio del Interior, el Ministerio de Trabajo y Política Social, el Subsecretario de Política Familiar, la Conferencia Conjunta Estado-regiones y la Asociación Nacional de Municipios Italianos.

437.Cada año el Departamento de Igualdad de Oportunidades hace una convocatoria de solicitudes de financiación para los programas de asistencia. Pueden solicitar financiación las autoridades locales y las ONG certificadas. Todos los programas deben ser cofinanciados por las regiones o las autoridades locales, a fin de asegurar la apropiación por el gobierno local de las medidas que se ejecutarán en un territorio determinado.

El "Programa del Artículo 13" prevé medidas de asistencia temporal a los nacionales de países de la Unión Europea y de otros países que hayan sido reducidos a situación de esclavitud o servidumbre o mantenidos en esa situación o hayan sido víctimas de trata (delitos previstos en los artículos 600 y 601 del Código Penal). Según la ley, las víctimas de trata pueden beneficiarse de un programa de tres meses que, cuando proceda, puede extenderse tres meses más. Se les da alojamiento y se les prestan asistencia social y servicios médicos. Después del fin del programa, las personas asistidas pueden seguir recibiendo ayuda conforme al Programa del Artículo 18.

El "Programa del Artículo 18" presta tanto a los nacionales de otros países como a los nacionales de países de la UE un alto nivel de protección social, por ejemplo planes de recuperación individual e integración social, centros de atención residencial a largo plazo, servicios médicos, asesoramiento, asistencia letrada, educación, formación profesional, aprendizajes y colocación laboral. La duración prevista del programa es un año, pero se puede extender si es necesario.

La línea nacional gratuita de ayuda contra la trata permite a las víctimas de trata ponerse en contacto con profesionales que pueden ayudarles a escaparse de los explotadores. Se estableció en julio de 2000 y da información detallada sobre la legislación y sobre los servicios que se prestan a las víctimas de trata en Italia y, previa solicitud, las remite a los proveedores de servicios pertinentes. La información se presenta en los diversos idiomas de los principales grupos destinatarios, entre ellos inglés, albanés, ruso, francés, español, rumano, búlgaro, húngaro y chino. La línea de ayuda gratuita también facilita la formación de redes entre los interesados a nivel nacional y, en particular, remite a las víctimas y posibles víctimas a los servicios adecuados y/o a los proyectos del Artículo 13 y del Artículo 18.

438.Además de las medidas mencionadas, el sistema nacional italiano de asistencia a las víctimas de trata les ofrece la posibilidad de solicitar el regreso seguro al país de origen. El proyecto de Regreso Voluntario Asistido es coordinado y financiado por el Ministerio del Interior y ejecutado por la OIM (Organización Internacional para las Migraciones) con miras a la reintegración de las víctimas de trata en el país de origen. El proyecto se inició en julio de 2001 y ya ha ayudado a más de 200 personas. Este proyecto hace posibles el regreso y la reintegración seguros y humanos de las víctimas de trata dándoles información y asesoramiento y organizándoles el viaje, para reducir la probabilidad de que recaigan en la trata.

439.El sistema nacional de asistencia a la víctima de trata tiene la siguiente estructura.

Primer contacto con la posible víctima de trata o explotación. Derivación de la víctima a los servicios sociales adecuados.

à

Línea telefónica gratuita de ayuda a la víctima de trata

Identificación, evaluación del caso, reducción del daño y primera asistencia

à

"Programas del Artículo 13"

Asistencia a largo plazo, inclusión social de la víctima de trata en Italia

o

regreso de la víctima al país de origen

à

"Programas del Artículo 18"

Regreso voluntario asistido

440.En cuanto a la reunión de datos y al seguimiento, el Departamento de Igualdad de Oportunidades está trabajando en un proyecto de creación de un Observatorio Nacional y una base de datos sobre la trata de seres humanos. El Departamento de Igualdad de Oportunidades puede aportar datos y estadísticas sobre las víctimas o presuntas víctimas de trata que son beneficiarias de los proyectos de primera asistencia y protección social promovidos y cofinanciados por el Departamento. Estas personas (adultos y niños) pueden ser sometidas a trabajo forzado, prostitución forzada y otras formas de explotación (mendicidad forzada, actividades ilegales, etc.).

441.De 2000 a 2011 640 proyectos fueron cofinanciados conforme al artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286/98 y 146 conforme al artículo 13 de la Ley Nº 228/2003. De 2000 y 2010 18.196 personas fueron asistidas por "programas del artículo 18" y 2.191 por "programas del artículo 13", desglosadas como sigue.

Cuadro 16

Proyectos conforme al artículo 13 de la Ley Nº 228/2003, 2006 a 2010

Avisos públicos

Proyectos cofinanciados

Fondos asignados

Aviso 1 de 3 de agosto de 2006

26

2 500 000 euro s

Aviso 2 de 31 de julio de 2007

23

2 500 000 euro s

Aviso 3 de 5 de agosto de 2008

23

2 500 000 euro s

Aviso 4 de 10 de agosto de 2009

25

2 500 000 euro s

Aviso 5 de 9 de agosto de 2010

27

2 500 000 euro s

Aviso 6 de 7 de julio de 2011

22

4 000 000 euro s

Total

146

16 500 000 euro s

Cuadro 17

Proyectos conforme al artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286/98, 1999 a 2010

Avisos públicos

Proyectos cofinanciados

Fondos asignados

Aviso 1 de 10 de diciembre de 1999

48

16 500 millones de liras*

Aviso 2 de 6 de noviembre de 2000

47

7 500 millones de liras**

Aviso 3 de 10 de octubre de 2001

58

7 000 millones de liras***

Aviso 4 de 26 de septiembre de 2002

69

2 480 513 euros

Aviso 5 de 2 de enero de 2004

72

4 131 700 euros

Aviso 6 de 24 de enero de 2005

77

4 272 000 euros

Aviso 7 de 20 de enero de 2006

77

3 861 400 euros

Aviso 8 de 21 de febrero de 2007

42

4 000 000 euros

Aviso 9 de 4 de febrero de 2008

43

4 400 000 euros

Aviso 10 de 10 de febrero de 2009

40

4 600 000 euros

Aviso 11 de 4 de marzo de 2010

40

4 400 000 euros

Aviso 12 de 7 de julio de 2011

27

4 000 000 euros

Total

640

52 155 777 euro s

Cuadro 18

Proyectos conforme al artículo 18 del Decreto legislativo Nº 286/98, 2000 a 2010

Av.1 Marzo 00/01

Av.2 Marzo 01/02

Av.3 Marzo 02/03

Av.4 Mayo 03/04

Av.5 Junio 04/05

Av.6 Junio 05/06

Av.7 Junio 06/07

Av.8 2007-2008

Av.9 2008-2009

Av.10 2009-2010

Total

Número de personas (adultos y niños) que participaron en los programas

1 755

1 836

1 797

1 971

2 039

2 143

1 976

1 172

1 731

1 770

18 190

Número de niños

75

80

70

118

139

266

198

48

nr

nr

994

Cuadro 19

Proyectos conforme al artículo 13 de la Ley Nº 228/2003, 2006 a 2010

Aviso 1 2006/07

Aviso 2 2007/08

Aviso 3 2008/09

Aviso 4 2009/10

Total

Número de personas (adultos y niños) que participaron en los programas

438

452

690

611

2 191

Número de niños

51

40

nr

nr

91

442.En 2011, con miras a aplicar una estrategia nacional más completa contra la trata, el Departamento de Igualdad de Oportunidades, en cooperación con todas las autoridades nacionales dedicadas a esta cuestión y con todos los demás actores públicos y privados pertinentes, empezó a elaborar un Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas. La junta técnica de elaboración del plan de acción nacional contra la trata fue establecida por el Departamento de Igualdad de Oportunidades en 2010 y comenzó a trabajar en enero de 2011. Los representantes de los principales ministerios e instituciones participantes y de la red nacional de ONG que trabajan en la lucha contra la trata (CNCA) participan de manera permanente en las sesiones de trabajo de la junta. El primer borrador del plan debe estar terminado en 2012. El plan tendrá debidamente en cuenta las necesidades especiales de los niños víctimas de trata o explotación y un enfoque de género como cuestiones intersectoriales de la estrategia nacional que se elaborará. El Plan de Acción Nacional también incluirá disposiciones para el establecimiento de un mecanismo nacional oficial de derivación de las víctimas de trata, incluso normas mínimas de protección y el procedimiento operativo normal para la derivación de las víctimas a los proveedores de servicios adecuados.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

a)Derecho a la mejora continua de las condiciones de vida

443.El Instituto Nacional de Estadística (ISTAT), el órgano encargado de seguir la incidencia nacional de la pobreza, considera "familia pobre" una familia compuesta de dos personas que consumen menos de la media de consumo por habitante del país. El Informe de 2005 del ISTAT sobre la pobreza en Italia identificó 2.585.000 familias pobres, o sea más de 7,5 millones de personas que vivían debajo del umbral de pobreza: el 13,1% de la población (11,1% de las familias).

444.Según el umbral definido en 2006, había 2.623.000 familias en pobreza relativa, o sea el 11,1% de las familias residentes, y 7.537.000 personas, o sea el 12,9% de la población.

445.Esta definición difiere de la adoptada a nivel de la Comunidad Europea, donde el umbral (peligro) de pobreza se fija en el 60% de la mediana del equivalente del ingreso disponible. Los datos de Eurostat, basados en un método no comparable con el nacional (en particular porque se basa en el ingreso y no en el consumo), indica una incidencia estable de población de bajos ingresos ("en peligro de pobreza", según la definición oficial) de un 20%.

446.La diferencia entre las tasas de pobreza relativa del sur y las del resto del país es el aspecto más evidente del "modelo de pobreza italiano". La incidencia de pobreza, medida por el indicador nacional, en el sur y las islas (22%) es el doble de la media y casi cinco veces superior a la registrada en el norte (4,7% en Lombardía, 5,0% en el Véneto y 3,9% en Emilia Romaña, frente a 23,0% en Basilicata, 27,8% en Calabria y 28,9% en Sicilia). Esta diferencia ha sido confirmada por una medición y comparación en un marco europeo. Según el indicador europeo de Eurostat con el umbral nacional de la zona de Milán y el de Sicilia, habría una incidencia de pobreza relativa del 7,3% en la primera (bastante inferior a la media europea, tanto de la UE-25 como de la UE-15) y del 46,6% en la segunda: una diferencia de casi siete veces. La diferencia sería aún mayor si se usara un solo umbral de pobreza europeo medido según el ingreso medio de la UE-12.

447.El riesgo de pobreza aumenta con el tamaño de la familia: las familias numerosas están asociadas con alta incidencia de pobreza. La presencia de hijos también es un factor de riesgo. El estudio EU-SILC (European Union Statistics on Income and Living Conditions) en Italia indicó una incidencia del 41% en "las familias con dos adultos y tres o más hijos a cargo", casi el doble de la incidencia media de la UE-15 (22%) y también mayor que la media de la UE-25 (24%).

448.Los niños en pobreza relativa son, según el método nacional, 1.728.000 en Italia, alrededor del 23% de la población pobre, cifra muy superior a la población de referencia (18%), con alta prevalencia de niños (61,2% tienen menos de 11 años) y concentración desproporcionada en el sur, donde viven el 72% de los niños pobres de Italia.

449.La situación de los ancianos es ligeramente diferente: 1.601.000 italianos mayores de 64 años son pobres (2006), con una incidencia (según indicadores nacionales) de cerca del 14%, superior a la de las clases de edad centrales, aunque las tasas están mejorando (‑2/3%) desde el decenio anterior. Incluso en términos comparativos, la posición de Italia ha mejorado: la tasa de pobreza relativa italiana es un 2% menor que la media de la UE-15 para los mayores de 75 años. Aunque la situación es mejor que la de los niños, principalmente gracias a la compensación que ejerce el sistema de seguridad social italiano, el riesgo de caer en la pobreza aumenta con varios factores: parejas ancianas con hijos sin independencia económica (16,7%), progenitor anciano sin pareja (16,8%) y otros tipos de familia con una persona anciana por lo menos (18%).

450.Los niños y los ancianos son dos grupos de personas que, estando lejos de la autonomía financiera o habiéndola perdido por lo menos parcialmente con la jubilación, están gravemente expuestos al riesgo de pobreza.

451.De acuerdo con lo que el Consejo Europeo requiere de todos los Países Miembros, los gobiernos de Italia, desde 2006, han adoptado el objetivo de renovar las políticas de inclusión encaminadas a aumentar la equidad social. El compromiso se formalizó en el Informe Estratégico Nacional 2006-2008, pero tuvo que sujetarse a la necesidad, recordada por la misma Comisión Europea, de planificar políticas para la consolidación de la deuda del país. Por tanto, las medidas adoptadas se caracterizaron principalmente por decisiones económicas y fiscales destinadas a lograr un déficit cero en 2011 y una reducción de la deuda a menos del 100% del PIB el mismo año. Por consiguiente las políticas de lucha contra la pobreza se pusieron en un contexto de control del gasto público y revisión del sistema tributario con el fin último de aumentar la equidad social. Estas metas se reconfirmaron en 2008, cuando el nuevo gobierno declaró que el efecto de la crisis económica dificultaba el progreso en materia de deuda pública a causa de la baja del PIB.

452.Cabe notar que estas intervenciones, principalmente regulatorias, incluyen las responsabilidades de los diversos niveles de gobierno y, en algunos casos, de las organizaciones del tercer sector, las organizaciones voluntarias y las partes sociales. Estas iniciativas son de particular importancia porque se dirigen a nuevos métodos de intervención, que prevén para los próximos años un ejercicio cada vez mayor de formas de gobernanza que, gracias a un acuerdo entre los diferentes niveles de gobierno (Estado, regiones, autoridades locales), tienen objetivos comunes, directrices homogéneas y mecanismos para seguir y controlar las actividades y medidas relacionadas con las políticas de lucha contra la pobreza y la exclusión social.

453.Por tanto, con el Informe Estratégico Nacional 2008-2010 el Gobierno de Italia se propuso una tarea compleja, mediante la cual Italia piensa reformar su modelo de seguridad social a fin de aumentar la centralidad del individuo y sus proyecciones relacionales, empezando por la familia. Una seguridad social de oportunidades, capaz de mantener y reforzar su autosuficiencia, con ofertas personalizadas y diferenciadas, que fomente conductas y estilos de vida responsables y útiles. Durante el actual mandato, conforme a las estrategias indicadas en el Libro Blanco presentado en el primer semestre de 2009, el Gobierno se propone los siguientes objetivos:

a)Superar el fracaso y el desperdicio del modelo de seguridad social actual;

b)Elaborar un nuevo modelo que apoye a las personas durante todo el ciclo vital; un sistema de seguridad social universal, selectivo y personalizado, que mida la eficacia de sus políticas para la juventud, la mujer y la persona con discapacidad según una verdadera igualdad de oportunidades;

c)Rediseñar un modelo de gobernanza que asegure un gobierno central renovado y autorizado encargado de dirigir, apoyando a las instituciones locales y a las organizaciones intermedias en la prestación de servicios, según normas de calidad y niveles mínimos de rendimiento y los principios de subsidiariedad, diferenciación y responsabilidad.

454.Esta reorientación del sistema de seguridad social no debe conducir a una reducción del gasto social, sino a una mejor asignación de los recursos, a fin de ofrecer más equidad y eficiencia en el fomento de la natalidad, eliminar obstáculos y facilitar la movilidad en la lucha contra la discriminación y la pobreza. También se dedicará un gran esfuerzo a la cuestión de la pobreza extrema: el objetivo es asegurar una mejora tangible de las condiciones de vida de los que padecen marginación grave o falta de hogar.

455.En este contexto se deben poner las medidas que se tomaron a partir de 2006, y en particular las destinadas a sostener los ingresos de la familia:

a)Ayuda para financiar el costo de los hijos: con la Ley de presupuesto de 2007 se dispuso un aumento inicial de los subsidios familiares basado en los ingresos familiares y el número de hijos. El subsidio se aumentó en la Ley de presupuesto de 2008, que introdujo una deducción de 1.200 euros para los hogares con cuatro hijos o más.

b)Bonificación para las personas necesitadas: además de la deducción de 1.200 euros mencionada, se aplicó a estas personas, con respecto al requisito de ingresos mínimos, una medida excepcional sobre los ingresos de 2006, que consistió en una bonificación de 150 euros para la cabeza de familia y para cada miembro a cargo.

c)Ayuda para los jubilados: conforme al Protocolo de Seguridad Social (firmado entre el Gobierno y las partes sociales en julio de 2007) se introdujo un "décimo cuarto mes" para los jubilados de bajos ingresos (654 euros por mes). Aprovecharon esta medida 3,5 millones de jubilados mayores de 64 años. El mismo Protocolo, desde 2008, también aumenta las pensiones de los jubilados mayores de 70 años y las de los mayores de 60 años inválidos por sordera o ceguera. Por tanto los ingresos mensuales se fijan en 508 euros.

d)Medidas de ayuda para financiar los gastos de vivienda: la Ley de presupuesto de 2008 aumentó la deducción del ICI (Imposta Communale sugli Immobili – impuesto municipal a la propiedad inmobiliaria) para la primera residencia, con lo cual se eliminó esencialmente el impuesto sobre la primera vivienda para los ingresos más bajos. En 2008 la primera medida de la nueva legislatura, destinada a proteger los ingresos, abolió completamente el ICI. En cuanto a los inquilinos, se introdujo una deducción anual de 300 euros para las personas con un ingreso anual de 15.494 euros o menos, y una deducción anual de 150 euros para las personas con un ingreso anual entre 15.494 y 30.987 euros. Esta medida incluye un reembolso para las personas necesitadas. Además, los inquilinos jóvenes (entre 20 y 30 años) que ganen menos de 15.000 euros anuales tienen derecho a una deducción de 1.000 euros por año, y para los que ganen entre 15.000 y 30.000 euros la deducción llega hasta 5.000 euros.

e)Desgravación fiscal de las horas extraordinarias: a fin de aumentar la productividad del trabajo y los salarios en el sector privado, junto con la medida sobre los gastos de vivienda se fijó un período de prueba (del 1 de julio al 31 de diciembre de 2008) para una reducción del 10% de los impuestos sobre los ingresos y los impuestos regionales y locales adicionales, dentro de un límite de 3.000 euros, sobre la remuneración bruta de la empresa por concepto de horas extraordinarias, aumentos adicionales de la productividad, innovación y eficiencia organizativa y otros elementos relacionados con la viabilidad económica y la competitividad de la empresa. Las disposiciones son experimentales y son aplicables solo al sector privado y a las personas con ingresos del trabajo no superiores a 30.000 euros (en 2007). (Esta legislación tiene en cuenta la Directiva Europea 93/104/CE, de 23 de noviembre de 1993, que fijó el horario de trabajo en 48 horas por semana, incluidas las horas extraordinarias, y la Directiva 2003/88/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 4 de noviembre de 2003, hoy en vigor).

f)Protección de los trabajadores desempleados: el mencionado Protocolo de Seguridad Social también se refería a los subsidios de desempleo no agrícola (duración y cuantía). La duración del subsidio con requisitos completos se elevó a 8 meses para los menores de 50 años y a 12 para los mayores de 50, un aumento de 2 y 3 meses respectivamente. La cuantía del subsidio se aumentó a 60% del último salario percibido en los primeros seis meses, 50% del percibido en los dos meses siguientes y 40% del percibido en los meses restantes. El subsidio para los trabajadores con trabajo irregular o desempleados (inscritos en el INPS que no han llegado al nivel mínimo de aportaciones) se elevó de 30% a 35% del salario percibido en los primeros 4 meses y a 40% del percibido en los dos meses siguientes. La aportación teórica está totalmente asegurada (basada en el salario que el trabajador había percibido antes) durante todo el período del subsidio.

g)Proyecto Tarjeta de Compra, que puede ser solicitada por los ciudadanos que padecen mayor dificultad económica: las personas mayores de 65 años y las familias con hijos de 3 años o menos con ingresos anuales de 6.000 euros. Para los mayores de 70, el límite de ingresos es 8.000 euros. La Tarjeta de Compra, por un lado, funciona como una tarjeta de débito ordinaria para comprar alimentos o productos farmacéuticos y pagar los servicios públicos del usuario doméstico y, por otro, da derecho a descuentos del precio de alimentos o productos parafarmacéuticos, determinados por acuerdo entre el Gobierno y los principales productores y distribuidores de alimentos. La Tarjeta vale 480 euros por año y se le acreditan 80 euros cada dos meses, según los créditos disponibles. El programa de la Tarjeta de Compra funciona desde el 1 de diciembre de 2008, y desde entonces se han acreditado 500.000 tarjetas. Tras la activación del programa, las autoridades territoriales (regiones y ciudades) se han propuesto sumarse a la iniciativa, aportando fondos para aumentar el beneficio económico para los ciudadanos que residen en su territorio.

h)Subsidio Familiar: está destinado a un gran número de jubilados y familias con hijos a cargo. El Subsidio va de un mínimo de 200 euros a un máximo de 1.000 euros, distribuidos según los ingresos. Tienen derecho al Subsidio las familias de empleados con hijos y los jubilados con ingresos anuales de 22.000 euros o menos. Para las familias que tienen un miembro con discapacidad, el límite es 35.000 euros. El Subsidio Familiar puede sumarse a la Tarjeta de Compra y se entrega mediante una deducción de impuestos. La cuantía del Subsidio es 200 euros si el hogar está formado por una sola persona con ingresos no superiores a 15.000 euros por año; 300 euros si está formado por dos personas con ingresos de 17.000 euros por año; 450 euros si está formado por tres personas con ingresos de 17.000 euros por año; 500 euros si está formado por cuatro personas con ingresos de 20.000 euros por año; 600 euros si está formado por cinco personas con ingresos de 20.000 euros por año; y 1.000 euros si está formado por cinco o más personas con ingresos de 22.000 euros por año. La solicitud debe dirigirse a la Dirección Impositiva y el plazo para presentarla se prorrogó del 31 de enero al 28 de febrero. Para esta medida se han asignado 2.400 millones de euros.

i)Fondo de Crédito para Recién Nacidos: es una garantía bancaria que se ofrece a los padres con un hijo recién nacido o recién adoptado en el año de referencia que solicitan un préstamo bancario. Para 2009 el fondo se aumentó en 10 millones de euros, que se asignarán a familias que tengan hijos, incluidos los adoptados, con enfermedades raras. Además, las familias con hijos de 3 meses o menos que tienen derecho a la Tarjeta de Compra también tienen derecho a una contribución para comprar leche maternizada y pañales. El límite del gasto es 2 millones de euros.

j)Garantía para los que tienen una hipoteca de tasa variable: la parte fija de la tasa de hipotecas de tasa variable (indizadas y de tasa mixta) cobrada al prestatario se calcula según la tasa más alta entre el 4% y la fijada en la fecha del contrato. El resto lo paga el Estado, que ha asignado 350 millones de euros a esta partida. La medida es aplicable a la compra y construcción de la residencia principal, firmada por la persona antes del 31 de octubre de 2008.

k)Fondo de Solidaridad Social para préstamos para la compra de la primera vivienda, con un presupuesto, para 2008 y 2009, de 10 millones de euros. Los beneficiarios de la ayuda son personas que, en el momento de la solicitud, han obtenido un préstamo para comprar una vivienda situada en el territorio nacional que se usará como residencia principal. El acceso al fondo para suspender los pagos se puede conceder no más de dos veces en un período de no más de 18 meses durante la ejecución del contrato. El contrato de préstamo y las garantías concedidas duran un período equivalente al período de suspensión. Al fin de la suspensión se reanuda el pago de las cuotas conforme a las cantidades y a la frecuencia previstas originalmente en el contrato, salvo pacto en contrario entre las partes tras renegociación de las condiciones del contrato.

l)Subvención de las tarifas del suministro doméstico de gas y electricidad. El mecanismo aporta una subvención dentro del número total de usuarios de los servicios públicos de gas y electricidad. Los beneficiarios de la subvención son los hogares cuyo ISEE (indicador de la situación económica equivalente) asciende a 7.500 euros o menos (que es exactamente el mismo umbral ya vigente para el descuento de la tarifa eléctrica). La Dirección calcula que pueden reunir los requisitos 3,5 millones de hogares. Todos contribuyen a la subvención: tanto los hogares con un ISEE de más de 7.500 euros como los clientes no residenciales, o sea las empresas.

456.Con referencia específica a las personas que viven en pobreza extrema y sin vivienda, el Gobierno solicitó un compromiso que el Parlamento Europeo aprobó con la Declaración por escrito 0111 en 2007, que insta a todos los niveles de las instituciones de la UE y los Estados miembros a tomar medidas para poner fin al problema de las personas sin hogar antes del fin de 2015. El mismo Libro Blanco del Gobierno dice que el Gobierno tiene que entender y combatir la pobreza extrema y la exclusión. En particular, en vista de que 2010 ha sido designado por la Comisión Europea "Año Europeo contra la Pobreza", el Gobierno de Italia se propone adoptar un plan global de lucha contra la pobreza extrema, que parta de la mejora de las actividades de investigación en curso y de una cooperación más estrecha con todas las instituciones y particulares.

b)Derecho a vivienda adecuada

457.Con respecto a la inclusión social de los inmigrantes y los romaníes, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social definió programas, para los cuales ya se gastaron recursos específicos en 2007 y 2008, sobre tres esferas principales: idioma italiano, el primer paso hacia la integración plena; trabajo regular, porque garantiza derechos y protecciones y es un medio de integración de los inmigrantes en el contexto socioeconómico en que viven; y vivienda, en la creencia de que es necesaria para asegurar condiciones de vivienda dignas y para combatir ciertas formas de discriminación:

a)Enseñanza del idioma italiano, con prioridad para los alumnos de inmigración reciente e intervenciones con participación de los padres y las familias inmigrantes en las actividades y la orientación educativas de los alumnos extranjeros, a fin de promover el diálogo intercultural entre los alumnos italianos y los alumnos extranjeros y sus familias;

b)Acceso a un trabajo regular, con especial atención a las mujeres inmigrantes (la parte débil de la población inmigrante), mediante la creación de programas de promoción social y económica de las mujeres inmigrantes en condiciones difíciles, incluidas la formación, la orientación y la integración en los lugares de trabajo y la protección contra todas las formas de discriminación de género y étnico-racial;

c)Acceso a la vivienda, mediante medidas de recuperación de zonas y barrios degradados, renovación de viviendas abandonadas, construcción de viviendas de transición, fortalecimiento de la práctica de la asociación público-privada destinada a aumentar la oferta de vivienda, lucha contra la discriminación, concienciación pública e iniciativas de recepción, información y orientación.

458.Por último, se reconstituyó la Consulta que trata los problemas de los inmigrantes extranjeros y sus familias y representa un foro permanente para el diálogo y el intercambio de opiniones entre el gobierno central y todas las partes interesadas, y también sirve de observatorio de los procesos de integración del país.

459.En cuanto a las actividades de investigación, el Gobierno está tratando de alcanzar en los tres años próximos los objetivos del plan de investigación, dirigido en particular a establecer un marco para el conocimiento detallado de las personas sin hogar en todo el territorio italiano. Se decidió iniciar una investigación cuantitativa con el ISTAT, Cáritas y la federación de organizaciones del sector (FIO.psd, la dirección italiana de FEANTSA (European Federation of National Organisations Working with the Homeless – Federación Europea de Organizaciones Nacionales para las Personas sin Hogar)) a fin de llenar las lagunas de información que subsisten sobre las personas que viven en pobreza extrema y sin hogar y profundizar el análisis de este fenómeno en nuestro país. El estudio se centra en el conocimiento completo de las estadísticas, el análisis de las necesidades, las causas y el progreso de las "carreras de la pobreza" y en los servicios que se ofrecen a estos grupos. Al mismo tiempo se inició una investigación etnográfica en las cinco ciudades más grandes (Milán, Génova, Bolonia, Roma y Bari) sobre las condiciones de la vida cotidiana de las personas sin hogar, su dinámica de supervivencia y su relación con la realidad, con su espacio y especialmente con los servicios de primer asilo. El objeto de este estudio es exponer el fenómeno para elaborar políticas, medidas y proyectos encaminados a mejorar las condiciones de vida de estas personas (el estudio, que está a cargo de centros de investigación y de las principales universidades italianas, comenzó en enero de 2008 y todavía está en curso).

460.Las personas sin hogar son un grupo objetivo sobre el cual el Gobierno de Italia se propone ejercer una acción convergente de medidas e intervenciones, a fin de mejorar los instrumentos para tratar este problema. En este sentido, se promueven experiencias de observadores locales, ya establecidos y financiados con recursos de la UE y locales, fomentando el fortalecimiento de la red y el papel de los individuos como incentivos para la formulación de políticas regionales adecuadas. Conforme a la propuesta de la Asociación de Municipios Italianos (ANCI), se aplicará en todo el país una ley general sobre la residencia registrada (iniciativa ya ejecutada en algunos de los principales municipios italianos), a fin de permitir el acceso a derechos y la entrada en el sistema para intervenciones de apoyo e inclusión (por ejemplo, la extensión a esas personas de las medidas de lucha contra la pobreza, como la Tarjeta de Compra ya mencionada). Esto podría convertirse en una plataforma de acceso a un espectro aún más amplio de prestaciones y servicios, que se configurara como vía de reintegración.

461.Ciertamente se puede decir que en los últimos años se ha prestado más atención a los diversos niveles y formas de pobreza. Los diversos gobiernos han empezado a tomar nota de que ciertas medidas que solo han logrado tener a raya el problema son insuficientes para producir un cambio firme y estable. De ahí la necesidad de garantizar a cada uno el derecho a un servicio "universal", vinculado en un sentido más amplio con los servicios sociales básicos, con el desarrollo de redes de solidaridad, con una perspectiva de subsidiariedad vertical y horizontal que abarque las asociaciones y la sociedad civil y con el fomento de la cohesión social de los individuos capaces de activar la solidaridad entre las generaciones y promover la inclusión de individuos y grupos en peligro de exclusión.

462.En cuanto a la cuestión de los niños, en los años 2000-2007 se hicieron algunos trabajos considerables de reunión de datos e investigación sobre los niños de familias económica y socialmente desfavorecidas. Las más importantes de estas actividades pueden clasificarse en dos grandes categorías, la de la pobreza y la exclusión social y la de los niños sin familia.

463.Ya se ha indicado que en Italia las estrategias para combatir la pobreza y la exclusión social de los niños están contenidas en el Plan de Acción Nacional de Ayuda al Niño y al Adolescente y en el Plan de Acción Nacional contra la Pobreza y la Exclusión Social.

464.El esbozo del Tercer Plan de Acción Bienal de intervención para proteger los derechos y el desarrollo del niño, que ya está terminado y sometido al examen de la Comisión Bicameral del Niño, demuestra que la lucha contra la pobreza es un objetivo que debe elaborarse en una serie de metas y actividades para eliminar los obstáculos económicos y sociales al pleno desarrollo de la persona y para permitir el ejercicio del derecho irrestrictible a una existencia libre y digna. Esas metas y actividades abarcan las transferencias a las familias, políticas activas de intervención en el mercado de trabajo, servicios amplios de conciliación, reducción del costo de los servicios médicos y el trabajo doméstico, apoyo a la familia y acceso a educación gratuita y de buena calidad.

Artículo 12Derecho a la salud

a)Mutilación genital femenina (MGF)

465.Según una encuesta de 2009 encargada por el Departamento de Igualdad de Oportunidades (DIO), en Italia unas 35.000 mujeres inmigrantes —la mayoría de ellas procedentes de países del África subsahariana— habían sufrido alguna forma de MGF, antes de emigrar a Italia o cuando habían regresado al país de origen o en Italia. En vista de que hay unas 4.600 muchachas menores de 17 años procedentes de países en que se practica la MGF y las posibles víctimas son un 22%, unas 1.000 corren riesgo de sufrir esta práctica nociva.

466.De conformidad con la Declaración y Plataforma de Acción de Beijing de 1995, el Gobierno de Italia tomó las medidas legislativas necesarias para prevenir, combatir y castigar esta práctica sancionando el 9 de enero de 2006 la Ley Nº 7, titulada "Disposiciones relativas a la prevención y prohibición de la práctica de la mutilación genital femenina".

467.Esta ley tiene por objeto la prevención, el cuidado y la rehabilitación de las mujeres y niñas que han sufrido la MGF. Por tanto está encaminada a castigar prácticas tradicionales nocivas que afectan a las niñas, a las adolescentes y a las mujeres.

468.La ley no solo prohíbe la MGF, sino también prescribe una serie de medidas preventivas, servicios de apoyo a las víctimas de la MGF y actividades de información y formación.

469.En efecto, la ley prevé las siguientes medidas:

Un número de teléfono gratuito 800 300 558, creado dentro del Ministerio del Interior (véase el artículo 5 de la ley). Está destinado a recibir denuncias de quienquiera que advierta casos de MGF en el territorio nacional y a dar información sobre las organizaciones de beneficencia, ONG y centros médicos que trabajan en las comunidades de inmigrantes procedentes de países en que la práctica es común.

Campañas de información sobre los derechos humanos fundamentales encaminadas a informar sobre la prohibición de la práctica en Italia (véase el artículo 3 de la ley). Se asignó un papel estratégico en la prevención y la represión de la MGF a la Ministra de Igualdad de Oportunidades. Entre las actividades desarrolladas estuvo la elaboración de un folleto y un cartel para desalentar la práctica recordando las normas internacionales y las disposiciones penales pertinentes. El folleto, que se distribuyó a las prefecturas, a las oficinas de la policía de fronteras, a los centros de recepción y a las oficinas de inmigración de las comisarías de policía, se elaboró consultando y pidiendo contribuciones a las asociaciones de inmigrantes, a las ONG pertinentes, a médicos y a antropólogos, que aportaron sugerencias valiosas para producir un folleto breve y eficaz de efecto inmediato.

Iniciativas de concienciación, en colaboración con centros médicos, organizaciones voluntarias y organizaciones sin fines de lucro, además de cursos de información para embarazadas infibuladas. También se ha encargado al Ministerio la organización de cursos de formación pertinentes para maestros (dado el papel que la educación y el sistema escolar pueden desempeñar en la promoción y difusión del conocimiento de los derechos de la mujer y la niña).

470.Además, el primer "Plan nacional para combatir la violencia contra la mujer y el acecho", aprobado el 11 de noviembre de 2010, menciona expresamente en el preámbulo la lucha contra la MGF.

471.Para cumplir y coordinar mejor las tareas asignadas por la ley, en 2006 la Ministra de Igualdad de Oportunidades creó, por el Decreto Ministerial de 16 de noviembre de 2006, la Comisión Interministerial de Prevención y Lucha contra la Práctica de la Mutilación Genital Femenina.

472.En enero de 2007 la Comisión aprobó el primer Plan Estratégico destinado a programar iniciativas y medidas para combatir estas prácticas tradicionales nocivas. El Plan Estratégico condujo a un Aviso Público publicado en agosto de 2007 encaminado a financiar proyectos para prevenir y combatir la MGF.

473.Sobre la base de la experiencia adquirida con la ejecución de los proyectos mencionados, en enero de 2011 la Comisión aprobó el segundo Plan Estratégico para prevenir y combatir la MGF, después de la validación y un acuerdo de la Conferencia Estado-regiones. Se han asignado a esta iniciativa futura 3 millones de euros.

474.El mandato de la Comisión ha expirado, pero está en marcha el proceso de nombrar los nuevos miembros de la Comisión.

475.En agosto de 2007 se publicó un Aviso Público encaminado a financiar proyectos para prevenir y combatir la práctica de la mutilación genital femenina en tres campos: proyectos de actividades y de investigación, campañas de concienciación y cursos de formación. El Aviso Público acepta solicitudes de regiones, autoridades locales y administraciones del Servicio Médico Nacional, además de solicitudes de asociaciones del tercer sector y organizaciones sin fines de lucro que tengan por objeto principal la protección de la salud o los derechos humanos de los inmigrantes. El DIO asignó a esta iniciativa 4 millones de euros.

476.Entre las intervenciones pertinentes ejecutadas y financiadas por el DIO a nivel nacional, cabe mencionar las siguientes:

La campaña nacional "Nadie excluido" organizada por la asociación local Almaterra, financiada por el DIO mediante el Aviso Público de 2007 y dirigida a los padres de las inmigrantes.

La organización de cursos de formación dirigidos a los maestros y mediadores culturales en colaboración con las asociaciones que trabajan en este campo y financiados por el DIO mediante el Aviso Público de 2007.

La campaña nacional "END FMG", apoyada por la Ministra de Igualdad de Oportunidades y organizada por Amnistía Internacional. La red END FMG elaboró una estrategia para las instituciones europeas y el Gobierno nacional encaminada a acelerar la eliminación de la mutilación genital femenina para los inmigrantes que viven en Europa.

477.Además, por el Decreto Ministerial de 23 de octubre de 2008, se creó una Comisión de Estudio del Derecho a la Salud en el Departamento de Igualdad de Oportunidades. La Comisión vigila la situación en esta materia y presenta propuestas destinadas a garantizar que todos los ciudadanos reciban trato igual y tengan acceso igual a los servicios médicos sin discriminación. También tiene la función de poner de relieve las medidas positivas de fomento de la igualdad de oportunidades para las mujeres inmigrantes y presentar propuestas para la ejecución de un programa de protección de las mujeres y los niños y sobre medidas para garantizar la igualdad de derechos en materia de salud de las personas vulnerables, los ancianos y los que padecen enfermedades neoplásicas. También será objeto de estudio e intervención la cuestión de los trasplantes de órganos. Además, la Comisión promueve una cultura de salud y prevención, mediante campañas de información y actividades de concienciación.

478.Se están elaborando tres proyectos de estudio y análisis en materia de salud, financiados por el Departamento de Igualdad de Oportunidades y encargados a instituciones de investigación conforme a las solicitudes de la Comisión de Estudio del Derecho a la Salud.

479.Las investigaciones en curso se refieren a los siguientes temas:

Acceso de las mujeres inmigrantes a la atención médica;

Protección de las madres niñas y reducción del número de operaciones cesáreas;

Estigma de la ansiedad y otras enfermedades mentales.

480.La Ministra interina de Igualdad de Oportunidades firmó un Memorando de Entendimiento con el Instituto Nacional de Seguridad Social (INPS), el Instituto Nacional del Seguro contra Accidentes de Trabajo (INAIL), el Instituto de Asuntos Sociales (IAS) y la Fundación Italiana para la Endometriosis, encaminado a aumentar la conciencia pública de la endometriosis (enfermedad que afecta a tres millones de mujeres en Italia) mediante campañas de información destinadas a llamar la atención de la población femenina sobre esta enfermedad y fomentar la detección temprana y mediante la creación de un grupo técnico en el Ministerio, el apoyo a la investigación científica y programas de asistencia especiales para ayudar a las enfermas, que a menudo son víctimas de discriminación, a volver al mercado de trabajo.

481.La campaña de información, que se desarrolló en 2011 y se difundió por los principales medios de información nacionales, suscitó mucho interés, como demuestran las muchas cartas y mensajes de agradecimiento recibidos por el Departamento.

482.Por otra parte, el Departamento de Igualdad de Oportunidades destinó 2 millones de euros a financiar proyectos y capacitación para los médicos que trabajan en salas de pediatría, mediante el Aviso Público publicado en el Diario Oficial Nº 300, de 24 de diciembre de 2008, sobre actividades experimentales destinadas a apoyar a las asociaciones del tercer sector dedicadas a la terapia del payaso. El Departamento de Igualdad de Oportunidades también se propone promover medidas para los niños hospitalizados.

Artículo 13Derecho a la educación

483.Se expedirá un decreto interministerial del Ministerio de Educación y el Ministerio de Salud con disposiciones actualizadas sobre la educación en el hogar de los alumnos con enfermedades que les impiden temporalmente asistir a la escuela. Este decreto contiene indicaciones sobre las esferas de aplicación, las condiciones para la prestación del servicio, la formación de los maestros, la integración con la información y la comunicación, la evaluación de la intervención domiciliaria, los acuerdos y la sinergia interinstitucionales y la organización de redes y servicios.

a)Proyecto "Lenguas de enseñanza y plan de estudios plurilingüe e intercultural"

484.A fin de concretar el enfoque educativo, intercultural y lingüístico propuesto en el Foro Intergubernamental celebrado en Ginebra en noviembre de 2010, se inició en Italia un proyecto de acción e investigación en todo el contexto nacional para elaborar y probar un plan de estudios plurilingüe e intercultural en las escuelas del primer ciclo de la enseñanza.

485.Actividades para la recepción e integración de alumnos de ciudadanía no italiana, Oficina de Integración de Extranjeros, MIUR (Ministero dell ' Istruzione, dell ' Università e della Ricerca – Ministerio de Educación, Universidad e Investigación). Principios generales y legislación: 1 2006: las "Directrices para la recepción e integración de alumnos extranjeros", Circular Ministerial Nº 24 de 1 de marzo de 2006, resumen las recomendaciones para organizar las medidas de inclusión de los alumnos extranjeros. Este documento, que tiene principalmente fines prácticos, ofrece un denominador común concreto, a partir de las buenas prácticas de las escuelas, que se propondrá a todo el sistema escolar. Empieza a definir el tema de la fuerte presencia de alumnos extranjeros, que después se desarrolla en la Circular Ministerial (CM) sobre la inscripción de 15 de enero de 2009, en la de 15 de diciembre de 2007 y especialmente en la CM Nº 2, de 8 de enero de 2010.

b)Política italiana de escuela intercultural

486.La vía italiana para la escuela intercultural y la integración de los extranjeros fue elaborada por el Observatorio Nacional para la Integración de los Extranjeros y la Educación Intercultural, creado en diciembre de 2006 en el Ministerio de Educación. El título del documento reúne dos dimensiones complementarias: la "intercultural", que abarca todos los alumnos y todas las disciplinas, mediante los estilos de conocimiento y aprendizaje, y la de "integración", es decir, el conjunto de medidas y actividades específicas para la recepción y el aprendizaje del idioma, dirigidas en particular a los alumnos de inmigración reciente. El documento enuncia 4 principios y 10 actividades. Dos de estas se han iniciado: la dirección de escuelas en contextos multiculturales, mediante talleres nacionales de formación centrados en la metodología para el debate y el intercambio de experiencias entre ejecutivos: Rímini, mayo de 2007; Turín, noviembre de 2007; Milán, abril de 2008; Abano Terme, mayo de 2009; Riccione, octubre de 2010; y el plan nacional de enseñanza del italiano como segundo idioma a los alumnos de inmigración reciente.

487.El plan nacional para la enseñanza del italiano como segundo idioma (destinado especialmente a los alumnos de inmigración reciente del primero y el segundo ciclo de la escuela secundaria, según el modelo francés NAI ENAF) fue preparado por el Observatorio Nacional para la Integración de los Extranjeros y financiado dentro del programa "Escuelas Abiertas" para 2009.

488.Se financiaron 1.000 proyectos, con la participación de 3.000 maestros, 400 proyectos en colaboración con autoridades locales en campamentos escolares y 100 en campamentos de verano.

"Directrices y recomendaciones para la integración de los alumnos de ciudadanía no italiana" (Circular Ministerial Nº 2, 8 de enero de 2010). Este documento trata la cuestión de la distribución de los alumnos no italianos en clases y escuelas de contexto muy multicultural. Se introduce la cuestión del manejo del "techo" del 30% de alumnos extranjeros en las clases.

Encuesta de la Comisión de Educación y Cultura de la Cámara de Diputados sobre "cuestiones relacionadas con la aceptación de alumnos no italianos" e "intervenciones financieras para la ampliación y calificación de la educación inclusiva para alumnos inmigrantes o hijos de inmigrantes y para la promoción de la dimensión intercultural del conocimiento" (Cámara de Diputados, 20 de enero de 2011, Nº 4018).

Otras iniciativas: entre octubre de 2010 y marzo de 2011 se celebraron tres seminarios nacionales de formación para directores de escuela: "La dirección de escuelas en contextos multiculturales", en Riccione, 4 a 6 de octubre; para maestros de escuelas con alumnos romaníes, el seminario nacional "Niños romaníes, alumnos romaníes. Escuela, idiomas, culturas", en Gardone Riviera (Brescia), 18 a 20 de octubre; el seminario nacional, reservado para los coordinadores regionales y provinciales de redes de escuelas, "En la escuela del Mediterráneo", Aci Castello (Catania), 9 a 11 de febrero de 2011; el proyecto nacional "En las orillas de la intercultura", enfoque intercultural de las disciplinas (matemáticas, geografía, literatura, música, etc.), año lectivo 2010/11, para las escuelas primarias y las escuelas secundarias del primer ciclo, en colaboración con las oficinas de educación del Piamonte, el Véneto y el Lacio y con el apoyo del Ministerio del Interior (Fondo Europeo para la Integración de Ciudadanos de Terceros Países).

Colaboración con el Centro de Estudios Alberto Manzi y con el Comité Italia 150. Conferencia nacional sobre el tema de la historia e historias del analfabetismo, Turín, septiembre de 2011, y una serie de iniciativas relacionadas con la figura de Alberto Manzi, dentro de las actividades de celebración del sesquicentenario de la unificación de Italia, marzo a noviembre de 2011. En colaboración con la provincia de Milán, un seminario nacional sobre el tema de la no ciudadanía con estudiantes italianos de los institutos técnicos y profesionales de Milán, 22 a 24 de octubre. "El interculturalismo en las Tierras Medias", 22 y 23 de septiembre, en Isernia (Molise). El tema de la escuela y la interculturalidad en la Italia central: aldeas, pueblos, valles. Proyecto nacional "La Italia de los cuentos de hadas. Viajes con cuentos populares italianos de Ítalo Calvino" (como son cuentos de hadas "italianos" reunidos por Calvino, ¿cuáles son las semejanzas y los intercambios con otros países y culturas?), año lectivo 2010/11, para las escuelas primarias y las secundarias del primer ciclo, en colaboración con el Comité Italia 150 y la Asociación Italiana de Bibliotecas.

489.En 2011 el Departamento de Igualdad de Oportunidades consolidó los resultados obtenidos mediante el proyecto "Mujeres, política e instituciones – vía de formación para la promoción de la cultura de género y la igualdad de oportunidades", iniciado en 2005, aumentando su eficacia sobre la base de las mejores prácticas anteriores y promoviendo otras iniciativas educativas a fin de difundir la cultura de género en las instituciones pertinentes y aumentar y hacer más específica la participación de la mujer en todos los aspectos de la vida.

490.Además de los cursos ordinarios de alto nivel que se dan y se darán hasta 2013 en las principales universidades italianas, se promueven pasantías e intercambios de experiencia sobre la cultura y los derechos de la mujer en las oficinas públicas e institucionales y también en el extranjero.

491.Otro proyecto, concluido en 2005, fue " Europe pour les femmes ", dirigido a promover el principio de la democracia y la representación igual de mujeres y hombres, en el sector público y en el privado, en la adopción de decisiones a nivel local, nacional y europeo en economía, política y finanzas. La lucha contra los estereotipos de género que impiden el acceso de las mujeres al proceso de adopción de decisiones permite mejorar el funcionamiento del Gobierno en todos los niveles.

C.Otros elementos relativos a las observaciones finales

Romaníes y sinti

492.Se cree que, en un contexto histórico en que se debaten las políticas de seguridad y las políticas de integración, deben tener un papel principal el fortalecimiento del diálogo interinstitucional para promover la inclusión de la población romaní y la estimulación de una cooperación más efectiva entre la sociedad civil, las instituciones y la comunidad romaní, y también la concienciación de la comunidad mediante la elaboración de medidas para combatir los estereotipos y prejuicios contra estas comunidades.

493.En el Marco Estratégico Nacional de los Fondos Estructurales para el período 2007‑2013, se programaron planes de acción que incluyen medidas estructurales a favor de la comunidad romaní con financiación del FSE y el FEDER, acordadas con las autoridades administrativas pertinentes.

494.Mediante la identificación, el análisis y la transferencia de buenas prácticas sobre no discriminación con un enfoque de puntos de referencia, el objeto es establecer un sistema que reúna en una red —que incluya todos los actores pertinentes en los niveles institucional, europeo, nacional y regional— las prácticas elaboradas dirigidas a superar las diversas formas de discriminación. El propósito es ayudar a difundir y transferir experiencias y aumentar los conocimientos sobre temas determinados y la comparación entre las regiones de Europa.

495.En este sentido, desde enero de 2008 Italia es miembro de la Red Europea para la Inclusión Social de la Población Gitana EUROMA (http://www.euromanet.eu/), patrocinada por la Unidad del FSE del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España. Italia, junto con doce países, participa en el Comité de Dirección de la Red. La Red tiene por objeto aumentar el uso de los fondos estructurales por las instituciones locales para la inclusión social de la comunidad romaní y dar orientación a los encargados de formular políticas para planificar intervenciones más eficaces, promoviendo el intercambio de buenas prácticas e información sobre las iniciativas en curso entre los dedicados a la cuestión romaní.

496.Con este fin, el Director General de Políticas de Orientación y Formación (POF) promovió la creación de una junta nacional, a la cual pertenecen hoy varias administraciones nacionales y regionales, que tiene por objeto compartir información sobre las iniciativas ejecutadas en Italia para los romaníes y fomentar la cooperación entre los que participan de diversas maneras en la elaboración y aplicación de estrategias para promover la inclusión de esta comunidad.

497.Por tanto la junta puede servir de órgano para dar más coherencia y unidad a la experiencia en este campo con diversas formas de financiación, que se recuperarán como parte de la Red Europea para la Inclusión Social de la Población Gitana en el marco de los Fondos Estructurales (EUROMA). De hecho, los Estados miembros tienen la responsabilidad principal de las políticas específicas en las esferas estratégicas de la integración: el empleo, la inclusión social y la educación.

498.Para más información sobre las reuniones y los documentos respectivos de la Red Europea para la Inclusión Social de la Población Gitana (EUROMA) y la Red Nacional para la Inclusión Social y Laboral de los Romaníes, véase el sitio http://www.transnazionalita.it/.

499.En este contexto se debe destacar la contribución de las regiones y las provincias autónomas. En los últimos años las regiones han dedicado cada vez más atención a la cuestión de la integración social y laboral de los romaníes: por un lado, a causa de la presencia cada vez mayor de este grupo en su territorio, y por otro, para responder a las continuas exhortaciones de las instituciones europeas a usar plenamente los recursos de la Comunidad para fomentar la integración.

500.Por tanto el "empuje" de Europa ha conducido a los gobiernos regionales a fortalecer las políticas de integración usando los instrumentos comunitarios disponibles, sabiendo que la planificación a largo plazo que caracteriza a los Fondos Estructurales ayuda a planificar iniciativas potencialmente útiles para producir efectos considerables con respecto a la inclusión de este grupo objetivo.

501.Entre los diversos medios de financiación, el Fondo Social Europeo (FSE) puede desempeñar un papel particularmente estratégico en la promoción de las oportunidades de empleo y la adquisición de calificaciones lo mismo que en la inclusión social y laboral de grupos vulnerables.

502.Mediante el FSE, en principio, pueden desarrollarse actividades en dos frentes:

Lucha contra la deserción escolar;

Aumento de la capacidad de leer y escribir de la población adulta, para facilitar la integración en el mercado de trabajo y el sistema productivo.

503.En cuanto a la inclusión social de los inmigrantes y los romaníes y sinti, cabe notar que entre las propuestas hechas por el Observatorio Nacional de la Infancia y la Adolescencia en el marco del Tercer Plan de Acción Bienal de Intervención para Proteger los Derechos y el Desarrollo del Niño, ya terminado y sometido al examen de la Comisión Bicameral de la Infancia, se hace hincapié en el objetivo de fomentar la conciencia intercultural mediante una serie de medidas: protección de la salud (mediante la garantía de acceso a los servicios de salud materna e infantil, la facilitación de la reunión de familias y la lucha contra el matrimonio precoz y por tanto contra la maternidad precoz), la mejora del cuidado del niño por cuidadores "culturalmente homogéneos", la formación especial de maestros, la prevención de la deserción escolar de los niños romaníes y de los niños inmigrantes en general y la creación de una red de servicios integrados que respondan a las necesidades especiales de los niños extranjeros y romaníes mediante la mediación cultural y social, destinados a facilitar el reconocimiento de culturas y la integración social, fomentando una solución de conflictos creadora.

504.A continuación se indican todas las medidas previstas en ese Plan.

Las medidas

Título

Reunión de familias extranjeras

Tipo de medida:

Actos del gobierno central en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: D01

Objetivo:

Fomentar la cohesión de las familias inmigrantes en Italia, permitiendo la planificación de la educación para niños extranjeros, a fin de ofrecer oportunidades de verdadera integración y mejor seguridad a todos los ciudadanos

Actividad ointervención:

Facilitar y acelerar los procedimientos de reunión de familias y cohesión de la familia cuando hay un hijo

Participantes:

Elaboradores

Ministerio del Interior

Contribuyentes

Comisarías de policía

Municipios

Receptores finales

Niños extranjeros en Italia y sus familias

Título

Plan de vivienda para los grupos romaní, sinti y caminante

Tipo de medida:

Actos del gobierno central en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: D02

Objetivo:

Superar el modelo del campamento o aldea como propuesta de vivienda predominante (y la idea de que los romaníes, sinti y caminantes son todos nómadas) a fin de dar preferencia a las soluciones de vivienda estable

Actividad ointervención:

Intervención legislativa para un plan de vivienda destinado específicamente a:

Incluirlos en la asignación de viviendas populares (ya hecho en algunas ciudades)

Hacer participar a los romaníes, sinti y caminantes en la recuperación de estructuras abandonadas (con lo cual se vuelven usufructuarios con participación económica directa) y/o la fabricación casera de cerveza

Crear microzonas (con coplanificación y participación económica) para algunas familias romaníes, sinti y caminantes que prefieran una solución "familiar"

Participantes:

Elaboradores

Oficinas legislativas

Departamento de Política Familiar

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Infraestructura

Contribuyentes

Regiones, provincias y municipios

Tercer sector

Familias romaníes

Receptores finales

Familias romaníes, sinti y caminantes

Título

Apoyo, educación y fomento de la inclusión laboral de niños y adolescentes romaníes, sinti y caminantes sometidos a proceso penal

Tipo de medida:

Actos del gobierno central en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: D03

Objetivo:

Proteger los derechos de las personas que corren más riesgo de exclusión social, especialmente los niños romaníes, sinti y caminantes sometidos a proceso penal

Actividad ointervención:

1.Ejecución de programas educativos experimentales, con un tutor que dé orientación educativa, fomente una vía de empoderamiento y atenúe el choque con la comunidad social de referencia. Los tutores identificados junto con los asistentes sociales recibirán un curso de formación y concienciación sobre las cuestiones que manejarán

2.Elaboración de un modelo experimental de tutoría al fin del experimento ejecutado para un pequeño número de niños

3.Publicación de directrices para la ejecución de los cursos

4.Publicación de avisos interministeriales para asegurar la igualdad de oportunidades de entrar en el mercado de trabajo, específicamente mediante el establecimiento de subsidios laborales

5.Incluir en los LIVEAS (Livelli Essenziali delle Prestazioni Sociali – niveles esenciales de las prestaciones sociales) intervenciones para asegurar la creación de proyectos de orientación y apoyo socioeducativo a los niños romaníes y sinti sometidos a proceso penal para facilitar la reintegración social

6.Promover, mediante reuniones con las regiones, provincias y municipios, seminarios y vías de formación para los asistentes sociales participantes

Participantes:

Elaboradores

Departamento de Menores Delincuentes, Ministerio de Justicia

Centros de Justicia de Menores y Servicios para Menores

Contribuyentes

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Educación

Ministerio del Interior

Regiones, provincias, municipios

Tercer sector y asociaciones voluntarias

Receptores finales

Niños y adultos romaníes y sus comunidades

Título

Prevención de la deserción escolar precoz de los niños romaníes, sinti y caminantes y ejecución de intervenciones de inclusión social

Tipo de medida:

Planificación nacional con asociación descentralizada

Código: D04

Objetivo:

Combatir la deserción escolar precoz de los niños inmigrantes, romaníes, sinti y caminantes; promover vías de inclusión mediante la realización del derecho y el deber de educación y formación

Actividad ointervención:

Fomentar vías de apoyo y apoyo educativo mediante intervenciones de educación extracurricular, por ejemplo:

Educación callejera

Apoyo al uso de servicios educativos, formativos o culturales en la comunidad (bibliotecas, centros educativos, deportivos y culturales, etc.)

Apoyo personalizado para los alumnos que tienen dificultades de aprendizaje o idioma o expresan la necesidad de ayuda para hacer los deberes o de cursos de formación profesional especiales

Para el éxito de las intervenciones de apoyo a la asistencia a la escuela es deseable la acción del ombudsman lingüístico, cultural o social, que es un recurso esencial para manejar las relaciones entre el maestro y el alumno y entre la familia y la comunidad

Creación de vías educativas que fomenten la integración entre la educación y la formación profesional adaptada a las necesidades de los niños extranjeros mediante:

Actividades educativas, formativas y laborales que conduzcan a un título útil en el mercado de trabajo

Una figura que tutele, apoye y contribuya sistemáticamente a elaborar un proyecto a largo plazo de inclusión social del niño

Participantes:

Elaboradores

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Educación

Departamento de Menores Delincuentes, Ministerio de Justicia

Centros de Justicia de Menores y Servicios para Menores

Contribuyentes

Regiones, provincias, municipios

Empresas privadas

Tercer sector

Cámaras de comercio

Agencias de empleo

Receptores finales

Niños romaníes, sinti, caminantes y extranjeros, incluidos los sometidos a proceso penal

Título

Protección del derecho a la salud de los niños y adolescentes romaníes, sinti y caminantes

Tipo de medida:

Planificación nacional con asociación descentralizada

Código: D05

Objetivo:

Asegurar la protección del derecho a la salud de los romaníes, sinti y caminantes; vigilar y mejorar la salud de los niños y adolescentes que viven en los campamentos

Actividad ointervención:

Ejecutar un proyecto nacional de salud para los romaníes y sinti, integrado y sostenido a nivel regional y local, incluso:

Observación sistemática de la salud de los niños y jóvenes romaníes, sinti y caminantes, empezando con muestras de población

Intervenciones específicas centradas en la promoción del derecho a la salud y la disponibilidad de atención médica mediante campañas de información y concienciación desarrolladas en lugares de residencia de romaníes y sinti

Oferta activa de algunos servicios médicos, en particular la inmunización

Fomento de la inclusión en el Servicio Médico Nacional y la elección de pediatra y médico general

Difusión de información sobre servicios médicos locales y estilos de vida sanos mediante la producción, a nivel nacional, de material de información especialmente destinado a la población romaní

Fomento de la información individual sobre la maternidad y el uso de drogas

Producción de materiales de formación para el personal de servicios sociales y médicos

Participantes:

Elaboradores

Departamento de Menores Delincuentes, Ministerio de Justicia

Centros de Justicia de Menores y Servicios para Menores

Contribuyentes

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Ministerio de Educación

Ministerio del Interior

Regiones, provincias, municipios

Tercer sector y asociaciones voluntarias

Receptores finales

Niños y adultos romaníes y sus comunidades

Título

Fomento de la formación de maestros y administradores en interculturalismo

Tipo de medida:

Actos del gobierno central en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: D06

Objetivo:

Formar a los maestros y administradores de escuelas en cuestiones relativas a la educación de alumnos y estudiantes extranjeros, romaníes, sinti y caminantes

Asegurar oportunidades iguales y amplias de acceso a la enseñanza a nivel local en el jardín de la infancia, la escuela primaria y la escuela secundaria

Fomentar la adaptación de la organización de las instituciones a la integración de niños extranjeros y a la construcción de una sociedad intercultural

Actividad ointervención:

Preparación y ejecución, a nivel nacional, regional y local, de propuestas de formación destinadas a los maestros y directores de escuelas y profesionales sobre:

Modalidades de colaboración interinstitucional (protocolos entre autoridades locales y escuelas, protocolos entre escuelas, manuales de ofertas de formación en el territorio)

Integración de recursos (organización de redes de cursos de italiano como segundo idioma para la comunicación cotidiana y el estudio; organización de redes de centros para la certificación de competencias)

Elaboración y difusión de materiales e instrumentos (instrumentos para definir diversos niveles de competencia; protocolos de acogida; proyectos y modelos de planificación operacional para las actividades de clase y para las del laboratorio de italiano como segundo idioma)

Participación de asociaciones, comunidades de inmigrantes, familias extranjeras y mediadores

En cuanto a los alumnos romaníes, sinti y caminantes, preparación y ejecución a nivel nacional, regional y local de seminarios de formación especial para maestros y administradores de escuelas sobre el tema de la educación. Más específicamente, ejecución de:

1.Un seminario nacional para dar directrices metodológicas para la formación, dedicado a los jefes administrativos de las oficinas de educación regionales y a los coordinadores nacionales de la interculturalidad

2.Tres talleres interregionales (Italia septentrional, Italia central e Italia meridional) para el personal docente y los administradores de escuelas con alto número de alumnos de las comunidades llamadas "nómadas"

Participantes:

Elaboradores

Ministerio de Educación, administración central y oficinas periféricas o locales

Contribuyentes

Escuelas y redes de escuelas

Universidades

Centros interculturales

Regiones, provincias y municipios

Asociaciones voluntarias

Receptores finales

Maestros y administradores y personal escolares

Título

Fortalecimiento del papel de la segunda generación

Tipo de medida:

Actos del gobierno central en coordinación con las regiones y las provincias autónomas

Código: D07

Objetivo:

Aprovechamiento del potencial de los inmigrantes de segunda generación para cumplir la función de mediador social y cultural, incluso dentro de la familia de origen, para fomentar la integración de toda la familia

Actividad ointervención:

Preparación y ejecución, a nivel nacional, regional y local, de ofertas de educación para inmigrantes de segunda generación jóvenes:

Modalidades de colaboración interinstitucional (protocolos entre autoridades locales y escuelas, entre escuelas y asociaciones que trabajan en la zona para el establecimiento de laboratorios de mediación cultural extracurricular)

Elaboración de materiales e instrumentos para establecer proyectos y modelos operacionales

Participación de asociaciones, comunidades de inmigrantes y familias inmigrantes en las actividades de laboratorio

Seminarios de formación interregionales para poner en funcionamiento los laboratorios

Participantes:

Elaboradores

Ministerio de Políticas de Juventud

Ministerio de Educación, administración central y oficinas periféricas o locales

Contribuyentes

Escuelas y redes de escuelas

Universidades

Centros interculturales

Regiones, provincias y municipios

Asociaciones voluntarias

Receptores finales

Maestros y administradores y personal escolares

Título

Gestión de información, reunión de datos y red interinstitucional para la interculturalidad

Tipo de medida:

Planificación nacional con asociación descentralizada

Código: D08

Objetivo:

Organizar un sistema completo de registros estadísticos de la presencia de menores extranjeros en Italia, que establezca una conexión permanente entre los diversos órganos encargados de las corrientes de conocimientos especializados e información

Fomentar la formación de redes entre las instituciones a nivel nacional y local para crear vías integradas para usuarios extranjeros, particularmente para los sometidos a proceso penal, y un sistema de reunión de información sobre los servicios prestados

Actividad ointervención:

Crear una conexión permanente entre las autoridades nacionales, regionales y locales dedicadas a diversas cuestiones relacionadas con la infancia y la adolescencia y sus sistemas de información encargados de la reunión o la difusión de datos, para crear un sistema integrado de documentación que ofrezca datos desglosados por país y asunto, reunidos de manera uniforme para permitir comparaciones interzonales e internacionales

Crear una red entre los diversos actores e instituciones participantes en el momento del registro del niño hasta su integración en la comunidad social, con cuidado del niño extranjero incluso después que sale del circuito criminal, para no desperdiciar el proceso iniciado y evitar que el niño sea objeto de explotación

Crear un sistema de reunión de información sobre los servicios disponibles, incluidos los de diversos servicios residenciales, para fomentar un intercambio fructífero de ideas culturales y competencias técnico-operacionales entre los que trabajan en la recepción de niños extranjeros, mediante un sistema computadorizado de reunión de datos

Participantes:

Elaboradores

Ministerio de Trabajo y Seguridad Social

Departamento de la Familia

Ministerio de Educación

Departamento de Menores Delincuentes, Ministerio de Justicia

Ministerio del Interior

Regiones, provincias y municipios

Contribuyentes

ISTAT

Institutos de investigación, por ejemplo el CNR (Consiglio Nazionale delle Ricerche – Consejo Nacional de Investigaciones)

Centro Nacional de Documentación y Análisis de la Infancia y la Adolescencia

Comité de Niños Extranjeros no Acompañados

Receptores finales

Decisores, asociaciones que trabajan con niños extranjeros, investigadores encargados de los estudios necesarios para elaborar políticas de intervención pública, asistentes sociales y sanitarios; niños extranjeros

505.Se presta especial atención a los residentes de las comunidades romaní y sinti en Italia. Se cree que, en un contexto histórico en que se debaten las políticas de seguridad y las políticas de integración, deben tener un papel principal el fortalecimiento del diálogo interinstitucional para promover la inclusión de los romaníes y un diálogo más eficaz entre la sociedad civil, las instituciones y la comunidades romaníes y también una concienciación de la comunidad con respecto a las cuestiones examinadas, mediante la elaboración de medidas para combatir los estereotipos y prejuicios contra estas comunidades.

506.En este sentido, en el Marco Estratégico Nacional de los Fondos Estructurales para el período 2007-2013 se programaron planes de acción que incluyen medidas estructurales a favor de la comunidad romaní mediante financiación del FSE y el FEDER, acordadas con las autoridades administrativas pertinentes. Esta actividad se compone de dos elementos:

a)Promoción de políticas de gobernanza e instrumentos de inclusión social y lucha contra la discriminación contra los romaníes, sinti y caminantes. La actividad tiene por objeto promover el fortalecimiento de las estrategias de protección de estos grupos, ayudando a las regiones, según los perfiles jurídicos, administrativos y de gestión, a identificar, planificar y seguir las políticas de orientación y de apoyo regional a la superación de los obstáculos locales a la inclusión. El proyecto, por su carácter innovador y experimental, requiere un análisis previo del proceso cognitivo relacionado con las características sociodemográficas y socioeconómicas de las comunidades en las "regiones objetivo de la convergencia", un inventario de las instituciones y servicios para los romaníes en las esferas de la educación, la formación profesional, la inserción laboral y los servicios sociales y médicos, y la identificación de la intervención territorial para la inclusión social hecha por las autoridades locales y el tercer sector.

b)Identificación, análisis y transferencia de buenas prácticas sobre no discriminación con un enfoque de puntos de referencia, a fin de establecer un sistema que reúna en una red —que incluya todos los actores pertinentes en los niveles institucional, europeo, nacional y regional— las prácticas elaboradas dirigidas a superar las diversas formas de discriminación. El propósito es ayudar a difundir y transferir experiencias y aumentar los conocimientos sobre temas determinados y la comparación entre las regiones de Europa.

507.Además, desde enero de 2008 Italia es miembro de la Red Europea para la Inclusión Social de la Población Gitana EUROMA (http://www.euromanet.eu/), patrocinada por la Unidad del FSE del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de España. Italia, junto con doce países, participa en el Comité de Dirección de la Red. La Red tiene por objeto aumentar el uso de los fondos estructurales por las instituciones locales para la inclusión social de la comunidad romaní y dar orientación a los encargados de formular políticas para planificar intervenciones más eficaces, promoviendo el intercambio de buenas prácticas e información sobre las iniciativas en curso entre los dedicados a la cuestión romaní.

508.Partiendo del enfoque de la Red Europea, se ha promovido la Red Nacional para la Inclusión Social y Laboral de los Romaníes, que tiene por objeto intercambiar información sobre las iniciativas y promover la cooperación entre los que, por diversas razones, participan en la elaboración y ejecución de estrategias inclusivas a favor de esta comunidad. De hecho, los Estados miembros tienen la responsabilidad principal de las políticas específicas en las esferas estratégicas de la integración: el empleo, la inclusión social y la educación —esferas que requieren una firme dedicación a nivel nacional.

509.La Red Nacional sirve para reafirmar la necesidad de dar más coherencia y unidad a la experiencia en este campo con diversas formas de financiación, que se recuperarán como parte de la red EUROMA. La red, en la cual participan diversas autoridades centrales y regionales, se reúne periódicamente para intercambiar estrategias y sugerencias elaboradas dentro de la red europea y para reunir y transmitir las experiencias que tienen lugar a nivel nacional. Las reuniones son una oportunidad de reflexionar sobre la información, las sugerencias y las experiencias que pueden guiar estrategias futuras. Para más información sobre las reuniones y los documentos respectivos de la Red Europea para la Inclusión Social de la Población Gitana (EUROMA) y la Red Nacional para la Inclusión Social y Laboral de los Romaníes, véase el sitio http://www.transnazionalita.it/.

510.En este contexto se debe destacar la contribución de las regiones y las provincias autónomas. En los últimos años las regiones han dedicado cada vez más atención a la cuestión de la integración social y laboral de los romaníes: por un lado, a causa de la presencia cada vez mayor de este grupo en su territorio, y por otro, para responder a las continuas exhortaciones de las instituciones europeas a usar plenamente los recursos de la Comunidad para fomentar la integración.

511.Por tanto el "empuje" de Europa ha conducido a los gobiernos regionales a fortalecer las políticas de integración usando los instrumentos comunitarios disponibles, sabiendo que la planificación a largo plazo que caracteriza a los Fondos Estructurales ayuda a planificar iniciativas potencialmente útiles para producir efectos considerables con respecto a la inclusión de este grupo objetivo.

512.Entre los diversos medios de financiación, el Fondo Social Europeo (FSE) puede desempeñar un papel particularmente estratégico en la promoción de las oportunidades de empleo y la adquisición de calificaciones lo mismo que en la inclusión social y laboral de grupos vulnerables.

513.Mediante el FSE, en principio, pueden desarrollarse actividades en dos frentes:

Lucha contra la deserción escolar;

Aumento de la capacidad de leer y escribir de la población adulta, para facilitar la integración en el mercado de trabajo y el sistema productivo.

514.Con respecto a las iniciativas, cabe notar que el razonamiento que inspiró la planificación y ejecución de las intervenciones de las administraciones regionales fue un enfoque multidimensional del problema, mediante la creación de una red de servicios esenciales capaz de elaborar iniciativas interdisciplinarias e intersectoriales y hacer participar a los diferentes actores locales.

515.La integración de diversos medios financieros, principalmente regionales y europeos, permitió en algunos casos considerar de manera coordinada los diversos aspectos relacionados con la inclusión real de estos grupos étnicos: el problema de la vivienda, la integración y la creación de sistemas de protección de la salud, el acceso a la escuela y permanencia en la escuela y la formación, y la integración en el mercado de trabajo.

516.La participación de mediadores culturales y organizaciones activas en el campo de la protección de los derechos de la minoría romaní contribuyó al éxito de las iniciativas, asegurando una verdadera capacidad de responder a las necesidades de este grupo objetivo.