Naciones Unidas

E/C.12/IRQ/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

24 de marzo de 2015

Español

Original: inglés

Árabe, español, francés e inglés únicamente

Comité de Derech os Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódico del Iraq *

I.Información general

1.Sírvanse aclarar el rango del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales en el ordenamiento jurídico interno, y si sus disposiciones pueden invocarse directamente ante los tribunales y ser aplicadas por estos. Asimismo, faciliten ejemplos, de haberlos, de casos en que las disposiciones del Pacto se hayan invocado ante los tribunales y hayan sido aplicadas por estos.

2.Proporcionen al Comité información actualizada sobre el plazo previsto para llevar a cabo un censo general de la población en el Estado parte.

3.Indiquen en qué medida la Alta Comisión de Derechos Humanos del Iraq cumple con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París) e informen al Comité sobre los avances realizados para obtener la acreditación del Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos. Sírvanse también aportar información sobre las actividades llevadas a cabo por la Comisión en el ámbito de los derechos económicos, sociales y culturales.

4.Informen al Comité de si el Estado parte está considerando la posibilidad de ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 1Utilización máxima de los recursos disponibles

5.Proporcionen datos actualizados, para el período 2009-2014, sobre los niveles de gasto público como porcentaje del producto interior bruto en los distintos sectores relacionados con los derechos económicos, sociales y culturales.

Artículo 2No discriminación

6.Indiquen si se han adoptado medidas para aprobar una ley general de lucha contra la discriminación que contemple todos los motivos de discriminación prohibidos con arreglo al artículo 2, párrafo 2, del Pacto. Sírvanse también describir los principales aspectos del proyecto de ley sobre la protección de los derechos de los grupos religiosos y étnicos minoritarios, y proporcionar al Comité información puesta al día sobre su situación actual.

7. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la discriminación de que son víctimas las minorías étnicas y religiosas. Señalen cuántos incidentes de violencia u odio contra personas pertenecientes a minorías étnicas y religiosas han sido denunciados e investigados desde 2009 y cuáles han sido los resultados de dichas denuncias.

8.Proporcionen al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas, incluidas las adoptadas en el marco del artículo 140 de la Constitución, para hacer frente a violaciones de los derechos humanos cometidas en el pasado contra las minorías, en particular el desplazamiento forzoso de kurdos, turcomanos y musulmanes chiitas.

9.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para facilitar el retorno y la restitución de bienes de las personas pertenecientes a grupos religiosos y étnicos minoritarios, entre otros yazidíes, caldeos, asirios, shabaks y turcomanos, que fueron desplazadas por la fuerza por el llamado Estado Islámico en el Iraq y el Levante durante el actual conflicto. Sírvanse informar también de las medidas adoptadas para prevenir, investigar y enjuiciar los ataques violentos dirigidos específicamente contra minorías étnicas y religiosas presuntamente cometidos por el llamado Estado Islámico en el Iraq y el Levante.

Artículo 3Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

10.Proporcionen al Comité información actualizada sobre los avances, caso de haberlos, en la realización de un examen jurídico de la legislación nacional vigente con miras a eliminar todas las disposiciones discriminatorias para la mujer, entre otras en cuestiones relacionadas con el estatuto personal, conforme al párrafo 30 de la recomendación anterior del Comité.

11.Sírvanse facilitar información detallada sobre las medidas adoptadas, y los efectos que han tenido, para reducir la segregación ocupacional en función del sexo, y para aumentar la representación de las mujeres, entre ellas las pertenecientes a minorías étnicas, en puestos decisorios, y señalar si se ha adoptado con ese fin alguna medida especial de carácter temporal.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6Derecho a trabajar

12.Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre los niveles de desempleo y subempleo desde 2008, desglosada por sexo, origen étnico y zonas rurales o urbanas, en la medida de lo posible. Asimismo, expliquen qué efecto ha tenido la política de empleo en la reducción del desempleo, especialmente entre los grupos y personas más desfavorecidos y marginados del Estado parte, en particular los iraquíes negros y los romaníes.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

13.Facilítese información sobre los niveles de salario mínimo de los últimos años en el Estado parte, y señálese si las tasas de salario mínimo se revisan periódicamente. Explíquese también si el actual salario mínimo permite vivir dignamente a los trabajadores y a sus familiares.

14.Con respecto al párrafo 31 de la anterior recomendación del Comité, sírvanse aclarar si se han modificado la Ley Nº 104 de 1981 y el Código Penal con miras a prohibir el trabajo forzoso en las cárceles, y si se considera permisible este trabajo en determinadas circunstancias.

Artículo 8Derechos sindicales

15.Sírvanse informar de la situación en que se encuentra el proyecto de ley del trabajo, entre otras cosas en cuanto al plazo previsto para su aprobación. Indiquen si el proyecto de ley del trabajo ha eliminado todas las restricciones al derecho a fundar sindicatos o afiliarse a ellos y al derecho a la huelga, introducidas por la Ley sobre Organización de los Sindicatos de 1987, que el Comité había declarado previamente que contravenían el artículo 8 del Pacto.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

16.Sírvanse describir a grandes rasgos los principales aspectos del nuevo proyecto de ley de las pensiones y de la seguridad social y proporcionar al Comité información actualizada sobre su situación actual. Faciliten información de los avances realizados en la reforma del sistema de seguridad social en el Estado parte. Sírvanse también informar al Comité de si las reformas previstas permitirán al Estado parte cumplir las obligaciones que le incumben con arreglo al Pacto.

Artículo 10Protección de la familia, las madres y los niños

17.Con respecto al párrafo 19 de la recomendación anterior del Comité, sírvanse facilitar información actualizada sobre los efectos de las medidas adoptadas, caso de haberlas, para combatir el trabajo infantil en el Estado parte. Indiquen también si se han adoptado medidas, o se prevé adoptarlas, para regular el empleo de niños en empresas familiares.

18.Sírvanse informar de la magnitud del fenómeno del reclutamiento y la utilización de niños en conflictos armados por grupos armados en el Estado parte. Asimismo, indiquen las medidas concretas que se han adoptado para prevenir, detectar e investigar la incidencia del reclutamiento o utilización de niños en conflictos armados por parte de grupos armados.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

19.Sírvanse facilitar datos anuales, desde 2009, sobre la prevalencia de la pobreza en el Estado parte. Detallen las medidas adoptadas para combatir la pobreza extrema, sobre todo en las zonas rurales y entre los niños, como la estrategia de reducción de la pobreza, e informen de los resultados obtenidos.

20.Proporcionen información detallada sobre las medidas efectivas adoptadas para proteger a los desplazados internos y velar por que puedan acceder a servicios básicos, como alimentos, agua limpia, atención de la salud y vivienda.

21.Sírvanse explicar si se ha aprobado la política de vivienda y, de ser así, detallar sus efectos en la lucha contra la escasez y la inadecuación de las viviendas. Faciliten información sobre las medidas adoptadas para hacer frente al problema de la escasez de vivienda, en particular en las zonas rurales, y sobre los efectos de dichas medidas. Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre el número de personas sin hogar en el Estado parte y sobre las medidas adoptadas para hacer efectivo el derecho de estas personas a la vivienda.

22.Facilítese información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso al agua potable salubre y a servicios de saneamiento adecuados en el Estado parte, y datos actualizados sobre dicho acceso en todas las provincias.

Artículo 12Derecho a la salud física y mental

23.Proporcionen información, desglosada por sector económico y ubicación geográfica, sobre el porcentaje de población que tiene cobertura sanitaria. Al hacerlo, señalen cuál ha sido la repercusión de las medidas adoptadas para facilitar el acceso a los servicios de atención de la salud en zonas rurales y remotas, así como en el distrito de Nínive. Sírvanse también facilitar información sobre el número de profesionales sanitarios cualificados per  c a pita y por región.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

24.Sírvanse señalar las medidas adoptadas para prevenir e investigar los ataques perpetrados contra escuelas y agresiones contra alumnos y maestros y demás personal docente. Infórmese de las medidas adoptadas para restablecer el acceso a la educación, seriamente obstaculizado por esos ataques violentos y por el conflicto armado que está teniendo lugar en el Estado parte.

25.Proporcionen al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas y sus efectos para alcanzar la paridad entre los sexos en la escolarización y la finalización de los estudios en todos los niveles escolares. Al hacerlo, sírvanse facilitar datos estadísticos, desde 2009, desglosados por sexo, zona rural o urbana y origen étnico, sobre las tasas de escolarización y de abandono escolar en la enseñanza obligatoria.

26.Faciliten al Comité información actualizada sobre los efectos de las medidas adoptadas, entre ellas la Estrategia Nacional para la Alfabetización del Iraq 2011-2015 y la Ley de Lucha contra el Analfabetismo, en la reducción del número de personas analfabetas en el Estado parte. Proporcionen datos estadísticos actualizados sobre la cantidad de personas analfabetas, desglosados por sexo, grupo de edad y origen étnico.

27.Sírvanse proporcionar información sobre el acceso a la educación de los niños con discapacidad y sobre la disponibilidad de una educación inclusiva en todas las provincias y en las zonas rurales. Asimismo, faciliten al Comité información actualizada acerca de los resultados del estudio relativo a una posible reforma llevado a cabo por el Ministerio de Trabajo y el Ministerio de Educación (véase el párr. 139 del informe del Estado parte), así como sobre sus efectos hasta la fecha en la mejora del acceso a una educación inclusiva para los niños con discapacidad.

Artículo 15 Derechos culturales

28.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para preservar los idiomas indígenas y de las minorías en el Estado parte, por ejemplo en la región del Kurdistán del Iraq. Explíquese también en qué medida los niños pertenecientes a grupos minoritarios reciben educación en su lengua materna en las escuelas.

29.Sírvanse describir las medidas adoptadas para salvaguardar el patrimonio cultural del Estado parte, y para prevenir y combatir el saqueo de objetos culturales por parte de grupos armados. Indiquen también las medidas adoptadas para reparar los daños ocasionados en lugares con un importante patrimonio cultural e informen al Comité de las medidas adoptadas para solicitar asistencia internacional para tal fin.