Naciones Unidas

E/C.12/ECU/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

11 de enero de 2019

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Cuarto informe periódico que el Ecuador debía presentar en 2017 en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto * **

[Fecha de recepción: 25 de julio de 2017]

Índice

Página

Abreviaturas4

I.Introducción7

II.Información relativa a los artículos del Pacto7

Artículo 27

Artículo 38

Artículo 6 y 78

Artículo 8 y 99

Artículo 109

Artículo 119

Artículo 1210

Artículo 13 y 1410

Artículo 1511

III.Información relativa a las recomendaciones del Comité12

Recomendación 9.12

Recomendación 10.14

Recomendación 11.16

Recomendación 1217

Recomendación 1317

Recomendación 1420

Recomendación 1521

Recomendación 1621

Recomendación 1721

Recomendación 1822

Recomendación 1923

Recomendación 2023

Recomendación 2124

Recomendación 2227

Recomendación 2329

Recomendación 2430

Recomendación 2530

Recomendación 2631

Recomendación 2732

Recomendación 2833

Recomendación 2934

Recomendación 3035

Recomendación 3135

Recomendación 3236

Recomendación 3337

Recomendación 3438

Recomendación 3538

Abreviaturas

ACNURAlto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados

ACNUDHOficina Regional para América del Sur del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos

ANIIAgenda Nacional para la Igualdad Intergeneracional

ARCAAgencia de Regulación y Control del Agua

ARCOTELAgencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones

AUAAutoridad Única del Agua

BDHBono de Desarrollo Urbano

BCEBanco Central del Ecuador

BGUBachillerato General Unificado

BTPBachillerato Técnico Productivo

BTBachillerato Técnico

CABConvenio Andrés Bello

CANComunidad Andina de Naciones

CDCCódigo de Convivencia

CDHCrédito de Desarrollo Humano

CESConsejo de Educación Superior

CIBVCentros Infantiles del Buen Vivir

CICAComité Interinstitucional de Calidad del Agua

CIDHComisión Interamericana de Derechos Humanos

CJConsejo de la Judicatura

CNIIConsejo Nacional para la Igualdad Intergeneracional

CNIGConsejo Nacional para la Igualdad de Género

CNIPNConsejo Nacional para la Igualdad de Pueblos y Nacionalidades

COIPCódigo Orgánico Integral Penal

COESCCódigo Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos, Creatividad e Innovación

CNACódigo de la Niñez y Adolescencia

CONADISConsejo Nacional para la Igualdad de Discapacidades

CONAGOPAREConsejo Nacional de Gobiernos Parroquiales Rurales del Ecuador

CONGOPEConsorcio de Gobiernos Autónomos Provinciales del Ecuador

CONEPTIComité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil

COOTADCódigo Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización

CREConstitución de la República del Ecuador

CSCCuenta Satélite de Cultura

CSCECuenta Satélite de Cultura de Ecuador

DECEDepartamento de Consejería Estudiantil

DINAPENDirección Nacional de Policía Especializada para Niños, Niñas y Adolescentes

EBGEducación General Básica

EBJAEducación Básica para Jóvenes y Adultos

ECVEncuestas de Condiciones de Vida

ENCAEstrategia Nacional de Calidad del Agua

ENIEPEstrategia Nacional para la Igualdad y la Erradicación de la Pobreza

ENEMDUEncuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo

ENEVGEstrategia Nacional para la Erradicación de Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres

ETNEstrategia Territorial Nacional

FGEFiscalía General del Estado

FUNDICFundación para la Infancia y Comunidad

GADGobiernos Autónomos Descentralizados

IESSInstituto Ecuatoriano de Seguridad Social

INECInstituto Nacional de Estadísticas y Censos

ISSFAInstituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas

ISSPOLInstituto de Seguridad Social de la Policía Nacional

LODLey Orgánica de Discapacidades

LODDLLey Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales

LOEILey Orgánica de Educación Intercultural

LOEIB Ley Orgánica de Educación Intercultural Bilingüe

LOES Ley Orgánica de Educación Superior

LOIPEVMLey Orgánica Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres

LOGJCCLey Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional

LOMHLey Orgánica de Movilidad Humana

LOOTUGSLey Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo

LORHUALey Orgánica de los Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua

LOSEPLey Orgánica del Servicio Público

MAEMinisterio del Ambiente

MAIS-FCIModelo de Atención Integral en Salud familiar, comunitario e intercultural

MCDSMinisterio Coordinador de Desarrollo Social

MCYPMinisterio de Cultura y Patrimonio

MDTMinisterio del Trabajo

MHMinisterio de Hidrocarburos

MIDUVIMinisterio de Desarrollo Urbano y Vivienda

MIESMinisterio de Inclusión Económica y Social

MINEDUCMinisterio de Educación

MJDHCMinisterio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos

MOGACModelo de Gestión de Atención Ciudadana

MREMHMinisterio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana

MSPMinisterio de Salud Pública

PEAPoblación Económicamente Activa

PETIProyecto de Erradicación del Trabajo

PIANEPlan Intersectorial Alimentario Nutricional del Ecuador

Pacto o PIDESCPacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

PLANADIPlan de Alistamiento Digital

PNBVPlan Nacional del Buen Vivir

PNEVGPlan Nacional para la Erradicación de Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres

PSNCProyecto Sistema Nacional de Cultura

RDVRegistro de Datos Vitales

RPISRed Pública Integral de Salud

SBUSalario Básico Unificado

SECAPServicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional

SECOMSecretaría Nacional de Comunicación

SENADIServicio Nacional de Propiedad Intelectual

SENAGUASecretaría Nacional del Agua

SGRSecretaría de Gestión de Riesgos

SICESSistema Integrado de Conocimiento y Estadística Social del Ecuador

SICENEISistema de Control del Crecimiento y Estado Nutricional de los niños de Educación Inicial

SIIDUVISistema Integral de Información de Desarrollo Urbano y Vivienda

SIVANSistema de Vigilancia Alimentaria y Nutricional

SENESCYTSecretaria de Educación Superior, Ciencia, Tecnología e Innovación

SENPLADESSecretaria Nacional de Planificación y Desarrollo

SIPROFESistema Integral de Desarrollo Profesional Educativo

SIVSistema de Incentivos para la Vivienda

SNESistema Nacional de Educación

SNISistema Nacional de Información

SNGPSecretaría Nacional de Gestión de la Política.

SNSSistema Nacional de Salud

SSSRSalud Sexual y Salud Reproductiva

SURTISistema Único de Registro de Trabajo Infantil

TAPSTécnicos de Atención Primaria en Salud

UDAIUnidades de Apoyo a la Inclusión

UNICEFFondo de Naciones Unidas para la Infancia

I.Introducción

1.La República del Ecuador presenta ante el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante el Comité) su Cuarto Informe Periódico, en virtud de la obligación derivada del artículo 16 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante Pacto o PIDESC).

2.En cumplimiento de dicha obligación, y de acuerdo con el Decreto Ejecutivo Nº 1317, el Ministerio de Justicia, Derechos Humanos y Cultos (MJDHC) y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Movilidad Humana (MREMH) han colaborado en la elaboración y validación del presente Informe. Para ello, se consideraron las “Directrices sobre los documentos específicos que deben presentar los Estados Partes con arreglo a los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales”, así como el “Protocolo para la Elaboración de Informes Periódicos a los Órganos de Vigilancia de los Tratados Internacionales de Derechos Humanos”. En este marco, con la finalidad de socializar la metodología de construcción del informe, se organizaron dos talleres con funcionarios de las instituciones públicas que tienen entre sus atribuciones competencias relacionadas con el ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.

II.Información relativa a los artículos del Pacto

3.Con relación a cada uno de los derechos reconocidos en el Pacto, se presenta información de las medidas adoptadas respecto de los siguientes artículos.

Artículo 2

4.Se creó la herramienta denominada “Clasificador Orientador de Gasto en Políticas de Igualdad”, mediante la cual el Ministerio de Economía y Finanzas facilita el registro de recursos públicos destinados a la ejecución de políticas públicas en las temáticas de género, discapacidades, interculturalidad, movilidad humana, y generacional (niñez y adolescencia, juventud y adultos/as mayores). Cada clasificador creado con base en las agendas nacionales de igualdad, vincula planificación y políticas públicas con el presupuesto institucional y permite observar la orientación, asignación y transparencia de los recursos fiscales en los temas de equidad fiscal y reducción de brechas socioeconómicas. En dicho sentido, se ejecutó por eje de equidad un presupuesto de USD 761 017 181,74 en 2014, mientras que en 2016, este fue de USD 945 352 869,29.

5.Respecto a las medidas específicas de lucha contra la discriminación y los avances en materia de igualdad, se adoptó en 2014 la Ley Orgánica de los Consejos Nacionales para la Igualdad que establece cinco Consejos, en atención a los grupos históricamente discriminado. Los Consejos Nacionales para la Igualdad son: 1. de género, 2. intergeneracional, 3. de pueblos y nacionalidades, 4. de discapacidades; y, 5. de movilidad humana.

6.De conformidad con el artículo 3 de la ley, los Consejos tienen como finalidad asegurar la plena vigencia y ejercicio de derechos, promover el respeto, garantía y protección del derecho a la igualdad y no discriminación y participar en la formulación, seguimiento y evaluación de las políticas públicas. Generan las “Agendas Nacionales para la Igualdad” que son instrumentos a través de los cuales se formulan políticas para el cumplimiento de sus objetivos, indicadores y metas.

7.La Constitución de la República de Ecuador (CRE) propugna el principio de ciudadanía universal, libre movilidad de todos los habitantes del planeta y el progresivo fin de la condición de extranjero para transformar las relaciones desiguales entre los países (art. 416, numeral 6 CRE). El Estado ecuatoriano se ha comprometido a respetar los derechos humanos en particular de las personas migrantes mediante el cumplimiento de las obligaciones emanadas de los convenios internacionales suscritos por el país (art. 416, numeral 7, CRE).

Artículo 3

8.Conforme a la CRE, todas las personas son iguales y gozarán de los mismos derechos, deberes y oportunidades; nadie puede ser discriminado, entre otros motivos por sexo o identidad de género.

9.La Ley Orgánica del Servicio Público (LOSEP) garantiza la paridad en las candidaturas y en los nombramientos de servidores públicos. Por otra parte, a través de la Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar, se reconoció el trabajo no remunerado en el hogar, realizado en su mayoría por mujeres, y se estableció su derecho a la seguridad social y beneficios. Además, en 2016, se promulgó la Ley Orgánica para la Promoción del Trabajo Juvenil, Regulación Excepcional de la Jornada de Trabajo, Cesantía y Seguro de Desempleo.

10.En cuanto a la violencia de género, el 5 de febrero de 2018, entró en vigor la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIPEVM), que tiene como fin “[…] prevenir y erradicar la violencia ejercida contra las mujeres, mediante la transformación de los patrones socioculturales y estereotipos”.

11.Desde el 2014, el Ecuador cuenta con un Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres (PNEVG), que aborda integral e intersectorialmente la erradicación de la violencia de género; y, en marzo de 2018, se presentó una Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres, siendo esta la base para la emisión del PNEVG para el período 2018-2021.

Artículos 6 y 7

12.El Ecuador reconoce el derecho al trabajo digno. Así, la política pública busca la reducción del subempleo estructural y la progresiva ampliación de la capacidad adquisitiva de los ingresos laborales, en el marco del fortalecimiento del sistema económico social y solidario.

13.En el periodo de examen, la tasa de desempleo se ubicó entre las más bajas de Sudamérica, llegando al 5,2 %. El Código Orgánico de la Producción, Comercio e Inversiones estableció la categoría de salario digno, mismo que está definido como aquel que permite a una familia cubrir sus necesidades básicas mínimas. Esta redefinición facilitó que el salario básico unificado (SBU) pase de USD 160 en 2006, a USD 386 en 2018.

14.En 2006, el ingreso familiar cubría apenas un 68 % del valor de la canasta básica mientras que, en 2016, provee el 101 % del valor de esa canasta. Esto también se ve reflejado en la variación del ingreso promedio por hogar que presentó un aumento en los hogares de menor ingreso entre 2006-2015.

15.El Programa “Mi Primer Empleo” facilita la inclusión de jóvenes universitarios en el mercado laboral mediante pasantías, lo que ha permitido que hasta el año 2016 se beneficien 15.110 personas; de ellos, el 60 % ha sido insertado en el marco laboral.

16.Para garantizar las condiciones laborales, el Ministerio del Trabajo (MDT) realiza periódicamente inspecciones a sitios de trabajo, habiéndose realizado 116.700 de estas inspecciones entre el 2007 y 2016.

Artículos 8 y 9

17.El Ecuador ratificó el Convenio 189 de la Organización Internacional del Trabajo sobre las trabajadoras y los trabajadores domésticos, para cuya aplicación se puede recurrir a la Ley Orgánica de Defensa de los Derechos Laborales (2014) y a la Ley Orgánica de Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar (2012), las que regulan las condiciones del trabajo doméstico. Uno de los resultados es que hasta el año 2016, 208.140 personas, de las cuales el 94,5 % son mujeres que trabajan en este sector, se benefician de la seguridad social.

18.El número de afiliados al Sistema de Seguridad Social pasó de 1’401.935 en el 2006 a 3’176.433 en el 2016, lo que representa un incremento del 226 % en población afiliada. En el 2016 se implementó el Seguro de Desempleo, prestación económica que protege al afiliado al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), por un período de 5 meses si está en cesantía y hasta diciembre de 2016, 25.000 mil personas accedieron al mismo.

Artículo 10

19.La Ley Reformatoria al Código Civil (2015) prohibió el matrimonio de personas menores de 18 años y permitió que la administración de la sociedad conyugal pueda ejercerla cualquiera de los cónyuges.

20.En 2016, se estableció la Estrategia Alerta Materna con el objetivo de evitar muertes maternas. Para el Gobierno Nacional reducir la mortalidad materna es un eje fundamental dentro de las políticas del sector social y por ello en el Plan Nacional de Desarrollo 2017‑2021, se estableció la meta de “reducir la razón de mortalidad materna de 44,6 a 36,2 fallecimientos por cada 100 000 nacidos vivos a 2021”.

21.En las Reformas al Código de Trabajo se estableció el permiso remunerado por paternidad y maternidad, como garantía y corresponsabilidad en el cuidado a los hijos en el primer año de vida.

22.El maltrato infantil está expresamente prohibido en el código de la Niñez y Adolescencia y es sancionado severamente en el Código Integral Penal. El Estado se ha comprometido a erradicar el trabajo infantil por lo que como resultado de la labor coordinada con los gobiernos locales hasta 2017 se ha logrado desvincular a 2.160 niñas, niños y adolescentes del trabajo en camales y basurales garantizando su acceso a programas de educación, salud y recreación. El MDT realiza inspecciones integrales, especialmente en las provincias con mayor presencia de empresas mineras. Por ejemplo, en 2015 se efectuaron 729 inspecciones.

23.La implementación del “Plan toda una vida” desde 2017 tiene como objetivo garantizar el acceso progresivo de las personas a sus derechos en todo el ciclo de vida, a través de la generación de políticas públicas para el desarrollo social y humano de la población.

Artículo 11

24.De acuerdo con la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), Ecuador es uno de los tres países latinoamericanos que más redujeron la pobreza por ingresos en el período 2006-2014. La información del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) muestra que durante el período 2006-2016, la pobreza por ingresos se redujo del 37,6 % al 22,9 %, y el indicador de extrema pobreza —por primera vez en la historia— se ubicó en un valor menor a dos dígitos, al descender de 16,9 % en 2006 a 8,7 % en 2016. De igual modo, entre 2006 y 2014, la pobreza por consumo se redujo en 32,6 % a escala nacional, esto es 12,5 puntos porcentuales, reducción mayor a la registrada entre 1998 y 2006, cuando cayó en 14,5 % (6,5 puntos).

25.De 2009 a 2016, la tasa de pobreza multidimensional se redujo en 16,4 puntos, lo que significa que alrededor de dos millones de ecuatorianos superaron dicha condición.

26.Los programas emblemáticos del Gobierno Nacional, “Programa Casa para todos” y “Misión Ternura”, permiten avanzar en el cumplimiento del PIDESC y de los ODS 2,3 y 11. Mediante su implementación se construirán y entregarán 325 mil nuevas viviendas en 4 años, se disminuirá el déficit cuantitativo de hogares sin vivienda adecuada del 12,3 % en 2016 al 9,9 % al 2021 y se aumentará la tenencia propia de vivienda en hogares pobres del 75 % a diciembre de 2016 al 86,3 % al 2021. Se disminuirá la desnutrición crónica del 23,9 % al 14 % hasta el 2021 en niños menores a 5 años y se buscará erradicar la desnutrición crónica en niños menores a 2 años (24,8 %).

27.La “Misión menos pobreza, más desarrollo”, por su parte, busca erradicar la incidencia de pobreza extrema por ingresos, reduciéndola del 8,7 % al 3,5 % al 2021.

Artículo 12

28.Desde el 2013 se implementa el Modelo de Salud Integral, Familiar, Comunitario e Intercultural con enfoques de atención primaria en salud, epidemiología comunitaria, derechos humanos, participación, interculturalidad y género. Adicionalmente, con el propósito de incrementar la captación de pacientes en zonas rurales y de difícil acceso del país, se concreta en 2017 la iniciativa “Médico del Barrio y su Equipo de Atención Integral”.

29.En el periodo 2012-2016, se produjo un incremento presupuestario de 1.910,22 millones de dólares, asignados al sector salud. En cuanto a oferta de camas hospitalarias, se ha llegado a un promedio de 1,52 camas por cada 1.000 habitantes. La tasa de médicos por cada 10.000 habitantes pasó de 9,0 a 18,8 entre 2006 y 2015. A 2016 se registraron más de 42 millones de atenciones en consulta.

Artículos 13 y 14

30.El Ministerio de Educación ha implementado varias medidas que han contribuido con el fortalecimiento de los derechos establecidos en el artículo 13 del Pacto, entre las cuales se puede destacar:

Agenda Social 2013-2017, políticas sectoriales 2 y 4: Universalizar el acceso a la Educación General Básica de primero a décimo año y promover el acceso de la población al Bachillerato en todas sus modalidades, respectivamente;

Plan Decenal de Educación 2006-2015, políticas 2 y 3: Universalización de la Educación General Básica de primero a décimo año e incremento de la matrícula en el bachillerato hasta alcanzar al menos el 75 % de la población en la edad correspondiente, respectivamente;

Programas: Textos Escolares Gratuitos; Uniformes Escolares; Alimentación Escolar; Infraestructura Física; y Desarrollo Profesional SIPROFE.

31.Entre los años 2006 y 2016, la tasa neta de asistencia en primaria se incrementó en 3,4 puntos porcentuales, más del 95 %, a partir del año 2008. En el área urbana el incremento fue de 3,5 puntos porcentuales y en el área rural de 3,2 puntos porcentuales. En cuanto a la tasa neta de asistencia en secundaria, entre los años 2006 y 2016, el incremento en el área urbana fue de 13,7 puntos porcentuales y el área rural fue de 29,3 puntos porcentuales. En promedio, la tasa neta de asistencia en secundaria se incrementó en 19,5 puntos porcentuales en este intervalo de tiempo.

32.En cuanto a la finalización del bachillerato, entre el 2006 y el 2016, el porcentaje de personas con Educación General Básica (EGB) completa (16 a 24 años) se incrementó en 19,4 puntos porcentuales y el porcentaje de personas con bachillerato completo (18 a 24 años) se incrementó en 17,98 puntos porcentuales. De igual forma, en el país se mantiene un número importante de estudiantes que siguen bachillerato técnico: en 2016 su participación fue del 34 %.

33.Desde el 2014 se ha capacitado a 138 817 docentes en algunas áreas disciplinarias, como la formación transversal, las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) y las herramientas para el aula, mientras que 4 202 docentes se han beneficiado de becas completas en programas de maestría, dentro y fuera del país.

34.En la Ley Orgánica de Educación Superior (LOES), se garantiza que la enseñanza superior sea accesible a todos. En este sentido, el Consejo de Educación Superior (CES) aprobó el Reglamento para garantizar la gratuidad de la Educación Superior pública, cuyo objeto es “[…] establecer las normas y procedimientos de aplicación de carácter general y obligatorio, para el efectivo cumplimiento de la gratuidad de la educación superior pública hasta el tercer nivel en todas las modalidades de estudio”. A su vez, el artículo 3 del Reglamento para garantizar la igualdad de todos los actores en el Sistema de Educación Superior establece los principios de igualdad de oportunidades, sin discriminación. Hasta 2016, el Estado otorgó 19.586 becas de educación superior.

Artículo 15

35.La Ley Orgánica de Cultura fija las garantías operativas de los derechos culturales tanto en las dimensiones organizativoinstitucionales, como en lo que se refiere a la dimensión funcional de dicha garantía (regulando las bases y fundamentos de las políticas culturales). La Ley reconoce a los bienes y expresiones culturales diversas, a través del concepto de memoria social. La política pública se orienta a la identificación de los bienes de especial relevancia social, y a estimular el estudio y la puesta en valor de los mismos, sin descuidar la protección. La ley acoge las principales recomendaciones relativas a la protección de la diversidad cultural y al fomento de las industrias culturales insertas en los tratados internacionales.

36.Por otra parte, el programa “Ecuador, Territorio de las Artes”, Fondos Concursables 2008-2017, entre otros festivales y fondos, representan las plataformas de apoyo público más relevantes a nivel nacional y el mecanismo de financiamiento directo para la ejecución de proyectos artísticos y culturales planteados por artistas, gestores y actores nacionales. La inversión total asciende a USD 13 645 411,08. Además, entre 2007 y 2015, se ha entregado un total de USD 9 252 108,65 en fondos para proyectos cinematográficos.

III.Información relativa a las recomendaciones del Comité

Recomendación 9

37.El Ecuador ha elevado a rango constitucional el derecho a consulta previa, libre e informada (CRE, art. 57, párr. 7). Se contempla también en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana (LOPC), y su proceso se regula en el Reglamento para la Ejecución de la Consulta Previa Libre e Informada en los Procesos de Licitación y Asignación de Áreas y Bloques Hidrocarburíferos.

38.La consulta previa debe realizarse obligatoriamente previa adjudicación de bloques o áreas que constituyan zonas de influencia de pueblos y nacionalidades indígenas, y es ejecutada a través de la Secretaría de Hidrocarburos y supervisada por el Ministerio de Hidrocarburos (MH), en coordinación con el Ministerio del Ambiente (MAE), y Secretaría Nacional de Gestión Política (SNGP), como entidades coadyuvantes en temas ambientales, sociales y de participación ciudadana respectivamente.

39.El objetivo principal radica en garantizar, tanto derechos colectivos como el acceso a la información veraz y oportuna sobre el plan o programa a desarrollarse; considerando los criterios y las observaciones de las comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas, para que las áreas o bloques a ser licitados no generen afectación social, cultural o ambiental.

40.A fin de realizar un proceso de consulta previa, libre e informada acorde a la realidad de cada uno de los pueblos y nacionalidades, previo a la realización efectiva del proceso como lo estipula el Decreto Nº 1247, el Estado realiza un diagnóstico socio ambiental en el cual se genera un primer acercamiento con la comunidad, que permite identificar los factores sociales y ambientales necesarios para ejecutar correctamente la Consulta.

41.La convocatoria se la realiza mediante oficios dirigidos a los representantes de las comunidades, anuncios en medios de comunicación locales como radio, prensa escrita, o invitaciones puerta a puerta. Cabe señalar que todos los mecanismos para la convocatoria están contenidos en una campaña de comunicación comunitaria y política, la cual cuenta con material informativo elaborado en el idioma de la comunidad, abarcando elementos culturales propios de la Región.

42.El proceso de consulta previa incorpora información técnica sobre el alcance y las implicaciones de los proyectos de inversión y desarrollo hidrocarburífero referente a: 1) Riesgos y oportunidades de la actividad del sector; 2) Alcance, naturaleza y envergadura de los proyectos; duración de la actividad; 3) Ubicación georreferenciada de las áreas que eventualmente serán intervenidas; 4) Normativa Ambiental aplicable y política de protección a la naturaleza, considerada sujeto de derechos en el Ecuador y 5) Derechos Ciudadanos. Asimismo, se provee amplia información sobre la normativa y las políticas de Estado que regulan la distribución de la riqueza generada por el aprovechamiento racional y sustentable de los recursos hidrocarburíferos.

43.En el mismo ámbito, se realiza una evaluación previa sobre los probables impactos positivos y negativos en los componentes económicos, sociales, culturales y ambientales de la zona sujeta a estudio.

44.El Reglamento antes mencionado detalla los distintos mecanismos utilizados dentro del proceso de consulta, que son: oficinas de consulta permanente; audiencias públicas; oficinas de consulta itinerantes; centros de información pública; foros públicos de diálogo ciudadano; y asambleas generales de retroalimentación.

45.Cabe señalar que las asambleas públicas, los foros de diálogo ciudadano y asambleas de retroalimentación cuentan con la participación de un facilitador, debidamente acreditado por el MAE, responsable de gestionar el proceso y el diálogo entre la comunidad y los representantes del Estado.

46.En virtud de un proceso sostenido que se ha nutrido de los procesos llevados a cabo, el Ecuador cuenta con los siguientes resultados: intervención en 19 bloques; realización de 302 mecanismos alrededor de 626 comunidades; participación de 7 nacionalidades; y participación de 22 450 miembros de las comunidades aproximadamente. Cada proceso de consulta previa, libre e informada que se ha desarrollado cuenta con un expediente que contiene las convocatorias efectuadas, así como la información de las comunidades que han participado.

47.Debe destacarse que el Ecuador cuenta con un doble proceso de consulta. Una vez que los bloques son licitados o asignados a una empresa pública o privada, pasan a una segunda consulta, denominada consulta ambiental, que está contenida en el Reglamento de Aplicación de los Mecanismos de Participación Social. Su realización se da de manera previa a cualquier actividad que se vaya a realizar efectivamente en los bloques que ya han sido licitados o asignados, estableciendo una doble garantía. De igual manera, el artículo 82 de la LOPC, sobre la consulta ambiental, determina que:

Toda decisión o autorización estatal que pueda afectar al ambiente deberá ser consultada a la comunidad, para lo cual se informará amplia y oportunamente. El sujeto consultante será el Estado. El Estado valorará la opinión de la comunidad según los criterios establecidos en la Constitución, los instrumentos internacionales de derechos humanos y las leyes.

48.Dentro del Plan Nacional de Desarrollo 2017-2021 – Toda una Vida, se contempla una Estrategia Territorial Nacional (ETN), mediante la cual se identificó las necesidades de los habitantes del Ecuador, en cada parte del país, para definir qué hacer, dónde hacer y cuáles son los responsables de cada acción que se ejecuta en el territorio, para mejorar las condiciones de vida de todas y todos. Es así que dentro del literal d) de los Lineamientos territoriales de acceso equitativo a infraestructura y conocimiento del plan mencionado, se contempla como eje para el impulso a la productividad y la competitividad sistémica a partir del potenciamiento de los roles y funcionalidades del territorio, el desarrollo de procesos de planificación especial en áreas de influencia de proyectos de trascendencia nacional y zonas económicas de desarrollo especial, con consulta previa, libre e informada, veeduría ciudadana y control social.

49.Finalmente, sobre la sentencia Pueblo Indígena Kichwa de Sarayaku Vs. Ecuador, el Estado ecuatoriano ha coordinado la ejecución de las medidas dispuestas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en los plazos establecidos, de forma que este Órgano ha declarado el cumplimiento de las siguientes medidas de reparación: 1) Realizar un acto público de reconocimiento de responsabilidad internacional por los hechos del caso; 2) Publicar el resumen oficial de la sentencia en: el Registro Oficial, un diario de amplia circulación nacional, en un sitio web oficial; 3) Realizar la difusión del resumen oficial de la sentencia en una emisora radial de amplia cobertura en los idiomas español, kichwa y otras lenguas indígenas de esa subregión; 3) Pagar las cantidades fijadas en los párrafos 317, 323 y 331 de la sentencia, por concepto de indemnizaciones por daños materiales e inmateriales, y por el reintegro de costas y gastos, en los términos de los referidos párrafos y de los párrafos 335 a 339 de sentencia; 4) Reintegrar al Fondo de Asistencia Legal de Víctimas la cantidad establecida en el párrafo 334 de la Sentencia.

Recomendación 10

50.La Constitución de la República del Ecuador, en su artículo 163, dispone que:

La Policía Nacional tiene como misión el atender la seguridad ciudadana y el orden público, y proteger el libre ejercicio de los derechos y la seguridad de las personas dentro del territorio nacional. Los miembros de la Policía Nacional tendrán una formación basada en derechos humanos, investigación especializada, prevención, control y prevención del delito y utilización de medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza.

51.En este sentido, mediante Acuerdo Ministerial Nº 5233, el Ministerio del Interior estableció las obligaciones generales y requisitos de permanencia paras los servidores de la Policía Nacional, entre las que se encuentra la obligación de utilizar medios de disuasión y conciliación como alternativas al uso de la fuerza. De igual manera, el Reglamento de uso legal, adecuado y proporcional de la fuerza para la Policía Nacional del Ecuador, publicado mediante Acuerdo Ministerial Nº 4472, dentro de su Capítulo III proporciona las directrices para el uso de la fuerza por parte de la Policía Nacional; y establece de manera clara el deber de usar la fuerza de forma oportuna, necesaria, proporcional, racional y legal. Establece además que ningún servidor policial puede ser sancionado por no acatar una orden de uso de la fuerza ilegítima e inconstitucional. Por ello, las y los servidores policiales se rigen a los instrumentos aquí señalados y solo deben aplicar el uso de la fuerza en los casos necesarios bajo los parámetros establecidos, siempre y cuando no sea una orden inconstitucional y que afecte un derecho constitucional como la manifestación pacífica y derechos conexos.

52.Por otro lado, respecto a los delitos de sabotaje y terrorismo, la construcción de estos tipos penales permite identificar con claridad elementos como el bien jurídico protegido, verbo rector, circunstancia, sujeto activo y la sanción. De esta manera, el detalle de las circunstancias que conforman el elemento objetivo del tipo permite delimitar el ámbito de aplicación de estos, según lo recomienda el Comité.

53.Lo dicho se evidencia en los artículos 345 (sabotaje) y 366 (terrorismo) del COIP, que prescriben:

Artículo 345.- La persona que con el fin de trastornar el entorno económico del país o el orden público, destruya instalaciones industriales o fabriles, centros comerciales, puertos, canales, embalses, minas, polvorines, vehículos o cualquier otro medio de transporte, bienes esenciales para la prestación de servicios públicos o privados, depósitos de mercancías, de explosivos, de lubricantes, combustibles, materias primas destinadas a producción o al consumo nacional, vías u obras destinadas a la comunicación o interrumpa u obstaculice la labor de los equipos de emergencia, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años. La pena será privativa de libertad de siete a diez años si se destruye infraestructura de los sectores estratégicos. (Énfasis añadido).

Artículo 366.- La persona que individualmente o formando asociaciones armadas, provoque o mantenga en estado de terror a la población o a un sector de ella, mediante actos que pongan en peligro la vida, la integridad física o la libertad de las personas o pongan en peligro las edificaciones, medios de comunicación, transporte, valiéndose de medios capaces de causar estragos, será sancionada con pena privativa de libertad de diez a trece años, en especial si (énfasis añadido):

1.La persona que, respecto de un transporte terrestre, una nave o aeronave, plataformas fijas marinas, se apodere de ella, ejerza control sobre la misma por medios tecnológicos, violentos, amenaza o intimidación; derribe, destruya, cause daños, coloque o haga colocar un artefacto o sustancia capaz de destruirlo o causar daños que le incapaciten para su transportación;

2.La persona que destruya por cualquier medio, edificación pública o privada, plataforma fija marina, instalaciones de áreas estratégicas, servicios básicos esenciales, así como de las instalaciones o servicios de transportación terrestre, navegación aérea o marítima, si tales actos, por su naturaleza, constituyen un peligro para la seguridad de la transportación terrestre, de las aeronaves o naves, como de la seguridad de las plataformas y demás edificaciones;

3.La persona que realice actos de violencia que por su naturaleza, causen o puedan causar lesiones o constituyan un peligro para la seguridad de estos o sus ocupantes, en un transporte terrestre, a bordo de una aeronave, nave, en una plataforma fija marina, en puertos, aeropuertos, instalaciones de áreas estratégicas, servicios básicos esenciales o ambiente;

4.La persona que comunique, difunda o transmita informes falsos poniendo con ello en peligro la seguridad de un transporte terrestre, de una nave o aeronave;

5.La persona que, irrumpa los locales oficiales, la residencia particular o los medios de transporte de las personas internacionalmente protegidas;

6.La persona que realice por sí misma o por medio de terceros, operaciones y transacciones financieras económicas, con el objeto de dar apariencia de licitud para desarrollar actividades terroristas tipificadas en este Código;

7.La persona que hurte, robe, malverse, obtenga mediante fraude o extraiga mediante amenazas, uso de la violencia o intimidación materiales nucleares.

8.La persona que reciba, posea, use, transfiera, altere, evacúe o disperse materiales nucleares sin autorización legal, si tal acto causa lesiones graves a una persona o grupo de personas o daños materiales sustanciales;

9.La persona que entregue, coloque, arroje o detone un artefacto o sustancia explosiva u otro artefacto mortífero en o contra un lugar de uso público, una instalación pública o de gobierno, una red de transporte público o una instalación de infraestructura, con el propósito de causar la muerte o graves lesiones corporales a las personas o con el fin de causar una destrucción material significativa;

10.Cuando por la realización de estos actos se produzca la muerte de una o más personas, será sancionada con pena privativa de libertad de veintidós a veintiséis años.

54.De igual forma, las y los operadores de justicia tienen la obligación de aplicar la normativa penal en concordancia con los derechos fundamentales establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Ecuador, según lo dispone el artículo 427 de la Constitución. Adicionalmente, el COIP responde a un modelo de derecho penal garantista, y contempla una serie de principios que deben regir la administración de justicia penal y están orientados a la limitación de la arbitrariedad en el ejercicio del ius puniendi estatal.

55.Los tipos penales antes mencionados gozan de una tipificación clara, no obstante, la Constitución y la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional (LOGJCC) prevén mecanismos para precautelar la compatibilidad de las normas del ordenamiento jurídico con la Carta Magna y los instrumentos internacionales de derechos humanos ratificados por el Ecuador. Tal es el caso del control concreto de constitucionalidad (LOGJCC, art. 141), que permite a las partes procesales en un litigio consultar a la Corte Constitucional del Ecuador la constitucionalidad de la aplicación de una norma (en este caso una norma substantiva penal), considerando tanto la Constitución como el bloque de constitucionalidad. Es así que ante una duda razonada sobre la armonía de una norma infraconstitucional, corresponde al juez suspender la substanciación del proceso judicial mientras se resuelve sobre su aplicabilidad (LOGJCC, 2009, art. 142).

Recomendación 11

56.La Agenda Nacional para la Igualdad de Nacionalidad y Pueblos 2013-2017, tiene como finalidad reducir brechas y asimetrías socioeconómicas, combatir la pobreza, fomentar una inclusión política y social basada en más participación y respeto de la diferencia, así como en posibilitar avances para combatir la discriminación y el racismo. En este sentido, presenta un diagnóstico de la situación de nacionalidades y pueblos, y plantea ejes temáticos, políticas y lineamientos a ser tomados en cuenta en las agendas intersectoriales y sectoriales.

57.La Agenda ha establecido como ejes de trabajo los siguientes: 1. Tierras y territorios; 2. Derechos colectivos; 3. Administración y Acceso a la Justicia; 4. Derechos del Buen Vivir; 5. Derechos económicos; 6. Derechos de Participación, Comunicación e Información; 7. La Plurinacionalidad y la Interculturalidad, basados en el carácter plurinacional e intercultural del Estado ecuatoriano, a fin de facilitar la incorporación en la planificación de estas premisas, y orientar los objetivos centrales en torno al logro del Sumak Kawsay o Buen Vivir para todos quienes conforman el país.

58.Considerando la necesidad de contar con información desagregada, el ex Ministerio Coordinador de Desarrollo Social (MCDS), actual Secretaría Técnica del Plan Toda una Vida, desarrolló una plataforma digital conocida como SICES (Sistema Integrado de Conocimiento y Estadística Social) que proporciona información desagregada por grupos étnicos. Las opciones que ofrece esta plataforma son las siguientes: estadística; programas sociales; geosocial; observatorio; conocimiento; foro; biblioteca. Estos constituyen un sistema de monitoreo de las acciones ejecutadas, que permite identificar las brechas de inequidad que están siendo superadas, y a la vez, es un mecanismo de veeduría ciudadana respecto a los objetivos planteados.

59.Cifras desagregadas en Anexo 1.

Recomendación 12

60.La Ley Orgánica de Discapacidades (LOD) dispone que toda empresa pública o privada con más de 25 empleados debe contratar obligatoriamente a personas con discapacidad, hasta completar el 4 % del total de su nómina. Esto ha propiciado un incremento significativo de la inserción laboral de las personas con discapacidad, pasando de 9 911 personas en relación de dependencia (sector público y privado) en el 2011 a 580 161 en el 2017. En cuanto a los trabajos independientes, se registra 24 719 personas con discapacidad afiliadas a la Seguridad Social sin relación de dependencia; es decir, que actualmente perciben ingresos mensuales de manera independiente.

61.La actual política de gobierno, a través del Plan “Toda una Vida”, que pone en marcha el proyecto para atender durante todo el ciclo de vida a las y los ciudadanos ecuatorianos en condición de extrema pobreza del país, busca que para el período 2017‑2021, se logre fortalecer la capacidad productiva de personas con discapacidad en condiciones de pobreza y extrema pobreza, a través de micro emprendimientos de las personas que reciben el Bono Joaquín Gallegos Lara, el cual consiste en una transferencia monetaria mensual entregada por Gobierno Nacional a las personas con discapacidad.

62.En este mismo marco, la Agenda Nacional para la Igualdad de Discapacidades 2013‑2017 (Plan Nacional de Discapacidades) establece al trabajo como sexto eje de acción, cuya política es: “Salvaguardar y promover el derecho al trabajo de las personas con discapacidad, sin discriminación, en igualdad de derechos laborales y considerando las condiciones específicas de la personas con discapacidad”. Es así que en el cumplimiento de este eje se han promovido inspecciones laborales por parte del MDT, con el objetivo de asegurar la inserción laboral de las personas con discapacidad conforme lo que establece la referida Ley.

63.Adicionalmente, el 4 de diciembre de 2017, el presidente de la República, Lenín Moreno, presentó el Plan Nacional de Discapacidades 2017-2021, y la Agenda de la Igualdad para Discapacidad 2017-2021. En esta Agenda se establece como eje de política pública el de “Trabajo y Empleo”, mismo que tiene como objetivo fomentar la inclusión laboral de las personas con discapacidad e impulsar el emprendimiento, tomando en consideración el porcentaje de instituciones que cumplen la cuota de inclusión laboral; porcentaje de productos específicos de financiamiento para personas con discapacidad; número de proyectos de emprendimiento productivos y el índice de satisfacción de inclusión laboral de las personas con discapacidad.

64.Por su parte, el Ministerio de Industrias y Productividad (MIPRO) implementó procesos para la innovación productiva, como parte de las políticas públicas de inclusión social, con una inversión que, al año 2017, supera los USD 7 000 000, creando 2 116 plazas de empleo para personas con discapacidad y sus familias.

Recomendación 13

65.En 2017 se promulgó la Ley Orgánica de Movilidad Humana (LOMH), la cual marca un antes y un después en cuanto a la regulación legislativa para permitir el disfrute efectivo de los derechos de personas refugiadas y solicitantes de refugio en Ecuador (Anexo 2).

66.En esta área, el MREMH ha desarrollado acuerdos o convenios sobre la materia durante los últimos años, entre los cuales están: 1. La Carta de Entendimiento entre el MREMH y el Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR); 2. El Proyecto de Cooperación con ACNUR para el fortalecimiento de la Dirección de Refugio del MREMH en 2017; 3. El Convenio de Cooperación Interinstitucional entre la Dirección General del Registro Civil y el MREMH.

67.De la misma manera, dentro de las políticas y acciones adoptadas por el Gobierno del Ecuador en materia de refugio, a nivel nacional, se han desarrollado las siguientes actividades:

a)Organización de las Reuniones Binacionales Ecuador-Colombia, en donde se ha tratado el tema de los Refugiados colombianos en Ecuador y un Plan de Retorno. La más reciente Reunión Binacional (la Décima primera), se llevó a cabo en Quito, el 25 de septiembre de 2017;

b)Organización de las reuniones anuales sobre el Mecanismo Tripartito Ecuador-Colombia-ACNUR-OIM. La más reciente Reunión del Mecanismo Tripartito (la Sexta), tuvo lugar en Quito, el 25 de septiembre de 2017;

c)Apertura, adecuación y equipamiento de oficinas para las unidades de refugio a nivel nacional, sobre todo en lugares fronterizos de mayor afluencia de solicitantes de refugio como son Lago Agrio, Esmeraldas, San Lorenzo e Ibarra. Además de las oficinas en Quito, Guayaquil, Azogues y Santo Domingo;

d)Capacitación a las y los servidores públicos vinculados con el proceso relativo a la determinación de la condición de los refugiados en el Ecuador y mejoramiento en la atención, a través de la automatización de procesos;

e)Remisión de casos a ONGs, para la entrega de asistencia humanitaria, legal o educativa;

f)Socialización del proceso de determinación de la condición de refugiados y los derechos que asisten a los solicitantes de refugio y a los refugiados reconocidos, tanto con instituciones públicas como entidades privadas; a fin de que todas las personas atañidas a protección internacional en el Ecuador, puedan insertarse e integrarse de manera idónea en la sociedad ecuatoriana;

g)Asistencia a reuniones a nivel internacional para exponer el tema de refugio en el Ecuador, en diferentes países de la Región y, en algunos casos, en reuniones organizadas a nivel de las Naciones Unidas, en Nueva York o Ginebra;

h)Organización de eventos y ferias por el Día Mundial del Refugiado (20 de junio de cada año), en distintas ciudades del Ecuador;

i)Elaboración y difusión masiva de dípticos y trípticos informativos sobre el procedimiento para solicitar refugio, mediante los cuales, se comunica a las personas de nacionalidad extranjera sobre el derecho que les asiste para presentar una solicitud de refugio, cumpliendo las disposiciones establecidas en la LOMH y su Reglamento.

68.En lo referente a vivienda, el Ministerio de Desarrollo Urbano y Vivienda (MIDUVI) ha desarrollado e implementado una normativa para garantizar el acceso a una vivienda de interés social a todas las personas, sean estas ecuatorianas o extranjeras, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 7 del Acuerdo Ministerial Nº 027-15, de 24 de agosto de 2015, Reglamento para la operación del Sistema de Incentivos para la Vivienda (SIV), el mismo que establece que el postulante, de no ser Ciudadano ecuatoriano, debe contar con residencia legal superior a cinco años o tener la condición de refugiado.

69.En cuanto a acceso a educación pública, el Estado ecuatoriano garantiza el acceso universal, permanencia, movilidad y egreso sin discriminación alguna, y su obligatoriedad en el nivel inicial, básico y bachillerato o su equivalente. Adicionalmente, se establece que la educación pública será gratuita hasta el tercer nivel de educación superior.

70.De manera específica, el Estado ecuatoriano ha previsto la protección de personas en condiciones de doble vulnerabilidad, incluyendo refugiados y desplazados; en virtud de lo contemplado en el artículo 234 del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI), en donde se establece que: “Se consideran en situación de vulnerabilidad las personas que se encuentran en condiciones de movilidad humana, es decir, refugiados y desplazados […]”. Y a su vez, en cumplimiento de lo promulgado por el artículo 58 del Código de la Niñez y Adolescencia (CNA), el cual establece los derechos de los niños, niñas y adolescentes refugiados, mencionando que: “[…] los niños, niñas y adolescentes que soliciten o a quienes se les haya concedido el estatuto de refugiado, tienen derecho a recibir protección humanitaria y la asistencia necesaria para el pleno disfrute de sus derechos”.

71.En tal virtud, el MINEDUC ha expedido la “Normativa para regularizar y garantizar el ingreso, permanencia y culminación del proceso educativo en el Sistema Nacional de Educación a población que se encuentra en situación de vulnerabilidad y rezago escolar”, la cual tiene como objeto regular los mecanismos de vinculación al Sistema Nacional de Educación (SNE) de personas en condiciones de vulnerabilidad, conforme han sido definidas en el Reglamento General a la LOEI.

72.En lo que respecta al registro de información sobre el acceso a servicios públicos de personas en situación de movilidad humana, el MINEDUC, a través de Ley Orgánica de Educación Intercultural y su Reglamento General, establece dos procesos importantes:

a)Inscripción al sistema educativo fiscal a través del sistema de inscripción y asignación de cupos a instituciones educativas fiscales, en el cual se prevé un tipo de inscripción denominado “migración”, que permite registrar el país de procedencia y el último año cursado; es así que, en los dos últimos años lectivos (2016-2017 y 2017-2018) se ha inscrito por migración a aproximadamente 5 544 aspirantes;

b)Reconocimiento y homologación de estudios obtenidos en el exterior, tanto por extranjeros como ecuatorianos que regresan al país (Anexo 3).

73.En las zonas particularmente afectadas por conflictos susceptibles de generar procesos de migración de personas en condición de refugiadas o asiladas, Esmeraldas, Carchi o Sucumbíos; las instituciones educativas tienen la plena potestad de desarrollar destrezas específicas para abordar dichos problemas (apertura curricular) o de priorizar, reconfigurar, reformular y/u organizar las destrezas existentes (flexibilidad curricular); de tal suerte que puedan permitir el tratamiento de dichos problemas de manera pertinente, rigurosa y compleja.

74.En lo referente al acceso a salud, se atiende de forma gratuita, y sin solicitud de certificados de estatus migratorio, a todas las personas, tanto en los centros de salud, como en los hospitales generales y hospitales especializados públicos.

75.Las personas extranjeras atendidas por el sistema público de salud, en 2014 fueron 183 838, en el 2015, 194 437; esta cifra descendió a 181 002 personas en 2016; mientras que para el año 2017, considerando únicamente el período de enero a julio, se atendió a 95 691 ciudadanos extranjeros.

76.Sobre la inversión que el Estado ecuatoriano destina a la salud, exclusivamente a población extranjera, se observa que en el 2016 alcanzó un total de USD 13,76 millones.

Recomendación 14

77.Como se refirió anteriormente, el 8 de marzo de 2018, el Presidente de la República, Lenín Moreno, realizó la presentación de la Estrategia Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres, a través del cual se trabajará para desfeminizar la pobreza y para que las mujeres cuenten con opciones que permitan garantizar su autonomía. Asimismo, en noviembre del 2018, se prevé presentar el Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres, con base en la citada Estrategia, siendo que este plan contemplará distintos ejes para incorporar el principio de igualdad en cuanto a derechos económicos, sociales y culturales.

78.Además, el 8 de marzo de 2018, el INEC presentó el Atlas de Género 2018, que recopila varios indicadores con el fin de visibilizar posibles brechas de género y brindar un instrumento de análisis para avanzar hacia niveles de vida adecuados.

79.De igual forma, el Estado ecuatoriano, a través del Banco Central del Ecuador, ha puesto a disposición un fondo de diez millones de dólares por medio de BanEcuador, destinado a financiar créditos para el emprendimiento de mujeres, priorizando a aquellas en situación de violencia. Esta estrategia pionera está disponible desde las primeras semanas de 2018, con el objetivo de impulsar y motivar a la banca pública y privada nacional a diseñar productos que contribuyan al acceso equitativo del crédito y promuevan la equidad económica.

80.Adicionalmente, se implementa el Plan Mujer como parte del Plan Toda una Vida, que tiene como objetivo contribuir a mejorar la calidad de vida de las mujeres ecuatorianas, especialmente aquellas que se encuentran en situación de vulnerabilidad, y promover tanto el empoderamiento como la exigibilidad de las mujeres en sus derechos.

81.A su vez, en el marco de la entrega del Bono de Desarrollo Humano (BDH), se ha implementado la Estrategia de Acompañamiento Familiar, que identifica las fortalezas y capacidades de las familias usuarias del BDH, con el objetivo de mejorar sus condiciones básicas de desarrollo familiar. El presupuesto total invertido en el acompañamiento familiar es de USD 17 028 417,41 en el año 2015 y la población beneficiada, un total de 1 103, de la cual, 351 son hombres y 752 mujeres.

82.Por otro lado, en el año 2016, el CORDICOM publicó el libro “Comunicar sin discriminar, comunicación y periodismo para la igualdad”, con el objetivo de orientar a los medios de comunicación en el abordaje de las temáticas de género, intergeneracionalidad, discapacidades, pueblos y nacionalidades, y movilidad humana, para una comunicación en un marco de derechos.

83.De igual manera, se realizó la publicación del libro “La percepción de la imagen de la mujer en los medios de comunicación social en Ecuador”, el cual presenta el resultado de una investigación realizada a través de grupos focales con hombres y mujeres de diversos sectores, edades y realidades socioeconómicas del país; y realiza una revisión de la normativa y debate académico existente sobre el tema género y comunicación. También, se cuenta con la publicación “Discriminación hacia las mujeres y su representación en medios de comunicación”, que hace una investigación histórica de este tema, hasta el momento actual, y brinda recomendaciones que apuestan a la eliminación de estereotipos, discriminación y violencia de género.

84.Por su parte, el Consejo Nacional para la Igualdad de Género (CNIG) construye políticas institucionales para la igualdad y la no discriminación en razón de género, dentro de todas las entidades del sector público dando cumplimiento al mandato constitucional.

Recomendación 15

85.La política laboral se basa en la concreción de los derechos de las y los trabajadores y en la protección de los empleos. Las recientes reformas laborales precautelan el empleo, facilitan la adaptabilidad de jornadas de trabajo para reactivar la producción, establecen modalidades de contratos que garanticen estabilidad laboral, entre ellas el empleo juvenil, y propenden la recuperación económica, especialmente en zonas declaradas en emergencia a raíz del terremoto ocurrido el 16 de abril de 2016.

86.Para el 2017, la tasa de desempleo a nivel nacional muestra un claro descenso, siendo el más importante dentro de los últimos cinco años, ubicándose en 4,4 % en marzo de 2017 comparado con el 5,7 % de marzo de 2016, representando una baja de 1,3 puntos porcentuales. Esto se traduce a aproximadamente 94 000 personas que han salido del desempleo, según la última Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (ENEMDU), publicada por el INEC. Ecuador es uno de los países con la tasa de desempleo más baja de la región.

87.Desagregando estos datos por áreas, en diciembre de 2017, la tasa de desempleo urbano se ubicó en 5,8 % en comparación al 6,5 % de diciembre de 2016. En el área rural, en 2017 el desempleo alcanzó el 2,1 % frente a 2,5 % en diciembre del 2016.

88.Otro elemento del derecho al empleo es la capacidad de absorber empleo, que se mide a través de la tasa de empleo bruto; esta tasa incrementó, pasando de 63,8 % en diciembre de 2016 a 64,6 % a diciembre 2017.

89.La Ley Orgánica para la Defensa de los Derechos Laborales (LODDL) fue publicada mediante Registro Oficial Nº 797, de 26 de septiembre de 2012; y, fue modificada por última vez, el 18 de abril de 2017.

Recomendación 16

90.El Estado ecuatoriano no presenta una práctica de acudir a despidos sin motivación, por el contrario, garantiza la estabilidad laboral, posee un marco normativo que establece taxativamente las causales de cesación definitiva de funciones y de destitución definitiva; cuya determinación está sujeta a un proceso administrativo, en el que se garantiza el derecho a la defensa de la o el servidor inmerso en este y se reconoce el derecho a impugnar.

91.Los casos de cesación definitiva están contemplados en el artículo 47 de la Ley Orgánica del Servicio Público y su Reglamento, que establece los casos de cesación definitiva de funciones así como las causales de destitución.

Recomendación 17

92.El Estado ha impulsado una política salarial enfocada a eliminar la inequidad social y alcanzar el salario digno como mecanismo de justicia social y laboral. Así, se ha ejecutado el aumento consistente del salario mínimo, a fin de que la población pueda cubrir las necesidades básicas. El ajuste se ha determinado con base en la inflación, la tasa de crecimiento de la productividad y un factor de equidad que permitiera acercarlo al salario digno.

93.Por su parte, el MDT determina cada año el salario digno, de acuerdo al Código Orgánico de Producción, Comercio e Inversiones, en el que se definen sus componentes y la forma de realizar el cálculo de este valor. En este sentido, en el 2015, el mencionado valor alcanzó los USD 415,59 y en el 2016, USD 429,57.

94.Se ha logrado reducir considerablemente la brecha salarial de las mujeres respecto a los hombres en la última década, pasando del 34,3 % al 20,9 % a nivel nacional. Ley Orgánica para la Justicia Laboral y Reconocimiento del Trabajo en el Hogar contempla el aseguramiento social a mujeres trabajadoras del hogar, así como mecanismos de control y regulación de los sueldos y salarios, a través del Consejo Nacional de Trabajo y Salarios, mismo que fue creado por la Ley Reformatoria del Código del Trabajo del año 2015. Esta política estuvo acompañada de la Campaña para el Trabajo Doméstico Digno.

Recomendación 18

95.En concordancia con el artículo 435 del Código de Trabajo, en cuanto a gestión de la prevención, identificación, medición, evaluación y control de los riesgos del trabajo, el MDT expidió el “Instructivo para el registro de reglamentos y comités de higiene y seguridad en el trabajo” en el 2015.

96.Además, se estableció el Reglamento del Seguro General de Riesgos del Trabajo, a fin de proteger al afiliado y al empleador, mediante programas de prevención de los riesgos derivados del trabajo, acciones de reparación de los daños derivados de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales y ocupacionales, incluyendo la rehabilitación física, mental y la reinserción laboral.

97.Para garantizar condiciones laborales dignas, el MDT realiza periódicamente inspecciones a sitios de trabajo, habiéndose realizado 116 700 de estas entre 2007 y 2016.

98.Adicionalmente, existe un sistema de información que registra las vulneraciones a los derechos laborales y contribuye al fortalecimiento de las tareas de inspección, seguimiento y control, denominado Sistema Nacional De Control De Inspectores (SINACOI), en el que se registran trámites como: boletas únicas, inspecciones integrales y focalizadas, visto bueno, pliego de peticiones, entre otras. Además, se cuenta con el Sistema de inspecciones integrales denominado INSPECTOR INTEGRAL 2.0 en el que se registran las inspecciones que se deben realizar a las empresas de manera integral sobre el cumplimiento de obligaciones laborales y se establecen términos para culminar cada trámite. Finalmente, dentro del Sistema Gobierno por Resultados (GPR), en las metas cumplidas de los productos y servicios del MDT, se incluyen sanciones realizadas a empresas por incumplimiento de obligaciones laborales, como consecuencia de las inspecciones realizadas.

Recomendación 19

99.El artículo 440 del Código de Trabajo reconoce el derecho que tienen los trabajadores y empleadores a constituir asociaciones profesionales o sindicatos, estableciendo la edad mínima de catorce años para pertenecer a las mismas. En este sentido, el MDT promueve, evalúa y controla los procesos para el registro y funcionamiento de los sindicatos.

100.Las asociaciones o sindicatos tienen el derecho de constituirse en federaciones, confederaciones o cualesquiera otras agrupaciones sindicales, así como de afiliarse o retirarse de las mismas o de las organizaciones internacionales de trabajadores o de empleadores. Cabe destacar que el Código de Trabajo establece que estas no podrán ser suspendidas o disueltas, sino mediante procedimiento oral establecido en la precitada norma. Según datos presentados por la Dirección de Organizaciones Laborales del MDT, el número de Organizaciones con Registro de Socios es de 947, y el número de afiliados de dichas Organizaciones asciende a 47 047.

Recomendación 20

101.El porcentaje de la población económicamente activa (PEA) afiliada a la seguridad social contributiva (IESS, ISSFA e ISSPOL) presentó una mejora sustancial entre 2007 y 2016, pues pasó de 26,3 % en el 2007, a 42,1 % en el 2016 y, en las zonas rurales, de 20,4 % en 2007, a 37,9 % en 2015.

102.A su vez, el Acuerdo Ministerial Nº 012, del 10 de agosto de 2017, establece que el MIES deberá entregar las transferencias monetarias a personas en condiciones de vulnerabilidad que no están afiliadas a un sistema de seguridad público. De esta manera, se establece un mecanismo de protección a través del BDH y Pensiones, dirigido de preferencia a las mujeres que constan como jefas de núcleo familiar, que se encuentren bajo la línea de pobreza, de acuerdo a los resultados obtenidos del Registro Social.

103.La normativa antes mencionada también contempla pensiones para adultos mayores que hayan cumplido 65 años de edad o más, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad y no estén afiliadas a un sistema de seguridad público; asimismo otorga pensiones para personas con discapacidad, dirigida a las personas con un porcentaje de discapacidad igual o superior al 40 % determinada por la autoridad sanitaria nacional, que se encuentren en condiciones de vulnerabilidad y que no estén afiliadas a un sistema de seguridad público.

104.En este sentido, cabe mencionar que el programa “Las Joaquinas” contempla la afiliación a la seguridad social de las madres cuidadoras; a su vez, se prevé un incremento del bono Joaquín Gallegos Lara, que actualmente corresponde al valor de USD 240, para que puedan no solo continuar atendiendo a personas con discapacidades, sino que también puedan sustentar su hogar y tener una vida digna.

105.Gracias al Convenio de Cooperación Interinstitucional suscrito entre el MIES y el IESS, los usuarios de las transferencias monetarias MIES pueden acceder a la afiliación a la seguridad social. El convenio incluye a las personas que sean usuarios del BDH y que realizan trabajo no remunerado del hogar. Mientras el usuario sea beneficiario del BDH, estas personas deben cumplir las condiciones establecidas para la afiliación, lo cual implica un aporte personal de USD 2,12, valor que es descontado de su bono. En este sentido, en el año 2017, aproximadamente 200 000 usuarias del Bono de Desarrollo Humano están afiliadas en la modalidad de afiliación al trabajo no remunerado del hogar.

106.Finalmente, el Código Integral Penal establece en su artículo 244 que: “[…] la o el empleador que no afilie a sus trabajadores al seguro social obligatorio dentro de treinta días, contados a partir del primer día de labores, será sancionado con pena privativa de libertad de tres a siete días”.

Recomendación 21

107.En concordancia con el marco normativo nacional vigente, en los instrumentos de planificación y de macro política, se recogieron aspectos relativos a la erradicación de la violencia contra las mujeres. En este sentido, en el Plan Nacional del Buen Vivir 2013-2017 (PNVB), se incluyó la política 6.7, relativa a la violencia contra las mujeres, con el objetivo de “prevenir y erradicar la violencia de género en todas sus formas”. En esta línea, el Plan contemplaba reformar y desarrollar los marcos normativos sobre la violencia de género en todas sus formas. De ahí que la Agenda Nacional de las Mujeres y la Igualdad de Género, que se construyó para el periodo 2014-2017, en el eje 2, contempló una política para garantizar a las mujeres y personas LGBTI, una vida libre de violencia, con lineamientos para su implementación desde los órganos rectores y ejecutores de la política pública.

108.Desde el 2014, el MJDHC lideró el Plan Nacional para la Erradicación de la Violencia de Género hacia la Niñez, Adolescencia y Mujeres (PNEVG). El PNEVG está integrado por el MDI, MIES, MINEDUC, MSP, CNIG. Para el año 2015, el PNEVG fue actualizado, con la formulación de un Plan de Acción 2015-2017, que contiene cinco ejes estratégicos alineados al PNBV, sobre todo en lo que respecta a “auspiciar la igualdad, la cohesión, la inclusión y la equidad social y territorial, en la diversidad”. En este marco, se establece actividades, planificadas según las competencias de las instituciones que lo conforman.

109.En el marco del PNEVG, se han desarrollado políticas públicas como:

“Jornada por los Derechos Humanos de las Mujeres” (2013) dirigido a servidores y servidoras públicas, “Ecuador actúa ya. Violencia de género, no más” (2013), enfocada en combatir la violencia hacia niñas, niños y adolescentes en relación a violencia física, sexual, y violencia en general, así como la violencia entre pares. Adicionalmente, se realizó una campaña radial en castellano, kichwa y shuar;

Durante los años 2014 y 2015, el MJDHC impulsó la Campaña “Infórmate, Habla y Actúa”, con material de difusión que se distribuyó en los distintos eventos públicos conmemorativos por el Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer (25 de noviembre), y el Día Internacional de los Derechos Humanos (10 de diciembre);

En abril del 2016, debido al terremoto ocurrido, se realizaron campañas emergentes dirigidas a la población afectada. En ese sentido, se debe destacar la “Campaña Solidaridad con Igualdad” propuesta por el CNIG, en articulación con la Universidad Central del Ecuador y la Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), desarrollando cuñas y dramatizaciones radiales, material impreso y caravanas comunicacionales para sensibilizar en la prevención de la violencia de género en situaciones de desastres;

Con el objetivo de asesorar y atender a víctimas de violencia, se ha creado casas de refugio para mujeres víctimas de violencia a nivel nacional y centros de atención integral, mediante convenios de cooperación con 23 organizaciones de la sociedad civil. A través de las diferentes organizaciones, se cuenta con dieciocho centros de atención, cuatro casas de acogida y una casa-centro, en catorce provincias. De igual manera, se establecieron dos casas especializadas para víctimas de trata con fines de explotación sexual y violencia sexual. Adicionalmente, se cuenta con Centros de Protección de Derechos, que se constituyeron en el Servicio Especializado de Protección Especial (SEPE), en los que se conocen casos de vulneración de derechos de mujeres, niños, niñas y adolescentes;

Se crearon líneas telefónicas de acceso gratuito para la atención a las víctimas de violencia. La Defensoría Pública maneja la línea 151 parar ofrecer servicio de consultas jurídicas; mientras que, el MJDHC tiene la línea 182 para prevención de violencia de género. De igual manera, el Servicio Integrado de Seguridad Ciudadana – ECU 911, a través de su línea de emergencia, atiende a víctimas de violencia, registrando en el sistema como subcategorías las siguientes: violencia intrafamiliar, agresión verbal, agresión física, agresiones, intimidación, violación, abuso sexual, lesiones, tentativa de violación, acoso sexual, agresión sexual, estupro, explotación sexual de personas y femicidio;

El 12 de junio de 2017, el Presidente de la República, Lenín Moreno, convocó a una “Cruzada Nacional contra la Violencia de Género”. Las reuniones de trabajo, dirigidas por el MJDHC, empezaron el 11 de julio de 2017, evidenciando el compromiso de las instituciones del Estado por desarrollar herramientas e instrumentos útiles que fortalezcan la lucha contra la violencia.

110.En esa misma línea, con el fin de reforzar la prevención y la reparación a las víctimas de violencia de género, el 26 de noviembre de 2017, la Asamblea Nacional aprobó la Ley Orgánica Integral para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (LOIPEVM), en conmemoración del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra las Mujeres; y, el 5 de febrero de 2018, esta entró en vigor.

111.La construcción de esta Ley contó con los aportes de mujeres y organizaciones sociales. En este sentido, el 22 de agosto del 2017, el MJDHC realizó un taller y, también ejecutó diálogos ciudadanos a nivel nacional. A su vez, el CONADIS llevó a cabo 23 talleres, entre el 13 de septiembre al 19 de septiembre de 2017, en 23 provincias del país; con la participación de 543 personas con discapacidad, de las cuales, 306 fueron mujeres y 237 hombres.

112.La LOIPEVM reconoce las diferentes formas de violencia, a saber: física, sexual, psicológica, patrimonial y simbólica, que se puede presentar en los espacios políticos, laborales, educativos, institucionales o judiciales, familiares, gineco-obstétricos, judiciales, mediáticos y comunitarios.

113.Asimismo, con el fin de articular coordinar el trabajo para el cumplimiento del objeto de la Ley, se instituyó el “Sistema Nacional Integral para prevenir y erradicar la violencia contra las mujeres”, el cual está conformado por el conjunto organizado de instituciones, normas, políticas, planes, programas, mecanismo y actividades orientados a prevenir y a erradicar la violencia contra las mujeres, a través de la prevención, atención, protección y reparación integral de los derechos de las víctimas. El Artículo 19 de la Ley establece los instrumentos de política pública que forman parte del Sistema.

114.Entre otras, como parte del Sistema se incluye el “Registro único de violencia contra las mujeres” que contará con las variables que permitan caracterizar y actualizar la información generada por los organismos que integran el sistema. De igual forma, establece el “Observatorio Nacional de la Violencia contra las Mujeres”.

115.En 2018 se llevó a cabo la campaña “noviazgo sin violencia”, dirigida a estudiantes de Unidades Educativas Secundarias en las ciudades de Ambato (11 unidades educativas), Gualaceo (6 unidades educativas), Loja (5 unidades educativas) y Nueva Loja (6 unidades educativas), involucrando a aproximadamente 1500 adolescentes.

116.De igual manera, el 8 de marzo de 2018, con motivo de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer, el MJDHC lanzó la campaña “Sé tú sin violencia”, con el objetivo de prevenir la violencia de género, a través de la sensibilización a la ciudadanía.

117.El 3 de diciembre de 2012, se suscribió un Convenio Marco entre la FGE, el MINEDUC y el CJ, con el fin promover líneas de acción para la efectiva investigación y sanción de los delitos sexuales contra la niñez y adolescencia en el ámbito educativo. Producto del Convenio, en el año 2013, se formularon las primeras rutas de denuncia y protección de víctimas de delitos sexuales en el ámbito educativo con el apoyo de fiscales especializados(as) y técnicas tanto de la FGE como del CJ.

118.En referencia a los Departamentos de Consejería Estudiantil (DECE), en el 2014, el MINEDUC expidió un nuevo Modelo de Atención para los profesionales de dichos departamentos. Posteriormente, se actualizó el Modelo de Funcionamiento de los DECE y se emitió el Acuerdo Ministerial Nº 00046-A, en mayo de 2016. En el Modelo y Acuerdo vigentes, se determina que toda institución educativa que tenga 450 estudiantes deberá contar con un profesional DECE. Se estima que el 54,49 % de estudiantes de instituciones de sostenimiento fiscal están cubiertos por el servicio del DECE.

119.En el año 2015, con la entrada en vigencia del COIP, se actualizaron las rutas de denuncia, en las cuales se establece como punto focal a los DECE. Asimismo, para el correcto funcionamiento de los procesos de denuncia, se capacitó a 433 funcionarios y funcionarias del sistema educativo, incluyendo profesionales de los DECE, autoridades distritales y áreas jurídicas de los distritos.

120.En junio de 2017, se expidió el “Instructivo de actuación para la atención a niños, niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual cometida o detectada en los establecimientos del sistema educativo nacional y los procesos para la investigación y sanción”, con el objeto de regular los procedimientos para la prevención, atención y acompañamiento de casos de abuso y violencia sexual. El instructivo permite orientar la actuación administrativa y judicial frente a este tipo de infracciones y describe tanto la obligatoriedad de denunciar como de actuar en los ámbitos judicial y administrativo, frente a las infracciones de tipo sexual tipificadas en forma expresa en los artículos 151 al 175 del COIP.

121.El 17 de agosto de 2017, autoridades del MINEDUC, MJDHC, CJ y de la FGE firmaron un nuevo “Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional para garantizar espacios educativos libres de violencia” cuyo objetivo es prevenir, identificar y judicializar la violencia física, psicológica o sexual en escuelas y colegios de todo el país. El Convenio establece el uso de procedimientos que garanticen la protección de niños, niñas y adolescentes, cuya integridad ha sido vulnerada o esté amenazada, dando prioridad a la asistencia a las víctimas de delitos sexuales. En esa línea, la FGE y el CJ tendrán que generar un registro de los casos de delitos contra la integridad física o sexual de las y los estudiantes, así como brindar atención, acompañamiento inmediato, realizar la restitución integral y la correspondiente reparación a las víctimas.

122.Entre las principales acciones que viabilizará este nuevo Convenio, se encuentran: 1) La creación de instancias técnicas de coordinación para el monitoreo permanente de los casos de violencia identificados en los establecimientos educativos. 2) La formulación y ejecución de planes y acciones de trabajo conjunto, orientados a prevenir toda práctica o tipo de violencia física psicológica o sexual que vulnere los derechos de los niños, niñas y adolescentes en los establecimientos educativos. 3) El desarrollo de mecanismos de investigación oportunos que permitan identificar y perseguir judicial y administrativamente este tipo de infracciones. 4) El desarrollo de campañas de sensibilización dirigidas a la ciudadanía. Estas acciones tienen el fin de promover una movilización social alrededor de este tema; así como, el desarrollo de campañas de concienciación y capacitación dirigidas a los directivos, docentes y administrativos de los establecimientos educativos, de cara a prevenir, identificar y combatir todo tipo de violencia, de manera especial, la de carácter sexual originada en la comunidad educativa.

123.En esta misma línea se prevé la creación de una Comisión Especial de Estadística de Violencia a Niñas, Niños y Adolescentes en el Ámbito Educativo, dentro del INEC. En el último trimestre del 2017, se han venido desarrollando reuniones interinstitucionales de la mesa técnica, encabezada por el MJDHC. Mediante las diferentes reuniones técnicas se pretende desarrollar el sistema de información homologado para el manejo de casos, estadísticas y cifras de violencia contra niñas, niños, adolescentes en el ámbito educativo. Adicionalmente, se encuentra en proceso de construcción la propuesta de restitución a víctimas de violencia sexual, elaborada por el MJDHC.

124.En 2015, 8 769 miembros de la comunidad educativa fueron capacitados sobre la ruta de prevención de la violencia. En el mismo año, 1 753 profesionales de los DECE de 1 051 instituciones educativas fiscales fueron capacitados sobre el protocolo de prevención de acoso escolar y, a su vez, 433 autoridades distritales, profesionales del área jurídica y profesionales de apoyo a los DECE fueron capacitados sobre la ruta de prevención de la violencia a nivel nacional.

125.A través del Convenio de Cooperación entre el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) y con el apoyo de la Fundación para la Infancia y Comunidad (FUNDIC), en el año 2016, se desarrolló e implementó el primer curso de “Fortalecimiento de capacidades y habilidades humanas”, llegando a capacitar a 3 097 profesionales de los DECE.

126.En el último período 11 480 docentes de instituciones educativas fiscales han recibido capacitaciones en prevención de violencia, protocolos de actuación frente casos de violencia cometidos o detectados en el sistema educativo, promoción de habilidades y estrategias preventivas como el desarrollo personal, derechos humanos, inclusión y diversidad, cultura de paz, afectividad, relaciones de género y sexualidad. Se ejecutaron talleres de prevención de acoso escolar para la implementación de la “Guía Práctica para el Abordaje del Acoso Escolar”, en las provincias de Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Imbabura, Santo Domingo de los Tsachilas, Santa Elena, Bolívar, y en la ciudad de Quito.

127.En el 2015, se capacitó a 1 395 profesionales de los DECE de 799 instituciones educativas fiscales, quienes replicaron los talleres de acoso escolar y sensibilizaron a 563 789 estudiantes y 35 401 docentes a nivel nacional. Para este proceso de capacitación, el MINEDUC realizó la reproducción de 14 000 ejemplares de la Guía Práctica para el Abordaje del Acoso Escolar, que fueron distribuidas a los profesionales de los DECE que participaron en los talleres de capacitación.

128.En el 2016, en el marco del cumplimiento del Convenio de Cooperación Interinstitucional (2012) entre MINEDUC, CJ y FGE; se cruzó la base de datos del MINEDUC, es decir, la información obtenida por el área de atención ciudadana de los distritos educativos, con las noticias del delito registradas en la FGE, del periodo que va desde febrero de 2015 a junio del 2016. Con este ejercicio, se detectaron 382 casos relacionados con violencia sexual, ingresados mediante el Módulo de Gestión de Atención Ciudadana (MOGAC) del MINEDUC.

129.El CONADIS realizó en agosto de 2017 la capacitación sobre “Principios Generales y Derechos en el ámbito de las Discapacidades”, dirigida a 580 profesionales de los DECE y de las Unidades de Apoyo a la Inclusión (UDAI) a nivel nacional; se abordaron los protocolos a seguir en caso de violencia por parte de los DECE y UDAI.

130.El CNII ha desarrollado e implementado una metodología de respuesta interinstitucional a los casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes denominada “Rutas de reparación de derechos en casos de violencia sexual a niñas, niños y adolescentes”, las cuales definen cuatro procesos diferenciados: atención, protección, sanción y reparación. Asimismo, en un trabajo conjunto con el Ministerio del Turismo, hasta el 2013, se realizaron procesos de “Rutas en casos de explotación sexual en el sector turístico” en 178 cantones del país.

Recomendación 22

131.Dentro del eje de protección de la Agenda para la Igualdad Intergeneracional, ANII 2013-2017, se desarrolló una política y siete lineamientos relacionados directamente con la protección y restitución de derechos de niñas, niños y adolescentes vinculados a actividades de trabajo infantil.

132.Entre los avances respecto a la erradicación del trabajo infantil, se encuentra la creación del Comité Nacional para la Erradicación Progresiva del Trabajo Infantil (CONEPTI), desde el cual, se coordinan acciones de sensibilización, control y seguimiento y el Proyecto de Erradicación del Trabajo Infantil (PETI), como instancia ejecutora de las actividades para erradicar el trabajo infantil, vigente desde el año 2007 hasta el año 2017.

133.A lo largo de 10 años del proyecto PETI, se ha brindado asistencia técnica a 99 Municipios, a través de 38 ordenanzas y 40 hojas de ruta para la erradicación del trabajo infantil a nivel local. Asimismo, con la creación de la Red de Empresas, se han desarrollado alianzas estratégicas, en la que participan más de 37 instituciones públicas y privadas con el objetivo de aportar en la erradicación del trabajo infantil en toda la cadena de valor de las instituciones involucradas.

134.El proyecto cuenta con el Sistema Único de Registro del Trabajo Infantil (SURTI), que posibilita articular y remitir a cada niña, niño o adolescente que se encuentran en trabajo infantil, a los servicios que requieren para proteger y restituir sus derechos y promover su desarrollo integral.

135.Por otro lado, el MDT ha realizado una actualización del listado de actividades peligrosas para adolescentes que trabajan, controlando y sancionando el incumplimiento de las disposiciones de ley. Actualmente, el Proyecto Trabajo Adolescente Protegido, se propone como mecanismo para asegurar la protección y el cumplimiento de derechos de este grupo poblacional.

136.Los datos proporcionados por el MDT, sobre niñas, niños y adolescentes en trabajo infantil reflejan una cifra de 522 656, con corte a marzo de 2017 (Anexo 4).

137.Por su parte, el MINEDUC, con el objetivo de ampliar las modalidades educativas que posibiliten el pleno cumplimiento del derecho a la educación, ha creado las modalidades de Educación Flexible, y el Programa de Acompañamiento Pedagógico Territorial, los cuales buscan incluir a niñas, niños, adolescentes que se encuentran en situación de vulnerabilidad.

138.Frente a esta problemática, a través del Servicio Ecuatoriano de Capacitación Profesional (SECAP), el personal técnico de las 140 UDAI del MINEDUC se ha capacitado durante los primeros meses del 2017 sobre Erradicación del Trabajo Infantil.

139.Asimismo, el MIES cuenta con un nuevo modelo de gestión, enfocado en brindar atención integral y de calidad a las niñas, niños y adolescentes, de entre cinco y catorce años, inmersos en actividades de trabajo infantil, buscando restituir sus derechos. En este sentido, para 2017, el MIES suscribió 76 convenios con Organizaciones de la Sociedad Civil, Organizaciones Religiosas y GADs; cubriendo a 8 724 niñas, niños y adolescentes, con un presupuesto de 5 021 227,11 dólares.

140.Por otra parte, el MINEDUC ha creado el programa de estudios de Bachillerato General Unificado (BGU), con el propósito de ofrecer un mejor servicio educativo para todos los jóvenes que hayan aprobado la Educación General Básica (EGB). El programa tiene como triple objetivo preparar a los estudiantes para: a) la vida y la participación en una sociedad democrática; b) el mundo laboral o del emprendimiento y c) continuar con sus estudios universitarios.

141.Adicionalmente, se implementó el Bachillerato Técnico Productivo (BTP) como una nueva oferta formativa establecida en el artículo 44, literal b) de la LOEI. El BTP es de carácter optativo, tiene un año de duración adicional al bachillerato de Ciencias o Técnico, y permite desarrollar en los estudiantes capacidades y competencias específicas, adicionales a las del Bachillerato Técnico (BT).

142.El BTP inició su implementación en el año lectivo 2016-2017, con 329 estudiantes matriculados. Actualmente, se tiene la primera promoción de 272 graduados y se espera que, a fines de octubre de 2017, se gradúen 57 estudiantes más.

143.El BTP se desarrolla en articulación con empresas públicas y privadas; en este sentido, al momento, se han firmado 39 convenios con 30 pequeñas y grandes empresas públicas y privadas. Para el año lectivo 2017-2018 del Régimen Sierra/Amazonia, se registran 588 estudiantes BTP matriculados.

144.En la actualidad, se cuenta con 3 849 instituciones educativas, que ofertan el nivel de bachillerato; de estas, 1 493 instituciones ofertan bachillerato técnico a nivel nacional. Cabe mencionar que, de acuerdo datos del MINEDUC, existe un total de 815 712 matriculados en nivel de bachillerato, tanto dentro del Bachillerato en Ciencias como el Técnico, para el año lectivo 2016-2017; además, 233 642 estudiantes se graduaron en el año 2016-2017.

Recomendación 23

145.A nivel nacional, cabe destacar que a fin de lograr la plena vigencia y protección integral de los derechos humanos, antes de finalizar el 2015 Ecuador cumplió con 20 de las 21 metas de los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

146.En el 2013, Ecuador presentó el “Atlas de las Desigualdades Socioeconómicas del Ecuador”, que contiene un análisis histórico y territorializado de los distintos tipos de desigualdades que han existido en el país desde la perspectiva del ejercicio de derechos. Con este instrumento en 2014, la ENIEP sintetizó un conjunto de lineamientos, políticas y directrices para orientar la acción pública con el objetivo de: “erradicar la pobreza de manera sostenida y sustentable, mediante la revolución productiva, del trabajo y del empleo, el ejercicio pleno de los derechos del Buen Vivir, el fortalecimiento de capacidades y oportunidades, y el fortalecimiento de la participación ciudadana y el poder popular”; bajo criterios de pertinencia cultural y género, no discriminación, cohesión social de las colectividades y la armonía con la naturaleza.

147.Las cifras sobre reducción de la pobreza constan en el párrafo 25.

148.Entre los programas implementados en Ecuador para la reducción de la pobreza por ingresos, se debe mencionar el BDH, en el que el Gobierno Nacional ha invertido más de 2 300 millones de dólares en los últimos cinco años, a fin de evitar la persistencia de la pobreza, además de garantizar los derechos a educación y salud de los menores de edad de las familias beneficiarias.

149.Es preciso indicar que a lo largo de la implementación del programa, se han efectuado separaciones graduales de beneficiarios del BDH, primero en 2013 y luego en 2014. Es así que el umbral de elegibilidad se ajustó hacia abajo para focalizarse en núcleos familiares que estarían en situación de pobreza extrema de no ser por la transferencia monetaria. Por esta razón, el número de núcleos familiares participantes en el programa descendió de 1,2 millones en enero de 2013 a 1 millón en enero de 2014, y llegó a 444 mil en enero de 2015, lo que representó un 63 % de beneficiarios separados del programa entre el 2013 y 2015.

150.Las provincias con mayor presencia de usuarios habilitados del BDH y pensiones son Guayas, Manabí, Los Ríos y Esmeraldas, provincias en donde gran parte de la población se encuentra en las zonas rurales (Anexo 5). Al presente, el MIES está llevando a cabo un proceso de actualización de información de datos de contacto, ubicación y referencia residencial de las y los usuarias del BDH y pensiones para adultos mayores y personas con discapacidad a nivel nacional.

151.Dentro de las tres regiones naturales (Sierra, Costa y Amazonía), la distribución del BDH en la parte rural se ha incrementado considerablemente, de tal modo que la proporción al año 2016 (con respecto al 2013), se incrementó en 6; 10.1 y 11 puntos porcentuales en Sierra, Costa y Amazonía, respectivamente.

152.Por otro lado, durante el período 2013-2017, el MIES realizó el pago de las transferencias monetarias, conocidas como Créditos de Desarrollo Humano (CDH), los cuales tienen como fin promover líneas de financiamiento para establecer mecanismos y estímulos de apoyo a programas de carácter productivo orientados a contribuir a la estrategia de superación de la pobreza de personas y hogares destinarios del BDH y Pensiones. En este punto, se ha atendido a un total de 7 950 usuarios con discapacidad, entregando un monto total de USD 5 281 180,34.

Recomendación 24

153.El PNBV 2013-2017 definió como uno de sus objetivos “Mejorar la calidad de Vida de la Población”, con la siguiente meta: “Combatir la malnutrición y promover hábitos y prácticas de vida saludable, generando mecanismos de corresponsabilidad entre todos los niveles de gobierno, la ciudadanía, el sector privado y los actores de la economía popular y solidaria”.

154.Para alcanzar este propósito, se desarrolla el Proyecto Intervención Nutrición Territorial Integral y Programa Acción Nutrición (Anexo 6).

155.En el marco del Proyecto Intervención Nutricional Territorial Integral (INTI), el ex MCDS, actual Secretaría Técnica del Plan Toda una Vida, con el apoyo del Banco Mundial y el Gobierno Autónomo Descentralizado (GAD) de la provincia de Chimborazo, realizaron la implementación de un proyecto piloto denominado “Creciendo con Nuestros Guaguas”; cuyo objetivo fue reducir, en un 5 %, la desnutrición crónica en niños menores de cinco años de diez cantones de la Provincia de Chimborazo.

156.En el 2015, se fortaleció la institucionalización de la política pública de nutrición, a través de la Estrategia Emblemática Acción Nutrición, orientada a prevenir y eliminar la desnutrición de niños menores de cinco años y mujeres embarazadas. Entre los avances de la implementación de la mencionada estrategia destacan: 1. La implementación y seguimiento a modelos de atención intersectoriales en el territorio. 2. Educación y comunicación para cambios de comportamiento, y hábitos tanto de alimentación como de nutrición adecuada. Se han desarrollado actividades y productos comunicacionales orientados a fomentar prácticas clave en la prevención de la desnutrición crónica infantil. 3. Interconexión y diálogo de sistemas de información para toma de decisiones informadas (Anexo 7).

157.Como complemento a la Ley Orgánica del Régimen de la Soberanía Alimentaria, se promulgó la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura sustentable, la cual tiene por objeto proteger, revitalizar, multiplicar y dinamizar la agrobiodiversidad en lo relativo a los recursos fitogenéticos para la alimentación y la agricultura; asegurar la producción, acceso libre y permanente a semillas de calidad y variedad, mediante el fomento e investigación científica y la regulación de modelos de agricultura sustentable.

Recomendación 25

158.En 2014 se adoptó la Ley Orgánica de los Recursos Hídricos, Usos y Aprovechamiento del Agua (LORHUA) que establece, entre otros aspectos, coordinar con la Autoridad Ambiental Nacional y la Autoridad Sanitaria Nacional la formulación de las políticas sobre calidad del agua y control de la contaminación de las aguas; y designar a la Autoridad Única del Agua (AUA), como responsable de la rectoría, planificación y gestión de los recursos hídricos, para dirigir el Sistema Nacional Estratégico del Agua.

159.Así, mediante Acuerdo Interministerial Nº 2016-001, de 3 de mayo 2016, se conformó el Comité Interinstitucional de Calidad el Agua (CICA), ente de coordinación para la formulación de políticas sobre calidad del agua y control de la contaminación de la misma orientadas a su protección, conservación y manejo integrado.

160.Adicionalmente, se cuenta con la Estrategia Nacional de Calidad del Agua (ENCA) 2016-2030, aprobada en septiembre de 2017, que tiene por objeto mejorar y proteger la calidad del agua para el uso y aprovechamiento adecuado, con fuentes de agua protegidas, controlando la contaminación del recurso hídrico. Este instrumento es de aplicación nacional y coordinación interinstitucional, constituido por ejes, estrategias operativas y líneas de acción (Anexo 8).

161.Se ha ejecutado, entre otras actividades, la conformación de Mesas Técnicas Regionales de Calidad del Agua en algunas regiones del país. La conformación de dichas mesas es el punto de partida para la implementación de la ENCA a nivel nacional.

162.El 70,1 % de la población ecuatoriana (por porcentaje de la población con agua segura por área de residencia) utiliza como suministro para beber una fuente mejorada (tubería, pozo o manantial protegido o agua embotellada), en la vivienda o cerca de ella, de manera suficiente y libre de contaminación fecal; asimismo, el 79,3 % de personas consumen agua libre de la bacteria E. coli.

163.El porcentaje de la población que tiene saneamiento básico por área de residencia es el 85,9 %, es decir, tienen servicio higiénico adecuado (alcantarillado, batería sanitaria, pozo séptico/pozo ciego, letrina con losa) y de uso exclusivo para los miembros del hogar; de igual forma, el 85,5 % de las personas tienen una instalación para lavarse las manos con agua y jabón dentro de la vivienda.

Recomendación 26

164.Para abordar de manera integral y descentralizada el uso del suelo y el impacto sobre la propiedad, especialmente de la población más vulnerable, el Código Orgánico de Organización Territorial, Autonomía y Descentralización (COOTAD), en su artículo 458, menciona que los GAD tomarán todas las medidas administrativas y legales necesarias para evitar invasiones o asentamientos, siguiendo las acciones legales que correspondan para sancionar a los responsables de tráfico de tierras.

165.Asimismo, el artículo 596 facilita la regularización de los asentamientos humanos de hecho y consolidados en suelo urbano y de expansión urbana, mencionando que los gobiernos metropolitanos o municipales, mediante resolución del órgano legislativo, podrán declarar esos predios de utilidad pública con el propósito de dotar de servicios básicos a los predios ocupados por los asentamientos y definir la situación jurídica de los posesionarios, adjudicándoles los lotes correspondientes.

166.Como parte de las políticas de vivienda digna y segura (Acuerdo Ministerial 027-15, de 24 de Agosto de 2015), el Estado ecuatoriano ha procurado que los programas de vivienda sean accesibles para toda la población.

167.Así, el 28 de junio de 2012, mediante Decreto Ejecutivo Nº 1227, se creó el Comité Interinstitucional de Prevención de Asentamientos Humanos Irregulares, para identificar y monitorear los asentamientos irregulares y así evitar la ocupación ilegal de terrenos, proponer políticas públicas para prevenir, ordenar y controlar asentamientos humanos irregulares.

168.En esta misma línea, el Proyecto Nacional de Gestión del Riesgo para el Hábitat y la Vivienda atiende a la población que se encuentra en condiciones de pobreza, que residen en zonas de alto riesgo no mitigable y que han sido afectadas o tienen alta probabilidad de ser afectadas por catástrofes naturales o antrópicas, a través de proyectos de reasentamiento que mejoren la calidad de vida de los habitantes.

169.Asimismo, a partir del 2015, con el fin de vincular la política habitacional a políticas de desarrollo urbano y ordenamiento territorial, se estableció que el incentivo para la titulación no se limite solo a la regularización de los predios, sino que también sirva para financiar o complementar, los costos de formalización y de la tenencia de los inmuebles utilizados para vivienda.

170.En 2016, se aprobó la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, Uso y Gestión del Suelo (LOOTUGS), que define los mecanismos y herramientas para la gestión de la competencia de ordenamiento territorial de los diferentes niveles de gobierno. Este instrumento permite disponer del suelo urbanizado para garantizar el acceso a una vivienda adecuada y digna; y la definición de un sistema institucional que regule, controle y sancione en los procesos de ordenamiento territorial, urbanístico y de gestión del suelo.

171.Se puede identificar que las inversiones estatales han estado dirigidas a suplir el déficit de servicios públicos en las ciudades pequeñas, en donde en 2013-2015, se ha invertido un total de USD 164,9 millones y USD 210,2 millones en agua potable y alcantarillado.

172.De acuerdo con los datos del MIDUVI sobre la seguridad de la tenencia de la tierra, en el año 2013, 710 familias accedieron al incentivo de titulación; en 2014, 253 familias; en 2015, 316 familias; y en 2016, 70 familias. Asimismo, al 2013, se fortaleció el 100 % el Sistema Integral de Información de Desarrollo Urbano y Vivienda (SIIDUVI), a través de la implementación del V Módulo de seguimiento y adquisición de equipo técnico.

173.El Proyecto Nacional de Gestión del Riesgo para el Hábitat y la Vivienda, entre 2013-2015, mejoró la vida de 3 071 familias ubicadas en zonas de riesgo en Galápagos, así como en Riveras del Salado y Nueva Prosperina de la ciudad de Guayaquil.

174.En el marco del proceso de reconstrucción por el terremoto del 16 de abril de 2016, se brindó atención para el acceso a vivienda adecuada a 34 213 familias, de las cuales el 70 % aproximadamente estaban ubicadas en zonas de riesgos y un 30 % no eran propietarias de vivienda.

175.Adicionalmente, la Secretaría de Gestión de Riesgos (SGR) asiste técnicamente a los GAD para identificar zonas de riesgo, realizar mapas de riesgos, de vulnerabilidades y análisis de la información. La SGR realiza informes con recomendaciones, genera información georreferenciada sobre amenazas como inundaciones, tsunamis, movimientos de masas, entre otras, a escala 1-50000, lo que permite tener una visión sobre riesgos a nivel provincial.

Recomendación 27

176.En 2012 se creó la Red Pública Integral de Salud (RPIS), con una articulación a nivel distrital, zonal y nacional. Mediante la RPIS, la accesibilidad y cobertura es respondida a nivel espacial, identificando la oferta y demanda de servicios de salud, tanto en las zonas rurales como urbanas.

177.En el 2016, se implementaron dos estrategias para llegar a zonas rurales y a minorías étnicas. Por un lado, la estrategia “Puerta a Puerta”, la cual plantea brigadas de visita casa por casa en busca de mujeres embarazadas y mujeres que hayan dado a luz, con el objetivo de conocer la realidad de la población, brindar atención a tiempo y prevenir muertes maternas. Por otro lado, se implementó la estrategia denominada el “Médico del barrio”, contando con la participación activa de diferentes áreas, mejorando la captación de las pacientes gestantes.

178.Actualmente, se dispone de 134 hospitales de segundo y tercer nivel en todo el territorio nacional, de los cuales, 120 establecimientos atienden partos.

179.Además, cabe resaltar que se han realizado capacitaciones al personal de salud sobre emergencias y se elaboró el protocolo de manejo de emergencias obstétricas, y el sistema de puntuación de alerta temprana de morbilidad materna Score MAMÁ (2017).

Recomendación 28

180.A partir del 2017, se implementó el Plan Nacional de Salud Sexual y Salud Reproductiva 2017-2021, que incorpora una visión amplia e integral de la sexualidad, con la finalidad de integrar a mujeres, hombres y personas LGBTI, con sus distintas necesidades de atención.

181.Este plan incorpora los enfoques de igualdad, género, sexualidad integral, inclusión social, interculturalidad, intergeneracional, participación y ciudadanía en un marco de derechos humanos, garantizando una atención integral y de calidad, a través del pleno ejercicio de los derechos sexuales y reproductivos, mediante la ampliación de la cobertura de Salud Sexual y Salud Reproductiva (SSSR) en el Sistema Nacional de Salud (SNS) del Ecuador.

182.Así, en el marco de esta política, se cuenta con los siguientes instrumentos: Guía de Práctica Clínica Atención del Aborto terapéutico; Guía de Práctica Clínica Diagnóstico y tratamiento en el embarazo (pre gestacional y gestacional); Guía de Supervención Salud de Adolescentes; Guía de Práctica Clínica Diagnóstico y Tratamiento del aborto espontaneo, incompleto, diferido y recurrente; Guía de Atención Integral de Violencia de género; Manual de asesoría en salud sexual y salud reproductiva (en construcción); Guía de Atención Integral de las Infecciones de Transmisión Sexual. Asimismo, se han realizado las siguientes acciones: implementación de normativas relacionadas a salud sexual y salud reproductiva; implementación de la herramienta edu-comunicacional para la promoción de la salud sexual y salud reproductiva; lineamientos para el trabajo en territorio sobre salud sexual y salud reproductiva; y lineamientos específicos para el trabajo con adolescentes, en el marco de la salud sexual y salud reproductiva.

183.Por su parte, el MSP, a través del Modelo de Atención Integral en Salud – MAIS‑FCI (familiar, comunitario e intercultural), trabaja e integra acciones para la atención de los y las adolescentes, incluyendo aquellas que inciden en la problemática del embarazo. Entre los más relevantes se debe mencionar: el Acuerdo Ministerial Nº 2490 para la regulación y acceso a métodos anticonceptivos para el SNS (2013) y su instructivo de implementación para el MSP (2015); la Guía de supervisión para la atención integral del adolescente (2014); el Manual de asesoría en SSSR (2017); y el Manual de atención integral en SSSR para personas con discapacidad (2017).

184.Adicional a esto, es preciso destacar:

Análisis técnico de la propuesta “Ponle los 6 sentidos al abuso sexual” de la Organización no gubernamental Plan Internacional y de los resultados de su implementación en Colombia y Centroamérica, con la finalidad de implementarla a nivel nacional;

Proceso de implementación del Proyecto Decidimos: adolescentes y jóvenes con discapacidad;

Conformación de un equipo técnico nacional de SSSR, con énfasis en atención a adolescentes y jóvenes. Se realizaron procesos de capacitación a los equipos sobre el Manual de Asesoría en SSSR y Guía de Supervisión del Adolescente;

Coordinación interinstitucional, durante el segundo semestre del 2017, entre el MSP y MINEDUC para la elaboración de la propuesta borrador de la “Estrategia Nacional Intersectorial para la Promoción de los Derechos Sexuales y Derechos Reproductivos, y la Prevención del Embarazo en Adolescentes”;

La investigación “Costos de Omisión en Salud Sexual y Reproductiva”, presentada en 2017, que orienta al Estado ecuatoriano respecto a las políticas de inversión en salud sexual y reproductiva.

Recomendación 29

185.En 2014, entró en vigor el Código Orgánico Integral Penal, el cual establece como aborto no punible a aquel que se realiza en dos circunstancias: 1. Si se practica para evitar un peligro para la vida o salud de la mujer embarazada y si este peligro no puede ser evitado por otros medios; y, 2. Si el embarazo es consecuencia de una violación en una mujer con discapacidad mental. En cualquiera de los casos, el aborto debe realizarse por un médico u otro profesional de salud capacitado y debe contar con el consentimiento de la mujer o de su cónyuge, pareja, familiares íntimos o su representante legal, cuando ella no se encuentre en posibilidad de prestarlo.

186.Respecto a los términos “idiota” y “demente”, cuando se refiere a las mujeres con discapacidad mental y/o psicosocial, estos se suprimieron y se acogió el término persona con discapacidad.

187.El Proyecto de Ley Orgánica Reformatoria al Código Orgánico Integral Penal, presentado por la Defensoría Pública, propone la reforma del artículo 150 del COIP, incluyendo como excusa legal absolutoria la siguiente: “Si el embarazo es consecuencia de una violación, estupro, incesto o inseminación no consentida”.

188.La temática del aborto también ha sido abordada desde otros espacios y enfoques. Es así que en el ámbito de la atención integral en la SSSR, el MSP, mediante Acuerdo Ministerial Nº 5195 acordó aprobar la Guía de Práctica Clínica denominada “Atención del aborto terapéutico”; la cual está vigente y en práctica desde los servicios de salud, y tiene el objetivo de brindar y garantizar una atención, diagnóstico, evaluación y tratamiento oportuno del aborto terapéutico.

189.De igual manera, mediante el Acuerdo Ministerial Nº 5198, el MSP aprobó la publicación de la “Norma Técnica de Atención Integral en Violencia de Género”, que está siendo aplicada por los operadores de salud, y que contiene disposiciones obligatorias para garantizar la administración de anticonceptivos orales de emergencia en casos de violencia sexual, a fin de prevenir embarazos como resultado de este tipo de violencia.

190.Cabe mencionar que el MSP recordó a los profesionales de salud el deber de atender a las mujeres que acudan a las Unidades de Salud por problemas relacionados con la interrupción del embarazo, y que su atención debe estar basada en el respecto, la dignidad, la confidencialidad y los derechos de las personas. Es más, están “obligados a precautelar la confidencialidad de la atención de los pacientes a través del secreto profesional”.

Recomendación 30

191.El MSP, a través del Proyecto Creación e Implementación de Servicios de la Red de Salud Mental Comunitaria y Centros Estatales de Recuperación de Adicciones, busca mejorar la inclusión de las personas con trastornos mentales graves en el ámbito social, familiar y de su comunidad; garantizando el tratamiento y seguimiento a su patología mental en establecimientos de salud cercanos a su domicilio, así como brindar apoyo familiar, según lo establecido en el modelo de atención de salud mental vigente en el país.

192.Se debe mencionar que dicho modelo está orientado a lo no institucionalización de las personas con patologías mentales no graves que se encuentran en hospitales psiquiátricos del MSP, planteando estrategias para su reinserción social.

193.Conforme al Manual del Modelo de Atención Integral de Salud (MAIS), la atención en salud debe tener un enfoque integral (biopsicosocial y familiar), con énfasis en la promoción de la salud y prevención de la enfermedad; reconociendo las necesidades particulares de la población LGBTI y, al mismo tiempo, brindando servicios integrales como a cualquier otro u otra usuaria del Sistema Nacional de Salud (SNS).

Recomendación 31

194.Para 2010, en Ecuador, existían 838 254 (8,2 %) personas en situación de analfabetismo. Por ello, en 2011, la Secretaría de Planificación y Desarrollo (SENPLADES) aprobó el Proyecto de Educación Básica para Jóvenes y Adultos (EBJA). En los cinco años que siguieron, el proyecto EBJA logró atender las necesidades educativas de 414 mil personas mayores de quince años de edad. Para diciembre de 2016, el número de personas en situación de analfabetismo disminuyó a 660 797, lo que representa el 5,6 %. A partir de 2014, la tasa de analfabetismo nacional ha mantenido una tendencia decreciente constante en las diferentes autoidentificaciones étnicas del Ecuador.

195.Desde 2006 hasta 2015, el crecimiento en la matrícula a educación básica fue evidente, principalmente, en la población indígena y afroecuatoriana. La tasa neta de matrícula en estas poblaciones aumentó más de siete puntos porcentuales. En la población indígena, pasó de 89,2 % a 96,2 %; y, en la afroecuatoriana, de 88,3 % a 95,6 % en el período 2006-2016. Estos datos dan cuenta de la efectividad de los mecanismos de ejecución de la política educativa de acceso equitativo.

196.Es importante resaltar que el acceso al bachillerato a nivel nacional se ha incrementado en cinco puntos porcentuales entre el año 2013 y el 2016. Un comportamiento semejante ha tenido el acceso de la población indígena, en alrededor de dos puntos, en el mismo período. El acceso de la población afroecuatoriana muestra una tendencia constante que bordea el 56,0 % en los últimos tres años.

197.Con base en estos datos, el MINEDUC ha lanzado la Campaña “TODOS ABC: Alfabetización y Educación Básica Monseñor Leonidas Proaño”, con el deseo y el deber de proclamar al país como un territorio libre de analfabetismo y ubicando como meta el año 2019. La campaña combina sesiones semipresenciales, trabajo autónomo y radio clases que acompañan y orientan pedagógicamente a los estudiantes a través de historias y personajes con problemáticas identificadas con su cotidianidad.

198.Para el período 2017-2019, se plantea una meta de 200 000 personas alfabetizadas. Para ello, el MINEDUC ha diseñado dos macropolíticas: 1) el fortalecimiento del sistema de educación intercultural bilingüe, y 2) la interculturalización del sistema educativo nacional.

199.El Proyecto de EBJA también oferta servicios de post alfabetización a la población de quince años en adelante, que por razones económicas, geográficas o sociales no finalizó su educación básica media. Es así que, hasta el año 2015, se priorizó la atención de personas con el componente de alfabetización, y a partir del 2017, se inicia la atención con las ofertas de Post Alfabetización, Básica Superior y Bachillerato para personas con escolaridad inconclusa (Anexo 9).

200.El MINEDUC ha implementado medidas como el Proyecto Nueva Infraestructura Educativa, mismo que se implementa desde el 2010 con el objetivo de complementar, adecuar y rehabilitar la infraestructura educativa; que permita cumplir con condiciones mínimas de confort, dotar de mobiliario y apoyos tecnológicos y establecer un sistema de acreditación del recurso físico para garantizar condiciones mínimas estandarizadas. Este proyecto presenta cuatro componentes: Construcción de Obras Nuevas, Repotenciación, Aulas móviles y Unidades Educativas Provisionales Tipo Milenio (UEPTM).

201.Con el Proyecto Nueva Infraestructura Educativa, se han construido hasta la fecha 290 unidades educativas, beneficiando a 241 399 estudiantes con una inversión de USD 494 081 115,18.

202.Luego del terremoto del 2016, como respuesta a los daños en la infraestructura educativa, se optó por construir Unidades Educativas Pluridocentes y Provisionales en las zonas afectadas, garantizando así el derecho a la educación.

203.Además, mediante la construcción de las Unidades Educativas Siglo XXI, se respondió a la necesidad de contar con un mayor número de establecimientos educativos, en menor tiempo. Estas unidades mantienen los estándares de las Unidades Educativas del Milenio pero con material prefabricado, por lo que su tiempo de construcción es de solamente 45 días. Actualmente existen 89 unidades del milenio, 46 en construcción; y 9 unidades educativas repotenciadas.

204.En relación con la población con rezago escolar histórico, el MINEDUC, a través de campaña “Todos ABC: alfabetización, básica y continua Monseñor Leonidas Proaño”, promueve una educación inclusiva, permitiendo que para abril de 2018, además del castellano, este programa se lleve a cabo en los idiomas kichwa y shuar. Con este objetivo, la Subsecretaría de Educación Intercultural Bilingüe prioriza la producción de materiales educativos en ambos idiomas.

Recomendación 32

205.Dentro del modelo de funcionamiento de los DECE, se encuentran protocolos de actuación frente a situaciones de violencia detectadas o cometidas en el sistema educativo, en concordancia con el artículo 58 de la LOEI.

206.Cabe resaltar que los DECE llevan a cabo un trabajo preventivo, que necesariamente involucra el apoyo de todos los integrantes de la comunidad educativa (madres, padres de familia y/o representantes legales, equipo docente, autoridades, personal de apoyo y administrativo de la Institución). Así, la corresponsabilidad familiar e institucional permite fortalecer los mecanismos de respuesta inmediata ante cualquier situación de riesgo que pueda mermar el desarrollo integral de niños, niñas y adolescentes.

207.En el 2013, se firmó el Convenio tripartito entre el MINEDUC, la FGE y el CJ para garantizar espacios educativos libres de violencia y reducir la impunidad por medio de la atención, la protección y la restitución inmediata y oportuna de derechos, evitando la revictimización de niños, niñas y adolescentes.

208.En este marco, durante el 2014, se ejecutaron talleres de prevención de acoso escolar, para la implementación de la “Guía Práctica para el Abordaje del Acoso Escolar”. Las provincias en las que se ejecutaron los talleres fueron Pichincha, Cotopaxi, Tungurahua, Chimborazo, Imbabura, Santo Domingo de los Tsáchilas, Santa Elena, Bolívar.

209.Para el 2015, se continuó con las capacitaciones en las provincias Azuay, Orellana, Carchi, Napo, Zamora Chinchipe, Loja, Pastaza, Sucumbíos, Morona Santiago, Cañar, Manabí, El Oro, Guayas, Los Ríos, llegando a capacitar a un total de 1 395 profesionales de los DECE de 799 instituciones educativas fiscales a nivel nacional. Complementariamente, se organizaron réplicas realizadas por los profesionales de los DECE que asistieron a los talleres de acoso escolar en los cuales se sensibilizó a 563 789 estudiantes y 35 401 docentes a nivel nacional. Para este proceso de capacitación, el MINEDUC realizó la reproducción de 14 000 ejemplares de la “Guía Práctica para el Abordaje del Acoso Escolar”.

210.Mediante Acuerdo Ministerial Nº 0332-13 de septiembre de 2013, se expide la “Guía para la Construcción participativa del Código de Convivencia Institucional”, para que las instituciones educativas se conviertan en espacios de ejercicio de derechos promotores de una cultura de paz.

211.En ese sentido, el MINEDUC tiene un proceso de cooperación técnica con la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, Ciencia y Cultura (UNESCO) para trabajar en el ajuste metodológico para la construcción e implementación de los códigos de convivencia escolar.

Recomendación 33

212.El Instituto de Idiomas, Ciencias y Saberes Ancestrales – Ecuador (IICSAE) desarrolló insumos bibliográficos relativos al estado de las lenguas y saberes ancestrales; elaboró materiales educativos para la nacionalidad Sapara; y publicó diccionarios kichwa‑castellano y diccionarios ilustrados shuar-chicham, con el objetivo de promover la conservación, el desarrollo y la valoración de los idiomas y conocimientos de los pueblos y nacionalidades del Ecuador.

213.Con el objetivo de fortalecer los idiomas, ciencias y saberes ancestrales, se inició con el proceso de normalización de las lenguas ancestrales, lo que permitió conocer el estado actual de dichas lenguas. Además, como complemento, se crearon bases de datos de publicaciones sobre idiomas, saberes ancestrales y de profesionales de las nacionalidades Kichwa y Shuar.

214.Adicionalmente, se logró establecer una propuesta de lineamientos para la implementación del Modelo Nacional de Asesoría a la Gestión Educativa en la Educación Intercultural Bilingüe (EIB) y apoyo en el debate para la construcción del Currículo Intercultural Bilingüe y estándares educativos determinados para la EIB.

215.Es así que para difundir los saberes y conocimientos ancestrales, se desarrollaron eventos de capacitación y sensibilización a estudiantes, docentes del Sistema de EIB, académicos, docentes universitarios, autoridades, funcionarios de las embajadas, autoridades educativas, líderes sociales de los pueblos y nacionalidades, y servidores de otras instituciones públicas. Asimismo, se organizó un curso de capacitación a servidores públicos del IICSAE sobre introducción al idioma kichwa y cosmovisión de esta nacionalidad. Todas las actividades y las temáticas fueron difundidas por los medios de comunicación digitales del IICSAE, con alcance nacional e internacional (Anexo 10).

216.Por otro lado, el Consejo de la Judicatura como órgano rector de la Función Judicial en el Ecuador, mediante la resolución No. CJ-DG-2016-055, aprobó el 13 de abril de 2016 la Guía para la Transversalización de la Interculturalidad en la Justicia Ordinaria. La Guía es un documento práctico que tiene como objetivo eliminar las barreras de acceso a la justicia de índole cultural, mejorando el servicio judicial a través del reconocimiento y respeto de los derechos de las personas, pueblos y nacionalidades indígenas en un proceso judicial ordinario.

217.En diciembre de 2016, en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York, se adoptó por consenso la resolución sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, cuya negociación fue coordinada y facilitada por Ecuador y Bolivia; con esta resolución, se proclamó al 2019 como el Año Internacional de Lenguas Indígenas a fin de llamar la atención sobre la grave pérdida de estos idiomas y pedir que se tomen medidas urgentes a nivel nacional e internacional para conservarlas, revitalizarlas y promoverlas.

218.Bajo la coordinación y facilitación por parte de Ecuador y Bolivia, y con el apoyo de la Secretaría del Foro Permanente de Cuestiones Indígenas, se han alcanzado importantes avances a favor de los pueblos y nacionalidades en el sistema de la ONU, en seguimiento al compromiso que asumieron los Estados en el documento final adoptado en la Conferencia Mundial sobre Pueblos Indígenas.

Recomendación 34

219.En febrero del 2015, el Ecuador expidió la Ley Orgánica de Telecomunicaciones, siendo uno de los objetivos: “Promover que el país cuente con redes de telecomunicaciones de alta velocidad y capacidad, distribuidas en el territorio nacional, que permitan a la población entre otros servicios, el acceso al servicio de Internet de banda ancha”. Es importante recalcar que la Ley fue formulada con un enfoque basado en derechos humanos, con el fin de facilitar y ampliar el acceso a Internet.

220.En el 2015, se implementó la conexión al nuevo cable submarino “Pacific Caribbean Cable Systems”, el cual entró en operaciones en septiembre del 2015; con el fin de mejorar la capacidad de Internet y el acceso de banda ancha en el Ecuador, mejorando la velocidad de navegación de los usuarios, permitiéndoles alcanzar mayores velocidades de conexión. La Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (ARCOTEL), realizó la verificación técnica de la estación de amarre del cable submarino en julio del 2015, localizada en la ciudad de Manta, en Manabí.

221.Se ha ampliado el acceso a Internet a través de la implementación de nuevos Infocentros Comunitarios, principalmente en zonas rurales y urbano-marginales. Se ha ampliado el acceso a Internet a través de 854 Infocentros, hasta octubre de 2017. Los Infocentros cuentan con computadores individuales, impresora, proyector, aire acondicionado, cableado eléctrico, cableado estructurado y acceso a Internet a través de distintas tecnologías como: ADSL, fibra óptica, radio y VSAT, en función de las factibilidades técnicas de las zonas.

222.De 2011 a 2017, los Infocentros han registrado 12 302 289 visitas y se ha capacitado a un total de 509.985 personas. El proyecto de Ampliación de la Red de Infocentros tiene prioridad hasta el 2021.

223.El MINTEL elaboró el Plan Nacional de Telecomunicaciones y Tecnologías de Información y Comunicación 2016-2021. Una de las iniciativas que se encuentra en ejecución, es asegurar la conectividad e infraestructura en escuelas para asegurar el uso de las TIC en Ecuador para el desarrollo económico y social. A través de esta iniciativa, se busca incrementar el porcentaje de escuelas conectadas a Internet al 100 % al 2021.

224.En noviembre de 2010, inició el Proyecto “Dotación de Conectividad y Equipamiento para Escuelas Fiscales y Organismos de Desarrollo Social a Nivel Nacional –PDCE”, ejecutado hasta finales del 2016, el cual mejoró significativamente la situación de los establecimientos fiscales en el país al dotar de acceso a internet y equipamiento, a fin de facilitar el uso eficiente de TIC a estudiantes, profesores, familias y comunidades de poblaciones de áreas rurales y Urbano Marginales, esto redujo la brecha digital y brindó igualdad de oportunidades a las comunidades de zonas desprovistas de infraestructura y de acceso a Internet.

Recomendación 35

225.El Instituto Ecuatoriano de la Propiedad Intelectual (IEPI) impulsa la campaña “No Agredas a Tu Propia Industria” para la obtención de licencias para comercializar, de manera legal y en formato original, todo material audiovisual, así como producciones musicales de artistas nacionales e internacionales, incluyendo dentro del proceso a cerca de 50 000 tiendas que se dedican a esta actividad en el país.

226.Se tipificó en el COIP de la falsificación de marcas y la piratería lesiva a los derechos de autor, para guardar coherencia con los derechos de propiedad intelectual y varias decisiones de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) y con el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio Acuerdo (ADPIC).

227.En diciembre de 2016, entró en vigencia el Código Orgánico de la Economía Social de los Conocimientos Creatividad e Innovación (COESC), que permite la regularización de productos audiovisuales, incentivando a los comerciantes de productos audiovisuales a ser parte del proceso de regularización, legalización y control en la actividad de la venta de productos audiovisuales en el país.

228.Uno de los objetivos principales que plantea el IEPI es incluir a los comerciantes y distribuidores de productos audiovisuales en el proceso de regulación, legalización y control, a través del otorgamiento de las licencias por parte de los titulares de las creaciones, con la finalidad de que el Ecuador se comercialicen productos nacionales e internacionales de forma legal, y que el público consumidor exija la distribución de material original, para impulsar la industria nacional.

229.Esto incluye iniciar un proceso de transición hacia el Servicio Nacional de Propiedad Intelectual (SENADI), que supone no solo un cambio de paradigma institucional sino también la incorporación de nuevos valores en el servicio al usuario como la no discriminación, la inclusión, el respeto, la diversidad, la participación.

230.La entrada en vigencia del COESC, cuyo objeto es normar el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología, Innovación y Saberes Ancestrales, considerando, entre otros aspectos, que la Ley de Propiedad Intelectual promulgada en el 1998 no se encuentra armonizada con los derechos y garantías establecidos en la Constitución de la República del Ecuador y prevé un régimen jurídico que tiene como punto central los derechos privados y un enfoque esencialmente mercantilista de los derechos de propiedad intelectual.

231.Cabe destacar que el artículo 3 del COESC, expresa como sus fines:

Generar instrumentos para promover un modelo económico que democratice la producción, transmisión y apropiación del conocimiento como bien de interés público, garantizando así la acumulación y redistribución de la riqueza de modo justo, sostenible y en armonía con la naturaleza.

Incentivar la producción del conocimiento de una manera democrática colaborativa y solidaria.

Generar una visión pluralista e inclusiva en el aprovechamiento de los conocimientos, dándole supremacía al valor de uso sobre el valor de cambio.

Desarrollar las formas de propiedad de los conocimientos compatibles con el buen vivir, siendo estas: pública, privada, comunitaria, estatal, asociativa y mixta.

Fomentar la protección de la biodiversidad como patrimonio del Estado, a través de las reglas que garanticen su aprovechamiento soberano y sustentable, proteger y precautelar los derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades sobre sus conocimientos tradicionales y saberes ancestrales relacionados a la biodiversidad; y evitar la apropiación indebida de la biodiversidad y los conocimientos tradicionales asociados a esta.