Distr.GENERAL

E/C.12/2009/SR.327 de agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: FRANCÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

42 º per í odo de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA TERCERA SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el martes 5 de mayo de 2009, a las 10.00 horas

Presidente : Sr. MARCHAN ROMERO

SUMARIO

E xamen de los informes :

a) I nformes presentados por los E stados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del P acto

Cuarto informe periódico de Australia

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.09-42151 (S) 200809 270809

Se declara abierta la sesión a las 10.05 horas.

EXAMEN DE LOS INFORMES

a) INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO (tema 8 del programa)

Cuarto informe periódico de Australia (E/C.12/AUS/4; documento básico (HRI/CORE/AUS/2007); observaciones finales del Comité sobre el tercer informe periódico del Estado parte (E/C.12/1/Add.50); lista de cuestiones que deben abordarse (E/C.12/AUS/Q/4); respuestas escritas del Gobierno de Australia a la lista de cuestiones que deben abordarse (E/C.12/AUS/Q/4/Add.1))

1. Por invitación del Presidente, los miembros de la delegación de Australia toman asiento a la mesa del Comité.

2.El PRESIDENTE da la bienvenida a la delegación de Australia y la invita a presentar el cuarto informe periódico del Estado parte.

3.La Sra. MILLAR (Australia) dice que el Gobierno de Australia se ha empeñado en incluir la información más precisa y completa posible en su documento básico común y en su cuarto informe periódico, ambos presentados en 2007. Añade que las respuestas escritas del Gobierno de Australia a las cuestiones que deben abordarse se redactaron tras consultas con las autoridades de los Estados y de los Territorios.

4.Después de la presentación del cuarto informe periódico, que abarca el período de 1997 a 2006, han ocurrido cambios importantes en Australia, entre ellos la elección en noviembre de 2007 del Primer Ministro Kevin Rudd, que se ha propuesto un programa ambicioso. Está empeñado en particular en honrar a los indígenas de Australia, hacer respetar la diversidad social y favorecer la cohesión social, luchar contra la violencia contra la mujer y el niño, garantizar condiciones de trabajo justas y favorables para todos, velar por que todos los australianos tengan acceso a una vivienda adecuada, mejorar los sectores de la salud y la educación, así como reducir la pobreza y ayudar a los países en desarrollo a cumplir con sus obligaciones en la esfera de los derechos humanos.

5.El 13 de febrero de 2008, el Gobierno de Australia, representado por su Primer Ministro, pidió disculpas oficialmente a los indígenas de Australia por las leyes y las políticas que infligieron en el pasado profundos sufrimientos a las generaciones perdidas y a sus descendientes. El Gobierno no niega que los indígenas constituyen el grupo más desfavorecido de Australia y es conciente de que debe redoblar esfuerzos para hacer respetar sus derechos fundamentales. Para hacer frente a este desafío, el Consejo de Gobiernos de los Estados y Territorios australianos se ha fijado cinco objetivos, a cuya realización ha consagrado 4.600 millones de dólares australianos: colmar la laguna entre los indígenas y el resto de la población australiana en materia de esperanza de vida en el espacio de una generación; reducir a la mitad de aquí a diez años, la diferencia entre ambas poblaciones en términos de la mortalidad de los menores de 5 años; lograr que en el mismo plazo, los niños indígenas y los demás niños, adquieran las mismas competencias en lo que respecta a la lectura, la escritura y los números; velar por que todos los niños indígenas menores de 4 años que viven en zonas remotas puedan beneficiarse de aquí a cinco años de la enseñanza preescolar; por último, lograr que de aquí a 2020, estos niños indígenas logren concluir sus estudios en la misma proporción que el resto de la población. El Gobierno de Australia ha realizado amplias consultas entre la población para definir el tipo de instancia nacional que sería deseable crear para que los indígenas puedan participar en la política gubernamental. Ha expresado asimismo su apoyo a la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas, rompiendo así con el pasado.

6.El Gobierno de Australia debe también abordar otros problemas, entre ellos la violencia física y sexual contra la mujer, que no puede tolerarse, tanto más cuando una gran parte de las mujeres sin hogar en Australia ha debido abandonar el domicilio conyugal por esta razón. Deben adoptarse leyes para enjuiciar a los autores de esas violencias y proteger a las víctimas. El Gobierno ha anunciado recientemente la asignación de 12,5 millones de dólares australianos para la creación de un servicio telefónico y en línea especial que funcionará las 24 horas del día y los 7 días de la semana. Se han adoptado otras medidas con miras a fortalecer el marco legislativo destinado a luchar contra las discriminaciones, como la legislación adoptada en noviembre de 2008 sobre la modificación de 84 leyes federales, por la que se prohíbe la discriminación contra las parejas homosexuales y sus hijos, en particular en materia fiscal, de seguridad social y de salud y en diversas esferas del derecho de la familia. Todas las reformas pertinentes se aplicarán de aquí a julio de 2009.

7.El hecho de que Australia también haya sido afectada por la crisis no ha hecho mella en su determinación de ayudar a los países en desarrollo a lograr los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Además, el Gobierno de Australia se ha comprometido a elevar a un 0,5% la parte de su ingreso nacional dedicada a la asistencia oficial para el desarrollo de aquí a 2015, con el ambicioso objetivo de elevar ese porcentaje a un 0,7%. En julio de 2008, Australia amplió asimismo su programa humanitario de acogida de extranjeros y permite que los migrantes se incorporen en la sociedad australiana y gocen de los servicios públicos.

8.El Gobierno de Australia ha adoptado diversas medidas en el marco de su política económica y social. En la esfera del trabajo, la Ley de 2009 sobre las relaciones laborales justas (Fair Work Act) prevé garantías mínimas en materia de empleo, la posibilidad de negociar en el seno de la empresa, una protección eficaz contra los despidos abusivos, la protección de las personas menos favorecidas en la escala salarial, la posibilidad de encontrar un equilibrio justo entre la vida privada y la vida profesional así como el derecho de hacerse representar en el lugar de trabajo. El Gobierno prevé además una reforma destinada a permitir que los solicitantes de asilo accedan al mercado del trabajo en condiciones más justas.

9.En la esfera de la vivienda, el Gobierno de Australia ha invertido cerca de 10.000 millones de dólares australianos en la ejecución del acuerdo nacional sobre la vivienda asequible, destinado a abrir a todos los australianos el acceso a una vivienda asequible, segura y duradera. Se ha propuesto en particular como objetivo reducir a la mitad el número de personas sin techo de aquí a 2020. Para ello ha elaborado un plan de cuatro años centrado en la prevención y que ayuda a las personas que viven en la calle a volver a encontrar una vivienda. Además, se han liberado 6.400 millones de dólares con miras a construir unas 20.000 viviendas de interés social, así como para la rehabilitación de cerca de 2.500 viviendas públicas. Asimismo se han adoptado medidas para ayudar a los jóvenes australianos a acceder a la propiedad inmueble. De hecho, en 2008 el Gobierno puso en marcha un programa de ayuda para la compra de la primera vivienda y ha organizado un plan de ahorro en condiciones interesantes, que se basa en una ayuda financiera del Gobierno y una fiscalización leve del capital ahorrado. El Gobierno es consciente de que los australianos no reunirán todas las condiciones necesarias para beneficiarse de estas medidas. Por ello ha destinado un crédito de 623 millones de dólares australianos para la construcción de viviendas de alquiler asequibles -propuestas a un precio inferior en 20% al del mercado- para quienes no estén en condiciones de comprar una vivienda.

10.Por lo que respecta a la salud, se ha adoptado toda una gama de medidas para mejorar la infraestructura sanitaria, los servicios de salud y la medicina preventiva. Para ello se ha liberado una suma de 64.400 millones de dólares australianos para financiar los hospitales públicos y reformar el sector de la salud, y se ha firmado un acuerdo entre el Gobierno federal y los Gobiernos de los Estados y Territorios en esta esfera.

11.Asimismo, se han adoptado muchas medidas en la esfera de la educación y de la formación, algunas de ellas destinadas a ampliar el acceso a la enseñanza preescolar de manera que de aquí a 2013, todos los niños se beneficien, durante el año anterior a su escolarización a tiempo completo, de un programa de enseñanza preescolar de 15 horas por semana, y ello durante un período de 40 semanas. Además, se han aprobado acuerdos de asociación con los Estados y Territorios para mejorar el rendimiento escolar de los alumnos, la calidad de la enseñanza básica y el nivel de la enseñanza dispensada en las escuelas de las zonas desfavorecidas, se ha liberado fondos para dotar a las escuelas secundarias de segundo ciclo del material informático más moderno, mejorar la carta escolar, multiplicar los establecimientos de formación profesional, y duplicar el número de becas de estudios otorgadas a estudiantes del primer ciclo, entre otras cosas.

12.La Sra.Millar subraya que el Gobierno de Australia elaboró el programa de trabajo gubernamental que acaba de describir tras consultar con la población. El Consejo consultivo australiano encargado del multiculturalismo, creado en enero de 2009, asesora también al Gobierno en cuestiones de cohesión social así como los medios para hacer frente al racismo y a la intolerancia en Australia. La creación misma del Consejo es testigo de la voluntad de Australia de fortalecer el carácter diverso y multicultural de la nación.

13.Para responder a las exigencias de la población en materia de derechos fundamentales, el 10 de diciembre de 2008 el Gobierno de Australia inició, con ocasión del Día Internacional de los Derechos Humanos, una consulta nacional, destinada a recabar la opinión de la población sobre los medios más adaptados para proteger estos derechos en el futuro. Esta consulta abarcará toda una gama de actividades de sensibilización a escala de todo el país, desde las grandes ciudades hasta las regiones más remotas, a fin de asociar al mayor número de australianos -incluidos aquellos que son producto de la diversidad- al proceso. En el documento informativo publicado en el marco de esta consulta se enumeran todos los derechos económicos, sociales y culturales sobre los que se invita a expresarse a las personas interrogadas. La consulta está a cargo de un comité independiente integrado por cuatro eminentes especialistas, encargado de presentar al Gobierno de Australia, a más tardar a fines de agosto de 2009, sus conclusiones sobre las soluciones propuestas para proteger les derechos humanos. Dichas conclusiones, a las que se añadirán las observaciones finales del Comité y la opinión de diversas organizaciones no gubernamentales, contribuirán muchísimo a orientar las decisiones que adoptará el Gobierno para proteger y promover los derechos fundamentales de todos los australianos.

Artículos 1 a 5 del Pacto

14.El Sr. TIRADO MEJ Í A celebra los esfuerzos realizados por el Gobierno de Australia para ayudar a los países en desarrollo a lograr los Objetivos de Desarrollo del Mileno, pero desearía saber qué medidas adopta en el plano nacional para luchar contra los efectos de la crisis de envergadura planetaria, y en particular para evitar que se resientan en consecuencia los derechos consagrados en el Pacto, lo que es frecuente en tales circunstancias. Desearía asimismo saber si se ha incorporado el Pacto en el ordenamiento jurídico interno del Estado parte, si se ha invocado ya este ante los tribunales, y por último de qué manera se difunden a escala nacional las observaciones finales del Comité.

15.El Sr. RIEDEL dice que se ha emocionado hasta las lágrimas al escuchar el discurso en el que el Primer Ministro de Australia, en febrero de 2008, presentó a los indígenas las disculpas de su país por los sufrimientos infligidos durante los dos últimos siglos. Desearía conocer las medidas concretas, de orden constitucional, administrativo, legislativo y de otra índole, que han seguido a esta declaración.

16.Con respecto al proceso de consulta sobre el tema de los derechos humanos iniciado por el Estado parte, sería interesante conocer los resultados provisionales de las mesas redondas celebradas sobre los diversos derechos consagrados en el Pacto, y conocer la razón por la cual no se ha previsto elaborar una carta de derechos humanos al final del proceso. Sería además interesante conocer el mandato exacto de la Comisión Nacional de Derechos Humanos que según parece no está facultada para adoptar decisiones relativas a la realización de los derechos económicos, sociales y culturales, así como la razón por la cual la financiación de esta instancia ha acusado una merma del 12% últimamente, y saber si el Gobierno de Australia no podría pedir a los Parlamentos de los Estados y Territorios que se cumplan de hecho las recomendaciones de dicha Comisión.

17.Por último, el Sr. Riedel solicita información complementaria sobre la situación prevaleciente en el Territorio del Norte a raíz de las medidas de respuesta de emergencia aplicadas en esa región en 2007, y en particular si el Gobierno de Australia dará por terminada la suspensión de la aplicación de la ley contra la discriminación (Antidiscrimination Act).

18.El Sr. PILLAY pregunta si el derecho a la vivienda es un derecho jurídicamente exigible en el Estado parte y qué medidas ha tomado este para dar cumplimiento a una de las recomendaciones formuladas por el Comité en sus observaciones finales adoptadas al concluir el examen del tercer informe periódico, por la que se invita al Estado parte a incorporar el Pacto en el ordenamiento jurídico interno, de manera que toda persona que estime ser víctima de una violación de uno de sus derechos en virtud del Pacto pueda obtener una reparación ante los tribunales.

19.Por último, el Sr. Pillay desearía saber si el Estado parte se propone consolidar la enseñanza de los derechos humanos en los planes de estudio en las escuelas y fuera de ellas, como se le invitó a que hiciera en esas mismas observaciones finales, para que los australianos conozcan sus derechos y la posibilidad que tienen de obtener un reparación en caso de violación.

20.La Sra. BRAS GOMES pregunta qué resultados se esperan de la consulta nacional sobre el tema de la protección y el respeto de los derechos humanos, sabiendo que el Gobierno de Australia ha desechado ya la idea de elaborar una carta de derechos humanos. Se pregunta en particular acerca del lugar asignado a los derechos económicos, sociales y culturales en el marco de la consulta nacional. Por otra parte, lamenta que no se haya incorporado el Pacto en la legislación interna, que la Comisión Nacional de Derechos Humanos tenga un mandato limitado, y que la población esté mal informada acerca de sus derechos así como de los recursos de que dispone para hacerlos respetar. Observando que no existe una ley marco que permita luchar contra la discriminación y en que se aborden todos los motivos prohibidos de discriminación previstos en el artículo 2.2 del Pacto, desearía información complementaria sobre las diferentes leyes antidiscriminatorias a nivel de los Estados y a nivel federal.

21.El Sr. DASGUPTA desearía que la delegación australiana respondiera a la cuestión Nº 9 de la lista de cuestiones que deben abordarse, a saber, que explique por qué el compromiso del Estado parte de proporcionar ayuda exterior no alcanza el 0,7% prometido por los Estados en los Objetivos de Desarrollo del Milenio.

22.La Sra. BONOAN- DANDAN deplora que el Estado parte haya presentado un informe periódico tan sintético porque al Comité no le basta la información proporcionada en el documento básico y en las respuestas escritas. Pide en particular, información sobre el seguimiento dado a las recomendaciones y preocupaciones formuladas por el Comité en sus observaciones finales sobre el tercer informe periódico del Estado parte. Tomando nota con preocupación de que ninguna disposición del Pacto parece estar protegida por una ley específica, invita a la delegación a proporcionar más detalles sobre la protección de los derechos consagrados en el Pacto. En relación con la consulta nacional, se pregunta sobre los objetivos que buscan las autoridades australianas en la medida en que no se ha desplegado ningún esfuerzo previo para informar a la opinión pública acerca de sus derechos. Cree entender que existe un proyecto de creación de una instancia representativa de los indígenas pero desearía más información sobre el calendario previsto para su ejecución. En general, pregunta qué medidas se han previsto para garantizar la participación efectiva de los indígenas en la formulación de decisiones.

23.El Sr. SADI pregunta si Australia tiene previsto adherirse al Protocolo Facultativo del Pacto. Comparte las preocupaciones expresadas por sus colegas según los cuales no se incluyen en la legislación australiana varios motivos prohibidos de discriminación y desearía saber si la Ley sobre la igualdad de oportunidades tiene por objeto remediar esta situación. Expresa dudas sobre la eficacia de la acción de la Comisión Nacional des Derechos Humanos en la medida en que sus recomendaciones no tienen ningún carácter vinculante. Observando en el párrafo 142 de las respuestas escritas a la lista de cuestiones que deben abordarse que el Gobierno de Australia aplica activamente medidas para garantizar que no exista conflicto entre la legislación australiana y los instrumentos internacionales, solicita información sobre las medidas de que se trata. Por último, desearía saber si es política de Australia integrar a los indígenas o reservarles un lugar distinto en la sociedad.

24.El Sr. ABDEL- MONEIM, observando en el párrafo 259 del documento básico del Estado parte que Australia ha adoptado muchas leyes sobre la lucha contra el terrorismo, pregunta cuáles son, en opinión de la delegación australiana, los efectos de la lucha contra el terrorismo sobre el ejercicio de los derechos consagrados en el Pacto. Destaca en el párrafo 504 del mismo documento que en 2003, Australia anunció que aportaría una ayuda por un monto de 1.000 millones de dólares para el período de 2003-2008 y desearía saber si se ha desbloqueado efectivamente el monto anunciado. Tratándose siempre de la ayuda pública para el desarrollo (APD), pregunta qué porcentaje se consagra al desarrollo de las infraestructuras en los países beneficiarios. Pregunta además en qué medida Australia tiene en cuenta el respeto de los derechos económicos, sociales y culturales cuando concierta acuerdos de libre comercio con otros países. Evoca por último la información según la cual algunas empresas australianas se dedicarían a un dumping salarial en el extranjero y desearía saber si el Gobierno de Australia lucha contra tales prácticas.

Se suspende la sesión a las 11.15 horas , y se reanuda a las 11.40 horas.

25.La Sra. MILLAR (Australia) reconoce que el informe periódico que se examina no es lo suficientemente detallado pero explica que su país ha intentado remediar esta laguna proporcionando abundante información en las respuestas escritas a la lista de cuestiones que deben abordarse. De hecho, Australia no ha estimado necesario incorporar el Pacto en su legislación interna pero vela por que esta armonice plenamente con las disposiciones de los instrumentos internacionales ratificados por el Estado. En cuanto a la consulta nacional sobre los derechos humanos, la representante indica que se abordarán a fondo los derechos económicos, sociales y culturales. El proceso de consulta, que será sumamente minucioso y prolongado, asumirá la forma de reuniones públicas, aunque también de boletines informativos distribuidos por escrito y por correo electrónico a fin de llegar a las comunidades más alejadas. Hasta la fecha, el Comité encargado de la consulta ha recibido ya 12.000 comunicaciones escritas relativas a los derechos humanos, lo que demuestra el intenso interés de la población. El Gobierno de Australia ha querido atribuir gran importancia a Internet para que todo el mundo pueda expresar su punto de vista, aun cuando haya previsto también distribuir guías y folletos de información, y organizar cursillo de formación. Las autoridades australianas no prevén efectivamente elaborar una carta de derechos humanos al cabo de la consulta, pero no han descartado ninguna opción de orden legislativo para proteger mejor estos derechos.

26.La Sra. ROBINSON (Australia) precisa en relación con la legislación australiana en materia de lucha contra la discriminación que uno de los problemas con que tropieza el Gobierno se debe a que Australia tiene un sistema federal. A nivel federal, existen leyes contra la discriminación fundada en la edad, la discapacidad, la raza y el sexo. Los Estados y Territorios tienen también sus propias leyes. Australia meridional, Australia occidental, Nueva Gales del Sur, Queensland, Tasmania, el Territorio de la Capital de Australia y el Territorio del Norte disponen de leyes sobre la igualdad de oportunidades y la lucha contra la discriminación. Otros Estados y Territorios como Nueva Gales del Sur, Queensland y Victoria tienen su propia Comisión de Derechos Humanos. La abundancia de textos da pie a dificultades. El Comité Permanente integrado por los ministros de justicia de los Estados y Territorios así como el Ministro de Justicia de Nueva Zelandia ha solicitado en consecuencia a un grupo de trabajo que enumere las opciones para una armonización de la legislación en materia de lucha contra la discriminación, incluidos los sistemas de tramitación de las quejas.

27.La Sra. MILLAR (Australia) dice que los poderes de la Comisión de Derechos Humanos de Australia son efectivamente limitados por cuanto esta solo formula recomendaciones, pero el Gobierno toma muy en serio dichas recomendaciones y pone en práctica a muchas de ellas. El Parlamento también examina muy minuciosamente los informes de la Comisión, pero en definitiva incumbe al Gobierno adoptar una decisión.

28.La Sra. ROBINSON (Australia) dice que existen efectivamente medidas de reparación en caso de incumplimiento de las leyes relativas a la discriminación y confía en que el proceso de armonización legislativa previsto aclarará aún más este aspecto. De conformidad con la Ley federal sobre la discriminación racial, la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades procura solucionar las controversias mediante la conciliación. En caso de fracasar esta, el denunciante puede acudir a un tribunal para obtener una decisión vinculante. El tribunal decide las medidas correctivas apropiadas (presentación de excusas, indemnización, reintegración en el empleo, ascenso, etc.). El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales no se menciona en los estatutos de la Comisión entre los instrumentos internacionales que esta puede invocar, pero es también el caso de otros instrumentos como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de la Convención sobre los Derechos del Niño, cuyo contenido coincide en parte con el del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales. Se prevé actualmente añadir a esta lista, que es susceptible de evolución, la Convención sobre los derechos las personas con discapacidad. Sin embargo, sí se menciona el Pacto en la ley por la que se instituye la Comisión, en cuyo artículo 46 c) se dispone que el Comisionado de justicia social de los aborígenes e isleños del Estrecho de Torres tome en cuenta el Pacto a los fines de su informe anual al Parlamento.

29.En relación con la posición del Tribunal Superior respecto de las "legítimas expectativas" producidas por la ratificación de los instrumentos internacionales, adoptada en el caso del Ministro de Inmigración c. Ah Hin Teoh (Teoh) en 1995, la Sra. Robinson señala que la noción de legítimas expectativas da pie al derecho de impugnar una decisión administrativa. Si un formulador de decisiones prevé adoptar una decisión no conforme con las disposiciones de un tratado ratificado por Australia, las personas afectadas por la decisión pueden presentar comunicaciones impugnando las disposiciones previstas. El caso Teoh tenía que ver con el artículo 3 de la Convención sobre los Derechos del Niño, pero se interpretó que la noción de legítimas expectativas se aplicaba a los instrumentos internacionales en general. Se puso en tela de juicio esta jurisprudencia en un caso de 2003, sin que se llegase a invalidar formalmente, de manera que la noción de legítimas expectativas sigue siendo válida. Varios gobiernos australianos anteriores han publicado declaraciones del poder ejecutivo según las cuales la ratificación de un tratado por Australia no da lugar a ninguna legítima expectativa, pero el Gobierno actual practica una política diferente y ya no busca limitar los efectos de la decisión adoptada en el caso Teoh mediante declaraciones del ejecutivo.

30.La Sra. MILLAR (Australia) no está en condiciones de dar una respuesta definitiva sobre las intenciones de Australia en relación con la ratificación del Protocolo Facultativo. Este recién se abrirá a la ratificación en septiembre de 2009 y el Gobierno de Australia está reflexionando activamente al respecto. Más abierto que sus predecesores respecto de los mecanismos de denuncia vinculados a los instrumentos internacionales de derechos humanos, el Gobierno actual ha ratificado últimamente el Protocolo Facultativo de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.

31.El Sr. INNIS (Australia), respondiendo a las preguntas formuladas con respecto a las medidas de emergencia en el Territorio del Norte, indica que el Gobierno ha revisado su estrategia a fin de que esta política armonice con la Ley contra la discriminación racial y se consulte más a los indígenas. La legislación que levanta la suspensión de la Ley contra la discriminación racial vinculada a las medidas de emergencia en el Territorio del Norte será presentada al Parlamento australiano en su período de sesiones de primavera de 2009, es decir en agosto próximo.

32.Las medidas de emergencia el Territorio del Norte se pusieron en marcha en junio de 2007 en particular en reacción a los graves problemas de maltrato de niños producidos en este territorio. En junio de 2008, se nombró un comité encargado de proceder a una evaluación independiente de las medidas de emergencia. Dicho comité estimó que no se consultaba suficientemente a los indígenas, lo que podría comprometer la eficacia de las intervenciones; que el nivel de desigualdades de que padecían los indígenas era inaceptable; que el Gobierno debía establecer una auténtica asociación con estas poblaciones; y que debía velar por que las medidas de emergencia respetaran las obligaciones de Australia en materia de derechos humanos y las disposiciones de la lucha contra la discriminación racial.

33.Las medidas de gestión de los ingresos constituyen un aspecto importante de las medidas de emergencia. Se ha determinado que los niños no gozan de la asistencia oficial de que disponen. Las indígenas afirman que ahora controlan mejor sus finanzas y se sienten más capaces de satisfacer las necesidades de sus hijos. El 18 de marzo de 2009 se adoptó una ley con miras a garantizar a las poblaciones del Territorio del Norte sometidas a la gestión de los ingresos el acceso al conjunto de los derechos y recursos, incluido el Tribunal de recursos en materia de seguridad social y al Tribunal de recursos administrativos.

34.En el presupuesto del Territorio del Norte para 2008-2009 se preveía la contratación de 20 miembros de las comunidades indígenas como agentes comunitarios para establecer un enlace entre las poblaciones y los representantes de los poderes públicos y realzar el nivel general de confianza y cooperación. En diciembre de 2007, el Gobierno estableció un grupo consultivo integrado por 25 aborígenes responsables del Territorio del Norte para debatir la aplicación de las medidas de emergencia en el Territorio del Norte y rendir cuenta de estos intercambios al ministro competente, que se reunió con el grupo consultivo y el Primer Ministro el 16 de diciembre de 2007 y varias veces en 2008.

35.Con respecto a la cuestión de las adquisiciones forzosas de arrendamientos, el Gobierno se ha comprometido a pasar lo más rápidamente posible de estos arriendos forzosos de cinco años a arrendamientos voluntarios. El Gobierno no ha procedido a ninguna otra adquisición forzosa. Ha solicitado al Comisionado General del Territorio del Norte que fije un alquiler razonable para todos los contratos de arrendamiento quinquenal existentes. Los alquileres se pagarán automáticamente, y serán efectivos a partir de la fecha de adquisición del arrendamiento. En el nuevo programa de vivienda se prevé una parte específica para el Territorio del Norte y un financiamiento general para las viviendas de interés social.

36.En la esfera de la educación, un programa destinado a mejorar el acceso de los indígenas a la educación consagra recursos importantes a las infraestructuras escolares. Otra prioridad consiste en mejorar las perspectivas de los jóvenes en materia de empleo. Se ha iniciado la reforma de varios programas para ofrecer a los jóvenes mejores posibilidades de formación y de acceso al empleo, simultáneamente con una reestructuración importante de la red de servicios de empleo. Aparte de los programas orientados especialmente hacia los indígenas, el Gobierno intenta determinar si los programas de aplicación general están correctamente adaptados a las necesidades de los indígenas y les son accesibles.

37.En cuanto a la participación, el Gobierno de Australia se ha comprometido a crear una instancia representativa de los indígenas. Esta iniciativa que se inscribe en el marco de una política muy ambiciosa en favor de los indígenas se encuentra actualmente en la fase de consultas. Durante la primera fase de consultas organizada de julio a diciembre de 2008, se han recibido más de 2.000 contribuciones de miembros de comunidades indígenas en el marco de reuniones o en la forma de comunicaciones escritas. De estas consultas se desprende principalmente que el órgano representativo debería desempeñar un papel clave en el reconocimiento constitucional de los aborígenes e isleños del Estrecho de Torres; tener un papel y funciones claramente definidos; ser independiente del Gobierno y disponer de una financiación independiente. En diciembre de 2008 se decidió continuar el proceso. El comité encargado de dirigir esta segunda fase de consultas debe presentar un informe que contenga recomendaciones relativas al nuevo órgano representativo en julio de 2009.

38.Sobre la cuestión de saber si la política australiana se conduce en una óptica de integración o de separación de los indígenas, el Sr. Innis señala que en Australia nadie razona según estos conceptos, sino más bien en términos de libre determinación y de lo que significa esta noción para los indígenas. El Gobierno de Australia atribuye una importancia decisiva a su lugar y a su cultura en la sociedad australiana. Reconoce su derecho a la libre determinación, respetando los principios de integridad territorial y soberanía.

39.La Sra. CHIN (Australia), respondiendo a las preguntas sobre la integración de la enseñanza de los derechos humanos en el sistema escolar australiano, señala que la educación depende de las jurisdicciones de los Estados y Territorios federados. En la Melbourne Declaration on the Educational Goals for Young Australians adoptada en diciembre 2008 por el conjunto de los ministros de educación de la Federación, uno de cuyos objetivos es que los jóvenes australianos sean ciudadanos activos e informados, se enumeran las materias de enseñanza que han de integrarse en los programas escolares, en particular las ciencias sociales, la educación cívica y los derechos humanos.

40.Si bien la ausencia de un sistema de educación y de un programa escolar único a escala de la Federación puede dar la impresión de una falta de coherencia, también amplía las posibilidades de alcanzar resultados excelentes en diferentes esferas, incluida la educación sobre los derechos humanos, como lo demuestran los diferentes sistemas vigentes en el Territorio de la capital de Australia, en particular, donde se enseñan los derechos humanos durante todos los años de escolaridad obligatoria, o en Tasmania, donde se sensibiliza a los niños sobre las cuestiones relativas a los derechos humanos desde la escuela de párvulos.

41.El Sr. MCFARLANE (Australia) proporciona detalles sobre la ayuda pública al desarrollo. El Gobierno de Australia se ha comprometido a incrementar esta ayuda del 0,32% del producto interno bruto (PIB) en la actualidad a un 0,5% en 2015, pero debe estudiar minuciosamente los medios para liberar los recursos suplementarios necesarios. En materia de infraestructuras, el Estado parte dispone del programa de asistencia australiano (Australian Aid Programme), centrado en los Objetivos de Desarrollo del Milenio y muy especialmente en la educación y la salud. Consciente de la importancia de las infraestructuras y de la prestación de servicios para la realización de los objetivos deseados, prevé 420 millones de dólares australianos en un período de tres años para desarrollar las infraestructuras, y acaba de crear un fondo regional dotado de 127 millones de dólares australianos para el desarrollo de las infraestructuras en materia de transporte, de comunicaciones y de abastecimiento de agua. Por último, en relación con las medidas concretas desarrolladas para proteger los derechos humanos, el programa de asistencia australiano se orienta hacia la promoción de los derechos fundamentales, en particular los de las poblaciones marginadas. Durante los últimos doce meses, se ha fortalecido la política en favor de la consideración de la problemática de género, y se ha puesto en práctica una política de integración de las personas discapacitadas, titulada "Development for All".

42.El Sr. RIEDEL, recuerda que en derecho internacional las obligaciones son contraídas por el Estado parte, a nivel federal, y pregunta qué se hace para remediar el problema de los Territorios o Estados que no hayan traducido al plano operacional los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en el Pacto. Citando el excelente ejemplo, evocado por la delegación australiana, de la Ley contra la discriminación que se aplica tanto a nivel federal como a nivel de los Estados, pregunta qué impide que se haga lo mismo respecto de los derechos económicos, sociales y culturales.

43.La Sra. BONOAN-DANDAN señala que si bien existen medidas en el Estado parte en materia de derechos humanos, como lo demuestra la enumeración hecha por la delegación australiana de los diferentes programas existentes, el Comité todavía no cuenta con ninguna indicación sobre un verdadero marco jurídico, o mecanismos, que garanticen el respeto y la protección de estos derechos en el país. Los únicos elementos comunicados hasta ahora sobre les derechos económicos, sociales y culturales no son suficientes. Además, los derechos humanos no se limitan a una mera educación cívica; deben ser objeto de un programa específico en el sistema educativo. Por otra parte, la Sra. Bonoan-Dandan desearía conocer el estado de la ratificación de la Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo.

44.La Sra. BRAS GOMES subraya que, no obstante la existencia de una legislación contra la discriminación en los Territorios y Estados, parce ser que en algunos Estados existen de hecho ciertas formas de discriminación, en particular la fundada en la religión. Recuerda la importancia que reviste un auténtico marco jurídico para la lucha contra la discriminación.

45.La Sra. MILLAR (Australia), respondiendo al Sr. Riedel, dice que cuando hay un conflicto entre el derecho federal y el derecho de los Estados, se aplican en definitiva las leyes federales. Además, el Consejo de los gobiernos australianos vela por la concordancia entre las diferentes jurisdicciones. En cuanto a la cuestión de los derechos económicos, sociales y culturales en todas las jurisdicciones, esta se abordará en el marco del proceso de consulta.

46.El Sr. INNIS (Australia) indica que, en el marco del objetivo de estrechar las diferencias entre los indígenas y los no indígenas, no se prevé un mecanismo específico para garantizar la realización de los derechos económicos, sociales y culturales. El Estado parte espera que instancias como la Comisión de Derechos Humanos e Igualdad de Oportunidades y las organizaciones no gubernamentales vigilen con atención el respeto de Australia por sus obligaciones en materia de derechos humanos en la aplicación de sus políticas destinadas a estrechar las diferencias.

47.La Sra. ROBINSON (Australia) señala la existencia del Grupo de Trabajo sobre la armonización de la ley contra la discriminación y, en relación con la cuestión de la discriminación fundada en la religión, señala que se hacen todos esfuerzos para que las autoridades federales luchen contra esta forma de discriminación, y, por su parte, la Constitución australiana contiene varias disposiciones destinadas a proteger las religiones.

Artículos 6 a 9 del Pacto

48.El Sr. TEXIER, celebra los progresos logrados últimamente por el Estado parte con la adopción de nuevas leyes, pero espera conocer sus efectos. Pregunta qué programas se prevén para superar los obstáculos con que tropiezan ciertas categorías de la población (indígenas, solicitantes de asilo, nuevos migrantes, discapacitados y en particular la mujer) en el acceso al trabajo (art. 6), y desea que el Estado parte proporcione estadísticas sobre el desempleo desglosadas por categoría -mujeres, jóvenes, indígenas, resto de la población. Señala a la atención que la legislación y sobre todo la práctica en el país dejan que desear en materia de despidos sin motivo real fundado, o despidos abusivos (art. 7), no obstante, la Fair Work Act y el mecanismo correspondiente, denominado Fair Work Australia, situación que conviene remediar. Por último, cree entender que en ciertos sectores de actividad (en particular la construcción), las limitaciones al derecho de huelga y a la actividad sindical (art. 8) son demasiado importantes y las penas en que se incurre son demasiado severas, lo cual exige modificaciones y mejoras.

Se levanta la sesión a las 13.05 horas.

-----