Naciones Unidas

E/C.12/2010/SR.31

Consejo Económico y Social

Distr. general

28 de marzo de 2011

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

45º período de sesiones

Acta resumida de la 31ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el martes 2 de noviembre de 2010, a las 10.00 horas

Presidente:Sr. Marchán Romero

Sumario

Examen de los informes

a)Informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Informes periódicos combinados tercero y cuarto del Uruguay

Se declara abierta la sesión a las 10.10 horas

Examen de los informes

a)Informes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Informes periódicos combinados tercero y cuarto del Uruguay (E/C.12/URY/3-4; E/C.12/URY/Q/3-4 y Add.1; HRI/CORE.1/Add.9/Rev.1)

1. Por invitación del Presidente, la delegación del Uruguay toma asiento como participante en el debate de la Mesa.

2.El Presidente dice que es lamentable que no haya sido posible traducir la extensa respuesta del Estado partea la lista de cuestiones (E/C.12/URY/Q/3-4/Add.1) del español a los otros idiomas de trabajo del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

3.El Sr. González (Uruguay), al presentar los informes periódicos combinados tercero y cuarto del Uruguay (E/C.12/URY/3-4), dice que la protección de los derechos humanos es el eje de todas las políticas públicas del Uruguay y que el respeto del Estado parte por el derecho internacional y el respaldo al principio del multilateralismo son los pilares de su política exterior. El Uruguay lucha por proteger los derechos económicos, sociales y culturales mediante una política pública en coordinación con la sociedad civil.

4.El Uruguay ha ratificado los tratados fundamentales de derechos humanos y sus protocolos facultativos, y el Gobierno espera enviar proyectos de ley al Parlamento en noviembre de 2010 para la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales y el Protocolo facultativo de la Convención de las Naciones Unidas sobre los derechos de las personas con discapacidad.

5.Muchos expertos en derechos humanos han respondido a la invitación abierta para visitar el país, en particular, en años recientes, el Relator Especial sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes y la Relatora Especial sobre los derechos humanos de las víctimas de la trata de personas, especialmente mujeres y niños. En 2011 se espera la visita de la Experta independiente sobre la cuestión de las obligaciones de derechos humanos relacionadas con el acceso al agua potable y el saneamiento.

6.La crisis económica que sufrió el Uruguay en 2001 y 2002 fue la más profunda de su historia y generó la marginación de muchos uruguayos, la expansión de la pobreza y un aumento significativo de la emigración, particularmente entre los jóvenes. Todo ello desbordó el sistema de protección social tradicional del país y obligó a una verdadera redefinición. Desde 2005, el Gobierno adoptó políticas para evitar que los grupos de población más desfavorecidos se vieran sumidos en la extrema pobreza y para responder a sus necesidades básicas en materia de alimentación, salud, vivienda y educación. Esas medidas incluyeron la adopción del Plan de Atención Nacional a la Emergencia Social, que en 2008 fue sustituido por el Plan de Equidad.

7.Hubo una especial preocupación por el fortalecimiento normativo e institucional en el área de los derechos económicos y sociales. Está previsto que la Institución Nacional de Derechos Humanos, creada en 2008, comience a funcionar en 2011, y que el Ministerio de Desarrollo Social, creado en 2005, reciba un 33% más de recursos durante los próximos cinco años. El Ministerio, conjuntamente con el Gabinete Social y su órgano consultivo, el Consejo Nacional de Políticas Sociales, son las instancias gubernamentales de articulación de la política social. Otros órganos creados son: la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Otra Forma de Discriminación, el Consejo Nacional Consultivo de Lucha contra la Violencia Doméstica, el Consejo Nacional Coordinador de Políticas Públicas de Igualdad de Género, el Consejo Nacional Consultivo Honorario de los Derechos del Niño y el Ámbito por la Inclusión y la Formalización del Trabajo. Todas constituyen instancias más eficientes para el diseño de políticas y para asegurar una participación multisectorial y la presencia de la sociedad.

8.Entre 2005 y 2008 el gasto en la educación pública aumentó considerablemente y en 2008 se aprobó una nueva ley. El principal problema que sigue afectando a la educación es la alta tasa de desvinculación y repetición en la enseñanza secundaria. No obstante, también se puede dar cuenta de logros como la inauguración de nuevas escuelas de tiempo completo y la entrega de una computadora por niño en las escuelas primarias. En 2010 el proyecto se empezó a hacer extensivo a la enseñanza secundaria.

9.El Uruguay inició una ambiciosa reforma del sistema de atención de la salud, que ofrecerá prestaciones homogéneas a toda la población, eliminando así los factores de inequidad del viejo sistema.

10.La aprobación de la Ley Nº 18104 de igualdad de derechos y oportunidades entre hombres y mujeres y la Ley para la prevención, detección temprana y erradicación de la violencia doméstica, así como de sus respectivos planes nacionales de acción, constituyen dos avances significativos en relación con la igualdad y la prevención de la discriminación. La Ley Nº 18476, aprobada en abril de 2009, tiene por fin promover una mayor participación de la mujer en la vida política.

11.Una combinación de adecuadas medidas de política económica, junto con programas específicos de inserción laboral han reducido la desocupación. Esta mejora de las cifras del empleo va unida a medidas destinadas a consolidar los derechos de los trabajadores y a aumentar los salarios, fortaleciéndose la legislación de tutela de grupos específicos más expuestos, como los empleados del servicio doméstico y los trabajadores rurales, e instaurándose los consejos de salarios y la negociación tripartita.

12.La lucha contra la pobreza y la indigencia es la principal prioridad socioeconómica del Uruguay. El Plan de Equidad comprende una amplia gama de programas que se centran en ese objetivo, y desde 2002 el porcentaje de la población que vive en la pobreza y la indigencia ha disminuido considerablemente. El Gobierno tiene previsto cumplir el compromiso contraído en virtud de los Objetivos de Desarrollo del Milenio de erradicar la pobreza extrema y de reducir los indicadores de pobreza a un dígito al finalizar su mandato.

13.El Sr. Texier dice que desearía saber si la Institución Nacional de Derechos Humanos tendrá una misión puramente consultiva o si también se ocupará de denuncias y otros asuntos, al modo de un defensor del pueblo. También insta al Estado parte a actualizar su documento básico, que data de 1996.

14.El Sr. Sadi dice que desearía saber cuál es el rango constitucional del Pacto y si los tribunales lo han aplicado directamente. Pregunta si la aplicación del Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Hombres y el Plan Nacional de Lucha contra la Violencia Doméstica han tenido como consecuencia la igualdad de trato de hombres y mujeres. Al parecer la discriminación de las mujeres y las personas de ascendencia africana e indígena sigue siendo un problema. Por ejemplo, no se permite a las mujeres volver a casarse durante los 300 días siguientes al divorcio o la muerte de su cónyuge, y se pregunta si se aplica la misma disposición a los hombres. Las disposiciones del Código Penal relativas a los delitos contra las buenas costumbres y el orden de la familia también parecen discriminar a las mujeres. Se pregunta asimismo por qué los niños nacidos fuera del matrimonio son objeto de discriminación y desea saber qué resultados ha dado el Plan Nacional contra el Racismo y la Discriminación.

15.El Sr. Riedel dice que desearía saber cuáles serán las funciones concretas de la Institución Nacional de Derechos Humanos, si estará facultada para atender denuncias y peticiones individuales o colectivas, y qué misión tendrá en la supervisión del cumplimiento de los compromisos contraídos por el Estado parte en virtud de los tratados internacionales. También pregunta si será la propia Institución o el Parlamento quien se encargará de elegir los temas de examen y si se ocupará de cuestiones de ámbito colectivo o individual. ¿Cuántos miembros tendrá la Institución? ¿En qué medida se regirá el proceso de selección por los Principios de París? ¿Ha influido favorablemente la creación del cargo de comisionado parlamentario de prisiones en el derecho a la salud en las cárceles?

16.El Sr. Schrijver desea saber en qué medida los miembros de los grupos indígenas y los afrodescendientes participan en la vida pública y tienen acceso a cargos electivos y empleos en la administración pública. También se pregunta qué avances se han logrado con miras a la ratificación del Convenio sobre pueblos indígenas y tribales en países independientes (Nº 169) de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

17.La Sra. Bras Gomes dice que se siente alentada por la atención que se presta a la necesidad de cumplir las obligaciones contraídas para con el ejercicio de los derechos humanos que, según entiende, son los económicos, sociales y culturales, y por las observaciones formuladas por la delegación sobre la necesidad de defender esos derechos. No obstante, no queda claro el significado de la referencia que se hace en el documento oficioso que se presentó como complemento del informe (y que se puede consultar en el sitio web del Comité) a la "cuestión normativa" y su repercusión negativa en la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales. Después de todo, el Uruguay dispone de un conjunto de leyes y reglamentos, y el Consejo Nacional de Políticas Sociales supervisa la coordinación de los distintos sectores del Gobierno.

18.En esa adición el Estado parte destaca que espera que continúe el rápido ritmo del crecimiento económico en el Uruguay y, teniendo esto presente, la oradora pregunta qué recursos se asignarán a la promoción de los derechos económicos, sociales y culturales en el proyecto de presupuesto nacional para 2011-2015 que está actualmente en estudio en el Parlamento. Pregunta asimismo por la descripción del Plan Nacional de Derechos Humanos, que, según el Estado parte, es un instrumento integrador y participativo. ¿Se ha distribuido a los grupos representativos un proyecto del plan? ¿Ha participado la sociedad civil en su elaboración? También se agradecería que facilitaran más información sobre la distinción entre los grupos de población vulnerables desde el punto de vista social y ambiental y los grupos específicos que necesitan unas condiciones mínimas básicas para poder disfrutar de sus derechos.

19.Por último, refiriéndose a la cuestión de la no discriminación, la delegación ha reconocido que no hay garantías constitucionales de la igualdad entre los sexos y que, pese a los avances en materia jurídica, otros grupos son objeto de discriminación. Se pregunta si el Uruguay considera la posibilidad de aprobar una ley marco contra la discriminación que sea conforme a los principios de derechos humanos y a la Observación general Nº 20 del Comité.

20.El Sr. Atangana pregunta qué medidas se han adoptado para hacer efectiva la recomendación formulada en 2001 por el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial sobre la cuestión del acceso a la justicia de los afrodescendientes y los descendientes de indígenas. Según la información llegada al Comité, en 2005 se establecieron dos comisiones para preparar el terreno de una reforma del Código General del Proceso y del Código Penal. El orador desearía saber si se ha logrado avanzar en este sentido.

21.El Sr. Tirado Mejía dice que, al igual que otros oradores, agradecería tener información más actualizada y saber si sigue en vigor la ley que impone a las mujeres divorciadas y a las viudas un período de espera de 300 días antes de volver a contraer matrimonio. A este respecto, desearía saber si el proyecto de reforma de 2005 del Código Penal ha sido aprobado y si siguen figurando en el Código disposiciones arcaicas y discriminatorias. El Comité tiene información según la cual en las cárceles hay menores de 18 años que comparten celdas con adultos. Pregunta si sigue siendo así y recuerda a la delegación que, de conformidad con los instrumentos internacionales pertinentes, los niños deben estar separados de los adultos.

22.Sería útil disponer de más información sobre la situación general de los afrodescendientes y los descendientes de indígenas, que, según las estadísticas disponibles, están desfavorecidos en los ámbitos de la educación y la atención de la salud. También agradecería que se aclarara la afirmación que figura en el párrafo 14 de los informes periódicos combinados tercero y cuarto del Estado parte según la cual el Uruguay es un "Estado sin presencia indígena organizada en tanto pueblos". Aunque no haya tribus indígenas como tales, lo que importa es que no debe haber discriminación, tanto si los pueblos indígenas están organizados en tribus como si lo están de cualquier otra forma.

23.La Sra. Barahona Riera toma nota de los importantes avances realizados en el Uruguay en el ámbito de la legislación y los derechos sociales desde 2008. En respuesta a la cuestión 9 de la lista de cuestiones, el Estado parte facilitó al Comité abundante información sobre una serie de programas y modificaciones legislativas encaminadas a la promoción de la igualdad de género y la salud reproductiva que no se mencionaban en el informe. La oradora desearía saber qué partidas presupuestarias se han asignado a todas estas actividades. En el Uruguay no hay un ministerio de la mujer, sino una oficina de asuntos de la mujer que, seguramente, no cuenta con el mismo presupuesto que un ministerio. Pregunta si se dedicarán más fondos presupuestarios al fomento de la igualdad de género y si hay un plan para dotar a esa oficina de rango ministerial. La oradora desearía tener más información acerca de la Ley Nº 18476 sobre la participación política de la mujer, que es una ley interpretativa de leyes anteriores sobre cuotas. Tal como la entiende, esa ley no se atiene a los parámetros internacionales de derechos humanos. Si bien esa legislación supone un avance, lo cierto es que las mujeres no disfrutan de la igualdad política y de otro tipo. Por último, la oradora pregunta qué medidas se han adoptado para que los jueces puedan invocar las normas internacionales, en particular las que se refieren a los artículos 2 y 3 del Pacto, sobre la igualdad y la no discriminación.

24.La Sra. Bonoan-Dandan pregunta en qué forma se integra a los afrodescendientes y los migrantes en las distintas políticas y planes mencionados por la delegación. En lo que respecta al párrafo 14 del informe, dice que, como ha sucedido a otros miembros del Comité, le resulta difícil entender la afirmación de que el Uruguay es un "Estado sin presencia indígena organizada en tanto pueblos". Remitiéndose al debate sobre la ratificación del Convenio Nº 169 de la OIT, si esos pueblos no organizados no son pueblos indígenas, pregunta si no se trata de pueblos tribales. Además, pese a la afirmación del párrafo 14 de que los indígenas en el Uruguay no están organizados, han participado en reuniones mundiales en calidad de representantes indígenas. Pregunta si el Uruguay es signatario de la Declaración de las Naciones Unidas sobre los derechos de los pueblos indígenas; en caso afirmativo sería interesante saber quién representó al Uruguay en el correspondiente foro. Se ha presentado información sobre la situación de las mujeres afrodescendientes, pero no sobre sus familias. La oradora desearía que le aclarasen si hay programas especiales dirigidos a los niños varones afrodescendientes.

Artículos 1 a 5

25.El Sr. Miranda (Uruguay), que se refiere específicamente a la Institución Nacional de Derechos Humanos creada de conformidad con la Ley Nº 18446, dice que la Institución se estableció tras varios años de diálogo entre representantes del Gobierno, la sociedad civil y todos los partidos políticos con representación parlamentaria. Esta Institución se ocupa de todas las cuestiones relativas a los derechos humanos, tanto los derechos protegidos por el ordenamiento jurídico nacional como los enunciados en las normas internacionales de derechos humanos. Tiene una función consultiva, en consonancia con los Principios de París, y formula recomendaciones sobre la política de derechos humanos, pero también es competente para recibir denuncias individuales y colectivas de violaciones de los derechos humanos. Su estructura es reflejo de esta doble función. A diferencia de otras instituciones de derechos humanos de América Latina, en las que solo hay un defensor del pueblo, el Uruguay optó por una junta directiva de cinco personas que actúan en calidad de expertos independientes. Dos de esas personas reciben las denuncias de presuntas violaciones de los derechos humanos y las otras tres se encargan de colaborar con los organismos del Estado y la sociedad civil para elaborar políticas sobre derechos humanos. Por lo tanto, las actividades de la Institución no se centran exclusivamente en las denuncias; el diseño de mecanismos estructurales de promoción de los derechos humanos reviste igual importancia. Las denuncias alimentan la reflexión sobre la política de derechos humanos, con lo que contribuyen a poner de manifiesto las deficiencias estructurales del Uruguay en esa esfera. Del mismo modo, la tramitación de las denuncias permite promover la sensibilización general sobre las cuestiones de derechos humanos en el país.

26.Una de las funciones básicas de la Institución Nacional de Derechos Humanos será la de supervisión y seguimiento, en consonancia con el Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes. La Institución servirá de mecanismo de prevención de las violaciones de los derechos humanos y determinará su propio programa de acción. Por ley, debe celebrar como mínimo una sesión anual, a la que asistirán expertos independientes, los organismos del Estado y las organizaciones no gubernamentales acreditadas con el fin de fomentar el debate y de velar por la participación del público en la elaboración de la política de derechos humanos.

27.Habida cuenta de que la independencia de la Institución es fundamental, como se enuncia en los Principios de París, los miembros de la junta serán elegidos por mayoría de la Asamblea General, constituida por las dos cámaras del Parlamento. Se han establecido restricciones para velar por que la junta no sufra la influencia de los partidos políticos: no podrán ser elegidas las personas que hayan desempeñado cargos públicos electivos en los dos años anteriores a su designación y los miembros designados no podrán presentarse a cargos políticos electivos durante los tres años siguientes a su nombramiento. Las actividades remuneradas de los miembros de la junta se limitarán a la docencia y actividades de capacitación en materia de derechos humanos.

28.El calendario para el establecimiento de la Institución está determinado en parte por los dilatados ciclos electorales y presupuestarios del Estado parte. En 2008 se promulgó la legislación necesaria, cuando ya estaban en marcha los preparativos de las siguientes elecciones. Por consiguiente, con objeto de garantizar que la fundación de la Institución fuera totalmente independiente del proceso electoral, esta se postergó hasta después de las elecciones. Es fundamental que, una vez creada, la Institución cuente con recursos suficientes; por lo tanto, la financiación se decidirá cuando el Parlamento apruebe el Presupuesto quinquenal en febrero de 2011. Se espera que la Institución empiece a funcionar en el curso de ese año.

29.La Constitución de 1967 sigue en vigor, con algunas ligeras modificaciones, aunque no se aplicó durante los 13 años de gobierno militar, y se está considerando la posibilidad de actualizarla para que refleje la evolución en el ámbito de los derechos humanos. A diferencia de la mayoría de las constituciones de América Latina, no figuran en ella disposiciones específicas que otorguen rango constitucional a los tratados internacionales, pero la precedencia de estos sobre la Constitución fue confirmada por una decisión de la Suprema Corte basada en el artículo 72 de la Constitución y relativa a un caso de ejecución sumaria bajo el gobierno de los militares. A raíz de esa decisión, se reunirá una jurisprudencia que la Suprema Corte habrá de consolidar en su función de corte de casación. Desde su creación, los juzgados letrados de trabajo siguen la práctica de aplicar directamente los tratados internacionales.

30.El Código Civil del Uruguay, que se remonta inicialmente a 1866, se basa en el Código Napoleónico. Muchos de sus conceptos, en particular en ámbitos como el derecho de familia y los derechos de la mujer, han quedado anticuados y deben revisarse; no obstante, pese a la tendencia a la inercia legislativa, que es producto de la larga tradición de codificación del país, ya se han introducido algunas enmiendas en la legislación civil, en particular la que concede la igualdad de derechos a todos los niños, independientemente de que hayan nacido dentro o fuera del matrimonio.

31.El Sr. Scagliola (Uruguay) dice que, en el contexto del examen periódico universal, el Gobierno se ha comprometido a preparar un plan nacional contra todas las formas de discriminación. La elaboración del Plan Nacional contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Otra Forma de Discriminación demuestra la voluntad del Gobierno de reconocer que hay problemas y de adoptar medidas para resolverlos. La Encuesta continua de hogares de 2006 del Instituto Nacional de Estadística incluyó por primera vez una pregunta sobre la identidad étnica o racial. La encuesta permitía a los encuestados identificarse con más de un grupo étnico o racial. Aproximadamente el 3% de la población declaró tener ascendencia indígena, mientras que el 9% se identificó como afrodescendiente. El censo de 2011 será el primero que incluya preguntas sobre el origen étnico o racial. Los nuevos datos obtenidos tras la encuesta de hogares indican que las impresiones anteriores sobre la homogeneidad del país eran equivocadas y que la discriminación en la educación y en el empleo, en particular de la población afrodescendiente, es un hecho.

32.Las cifras de desempleo y de pobreza son aproximadamente el doble entre los hombres y mujeres afrodescendientes que entre el resto de la población, y entre los dos grupos hay una diferencia de 10 a 15 puntos porcentuales en la proporción de los que aportan al sistema de seguridad social. Aproximadamente la mitad de la población más pobre del país es afrodescendiente. El Gobierno ha empezado a ocuparse de este problema. Se están implantando políticas de acción afirmativa para aumentar el número de estudiantes afrodescendientes en la enseñanza superior, fomentando la asistencia a la enseñanza secundaria por medio de transferencias en efectivo condicionadas y de sistemas de tutorías dirigidos a los que corren el riesgo de abandonar el sistema educativo.

33.Si bien algunos habitantes del Uruguay descienden de pueblos indígenas, ya no forman verdaderas comunidades indígenas. Las diversas asociaciones creadas por esas personas para defender su patrimonio cultural están representadas en la Comisión Honoraria contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Otra Forma de Discriminación y han participado en una serie de foros internacionales. En reconocimiento de las vergonzosas acciones de los siglos pasados que dieron lugar a la casi total exterminación de los grupos indígenas del país, se instituyó la fecha del 11 de abril como "Día de la Nación Charrúa y de la Identidad Indígena", en recuerdo de los habitantes originales de la región. También se les ha rendido homenaje con actos simbólicos como la devolución al suelo uruguayo de los restos de los caciques indígenas de París donde se los había mantenido cautivos.

34.Bajo los auspicios del Ministerio de Desarrollo Social, se creó el Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES), uno de los varios organismos que protegen los derechos de grupos específicos de población, como los jóvenes, los niños y las familias. Se han hechos considerables esfuerzos por integrar la perspectiva de género en todas las políticas y el Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Hombres pretende allanar las diferencias. Los planes de reducción de la pobreza comprenden medidas específicas para las mujeres, ya que los hogares con una mujer al frente se ven afectados de manera desproporcionada por la pobreza y el desempleo. Se ha establecido un sistema de ayudas especiales con el fin de prestar asistencia a esas mujeres y de ayudarlas a emanciparse y se han elaborado políticas para proporcionarles los instrumentos necesarios para poder salir de la pobreza.

35.Además, muchas mujeres tienen la doble carga del empleo remunerado y de las tareas del hogar no remuneradas, en particular el cuidado de los hijos o de familiares mayores, y el Gobierno se ha comprometido a tratar de resolver esta cuestión durante el mandato de 2010-2015 como elemento central para lograr la igualdad de hombres y mujeres. En promedio, las mujeres dedican a las labores domésticas no remuneradas el doble de horas que los hombres, y las consiguientes limitaciones de sus oportunidades de educación, capacitación y avance profesional condenan a muchas a seguir en la pobreza. En el marco del Plan de Igualdad de Oportunidades y Derechos entre Mujeres y Hombres se adoptarán medidas para compensar el tiempo dedicado a las tareas del hogar y al cuidado de otras personas. También se planea extender los servicios a las víctimas de la violencia de género a los 19 departamentos estableciendo oficinas locales y unidades móviles.

36.En 2009 se aprobó una ley que establece un sistema de cuotas para las listas electorales. Los partidos políticos deben velar por que un tercio de sus candidatos sean mujeres. La ley entró en vigor para las elecciones internas de los partidos en 2009 y se aplicará a las elecciones nacionales a partir de 2014. Teniendo en cuenta que no comprende disposiciones interpretativas separadas, la Corte Electoral decidió la forma en que debían prepararse las listas, pero esta decisión suscitó las críticas de algunos grupos feministas.

37.El Sr. Roballo (Uruguay) explica que las listas electorales incluyen a los candidatos principales y a los suplentes. En virtud de la Ley de cuotas y de la decisión de la Corte Electoral es técnicamente posible que un partido que sólo presente a las mujeres como suplentes siga cumpliendo la ley. Se está considerando la posibilidad de aprobar una ley interpretativa para velar por que un tercio de los candidatos principales sean mujeres.

38.El Sr. González (Uruguay) dice que en 2005 se creó un programa para las mujeres afrodescendientes que, desde entonces, se ha convertido en un departamento del Instituto Nacional de las Mujeres (INMUJERES). Este departamento es excepcional porque se ocupa de la discriminación por motivos étnicos en el contexto de la igualdad de género.

39.La Sra. Dupuy (Uruguay) dice que, a causa del contexto histórico del Uruguay, ya no existen culturas y lenguas indígenas como tales. En consecuencia, el Comité Tripartito entiende que determinadas disposiciones del Convenio Nº 169 de la OIT no corresponden a la realidad de la situación en el Uruguay. Si bien el Estado puede aplicar las partes del Convenio relativas a la conservación de los restos arqueológicos de las culturas indígenas, no puede ratificar el Convenio en su totalidad y no se admiten reservas.

40.El Sr. Miranda (Uruguay) dice que en enero de 2008 entró en vigor la Ley sobre la situación de los migrantes, según la cual todas las personas son iguales ante la ley y, por lo tanto, se les garantiza la igualdad de derechos económicos, sociales y culturales, cualquiera sea su nacionalidad. El Código Penal se remonta a 1934 y está actualmente en proceso de revisión por el Parlamento. El Código General del Proceso también está siendo objeto de revisión, ya que medidas restrictivas como la reducción de la edad de responsabilidad penal y el aumento de las penas para determinados delitos han resultado ser ineficaces. Se está desarrollando un amplio debate político y el ejecutivo espera que se apruebe y promulgue próximamente un Código Penal y un Código General del Proceso modificados. A los menores en detención policial se los mantiene siempre en locales separados de los adultos.

41.El Sr. Tirado Mejía pregunta qué procedimiento seguirá la Institución Nacional de Derechos Humanos cuando reciba una denuncia sobre violaciones de derechos humanos. Si bien el Comité ha recibido información de que la situación de los niños nacidos fuera del matrimonio ha mejorado notablemente, desea saber si se sigue utilizando la expresión "hijos naturales", que es arcaica y no conforme a las normas internacionales. El derecho penal y el derecho de familia deben ser modificados para superar la inercia legislativa en esos ámbitos.

42.El Sr. Sadi pregunta hasta qué punto se puede garantizar la independencia de la Institución Nacional de Derechos Humanos, habida cuenta de que la financiación proviene en su totalidad del Gobierno.

43.El Sr. Miranda (Uruguay) dice que la Institución Nacional de Derechos Humanos formula recomendaciones y propuestas de políticas de derechos humanos, pero su labor no puede superponerse a la del Parlamento ni a la del poder judicial, ya que la separación de poderes es rigurosa. La Institución, por lo tanto, tiene la obligación de remitir las denuncias de violaciones a la autoridad competente. No tiene funciones jurisdiccionales, pero puede supervisar la actuación de los órganos jurisdiccionales. Teniendo en cuenta que la adopción de un presupuesto autónomo para la Institución Nacional de Derechos Humanos requiere una reforma de la Constitución, actualmente la Institución depende del Parlamento desde el punto de vista administrativo. Cuando se lleve a cabo la reforma, la Institución será totalmente independiente. La financiación, sin embargo, procederá siempre del presupuesto del Estado. Efectivamente, en lo que respecta al Código Civil se observa inercia legislativa, y la delegación acogerá con interés las recomendaciones del Comité sobre la forma de superar este problema. Los niños nacidos fuera del matrimonio gozan de los mismos derechos que los otros, pero es verdad que la expresión "hijos naturales" es anacrónica.

44.El Sr. Scagliola (Uruguay) dice que en el Plan Nacional contra el Racismo, la Xenofobia y Toda Otra Forma de Discriminación, que se elaboró en 2009 y que se está poniendo en práctica en la actualidad, figuran disposiciones sobre la prevención de la discriminación de los migrantes. Pese a la igualdad formal entre los nacionales y no nacionales en el Uruguay, las prácticas sociales todavía pueden ser discriminatorias. El Plan prevé la protección de los migrantes y de los afrodescendientes, los indígenas y otros grupos vulnerables, como los transexuales y las personas discriminadas a causa de su orientación sexual.

45.Pese a la crisis económica y financiera mundial, la economía del Uruguay sigue creciendo. Se ha puesto en marcha una ambiciosa reforma de la atención de la salud con miras a garantizar la igualdad de acceso de todos a esos servicios. Los grupos vulnerables desde el punto de vista ambiental, que han hecho del reciclado de residuos sólidos un medio de vida, padecen una de las más brutales formas de exclusión social, ya que esa forma de vida afecta a su salud y tiene repercusiones relacionadas con el trabajo infantil y la exclusión territorial. Otras comunidades especialmente vulnerables son las que viven en la indigencia y en zonas propensas a inundarse. Se hacen esfuerzos por reforzar las políticas de vivienda para proteger a estas personas y reasentarlas en lugares más estables.

46.Aunque se aprobó una ley sobre la salud sexual y reproductiva, el capítulo sobre la despenalización del aborto no fue aprobado. Actualmente el Parlamento está examinando un proyecto de ley sobre la cuestión. El Ministerio de Salud Pública tiene una política activa de atención a las mujeres que quieren interrumpir su embarazo. Si bien los servicios de salud del Uruguay no pueden prescribir el fármaco que se utiliza para realizar abortos, se puede dar orientación a la mujer que tiene intención de tomarlo. No se han registrado muertes causadas por abortos en los últimos dos años.

Artículos 6 a 9

47.El Sr. Texier pregunta cómo se han logrado tasas de desempleo tan bajas y si en las estadísticas de empleo se ha tenido en cuenta el trabajo informal. Pide que se faciliten estadísticas de desempleo desglosadas por sexo. Fuentes no gubernamentales han informado al Comité de que sólo el 13% de las personas privadas de libertad tienen empleo y de que sólo el 7% de los que trabajan percibe una remuneración. Pregunta si el trabajo de los reclusos es optativo y cómo se paga. Refiriéndose a la cuestión del despido, pregunta cómo debe entenderse la expresión "despido procedente" y cómo se supervisa a los juzgados letrados de trabajo. ¿A quién incumbe la responsabilidad de los aumentos del salario mínimo? ¿Están estos aumentos sujetos a la negociación tripartita? También desea saber si el salario mínimo es suficiente para garantizar un nivel de vida adecuado a los trabajadores y su familia. Pregunta qué función tiene la Inspección de Trabajo en la vigilancia de los accidentes laborales y cómo se aplican las normas internacionales sobre seguridad e higiene laborales.

48.La Sra. Bras Gomes, refiriéndose al artículo 9 del Pacto, relativo al derecho a la seguridad social, pregunta cuáles son las ventajas del componente obligatorio del sistema jubilatorio privado, puesto que parece haber dado lugar a una financiación deficiente del sistema público. La oradora expresa su preocupación por la situación de los desempleados de larga duración mayores de 50 años, ya que no resulta claro qué ayudas sociales reciben al terminar el período de 12 meses del subsidio de desempleo. Pregunta con qué protección cuentan hasta que llegan a la edad de jubilación de 65 años. Pregunta, asimismo, si los trabajadores migrantes indocumentados tienen acceso a la asistencia social. ¿Son suficientes las pensiones mínimas para que los jubilados vivan dignamente? El Estado parte informó al Comité sobre una prestación especial para las personas de edades comprendidas entre los 65 y los 70 años y la oradora se pregunta de qué prestaciones pueden disponer los mayores de 70 años.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.