Distr.GENERAL

E/C.12/2008/SR.3719 de agosto de 2009

ESPAÑOLOriginal: INGLÉS

COMITÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES

41º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 37ª SESIÓN

celebrada en el Palais Wilson, Ginebra,el lunes 10 de noviembre de 2008, a las 10.00 horas

Presidente: Sr. TEXIER

SUMARIO

Examen de informes

a) Informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto (continuación)

Documentos sobre Kosovo (Serbia ) presentado por la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK)

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Deberán presentarse en forma de memorando, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento, a la Dependencia de Edición, oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después del período de sesiones.

GE.08-45011 (S) 060809 190809

Se declara abierta la sesión a las 10.0 5 horas.

EXAMEN DE INFORMES

a) INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO (continuación)

Documento sobre Kosovo (Serbia) presentado por la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) (E/C.12/UNK/1; E/C.12/UNK/Q/1; HRI/CORE/UNK/2007)

1.Por invitación del Presidente, los miembros de las delegaciones de Serbia y de la Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (UNMIK) toman asiento a la mesa del Comité.

2.El PRESIDENTE recuerda que, en su 34º período de sesiones, celebrado en mayo de 2005, el Comité examinó el informe inicial de Serbia (entonces Serbia y Montenegro) (E/1990/5/Add.61) y que, en el párrafo 9 de sus observaciones finales (E/C.12/1/Add.108), tomó nota de la explicación del Estado parte acerca de la imposibilidad de informar sobre las medidas tomadas y los progresos realizados en el logro de la observancia de los derechos reconocidos en el Pacto en relación con la provincia de Kosovo y Metohija, donde la autoridad civil es ejercida por la UNMIK, de conformidad con la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad. Sin embargo, el Comité instó al Estado parte a solicitar al Secretario General que le facilitase la información recopilada por la UNMIK, de conformidad con el párrafo 11 j) de dicha resolución, sobre el disfrute en Kosovo a partir de 1999 de los derechos reconocidos en el Pacto y que, sin perjuicio del estatuto jurídico de Kosovo, complementase su informe inicial al Comité sobre la base de esa información. Por lo tanto, Serbia invitó a la UNMIK a presentar información complementaria al Comité, cosa que la UNMIK hizo en octubre de 2007, cuando presentó el documento que el Comité tiene ante sí (E/C.12/UNK/1).

3.El Comité está sujeto a lo expresado en sus observaciones finales únicamente. Está al tanto de los acontecimientos sucedidos desde que emitió sus observaciones finales en mayo de 2005, en particular la declaración unilateral de independencia de Kosovo y su reconocimiento como Estado independiente por 51 Estados, pero no por las Naciones Unidas, puesto que la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad continúa vigente.

4.El Presidente recuerda a los presentes que el Comité es un órgano de derechos humanos compuesto por expertos independientes, y que de ninguna manera tiene carácter político. Por consiguiente, no se aceptará ningún comentario de naturaleza política sobre el estatuto de Kosovo. Esta decisión ha sido tomada por el Comité en su conjunto de forma clara, razonable, firme y fundamentada jurídicamente, y no dudará en interrumpir a todo orador que la contravenga. No obstante, si todos los presentes se comprometen con el objetivo del Comité de examinar la aplicación del Pacto en Kosovo, está seguro de que se entablará un diálogo positivo y constructivo.

5.El Sr. STARČEVIĆ (Serbia) agradece a la UNMIK que, en la calidad de Potencia administradora de la provincia de Kosovo y Metohija que le confiere la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad, haya presentado el documento E/C.12/UNK/1, que posibilita la conclusión del examen de la aplicación del Pacto en el Estado parte. Lamentablemente, poco se ha avanzado en Kosovo y Metohija desde 1999 con respecto a los derechos humanos, y es inaceptable que el respeto de los derechos humanos se condicione a la situación política actual. Como el documento presentado por la UNMIK se centra en la descripción de la legislación y no en medidas prácticas tomadas para aplicar el Pacto, la delegación serbia se ha basado en mayor medida en otros informes -por ejemplo, los de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (ACNUR) y organizaciones no gubernamentales como Amnistía Internacional- para preparar sus observaciones escritas sobre el documento.

6.El nivel general de la protección de los derechos humanos en Kosovo y Metohija continúa siendo insuficiente, y la discriminación contra los grupos étnicos no albaneses, en particular los miembros de las comunidades serbia y romaní, está muy extendida. Como se señala en informes de la Misión de la Organización para la Seguridad y la Cooperación en Europa (OSCE) en Kosovo y de Amnistía Internacional, el sistema político y jurídico no cumple las normas internacionales, lo que priva a toda la población de algunos de sus derechos fundamentales. Prevalece una atmósfera de impunidad, y las principales instituciones responsables de la protección de los derechos humanos son incapaces de garantizar la seguridad, la celebración de juicios imparciales, la no discriminación y otros derechos a todos los residentes de Kosovo y Metohija.

7.La falta de garantías de seguridad restringe la libertad de movimientos de las comunidades minoritarias, así como el acceso a los servicios de salud, los tribunales y el transporte público, y contribuye de forma significativa a que el ritmo de retorno sostenible de desplazados internos a Kosovo y Metohija sea extremadamente lento. De las 230.000 personas en esta situación, predominantemente serbios, romaníes y otros no albaneses, que se vieron obligados a marcharse de la provincia a partir de 1999, hasta la fecha solo han regresado unos pocos miles. Dado que los derechos económicos, sociales y culturales son cruciales para la sostenibilidad del retorno, es sorprendente que el Pacto haya sido excluido de la lista de instrumentos de derechos humanos que figura en el capítulo 3 del reglamento Nº 2001/9 de la UNMIK sobre un Marco Constitucional para el Gobierno autónomo provisional de Kosovo.

8.La falta de coherencia en la aplicación de la legislación sobre la protección de los derechos de propiedad implica que a menudo los propietarios tienen dificultades para acceder a sus propiedades, y que la ocupación ilegal de fincas persiste a pesar de los intentos de la UNMIK por ayudar a los propietarios. El número insuficiente de jueces y expertos locales provoca con frecuencia una dilación excesiva de los procesos judiciales, y faltan recursos jurídicos eficaces.

9.El proceso de privatización constituye una dificultad de primer orden, y se ha negado a todos los antiguos empleados serbios y no albaneses que han perdido su puesto de trabajo el disfrute del producto de las ventas: desde junio de 1999, la totalidad de la población no albanesa ha sido expulsada del 98% de las instalaciones industriales y de diversas instituciones, lo que afectó a un total de 77.735 trabajadores en 509 lugares de trabajo. Resulta especialmente preocupante la insuficiencia del suministro de energía eléctrica en las zonas a las que se devuelven las comunidades desplazadas no albanesas. Esta población sufre graves problemas económicos a consecuencia de su prolongado desplazamiento y de la imposibilidad de lograr una sostenibilidad económica tras el retorno, a lo que se añade la política de la Compañía de Energía de Kosovo de cobrar a quienes regresan la electricidad consumida durante el período de su desplazamiento por ocupantes ilegales.

10.El hecho de que el albanés y el serbio sean dos de los idiomas oficiales de Kosovo y Metohija a menudo no se refleja en la correspondencia y los documentos públicos. En el sistema de enseñanza rara vez interactúan los niños de distintas extracciones étnicas, que viven separados unos de otros, y las pocas iniciativas de escuelas compartidas han aumentado la división étnica. De los numerosos monumentos culturales serbios dañados o destruidos entre 1999 y los actos de violencia étnica albanesa de marzo de 2004, solo se han reconstruido unos pocos.

11.El examen que viene haciendo el Comité de la aplicación por la UNMIK del Pacto en Kosovo y Metohija en los últimos nueve años sería útil como punto de partida para la labor, necesaria desde hace mucho tiempo, de mejorar la difícil situación de los derechos humanos en la provincia. El orador confía en que la UNMIK tome medidas inmediatas para poner en práctica las recomendaciones del Comité.

12.El PRESIDENTE señala que la delegación de Serbia está formada por cuatro miembros, cuando el acuerdo con el Comité estipulaba que se compondría de uno solo.

13.El Sr. STARČEVIĆ (Serbia) afirma que la carta del Comité no mencionaba dicha condición. Dado que el único Estado parte examinado es Serbia, y no la UNMIK, y que la UNMIK ha presentado un documento que forma parte del informe periódico de Serbia, es importante que tanto Serbia como la UNMIK estén presentes en la mesa del Comité.

14.El PRESIDENTE, recordando que el acuerdo fue oral y que la delegación serbia fue invitada sobre la base de ese acuerdo, dice que, si bien no insistirá en que tres de los miembros se marchen de la mesa del Comité, la delegación serbia debe tener presente que todo el debate se entablará únicamente con la UNMIK.

15.El Sr. TSCHOEPKE (UNMIK) agradece la oportunidad para dialogar con el Comité e intercambiar ideas y perspectivas que proporcionen a la UNMIK una orientación crucial para cumplir su mandato de proteger y fomentar los derechos humanos en Kosovo. Puesto que la situación en Kosovo ha cambiado durante los últimos nueve años, también la UNMIK tendrá que cambiar. La capacidad de la UNMIK para llevar a cabo la gran mayoría de su cometido como administración interina se ha visto desafiada sustancialmente por sucesos que se han producido recientemente en el terreno. Sin embargo, la UNMIK permanecerá en Kosovo bajo su mandato tal y como dispone la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad, y se espera que la OSCE, un pilar de la UNMIK, y la Misión de la Unión Europea por el Estado de Derecho en Kosovo (EULEX Kosovo) desempeñen un papel más importante en la vigilancia y la promoción de los derechos humanos.

16.El compromiso de crear un marco político y jurídico para la aplicación de los derechos humanos asumido por la UNMIK se refleja en disposiciones como el Marco Constitucional, los distintos reglamentos de la UNMIK -incluido uno contra la discriminación- y los dos acuerdos técnicos con el Consejo de Europa, uno de los cuales se relaciona con el Convenio Marco para la Protección de las Minorías Nacionales. La UNMIK ha establecido un sólido marco regulatorio y jurídico para una economía de mercado moderna y ha asumido el liderazgo en la creación de instituciones económicas locales ayudando a redactar leyes, desarrollando estructuras organizativas y ofreciendo asistencia y capacitación para efectuar el seguimiento. El Grupo Asesor en materia de derechos humanos de la UNMIK, un órgano independiente creado en virtud de un reglamento de la UNMIK, ofrece un mecanismo para examinar quejas relativas a cuestiones que incumben a la UNMIK. El Grupo entró en pleno funcionamiento en 2008 y ha recibido 56 casos, de los que 43 se han admitido a trámite y 13 se han declarado no admisibles. Los casos se refieren a derechos económicos, sociales y culturales, incluidas cuestiones de empleo, derechos de propiedad, el derecho a un nivel de vida adecuado y discriminación. La UNMIK hará todo lo posible por aplicar las recomendaciones del Grupo para optimizar su efectividad como mecanismo de rendición de cuentas.

17.El establecimiento de los marcos políticos y jurídicos necesarios es altamente deseable e indispensable en algunos casos, pero no es suficiente: resulta imprescindible desarrollar la capacidad de las instituciones de Kosovo. El orador rinde homenaje a la contribución de la OSCE a la vigilancia de los derechos humanos y la creación de instituciones. Un ejemplo de las cada vez mayores capacidades de derechos humanos del Gobierno de Kosovo es la Oficina de asesoramiento sobre gobernanza, derechos humanos, igualdad de oportunidades y género, que en 2007 contribuyó a preparar documentos comunes básicos y de tratados específicos. Con el apoyo de la comunidad internacional, la Oficina de asesoramiento ha redactado y está a punto de publicar la Estrategia y Plan de Acción sobre derechos humanos de Kosovo, un ambicioso documento que describe medidas para mejorar el respeto de los derechos de las comunidades no albanesas, mujeres, jóvenes, personas con discapacidad y otros grupos marginales, y proyecta un examen integral de los marcos políticos y jurídicos existentes.

18.A pesar de los numerosos logros, Kosovo no puede permitirse ignorar los problemas que quedan por resolver, en especial la reducción de la pobreza, la creación de empleo y la prestación de servicios de enseñanza y de salud. Para afrontar estos desafíos, las autoridades de Kosovo se han comprometido formalmente en 2008 a cumplir los Objetivos de Desarrollo del Milenio y han establecido datos de referencia para cuantificar los avances registrados, proceso que ayudará a centrar la toma de decisiones en la atención de las necesidades más urgentes de desarrollo socioeconómico.

19.La UNMIK ha aplicado al retorno de los desplazados internos un enfoque basado en los derechos. Un estudio del ACNUR ha determinado que el 84,45% de los retornos han sido sostenibles. Sin embargo, el número de retornos desde 1999 ha sido bajo a consecuencia de factores tales como la falta de empleo y el clima político incierto. Si bien es fundamental que los funcionarios de Kosovo reconozcan a los desplazados internos como parte importante de su electorado, es igual de importante que las comunidades minoritarias participen en las estructuras y los procesos gubernamentales.

20.Las autoridades de Kosovo han preparado un programa de desarrollo socioeconómico que abordará cuestiones de gran importancia, como el aumento de la inversión en infraestructura, la mejora de la educación para la población extremadamente joven de Kosovo y el desarrollo de instituciones para consolidar el estado de derecho en una sociedad multiétnica. Las aportaciones de la comunidad internacional cubrirán las necesidades financieras de Kosovo identificadas en el marco de gastos a mediano plazo. La UNMIK agradece y alienta la continuación de la ayuda de la comunidad internacional para consolidar los logros en pro de un Kosovo estable y próspero para todas sus comunidades.

21.El PRESIDENTE invita a los miembros del Comité a plantear cuestiones generales y formular preguntas relacionadas con los artículos 1 a 5 del Pacto.

22.El Sr. KERDOUN dice que desde 1999 Kosovo ha dependido sobremanera de la ayuda internacional, por lo que la UNMIK se ha enfrentado a la difícil labor de velar por que los fondos extranjeros se utilicen sin discriminación y no sean desviados con fines corruptos. Resulta especialmente alarmante que, de los 2.700 millones de euros de ayuda recibidos hasta 2005, casi 200 millones se hayan asignado a "apoyo presupuestario no designado", sin más detalles. La posibilidad de que haya habido corrupción ha dado pie al establecimiento de una Dependencia de Investigaciones Financieras. El orador pide a la delegación que informe al Comité de por qué se han dejado sumas tan cuantiosas en una situación tan poco clara, y qué se ha hecho para garantizar que dichos recursos se empleen correctamente. Con respecto a la discriminación, si bien el informe hace referencia a las propuestas de acción afirmativa, se ha progresado muy poco en este sentido. ¿Qué obstaculiza la aplicación de las medidas de acción afirmativa para lograr una representación proporcional en la contratación de personal? ¿Estudia la Asamblea de Kosovo la posibilidad de aprobar una ley sobre los derechos de las personas con discapacidad?

23.El Sr. RIEDEL señala que uno de los fines del reglamento Nº 1999/24 de la UNMIK sobre la ley aplicable en Kosovo es velar por que los tratados internacionales de derechos humanos se apliquen en Kosovo y expresa insatisfacción por la afirmación de la UNMIK de que no ha participado en la redacción de la Constitución y que, por tanto, no esté en condiciones de hacer observaciones sobre el hecho de que dicho documento no cite directamente el Pacto. La UNMIK debería ejercer su autoridad para asegurar la protección de los derechos económicos, sociales y culturales, y debería tomar medidas para que el Gobierno de Kosovo observe las disposiciones del reglamento Nº 1999/24. Si bien celebra que se establezca un mecanismo, el Grupo Asesor en materia de derechos humanos, para investigar las posibles violaciones de los derechos humanos, pregunta el orador cuántos casos se han resuelto, y con qué resultados. Por último dice que la carencia de datos demográficos fiables hace especialmente difícil tomar medidas para garantizar los derechos humanos, y pide que se hagan más esfuerzos para llenar ese vacío, con independencia de que tal labor pueda ser muy costosa y muy delicada políticamente.

24.La Sra. BRAS GOMES pregunta qué entiende la delegación por derechos económicos, sociales y culturales, y cómo integra la UNMIK los derechos humanos y la participación pública en sus iniciativas para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio. Afirma que la ley que prohíbe la discriminación es muy bien valorada por los expertos y los estudiosos, pero que su aplicación práctica deja que desear. Por ejemplo, no existen ordenanzas ni reglamentos que dispongan procedimientos para su aplicación; los términos no están bien definidos en la ley y, según algunos informes, esta se ha traducido mal. ¿Qué puede hacerse por mejorar la aplicación de la ley?

25.Las mujeres están especialmente poco representadas en los niveles municipal y local, y pocos ayuntamientos han adoptado políticas de igualdad de género y han designado funcionarios responsables de la igualdad de género. Es particularmente importante velar por la participación de la mujer en el gobierno local, puesto que ello, a su vez, contribuirá a que se adopte un enfoque más equilibrado a la aplicación práctica de los derechos económicos, sociales y culturales.

26.La Sra. BARAHONA RIERA afirma que faltan programas y recursos destinados a cambiar las actitudes con respecto al género en Kosovo, y pregunta qué se ha hecho para reformar las leyes sobre discriminación y mejorar las políticas dirigidas a eliminar la discriminación de género en relación con la educación, la cultura, el acceso a servicios médicos y el progreso económico en Kosovo.

27.El Sr. SA ' DI dice que en el informe no queda claro quién es responsable de la aplicación de los derechos económicos, sociales y culturales en Kosovo. Aparentemente la nueva Constitución no da todo el reconocimiento debido a los derechos consagrados en el Pacto. La delegación debe facilitar más información sobre el funcionamiento de la oficina de reclamaciones a la que hace referencia el informe, y explicar por qué este órgano se ha establecido específicamente bajo la égida del Ministerio de Industria y Comercio. Observa que el Departamento Administrativo de Educación y Ciencia ha establecido un procedimiento de recurso y que el Ministerio de Cultura, Juventud y Deporte ha instituido un procedimiento de reclamaciones, y sugiere que sería más racional que existiera un solo canal para la presentación de reclamaciones en casos de discriminación. ¿Qué se ha hecho para afrontar la doble discriminación que sufren las mujeres no albanesas en Kosovo? También pide información sobre los casos de discriminación de romaníes y otros no albaneses, y cómo se han abordado.

28.La Sra. WILSON expresa inquietud por el número extremadamente bajo de desplazados internos que han regresado a Kosovo después del conflicto de la década de 1990, y pregunta si el Manual revisado sobre el regreso sostenible citado en el informe ha tenido en cuenta los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos publicados por el Representante del Secretario General sobre los desplazados internos. ¿Cómo alientan las autoridades el retorno de los desplazados, y cómo garantizan la seguridad de quienes lo efectúan? El informe dice que el 50% de los ayuntamientos ha adoptado políticas de retorno, pero no ha participado ningún representante de los desplazados internos en la redacción de dichas políticas, y la propia delegación ha reconocido que estas no son sostenibles. ¿Qué medidas se están tomando para garantizar un retorno seguro y sostenible para los desplazados internos? Las personas que se vieron obligadas a regresar a Kosovo desde otros países, que en muchos casos es de suponer que no obtuvieron la condición reconocida de refugiados, ¿se benefician de la misma asistencia que los desplazados internos que regresan a Kosovo por voluntad propia? Por último, con respecto a la ley que prohíbe la discriminación, al parecer se desconocen las disposiciones legales y falta ayuda jurídica para aplicar la ley en la práctica. ¿Qué se está haciendo para solventar estos problemas?

29.El Sr. ZHAN Daode expresa sorpresa por la afirmación del informe de que Kosovo ha superado en muchos aspectos la posición de países desarrollados en cuanto a infraestructura, estabilidad económica y finanzas. ¿Podría explicar la delegación cómo ha efectuado tal progreso un país que hace tan solo 10 años fue escenario de un conflicto armado?

30.La Sra. BONOAN-DANDAN pregunta si el documento básico se ha traducido a los idiomas minoritarios. ¿Cómo se ha preparado el informe, y qué grupos o asociaciones de las minorías y la sociedad civil han sido consultados durante su preparación? Pregunta también cómo es posible redactar informes, formular políticas y realizar el seguimiento de los avances cuando se carece de datos estadísticos fiables.

31.Como el Pacto no figura entre los tratados de derechos humanos que la nueva Constitución cita como aplicables directamente en Kosovo, preocupa a la oradora el hecho de que, en caso de conflicto entre el Pacto y la legislación nacional, prevalecería esta última. Dado que el personal de la UNMIK disfruta de inmunidad en Kosovo, ¿cuáles son los recursos disponibles para las personas cuyos derechos se ven lesionados por la propia UNMIK? Se afirma que el Grupo Asesor en materia de derechos humanos carece de independencia. En sus respuestas a la lista de cuestiones, la delegación ha mencionado un enfoque flexible adoptado por algunos ayuntamientos para prestar asistencia jurídica a los desplazados internos y a otras personas carentes de documentos oficiales. ¿Cómo funciona esto en la práctica? ¿Qué garantías se ofrecen para prestar asistencia jurídica sin discriminación?

32.La oradora insta a la delegación a responder las preguntas 9 y 10 de la lista de cuestiones, que han quedado pendientes de respuesta, y a explicar el estatuto del Defensor del Pueblo. Tiene entendido que previamente existió una oficina del Defensor del Pueblo, pero que fue disuelta. ¿En qué se diferencia el nuevo mandato del antiguo? Kosovo ha suscrito acuerdos de libre comercio con diversos países de su región, ¿cómo han afectado estos acuerdos a los grupos de población vulnerable y marginal de Kosovo? Por último, pide a la delegación que explique en términos generales cómo entiende el carácter específico de los derechos económicos, sociales y culturales.

33.El PRESIDENTE, hablando en calidad de miembro del Comité, pregunta qué dificultades han surgido en el funcionamiento de la judicatura, en particular con respecto a cuestiones relativas a la salud, la educación y la no discriminación.

34.El Sr. TSCHOEPKE (UNMIK) destaca que todos los fondos recibidos por la UNMIK o por Kosovo, estén asignados o no a un fin específico, se canalizan a través del presupuesto consolidado de Kosovo, lo que facilita el seguimiento del uso de las donaciones y deja escaso margen para desviar fondos. En muchos casos, los donantes participan en la administración de las donaciones, lo que ayuda a evitar las prácticas de corrupción. La Oficina de Servicios de Supervisión Interna de las Naciones Unidas ha examinado un proyecto de gran envergadura y no ha informado de irregularidad alguna. La UNMIK ha firmado en nombre de Kosovo el Acuerdo de Libre Comercio de Europa Central, que se propone establecer una tasa unificada de derechos de aduana e impuestos especiales y abordar las diferencias entre los sistemas de fiscalización de las partes. Hasta ahora no han surgido problemas en su aplicación.

35.En respuesta a las inquietudes sobre el hecho de que el artículo 22 de la nueva Constitución de Kosovo no refleje plenamente el reglamento Nº 1999/24 de la UNMIK, el Sr. Tschoepke explica que la UNMIK no ha participado en la redacción del artículo 22. Con todo, el reglamento Nº 1999/24, al amparo del cual son válidos en Kosovo todos los instrumentos de derechos humanos, no deja de ser vigente. Para vigilar sus propias actuaciones desde el punto de vista de los derechos humanos, la UNMIK creó el Grupo Asesor en materia de derechos humanos, que se considera independiente porque sus miembros no son designados por la UNMIK. Sus atribuciones son lo suficientemente amplias como para cubrir todas las actividades de la UNMIK.

36.En lo que respecta a la falta de datos demográficos fiables, la legislación completa sobre censos se encuentra en vigor, pero su aplicación sigue siendo problemática. Hay proyectos piloto en marcha para poner a prueba métodos y herramientas, pero también se precisa personal capacitado y financiación. Todavía no se han recibido resultados de los proyectos piloto, pero el orador expresa confianza en que la legislación existente sobre censos permitirá obtener un banco de datos demográficos fiables.

37.El Sr. HAJREDINI (UNMIK) recuerda que, desde que se presentó el documento E/C.12/UNK/1, Kosovo se ha declarado independiente y se ha promulgado la Constitución de la República de Kosovo.

38.El PRESIDENTE reitera que las intervenciones deben atenerse a las cuestiones abarcadas por el mandato del Comité y que el estatuto de Kosovo no debe debatirse.

39.El Sr. HAJREDINI (UNMIK) dice que el año pasado se redactó una ley sobre formación, rehabilitación y empleo para personas con discapacidad, y que fue debatida por los órganos legislativos pero se consideró demasiado costosa. Tras consultar a distintos ministerios e incorporar sus recomendaciones, el comité correspondiente examinará de nuevo el proyecto de ley. Se prevé para diciembre de 2008 la publicación de un plan nacional para personas con discapacidad y se han establecido distintos grupos para examinar cuestiones como la educación, la protección social y el empleo. La discriminación contra personas con discapacidad está cubierta por la Ley contra la discriminación, que ha sido publicada junto con un informe del Gobierno sobre el tema en romaní, bosnio y braille, además de albanés. Se ha designado septiembre como el Mes Antidiscriminación y se está emprendiendo un programa exhaustivo de actividades en el marco de una campaña de dos años para dar a conocer la legislación contra la discriminación y los derechos de las personas con discapacidad.

40.El Sr. DECKER (UNMIK) dice que la aplicación ha constituido un problema en general, en parte porque las instituciones encargadas de ello han sido creadas muy recientemente, y que se debería tener en cuenta en todo debate sobre legislación en Kosovo.

41.La Sra. DEMAJ (UNMIK) dice que Kosovo se propone crear una infraestructura legislativa que responda a normas europeas e internacionales en el ámbito de los derechos humanos. El Gobierno de Kosovo trabaja para establecer los mecanismos institucionales necesarios. En aplicación de la Ley de igualdad de género de Kosovo, la igualdad de género se fomenta como una de las principales características de la sociedad de Kosovo. Se están poniendo en marcha en los niveles local y nacional mecanismos de aplicación y seguimiento. Las mujeres, que siguen teniendo dificultades para participar en el proceso de toma de decisiones en todos los niveles, ocupan menos de una tercera parte de los puestos directivos y solo diez altos cargos con responsabilidad de toma de decisiones, cifras muy lejanas del objetivo del 40% fijado por la legislación. En 2007 se tomaron medidas de acción afirmativa para tratar de incrementar la proporción de mujeres en todos los niveles del gobierno, pero los progresos han sido limitados y queda mucho por hacer para lograr una representación igualitaria de las mujeres en la administración. La oradora se ofrece a proporcionar también datos sobre la proporción de mujeres en la judicatura.

42.El Sr. RAYMUNDO (UNMIK) dice que la labor para alcanzar los Objetivos de Desarrollo del Milenio (ODM), y adaptar la legislación a ellos, está fundamentalmente a cargo de los organismos de las Naciones Unidas que trabajan en Kosovo, en particular el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD). Un informe reciente llegó a la conclusión de que los ODM en los ámbitos de la salud y la educación eran alcanzables, lo que resulta alentador habida cuenta de los actuales desafíos. Expresa satisfacción por el apoyo claro e inequívoco de las autoridades de Kosovo por el trabajo en pos de los ODM, que en gran medida representan las prioridades más urgentes para hacer efectivo el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, sin absolver a las autoridades de la necesidad de aplicar todas las disposiciones del Pacto. Entiende que existe la plena voluntad de velar por que se aplique el Pacto en Kosovo.

43.El Sr. HAJREDINI (UNMIK) señala que ya existen en Kosovo mecanismos institucionales para la prevención de la discriminación. Quince ministerios cuentan con mecanismos de derechos humanos y 26 ayuntamientos están equipados para fomentar el respeto de los derechos humanos, incluida la prevención de la discriminación y tratar las cuestiones pertinentes; su mandato consiste en vigilar el cumplimiento de las leyes vigentes contra la discriminación y desarrollar campañas de sensibilización para mejorar la cooperación en las comunidades. Diversos ministerios están facultados para aplicar el plan de acción sobre derechos humanos que el Gobierno publicará a finales de noviembre, y también su futura estrategia para la integración de la comunidad romaní, que se centrará en eliminar la discriminación. Este mecanismo funciona con el apoyo de los órganos internacionales pertinentes que trabajan en Kosovo, incluida la OSCE y la Comunidad Europea. Se ha tomado una serie de medidas para facilitar la aplicación de la legislación contra la discriminación vigente y se han diseñado distintos programas para perfeccionar la capacidad de los mecanismos existentes.

44.El Sr. TSCHOEPKE (UNMIK) dice que la UNMIK ejerció la autoridad en Kosovo durante el período que abarca el informe, según el mandato conferido por la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad. Tras la declaración de independencia de las autoridades de Kosovo, en junio de 2008 se aprobó una nueva constitución que ha menoscabado la autoridad de la UNMIK. Aunque esta continúa nominalmente al mando, ya no puede llevar a cabo su mandato plenamente en algunos ámbitos en que otros actores, entre ellos algunos internacionales, han asumido el control. La Misión sigue vigilando la situación e informando sobre ella, además de ejercer el control en una esfera limitada de su mandato.

45.En Kosovo coexisten las leyes locales y los reglamentos de la UNMIK porque, hasta junio de 2008, la UNMIK fue la máxima autoridad legislativa de Kosovo y los reglamentos que promulgó entraban en vigor directamente. Además, desde 2001, año en que las responsabilidades y la autoridad legislativa se transfirieron a las autoridades locales, se envía a la UNMIK toda la legislación aprobada por el Parlamento para que el Representante Especial del Secretario General la promulgue. Aunque su capacidad para cumplir su mandato, y por ende para aplicar los instrumentos de derechos humanos, es limitada, la UNMIK sigue siendo la máxima autoridad en Kosovo con arreglo a la resolución 1244 (1999) del Consejo de Seguridad. La situación es complicada, pero los problemas suscitados por la coexistencia de dos sistemas jurídicos en una misma zona se están abordando a nivel político, y la UNMIK tiene confianza en que continuará ejerciendo su mandato, si bien con las adaptaciones que exija el Consejo de Seguridad.

46.El orador confía en que la cuestión de la doble discriminación contra mujeres de minorías étnicas será abordada en el marco de los instrumentos que se han desarrollado, una vez que las autoridades puedan aplicarlos plenamente. En referencia al éxito del programa de retorno, aclara que más del 80% de quienes retornan permanecen en Kosovo, lo que demuestra los buenos resultados de las medidas de seguridad que se han implantado.

47.El Sr. RAYMUNDO (UNMIK) explica que la autoridad local responsable de las personas que regresan y las comunidades minoritarias ha indicado que está revisando el Manual revisado sobre el regreso sostenible de 2006 con las aportaciones de grupos de desplazados internos que hasta la fecha no habían participado en el desarrollo de políticas relativas al retorno. La reducida cantidad de personas que han regresado a Kosovo a lo largo de los años podría atribuirse al impacto negativo de las condiciones socioeconómicas y al actual clima de incertidumbre política, que podría amenazar los mecanismos que utilizan los desplazados internos para participar en el proceso de desarrollo de políticas. Además de las consultas realizadas a través de asociaciones de desplazados internos en Kosovo, se han realizado esfuerzos para que los desplazados participen de una forma más directa.

48.Con respecto al proceso de retorno, distintos grupos de trabajo especializados han creado estrategias municipales en la mayoría de los ayuntamientos de Kosovo. Queda mucho por hacer a fin de superar los problemas de capacidad institucional de Kosovo para abordar la cuestión del retorno. Es preciso desarrollar capacidades y formación en los niveles central y local, y también fortalecer el liderazgo y la capacidad técnica. Se está ayudando a personas devueltas por la fuerza a Kosovo a reintegrarse a través de un programa que los recibe y facilita su acceso a la documentación civil necesaria para tener acceso a los servicios de salud y de enseñanza.

49.El Sr. TSCHOEPKE (UNMIK) dice que la carencia de recursos eficaces para invocar la legislación contra la discriminación se debe en parte al hecho de que el sistema judicial se encuentra en proceso de desarrollo, y en parte también a la necesidad de formación. Algunas organizaciones internacionales, en particular la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional, está intentando dar a conocer mejor la legislación contra la discriminación entre la judicatura y mejorar la profesionalidad ayudando a jueces y abogados a tener en cuenta y aplicar la legislación existente en materia de derechos humanos. Se están realizando esfuerzos por abordar las cuestiones suscitadas por la transición a las normas legislativas propias de una economía moderna de mercado, así como la necesidad de tener en cuenta la aplicación de los derechos humanos.

50.En referencia al párrafo 134 del documento E/C.12/UNK/1, el orador aclara que el programa de privatización desarrollado por la UNMIK desde 2004 ha permitido una transición económica en Kosovo que ha sido más rápida que la de otros países desarrollados con programas de privatización, como la antigua República Democrática Alemana, y que, en este sentido, los había superado.

51.El Sr. DECKER (UNMIK) indica que, si bien el documento específico del tratado se ha traducido al albanés y al serbio, el documento básico de los Objetivos de Desarrollo del Milenio no se ha traducido.

52.El Representante Especial del Secretario General para Kosovo ha encargado a la OSCE que recopile el presente informe basándose en aportaciones de las instituciones de Kosovo a las que se han transferido competencias y aportaciones de la UNMIK. Todos los ministerios y jefes de departamentos de derechos humanos han contribuido al informe mediante el grupo de trabajo gubernamental establecido a tal fin en diciembre de 2006. La OSCE ha adoptado un enfoque integral para compilar el informe: ha puesto en marcha, en distintas estructuras gubernamentales, talleres sobre fomento de la capacidad en relación con los derechos económicos, sociales y culturales y la presentación de informes ante órganos de tratados; ha ofrecido apoyo concreto para obtener la información solicitada, y ha formado un grupo de coordinación compuesto de seis miembros permanentes. Se han designado puntos focales en distintas dependencias y departamentos de la UNMIK, como la Oficina de Cuestiones de Género, el Departamento de Administración Civil y la Oficina de las Comunidades, Retornos y Asuntos de las Minorías. Además, se ha recibido información de la OSCE, que ha ejercido un papel muy amplio de vigilancia, el PNUD, el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia, el Fondo de Desarrollo de las Naciones Unidas para la Mujer, la Organización Mundial de la Salud, el Banco Mundial, la Oficina de Estadística de Kosovo, el Instituto Judicial de Kosovo, la Institución del Mediador de Kosovo y la Federación de Sindicatos Independientes de Kosovo. Aunque la sociedad civil no ha participado en la elaboración del informe debido a una carencia de recursos coyuntural, se han preparado informes alternativos a través de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos.

53.El Sr. TSCHOEPKE (UNMIK) aclara que aunque el capítulo 3.1 del Marco Constitucional mencione pactos específicos, el capítulo 3 se aplica a todos los pactos.

54.Por otra parte, explica que si bien disfruta de inmunidad procesal, la UNMIK debe ofrecer recursos alternativos a quienes denuncien una violación de sus derechos humanos. Un recurso de este tipo es el Grupo Asesor en materia de derechos humanos, que atiende denuncias contra la UNMIK y emite opiniones consultivas que la UNMIK está obligada a tener en cuenta.

55.El Sr. DECKER (UNMIK) dice que el Gobierno tiene el firme propósito de resolver la situación relativa al registro civil de las comunidades romaníes, ashkalíes y egipcias de Kosovo. Los resultados preliminares del estudio regional sobre el registro civil de dichos grupos, a cargo del Alto Comisionado para las Minorías Nacionales de la OSCE, indica que en Kosovo este problema podría revestir menor gravedad que en otros países de la región. Sin embargo, el hecho de que el 20% de esta población carezca de documentación continúa siendo un importante motivo de inquietud.

56.La UNMIK cree que los acuerdos de libre comercio benefician a los grupos marginales porque impulsan el comercio, permitiendo que estos grupos se beneficien del desarrollo económico, y que el Acuerdo de Libre Comercio de Europa Central es un mecanismo que contribuirá al desarrollo económico en toda la región.

57.La antigua institución del Defensor del Pueblo y la nueva son, básicamente, la misma, pero la designación para este cargo corresponde ahora al Representante Especial del Secretario General, con la asistencia de las autoridades locales. El Defensor del Pueblo local carece de autoridad sobre las violaciones de los derechos humanos que pudiera cometer la UNMIK, competencia que recae sobre el Grupo Asesor en materia de derechos humanos.

58.Sigue habiendo problemas en el funcionamiento del sistema judicial de Kosovo. Hay jueces internacionales que trabajan en el sistema judicial, en el tribunal internacional que supervisa la privatización y, también, en cierto número de tribunales penales de distintos niveles. Su presencia es decisiva para la formación de jueces locales y la aplicación de normas internacionales a la justicia penal. Algunos actores internacionales llevan a cabo programas para fortalecer el sistema judicial en la resolución de casos de derecho civil y mercantil, aunque esta labor no se finalizará a corto plazo.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.

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