Distr.

GENERAL

E/C. 12 /2000/SR. 7/Add.1

21 de julio de 200 3

ESPAÑOL

Original: FRANCÉS

COMI TÉ DE DERECHOS ECONÓMICOS SOCIALES Y CULTURALES

22 º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA SEGUNDA PARTE (PÚBLICA)* DE LA SÉPTIMA SESIÓN

celebrada en el Palacio Wilson , Ginebra,

el viernes 2 9 de abril de 2000, a las 1 1 . 0 0 horas

President a : Sr a. BONOAN-DANDAN

SUMARIO

EXAMEN DE LOS INFORMES:

a ) INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES EN VIRTUD DE LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO ( continuación )

Tercer informe periódico de Italia ( continuación )

ASUNTOS DIVERSOS

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* El acta resumida de la primera parte (privada) de la sesión lleva la signatura E/C.12/2000/SR.7.

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La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta y enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.00- 416 9 8 (EXT)

Se declara abierta la parte pública de la sesión a las 11.00 horas .

EXAMEN DE LOS INFORMES:

a ) INFORMES PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 16 Y 17 DEL PACTO (tema 6 del programa) ( continuación )

Tercer informe periódico de Italia (E/1994/104/Add.19); descripción del país (E/C.12/CA/ITA/1); lista de cuestiones que se deben abordar (E/C.12/Q/ITA/1); respuestas por escrito del Gobierno italiano (distribuida s durante la sesión en inglés únicamente) ( continuación )

1. Por invitación de la Presidenta, la delegación italiana vuelve a tomar asiento como participante a la Mesa del Comité .

Artículo 6: D erecho al trabajo

2 . El Sr. CITARELLA (Italia) dice que en 1997 y 1998 la tasa de desempleo en su país ha descendido, lo que se explica principalmente por el hecho de que numerosas mujeres han encontrado un empleo. Pero esa tendencia no se ha hecho evidente en la repartición del empleo entre el n orte y el s ur del país: tradicionalmente a las empresas del n orte les ha sido más fácil contratar a extranjeros en lugar de a nacionales. Por muy extraño que esto pueda parecer, éste es un fenómeno social: los ciudadanos del s ur prefieren aceptar la precariedad laboral antes que instalarse en el n orte , donde el coste de la vida es más elevado, especialmente la vivienda. Por consiguiente, Italia tiene previsto aprobar leyes destinadas a favorecer la creación de empleo en el s ur; esas leyes otorgarán diversos beneficios, especialmente fiscales, a las empresas que inviertan en esa región. El problema del desempleo también está vinculado al tipo de educación ofrecida por las universidades, que siguen siendo muy tradicionalistas y no parece que quieran abordar la enseñanza de nuevas tecnologías como puede ser Internet. La privatización, que se está llevando a cabo por etapas, no parece haber tenido repercusiones negativas sobre la tasa de paro. Por lo que se refiere a las prestaciones sociales, éstas varían según sea que el beneficiario no ha ya trabajado nunca, ha ya perdido su empleo, o se haya jubilado anticipadamente ( con subsidios ofrecidos para favorecer la contratación de jóvenes).

3. El Sr. ANTANOVICH se felicita de la reducción continua de la tasa de paro, que ha llegado al 2% entre 1998 y 1999. Sin embargo desearía disponer de informaciones más exactas sobre la situación de los jóvenes, destacando que es sorprendente que un joven de cada tres esté desempleado. Desea conocer la duración del período durante el cual los jóvenes se benefician de una prestación de desempleo y pregunta si se organizan cursos de formación para ayudarlos a integrarse en el mercado de trabajo. Piensa , como el Sr. Citarilla, que sería conveniente promover la formación técnica, ya que si una sociedad en envejecimiento desea progresar no puede permitirse marginar a su juventud.

4. El Sr. TEXIER toma nota de que todos los indicadores del paro están bajando en Italia, pero desearía que ese país proporcionara datos de las personas afectadas por categorías: jóvenes de menos de 25 años, desempleados desde hace muchos años, personas cercanas a la edad de la jubilación y mujeres. Se pregunta además si se adoptan medidas específicas respecto de cada uno de esos grupos diferentes.

5. El Sr. WIMER se pregunta por las verdaderas razones por las que las empresas prefieren a los extranjeros en lugar de a los nacionales. La cuestión es saber si ese fenómeno se debe a la reticencia de los habitantes del s ur para instalarse en el n orte o al hecho de que los trabajadores italianos están más protegidos que los extranjeros en el plano jurídico debido al poder de los sindicatos. Desea saber si Italia tiene en cuenta esos elementos a la hora de elaborar su política de empleo.

6. El Sr. HUNT acoge con satisfacción la ley aprobada por Italia que prohíbe la discriminación de los discapacitados en la esfera del trabajo y de la enseñanza. Desea saber si se ha establecido una autoridad independiente para velar por el respeto de esa ley y si existen datos sobre la cuestión, por ejemplo el número de denuncias presentadas por violación de esa ley. A título de información, el orador recuerda la Observación general Nº 5 (1994) sobre las personas discapacitadas , que el Comité aprobó con objeto de ayudar a los Estados P arte s a elaborar las leyes relativas a esa cuestión.

7. La Sra. JIMENEZ BUTRAGUEÑO hace referencia a la cuestión de la jubilación anticipada que, aunque permite crear empleo para los jóvenes, también es un medio de hacer economías contratando a jóvenes por sueldos menos elevados. Recuerda a ese respecto que la edad, cualquiera que é sta sea, no puede ser un criterio de discriminación. También desea saber si en Italia, como sucede en otros países, las personas que se acerca n a la edad de la jubilación -en particular los funcionarios- están obligad a s a jubilarse anticipadamente.

8. El Sr. AHMED dice que , según las estadísticas, hay 25.000 mujeres en situación irregular que ejercen la prostitución. Explica que la Ley de I nmigración de febrero de 1998 tiene como objetivo poner fin a esta situación otorgando un permiso de trabajo de un año a todas las prostitutas que denunci en a l proxeneta para el que trabajan. El orador sugiere aplicar esa solución , que parece muy inteligente , a los solicitantes de asilo , a los que únicamente se concede un permiso de residencia de 45 días en espera de que las autoridades adopten una decisión sobre ellos. Estos les permitiría sufragar sus propios gastos en lugar de hacerlos depender de las asignaciones que perciben en calidad de solicitantes de asilo, y además la carga que tiene que soportar Italia se vería considerablemente reducida.

9. El Sr. CITARELLA (Italia) explica que las estadísticas oficiales sobre el paro no siempre reflejan fielmente la realidad: en ellas se incluye a menudo a jóvenes de 15 a 18 años que en realidad no buscan trabajo, así como a trabajadores que están en activo pero cuyos empleadores no los declaran o sólo los declaran como trabajadores a tiempo parcial. Para luchar contra esas prácticas fraudulentas, el Ministerio del Trabajo ha establecido un sistema de inspección. A la pregunta sobre la preferencia dada a los extranjeros en detrimento de los nacionales, el orador responde que en el contexto de Italia no se puede considerar que los extranjeros ocupen el lugar de los nacionales: la importancia que reviste la familia en esa sociedad hace pensar que los jóvenes difícilmente abandonarían el medio familiar para irse a trabajar al norte.

10. Por lo que se refiere a los discapacitados, el orador declara que su país no sólo se ha contentado con aprobar una ley que prohíbe la discriminación contra los discapacitados, sino que también ha promulgado una ley que obliga a las empresas que sobrepas e n un número determinado de empleados a contratar una cifra mínima de personas que sufran una discapacidad. No se ha estableci do ninguna comisión de control. Corresponde al Ministerio de Trabajo fiscalizar la aplicación de esa ley. Por otra parte, Italia está a punto de ratificar el Convenio Nº 159 de la OIT relativo al empleo de discapacitados.

11. Por lo que se refiere a la prostitución, el orador manifiest a que la ley tiene como fin regularizar la situación de las emigradas de los países del Este que no tienen regularizada su situación, y toma nota de la idea de ampliar su aplicación a los solicitantes de asilo.

12. El orador dice que en 1997 el Parlamento italiano aprobó una ley que otorga una asignación especial de 800.000 liras a los jóvenes que desean realizar tareas de interés social en las regiones más afectadas por el desempleo. A fin de facilitar la contratación de jóvenes en la administración pública, el Gobierno ofrece una prestación a los funcionarios que se jubilan anticipadamente. Además, se han introducido contratos de trabajo más flexibles, concebidos como una etapa intermedia antes de la obtención de un contrato de duración indeterminada (contrato a duración determinada, empleo parcial, empleo para la formación, pasantías y trabajos temporales).

13. El Sr. SADI pregunta si los italianos del sur no manifiestan reticencia a trabajar en el norte debido a que allí se les discrimina.

14. El Sr. CITARELLA (Italia) responde que no existe discriminación entre el norte y el sur a nivel profesional. De hecho, el 50% de los trabajadores de la industria proceden del sur. Además, algunas empresas se ven obligadas a utilizar a trabajadores extranjeros porque los italianos, tanto del norte como del sur, no responden a sus ofertas de empleo.

Artículos 7, 8 y 9 del Pacto

15. El Sr. CITARELLA (Italia) dice que el principio de un salario igual por un trabajo de igual valor es un principio aceptado en modo general y que toda víctima de discriminación a ese respecto puede obtener reparación ante la jurisdicción laboral.

16. Es cierto que el número total de accidentes de trabajo es muy elevado, pero esos accidentes se producen la mayoría de las veces en pequeñas empresas de carácter familiar o en el marco de trabajos realizados con la ayuda de familiares. En las grandes empresas industriales el número de accidentes es proporcionalmente muy bajo. Corresponde al Ministerio del Trabajo, por intermedio de las direcciones provinciales del trabajo, inspeccionar las condiciones de seguridad en el lugar de trabajo e investigar los accidentes profesionales.

17. El Sr. TEXIER pregunta si se han adoptado medidas de discriminación positiva para hacer que se respete no solamente la igualdad de salario entre hombres y mujeres sino también la igualdad de oportunidades en el trabajo. También desea saber si el salario mínimo es resultado de la negociación colectiva y si es la misma cantidad en toda Italia. Por lo que se refiere al horario de trabajo, desea conocer las modalidades concretas de reducción de la semana laboral a 35 horas en 2001 , como está previsto en el proyecto de ley presentado en 1998, así como las consecuencias que se prevé que tenga esa medida, en especial con respecto a los accidentes de trabajo y a la reducción del desempleo. ¿Considera la delegación italiana que la inspección del trabajo está bien organizada y posee medios suficientes, especialmente inspectores? Por lo que se refiere al derecho de huelga, ¿existen servicios mínimos obligatorios y, en caso afirmativo, cómo se reglamentan?

18. El Sr. CEAUSU , haciendo referencia al párrafo 7 3 del informe del Estado Parte (E/1994/104/Add.19), pregunta si es posible que un t ribunal de a pelación pueda anular un fallo del Tribunal Constitucional. Además, en relación con el párrafo 94 de ese informe, desea preguntar si se puede decir que los sindicatos sean simples órganos de facto en ausencia de una ley orgánica que lo s regule , a pesar de que han sido establecidos en disfrute de un derecho enunciado en la Constitución y se rigen por el derecho común.

19. El Sr. AHMED desea saber si el paso a la semana laboral de 35 horas sería obligatorio o negociado y se pregunta por las consecuencias que tendría para el mercado de trabajo, en particular por lo que se refiere a la entrada de trabajadores extranjeros. Además, desea que se proporcione información complementaria sobre las condiciones de trabajo de los empleados del hogar.

20. La Sra. JIMENEZ BUTRAGUEÑO pregunta si existen disposiciones, fiscales o de otra índole, que estimulen a las empresas que contratan a trabajadores temporeros a ofrecer a esos trabajadores contratos de duración indeterminada.

21. El Sr. SADI desea saber si la tasa de paro elevada hace más difícil la reglamentación del horario de trabajo y d el salario mínimo.

22. El Sr. CITARELLA (Italia) dice que, aparte de la legislación nacional, los convenios colectivos tienen una función particularmente importante en la determinación de las condiciones de trabajo, aunque cada sector es un caso particular. Algunos convenios colectivos fijan ya la semana laboral en 35 horas, incluso en 32 o 34 horas. Si el proyecto presentado al Parlamento se aprobase, la semana laboral debería quedar limitada a 35 horas en los demás sectores. Las empresas se oponen a ello porque temen que se produzca un aumento de sus costos de producción. Sin embargo, la adopción generalizada de las 35 horas podría contribuir a reducir el desempleo, especialmente entre los jóvenes.

23. Por lo que se refiere a la limitación del derecho de huelga, el orador desea precisar que tiene que transcurrir un período determinado de tiempo entre dos huelgas en un mismo sector de actividad . Por decreto, el G obierno puede declarar ilegal una huelga que no cumpla esa condición o que afecte a los servicios públicos o a l interés nacional. Debido al número creciente de huelgas, que se explica en parte por la multiplicidad de sindicatos, el anterior G obierno presentó un proyecto de ley de reglamentación de la huelga en los servicios públicos.

24. Efectivamente , existen diferencias en el sector laboral entre el norte y el sur de Italia, pero la legislación en vigor es idéntica en todo el país, especialmente en lo que se refiere a la igualdad entre el hombre y la mujer en esa esfera. Sólo se admite una diferencia de remuneración si el trabajo realizado no es el mismo , y, en caso de desacuerdo, corresponde a los tribunales laborales decidir la cuestión. Una ley de 1991 establece medidas que permiten a las mujeres acceder a empleos tradicionalmente ocupados por hombres. Asimismo, las mujeres pueden desde hace poco tiempo ocupar en las fuerzas armadas cualquier empleo que se corresponda con sus cualificaciones. Además, las mujeres que deseen establecer una empresa pequeña o mediana pueden beneficiarse de una ayuda financiera. Por otra parte, las disposiciones que penalizan a los trabajadores domésticos han caído en desuso. De igual modo que los demás trabajadores, el personal doméstico se beneficia de la seguridad social y del salario mínimo, que se fija por sectores. Por lo que se refiere al trabajo temporal, una ley reciente estipula que las empresas deben esforzarse por ofrecer, pasado un determinado período, contratos de duración indeterminada a los trabajadores temporeros, en particular a los jóvenes.

25 . El Sr. SADI dice que, una reducción de la jornada de trabajo puede tener repercusiones económicas globales negativas y afectar de ese modo la capacidad de un país para cumplir el Pacto. ¿Existe ese riesgo en Italia?

26. El Sr. CITARELLA (Italia) responde que una reducción de la jornada de trabajo será necesariamente el producto de un acuerdo entre los sindicatos y las empresas. Éstas últimas son contrarias a la adopción de esa medida, por lo que no es seguro que se pueda introducir, habida cuenta de que no se puede adoptar una decisión política en ese ámbito. De hecho , una limitación de la semana laboral a 35 horas se ha introducido ya en algunos sectores, en los que no ha obstaculizado en absoluto el desarrollo económico y se ha demostrado beneficiosa en otros ámbitos.

Artículos 10 y 11 del Pacto

27. La PRESIDENTA invita a la delegación italiana a presentar sus respuestas a las preguntas relacionadas con los artículos 10 y 11 del Pacto.

28. El Sr. CITARELLA (Italia) dice que la violencia contra la mujer, en particular dentro de la familia, presenta en principio aspectos sociales y jurídicos , pero, cuando la víctima no presenta una denuncia al respecto, esa violencia permanece en la mayoría de los casos ignorada fuera del círculo familiar. Una ley italiana protege a la mujer frente a la violencia en el lugar de trabajo, en particular cuando esa violencia tiene un carácter sexual. El interés suscitado en Italia por la cuestión de la violencia contra la mujer ha entrañado un aumento exponencial en el número de denuncias. Los tribunales han considerado que en el 25% de los casos, aproximadamente, esas denuncias carecían de fundamento, pero es incontestable que el número de actos de violencia contra la mujer está aumentado. Aunque es muy difícil llevar a cabo una actividad preventiva en esa esfera, conviene mencionar que el tribunal de casación ha ampliado la noción de violencia contra la mujer, a fin de que todos los autores de infracciones de esa índole sean castigados con penas severas.

29. Por lo que se refiere a los malos tratos de que son víctima los niños, se ha decidido elaborar proyectos encaminados a aplicar la Convención sobre los Derechos del Niño. Por lo que se refiere a las medidas adoptadas en el marco de la protección social de la familia, la legislación italiana establece la igualdad de derechos y obligaciones del padre y la madre con respecto a los niños. Existen disposiciones relativas, por ejemplo, a la licencia de los padres por nacimiento de un hijo y a la asistencia a las familias en caso de nacimiento de gemelos o de niños prematuros.

30. El Sr. PILLAY recuerda que en las observaciones finales aprobadas en 1992, el Comité constató el deterioro de la situación de los inquilinos, el aumento del número de viviendas desocupadas, la penuria de vivienda social y la precariedad de los contratos de alquiler. El orador desea saber cómo ha evolucionado la situación. ¿Concede el Estado subsidios para el pago de alquileres, en particular a las personas desfavorecidas? ¿Es posible obtener estadísticas sobre los desahucios? ¿Ha aprobado el Parlamento el proyecto de ley de 1996 destinado a mejorar la situación de los inquilinos y a promover el acceso a la propiedad?

31. El Sr. GRISSA desea saber cuál es la evolución del número de delitos contra los niños, especialmente los casos de secuestros y de asesinatos cometidos por pederastas.

32. El Sr. RIEDEL pregunta cuándo se aprobó el decreto a favor de las personas sin hogar que mencionan en el informe de Italia. ¿Cuáles son los resultados obtenidos gracias al crédito de 30.000 millones de liras aprobado para el año 2000? ¿Qué se ha hecho para favorecer una reinserción estable de las personas sin hogar?

33. El Sr. HUNT dice que en la esfera de la violencia familiar es necesario disponer de datos de buena calidad, realizar una actividad de sensibilización entre la población y la policía, reforzar el sistema jurídico y crear residencias para las víctimas de actos de violencia. ¿Existe ya una estrategia global de lucha contra la violencia en la familia y, en caso afirmativo, cuáles son sus elementos principales? Si esa estrategia no existe, ¿prevé el Gobierno italiano adoptar una?

34. El Sr. SADI pregunta si se ha realizado un examen a fondo de las causas socioeconómicas de la violencia en la familia.

35. El Sr. ANTANOVICH observa que las estadísticas relativas a las personas que tienen problemas de alojamiento son muy variables y que en particular la cifra de 2,5 millones mencionada por los periodistas debe considerarse con precaución. Sin embargo, los problemas de alojamiento son muy reales y uno de los medios de resolverlos es ofrecer viviendas sociales. ¿Se está llevando a cabo una actividad en ese sentido? Hay personas sin hogar que tienen problemas que no se limitan a la falta de vivienda, como son el alcoholismo, la toxicomanía y la exclusión, y la ayuda que deben recibir tendría que tener un carácter más general. Por lo que se refiere al crédito de 30.000 millones de liras, ¿a quién está destinado y qué forma adopta la ayuda que ese crédito permite ofrecer?

36. La Sra. JIMÉNEZ BUTRAGUEÑO pregunta si existen problemas de reagrupación de las familias en el caso de los refugiados solicitantes de asilo. Desea también si Italia ha ratificado la Convención para reducir los casos de apatridia .

37. El Sr. CEAUSU pregunta qué medidas ha adoptado Italia para luchar contra la trata de niños explotados sexualmente o utilizados como mendigos y carteristas, a menudo por redes delictivas internacionales.

38. La PRESIDENTA dice que la delegación italiana responderá a las preguntas relativas a los artículos 10 y 11 del Pacto en la próxima sesión.

ASUNTOS DIVERSOS (tema 9 del programa)

39. La PRESIDENTA anuncia que los miembros de la Mesa del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales han enviado una declaración al Presidente del Grupo encargado de elaborar un proyecto de carta sobre los derechos fundamentales en la Unión Europea. En esa declaración se felicitan por la elaboración de ese texto y por el lugar que los miembros del g rupo de r edacción prevén dar en esa carta a los derechos económicos, sociales y culturales, habida cuenta de que los derechos humanos -los derechos civiles y políticos por una parte y los derechos económicos, sociales y culturales por otra- son universales, indivisibles e interdependientes y están íntimamente vinculados.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas .