Naciones Unidas

E/C.12/2009/SR.39

Consejo Económico y Social

Distr. general

1 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

43º período de sesiones

Acta resumida (parcial)* de la 39ª sesión

Celebrada en el Palais Wilson, Ginebra, el lunes 9 de noviembre de 2009 a las 10.00 horas.

Presidente:Sr. Marchán Romero

Sumario

Examen de los informes:

(a)Informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto (continuación)

Segundo informe periódico de Madagascar

El debate abarcado por el acta comienza a las 10.30 horas

Examen de los informes:

(a)Informes presentados por los Estados partes de conformidad con los artículos 16 y 17 del Pacto (continuación)

Segundo informe periódico de Madagascar (E/C.12/MDG/2; E/C.12/MDG/Q/2 y Add.1; HRI/CORE/1/Add.31/Rev.1)

1.El Presidente dice que, aunque el Comité conoce los hechos recientes y la situación política de Madagascar, su preocupación principal reside en el alcance de la aplicación de los compromisos asumidos por Madagascar con arreglo al Pacto. Invita al jefe de la delegación a presentar el segundo informe periódico del país (E/C.12/MDG/2).

2.La Sra. Razanamahasoa (Madagascar) señala que en 2003, el Gobierno de Madagascar estableció un comité interministerial responsable de elaborar los informes sobre derechos humanos a fin de reparar las demoras en la presentación de los informes con arreglo a los instrumentos internacionales relativos a los derechos humanos. Desde entonces, se han presentado 15 informes, de los cuales tres han sido examinados por los comités pertinentes. El hecho de que Madagascar también haya firmado el Protocolo Facultativo es prueba de su deseo de reforzar la aplicación del Pacto.

3.La consagración de los derechos económicos, sociales y culturales en la Constitución nacional ha influido en la legislación interna, que se basa en los principios de no discriminación e igualdad de género. Por ejemplo, el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor fue incorporado en el Código Laboral y en septiembre de 2003, la Corte Suprema revocó una decisión del Tribunal de Apelaciones que había discriminado a una postulante en función de su edad y sexo. A pesar de que el Código Laboral también establece los medios que los trabajadores pueden utilizar para ejercer y hacer valer sus derechos sindicales, no existe aún una cultura sindical muy desarrollada, ya que los trabajadores temen represalias y despidos.

4.La igualdad entre hombres y mujeres se ha mejorado mediante reformas a la ley de familia. La mayoría de edad se estableció en 18 años para hombres y mujeres, y los cónyuges tienen ahora idénticos derechos para administrar los bienes gananciales.

5.Con respecto a la violencia contra las mujeres y el abuso infantil, se han recrudecido las sentencias en casos de violencia contra mujeres, entre ellas, las mujeres embarazadas. La trata de personas y el turismo sexual han sido tipificados y se han establecido severas penas. Desde 2001, se han creado 63 nuevas redes de protección de los derechos del niño en cooperación con el Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (UNICEF) con el fin de detectar casos de violencia, abuso o malos tratos en niños. Se creó también una unidad de evaluación criminal dentro de la fuerza policial nacional para recopilar información sobre la trata y la explotación de niños, y presentar los casos ante las autoridades competentes. Además, se tipificó el acoso sexual.

6.Madagascar ha adoptado una estrategia para luchar contra prácticas consuetudinarias perjudiciales, incompatibles con el Pacto. Ha ordenado un estudio sobre el origen y el alcance de estas prácticas y el efecto que generan sobre las mujeres y los hijos mellizos en dos áreas del país, y ha organizado debates en la comunidad con la participación de líderes religiosos, jefes tradicionales y autoridades locales en función de las recomendaciones de dicho estudio. Se trazó una hoja de ruta para prohibir la práctica consuetudinaria del moletry, mediante la cual se obliga a las mujeres menores de 18 años a contraer matrimonio a temprana edad.

7.Se ha otorgado financiación a todos los centros de salud pública para cubrir los costos médicos de la población más carenciada. Dos veces al año, con la colaboración de la Organización Mundial de la Salud, UNICEF, el Fondo de Población de las Naciones Unidas y el Banco Mundial, se llevan a cabo las campañas para la eliminación de parásitos, de vacunación y de suministro de suplementos vitamínicos, destinadas a mejorar la salud maternoinfantil. Las tasas de mortalidad infantil se redujeron en un 73% desde 1992 hasta 2003.

8.En el campo de la educación, la matriculación en primaria se ha duplicado como resultado del programa Educación para Todos. No existe ninguna diferencia significativa respecto de la asistencia escolar entre los niños y las niñas. Se han tomado medidas para reducir los costos que deben afrontar los padres y alentarlos, de esta manera, a enviar a sus niños a la escuela.

9.La política cultural nacional se basa en la promoción y la protección de la diversidad cultural, con la intención de fomentar la tolerancia y reforzar la unidad nacional.

10.La educación sobre los derechos humanos está incluida en los planes de estudio en todos los niveles del sistema educativo. También se capacita a los funcionarios de la justicia, la policía, el sistema penitenciario y la sociedad civil en diversas partes del país.

11.Madagascar ha creado mecanismos de demandas extrajudiciales a través del Consejo Nacional de Derechos Humanos, que se estableció con arreglo a los Principios de París, sobre la base de la recomendación del Comité de Derechos Humanos formulada en 2007, y que tiene competencia para investigar violaciones colectivas o individuales de los derechos humanos. Además, se establecieron cinco “clínicas jurídicas” locales para ayudar a las personas pobres a defender sus derechos. Estas clínicas tienen la responsabilidad de resolver las controversias en la comunidad mediante la conciliación y también garantizan que se divulgue el conocimiento sobre los derechos humanos a nivel local. Existen planes para continuar con el establecimiento de este tipo de clínicas.

12.Madagascar no cuenta con los recursos necesarios para garantizar el ejercicio efectivo y absoluto de los derechos establecidos en el Pacto y confía en el apoyo de la comunidad internacional para lograrlo. En virtud del artículo 22 del Pacto, Madagascar desea contar con el apoyo financiero y técnico de la comunidad internacional, lo que incluye al sistema de las Naciones Unidas. También desea reforzar la cooperación con la Unión Europea, el Banco Africano de Desarrollo, la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional y otros organismos. Sería posible resolver el problema de la pobreza y mejorar el nivel de vida de la población rural mediante la asistencia orientada al desarrollo de una política nacional agropecuaria, que incrementará la producción y contribuirá a lograr la seguridad alimentaria. Un elevado nivel de cooperación internacional para el desarrollo mejorará la capacidad de Madagascar para garantizar el ejercicio de los derechos consagrados en el Pacto.

13.El Presidente invita al Comité a que considere las cuestiones relativas a los artículos 1 a 5 del Pacto.

14.El Sr. Kerdoun, recordando la existencia del Documento de Estrategia de Reducción de la Pobreza, que tuvo vigencia durante el período 2003-2006 y que reemplazó al Documento Marco de Política Económica, pregunta si se ha medido el nivel actual de la pobreza y si el Estado parte está en condiciones de presentar estadísticas al respecto. Desea conocer en qué medida el Documento de Estrategia de Reducción de la Pobreza fue exitoso, si es posible presentar estadísticas sobre la reducción de la pobreza y cuáles son los recursos económicos, culturales, políticos y ambientales disponibles para luchar contra la pobreza. Interroga, también, sobre si el Estado parte ofrece incentivos a los aliados internacionales para lograr una reducción rápida y sostenida de la pobreza o si éstas ofrecen la asistencia simplemente por motivos filantrópicos.

15.Con referencia a la respuesta por escrito del Estado parte a la lista de cuestiones (E/C.12/MDG/Q/2/Add.1), y en particular a la respuesta 4, desea saber quién es el responsable de llevar adelante los estudios para evaluar el impacto de las negociaciones y los acuerdos de inversión sobre el goce de los derechos económicos, sociales y culturales. La consideración de los intereses del Estado estará garantizada si el Gobierno es responsable de los estudios de impacto. Si, por el contrario, estos están a cargo de la misma empresa, pregunta cómo se garantizará la defensa de los intereses del Estado, ya que la evaluación de la empresa estaría indefectiblemente sesgada en razón de sus propios intereses.

16.El Sr. Pillay pregunta si es realista que el Estado parte confíe en la asistencia internacional para el ejercicio efectivo de los derechos económicos, sociales y culturales, considerando la censura constante de la comunidad internacional, lo que incluye a la Comunidad para el Desarrollo de África Meridional, la Unión Africana y la Organización Internacional de la Francofonía; la suspensión de los acuerdos de Maputo y los pronósticos de instituciones como el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, que parecen apuntar a que el Estado parte enfrentará una grave recesión y una crisis financiera en 2010 como resultado del estancamiento político. Observando que, en la respuesta por escrito a la pregunta 1 de la lista de cuestiones, Madagascar reconoce que el Pacto se aplica directamente en la legislación interna pero que no existe aún jurisprudencia sobre el tema y que los miembros del poder judicial todavía no han sido capacitados para resolver esta situación, desea saber si el público en general conoce los derechos establecidos en el Pacto y si existe un sistema en funcionamiento que ayude a los ciudadanos a hacer valer sus derechos ante la justicia. Reconociendo que el Consejo Nacional de Derechos Humanos cumple con los Principios de París, solicita detalles sobre los casos presentados ante este Consejo relativos a los derechos económicos, sociales y culturales y las decisiones tomadas. Recordando que un informe del Banco Mundial estableció que las dos instituciones más corruptas en el Estado parte eran el Parlamento y la Justicia, inquiere si se han tomado medidas para abordar este clima imperante de corrupción e impunidad, y solicita, por ejemplo, información detallada sobre casos presentados ante el Consejo Supremo Anticorrupción y de los consiguientes procesamientos, de haberlos.

17.El Sr. Zhan Daode indaga sobre los detalles de un caso específico para ilustrar la loable disposición legislativa mencionada en el párrafo 124 del informe del Estado parte, según la cual los funcionarios públicos que cometan una violación de los derechos civiles serán despojados de sus propios derechos civiles. Insta al Estado parte a incluir, en el próximo informe periódico, ejemplos que ilustren los efectos específicos de las medidas tomadas por el Gobierno para facilitar la tarea de los miembros del Comité.

18.El Sr. Atangana , observando que, en la respuesta por escrito a la pregunta 1 de la lista de cuestiones sobre la aplicación directa y la justiciabilidad del Pacto, el Estado parte especifica que no existe jurisprudencia al respecto, destaca una referencia, en la respuesta por escrito de la pregunta 6 de la lista de cuestiones, a un caso en el que una sentencia, basada en un acuerdo colectivo discriminatorio, fue anulada por la Corte Suprema. Desea conocer la razón por la que hubo que llegar a esa instancia para que dicho tribunal decidiera que los instrumentos internacionales son de aplicación directa, considerando que la Constitución es clara al respecto. Solicita detalles de las medidas tomadas para incrementar la conciencia sobre los derechos económicos, sociales y culturales entre el público en general y los resultados alcanzados.

19.El Sr. Kedzia, señalando el comentario del Estado parte respecto de que no existe jurisprudencia que expresamente se refiera a la aplicación del Pacto, pregunta si existe jurisprudencia relativa a otros tratados internacionales de derechos humanos o a la Carta Africana sobre los Derechos Humanos y de los Pueblos y, también, si el Gobierno ya ha iniciado acciones para desarrollar una cooperación técnica con la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos en esta esfera. Considerando la intención del Estado parte de ofrecer capacitación a los funcionarios de la justicia, según se declara en el párrafo 3 de las respuestas por escrito, solicita una explicación respecto de qué significa la observación que figura en el párrafo 14 de dicha respuesta según la cual el Gobierno establece la prioridad de las medidas para combatir sus infracciones frecuentes de los instrumentos internacionales y que la sensibilización acerca del respeto de los derechos económicos, sociales y culturales se tendrá en cuenta “más adelante”. Solicita más ejemplos de la jurisprudencia relacionada con los derechos económicos, sociales y culturales, además de los expresados en el párrafo 19 de las respuestas por escrito. Destacando que la respuesta por escrito a la pregunta 4 de la lista de cuestiones es bastante escueta, ya que se concentra solamente en el medio ambiente y en la creación de empleo, requiere más detalles respecto de cómo se garantizarán los otros derechos, como el derecho a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y el derecho a participar en actividades sindicales.

20.Resaltando el hecho de que Madagascar nunca ha invitado a ningún procedimiento temático especial y que es uno de los 65 países que no han extendido una invitación abierta a estos procedimientos, teniendo en cuenta los problemas que enfrenta y que para muchos otros países esta cooperación ha resultado de gran utilidad, y agregando que recientemente se ha discutido la posibilidad de invitar al Relator Especial sobre el derecho a la alimentación, pregunta si existe algún plan para extender una invitación al Relator Especial o a cualquier otro procedimiento especial temático en un futuro próximo. Inquiere además si el Estado parte solicitó la acreditación de su Consejo Nacional de Derechos Humanos ante el Comité de Coordinación Internacional de las Instituciones Nacionales para la Promoción y Protección de los Derechos Humanos o si tiene planes de hacerlo, destacando que el organismo predecesor de este Consejo había obtenido la clasificación C, lo que significa que no cumplía con los Principios de París.

21.El Sr. Abdel-Moneim, recordando la reserva del Estado parte al párrafo 2 del artículo 13 del Pacto, relativo a la educación primaria, en la que también destaca que se compromete a implementar esta disposición con la mayor premura posible, pregunta si la reserva continúa siendo necesaria considerando la mejora del crecimiento económico nacional y la opinión general de que las reservas deben reducirse al mínimo.

22.El Sr. Tirado Mejía pregunta qué medidas específicas se están poniendo en práctica para luchar contra la discriminación de los descendientes de esclavos, que continúa a pesar de que el Estado parte abolió la esclavitud en 1896. Pone de relieve que la legislación sobre la nacionalidad, que parece no estar actualizada y carecer de claridad, genera problemas a los niños que nacen de una madre malgache y un padre extranjero y también a otros sectores de la población, por ejemplo, a la comunidad musulmana. Además, dice que la legislación sobre la nacionalidad se basa únicamente en el criterio de jus sanguinis y no reconoce jus soli, lo que significa que las comunidades que habitan en el Estado parte por un período prolongado no pueden obtener la ciudadanía. Solicita que el Estado parte confirme los informes que establecen que el 5% de los 2 millones de musulmanes no pueden obtener la ciudadanía y que aporte más detalles sobre la ley de ciudadanía vigente. El Comité recomendará que el Gobierno actualice esta legislación, que parece arbitraria y contraria al Pacto.

23.Con relación a la discriminación contra las mujeres, desea saber cuáles son las medidas que el Estado parte tiene previsto aplicar para resolver la situación relativa al derecho sucesorio, considerando que, aunque la legislación trata de manera equitativa a las mujeres y a los hombres al respecto, en la práctica y especialmente en determinadas comunidades, las mujeres se ven privadas de su derecho sucesorio sobre las propiedades inmuebles y reciben la herencia de otra forma. A pesar de que destaca que los hombres y las mujeres están sujetos a la misma pena por adulterio, de tres meses a un año de reclusión, recomienda que el Estado parte elimine el adulterio como figura delictiva, especialmente a la luz de los inmensos problemas que afronta el sistema penitenciario del Estado parte.

24.La Sra. Bonoan-Dandan pregunta si el Estado parte está de acuerdo en que un curso de educación cívica no constituye específicamente un curso de derechos humanos, según declara el Estado parte en la respuesta por escrito a la pregunta 5 sobre la educación sobre derechos humanos. En relación con el párrafo 14 de las respuestas escritas, aclara que concentrarse en un grupo de derechos y, por ende, dejar los restantes para una etapa posterior no se compadece con la naturaleza indivisible e interrelacionada de los derechos humanos. Considerando que las violaciones de los derechos civiles y políticos siempre están asociadas a las violaciones de los derechos económicos, sociales y culturales, pregunta cómo el Estado parte vincula los dos grupos de derechos, destacando que uno no puede ejercerse plenamente a menos que se cree conciencia sobre el otro. Se pregunta cómo podría resultar efectivo el curso de capacitación para los funcionarios de la justicia que se menciona en el informe con esta visión soslayada respecto de los derechos humanos. Destaca que la respuesta escrita a la pregunta 8 está incompleta, ya que se refiere únicamente a la reducción de la pobreza en lugar de a las medidas para eliminar la discriminación contra los descendientes de esclavos. Solicita una respuesta directa a esta cuestión.

25.Con referencia al artículo 3 del Pacto, desea saber cómo se implementará el Plan de Acción Nacional de Desarrollo y Género, considerando que el Estado parte no cuenta con un marco jurídico sobre la igualdad de género. Pregunta cuál fue la reacción de los dirigentes tradicionales ante las campañas de concientización sobre los derechos sucesorios de las mujeres y otros aspectos relativos a la igualdad de género.

26.El Sr. Sadi celebra que Madagascar haya sido uno de los primeros signatarios del Protocolo Facultativo del Pacto y pregunta cuándo el Estado parte piensa ratificar dicho Protocolo. Pregunta, también, si existen obstáculos específicos respecto de la aplicación del Pacto en Madagascar. El párrafo 3 de las respuestas por escrito a la lista de cuestiones del Comité establece que el Gobierno intenta capacitar a los funcionarios de la justicia respecto de la aplicación del Pacto en los tribunales. La mera intención de capacitar a los funcionarios de la justicia es insuficiente y desea saber cuáles son los planes específicos para garantizar que esta capacitación efectivamente se lleve a cabo. La información sobre otro tipo de capacitaciones para los funcionarios de la justicia se centra en la tortura, la detención arbitraria y la violencia contra mujeres y niños. Desea saber qué medidas específicas se están poniendo en práctica para ampliar la capacitación e incluir en ella los derechos consagrados en el Pacto.

27.Pregunta cómo puede garantizarse la independencia del Consejo Nacional de Derechos Humanos, considerando que este organismo incluye a miembros del Ejecutivo. Desea conocer también las medidas tomadas para proteger a las numerosas minorías étnicas, raciales y religiosas que residen en Madagascar y para eliminar la discriminación de la que son víctimas. El Comité ha sido informado de que personas de origen paquistaní e indio enfrentan una discriminación más grave que otros grupos en Madagascar y, por ende, apreciará la información que pueda presentarse sobre la implementación de medidas específicas con relación a estos grupos. Debe corregirse la falta de una legislación interna que prohíba la discriminación contra las mujeres.

28.La Sra. Brás Gomes pregunta cómo se empleó la ayuda financiera internacional, habida cuenta de las preocupaciones expresadas claramente por los donantes respecto de que los fondos no se utilizan para mejorar las condiciones de vida de los más necesitados entre la población. Pregunta cuáles son las limitaciones que deben enfrentar al asignar los fondos de asistencia. También desea saber si existen medidas o estrategias en práctica para mejorar el desempeño del servicio público. El Plan de Acción de Madagascar no incluye objetivos específicos para alcanzar metas clave de desarrollo, a pesar de ello es la base de la estrategia de Madagascar para la reducción de la pobreza. Por lo tanto, se pregunta si el Gobierno tiene la intención de revisar este Plan de Acción para introducir indicadores más orientados a mejorar la asignación y el uso de la ayuda internacional.

29.Con referencia al acuerdo agroindustrial entre Madagascar y Daewoo Logistics, expresa la creciente preocupación del Comité con relación a la apropiación de tierras, que viola las obligaciones en virtud del derecho interno relativas al derecho a la alimentación y constituye también una violación a las obligaciones extraterritoriales de la otra parte contractual. Desea saber si finalmente se ha concretado la cancelación del contrato y si se han resuelto todos los aspectos de dicha cancelación. También desea conocer si se ha revisado la Ley 2007-036 para evitar la transferencia de grandes extensiones de tierra a inversores extranjeros y promover la compra de títulos de tierras a los agricultores malgaches. Se pregunta si se ha realizado un debate público sobre la inversión en la agricultura. Una encuesta realizada por UNICEF en 2008 sobre el cuidado de la salud materno infantil evidenció que las mujeres rara vez pueden tomar las decisiones relativas a la hospitalización de los niños o a los recursos familiares que se utilizan para el cuidado de la salud primaria y los servicios sociales. La situación es particularmente inquietante, ya que las mujeres deberían tener la facultad de tomar las decisiones familiares. Pregunta cuáles son los planes del Gobierno para corregir esta situación.

30.El Sr. Schrijver, destacando que más del 70% de la población de Madagascar vive bajo la línea de pobreza, pregunta cuáles son los obstáculos específicos que existen para ejercer los derechos consagrados en el Pacto, se pregunta también qué tipo de ayuda internacional está procurando obtener el Gobierno específicamente para la lograr el pleno ejercicio de los derechos del Pacto. Pregunta si el Estado parte está considerando la ratificación del Protocolo Facultativo del Pacto y, en caso afirmativo, qué tipo de enmiendas serían necesarias en la legislación interna y qué impacto tendría la entrada en vigor del Protocolo Facultativo en el goce de los derechos amparados en el Pacto en Madagascar.

31.La Sra. Barahona Riera (Relatora para el país) pregunta qué medidas se están tomando para mejorar el sistema de prevención de catástrofes naturales y defensa civil para la población, considerando que los ciclones y otras catástrofes naturales incrementan la vulnerabilidad de la población, y de las mujeres y los niños en particular, ante la violación de los derechos humanos. Desea conocer cuál es el progreso alcanzado en materia de preparación para catástrofes naturales. También pregunta de qué manera se garantiza la transparencia en la utilización de la ayuda internacional para el socorro posterior a las catástrofes naturales y si existe alguna evidencia de que esos fondos no han sido objeto de malversación ni corrupción. Aunque el Plan de Acción de Madagascar 2007-2011 es exhaustivo, pregunta cómo se podrá implementar de manera eficaz en un clima de inestabilidad política.

32.Con relación al tema de la seguridad alimentaria, pregunta cuál es el progreso alcanzado en los intentos del Gobierno por duplicar la producción de alimentos para la subsistencia e implementar la política de la revolución verde. Indaga qué es lo que se ha realizado para garantizar que la promoción de la producción de alimentos y la revolución verde no interfieran en los derechos sucesorios sobre la tierra. Se pregunta si el contrato que le otorga a Daewoo acceso a más de 1 millón de hectáreas de tierra ha sido revocado en función de la política de la revolución verde. También desea saber si el Estado parte tiene la intención de modificar su legislación para incluir estándares jurídicos relativos a la no discriminación y a la igualdad de género y si existen otras medidas, como la creación de un comité o departamento de coordinación de género, en consideración.

La sesión se suspende a las 12.00 horas y se reanuda a las 12.20 horas.

33.El Sr. Rakotoniaina (Madagascar) explica que, considerando que los compromisos de Madagascar en virtud del Pacto son vinculantes y que podrán estar sujetos a una aplicación gradual, no se suspenderán durante períodos de inestabilidad política. El artículo 22 del Pacto insta a la comunidad internacional a colaborar con los países en la aplicación de determinados derechos incluidos en este documento. Madagascar depende de varios tipos de asistencia para poder cumplir con varias obligaciones que establece el Pacto, lo que incluye la ayuda de las organizaciones de las Naciones Unidas para la aplicación de los derechos que el Pacto establece y que corresponden a su esfera de actividad, como por ejemplo, la Organización Internacional del Trabajo, que provee apoyo con relación a los derechos laborales, la protección de los trabajadores y los inmigrantes. La Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura, UNICEF, al igual que el Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo y otros organismos ofrecieron asistencia selectiva de manera similar. La amplia aplicación de los derechos del Pacto será más sencilla con una asistencia financiera más importante, ya que la ayuda para el desarrollo incrementará la eficacia de la lucha contra la pobreza. La pobreza constituye el principal obstáculo para el goce de los derechos consagrados en el Pacto, en particular de los derechos relacionados con el cuidado de la salud y la educación.

34.Para responder a las preguntas sobre la falta de legislación que prohíbe la discriminación de género, destaca que Madagascar es parte de prácticamente todos los tratados internacionales que consagran el derecho a la no discriminación y que, de acuerdo con la Constitución malgache, el derecho internacional tiene una jerarquía superior a la del derecho interno. Por ende, todos los tratados internacionales de los que Madagascar es parte podrán aplicarse directamente en los tribunales malgaches. El Plan de Acción Nacional de Desarrollo y Género fue implementado por decreto, lo que conforma la base jurídica de su ejecución. El Plan se evaluó y se han evidenciado algunos resultados. Un resultado positivo fue la modificación de la edad mínima para contraer matrimonio, que se elevó de 14 años para las mujeres y 17 para los hombres, a 18 años para hombres y mujeres por igual. El Plan también permite que se revise el papel de la mujer en la familia para garantizar que tanto mujeres como hombres tengan igualdad de responsabilidades en la familia y ante la comunidad.

35.En respuesta a las preguntas sobre la de aplicación directa y la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales, dice que la Constitución garantiza la aplicación directa de las disposiciones del Pacto siempre que sean claras. Sin embargo, podrían existir otras disposiciones que exijan modificaciones a la legislación y que, por ende, no puedan aplicarse en forma directa. Por ejemplo, las disposiciones que implican modificaciones en las leyes penales o estatutarias no podrán aplicarse directamente, como el incremento de la edad mínima para contraer matrimonio, para obtener un empleo o para ser reclutado por el servicio nacional.

36.Reconoce que no existe jurisprudencia suficiente relacionada con las disposiciones del Pacto, lo que se debe a que este instrumento no ha sido suficientemente divulgado entre el público en general y los funcionarios de la justicia.

37.El Estado parte ha decidido dar prioridad a determinados asuntos, en lugar de intentar asimilar las disposiciones del Pacto en su totalidad, para abordar el problema de la gran cantidad de actos de torturas, arrestos arbitrarios y violencia contra las mujeres y las niñas que predominan en algunas áreas del país.

38.En lo que respecta a generar conciencia sobre los derechos humanos, ya existe un equipo para implementar un programa de capacitación entre los funcionarios de la justicia y la sociedad civil. Además, el Gobierno sopesa la posibilidad de dirigirse a todos los jueces para recordarles que los derechos humanos en general pueden invocarse ante los tribunales, incluyendo los derechos estipulados en el Pacto.

39.Con relación a las preocupaciones sobre el impacto ambiental de la minería y las actividades de exploración a cargo de las compañías multinacionales en Madagascar, informa que han finalizado las negociaciones con Daewoo respecto de un contrato para la adquisición de tierra a gran escala sin haber llegado a ningún acuerdo. En cualquier caso, el Estado parte tiene a su disposición la carta medioambiental invocada cada vez que se discute la posibilidad de que un proyecto importante traiga aparejado un efecto potencialmente negativo para la vida de la población. En lo que respecta al contrato con QIT Madagascar Minerals, aclara que la Oficina Nacional de Medio Ambiente ha realizado un estudio de impacto ambiental con anterioridad a la firma del contrato y que se realizan estudios de seguimiento con regularidad.

40.Para responder con rapidez y eficacia ante las catástrofes naturales, se creó un organismo especial que trabajará en cooperación con los socios locales para administrar y reducir el riesgo de catástrofes e implementar medidas para evitar violaciones de los derechos humanos como resultado de éstas.

41.Con respecto al nuevo Consejo Nacional de Derechos Humanos, confirma que, en 2008, se sancionó una ley mediante la cual se creó el Consejo de conformidad con los Principios de París. Debido a la situación política, el Consejo no está funcionando aún, y la designación de los miembros ha quedado en suspenso. El Consejo incluirá miembros del Poder Ejecutivo y también de la sociedad civil, el Colegio de Abogados, la Asociación Nacional de Periodistas y otros organismos, lo que significa que el Ejecutivo no estará en posición de ejercer una influencia excesiva sobre las decisiones de este Consejo.

42.El Sr. Andriamaholy (Madagascar) dice que la lucha contra la corrupción es una prioridad del Gobierno y que se implementó un grupo de medidas para abordar este problema. Debido a que la corrupción está estrechamente relacionada con la pobreza, una de las medidas fue la de incrementar los salarios de los funcionarios públicos en los sectores estatales clave para garantizar que puedan tener acceso a un nivel de vida decente. Además, el Gobierno ha tomado medidas para tratar el lavado de dinero y evitar el drenaje ilegal de los recursos financieros del país. También ha implementado disposiciones que obligan a los funcionarios relevantes del Estado a hacer públicos sus bienes y a los bancos a divulgar la información sobre las cuentas bancarias de los funcionarios públicos para controlar cuidadosamente cualquier movimiento de fondos sospechoso.

43.En relación con la no discriminación, dice que el principio de la igualdad de género está reconocido por la Constitución de Madagascar y que, por lo tanto, se revisa toda la legislación parlamentaria para garantizar que cumple con este principio.

44.El Sr. Randrianandrasana (Madagascar), en respuesta a las preguntas sobre la educación relativa a los derechos humanos, dice que el Gobierno ha revisado los planes de estudio escolares para incluir educación cívica y ética. Además, el Ministerio de Educación ha iniciado un proyecto multifacético para promover y proteger los derechos humanos mediante los planes de estudios de las escuelas primarias y secundarias, los establecimientos de orientación vocacional y las instituciones de capacitación para docentes. Existen planes para extender el proyecto al personal docente actual, periodistas, ONG y otros individuos u organismos que participan de manera general en los derechos humanos. Se ha lanzado una campaña de concientización dedicada al público y se ha traducido la legislación clave a un malgache llano y cotidiano para que sea más accesible al público en general. El Ministerio de Educación también ha establecido un organismo innovador denominado “Oficina de Educación Cívica para las Masas”, que ofrece educación sobre la ciudadanía y promueve los derechos humanos.

45.El Sr. Andriamaholy (Madagascar) dice que la tasa de pobreza ha disminuido del 85% en 2002 al 68,5% en 2009 y que se ha progresado de manera importante en las áreas de los derechos a la salud, a la educación y de los niños.

46.El Sr. Rakotoniaina (Madagascar), en respuesta a la preocupación expresada sobre la nacionalidad de los niños de matrimonios de nacionalidades mixtas, manifiesta que Madagascar ha ratificado la Convención sobre la Nacionalidad de la Mujer Casada y que se ha preparado un proyecto de ley para revocar las disposiciones discriminatorias, especialmente las relacionadas con el otorgamiento automático de la nacionalidad a un niño nacido en el seno de un matrimonio mixto en cuanto a la nacionalidad. No bien se establezca el nuevo Parlamento, se aprobará la legislación contra la discriminación por nacionalidad.

47.Respecto de la preocupación expresada con relación a la protección de los derechos de las minorías étnicas en Madagascar, dice que el Estado parte está compuesto por varios grupos étnicos y que en su Constitución se reconoce la igualdad de derechos y la protección para todos los individuos bajo jurisdicción, independientemente de su origen étnico. Este tema podría haber sido relevante algunas décadas atrás, cuando se identificó determinado comportamiento racista o discriminatorio contra las comunidades paquistaní e india, relacionado principalmente con actos de saqueo, pero este tipo de conducta dejó de darse hace ya mucho tiempo.

Se levanta la sesión a las 13.00 horas.