Naciones Unidas

E/C.12/ISR/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

12 de julio de 2010

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Tercer informe periódico presentado por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Israel *

[20 de enero de 2009]

Índice

Párrafos Página

Introducción1–84

Artículo 1Libre determinación96

Artículo 2Principios generales: Responsabilidad del Estado, no

discriminación y cooperación internacional10–1226

Artículo 3Prohibición de la discriminación entre hombres y mujeres123–15424

Artículo 6Derecho al trabajo155–24830

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias249–29650

Artículo 8Derechos laborales colectivos297–30462

Artículo 9Derecho a la seguridad social305–34464

Artículo 10Derechos de la familia345–41670

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado417–49384

Artículo 12Derecho al nivel más alto posible de salud494–545109

Artículo 13Derecho a la educación546–624118

Artículo 15Derecho a participar en la vida cultural y a beneficiarse delprogreso científico625–667137

Cuadros

1.Empleo y desempleo: niveles y tendencias, 1999-200731

2.Personas empleadas, personas desempleadas y personas que están fuera de la población activa,por gravedad de la discapacidad, entre 20 y 64 años, 200537

3.Personas desempleadas que están fuera de la población activa, entre 20 y 64 años, 200537

4.Personas con discapacidad en Israel, por gravedad de la discapacidad, empleo y tipo de pensión,entre 20 y 64 años, 200538

5.Ingreso medio por persona (neto) de las personas con discapacidad, como porcentaje del ingresode las personas sin enfermedad crónica ni discapacidad, 2002-200638

6.Datos comparativos de formación profesional de adultos, 2002-200741

7.Personas empleadas en 2007, por género y grupo de población44

8.Personas empleadas, por ocupación, género y grupo de población, 200745

9.Informe sobre el cumplimiento de la Ley de salario mínimo (2005-2007)52

10.Trabajadores asalariados urbanos: sueldos por hora de las mujeres en porcentaje de los sueldos por hora de los hombres en 1995, 1998 y 200655

11.Ingresos brutos por empleado, por ocupación y género, 200757

12.Ingresos mensuales, por situación en el trabajo del cabeza de familia, 200758

13.Accidentes de trabajo, 2000-200659

14.Víctimas mortales resultantes de accidentes en el trabajo, 1999-200759

15.Indemnizaciones por accidentes de trabajo en 200760

16.Indemnizaciones por lesiones en 2007, por género y edad 60

17.Huelgas en Israel, 2000-200763

18.Población entre 15 y 17 años, por trabajo, estudios, género y grupo de población, 2001-200779

19.Salario mínimo para jóvenes (de conformidad con el reglamento sobre salario mínimo (jóvenes

y aprendices que trabajan) de 5747/1987)80

20.Ingresos y gastos mensuales, por deciles de ingresos netos (por persona estándar, 2006)85

21.Ingresos monetarios mensuales brutos por hogar, por fuente de ingresos y por situación de empleo del cabeza de familia86

22.Producto interno bruto y uso de recursos, 2002-2007 (millones de nuevos sheqalim, a precios

de mercado a menos que se indique otra cosa)88

23.Producto nacional bruto y producto interno bruto, 2002-200789

24.Gastos de consumo privado, por finalidad y tipo de gastos90

25.Balance alimentario: calorías y nutrientes por persona y por día92

26.Suministro de vitaminas y minerales por persona y por día (en miligramos, a menos que se

indique otra cosa)94

27.Datos sobre la vivienda, por deciles de hogares, por ingresos netos y por persona estándar, 200695

28.Hogares, por densidad de vivienda, tamaño de la familia y población, 200797

29.Solicitudes de permisos de construcción presentadas, 2002-2007102

30.Permisos de construcción concedidos, 2002-2007103

31.Órdenes de demolición ejecutadas, por año y por barrio, 2004-2007103

32.Expedientes abiertos por infracciones de las normas de construcción, por año y por barrio, 2004-2007103

33.Mortalidad infantil, 2004-2007111

34.Inmunizaciones: porcentaje de niños inmunizados a la edad de dos años, 2005112

35.Esperanza de vida, por género y grupo de población, 2001-2007112

36.Tasas de mortalidad, por causa (población total)113

37.Personas de 15 años o más, por grupo de población, años de escolaridad, edad y género, 2007121

38.Alumnos en instituciones de enseñanza, 2004-2008123

39.Estudiantes en universidades, por titulo, género y grupo de población (porcentaje, a menos que

se indique otra cosa)124

40.Tasas de abandono escolar de alumnos de los grados 7º a 12º, por grupo de población, grado ygénero125

41.Alumnos que efectuaron un examen de matrícula y obtuvieron un certificado, 2006126

42.Receptores de títulos de universidades127

43.Receptores de títulos de universidades. por género, edad y grupo de población (porcentaje,

a menos que se indique otra cosa)128

44.Personal docente, por nivel de enseñanza y promedio de horas de trabajo a la semana,

1999-2007135

45.Puestos docentes (en jornada completa) en las escuelas, 2007/2008136

46.Gastos de los Ministerios en investigación y desarrollo civil, por tipo de gasto, 2002-2007143

Introducción

1.Este es el tercer informe periódico del Gobierno del Estado de Israel, que se presenta al Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales de las Naciones Unidas, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 16 y 17 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (en adelante el “Pacto” o el “CESCR”). El informe ha sido recopilado por el Departamento de Derechos Humanos y Relaciones Exteriores del Ministerio de Justicia, en cooperación con el Ministerio de Relaciones Exteriores y otros órganos del gobierno. También se invitó a las organizaciones no gubernamentales (ONG) israelíes a presentar observaciones antes de la consolidación del presente informe, tanto por solicitud directa como mediante una invitación general a presentar comentarios publicada en el sitio web del Ministerio de Justicia. Se prestó considerable atención a sus contribuciones.

2.Desde la presentación del segundo informe periódico (documento de las Naciones Unidas: E/1990/6/Add.32) ha habido muchas novedades legislativas, administrativas y judiciales relacionadas con la aplicación del Pacto. A continuación se presenta un breve resumen de los principales cambios. El presente informe ofrece una relación completa de las novedades. También responde a los comentarios hechos en las observaciones finales del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/1/Add.90) de 23 de mayo de 2003.

3.En materia de legislación, desde la presentación del informe periódico anterior se han tomado medidas dignas de mención para promover las cuestiones de derechos económicos, sociales y culturales. Entre las nuevas leyes destaca laLey de aumento de la participación en la población activa y reducción de las diferencias sociales (impuesto negativo sobre la renta) de 5767/2007, con el propósito de reducir la pobreza y aumentar las tasas de participación en la población activa, ofreciendo una remuneración por la mano de obra de las personas con rentas bajas. Con arreglo a una enmienda de fecha 3 de enero de 2006 a la Ley de igualdad de oportunidades de empleo de 5748/1988, se creó la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo dentro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.

4.En 2008 el Knesset aprobó la Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la población activa y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres de 5768/2008, que ofrece incentivos monetarios a los empleadores del sector privado que se esfuercen por integrar y promover a las mujeres en sus empresas, así como a los empleadores que adapten el lugar de trabajo y las condiciones de trabajo a las necesidades de las mujeres y los padres.

La Ley del empleo femenino de 5714/1954 se enmendó en varias ocasiones entre 2006 y 2008 con el fin de asegurar una amplitud de derechos a las mujeres trabajadoras, incluidos los distintos aspectos de la seguridad en el puesto de trabajo (detallados a continuación) así como el desarrollo y mejora de la protección de la maternidad de las mujeres.

En 2007 el Knesset aprobó la Ley sobre las consecuencias de la legislación en la igualdad de género (reformas legislativas) de 5676/2007, que impone el deber de examinar sistemáticamente las consecuencias que tenga cualquier legislación primaria o secundaria para la igualdad de género antes de que sea sancionada por el Knesset.

En 2008 se reformó la Ley de ejecución de 5678/2008 (Enmienda Nº 29) con el fin de reforzar la protección que otorga la Ley sobre el derecho a una vivienda adecuada y que establece que en situaciones de desahucio por ejecución de deuda, hipoteca o garantía, se suministrará una vivienda alternativa antes de ejecutarse el desahucio.

En 2007 se enmendó la Ley de enseñanza obligatoria de 5709/1949, a fin de imponer la enseñanza obligatoria a los jóvenes de entre 15 y 17 años de edad (inclusive) que cursan los grados 11º y 12º.

La Ley de la educación gratuita de los niños enfermos de 5761/2001 fue aprobada en 2001 con la finalidad de promover la igualdad de oportunidades de los niños enfermos y ofrecer un marco educativo adecuado a los niños hospitalizados o limitados a la vida en el hogar a causa de enfermedad crónica.

5.Los derechos fundamentales protegidos por el Pacto lo están de hecho por las leyes, decisiones judiciales y por otros medios. Sin embargo, Israel no ha sancionado nuevas leyes fundamentales (derecho constitucional de Israel) sobre derechos económicos, sociales y culturales desde la presentación de sus informes periódicos anteriores.

6.Con respecto a las decisiones judiciales, el Tribunal Supremo ha seguido desempeñando un papel importante en la aplicación de los derechos protegidos por el Pacto. En 2005, al abordar la cuestión del nivel de vida, el Tribunal Supremo constituido como Tribunal Superior de Justicia sostuvo que el Estado está obligado a mantener una “red de seguridad” que impida que el deterioro de la situación de las personas desfavorecidas llegue a la privación existencial, consistente en escasez de alimentos, vivienda, higiene, servicios de atención sanitaria, etc. (H.C.J 366/03 La Asociación para el Compromiso por la Paz y la Justicia Social contra el Ministerio de Hacienda).

El 21 de noviembre de 2006 el Tribunal Supremo tomó la encomiable medida de reconocer los matrimonios civiles celebrados entre residentes israelíes judíos y ciudadanos fuera de Israel (H.C.J 2232/03 Anónimo c. el Tribunal Rabínico de Apelaciones).

Se han producido varios avances importantes en la judicatura desde la presentación del informe anterior de Israel, con la ampliación del significado de familia en la práctica administrativa en lo que respecta a las parejas del mismo sexo.El 21 de noviembre de 2006 el Tribunal Supremo dictó un fallo histórico sobre los derechos de las parejas de un mismo sexo.El Tribunal sostuvo que un certificado de matrimonio expedido en otro país donde se reconocieran los matrimonios entre personas del mismo sexo podía permitir que el Ministerio del Interior inscribiera a la pareja como casada.En una decisión importante de enero de 2005, el Tribunal Supremo aceptó la apelación de dos mujeres, una pareja homosexual, que deseaban adoptar sus hijos recíprocamente.

7.Los tribunales inferiores también contribuyeron considerablemente a la protección de los derechos humanos cuando el Tribunal Laboral de Israel concluyó que una decisión del Ministerio de Transporte y Seguridad Vial de permitir que otros transportistas distintos de los que estaban en huelga aseguraran el servicio durante un paro del transporte en la ciudad de Be’er‑Sheva, había causado daño grave, directo e intencional al derecho de asociación de los trabajadores y al derecho de huelga (L.C 57/05 El Nuevo Histadrut c. el Ministerio de Transporte (3 de marzo de 2005)).

En abril de 2008 el Tribunal del Distrito de Tel Aviv, constituido como Tribunal Administrativo, reafirmó la importancia de proteger los derechos de los trabajadores al anular una licitación publicada por la municipalidad de Bat-Yam ante la preocupación por que la empresa adjudicataria no pudiese cumplir sus obligaciones en materia de derechos de los trabajadores (Ad.P 1464/07 La Preach Hashaked Inc. c. la Municipalidad de Bat-Yam et. al. (14 de abril de 2008)).

En julio de 2007 el Tribunal Laboral de Distrito amplió la protección legal del derecho a organizarse en sindicatos bajo la jurisprudencia israelí y ordenó la rehabilitación del demandante a raíz del despido improcedente resultante de su actividad sindical (C.M. 6726/07 Alon Leigh Green c. la Excellent Coffee Ltd. (18 de julio de 2007)).

8.En el informe que figura a continuación se tratan las principales cuestiones relacionadas con el Pacto en el período entre la presentación de informe periódico anterior de Israel y diciembre de 2008, y también las cuestiones planteadas por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Artículo 1

Libre determinación

9.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Artículo 2

Principios generales: Responsabilidad del Estado, no discriminación y cooperación internacional

Responsabilidad del Estado

10.Los derechos económicos, sociales y culturales siguen reconociéndose ampliamente en Israel, directamente a través de la ley, las reglamentaciones y la jurisprudencia o indirectamente a través de programas administrativos.

11.Como se especifica a lo largo del presente informe, ha continuado la tendencia a la legalización del bienestar en Israel descrita en los informes anteriores.

12.Los tribunales de Israel a menudo se remiten a las disposiciones del ICESCR al debatir cuestiones sobre los diversos derechos reconocidos en el Pacto. Por ejemplo, el Tribunal Superior de Justicia apeló al artículo 13 del Pacto en lo que concierne al derecho a la enseñanza primaria gratuita (H.C.J 7351/03 Asociación de Padres Municipal Rishon Lezion et. al. c. el Ministerio de Educación, Cultura y Deportes et. al . (18 de julio de 2005)). Se pueden encontrar otros ejemplos en las referencias del Tribunal Superior de Justicia al artículo 11 del Pacto en lo que respecta a un nivel de vida adecuado (H.C.J 366/03 Asociación para el Compromiso por la Paz y la Justicia Social c. el Ministerio de Hacienda (12 de diciembre de 2005)), así como al artículo 12 en lo que concierne al más alto nivel posible de salud (H.C.J 3071/05 Gila Luzun c. el Estado de Israel (28 de julio de 2008)).

13.Los tribunales de distrito y los tribunales laborales también se remiten al Pacto en sus fallos. Por ejemplo, el Tribunal del Distrito de Jerusalén apeló al artículo 11 del Pacto en lo que respecta al derecho a un nivel de vida adecuado, sobre el derecho a la vivienda (C.A (Jerusalén) 6184/05 Moshe Zrihan c. la empresa estatal de viviendas “Amidar” (20 de marzo de 2007)). (A.C. (Haifa) 518/06 Ishmael Abu-Tzalih et. al. c. la autoridad gubernamental de abastecimiento de aguas y saneamiento et. al. (7 de febrero de 2008)).

14.También se dedican recursos educativos considerables al fomento y promoción de los derechos reconocidos en el Pacto mediante la continuación y mejora de la enseñanza en materia de derechos humanos, tal y como también recomienda el comité en sus observaciones finales del anterior informe periódico de Israel. Se aporta más información sobre esta cuestión en el artículo 13 siguiente.

Los derechos económicos, sociales y culturales como derechos constitucionales

15.Como se ha mencionado, los derechos económicos, sociales y culturales están ampliamente protegidos en la legislación y siguen siendo reconocidos con rango constitucional en la jurisprudencia israelí, a cuyo frente está el Tribunal Supremo de Israel, célebre por su profesionalidad y por sus esfuerzos constantes en la consagración de los derechos humanos. En otras secciones de este informe figuran otras decisiones judiciales de esta naturaleza.

16.En 2007 el Gobierno adoptó un programa socioeconómico encaminado a reducir las diferencias socioeconómicas en la sociedad israelí, manteniendo al mismo tiempo una política orientada al crecimiento. A tal efecto se constituyó una comisión interministerial, encabezada por el Director General del Ministerio de Hacienda, para aplicar el programa y formular medidas adecuadas. La comisión estableció varios grupos de trabajo dedicados a definir objetivos para mejorar la situación socioeconómica, crear herramientas para fomentar el empleo y supervisar la aplicación de estas herramientas y la forma en que se mide su eficacia.

17.El programa socioeconómico se sustenta en medidas a corto, medio y largo plazo orientadas a mejorar la situación de los segmentos desfavorecidos mediante el aumento de las tasas de empleo y los salarios, y la reducción de la pobreza. Como consecuencia de la actividad de la comisión interministerial, el Gobierno adoptó dos objetivos para la política socioeconómica a medio plazo: objetivo de empleo, a saber, aumento de la tasa de empleo entre el grupo de 25 a 64 años, del 69,1% al 71,7% en 2010; y objetivo de reducción de la pobreza, a saber, los ingresos del quintil inferior aumentarán un 10% más que la tasa de crecimiento del PIB per cápita en los años 2008-2010, al tiempo que el porcentaje de ingresos de mano de obra en el quintil inferior aumentará del 43% al 45%.

18.Para conseguir estos objetivos se formularon diversas medidas a corto, medio y largo plazo, teniendo en cuenta las necesidades y las características particulares de las poblaciones débiles de la sociedad israelí. Entre las medidas desarrolladas, que se detallan a lo largo de este informe, hay programas de formación profesional con una finalidad determinada, incluido su fomento para profesiones con demanda en el mercado laboral; creación de la Autoridad para el Desarrollo Económico de la Población Árabe; medidas para incorporar en el mercado laboral a los beneficiarios del mantenimiento de ingresos; medidas para promover el empleo de las mujeres, como la ampliación de la asistencia prestada mediante guarderías, una medida que apoya el empleo de las mujeres y aumenta los ingresos disponibles; y promoción de la integración de las personas con discapacidad en la población activa.

19.La desgravación del impuesto sobre la renta (es decir, el impuesto negativo sobre la renta) es otra medida innovadora para reducir la pobreza entre las familias que trabajan y elevar la tasa de participación en la población activa, mediante el aumento de la remuneración por la mano de obra de las personas con rentas bajas. Ya se ha elaborado un programa detallado para aplicar el impuesto negativo sobre la renta y ha entrado en funcionamiento en los últimos meses de conformidad con la Ley de aumento de la participación en la población activa y reducción de las diferencias sociales (impuesto negativo sobre la renta) aprobada el 27 de diciembre de 2007.

20.El monto de la remuneración se determina teniendo en cuenta los ingresos del empleado, el número de niños en la familia y los ingresos totales del hogar. El programa se aplicará por etapas, inicialmente a los empleados remunerados de 17 municipalidades (incluidas 5 árabes y la nueva municipalidad beduina regional de Abu-Basma), y en 2010 el alcance del programa se ampliará a todo el país, aplicándose tanto a trabajadores autónomos como asalariados. Un cuarto de millón de hogares podrán optar por el subsidio una vez se aplique el programa a nivel estatal.

21.Como se ha mencionado, uno de los objetivos del programa es aumentar la tasa de empleo entre el grupo de 25 a 64 años al 71,7% en 2010. Como resultado de la mejora considerable en el mercado laboral en los últimos años, la tasa de empleo alcanzó el 71,2% en el segundo trimestre de 2008.

22.El Gobierno reconoce la importancia de la enseñanza como catalizador para reducir las diferencias socioeconómicas y aumentar la movilidad social, por lo cual se ha consolidado y aplicado gradualmente una amplia reforma con el fin de promover el sistema educativo. La reforma, que se detalla en el artículo 13 siguiente, incluye la ampliación y modificación de la semana lectiva de los docentes, la creación de un sistema salarial retributivo y la flexibilidad en la gestión de cada escuela, la mejora de la formación profesional y la reducción del número de alumnos por clase. En 2008 la reforma se aplica en 813 escuelas de primaria y postprimaria en todo el país. En 2009 se aplicará la reforma en 700 escuelas más, extendiéndose a la mayoría de las escuelas de primaria de Israel.

23.Junto al programa socioeconómico, el Gobierno adoptó un programa para el fomento de las zonas periféricas, cuyas diferencias con el centro se reflejan en la tasa de empleo, las variaciones socioeconómicas y la realización del potencial de capital, físico y humano. La necesidad de reducir las diferencias entre la periferia y el centro exige destinar determinados recursos específicos.

24.Otro de los aspectos de la actividad de promoción de las regiones periféricas del país es el Plan Estratégico Nacional de Desarrollo del Negev, establecido en las resoluciones del Gobierno Nº 4415 (20 de noviembre de 2005), Nº 3489 (31 de marzo de 2005) y Nº 4092 (9 de agosto de 2005). El plan integral del Gobierno abarca un período de nueve años, desde 2006 hasta 2015, y pretende desarrollar el Negev mediante la mejora de las infraestructuras y el sistema educativo, el aumento del empleo y de la población del Negev y la reducción de las diferencias de ingresos entre los habitantes del Negev y el resto de Israel. Entre los años 2006 y 2015 el Gobierno tiene previsto asignar, de forma directa y/o indirecta, 17.000 millones de nuevos sheqalim (4.470 millones de dólares de los EE.UU.) para el desarrollo del Negev.

No discriminación

25.En sus observaciones finales con respecto al informe periódico anterior de Israel, el Comité expresó su preocupación porque el ordenamiento jurídico interno del Estado parte no hubiese incorporado los principios de igualdad y no discriminación. A este respecto, cabe reiterar que el principio de igualdad es uno de los principios fundamentales del sistema jurídico israelí, reflejado tanto en la legislación como en la administración de justicia, lo cual ya se ha explicado con detalle en los informes inicial y periódico de Israel.

26.La Ley fundamental: dignidad y libertad humanas se propone proteger las garantías fundamentales de la libertad personal en el marco del carácter judío y democrático de Israel. El objeto de la Ley es defender la libertad y dignidad humanas a fin de establecer en una ley fundamental los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático.

27.La Ley fundamental establece, entre otras cosas, lo siguiente: la vida, la persona o la dignidad del ser humano son inviolables; la propiedad de una persona es inviolable; todos los seres humanos tienen derecho a la protección de su vida, su persona y su dignidad; nadie será privado parcial ni totalmente de su libertad por prisión, arresto, extradición o de otro modo (salvo en los casos previstos por la ley). Los derechos incluidos en esta Ley fundamental no podrán ser violados salvo por una ley conforme a los valores del Estado de Israel, sancionada con un propósito definido y en una medida no mayor que la necesaria.

28.Además, muchas leyes subrayan el principio de igualdad, como se indica extensamente en los informes inicial y periódico de Israel.

29.El principio de igualdad también se fomenta a través de la administración de justicia, puesto que el Tribunal Supremo de Israel desempeña un papel fundamental en el desarrollo de jurisprudencia sobre cuestiones contenciosas de pronunciado carácter político y sobre temas relacionados con la seguridad, por ejemplo:

29.1. En H.C.J. 11163/03 El Comité superior de seguimiento para los ciudadanos árabes de Israel et al c. el Primer Ministro de Israel (27 de febrero de 2006) el Tribunal Supremo afirmó los principios de igualdad y no discriminación por ningún motivo y subrayó que la asignación de recursos sobre la base de criterios discriminatorios era inaceptable. Se tomó por unanimidad la decisión de cancelar la resolución del Gobierno por la que se establecían zonas de prioridad nacional en Israel, por considerarla discriminatoria por motivos de origen nacional. El Tribunal Supremo sostuvo que el Gobierno debe respetar el principio de igualdad y no puede discriminar contra ciudadanos minoritarios de Israel. El Tribunal afirmó que todos los actos del Gobierno se deben ejecutar de conformidad con las Leyes fundamentales y con los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático. El Tribunal insistió en que los valores fundamentales de Israel son la libertad, la igualdad y la dignidad humanas, el derecho de propiedad, etc. El Tribunal observó que la prohibición de violar esos valores se había acentuado aún más a raíz de la aprobación en 1992 de las Leyes fundamentales: dignidad y libertad humanas y libertad de ocupación, que concedían a esos valores una condición más elevada y más significativa en el ordenamiento jurídico israelí.

Obsérvese que la cuestión de la aplicación de esta decisión está pendiente ante el Tribunal Superior de Justicia.

29.2.En H.C.J. 3939/99 Kibbutz Sde-Nahum et al c. la Administración de Tierras de Israel et al. (29 de agosto de 2002) el Tribunal Superior de Justicia sostuvo que la Administración de Tierras debe administrar las tierras del Estado protegiendo al mismo tiempo el interés público, que incluye proteger la tierra en beneficio de un público más amplio y abstenerse de otorgar beneficios injustificados relacionados con la tierra. Como es de esperar en cualquier otro organismo administrativo, la Administración debe actuar de forma imparcial y promover el principio general de justicia en la atribución de recursos públicos. El Tribunal observó también la diferencia entre discriminación y distinción legítima. En consecuencia, el Tribunal determinó que se prohibiera la decisión de asignar tierras exclusivamente a una población determinada, sin basarse en una distinción legítima.

29.3 EnH.C.J. 1113/99 Adalah, et al c. el Ministro de Asuntos Religiosos, et al(18 de abril de 2000) el Tribunal Supremo aceptó la petición de los demandantes de que se encargara al Ministro de Asuntos Religiosos que estableciera criterios claros y no discriminatorios para la distribución de recursos a todos los cementerios. El Tribunal resolvió que el Ministro de Asuntos Religiosos deba asignar los fondos destinados a los cementerios sobre una base de igualdad y con arreglo a normas de proporcionalidad (porcentaje de la población). Asimismo, el tribunal dictaminó que los recursos del Estado, ya se trate de tierras o de dinero... pertenecen a todos los ciudadanos y que todos los ciudadanos tienen derecho a disfrutarlos de acuerdo con el principio de igualdad y no discriminación por motivos de religión, raza, género u otras consideraciones prohibidas. En su sentencia, el anterior Presidente del Tribunal Supremo Aharon Barak subrayó que el derecho a la igualdad es un derecho constitucional incluido en el derecho a la dignidad humana.

30.A lo largo del informe se incluye una relación detallada de casos recientes de aplicación del principio de no discriminación. Aquí solamente se mencionan cuestiones de repercusión general. Se ha prestado especial atención a las preocupaciones y observaciones del Comité en sus observaciones finales a raíz de la presentación del segundo informe periódico de Israel.

La Ley del retorno de 5710/1950

31.Esta cuestión se ha examinado ampliamente en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

No discriminación por motivo de edad

32.Como se ha detallado en los informes anteriores de Israel, la Ley de igualdad de oportunidades de empleo de 5748/1988 prohíbe a un empleador discriminar a un empleado por alguno de los motivos contemplados en la Ley, incluida la edad. En H.C.J 10076/02 Dr. Yuri Rosenbaum et. al. c. el Inspector General de la Policía de Israel y el Comisionado del Servicio de Prisiones de Israel (12 de diciembre de 2006), el Tribunal Superior de Justicia sostuvo la prohibición de discriminación por motivos de edad, al debatir una solicitud sobre la edad de jubilación obligatoria en la Administración Pública. La Ley de la administración pública (jubilación) (versión íntegra) de 5730/1970 exige la jubilación obligatoria de los empleados de la administración pública al cumplir 65 años (actualmente 67, como se explica detalladamente en el artículo 3 siguiente). La Ley excluye a los empleados de la Policía y del Servicio Penitenciario de Israel (en adelante: “SPI”) de la disposición sobre la jubilación obligatoria y otorga al Inspector General de la Policía y al Comisionado del SPI la potestad de permitir a los agentes de policía y a los funcionarios con más de 10 años de antigüedad jubilarse al cumplir 55 años (actualmente, 57). Por tanto, la Policía y el SPI unificaron los procedimientos internos que determinaban la edad de 55 años como la edad de jubilación obligatoria para agentes de policía y funcionarios con más de 10 años de antigüedad en el empleo.

En este caso, dos funcionarios y una policía impugnaron su jubilación obligatoria al cumplir 55 años, argumentando que la edad de jubilación constituye motivo de discriminación contra ellos frente a otros empleados de la administración pública que deben jubilarse al cumplir 65 años. El Tribunal consideró que el grupo de referencia correspondiente son los empleados de la administración pública en su conjunto, puesto que se considera al Estado como el empleador de todos los trabajadores de la administración pública. Por consiguiente, el Estado no puede determinar diferentes edades de jubilación obligatoria para secciones distintas de la administración pública, ya que constituye una discriminación por motivo de edad como se define en el artículo 2 de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo.

El Tribunal aceptó la apelación, declaró la nulidad de los procedimientos internos de la Policía y del SPI y ordenó la rehabilitación de los demandantes. Sin embargo, debido a la amplia repercusión de este fallo sobre la Policía y el SPI, la anulación de los procedimientos internos sobre la edad de jubilación obligatoria se aplazó durante un período de 18 meses para llevar a cabo todos los ajustes necesarios. En consecuencia, en noviembre de 2008 se publicó una revisión del procedimiento policial interno.

33.En otra causa, el Tribunal Laboral del Distrito de Tel Aviv concedió a un empleado la reparación de daños y perjuicios pecuniarios por rescisión ilícita de contrato, y daños y perjuicios no pecuniarios por rescisión del contrato por motivos de discriminación. El Tribunal determinó que el empleador, Iberia Líneas Aéreas de España, había discriminado a su empleada por motivo de su edad, puesto que la despidió al cumplir 60 años, y exclusivamente por dicha razón. La compañía alegó que la rescisión del contrato se produjo de forma voluntaria, ya que la empleada expresó su deseo de acogerse a la jubilación anticipada. Sin embargo, el Tribunal consideró que esa alegación carecía de fundamento y sostuvo que no existían indicios de descontento con el desempeño de la empleada, ni que la rescisión del contrato fuese el resultado de recortes o el deseo de la empleada. Por tanto, el Tribunal determinó que la rescisión del contrato constituía una violación del artículo 2 de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo, puesto que discriminaba a la empleada por razón de su edad (La. (Tel Aviv) 2539/03 Barbara Hollestain c. Iberia Líneas Aéreas de España (19 de octubre de 2006)).

No discriminación de las poblaciones minoritarias en Israel

34.Como se especificó en el segundo informe periódico de Israel, en octubre de 2000 el Gobierno consolidó un plan integral plurianual que abordaba todos los aspectos del desarrollo de la población árabe (en adelante: “el plan plurianual de 2000”). El plan plurianual de 2000 funcionó desde 2001 hasta el 31 de diciembre de 2004, período durante el cual el Gobierno ejecutó con éxito el 87% del plan.

35.Aunque la situación económica ha obligado al Gobierno a introducir un recorte global durante estos años, las cifran indican que durante 2001 y 2002 la tasa de ejecución del plan fue del 90%, en 2003, del 81% y en 2004, del 85%.

36.La ejecución del plan no se ha podido llevar a cabo en algunos casos debido a las reducciones mencionadas, así como a barreras burocráticas y déficits presupuestarios de algunas municipalidades cuya cooperación es imprescindible para la aplicación del plan.

37.En agosto de 2006 el Gobierno decidió iniciar otros dos programas plurianuales (2006-2009) para el desarrollo socioeconómico de localidades árabes del norte, particularmente en enseñanza, vivienda y empleo: la resolución Nº 412 para el desarrollo de la población drusa y circasiana por un monto de 447 millones de nuevos sheqalim (120 millones de dólares de los EE.UU.) y la resolución Nº 413 para el desarrollo de la población beduina por un monto de 318 millones de nuevos sheqalim (85 millones de dólares de los EE.UU.).

38.La consolidación de los planes plurianuales por el Gobierno duró varios años, pues en su elaboración participaron las autoridades de las municipalidades drusas, circasianas y beduinas respectivamente, así como representantes de los ministerios gubernamentales pertinentes. Se solicitaron contribuciones a una amplia variedad de fuentes.

39.Los nuevos planes de desarrollo se centran en tres cuestiones principales: la inversión en recursos humanos, destacando especialmente el empoderamiento de la mujer, el desarrollo económico y el empleo, incluido el desarrollo del turismo como fuente de ingresos.

40.Los ministerios gubernamentales correspondientes asignaron el presupuesto necesario para la ejecución de los planes, además de un presupuesto especial de la Oficina del Primer Ministro destinado a la población no judía. La tasa de aplicación actual de ambas resoluciones es del 88%.

41.Cabe señalar que estos planes siguen ejecutándose a partir de los planes plurianuales aplicados y llevados a cabo desde la presentación del informe periódico anterior de Israel.

42.Además, las resoluciones del Gobierno Nº 412 y Nº 413 complementan los presupuestos de desarrollo que el Ministerio del Interior asigna a las municipalidades locales, los subsidios que se dan a los soldados retirados para la compra de terrenos y la construcción de viviendas, así como partidas del presupuesto reservadas para la rehabilitación del norte de Israel, que se introdujeron después de la segunda guerra del Líbano.

43.En lo que concierne a la población beduina del Negev (Sur), cabe mencionar el citado Plan Estratégico Nacional de Desarrollo del Negev. El plan fue concebido, en parte, para ayudar a los beduinos que viven en el Negev. Por ejemplo, uno de los objetivos del plan es crear unos 20.000 puestos de trabajo para la población del Negev en 10 años. Entre los esfuerzos para lograr este objetivo, el plan pretende fomentar la creación de empresas y de empleo entre la población beduina a través de la ayuda financiera a los empresarios, la formación profesional y el desarrollo de zonas comerciales y parques industriales.

44.La Dirección para el Desarrollo Económico de la Población Árabe, incluidos los drusos y circasianos. El 15 de febrero de 2007 el Gobierno decidió establecer, en el marco de la Oficina del Primer Ministro, la Dirección para el Desarrollo Económico de la Población Árabe, incluidos los drusos y circasianos (en adelante:la “Dirección”), cuya finalidad es desarrollar al máximo el potencial económico de la población minoritaria, por medio del fomento de la actividad económica productiva dentro de esta población y su integración en la economía nacional. Entre sus funciones, la Dirección actuará como coordinadora a efectos de integración y supervisión en lo que respecta a las actividades gubernamentales concernientes al adelanto económico de la población árabe.

45.La Dirección se establece progresivamente por etapas. Para dirigirla se ha nombrado al Sr. Aiman Dar Saif, ex ejecutivo de la Oficina del Primer Ministro. Junto a la Dirección trabajará un Comité Consultivo, la mitad de cuyos miembros serán expertos árabes y hombres y mujeres de negocios.

46.Fondo de inversiones para empresas de la población árabe. En diciembre 2006, el Director General de la Oficina del Primer Ministro anunció la decisión de crear un fondo privado de inversión en colaboración con el sector privado. El fondo invertirá una suma total de 160 millones de nuevos sheqalim (42,1 millones de dólares de los EE.UU.) durante un período de entre 7 y 10 años en empresas de localidades árabes. Cualquier fábrica, compañía o empresa podrá solicitar entre 2 y 4 millones de nuevos sheqalim (entre 526.315 y 1.052.631 dólares de los EE.UU.) para su financiación, lo que permitirá a entre 40 y 80 compañías recibir ayudas de financiación a cambio de acciones.

47.Desarrollo de zonas industriales. En 2006 se modificó la resolución del Gobierno Nº 249, la Orden de fomento de las inversiones de capital (zonas en desarrollo) de 5763/2002,para incluir todas las localidades minoritarias en la definición de “Zona en desarrollo A”, lo que permite a las fábricas de las zonas industriales de estas localidades beneficiarse de diversas reducciones de impuestos y subvenciones conforme a lo establecido en la Orden y en la Ley de fomento de las inversiones de capital de 5719/1959. Además, el 7 de enero de 2007 el Gobierno decidió acelerar la comercialización de tierras para fines industriales en las localidades de la “Zona en desarrollo A” y subvencionar los gastos de urbanización de los terrenos, conforme a lo establecido en la resolución.

48.Entre los años 2005 y 2008, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo subvencionó actividades en zonas industriales de localidades árabes y drusas con un monto total de 28.665.967 nuevos sheqalim (7.543.675,5 dólares de los EE.UU.). Estas actividades incluían la comercialización de 1.008 km2 de tierras de propiedad del Estado.

49.En 2005 y 2006 el Gobierno tomó otras dos resoluciones (resolución Nº 3957 de 22 de julio de 2005 y resolución Nº 632 de 5 de noviembre de 2006) que establecen un plan para el desarrollo y expansión de las zonas industriales nuevas y actuales, así como ayudas para las pequeñas empresas de las localidades árabes, drusas y beduinas. El Gobierno asignó un total de 119 millones de nuevos sheqalim (31.315.789 dólares de los EE.UU.) en los años 2005 y 2006 para ese fin.

50.Desarrollo de la infraestructura viaria. De acuerdo con el plan plurianual mencionado de octubre de 2000, entre los años 2001 y 2004 el Ministerio de Transporte y Seguridad Vial destinó un presupuesto de 180 millones de nuevos sheqalim (48 millones de dólares de los EE.UU.) al desarrollo de infraestructuras viarias y proyectos de seguridad dentro de los municipios (45 millones anuales) y un presupuesto de 325 millones de nuevos sheqalim (87 millones de dólares de los EE.UU.) al desarrollo de infraestructuras viarias intermunicipales (81,25 millones de nuevos sheqalim, 21,96 millones de dólares de los EE.UU. por año) en diversas localidades árabes.

51.Durante los años 2005 a 2007, el Ministerio siguió llevando adelante el desarrollo de las infraestructuras dentro de los municipios de las localidades árabes. Además, el Ministerio sigue desarrollando las infraestructuras intermunicipales mediante la asignación de presupuestos para que las municipalidades locales hagan lo propio en su jurisdicción, o bien a través de empresas de gestión. Durante estos años se destinaron 94.386.900 nuevos sheqalim (25.509.972 dólares de los EE.UU.) a proyectos de desarrollo para la población drusa y circasiana, 69.652.880 nuevos sheqalim (18.825.102 dólares de los EE.UU.) a proyectos en las poblaciones beduinas del norte, 34.790.000 nuevos sheqalim (9.402.702 dólares de los EE.UU.) para poblaciones beduinas del Negev y 230.448.321 nuevos sheqalim (62.283.330 dólares de los EE.UU.) para localidades árabes.

52.Durante la primera mitad de 2008, el Ministerio destinó un presupuesto de 52,2 millones de nuevos sheqalim (14 millones de dólares de los EE.UU.) al desarrollo de infraestructuras dentro de los municipios, distribuidos del siguiente modo: 7,8 millones de nuevos sheqalim (2,1 millones de dólares de EE.UU.) para localidades beduinas del Negev, 11,8 millones de nuevos sheqalim (3,19 millones de dólares de EE.UU.) para localidades beduinas del norte, 6,1 millones de nuevos sheqalim (1,64 millones de dólares de EE.UU.) para localidades drusas y circasianas y 26,4 millones de nuevos sheqalim (7,13 millones de dólares de los EE.UU.) para localidades árabes. Además, durante ese período el Ministerio destinó otros 29,3 millones de nuevos sheqalim (7,19 millones de dólares de los EE.UU.) al desarrollo de infraestructuras y proyectos de seguridad en dichas localidades.

53.El Ministerio calcula que a finales de 2008 habrá asignado otros 20 millones de nuevos sheqalim (5,4 millones de dólares de los EE.UU.) para la financiación adicional de proyectos inacabados.

54.El desarrollo de las infraestructuras intermunicipales está a cargo de “la Ma’atz”, Israel National Road Company Inc., de acuerdo con un plan quinquenal donde se determinan los proyectos a realizar. El plan actual es para el período de 2005 a 2009 y, según el plan quinquenal, se destinaron 2.333 millones de nuevos sheqalim (630.540.540 dólares de los EE.UU.) al desarrollo, mantenimiento y reconstrucción de las infraestructuras intermunicipales de las localidades árabes.

55.De acuerdo con la información facilitada por “la Ma’atz”, a principios de 2008 se invirtió un total de 315,26 millones de nuevos sheqalim (85,2 millones de dólares de los EE.UU.) en el desarrollo de infraestructuras intermunicipales en las localidades de las minorías. Se destinará un monto adicional de 1.011,1 millones de nuevos sheqalim (273.270.270 millones de dólares de los EE.UU.) a la ejecución de proyectos pendientes. Además, durante 2008 y 2009 se asignarán otros 1.006,5 millones de nuevos sheqalim (272.027.027 millones de dólares de los EE.UU.) con arreglo al plan quinquenal para el desarrollo, mantenimiento y reconstrucción de estructuras intermunicipales en las localidades de las minorías.

56.El Servicio Civil Nacional. La Comisión Pública para el Servicio Civil Nacional (en adelante: la “Comisión”) se creó el 1º de agosto de 2004 con el mandato de examinar la cuestión del servicio civil para las poblaciones que no realizan el servicio militar. En febrero de 2005 el Ministerio de Defensa adoptó las recomendaciones de la Comisión que aconsejaban que realizaran un servicio civil todos los ciudadanos y residentes israelíes no reclutados para el servicio militar, como, por ejemplo, la mayoría de los judíos ultraortodoxos y la mayoría de la población árabe.

57.La resolución del Gobierno Nº 4598 de fecha 18 de diciembre de 2005 subrayaba la importancia de fomentar la posibilidad de realizar el servicio militar o el servicio civil como parte del principio de igualdad y reparto de obligaciones entre la sociedad israelí. En la reunión del Gobierno resultante de la resolución anterior se establecieron instrucciones con respecto al ejercicio de la iniciativa de servicio civil y se creó la Administración del Servicio Civil (en adelante: “la Administración”).

58.La resolución del Gobierno Nº 2295 de fecha 19 de agosto de 2007 establece una nueva Administración del Servicio Civil Nacional, cuyo mandato es regular y coordinar la aplicación del programa de Servicio Civil Nacional con el fin de que los jóvenes de todos los segmentos de población que están exentos del servicio militar obligatorio participen en el programa durante un período de 1 a 2 años, realizando actividades encaminadas al fomento de la sociedad en general y de las poblaciones débiles en particular, mejorando así el vínculo entre la persona y el Estado.

59.La resolución hace hincapié en la naturaleza voluntaria del Servicio Civil Nacional y en su contribución para reducir las desigualdades entre las personas que realizan el servicio militar o cualquier otro servicio voluntario y aquellas que no prestan ningún servicio, y en que aumentarán las posibilidades de integración en la vida civil para quienes realizan el servicio.

Esta resolución se ha encontrado con la firme oposición de distintos líderes árabes y del Alto Comité de Supervisión Árabe.

60.Sin embargo, de acuerdo con una encuesta realizada, la mayoría de los jóvenes árabes (74%) desean participar en este programa. Además, desde la aplicación de la resolución del Gobierno, las cifras de los miembros del Servicio Civil Nacional han aumentado continuamente: de 240 solicitantes en 2006, a 628 en 2007 y 1.050 en 2008.

61.El Servicio Civil Nacional es un órgano independiente, sin vinculación con el sistema militar y el servicio militar. Esto excluye las cuestiones relacionadas con el aplazamiento del servicio militar para los estudiantes de yeshivas de conformidad con la Ley del aplazamiento del servicio de los estudiantes de yeshivas de 5767/2007.

62.Los principales desafíos que afronta la administración son la creación de opciones de servicio atractivas para los jóvenes de distintas poblaciones, contrarrestar la oposición de diversos sectores y proporcionar formación profesional en caso necesario.

63.La Administración tiene la responsabilidad, previa consulta con un comité público, de presentar al Gobierno un programa de funcionamiento a largo plazo que incluya maneras de ampliar el grupo de voluntariado, así como otros planes de acción. Además, se encarga de iniciar los programas necesarios para presentar la información, sensibilizar y ampliar la participación del público en la cuestión del Servicio Civil Nacional.

64.La Oficina del Primer Ministro está promoviendo actualmente una serie de leyes para consolidar el programa de Servicio Civil Nacional y equiparar los requisitos y los derechos de quienes realizan el servicio militar con quienes realizan el Servicio Civil Nacional.

Representación adecuada

65.La administración pública. En 2000 el Knesset de Israel aprobó la Ley de la administración pública (Nombramientos) (Enmienda Nº 11) (Representación adecuada) de 5760/2000 para asegurar que las minorías y las poblaciones insuficientemente representadas como las mujeres, las personas con discapacidad y la población árabe, drusa y circasiana estén representadas en la administración pública según su proporción en la población activa. La Ley exige una representación adecuada de los distintos grupos a través del Servicio Civil, a todos los niveles y en todas las profesiones.

66.El 30 de noviembre de 2003 el Gobierno consolidó la resolución Nº 1073 sobre la representación adecuada de las personas con discapacidad en la administración pública. Entre las medidas que establece la resolución está el nombramiento de supervisores de igualdad para las personas con discapacidad en cada Ministerio, cuya tarea es fomentar el empleo de personas con discapacidad en la administración pública y hacer que el Ministerio sea más accesible para las personas con discapacidad en general. El Gobierno decidió además dar prioridad a las personas con discapacidad grave en los nombramientos y ascensos en la administración pública.

67.La Ley de la administración pública (Nombramientos) se reformó en 2005 para incluir a las personas de origen etíope entre los distintos grupos con derecho a una representación adecuada en la administración pública. Después de esta reforma, el Gobierno aceptó la resolución Nº 1665 sobre la asignación de puestos en la administración pública a personas de origen etíope, que les da prioridad en nombramientos y ascensos.

68.El 12 de marzo de 2006 el Gobierno decidió designar (resolución Nº 4729), sobre la base del artículo 15A de la Ley de la administración pública (Nombramientos), 337 puestos en la administración pública entre 2006 y 2008 para promover la integración de la población árabe, incluidas las minorías drusa y circasiana. El Gobierno decidió además crear un equipo interministerial encargado de examinar otros medios de promover la representación adecuada de los árabes en la administración pública. El 16 de julio de 2006, el equipo interministerial presentó sus recomendaciones.

69.El 31 de agosto de 2006 el Gobierno aprobó la resolución Nº 414, por la cual se aprobaban la mayoría de las recomendaciones del equipo interministerial, entre ellas la determinación de nuevos objetivos para promover la representación adecuada de los árabe-israelíes en la administración pública: los árabes deberían constituir el 8% de los empleados de la administración pública para finales de 2008 y el 10% para finales de 2010. Se decidió además que hasta finales de 2008 el 20% de todos los nuevos puestos de trabajo se asignarían a árabes. Las decisiones anteriores de conceder prioridad a los árabe-israelíes en nombramientos y ascensos se prorrogaron otros cuatro años. Se exigió a cada Ministerio que nombrase un supervisor encargado del progreso de la representación de los árabes y se establecería un equipo interministerial para asegurar la aplicación de la resolución.

70.El 11 de noviembre de 2007 el Gobierno aprobó la resolución Nº 2579, por la cual se enmendaba la anterior resolución Nº 414. De conformidad con la nueva resolución, los árabes, incluidos los drusos y los circasianos, deberán constituir el 10% de los empleados de la administración pública para finales de 2012. Además, hasta el 2012 el 30% de todos los nuevos puestos de trabajo se asignarán a esta población. Para lograr estos objetivos, la resolución determina que todos los ministerios gubernamentales deberán consolidar un plan quinquenal de trabajo y también que se dará prioridad a los árabe-israelíes en nombramientos y ascensos hasta finales de 2012. En la resolución se establece la creación de un equipo interministerial encabezado por el Director General del Ministerio de Justicia, encargado del seguimiento de la aplicación de las mencionadas disposiciones en todos los ministerios gubernamentales y de estudiar la forma de eliminar barreras para la integración de los árabe-israelíes en la administración pública. En cumplimiento de esta resolución, la Comisión de la Administración Pública está en contacto permanente con cada Ministerio para supervisar su progreso hacia los objetivos establecidos por el Gobierno.

71.Los datos indican un constante aumento de las tasas de empleados árabes, drusos y circasianos en la administración civil. En noviembre de 2008, el 6,5% de los empleados de la administración pública eran árabes, drusos y circasianos (frente al 6,17% en 2007).

72.Además, el 8,7% de los nuevos empleados que se incorporaron a la administración pública en 2007 eran árabes, drusos y circasianos, frente al 6,9% en 2005 y el 4,26% en 2003. Cabe destacar que también va en aumento la tasa de mujeres entre los empleados árabes, drusos y circasianos recién incorporados, el 39,8% en 2007, frente al 37,7% en 2005 y el 34,2% en 2003.

73.También se evidencia un aumento en el empleo de universitarios árabes, drusos y circasianos en la administración pública. En 2007, el 46,82% de los empleados árabes, drusos y circasianos tenían un título universitario, frente al 43,7% en 2006, lo cual tiene que ver con la tendencia general de asignar puestos destinados a la integración de universitarios árabes, drusos y circasianos.

74.Los datos también indican una reducción del número de empleados árabes en las categorías superiores: 376 empleados en 2007, frente a 347 en 2006.

75.El 12 de marzo de 2006 el Gobierno de Israel tomó una resolución, a petición del Ministerio de Justicia, sobre la cuestión de la representación adecuada entre los pasantes de dicho Ministerio (resolución Nº 4730). El Gobierno decidió, entre otras cosas, lo siguiente:

“A.De conformidad con las disposiciones del artículo 15A, b), 2), de la Ley de la administración pública (nombramientos) se designará, en lo posible, un 10% de la clase anual de pasantes del Ministerio de Justicia solamente para el empleo de candidatos que reúnan los requisitos para una pasantía en dicho Ministerio y satisfagan una de las siguientes condiciones:

el candidato es miembro de la población árabe, incluidos los drusos y los circasianos;

el candidato o uno de sus padres nació en Etiopía;

el candidato es una ‘persona con una discapacidad grave’ según el significado dado al término en el artículo 35.252 del Estatuto de la Administración Pública …”.

76.Sobre la base de dicha resolución, se decidió recopilar un directorio de candidatos para hacer efectiva la resolución del Gobierno con respecto a la “representación adecuada”, e incluirá a los candidatos que cumplan los criterios establecidos en la resolución del Gobierno y cuyas circunstancias y aptitudes profesionales los hagan apropiados para la pasantía. En consecuencia, en 2008 el Ministerio de Justicia anunció, por segundo año, la creación de dicho directorio de candidatos a puestos de pasantía para septiembre de 2008 y marzo de 2009.

77.Municipalidades locales. En los 88 consejos o municipalidades locales de pueblos y aldeas donde la población está compuesta principalmente por árabes, drusos, beduinos o circasianos, los empleados de los organismos gubernamentales locales son casi exclusivamente miembros de esas minorías. En municipios más grandes con población mixta, como Jerusalén, Haifa y Lod, se contrata a miembros de minorías a un nivel cercano a su representación general en la población, aunque no tanto en las categorías superiores.

78.Empresas del Estado. En virtud de una enmienda del 11 de junio de 2000 a la Ley de empresas del Estado (Enmienda  Nº 11) de 5735/1975, la población árabe (que por definición incluye a las personas de origen druso y circasiano) debe estar debidamente representada en el consejo de administración de todas las empresas y organismos del Estado. Según datos reunidos en diciembre de 2008, 47 de 586 directores (8,02%) eran de origen árabe, incluidos drusos y circasianos, frente a 10 (1,7%) en 2001.

79.En H.C.J. 10026/01 Adalah c. el Primer Ministro de Israel et. al. (2 de abril de 2003) el Tribunal consideró la cuestión del nombramiento y representación de los árabes, concretamente mujeres, en los consejos de administración de empresas estatales, puesto que el demandante reclamaba que el ritmo de aplicación de la Ley de empresas del Estado por el Gobierno no era satisfactorio ni concordaba con su obligación.El Tribunal desestimó la petición, concluyendo que la aplicación paulatina de la Ley es inevitable y señaló que el propio demandante estaba de acuerdo en que no se puede obtener una representación adecuada de la población árabe en dos o incluso varios años.El Tribunal sostuvo además que los esfuerzos del Gobierno por aplicar la Ley y cumplir sus obligaciones son suficientes.

80.El 27 de junio de 2007 el Tribunal del Distrito de Jerusalén falló que no se podía descalificar a un ciudadano árabe para ser nombrado miembro de la junta de directores de Keren Kayemeth Le’Israel (KKL), el Fondo Nacional Judío, que es una entidad dual dedicada al principio de igualdad (OP 5299/06 Uri Bank c. Keren Kayemeth Le’Israel KKL). Los demandantes pedían al Tribunal que anulara la elección de los nuevos directores de KKL que se había hecho el 13 de julio de 2006, a causa de defectos fundamentales del proceso, y la elección del Sr. Radi Sfori, árabe israelí elegido como representante del Partido Meretz.

El Tribunal consideró si el proceso del nombramiento de los nuevos directores de KKL se ajustaba a la Ley de sociedades de 5759/1999, y si un árabe israelí podía ser nombrado director de una empresa que se define como “fideicomisaria del pueblo judío en la tierra de Israel”. El Tribunal determinó que el proceso de nombramiento no era defectuoso y se negó a anular las elecciones. Sostuvo que las decisiones anteriores del Tribunal reconocían el deber de toda autoridad en Israel de tratar igualmente a todos los diferentes individuos del Estado. KKL, aunque era una compañía privada, debía aplicar el principio de la igualdad, puesto que era una entidad dual.

81.El poder judicial.En los últimos 10 años ha habido un aumento considerable del número de ciudadanos árabes que trabajan en el sistema judicial israelí, lo cual se debe en gran medida al aumento de los nombramientos de miembros de poblaciones minoritarias en el Ministerio de Justicia. Actualmente, 38 de 576 jueces pertenecen a poblaciones minoritarias y la mitad de ellos han sido nombrados en los últimos 10 años. La distribución de nombramientos dentro de la población árabe es como sigue: 14 jueces musulmanes (8 nombrados en los últimos 10 años), 17 jueces cristianos (12 nombrados en los últimos 10 años) y 7 jueces drusos (5 nombrados en los últimos 10 años).

82.Condiciones de empleo de las minorías en la administración pública. Además de aumentar la representación de grupos minoritarios, la Comisión de la Administración Pública también ha adoptado medidas para reflejar las distintas necesidades y los diversos estilos de vida de los empleados minoritarios en el trabajo. Se conceden días festivos o de vacaciones con arreglo a las festividades religiosas pertinentes. Así, los empleados musulmanes tienen derecho a un día de asueto durante el Ramadán, y los cristianos pueden elegir el domingo como su día libre.

83.Además, los miembros de la población árabe empleados en la administración pública disfrutan de una ventaja única, puesto que el Estado contribuye al pago del alquiler de sus apartamentos en las proximidades del lugar de trabajo y financia los gastos semanales de desplazamiento al trabajo.

Sociedades cooperativas árabes

84.Todas las ONG israelíes reciben trato igual. En 2007 el Registro de Sociedades Cooperativas publicó en su sitio web un documento en árabe titulado “La debida administración de las sociedades cooperativas”, que es una traducción de un documento en hebreo publicado por primera vez en octubre de 2002. Además, el Registro emplea un abogado árabe que tramita las solicitudes en árabe, un abogado contratista que habla el árabe y se encarga especialmente del registro y dos contadores árabes que examinan los expedientes de las ONG. El Registro y sus representantes participaron en varias reuniones organizadas por representantes árabes y asistieron a conferencias sobre los diversos requisitos del Registro.

85.Asignación de tierras.El fallo del Tribunal Supremo en H.C.J. 6698/95 Ka’adan c. la Administración de Tierras de Israel (ILA) se examinó en el informe periódico anterior de Israel. En respuesta a ese fallo, la ILA, en cooperación con la Agencia Judía para Israel, emitió nuevos criterios de admisión que debían aplicarse uniformemente a todos los solicitantes que quisieran mudarse a pequeños asentamientos comunales establecidos en tierras del Estado. Estos criterios establecen que los solicitantes deben tener más de 20 años, presentar la solicitud individualmente o como pareja (incluidas las familias), tener suficientes recursos económicos y ser aptos para un régimen de asentamiento comunal reducido.

Si el comité rechaza una solicitud de admisión, los motivos deben basarse en una opinión objetiva, profesional e independiente. Todos los criterios de admisión deben ser evaluados previamente por la Administración y publicados.

Las decisiones del comité están sujetas al examen de un Comité de Apelaciones Públicas, que debe ser presidido por un juez retirado. Los formularios de solicitud y los reglamentos del Comité de Apelaciones deben estar a disposición del público.

86.El 22 de enero de 2007 el Tribunal Superior de Justicia había rechazado la petición de “la Hasolelim” Rural Community Association Inc., cuyo expediente se abrió contra la decisión de la Administración de Tierras de Israel (ILA) de 2 de marzo de 2006, de asignar una parcela para residencia a Ibrahim y Hilda Dwiri en el barrio de Kibbutz Hasolelim (“Nof-Alonim”) a pesar del requisito previo del servicio militar para la admisión en el vecindario.

El Tribunal explicó en la decisión que el Consejo de Tierras de Israel es el organismo autorizado para establecer la política de tierras de Israel y la ILA es el órgano autorizado para aplicar dicha política y supervisar su ejecución.

El Tribunal había establecido que a la vista de lo anterior no era necesario atender las alegaciones de los demandantes con respecto a las justificaciones para rechazar la admisión de la familia Dwiri, pero no obstante recalcó la extraordinaria severidad de la diferenciación según la nacionalidad. (H.C.J. 7574/06 “La Hasolelim” Rural Community Association Inc. c. la Administración de Tierras de Israel).

Igualdad de derechos para las personas con discapacidad

87.El Estado de Israel firmó la Convención sobre los derechos de las personas con discapacidad el 31 de marzo de 2007, como expresión de su dedicación al adelanto y la protección de los derechos de las personas con discapacidad. Los Ministerios de Justicia y de Asuntos Exteriores están estudiando actualmente las medidas necesarias para la ratificación de la Convención, incluidas las enmiendas legislativas requeridas.

88.Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad. Después de la presentación del informe periódico anterior de Israel, se creó la Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad (en adelante: “la Comisión”), se ampliaron sus facultades y se amplió considerablemente el número de empleados. La Comisión cuenta con tres servicios que se ocupan respectivamente de la accesibilidad, la integración en la sociedad y los asuntos jurídicos. El trabajo de la Comisión tiene por objeto promover políticas públicas sobre los derechos de las personas con discapacidad además de prestar asistencia a las personas que tienen dificultades. Paralelamente a la Comisión funciona un comité directivo compuesto principalmente de personas con diferentes discapacidades que representan a las principales organizaciones que actúan en esta esfera.

89.Legislación.Como ya se menciona detalladamente en el informe anterior de Israel, la legislación básica en este ámbito es la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad aprobada por el Knesset el 23 de febrero de 1998, que establecía por primera vez el derecho a la igualdad y a la dignidad humana de las personas con discapacidad y creaba un nuevo sistema de obligaciones del Estado de Israel con respecto a sus residentes discapacitados. Además de los capítulos sobre los principios fundamentales y generales, la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad cuenta con disposiciones sobre empleo, servicios de transporte público y la creación de la Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad. La Ley se enmendó en 2004 para prorrogar hasta el 2010 el período de aplicación de la disposición provisional que exigía una representación adecuada de las personas con discapacidad.

90.En2005 se reformó nuevamente la Ley para añadir el artículo E1 sobre lugares públicos y servicios públicos. Este artículo incorporó muchos elementos nuevos e importantes a la Ley, entre ellos la prohibición de la discriminación en los servicios, lugares y productos públicos, la accesibilidad de los lugares públicos y a los servicios públicos, restricciones sobre la obligación legal de accesibilidad, así como de la accesibilidad a las instituciones de enseñanza primaria, secundaria y superior y a los servicios educativos. La Ley se enmendó de nuevo en 2007 y 2008 con el fin de promover la aplicación efectiva de las disposiciones sobre accesibilidad: la reforma de 2007 trata de la aplicación de las nuevas disposiciones en cuanto a expertos en accesibilidad con licencia, y la de 2008 refuerza las disposiciones acerca de la accesibilidad en centros educativos.

91.Cabe mencionar al respecto una enmienda a la Ley de propiedad inmobiliaria de 5729/1969 aprobada el 4 de diciembre de 2001, que facilita el marco legal para la acomodación y la adaptación de las zonas comunes de los edificios de apartamentos a las necesidades de los residentes con discapacidad, en algunos casos aun sin el consentimiento de otros residentes.

92.A la aprobación de la enmienda sobre accesibilidad a la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad en 2005 siguió la sanción en ese mismo año de otras dos leyes relacionadas: la Ley de procedimientos de investigación y testimonio (Adecuación a las personas con discapacidad mental o física) de 5765/2005 y la Ley de emisiones por televisión (subtítulos y lenguaje de señas) de 5765/2005, explicadas detalladamente a continuación.

93.En diciembre de 2007 el Knesset modificó la Ley de prohibición de la difamación de 5726/1965, según la cual burlarse de una persona con discapacidad o humillarla por razón de su discapacidad, sea psicológica, mental (incluida la cognitiva), física, permanente o temporal, se considerará una difamación ilícita y prohibida.

94.Según una reciente reforma de la Ley del seguro médico nacional de 5754/1994 (Enmienda Nº 43) de 5 de noviembre de 2008, los niños autistas recibirán tres horas semanales de tratamiento paramédico (fisioterapia, logopedia y terapia ocupacional). Estos tratamientos exigirán un pago complementario mínimo de 23 nuevos sheqalim (6 dólares de los EE.UU.) por sesión. La reforma se aplicará gradualmente desde el 1º de enero de 2009.

Empleo de personas con discapacidad

95.Como se menciona en el informe anterior de Israel, las disposiciones sobre el empleo de la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad prohíben la discriminación por motivos de discapacidad, obligan a los empleadores a la realización de trabajos de adaptación razonables y exigen una representación adecuada de las personas con discapacidad en la población activa.

96.Después de la presentación del segundo informe periódico de Israel, el Gobierno promulgó varios reglamentos con vistas a promover una mayor participación de las personas con discapacidad en la población activa. El Reglamento sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad (Espacios prioritarios de aparcamiento en el lugar de trabajo) de 5762/2001 obliga a los empleadores a facilitar a todos los empleados discapacitados un espacio de aparcamiento señalizado y accesible para uso exclusivo. Este reglamento se aplica a todos los empleadores que tengan seis empleados como mínimo y que hayan facilitado espacios de aparcamiento señalizados para al menos tres de ellos. Según el Reglamento sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad (participación del estado en la financiación de las adaptaciones) de 5766/2066, todos los empleadores tienen derecho a un reembolso del Gobierno por los gastos incurridos para adaptar el lugar de trabajo a la discapacidad, el trabajo y las necesidades diarias de los empleados discapacitados (que está sujeto a una cantidad máxima por empleado).

97.Además, las disposiciones sobre empleo de la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad han sido objeto de cada vez más jurisprudencia.

98.En el primer caso a considerar, L.C 2968/01 Balilti c. la Jerusalem Post Publications Ltd (2 de diciembre de 2001), el Tribunal Laboral del Distrito de Jerusalén sostuvo que el deber de asegurar una representación adecuada de las personas con discapacidad según el artículo 9 de la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad incluye dar prioridad a estas personas sobre otros empleados igualmente cualificados en la selección para el despido.

99.En 2003, al tratar la cuestión de la obligación de realizar adaptaciones razonables, el Tribunal Laboral del Distrito de Tel Aviv sostuvo que un empleador está obligado a encontrar un empleo alternativo adecuado para un empleado cuya discapacidad se haya producido mientras realiza su trabajo (C.M. (Tel Aviv) 5712/03 Steinberg c. la Israel Electric Co.(30 de diciembre de 2003)).

100.En otro caso el Tribunal Laboral del Distrito de Nazareth dictaminó que la frase “adaptación” no se limita a la adaptación física de estructuras, equipo o accesorios, sino que es extensible a adaptaciones de índole económica. Por tanto, el empleador estaba obligado a mantener en su empleo al empleado que había quedado discapacitado y a seguir pagándole el mismo sueldo, aunque su rendimiento hubiera disminuido a causa de la discapacidad, a menos que el empleador pudiera demostrar que imponía una carga excesiva a su empresa. En este asunto, el Tribunal sostuvo que un empleado con cáncer es una persona con discapacidad a efectos de la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad (L.C (Nazaret) 1732/04 De Castro Dekel c. M.B.A Hazore’a (10 de julio de 2005)).

101.Los tribunales laborales también han tratado casos de personas con una discapacidad intelectual y/o mental cuya capacidad de trabajo se ve disminuida debido a su discapacidad. Los tribunales dictaminaron que dichas personas deben ser consideradas como “trabajadores” y como tales tienen derecho a las prestaciones resultantes de la relación entre el empleador y el empleado, y a beneficiarse de todas las leyes laborales pertinentes. En ambas sentencias, los empleadores fueron obligados a indemnizar a los demandantes con efectos retroactivos (L.C (Tel Aviv) 10973/04 Goldstein c. Na’amat; L.C (Haifa) 3327/01 Roth c. la Ram Buildings Ltd).

102.Como resultado de estas decisiones y para fomentar el empleo de personas con discapacidad intelectual y/o mental en el marco del empleo subvencionado dentro del mercado laboral abierto, se sancionó en 2007 la Ley de igualdad de derechos de personas con discapacidad empleadas como personas rehabilitadas (disposición provisional), de conformidad con la cual, una persona cuya capacidad de trabajo es menor del 19% no se considerará trabajadora, sino persona rehabilitada. De este modo, el conjunto de leyes laborales no es de aplicación, pero, al mismo tiempo, la nueva Ley otorga a la persona rehabilitada el derecho a una remuneración por trabajar y a unas condiciones que correspondan a un trabajo decente, como la licencia, la prestación por enfermedad, horas de trabajo y gastos de desplazamiento. Esta ley complementa al Reglamento sobre salario mínimo (salario ajustado para los empleados con discapacidad con una capacidad de trabajo reducida) de 5762/2002, promulgado el 21 de febrero de 2002, sobre los ajustes del sueldo mínimo para personas que ven reducida su capacidad de trabajo a distintos niveles como consecuencia de una discapacidad. El objetivo de este reglamento es alentar a los empleadores a contratar empleados cuya capacidad de trabajo se ve disminuida debido a una discapacidad, permitiéndoles pagar a dichos empleados menos del sueldo mínimo. El reglamento establece una escala de salario mínimo reducido según la capacidad de trabajo, así que un trabajador cuya capacidad de trabajo se vea reducida entre el 25% y el 50% tiene derecho a un 75% del salario mínimo; si se ve reducida entre el 50% y el 70%, al 50% del salario mínimo; y si es en más del 70%, tiene derecho a un tercio del salario mínimo. De conformidad con el reglamento, la persona con discapacidad debe solicitar al Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo que establezca la reducción de su capacidad de trabajo, que dará derecho al salario mínimo reducido. El reglamento se aplica al empleo en el mercado laboral abierto, y no al empleo protegido. Durante los primeros 20 meses de aplicación del reglamento, 1.600 personas con discapacidad solicitaron que se les ajustara el salario mínimo, y en 1.255 de los casos así se hizo.

103.El 27 de julio de 2008 se enmendó la Ley del seguro nacional (versión refundida) de 5755/1995 (Enmienda Nº 109) con el fin de seguir facilitando la integración de las personas con discapacidad en la población activa y como consecuencia de un proceso concebido para romper la conexión entre discapacidad, seguridad social y desempleo. Antes de la enmienda, una persona con discapacidad que tuviera derecho a la prestación de discapacidad del Seguro Nacional contaba con escaso o ningún incentivo para abandonar el régimen de la seguridad social y entrar en el mercado laboral, ya que, si su sueldo sobrepasaba el nivel de la prestación por discapacidad, perdía el derecho a recibir la prestación, incluso en caso de que perdiera el empleo posteriormente. La eliminación de la trampa de la prestación de discapacidad constituyó el tema central del informe elaborado por la Comisión pública para el estudio de cuestiones relativas a las personas con discapacidad y la promoción de su integración en la comunidad. La Comisión, nombrada por el Gobierno a raíz de una huelga general de personas con discapacidad en 2002 y presidida por el juez retirado Laron, presentó su informe el 21 de abril de 2005, cuya aprobación por el Gobierno dio lugar a la enmienda a la Ley del seguro nacional que permite a una persona con discapacidad ganar un sueldo mensual relativamente alto (7.000 nuevos sheqalim, lo que equivale a 1.842 dólares de los EE.UU.) sin tener que renunciar a su derecho a la prestación de discapacidad del Seguro Nacional.

Accesibilidad

104.La mencionada exhaustiva reforma de 2005 de la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad en la actividad en lugares públicos y en la prestación de servicios públicos, y exige que resulten accesibles para que las personas con discapacidad puedan beneficiarse al máximo de los servicios públicos y puedan acceder a un lugar público, desplazarse por él y disfrutar por completo de sus instalaciones. El nuevo régimen de acceso se aplica a los lugares y servicios públicos cuyo funcionamiento está a cargo del Estado y otros organismos públicos, así como a los de gestión privada.

105.Según la Ley, todos los edificios actuales y los de nueva construcción deben ser accesibles. La nueva legislación dedica disposiciones especiales a la accesibilidad y a la no discriminación relacionada con determinados ámbitos, como los contratos de seguros, las escuelas y centros de enseñanza superior, carreteras e infraestructuras en general, y servicios de emergencia.

106.Además de modificar radicalmente las normas que rigen la accesibilidad, la reforma de 2005 establece una amplia variedad de mecanismos para su aplicación: la obtención y renovación de una licencia de actividad empresarial estará condicionada ahora a conseguir el visto bueno de un experto en accesibilidad con licencia, de modo que se cumplan los requisitos del nuevo régimen de acceso. La aprobación del experto en accesibilidad también es una condición previa para obtener el permiso de planificación y llevar a cabo otros procedimientos de planificación.

107.En lo esencial de las nuevas disposiciones de aplicación, se otorgan una serie de facultades claves a la Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad: para lograr la aplicación de los requisitos de accesibilidad, la Comisión puede incoar una demanda civil o, previa notificación y según lo previsto en la Ley, dictar una orden en la que se indiquen las diversas medidas necesarias para hacer accesible un lugar o servicio concreto, junto con un calendario para la adopción de dichas medidas. El incumplimiento de los términos de una orden de accesibilidad se considerará un delito.

108.Se han promulgado varios reglamentos para reflejar las mencionadas enmiendas sobre accesibilidad: el Reglamento sobre la igualdad de derechos de las personas con discapacidad (expertos en construcción, infraestructuras y accesibilidad medioambiental con licencia) de 5767/2007 y el Reglamento sobre la igualdad de derechos de las personas con discapacidad (expertos en servicios de accesibilidad con licencia) de 5767/2007 prescriben los requisitos necesarios para la inscripción de expertos en construcción, infraestructuras y accesibilidad medioambiental con licencia y de expertos en servicios de accesibilidad con licencia, respectivamente.

Transporte

109.La legislación que exige la accesibilidad del transporte público formaba parte de la Ley original de igualdad de derechos de las personas con discapacidad. El Reglamento sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad (accesibilidad al transporte público) de 5763/2003 establece detalladamente las obligaciones de las empresas de transporte público (trenes, barcos, transporte aéreo, líneas de autobuses municipales, estaciones centrales de autobuses, estaciones ferroviarias, aeropuertos, etc.) para facilitar el acceso a las personas con discapacidad.

Vivienda comunitaria

110.Vivienda comunitaria para personas con discapacidad intelectual.Hoy viven en Israel unas 33.000 personas con discapacidad intelectual, de las cuales 25.000 reciben la atención de los servicios sociales. Algunas viven en su casa y otras en diversos establecimientos de servicios residenciales.

111.Actualmente 63 establecimientos residenciales dan alojamiento a personas con discapacidad intelectual: nueve establecimientos estatales tienen 1.816 residentes, 40 establecimientos privados, 3.740 y 14 establecimientos públicos administrados por organizaciones sin fines de lucro, 1.175.

112.Existen además varias opciones de vivienda comunitaria: 140 familias de acogida, 48 albergues (hasta 24 residentes por albergue), 21 casas comunitarias (hasta 15 residentes en cada una) y 166 apartamentos en la comunidad (hasta seis residentes por apartamento).

113.En una enmienda a la Ley de bienestar social (trato de personas con discapacidad intelectual) de 5729/1969 sancionada en 2000 se dispone que cuando una persona con discapacidad intelectual debe vivir fuera de su hogar familiar, se debe dar prioridad al alojamiento en la comunidad. El Departamento de Trato de las Personas con Discapacidad Intelectual del Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales toma medidas para que se cumpla esta prioridad, puesto que la tendencia general es trasladar a las personas de los establecimientos residenciales a las viviendas comunitarias del tipo de los albergues. En la práctica, el alojamiento en la comunidad es la opción dominante actualmente, de modo que dos tercios de las personas con discapacidad que viven fuera de sus hogares familiares residen en la comunidad.

114.A raíz de una petición reciente al Tribunal Supremo, las limitaciones establecidas por el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales sobre viviendas comunitarias se han reducido a casos en que los servicios médicos prestados en la comunidad son insuficientes o a casos de violencia o problemas graves de conducta. Con el fin de aplicar la nueva política, el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales ha decidido establecer albergues en la comunidad, donde residirán entre 16 y 24 personas con discapacidad intelectual. El Tribunal Supremo (H.C.J 3304/07 Lior Levi et. al c. el Estado de Israel et. al. (24 de septiembre de 2008) ha aprobado recientemente la revisión de las políticas del Ministerio relacionadas con las limitaciones de vivir en la comunidad y con la construcción de albergues en ella.

115.Vivienda comunitaria para personas con discapacidad física.El Departamento de Rehabilitación del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, que está encargado del tratamiento de las personas con discapacidades físicas o sensoriales, asigna el 85% del presupuesto a la vivienda comunitaria (principalmente albergues y apartamentos). El resto del presupuesto se dedica a mantener los establecimientos residenciales actuales. Desde 2001 no se han establecido nuevas residencias, puesto que la mayoría del presupuesto se invierte en vivienda comunitaria. Hace poco el Departamento llamó a licitación para construir nuevos albergues para personas con discapacidad grave. Además, los establecimientos actuales tendrán que derivar a las personas aptas de las residencias a la vivienda comunitaria.

Cultura y esparcimiento

116.Se han producido varias novedades importantes al respecto desde el informe periódico anterior de Israel. En primer lugar, los muchos avances en accesibilidad mencionados influyen en todos los aspectos de la vida de los discapacitados, incluido el acceso a acontecimientos culturales y lugares de ocio.

117.Recientemente se ha facilitado el acceso de los discapacitados a una serie de centros turísticos con la contribución de los fondos del Instituto Nacional de Seguros.

118.En septiembre de 2008 se promulgaron nuevos reglamentos que obligaban a diversos lugares públicos a adaptarse a las necesidades de las personas con discapacidad. El Reglamento sobre igualdad de derechos de las personas con discapacidad (adaptaciones para la accesibilidad a sitios públicos) de 5768/2008 establece los requisitos de accesibilidad a zonas arqueológicas, parques nacionales y reservas naturales, así como a otras zonas, principalmente bosques, gestionadas por el Fondo Nacional Judío o en su nombre. De conformidad con este reglamento, no se abrirán nuevas zonas al público a menos que se cumplan los requisitos de accesibilidad y las zonas actuales están obligadas a cumplir gradualmente los requisitos en el plazo de 10 años.

119.La mencionada Ley de emisiones por televisión (subtítulos y lenguaje de señas) establece un plan reglamentario exhaustivo en este ámbito que sustituye a su predecesora, la Ley de ayuda a las personas sordas de 1992, de carácter mucho más restrictivo. La nueva Ley impone mayores responsabilidades y restricciones a las empresas de difusión con el fin de mejorar lo máximo posible la accesibilidad de las personas con discapacidad a las emisiones de televisión.

120.En 2008 el Consejo para la Transmisión de Televisión por Cable y por Satélite, un organismo público creado en virtud de la Ley de telecomunicaciones de 5742/1982, optó por diferenciar la definición del horario de máxima audiencia para los canales infantiles, de manera que la exigencia de subtítulos coincidirá con el horario principal en que los niños con discapacidad auditiva ven la televisión. El Consejo también acordó una lista de los programas infantiles de interés general que serán subtitulados.

Cooperación internacional

121.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Información adicional

122.Para obtener más información con respecto a la eliminación de todas las formas de discriminación, véanse los informes periódicos 10º a 13º del Estado de Israel sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial (CERD), reunidos en un documento y presentados en mayo de 2005, y el tercer informe periódico del Estado de Israel sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), presentado en julio de 2008.

Artículo 3

Prohibición de la discriminación entre hombres y mujeres

123.Los tribunales de Israel siguen protegiendo y defendiendo el principio de igualdad y prohibición de la discriminación, incluida la discriminación de género. Según el fallo del Tribunal Laboral de Tel Aviv en La.A. 8704/06 Nadav Fitusi c. la N&B Bogin Sports Center Ltd: “toda discriminación basada en el género es un fenómeno social negativo que debe erradicarse por completo. La prohibición de la discriminación deriva no sólo de las disposiciones de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo de 5758/1988, sino también del principio general de igualdad que es parte de nuestro ordenamiento jurídico y está establecido en la Ley fundamental: dignidad y libertad humanas.”

En este caso,el demandante había sido empleado por el demandado como profesor de gimnasia y despedido porque el demandado deseaba reemplazarlo por una profesora. No había desacuerdo entre las partes en que el despido se debía únicamente al género del demandante.

El Tribunal sostuvo que para probar la discriminación el trabajador sólo necesitaba convencer al tribunal de que tal consideración prohibida había sido efectivamente una causa en la decisión del empleador, aunque no hubiera sido la razón principal. Sobre la base del artículo 10 de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo, el Tribunal ordenó al demandado pagar una indemnización de 30.000 nuevos sheqalim (8.108 dólares de los EE.UU.) al demandante, considerando las circunstancias particulares del caso.

Gastos de servicios de guardería

124.El 3 de abril de 2008 el Tribunal del Distrito de Tel Aviv determinó que los gastos en servicios de guardería como, por ejemplo, párvulos y actividades extraescolares, son gastos efectuados con el fin de generar ingresos, por lo cual pueden deducirse del ingreso imponible de una madre cada año fiscal. El Tribunal resolvió que esos gastos son esenciales para permitir la integración de madres con hijos de corta edad en el mercado de trabajo.

En este caso, el Tribunal sostuvo que una madre de dos hijos, abogada con actividad privada, debe trabajar muchas horas para tener éxito en su profesión y, por tanto, debe encontrar una solución para el cuidado y la supervisión de sus hijos en su horario de trabajo. Sin embargo, las autoridades tributarias se opusieron a la deducción de los gastos de guardería de la base imponible de la renta. El Tribunal sostuvo que debía establecerse una distinción entre el componente de cuidado y supervisión (incluida la cantidad necesaria para el funcionamiento de una institución dedicada al cuidado de los niños) y el componente de educación y enriquecimiento que recibe el niño cuando se encuentra en dichas instituciones.

El Tribunal subrayó que la premisa es el derecho de ambos cónyuges a satisfacer sus aspiraciones de carrera, el derecho a realizar la voluntad de ejercer su profesión y generar un sustento para ellos y sus familiares. La acogida de niños que precisan supervisión de adultos en instituciones dedicadas a su cuidado se hace para permitir a ambos padres que trabajen. Por tanto, el Tribunal ordenó que las autoridades tributarias dedujeran dos tercios de los gastos incurridos en los años en litigio. (I.T.A (Tel Aviv) 1213/04 Vered Peri c. el Asesor del impuesto sobre la renta del área metropolitana de Dan (3 de abril de 2008)).

125.El 12 de mayo de 2008 el Estado de Israel interpuso un recurso de apelación ante el Tribunal Supremo y las acciones judiciales siguen pendientes. (C.A. 4248/08 El asesor del impuesto sobre la renta del área metropolitana de Dan c. Vered Peri).

La Ley sobre la edad de jubilación de 5763/2004

126.En enero de 2004 el Knesset aprobó la Ley sobre la edad de jubilación de 5763/2004 por la que se aplican normas más equitativas en relación con la edad de jubilación.

127.La nueva Ley equipara la edad de jubilación obligatoria (67) y la edad de jubilación anticipada (60) para hombres y mujeres. En lo que respecta a la edad de jubilación que da derecho a las prestaciones de vejez, desde el 1 de abril de 2004 la edad de jubilación se elevará paulatinamente hasta fijarla, en su día, en 67 años para los hombres y 62 años para las mujeres.

128.Respecto de las mujeres que nacieron en 1950 y con posterioridad, la Ley ordena al Ministro de Hacienda que nombre un comité público, compuesto por representantes del Gobierno, de los trabajadores y de los empresarios, para examinar la cuestión de la edad de jubilación de las mujeres.

La Ley sobre las consecuencias de la legislación en la igualdad de género (reformas legislativas)

129.El 25 de noviembre de 2007 el Knesset aprobó la Ley sobre las consecuencias de la legislación para la igualdad de género (reformas legislativas), que impone el deber de examinar sistemáticamente las consecuencias que tenga cualquier legislación primaria o secundaria para la igualdad de género antes de que el Knesset la sancione. Esta Ley tiene por finalidad revelar cualquier desigualdad entre hombres y mujeres que pueda estar encubierta en los diferentes proyectos de ley, a fin de promover la igualdad entre los dos géneros. Con arreglo a esta Ley, la Dirección para el Adelanto de la Mujer presentará un dictamen a la comisión del Knesset pertinente en lo que se refiere a las consecuencias de género de un proyecto de ley o legislación secundaria cuando se presenta para su examen o aprobación. Esto permitirá a los miembros del Knesset participar en las audiencias de la comisión para informarse de las consecuencias de la legislación para los géneros, si las hay. Además, la presentación de estos dictámenes se introducirá en la Ley de la Dirección para el Adelanto de la Mujer de 5758/1998 como una de las funciones oficiales de la Dirección.

La Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la población activa y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres

130.El 10 de abril de 2008 el Knesset aprobó la Ley de promoción del adelanto y la integración de la mujer en la población activa y la adaptación de los lugares de trabajo a las necesidades de las mujeres. El propósito de esta Ley es generar un cambio en la cultura empresarial de Israel y promover la sensibilización pública para alentar a los empleadores a favorecer el adelanto y la integración de la mujer en el lugar de trabajo y, entre otras cosas, adaptarlo a las necesidades de las mujeres y los padres. De conformidad con la nueva Ley, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo concederá incentivos monetarios a los empleadores del sector privado que se comprometan a integrar y promocionar a la mujer en sus empresas, así como a los empleadores que adapten el lugar de trabajoy las condiciones de trabajo a las necesidades de las mujeres y los padres.

131.La Ley exige que el Ministro de Industria, Comercio y Trabajo establezca un consejo público para la integración y la promoción de la mujer en el lugar de trabajo, que tendrá la función de asesorar al Ministro sobre la cuestión de la mujer en el lugar de trabajo y fijará medidas para aplicar las disposiciones de la Ley. El consejo público está compuesto por 11 miembros, a saber: representantes de los ministerios gubernamentales, expertos en estudios de género, representantes de ONG de mujeres, representantes de la Dirección para el Adelanto de la Mujer, de la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo y representantes de los sindicatos y las asociaciones patronales. El consejo público estará presidido por una magistrada jubilada.

132.El Ministro de Industria, Comercio y Trabajo tiene la obligación de presentar un informe anual sobre la aplicación de la Ley a la Comisión del Knesset para el Adelanto de la Condición de la Mujer y a la Comisión del Knesset para el Trabajo, el Bienestar y la Salud.

133.Esta Ley puede servir a modo de incentivo para emplear más mujeres y promoverlas a puestos de categoría superior, así como para adaptar las condiciones de trabajo a las necesidades particulares de las mujeres, y de este modo aumentar su independencia económica.

La recopilación y procesamiento de estadísticas

134.Una modificación reciente (junio de 2008) del Decreto sobre estadísticas (nueva versión) de 5372/1972 determina que la recopilación y procesamiento de datos estadísticos relativos a las personas y la publicación de los resultados por la Oficina Central de Estadística incluirá estadísticas por género, salvo que el Estadístico Nacional disponga que existen circunstancias referentes a un asunto concreto que justifican el incumplimiento de la norma general. El Estadístico Nacional podrá disponer que la recopilación y el procesamiento de datos estadísticos y la publicación de los resultados incluyan estadísticas por género en cuestiones que tengan consecuencias para la igualdad entre los géneros, aunque no guarden relación con personas. Conforme a la enmienda, la Oficina Central de Estadística publicará, al menos una vez al año, los resultados procedentes de la recopilación y el procesamiento datos estadísticos por género. El Estadístico Nacional nombrará, previa consulta con la Dirección para el Adelanto de la Mujer, a un trabajador responsable de la aplicación de este artículo. La enmienda entró en vigor el 1º de enero de 2009.

135.En 2008 también se reformó la Ley de igualdad de derechos de la mujer de 5711/1951 para añadir dos artículos importantes relacionados con la recopilación y procesamiento de información: el artículo 3A establece que cualquier persona física o jurídica que solicite a una persona que indique los nombres de sus padres en un formulario u otro documento, deberá solicitar los nombres de ambos padres (siempre que la persona los sepa). El artículo 6C3 establece que un órgano público que recopila y procesa información relativa a las personas y que publica dicha información con fines estadísticos deberá hacer referencia al género en su actividad. El Ministro competente o la persona encargada pueden determinar que en alguna cuestión concreta existan circunstancias que justifiquen no hacerlo. La persona encargada puede decidir que la recopilación y el procesamiento de datos estadísticos y la publicación de los resultados incluyan estadísticas por género, aunque la información no se refiera a las personas en asuntos relacionados con el género. La enmienda entró en vigor el 1º de enero de 2009.

La Dirección para el Adelanto de la Mujer

136.La Dirección para el Adelanto de la Mujer ha presentado un informe detallado de sus medidas y programas titulado “Beijing + 10” y publicado en marzo de 2005.

Enmienda a la Ley de igualdad de derechos de la mujer

137.Antes de la mencionada reforma, la Ley de igualdad de derechos de la mujer fue enmendada en 2005. La cuarta enmienda a la Ley (20 de julio de 2005) estableció que todo equipo de tareas nombrado por el Gobierno para la elaboración de políticas exteriores y/o nacionales (incluso los equipos de negociación que trabajan para lograr un acuerdo de paz) debe contar con un número adecuado de mujeres. Para cumplir y aplicar eficazmente esta disposición, el órgano encargado de la designación debe informar sobre su composición a la Dirección para el Adelanto de la Mujer, que a su vez examinará los pormenores. Por último, dicha información se recopilará en un informe anual relativo a la representación adecuada de la mujer en los equipos de tareas para la elaboración de políticas nacionales, que se presentará a la Comisión del Knesset para el Adelanto de la Condición de la Mujer. Los datos actuales indican que el 37% de todos los representantes de las comisiones del Gobierno y los equipos de trabajo son mujeres.

Enmienda a la Ley de prevención del acoso sexual de 5758/1998

138.En términos generales, la Ley de prevención del acoso sexual establece que la víctima ha de expresar una falta de interés en mantener relaciones sexuales para que la situación constituya un acto de acoso sexual. No obstante, como se detalla en el informe anterior de Israel, se hicieron varias excepciones importantes a esta norma en cuyas circunstancias se aplica la “presunción de acoso sexual” aunque la víctima no haya mostrado una falta de interés. Estas excepciones se pueden dividir en dos categorías principales: la primera engloba los actos que constituyen delitos graves con independencia del delito de acoso sexual, como actos indecentes o chantaje; la segunda categoría está constituida por los casos en que una persona abusa de su posición de autoridad, que pueden darse en un contexto educativo, médico y laboral.

139.En 2004 y 2007 se enmendó la Ley para incluir a las siguientes víctimas en la “presunción de acoso sexual”:

139.1.Un menor de 15 años, cuando el acosador es un adulto, aunque el acto no se haya cometido por abuso de autoridad.

139.2.Un alumno de 12º a 14º grado, cuando el acto se ha cometido por abuso de autoridad.

139.3.Una persona rehabilitada, como se especifica en la Ley de igualdad de derechos de las personas con discapacidad empleadas durante la rehabilitación (disposición temporal) de 5767/2007, mientas está empleada y por abuso de autoridad.

El acoso sexual en el lugar de trabajo

140.Con arreglo a la Ley de prevención del acoso sexual, un empleador de más de 25 empleados está obligado a establecer un código de prácticas en el que se detallen las principales disposiciones de la Ley relativas al acoso sexual y al trato desfavorable en la esfera de las relaciones laborales, y los procedimientos determinados por el empleador para presentar demandas por acoso sexual o trato desfavorable y para atender dichas demandas. El empleador debe difundir el código de prácticas entre sus empleados y empleadas. La Ley también obliga al empleador a nombrar un supervisor de cuestiones de acoso sexual que es responsable, entre otras cosas, de tramitar las demandas de acoso sexual y trato desfavorable y de adoptar medidas encaminadas a aumentar la sensibilización de sus empleados sobre el asunto.

141.La Dirección para el Adelanto de la Mujer (en adelante: “la Dirección”) comenzó en 2007 a reunir datos sobre el cumplimiento de la obligación de nombrar un supervisor en las municipalidades locales y en empresas estatales. A finales de 2008, 900 de los 2.600 empleadores contactados por la Dirección en el sector privado, 172 de las 250 municipalidades locales y 48 de las 65 empresas estatales, 140 kibbutzim y todos los ministerios gubernamentales habían nombrado un supervisor.

142.Casi al final de 2007 la Dirección puso en marcha el primer curso de capacitación para supervisores, en cooperación con la Unión de Administraciones Locales de Israel.

143.En octubre de 2007 la Dirección para el Adelanto de la Mujer, junto con la Dirección de Aplicación de las Leyes y de Reglamentación del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, lanzó una campaña de promoción de la aplicación de las leyes y de sensibilización, durante la cual se distribuyeron códigos de prácticas modelo en los lugares de trabajo de todo el país y se reunieron datos acerca de la aplicación de las disposiciones de la Ley. Se llevaron a cabo inspecciones en 163 lugares de trabajo, donde hay empleados 15.000 trabajadores en total, y se hizo patente que la mayoría de los empleadores (66%) cumplen con la obligación de publicar un código de prácticas.

144.También se puede acceder fácilmente a los códigos de prácticas modelo en varios idiomas (hebreo, árabe, ruso, amhárico e inglés) en el sitio web de la Dirección.

145.En los últimos años el Tribunal Supremo ha demostrado un criterio estricto hacia el acoso sexual en el lugar de trabajo y entre otras cosas se ha establecido que el término “posición de autoridad” no se limite a un empleador o superior directo, sino que se refiera también a cualquier posición de influencia, poder o autoridad (C.S.A 1599/03 Tapiro c. la Comisión de la Administración Pública(16 de diciembre de 2003)).

146.En otra decisión sobre el acoso sexual en el lugar del trabajo, el Tribunal Supremo rechazó una apelación del director adjunto de enfermeros del Centro de Salud Mental de Be’er-Sheva, que había sido declarado culpable de acosar a enfermeras durante un curso de capacitación (C.S.A 11976/05 Ruchi Halil c. la Comisión de la Administración Pública (11 de abril de 2007)). El Tribunal falló que en repetidas ocasiones el apelante había dirigido a sus subordinadas palabras de contenido sexual, lo cual constituye acoso sexual conforme a la Ley. El Tribunal Disciplinario condenó al apelante a amonestación severa, descenso de una categoría por un período de dos años, traslado a otro hospital estatal y descalificación para el servicio de capacitación de enfermeras por un período de tres años.

147.En otra causa, el Tribunal Supremo aceptó la apelación en que el Estado pedía que se aplicara un castigo más severo al director de la división de comunicaciones del Ministerio de Defensa, que había sido declarado culpable de acosar sexualmente a tres empleadas de su división (C.S.A 7233/02 El Estado de Israel c. Shahar Levi (1º de mayo de 2003)). El Presidente del Tribunal Supremo consideró las circunstancias del caso, en que el director superior había acosado repetidamente a su subordinada y además había intentado impedirle que lo denunciara abusando de su autoridad y posición de poder sobre ella y otros subordinados, y sostuvo que no debía ser empleado en la administración pública. Por tanto, el director fue condenado a amonestación severa, despido inmediato y descalificación para el empleo en la administración pública hasta cumplir 65 años.

148.En un caso reciente, el Tribunal Laboral de Israel sostuvo que no se atenderán demandas de la defensa que aleguen consentimiento o seducción por la víctima cuando se trate de relaciones entre colegas basadas únicamente en relaciones sexuales aleatorias. A fin de no incurrir en responsabilidades, se debe informar al superior o al jefe de la organización de la existencia de una relación y del hecho que es consentida (La.A274/06 Anónimo c. Anónimo).

La Ley de prevención del acecho de 5762/2001

149.El 16 de octubre de 2001 el Knesset sancionó la Ley de prevención del acecho, destinada a proteger a las personas contra la perturbación de su vida, su intimidad o sus elecciones personales y contra lesiones físicas a manos de otra persona que las haya acechado o causado daño físico. La Ley define el acecho como “acoso de una persona por otra o amenazas contra una persona en circunstancias que dan motivos razonables para suponer que el acechante o persona que representa una amenaza podría seguir dañando o perturbando la vida de la víctima, su intimidad o su elección, o causarle daño físico”. El acecho puede incluir los siguientes actos: espiar o emboscar a una persona o cualquier otro acto que siga los movimientos o vulnere la vida privada de la persona; infligir daño real o incluso amenazar con ello; establecer contacto verbal, escrito o cualquier otra forma de contacto con la persona; dañar los bienes de la persona, empañar su buen nombre o limitar su libertad de circulación.

150.Según la Ley, el tribunal que declara a una persona culpable de acecho puede imponerle una orden de alejamiento que le prohíba cometer cualquiera de los siguientes actos: acosar a la víctima en cualquier forma o en cualquier lugar; amenazar a la víctima; espiar o emboscar a la víctima, seguir los movimientos o actos de la víctima o vulnerar la vida privada de la víctima de cualquier otra manera; y establecer cualquier comunicación verbal, escrita o cualquier otra forma de comunicación con la víctima. Si las circunstancias del acecho dan motivos razonables para temer la continuación de la perturbación o el daño efectivo de la vida de otra persona, el tribunal puede incluir en la orden de alejamiento una prohibición de cometer los siguientes actos: estar presente dentro de una distancia determinada de la residencia, el automóvil o el lugar de trabajo de la víctima o cualquier otro lugar que la víctima visite a menudo; llevar o poseer armas de fuego, incluidas armas expedidas por la autoridad de seguridad o cualquier otro órgano gubernamental; todo ello actuando contra la víctima o un pariente de la víctima, explícita o implícitamente, directa o indirectamente.

151.En 2008 se enmendó la Ley de prevención de la violencia doméstica de 5751/1991 para estipular que un tribunal no debería rechazar una solicitud de una orden de protección con arreglo a esta Ley ni una solicitud de una orden para prevenir el acecho, con arreglo a la Ley de prevención del acecho, sin antes dar al demandante una oportunidad de formular sus demandas. Dicha enmienda incorpora la recomendación del Comité intergubernamental para la prevención de la violencia doméstica. Dado que en la mayoría de los casos la víctima es una mujer, la instrucción prescrita por la Ley facilita a las mujeres la libertad personal y, al hacerlo, las ayuda a integrarse mejor en la sociedad.

Trata de mujeres

152.Desde la presentación del informe periódico anterior, Israel ha tomado varias medidas importantes para combatir la trata de personas para cualquier fin, como se detalla en el artículo 6 siguiente. Se ha prestado mucha atención a esta cuestión y se ha promovido en todos los niveles: legislativo, judicial y administrativo. El resultado ha sido una gran disminución del número de víctimas de trata para la prostitución. Para obtener información más detallada sobre la prevención de la trata de mujeres y el trato y la asistencia a las víctimas de la trata de personas, véase el tercer informe periódico del Estado de Israel sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR).

Rehabilitación y tratamiento de mujeres dedicadas a la prostitución

153.En enero de 2007 se destinaron considerables fondos del Gobierno para la rehabilitación y el tratamiento de mujeres dedicadas a la prostitución y se estableció una comisión interministerial, presidida por el director de la Dirección para el Adelanto de la Mujer. La aplicación del programa comenzó en 2008, según el cual se pondrán en marcha apartamentos de emergencia para ofrecer refugio temporal a las mujeres que se dedican a la prostitución, se renovará y ampliará el dispensario móvil para el tratamiento de las niñas y mujeres que ejercen la prostitución, se activará una línea de atención telefónica nacional para facilitar un alivio inicial a su sufrimiento, se establecerá un refugio para tratamiento psicológico y rehabilitación prolongada, centros de día de rehabilitación mental y profesional y se lanzará una campaña educativa para las escuelas y el público en general. En Tel Aviv y Haifa ha comenzado la aplicación de dichos programas.

Información adicional

154.Para obtener más información con respecto a la igualdad de géneros, véase el tercer informe periódico del Estado de Israel sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ICCPR), especialmente con respecto a lo siguiente:

Prevención y tratamiento de la violencia doméstica contra la mujer;

Tratamiento de las víctimas de violencia sexual;

Representación de la mujer en los partidos políticos y en el Knesset;

La mujer en el Gobierno, las autoridades locales y la administración pública;

La mujer en el poder judicial y la abogacía en el sector público;

La mujer en las fuerzas armadas y la policía.

Artículo 6

Derecho al trabajo

Convenciones internacionales pertinentes obligatorias para Israel

155.Desde la presentación del segundo informe periódico, Israel ha presentado varios informes actualizados en relación con los convenios de la Organización Internacional del Trabajo, como se detalla en el artículo 7 siguiente.

Empleo y desempleo: niveles y tendencias

156.Israel ha disfrutado de un período de rápido crecimiento de su economía en los últimos años. Durante 2004 y 2005, el Producto Interno Bruto (PIB) creció a una tasa media anual del 5%, el 5,2% en 2006, atribuible principalmente a una rápida expansión de las exportaciones como consecuencia de la demanda y que ha ido acompañada de otros indicadores económicos, como una clara reducción del desempleo, una asombrosa reducción del déficit público y un superávit en la balanza de pagos, en marcado contraste con el déficit que era lo normal durante las décadas anteriores. El PIB real en precios corrientes ascendió a 633.000 millones de nuevos sheqalim (166.000 millones de dólares de los EE.UU.) en 2006, frente a 589.000 millones de nuevos sheqalim (155.000 millones de dólares de los EE.UU.) en 2005.

157.Con una afluencia relativamente baja de nuevos inmigrantes a Israel, el crecimiento de la población se ha estabilizado en torno al 1,8% anual, es decir, que el PIB per cápita ha aumentado espectacularmente y se ha mantenido en más del 3% anual durante dicho período. A pesar de la guerra en el Líbano durante el verano de 2006, la economía se ha mantenido inalterada en gran medida, principalmente como consecuencia de la flexibilidad de la población activa, la índole de alta tecnología de las exportaciones junto con la ubicación geográfica y una firme decisión de cumplir los plazos globales en los mercados de exportación.

158.El PIB por cápita en 2006 alcanzó 78.546 nuevos sheqalim (20.140 dólares de los EE.UU.), que representa un aumento del 3,2% con respecto a 2005.

159.La economía siguió creciendo rápidamente en el año 2007 a un ritmo similar al de 2006, a pesar de una clara desaceleración en muchas economías mundiales destacadas hacia finales de año.

160.Como se señaló en el informe periódico anterior de Israel, había 2,1 millones de personas empleadas en 1999, cuyo número aumentó a 2,6 millones en 2006, un aumento anual del 2,7% desde 1999. El desempleo siguió descendiendo y en 2007 se mantuvo en el 7,3%, frente al 8,9% en 1999.

Cuadro 1

Empleo y desempleo: niveles y tendencias, 1999-2007

1999

2006

2007

Población total

Más de 15 años (en miles)

4 358,5

5 053,1

5 142,4

Fuerza laboral civil

Número (en miles)

2 345,2

2 809,7

2 893,8

Tasa de participación ( porcentaje )

53,8

55,6

56,3

Empleados (en miles)

2 136,7

2 573,6

2 682

Desempleados

Número (en miles)

208,5

235,1

211,8

Tasa de desempleo ( porcentaje )

8,9

8,4

7,3

Judíos

Más de 15 años (en miles)

3 616,2

4 104

4 168,2

Población activa civil

Número (en miles)

2 029,4

2 402,2

2 459,2

Tasa de participación ( porcentaje )

56,1

58,5

59

Empleados (en miles)

1 857

2 209,8

2 291,6

Desempleados

Número (en miles)

172,4

192,4

167,6

Tasa de desempleo ( porcentaje )

8,5

8

6,8

Hombres

Más de 15 años (en miles)

2 116,3

2 459,5

2 504,3

Población activa civil

Número (en miles)

1 285

1 502,1

1 546,7

Tasa de participación ( porcentaje )

60,7

61,1

61,8

Empleados (en miles)

1 176,2

1 383,6

1 441,9

Desempleados

Número (en miles)

108,8

118,5

104,8

Tasa de desempleo ( porcentaje )

8,5

7,9

6,8

Mujeres

Más de 15 años (en miles)

2 242,2

2 593,7

2 638,1

Población activa civil

Número (en miles)

1 060,2

1 307,6

1 347,1

Tasa de participación ( porcentaje )

47,3

50,4

51,1

Empleadas (en miles)

960,5

1 190

1 240,1

Desempleadas

Número (en miles)

99,7

117,6

107,0

Tasa de desempleo ( porcentaje )

9,4

9

7,9

Árabes y otras nacionalidades

Más de 15 años (en miles)

742,2

949,1

974,2

Población activa civil

Número (en miles)

315,8

407,5

434,6

Tasa de participación ( porcentaje )

42,5

42,9

44,6

Empleados (en miles)

279,7

363,8

390,4

Desempleados

Número (en miles)

36,1

43,7

44,2

Tasa de desempleo ( porcentaje )

11,4

10,7

10,2

15 a 17 años

Más de 15 años (en miles)

324,1

346,3

350,6

Población activa civil

Número (en miles)

29,6

32,5

32,6

Tasa de participación ( porcentaje )

9,2

9,4

9,3

Empleados (en miles)

24,1

24,1

24,1

Desempleados

Número (en miles)

5,5

8,4

8,6

Tasa de desempleo ( porcentaje )

18,6

25,9

26,3

18 a 24 años

Más de 15 años (en miles)

739,9

794

801,2

Población activa civil

Número (en miles)

325,1

338,7

340,5

Tasa de participación ( porcentaje )

43,9

42,7

42,5

Empleados (en miles)

271,2

279,4

289,2

Desempleados

Número (en miles)

53,8

59,3

51,3

Tasa de desempleo ( porcentaje )

16,6

17,5

15,1

25 a 54 años

Más de 15 años (en miles)

2 292,2

2 646,6

2 683,4

Población activa civil

Número (en miles)

1 739,1

2 035,4

2 087,9

Tasa de participación ( porcentaje )

75,9

76,9

77,8

Empleados (en miles)

1 604,8

1 891,5

1 958,1

Desempleados

Número (en miles)

134,3

144

129,8

Tasa de desempleo ( porcentaje )

7,7

7,1

6,2

55 a 64 años

Más de 15 años (en miles)

402,3

566,7

601,4

Población activa civil

Número (en miles)

198,1

332,6

363,1

Tasa de participación ( porcentaje )

49,2

58,7

60,4

Empleados (en miles)

184,8

310,9

343,8

Desempleados

Número (en miles)

13,3

21,7

19,3

Tasa de desempleo ( porcentaje )

6,7

6,5

5,3

Residentes en zonas de desarrollo

Más de 15 años (en miles)

452

505,7

512,4

Población activa civil

Número (en miles)

240,9

285

288,7

Tasa de participación ( porcentaje )

53,3

56,4

56,3

Empleados (en miles)

212,2

253,9

259,0

Desempleados

Número (en miles)

28,8

31

29,7

Tasa de desempleo ( porcentaje )

11,9

10,9

10,3

Nuevos inmigrantes

Más de 15 años (en miles)

719,5

853,3

877,7

Población activa civil

Número (en miles)

397,8

507,4

530,5

Tasa de participación ( porcentaje )

55,3

59,5

60,4

Empleados (en miles)

352,6

470,7

497,1

Desempleados

Número (en miles)

45,2

36,7

33,4

Tasa de desempleo ( porcentaje )

11,4

7,2

6,3

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Tendencias en el empleo entre categorías determinadas de trabajadores

161.Han seguido llegando nuevos inmigrantes a Israel, procedentes principalmente de la ex Unión Soviética, aunque a un ritmo más lento que durante el decenio anterior. Desde 1999 la tasa de inmigración ha disminuido notablemente y el tasa de desempleo entre este grupo ha descendido hasta sólo un 6,3% en 2007 (frente a un 11,4% en 1999).

162.En el período entre 1999 y 2006 el desempleo era especialmente acusado entre el grupo de 18 a 24 años, aunque se apreció una disminución en esta categoría puesto que el desempleo se mantuvo en el 16,6% en 1999 y descendió al 15,1% en 2007.

163.Aunque también se ha evidenciado un descenso del desempleo entre la población árabe, las tasas de desempleo se mantienen relativamente altas, a saber: un 11,4% de árabes estaban desempleados en 1999, frente a un 10,2% en 2007, en comparación con una tasa de desempleo del 8,5% entre la población judía en 1999, que descendió al 6,8% en 2007.

Políticas de empleo

164.La reciente tendencia descendente drástica en el desempleo es un claro reflejo del crecimiento económico mencionado. La tasa de desempleo real descendió del 10,9% del primer trimestre de 2004 al 7,7% del cuarto trimestre de 2006 y esa tendencia descendente también siguió dándose en el año 2007.

165.La naturaleza cada vez más mundializada del comercio ha supuesto que gran parte de la expansión de las exportaciones israelíes se deba a su relativo liderazgo en el mercado, que permite un mayor volumen de ventas incluso ante una competencia mundial en aumento. El mercado laboral refleja dichos cambios puesto que existe una demanda notable de algunos profesionales, especialmente en la esfera de la alta tecnología.

166.Como se ha mencionado en el anterior informe de Israel, en los últimos años ha habido una conciencia creciente de la necesidad de una mayor intervención del Gobierno para ayudar a los desempleados cuyas posibilidades de volver al trabajo se verían menoscabadas sin esa asistencia. En consecuencia, varios ministerios participan en programas de mantenimiento de los ingresos y formación profesional para ayudar a los desempleados.

167.Entre los programas para mejorar las oportunidades de empleo cabe señalar principalmente los siguientes:

167.1.Simplificación de los procedimientos del Servicio de Empleo para alentar a los empleadores a buscar trabajadores a través del Servicio y mejorar la adecuación de las ofertas de trabajo a los solicitantes de empleo.

167.2.Reincorporación en el mercado laboral de los beneficiarios de prestaciones sociales de larga duración y ayuda para lograr la autosuficiencia (programa de orientación laboral “Lights for Employment”).

167.3.Formación profesional, reciclaje profesional y formación en el empleo (detallados a continuación).

168.El programa de orientación laboral “Lights for Employment” se instituyó en agosto de 2005 con el objetivo de reincorporar en el mercado laboral a los beneficiarios de prestaciones sociales y ayudarles a ser autosuficientes. El programa se ha puesto en marcha de forma experimental en varias zonas de Israel y está basado en los preceptos legales que definen sus principios y objetivos (la Ley de política económica para el ejercicio 2004 (reformas legislativas) de 5764/2003). En julio de 2007 se enmendó esta Ley y el programa ha sido ampliado hasta el 31 de julio de 2009. Se han establecido cuatro centros gestionados por empresas privadas (Jerusalén, Ashkelon, Hadera-Netanya y Nazareth-Ein Mahal).

Promoción de oportunidades de empleo entre las poblaciones minoritarias

Turismo

169.Desde la presentación del segundo informe periódico, el Gobierno de Israel ha dedicado una enorme actividad al desarrollo del turismo como fuente de empleo e ingresos entre la población árabe, como parte del propósito general de promover y favorecer la prosperidad económica en la población árabe y de esta manera reducir las diferencias con respecto a la población judía.

En consecuencia, en el plan plurianual de 2000 y en los otros dos planes plurianuales para el desarrollo de la población árabe en el Norte (mencionado en el artículo 2) se prestó especial atención a esta cuestión y se asignó el presupuesto necesario.

170.Entre 2000 y 2008 el Ministerio de Turismo invirtió 21.173.000 nuevos sheqalim (5.571.842 dólares de los EE.UU.) en el desarrollo de infraestructuras de turismo en localidades árabes. El Ministerio de Turismo proporciona además ayudas económicas y orientación profesional a los empresarios para la creación de dependencias de alojamiento rural (Zimmers), así como para otras iniciativas relacionadas con el turismo.

Agricultura

171.El Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural dedica considerables esfuerzos y recursos al desarrollo y promoción de la actividad agrícola en las poblaciones minoritarias y de esta manera mantener y generar nuevas oportunidades de empleo. En 2007 y 2008 el Ministerio destinó un presupuesto de 20 millones de nuevos sheqalim (5,12 millones de dólares de los EE.UU.) al desarrollo agrícola en localidades árabes, en dos esferas fundamentales: infraestructuras y granjas individuales.

172.Con respecto a las infraestructuras generales, el Ministerio ofrece ayudas económicas (subvenciones del 60% al 100% del costo) para la reconstrucción de caminos agrícolas en todas las localidades árabes del país. Además, el Ministerio ofrece ayudas económicas para la eliminación de corrales y establos situados en el centro de las aldeas árabes y reubicarlos en zonas designadas de tierras del Estado fuera de dichas aldeas, así como en tierras privadas.

173.El Ministerio participa (subvenciones del 60% del costo) en la reconstrucción y sustitución de conducciones de abastecimiento de agua para uso agrícola en las aldeas árabes de todo Israel y también colabora en la preparación de programas de turismo agrícola en las aldeas árabes, incluido el Negev.

174.La actividad de desarrollo sobre granjas individuales se puede dividir en tres ramas principales: ganado, cultivos de hortalizas y plantaciones. Con respecto al ganado, se ofrecen ayudas económicas (60% del costo) para establecer instalaciones de ordeño. Entre las actividades para promover el ámbito del cultivo de hortalizas se incluyen ayudas económicas (30% del coste) para facilitar la construcción de invernaderos para el cultivo de hortalizas destinadas al mercado local, en el marco del programa de fortalecimiento del norte de Israel. Se ofrecen además ayudas económicas para la creación de hábitats para el cultivo de hortalizas en el año de barbecho judío, para su comercialización a nivel local. La actividad sobre el ámbito de las plantaciones incluye ayudar al establecimiento de fábricas de embalajes y fábricas de hielo (en el marco del programa de fortalecimiento del norte de Israel), y ayudas económicas para la plantación de olivos y almendros, que varían según la situación geográfica (20% en el centro de Israel y entre 25% y 40% en el norte).

175.Las actividades de desarrollo mencionadas se suman a la utilización de financiación adicional disponible para el público en general.

176.Además, el Ministerio decidió destinar dos millones de metros cúbicos de agua para granjeros beduinos, que la recibirán con arreglo al un procedimiento creado para tal fin.

177.A fin de minimizar el daño causado a los agricultores árabes debido al recorte general de agua para agricultura en Israel, se decidió impulsar una política especial de distribución de agua para la población árabe, por lo que desde 2006 los cupos de agua para estos agricultores se determinan según su uso real en los tres años previos. Por consiguiente, no sufrirán los recortes efectuados en los últimos años debido a la escasez de agua.

178.El Proyecto del Valle de Beit Netofa que se detalla en el informe anterior de Israel ha progresado desde entonces. Se crearon asociaciones agrícolas para los agricultores de Araba y Sakhnin y está previsto que reciban la propiedad del proyecto y lo gestionen una vez terminado.

La población beduina del Negev (sur)

179.Para fomentar el empleo entre los miembros de poblaciones minoritarias de la zona sur del Negev, se ha decidido que una fábrica o un empresario del sector de la industria, los servicios o el turismo que contrate un mínimo de 4 nuevos empleados de la población beduina o judía ultraortodoxa, tendrá derecho a la devolución de entre el 15% y el 20% de los costos salariales mensuales de estos trabajadores durante un período de 5 años. Al empleador también se le reembolsarán los gastos del transporte organizado para ir al lugar de trabajo y de regreso, hasta un total de 3.000 nuevos sheqalim (810 dólares de los EE.UU.) por trabajador y año.

180.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo es consciente de las dificultades inherentes que afrontan los empresarios de la población beduina, como una capacidad financiera limitada, y por tanto está adoptando medidas para cubrir estas lagunas. El Ministerio ha creado en Rahat un centro para el fomento del espíritu de empresa entre las poblaciones árabe y beduina que está mejor equipado para atender las necesidades de estas poblaciones. Además, con el fin de apoyar a los empresarios entre la población beduina del Negev, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo ha establecido un programa único de préstamos para pequeñas empresas.

181.Centros de empleo para la población beduina: en el marco de la cooperación entre el Gobierno y el Comité Mixto Norteamericano Judío de Distribución, se decidió crear centros de empleo especiales en las ciudades beduinas, que ayudarán a aumentar el número de personas empleadas y a la creación de pequeños negocios y empresas, y cambiarán las percepciones y las normas de la población beduina con respecto al empleo, incluido el fomento del empleo de la mujer, ofreciéndole formación específica al efecto. Está previsto que se establezcan tres de estos centros el próximo año.

182.Además, como se menciona en el artículo 2 anterior, se enmendó la Orden de fomento de las inversiones de capital para fortalecer las localidades árabes, incluidas las comunidades beduinas. Actualmente se han planificado 17 zonas industriales en el distrito sur, tres de las cuales (17%) se encuentran en ciudades beduinas: Rahat, Segev Shalom y Hura. Además, dos nuevas zonas industriales en estado de planificación avanzado atienden también a la población beduina: Shoket (para Hura, Lakia, Meitar y Bney Shimon) y Lehavim (para Rahat, Lehavim y Bney Shimon). El desarrollo de todas estas zonas es uniforme y está sujeto a los mismos criterios generales.

183.Se han elaborado programas especiales de formación profesional especialmente destinados a la población beduina, con el fin de aumentar las tasas de empleo y elevar el número de estudiantes de ambos sexos matriculados en cursos de enseñanza superior.

184.Se ha formulado un modelo económico para el empleo independiente de mujeres de localidades beduinas en trabajos de costura, bordado y cocina, en que las mujeres comercializan sus productos en ferias especiales y en el extranjero. Las mujeres recibirán formación sobre la elaboración de un modelo de organización comercial, la creación de una línea de productos y sobre los medios apropiados de comercialización. El proyecto tendrá una duración de tres años, durante los cuales las mujeres abrirán negocios independientes. Actualmente el proyecto funciona en Kseife con la participación de 20 mujeres.

Oportunidades de empleo para las personas con discapacidad

185.Con respecto a las oportunidades de empleo para las personas con discapacidad, desde la presentación del informe periódico anterior de Israel se han producido considerables avances legislativos y judiciales para promover la integración de las personas con discapacidad en la población activa y mejorar su proceso de rehabilitación. Estos avances se detallan en el artículo 2 anterior.

186.Los datos recientes indican una mejora moderada de la tasa de empleo de las personas con discapacidad, especialmente entre quienes tienen discapacidades graves (42% en 2005 frente a 36% en 2002).

187.Según la Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad, los adultos con discapacidad que están en edad laboral (de 20 a 64 años) constituyen el 17,6% de la población. Su tasa de empleo es más baja que la del resto de la población, especialmente entre las personas con discapacidad grave, lo que contribuye a aumentar los niveles de pobreza y exclusión social. Además, la tasa de desempleo entre la población discapacitada es muy alta, especialmente entre las personas con discapacidad grave.

Cuadro 2

Personas empleadas, personas desempleadas y personas que están fuera de la población activa, por gravedad de la discapacidad, entre 20 y 64 años, 2005 (porcentaje)

Nivel de discapacidad

Personas empleadas

Personas desempleadas

Personas que están fuera de la población activa

Sin discapacidad

69,3

5,7

25,0

Con un problema pero sin discapacidad

69,9

6,2

25,8

Discapacidad moderada

52,1

6,7

41,1

Discapacidad grave

33,4

8,4

58,1

Fuente: Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad, personas con discapacidad en Israel, 2007.

Cuadro 3

Personas desempleadas que están fuera de la población activa, entre 20 y 64 años, 2005 (porcentaje)

Nivel de discapacidad

Personas desempleadas

Discapacidad grave

20

Discapacidad moderada

11,4

Con un problema pero sin discapacidad

8,4

Sin discapacidad

7,6

Fuente: Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad, personas con discapacidad en Israel, 2007.

188.Empleo de personas con discapacidad, por género. El examen del estado de empleo relativo de los hombres y las mujeres con discapacidades no revela diferencias significativas entre ellos.

189.El Instituto Nacional de Seguros se encarga del pago de las pensiones a determinados sectores de la población según establecen las leyes y los reglamentos. La pensión general de discapacidad está concebida como ingreso mínimo para atender las necesidades cotidianas de las personas con discapacidad.

Cuadro 4

Personas con discapacidad en Israel, por gravedad de la discapacidad, empleo y tipo de pensión, entre 20 y 64 años, 2005 (porcentaje)

Tipo de pensión

Gravedad de la discapacidad

Personas desempleadas

Personas empleadas

Que reciben una pensión

Que no reciben una pensión

Total

Que reciben una pensión

Que no reciben una pensión

Total

Pensión general de discapacidad

Grave

25,2

41,3

66,5

3,4

30

33,5

Moderada

9

38,5

47,5

1,5

51

52,5

Total

15,1

39,6

54,7

2,2

43

45,3

Otra pensión del Instituto Nacional de Seguros

Grave

41,3

25,2

66,5

6,2

27,3

33,5

Moderada

23,3

24,2

47,5

4,9

47,6

52,5

Total

30,1

24,6

54,7

5,4

39,9

45,3

Fuente: Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad, personas con discapacidad en Israel, 2007.

190.Las evaluaciones del ingreso por persona indican que el ingreso medio por persona de los hogares donde vive una persona con discapacidad grave se mantiene en el 60% del de los hogares sin personas discapacitadas y el 70% del de los hogares donde viven personas con discapacidad moderada.

Cuadro 5

Ingreso medio por persona (neto) de las personas con discapacidad, como porcentaje del ingreso de las personas sin enfermedad crónica ni discapacidad, 2002-2006

Discapacidad

2002

2003

2004

2005

2006

Con un problema pero sin discapacidad

105

112

107

109

110

Discapacidad moderada

84

84

84

83

85

Discapacidad grave

74

71

66

67

73

Fuente: Comisión de igualdad de derechos de las personas con discapacidad, personas con discapacidad en Israel, 2008.

191.En 2005 el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo estableció el Departamento para la integración de las personas con discapacidad en la población activa. Este Departamento se encarga de promover su integración en el mercado laboral abierto en lugar de recurrir al empleo protegido, por medio, entre otras medidas, de la aplicación del mencionado Reglamento sobre la igualdad de derechos de las personas con discapacidad (participación del Estado en la financiación de las adaptaciones) y del Reglamento sobre salario mínimo (salario ajustado para los empleados con discapacidad con una capacidad de trabajo reducida).

Empleo y libertad individual: el derecho al trabajo como derecho constitucional

192.Esta cuestión se ha examinado ampliamente en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

El derecho al trabajo como derecho establecido

193.Entre los avances en este ámbito, se han introducido varios casos de protección legal de la seguridad en el empleo. La Ley del empleo femenino se ha reformado varias veces en 2007 y 2008 para asegurar todos los derechos a las mujeres trabajadoras, incluidos los distintos aspectos de la seguridad en el trabajo (detallados a continuación).

194.Como se detalla en el informe anterior de Israel, expertos y organizaciones de trabajadores han criticado la Ley de empleo de trabajadores por empresas de trabajo temporal de 5756/1996, descrita en el informe inicial de Israel. El Tribunal Laboral de Israel también señaló en varias ocasiones defectos en la Ley existente, especialmente en los casos en que el uso de trabajadores temporales se hacía por períodos prolongados. Como se menciona en el informe anterior y en respuesta a las cuestiones planteadas, la Ley fue modificada radicalmente en 2000, por la cual se limitan los períodos de empleo de los trabajadores a través de empresas de trabajo temporal y se equiparan los derechos de los trabajadores temporales a los que la empresa usuaria otorga a sus empleados con ocupación y antigüedad similar.

195.La enmienda constituyó una reforma importante que afecta aproximadamente al 6% de los asalariados en Israel, por lo cual se necesitaba un período de ajuste antes de su entrada en vigor. Debido a la complejidad de la situación, que se detalla en el informe anterior de Israel, la disposición sobre la equiparación de derechos de los empleados entró en vigor en julio de 2001, mientras que la disposición sobre la limitación de los períodos de empleo lo hizo en enero de 2008.

196.El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo dedica muchos esfuerzos al cumplimiento de la Ley, que han resultado en una o varias de las situaciones siguientes para los empleados: no renovación de licencias; denegación de licencias; condicionamiento de la emisión de nuevas licencias; mayor uso de garantías financieras como condición previa para la emisión de una licencia; confiscación de la garantía; introducción de condiciones en una licencia existente; anulación de licencias; reembolso por la empresa de las sumas adeudadas a sus empleados; designación de un contador para verificar el cumplimiento por una agencia de determinadas condiciones fiscales (como resultado de la auditoría, puede solicitarse a una agencia que incremente la garantía financiera); acusación penal, principalmente para hacer cumplir la disposición contra la explotación de una empresa sin permiso.

197.El 16 de febrero de 2004 se alcanzó un acuerdo colectivo general entre las organizaciones de empleadores y empleados en el sector de contratación temporal, cuyo propósito es proteger los derechos de los trabajadores temporales, incluidas las condiciones de empleo y las prestaciones sociales. El acuerdo aplica condiciones de empleo como las horas de trabajo, vacaciones anuales, gastos de desplazamiento, prestación por enfermedad, gastos de vestuario, planes de pensiones, contribuciones a fondos comunes de inversiones, etc. Por una orden de ampliación del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo, el acuerdo se aplica a todas las empresas de trabajo temporal, aunque no sean miembros de la organización empresarial que firmó el acuerdo.

198.Por último, desde el último informe de Israel el número de empresas autorizadas ha disminuido considerablemente hasta 223.

199.El 28 de mayo de 2008 el Tribunal Laboral del Distrito de Tel Aviv determinó que los 38 demandantes que habían sido empleados en el Ministerio de Educación a través de diferentes empresas de trabajo temporal deben ser reconocidos como funcionarios desde el comienzo de su empleo en el Ministerio. Los demandantes trabajaron amplios períodos en el Ministerio de Educación a través de diferentes empresas de trabajo temporal, fueron aceptados por el Ministerio para dicho trabajo y fueron remitidos a las empresas de trabajo temporal para fijar su salario y sus condiciones oficiales de trabajo. El Tribunal determinó que el Estado, como empleador público, se debe a una mayor responsabilidad puesto que, entre otras cosas, sirve como modelo que puede influir en el desarrollo de normas en las relaciones de empleo también en el sector privado. Según el Tribunal, los empleados por el Estado durante un período prolongado en un lugar de trabajo junto a funcionarios que realizan un trabajo similar se beneficiarán, no sólo de las mismas condiciones salariales sino también de la misma seguridad en el trabajo e iguales derechos de promoción, incluido el mismo a derecho a competir en concursos internos. (La.C 6141/03 Lone Hillwi et. al. c. el Ministerio de Educación del Estado de Israel (28 de mayo de 2008)).

El derecho al trabajo en la jurisprudencia israelí

200.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Programas de formación técnica y profesional: orientación profesional

201.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Formación profesional para adultos y jóvenes patrocinada por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo

202.La Dependencia de Capacitación y Desarrollo de Personal del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (en adelante: “la Dependencia”) ofrece cursos para adultos y jóvenes en tres ámbitos principales: formación de adultos en cursos diurnos y nocturnos, formación para jóvenes y formación para técnicos e ingenieros prácticos.

Cursos profesionales para adultos

203.La formación profesional para adultos se da como enseñanza diurna, cursos nocturnos complementarios y formación de ingeniería técnica y práctica:

203.1Formación diurna: Destinada a solicitantes de empleo remitidos por el Servicio de Empleo y centrada en las poblaciones que reciben un sostenimiento de la renta, especialmente en profesiones con falta de mano de obra a nivel nacional durante períodos prolongados (por ejemplo, metalurgia, construcción y electricidad). La formación es impartida por instructores expertos de institutos de formación profesional, escuelas especializadas y centros de capacitación estatales.

203.2En los últimos años, la Dependencia ha llevado a cabo programas de formación para empleados individuales en el ámbito de “clase en la fábrica” y “clase de prácticas” (véase el cuadro 6 siguiente). El programa de “clase en la fábrica” se realiza en colaboración con el empleador y a menudo se imparte en el lugar de trabajo. Se adapta a las necesidades y requisitos de los empleadores y los participantes se escogen con arreglo a las aptitudes que determina el empleador.

203.3En el programa de clases prácticas, el centro de enseñanza que lleva a cabo el curso se compromete a buscar empleo al 50% de quienes se gradúan. La formación dura entre cuatro y doce meses.

203.4Otro marco formativo que se da en el lugar de trabajo se denomina “programa de capacitación interno” y exige la contratación de nuevos trabajadores en empleos a jornada completa con el salario mínimo.

203.5Escuelas de comercio: la formación se lleva a cabo por escuelas reconocidas por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y cuya pedagogía supervisa la División. Imparten enseñanza sobre profesiones para las que existe una demanda económica a nivel nacional. El programa está dirigido al público en general y los alumnos se hacen cargo de la totalidad del importe de las clases.

Cabe señalar que en todos los ámbitos (formación diurna y escuelas de comercio) se realizan exámenes teóricos y prácticos. Quienes aprueban los exámenes obtienen un diploma, un certificado profesional o una licencia profesional.

Cuadro 6

Datos comparativos de formaci ón profesional de adultos, 2002- 2007

Año

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Total

60 638

48 015

47 395

50 146

40 690

43 707

Formación diurna

28 049

15 248

12 971

9 095

6 927

3 330

Reciclaje profesional de académicos

2 844

1 940

806

771

472

225

Clases con prácticas

158

1 253

1571

1 710

Clases en el lugar de trabajo

125

108

247

351

242

162

Capacitación en el empleo

401

301

115

206

131

Estudios complementarios y cursos nocturnos

29 620

30 318

32 912

38 561

31 272

38 149

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Escuelas de formación profesional para jóvenes

204.Los programas de formación profesional para jóvenes están encaminados a adquirir una profesión combinando teoría y práctica profesional. El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo facilita la formación profesional de jóvenes en 70 sectores distintos.

205.En 2007, 14.200 alumnos asistieron a 71 centros de formación profesional supervisados por el Ministerio, de los cuales 11.555 (81,4%) eran chicos y 2.641 (18,6%) eran chicas. 55,6% de los alumnos eran judíos, 28,7% eran musulmanes, 3,7% eran drusos y 3,2%, cristianos.

206.Los sectores de formación más destacados en 2007 fueron los de automoción, electricidad y electrónica, administración y metalurgia.

Formación de técnicos e ingenieros prácticos

207.Como se detalla en el anterior informe de Israel, la formación de técnicos e ingenieros prácticos está a cargo del Instituto Nacional de Formación Tecnológica (MAHAT), dentro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo. El programa se lleva a cabo con la asistencia de 80 institutos de formación profesional de todo el país. El Instituto constituye también el marco oficial para el suministro de servicios pedagógicos a dichos institutos (programas de estudio, supervisión, exámenes y otorgamiento de diplomas a los graduados).

208.El MAHAT ofrece programas especiales para ayudar a las poblaciones débiles, como la comunidad judía ultraortodoxa (especialmente mujeres), las familias monoparentales (especialmente mujeres), los beduinos y los nuevos inmigrantes con necesidad de reciclarse profesionalmente, para que puedan integrarse más fácilmente en la población activa.

209.Durante 2007 el MAHAT acreditó a 21.197 técnicos e ingenieros prácticos (frente a 29.715 en 2006).

Programas integrales del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y el sector de la alta tecnología

210.Como parte del proyecto integral del Ministerio y el sector de la alta tecnología que se detalla en el informe anterior de Israel, se creó un sitio web para ofrecer información a las instituciones interesadas en capacitar técnicos e ingenieros prácticos, así como a estudiantes potenciales interesados en estas esferas.

Formación profesional de la mujer

211.Como ya se señaló en el informe anterior de Israel con respecto a la participación femenina en la población activa, dos grupos —las mujeres judías ultraortodoxas y las mujeres árabes— necesitan medidas y programas especiales debido a los factores religiosos y culturales que afectan a su potencial entrada en el mercado de trabajo.

212.En la esfera de la formación profesional, se sigue aplicando la política de asignar presupuestos especiales a la capacitación de la mujer. Algunos de los programas especiales están destinados a las mujeres en general, mientras que otros están destinados específicamente a los grupos más vulnerables de mujeres.

213.El Departamento para el Adelanto de la Mujer dentro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo se esfuerza por aumentar la empleabilidad de las mujeres y, por consiguiente, su independencia económica. Algunas de las iniciativas del Departamento son:

a)Talleres sobre autonomía propia y sobre capacidad empresarial, en los que participan las nuevas inmigrantes, las mujeres árabes y las mujeres ultraortodoxas. Estos talleres se centran también en las competencias laborales especializados y en otros cursos de reciclaje profesional.

Entre los años 2002 y 2007 se organizaron 370 talleres, en los que participaron unas 6.500 mujeres. Las participantes dicen que ha mejorado la imagen que tienen de sí mismas, su autonomía personal y profesional y su valoración del mercado laboral, conocen y comprenden mejor los distintos aspectos de la creación de una pequeña empresa. Por regla general, las participantes en los talleres obtienen también asistencia profesional continua. Estas mujeres emprenden distintas actividades cuando finalizan los talleres; así, por ejemplo, continúan sus estudios, asisten a clases de hebreo o de formación profesional, obtienen un empleo o realizan alguna actividad de voluntariado.

b)Programas para la integración de los cabezas de familias monoparentales en la población activa: entre los años 2003 y 2005 el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo inició un programa destinado a cabezas de familias monoparentales que reciben subsidios o pensiones de alimentos del Instituto Nacional de Seguros, con el fin de integrarlos en la población activa. Se inició de forma experimental y posteriormente se incorporó al programa ordinario a largo plazo del Ministerio. Ofrece asistencia para la financiación del cuidado del niño, mediante la subvención del pago de programas vespertinos y de guarderías. Asimismo, se conceden ayudas económicas para servicios de guardería en horarios alternativos y durante las vacaciones de verano. El programa también aborda aspectos de formación profesional, mediante un sistema de vales para cursos reconocidos por la Dependencia de Capacitación y Desarrollo de Personal.

En agosto de 2008 la Dependencia comenzó a ofrecer un servicio de consultoría profesional para ayudar a identificar los cursos de formación y los servicios de colocación laboral apropiados según las necesidades personales y las aptitudes profesionales de los participantes en el programa. En 2008 se iniciará otro programa para alentar a los cabezas de familias monoparentales a participar en el programa de fomento del desarrollo de sus capacidades empresariales y, por tanto, su aptitud para crear pequeñas empresas.

El 1º de septiembre de 2008 el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo puso en marcha otro programa piloto en cuyo marco se crearán centros de formación para cabezas de familias monoparentales que reciben subsidios o pensiones de alimentos. En los cursos organizados en estos centros, los participantes adquirirán conocimientos que les permitirán incorporarse o reincorporarse en el mercado laboral. Después de un curso de dos meses de duración, se remitirá a los participantes a cursos de formación específica o a empleos que se ajusten a sus aptitudes profesionales.

c)Cursos de capacitación empresarial y creación de pequeñas empresas: cursos para mujeres con espíritu empresarial y/o planes de negocio, pero sin acceso a formación debido a obstáculos de orden económico, geográfico o cultural. La formación aumenta sus posibilidades de crear una empresa viable y de mejorar su situación económica. Los cursos son impartidos por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y la Dirección Israelí para las Pequeñas y Medianas Empresas, por medio de 24 Centros para la Promoción de la Capacidad Empresarial repartidos por todo el país. Además de formación, estos centros también ofrecen asistencia y asesoramiento durante el proceso de creación de una pequeña empresa.

214.Formación profesional para mujeres árabes. La tasa de empleo entre las mujeres árabes ha aumentado en los últimos años, pero sigue siendo relativamente baja. La educación académica y la formación profesional son los factores más importantes para la integración de las mujeres árabes en la población activa, pero persisten diversos obstáculos que impiden su incorporación en los sistemas de enseñanza y capacitación, a saber, educación: las profesiones tradicionales están siendo sustituidas por profesiones que exigen conocimientos técnicos específicos; el estudio de muchas profesiones técnicas requiere conocimientos en matemáticas e inglés; y barreras sociales y culturales: la actitud tradicional y los estigmas culturales entre la población árabe definen los límites aceptables para viajar sin compañía a la escuela y al trabajo. A menudo, las mujeres árabes son reacias a asistir a cursos que exigen desplazarse a otras ciudades y donde viven no pueden estudiarse todos los cursos de formación profesional debido a la falta de un marco adecuado, de candidatas y de futuras oportunidades laborales.

215.Habida cuenta de lo anterior, muchas mujeres árabes asisten a cursos “tradicionales” impartidos a nivel local y que posiblemente les permitirán cumplir los requisitos que exigen los trabajos locales, tanto a jornada completa como a media jornada. No ocurre lo mismo, sin embargo, en esferas como la educación, la informática, el diseño gráfico o en la de los peritos o los ingenieros técnicos. Además, las oportunidades laborales en estas esferas, en algunas ciudades, son muy limitadas.

216.A este respecto, en 2006 se puso en práctica un programa de educación para coordinadores del Proyecto para el Adelanto de la Población Beduina en el Norte, en que se trataron las cuestiones de las barreras sociales y culturales, la motivación, la reunión de candidatos y la perseverancia en la formación profesional. Además, para corregir la situación actual, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, las autoridades locales, los servicios sociales, los institutos de formación profesional y los empleadores desarrollan actividades conjuntas para dar formación profesional y generar puestos de trabajo más factibles para las mujeres árabes.

217.Además del sistema general de formación que ofrece el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, hay programas especiales para las mujeres árabes, encaminados a cubrir lagunas y a aumentar la participación de las mujeres en cursos de formación.

218.Guarderías diurnas: localidades árabes y beduinas. Las mujeres árabes se consideran las principales cuidadoras de los niños; este es uno de los factores que explican el bajo porcentaje de mujeres que participan en la población activa. A través de la Dirección para el Adelanto de la Mujer, el Gobierno ha realizado grandes esfuerzos por aumentar la sensibilización entre las mujeres sobre sus propias opciones profesionales y realización personal. En los últimos años, el aumento de la participación de las mujeres árabes, incluidas las beduinas, en la población activa ha creado la necesidad de guarderías y jardines de infancia. El Gobierno ha tratado de satisfacer estas necesidades.

219.Dentro de la política del Ministerio de Construcción y Vivienda se trabaja en la construcción de guarderías en todo el país a razón de una por cada 1.600 viviendas. Se han construido dos guarderías en la ciudad beduina de Rahat y otras 14 nuevas guarderías están en fase de construcción: 9 en la zona norte, 4 en la zona centro y 1 en Jerusalén.

220.El sistema consta de 2.200 jardines de infancia (de 0 a 3 años), 900 de ellos en las localidades árabes, que acogen a 1.500 niños de madres que trabajan y 3.000 niños de madres con necesidades de atención social. Además, las guarderías diurnas de los municipios árabes acogen a otros 1.000 niños. Estos jardines de infancia y guarderías diurnas permiten a las madres trabajar, y constituyen una fuente de ingresos para las mujeres que los administran.

221.En 2007 el Gobierno asignó fondos para la construcción de 150 edificios destinados a guarderías, 17 de los cuales en municipios árabes.

Oportunidades de empleo en categorías determinadas de trabajadores: prohibición de discriminación

222.En julio de 2004 se estableció la Dirección de Aplicación de las Leyes y de Reglamentación del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (en adelante: “la Dirección”). La Dirección se encarga de aplicar y regular 17 leyes laborales que protegen a los trabajadores en Israel, incluida la Ley de igualdad de oportunidades de empleo. Los datos que se ofrecen a continuación se refieren al período entre 2004 y 2007.

223.En 2004 se iniciaron 460 investigaciones y se impusieron 120 multas administrativas. En 2005, 146 investigaciones y 44 multas. En 2006, 187 y 59, respectivamente. En 2007 se iniciaron 84 investigaciones y se impuso una multa administrativa.

Situación de hecho: empleo

224.Se presentan a continuación datos correspondientes a 2007 sobre personas empleadas, por género y grupo de población.

Cuadro 7

Personas empleadas en 2007, por género y grupo de población

Miles

Porcentaje

Todas las personas empleadas

2 682,0

100,0

Hombres

1 441,9

53,8

Mujeres

1 240,1

46,2

Judíos

2 291,6

85,4

Árabes y otros

390,4

14,6

Fuente: Oficina Central de Estadística de Israel, Compendio de Estadísticas de Israel, 2008.

225.En el cuadro que figura a continuación se presentan datos correspondientes a 2007 sobre las personas empleadas por ocupación, por género y grupo de población. Los datos indican que en 2007 el 31,9% de los judíos israelíes empleados trabajaban en ocupaciones académicas, profesionales y técnicas, el 38,4% eran empleados de oficina y vendedores, mientras que casi el 16% eran trabajadores cualificados en la agricultura, la manufactura, la construcción y otros sectores. Los trabajadores no cualificados representaban el 6,4%.

226.Entre la población árabe israelí, el 19,2% trabajaban en ocupaciones académicas, profesionales y técnicas, el 23.7% eran empleados de oficina y vendedores, y prácticamente el 42 % eran trabajadores cualificados en la agricultura, la manufactura, la construcción y otros sectores. Los trabajadores no cualificados representaban el 13%.

Cuadro 8

Personas empleadas, por ocupación, género y grupo de población, 2007

Ocupación

En miles

Distribución porcentual

Total

Hombres

Mujeres

Total

Hombres

Mujeres

Todos los trabajadores

Total

2 682

1 441,9

1 240

100

100

100

Profesiones académicas

374,7

193,5

181,2

14,0

13,4

14,6

Otros profesionales y técnicos

421,9

172,6

249,3

15,7

12

20,1

Administradores

174,2

124,3

49,8

6,5

8,6

4

Oficinistas

426,2

111,2

315

15,9

7,7

25,4

Agentes, vendedores y trabajadores del sector de servicios

539,7

244,8

294,9

20,1

17

23,8

Trabajadores agrícolas cualificados

32,3

29,1

3,3

1,2

2

0,3

Trabajadores cualificados en la manufactura, la construcción y otras

483,3

433,5

49,9

18

30,1

4

Trabajadores no cualificados

199,6

111,9

87,6

7,4

7,8

7,1

Desconocida

30,1

21

9,1

1,1

1,5

0,7

Judíos

Total

2 291,6

1 162,4

1 129,2

100

100

100

Profesiones académicas

347,3

176,5

170,8

15,2

15,2

15,2

Otros profesionales y técnicos

376,6

155,1

221,5

16,4

13,3

19,6

Administradores

166,3

117,8

48,4

7,3

10,1

4,3

Oficinistas

397,3

100,1

297,2

17,3

8,6

26,3

Agentes, vendedores y trabajadores del sector de servicios

473,9

207,1

266,7

20,7

17,8

23,6

Trabajadores agrícolas cualificados

25,7

22,9

2,9

1,1

2

0,3

Trabajadores cualificados en la manufactura, la construcción y otras

333,6

291,3

42,2

14,6

25,1

3,7

Trabajadores no cualificados

144,6

74,1

70,5

6,3

6,4

6,2

Desconocida

26,3

17,4

8,9

1,2

1,5

0,8

Árabes y otros

Total

390,4

279,5

110,9

100

100

100

Profesiones académicas

27,4

17

10,4

7

6,1

9,4

Otros profesionales y técnicos

45,4

17,5

27,8

11,6

6,3

25,1

Administradores

7,9

6,5

1,4

2

2,3

1,2

Oficinistas

28,9

11,1

17,8

7,4

4

16

Agentes, vendedores y trabajadores del sector de servicios

65,8

37,6

28,2

16,9

13,5

25,4

Trabajadores agrícolas cualificados

6,6

6,2

0

1,7

2,2

0

Trabajadores cualificados en la manufactura, la construcción y otras

149,8

142,1

7,6

38,4

50,9

6,9

Trabajadores no cualificados

55

37,8

17,5

14,1

13,5

15,5

Desconocida

3,8

3,6

0,2

1

1,3

0,2

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Trabajadores extranjeros

227.Israel es país de destino de trabajadores migratorios de Asia, Europa oriental y África. Los principales países de origen de los trabajadores extranjeros en Israel son China, Filipinas y Tailandia. En 2007 el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo expidió 92.344 permisos para el empleo de trabajadores extranjeros en varios sectores permitidos (enfermería, 51.744; agricultura, 28.500; construcción, 12.000; industria, 1.100; restaurantes, 900).

228.Los trabajadores migratorios vienen a Israel en busca de empleo movidos principalmente por las condiciones económicas difíciles y el bajo nivel de los salarios del país de origen, con la esperanza de ganar salarios altos y asegurarse un futuro económico sólido al regresar a sus países de origen. Algunos entran en Israel ilegalmente cruzando la frontera sur de Israel o por los aeropuertos, usando un visado falso o una identidad judía falsa. La vulnerabilidad de estas personas las expone al riesgo de ser explotadas para obtener ganancias fáciles, que puede agravarse con exigencias de pagar sumas elevadas a intermediarios en el país de origen.

229.Actualmente los empleadores pueden ser procesados por infracción de las leyes laborales de Israel, incluida la Ley de los trabajadores extranjeros de 5751/1991 que, como se menciona en el informe anterior de Israel, se revisó en 2000 para asegurar la protección de los derechos de los trabajadores extranjeros.

230.La Ley del servicio de empleo (Enmienda Nº 14) de 5764/2004 penaliza con prisión de hasta seis meses y/o multa de hasta 200.000 nuevos sheqalim (55.054 dólares de los EE.UU.) el cobro ilícito de derechos de contratación excesivos a los trabajadores extranjeros. La enmienda también se aplica a una orden temporal (en vigor hasta junio de 2009) a la Ley de prohibición del blanqueo de dinero de 5760/2000, que declara delito el cobro de derechos excesivos.

231.El Reglamento sobre el servicio de empleo (derechos de contratación) de 5766/2006limita los derechos de contratación que puede exigir una agencia de contratación de Israel a 3.135 nuevos sheqalim (unos 825 dólares de los EE.UU.) o al 88% del salario mensual mínimo, menos cualquier suma que el trabajador ya haya pagado a una agencia de contratación extranjera. No obstante, la agencia puede legítimamente cobrar al trabajador extranjero un reembolso del costo del pasaje aéreo del país de origen a Israel. El Reglamento también fija las condiciones en que se permite cobrar los derechos, por ejemplo que debe haber un contrato detallado entre la agencia y el trabajador. Además, el Reglamento indica las circunstancias en que la agencia de contratación debe reembolsar las sumas cobradas al trabajador extranjero.

232.El Reglamento sobre el servicio de empleo (suministro de información) de 5766/2006 exige que la agencia de contratación suministre a los trabajadores extranjeros toda la información pertinente sobre los derechos y obligaciones de los trabajadores extranjeros en Israel, por ejemplo información sobre los derechos de contratación permitidos, etc.

233. Estadísticas de investigaciones y multas:

233.1Número de multas impuestas a empleadores de trabajadores extranjeros por infringir la Ley de los trabajadores extranjeros por la División de Aplicación de las Leyes del Departamento de Trabajadores Extranjeros: 2002: 1.847; 2003: 1.816; 2004: 7.996; 2005: 8.356; 2006: 8.111; 2007: 3.565.

233.2Importe de las multas impuestas por la División de Aplicación de las Leyes del Departamento de Trabajadores Extranjeros: 2002: 865.300 nuevos sheqalim (233.864 dólares de los EE.UU.); 2003: 34.191.000 nuevos sheqalim (9.240.810 dólares de los EE.UU.); 2004: 118.625.500 nuevos sheqalim (32.060.945 dólares de los EE.UU.); 2005: 131.592.000 nuevos sheqalim (35.565.405 dólares de los EE.UU.); 2006, 169.830.900 nuevos sheqalim (45.900.243 dólares de los EE.UU.); 2007, 64.358.000 nuevos sheqalim (17.394.054 dólares de los EE.UU.).

233.3Número de investigaciones iniciadas contra empleadores de trabajadores extranjeros: 2002: 4.073; 2003: 8.496; 2004: 9.834; 2005: 4.170; 2006: 3.743; 2007: 3.111.

234.A continuación figura un ejemplo de una decisión 2008 sobre el rigor con el cual los tribunales y las autoridades contemplan las infracciones de la Ley de los trabajadores extranjeros en lo concierne a los derechos de los trabajadores extranjeros. El 17 de julio de 2008 el Tribunal Laboral de Israel aceptó la apelación del Estado sobre la indulgencia de la pena impuesta a los acusados, quienes fueron declarados culpables de emplear a un trabajador extranjero sin una licencia legal, sin concertarle un seguro médico, sin facilitarle un contrato en un idioma que entendiese y sin especificar la información de su salario ni de las retenciones practicadas. Después de trabajar durante sólo un mes, el trabajador resultó herido en un accidente de trabajo (que más tarde se definió como accidente de tráfico debido a la implicación de una carretilla elevadora), fue trasladado en ambulancia al hospital pero su admisión fue anónima porque la empresa empleadora negó conocer su filiación y negó su relación con la empresa. El Tribunal Laboral del Distrito impuso una multa poco severa de 50.000 nuevos sheqalim (13.157 dólares de los EE.UU.) a la empresa y 15.000 nuevos sheqalim (3.947 dólares de los EE.UU.) a su administrador, puesto que determinó que el empleo fue únicamente durante un período corto y no suponía enriquecimiento personal para los inculpados, ni había condenas anteriores.

235.El Estado recurrió la indulgencia de la multa, que constituía sólo el 15% de la pena máxima estipulada en la Ley de los trabajadores extranjeros, alegando que no reflejaba la gravedad de los delitos, puesto que los acusados eludieron su responsabilidad como empleadores y abandonaron al trabajador sin respaldo económico ni apoyo en un momento de apuro e incertidumbre que equivalía a poner en peligro su salud. El Tribunal Laboral de Israel admitió el recurso e impuso una multa de 150.000 nuevos sheqalim (39.473 dólares de los EE.UU.) a la empresa y una multa de 45.000 nuevos sheqalim (11.842 dólares de los EE.UU.) al administrador (Cr. A 27/07 El Estado de Israel c. la Thesa Import and Export of Wood Inc. et al. (21 de mayo de 2008)).

236.Revocación de permisos para emplear trabajadores extranjeros. En 2007, en el sector de la enfermería, se revocaron los permisos de 20 empleadores y se restringieron o se condicionaron los permisos de otros 21. En el sector agrícola se revocó la totalidad o parte de los permisos de 14 empleadores y se restringieron o se condicionaron los permisos de otros 4. En el sector de la restauración, se revocó el permiso de un empleador y se restituyó posteriormente bajo apercibimiento una vez subsanadas las anomalías detectadas. En el sector industrial se revocó la totalidad o parte de los permisos de 2 empleadores y se restringieron o se condicionaron los permisos de otros 3. En el sector de la construcción, se revocó el permiso de una empresa de trabajo temporal que empleaba a trabajadores extranjeros y una parte de los fondos garantizados por obligaciones que la empresa había suscrito con el Ministerio fue transferida a los trabajadores de la empresa que no habían recibido sus salarios.

237.Acciones contra empresas de contratación. Durante 2007 el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo inspeccionó unas 50 empresas de contratación con licencia y con permiso especial para contratar trabajadores extranjeros.

En 42 casos, tanto las licencias como los permisos de las empresas fueron revocados;

En 4 casos, los permisos concedidos a las empresas para contratar trabajadores extranjeros fueron revocados durante un período determinado;

En 4 casos se revocaron indefinidamente los permisos concedidos a las empresas para contratar trabajadores extranjeros y se concedió un permiso a prueba.

Las revocaciones fueron debidas a los siguientes motivos: cobro ilegal de derechos a los trabajadores extranjeros, contratación de trabajadores realizada en colaboración con una empresa sin licencia, falsificación de informes de asistentes sociales, transferencia ilegal de trabajadores extranjeros e introducción de un trabajador extranjero en Israel contraviniendo las condiciones del permiso.

Siete agencias recurrieron la revocación de su licencia o permiso al Tribunal Laboral del Distrito y sus recursos no fueron admitidos.

238.Difusión de información sobre derechos entre los trabajadores extranjeros. El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo publicó un folleto especial en inglés, ruso, rumano, turco, tailandés y chino sobre los derechos de los trabajadores (“Zchuton”) para el colectivo de trabajadores extranjeros en el sector de la construcción. El “Zchuton” indica a los trabajadores que deben dirigirse a la Defensora del Pueblo (véase a continuación) en todo caso de infracción de los derechos explicados en el folleto.

239.Las empresas de trabajo temporal con licencia que emplean trabajadores extranjeros en el sector de la construcción están obligadas a repartir el “Zchuton” especial para el ramo de la construcción a cada trabajador extranjero que emplean, y los administradores de las empresas deben suministrar al Departamento de Trabajadores Extranjeros del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo una declaración jurada conforme se responsabilizan personalmente de la distribución del “Zchuton” a cada trabajador.

240.Además, como se detalla anteriormente, el Reglamento sobre el servicio de empleo (suministro de información) de 5766/2006 exige que la agencia de contratación suministre a los trabajadores extranjeros toda la información pertinente sobre sus derechos y obligaciones como trabajadores extranjeros en Israel (por ejemplo, sobre las tarifas de los derechos de contratación permitidos, etc.).

241.Además, en el sitio web del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo se publica, en inglés, hebreo, chino, tailandés, ruso, rumano y turco, un folleto que explica los derechos laborales generales de los trabajadores extranjeros en Israel. El Ministerio del Interior también entrega el folleto a cada trabajador extranjero que llega al aeropuerto Ben Gurion.

242.La Embajada de Israel en Tailandia ha aplicado otro método de difundir información: en colaboración con el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo de Israel y el Ministerio de Trabajo de Tailandia, se ha publicado un folleto que explica los derechos de los trabajadores extranjeros en Israel. El folleto da información en tailandés sobre los derechos de los trabajadores en relación con el trabajo y la seguridad social, e incluye otra información, como números de teléfono útiles, establecimientos que ofrecen tratamiento médico y hebreo básico. El folleto se adjunta al pasaporte de cada trabajador que recibe un visado.

243.Seguro médico. La Ley de los trabajadores extranjeros requiere que los empleadores aporten un seguro médico amplio para los empleados que sean trabajadores extranjeros y los que no cumplan esta obligación pueden ser objeto de proceso penal.

244.Se ha nombrado en el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo una Defensora del Pueblo para recibir denuncias de trabajadores extranjeros. Su mandato es proteger los derechos de los trabajadores extranjeros empleados en Israel y atender las denuncias de trabajadores extranjeros, empleadores, ciudadanos, ONG, asociaciones y medios de información. La Defensora del Pueblo está facultada para recomendar que la División de Aplicación de las Leyes haga una investigación y también para iniciar procedimientos administrativos. La Defensora del Pueblo ejerce una función de coordinación fundamental al recibir denuncias y decidir si se trata de infracciones de la legislación reglamentaria o de delitos de esclavitud, trabajo forzoso o trata de personas. Posteriormente los remite a la autoridad pertinente (el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo si se trata de una infracción reglamentaria y a la Policía si se trata de un delito de trata de personas, esclavitud o trabajo forzoso).

245.Acuerdos bilaterales. La resolución del Gobierno Nº 2211 de fecha 12 de agosto de 2007 ordena al Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo y al Ministerio de Asuntos Exteriores que promuevan acuerdos bilaterales con los países de origen de los trabajadores extranjeros y consideren la inclusión en esos acuerdos de las directivas de la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) sobre la supervisión del proceso de contratación para eliminar prácticas de contratación ilegales. Tras esta resolución se creó una comisión interministerial que consolidó un proyecto de acuerdo que fue enviado a la OIM para su estudio y enviado después al Gobierno Tailandés para conocer su opinión. En el futuro el Gobierno tiene intención de proponer el acuerdo a los principales países de origen de los trabajadores extranjeros.

Trata de personas

246.El 29 de octubre de 2006 entró en vigor la Ley contra la trata de personas de 5766/2006, que tipifica de forma amplia el delito de trata con diversos fines ilícitos: prostitución, delitos sexuales, esclavitud o trabajo forzoso, extracción de órganos, pornografía y uso del cuerpo de una persona para dar a luz un hijo que luego se le quita. El delito se castiga con una pena de 16 años de prisión, o de 20 años si se comete contra un menor. La Ley incluye una variedad completa de delitos para tener en cuenta los grados de explotación: esclavitud, 16 años de prisión; trata para esclavitud o trabajo forzoso, 16 años de prisión; trabajo forzoso, siete años de prisión; explotación de poblaciones vulnerables, tres años de prisión. Por primera vez, Israel tipifica un delito de esclavitud y un delito amplio de trabajo forzoso que conlleva penas mayores e impone penas más severas por la explotación de poblaciones vulnerables. La nueva legislación refleja un enfoque que requiere la integración de una serie de herramientas y actores para combatir la trata de personas y también subraya la prohibición de todas las formas de esclavitud y del trabajo forzoso.

247.Con respecto a la trata encaminada a la esclavitud o al trabajo forzoso, se han tipificado los siguientes delitos: trata de seres humanos para la esclavitud o el trabajo forzoso (art. 377A a) de la Ley Penal), tener a una persona en condiciones de esclavitud (art. 375A de la Ley Penal), trabajo forzoso (art. 376 de la Ley Penal) y explotación de poblaciones vulnerables (art. 431 de la Ley Penal). Además, el delito de secuestro se ha ampliado para incluir dos nuevos delitos: 1) el secuestro con fines de esclavitud o trabajo forzoso y sacar a una persona de los límites de un Estado (arts. 374A y 370 de la Ley Penal) y 2) hacer que una persona salga de un Estado para reducirla a la prostitución o a la esclavitud (art. 376A de la Ley Penal).

248.Estos delitos existen junto a diversos delitos fijados en la legislación para proteger a los trabajadores extranjeros, por ejemplo la Ley de los trabajadores extranjeros y la Ley del servicio de empleo de 5719/1959. Pero la inclusión en la Ley Penal les da un grado mayor de criminalidad y expresa mejor la condena moral de la sociedad.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Convenciones internacionales pertinentes obligatorias para Israel

249.Desde su informe anterior en virtud del Pacto, Israel presentó informes actualizados con arreglo a los siguientes convenios de la OIT:

Convenio sobre la igualdad de trato (indemnización por accidente), 1925 (Nº 19), correspondiente al período 2001-2006;

Convenio sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 (Nº 87), correspondiente al bienio 2005-2006;

Convenio sobre los trabajadores migratorios (revisado), 1949 (Nº 97), correspondiente al período 2001-2006;

Convenio sobre el derecho de sindicación y negociación colectiva, 1949 (Nº 98), correspondiente al bienio 2005-2006;

Convenio sobre igualdad de remuneración, 1951 (Nº 100), correspondiente al bienio 2005-2006;

Convenio sobre la seguridad social (norma mínima), 1952 (Nº 102), correspondiente al período 2001-2006;

Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación), 1958 (Nº 111), correspondiente al bienio 2005-2006;

Convenio sobre la igualdad de trato (seguridad social), 1962 (Nº 118), correspondiente al período 2001-2006;

Convenio sobre la política de empleo, 1964 (Nº 122), correspondiente al bienio 2005-2006;

Convenio sobre la prohibición de las peores formas de trabajo infantil, 1999 (Nº 182), correspondiente al año 2006;

Convenio sobre el trabajo forzoso, 1930 (Nº 29), correspondiente al año 2005;

Convenio sobre el examen médico de los menores (industria), 1946 (Nº 77), correspondiente al período 2001-2005;

Convenio sobre el examen médico de los menores (trabajos no industriales), 1946 (Nº 78), correspondiente al período 2001-2005;

Convenio sobre el trabajo nocturno de los menores (trabajos no industriales), 1946 (Nº 79), correspondiente al bienio 2004-2005;

Convenio sobre la inspección del trabajo, 1947 (Nº 81), correspondiente al bienio 2004-2005;

Convenio (revisado) sobre el trabajo nocturno de los menores (industria), 1948 (Nº 90), correspondiente al período 2001-2005;

Convenio sobre la protección del salario, 1949 (Nº 95), correspondiente al período 2001-2005;

Convenio sobre las cláusulas de trabajo (contratos celebrados por las autoridades públicas), 1949 (Nº 94), correspondiente al bienio 2004-2005;

Convenio sobre la abolición del trabajo forzoso, 1957 (Nº 105), correspondiente al bienio 2004-2005;

Convenio sobre la edad mínima, 1973 (Nº 138), correspondiente al bienio 2004-2005;

Convenio sobre las organizaciones de trabajos rurales, 1975 (Nº 141), correspondiente al período 2001-2005.

Remuneración

Métodos para establecer los salarios

250.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Salario mínimo

251.El número de horas de trabajo semanales con paga ordinaria es de 43 horas, de conformidad con la Ley de salario mínimo de 5747/1987. El salario mínimo se revisa todos los años el 1º de abril y constituye el 47,5% del salario medio. El 19 de junio de 2006 el Knesset aprobó la Ley de salario mínimo (Aumento del salario mínimo) (Orden temporal) de 5768/2006, con el objetivo de aumentar gradualmente el salario mínimo. La Orden temporal estableció un salario mínimo que constituye más del 47,5% del salario medio. De conformidad con la Orden temporal, en el período entre el 1º de junio de 2006 y el 31 de marzo de 2007, el salario mínimo mensual era de 3.585 nuevos sheqalim (943 dólares de los EE.UU.); entre el 1º de abril de 2007 y el 30 de junio de 2008, era de 3.710 nuevos sheqalim (976 dólares de los EE.UU.), y a 1º de julio de 2008, 3.850 nuevos sheqalim (1.013 dólares de los EE.UU.). La Orden temporal continuará en vigor hasta que la suma de 3.850 nuevos sheqalim (1.013 dólares de los EE.UU.) sea inferior al 47,5% del salario medio. Dicha cantidad se revisará en abril de 2009.

Cumplimiento de la Ley de salario mínimo

252.La Ley de salario mínimo se ha reformado varias veces desde el informe periódico anterior de Israel. En 2002 se modificó para que pudiera imputarse responsabilidad penal y civil de conformidad con la Ley, en situaciones relativas a una empresa de trabajo temporal, un empleador y un empleado. La Ley establece circunstancias específicas en que se puede imponer sanciones por responsabilidad penal y/o civil directamente al empleador real y/o a la empresa de trabajo temporal. Además, la enmienda obliga al empleador a publicar un aviso sobre los derechos de los trabajadores de conformidad con la Ley de salario mínimo.

253.En una enmienda de 2006 se modificó la definición de “salario mínimo mensual” para aumentar el nivel del salario mínimo, como se detalla anteriormente.

254.La Dirección de Aplicación de las Leyes y Reglamentación se estableció en julio de 2004 dentro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo para aplicar de forma eficiente las disposiciones de la Ley. Antes de su creación, cuatro departamentos distintos del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo eran responsables del cumplimiento de varias leyes sociolaborales. La nueva Dirección centralizó las autoridades de cumplimiento y concesión de licencias de este ámbito, excepto las leyes sobre trabajadores extranjeros, que se tramitan en el Departamento de Trabajadores Extranjeros. Los inspectores de cumplimiento han recibido formación para aplicar todas las leyes laborales.

255.Las medidas para hacer cumplir la ley se realizan a través de las actividades siguientes:

1)Investigación de las denuncias presentadas ante la Dirección;

2)Supervisión por iniciativa propia, mediante la realización de inspecciones in situ en lugares de trabajo de todo el país;

3)Aumento de la conciencia entre las poblaciones que necesitan la protección de la Dirección, así como entre los empleadores.

256.Los empleadores que infringen la Ley pueden ser multados o sentenciados con prisión. Además, los empleados pueden demandar al empleador y exigir la compensación de la diferencia entre el salario real pagado y el salario establecido por ley.

257.La ley cubre a todos los trabajadores: adultos, trabajadores adolescentes, trabajadores palestinos, trabajadores extranjeros y trabajadores contratados por empresas de trabajo temporal. A continuación se ofrecen datos sobre el cumplimiento de la Ley de salario mínimo.

Cuadro 9

Informe sobre el cumplimiento de la Ley de salario mínimo (2005- 2007)

Año

Investigaciones iniciadas

Con conclusiones

Sin conclusiones

2005

290

161

129

2006

401

237

164

2007

390

247

143

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

258.Según la información del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, se iniciaron 767 investigaciones en 2004 y se impusieron 291 multas administrativas. En 2005, se iniciaron 243 investigaciones y se impusieron 213 multas administrativas; en 2006, 395 investigaciones 99 multas administrativas y en 2007, 357 y 60, respectivamente.

259.El 4 de febrero de 2007 el Gobierno consolidó la resolución Nº 1134 encaminada a reducir las diferencias socioeconómicas en la sociedad israelí y aumentar la participación en la población activa. Entre las medidas determinadas por la resolución está la mejora de la capacidad de la Dirección de Aplicación de las Leyes y Reglamentación para exigir el cumplimiento, a través de:

259.1Ampliación considerable del personal de la Dirección.

259.2Mejora de la capacidad tecnológica (computadorizada) y aumento del presupuesto asignado para inspecciones a través de externalización.

259.3Establecimiento de un mecanismo, en coordinación con las organizaciones del trabajo, para facilitar la tramitación rápida y eficiente de las denuncias presentadas contra los empleadores.

259.4Aumento de la sensibilización entre los empleados y el público en lo que concierne a las disposiciones de la Ley.

260.Recientemente el Tribunal del Distrito de Tel Aviv, constituido como Tribunal Administrativo, reafirmó la importancia de proteger los derechos de los trabajadores al anular una licitación organizada por la municipalidad de Bat-Yam ante la preocupación porque la empresa adjudicataria no pudiese cumplir sus obligaciones en materia de derechos de los trabajadores. El Tribunal sostuvo que “aceptar una oferta que no permite proteger los derechos mínimos de los trabajadores constituye un alejamiento de la esfera de lo razonable, puesto que es inadmisible una situación en que una autoridad pública contribuye a un procedimiento ilícito.” El Tribunal sostuvo además que: “El asunto de que se trata es una licitación para suministrar servicios de limpieza, donde el componente principal es el salario de los empleados. La experiencia demuestra que estos trabajadores, en cualquier caso, reciben un salario mínimo y no hay margen para menoscabar aún más sus derechos; y en una oferta en detrimento del costo es más probable que los trabajadores asuman la carga del ‘costo’ del déficit y no el empleador, puesto que se parte de la base de que la intención de proveer de un servicio es obtener beneficios y tiene la facultad de hacer recaer el perjuicio resultante de la licitación sobre el trabajador.” (Ad.P 1464/07 Perah Hashaked Inc. c. la Municipalidad de Bat-Yam et. al. (14 de abril de 2008)).

261.En otra sentencia reciente el Tribunal Laboral del Distrito determinó que no pagar a los trabajadores el salario mínimo al que tienen derecho, puntualmente según lo estipulado por ley, constituía un delito cometido por el empleador. En este caso, el empleador no pagó el salario a sus empleados y en lugar de ello les dio pequeñas sumas de dinero de bolsillo. El empleador adujo que cumplió la exigencia de pagar el salario mínimo aunque con retraso, por lo que no procedía un delito de conformidad con la Ley de salario mínimo. El empleador también alegó que la Ley de salario mínimo no determinaba el tiempo del pago. El Tribunal subrayó que la determinación del salario mínimo es una base fundamental para toda política encaminada a combatir la pobreza y satisfacer las necesidades de los trabajadores y sus familias. La finalidad básica de la determinación del salario mínimo es asegurar a los empleados contratados la protección social necesaria. Según el Tribunal, la finalidad de la Ley y la intención del legislador se detallan en las notas explicativas de la ley, según las cuales: “[…] la singularidad de la sociedad israelí desde el principio de su génesis es la seguridad de unas condiciones de vida dignas para todos. La sociedad grabó su enseña, después de una difícil lucha, para asegurar el derecho de una persona que trabaja a ganarse la vida con su trabajo y a vivir de él con dignidad, como una persona orgullosa de trabajar y no como una persona a cargo del bienestar social.” El legislador también estipula este principio en el artículo 14 de la Ley de salario mínimo según el cual no pagar el salario mínimo al empleado constituye un delito (Cr.R (Tel Aviv) 420/06 El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo del Estado de Israel c. la Sega Enterprise (1996) Inc. (26 de junio de 2008)).

Cumplimiento de la legislación laboral en las localidades árabes

262.En 2005, el programa de trabajo anual de la Dirección de Aplicación de las Leyes y Reglamentación se concentró en tres objetivos principales: empleadores y empleados de la población árabe, empleadores de nuevos inmigrantes y empresas del sector de la seguridad.

263.Un obstáculo importante para la aplicación de la legislación laboral en los puestos de trabajo árabes es la falta de voluntad de la población local de cooperar con el Ministerio, principalmente debido al miedo a perder su fuente de ingresos.

264.En diciembre de 2004 la Dirección inició una campaña piloto de sensibilización a gran escala sobre la legislación laboral, que se llevó a cabo en la ciudad árabe de Shfara’m, con una población de 30.000 musulmanes y cristianos. La Dirección coordinó encuentros y reuniones con empleadores y empleados, así como con 1.300 alumnos de instituto en Shfara’m y también visitó 50 puestos de trabajo. Durante estos encuentros, la Dirección conoció el nivel de sensibilización del público en relación con sus derechos en materia de legislación laboral, les informó sobre estos derechos y distribuyó información escrita en árabe.

265.En el curso de estas reuniones, la Dirección reparó en varios empleadores problemáticos y les apercibió de la forma debida. En mayo de 2005 la Dirección realizó inspecciones de 25 puestos de trabajo para examinar la situación allí y tuvo muy poca o ninguna colaboración de la población local, particularmente de las empleadas. Además del temor a perder sus empleos, muchas de estas mujeres tienen vínculos familiares con sus empleadores y, por consiguiente, son aún más reacias a quejarse.

266.Durante 2008 la Dirección llevó a cabo proyectos similares en las ciudades árabes de Yrka y Joulis. Además, 15 jóvenes árabes de ambos sexos han empezado hace poco a realizar el servicio civil nacional en el marco de la Dirección, durante el cual realizan actividades de sensibilización sobre las leyes laborales entre la población árabe de todo el país.

267.La Dirección preparó folletos sobre la Ley de salario mínimo y la Ley de empleo juvenil de 5713/1953, los tradujo al árabe y distribuyó miles de ellos entre la población árabe. Además, en Nazareth se realizó una campaña de aplicación de la ley centrada en la Ley de empleo juvenil.

268.En abril de 2005 el Tribunal del Distrito de Haifa ordenó a una empresa de mercadotecnia y a su director pagar 150.000 nuevos sheqalim (40.500 dólares de los EE.UU.) como indemnización a una empleada por infracción de la Ley de salario mínimo. La M.I.RA. Panorama, situada en la aldea drusa de Usfiya, pagaba a sus empleadas aproximadamente la mitad del salario mínimo horario. El Tribunal subrayó la gravedad de cualquier violación de la Ley de salario mínimo así como la importancia de la disuasión de cualquier incumplimiento de este tipo y concluyó su veredicto afirmando que las infracciones de la Ley de salario mínimo constituyen un agravio para la dignidad del trabajador como persona. (C. 88/03 El Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo c. la M.I.RA. Panorama (3 de abril de 2005)).

Igual remuneración por un trabajo de igual valor

269.Siguen existiendo diferencias entre los sueldos del hombre y de la mujer. Según datos recientes (2006), los hombres reciben por término medio unos ingresos que son superiores en un 57% a los de las mujeres.

270.Una explicación para esta diferencia es el menor número de horas de trabajo (o menor disponibilidad para trabajar) de las mujeres. En 2006, los hombres empleados trabajaban una media de 46 horas semanales, frente a las 35 horas a la semana que trabajaban las mujeres empleadas, una diferencia del 31%. Sin embargo, en 2006 los ingresos medios de las mujeres por hora eran de 37,1 nuevos sheqalim (10,02 dólares de los EE.UU.) y los de los hombres de 44,8 nuevos sheqalim (12,1 dólares de los EE.UU.), una diferencia del 21% que por sí misma indica que no puede atribuirse exclusivamente al número de horas trabajadas.

271.En 2006 el sueldo medio por hora de las mujeres era el 80,5% del de los hombres. Por ocupación, los sueldos por hora siguen siendo más altos, en relación con los hombres, en la categoría de “otros profesionales y técnicos” (86,5%). Las mujeres ganan menos, en relación con los hombres, entre los trabajadores cualificados en la industria y la construcción (92,3%).

Cuadro 10

Trabajadores asalariados urbanos: sueldos por hora de las mujeres en porcentaje de los sueldos por hora de los hombres en 1995, 1998 y 2006

Porcentaje

1995

1998

2006

Total

80,7

82,9

80,5

Ocupación

Profesionales académicos

79,4

85,7

74,9

Otros profesionales y técnicos

89,5

89,1

86,5

Administradores

75,3

75,4

89,9

Oficinistas

75,8

70,3

79,9

Trabajadores en ventas y servicios

64,2

71,0

73,7

Trabajadores cualificados en la industria y la construcción

56,9

63,0

92,3

Trabajadores no cualificados

78,3

77,9

73,2

Fuente: Oficina Central de Estadística de Israel, Estudio sobre los ingresos, 1995, 1998 y 2006.

272.Las empleadas árabes ganaban un 8% más por hora que los hombres árabes. Por lo que respecta al sueldo mensual bruto, los sueldos de los hombres árabes eran más altos en un 35% que los sueldos de las mujeres árabes. La diferencia en el sueldo mensual se debe a la diferencia entre las horas de trabajo de los hombres y las de las mujeres, que supone un promedio de 15 horas mensuales.

273.El 35% de las mujeres árabes con trabajo están empleadas en profesiones académicas, independientes y técnicas, el 27% como funcionarias administrativas y un máximo del 25% en servicios de ventas y en agencias, en comparación con los hombres árabes: el 27% empleados en profesiones académicas, independientes y técnicas y el 35% como profesionales y no profesionales.

274.Un informe reciente del Servicio de Acuerdos sobre Salarios y Laborales del Ministerio de Hacienda sobre los costos salariales en la administración pública muestra una tendencia a reducir las diferencias salariales entre empleados y empleadas de la administración pública.

275.Se compararon los sueldos de hombres y mujeres en la administración pública en distintas categorías mediante un análisis comparativo de dos períodos: noviembre de 2006 frente a mayo de 2002 y noviembre de 2006 frente a mayo de 1997. Cabe destacar que noviembre y mayo son meses en que no se pagan complementos salariales especiales (por una sola vez). Los datos salariales examinados fueron los siguientes: número de puestos, salario medio pensionable, promedio de horas extraordinarias, reembolso medio de gastos y salario bruto medio.

276.El fenómeno más significativo que tuvo lugar en estos períodos fue el crecimiento relativo del número de mujeres empleadas en la administración pública en comparación con el número de hombres, y la reducción considerable de la diferencia de reembolso de gastos entre mujeres y hombres, una tendencia que siguió en 2007.

277.En comparación con 1997, los datos indican que la diferencia entre empleados y empleadas en lo que respecta a las horas extraordinarias ha aumentado un 3%. En los tres elementos restantes se redujeron las diferencias, a saber: a una tasa del 2% para el salario pensionable, a una tasa del 15% para el reembolso de gastos y a una tasa del 3% en el salario bruto.

278.Sobre los empleados en puestos de dirección, los datos revelan que en un período de nueve años la relación de puestos ocupados por hombres frente a los puestos de mujeres se redujo considerablemente, lo cual significa que se emplean más mujeres en la categoría de dirección. En todos los índices salariales distintos de las horas extraordinarias se produjo una reducción de las diferencias. La diferencia solamente aumentó en relación con el trabajo en horas extraordinarias, a una tasa del 5%. Cabe destacar la reducción notable del apartado correspondiente al reembolso de gastos (15%).

279.Debe notarse que una parte significativa de la diferencia existente se deriva de la colocación en las distintas categorías. Evidentemente, el puesto y la categoría influyen considerablemente en el salario. Dado que la mayoría de las empleadas de la administración pública ocupan puestos administrativos, y por consiguiente categorías inferiores a las de los empleados, sus salarios son más bajos.

280.Como en otros aspectos de la protección de la igualdad, el órgano judicial de Israel participa de forma activa. En octubre de 2002 el Tribunal Superior de Justicia emitió su veredicto en la solicitud sobre el caso de Eytana Niv que se detalla en el informe anterior de Israel. El fallo trata de las disposiciones relativas a la jubilación anticipada de los empleados del Fondo, que preveía beneficios preferentes para los empleados hasta cumplir 65 años, mientras que a las empleadas otorgaba estos beneficios únicamente hasta cumplir 60 años. El Tribunal definió la discriminación como “un trato desigual e injusto dado a personas iguales”. El Tribunal estipulaba, en consecuencia, que el Fondo debe otorgar a las mujeres los mismos derechos que a los hombres en el marco de las disposiciones de jubilación y que el Fondo discriminaba a las demandantes. El Tribunal declaró asimismo que la igualdad es un valor fundamental en el sistema jurídico israelí y que la discriminación basada en el género es una de las formas más graves de discriminación. El Estado de Israel, a lo largo de los años, aseguró la igualdad entre los géneros y sólo consideraciones excepcionales justificarían no aplicarla. La discriminación contra las mujeres es evidentemente contraria al orden público y esencialmente nula. Posteriormente el Tribunal ordenó la supresión de las disposiciones discriminatorias relativas a la jubilación anticipada (H.C.J 6845/00 Eitana Niv et. al. c. The Klalit Health Fund (9 de octubre de 2002)).

281.El 26 de julio de 2007, al desestimar un recurso de una ex empleada que afirmaba haber sido objeto de discriminación en cuanto a sueldo y prestaciones de jubilación, el Tribunal Laboral de Israel subrayó que la prohibición de la discriminación deriva del principio de igualdad y está establecida en la Ley de igualdad de remuneración para los trabajadores y trabajadoras de 5724/1964 y la Ley de igualdad de oportunidades de empleo.

En este caso, una ex empleada del Knesset afirmaba haber sido objeto de discriminación en cuanto a sueldo y prestaciones de jubilación con respecto a sus colegas varones. El Tribunal consideró que la apelante no había probado que hubiera sido objeto de discriminación con respecto a sus colegas varones, ni sobre la base de la Ley de igualdad de remuneración para los trabajadores y trabajadoras ni sobre la base de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo, puesto que no demostró que hubiera ninguna relación entre la discriminación alegada y el hecho de ser mujer. (La.A. 222/06 Shoshana Kerem c. el Estado de Israel).

282.El 20 de noviembre de 2007 el Tribunal Laboral de Israel decidió que la “libertad de contratación” no justificaba una discriminación como la demostrada por el pago de sueldos diferentes a los hombres y a las mujeres por un trabajo igual. El tribunal declaró que en tales casos el principio de igualdad prevalecía sobre la libertad de contratación (L.A 1156/04 Orit Goren c. la Home Center (Do It Yourself) Ltd.). En este caso, la demandante había dimitido al cabo de cuatro meses de trabajo, después de que el empleador negara su afirmación de que padecía discriminación en el sueldo. La demandante había comparado su sueldo con el de un colega varón que recibía 1.500 nuevos sheqalim (405 dólares de los EE.UU.) más que ella, aunque ambos desempeñaban el mismo trabajo. El demandado respondió que la diferencia de sueldo se debía a las negociaciones que se llevaban a cabo con todos los trabajadores antes de la contratación, durante las cuales la demandante había pedido menos remuneración que el otro empleado. El tribunal inferior falló que no había justificación de la diferencia entre el sueldo que se pagaba a la demandante y el que se pagaba a su colega, y afirmó que la demandante había sido objeto de discriminación sólo por razón de su género.

El Tribunal Laboral de Israel rechazó la afirmación de que la “libertad de contratación” justificara la discriminación en el sueldo, aprobó por unanimidad la decisión del tribunal inferior y concedió una indemnización de 7.000 nuevos sheqalim (1.891,9 dólares de los EE.UU.) a la demandante por sus cuatro meses de trabajo, sobre la base de la Ley de igualdad de remuneración para los trabajadores y trabajadoras. Sin embargo, la mayoría del Tribunal, a diferencia del tribunal inferior, opinó que como la diferencia de sueldo era resultado de negociaciones anteriores al empleo, la demandante no había padecido discriminación en el sentido de la Ley de igualdad de oportunidades en el empleo y, por tanto, no tenía derecho a indemnización por daños no pecuniarios. No obstante, el Presidente del Tribunal Laboral de Israel disintió de la mayoría y argumentó que no había diferencia en el grado de prueba necesario para la concesión de una indemnización por la infracción de las dos leyes y aceptó el fallo del tribunal inferior, concediendo indemnización adicional a la demandante sobre la base de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo.

283.En noviembre de 2003 el Tribunal Laboral de Be’er-Sheva adoptó una decisión a favor de una empleada que recibió un salario inferior al de sus homólogos masculinos (La. 1576/99 Simmy Niddam c. la Rally Electricity and Electronics Ltd (3 de noviembre de 2003)). El Tribunal otorgó a la demandante todas las prestaciones sociales junto con una indemnización por la aflicción que se le había causado por una suma de 30.000 nuevos sheqalim (unos 8.100 dólares de los EE.UU.).

Distribución de los ingresos de los empleados

284.A continuación se dan los datos sobre la distribución de los ingresos de 2007.

Cuadro 11

Ingresos brutos por empleado, por ocupación y género, 2007

Empleados (en miles)

Ingresos brutos (nuevos sheqalim mensuales)

Ingresos brutos (nuevos sheqalim por hora de trabajo)

Horas de trabajo por semana

Todos los empleados

Profesionales académicos

296

12 672

73,2

40,9

Profesionales asociados y técnicos

363,4

7 732

51,3

35,9

Administradores

130,3

16 993

80,6

49,4

Oficinistas

424,3

6 499

39,6

39,2

Agentes, vendedores y trabajadores del sector de los servicios

442,4

5 007

31,6

38,5

Trabajadores cualificados

419,9

6 573

33,4

47

Trabajadores no cualificados

192,3

3 753

25,1

36,9

Total

2 326,8

7 662

44,9

40,8

Hombres

Profesionales académicos

147,6

15 775

80,8

45,6

Profesionales asociados y técnicos

145,5

9 937

56,3

41,5

Administradores

93,0

18 527

83,1

51,9

Oficinistas

107,7

8 383

44,1

44,9

Agentes, vendedores y trabajadores del sector de los servicios

184,5

6 688

36,2

44,4

Trabajadores cualificados

372,6

6 801

34,1

47,5

Trabajadores no cualificados

106,2

4 354

26,2

41

Total

1 201,2

9 267

48,2

45,7

Mujeres

Profesionales académicas

148,5

9 587

63,4

36,1

Profesionales asociadas y técnicas

217,9

6 260

46,9

32,1

Administradoras

37,4

13 175

72,7

43,1

Oficinistas

316,6

5 858

37,7

37,3

Agentes, vendedoras y trabajadoras del sector de los servicios

257,9

3 804

27,3

34,3

Trabajadoras cualificadas

47,3

4 772

26,6

43,3

Trabajadoras no cualificadas

86,1

3 011

23,3

31,9

Total

1 125,6

5 949

40,5

35,6

Fuente: Oficina Central de Estadística de Israel, Estudio sobre los ingresos, 2007.

Cuadro 12

Ingresos mensuales, por situación en el trabajo del cabeza de familia, 2007

Situación en el trabajo del cabeza de familia

No trabaja

Autónomo

Asalariado

Total

Hogares en la población (en miles)

525,1

196,9

1 349,8

2 071,8

Ingresos mensuales brutos por hogar (nuevos sheqalim)

5 302

18 262

15 127

12 935

Ingresos mensuales brutos por persona (nuevos sheqalim)

2 368

4 803

4 143

3 910

Ingresos mensuales netos por hogar (nuevos sheqalim)

4 948

13 804

12 120

10 463

Ingresos mensuales netos por persona

(nuevos sheqalim)

2 406

4 566

4 126

3 843

Fuente: Oficina Central de Estadística de Israel, Estudio sobre los ingresos, 2007.

Salud y seguridad ocupacional

285.Actualmente el Servicio de Inspección del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo (en adelante: “el Servicio”) cuenta con 62 inspectores de trabajo y 15 ayudantes. En 2006 el Servicio realizó 27.477 inspecciones de lugares de trabajo, 6.014 de las cuales se hicieron en obras en construcción. Los inspectores llevaron a cabo 634 investigaciones de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, imputaron 1.494 órdenes de violación de la seguridad y la salud (que requerían medidas inmediatas) e impusieron 778 órdenes de mejora de la seguridad y la salud.

286.El Laboratorio de Higiene Industrial realizó 2.473 controles ocupacionales y examinó además 2.469 informes de control realizados por laboratorios privados.

287.Como se indicó en el informe anterior de Israel, los resultados de las actividades de aplicación de la ley han ido mejorando continuamente como también se desprende de los siguientes datos actualizados sobre accidentes laborales, víctimas mortales e indemnización por lesiones. La tendencia reflejada en el informe anterior de Israel continúa, puesto que se evidencia una reducción del número de accidentes de trabajo y de víctimas mortales, a pesar del aumento del número de trabajadores.

Cuadro 13

Accidentes de trabajo, 2000-2006

Año

Número de accidentes

Número de trabajadores

Incidencia (porcentaje )

2000

76 185

2 133 800

3,57

2001

69 087

2 559 000

2,70

2002

70 025

2 570 200

2,72

2003

61 539

2 591 600

2,38

2004

65 776

2 637 000

2,49

2005

63 856

2 725 600

2,34

2006

64 296

2 804 200

2,29

Fuente: Servicio de Inspección del Trabajo, Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Cuadro 14

Víctimas mortales resultantes de accidentes en el trabajo, 1999- 2007

Sector

1999

2000

2001

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Industria

8

10

10

19

8

21

16

22

11

Construcción

34

29

31

31

34

15

24

30

25

Agricultura

2

4

2

2

3

3

6

4

2

Canteras

1

0

0

0

1

0

2

0

2

Puertos

4

0

5

0

2

2

2

0

0

Trenes

2

1

0

3

0

1

0

0

0

Otros

15

17

12

7

12

10

4

5

11

Total

66

61

60

62

60

52

54

61

51

Fuente: Servicio de Inspección del Trabajo, Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Cuadro 15

Indemnizaciones por accidentes de trabajo en 2007

Beneficiarios de indemnizaciones por accidente

Números absolutos

Porcentaje

Promedio de días de incapacidad para trabajar

Todos los asegurados

67 657

100,0

33,9

Asalariados

61 661

91,1

32,6

Autónomos

5 996

8,9

47,3

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Cuadro 16

Indemnizaciones por lesiones en 2007, por género y edad

Edad

Género

Total

0 a 17

18 a 24

25 a 34

35 a 44

45 a 54

55 a 59

60 a 64

65+

Total

67 657

Porcentaje

100

0,4

10,9

25,1

22,7

23

10,1

5,5

2,6

Hombres

47 928

Porcentaje

100

0,5

11,9

26,9

23,4

20,3

8,6

5,2

2,9

Mujeres

19 792

Porcentaje

100

0,18

8,27

20,6

21,1

27,7

13,9

6

2

Fuente: Servicio de Inspección del Trabajo, Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Promoción de la igualdad de oportunidades

288.Con arreglo a una enmienda de 3 de enero de 2006 a la Ley de igualdad de oportunidades de empleo se creó la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo dentro del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo.

289.La Comisión se encarga de la promoción, aplicación y cumplimiento civil de las leyes y disposiciones reglamentarias de toda la legislación relacionada con la igualdad de oportunidades en el empleo, a excepción de la relativa a las personas con discapacidad, que es responsabilidad de la Comisión de Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad. Como tal, el mandato de la Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo incluye la Ley de igualdad de oportunidades de empleo, la Ley de igualdad de remuneración para los trabajadores y trabajadoras, la Ley del empleo femenino, la Ley de prevención del acoso sexual (en relación con el empleo), la Ley de horas de trabajo y descanso de 5711/1951, la Ley de los soldados licenciados (rehabilitación en el puesto) de 5709/1949, la Ley de igualdad de derechos de la mujer, la Ley del servicio de empleo, la Ley de protección del empleado (Exposición a delitos de conducta poco ética y actos administrativos indebidos) de 5757/1997, así como la legislación sobre la representación adecuada de las mujeres, las personas con discapacidad, los árabes israelíes y las personas de origen etíope en el sector público.

290.La Comisión también asume, entre otras cosas, una amplia variedad de funciones, entre las que se incluyen fomentar la conciencia pública mediante la educación, la capacitación y las relaciones públicas; promover programas y actividades; colaborar con otras entidades, empleados y empleadores incluidos; realizar investigaciones y recoger información; intervenir, con la aprobación de los tribunales, en acciones judiciales; tramitar denuncias de infracción de la legislación constituyente, también mediante la presentación de demanda civil ante los tribunales; y solicitar al tribunal órdenes generales que obliguen a los empleadores a tomar medidas generales relativas a la totalidad o parte de la fuerza de trabajo o los solicitantes de empleo.

291.La Comisión de Igualdad de Oportunidades de Empleo comenzó a funcionar a principios de 2008, a raíz de la decisión del Gobierno en noviembre de 2007 de nombrar a la abogada Tziona Koenig-Yair Primera Comisionada Nacional. Además, hay en marcha un proceso de nombramiento de tres comisionados regionales.

292.Hace poco se ha nombrado el Comité Consultivo de la Comisión. Con arreglo a la enmienda a la ley, el Comité de 21 miembros comprende representantes de la Dirección para el Adelanto de la Mujer, la Comisión para la Igualdad de Derechos de las Personas con Discapacidad, ministerios gubernamentales, ONG, sindicatos y asociaciones patronales. En la medida de lo posible, se garantiza la representación adecuada de las mujeres, los árabes israelíes y las personas con discapacidad.

293.Desde su nombramiento, la Comisionada Nacional ha ocupado otros tres cargos y ha publicado un folleto acerca de los derechos de empleo, que se ha distribuido entre 300.000 empleadores y empleados, y que ahora se está traduciendo al árabe.

294.Desde septiembre de 2008, entre los servicios que ha prestado la Comisión se incluyen la tramitación de 150 solicitudes específicas, tres juicios que se están preparando actualmente y la adopción de numerosas medidas preliminares en relación con la discriminación ejercida por los empleadores.

295.Al final de cada año, el Comisionado tiene la obligación de presentar un informe anual al Ministro de Industria, Comercio y Trabajo, que remitirá el informe con sus observaciones a la Dirección del Knesset para el Adelanto de la Mujer y a la Comisión del Knesset para el Trabajo, el Bienestar y la Salud.

Descanso y esparcimiento

296.Los siguientes datos se refieren al cumplimiento por la Dirección de Aplicación de las Leyes y Reglamentación del Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo de la Ley de horas de trabajo y descanso desde el último informe de Israel: en 2005, se iniciaron 523 investigaciones y se impusieron 99 multas administrativas. En 2006, 641 investigaciones y 182 multas administrativas. En 2007, 685 y 309 respectivamente. En el período 2006-2008 se presentaron 170 acusaciones penales.

Artículo 8Derechos laborales colectivos

Convenciones internacionales pertinentes obligatorias para Israel

297.Desde la presentación del informe periódico anterior de Israel, se han presentado los siguientes informes: tercer informe periódico de Israel sobre la aplicación del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, presentado en julio de 2008; cuarto informe periódico de Israel sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, presentado en junio de 2005; e informes periódicos 10º a13º combinados sobre la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, presentados en septiembre de 2005.

Formación de sindicatos y sindicación

298.Una decisión reciente del Tribunal Laboral del Distrito ha ampliado la protección jurídica del derecho a organizarse en sindicatos en la jurisprudencia israelí (C.M. 6726/07 Alon Leigh Green c. la Excellent Coffee Ltd. (18 de julio de 2007)).

En este caso, el demandante solicitó al Tribunal que revocara su despido por el demandado, el cual alegó que era improcedente y resultante de su actividad sindical. Según el demandante, antes de su actividad sindical el demandado le consideraba un buen empleado e incluso le ascendió a jefe de turno. El demandado alegó que no fue el deseo del demandante de ejercer su derecho a formar un sindicato lo que conllevó su despido, sino más bien el deterioro de su desempeño como jefe de turno.

El Tribunal apeló al artículo 33J a) de la Ley de convenios colectivos de 5717/1957 que establece, entre otras cosas, que un empleador no despedirá a un empleado, empeorará sus condiciones de trabajo ni impedirá que una persona sea contratada debido a su pertenencia o actividad en un sindicato o comité de trabajadores, ni tampoco debido a las acciones para crear un sindicato o comité de trabajadores. El argumento reflejado en la Ley, de acuerdo con principios similares derivados de la jurisprudencia de los tribunales laborales, es que la discriminación de un empleado por razón de su pertenencia a un sindicato de trabajadores infringe el principio de igualdad y también el derecho a crear sindicatos y a sindicarse. Por tanto, con arreglo a la ley y a la jurisprudencia, los tribunales deben proteger a los empleados cuando haya motivos de preocupación porque los empleadores hayan actuado en su contra violando el derecho básico de crear sindicatos y sindicarse. El Tribunal sostuvo que el demandado no cumplió los requisitos de carga para probar que el despido del demandante fuera debido a su desempeño y no a su actividad sindical.

Como recurso excepcional, el Tribunal ordenó la rehabilitación del demandante, de conformidad con el artículo 33k de la Ley. El Tribunal sostuvo que, de hecho, la norma es que las relaciones laborales no deben ser obligadas y que la indemnización monetaria debería ser suficiente, especialmente en el ámbito del sector privado. Aunque este es un caso excepcional en que la conducta del demandado equivale a una violación del derecho constitucional del empleado, lo cual no puede repararse con ninguna indemnización monetaria. Tal violación excepcional de un derecho constitucional que es un “privilegio” y va más allá de los derechos económicos del trabajador produce un resultado excepcional, siendo así incluso con respecto a una entidad privada.

299.Recientemente el Tribunal Laboral de Israel determinó que una organización no se puede considerar un sindicato representativo si establece diferencias entre hombres y mujeres de manera que constituya una discriminación de las mujeres, como por ejemplo impidiendo su participación en el proceso democrático de elegir y ser elegidas para las instituciones de la organización. Además, no puede considerarse un sindicato desde el momento en que no tiene una naturaleza y unos procedimientos democráticos (La.C. 9/07 Organización de profesores ultraortodoxos de jardines de infancia c. los profesores de la Agudat Israel Histadrut (15 de septiembre de 2008)).

El derecho a formar sindicatos

Número y estructura de los sindicatos en Israel

300.No se ha producido ningún cambio notable en la estructura de las organizaciones laborales desde la presentación de los anteriores informes de Israel. La Histadrut sigue siendo la organización de trabajadores más importante y más representativa y sigue absteniéndose de revelar el número exacto de sus miembros.

Libertad individual de unirse a un sindicato

301.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Libertad de funcionamiento de los sindicatos

El derecho de huelga

Situación y contenido del derecho de huelga

302.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Restricciones al derecho de huelga

Datos estadísticos sobre huelgas en Israel

303.Las cifras presentadas en el informe anterior de Israel pueden ahora actualizarse como sigue.

Cuadro 17

Huelgas en Israel, 2000- 2007

Año

Número de instancias de huelga de celo

Número de huelgas y cierres patronales (excluidas las huelgas de celo)

Número de personas participantes en huelgas y cierres patronales

Número de días perdidos

2000

56

54

297 882

2 011 263

2001

58

62

426 560

2 039 973

2002

34

47

1 647 810

1 488 120

2003

64

60

1 258 904

2 725 159

2004

55

49

722 875

1 224 423

2005

44

57

103 666

244 236

2006

40

35

125 730

136 189

2007

37

30

386 075

2 548 627

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, 2008.

Las fuerzas armadas, la policía y la administración del Estado

304.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

Convenciones internacionales pertinentes obligatorias para Israel

305.Israel ha presentado nuevos informes sobre el Convenio sobre la igualdad de trato (indemnización por accidente) (Nº 19) de la OIT, el Convenio sobre la seguridad social (norma mínima) (Nº 102) de la OIT y el Convenio sobre la igualdad de trato (seguridad social) (118), todos ellos con respecto al período 2001-2006.

306.Además, Israel ha ratificado convenios bilaterales de seguridad social con la República Checa (2002) y el Canadá (2003), que elevan el número total de estos convenios a quince. Israel, como país de inmigración, tiene interés en dichos convenios con el fin de asegurar a cada beneficiario una prestación adecuada a las cotizaciones de la seguridad social de su país de origen.

307.Otra finalidad de estos convenios internacionales es la necesidad de evitar la duplicidad de coberturas y contribuciones para los trabajadores destinados por su empleador en otro país, al tiempo que se asegura la continuidad de la protección y unas prestaciones adecuadas con arreglo a la legislación sobre seguridad social de su país de origen.

Ramas de la seguridad social en Israel

308.Desde 2006, todas las prestaciones de seguridad social se actualizarán con arreglo al índice de precios al consumo y no con arreglo al salario medio.

Subsidio de maternidad

309.A partir del 1º de enero de 2005 el Instituto Nacional de Seguros paga a la nueva madre un subsidio de maternidad después del parto para ayudar a financiar el costo del ajuar del recién nacido, directamente a la cuenta bancaria de la madre y que se concede alrededor de un mes después de la fecha del parto. Con anterioridad, la subvención de maternidad se pagaba con un cheque que se entregaba a la madre en el hospital donde había dado a luz.

310.A partir del 1º de enero de 2008 el “subsidio de maternidad” que se da a la nueva madre al nacimiento del primer hijo, o a los padres adoptivos en el momento de la adopción, ascenderá a 1.489 nuevos sheqalim (algo más de 402 dólares de los EE.UU.). El subsidio de maternidad por el segundo hijo equivaldrá a 670 nuevos sheqalim (algo más de 181 dólares de los EE.UU.) y el subsidio por el tercero y cada uno de los demás hijos de la familia a 447 nuevos sheqalim (algo más de 120 dólares de los EE.UU.).

311.Desde el 1º de enero de 2006 las mujeres que no puedan trabajar durante un período de cómo mínimo 30 días consecutivos a causa de un embarazo de alto riesgo recibirán un “subsidio de maternidad”. La asignación diaria es la menor de las siguientes dos cantidades: la cantidad básica dividida entre 30 (248 nuevos sheqalim o 65 dólares de los EE.UU.) o el sueldo de la mujer dividido entre 90.

312.El Instituto Nacional de Seguros paga una prestación a la madre que da a luz a tres o más hijos a la vez, y se paga de nuevo al cabo de 30 días de la fecha del parto, si por lo menos tres de los hijos han sobrevivido. El subsidio de natalidad se paga, además de la subvención de maternidad, durante 20 meses a partir del primer día del mes siguiente al nacimiento.

313.Pago automático del subsidio de maternidad. Tanto las mujeres asalariadas como las autónomas tienen derecho, cuando dan a luz, al subsidio de maternidad del Instituto Nacional de Seguros mientras dure su licencia de maternidad y estén ausentes del trabajo. Desde el 1º de enero de 2006, las mujeres autónomas reciben automáticamente el subsidio sin tener que presentar una solicitud.

314.La orden temporal sobre el subsidio de maternidad para los padres que disfrutan de la licencia de maternidad en lugar de la madre, que se detalla en el informe anterior de Israel, ha quedado incorporada desde entonces tanto en la Ley del seguro nacional como en la Ley del empleo femenino. Los datos indican un aumento considerable del número de hombres que reciben el subsidio de maternidad. En 2007 el número de hombres que recibían el subsidio de maternidad era 246, frente a 128 en 2003.

Prestaciones de vejez

315.Como se detalla en el informe periódico anterior de Israel, el Instituto Nacional de Seguros inicia los trámites para solicitar las pensiones de vejez. Unos dos meses antes de alcanzar la edad que da derecho a la pensión, todos los hombres y las mujeres reciben del Instituto Nacional de Seguros un impreso de solicitud de la pensión de vejez, junto con una carta explicativa.

316.Ley sobre la edad de jubilación. Como se ha mencionado en el artículo 3, en 2004 el Knesset aprobó la Ley sobre la edad de jubilación, con arreglo a la cual desde el 1º de julio de 2004 la edad de jubilación (y por consiguiente la edad que da derecho a la pensión de vejez) se eleva paulatinamente como sigue: la edad condicional o la edad de jubilación (edad que da derecho a la pensión de vejez condicionada a una comprobación de los medios de vida) se elevará gradualmente hasta alcanzar los 67 años para los hombres y los 62 años para las mujeres. La edad absoluta o edad pensionable (edad que da derecho a la pensión de vejez que no está condicionada a una comprobación de los medios de vida) se eleva paulatinamente para las mujeres hasta alcanzar los 70 años (igual que para los hombres). Antes de la modificación, la edad condicional que da derecho a la pensión de vejez era 65 años para los hombres y 60 años para las mujeres, mientras que la edad absoluta era 70 y 65 años, respectivamente. La nueva Ley afecta a la definición de las personas aseguradas y muchas otras ramas de la seguridad social, como la de discapacidad, desempleo, sostenimiento de la renta, movilidad y atención a largo plazo.

317.El 19 de marzo de 2007 se modificó la Ley para el ahorro de electricidad de 5756/1996 y se añadió el artículo 31a, de conformidad con el cual, las personas que llegan a la edad de jubilación con derecho al sostenimiento de la renta tienen derecho a un descuento del 50% en los primeros 400 kWh de consumo doméstico mensual. El nuevo artículo otorga más competencias al Ministro de Infraestructuras Nacionales para identificar, en consulta con el Ministro de Asuntos Sociales y Servicios Sociales, otros sectores de la población que también puedan tener derecho a este descuento en el consumo de electricidad.

Prestaciones de discapacidad

318.Derecho de los residentes repatriados a una pensión de discapacidad. De conformidad con la Enmienda Nº 53 a la Ley del seguro nacional aprobada en 2002, también puede concederse una pensión de discapacidad a una persona cuya incapacidad para trabajar comenzó cuando no residía en Israel, si la deficiencia que la provocó se produjo cuando la persona era un menor de 18 años residente en Israel. Antes de la enmienda a la Ley, uno de los requisitos necesarios para tener derecho a la pensión de discapacidad era que la incapacidad para trabajar se produjera cuando la persona era residente israelí, excepto para los nuevos inmigrantes, que tienen derecho a la pensión aunque su incapacidad se iniciara antes de convertirse en residentes israelíes. La finalidad principal de la enmienda, en vigor desde el 1º de septiembre de 2002, es satisfacer las necesidades de los residentes repatriados.

319.Ampliación de la definición de nuevo inmigrante con respecto a las condiciones exigidas para obtener una pensión de discapacidad. Una enmienda reciente de la Ley del seguro nacional amplió la definición de nuevo inmigrante para incluir a las personas con visado de residencia temporal o permanente en Israel, quienes recibirán un paquete de servicios del Ministerio para la Absorción de Inmigrantes. El derecho a la pensión de discapacidad para estas personas comienza 12 meses después de entrar al país, aunque no antes del 1º de julio de 2006, cuando entro en vigor la enmienda.

320.Ley sobre la edad de jubilación:repercusiones sobre el seguro de discapacidad. La Ley sobre la edad de jubilación ha ampliado el ámbito de personas con derecho a pensión de discapacidad. Las personas aseguradas a efectos del seguro de discapacidad ahora se definen como “residentes israelíes de 18 años o más que todavía no han alcanzado la edad de jubilación”. Esta edad se está elevando paulatinamente, como se ha mencionado, hasta los 67 años para los hombres y 62 años para las mujeres, y mientras tanto varía según el mes de nacimiento de la persona. El cambio está en vigor desde el 1º de abril de 2004 y es aplicable a los hombres que hayan cumplido 65 años y a las mujeres que hayan cumplido 60 años con fecha de 1º de julio de 2004 o posteriormente.

321.Ley de indemnización a las víctimas de la poliornielitis de 5767/2007.El objetivo de la nueva Ley es indemnizar a los residentes israelíes (de conformidad con lo dispuesto en la Ley del seguro nacional) que fueron infectados por la enfermedad de la poliornielitis mientras residían en Israel y, por consiguiente, quedaron paralíticos. La indemnización se asignará con arreglo a los grados de discapacidad médica, que se determinarán según lo estipulado en la Ley del seguro nacional.

Las prestaciones ofrecidas en virtud de la Ley son complementarias de las prestaciones generales de discapacidad y/o movilidad a las que pueda tener derecho la víctima de la polio.

322.Niños con discapacidad.El Instituto Nacional de Seguros paga una prestación especial para niños discapacitados, como se define a continuación: niños menores de 18 años (incluidos los niños adoptados o hijastros) hijos de una persona asegurada, o de una persona asegurada que haya fallecido como residente israelí y con las características siguientes:

un niño (a partir de 3 años) que depende de la ayuda de los demás para realizar las funciones diarias (vestirse, comer, lavarse, movilidad en el hogar y la presencia permanente de otra persona, como se define en el reglamento) hasta un grado considerablemente superior a lo normal para su grupo de edad;

un niño (mayor de 91 días) que necesita supervisión constante;

un niño con una deficiencia especial, es decir: (de nacimiento) síndrome de Down o deterioro de la capacidad auditiva, o (más de 91 días de edad) una deficiencia visual, autismo, psicosis o retraso grave del desarrollo (esto último hasta la edad de 3 años);

un niño (de más de 91 días) que necesita tratamiento médico especial con arreglo a lo establecido en el reglamento, debido a una enfermedad crónica grave.

Prestaciones de sobrevivientes

323.Solicitud de pensión de sobreviviente. De conformidad con la política del Instituto Nacional de Seguros de procurar iniciar solicitudes fundamentadas siempre que sea posible con el fin de asegurar la máxima utilización de los derechos, en 2006 comenzó una nueva campaña para presentar solicitudes de pensiones de sobrevivientes. En la población destinataria se incluye a las esposas e hijos (menores de 22 años) de personas aseguradas fallecidas que todavía no hayan solicitado una pensión de sobreviviente.

324.Pago automático de la pensión de sobreviviente.Desde 2006 la pensión de familiares sobrevivientes se paga automáticamente a los siguientes grupos de población:

324.1viudas cuyos maridos habían recibido una prestación por familiares a cargo junto con la pensión de vejez;

324.2viudas que reciben una pensión de vejez por haber acumulado el período exigido para tener derecho a ella, en la misma cuenta bancaria que sus maridos.

Subsidio de dependencia

325.El artículo 135 de la Ley del seguro nacional establece que, cuando una viuda se vuelve a casar, tiene derecho a recibir el pago de dos prestaciones, pero renuncia a su derecho a recibir el subsidio mensual de dependencia. La Ley incluye en la definición de esposa a la pareja de hecho.

326.En la causa La.A. 1407/04 El Instituto Nacional de Seguros c. Nehama Freeman (8 de noviembre de 2006)el Tribunal Laboral de Israel debatió sobre si una viuda que pasa a ser pareja de hecho, no se vuelve a casar y disfruta de una mejor situación económica que otras viudas, debe o no seguir recibiendo el subsidio de dependencia que se concede a las viudas. El Tribunal concluyó que, aunque la situación económica de una esposa de hecho es mejor que la de una viuda, dicha relación no es tan estable como la del matrimonio, dado que las partes pueden separarse en cualquier momento y la mujer puede tener que volver repentinamente a la situación económica de una viuda. Esta decisión demuestra la tendencia de la legislación y de las resoluciones judiciales a equiparar los derechos y las prestaciones que reciben las esposas de hecho con los de las mujeres casadas. No obstante, la cuestión planteada era la denegación de una prestación; el Tribunal concluyó que tal denegación debe interpretarse de forma estricta y que, por tanto, cuando el legislador desea denegar un derecho o una prestación, debe reflejarlo explícitamente en la Ley.

Prestaciones por accidentes de trabajo

327.Pago en caso de fallecimiento de una persona discapacitada por accidente de trabajo, cuyo fallecimiento no es resultante del accidente de trabajo.En 2001 se aprobó una enmienda al artículo 310 de la Ley del seguro nacional que establece el pago a las personas a cargo de una persona discapacitada por accidente de trabajo cuyo fallecimiento no haya sido consecuencia de su accidente de trabajo. Con arreglo a las condiciones estipuladas en la Ley, se paga a las personas a cargo una suma equivalente al 60% de la totalidad de la pensión de discapacidad de la persona discapacitada, multiplicado por 36. El pago se realiza en dos plazos, el primero al fallecer la persona discapacitada y el segundo al cabo de un año del óbito. Antes de la modificación, cuando una persona discapacitada por accidente de trabajo fallecía por una causa distinta de su accidente de trabajo, dejaba de percibir su pensión mensual y se realizaba un pago por fallecimiento con arreglo al salario medio. Esta suma se pagaba solamente a las personas a cargo de una persona con una discapacidad médica permanente del 50% como mínimo y a las personas a cargo de una persona anciana con discapacidad.

El pago actual por fallecimiento es una cantidad superior y se otorga a todas las personas a cargo de personas incapacitadas por accidente de trabajo, mejorando así su situación económica. Cabe destacar que cuando una persona que ha sufrido un accidente laboral fallece a consecuencia del mismo, las personas a su cargo siguen recibiendo una pensión mensual.

Prestaciones de sostenimiento de la renta

328.El sostenimiento de la renta es una prestación parcial que se concede a una persona cuyos ingresos por el trabajo u otra procedencia (como, por ejemplo, la pensión de vejez) son inferiores a los ingresos mínimos garantizados necesarios para la subsistencia de conformidad con la ley. Desde 2002 se han producido muchos cambios en las cantidades de la pensión de vejez con respecto a los ingresos mínimos garantizados. Por tanto, en 2006 el Instituto Nacional de Seguros decidió reexaminar las condiciones que dan derecho al sostenimiento de la renta, basándose en las solicitudes previamente presentadas y denegadas, partiendo del supuesto que la situación financiera del solicitante no haya cambiado.

329.En 2006 el Instituto Nacional de Seguros pagó prestaciones de sostenimiento de la renta a unas 130.341 familias cuyos ingresos no llegaban al nivel mínimo que fija la Ley de sostenimiento de la renta de 5740/1980 y que no estaban cubiertas por otros programas de mantenimiento de los ingresos.

330.Exención del requisito de prueba de empleo. Uno de los requisitos básicos para tener derecho a una prestación de sostenimiento de la renta es cumplir los requisitos de prueba de empleo: inscripción en la oficina de empleo como solicitante de empleo o participante en el programa de orientación laboral “Lights for Employment”. Una persona sólo puede optar a una prestación de sostenimiento de la renta si el servicio de empleo no puede ofrecerle un trabajo. La prueba de empleo sirve para verificar que un solicitante de la prestación de sostenimiento de la renta no ha podido encontrar empleo, a menos que no sea capaz de ganarse la vida o no sea apta para su colocación en ningún puesto de trabajo.Hay varias categorías de personas que están exentas de este requisito, como por ejemplo las familias monoparentales con niños pequeños, las personas que cuidan de un familiar enfermo, etc. De conformidad con una enmienda a la Ley de sostenimiento de la renta, en vigor desde 2002, una madre de una familia de acogida que cuida de un niño menor de 7 años también está exenta de cumplir la prueba de empleo para recibir la prestación de sostenimiento de la renta. Otra enmienda a la Ley, en vigor desde 2007, determina que las personas de 25 años o más con un grado de discapacidad del 75% o más y las amas de casa con discapacidad también están exentas de la prueba de empleo.

331.Propiedad de un vehículo.De conformidad con una enmienda a la Ley de sostenimiento de la renta de fecha 26 de diciembre de 2006, la propiedad de un vehículo no descalifica a una persona, en determinadas condiciones, del derecho a la prestación de sostenimiento de la renta. Anteriormente, la persona propietaria de un vehículo que no fuera una motocicleta no tenía derecho a una prestación de sostenimiento de la renta, a menos que tuviera la movilidad reducida o necesitara el vehículo para acceder a un tratamiento médico. La enmienda pretende eliminar los obstáculos a los destinatarios del sostenimiento de la renta que necesitan un vehículo para trabajar.

Subsidios por hijos a cargo

332.Como se indicó en el informe periódico anterior de Israel, todas las familias que residen legalmente en Israel tienen derecho, independientemente de sus ingresos, a un “subsidio por hijos a cargo”, que es una subvención mensual que aumenta con el número de hijos en la familia. La política del Gobierno de reducir los subsidios por hijos a cargo, cuya primera etapa se llevó a cabo entre 2002 y 2004, continuará hasta 2009 y se aplica en parte mediante órdenes transitorias y en parte mediante legislación permanente. Al fin del período legislativo de 2009 el subsidio será una cantidad fija por hijo para todas las familias, cualquiera que sea la posición del hijo en la familia.

A partir de enero de 2008 una familia de un hijo recibe 152 nuevos sheqalim (unos 41 dólares de los EE.UU.) por mes; una de dos hijos, 304 nuevos sheqalim (82 dólares de los EE.UU.); una de tres, 486 nuevos sheqalim (131 dólares de los EE.UU.); una de cuatro, 823 nuevos sheqalim (222 dólares de los EE.UU.); y una de cinco, 1.160 nuevos sheqalim (313 dólares de los EE.UU.) por mes. Por cada hijo nacido después del 1º de junio de 2003 se paga una suma de 152 nuevos sheqalim (41 dólares de los EE.UU.).

En 2005, 956.294 familias recibieron subsidios por hijos a cargo, lo que representa el 19% del total de las prestaciones pagadas por el Instituto Nacional de Seguros. En 2006 fueron 968.282 familias, el 17,6% del total de dichas prestaciones.

333.De conformidad con la Ley sobre la política económica para el ejercicio 2004 (reformas legislativas), se enmendó la Ley del seguro nacional para añadir el artículo 68 c). El nuevo artículo dispone que un padre con derecho a un subsidio por tres o más hijos a cargo y reciba una de las prestaciones siguientes: sostenimiento de la renta, pensión alimenticia, pensión de familiares sobrevivientes con suplemento de ingresos o pensión de vejez con suplemento de ingresos, recibirá un aumento mensual del subsidio por hijos a cargo a razón de 0,59 de un punto de crédito por cada tercer y cuarto hijo en la familia (106 nuevos sheqalim (28 dólares de los EE.UU.)).

334.Al inicio del curso académico, el Instituto Nacional de Seguros también ofrece una beca de estudios para todos los niños entre 6 y 14 años de las familias que cumplen las condiciones, a saber: familias monoparentales; familias con 4 hijos o más que reciben una de las prestaciones siguientes: sostenimiento de la renta, pensión alimenticia, prestación de discapacidad, pensión de vejez o prestación de familiares sobrevivientes; un niño huérfano de ambos padres; un niño abandonado/huérfano como se define en la Ley de sostenimiento de la renta; un niño que haya inmigrado a Israel sin un padre asegurado; y las mujeres que residen un refugio para mujeres maltratadas, en determinadas condiciones.

Fondos sociales especiales

335.Dentro de los medios de ayuda y adelanto para las poblaciones débiles de la sociedad israelí, el Instituto Nacional de Seguros mantiene cinco fondos sociales especiales destinados al desarrollo de infraestructuras y servicios para estas poblaciones, encaminados a alentar a las organizaciones proveedoras de servicios (gubernamentales, municipales y no gubernamentales) a ampliar el alcance y la accesibilidad de los servicios de bienestar que suministran a los distintos grupos de población que asegura y mantiene el Instituto Nacional de Seguros:

335.1el Fondo para el desarrollo de servicios para los discapacitados;

335.2el Fondo para actividades orientadas a la seguridad en el trabajo y la prevención de accidentes laborales;

335.3el Fondo para el desarrollo de servicios de atención a largo plazo;

335.4el Fondo para el desarrollo de servicios para la infancia y la juventud (creado en 2004);

335.5el Fondo para iniciativas especiales.

336.Las actividades de los Fondos están fijadas en la Ley del seguro nacional y cuatro de ellos extraen su presupuesto de un porcentaje de la asignación anual destinada a la rama del seguro a la que pertenecen. El Fondo para iniciativas especiales dispone de presupuesto propio, puesto que los proyectos que patrocina están orientados a todos los beneficiarios del Instituto.

337.Los Fondos actúan como catalizadores para el desarrollo de servicios en la comunidad y ofrecen ayudas económicas preliminares para las iniciativas de aquellos proveedores de servicios que asumen por su cuenta la continuidad del mantenimiento y el funcionamiento de los servicios durante un período prolongado.

El sistema de pensiones en Israel

338.El 19 de julio de 2007 la Federación de Organizaciones Económicas Israelíes y el sindicato Histadrut firmaron un convenio colectivo sobre un amplio plan de seguro de pensiones para todos los trabajadores. El convenio colectivo entró en vigor el 1º de enero de 2008 a raíz de la emisión de una orden de ampliación por el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo que lo validaba.

339.El convenio colectivo sólo será aplicable a los empleados que no sean beneficiarios de un plan de pensiones. No afectará a los empleados que sean beneficiarios de un plan de pensiones, que seguirá siendo aplicable en sus términos actuales sin menoscabo de sus derechos. El convenio se aplica a todos los empleados mayores de 21 y todas las empleadas mayores de 20 años.

340.El convenio dispone, entre otras cosas, que desde el 1º de enero de 2009 todos los empleados tendrán derecho a la asignación de una pensión al cabo de seis meses de empleo. Durante el período de adaptación hasta enero de 2009, tendrán derecho todos los empleados que a 1º de enero de 2008 hayan cumplido nueve meses de empleo. Un empleado que haya comenzado ha trabajar en un lugar de trabajo y tenga un seguro de pensiones tendrá derecho a la asignación de una pensión desde el primer día de empleo; la ejecución de la asignación comenzará al cabo de tres meses de empleo con efectos retroactivos, o al final del ejercicio, lo que antes acontezca.

341.El salario asegurado es el que determina la Ley de indemnizaciones por cese de 5723/1963 e incluirá el sueldo base y todos los complementos salariales a que tenga derecho el empleado. El salario máximo asegurado equivale al salario medio.

Todos los empleados tienen derecho a elegir la caja de pensiones o la caja de jubilaciones y comunicarlo al empleador dentro de los 60 días posteriores al comienzo del empleo.

Atención a largo plazo

342.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Gastos

343.Los pagos de prestaciones de la seguridad equivalían al 6,9% del PIB en 2007 y al 7,1% en 2006. En el informe inicial de Israel se mostraba un claro aumento en la parte del PIB y del presupuesto del Estado correspondiente al pago de prestaciones hasta 2002 (8,9%). En 2003 comenzó una tendencia decreciente (8,3%) y continuó hasta 2007.

Igualdad en la seguridad social

344.Desde la presentación del informe anterior de Israel, ha habido algunos cambios positivos notables que han mejorado la igualdad en la seguridad social, y que se han mencionado en este informe.

Artículo 10Derechos de la familia

Convenciones internacionales pertinentes obligatorias para Israel

345.Desde 1991 Israel es parte en la Convención internacional sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer. En mayo de 2005 Israel presentó su cuarto informe periódico al Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer. El quinto informe se presentará en 2009.

346.Desde 1991 Israel es parte en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos. Su tercer informe fue presentado al Comité en julio de 2008.

347.Desde 1991 Israel es parte en la Convención sobre los Derechos del Niño. Presentó su informe inicial en 2001 y su segundo informe periódico se presentará en 2009.

348.Desde la presentación del segundo informe periódico de Israel, se presentó un informe en virtud del Convenio de la OIT sobre la edad mínima, 1979 (Nº 138), correspondiente al bienio 2004-2005.

Significado de “familia”

Definición del término “familia” en el derecho israelí

349.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Significado de familia en la práctica administrativa

350.Se han producido varios avances importantes en la judicatura desde la presentación del informe anterior de Israel, con la ampliación del significado de familia en la práctica administrativa en lo que respecta a las parejas del mismo sexo.

351.El 21 de noviembre de 2006 el Tribunal Supremo dictó un fallo histórico sobre los derechos de las parejas de un mismo sexo. El Tribunal sostuvo que un certificado de matrimonio expedido en otro país donde se reconocieran los matrimonios entre personas del mismo sexo podía permitir que el Ministerio del Interior inscribiera a la pareja como casada. Cinco parejas homosexuales que habían celebrado ceremonias matrimoniales en el extranjero presentaron una demanda ante el Tribunal Supremo después que el Ministerio del Interior les hubiera denegado la inscripción como casadas (H.C.J. 3045/05 Ben-Ari c. el Ministerio del Interior, H.C.J. 3046/05 Bar-Lev c. el Ministerio del Interior, H.C.J. 10218/05 Herland c. el Ministerio del Interior, H.C.J. 10468/05 Lord c. el Ministerio del Interior, yH.C.J. 10597/05 Remez c. el Ministerio del Interior).

El Tribunal Supremo basó su decisión en un fallo anterior suyo (H.C.J. 143/62 Fonk Shlezinger c. el Ministerio del Interior) en que había distinguido entre el deber de inscribir los matrimonios y la cuestión del reconocimiento de su condición. El Tribunal Supremo determinó que el Ministerio del Interior no debía discriminar contra las parejas homosexuales que tuvieran un certificado de matrimonio de un país que permitiera los matrimonios homosexuales. No obstante, el Tribunal observó que con ello no estaba otorgando una nueva condición jurídica a los matrimonios entre personas de un mismo sexo, e insistió en que esto era de la competencia del Knesset.

352.En un fallo innovador, el Tribunal de Distrito de Nazareth determinó que en la Ley de sucesiones de 5725/1965 la expresión “el hombre y la mujer” incluye a los cónyuges del mismo género. El fallo se basó en la tendencia general a ampliar la interpretación del término “cónyuge”, en la Ley de sucesiones. (C.A. 3245/03 A.M. c. el Fiscal General (11 de noviembre de 2004)).

353.En una decisión importante de enero de 2005, el Tribunal Supremo aceptó la apelación de dos mujeres, una pareja homosexual, que deseaban adoptar sus hijos recíprocamente. El Tribunal falló que, según la Ley de adopción de niños de 5741/1981, cada caso debía examinarse según el fondo y que había que tener en cuenta todas las circunstancias pertinentes. El Tribunal destacó que la decisión sólo concernía a esa pareja y no era una decisión de principios, dejando para más adelante la cuestión de las relaciones homosexuales.El Tribunal recomendó que el Knesset reformara la Ley para dar solución a un problema real y tratara de evitar los problemas controvertidos ideológicos que planteaba la cuestión (C.A. 10280/01 Yaros-Hakak c. el Fiscal General (10 de enero de 2005)).

354.El 19 de abril de 2007 el Tribunal Laboral del Distrito de Haifa aceptó una demanda contra la caja de pensiones “Mivtachim” y determinó que la sobreviviente de una relación lesbiana tenía los derechos legales de una “viuda asegurada” y no los de un “viudo asegurado” (D.L.C 1758/06 Moyal-Lefler c. Mivtachim).Como resultado de esta decisión, la demandante debe recibir una pensión de supervivencia del 40% y no de sólo el 20%.

El Tribunal concluyó que, en este caso, la demandante era cónyuge de la difunta y reconocida públicamente como su pareja de hecho. Por tanto, tenía derecho a una pensión de supervivencia de conformidad con el reglamento de la caja de pensiones. El Tribunal declaró que “la distinción entre hombres y mujeres en el reglamento del demandado y en la Ley del seguro nacional deriva de una justificación semejante, reflejo de la situación económica en que vivimos, en que los ingresos de las mujeres son más bajos que los de los hombres y su ascenso en el mercado de trabajo es más difícil. Por tanto, está justificado dar preferencia a las viudas, ya que se reduce la diferencia existente entre ambos sexos.”

El Tribunal sostuvo que la demandante debía ser clasificada como viuda y no como viudo. Por consiguiente, reunía los requisitos para disfrutar de los derechos de una “viuda asegurada” y para recibir la pensión, como establece el reglamento de la caja de pensiones.

Mayoría de edad

355.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Asistencia a la familia y protección de esa asistencia

El derecho fundamental a la vida familiar

356.Tratamiento de la esterilidad. Actualmente, en Israel existen 24 clínicas de fecundación in vitro, 9 en hospitales del Estado, 11 en hospitales públicos y 4 en hospitales privados. En 2006 se realizaron 25.552 ciclos de tratamiento mediante fecundación in vitro (frente a 20.886 ciclos en 2002), con el resultado de 6.473 embarazos y 4.298 partos viables (5.229 niños). El porcentaje de partos viables por ciclo de tratamiento en Israel se ha mantenido relativamente estable desde 1996 (15,8 %) y en 2006 se mantuvo en un 16,8%.

357.En febrero de 2007 se enmendó la Ley de igualdad de oportunidades de empleo para añadir una prohibición explícita de discriminar a un empleado o empleada por seguir un tratamiento de esterilidad o un tratamiento mediante fecundación in vitro.

358.Hasta diciembre de 2007 se habían presentado 450 solicitudes de maternidad sustitutiva, que produjeron 194 hijos en 160 nacimientos (porque hubo 32 partos dobles y 1 triple). Algunas de las 450 solicitudes eran segundas solicitudes de parejas presentadas después del éxito o del fracaso del primer intento de concepción. Algunas de las solicitudes no llegaron a la etapa de la firma de un acuerdo. Por lo menos dos de las madres interesadas dieron a luz.

Matrimonio

359.Ley del tribunal de familia de 5755/1995. Hasta 2001 los tribunales musulmanes y cristianos tenían jurisdicción exclusiva en todos los asuntos de familia, a saber, las pensiones alimenticias de las mujeres y los niños, las cuestiones de propiedad, el mantenimiento de los hijos, la tutela y los asuntos parentales. En noviembre de 2001 se enmendó la Ley del tribunal de familia para establecer una jurisdicción paralela en el Tribunal de familia en todas las cuestiones relacionadas con la situación personal de musulmanes y cristianos (bienes matrimoniales, custodia, pensión alimenticia, violencia familiar y, en el caso de los musulmanes, también paternidad) con arreglo a la jurisdicción del sistema civil y excluidas las cuestiones de matrimonio y divorcio, que continúan exclusivamente bajo la jurisdicción religiosa.

360.Edad mínima de hombres y mujeres para el matrimonio. El fenómeno del matrimonio de menores de edad todavía existe en algunos sectores de la sociedad israelí, como los judíos ultraortodoxos, los judíos georgianos y los árabes.

361.En 2005 se presentaron a los tribunales de familia 30 solicitudes de permiso de matrimonio de menores, 17 de las cuales fueron aprobadas. Entre los años 1997 y 2005 se aprobaron más de la mitad de las 251 peticiones de matrimonio de menores. De 2000 a 2006 se presentaron a la policía 41 denuncias de infracción de la Ley de la edad para contraer matrimonio de 5710/1950, la mitad de las cuales acabaron en expedientes penales. En los demás casos se decidió no entablar proceso.

362.La Ley de la jurisdicción para la disolución del matrimonio (casos especiales y jurisdicción internacional) de 5729/1969, relativa a la disolución del matrimonio de personas sin afiliación religiosa o con afiliaciones religiosas diferentes, se enmendó en julio de 2005 para permitir a ambos cónyuges recurrir directamente a los Tribunales de Familia para solicitar la disolución de su matrimonio, en vez de tener que solicitarla previamente al Presidente del Tribunal Supremo. En determinados casos, el Tribunal de Familia puede consultar con el tribunal religioso pertinente para decidir si, conforme a la legislación religiosa de cualquiera de los cónyuges, es necesario disolver el matrimonio para poder casarse de nuevo. La Ley enmendada incluye también disposiciones sobre la jurisdicción internacional de los Tribunales de Familia.

363.Confirmación de un decreto de divorcio.En dos enmiendas a la Ley sobre los tribunales rabínicos (confirmación de un decreto de divorcio) de 5755/1995, el legislador amplió los poderes otorgados al Tribunal Rabínico al tratar con un marido reacio a conceder un decreto de divorcio (también conocido como “Get”) a su esposa, impidiendo de este modo que se volviera a casar. Las primeras enmiendas, de 1º de junio de 2004, otorgaron a los tribunales rabínicos la potestad de ordenar al marido reacio que permanezca en aislamiento durante un período inicial de 14 días (anteriormente 5 días) y durante períodos continuos posteriormente, con arreglo a determinadas limitaciones. La segunda enmienda, de 25 de julio de 2007, faculta a los tribunales rabínicos, en determinadas circunstancias, para ejecutar o denegar pensiones y otras prestaciones de forma progresiva con arreglo a lo establecido en la Ley, así como propiedades, incluidos los bienes personales e inmuebles.

364.El 21 de julio de 2008 el Tribunal de Familia de Jerusalén indemnizó a una mujer con la cantidad de 550.000 nuevos sheqalim (148.648 dólares de los EE.UU.) debido a que su marido incumplió la sentencia del Tribunal Rabínico que establecía la necesidad de que la pareja se divorciara (F.M.C. (Jerusalén) 6743/02 K. c. K. (21 de junio de 2008)). La mujer interpuso el recurso de divorcio ante el Tribunal Rabínico en 1998, y en 2006 el tribunal ordenó al marido que concediera el divorcio a su mujer. El Tribunal de Familia falló que, debido al retraso del procedimiento de divorcio, el marido infligió a su mujer un prolongado sufrimiento moral, que se hizo mayor todavía tras su negativa a cumplir la sentencia del Tribunal Rabínico, por lo cual el Tribunal de Familia decidió indemnizar a la esposa por el daño moral que se le infligió. No obstante, esta resolución no revoca la necesidad de obtener el consentimiento del marido para que el divorcio sea legalmente válido.

365.Con respecto a la cuestión del nuevo matrimonio de las mujeres cuando el marido se opone al divorcio, véanse los informes periódicos de Israel sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).

366.División de bienes. El Knesset enmendó recientemente la Ley de división de bienes entre los cónyuges de5733/1973 con el fin de permitir el reparto de los bienes antes del divorcio o del fin del matrimonio. Según la “Halacha” judía, ambos cónyuges deben dar su consentimiento para divorciarse. El objeto de la enmienda es impedir que un cónyuge pueda exigir al otro que renuncie a sus derechos de propiedad como condición para otorgar su consentimiento al divorcio.

La enmienda amplió el ámbito de aplicación de la Ley para incluir, además del divorcio, la anulación del matrimonio, la declaración de que el matrimonio fue nulo y la separación cuando la legislación religiosa no permite el divorcio.

La enmienda añadió el artículo 5A a), con arreglo al cual el tribunal puede permitir, en determinadas circunstancias, el ejercicio del derecho a la división de los bienes conyugales, esto es, el derecho de cada uno de los cónyuges a la mitad de los bienes de la pareja, antes del divorcio o de la anulación matrimonial en cada una de sus formas.

Según lo dispuesto en el artículo 5A b), el tribunal puede acortar los plazos establecidos en el artículo 5A a) si lo considera conveniente. Además, en algunos casos, en particular en casos de violencia, el tribunal puede ordenar la división de los bienes incluso si la situación no cumple todos los términos previstos en el artículo 5A a).

De conformidad con el artículo 5A c), el tribunal puede condicionar la ejecución de una solicitud de división de bienes a la presentación del solicitante de una carta formal de consentimiento para aceptar u otorgar un “Get” (decreto de divorcio).

367.Matrimonios civiles.El 21 de noviembre de 2006 el Tribunal Supremo tomó la encomiable medida de reconocer los matrimonios civiles celebrados entre residentes israelíes judíos y ciudadanos fuera de Israel (H.C.J 2232/03 Anónimo c. el Tribunal Rabínico de Apelaciones).Un hombre judío, que quería divorciarse de su esposa después de haber contraído matrimonio civil fuera del Estado, recurrió al Tribunal Rabínico, que declaró que el matrimonio no debía reconocerse y que, por lo tanto, debía disolverse.La esposa, que no quería divorciarse, recurrió la sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia,que determinó que el Tribunal Rabínico no podía disolver el matrimonio sobre la base de que el matrimonio no se había celebrado según la “Halacha” judía.Observó además que los matrimonios civiles eran efectivamente válidos en Israel.El Tribunal Supremo basó el reconocimiento de los matrimonios civiles, entre otras cosas, en el derecho internacional privado y determinó además que la necesidad de validar estos matrimonios se ve reforzada por el derecho a casarse y a la vida familiar, y la obligación de respetar la unidad familiar.

368.Cónyuges.El 15 de abril de 2007 el Tribunal de Familia de Nazaret rechazó una demanda presentada por dos hijos contra la segunda mujer del padre difunto.En la demanda los hijos solicitaban los derechos sobre una propiedad de su padre que la segunda viuda había heredado (Nazareth F.C 001180/04 A.Z. y P.Z. c. V.Z. et. al.).Los demandantes alegaban que la viuda de su padretenía un nuevo cónyuge y que, según una condición establecida en el testamento del padre, la viuda perdía en ese caso el derecho a la propiedad y después los hijos la heredaban.

El Tribunal sostuvo que el significado de la palabra “cónyuge” tal como aparecía en el testamento debía interpretarse como una relación caracterizada por la gestión económica de una unidad familiar, resultante de una vida familiar conjunta. Este significado concordaba con el objetivo del testamento de que los hijos heredaran la propiedad sólo si la esposa llegaba a tener una relación formal y permanente con su nueva pareja, parecida a la que había tenido con el difunto.

El Tribunal decidió que en este caso la relación entre la demandada y su compañero estaba basada en la amistad y la intimidad, pero no podía caracterizarse como una relación que incorporara la gestión económica conjunta de una unidad familiar.Por tanto, no podía considerarse que los miembros de la nueva pareja fueran cónyuges según las condiciones del testamento, y la demanda fue rechazada.

Fortalecimiento y protección de la familia

369.En una decisión precedente, el Tribunal Laboral de Israel rechazó una apelación presentada por el Estado con respecto a la interpretación del artículo 4 a) 1) de la Ley de igualdad de oportunidades de empleo. El Estado afirmaba que la interpretación adecuada de la Ley debería otorgar prestaciones similares a los empleados y las empleadas en el mismo lugar de trabajo, a condición de que la esposa esté empleada y que exista una similitud entre las prestaciones concedidas a ambos en sus lugares de trabajo. El Tribunal rechazó la alegación del Estado y reafirmó la decisión del Tribunal Laboral de Distrito, que sostenía que el solicitante tenía derecho a una reducción de la jornada laboral igual que sus compañeras, a pesar de que su esposa no tenía derecho a beneficios similares en su lugar de trabajo. El Tribunal estipuló que la finalidad de la Ley de igualdad de oportunidades en el empleo esaplicar el principio de igualdad, que es un principio fundamental, en todas las cuestiones sobre relaciones laborales. El Tribunal sostuvo que la finalidad de la Ley era otorgar prestaciones parentales a uno de los padres, a su conveniencia, e impedir que ambos padres ejerzan los mismos derechos a la vez (La.A. 1155/02 El Estado de Israel c. Alexander Muskalnenko (31 de agosto de 2003)).

370.Para el examen de las prestaciones económicas concedidas por el Estado para ayudar a las familias, véase el artículo 9 anterior.

Protección del niño

371.A fin de 2007 había 2.408.400 niños, que formaban el 33,3% de la población total de Israel, frente al 33,8% en 2000.

372.En 2007 el 8% de los niños de Israel vivían en una familia monoparental, frente a 6,8% en 1995. El número de los niños que inmigraron a Israel desde 1990 y que residen actualmente en el país asciende a unos 90.000.

373.En 2007 el 24,8% de las familias con hijos estaban por debajo del umbral de la pobreza, un descenso con respecto al 25,5% de 2006.

374.Para el examen de las prestaciones económicas concedidas por el Estado para ayudar la protección de los niños, véase el artículo 9 anterior.

375.Para información sobre las consecuencias de la legislación, véase la Ley de los derechos del niño de 5762/2002, que requiere la inclusión sistemática en todos los proyectos de ley de notas explicativas sobre las consecuencias previstas para los derechos del niño.

Prestación de servicios de bienestar

376.En enero de 2007 los departamentos de servicios sociales habían registrado 418.527 niños, que representan casi un 20% de los niños de Israel. De enero de 2001 a enero de 2007 el número de niños incluidos en el sistema de servicios sociales aumentó en un 44%. Los departamentos de servicios sociales habían incluido 326.588 niños en la categoría de “niñosen peligro directo o en peligro por su familia”, que indica que el desarrollo del niño o la niña y la posibilidad de tener un modo de vida aceptable corren peligro y que puede necesitar asistencia.

Abuso de niños

377.En 2006 8.222 niñosque habían sido víctimas de delitos sexuales y violentos cuando tenían menos de 14 años fueron investigados por un investigador de niños, frente a 8.328 en 2005 y 5.704 en 2000. A pesar del aumento gradual del número de niños interrogados por un investigador de niños, el porcentaje de niñas interrogadas bajó de más de dos tercios de los niños investigados en 1990 a menos de la mitad en 2005. Del total de niños interrogados, 55% eran víctimas de abuso en la familia, 30,3% víctimas de delitos sexuales, 9,4% testigos de delitos sexuales y 5% sospechosos de haber cometido delitos sexuales.

378.Una reforma de 2001 amplió la Ley de revisión del procedimiento de prueba (Protección del niño) de 5715/1955 (art. 1A) y determinó que un niño podía ser investigado por un investigador de menores con respecto a delitosconexos. La ampliación tenía por objeto evitar una situación en que un niño podía ser investigado por un investigador de niños con respecto a un delito incluido en la Ley (delitos sexuales y delitos violentos graves), pero no con respecto a un delito conexo, situación que invariablemente conducía a la división de la investigación.

379.Una reforma de 2004 introdujo varios otros cambios, entre ellos los siguientes:

379.1La aplicación de procedimientos especiales que permiten que los niños presten testimonio ante el tribunal en relación con delitos a que es aplicable la Ley (art. 2 d)). El investigador de niños permite que el niño testifique si se reúnen ciertas condiciones. Por ejemplo, puede exigir que el niño testifique mediante televisión de circuito cerrado, en fecha determinada, no en el banquillo de los testigos, en el despacho del juez, etc.

379.2Las decisiones del investigador de niños y del Tribunal relativas al testimonio y a medidas testimoniales se tomarán sólo después que se haya oído la opinión del niño, si éste puede expresarla. La opinión del niño se evaluará según su edad y madurez (art. 2 f)).

379.3Una vez que haya tomado una decisión sobre el testimonio del niño, el investigador de niños debe reevaluar sin demora su decisión sobre la admisión del testimonio del niño, si ha permitido que éste preste testimonio, o sobre el juicio, si ha prohibido que el menor testifique (art. 2 g)).

379.4La decisión del investigador de niños puede ser reexaminada por un investigador superior de niños (art. 2 h)).

380.Una reforma de 2005 establecióla regla de que la investigación de un niño debe hacerse con conocimiento de los padres, salvo en ciertas circunstancias. Por ejemplo: si se teme que se pueda perjudicar el bienestar físico y mental del niño, si el sospechoso es un pariente y se teme posible daño del niño y si resulta muy difícil informar a los padres mediante un esfuerzo razonable y la demora podría frustrar la investigación o la prevención de un delito (art. 4A). Además, la Ley reformada dice que si es necesaria una investigación sin conocimiento de lospadres, el niño, en condiciones determinadas, puede ser retirado del lugar donde está (escuela, jardín de la infancia, etc.) para realizar la investigación pertinente. Entre esas condiciones se requiere haber consultado a docentesque conocen al niño, haber dado explicaciones al niño, haber dado datos de la identidad del investigador de niños al administrador del lugar, etc.

381.Una reforma de 2005 dispone que un niño con una discapacidad intelectual debe ser investigado por un investigador especial de niños de conformidad con la Ley de procedimientos de investigación y testimonio (Adecuación a las personas con discapacidad intelectual o física).

382.En 2001 se reformó el artículo 361 de la Ley Penal (Enmienda Nº 59) para determinar que es delito dejar a un niño menor de seis años sin supervisión adecuada, en circunstancias que pongan en peligro la vida del niño, le infrinjan dolor o puedan dañar la salud o el bienestar del niño.

383.Abuso sexual. Desde 2002 se han hecho varias reformas del artículo 354 del la Ley Penal sobre restricciones de la prescripción de los delitos sexuales contra menores. La Ley dispone actualmente que en el caso de delitos cometidos contra un menor por una persona que tiene el menor a su cargo, el período de prescripción comienza cuando éstecumple veintiocho años. Si los delitos han sido cometidos por una persona mayor de quince años que no es pariente o no está encargada del menor, el período de prescripcióncomienza cuando el menor cumple dieciocho años. Además, una enmienda de 2001 (Enmienda Nº 61) de la Ley Penal elimina el elemento de “uso de la fuerza” de los delitos sexuales, lo que de hecho traslada la atención de la investigación a la falta de consentimiento. Una enmienda de 2003 (Enmienda Nº 77) añadió el delito de explotación sexual de un paciente por un terapeuta mental (art. 347A).

384.El 12 de julio de 2007 se enmendó la Ley de prescripciones de 5718/1958 (Enmienda Nº 4) para ampliar el período de prescripción para causas civiles sobre agresión sexual o abuso a menores. La enmienda hace referencia a una causa civil relativa a la agresión sexual, o al abuso de un niño por un familiar o una persona responsable del niño, así como a la agresión sexual cometida contra una persona de entre 18 y 21 años, mediante el abuso de la relación de dependencia, autoridad, confianza o trato, o si la agresión sexual fue cometida por un familiar. En estos casos, el período de prescripción no comenzará antes de que la víctima cumpla 28 años. Además, la ley dispone que si se ha presentado una solicitud de procesamiento, el período de prescripción civil no finalizará hasta un año después de que se haya emitido un fallo definitivo.

385.Prostitución infantil.En 2007 se enmendó el artículo 214 de la Ley Penal (Enmienda Nº 93) y se anuló el período de prescripción breve (dos años) para presentar cargos contra la publicidad pornográfica de menores. En 2006 se reformó la Ley Penal de modo que ahora el artículo 15 aplica el principio de la extraterritorialidad a los delitos de pornografía y prostitución cometidos contra menores. En la actualidad es posible enjuiciar delincuentes por esos delitos en Israel, aunque el acto no sea un delito penal en el país en que se ha cometido (no es necesaria la doble tipificación como delito).

386.Comité para examinar la situación de los niños en peligro. Según la resolución Nº 1007 del Gobierno de 16 de noviembre de 2003, el ex primer Ministro y ex Ministro de Asuntos Sociales y Servicios Sociales de Israel nombró un comité público para examinar las condiciones de los niños y jóvenes en peligro o en situación difícil. El 12 de septiembre de 2006, a raíz de un informe presentado por el comité en marzo de 2006, el Gobierno aceptó la resolución Nº 477 sobre la ejecución gradual de un plan recomendado por el comité. En 2007 se empezó a ejecutar el plan en varias ciudades de Israel, con un presupuesto anual especial de 200 millones de nuevos sheqalim (52.631.578 dólares de los EE.UU.).

Hijos de trabajadores extranjeros

387.En 2007 vivían en Israel unos 1.000 hijos de trabajadores extranjeros. En julio de 2007, 975 hijos de trabajadores extranjeros menores de cinco años recibieron tratamiento en centros de atención de la salud de la familia de la ciudad de Tel Aviv.

388.Desde la presentación del informe periódico anterior de Israel se han hecho algunos progresos en la situación jurídica de los hijos de trabajadores extranjeros. La resolución del Gobierno Nº 3807 de 26 de junio de 2005 fue modificada por la resolución del Gobierno Nº 156 de 18 de junio y dice lo siguiente:

“El Ministro del Interior está facultado para conceder, a petición, la residencia permanente a los hijos de inmigrantes ilegales que hayan participado en la sociedad y la cultura israelíes, si se satisfacen las siguientes condiciones:

a)El niño debe haber vivido en Israel por lo menos seis años (en la fecha de la resolución) y entrado en Israel antes de cumplir 14 años. Una visita al extranjero de corta duración no se considerará una interrupción de este período;

b)Antes de la entrada del niño o de su nacimiento, los padres deben haber entrado legalmente en Israel y con un permiso de entrada de conformidad con la Ley de la entrada en Israel de 5712/1952;

c)El niño debe hablar la lengua hebrea;

d)El niño debe estar en el primer grado escolar o en un grado superior, o haber terminado sus estudios;

e)Los que presentan la solicitud deben presentar documentos o participar en audiencias para demostrar que satisfacen el criterio indicado.”

El Ministro puede conceder la condición de residencia temporal en Israel a los padres y hermanos del niño, siempre que hayan vivido en el mismo hogar desde el día en que el niño entró o nació en Israel y estén en Israel en la fecha de esta resolución. Si no hay razón para una objeción, se les renovará la residencia temporal hasta que el hijo cumpla 21 años, en cuyo momento los padres y hermanos tendrán derecho a presentar una solicitud de residencia permanente.

389.Desde 3 de noviembre de 2008 se han presentado unas 862 solicitudes, de las cuales 430 han sido aceptadas, 417 rechazadas y 15 están pendientes por falta de documentación adecuada. En el caso de las 349 solicitudes rechazadas, se presentaron recursos ante el comité de apelaciones. Una vez examinadas, el Ministerio del Interior aceptó 127 solicitudes y rechazó 193. Otras 24 solicitudes fueron remitidas a la comisión que examina las cuestiones humanitarias y 8 solicitudes se están examinando actualmente.

Protección de los menores

390.Como se detalla en el informe anterior de Israel, la Ley de empleo juvenil prohíbe el empleo de los menores de 15 años. De conformidad con la Ley, un ejecutivo (como se define en la Ley) de una empresa tiene el deber de supervisar y adoptar todas las medidas necesarias para impedir que la empresa o uno o varios de sus empleados infrinja la Ley. Una enmienda de 2000 a la Ley amplió la obligación de incluir la responsabilidad de los ejecutivos de las entidades públicas de asegurar que las empresas contratadas por la entidad pública no infringen la Ley. Con respecto a la mencionada obligación con arreglo a la enmienda, la Ley enumera las distintas medidas que debe adoptar el ejecutivo para cumplir su obligación.

391.En 2007 se reformó de nuevo la Ley para permitir el empleo de un menor de entre 16 y 18 años, después de las 23.00 horas, cuando es necesario debido a una declaración de “estado de emergencia” o en lugares de trabajo donde se trabaja por turnos. De conformidad con la Ley, el Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo está autorizado a aprobar este tipo de empleo sólo si existe el convencimiento de que la salud y el bienestar del menor están protegidos.

Cuadro 18

Población entre 15 y 17 años, por trabajo, estudios, gé nero y grupo de población, 2001- 2007

2001

2006

2007

Árabes

Judíos

Total

Árabes

Judíos

Total

Árabes

Judíos

Total

Total general

Miles

77,9

258,4

336,3

85,2

254,4

346,3

89,7

255,8

350,6

Porcentaje

100

100

100

100

100

100

100

100

100

Trabajan

3,2

9

7,6

3,5

8

7

2,5

8,3

6,9

De los cuales: Estudian

1,2

7,6

6,1

-

6,9

5,3

-

7,2

5,5

No estudian

2,2

1,4

1,6

3,3

1,1

1,7

2,2

1,1

1,4

No trabajan

96,8

91

92,4

96,5

92

93

97,5

91,7

93,1

De los cuales: Estudian

82,1

85,6

8 4,8

82,6

86,2

85,2

85,1

86,3

85,9

No estudian

14,7

5,4

7,6

13,8

5,8

7,8

12,4

5,5

7,2

Hombres

Miles

38,9

134

172,9

43,7

130,8

177,7

45,8

130,9

179,4

Porcentaje

100

100

100

100

100

100

100

100

100

Trabajan

5,6

9,4

8,6

6,6

8,8

8,3

4,3

8,6

7,6

De los cuales: Estudian

-

7,8

6,4

-

7,6

5,8

-

7,7

5,8

No estudian

4.1

1,6

2,1

6,2

1,3

2,5

3,9

0,9

1,8

No trabajan

94,4

90,6

91,4

93,6

91,1

91,7

95,7

91,4

92,4

De los cuales: Estudian

77,7

84,9

83,3

79,9

85,2

83,9

82,9

85,9

85

No estudian

16,4

5,6

8,1

13,7

6

7,8

12,8

5,5

7,4

Mujeres

Miles

38,9

124,4

163,3

41,5

123,7

168,6

43,9

124,8

171,2

Porcentaje

100

100

100

100

100

100

100

100

100

Trabajan

-

8,4

6,7

-

7,1

5,5

-

8

6,1

De las cuales: Estudian

-

7,2

5,8

-

6,2

4,7

-

6,8

5,1

No estudian

0,3

1,2

0,9

-

1

0,8

-

1,2

1

No trabajan

99

91,6

93,3

99,5

92,8

94,4

99,4

92

93,9

De las cuales: Estudian

86,2

86,4

86,4

85,5

87,1

86,7

87,3

86,6

86,8

No estudian

12,8

5,1

7

14,0

5,7

7,8

12,1

5,4

7,1

Fuente: Oficina Central de Estadística, 2002, 2007 y 2008.

Cuadro 19

Salario mínimo para jóvenes (de conformidad con el reglamento sobre salario mínimo (jóvenes y aprendices que trabajan) de 5747/1987)

Edad

Porcentaje del salario mínimo de un adulto

Salario mínimo por mes

Salario mínimo por hora

Menos de 16 años

70

2597,13 nuevos sheqalim

15,01 nuevos sheqalim

Menos de 17 años

75

2782,64 nuevos sheqalim

16,08 nuevos sheqalim

Menos de 18 años

83

3079,45 nuevos sheqalim

17,80 nuevos sheqalim

Aprendiz

60

2226,11 nuevos sheqalim

12,87 nuevos sheqalim

Fuente: Ministerio de Industria, Comercio y Trabajo, abril de 2007.

Reunificación familiar

392.En sus observaciones finales sobre el último informe periódico de Israel, el Comité expresó su preocupación acerca del proceso de reunificación familiar para los cónyuges extranjeros.

393.Desde el estallido del conflicto armado y las hostilidades entre Israel y los palestinos hacia finales del año 2000, que llevó entre otras cosas a la comisión de docenas de atentados suicidas dentro de Israel, se ha intensificado la asistencia prestada a organizaciones terroristas por palestinos de la Ribera Occidental y la Franja de Gaza. Esos individuos tienen documentos de identidad israelíes en virtud de procedimientos de unificación familiar con ciudadanos o residentes israelíes, que les permiten circular libremente entre la Ribera Occidental y la Franja de Gaza e Israel.

394.Con el fin de evitar el peligro potencial que representan los antiguos residentes de estas zonas durante el actual conflicto armado, el Gobierno decidió suspender temporalmente en mayo de 2002 la residencia legal en Israel que se les concedía en virtud del proceso de unificación familiar. La decisión se aprobó a raíz de la terrible oleada de atentados terroristas de marzo de 2002 en que resultaron muertos 135 israelíes y otros 721 heridos.

395.Además, entre septiembre de 2000 y finales de 2006, 38 de los 172 atentados terroristas cometidos en Israel fueron perpetrados por esos individuos. Las personas heridas en estos 38 atentados constituyen el 86% del total de heridos por atentados terroristas. De hecho, en 2007 una mujer de 20 años, cuya madre era árabe israelí de Kafar Qasem y cuyo padre era palestino, fue capturada sólo 12 minutos antes de que se inmolara en un restaurante de Israel utilizando una bomba guardada la noche anterior en la casa de un pariente en Kafar Qasem.

396.Esta situación es el resultado de las verdaderas dificultades de obtener información sobre los residentes en la Ribera Occidental a raíz del traspaso de poderes y responsabilidades de Israel y el fin de su presencia diaria en esta zona, de conformidad con el Acuerdo provisional israelo-palestino de 28 de septiembre de 1995.

397.Israel, como cualquier otro Estado, tiene derecho a controlar la entrada en su territorio y más aún en época de conflicto armado, cuando las personas que quieren entrar pueden estar potencialmente implicadas en actos de violencia y terrorismo contra sus ciudadanos.

398.El 31 de julio de 2003 el Knesset aprobó Ley de nacionalidad y entrada en Israel (disposición temporal) de 5763/2003, que restringe la posibilidad de otorgar la ciudadanía israelí a los residentes de los territorios en virtud de la Ley de ciudadanía de 5712/1952, en particular por vía de la unificación familiar, así como la posibilidad de conceder a esos residentes permisos de residencia en Israel en virtud de la Ley de entrada en Israel de 5712/1952. La Ley fue reformada en 2005 y 2007 para ampliar la ayuda humanitaria que ofrecía inicialmente. Las enmiendas también extienden la aplicación de la Ley para los ciudadanos de Estados enemigos (a saber, el Irán, Siria, el Líbano y el Iraq).

399.La Ley permite la entrada en Israel por razones de tratamiento médico, empleo u otros motivos temporales por un período total no superior a seis meses.

400.El Ministro del Interior podrá autorizar las peticiones de reagrupación familiar que formulen residentes en la zona que hayan contraído matrimonio con un cónyuge israelí y que tengan más de 35 años en el caso de los hombres y más de 25 en el caso de las mujeres. La Ley también autoriza al Ministro del Interior a conceder permisos de residencia a los hijos de esos matrimonios menores de 14 años de edad, en relación con los cuales la Ley dispone que el Ministro del Interior podrá conceder permisos temporales en ciertas condiciones.

401.La Ley autoriza además al Ministerio del Interior, por razones humanitarias de carácter especial y previa recomendación de un comité profesional nombrado al efecto, a conceder un permiso de residencia temporal a un residente en la zona o a un ciudadano del Irán, el Iraq, Siria o el Líbano que tenga un familiar con residencia legal en Israel y a aprobar la petición de permiso de estancia de un residente en la zona que tenga un familiar con residencia legal en Israel.

402.La decisión del Ministro del Interior deberá estar justificada y se dará por escrito en el plazo de seis meses contados a partir del día en que el comité profesional reciba toda la documentación necesaria.

403.La Ley dispone que se podrá denegar una solicitud cuando el Ministro del Interior o determinados funcionarios de seguridad declaren que el interesado, o un miembro de su familia con parentesco de primer grado, representa una amenaza para la seguridad.

404.Si es sabido que las personas o familiares suyos han tenido un comportamiento beneficioso para el Estado de Israel, la Ley faculta al Ministro del Interior y a determinados funcionarios de seguridad para conceder permisos a residentes de la zona.

405.La Ley no cambia la condición de las personas que hubieran regularizado su situación antes de su entrada en vigor. Sin embargo, la condición de esos ciudadanos no se mejora, sino que permanece inalterable.

406.La Ley tenía una validez inicial de un año. Al final de ese período, en agosto de 2004, la Ley fue prorrogada por otros seis meses. Fue de nuevo prorrogada en febrero de 2005 por cuatro meses más y se volvió a prorrogar hasta el 31 de agosto de 2005. La ley revisada fue publicada el 1º de agosto de 2005 y aplicada hasta el 31 de marzo de 2006. Al final de ese período fue nuevamente prorrogada hasta abril de 2007 y después se prorrogó una versión enmendada hasta el 31 de julio de 2008 y prorrogada de nuevo hasta el 31 de julio de 2009.

407.El Tribunal Supremo examinó la constitucionalidad de esa Ley, confirmándola en los casos H.C.J. 7052/03 y7102/03 Adalah et. al. c. el Ministro del Interior (14 de mayo de 2006). El Tribunal Superior de Justicia, constituido en un grupo ampliado de 11 jueces, rechazó las peticiones formuladas contra la legalidad de la Ley por 6 votos contra 5.

408.El 17 de diciembre de 2007 el Ministro del Interior anunció la formación del comité profesional de conformidad con la Ley y proclamó sus miembros.

409.Ante el Tribunal Superior de Justicia hay pendientes nuevas impugnaciones de la constitucionalidad de la Ley. El 31 de julio de 2008 el Estado presentó sus argumentos. (Casos H.C.J 466/07, 544/07, 830/07 y 5030/07 MK Zehava Galon et. al. c. el Ministro del Interior et. al.)

Igualdad de trato

410.Los considerables avances que se han producido desde la presentación del informe anterior de Israel sobre la definición de “familia” en lo que respecta a las parejas del mismo sexo se detallan anteriormente.

Protección de la maternidad

Licencia de maternidad y protección de las mujeres embarazadas que trabajan

411.Entre 2006 y 2008 se introdujo una serie de enmiendas importantes en la Ley del empleo femenino que refuerzan y ofrecen más detalles sobre la importancia que reviste la protección de la maternidad para las mujeres, al tiempo que continúa la tendencia legislativa detallada en el informe anterior de Israel, que considera la unidad familiar como un todo y fomenta una mayor participación del padre en la crianza de los hijos:

411.1Enmienda Nº 33 (febrero de 2007): ampliaba de 45 a 60 días el período en que una mujer que se reincorpora al trabajo tras su licencia de maternidad no puede ser despedida de su lugar de trabajo.

411.2Enmienda Nº 34 (marzo de 2007): antes de la enmienda, una mujer que estuviera hospitalizada al menos dos semanas consecutivas durante su licencia de maternidad tenía derecho a ampliarla por el período de hospitalización, hasta cuatro semanas. La enmienda permite ampliar la licencia de maternidad aun cuando el período de hospitalización no sea consecutivo.

411.3Enmienda Nº 35 (marzo de 2007): se ha doblado la multa y se ha alargado el período de prisión por infringir lo dispuesto en la Ley del empleo femenino.

411.4Enmienda Nº 36 (marzo de 2007): ampliaba de 60 a 90 días el período en que una mujer que se ausenta de su trabajo con motivo de su estancia en un refugio para mujeres maltratadas no puede ser despedida al reincorporarse al trabajo.

411.5Enmienda Nº 37 (mayo de 2007): se amplió la licencia de maternidad de 12 semanas a 14.

411.6Enmienda Nº 38 (junio de 2007): la disposición provisional que permite la licencia de paternidad en caso de que una madre conceda su derecho a disfrutarla a su cónyuge ha pasado a ser definitiva.

411.7Enmienda Nº 39 (agosto de 2007), que aborda diversas cuestiones:

411.7.1 Permite que una mujer acorte su licencia de maternidad en caso de que dé a su bebé en adopción o en caso de que sea una madre sustitutiva.

411.7.2 También dispone que un hombre cuya cónyuge haya dado a luz y no pueda cuidar de su bebé, debido a una minusvalía o enfermedad, pueda disfrutar de una licencia de paternidad durante todo el período en que ella no pueda cuidar del lactante. Con arreglo a las enmiendas, su licencia de paternidad no anula el derecho de la madre a su licencia. Se introdujo una enmienda paralela en la Ley del seguro nacional para que el padre que disfruta de una licencia pueda obtener un subsidio de natalidad además del subsidio abonado a la madre.

411.7.3 Una mujer puede ausentarse del trabajo con motivo de su embarazo, previa aprobación de un médico. En caso de que no tenga derecho a un permiso retribuido por el seguro médico ni por su empleador, su ausencia se considerará como una licencia por enfermedad.

411.7.4 Cuando una mujer embarazada no puede seguir trabajando debido a la naturaleza o a las condiciones de su trabajo o lugar de trabajo, puede ausentarse previa aprobación de un médico. Su ausencia no retribuida sólo se permitirá si su empleador no puede encontrar un puesto alternativo adecuado para ella y su antigüedad no se verá afectada por su ausencia.

411.7.5 Una madre lactante a la que no le está permitido por ley trabajar en determinados puestos de trabajo en razón de su condición de lactante y que no tiene derecho a días de vacaciones tras su licencia de maternidad puede ausentarse del trabajo. Su ausencia se considerará un período de vacaciones no retribuido.

411.7.6 Previo cumplimiento de determinadas condiciones previstas en la Ley, la rescisión de un contrato de duración limitada se considerará un despido cuando se dé en circunstancias tales como el embarazo, la licencia de maternidad, la licencia por tratamiento de esterilidad, etc.

411.7.7 Se ha concedido a una empleada el derecho a interponer un recurso contra las decisiones adoptadas por el funcionario gubernamental encargado de autorizar despidos o el recorte de un puesto durante el embarazo.

411.8Enmienda Nº 40 (agosto de 2007): imposición de responsabilidad sobre empleadores que han despedido ilícitamente a una mujer embarazada empleada como trabajadora con contrato.

411.9Enmienda Nº 41 (octubre de 2007): ampliación de la prohibición de despedir a una empleada en tratamiento de la esterilidad mediante fecundación para tener un segundo hijo, así como para un primer hijo.

411.10 Enmienda Nº 42 (febrero de 2008): se prohíbe a un empleador asignar a una mujer turnos de noche o durante el descanso semanal durante los cuatro meses siguientes a su regreso de la licencia de maternidad, a menos que así lo haya acordado por escrito (quedan excluidos determinados puestos de trabajo, como el trabajo en hospitales, etc.).

411.11 Enmienda Nº 43 (febrero de 2008): impide la posibilidad de solapar el período de aviso previo de despido con los períodos durante los cuales la Ley prohíbe el despido.

411.12 Enmienda Nº 44 (marzo de 2008): antes de la enmienda, la Ley preveía un período de vacaciones no retribuido después de la licencia de maternidad, a condición de que la empleada hubiese trabajado como mínimo 24 meses antes del nacimiento. La enmienda tiene en cuenta este derecho con tan sólo 12 meses de empleo antes de dar a luz.

411.13 Además, a partir de septiembre de 2007 un hombre puede reemplazar a su mujer en la licencia de maternidad si ella no puede cuidar del recién nacido debido a su estado de salud, aun cuando no hayan transcurrido seis semanas desde el nacimiento, como suele exigirse, si el lactante está bajo la tutela del padre y a su cuidado exclusivo. Esta licencia de maternidad para el padre incluye una ampliación de la licencia con motivo de nacimientos múltiples u hospitalización del lactante.

412.El Reglamento del empleo femenino (plazos y normas para el pago a la Caja de Pensiones) de 5768/2008 entró en vigor el 1º de septiembre de 2008. De conformidad con el nuevo reglamento, durante la licencia de maternidad el empleador tiene la obligación de seguir contribuyendo a la caja de pensiones del empleado, de la misma manera y en la misma cantidad que antes de la licencia de maternidad. La cantidad correspondiente que debe transferir el empleador se deducirá del último salario antes de la licencia de maternidad y del primer sueldo una vez concluida la licencia. El reglamento establece que estas disposiciones son incondicionales.

El reglamento determina además que durante la licencia de protección de la maternidad el empleador está obligado a transferir los pagos a la caja de pensiones de la empleada sólo si ésta ha cumplido su obligación pertinente de transferirlos a lo largo de la licencia de protección de la maternidad.

413.El 24 de agosto de 2006 el Tribunal de Trabajo del Distrito de Jerusalén ordenó a la ISS Ashmoret Company Ltd. que pagara indemnización a una empleada que había sido despedida ilegalmente en el séptimo mes de embarazo, sin la aprobación del Supervisor del Trabajo Femenino del Ministerio de Industria, Comercio y Empleo (LC. 001452/04 Ayenalem Ababito c. la ISS Ashmoret Company Ltd). El Tribunal estimó todos los argumentos de la demandante y determinó que los demandados la habían despedido ilegalmente cuando descubrieron que estaba embarazada. De conformidad con lo dispuesto en la Ley de igualdad de oportunidades de empleo, el Tribunal imputó responsabilidad personal al director de la sucursal y al director regional de la empleada.

El Tribunal también ordenó a la ISS Company que pagara a la empleada unos 300.000 nuevos sheqalim (78.947 dólares de los EE.UU.) en concepto de indemnización por el despido, los sufrimientos morales, la pérdida de ingresos y la pérdida del subsidio de maternidad.

Prestaciones y pagos en efectivo

414.Véase en el artículo 9 anterior una amplia referencia a las prestaciones de maternidad.

415.Una reciente enmienda a la Ley de prestaciones por enfermedad (ausencia del trabajo por enfermedad de un hijo) de 5753/1993 (18 de marzo de 2008) amplió de 12 a 16 días (en comparación con la norma de 8 días) la prestación por enfermedad para un progenitor único que tiene a su hijo a su cuidado exclusivo, para atenderle cuando está enfermo.

Igualdad

416.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

417.Como se detalla en los anteriores informes de Israel, el derecho a un nivel de vida adecuado está bien reconocido en la sociedad israelí y en su sistema jurídico, a cuyo cumplimiento continuado se dedican los poderes judicial, ejecutivo y legislativo.

418.Muchas dependencias del Gobierno contribuyen a fomentar el nivel de vida en toda la sociedad israelí, entre ellas los Ministerios de Salud, Infraestructuras Nacionales, Industria, Comercio y Trabajo y Asuntos Sociales y Servicios Sociales. Un ejemplo destacado del compromiso del Estado de Israel por ofrecer un nivel de vida adecuado es el Instituto Nacional de Seguros y su actividad, encaminada a garantizar una base económica para una existencia digna a las poblaciones y a las familias débiles con dificultades transitorias o de larga duración. Las diversas poblaciones de la sociedad israelí pueden acceder de forma equitativa a los servicios del Instituto Nacional de Seguros, que se describen con detalle en el artículo 9 anterior.

419.Los tribunales de Israel siguen contribuyendo decisivamente a la protección del derecho a un nivel de vida adecuado. El Tribunal Supremo, constituido en Tribunal Superior de Justicia, abordó la cuestión del nivel de vida en una demanda presentada por la Asociación para el Compromiso por la Paz y la Justicia Social (H.C.J. 366/03 La Asociación para el Compromiso por la Paz y  la Justicia Social c. el Ministro de Hacienda (12 de diciembre de 2005). En su fallo, el Tribunal puso de relieve que, si bien la Ley fundamental: dignidad y libertad humanas imponía al Estado la obligación de garantizar la dignidad humana, no preveía una protección absoluta y total de los derechos sociales. Sin embargo, el Estado estaba obligado en este sentido a mantener una “red de seguridad” que impidiera que el deterioro de la situación de las personas desfavorecidas llegara a la privación existencial, consistente en una escasez de alimentos, vivienda, higiene, servicios de atención sanitaria, etc.

Nivel de vida actual de la población de Israel

Datos disponibles sobre el nivel de vida y la pobreza

Nivel de vida

420.En 2007 los ingresos mensuales brutos por hogar eran 12.935 nuevos sheqalim (3.495 dólares de los EE.UU.), lo que constituye un aumento real del 4,2% frente a 2006. Se produjo un aumento real del 4% de los ingresos mensuales brutos en los hogares cuyo cabeza de familia es empleado y un aumento real del 2,7% en los hogares cuyo responsable es una persona autónoma.

421.En los cuadros siguientes se presentan los principales datos disponibles sobre el nivel de vida en Israel.

Cuadro 20

Ingresos y gastos mensuales, por deciles de ingresos netos (por persona estándar, 2006)

Deciles

Total

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Límite superior del decil (nuevos sheqalim)

-

8 935

6 906

5 689

4 882

4 119

3 470

2 839

2 206

1 598

-

Hogares en la muestra

664

642

667

608

635

611

636

615

613

568

6 259

Hogares en la población (en miles)

202,5

202,6

202,9

202,6

202,8

202,7

202,6

202,6

202,8

202,7

2 026,8

Promedio de personas por hogar

2,6

2,7

3,1

3

3,2

3,3

3,2

3,6

4

4,5

3,3

Promedio de personas estándar en el hogar

2,3

2,4

2,6

2,5

2,7

2,7

2,7

2,9

3,1

3,3

2,7

Promedio de personas con ingresos en el hogar

1,6

1,5

1,6

1,4

1,4

1,4

1,2

1

0,8

0,4

1,2

Nuevos sheqalim por hogar y por mes a precios medios de 2006

Ingresos monetarios brutos

34 635

19 996

16 528

12 873

11 351

9 506

7 543

6 343

5 061

3 405

12 345

Pagos obligatorios

9 705

4 266

3 092

1 974

1 468

1 070

755

576

337

214

2 271

Ingresos monetarios netos

24 931

15 728

13 436

10 900

9 883

8 436

6 788

5 767

4 724

3 191

10 074

Gastos monetarios de consumo

14 798

11 819

10 411

8 652

8 439

8 060

7 003

6 700

5 883

5 345

8 711

Total de gastos de consumo

19 423

15 336

13 610

11 408

10 873

10 128

8 861

8 317

7 095

6 282

11 133

Alimentos (sin incluir frutas y verduras)

2 095

1 867

1 621

1 444

1 414

1 414

1 309

1 358

1 259

1 196

1 496

Frutas y verduras

419

402

396

334

336

345

317

339

330

327

355

Vivienda

3 489

3 012

2 839

2 654

2 430

2 252

2 146

1 909

1 696

1 359

2 378

Vivienda y mantenimiento del hogar

2 095

1 626

1 376

1 136

1 091

994

891

880

786

673

1 155

Mobiliario y utensilios domésticos

841

620

549

448

358

352

369

344

231

230

434

Vestido y calzado

662

466

419

335

377

404

331

328

282

235

384

Salud

1 168

761

690

602

531

525

407

381

310

323

570

Educación, cultura y esparcimiento

2 480

2 299

2 142

1 575

1 608

1 538

1 168

860

781

674

1 512

Transporte y comunicaciones

5 336

3 601

2 971

2 402

2 135

1 755

1 582

1 387

943

912

2 302

Bienes y servicios varios

822

746

607

522

551

536

431

435

425

378

545

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Cuadro 21

Ingresos monetarios mensuales brutos por hogar, por fuente de ingresos y por situación de empleo del cabeza de familia

Año examinado

2003

2004

2005

2006

Cabeza de familia autónomo

Hogares (en miles)

174,1

176,5

182,4

202,9

Promedio de personas por hogar

4

3,9

3,8

3,8

Edad media del cabeza de familia

45,2

46,5

46,2

46

Promedio de personas con ingresos por hogar

1,7

1,7

1,7

1,7

Promedio de ingresos monetarios mensuales (nuevos sheqalim)

Por hogar – brutos

14 904

14 679

15 766

17 687

– netos

10 797

11 006

11 904

13 633

Por persona estándar – brutos

4 750

4 763

5 233

5 829

– netos

3 442

3 571

3 951

4 493

Fuentes de ingreso – total (porcentaje )

100

100

100

100

Trabajo asalariado

20,8

22,4

19,8

19,3

Trabajo autónomo

66,1

62,2

66,1

60,7

Bienes y asistencia social en Israel

13,2

15,4

14,1

(20)

De los cuales: asistencia social y prestaciones

– de las instituciones

5,9

6

4,8

4,7

– de capital

(2,9)

(3,2)

(3,9)

-

Bienes y asistencia del exterior

-

-

-

-

Cabeza de familia empleado

Hogares (en miles)

1 187,5

1 233,6

1 269,1

1 292,3

Promedio de personas por hogar

3,7

3,7

3,7

3,7

Edad media del cabeza de familia

40,2

40,5

40,5

40,5

Promedio de personas con ingresos por hogar

1,6

1,6

1,7

1,7

Promedio de ingresos monetarios mensuales (nuevos sheqalim)

Por hogar – brutos

13 377

13 613

14 014

14 468

– netos

10 385

10 702

11 189

11 686

Por persona estándar – brutos

4 505

4 606

4 739

4 917

– netos

3 498

3 621

3 784

3 972

Ingresos monetarios brutos por hogar

Variación porcentual real

(4,9)

2,2

1,6

1,1

Coeficiente de Gini

0,375

0,380

0,386

0,385

Fuentes de ingreso – Total (porcentaje )

100

100

100

100

Trabajo asalariado – Total

83,9

83,3

82,6

81,9

Ingresos del cabeza de familia

59,5

58,1

58

57

Ingresos del cónyuge del cabeza de familia

17,3

18,2

18,2

17,7

Ingresos de otras personas

7

7

6,4

7,2

Trabajo autónomo

2,9

3,5

3,3

3,6

Bienes y asistencia

13,3

13,2

14,1

14,6

De los cuales: asistencia social y prestaciones de instituciones

7,5

6,7

6,5

6,6

Cabeza de familia sin trabajo

Hogares (en miles)

540

536,3

538

529,9

Promedio de personas por hogar

2,4

2,4

2,3

2,3

Edad media del cabeza de familia

61

60,8

61,4

62,2

Promedio de ingresos monetarios mensuales (nuevos sheqalim)

Por hogar – brutos

4 594

4 575

4 789

5 121

– netos

4 354

4 253

4 472

4 778

Por persona estándar – brutos

2 143

2 146

2 260

2 435

– netos

2 031

1 995

2 110

2 272

Ingresos monetarios brutos por persona estándar

Cambio porcentual real (1)

1,9

0

3,3

4,7

Coeficiente de Gini

0,397

0,402

0,399

0,399

Fuentes de ingreso – total (porcentaje )

100

100

100

100

De los cuales: total de bienes y asistencia social en Israel

98,7

99

98,7

98,7

Capital y bienes

-

(6,9)

7,3

6,8

Cajas de pensiones y de previsión

29,5

30,2

31,1

33,1

Prestaciones y asistencia de instituciones

54,8

53,4

52,0

49,2

Asistencia de particulares

2,6

2,9

2,7

(2,7)

Bienes y asistencia del exterior

3,5

4,3

4,3

5,8

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Datos financieros a precios uniformes de cada año examinado.

(1) Variación nominal con respecto al año anterior especificado en el cuadro, tras la deducción del cambio en el índice de precios al consumidor.

Pobreza

422.En el año 2000 hubo un ligero descenso en la incidencia de pobreza en Israel. El porcentaje de familias cuyos ingresos netos (después de transferencias e impuestos directos) estaban por debajo del umbral de pobreza descendió de 17,8% en 1999 a 17,6% en 2000. En 2002 no hubo cambios en la incidencia de pobreza. En 2003 aumentó el alcance de la pobreza en Israel, a raíz de la reducción en varias prestaciones del seguro nacional (seguridad social) y de una reforma fiscal y también creció en 2004. Las cifras para 2006 y para el último estudio realizado en 2007 indican un ligero descenso en la tasa de familias pobres en Israel (20% en 2006 y 19,9% en 2007). También se redujo la tasa de pobreza entre personas y entre niños, es decir, en 2007, el 23,8% de las personas eran pobres, frente al 24,5% en 2006. Por lo que respecta a los niños, el 34,2% vivían en situación de pobreza en 2007, frente al 35,8% en 2006.

423.Se evidencia asimismo una reducción de la incidencia de pobreza entre familias numerosas (4 hijos como mínimo): 56,5% en 2007, frente a 60% en 2006. También se dio un descenso similar entre las familias árabes, que constituyen una parte considerable de las familias de 4 o más hijos: 51,4% en 2007, frente a 54% en 2006, aunque sigue habiendo diferencias en los casos de pobreza entre las poblaciones judía y árabe.

424.En los últimos años ha habido un crecimiento asombroso de la economía israelí y una recuperación considerable del mercado laboral en todos sus sectores. Se estima que los factores que contribuyen en mayor medida a la reducción de la pobreza son las mayores oportunidades de empleo en el curso de 2007, la subida del salario mínimo en abril de 2007 y el aumento de las pensiones de vejez. Se calcula que estos factores seguirán contribuyendo a la disminución de la incidencia de pobreza según los ingresos económicos y a la estabilización o ligero descenso de la incidencia de pobreza según los ingresos netos.

425.Como se indicó en los informes anteriores de Israel, los datos sobre la pobreza deben leerse en conjunción con los cuadros en que se presentan los recursos y su utilización, incluidos el PNB, el PIB, el PNB y el PIB per cápita, los gastos de consumo privado en el curso de los años y el PNB por deciles. A continuación se presentan estos cuadros, actualizados desde la presentación del último informe.

Cuadro 22

Producto interno bruto y uso de recursos, 2002 - 2007 (millones de nuevos sheqalim, a precios de mercado a menos que se indique otra cosa)

Año

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Per cápita

Producto interno bruto

Nuevos sheqalim

80 620

80 225

82 789

86 258

90 843

93 808

Gastos de consumo privado

45 227

44 611

46 389

48 129

50 055

52 892

Producto interno bruto excluidos los impuestos netos sobre las importaciones

507 364

515 405

539 020

571 384

613 652

641 335

Producto interno bruto, excluidas las empresas incipientes

523 816

532 713

559 541

592 374

635 076

668 218

Producto interno bruto del sector empresarial

369 521

381 862

404 064

433 926

470 168

497 609

Producto de los servicios de vivienda

63 015

58 911

60 982

63 347

64 095

64 882

Producto de los servicios de las administraciones públicas y de las instituciones sin fines de lucro

97 139

95 908

98 668

100 500

106 513

111 061

Producto interno bruto

529 675

536 680

563 713

597 773

640 776

673 552

Menos: importaciones de bienes y servicios

203 244

202 024

234 435

258 474

275 788

302 136

Exportaciones de bienes y servicios

186 888

198 057

234 604

256 640

278 287

290 746

Formación de capital interno bruto

96 158

92 753

98 312

112 536

121 663

135 454

Gastos de consumo generales de las administraciones públicas

A precios corrientes

152 732

149 461

149 372

153 536

163 541

169 720

Gastos de consumo colectivos de las administraciones públicas

82 492

80 448

78 821

80 878

87 485

88 843

Uso de los recursos

Gastos de consumo finales

Gastos individuales reales

Gastos de consumo finales de las admin. públicas

70 240

69 012

70 551

72 658

76 057

80 877

Gastos de consumo privado

297 140

298 434

315 860

333 535

353 073

379 769

Total

367 381

367 446

386 411

406 193

429 129

460 646

Total

449 873

447 894

465 232

487 071

516 614

549 488

Total general

732 919

738 704

798 148

856 247

916 564

975 688

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Cuadro 23

Producto nacional bruto y producto interno bruto, 2002 - 2007

Año

Producto nacional bruto

Menos: ingresos netos pagados en el exterior

Producto interno bruto

A precios corrientes en millones de nuevos sheqalim

2002

509 419

20 256

529 675

2003

517 734

18 946

536 680

2004

547 243

16 470

563 713

2005

590 746

7 027

597 773

2006

641 196

-422

640 776

2007

673 419

133

673 552

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Cuadro 24

Gastos de consumo privado, por finalidad y tipo de gastos

En millones, a precios de 2005 (3)

En millones, a precios corrientes

1997

2002

2007

2007

1. Total general de gastos de consumo privado nacionales (2 más 6)

246 501

303 926

369 968

379 769

2. Gastos de consumo de los hogares israelíes (3 menos 4 más 5)

239 789

294 019

358 445

367 683

3. Consumo de los israelíes en el exterior

7 710

9 809

12 333

11 298

4. Consumo de los no residentes en Israel

18 324

10 366

13 192

12 901

5. Total de gastos de consumo de los hogares en el mercado interno

249 253

294 579

359 311

369 285

Por finalidad

Alimentos, bebidas y tabaco

49 854

55 044

63 392

68 486

Ropa, calzado y efectos personales

10 972

11 972

17 354

17 615

Vivienda

48 747

60 594

69 407

67 494

Consumo interno de electricidad, combustible y agua (1)

9 342

11 794

13 213

13 213

Mobiliario, accesorios y equipo de los hogares

12 722

16 799

23 852

23 081

Mantenimiento de los hogares

8 755

11 108

12 586

12 890

Atención personal y salud

13 954

18 680

23 597

24 518

Transporte y comunicaciones

42 737

53 132

66 801

69 564

Esparcimiento y diversiones

29 504

28 641

37 740

39 858

Otros bienes y servicios

23 075

27 071

31 324

32 567

Por tipo

Total de bienes duraderos

22 980

27 580

37 096

36 964

Muebles

6 102

7 128

8 160

8 400

Equipo de los hogares

6 755

9 691

15 699

14 681

Equipo de transporte personal

11 141

11 034

13 224

13 883

Total de bienes perecederos

94 005

106 476

128 191

135 154

Alimentos, bebidas y tabaco

49 854

55 044

63 392

68 486

Combustible, electricidad y agua

18 930

21 446

25 121

26 672

Ropa, calzado y efectos personales

10 972

11 972

17 354

17 615

Bienes no duraderos de los hogares

3 931

4 862

5 729

5 703

Atención personal y productos médicos

6 196

8 161

10 631

10 711

Libros, periódicos y papelería

2 391

2 585

2 619

2 676

Bienes y artículos diversos de esparcimiento

1 816

2 423

3 387

3 292

Vivienda

48 747

60 594

69 407

67 494

Otros servicios

83 995

100 040

124 613

129 673

6. Total de instituciones sin fines de lucro (2)

6 768

9 905

11 528

12 086

Instituciones médicas

796

1 534

1 708

1 827

Instituciones de educación, cultura e investigación, bienestar social y religiosas

5 016

6 826

7 840

8 182

Sindicatos, organizaciones políticas, etc.

1 002

1 557

1 979

2 077

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

El combustible del equipo de transporte personal se incluye en el concepto de “Transporte y comunicaciones”.

Excluidas las instituciones sin fines de lucro financiadas principalmente por el Gobierno.

Las estimaciones de los precios de 2005 se obtuvieron concatenando las estimaciones de cada año con los precios del año anterior, por lo cual la suma de los componentes de gastos no equivale al total.

Derecho a una alimentación adecuada

426.El cuadro 24 anterior revela la distribución del gasto de los hogares. Los datos indican que en 2006, el 16,6% de los gastos de consumo de los hogares se emplearon en la adquisición de alimentos.

427.En 2007 el Ministro de Asuntos Sociales y Servicios Sociales creó una comisión interministerial para examinar el papel y la responsabilidad del Gobierno para asegurar la seguridad alimentaria de sus ciudadanos. La comisión contaba con representantes de varios Ministerios (Asuntos Sociales y Servicios Sociales, Sanidad, Hacienda, Educación, Justicia, Industria, Comercio y Trabajo, Agricultura y Desarrollo Rural y Asuntos de Pensionistas) y con representantes del Instituto Nacional de Seguros. La comisión invitó a una participación pública en el proceso y muchas organizaciones presentaron sus posturas por escrito y/o comparecieron ante la comisión. La comisión también escuchó la opinión de expertos en las esferas pertinentes.

En marzo de 2008, la comisión presentó sus conclusiones y recomendaciones. Según la comisión, en 2006 el 31% de las familias de Israel tenían que renunciar a ingredientes básicos de alimentación para financiar la compra de otros productos y servicios esenciales, una ligera disminución con respecto al 34% en 2003. Por el mismo concepto, entre la población judía el 29% frente al 32,8% en 2003 y entre la población árabe el 37,3% frente al 38,3% en 2003. Sin embargo, la situación empeoró entre los ancianos y la población ultraortodoxa judía. Los datos indicaban además que la incidencia de inseguridad alimentaria aumenta con el número de niños en la familia. Aunque la situación ha mejorado en las familias con tres hijos o menos, los datos revelan un ascenso de las tasas de inseguridad alimentaria entre las familias con un mínimo de cuatro hijos.

La comisión interministerial examinó las diferentes medidas adoptadas en Israel y en distintas economías de todo el mundo para mejorar la seguridad alimentaria, por ejemplo servicios de nutrición en las escuelas, despensas, comedores públicos, campañas educativas de administración del presupuesto familiar, subsidios, transferencias y ayudas económicas. Según la comisión, el Estado de Israel siempre se ha responsabilizado de cuidar y ofrecer ayuda a quienes la necesitan. El Gobierno ha cumplido esta responsabilidad a través de una política de transferencias y prestaciones económicas para asegurar unos ingresos suficientes y ha preferido las políticas de ayudas económicas a la participación directa en el suministro de alimentos, como han hecho la mayoría de economías occidentales, debido a las consecuencias negativas que suele tener tal implicación. Por tanto, las ONG desempeñan un papel clave e importante en la asistencia nutricional y la distribución alimentaria en Israel, en forma de despensas y comedores públicos.

Estas son las recomendaciones de la comisión interministerial:

1.Regulación de la actividad de las ONG hacia el suministro de alimentos, tanto en épocas de emergencia como de paz, con el fin de facilitar su actividad, incluida la asignación de fondos estatales.

2.Creación de un Comité Asesor Público de Seguridad Nutricional.

3.Replanteamiento de la política la política de transferencias y prestaciones, y considerar la creación de servicios de nutrición específicos.

4.Institucionalización de la recogida de datos relativos a la seguridad alimentaria.

428.El Gobierno no ha adoptado las recomendaciones de la comisión interministerial debido a la objeción del Ministerio de Hacienda. No obstante, se creó un equipo conjunto formado por representantes de los Ministerios de Hacienda y Asuntos Sociales y Servicios Sociales, que está trabajando actualmente para adaptar y consolidar medidas adecuadas con el fin de facilitar la adopción y ejecución de las recomendaciones de la comisión.

Antes de la consolidación de la comisión interministerial, la ONG “Latet” presentó una petición al Tribunal Superior de Justicia solicitando que el Tribunal resolviera que el Estado está obligado a asignar fondos para la construcción y el funcionamiento de una infraestructura logística que coordine la recogida, aprovisionamiento y distribución de la asistencia nutricional (H.C.J 1925/07 Latet Organization et. al. c. el Primer Ministro et. al.). La petición fue suprimida debido a la publicación de las recomendaciones de la comisión y su adopción por el Gobierno.

Mantenimiento de los ingresos

429.Los avances con respecto a las prestaciones económicas, entre otras el sostenimiento de la renta, se detallan en el artículo 9 anterior.

Indicadores de nutrición

430.Se actualizan a continuación los datos suministrados en el informe periódico anterior de Israel en materia de nutrición.

Cuadro 25

Balance alimentario: calorías y nutrientes por persona y por día

1990

2000

2004

2006

Calorías (Kcal)

Total

3 089

3 556

3 649

3 643

Cereales y productos de cereales

986

1 095

1 255

1 220

Patatas y féculas

66

85

128

124

Azúcar, dulces y miel (1)

482

651

214

208

Legumbres, semillas oleaginosas y nueces

152

142

198

228

Verduras y melones (2)

103

103

187

182

Frutas (2)

169

186

203

192

Aceites y grasas

486

629

716

698

Carne

317

344

346

395

Huevos

72

49

46

47

Pescado

18

26

16

18

Leche y productos lácteos

238

246

306

293

Bebidas

-

-

34

37

Proteínas (gramos)

Total

97,4

104,3

112,5

115

De las cuales: animales

49,9

52,2

53,9

56,8

Cereales y productos de cereales

31,7

35,2

38,2

37,1

Patatas y féculas

1,4

1,8

1,8

1,7

Azúcar, dulces y miel (1)

0,5

1,3

-

-

Legumbres, semillas oleaginosas y nueces

6,8

6,6

8,7

10,1

Verduras y melones (2)

5,1

4,8

6,7

6,4

Frutas (2)

2

2,4

2,5

2,4

Carne

25,6

28,4

31,5

34,7

Huevos

5,5

3,8

3,9

3,9

Pescado

3,4

4,5

2,9

3,3

Leche y productos lácteos

15,4

15,5

15,6

14,9

Bebidas

-

-

0,7

0,5

Grasas (gramos)

Total

117,6

139,6

148,8

150,6

De las cuales: animales

42,6

43,3

43

46,3

Cereales y productos de cereales

4,1

4,5

7

6,7

Patatas y féculas

0,1

0,1

0,1

0,1

Azúcar, dulces y miel (1)

2,2

6,6

-

-

Legumbres, semillas oleaginosas y nueces

9,2

7,9

12,2

13,6

Verduras y melones (2)

1,0

0,8

1,8

1,7

Frutas (2)

3,2

5

3

2,7

Aceites y grasas

55,3

71,4

81

78,9

Carne

22,9

24,7

23,3

27,3

Huevos

5,2

3,6

3,1

3,1

Pescado

0,4

0,8

0,4

0,4

Leche y productos lácteos

14

14,2

16,2

15,5

Bebidas

-

-

0,7

0,6

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

1. Hasta 2000 el grupo incluía chocolate, dulces, azúcar, confituras y miel.

2. Hasta 2000 el grupo de frutas incluía melones.

3. En 2001 se actualizaron los coeficientes para calcular los valores nutricionales.

Cuadro 26

Suministro de vitaminas y minerales por persona y por día (en miligramos, a menos que se indique otra cosa)

Producto

Hierro (Fe)

Calcio (Ca)

Ácido ascórbico (Vit. C)

Niacina

Riboflavina

Tiamina (Vit. B)

Vitamina A (unidades internacio-nales)

2005

Total

27,2

900

205

34,4

1,7

2,2

7 094

Cereales y productos de cereales

17,5

118

-

15,8

0,3

1,3

0,5

Patatas y féculas

0,8

6

17

1,3

-

0,1

-

Azúcar, dulces y miel

-

1

-

-

-

-

-

Legumbres (incl. soja, semillas oleaginosas y nueces)

2,7

50

1

1,8

0,1

0,2

19

Verduras y melones

2,2

77

104

3,7

0,1

0,2

4 561

Frutas

0,8

59

76

1,1

-

0,1

713

Aceites y grasas

-

-

-

-

-

-

41

Carne

2,3

19

3

10

0,2

0,1

1 054

Huevos

0,5

16

-

-

0,2

-

200

Pescado

0,2

17

-

0,3

-

-

5

Leche y productos lácteos

0,2

532

5

0,4

0,8

0,2

502

Bebidas

-

5

-

-

-

-

-

2006

Total

27,8

892

205

35,2

1,7

2,4

7 056

Cereales y productos de cereales

17,7

120

-

16,1

0,3

1,3

1

Patatas y féculas

0,7

6

17

1,2

-

0,1

-

Azúcar, dulces y miel

-

1

-

-

-

-

-

Legumbres

3,1

55

1

2

0,1

0,3

22

Verduras y melones

2,2

78

104

3,5

0,1

0,3

4 799

Frutas

0,6

55

76

1,1

-

0,1

467

Aceites y grasas

-

1

-

-

-

-

-

Carne

2,5

20

3

10,4

0,3

0,1

997

Huevos

0,5

16

-

-

0,2

-

200

Pescado

0,3

20

-

0,5

-

-

6

Leche y productos lácteos

0,2

517

5

0,4

0,7

0,2

488

Bebidas

-

5

-

-

-

-

-

Fuente: Oficina Central de Estadística, Balance de suministro alimentario, 2008.

Métodos para mejorar la producción, la conservación y la distribución de alimentos

431.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

El derecho a una vivienda adecuada

432.El 4 de noviembre de 2008 se enmendó la Ley de ejecución (Enmienda Nº 29) para reforzar la protección que ofrece la Ley al derecho a una vivienda adecuada. La Ley dispone que en situaciones de desahucio por ejecución de deuda, hipoteca o garantía, se suministrará una vivienda alternativa antes de ejecutarse el desahucio.

De conformidad con la Ley, el Registro de la Oficina de Ejecución no puede ordenar el desahucio de la persona endeudada y los miembros de su familia que residen con ella, a menos que se establezca que disponen de una vivienda alternativa razonable, tienen los medios económicos para costear una o se les suministre una vivienda alternativa.

La protección que ofrece la ley también es aplicable a los desahucios debido a la ejecución de una hipoteca o de una garantía. Con arreglo a la enmienda, no es posible renunciar a la protección mientras la propiedad está pignorada o hipotecada.

Asequibilidad

433.Véase el desglose que figura en el cuadro siguiente.

Cuadro 27

Datos sobre la vivienda, por deciles de hogares, por ingresos netos y por persona estándar, 2006

Deciles

10

9

8

7

6

5

4

3

2

1

Total

Viviendas de propiedad de los ocupantes

Hogares en la muestra

561

527

554

482

476

441

424

393

328

241

4 427

Hogares en la población (en miles)

167,1

163,6

169

159,2

152,1

143,1

133,3

129,3

106,6

85,2

1 408,5

Promedio de personas por hogar

2,7

2,9

3,2

3,2

3,5

3,5

3,5

4,1

4,9

6,4

3,6

Promedio de personas estándar en el hogar

2,4

2,5

2,7

2,7

2,8

2,9

2,8

3,2

3,6

4,4

2,9

Promedio de personas con ingresos en el hogar

1,6

1,5

1,6

1,4

1,4

1,3

1,2

1

0,8

0,6

1,3

Habitaciones por vivienda

4,7

4,3

4,3

4

3,9

3,8

3,7

3,8

3,7

3,9

4

Habitaciones para la vida diaria

4,6

4,2

4,2

4

3,9

3,8

3,7

3,7

3,7

3,8

4

Densidad de vivienda

0,6

0,7

0,8

0,8

0,9

0,9

1

1,1

1,3

1,7

0,9

Porcentaje de vivienda propia

82,5

80,7

83,3

78,6

75

70,6

65,8

63,8

52,6

42

69,5

Valor de la vivienda propia (en miles) (1)

1 388

1 009

863

763

686

626

610

645

595

609

808

Gasto mensual

Gastos de consumo

19 728

15 423

13 692

11 694

11 056

10 205

9 056

9 004

8 306

8 282

12 141

Gastos del hogar

3 502

3 030

2 811

2 764

2 444

2 357

2 217

2 030

1 946

1 853

2 576

Consumo de servicios de vivienda en la vivienda propia

3 126

2 846

2 657

2 640

2 384

2 305

2 189

1 997

1 920

1 805

2 455

Seguro del contenido de la vivienda

118

84

51

41

38

17

15

10

3

5

43

Consumo corriente de agua

140

126

126

118

113

105

110

108

131

126

120

Consumo corriente de electricidad

416

362

351

319

316

323

301

307

315

326

337

Gas en bombonas

24

35

42

30

43

47

50

70

75

113

48

Gas con instalación central

33

27

41

41

31

38

35

29

28

13

33

Tarifas de las comisiones de inquilinos

138

99

84

86

59

52

45

30

23

12

69

Tributos municipales

482

402

350

294

283

241

219

215

207

147

299

Pagos hipotecarios

1 686

1 067

1 114

1 069

1 006

844

791

434

357

232

929

Otros pagos de préstamos para la vivienda

150

72

88

128

114

133

56

76

39

4

93

Viviendas arrendadas

Hogares en la muestra

86

94

92

97

116

135

184

188

255

299

1 546

Hogares en la población (en miles)

29,3

32,2

27,7

33,5

36,5

46,6

59,6

59,8

84,9

106,4

516,7

Promedio de personas por hogar

2

2,4

2,5

2,4

2,5

2,8

2,7

2,7

2,8

2,9

2,7

Promedio de personas estándar en el hogar

1,9

2,2

2,3

2,2

2,2

2,4

2,4

2,4

2,4

2,5

2,3

Promedio de personas con ingresos en el hogar

1,5

1,5

1,8

1,5

1,5

1,5

1.3

1

0,8

0,3

1,1

Habitaciones por vivienda

3,5

3,4

3,4

3,2

3

3,3

3,2

3,2

2,9

2,9

3,1

Habitaciones para la vida diaria

3,4

3,3

3,3

3

2,9

3,1

3

2,9

2,7

2,6

2,9

Densidad de vivienda

0,6

0,7

0,8

0,8

0,9

0,9

0,9

0,9

1,1

1,1

0,9

Porcentaje de viviendas arrendadas

14,5

15,9

13,7

16,5

18

23

29,4

29,5

41,9

52,5

25,5

Gasto mensual

Gastos de consumo

17 022

15 552

13 168

10 470

10 010

10 313

8 608

7 073

5 533

4 681

8 646

Gastos del hogar

3 332

2 970

3 043

2 208

2 100

1 977

2 018

1 662

1 366

920

1 847

Alquiler de las viviendas o las habitaciones

2 999

2 811

2 857

2 174

1 964

1 945

1 924

1 563

1 309

898

1 757

Consumo corriente de agua

94

90

90

79

80

78

77

68

70

67

76

Consumo corriente de electricidad

370

269

287

235

247

239

217

196

188

169

221

Gas en bombonas

11

12

15

12

21

22

19

22

27

32

22

Gas con instalación central

23

25

19

32

24

27

23

30

30

29

27

Tarifas de las comisiones de inquilinos

80

91

86

82

62

86

51

45

33

17

52

Tributos municipales

354

288

286

217

212

228

174

156

108

98

179

Fuente: Oficina Central de Estadísticas, 2008

Servicios de saneamiento

434.Como parte del mencionado plan plurianual de 2000, se han llevado a cabo proyectos de infraestructuras de alcantarillado en 73 localidades árabes (que afectan a un total de 700.000 residentes).

435.El 4 de febrero de 2007 el Gobierno consolidó otro plan plurianual para promover y ayudar a la construcción y desarrollo de infraestructuras de alcantarillado en localidades árabes, drusas y circasianas, así como en localidades beduinas del norte (resolución del Gobierno Nº 1140). El plan plurianual se ejecutará en el período 2007-2011 y tiene asignado un presupuesto total de 400 millones de nuevos sheqalim (105 millones de dólares de los EE.UU.). Con arreglo a la resolución del Gobierno, las localidades deben crear compañías de abastecimiento de agua y de alcantarillado como requisito para la aplicación del plan, como se establece en la Ley de compañías de abastecimiento de agua y de alcantarillado de 5761/2001.Las localidades han hecho progresos para la creación de estas compañías, aunque todavía no se han llevado a cabo.

Densidad

436.A continuación se presentan datos recientes sobre la densidad de vivienda.

Cuadro 28

Hogares, por densidad de vivienda, tamaño de la familia y población, 2007

Personas por habitación

Personas en el hogar

Promedio por hogar

7+

6

5

4

3

2

1

Total (%)

‘000

Judíos (1) - Total

3,10

4

5

11,9

16,6

16,8

25,7

20

100

1 721,4

Hasta 0,49

1,26

-

-

-

-

2

20,9

76,9

100

278,9

0,5

1,69

-

-

-

-

6,7

54,6

38,4

100

200,4

0,51–0,99

2,86

0,3

1,1

6,7

16,9

30,2

41,5

3,3

100

526,3

1,00

3,41

0,5

3

16,6

30,2

26

13,9

9,8

100

341,5

1,01–1,49

4,77

7,1

12,3

36,6

38

4,3

1,7

-

100

214,5

1,50–1,99

5,56

21

30,4

30,2

6,3

12,1

-

-

100

96,1

2,00

5,71

24

40,8

11,2

10,9

-

9,3

1,2

100

32,2

2,01–2,49

8,09

92,4

-

-

-

-

-

-

100

11,8

2,50–2,99

7,92

71,1

-

24,1

-

-

-

-

100

8,3

3,00+

8,48

69,1

14,7

-

-

-

-

-

100

6,7

Árabes (2) - Total

4,86

19,8

15,4

19,2

18,3

11,4

10,8

5

100

279,2

Hasta 0,99

2,29

-

-

3,7

8,6

20,7

43,9

22,6

100

51,3

1,00

3,47

-

-

9,3

39,6

31,3

12,4

5,4

100

46,0

1,01–1,49

4,77

6,9

5,1

43,1

41,6

2,2

-

-

100

50,9

1,50–1,99

5,78

23,2

33,6

32,2

2

9

-

-

100

58,6

2,00

6,10

23,7

51,5

3,8

16,2

-

4,1

-

100

29,1

2,01–2,49

7,96

95,5

-

-

-

-

-

-

100

13,4

2,50–2,99

7,91

63,5

-

34,1

-

-

-

-

100

12,6

3,00+

7,81

61,4

22,8

7,6

7

-

-

-

100

17,1

Promedio de personas por habitación

Judíos

1,75

1,31

1,12

0,97

0,78

0,58

0,37

0,84

Árabes

2,19

1,69

1,41

1,17

0,93

0,67

0,43

1,43

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

1 Excluidas las instituciones y los que viven fuera de las localidades (beduinos en el sur y otros) y excluidos los que viven en residencias de estudiantes y kibbutzim, y excluidos también los centros de absorción.

2 Incluidos los casos en que se desconoce el número de habitaciones.

Vivienda pública

437.El 17 de julio de 2008 el Tribunal de Contratos Estándar puso fin a un largo litigio entre la empresa estatal de viviendas “Amidar” y sus inquilinos sobre el contrato estándar que se les aplicaba. El Tribunal determinó que debían corregirse algunas condiciones injustas del contrato estándar actual y que el contrato modificado debería aplicarse retroactivamente a los contratos similares que ya se hubieran firmado (St.Con.Trib 803/07 The Community Advocacy Association c. el Fiscal General et. al.).

Personas de la calle

438.El Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales define como “personas de la calle” a las que viven en la calle, en una casa abandonada o en parques públicos, sufren de grave desatención física y mental, y están alienadas y desvinculadas de familiares y amigos. Estas personas se caracterizan por su inestabilidad de residencia y su movilidad por todo el país, y la mayoría carece de documentación personal. Algunas padecen adicción a sustancias psicoactivas (drogas y alcohol) y tienen un historial de crisis personales y familiares. La mayoría se diagnostican como pacientes de doble pronóstico: enfermedad mental y adicción.

439.El objetivo del Ministerio es primeramente impedir la mortalidad de las personas de la calle y suministrarles unas condiciones de vida adecuadas. El Ministerio tiene como objetivo ayudar a las personas de la calle en la tipificación de sus derechos legales (prestaciones de la seguridad social, documentación personal, etc.) y con el tiempo lograr la completa reintegración en la comunidad. Para alcanzar estos objetivos, el Ministerio trabaja conjuntamente con las autoridades locales y otros ministerios pertinentes. En mayo de 2004 el administrador general del Ministerio publicó una directiva actualizada sobre los programas de tratamiento de las personas de la calle (que sustituía a la directiva de 1997) para todas las autoridades locales. Estas directivas se actualizan ocasionalmente.

440.Además, el Gobierno destina expresamente presupuestos que se asignan a las autoridades locales para que fomenten el desarrollo de programas para el tratamiento y la integración de las personas de la calle a nivel local y con el fin de aumentar la responsabilidad de la autoridad local para con las personas de la calle en su jurisdicción.

441.Actualmente hay catorce centros locales, dos de ellos inaugurados durante 2008, que ofrecen tratamiento para las personas de la calle en el marco de albergues de noche, centros de rehabilitación con o sin alojamiento y apartamentos de transición. Además, cuatro centros estatales ofrecen tratamiento para casos graves y para las personas derivadas por las municipalidades que no tienen centros de tratamiento locales en funcionamiento. Entre ellos se incluye el programa de vivienda de por vida “House for Life”, que desde 2007 ofrece un marco de tratamiento para las personas de la calle que son incapaces de rehabilitarse y de vivir de forma independiente en la comunidad.

442.Durante 2007 recibieron tratamiento 1.737 personas de la calle, 232 de ellas en los centros estatales. Se calcula que unas 1.000 personas que habitan en la calle no reciben tratamiento alguno debido a su movilidad y a su actitud reacia y recelosa hacia el sistema.

443.En los últimos años se han recogido de forma sistemática datos sobre el tratamiento de las “personas de la calle”. Estadísticamente, el 91% de los que habitan en la calle y reciben tratamiento son hombres. 39% son solteros y 53% divorciados. El 80% de las personas de la calle que reciben tratamiento tienen entre 26 y 55 años (56% entre 36 y 55 años). 64% son nuevos inmigrantes (la mayoría de la ex Unión Soviética). 45% padecen alcoholismo, 33% adicción a las drogas y 30% son adictos tanto a las drogas como al alcohol.

444.41% de quienes se acercaron a los centros fueron remitidos por la línea telefónica de emergencia de la municipalidad, o por patrullas especiales organizadas por las autoridades junto con un asistente social. Otros 10% fueron remitidos por centros médicos como hospitales, etc. 29% estaban buscando tratamiento por propia iniciativa.

445.Se evidencia un descenso considerable de la tasa de mortalidad de quienes habitan en la calle. En 2007 hubo 28 notificaciones de defunciones de personas de la calle, frente a 79 en 2002.

No discriminación en la vivienda

La población árabe

Representación en el Consejo Nacional de Planificación y Construcción

446.El Consejo Nacional de Planificación y Construcción (en adelante: el “Consejo”) está formado por 32 miembros, un tercio de los cuales son representantes de Ministros (nombrados por los Ministros), otro tercio son representantes de las autoridades municipales (nombrados por el Ministerio del Interior) y el tercio restante son representantes públicos (nombrados en parte por el Ministro del Interior).

El Ministerio del Interior asegura una representación equitativa de todas las comunidades, regiones y poblaciones en el Consejo, incluida la población árabe; a este respecto, 4 de los 32 miembros del Consejo son árabes.

Planificación para la población árabe

447.En los últimos años el Departamento de Planificación del Ministerio del Interior puso en marcha un amplio proyecto encaminado a la preparación de programas de planificación para la mayoría de las localidades árabes.

448.Los objetivos del proyecto son los siguientes:

Mejorar la calidad de vida en las localidades, incluido un aumento considerable de las áreas de vivienda, áreas de empleo, espacios abiertos e instalaciones públicas, así como infraestructuras adecuadas, a fin de atender las necesidades de las localidades a largo plazo;

Regular la situación de planificación para satisfacer las necesidades de las localidades y su integración en el entorno;

Ofrecer una base de planificación encaminada a la integración de las localidades de las minorías en el desarrollo socioeconómico de la sociedad israelí en general.

449.El proyecto abarca el 70% de las localidades árabes de Israel (87 de 128 localidades). La mayoría de las localidades restantes tienen planes aprobados que se ajustan a sus necesidades de desarrollo. En algunas de éstas, los programas de planificación son promovidos por las propias autoridades locales.

450.Hasta el momento se han asignado 60 millones de nuevos sheqalim (16,2 millones de dólares) a la promoción del proyecto de planificación. Cabe destacar que a pesar de los recortes generalizados en los presupuestos ministeriales en los últimos años, el presupuesto destinado a este proyecto ha aumentado.

451.El proyecto está respaldado por varias resoluciones del Gobierno y se basa en la política de planificación estatal constituida y consensuada en el NOP 35, el Plan General Nacional para la Construcción, el Desarrollo y la Conservación. La política de planificación nacional indicaba las nuevas tendencias de desarrollo para las localidades y las distintas normas de densidad según el tamaño de la localidad, su situación socioeconómica y su demografía.

452.Los programas de planificación aplican varios principios fundamentales:

Soluciones para el crecimiento previsto de la población;

Designación de zonas públicas para instituciones públicas, zonas verdes y trazado de infraestructuras;

Designación de tierras del Estado para la construcción a beneficio de las personas sin hogar y para atender necesidades públicas;

Desarrollo de áreas de empleo regionales o conjuntas para aumentar los ingresos de las autoridades locales;

Creación de un marco de soluciones regionales en diversos ámbitos, como la protección del medio ambiente, el transporte público, los entierros, etc.;

Adecuación a las necesidades especiales de las diferentes poblaciones y la singularidad de cada localidad (por ejemplo: propiedad de la tierra, preservación del carácter rural o urbano, preservación de los valores religiosos, comercio y ocupación con arreglo a las necesidades de la localidad, etc.);

Creación de áreas de empleo conjuntas para las autoridades judías y árabes para promover la integración económica de las localidades árabes y para aumentar los ingresos de las autoridades locales judías y árabes.

453.Cada plan se promueve mediante un grupo de expertos en planificación contratado por el Departamento de Planificación y acompañado por un comité de dirección general encabezado por representantes del Departamento. Cada comité cuenta con representantes de la autoridad local, los ministerios pertinentes y las autoridades locales vecinas, el Fondo Nacional Judío (Keren Kayemeth Le’Israel), la Sociedad para la Protección de la Naturaleza de Israel, y la Dirección de Protección de la Naturaleza y Parques Nacionales de Israel.

454.Como resultado del reconocimiento de la importancia de la implicación de la comunidad en los procesos de toma de decisiones que afectan a la vida diaria y a la naturaleza de su lugar de residencia, se ha prestado especial atención a la participación de la comunidad local en el proceso de planificación.

455.Además de la plena participación de los dirigentes locales, la iniciativa de incluir a la comunidad local en el proceso de planificación se realiza de varias maneras, con arreglo al carácter de la localidad y su estructura social, entre ellas, grupos de discusión, distribución de cuestionarios, asambleas abiertas para presentar el plan y recibir observaciones, etc.

456.El éxito del proyecto de planificación depende en primer lugar de que los dirigentes locales asuman la responsabilidad de apoyarlo, promover un plan detallado compatible con el programa de planificación, ejecutar expropiaciones públicas, cobrar tasas e impuestos de desarrollo y luchar contra la construcción ilegal. El Departamento de Planificación del Ministerio del Interior está haciendo todo lo posible para lograr las mejoras necesarias para todos los sectores de la población árabe en Israel.

457.Cabe observar que la mayoría de las localidades árabes disponen de un programa de planificación, aunque no esté actualizado, iniciado por el Gobierno en la década de 1980.

Una nueva ciudad árabe

458.El Departamento de Planificación ha comenzado una labor preliminar para examinar la posibilidad de crear una ciudad moderna para la población árabe en Israel, con el objetivo de ampliar la movilidad de la población, conferir valor e idoneidad para la comercialización de la tierra, estimular la creación de una clase media socioeconómica y fortalecer los recursos financieros, sociales y culturales.

Asignación de subvenciones económicas

459.En H.C.J. 2101/99 Shibli and ACRI c. el Ministro de Construcción y Vivienda (21 de abril de 2002), el Tribunal Supremo de Israel examinó el sistema de asignación de subvenciones de alquiler. El Estado señaló un cambio reciente en su política de asignaciones que eliminaba cualquier distinción con respecto a la asignación de subvenciones. Básicamente, el factor decisivo depende del número de residentes y del porcentaje de viviendas utilizadas para alquiler. No obstante, el demandante afirmaba que la política estatal resultaba discriminatoria porque la mayoría de las ciudades árabes eran pequeñas y por ello no tenían derecho a tales subvenciones. El Tribunal sostuvo en abril de 2002 que debería darse al Gobierno la oportunidad de aplicar el nuevo programa para decidir de forma apropiada si resulta discriminatorio.

460.Otro caso notable sobre subvenciones de alquiler se presentó ante el Tribunal Administrativo de Be’er-Sheva (A.C.C. 335/04 Vered Pinhasi c. el Estado de Israel (22 de noviembre de 2004)). El solicitante estaba casado con una palestina no ciudadana con cinco hijos y necesitaba una subvención de alquiler. El Estado le negó tal beneficio porque estaba casado con una no ciudadana. El Tribunal sostuvo que este razonamiento era incorrecto y contrario a los intereses de justicia e imparcialidad, por lo que no debía negarse la asistencia al solicitante y su familia.

461.El 13 de diciembre de 2006 el Tribunal Supremo rechazó una demanda presentada por Adalah contra el Ministerio de Construcción y Vivienda que cuestionaba la política estatal de ofrecer ayuda económica (en forma de préstamos estatales) para hipotecas a los ciudadanos israelíes que han cumplido el servicio militar o el servicio civil nacional. Los demandantes argumentaban que el ampliación de las ayudas para hipotecas de viviendas discrimina a los ciudadanos árabes de Israel, que no están obligados a realizar el servicio militar o el servicio civil nacional. Los demandantes arguyeron que la realización del servicio militar es irrelevante en lo que respecta a las ayudas adicionales para vivienda que concede el Estado, cuya finalidad es ayudar a los desfavorecidos social y económicamente a encontrar soluciones de vivienda.

En este caso, el Tribunal sostuvo que nada impide en principio conceder subvenciones a quienes han cumplido el servicio militar o el servicio civil nacional en mayor medida que la recogida en la Ley de absorción de soldados licenciados de 5754/1994, siempre que las circunstancias justifiquen el uso del criterio del servicio militar.

El Juez Barak, anterior presidente del Tribunal Supremo, rechazó el razonamiento de Adalah de que en este caso el uso de este criterio acaba discriminando a los ciudadanos árabes. Barak justificó al respecto que “una distinción basada en el criterio del servicio civil nacional o el servicio militar no es necesariamente una distinción aceptable o una discriminación ilícita: depende de las circunstancias. Quienes han cumplido el servicio militar o el servicio civil nacional difieren en muchos aspectos, como grupo, de los que no lo han hecho. Así, por ejemplo, quienes han cumplido el servicio militar o el servicio civil nacional dedican gran parte de su tiempo y energías a beneficio del público en general. No pueden trabajar ni ganarse la vida durante el período de servicio. En la medida en que esta distinción se base en estos factores, y mientras sea pertinente en una situación dada, no debe considerarse discriminación ilícita.”

462.Adalah pidió una nueva audiencia ante un grupo más numeroso de Jueces del Tribunal Supremo para que reconsideraran la decisión y fue rechazada (H.C.J. 11956/05 Suhad Bishara, et. al. c. el Ministro de Construcción y Vivienda).

463.El 17 de junio de 2008 se enmendó la Ley de absorción de soldados licenciados, estableciendo que los centros reconocidos de enseñanza superior, formación profesional o preparación preuniversitaria pueden tener en cuenta el servicio militar entre las consideraciones para determinar el derecho a alojamiento en residencias de estudiantes u otras prestaciones económicas.

Viviendas en Jerusalén

464.En 2007 se recibieron 283 solicitudes de construcción, o sea 12% del número total de solicitudes, de residentes de los barrios orientales de Jerusalén. De las 283 solicitudes se aprobaron 135 (47%). Los residentes de la parte occidental de Jerusalén presentaron 2.095 solicitudes, de las cuales 1.505 (71%) fueron aprobadas.

465.Construcción ilegal. En la parte occidental de Jerusalén, las infracciones de las normas de construcción consisten casi siempre en adiciones a un edificio legal, como la construcción de una habitación en un patio o un ático debajo del tejado. En la parte oriental de Jerusalén, las infracciones suelen consistir en la construcción sin permiso de edificios enteros. Por tanto las demoliciones son mucho más espectaculares en los barrios orientales de Jerusalén que en la parte occidental de la ciudad. Todas las demoliciones se llevan a cabo respetando las garantías procesales y son recurribles por la vía jurisdiccional.

Cuadro 29

Solicitudes de permisos de construcción presentadas, 2002 - 2007

Barrio

Año de la solicitud

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Total

Barrios occidentales de Jerusalén

Nueva construcción

139

135

179

199

207

171

1 030

Adiciones

1 656

1 650

2 002

2 085

1 964

1 955

11 312

Construcción total

1 795

1 785

2 181

2 284

2 171

2 126

12 342

Barrios orientales de Jerusalén

Nueva construcción

94

57

112

147

150

155

715

Adiciones

61

78

112

11

116

128

606

Construcción total

155

135

224

258

266

283

1 321

Fuente: Municipalidad de Jerusalén, 2008.

Cuadro 30

Permisos de construcción concedidos, 2002 - 2007

Barrio

Año de la solicitud

2002

2003

2004

2005

2006

2007

Total

Barrios occidentales de Jerusalén

Nueva construcción

124

140

112

141

175

151

843

Adiciones

1 217

1 167

1 357

1 552

1 552

1 508

8 353

Construcción total

1 341

1 307

1 469

1 693

1 727

1 659

9 196

Barrios orientales de Jerusalén

Nueva construcción

98

62

51

78

88

82

459

Adiciones

64

56

65

61

56

68

370

Construcción total

162

118

116

139

144

150

829

Fuente: Municipalidad de Jerusalén, 2008.

Cuadro 31

Órdenes de demolición ejecutadas, por año y por barrio, 2004 - 2007

Año

Barrios occidentales de Jerusalén

Barrios orientales de Jerusalén

2007

35

69

2006

37

71

2005

26

76

2004

13

115

Total

11

331

Fuente Municipalidad de Jerusalén, 2008.

Cuadro 32

Expedientes abiertos por infracciones de las normas de construcción, por año y por barrio, 2004 - 2007

Año

Barrios occidentales de Jerusalén

Barrios orientales de Jerusalén

2007

992

1 081

2006

1 241

901

2005

1 272

857

2004

980

710

Fuente: Municipalidad de Jerusalén, 2008.

La población beduina del sur

466.Actualmente unos 115.000 beduinos (65% del total de la población beduina) viven en centros urbanos y suburbanos que han sido planificados y construidos legalmente. Todas las ciudades actuales cuentan con planes aprobados e incluyen infraestructuras como escuelas, dispensarios, agua corriente, electricidad, etc.

467.Hay 6 ciudades beduinas suburbanas en el Neguev: Laqiya, Hura, Kseife y Arara en el Neguev, Tel-Sheva y Segev Shalom, además de la ciudad de Rahat. Las 7 ciudades actuales pueden, de hecho, ofrecer una solución adecuada a las necesidades de la población beduina en función de su crecimiento, pero el Gobierno decidió que a partir de 1999 se establecerían 9 ciudades nuevas para los beduinos. Esta decisión obedeció a la voluntad de complacer a la población beduina y en atención a sus necesidades especiales, entre ellas el deseo de asentarse según una disposición por tribus.

468.En consecuencia, se han planeado 9 ciudades nuevas. De éstas, Tarabin se está poblando y ya se han construido 100 casas; Abu Krinat y Bir Hadaj están en construcción; y Kasar A-Sir, Marit (Makhol), Darjat, Um Batin, Mulada y El Seid están todas en proceso de planificación. Otras 3 ciudades están en trámites de aprobación legal: Ovdat, Abu Tlul, y El-Foraa. Para 9 de las nuevas ciudades se creó una municipalidad regional llamada “Abu Basma” y oficialmente establecida el 3 de febrero de 2004.

469.Desde su fundación la municipalidad regional Abu Basma dedicó considerables esfuerzos a mejorar las infraestructuras de su jurisdicción, como vías públicas, saneamiento y abastecimiento de agua. El consejo regional también promovió la construcción de centros de enseñanza, centros comunitarios, centros de esparcimiento y otras instalaciones de prestación de servicios. El Consejo Regional Abu-Basma también pone en marcha proyectos en áreas de enseñanza, bienestar social y empleo.

470.En dos resoluciones adoptadas en 2003 (abril y septiembre) el Gobierno creó un plan integral para los beduinos, con inversiones de 1.100 millones de nuevos sheqalim (297.297.297 dólares de los EE.UU.) en la mejora de infraestructuras y la fundación de instituciones públicas en los próximos seis años.

471.A raíz de la experiencia adquirida en comités de planificación anteriores, las autoridades planificadoras cumplieron esta tarea en consulta constante con representantes beduinos que aportaronsu visión sobre el carácter deseado de cada pueblo, según que la ciudad se destinara a una población agraria con necesidades especiales de zonas para rebaños o se planificara para un grupo que requiere una separación estricta entre las diversas tribus o que la ciudad se destinara a una población que tiene un carácter más urbano.

472.El 15 de julio de 2007 el Gobierno adoptó la siguiente resolución sobre la creación de una nueva Dirección en el Ministerio de Construcción y Vivienda dedicada completamente al desarrollo para la población beduina, incluidas la ampliación de las ciudades y la provisiónde soluciones de vivienda para todos los beduinos, con el siguiente texto:

“D.El Gobierno ha decidido crear, en el Ministerio de Construcción y Vivienda, la Dirección para la Reglamentación de la Residencia de Beduinos en el Neguev, cuyo objeto, funciones y estructura organizativa son los siguientes:

El cuidado de la residencia beduina en el Neguev, que incluye:

Determinar las reclamaciones de derechos de propiedad de la tierra;

La organización de residencias permanentes, incluidas la infraestructura y los servicios públicos, tanto en los centros urbanos existentes como en los nuevos;

La ayuda para la obtención de empleo;

La coordinación de los servicios educativos, sociales y comunitarios.

Funciones y facultades principales del organismo:

1.Reunir información sobre la situación actual de la población, ya se trate de la población dispersa o de la que habita en los centros urbanos actuales, incluidas las demandas de propiedad.

2.Iniciar y ejecutar los acuerdos de ordenación de la tierra.

3.Iniciar la planificación reglamentaria, en coordinación con la Administración de planificación del Ministerio del Interior, de soluciones idóneas en materia de residencia, en particular soluciones que contemplen las características del grupo, la reciprocidad social, las posibles ubicaciones, etc.

4.Promover la planificación y el desarrollo de infraestructuras locales y regionales a fin de hallar soluciones permanentes.

5.Acompañar a la población en todas las fases de la residencia.

6.Hacer recomendaciones sobre la cuestión de las prioridades de aplicación.

7.Coordinar y sincronizar las diferentes autoridades, mientras se acompaña, sigue y supervisa la ejecución de las decisiones tomadas por ellas.

8.Las mencionadas funciones de la Dirección no menoscabarán las facultades de los diversos ministerios gubernamentales ni las de las autoridades locales conforme a la ley.

La estructura orgánica propuesta del organismo tiene por objeto permitir la consecución efectiva de todos sus objetivos y funciones, como se describe a continuación:

1.El organismo actuará en el marco del Ministerio de Construcción y Vivienda.

2.Se establecerá junto a la Dirección un comité directivo interministerial, cuya función será examinar los obstáculos a la provisión de residencia y a la consecución de los objetivos de la Dirección. El comité directivo estará encabezado por el Director General del Ministerio de Construcción y Vivienda.

3.La Dirección nombrará un consejo, cuyas funciones serán trazar la línea de acción de la Dirección y asesorar al Director General de la Dirección en todo lo relacionado con la ejecución de la política de la Dirección. El consejo estará compuesto de 21 miembros, entre ellos los siguientes: 14 representantes gubernamentales pertinentes (Construcción y Vivienda, presidente; Hacienda; Justicia; Educación; Interior; Industria, Comercio y Trabajo; Salud; Asuntos Sociales y Servicios Sociales; Turismo; Neguev; Galilea; Seguridad Pública; Agricultura y Desarrollo Rural; Protección del Medio Ambiente; y Transporte y Seguridad Vial) y siete representantes públicos que nombrará el Ministro de Construcción y Vivienda. De estos siete, cuatro representarán a los beduinos del Neguev que no tienen reclamaciones de derechos de propiedad sobre tierras.

4.La responsabilidad del funcionamiento de la Dirección estará en manos de su Director General. Bajo su autoridad trabajarán diversas secciones cuyas esferas de competencia serán, entre otras: transacciones de tierras; programas y residencia; planificación, desarrollo y construcción; comunidad; asesoramiento jurídico; finanzas y logística; e investigación, propaganda y documentación. La sección de transacciones de tierras estará, por ley, bajo la autoridad de la Administración de Tierras de Israel.

5.Un comité de concesiones y recaudaciones actuará junto al Director General de la Dirección. El comité estará presidido por un juez retirado, y su función será hacer recomendaciones sobre los acuerdos que se le presenten, basadas en las normas que fija la ley. Las recomendaciones del comité se someterán a la aprobación del Director General de la Dirección.”

473.El Gobierno ha decidido asimismo:

1.Pedir al Director General del Ministerio de Construcción y Vivienda que presente recomendaciones al Gobierno dentro de 30 días y en coordinación con el Director General de la Oficina del Primer Ministro, el Supervisor de Presupuestos del Ministerio de Hacienda y el Comisionado de la Administración Pública, sobre los recursos presupuestarios y el personal que se necesiten para financiar y ejecutar esta decisión.

2.Encargar al Ministro de Construcción y Vivienda que nombre un comité público encabezado por un Magistrado del Tribunal Supremo retirado y de cuyos miembros por lo menos la mitad sean representantes de los ministerios gubernamentales competentes, incluidos representantes de los Ministerios de Construcción y Vivienda, Hacienda, el Primer Ministro, Agricultura y Desarrollo Rural, el Neguev y Galilea, Interior, Justicia, Transporte y Seguridad Vial y la Administración de Tierras de Israel. Además, el Ministro nombrará representantes públicos, entre ellos representantes de la población beduina que no tengan reclamaciones de propiedad de tierras. En el plazo de tres meses, el comité presentará sus recomendaciones al Ministro para la redacción de un proyecto de ley sobre la reglamentación de la población beduina en el Neguev, incluido el monto de las reparaciones necesarias, las disposiciones para asignar otras tierras, la aplicación civil y el calendario para la ejecución de las disposiciones. El comité actuará en el marco de un presupuesto y un inventario de tierras que determinará dentro de 30 días en coordinación con el Director General de la Oficina del Primer Ministro, el Director General del Ministerio de Construcción y Vivienda y el Supervisor de Presupuestos del Ministerio de Hacienda.

En el marco de la política del Gobierno relativa a la residencia y las tierras de los beduinos en el Neguev, y como medida importante que integra otros planes del Gobierno para el desarrollo del Neguev y Galilea, el Gobierno ha promovido diversas resoluciones que mejoran el trato de la población beduina en el Neguev.

No obstante, en vista de la complejidad de elaborar soluciones para diversas cuestiones, y la prolongación del tratamiento en cuanto a la disponibilidad de tierras en la zona de las ciudades permanentes, que están destinadas a recibir la población beduina que vive en asentamientos ilegales, es necesario coordinar la totalidad de los planes en el marco organizado de una dirección, que tratará los asuntos de manera coordinada y amplia.

474.Pese al establecimiento de cierto número de asentamientos permanentes para los beduinos, unos 63.000 (35%) siguen optando por vivir en aldeas ilegales en el Negev, ignorando el procedimiento de planificación de las autoridades competentes de Israel. Estas aldeas ilegales se construyen sin ninguna preparación de planos, como exige la Ley de planificación y construcción de 5725/1965 y sin la aprobación previa de las autoridades de planificación. Además, causa numerosas dificultades en cuanto a la prestación de servicios a los residentes en estas aldeas ilegales.

475.Cabe tener en cuenta que la solución del problema de la vivienda de gran parte de los beduinos que residen en aldeas ilegales se encontrará tras la terminación de los 9 nuevos núcleos urbanos.

476.El Gobierno estimula el asentamiento en núcleos permanentes ofreciendo prestaciones económicas excepcionales a todos los residentes de la diáspora beduina que tratan de establecerse en núcleos permanentes, con independencia de su situación económica o de la demostración de sus derechos. Estas prestaciones incluyen, entre otras cosas, la concesión de tierras a título gratuito o a costo muy bajo y la indemnización por la demolición de estructuras ilegales.

477.El Comité Asesor sobre la Política para los Asentamientos Beduinos se creó, en su forma actual, el 24 de octubre de 2007 por la resolución Nº 2491 del Gobierno. Su función es presentar recomendaciones sobre un plan integral, viable y de amplio espectro que establezca las normas para regular el asentamiento de los beduinos en el Negev, incluidas las normas sobre indemnizaciones, los mecanismos para la concesión de tierras, las obligaciones civiles, un calendario para la ejecución del plan y las propuestas de enmienda de la legislación que sean necesarias.

478.El Comité Asesor está compuesto por siete miembros y un presidente, el ex Magistrado del Tribunal Supremo Sr. E. Goldberg. Cabe señalar que dos de los miembros del Comité Asesor son representantes beduinos.

479.El Comité Asesor se reunió por primera vez en enero de 2008 después de haber recibido más de un centenar de cartas del público en general, además de abundante material y documentación por escrito. Sus audiencias son públicas y tienen lugar en Be’er-Sheva.

480.El Comité Asesor ha realizado decenas de sesiones y escuchado numerosas declaraciones de diversas fuentes, en particular representantes de los beduinos, diversas partes interesadas, expertos en las esferas correspondientes (entre otros, urbanistas, geógrafos, antropólogos, historiadores, sociólogos y abogados) y el público en general. También ha escuchado a representantes de órganos e instituciones públicas, autoridades municipales, personalidades públicas, miembros del Knesset y de ONG.

481.El Comité Asesor ha realizado cuatro viajes de estudio a la región del Negev a fin de profundizar sus conocimientos sobre los temas incluidos en su mandato.

482.El Comité Asesor concluyó sus debates públicos en mayo de 2008 y el 11 de diciembre de 2008 presentó sus recomendaciones finales al Gobierno.

483.Fumigación de cultivos en el Negev. En sus observaciones finales sobre el segundo informe periódico de Israel, el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales expresó su preocupación sobre la denunciada destrucción de cultivos de los beduinos “para obligarles a reasentarse en ‘poblados’”. A este respecto debe mencionarse que el 15 de abril de 2007 el Tribunal Supremo emitió su fallo respecto a una demanda sobre operaciones de fumigación en el Negev realizadas por la Administración de Tierras de Israel (ILA) (H.C.J. 2887/04 Saleem Abu Medeghem, et. al. c. la Administración de Tierras de Israel, et. al.). En su decisión el Tribunal mencionaba, entre otras cosas, las observaciones finales del Comité.

El Tribunal ratificó el derecho del Estado a impedir la invasión ilegal de tierras de su propiedad, no obstante sostuvo que el método de fumigación de cultivos no es conforme a la ley. El Juez Joubran sostuvo que a pesar de que el Estado tiene derecho a impedir la invasión ilícita de las tierras de su propiedad, las acciones del Estado son ilegales puesto que no fueron debidamente autorizadas conforme a la ley, y constituyen una violación del derecho a la salud de los beduinos. Los jueces Arbel y Naor determinaron que el Estado actuó dentro de su autoridad. Sin embargo, la medida utilizada (la fumigación aérea de los cultivos) no es conforme al principio de la proporcionalidad fijado en la cláusula de limitaciones de la Ley fundamental: dignidad y libertad humanas porque viola el derecho a la dignidad humana de la población beduina, ya que no en todos los casos de fumigación aérea recibieron el aviso adecuado con anticipación sobre la intención de fumigar sus cultivos, puesto que podría haber dañado realmente su salud y su integridad física.

484.La Ley de suministro de energía eléctrica (Orden temporal) de 5756/1996 fue sancionada para resolver el problema de suministrar electricidad a los ciudadanos árabes y drusos cuyas casas se habían construido sin permiso de construcción y por tanto no estaban conectadas a la red central de electricidad. Esta Ley se reformó en 2001 para prorrogar el suministro temporal por un período de siete años. En 2004 la Ley se reformó nuevamente, para que la prórroga terminara el 31 de mayo de 2007. Desde la aprobación de la ley hasta el 31 de mayo de 2007, la Dirección de Suministro de Energía Eléctrica autorizó la conexión de 8.941 edificios a la red eléctrica.

485.Transporte público.El 19 de julio de 2007 el Ministerio de Transporte y Seguridad Vial llamó a licitación para proveer 10 líneas de transporte público de autobús que servirá a más de 60.000 residentes de la región de la ciudad beduina de Rahat. La licitación se publicó en el marco del plan del Ministerio para ampliar los servicios de transporte público de las ciudades beduinas para equipararlos a los de las ciudades judías, puesto que las ciudades beduinas carecen actualmente de un sistema organizado de transporte público.

Según la licitación, cuatro líneas urbanas funcionarán en Rahat, y otras cuatro líneas interurbanas conectarán Rahat con la ciudad de Be’er-Sheva y la nueva estación ferroviaria inaugurada hace poco en Lehavim-Rahat. Otras dos líneas conectarán las ciudades de Hura y Laqiya con el mercado beduino de Rahat. Los planes de las nuevas líneas se elaboraron a raíz de estudios que determinaron las necesidades de los residentes locales, quienes también participaron en talleres especiales sobre la cuestión.

La empresa adjudicataria estará obligada a vender billetes a precio reducido a jóvenes, ancianos y otras personas que reúnan los requisitos, como por ejemplo estudiantes. La empresa también estará obligada a emitir billetes mensuales que permitan viajes sin límites en todas las líneas de autobús en la metrópoli de Be’er-Sheva, deberá usar autobuses nuevos y mantener un servicio de alto nivel. La licitación se llevó a cabo y actualmente está a la espera de la decisión final sobre la empresa adjudicataria.

486.Servicios sociales. En mayo de 2004 el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales creó en Be’er-Sheva el Centro para el Bienestar de la Familia Beduina, con dos objetivos principales:

486.1Prestar asistencia a la comunidad beduina en asuntos relacionados con la solución de conflictos y tensiones dentro de la familia y hacer intervenciones terapéuticas.

486.2Prevenir y educar sobre la violencia doméstica.

El centro está financiado y supervisado por el Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales, y su gestión está a cargo de la asociación beduina “Elwaha”, que emplea asistentes sociales especializados.

El centro presta numerosos servicios especialmente adaptados. Por ejemplo, se presta asistencia para buscar familias beduinas dispuestas a acoger a las mujeres beduinas víctimas de violencia, para que estas mujeres puedan permanecer en la comunidad beduina pero protegidas de nuevos actos de violencia. El Ministerio de Asuntos Sociales y Servicios Sociales financia la estancia de estas mujeres en la familia de acogida. Desde su creación el centro se ha vuelto parte integrante de la comunidad y un instrumento esencial a disposición de los tribunales, que pueden remitirle los hombres violentos para que reciban tratamiento en el centro.

487.Los servicios sociales funcionan en las ciudades beduinas y en las aldeas ilegales beduinas. Hay unas 30 solicitudes mensuales de ayuda dirigidas por mujeres beduinas a los servicios sociales. Cada una recibe atención individual. También hay varias parejas beduinas que reciben tratamiento como pareja. Cabe observar que el funcionamiento del centro ha mejorado el tratamiento de la violencia doméstica en la población beduina, permitiendo proporcionar una atención realista, específica y eficaz sin las presiones de la comunidad y la familia.

488.En 2008, el Servicio para Niñas y Muchachas atiende a unas 380 jóvenes beduinas, 300 en el sur y 80 en el norte, dándoles tratamiento individual y en grupo.

Planificación: la población beduina del norte

489.Los planes actualizados para todas las localidades beduinas del norte están disponibles o bien en proceso de planificación (por el Ministerio del Interior o por las autoridades locales y estatales).

490.Además, el Departamento de Planificación del Ministerio del Interior promueve planes detallados para la unificación y distribución de las poblaciones beduinas del norte; la primera fase abarca seis localidades y tiene asignada un presupuesto de 4 millones de nuevos sheqalim (1.052.631 dólares de los EE.UU.).

Políticas relacionadas con la oferta y la demanda

491.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Asistencia para la vivienda, incluida la hipoteca, suplementos de alquileres, alivio temporal para los casos de crisis de vivienda grave y asistencia especial para las personas sin hogar

492.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Marco jurídico de la asistencia para la vivienda

493.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Artículo 12

Derecho al nivel más alto posible de salud

494.Derecho a una muerte digna. El 6 de diciembre de 2005 el Knesset sancionó la Ley del enfermo terminal, que da una respuesta el dilema médico-ético con respecto al tratamiento de los pacientes con enfermedades terminales. La Ley se basa en las recomendaciones de un comité público nombrado por el Ministro de Salud en 2000 y formado por 59 miembros que representaban diversas especialidades relacionadas con la cuestión, a saber: medicina, enfermería, asistencia social, religión, filosofía, derecho y ética. La Ley se fundamenta en los valores del Estado de Israel como Estado judío y democrático y trata de establecer un equilibrio entre los valores de la inviolabilidad de la vida, la calidad de la vida y el respeto de la voluntad autónoma de la persona.

495.La Ley da por sentado que cada persona quiere seguir viviendo a menos que se pruebe lo contrario. Además, en caso de duda, debe preferirse el deseo de vivir (art. 4a). El tratamiento de un enfermo terminal no debe abandonarse a menos que sea evidente, según condiciones determinadas, que el paciente no quiere seguir viviendo (art. 4b). Si el enfermo terminal tiene “capacidad”, es decir, tiene más de 17 años, puede expresar su voluntad, no ha sido declarado incapacitado ni excluido de esta condición por decisión médica documentada y justificada, toda decisión relativa a su tratamiento médico debe estar sujeta a la voluntad implícita del paciente. Si el enfermo terminal no tiene “capacidad”, toda decisión relativa a su tratamiento médico debe seguir sus instrucciones preliminares, las de una persona apoderada o la decisión de una “comisión institucional” en el sentido que se define más abajo. Si no hay instrucciones ni decisiones, la decisión de no dar tratamiento médico a un enfermo terminal estará a cargo del médico responsable, que debe tener en cuenta el testimonio implícitodel pariente del enfermo y, a falta de pariente, la posición del tutor del paciente (art. 4b, 1) y 2)).

496.La Ley dispone que se respete la voluntad de los enfermos terminales cuando no quieran que se les prolongue la vida, en cuyo caso no deberá dispensárseles tratamiento médico (art. 8). Sin embargo, cabe aclarar que la Ley no permite cometer un acto, ni siquiera un acto médico, que vaya dirigido intencionalmente a provocar el fallecimiento del enfermo terminal, o que conlleve con toda seguridad ese desenlace, aunque sus móviles sean compasivos (art. 12). Además, está prohibido ayudar al paciente a suicidarse o interrumpir un tratamiento médico subsiguiente a un intento de suicidio (arts. 13 y 14a respectivamente). Sin embargo, se permite abstenerse de reanudar un tratamiento médico subsiguiente que se ha terminado sólo por razones médicas oun tratamiento médico cíclico (art. 14b).

497.La Ley del enfermo terminal contiene diversas disposiciones sobre la forma y el procedimiento por los cuales una persona puede expresar, con anticipación, su voluntad sobre el tratamiento médico que se le dará en caso de enfermedad terminal. Además, la Ley dice que cada institución médica debe nombrar, en consulta con una comisión del Estado, comisiones institucionales para que decidan en casos de conflicto o si hay alguna duda sobre la forma de tratar al enfermo terminal. Estas comisiones estarán formadas por cuatro médicos, una enfermera, un asistente social o un psicólogo clínico, un académico especializado en filosofía o ética, un jurista cualificado para ser nombrado juez de distrito y un representante público o una personalidad religiosa.

498.En 2007 el gasto sanitario nacional era 7,9% del PIB, similar al de 2006, cuyo 36% estaba financiado por los hogares y un 37% mediante los presupuestos del Estado.

499.En un estudio realizado por el Ministerio de Salud durante 2003-2004 se obtuvieron los siguientes resultados (tasas por cada 100 residentes): el 53,1% de las mujeres israelíes y el 57,3% de los hombres israelíes valoraron su salud general, tanto física como mental, como muy buena o excelente. En la población judía, el 55,2 % de las mujeres y el 59,1% de los hombres valoraron su salud como muy buena o excelente, frente a un 53% de las mujeres y un 54,9% de los hombres en la población árabe.

500.Sobre el hábito de fumar, el 18,6% de las mujeres y el 36,1% de los hombres manifestaron que fuman cigarrillos por lo menos una vez al día. Entre la población judía, dijeron fumar el 19,8% de las mujeres y el 32,1% de los hombres, frente a un 4,6% de las mujeres y un 55,2% de los hombres de la población árabe. Con respecto al índice de masa corporal (IMC), el 13,9% de los hombres y el 15,7% de las mujeres presentaban un IMC igual o superior a 30, basándose en el peso y la altura que declararon.

Programa de medidas de calidad

501.La Ley del seguro médico nacional dispone la creación de organizaciones de investigación y evaluación (el Consejo de Salud, el Instituto de Política Sanitaria e Investigación en Servicios de Salud de Israel), con el fin de supervisar y evaluar cómo afecta la Ley a la calidad, la eficacia y el costo de los servicios de salud en Israel. Dentro de este contexto se hizo necesario crear un sistema de indicadores para la atención sanitaria de la comunidad en Israel que permitiera la evaluación permanente del nivel de tratamiento con respecto a los indicadores nacionales e internacionales.

502.El Programa de Indicadores de Calidad de la Atención Sanitaria de la Comunidad fue iniciado por investigadores de la Universidad Ben-Gurion del Negev, conjuntamente con los cuatro fondos de salud israelíes y con el apoyo de la Asociación Médica Israelí y el patrocinio del Instituto de Política Sanitaria e Investigación en Servicios de Salud de Israel. En marzo de 2004 el Ministerio de Salud declaró esta actividad programa nacional, encabezado por un comité de dirección formado por todas las organizaciones participantes.

503.El programa nacional tiene como principales objetivos mejorar la calidad de la atención sanitaria de la comunidad en Israel mediante un control permanente del desempeño, e informar al público en general y a los responsables de la política sobre la calidad de los servicios de salud en Israel. El programa contempla una evaluación rutinaria y dinámica de la calidad de los servicios de diagnóstico, terapéuticos y de rehabilitación que prestan los fondos para la salud.

504.Hasta la fecha se han implantado 69 indicadores en seis de los principales ámbitos médicos y se controlan regularmente en toda la población Israelí. Esta infraestructura científica permanente ayuda a establecer prioridades a nivel nacional en la elaboración de políticas y produce una mejora de la calidad. La información también está disponible y abierta al público en general, a quienes se invita a evaluar la calidad de los servicios en Israel y a utilizarlos de manera informada y responsable.

505.El informe anual sobre indicadores nacionales de calidad de la atención sanitaria de la comunidad se publicó por vez primera en 2004. El actual informe (2008) ofrece los datos correspondientes al período 2005-2007, que se refieren a seis ámbitos de la atención sanitaria de la comunidad: vacunación contra la gripe, investigación para la detección del cáncer colorrectal y mamografías para la detección del cáncer de mama, tratamiento contra el asma, tratamiento de la diabetes, medicina infantil y cardiología. Según el informe, en la mayoría de los indicadores examinados se ha registrado una mejora continua. El rendimiento nacional fue considerado alto en la mayoría de los indicadores, también en comparación con los niveles internacionales. Los informes anuales están disponibles en el sitio web del Instituto Nacional de Salud Pública: http://www.israelhpr.org.il.

Indicadores de salud de la Organización Mundial de la Salud

Mortalidad infantil

506.La tendencia de la tasa de mortalidad infantil por cada 1.000 nacidos vivos ha sido la que se indica a continuación.

Cuadro 33

Mortalidad infantil, 2004 - 2007

Año

Población total

Judíos

Musulmanes

Cristianos

Drusos

Números absolutos

Tasas

Números absolutos

Tasas

Números absolutos

Tasas

Números absolutos

Tasas

Números absolutos

Tasas

2004

670

4,6

315

3,1

319

8,8

8

3,3

11

4,3

2005

628

4,4

313

3,1

277

8,1

8

3,2

15

5,9

2006

594

4

312

3

252

7,3

4

-

13

5

2007

586

3,9

309

2,9

250

7,2

7

2,8

15

6

Fuente : Ministerio de Salud y Oficina Central de Estadística de Israel, Compendio de Estadísticas de Israel, 2008.

507.Las estadísticas recientes indican que continúan descendiendo las tasas de mortalidad infantil, de 4,6 fallecimientos por cada 1.000 nacidos vivos en 2004 a 3,9 en 2007. Entre los recién nacidos judíos y cristianos, la tasa bajó aún más, a 2,9 y 2,8 por 1.000 nacidos vivos, respectivamente. Una gran parte de la disminución de la tasa de mortalidad infantil se debe al menor número de fallecimientos causados por enfermedades infecciosas, mortalidad prenatal y neumonía. Las muertes debidas a trastornos congénitos muestran también una tendencia descendente.

508.En la población musulmana, a pesar de que la disminución ha continuado, la tasa de mortalidad infantil todavía es relativamente alta y se sitúa en 7,2 fallecimientos por 1.000 nacidos vivos.La diferencia entre las comunidades se debe a varios factores, entre ellos, la alta tasa de matrimonios consanguíneos (alrededor del 35% en la población árabe y del 60% en la población beduina), la prohibición religiosa del aborto incluso en los casos en que está recomendado desde el punto de vista médico y también las diferencias socioeconómicas.

Tasas de inmunización

509.A continuación se dan los datos sobre las tasas de inmunización.

Cuadro 34

Inmunizaciones: porcentaje de niños inmunizados a la edad de dos años, 2005

Vacuna

Difteria Tétanos Tos ferina DTP 4

Vacuna contra la polio

IPV 3

Vacuna contra la polio OPV 3

Sarampión Parotiditis Rubéola MMR 1

Vacuna contra la Hepatitis A HAV 1

Vacuna contra la Hepatitis B HBV 3

Haemophilus Influenzae tipo B HIB 4

Total

93

95

93

94

90

96

93

Judíos

91

94

91

93

88

96

91

Otras religiones

98

97

97

98

96

96

98

Fuente : Ministerio de Salud, 2008.

Esperanza de vida

510.En 2007 la esperanza de vida era de 82,5 años para las mujeres israelíes y de 78,8 años para los hombres. Las personas de edad (más de 65 años) comprendían el 9,8% de la población en 2006 (sólo el 3,3% entre la población árabe). En 2006 las personas de más de 65 años formaban el 11,2% de la población femenina, frente al 8,5% de la masculina.

Cuadro 35

Esperanza de vida, por género y grupo de población, 2001 - 2007

Año

Hombres

Mujeres

Judíos

Árabes

Total

Judíos

Árabes

Total

2001

77,9

74,5

77,3

81,6

77,8

81,2

2002

78,1

74,7

77,5

81,9

77,9

81,5

2003

78,3

74,9

77,6

82,2

78,2

81,8

2004

78,7

75,4

78,0

82,7

79,6

82,4

2005

79,0

74,9

78,2

82,6

78,6

82,2

2006

79,3

74,6

78,5

82,6

78,1

82,2

2007

79,5

75,3

78,8

82,9

78,8

82,5

Fuente: Ministerio de Salud, 2008.

511.La tabla siguiente revela las causas principales de mortalidad en el período 1998-2005.

Cuadro 36

Tasas de mortalidad, por causa (población total)

Causa de muerte

Número en la lista 2 de mortalidad de la CIE-10

1998 - 2000

2001

2003

2001 - 2004

2005

Otras enfermedades

47+72

62

56

62

59

59

Otras enfermedades isquémicas del corazón (distintas del infarto agudo de miocardio)

53(1)

69

55

52

51

47

Diabetes mellitus

46

38

39

42

39

35

Enfermedades cerebrovasculares

55

41

44

37

40

38

Otras enfermedades del corazón

54

39

38

34

36

34

Infarto agudo de miocardio

52(2)

31

29

28

27

23

Neoplasias malignas restantes

44

25

21

25

22

21

Neoplasias malignas de tráquea, bronquios y pulmones

32

20

21

21

21

20

Enfermedades renales

65

16

23

20

23

25

Neoplasias malignas de colon y ano

28

20

21

19

19

19

Infecciones crónicas de las vías respiratorias inferiores

61

19

18

17

17

17

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2007.

Nota: En 2005 la tasa de signos, síntomas y causas indefinidas era 31 (por cada 100.000 residentes).

Tasas por cada 100.000 residentes.

Según la CIE-10 (Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos, 10ª edición) .

Acceso a personal capacitado

512.En cada localidad con más de 100-150 residentes hay dispensarios para el tratamiento de enfermedades y lesiones comunes. Además, como prescribe la Ley del seguro médico nacional detallada en los informes anteriores de Israel, todos los residentes israelíes tienen derecho al seguro médico, incluido el tratamiento médico generalizado y el suministro de medicamentos.

513.Los trabajadores extranjeros también pueden acceder a la atención sanitaria y tienen derecho al seguro médico, como se detalla en el artículo 6 anterior. Además, los hijos de los trabajadores migratorios ilegales también tienen derecho al seguro médico que prestan los fondos de salud israelíes.

514.En 2006 el número de médicos enIsrael era 25.138 (37 por cada 10.000 residentes) y de enfermeras y matronas, 42.609 (62 por cada 10.000 residentes), lo que constituye una relación de 1,7 enfermeras y matronas por médico. Además, el número de personal farmacéutico era 4.958 (7 por cada 10.000 residentes), y el número de dentistas, 7.726 (11 por cada 10.000 residentes). La tasa de camas de hospital en 2006 era 60 por cada 10.000 residentes.

515.Cabe mencionar un estudio iniciado por el Ministerio de Salud que indicaba un menor acceso al personal médico en las zonas periféricas del norte y el sur del país. Aparte de la escasez general de personal médico, uno de los principales obstáculos es la gran dificultad para contratar facultativos dispuestos a vivir y prestar servicio en esas zonas apartadas del país. El Ministerio de Salud dedica considerables esfuerzos, incluso incentivos económicos y ayudas en vivienda y oportunidades de empleo para el cónyuge, con el fin de alentar al personal médico a reubicarse en dichas zonas, aunque hasta ahora el problema persiste.

516.El 99% de los nacimientos tiene lugar en hospitales, bajo la supervisión de personal capacitado. En diciembre de 2005 la Ley del registro civil de 5725/1965 se reformó para regular los nacimientos que ocurren fuera de una institución médica. Las mujeres que alumbran en su casa o de camino al hospital tienen derecho a atención postnatal completa en el hospital, para ellas y para sus bebés.

517.La tasa de mortalidad materna se ha mantenido baja. En 2006 sólo hubo 9 casos.

Control del medio ambiente

518.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Atención preventiva

519.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Abastecimiento de agua

Abastecimiento de agua a las aldeas beduinas ilegales

520.Como se detalla en este informe, la mayoría de los beduinos del Negev viven en centros urbanos y suburbanos que cuentan con planes aprobados y el suministro de todas las infraestructuras necesarias, incluido el abastecimiento de agua corriente.El resto de la población beduina reside en aldeas ilegales, que dificultan el suministro de los servicios necesarios a los residentes, de agua en particular.

521.A pesar de que el Gobierno no pone en duda su obligación de proveer a sus habitantes de servicios como el agua, es prácticamente imposible suministrarla a destinos esporádicos sin tener en cuenta los programas estatales de construcción y planificación. No obstante, anticipándose a la finalización del establecimiento de más asentamientos beduinos permanentes y la regulación de los sistemas de abastecimiento de agua, la comisión ministerial para la población árabe ha decidido construir “centros de agua”. A raíz de esta decisión, se han dado instrucciones sobre la planificación de sistemas de abastecimiento de agua para varios de estos centros en el Negev, dado que el Gobierno comprende las necesidades y la realidad actual de la población beduina y sus esfuerzos para mejorar sus condiciones de vida. Su planificación tiene en cuenta una cantidad de agua adecuada para las cifras de población previstas para 2020. Estos sistemas permitirán suministrar agua a una parte considerablemente mayor de población beduina que en la actualidad, que la recibe mediante conexiones individuales. Actualmente hay cinco centros de agua situados en las zonas más pobladas de la diáspora beduina, compatibles con los planes del Gobierno para la creación de asentamientos permanentes.

522.Otro de los métodos utilizados es la conexión directa a la conducción general de distribución de agua, concedido a 10 familias como mínimo, aunque este método cada vez se usa menos debido a la naturaleza problemática de estas conexiones, que requieren transportar el agua a las aldeas ilegales. La comisión del agua evalúa las solicitudes de conexión a estas conducciones, las autoriza en su caso y ejerce de mediador si hay conflicto entre residentes de la diáspora sobre la propiedad de tales conexiones. Entre 2001 y 2006 la comisión del agua se reunió 16 veces para examinar 306 solicitudes de conexión a las conducciones y para la solución de controversias. Cabe aclarar que el rechazo de solicitudes de conexión se debe en su mayor parte a motivos técnicos que impiden la posibilidad de realizarlas (como las dificultades topográficas, etc.). Además, según “la Mekorot”, la compañía nacional de agua de Israel, existen numerosas conexiones clandestinas a las conducciones sin la autorización de la comisión del agua.

Grupos vulnerables

523.Como se detalla en el informe periódico anterior de Israel, la Ley del seguro médico nacional ha tenido un efecto aparentemente positivo en la prestación de atención sanitaria a los grupos vulnerables de la sociedad israelí.

524.La Ley limita los pagos complementarios requeridos, que se detallan en el informe periódico anterior de Israel, cuyos importes máximos se han actualizado recientemente. Además, a fin de no perjudicar a los grupos más desfavorecidos, el pago requerido está sujeto a limitaciones adicionales, incluida su exención y reducción para grupos vulnerables concretos, como las personas con discapacidad, ancianos con una situación socioeconómica precaria y personas con determinadas enfermedad crónicas. Con todo, los requisitos de pago complementario son objeto constante de crítica.

525.En un documento de posición publicado en julio de 2008 por el “Centro ADVA” y “Médicos pro Derechos Humanos–Israel” titulado “Pagos complementarios de los servicios de salud: de acuerdo, pero nos negamos”, las dos ONG afirman que los pagos complementarios por recetar medicamentos y las visitas médicas aumentan las desigualdades en cuanto al acceso a los servicios de salud. Las ONG recomendaban la anulación de los pagos complementarios por recetar medicamentos y por los servicios médicos y ofrecen alternativas para ampliar las fuentes de ingresos en su lugar.

526.Según otro documento de posición publicado por “Médicos pro Derechos Humanos–Israel” en mayo de 2008, titulado “Desigualdad en la distribución de instrumentos médicos especiales en todo Israel”, se discrimina a las zonas periféricas con respecto al centro de Israel. El documento señala además que el Ministerio de Salud no sigue la normativa sobre la distribución de instrumentos médicos especiales y no aplica su propio reglamento al permitir el emplazamiento de instrumentos médicos adicionales en Tel Aviv.

Atención sanitaria en la población árabe

527.En 2005 el Centro Israelí para el Control de Enfermedades publicó un informe sobre la salud de la población árabe, que refleja cambios positivos en las condiciones de salud de la población árabe. Según este informe, se había reducido tanto la tasa de mortalidad infantil como la tasa de mortalidad por enfermedades vasculares y del corazón. Además, había aumentado tanto el índice de vacunación de la población como la realización de mamografías para la detección precoz del cáncer de mama.

528.El informe refleja una mejora notable en el nivel de los servicios de salud y en la accesibilidad de la población árabe a estos servicios. En 2005 al menos un consultorio de atención primaria y un centro de salud familiar prestan servicios de asistencia sanitaria en todas las localidades árabes.

529.El informe revela un aumento de enfermedades como la diabetes y la obesidad, especialmente entre las mujeres árabes mayores. Se aprecia también un aumento del número de casos de neoplasias malignas (nótese que, salvo en el caso del cáncer de pulmón, la tasa de neoplasias malignas entre la población árabe es más baja que entre la población judía).

La población beduina del sur

530.Como se ha señalado, todas las ciudades beduinas actuales cuentan con planes aprobados e incluyen infraestructuras como dispensarios, agua corriente, electricidad, etc. El costo de una visita a un centro médico es igual en todo el país, es decir, la visita es en general gratuita.

531.El Departamento de Servicios Médicos Generales tiene un servicio médico especial para la población beduina que incluye un servicio de ambulancia para beduinos a cargo de un empleado beduino. Esta ambulancia garantiza el continuo acceso entre el hospital y la comunidad beduina. De este modo, también los profesionales médicos pueden evaluar las condiciones de vida de los pacientes antes de darlos de alta en el hospital. La ambulancia también transporta los pacientes al hospital y de regreso cuando necesitan atención urgente.

532.Además de las 18 clínicas de salud maternoinfantil situadas en las ciudades beduinas y una unidad móvil de atención a la familia, se han construido recientemente seis nuevos dispensarios de salud maternoinfantil (Tipat Halav) en las aldeas ilegales, equipados como todos los demás dispensarios de salud maternoinfantil del país.

533.Además de los 32 dispensarios del Fondo para la Salud que ya existen en las ciudades beduinas, se han construido otros 9 para atender las necesidades médicas de los beduinos que viven en aldeas ilegales. Estos dispensarios están computadorizados, tienen aire acondicionado y están equipados según las normas que rigen en todos los demás fondos de salud del país.

534.Ha habido otras grandes mejoras en el último decenio. Por ejemplo, un aumento de la cobertura de inmunización de los bebés beduinos del Neguev ha producido una reducción significativa de las enfermedades infecciosas prevenibles mediante vacunación. Datos recientes de 2006 indican que entre el 90% y el 95% de los bebés beduinos había recibido todas las vacunas necesarias a los 3 años de edad, lo que constituye una mejora considerable frente a la tasa de 27% de 1981. Dos equipos móviles de inmunización dirigidos por el Ministerio de Salud también inmunizan a domicilio a bebés de familias beduinas que viven fuera de las ciudades permanentes y que no los llevan a uno de los dispensarios de salud maternoinfantil para el tratamiento. Un sistema de seguimiento computadorizado permite al Ministerio de Salud identificar a los niños que están atrasados en el calendario de inmunización y enviarles uno de los equipos móviles para que los inmunicen.

535.También se ha registrado en los últimos dos decenios una mejora considerable del crecimiento de los bebés y niños pequeños beduinos, que indica una mejora de la nutrición. Además, ha habido un aumento entre las mujeres beduinas del seguimiento de la recomendación de tomar suplementos de ácido fólico durante la edad fecunda, y una disminución de la incidencia de tubo neural abierto en fetos y bebés beduinos. Por desgracia sigue habiendo tasas altas de malformaciones congénitas y de enfermedades hereditarias entre los bebés beduinos, a causa de muchos factores, entre ellos la tradición del matrimonio consanguíneo y también las barreras culturales, religiosas y sociales a la investigación prematrimonial y prenatal de las enfermedades hereditarias.

536.La tasa de mortalidad infantil de los bebés beduinos era 15 por 1.000 en 2005, inferior a la de 2004. Debe notarse que dicha tasa era esencialmente menor en las aldeas ilegales que en las ciudades establecidas. El Gobierno sigue estableciendo dispensarios de salud maternoinfantil en las aldeas ilegales y se están construyendo nuevos centros de salud maternoinfantil para atender a la población.

537.Además, el Gobierno viene financiando varios proyectos especiales para mejorar la salud y ampliar los servicios de atención médica que se prestan a los beduinos que viven en aldeas ilegales, uno de los cuales es un programa de intervención especial a largo plazo para reducir la tasa de mortalidad infantil entre los beduinos. El programa está orientado a la comunidad y cuenta con un amplio consorcio de participantes, incluidos representantes de los jefes de la comunidad beduina y del sistema educativo, junto con proveedores de servicios médicos curativos y preventivos, el Departamento de Salud en la Comunidad y el Departamento de Epidemiología de la Facultad de Ciencias de la Salud de la Universidad Ben-Gurion del Neguev.

538.El Gobierno también financia pruebas y consultas genéticas gratuitas para cualquier miembro de una tribu en que la prevalencia de una enfermedad hereditaria gravepara la cual exista una prueba genética sea superior a 1 entre 1.000.

539.El Gobierno también participa en un programa de intervención para reducir la tasa de accidentes domésticos entre los niños beduinos y ha financiado la construcción de nuevos dispensarios de salud maternoinfantil para los beduinos que viven en aldeas ilegales (la principal sociedad de seguro médico que presta servicios a los beduinos está construyendo más dispensarios).

540.En los últimos decenios ha bajado la incidencia de enfermedades infecciosas entre los bebés beduinos. Los bebés y niños beduinos tienen tasas más bajas de tos ferina, tuberculosis e infección con el VIH. Además, a causa de la alta cobertura de inmunización de los bebés y niños beduinos, que indica buen acceso y uso de los servicios médicos preventivos, no ha habido casos de sarampión desde 1994 ni de poliomielitis, difteria, rubéola congénita, tétanos neonatal o tétanos en niños beduinos del Neguev desde 1990. En el período 2000-2003 no se registraron casos de parotiditis. Sólo hubo uno o dos casos de la enfermedad invasiva del Haemophilus influenzae entre 2000 y 2002 y ninguno en 2003. Sin embargo, la tasa de enfermedades infecciosas es más alta en general en los bebés beduinos que en los bebés judíos de la misma edad.

541.Se prestan servicios médicos especializados a las comunidades beduinas del Neguev, entre ellos pediatría, medicina interna general, neurología, medicina de familia, dermatología, ginecología y obstetricia, otorrinolaringología, oftalmología, ortopedia, gastroenterología, cardiología, cirugía y traumatología, cirugía pediátrica y medicina pulmonar pediátrica. Además, todos los residentes tienen acceso igual a todos los consultorios de especialistas del Centro Médico de la Universidad Soroka.

542.El Gobierno y la principal sociedad de seguro médico que presta servicios a la población beduina dedican importantes esfuerzos a formar y contratar médicos y enfermeras beduinos. El Gobierno aporta todos los fondos necesarios para que tres clases de estudiantes beduinas terminen su formación como enfermeras tituladas, incluido el transporte a la escuela de enfermería, una asignación para comida durante los estudios y lecciones especiales de repaso para quienes las necesiten. Análogamente, el Gobierno aporta financiación especial para contratar médicos y enfermeras árabes.

543.Las estudiantes del tercer curso se comprometen a trabajar durante los tres primeros años de práctica después de la graduación dondequiera que el Ministerio de Salud decida que se necesitan sus servicios. Esta medida garantiza que estas enfermeras cualificadas asistan a la población beduina. Además, hace poco se ha graduado la primera médica beduina de Israel, que participó en el programa especial “Cultivo de la Medicina en el Desierto”, encaminado a incorporar más beduinos al sector de la salud. Actualmente 6 beduinas estudian medicina, 35 se han graduado en diversas profesiones sanitarias y otras 45 están estudiando ciencias de la salud.

544.En julio de 2008 Médicos pro Derechos Humanos-Israel publicó un informe titulado “Ana Huna (Estoy aquí): género y salud en las aldeas no reconocidas del Negev”. El informe es crítico con respecto a los servicios de salud que reciben las mujeres beduinas en el Negev y los problemas de infraestructuras y transporte público, que dificultan a las mujeres beduinas el acceso a centros de salud lejanos cuando en las aldeas no hay un dispensario o el que hay no dispone de todos los servicios. El informe también establece que la comunicación entre el personal médico y algunas de las mujeres es difícil debido a las barreras lingüísticas. No obstante, como se ha detallado, se han logrado mejoras considerables en los últimos años con respecto a la prestación de asistencia para las mujeres beduinas y la población beduina en conjunto.

Participación de la comunidad

545.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Artículo 13Derecho a la educación

Marco jurídico

546.En 2007 se enmendó la Ley de enseñanza obligatoria de 5709/1949, a fin de ampliar su alcance e imponer la enseñanza obligatoria a los jóvenes de entre 15 y 17 años (inclusive) que cursan los grados 11º y 12º. Antes de introducirse esta enmienda, la enseñanza en los grados 11º y 12º era gratuita, pero no obligatoria. Con el objetivo de proteger a los jóvenes en esta etapa en que son vulnerables a las influencias negativas, y prepararlos y proporcionarles mejores instrumentos para asegurar su integración como futuros adultos productivos, el Gobierno decidió ofrecer un marco educativo obligatorio en lugar de un marco facultativo. Otro efecto que se persigue con la Ley es reducir las tasas de abandono escolar y expulsión de alumnos, ya que obliga a aportar soluciones dentro del sistema educativo a todos los alumnos de este grupo de edad.La Ley se aplicará plenamente a los alumnos que cursen el 11º grado hasta 2009, y hasta 2010 a aquellos que cursen el 12º grado.

547.Debido a limitaciones presupuestarias, la aplicación gradual de laLey de jornada escolar prolongada y estudios de enriquecimiento de 5757/1997 que se detalla en el informe anterior de Israel deberá haber finalizado en 2014.

548.La Ley de comida diaria para el alumno de 5765/2005. El 6 de enero de 2005 el Knesset aprobó la Ley de comida diaria para el alumno con el objetivo de crear un servicio alimentario que proporcionara comida caliente a los alumnos de las escuelas primarias donde se aplica la jornada escolar prolongada, de conformidad con la Ley de jornada escolar prolongada y estudios de enriquecimiento que se detalla en el informe anterior de Israel. El 28 de abril de 2008 se enmendó la Ley para incluir a los niños que asisten a centros de preescolar, donde se aplica la jornada escolar prolongada. Conforme a la enmienda, la Ley también se aplica a otros centros preescolares donde se imparten 41 horas semanales de enseñanza, en los que se proporcionará comida caliente a los alumnos los días que asistan durante al menos ocho horas.

El artículo 3 de la Ley establece que todos los alumnos recibirán una comida caliente al día, con un menú equilibrado y variado que establecerá el Ministerio de Salud y que tendrá en cuenta la edad y las necesidades de los alumnos.

La Ley se aplicará de forma gradual, y el Ministro de Educación, junto con el Ministro de Hacienda, determinará la población de alumnos a los que se aplicará cada año.

El servicio de nutrición está financiado conjuntamente por el Ministerio de Educación y las municipalidades locales, a las que la Ley permite recaudar pagos en concepto de participación de los padres, previo consentimiento del Ministro de Educación. El Ministro determinará la cuantía del pago en concepto de participación de los padres, atendiendo a criterios socioeconómicos y con arreglo al sistema de pagos estipulado en la Ley de enseñanza obligatoria.

549.La Ley de la educación gratuita de los niños enfermos de 5761/2001 tiene por objeto promover la igualdad de oportunidades de los niños enfermos y ofrecer un marco educativo adecuado a los niños hospitalizados o limitados a la vida en el hogar a causa de enfermedad crónica, con el propósito de preservar un estilo de vida normal para estos niños. Dicho marco educativo pretende identificar las necesidades educativas especiales de los niños enfermos y fomentar su desarrollo, en función de la capacidad de aprendizaje y del estado médico del niño. Según la Ley, el Ministro de Educación debe establecer un programa de educación especial para niños enfermos que se ejecutará en el hogar o el hospital con el consentimiento de los padres. El artículo 7 de la Ley establece que su aplicación será gradual a partir de 2006.

550.Retiro de alumnos del sistema educativo. En 2004 el Ministro de Educación publicó el Reglamento sobre el retiro de alumnos del sistema educativo (Reglamento de la educación obligatoria (Normas para el retiro permanente de un alumno por razón de su desempeño escolar) de 5765/2004).

551.Este Reglamento incluye la prohibición de retirar de la escuela a un alumno del 1º al 6º grado por falta de rendimiento en los estudios. En cuanto a los alumnos del 7º al 12º grado, no deben ser retirados por falta de rendimiento a menos que hayan fallado en el 70% por lo menos de las materias obligatorias de ese año escolar, y siempre que el fallo no se haya debido a enfermedad, a muerte de un miembro de la familia, a separación o divorcio de los padres o a otro hecho excepcional que, según el personal docente, haya conducido al fallo.

El director de la escuela de la cual se retira a un alumno y el jefe del departamento de educación del consejo local deben tratar de encontrar otro sistema de educación que sea más adecuado al alumno retirado, lo cual se hará de conformidad con el Reglamento de los derechos del alumno (Órdenes de publicación y retiro de alumnos) de 5762/2002.

552.Este reglamento establece las normas sobre el retiro de alumnos de la escuela, entre ellas la necesidad de realizar una audiencia antes de tomar la decisión definitiva de retiro. Según el artículo 6 a), el alumno o sus padres pueden presentar un recurso al jefe de distrito del Ministerio de Educación, y según el artículo 6 b) debe realizarse una audiencia ante un grupo de audiencia dentro de los 14 días siguientes. El alumno y sus padres pueden hacer su demanda en persona o mediante un representante.

Estatuto constitucional del derecho a la educación

553.El Tribunal del Distrito de Tel Aviv, constituido como Tribunal Administrativo, ordenó a la Municipalidad de Holon que sufragara completamente el costo de los libros de texto y el transporte escolar del hijo de una madre enferma mental, sumamente endeudada, y cuyo padre había fallecido. La municipalidad no cuestionó la desafortunada situación económica de la madre, sino más bien su incapacidad de costear completamente las necesidades del niño debido a las obligaciones actuales del departamento de bienestar de su municipio. Aunque el Tribunal no apreció incumplimiento de la ley ni de los procedimientos pertinentes a la cuestión de que se trata, declaró que está en su mano poner remedio en interés de la justicia debido a la importancia del principio de gratuidad de la enseñanza. Así, el hecho de que el remedio no estuviera contemplado en ninguna parte de los estatutos no impidió que el Tribunal dictara una reparación judicial adecuada. El Tribunal determinó que el derecho a la educación es esencial para que cada niño pueda realizar completamente sus habilidades y capacidades, y destacó que las dificultades económicas del progenitor no deben impedir al niño recibir una educación (Ad. A. (Tel Aviv) 2402/05Anónimo c. el Ministro de Educación et. al. (13 de junio de 2006)).

Estructura del sistema educativo

554.Desde 2004 el sistema presupuestario se ha establecido sobre una base distinta (el “Informe Shoshani”). Con arreglo a este nuevo método, todas las escuelas recibirán un presupuesto por alumno, de acuerdo con el número de alumnos de la escuela y sus antecedentes socioeconómicos. Para los alumnos con mayor disparidad educativa se asignará un presupuesto consistente en un mayor número de horas. El nuevo sistema de presupuesto diferencial aumenta considerablemente los recursos destinados a las poblaciones con antecedentes económicos inferiores, incluidos los alumnos de las poblaciones árabes, drusas y beduinas.

555.Educación bilingüe. En sus observaciones finales sobre el informe periódico anterior de Israel, el Comité alentaba el establecimiento de un sistema de escuelas mixtas para alumnos judíos y árabes, a fin de promover el entendimiento mutuo, la tolerancia y la amistad entre los ciudadanos del país. Un ejemplo destacado de educación bilingüe puede encontrarse en el pueblo “Neve Shalom - Wahat al-Salam”, situado a la misma distancia de Jerusalén y de Tel Aviv-Jaffa y fundado a principios de la década de 1970. En 2007 más de 50 familias se habían trasladado a vivir en el pueblo, con un número igual de familias judías y árabes. En su día, el pueblo contará con 140 viviendas.

556.El sistema de educación bilingüe desarrollado y aplicado en “Neve Shalom – Wahat al-Salam”es una de las muchas expresiones de coexistencia de la comunidad y de otras comunidades de la zona. El sistema de ecuación bilingüe, que se imparte desde el jardín de infancia hasta el comienzo de la enseñanza superior, se aplica a unos 200 niños, el 90% de los cuales procede de las comunidades vecinas árabes y judías. Sistemas similares de educación bilingüe e intercultural operan en Jerusalén, Misgav y Kfar Kara.

557.Cabe mencionar que los padres tienen derecho a matricular a sus hijos en el centro docente (jardín de infancia o escuela) de su elección en su municipio local, ya se trate de una institución hebrea, árabe o bilingüe, con la única limitación de que se concede preferencia a los hijos que residen en sus proximidades.

558.Huelga decir que en Israel existe una gran cantidad de programas dedicados a la promoción de la coexistencia y cooperación entre las poblaciones árabe y judía, bien sea a través de iniciativas culturales y educativas o de la colaboración intermunicipal para el bienestar de las diferentes comunidades, como se ha explicado detalladamente en este informe.

Datos estadísticos

559.En 2006/2007, el número total de niños matriculados en el sistema educativo bajo la supervisión del Ministerio de Educación llegó a 1.900.000, desde el nivel preescolar hasta el final de la escuela secundaria, a razón de 1.381.101 judíos y 465.016 árabes.

560.El gasto nacional total en educación en 2007 ascendió a 56.200 millones de nuevos sheqalim (14.700 millones de dólares de los EE.UU.), que supone el 8,5% del Producto Interno Bruto. Dicho gasto (a precios constantes) aumentó en 2007 el 5% después de hacerlo en un 2% tanto en 2006 como en 2005.

Alfabetización

561.Igual que en el informe anterior de Israel, el número de personas con cuatro años o menos de formación académica ha seguido disminuyendo, y ha habido una mejora en la situación general. Entre la población árabe, el número de personas sin formación académica diminuyó de 7,0% en 2002 a 6,1% en 2006, mientras que entre la población judía las cifras descendieron de 2,5% a 2,1% respectivamente. El número de personas con entre 1 y 4 años de formación académica también disminuyó del 4% entre la población árabe en 2002 al 3,9% en 2006, y entre la población judía, del 1,2% en 2002 al 1% en 2006.

562.En los cuadros siguientes se presentan las cifras correspondientes a la formación académica de la población adulta de Israel en el período 2002-2006, por grupo de población, género y edad. Según estos datos, en 2006 el 1,5% del total de la población israelí sólo contaba con entre 1 y 4 años de enseñanza primaria, mientas que el 2,8% carecía de formación académica.

Cuadro 37

Personas de 15 años o más, por grupo de población, años de escolaridad, edad y género, 2007

Años de escolaridad

Total

Año

Mediana

16+

13 a 15

11 a 12

9 a 10

5 a 8

1 a 4

0

%

Miles

Población total

2002

12,4

17,2

21,3

35,6

11,6

9,4

1,6

3,2

100

4 706,2

2004

12,5

18,4

21,9

35,3

11,2

8,6

1,6

2,9

100

4 876

2006

12,5

19,8

22

34,9

10,9

8,2

1,5

2,8

100

5 053,1

2007 – Total

- Miles

1 035

1 143,4

1 792,7

535,4

403,5

62,1

129,8

5 142,4

- Porcentaje

12,6

20,3

22,4

35,1

10,5

7,9

1,2

2,5

100

Edad

15 a 17

11,1

-

0,3

52,4

44,1

2,8

-

0,3

100

350,6

18 a 24

12,4

4,3

26,9

60,9

4,7

2,4

0,3

0,5

100

801,2

25 a 34

13,6

28,6

28,3

31,2

6,7

3,9

0,3

0,9

100

1 077,1

35 a 44

13,2

28,9

22,7

33,3

7,8

5,5

0,5

1,3

100

852,5

45 a 54

12,9

25,6

23,1

29,7

9,8

8,6

1,1

2

100

753,8

55 a 64

12,8

25,5

21,9

24,6

9,8

13,1

1,8

3,3

100

601,4

65+

11,4

15,2

18,6

20

10,7

20,7

4,7

10,1

100

705,8

Hombres – Total

12,5

20,3

21,4

36,5

11,4

7,9

1,1

1,4

100

2 504,3

15 a 17

11,1

-

-

51,5

44,2

3,6

-

-

100

179,4

18 a 24

12,3

3,8

22,2

64

6,4

3,1

0,3

-

100

408,4

25 a 34

13,5

25,7

29,6

31,6

7,9

4,3

0,3

0,6

100

541,8

35 a 44

13,1

28,3

22,1

33,9

8,8

5,5

0,5

0,9

100

422,3

45 a 54

12,9

26,1

21,8

30,8

10,7

8,5

0,9

1,1

100

363,8

55 a 64

12,9

27,3

20,9

24,6

10,4

13,5

1,3

1,9

100

287,2

65+

11,8

19,9

17,1

20,9

10

21,4

4,7

6,1

100

301,5

Mujeres - Total

12,6

20,3

23,3

33,8

9,7

7,9

1,4

3,6

100

2 638,1

15 a 17

11,1

-

-

53,2

43,9

2

-

-

100

171,2

18 a 24

12,5

4,8

31,7

57,7

3

1,8

-

0,8

100

392,8

25 a 34

13,9

31,6

26,9

30,9

5,5

3,6

0,3

1,1

100

535,3

35 a 44

13,4

29,5

23,4

32,7

6,7

5,4

0,5

1,7

100

430,2

45 a 54

13

25,1

24,2

28,7

9

8,7

1,4

2,9

100

390

55 a 64

12,7

23,8

22,9

24,5

9,3

12,7

2,2

4,6

100

314,3

65+

11,1

11,7

19,7

19,3

11,2

20,2

4,8

13,1

100

404,3

Judíos

2002

12,6

19

23

36,8

10

7,4

1,2

2,5

100

3 848,8

2004

12,7

20,4

23,8

36

9,6

6,7

1,1

2,3

100

3 975,8

2006

12,8

22

24,2

35,5

9,2

6

1

2,1

100

4 104

2007 – Total

- Miles

936,8

1 015,4

1 459,6

366,9

244,2

34,3

75,7

4 168,2

- Porcentaje

12,8

22,7

24,6

35,3

8,9

5,9

0,8

1,8

100

Edad

15 a 17

11,1

-

-

53,5

43,8

2,2

-

-

100

255,8

18 a 24

12,4

3,9

28,2

63,7

2,9

0,9

0,2

0,2

100

614

25 a 34

14,4

32,5

32,4

29,4

3,7

1,4

0,2

0,4

100

833,6

35 a 44

14,1

33,5

25,9

33,6

4,5

1,4

0,3

0,8

100

660,8

45 a 54

13,4

28,3

25,3

31,5

8,8

4,8

0,2

1,2

100

631,2

55 a 64

13,2

27,8

23,5

26,7

9,9

9,9

0,7

1,5

100

528,2

65+

11,6

15,9

19,4

21

11,2

20,7

3,9

7,9

100

644,6

Hombres – Total

12,8

22,7

23,8

36,5

9,4

5,7

0,7

1,2

100

2 016,9

15 a 17

11,1

-

-

52,6

43,6

3,3

-

-

100

130,9

18 a 24

12,3

3,9

23,5

66,7

4,2

1,4

-

-

100

314

25 a 34

14,2

29,1

34,3

29,5

4,8

1,8

-

0,4

100

418,7

35 a 44

14

33

25,4

33,6

5,2

1,8

0,3

0,7

100

325,6

45 a 54

13,3

28,3

24

32,3

9,3

5

-

0,9

100

302,9

55 a 64

13,3

29,5

22,3

26,7

10,3

9,4

0,6

1,1

100

251,9

65+

12

20,8

17,9

22

10,5

20,1

3,6

5

100

273

Mujeres – Total

12,9

22,6

25,3

34,2

8,4

6,1

0,9

2,5

100

2 151,3

15 a 17

11,2

-

-

54,5

44,1

1,1

-

-

100

124,8

18 a 24

12,6

3,9

33

60,5

1,6

0,5

-

0,4

100

300

25 a 34

14,6

36

30,5

29,3

2,5

0,9

0,2

0,4

100

414,9

35 a 44

14,2

34,1

26,3

33,6

3,8

1,1

-

1

100

335,3

45 a 54

13,5

28,2

26,4

30,9

8,3

4,6

-

1,4

100

328,3

55 a 64

13,1

26,2

24,5

26,7

9,5

10,4

0,8

1,9

100

276,3

65+

11,3

12,3

20,5

20,2

11,8

21,1

4,1

10

100

371,7

Árabes

2002

10,9

7,7

10,7

30,9

19,2

20,6

4

7

100

747,2

2004

11,1

8

10,4

32,9

18,7

19

4,4

6,5

100

783,1

2006

11,1

8,9

10,3

32,7

18,8

19,3

3,9

6,1

100

841,2

2007 – Total

- Miles

78

87,9

303,8

153,3

155

27,4

53,1

863

- Porcentaje

11,3

9,1

10,2

35,4

17,9

18,1

3,2

6,2

100

Edad

15 a 17

11

-

-

50,2

44

4,2

-

-

100

89,7

18 a 24

12,1

6,1

22,1

50,9

11

8

-

1,5

100

172,6

25 a 34

11,8

15,1

11,2

39,1

17,6

13,7

0,8

2,5

100

217,1

35 a 44

11,2

12

8,3

33,1

20,4

21,6

1,6

3,1

100

168

45 a 54

9,4

10,1

6,7

20,8

15,6

32,7

6,9

7,3

100

105,1

55 a 64

6,9

4,9

5,2

9

8,5

42

11,3

19,1

100

61,1

65+

3,5

2,7

3,2

10

3,9

24

16,2

40,4

100

49,4

Hombres – Total

11,3

9,3

9,4

37,4

19,8

18,7

2,7

2,8

100

437,1

15 a 17

11

-

-

49,4

45,2

4,4

-

-

100

45,8

18 a 24

11,9

3,9

17,1

54,7

13,8

9,3

-

-

100

88,4

25 a 34

11,8

14,3

10,9

40

18,8

13,5

0,9

1,6

100

110,2

35 a 44

11,3

12,1

7,9

35,3

22,2

19,6

1,4

1,3

100

85,8

45 a 54

10,5

13,8

7,4

24,1

18,3

29,6

4,5

2,3

100

53,3

55 a 64

7,8

7,9

7,5

9,8

10

48,5

7,5

8,8

100

30,3

65+

6,3

4,9

3,9

10,8

4,9

38,3

17,7

19,5

100

23,5

Mujeres - Total

11,2

8,9

11

33,3

15,9

17,4

3,7

9,7

100

425,9

15 a 17

11,1

-

-

51,1

42,8

4

-

-

100

43,9

18 a 24

12,4

8,4

27,4

47

8

6,7

-

2,6

100

84,3

25 a 34

11,8

16

11,4

38,2

16,3

13,9

-

3,4

100

106,9

35 a 44

11,1

11,9

8,6

30,7

18,4

23,6

1,8

5

100

82,2

45 a 54

8,2

6,3

6

17,4

12,8

35,8

9,4

12,4

100

51,8

55 a 64

5,6

-

2,9

8,2

7

35,6

15

29,2

100

30,9

65+

0,9

-

-

9,3

-

11,2

14,9

58,5

100

26

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2007 y 2008.

Niveles de asistencia en el sistema educativo

563.El cuadro que sigue muestra el aumento gradual continuo del número de alumnos en el sistema educativo israelí.

Cuadro 38

Alumnos en instituciones de enseñanza, 2004 - 2008

Año

2004/05

2005/06

2006/07

2007/08

Total general

2 084 525

2 093 329

2 160 427

2 187 494

Enseñanza en hebreo

Total general

1 648 289

1 641 538

1 691 087

1 708 277

Jardines de infancia

313 801

315 000

340 114

350 000

Enseñanza primaria

574 468

584 441

598 029

604 725

Enseñanza postprimaria

472 139

469 387

467 721

462 360

Instituciones de enseñanza postsecundaria

51 195

52 601

51 332

51 000

Instituciones no universitarias de enseñanza superior**

77 738

82 023

97 923

104 689

Universidades

124 430

123 010

121 234

121 003

Otras instituciones

34 518

15 076

14 734

14 500

Enseñanza en árabe

Total general

436 236

451 791

469 340

479 217

Jardines de infancia

89 400

92 000

94 383

95 000

Enseñanza primaria

212 638

221 133

231 268

236 885

Enseñanza postprimaria

132 225

136 804

141 279

144 932

Instituciones de enseñanza postsecundaria

1 973

1 854

2 410

2 400

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2006, 2007 y 2008.

** Incluidos los estudiantes de primer ciclo de facultades universitarias y de magisterio. Desde 2006/2007, comprende 5.668 alumnos matriculados en educación continua para la obtención de la licenciatura de magisterio.

Educación superior

564.En 2006/2007, 261.788 alumnos asistieron a instituciones de educación superior (facultades, institutos y universidad abierta). El cuadro siguiente muestra el número de alumnos en la universidad y su agrupación por título, campo de estudio, género, edad y grupo de población.

Cuadro 39

Estudiantes en universidades, por titulo, género y grupo de población (porcentaje, a menos que se indique otra cosa)

2004/05

2005/06

2006/07

Licenciatura - Total

Números absolutos

78 247

76 707

76 155

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

55,3

55

54,8

Grupo de población

Judíos y otras

89,9

89,4

88,8

De los cuales: judíos

86,6

86,1

85,5

Árabes

10,1

10,6

11,2

Maestría - Total

Números absolutos

35 165

34 935

33 817

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

57,3

56,6

56,3

Grupo de población

Judíos y otras

94,5

94,2

93,9

De los cuales: judíos

92,6

92,2

91,9

Árabes

5,5

5,8

6,1

Doctorado - Total

Números absolutos

9 315

9 715

9 972

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

52,1

52,5

53

Grupo de población

Judíos y otras

96,6

96,7

96,5

De los cuales: judíos

94,3

94,5

94,3

Árabes

3,4

3,3

3,5

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Tasas de abandono

565.En 2007 el 91,4% de los adolescentes de entre 15 y 17 años asistía a la escuela, el 1,4% trabajaba y no estudiaba, y el 7,2% ni trabajaba ni estudiaba (un descenso con respecto a 2006 (7,8%)). El 92% de las jóvenes de entre 15 y 17 años asistían a la escuela frente al 91% de los chicos. Entre la población judía, el 5,4% de los jóvenes de entre 15 y 17 años no trabajaba ni estudiaba (5,5% de chicos y 5,4% de chicas), frente al 12,5% entre la población árabe (12,7% de chicos y 12,1% de chicas).

566.El cuadro siguiente presenta datos sobre tasas de abandono escolar, según el grado, el género y el grupo de población.

Cuadro 40

Tasas de abandono escolar de alumnos de los grados 7º a 12º, por grupo de población, grado y género

Enseñanza en hebreo

Enseñanza en árabe

2003/04 - 2004/05

2004/05 - 2005/06

2005/06 - 2006/07

2006/07 - 2007/08

2003/04 - 2004/05

2004/05 - 2005/06

2005/06 - 2006/07

2006/07 - 2007/08

Total general

523 029

521 032

520 189

519 615

140 145

147 912

154 967

160 729

Total

86 145

88 670

86 331

86 924

28 156

30 460

30 298

30 729

7º grado

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

1,6

1,1

0,5

0,8

1,9

1,9

1,3

1,1

porcentaje de chicos

2,1

1,4

0,8

1,3

1,9

1,9

1,4

1,2

1. porcentaje de chicas

1,1

0,7

0,3

0,4

1,9

1,9

1,3

1,0

Total

84 888

84 562

87 745

85 591

27 477

28 314

30 518

30 487

8º grado

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

3,3

2,6

2,2

2,7

4,2

3,5

3,9

4,1

porcentaje de chicos

4,2

3,4

2,8

3,8

5,4

4,3

4,9

5,1

2. porcentaje de chicas

2,3

1,7

1,5

1,6

2,9

2,6

2,8

3,0

Total

90 282

87 775

87 573

89 257

26 697

26 813

27 767

29 508

9º grado

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

4,3

3,9

3,0

3,2

11,8

10,9

11,7

12,3

porcentaje de chicos

6,0

5,5

4,4

4,8

15,9

14,2

15,8

17,0

3. porcentaje de chicas

2,5

2,2

1,4

1,7

7,6

7,5

7,3

7,4

Total

88 565

89 494

87 359

87 425

21 393

24 237

24 381

25 273

10º grado

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

4,7

4,0

3,4

3,7

8,0

6,9

6,6

6,6

porcentaje de chicos

6,3

5,5

4,7

5,3

11,1

10,6

9,7

10,3

4. porcentaje de chicas

2,9

2,3

1,9

1,9

5,0

3,4

3,5

3,0

5. Total

87 180

87 692

88 160

86 636

18 816

20 148

22 729

22 866

11º grado

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

5,2

5,8

5,3

6,3

6,5

6,7

5,3

6,3

porcentaje de chicos

8,5

8,3

7,9

9,5

8,4

9,6

7,5

9,3

porcentaje de chicas

3,5

3,2

2,7

2,9

4,7

4,0

3,3

3,5

12º grado

6. Total

85 969

82 839

83 021

83 782

17 606

17 940

19 274

21 866

De los cuales: porcentaje de abandono del sistema educativo

1,7

1,8

1,7

1,7

1,2

1,9

1,9

1,7

porcentaje de chicos

2,6

2,6

2,5

2,6

2,3

2,2

2,4

2,2

7. porcentaje de chicas

0,9

0,9

0,8

0,7

0,9

1,6

1,4

1,3

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

Tasas de graduación a todos los niveles

567.El cuadro siguiente muestra el porcentaje de alumnos con derecho a matriculación tras su graduación de la escuela secundaria y la proporción entre los que satisfacen los requisitos para la matriculación y los que no satisfacen esos requisitos (separados por grupo de población y por género).

Cuadro 41

Alumnos que efectuaron un examen de matrícula y obtuvieron un certificado, 2006

Examinados

Obtuvieron un certificado

Total

Porcentaje de alumnos en el 12º grado

Total

Porcentaje de alumnos en el 12º grado

Enseñanza en hebreo

67 210

82,4

44 778

54.9

Alumnos menores

31 954

80,4

19 682

49,5

Alumnas menores

35 256

85,7

25 096

61,0

Enseñanza en árabe

15 303

90,1

7 872

46,3

Alumnos menores

6 786

86,1

2 873

36,5

Alumnas menores

8 517

91,2

4 999

55,3

Por religión: Musulmanes

11 981

89,4

5 854

43,7

Cristianos

1 555

94,2

1 005

60,9

Drusos

1 733

95

996

54,6

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

568.El porcentaje de alumnos con derecho a obtener un certificado de matrícula sigue siendo superior entre las chicas. En 2006, en el sistema de educación hebreo, el 85,7% de las menores del grupo de edades del 12º grado realizó exámenes de matriculación (84,3% en 2002), frente a sólo el 80,4% de los menores (75,1% en 2002). Las menores que tuvieron derecho a un título de matrícula representaban también un número más elevado y alcanzaron el 61%, frente al 49,5% de los menores.

569.En el sistema de educación árabe, el 91,2% de las menores del grupo de edad del 12º grado realizó los exámenes de matrícula (91,7% en 2002) frente al 86,1% de los menores (84% en 2002). Las menores árabes con derecho a obtener un título de matrícula fueron asimismo más numerosas que los menores (56,3% y 36,5%, respectivamente).

570.Nótese que un tercio de estos alumnos que no aprobaron los exámenes de matriculación en 1997y 1998 cumplieron el requisito de obtener un certificado en los 8 años siguientes a su graduación.

571.Los datos siguientes incluyen estadísticas sobre graduados de universidades israelíes, de la universidad abierta (una institución de enseñanza por correspondencia), de instituciones de enseñanza superior no universitaria y de escuelas de formación de maestros. Igual que en el informe anterior de Israel, estos cuadros indican una tendencia continua a una mayor cantidad de estudiantes que se gradúan, y también que las mujeres lo hacen en número superior a los hombres.

Cuadro 42

Receptores de títulos de universidades

Título

1999/00

2004/05

2005/06

2006/07

Total general

26 743

30 779

32 254

33 380

Licenciatura

17 298

17 827

19 014

19 527

Maestría

7 528

10 703

11 093

11 762

Doctorado

800

1 206

1 209

1 288

Diploma

1 117

1 043

938

803

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2007 y 2008.

Cuadro 43

Receptores de títulos de universidades, por género, edad y grupo de población (porcentaje, a menos que se indique otra cosa)

2003/04

2005/06

2006/07

Licenciatura - Total

Números absolutos

17 989

19 014

19 527

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

58,9

58,2

58,7

Grupo de población

Judíos y otras

91,6

92,1

91,7

De los cuales: judíos

89,6

89,7

89

Árabes

8,4

7,9

8,3

Maestría - Total

Números absolutos

10 135

11 093

11 762

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

57

57,5

56,3

Grupo de población

Judíos y otros

95,5

95,6

95,6

De los cuales: judíos

94,5

94,3

94

Árabes

4,5

4,4

4,3

Doctorado - Total

Números absolutos

1 135

1 209

1 288

Porcentaje

100

100

100

De los cuales: mujeres

50,1

51

53

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

572.En 2006/2007 un total de 20.942 receptores obtuvieron una licenciatura de instituciones de enseñanza superior no universitaria y de escuelas de formación de profesorado: 2.095 de la Universidad Abierta, 12.206 de varias facultades universitarias y 5.433 de escuelas de formación de profesorado.

Construcción de nuevas escuelas

573.Desde la presentación del informe anterior de Israel, ha habido un aumento constante del número de escuelas y de profesores en el sistema educativo hebreo, así como un aumento considerable en el sistema educativo árabe. El número total de escuelas en la población judía aumentó en un 6,4% (de 2.957 en 2000 a 3.145 en 2007). Durante estos años, el número total de escuelas en la población árabe aumentó en un 28,7% (de 582 a 749 escuelas).

Proximidad de las escuelas

574.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Educación en materia de derechos humanos

575.En 2008 el Ministerio de Educación ha iniciado la aplicación y asimilación de un cambio fundamental de la instrucción cívica, incluidas las cuestiones de derechos humanos. El objetivo es aumentar las horas de enseñanza dedicadas a la materia. En el programa ampliado se pone aún más énfasis en los derechos económicos, sociales y culturales.

576.En todo el país se realizan rutinariamente programas educativos sobre cuestiones de derechos humanos. Israel ha creado programas especiales como un “Día de los Derechos Humanos”, que cada año se dedica a un aspecto diferente de los derechos humanos, cuyo plan de estudios y material docente se elabora tanto en árabe como en hebreo. Por ejemplo, en 2003 el “Día de los Derechos Humanos” abordó el tema de la tolerancia hacia “los demás” y la cuestión de los derechos sociales. En 2004 el Ministerio de Educación elaboró una carpeta de material didáctico relacionado con los derechos sociales, con referencias a las culturas y tradiciones tanto judías como islámicas. En 2005 se puso énfasis en los derechos de las personas con discapacidad. En 2006 el tema elegido fue el derecho a un nivel de vida adecuado y en 2007, el derecho al nivel más alto posible de salud.

577.Desde 2005 el Ministerio de Asuntos Exteriores, en cooperación con varias ONG y el Coordinador Especial de las Naciones Unidas para el proceso de paz del Oriente Medio, patrocina el programa de simulación “Modelo de las Naciones Unidas en Israel”, con la participación de numerosas escuelas de secundaria de todas partes de la ciudad de Jerusalén y de todos los sectores de la sociedad. El proyecto trata de exponer a los participantes al abanico de actividades de las Naciones Unidas, sensibilizar sobre los principales desafíos del ámbito internacional e inculcar un espíritu de tolerancia y diálogo intercultural. El programa forma parte del reconocido programa Modelo de las Naciones Unidas, que está ampliamente extendido en todo el mundo y está encaminado a mejorar la imagen de las Naciones Unidas en Israel. Mediante varias nuevas iniciativas para ampliar las actividades del Modelo de las Naciones Unidas en institutos israelíes de enseñanza superior en 2009, el programa Modelo de las Naciones Unidas en Israel promete llegar a ser un aspecto importante del diálogo educativo en Israel.

Igualdad de oportunidades de educación

Igualdad de género

578.A lo largo de este artículo se ofrecen datos concretos sobre la proporción de hombres y mujeres en los distintos aspectos educativos, en particular con respecto a los índices de asistencia y de graduación (incluida la enseñanza superior), los años de escolaridad, etc.

579.El Ministerio de Educación ha establecido un departamento especial dedicado a la promoción de la igualdad entre los géneros en el sistema escolar. El Ministerio mantiene un sitio web activo, útil y fácil de usar que no sólo da información sobre sus programas y proyectos, sino también ofrece a los visitantes perspectivas sobre el significado de la igualdad de género y el empoderamiento de la mujer. El lenguaje del sitio y de las directivas del Ministerio de Educación revela un empeño claro en la igualdad de los géneros y da directrices de mayor autoridad para los maestros y todos los funcionarios escolares.

580.El Ministro de Educación actual y su Director General son ambas mujeres y feministas. La Ministra de Educación ha declarado repetida y explícitamente que la igualdad de los géneros no es sólo un “programa” o un “proyecto”, sino un estilo de vida. Con ese fin, todas las escuelas tienen la obligación de crear y mantener un clima educativo favorable a la igualdad y al respeto mutuo.

581.En 2003 la Directora General del Ministerio de Educación emitió una circular sobre diversos aspectos de la igualdad de los géneros, como la elaboración de nuevos materiales didácticos favorables a la igualdad de los géneros, la promoción de la igualdad de oportunidades, el abandono de estereotipos anticuados, el empoderamiento del liderazgo educativo entre maestros y directores, y otros.

582.El Ministerio de Educación ofrece muchos programas de formación continua para docentes a fin de aumentar la conciencia de la igualdad de los géneros y los conocimientos especiales para promoverla. Los programas nacionales como “Las muchachas dirigen un cambio” empoderan a las alumnas de las escuelas de secundaria, y el plan de estudios trata formalmente cuestiones como el género, el gobierno y la política. Recientemente el Ministerio ha establecido un programa de matriculación en estudios de género.

583.En 2005 el Ministerio de Educación creó varios programas educativos destinados a promover en mayor medida la igualdad de oportunidades entre los géneros en el sistema educativo. El mencionado programa “Las muchachas dirigen un cambio” fue iniciado por la Asociación de Mujeres de Israel para alentar el empoderamiento y el liderazgo entre las jóvenes en las escuelas de secundaria. El programa se amplió después para incluir a los jóvenes, y ahora se llama “Las muchachas y los muchachos dirigen un cambio”. En 2007 el programa funcionaba en más de 60 escuelas de secundaria de Israel, incluidas escuelas de localidades árabes, y participaron en él más de 2.500 jóvenes.

También en 2005 el Ministerio de Educación, en colaboración con la Dirección para el Adelanto de la Mujer, organizó 10 seminarios de un día (en los cuales participaron más de 1.500 directores de escuelas) sobre el tema de la promoción del estudio de las matemáticas y las ciencias exactas entre las muchachas. Los seminarios trataron las siguientes cuestiones: elevar la conciencia del asunto en los equipos profesionales y directivos, poner de manifiesto los obstáculos aparentes a la participación de las mujeres en este campo y la capacidad efectiva de las estudiantes y los métodos de deconstruir esos obstáculos, elaborar un programa de intervención que aliente a las mujeres a participar en esos campos desde la niñez, y otras cuestiones pertinentes.

584.Además, el Ministerio de Educación nombró un comité especial para que examinara el grado en que los estereotipos de género aparecían en los textos educativos. Después de recibir los resultados, el Ministro decidió no incorporar en el sistema educativo los libros imbuidos de estereotipos de género y reemplazar gradualmente los que ya estuvieran en uso en las escuelas con estas características.

585.El Ministerio se ha comprometido especialmente a promover el talento de las niñas y adolescentes que demuestran aptitudes excepcionales en matemáticas y ciencia. Estos programas se basan en el concepto de aumentar la igualdad de los géneros y permitir que cada niño cultive sus inclinaciones y dotes innatas sin deferencia a las presiones sociales ni a las expectativas inflexibles con respecto al género.

586.“Bnot Mitzvah”, el rito judío que se celebra cuando una niña llega a los 12 años, se emplea como función escolar para los alumnos de sexto grado y como medio de destacar el empoderamiento de las mujeres, así como diferentes ejemplos de mujeres líderes, mujeres influyentes que cambiaron la sociedad, mujeres combatientes, pioneras y otras. Esto incluye actividades externas además de actividades en la escuela. Los alumnos examinan la posición de la mujer en Israel y en otros países, y buscan disciplinas que promuevan a las mujeres y les permitan progresar.

587.El empoderamiento de las alumnas en el sistema escolar general está encaminado a promover el liderazgo y la autonomía de las alumnas de séptimo a noveno grado, que incluye temas que fomentan la sensibilización hacia la igualdad de los géneros y su influencia en todos los aspectos de la vida. El programa contempla elevar la conciencia de las posibilidades que tienen las alumnas de realizar su potencial personal, la promoción de los conocimientos especializados, y la conciencia social y personal de los cambios necesarios en estos aspectos de la familia, la sociedad y el sistema educativo. También incluye elevar la apreciación de la capacidad y el potencial de las mujeres de incorporarse a los sectores económico, político, técnico y militar y la importancia de esa incorporación. El programa también comprende actividades con los alumnos varones encaminadas a cambiar sus ideas con respecto a los géneros.

588.El programa de empoderamiento de las alumnas árabes está encaminado a promover y cambiar las perspectivas personales y sociales subrayando el papel de la mujer en la familia, la sociedad y el lugar de trabajo. Se dirige a las alumnas de séptimo a noveno grado e incluye temas que promueven la conciencia de los estereotipos sobre los dos géneros en la sociedad árabe, la idea que tienen de sus capacidades y sueños, etc. También cuenta con actividades correspondientes con los alumnos varones encaminadas a cambiar sus ideas basadas en los géneros.

589.El empoderamiento de las alumnas de las escuelas religiosas se realiza examinando al mismo tiempo los cambios en la sociedad en general y en la sociedad religiosa en particular. Hacer frente a esos cambios requiere que estas jóvenes religiosas revalúen el desempeño de los papeles que dan forma al hogar, a la familia y a la sociedad. El programa incluye 10 reuniones y está dirigido a las alumnas del séptimo al noveno grado.

590.Promoción de la igualdad en dignidad humana. La base del programa es que la igualdad de los géneros también significa igualdad en dignidad humana entre los géneros. Entre sus objetivos está el aumento de la capacidad personal de los adolescentes de hacer frente a los cambios de las circunstancias sociales con el grupo de pares (presión del grupo, luchas sociales, amistad, relaciones, etc.) y a la relación con el mundo adulto (autoridad, petición de ayuda, etc.). Durante el programa los alumnos estudian las percepciones sociales y la igualdad sobre la base de la dignidad humana de hombres y mujeres. Se presenta a los alumnos de 7º a 10º grado.

591.Las mujeres en la ciencia y la tecnología. El Consejo Nacional para la Promoción de la Mujer en la Ciencia y la Tecnología se estableció en 2000. Sus objetivos son servir de facilitador de redes de conexión entre mujeres adultas y adolescentes en el campo de la ciencia y la tecnología, servir de punto de contacto para expresar problemas relacionados con el papel de la mujer en la ciencia, reunir información sobre programas de promoción de dicho papel, proponer y ejecutar programas de promoción de la mujer en la ciencia, elevar la conciencia pública en relación con la situación de la mujer en la ciencia y coordinar las iniciativas públicas y privadas para el adelanto de la participación de la mujer en la ciencia.

Niños con discapacidades

592.En 2007 vivían en Israel 293.000 niños con discapacidades o enfermedades crónicas, que formaban el 12,8% de la población infantil total del país. Unos 176.000 de esos 293.000 niños eran discapacitados o sufrían una enfermedad crónica que había afectado más de un año su funcionamiento cotidiano. Estos niños eran el 7,7% de la población infantil total.

593.Las proporciones de niños con necesidades especiales que tienen por lo menos una discapacidad es 9,1% de los niños beduinos (en la zona meridional del Negev), 8,3% de la población total de niños árabes y 7,6% de los niños judíos.

594.En 2007 asistían a escuelas especiales el 15,8% de alumnos con necesidades especiales en enseñanza primaria y postprimaria, el 22,3% lo hacía en aulas especiales en escuelas comunes y el 61,8% estaban integrados en escuelas comunes. Con respecto a la asistencia de niños con necesidades especiales al jardín de infancia, el 66,4% asisten a clases especiales y el 43,6% están integrados en la enseñanza formal.

595.La Ley de educación especial de 5748/1988 fue reformada en 2002 para añadir un capítulo relativo a la integración de los niños con necesidades especiales, con el propósito de equiparar los servicios que reciben los niños integrados en las escuelas comunes y los que reciben los niños en centros de educación especial. La reforma obliga además al Comité de Colocación a preferir colocar al niño con discapacidad en un establecimiento educativo común. Uno de los objetos de la reforma es integrar los niños con discapacidades en el sistema de educación común aumentando de un año a otro el presupuesto asignado a este fin. La reforma se aplica hasta el momento a niños de 5 años o más.

596.Recientemente se ha sancionado la Ley de los derechos de los alumnos con discapacidad en centros de educación secundaria de 5768/2008, que hace valer los derechos de los alumnos con discapacidades de aprendizaje a que se adapten los criterios de admisión en los centros de educación secundaria (académica, técnica, rabínica o profesional), así como los exámenes y otras tareas durante todo el período de escolaridad.

597.Un procedimiento interno del Ministerio de Educación permite a los alumnos con discapacidades obtener todas las adaptaciones de accesibilidad necesarias en el centro educativo al que asisten, y ofrece la financiación necesaria con arreglo a los proyectos específicos presentados al Ministerio por la autoridad local pertinente.

598.La Ley de transporte seguro de los niños con discapacidad de 5754/1994 se aprobó con el fin de proveer de un transporte seguro de los niños con discapacidades a su centro educativo y de regreso. De conformidad con la Ley, un niño con discapacidad tiene derecho a un transporte organizado y adaptado a sus necesidades y tipo de discapacidad, desde su residencia hasta el centro educativo al que asiste. La Ley dispone que la autoridad de la localidad donde reside el niño con discapacidad es responsable de facilitar el transporte necesario.

599.El 18 de junio de 2008 el juzgado de Be’er-Sheva ordenó indemnizar a una niña pequeña con discapacidad y a sus padres, puesto que la municipalidad no le había facilitado un transporte adecuado a la escuela tal como establece la Ley de transporte seguro de los niños con discapacidad. Debido a que la municipalidad incumplió su obligación de suministrar el transporte, los padres soportaron gastos por la compra de un automóvil adecuado para llevar a la niña a la escuela, adaptar el vehículo a su discapacidad y llevarla con él a la escuela, lo cual conllevó que alguno de los progenitores tuviera que ausentarse de su lugar de trabajo y perder ingresos, así como la pérdida de prestaciones sociales por su parte. El Tribunal determinó que las razones presupuestarias de la municipalidad no podían justificar el incumplimiento de una obligación por ley y que está obligada a destinar un presupuesto a tal efecto, aunque no haya fondos de los ministerios gubernamentales o sean insuficientes. Por consiguiente, el Tribunal concedió indemnizar con la cantidad de 30.000 nuevos sheqalim (7.894 dólares de los EE.UU.) por la pérdida de ingresos y prestaciones sociales, 10.000 nuevos sheqalim (2.631 dólares de los EE.UU.) por la aflicción causada y 50.000 nuevos sheqalim (13.157 dólares de los EE.UU.) por el costo del automóvil (C.C (Be’er-Sheva) 2159/03 Pada Ov Jama c. la Municipalidad de Rahat (15 de junio de 2008)).

600.En un caso reciente, el Tribunal del Distrito de Tel Aviv, constituido como Tribunal Administrativo, abordó el alcance de la obligación del Estado de ofrecer educación gratuita a los niños con discapacidades. Los demandantes cuestionaban una directiva interna del Ministerio de Educación según la cual, a partir del año escolar 2007/2008, supervisores de las escuelas de educación especial podían autorizar la presencia de ayudantes de refuerzo para las clases de educación especial, aunque no podían autorizar asistentes personales. Los demandantes afirmaban que la directiva violaba el derecho de un niño con discapacidad a la educación gratuita, como está establecido en la Ley de educación especial.

El Tribunal determinó que el Estado tiene una obligación importante, establecida en la Ley de educación especial, de ofrecer educación gratuita a los niños con discapacidades, y por lo tanto no puede eludir su obligación una vez que el niño forma parte del sistema de educación especial. Una directiva que niega la capacidad de una persona o grupo de personas, como las que necesitan asistencia personal, para ejercer su derecho fundamental a la educación, contradice la mencionada obligación. El Tribunal determinó que es esencial que la política del Ministerio tenga en cuenta las circunstancias individuales. La preferencia de un marco normativo estricto sobre el tratamiento de los casos excepcionales permitiendo la excepción de la regla puede constituir una infracción del derecho fundamental de un niño a recibir educación especial, y como tal, no es válida. El Tribunal falló declaró nula la directiva del Ministerio de Educación que prohíbe la autorización de asistentes personales en el sistema de educación y deberá redactarse de nuevo de modo que recoja la incorporación de asistentes personales para un alumno en casos excepcionales y justificados (Ad.P 1214/08 Orel (menor) et al. c. el Ministerio de Educación et al. (7 de septiembre de 2008)).

601.En septiembre de 2007 el Ministro de Educación creó una comisión pública, encabezada por la juez retirada del Tribunal Supremo Dalia Dorner, para examinar el sistema de escuelas de educación especial de Israel. El trabajo de la Comisión Dorner entonces era analizar la política del Ministerio de Educación con respecto a los niños con necesidades especiales, examinar la asignación presupuestaria del Ministerio para tratar a estos niños, trazar un plan de actuación y establecer una lista de prioridades al respecto, teniendo en cuenta las limitaciones de presupuesto del Ministerio.

Población árabe

602.Desde 2000 se aplica un programa excepcional, exclusivamente para la población árabe, encaminado, entre otras cosas, a la formación de profesores; formación de asesores educacionales para obtener una licenciatura; promoción profesional de los profesores; creación de programas orientados a alentar a los estudiantes para lograr mejores resultados en su lengua materna, matemáticas y ciencias; aplicación de programas orientados a aumentar el número de alumnos que pueden optar a un certificado de matrícula; programas para prevenir los abandonos, inversión en computadoras, equipo e infraestructuras físicas, incluidas las clases tecnología y ciencia para las clases de las divisiones más altas, etc. Este programa ha permitido grandes logros: mejora constante de los resultados de los alumnos en los exámenes estatales, reducción de diferencias en los resultados de los alumnos de enseñanza media en matemáticas y ciencias, aumento del número de alumnos y disminución de la cantidad de abandonos, aumento del número de alumnos que pueden optar al certificado de matriculación, cambio de actitud hacia la enseñanza y hacia la escuela entre las alumnas, y aumento considerable del número de alumnos que participan en certámenes de ciencia y tecnología.

603.A lo largo de este artículo se da información actualizada sobre la construcción de escuelas, puestos docentes, tasas de asistencia y de graduación con respecto a la población árabe.

604.Debe mencionarse que el 23 de noviembre de 2008 el Comité de Nombramientos del Consejo de Educación Superior otorgó el título de profesor a Haula Abu-Bakar, maestra y docente en Jezreel Valley College, siendo la primera profesora árabe-israelí en Israel.

La población beduina

605.Con arreglo al plan plurianual, se asignó un presupuesto para establecer centros educativos adicionales en las localidades beduinas tanto del norte como del sur. Como parte del programa del Ministerio de Educación para fomentar el marco educativo en las localidades beduinas, se destinaron fondos para la creación y mejora de laboratorios de ciencias y de informática. Se asignaron asesores pedagógicos que prestan asistencia a los directores de las escuelas en la elaboración del plan de trabajo de la escuela y fondos para horas de refuerzo destinadas a los alumnos que lo necesitan en todos los niveles de enseñanza, con el fin de reducir las diferencias pedagógicas y aumentar el porcentaje de obtención del certificado de matriculación.

606.Además, se inició un programa para formar profesores beduinos y ayudarles en las primeras etapas de su empleo, con el fin de fortalecer su situación y mejorar los resultados de sus alumnos. Actualmente participan en él 165 profesores. También se inició otro programa de formación para mejorar la plantilla docente en la enseñanza secundaria, en cooperación con la Universidad Ben-Gurion.

607.A partir de 2006, todas las clases de primer y segundo grado en las localidades beduinas que tenían más de 28 alumnos se dividieron en dos clases y recibieron 10 horas más a la semana.

608.Los resultados de estos esfuerzos son obvios: la tasa de alumnos beduinos de 12º grado que obtuvieron certificados de matriculación aumentó en un 6% entre 2004 y 2007.

Formación de profesionales

609.Orientadores: entre 2004 y 2008 se crearon tres cursos de capacitación para orientadores, dos en el norte y uno en el sur.

610.Además, se crearon dos clases de especialistas en funciones de aprendizaje, una en el Instituto de Sakhnin (norte) y la segunda en Be’er-Sheva (sur), en el marco de la Universidad Abierta.

611.Psicólogos: se asignaron más puestos para psicólogos, aunque siguen faltando puestos para alumnos y de psicólogos educacionales.

Programas de educación especial

612.Actualmente cuatro escuelas de educación especial y 25 jardines de infancia dan servicio a la población beduina del sur, así como 3 centros regionales de apoyo. En 2008, se abrieron otros 2 centros regionales de apoyo, así como 10 nuevas clases en escuelas primarias. Además, en todas las escuelas de primaria y de primer ciclo de secundaria se impartieron más horas de enseñanza de refuerzo.

613.En el norte se estableció una escuela para discapacidades intelectuales graves y 6 jardines de infancia de educación especial. También se añadieron 4 clases en las escuelas secundarias, así como 3.000 horas de integración.

La población beduina del sur

614.Desde su fundación en 2004 la nueva municipalidad de Abu-Basma dedicó muchos esfuerzos a mejorar los centros de enseñanza para la población beduina de la región, incluidos los que residen en aldeas ilegales. Entre abril de 2004 y julio de 2008 se llevó a cabo la creación de 2 clases de jardín de infancia en 3 localidades distintas (6 clases en total) y hay otras 4 clases en construcción. Se crearon 66 nuevas clases de primaria en distintas localidades y hay otras 42 en construcción, 10 de las cuales están casi terminadas y 16 clases más están en fase de planificación.

615.Desde 2004 se han fundado tres escuelas de secundaria en las aldeas ilegales de Abu-Krinat, Al-Huashlla y Bir-Hadge. Estas escuelas han contribuido en gran medida a una reducción considerable de las tasas de abandono escolar, especialmente entre las niñas beduinas, a quienes sus padres no enviaban antes a la escuela por la distancia que había desde la aldea y por barreras religiosas y culturales. La construcción de nuevas clases de secundaria en Kasar-a-Sar se encuentra en su fase final.

616.El programa “Daroma” (Sur): en 2004 el Ministerio de Educación dio comienzo a un programa destinado a mejorar los logros educativos de alumnos excepcionales de los grados 10º a 12º. Actualmente, el programa Daroma está en funcionamiento en 5 escuelas de secundaria (acoge aproximadamente a 300 alumnos) y su finalidad es el adelanto de estos alumnos en matemáticas e inglés, el desarrollo de sus capacidades de aprendizaje y prepararles para la prueba psicométrica necesaria para matricularse en centros de enseñanza superior. Los alumnos participan en cursos impartidos en instituciones académicas como la Universidad Ben-Gurion. El programa también se centra en la propia autonomía y en actividades dentro de la comunidad y para su provecho. En 2009 comenzará uno similar en la municipalidad de Abu-Basma y en Tel-Sheva, en el sur. En el norte funciona con la denominación de “Heznek Atidim”.

617.El programa de actividades no académicas también se lleva a cabo en las localidades beduinas del Negev, conjuntamente con el Ministerio para el Desarrollo del Negev y Galilea y la Asociación Israelí de Centros de la Comunidad. Ofrece becas de actividades no académicas para niños de cuarto a sexto grado en el Negev.

618.En 2008 el Ministerio de Educación anunció su intención de conceder a los estudiantes beduinos de ingeniería, tecnología y ciencias, subvenciones y becas para tasas de matrícula en la cantidad de 5.000 nuevos sheqalim (1.315 dólares de los EE.UU.) por persona para el próximo curso académico. Las becas están pensadas para alentar más a los estudiantes beduinos a que accedan a la enseñanza superior.

619.De conformidad con las resoluciones del Gobierno Nº 412 y Nº 413 de agosto de 2006, la Dirección para el Adelanto de la Mujer concede becas para estudiantes beduinas del norte, y también para estudiantes drusas y circasianas. En 2007/2008 se concedieron 75 becas. La Dirección publicó recientemente un comunicado invitando a las mujeres beduinas, drusas y circasianas a presentar solicitudes para el próximo año.

Servicios de idiomas

620.Como se comunicó en el informe inicial de Israel, se ofrecen a los nuevos inmigrantes clases de hebreo en las escuelas especialmente creadas para impartirles conocimientos elementales de hebreo. En 2006/2007 asistieron a estas escuelas 25.322 personas, agrupadas en 1.404 clases, de las cuales 14.126 asistieron a escuelas de primaria para nuevos inmigrantes (Ulpanim de primaria) y 11.196 a escuelas de continuación para nuevos inmigrantes (Ulpanim de continuación).

Condiciones del personal docente

621.El cuadro siguiente se refiere al número de profesores del sistema educativo, así como el promedio de horas que trabajan, y revela un aumento continuo del número de profesores en todo el sistema educativo y en todos los niveles de enseñanza. Como se indica en el cuadro, entre los años 2000 y 2007, se incorporaron 2.738 profesores al sistema educativo hebreo y 9.193 al sistema educativo árabe.

Cuadro 44

Personal docente, por nivel de enseñanza y promedio de horas de trabajo a la semana, 1999 - 2007

1999/2000

2004/05

2006/07

2007/08

Enseñanza en hebreo

Total general – Números absolutos

91 067

97 014

97 562

99 217

Enseñanza primaria – Total

43 426

45 600

46 447

47 474

Promedio de horas de trabajo semanales

22,6

22,5

22,6

22,6

Enseñanza intermedia – Total

17 385

19 294

18 452

18 169

Promedio de horas de trabajo semanales

19,9

20,9

20,8

21,2

Escuela secundaria – Total

31 293

33 394

33 472

34 350

Promedio de horas de trabajo semanales

18,3

18,7

18,7

18,6

Enseñanza en árabe

Total general – Números absolutos

18 835

25 447

27 864

28 846

Enseñanza primaria – Total

11 001

14 671

16 426

17 120

Promedio de horas de trabajo semanales

24,9

24,4

24,4

24,1

Enseñanza intermedia – Total

3 732

5 195

5 095

5 189

Promedio de horas de trabajo semanales

20,4

21,2

20,7

21,1

Escuela secundaria – Total

4 095

5 383

5 809

6 151

Promedio de horas de trabajo semanales

23

22,5

22,6

22,8

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

622.Hay actualmente unos 153.863 puestos de docentes en jornada completa en todos los niveles del sistema de enseñanza primaria y secundaria de Israel, frente a los 86.000 que figuraban en el informe periódico anterior de Israel. El cuadro siguiente muestra su distribución.

Cuadro 45

Puestos docentes (en jornada completa) en las escuelas, 2007/2008

Total

Enseñanza en hebreo

Enseñanza en árabe

Total

153 863

121 288

32 575

Enseñanza primaria

68 186

50 497

17 689

Escuelas intermedias

24 687

19 336

5 351

Escuelas secundarias

44 488

37 750

6 738

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

623.Como parte de la reforma del sistema educativo mencionada, se prolongó y modificó la semana laboral de los docentes y se creó un nuevo sistema salarial retributivo. La nueva semana laboral se amplió a 36 horas por docente, 26 de las cuales se dedicarán a impartir clase, 5 horas a enseñar a niños individualmente o en grupos reducidos y 5 horas dedicadas a otras tareas. El salario de los docentes se ajustó y aumentó en un 26%. Además, para aumentar y mejorar la formación y desarrollo profesional continuo de los profesores, se modificaron los criterios de promoción para incluir un requisito previo de participación en formación profesional.

Responsabilidad con respecto al establecimiento y la administración de las escuelas

624.No se han producido cambios significativos sobre esta cuestión desde la presentación del informe anterior de Israel.

Artículo 15Derecho a participar en la vida cultural y a beneficiarse del progreso científico

Derecho a participar en la vida cultural: financiación

625.En 2007 el gasto nacional en cultura, esparcimiento y deportes constituía el 5,5% del Producto Interno Bruto, un ligero descenso en comparación con el período 2004-2006, que fue el 5,4% del PIB.

626.En 2007, del gasto nacional total en cultura, esparcimiento y deportes, 9,4% se invirtió en patrimonio cultural, literatura y artes visuales, 21,5% en música y artes escénicas, 22,6% en radio, televisión, cine y fotografía, 10,2% en actividades socioculturales, 23,7% en deportes, juegos, computadoras e Internet, 5,8% en apuestas, así como en naturaleza y entorno, y el 4,9% se invirtió en formación de capital fijo.

Infraestructura institucional de la vida cultural de Israel

627.El Consejo Nacional para la Cultura y las Artes. El 12 de noviembre de 2002 el Knesset aprobó la Ley de la Cultura y las Artes de 5762/2002, que daba lugar al Consejo Nacional para la Cultura y las Artes como órgano consultivo de apoyo al Ministerio de Ciencia, Cultura y Deportes, así como a otros órganos del gobierno en cuestiones relacionadas con el arte, la cultura y la financiación de instituciones culturales. La función del Consejo Nacional es promover e iniciar políticas y programas de fomento del arte y la cultura, de manera que se asegure la libertad de creación y de expresión de la variedad cultural de la sociedad israelí. El Consejo Nacional tiene la obligación de sugerir un plan plurianual de políticas en los ámbitos del arte y la cultura, incluida la financiación de instituciones en esta esfera. El consejo se fundó en 2004.

628.La Biblioteca Nacional. El 26 de noviembre de 2007 el Knesset sancionó la Ley de la Biblioteca Nacional de 5767/2007, por la cual se declaraba Biblioteca Nacional a la biblioteca de la Universidad Hebrea, que ya ejercía las funciones de biblioteca nacional de facto con anterioridad a la Ley pero no estaba legalmente reconocida como tal. De conformidad con la Ley, el propósito de la Biblioteca Nacional es acumular, conservar, alimentar y legar los recursos de conocimiento, patrimonio y cultura en general, y los vinculados al Estado de Israel, la tierra de Israel y el pueblo judío en particular.

629.En 2000 se creó el Consejo Nacional de Cinematografía con arreglo a la Ley del Cine de 5759/1999, aprobada el 10 de enero de 1999. El objetivo del Consejo es fomentar la industria cinematográfica israelí, mediante la promoción de la libertad creativa y de expresión de la variedad cultural de la sociedad israelí. Las funciones del consejo son de asesoramiento al Ministro de Ciencia, Cultura y Deportes en todas las cuestiones pertinentes relacionadas con la industria del cine, incluida la definición de criterios de ayudas económicas para las instituciones dedicadas a fomentar y promover la creación, producción y distribución de películas israelíes, así como la cooperación internacional.

Identidad y patrimonio cultural

Patrimonio judío

630.En enero de 2007 el Knesset aprobó la creación de dos autoridades del patrimonio nacional, para el patrimonio de la comunidad judía de Bukhara y para el patrimonio de la comunidad judía de Libia. Cada una de estas autoridades del patrimonio tiene el mandato de conservar la cultura heredada de su comunidad, investigarla y documentarla (la Ley de la Dirección Nacional para el Patrimonio Cultura de la Comunidad Judía de Bukhara de 5767/2007 y la Ley de la Dirección Nacional para el Patrimonio Cultural de la Comunidad Judía de Libia de 5767/2007).

631.El 6 de diciembre de 2005 el Knesset sancionó la Ley del Museo de la Diáspora de 5765/2005 que reconocía el Museo de la Diáspora de Tel Aviv como el centro nacional para las comunidades de Israel y del extranjero, y para asegurar su existencia. De conformidad con la Ley, las funciones y responsabilidades del Museo de la Diáspora son presentar elementos relacionados con las comunidades israelíes y con la historia del pueblo judío, investigar y aunar el conocimiento sobre cuestiones relacionadas con el pueblo judío. Además, entre sus funciones está la creación de una reserva de árboles genealógicos y nombres de familias judías del mundo y crear una base de datos de comunidades judías en el mundo y su historia. El Ministerio de Educación, Cultura y Deportes se encarga de la ejecución de esta ley y el Estado participará en la financiación del Museo de la Diáspora.

632.La Ley del Consejo para la Conmemoración del Patrimonio Sefardí y Oriental de 5762/2002 se aprobó el 13 de noviembre de 2002. De conformidad con la Ley, el Ministro de Ciencia, Cultura y Deportes y el Ministro de Asuntos Religiosos nombrarán el Consejo para la Conmemoración del Patrimonio Sefardí y Oriental para asesorar a los Ministros sobre la promoción, ayuda y fomento de actividades relacionadas con el patrimonio de los judíos españoles.

Patrimonio druso

633.El 4 de junio de 2007 el Knesset sancionó la Ley del Centro del Patrimonio Cultural Druso de 5767/2007, cuya finalidad es facilitar la creación de un Centro del Patrimonio Cultural Druso en Israel. De conformidad con la Ley, el Gobierno destinará el presupuesto necesario para la fundación, funcionamiento y mantenimiento del Centro, que contará con un instituto de investigación, un museo y un archivo del patrimonio, cultura e historia del pueblo druso. El Centro desarrollará y promoverá actividades de investigación y programas educativos, entre otras, visitas, charlas, conferencias y exposiciones encaminadas al desarrollo, enriquecimiento y promoción del conocimiento relacionado con los distintos aspectos de la cultura, historia y patrimonio del pueblo druso.

Papel de los medios de comunicación de masas en la promoción de la participación en la vida cultural.

634.Los avances sobre la accesibilidad de las personas con discapacidad a las emisiones de televisión se detallan en el artículo 2 anterior.

635.El Consejo para la Transmisión de Televisión por Cable y por Satélite es un consejo público establecido en virtud de la Ley de telecomunicaciones. Su cometido principal es regular la suscripción a múltiples canales de televisión israelí por cable y por satélite representando, protegiendo y promoviendo los intereses públicos en este ámbito, que son, entre otros, asegurar la máxima diversidad y pluralismo de las emisoras y los contenidos que ofrecen; mejorar las tecnologías y servicios; mejorar la oferta de contenidos y la libertad de elección de los abonados; desarrollar y producir contenidos originales israelíes; reducir precios, etc.

636.La realización de estos objetivos fomenta a su vez la participación en la vida cultural local y la exposición a la vida cultural extranjera de todos los ciudadanos israelíes abonados a múltiples canales de televisión. En el período 2001-2007 han constituido una media de aproximadamente el 80% al 85% de los hogares israelíes.

Desarrollo y producción de contenidos originales israelíes

637.El Consejo para la Transmisión de Televisión por Cable y por Satélite es responsable de asegurar que las empresas adjudicatarias de televisión por cable y por satélite inviertan entre el 8% y el 12% de sus ingresos anuales en la producción de contenidos originales israelíes de diversos géneros, y decidir y declarar los requisitos concretos para el cumplimiento de esta obligación.

638.En años anteriores, las adjudicatarias habían invertido cantidades considerables en la producción de contenidos originales israelíes: en 2003, 198.338.624 nuevos sheqalim (53.605.033 dólares de los EE.UU.); en 2004, 245.947.713 nuevos sheqalim (66.472.354 dólares de los EE.UU.); en 2005, 248.615.342 nuevos sheqalim (67.193.335); y en 2006, 237.326.932 nuevos sheqalim (64.142.414 dólares de los EE.UU.).

639.El desarrollo de la industria de producción local ha ampliado y sigue ampliando el conjunto de posibilidades de expresión de la multitud de culturas, gustos y opiniones del público israelí, enriquece la cultura israelí, permite una variada representación de cuestiones de actualidad y fortalece la comprensión de la lengua hebrea moderna, y también ofrece emisiones en otras lenguas generalizadas en Israel como el árabe, el ruso y el amhárico.

640.Además, el desarrollo de la industria de producción local crea multitud de nuevos puestos de trabajo para israelíes, mediante la ampliación y desarrollo de las esferas profesionales existentes, tales como producción, redacción, dirección, interpretación, fotografía, tecnología, etc. Otro valor añadido de esta actividad es la promoción de la creación israelí y, por consiguiente, de la cultura, estilo de vida y economía de Israel en el extranjero. En varios países se venden películas y programas israelíes a otras empresas de difusión, con éxito en festivales internacionales, como ha sucedido con bastante frecuencia en los últimos años.

Creación y concesión de licencias de emisión para canales designados

641.El Consejo para la Transmisión de Televisión por Cable y por Satélite ha concedido licencias de canales designadas para un canal de habla rusa y un canal de música israelí. Estos canales se financian mediante publicidad (al contrario que los canales de televisión multicanal, que se financian mediante las cuotas de los abonados). Cada canal es único y tiene unas determinadas características propias, concebidas para permitir la expresión de un conjunto de individualidades culturales específicas de la sociedad israelí. Por tanto, la producción y emisión de estos canales guarda un importante significado nacional y democrático. En 2008 el Consejo decidió volver a publicar las licitaciones anteriores que aún no se habían materializado, para un canal israelí de habla árabe y un canal sobre tradición judía.

Emisiones de televisión comunitaria

642.El Consejo para la Transmisión de Televisión por Cable y por Satélite promueve, regula y apoya la emisión de programación comunitaria, producida principalmente por voluntarios de varias comunidades locales, entre otras, centros comunitarios, personas de edad, nuevos inmigrantes, varios grupos religiosos, grupos independientes, etc.

643.Las emisiones permiten a los participantes y a las comunidades expresarse en pantalla y mostrar sus intereses, actividades y talentos, y de ese modo participar en la vida cultural. También permiten al público en general familiarizarse con estas comunidades, incluidos sus problemas y éxitos, que de otro modo no tendrían repercusión pública.

Autorización de emisiones de canales de televisión extranjeros

644.La oferta de canales de televisión extranjeros para la audiencia israelí contaba con unos 50 canales en el año 2002. Entre los años 2002 y 2007, se autorizó la difusión de otros 40 canales extranjeros.

Protección del niño

645.En 2001 el Knesset aprobó la Ley de Clasificación, Calificación y Prohibición de Emisiones Perjudiciales de 5761/2001, que determinaba que las emisiones que incluyen elementos visuales, verbales o explícitos de violencia, actos sexuales o crueldad, o susciten una probable preocupación de que puedan alentar comportamientos ilícitos o el uso de drogas ilegales, se calificarán como emisiones no apropiadas para los niños menores de una edad determinada.

646.La Ley hace distinción entre 3 categorías de calificación, según su esencia: programas no adecuados para niños de menos de 8 años, 14 años y 18 años, respectivamente. El Ministerio de Comunicaciones estableció estas categorías, previa consulta con los diversos órganos competentes.

Preservación y exhibición del patrimonio cultural de la humanidad

647.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Libertad de creación y producción artística

648.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Situación del idioma árabe

649.El 21 de marzo de 2007 el Knesset aprobó la Ley del Instituto Superior del Idioma Árabe de 5767/2007, en virtud de la cual se estableció la Academia del Idioma Árabe, entre sus funciones se encarga de investigar el idioma árabe y sus recursos culturales e históricos, promover el estudio de su terminología, gramática, vocabulario, pronunciación y transcripción. La Academia también aborda la innovación lingüística y la adaptación del idioma árabe a la realidad moderna y computadorizada. Con arreglo a la Ley, las actividades de las instituciones se financian mediante los presupuestos del Estado.

650.El caso H.C.J. 4112/99 Adalah c. la Municipalidad de Tel Aviv et al. (25 de julio de 2002) se ocupó de la obligación de las municipalidades donde residen árabes de utilizar el idioma árabe además del hebreo en todas las señales municipales. El Tribunal Supremo determinó que en este contexto hay dos principios importantes: la protección del derecho de la persona a un idioma y el derecho a la igualdad. Esto se debe a que el idioma forma parte de la personalidad del individuo y es el instrumento con el que piensa y se comunica con los demás. El Tribunal Supremo dispuso que: “El idioma sin duda desempeña un papel muy importante en la existencia humana, tanto para el individuo como para la sociedad. Mediante el idioma nos expresamos y expresamos nuestra individualidad y nuestra identidad social. Si se quita el idioma a una persona se le quita su esencia.” El Tribunal afirmó además que el idioma recibe una especial importancia cuando es el idioma de la minoría. El Tribunal Supremo subrayó la situación de igualdad como uno de los valores fundamentales de Israel, según la cual se deben asegurar los derechos al idioma y al uso equitativo en los servicios municipales, debido a la obligación de mantener la igualdad entre los residentes del Estado.

El Tribunal ordenó el uso inmediato del árabe en todas las señales nuevas o en el caso de sustitución de las antiguas. En las vías principales o en instituciones públicas, y en calles secundarias de distritos con una población importante de habla árabe, las señales debían cambiarse dentro de los dos años. Finalmente, con respecto a las señales restantes, el Tribunal exigió el cambio dentro de los cuatro años desde la fecha del fallo.

Información adicional

651.Para más información sobre el derecho a participar en condiciones de igualdad en las actividades culturales, véanse los informes periódicos combinados 10º a 13º del Estado de Israel sobre la aplicación de la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, presentado en mayo de 2005.

Actividades deportivas

Prevención de la hostilidad en los acontecimientos deportivos

652.La Ley de la seguridad en lugares públicos de 5722/1962 se enmendó (Enmienda Nº 3) en julio de 2005 para prohibir específicamente los insultos de motivación racial en los espectáculos deportivos. Por consiguiente, se presentaron acusaciones contra individuos acusados de gritar insultos racistas en partidos de fútbol.

653.Incluso antes de la mencionada Enmienda, la Oficina del Fiscal del Estado emprendió acciones en la consideración de que los insultos contra la población árabe constituyen incitación al racismo y tomó medidas por iniciativa propia. Se iniciaron investigaciones penales en una serie de casos de incitación al racismo contra la población árabe en partidos de fútbol y se presentaron acusaciones. Se concluyeron varias causas y los acusados fueron declarados culpables.

654.En julio de 2008 se aprobó la Ley de Prohibición de la Violencia en Acontecimientos Deportivos de 5768/2008 para facilitar el comportamiento seguro y pacífico en los acontecimientos deportivos mediante la ampliación de la definición de exhibición racista y facilitando formación para el personal de seguridad, así como ampliando sus responsabilidades y potestades. La Ley establece además un Comité para la Prevención de la Violencia en los Deportes encaminado a la eliminación del fenómeno.

La mujer en el deporte

655.La Dirección para el Adelanto de la Mujer, en colaboración con el Ministerio de Ciencia, Cultura y Deportes, ha diseñado un curso de capacitación especial dirigido a mujeres, para que lleguen a ser miembros activos y dedicados de los consejos locales y nacionales para la promoción y la administración de los deportes en Israel.

656.El artículo 9A de la Ley del deporte de 5748/1988 se aprobó a finales de 2003 y establecía que todas las organizaciones deportivas apoyadas por el Estado, con inclusión de las asociaciones, los órganos, los sindicatos y las federaciones de deportes, deberán ofrecer una representación adecuada de las mujeres. Se aplica tanto al personal como a la dirección e incluirá a todas las categorías de puestos. Con arreglo al artículo 9B. las organizaciones deportivas presentarán informes anuales al Comité del Knesset sobre la aplicación de este artículo. Esta modificación tiene su origen en la comprensión de que, como en muchas otras esferas de la vida, la promoción de la función de las mujeres en los deportes exige su plena participación, no sólo en las propias actividades deportivas, sino también en funciones de decisión y de dirección.

657.En una sentencia innovadora, el Tribunal Superior de Justicia examinó la cuestión de la asignación de fondos a las instituciones deportivas y decidió que, a fin de corregir cuestiones de desigualdad que perduran, los consejos locales asignaran fondos para los deportes femeninos a razón de 150% de los fondos asignados para los deportes masculinos (HCJ 5325/01 Asociación L.C.N para la Promoción del Baloncesto Femenino c. el Consejo Local de Ramat-Hasharon ). Análogamente, la comisión pública que determina los criterios de asignación de fondos públicos para los deportes ha recomendado el uso de planes de discriminación positiva para aumentar la asignación para los deportes femeninos, y ha establecido programas para ejecutarlos.

658.El 21 de marzo de 2005 el Gobierno decidió establecer el Consejo Público de Deportes Femeninos (resolución Nº 3416). También en ese año, la Dirección de Deportes presentó un programa nacional de deportes femeninos, que fue aprobado por el Ministerio de Educación. El Consejo relativo a las disposiciones para las apuestas en los deportes asignó un presupuesto de 80 millones de nuevos sheqalim (21.052.631 dólares de los EE.UU.) para el funcionamiento del programa por un período de ocho años, y el Ministerio de Ciencia, Cultura y Deportes asignó otros 1,8 millones de nuevos sheqalim (473.684 dólares de los EE.UU.) anuales, también por un período de ocho años.

659.En 2007 se estableció el Departamento para el Deporte Femenino en el Instituto Wingate. El Departamento es responsable del funcionamiento y la ejecución del programa nacional, incluidos sus objetivos y metas, tales como: aumentar el número de mujeres atletas en Israel, desarrollar la excelencia y el liderazgo de las mujeres en los diferentes deportes, así como en los ámbitos de dirección, entrenamiento y arbitraje.

Promoción de nuevos ámbitos deportivos

660.En 2005 se legisló la Ley de la conducción deportiva de 5766/2005 para facilitar y regular la práctica en este ámbito. De conformidad con la Ley, se creó una Dirección para la Conducción Deportiva dentro del Ministerio de Ciencia, Cultura y Deportes y en 2007 se promulgaron varios reglamentos en consecuencia. La Ley entrará en vigor una vez llevada a cabo la promulgación de la normativa necesaria restante.

Disfrute del progreso científico

Promoción institucional de la investigación y el desarrollo

661.La Ley del Consejo Nacional para la Investigación y Desarrollo Civil de 5762/2002 se sancionó el 19 de noviembre de 2002. De conformidad con la Ley, se creará un Consejo Nacional para la Investigación y Desarrollo Civil que actuará como órgano asesor del Gobierno y de los Ministerios sobre cuestiones relacionadas con la investigación y desarrollo en el sector civil. Entre las funciones del consejo está la recomendación al Gobierno sobre una política integral nacional, de carácter anual y perenne, en los ámbitos de la investigación y desarrollo civil, establecer prioridades en este contexto, aconsejar sobre el desarrollo de infraestructuras para la investigación y ejecución de proyectos en las esferas de la ciencia y la tecnología, etc.

El Consejo se estableció en agosto de 2004 y opera en los ámbitos de la energía, tecnología e ingeniería, medicina y biociencia, y ciencia informática. Colabora con universidades, centros de investigación, centros industriales y centros regionales de investigación y desarrollo. A raíz de una enmienda a la Ley publicada el 27 de diciembre de 2007, el Consejo Nacional para la Investigación y Desarrollo civil recibirá su presupuesto del Ministerio de Ciencia, Cultura y Deportes.

Presupuesto nacional de investigación y desarrollo

662.El cuadro siguiente revela el alcance del gasto del Gobierno en investigación y desarrollo civil entre los años 2002 y 2007.

Cuadro 46

Gasto de los Ministerios en investigación y desarrollo civil, por tipo de gasto, 2002 - 2007

Año

Transferencias

Compras de I+D civil

Gastos internos

Total

Consumo intermedio

Costos de mano de obra

Total

Millones de nuevos sheqalim, a precios corrientes

2002

1 886

88

150

193

343

2 317

2003

2 126

101

179

177

356

2 574

2004

1 690

156

152

198

350

2 196

2005

1 562

128

155

191

346

2 036

2006

1 614

129

136

199

355

2 078

2007

1 473

117

152

203

355

1 945

Fuente: Oficina Central de Estadística, Resumen estadístico de Israel, 2008.

* Excluido el Comité de Planificación y Presupuestos del Consejo de Enseñanza Superior.

Libertad de investigación científica y actividad creativa

663.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Cooperación internacional

664.Esta cuestión se ha examinado en los anteriores informes de Israel y no ha habido cambios al respecto desde la presentación del segundo informe periódico.

Protección jurídica de la propiedad intelectual

665.El 25 de noviembre de 2007 el Knesset aprobó la Ley de derechos de autor de 5767/2007. La nueva Ley entró en vigor en mayo de 2008 y sustituye a la anterior Ley de derechos de autor de 1911.

666.La nueva Ley ofrece un marco integral actualizado para la protección de las obras con derechos de autor, representando el equilibrio adecuado entre la necesidad de facilitar incentivos para la creación otorgando derechos económicos sobre la propia creación, y la necesidad de permitir al público el uso de estas creaciones para la promoción del conocimiento y la cultura, preservando al mismo tiempo la libertad de expresión y creación y asegurando una competencia libre y justa.

667.La Ley recoge las obligaciones internacionales de Israel con respecto a la protección de la propiedad intelectual, incluidas las que se derivan del Convenio de Berna para la Protección de las Obras Literarias y Artísticas, el Acuerdo sobre los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPIC) y la Convención Internacional sobre la Protección de los Artistas Intérpretes o Ejecutantes, de los Productores de Fonogramas y los Organismos de Radiodifusión.