Naciones Unidas

E/C.12/PRY/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

18 de junio de 2014

Original: español

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al cuarto informe periódico del Paraguay *

I.Información general

Sírvanse precisar si los derechos consagrados en el Pacto pueden ser directamente invocados ante los tribunales nacionales y aplicados por éstos y, de existir, sírvanse proporcionar ejemplos concretos de decisiones judiciales en las que se hayan aplicado directamente esos derechos.

Sírvanse proporcionar la siguiente información acerca del Plan Nacional de Desarrollo que se encuentra en proceso de elaboración: a) lugar que se otorga en el mismo a los derechos contenidos en el Pacto; b) participación de la sociedad civil, incluidos los representantes de los pueblos indígenas, en su formulación; c) recursos que se prevé asignar para su implementación; y d) cuándo se prevé que pueda ser aprobado y comience a ser implementado.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)

Artículo 1, párrafo 2: derecho a disponer libremente de las riquezas y los recursos naturales

Sírvanse informar qué mecanismos existen en el Estado parte para garantizar la consulta previa con miras a obtener el consentimiento previo, libre e informado de los pueblos indígenas en relación con los procesos de toma de decisiones que puedan afectar a sus derechos económicos, sociales y culturales, en especial en relación con sus tierras ancestrales. De existir, sírvanse proporcionar ejemplos concretos.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas, incluyendo el presupuesto asignado, y los resultados obtenidos, para asegurar que todas las comunidades indígenas cuenten con un título de sus tierras ancestrales.

Artículo 2, párrafo 1: obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que se disponga

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas legislativas o de otra índole que hayan sido adoptadas para prevenir y combatir la corrupción y sus efectos negativos en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, y sobre sus resultados. Asimismo, sírvanse acompañar información acerca del número de denuncias de corrupción que se han planteado durante los últimos cinco años, las investigaciones realizadas, y el porcentaje de tales denuncias que concluyeron en condenas, así como sobre la protección otorgada a las personas que denuncian casos de corrupción.

Artículo 2, párrafo 2: no discriminación

Sírvanse proporcionar información acerca de la situación del proyecto de ley contra toda forma de discriminación al que se hace referencia en el párrafo 34 del informe. Al respecto, sírvanse también proporcionar información acerca del contenido del proyecto de ley, en particular la definición de discriminación prevista en el mismo. Asimismo, sírvanse proporcionar información actualizada acerca del impacto de las medidas adoptadas para combatir y prevenir la discriminación y el estigma social contra personas y grupos desfavorecidos y marginados en el ejercicio de los derechos reconocidos en el Pacto, incluyendo las personas lesbianas, gais, bisexuales y transexuales.

Artículo 3: igualdad de derechos para hombres y mujeres

Sírvanse destacar los principales logros del Plan Nacional de Igualdad de Oportunidades entre Mujeres y Hombres 2008-2017 en relación con el goce de los derechos económicos, sociales y culturales de las mujeres, hasta la fecha. Asimismo, sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas, y su impacto, para aumentar la representación de las mujeres en la vida política y en los cargos públicos de toma de decisiones en los tres poderes del Estado, así como en el sector privado, tanto a nivel nacional como departamental y municipal. Sírvanse acompañar información estadística.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (artículos 6 a 15)

Artículo 6: derecho a trabajar

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas, y su impacto, para reducir las altas tasas de subempleo y para hacer frente a la economía informal.Al respecto, sírvanse también proporcionar información adicional acerca del contenido y alcance del Programa de trabajo temporal Ñamba’apo Paraguay al que se hace referencia en el párrafo 50 del informe, así como información actualizada sobre su implementación y los resultados obtenidos.

Sírvanse proporcionar información detallada y actualizada acerca de las medidas adoptadas y su impacto para erradicar las prácticas que puedan equivaler a trabajo forzoso, en particular en la región del Chaco. Sírvanse incluir información acerca de las actividades desplegadas al respecto por la Comisión Interinstitucional contra el trabajo forzoso así como del número de denuncias recibidas por el Centro Nacional de Atención al Indígena, con una indicación del seguimiento que se dio a las mismas. Asimismo, sírvanse acompañar información sobre las medidas que se han adoptado para enjuiciar y sancionar a los responsables y para reparar a las víctimas de trabajo forzoso.

Artículo 7: derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas, y su impacto, para garantizar la igualdad de condiciones de trabajo entre el hombre y la mujer, incluyendo salario igual por trabajo igual.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas para garantizar que todos los trabajadores, ya sea en el sector público o el privado, tengan acceso a un salario mínimo que les permita a ellos y sus familias gozar de condiciones de existencia dignas. Al respecto, sírvanse acompañar información estadística actualizada, desagregada por sexo, edad y área urbana/rural, acerca del porcentaje de trabajadores que reciben el salario mínimo o uno mayor.

Sírvanse proporcionar información estadística actualizada, desglosada por sexo, edad y zona urbana/rural, sobre los empleados domésticos en el Estado parte. Asimismo, sírvanse proporcionar mayor información acerca de las medidas adoptadas con miras a modificar las normas que establecen condiciones discriminatorias en relación con el trabajo doméstico así como para incrementar el número de inspecciones laborales en ese sector, como lo recomendó el Comité en sus anteriores observaciones finales (E/C.12/PRY/CO/3, párr. 26). En relación con las inspecciones laborales, sírvanse proporcionar datos estadísticos anuales sobre las inspecciones realizadas y sus resultados.

Artículo 8: derechos sindicales

Sírvanse informar si existen restricciones enla legislación nacional en materia de derechos sindicales, y de ser el caso,sírvanse indicar cuáles son y si las mismas son compatibles con los estándares contenidos en el Pacto.

Sírvanse proporcionar información anual, desde el año 2008, acerca del número de solicitudes de registro de sindicatos presentadas ante las autoridades competentes, indicando si las mismas se referían al sector público o privado; el número de solicitudes aceptadas y rechazadas, y en este último caso sírvanse precisar los motivos y el plazo promedio en el que se han resuelto las solicitudes. Asimismo, sírvanse informar si, desde el año 2008, se han registrado denuncias relativas a actos de hostigamiento y/o intimidación, incluidos despidos, contra trabajadores sindicalizados o sus dirigentescomo consecuencia de sus actividades sindicales y, de ser el caso, sírvanse proporcionar información acerca del seguimiento que se dio a tales denuncias.

Artículo 9: derecho a la seguridad social

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas, y su impacto, para superar los desafíos existentes en materia de seguridad social, en particular, para extender los beneficios de la seguridad social a todas las personas, incluidas las que trabajan en la economía informal y las que trabajan por cuenta propia. Al respecto, sírvanse incluir información acerca del impacto de las medidas adoptadas en el contexto del Objetivo Nacional 1.3 “Modernizar el Sistema de Seguridad Social con cobertura integrada” mencionado en el párrafo 88 del informe. Sírvanse acompañar datos estadísticos.

Artículo 10: protección de la familia, las madres y los hijos

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca del impacto que han tenido las medidas adoptadas para erradicar el trabajo infantil, en particular aquellas adoptadas en el marco del Plan Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil y Protección del Trabajo de los Adolescentes. Al respecto, sírvanse también proporcionar información acerca de las medidas adoptadas, y su impacto, paraeliminar la práctica del “criadazgo”.

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca del impacto de las medidas adoptadas para luchar contra la pobreza y la pobreza extrema, incluyendo el programa Tekoporã y las medidas adoptadas para implementar las recomendaciones realizadas por la Relatora Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos en su informe de visita (A/HRC/20/25/Add.2), en particular en las zonas rurales y en relación con las comunidades indígenas. Al respecto, sírvanse incluir información acerca de los recursos asignados para la implementación de tales medidas y comentar si los mismos resultan suficientes.

Sírvanse comentar los datos que surgen del informe publicado en 2013 por la Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura, titulado E l estado de la i nseguridad alimentaria en el mundo, según el cual se registra un incremento de la tasa de subalimentación en el Estado parte, que llega a una proyección del 22,3% de la población en el período 2011-2013. Asimismo, sírvanse proporcionar información actualizada acerca del impacto de las medidas adoptadas, incluyendo del Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Paraguay, para luchar contra el hambre y la desnutrición.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas para garantizar que los desalojos se lleven a cabo de conformidad con el artículo 11 del Pacto, tal como lo desarrolló el Comité en su Observación general Nº 7 (1997), relativa al derecho a una vivienda adecuada: los desalojos forzosos. Sírvanse también proporcionar información acerca de las medidas adoptadas y sus resultados para garantizar que no se recurra al uso excesivo de la fuerza cuando se lleven a cabo los desalojos. Asimismo, sírvanse proporcionar información actualizada acerca de los avances en materia de acceso a la vivienda, en particular en el área rural, así como los recursos que se han destinado a tal efecto. Al respecto, sírvanse acompañar información estadística, desglosada por área urbana/rural y grupos vulnerables, que muestre el porcentaje de personas que se han beneficiado de esas medidas y el porcentaje de personas que aún no tienen acceso a una vivienda adecuada.

Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas detenidas y de otras personas privadas de libertad.

Artículo 12: derecho a la salud física y mental

Sírvanse proporcionar información acerca del porcentaje del presupuesto nacional asignado al área de salud, desagregando la información relativa a salud mental, desde el año 2008. Al respecto, sírvanse también indicar si dicho porcentaje resulta suficiente para garantizar que todas las personas tengan acceso gratuito a servicios de calidad en todo el país. Asimismo, sírvanse precisar si las Unidades de Salud Familiar existentes cubren las necesidades en salud de toda la población del Estado parte, más allá de su ubicación geográfica, e informar si existen iniciativas para incrementar el número de unidades.

Sírvanse proporcionar información estadística actualizada sobre las tasas de mortalidad materna e infantil y sus causas, e informar acerca del impacto de las medidas que hayan sido adoptadas para combatirlas, en particular en el área rural y en relación con las comunidades indígenas. Asimismo, sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas para difundir y supervisar el cumplimiento de la Resolución N° 146 del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, del 8 de marzo de 2012, así como sobre su impacto. Sírvanse acompañar información estadística. Sírvanse también proporcionar información actualizada acerca de toda otra medida, legislativa o de otra índole, que se haya adoptado para reducir la tasa de abortos inseguros.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas para implementar la recomendación realizada por el Comité en sus anteriores observaciones finales en relación con el uso de agrotóxicos (E/C.12/PRY/CO/3, párr. 27).

Artículos 13 y 14: derecho a la educación

Sírvanse brindar datos estadísticos actualizados sobre la evolución del gasto público en educación desde el año 2008, especificando los rubros a los que se destina dicho presupuesto y en qué porcentaje.

Sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas, y su impacto, para reducir las altas tasas de analfabetismo de la población indígena y las personas con discapacidad. Asimismo, sírvanse proporcionar información actualizada acerca de los avances en materia de educación de las personas indígenas, incluyendo capacitación de docentes; construcción de establecimientos educativos y adecuación de los existentes; y disponibilidad de materiales en los dos idiomas oficiales del Paraguay y en lenguas indígenas habladas en el país.

Artículo 15: Derechos culturales

Sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas para garantizar que se destinen los recursos necesarios para el pleno desarrollo de la política cultural (párr. 389 del informe) y, en particular, del programa de culturas indígenas de la Secretaría Nacional de Cultura (párr. 427 del informe). Por otro lado, sírvanse proporcionar información actualizada acerca de las medidas adoptadas para implementar la Ley de Lenguas así como los resultados obtenidos.

Sírvase proporcionar mayor información acerca de las medidas adoptadas para garantizar el mayor acceso posible a Internet.