Naciones Unidas

E/C.12/68/D/97/2019

Consejo Económico y Social

Distr. general

4 de noviembre de 2020

Original: español

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Decisión adoptada por el Comité en virtud del Protocolo Facultativo del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales respecto de la comunicación núm. 97/2019 *

Comunicación presentada por:

J. S. M. y otros

Presuntas víctimas:

Los autores y sus hijos

Estado parte:

España

Fecha de la comunicación:

15 de junio de 2019

Asunto:

Desalojo de una vivienda que los autores seguían ocupando al término de su contrato de arrendamiento

Cuestiones de fondo:

Derecho a una vivienda adecuada

Artículo del Pacto:

11, párr. 1

1.El 10 de julio de 2018, el Comité registró la comunicación y solicitó al Estado parte la adopción de medidas provisionales para suspender el desalojo de los autores mientras la comunicación estuviera pendiente de examen, o, alternativamente, otorgarles una vivienda alternativa adecuada en el marco de una consulta genuina con ellos.

2.Reunido el 13 de octubre de 2020, el Comité, habiendo tomado nota de la solicitud de archivo del Estado parte y del desistimiento de los autores en razón del otorgamiento de una vivienda alternativa a unos de ellos y de la firma de un contrato de alquiler en el mercado privado por el resto de los autores, decidió poner fin al examen de la comunicación núm. 97/2019 con arreglo al artículo 17 de su reglamento provisional en virtud del Protocolo Facultativo.