Naciones Unidas

E/C.12/CRI/Q/5

Consejo Económico y Social

Distr. general

22 de marzo de 2016

Original: español

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al quinto informe periódico de Costa Rica *

I.Información general

1.En vista de que los derechos consagrados en el Pacto pueden ser invocados y consecuentemente aplicados de manera directa en el Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre casos específicos de jurisprudencia en que éstos hayan sido invocados ante los tribunales nacionales y aplicados directamente como fundamento de las decisiones judiciales durante los últimos cinco años. Sírvanse asimismo indicar en qué medida se ha dado cumplimiento a tales decisiones judiciales.

2.A la luz de lo mencionado en los párrafos 17 y 19 del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre el proceso de consulta con la sociedad civil llevado a cabo durante la elaboración del quinto informe para el Comité y de qué forma se ha asegurado la difusión de las últimas observaciones finales emitidas por el Comité (E/C.12/CRI/CO/4 y Corr.1) a la sociedad en general.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 1: derecho a disponer libremente de sus riquezas y recursos naturales

3.Sírvanse proporcionar información sobre el estado en que se encuentra el proyecto de ley de desarrollo autónomo de los pueblos indígenas. Sírvanse proporcionar información sobre los avances realizados en cuanto a la restitución de tierras tradicionales de los pueblos indígenas, incluso mediante las acciones llevadas a cabo por el Instituto de Desarrollo Rural.

4.Sírvanse proporcionar información sobre los avances realizados para establecer un mecanismo de consulta previa con el fin de obtener el consentimiento libre, previo e informado de los pueblos indígenas frente a las medidas y/o decisiones de origen administrativo o legal, que les afectan directa o indirectamente, en particular sobre la realización de proyectos de desarrollo e inversión.

Artículo 2, párrafo 1: obligación de adoptar medidas hasta el máximo de los recursos de que se disponga

5.Sírvanse proporcionar información sobre el presupuesto destinado al gasto social, así como sobre su ejecución durante los últimos cinco años, particularmente con relación a empleo, seguridad social, vivienda, salud y educación, indicando el porcentaje de cada línea de presupuesto en relación al presupuesto total nacional y al producto interno bruto (PIB). Sírvanse además proporcionar información sobre la política fiscal y la reforma que se está llevando a cabo en el Estado parte, y en particular sobre las medidas adoptadas para prevenir que ésta sea regresiva en términos distributivos.

Artículo 2, párrafo 2: no discriminación

6.Sírvanse indicar en qué estado se encuentra el proyecto de ley marco para combatir toda forma de discriminación, que fue presentado en septiembre de 2015 por la Defensoría de los Habitantes de la República de Costa Rica a la Asamblea Legislativa.

7.Sírvanse indicar cómo las medidas adoptadas en el marco de la Política Nacional para una Sociedad Libre de Racismo, Discriminación Racial y Xenofobia 2014-2025 y su Plan de Acción 2014-2025, así como en el marco de la Política Migratoria, han contribuido a combatir la discriminación estructural contra pueblos indígenas, afrodescendientes, migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, y de qué forma dichas medidas han favorecido el disfrute de sus derechos económicos, sociales y culturales, de conformidad al artículo 2, párrafo 2 del Pacto.

8.Sírvanse proporcionar información sobre el impacto de las medidas adoptas para combatir la discriminación de las personas con discapacidad, personas con VIH/SIDA, así como la discriminación en base a la identidad de género y/o la orientación sexual, en particular en relación al ejercicio de los derechos económicos, sociales y culturales.

Artículo 3: igualdad de derechos para hombres y mujeres

9.A la luz de lo mencionado en los párrafos 78 y 80 del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre los resultados obtenidos de la implementación de las medidas adoptadas en el marco del Sistema de Gestión en Igualdad y Equidad de Género, así como de la Mesa de Igualdad de Género para combatir la persistencia de estereotipos en relación con las funciones y responsabilidades de las mujeres y los hombres en la familia y en la sociedad.

10.Sírvanse informar sobre el impacto de las medidas adoptadas para eliminar la segregación vertical y horizontal, basada en el género, en el mercado de trabajo y para corregir la brecha salarial entre hombres y mujeres. Sírvanse acompañar información estadística.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6: el derecho a trabajar

11.Sírvanse proporcionar información estadística, desglosada por edad, sexo, origen étnico o nacional, zona rural y urbana sobre la situación de empleo en el Estado parte. Sírvanse asimismo informar sobre cómo la implementación de la Estrategia Nacional de Empleo y Producción y del programa Empléate han contribuido a disminuir las tasas de desempleo en el Estado parte, particularmente entre los jóvenes, así como entre los indígenas, afrodescendientes, migrantes y refugiados.

12.Sírvanse proporcionar información sobre la implementación, resultados y evaluación de las medidas adoptadas para aumentar la tasa de participación laboral entre las mujeres.

Artículo 7: derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

13.Sírvanse proporcionar mayor información sobre cómo se establece el salario mínimo en el Estado parte, de qué forma es revisado y si es suficiente para garantizar condiciones de existencia dignas para los trabajadores y sus familias, tomando en cuenta lo establecido en la observación general núm. 23 (2016) del Comité sobre el derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7 del Pacto). Sírvanse proporcionar información sobre cuál es el porcentaje de la economía informal y qué medidas han sido adoptadas para proteger los derechos de los trabajadores en este sector de la economía.

14.Además de las reformas legislativas mencionadas en el párrafo 94 del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar mayor información sobre si se ha logrado mejorar las condiciones de trabajo de las y los trabajadores domésticos en el Estado parte, y cómo se ha logrado. Sírvanse también indicar si las medidas adoptadas en ese sentido incluyen la realización de inspecciones laborales sistemáticas.

15.Sírvanse proporcionar información sobre la política nacional de seguridad y salud en el trabajo y si esta incluye la protección de todos los trabajadores en todos los sectores de la economía, incluyendo la economía informal. Sírvanse asimismo proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar el funcionamiento efectivo y sin restricciones del sistema de inspección laboral, y sobre los recursos humanos, técnicos y materiales asignados a la Dirección Nacional de Inspección del Trabajo.

Artículo 8: derechos sindicales

16.A la luz de lo mencionado en el párrafo 101del informe del Estado parte, sírvanse proporcionar información sobre los avances en el proceso de adopción del proyecto de reforma del artículo 60 de la Constitución Política y cómo el Estado parte garantiza el derecho de toda persona a fundar y afiliarse a sindicatos y a participar en las actividades sindicales.

17.Sírvanse proporcionar información sobre el estado en que se encuentra los proyectos de ley núm. 15990, de reforma procesal laboral, y núm. 13475, de reforma al Código de Trabajo,así como sobre lasmedidas concretas adoptadas para hacer frente a violaciones de los derechos sindicales, incluso amenazas sufridas por dirigentes y miembros de organizaciones sindicales. Informen, asimismo, si estas violaciones han sido investigadas y, cuando procediera, debidamente sancionadas.

Artículo 9: derecho a la seguridad social

18.Sírvanse proporcionar información sobre cómo el Estado parte garantiza que todas las personas, sin discriminación alguna, estén cubiertas por el sistema de seguridad social. Sírvanse proporcionar información sobre los planes no contributivos disponibles en el Estado parte y su accesibilidad, en particular para las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, incluyendo las personas sin hogar. Sírvanse asimismo indicar si el nivel mínimo de prestaciones es suficiente para mantener un nivel de vida adecuado.

Artículo 10: protección de la familia, las madres y los hijos

19.Sírvanse proporcionar información sobre la incidencia del trabajo infantil en el Estado parte y sobre las medidas adoptadas para proteger a los niños contra el trabajo en condiciones peligrosas y dañinas para la salud, incluyendo en el trabajo doméstico. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte para proteger a los niños y en particular a las niñas contra su exposición a diversas formas de violencia y explotación.

Artículo 11: derecho a un nivel de vida adecuado

20.Sírvanse proporcionar datos estadísticos desglosados sobre la situación de pobreza en el Estado parte e indíquese cómo los programas e iniciativas mencionados en el párrafo 120 del Estado parte han contribuido a la disminución de la pobreza y desigualdad particularmente entre los pueblos indígenas, los afrodescendientes y otros grupos marginados y desfavorecidos.

21.Sírvanse proporcionar información sobre la medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que los solicitantes de asilo y las personas refugiadas disfruten de los derechos económicos sociales y culturales que les han sido reconocidos, incluyendo a través de la emisión de documentos de identidad.

22.Sírvanse proporcionar información sobre cómo el Programa Nacional de Mejoramiento y Sostenibilidad de Calidad de los Servicios de Agua Potable Período 2007-2015 ha contribuido a disminuir las desigualdades territoriales en el acceso al agua potable y a mejorar el acceso a un sistema de saneamiento adecuado en el Estado parte, y cómo el Estado parte ha previsto continuar el seguimiento a dicho Programa. Sírvanse también proporcionar información sobre el sistema de medición de la calidad del agua y sobre las medidas adoptadas para la prevenir la contaminación de los recursos hídricos.

23.Sírvanse brindar información sobre los resultados de la implementación de la Política Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos 2013-2030 y su Plan de Acción, y de qué manera se ha previsto garantizar el acceso a viviendas sociales a familias desfavorecidas y marginadas, en particular a miembros de pueblos indígenas.

24.Sírvanse proporcionar información sobre la legislación y reglamentos que definen las circunstancias en que pueden practicarse los desalojos, el derecho a la seguridad de la tenencia y la protección frente al desalojo, de conformidad a la observación general núm. 7 (1997) sobre el derecho a una vivienda adecuada (art. 11, párr. 1 del Pacto): los desalojos forzosos. Sírvanse proporcionar información sobre el impacto de la implementación de la Ley núm. 9160 sobre el Proceso Monitorio Arrendaticio.

Artículo 12: derecho a la salud física y mental

25.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar que los servicios de salud sexual y reproductiva sean accesibles para todas las mujeres y adolescentes en todas las regiones del país, tomando en cuenta la observación general número 22 (2016) del Comité sobre el derecho a la salud sexual y reproductiva. Infórmese además sobre los programas de educación y campañas de sensibilización sobre la salud sexual y reproductiva, particularmente aquellos dirigidos a la población adolescente, a fin de prevenir los embarazos entre las adolescentes.

26.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la dieta en el Estado parte y para combatir la obesidad.

27.Sírvanse proporcionar información sobre la política de salud mental adoptada por el Estado parte y sobre las medidas que se están adoptando para garantizar la disponibilidad y accesibilidad de servicios adecuados de salud mental en todo el territorio.

Artículos 13 y 14: derecho a la educación

28.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para mejorar la calidad de la educación, tanto primaria como secundaria, en el Estado parte, particularmente en las áreas rurales y remotas, incluyendo para aumentar el número de maestros calificados. Asimismo, sírvanse proporcionar información sobre cómo el Estado parte garantiza que los niños de grupos marginados y desfavorecidos, particularmente niños indígenas, afrodescendientes, migrantes, refugiados y solicitantes de asilo, tengan acceso a la educación primaria.

29.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas que se han adoptado para aumentar las inscripciones a la educación secundaria y para disminuir el alto índice de abandono en dicha etapa escolar, particularmente en áreas rurales.

30.Sírvanse indicar la proporción de estudiantes que prosigue la educación superior y qué medidas han sido adoptadas para lograr que la educación superior sea accesible y asequible, en particular para los estudiantes provenientes de familias desfavorecidas y marginadas.

Artículo 15: derechos culturales

31.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para asegurar que todas las personas, incluidas las pertenecientes a grupos desfavorecidos y marginados, puedan acceder a los beneficios del progreso científico y de sus aplicaciones. En particular, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para que las personas en el Estado parte puedan hacer uso de los beneficios del progreso científico en el ámbito de la salud, en particular de la salud sexual y reproductiva.