Naciones Unidas

E/C.12/CHN/Q/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

7 de abril de 2021

Español

Original: inglés

Chino, español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativas al tercer informe periódico de China * **

I.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas o de política adoptadas por el Estado parte para garantizar la aplicabilidad directa en su ordenamiento jurídico interno de todos los derechos previstos en el Pacto. Sírvanse especificar también los esfuerzos realizados para impartir formación especializada sobre las disposiciones del Pacto y la posibilidad de invocarlas ante los tribunales, en particular a través de la Escuela Nacional de la Magistratura y el Esbozo del Plan Quinquenal de Capacitación Judicial para 2019-2023. Faciliten también información sobre los casos en los que las disposiciones del Pacto se hayan aplicado o invocado en los tribunales nacionales, e incluyan ejemplos al respecto.

2.Se ruega faciliten información sobre:

a)Las medidas legislativas y administrativas adoptadas para garantizar la plena independencia e imparcialidad del poder judicial;

b)Cualquier medida adoptada para considerar el establecimiento de una institución nacional de derechos humanos que tenga el mandato de tratar las quejas sobre violaciones de los derechos garantizados en el Pacto;

c)Las medidas adoptadas para mejorar la prestación de asistencia jurídica gratuita a quienes la necesiten y hayan alegado la violación de derechos contemplados en el Pacto.

3.En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/CHN/CO/2, párrs. 17, 18, 28 y 61), sírvanse especificar los progresos realizados en la mejora del sistema y los procesos de recopilación de datos con miras a que se pueda supervisar y evaluar eficazmente la realización de los derechos del Pacto. Sírvase indicar si los datos estadísticos oficiales son accesibles al público y qué medidas se adoptan para mejorar el acceso del público a la información en poder de las autoridades públicas a fin de permitir el disfrute de los derechos del Pacto. Sírvanse proporcionar también datos estadísticos, desglosados por edad, sexo, origen étnico, población urbana/rural y discapacidad, sobre las tasas de empleo, desempleo y subempleo, los ingresos y la proporción de personas que viven en la pobreza.

4.Sírvanse comentar las denuncias de que algunas leyes relativas a la administración de los bufetes de abogados y al ejercicio de la abogacía por parte de los abogados se han utilizado para intimidar a los abogados y a los bufetes que habían asumido casos de violaciones de derechos económicos, sociales y culturales. En este contexto, sírvanse proporcionar información sobre los casos en que se haya inhabilitado a abogados o se les haya suspendido la licencia de ejercicio de la abogacía, incluido el número de casos y los motivos de las decisiones, y sobre los procedimientos establecidos para recurrir dichas decisiones, así como el número de recursos presentados y sus resultados. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas a fin de crear un entorno propicio para que los defensores de los derechos humanos defiendan y promuevan los derechos económicos, sociales y culturales, en particular de los grupos étnicos minoritarios, los migrantes y los trabajadores. Asimismo, sírvanse señalar cualquier directriz elaborada con miras a interpretar la prohibición establecida por el Gobierno de que “organizaciones o personas” participen, “con el pretexto de ‘proteger los derechos’, en actividades que inciten a la división del país, cuestionen los fundamentos del sistema político de China o socaven la estabilidad social” (E/C.12/CHN/3, párr. 30), y aclaren cuál ha sido la aplicación práctica de dicha prohibición.

5.Sírvanse indicar los esfuerzos realizados para incorporar la diligencia debida en materia de derechos humanos en los sistemas mencionados en el informe del Estado parte (E/C.12/CHN/3, párr. 24), y los diversos reglamentos y directrices establecidos por las instituciones empresariales y financieras para las inversiones extranjeras y las entidades comerciales domiciliadas en China y que operan en el extranjero. Sírvanse especificar los mecanismos establecidos para supervisar e informar sobre el cumplimiento de esos reglamentos y directrices por parte de las entidades empresariales, incluidas las empresas estatales, e indiquen los informes publicados por dichos mecanismos. Especifiquen asimismo las medidas adoptadas para ofrecer recursos efectivos a las víctimas de abusos contra los derechos humanos cometidos por empresas, así como ejemplos pertinentes.

6.Respecto a la ejecución de proyectos en el marco de la Iniciativa de la Franja y la Ruta, sírvanse indicar las medidas adoptadas para responder a las preocupaciones sobre la sostenibilidad de la deuda de los países participantes y para hacer frente a cualquier impacto negativo de los proyectos sobre el medio ambiente y el disfrute de los derechos del Pacto por parte de la población de China y de otros países participantes. Sírvanse señalar también cualquier medida adoptada por el Estado parte, como Estado miembro de instituciones financieras internacionales como el Banco Asiático de Inversión en Infraestructura y el Nuevo Banco de Desarrollo, a fin de aprovechar su influencia para lograr que las condiciones que estas instituciones imponen para la concesión de un préstamo no den lugar, en los Estados prestatarios, a un retroceso injustificado del disfrute de los derechos reconocidos en el Pacto. Asimismo, proporcionen información sobre los procedimientos establecidos para evaluar el impacto en los derechos humanos en el contexto de la asistencia al desarrollo por el Estado parte y de su negociación de acuerdos comerciales.

7.Se ruega faciliten información sobre:

a)Los avances registrados con miras a alcanzar los objetivos nacionales de reducción de emisiones fijados por el Estado parte con arreglo al Acuerdo de París y a lograr la neutralidad en carbono en 2060;

b)Las medidas adoptadas, dentro de su marco de adaptación nacional, para hacer frente a los efectos adversos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular por parte de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados;

c)Las medidas adoptadas para garantizar que las actividades extractivas en el extranjero realizadas por entidades empresariales domiciliadas en China, incluidas las empresas estatales, y los proyectos de inversión transnacionales financiados por los bancos de inversión del Estado parte no obstaculicen los esfuerzos de los países de acogida para mitigar los efectos adversos del cambio climático.

8.Sírvanse especificar los esfuerzos realizados para controlar y prevenir la propagación de la enfermedad por el coronavirus de 2019 (COVID-19), tanto a nivel nacional como más allá de las fronteras del Estado parte, en el momento en que se detectó el brote inicial, entre otros mediante la cooperación con la Organización Mundial de la Salud y la comunidad internacional. Sírvanse indicar también los esfuerzos realizados para proporcionar información precisa y accesible sobre el virus a la Organización Mundial de la Salud y al público, y las medidas adoptadas para hacer frente a las reiteradas denuncias de represalias contra profesionales médicos y científicos, así como contra periodistas, que difunden información sobre la pandemia de COVID-19 o su origen o que critican la respuesta del Gobierno a la pandemia. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las repercusiones socioeconómicas desproporcionadamente duras de la pandemia sobre las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, en particular las personas pertenecientes a grupos étnicos minoritarios, la población rural y las familias de bajos ingresos que no tienen derecho a recibir prestaciones de asistencia social, y al aumento de las desigualdades socioeconómicas.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales (art. 1, párr. 2)

9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que se obtiene el consentimiento libre, previo e informado de los pastores tibetanos cuando se expropian sus tierras y sobre los procedimientos que tienen a su disposición para impugnar las decisiones de expropiación de sus tierras. Sírvanse especificar también las medidas adoptadas para garantizar que puedan mantener su modo de vida y medios de subsistencia tradicionales. Además, sírvanse indicar las medidas adoptadas para proteger el medio ambiente en la meseta tibetana frente a la construcción de grandes infraestructuras y las actividades extractivas.

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

10.Con miras a evaluar si el Estado parte está utilizando el máximo de los recursos de que dispone para hacer efectivos los derechos reconocidos en el Pacto, sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional, antes y después de impuestos y transferencias;

b)Los niveles de desigualdad de los ingresos, entendida como la proporción entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre, antes y después de impuestos y transferencias;

c)Los niveles de desigualdad de la riqueza, entendidos como la proporción entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos que posee el 50 % más pobre;

d)El porcentaje de los ingresos públicos procedente de los impuestos;

e)Los tipos impositivos con los que se gravan los beneficios de las empresas y la renta de las personas físicas, el impuesto sobre el valor añadido (exceptuado el que grava los artículos de lujo, el tabaco, el alcohol, las bebidas azucaradas y los aperitivos, y la gasolina y el diésel) y el porcentaje de los ingresos totales derivados del impuesto sobre la renta de las personas físicas que procede del 10 % más rico de la población;

f)El gasto público como porcentaje del producto interno bruto y, respecto del total del gasto público, la proporción del presupuesto público destinada a atender las prioridades sociales, como el empleo, la educación, la alimentación, la salud, el agua y el saneamiento, la seguridad social, la vivienda y la cultura;

g)Los niveles absolutos del gasto social, ajustados a la inflación.

11.Sírvanse especificar los avances logrados para incorporar la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción en la legislación nacional y para reforzar la eficacia e independencia de los órganos de lucha contra la corrupción del Estado parte. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para luchar contra la corrupción en los sectores público y privado y para aumentar la transparencia y la rendición de cuentas en la gestión de los asuntos públicos, en particular en el poder judicial y en lo que respecta a las adquisiciones, los servicios públicos y la administración tributaria. Indiquen qué medidas legislativas o de otra índole se han adoptado para proteger a los denunciantes de irregularidades, así como para proteger y ofrecer medios de reparación a las víctimas de la corrupción.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

12.Sírvanse señalar cualquier medida concreta adoptada para aprobar legislación amplia contra la discriminación o para revisar las leyes existentes contra la discriminación. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas, y su eficacia, para combatir el estigma social generalizado y la discriminación contra las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, incluidos los grupos minoritarios étnicos y religiosos, los migrantes rurales, las personas afectadas por la lepra y las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales. Además, sírvanse proporcionar datos estadísticos actualizados sobre la representación en la administración pública, incluidas las fuerzas policiales y militares, de los grupos étnicos minoritarios en el Tíbet, Xinjiang y Mongolia Interior, en comparación con los chinos han, y aclaren el descenso de la proporción de funcionarios que pertenecen a grupos étnicos minoritarios en la Región Autónoma de Xinjiang Uigur, que pasó de más del 50 % en 2003 al 40 % en 2016.

13.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre los avances realizados en la reforma del sistema de registro de hogares ( hukou ) y sobre la aplicación de las Orientaciones para el Desarrollo de las Zonas Metropolitanas Modernas (E/C.12/CHN/3, párr. 27) a este respecto. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la supuesta discriminación persistente que sufren las personas censadas en zonas rurales para acceder al empleo, la seguridad social, la vivienda, la atención sanitaria, la educación y otros servicios sociales. En particular, sírvanse indicar las medidas concretas adoptadas para garantizar que los hijos de los trabajadores rurales migrantes tengan acceso a la educación y a los servicios sociales en las ciudades en las que trabajan sus padres y para facilitar la transferencia de la pensión de los trabajadores migrantes al lugar en el que estén censados.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

14.En relación con la información proporcionada en el informe del Estado parte (E/C.12/CHN/3, párr. 51), sírvanse especificar los progresos realizados, mediante las medidas adoptadas, en la mejora de la igualdad de derechos de las mujeres al acceso a la tierra, e incluyan los datos estadísticos pertinentes a este respecto. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para reducir las crecientes diferencias entre hombres y mujeres en cuanto a la participación en el mercado de trabajo y las tasas de empleo, e indiquen si el Estado parte ha llevado a cabo alguna revisión de la legislación laboral que restringe la gama de trabajos que pueden realizar las mujeres. Si bien observa la lista de cuestiones aprobada por el Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW/C/CHN/Q/9, párr. 16), el Comité pide al Estado Parte que indique las medidas concretas que haya adoptado para hacer frente a las disparidades de género en los ingresos, especialmente en los salarios y las pensiones, y que especifique cualquier plan para igualar la edad de jubilación de mujeres y hombres.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

15.Sírvanse proporcionar información sobre la proporción de trabajadores dedicados al sector informal o a formas atípicas de empleo, e indiquen las medidas específicas adoptadas para regularizar su situación y mejorar la calidad del empleo. Sírvanse también especificar los progresos realizados mediante la política activa de empleo y otras medidas adoptadas por el Estado parte para actualizar las competencias profesionales y mejorar las oportunidades de empleo de los trabajadores rurales migrantes, los graduados universitarios y los trabajadores de las industrias pesadas afectados por la supresión de puestos de trabajo. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para prevenir y prohibir la discriminación por parte de los empleadores públicos y privados contra las personas pertenecientes a minorías étnicas y sobre la aplicación de los artículos 23 y 67 de la Ley de Autonomía Étnica Regional de 1984. Asimismo, sírvanse especificar la repercusión del sistema de crédito social en la libre elección de empleo y el acceso al empleo.

16.En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/CHN/CO/2, párr. 22), sírvanse indicar las medidas concretas adoptadas para garantizar que no se establezcan sistemas alternativos o paralelos de trabajo forzoso, en particular a nivel local. En este contexto, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las denuncias de casos de trabajo forzoso y abusos físicos y mentales supuestamente acaecidos en los programas de formación profesional organizados por el Estado parte, entre otros a través de los centros de formación profesional, para el excedente de mano de obra rural, en particular los uigures, los tibetanos y otros grupos étnicos minoritarios; y datos estadísticos, desglosados por región, etnia y sexo, sobre el número y la proporción de personas enviadas a los centros de formación profesional y la duración de la formación. Además, indiquen qué apoyo se presta a las familias cuyo sustentador principal es enviado a dichos centros.

17.Sírvanse especificar las medidas adoptadas para hacer frente a los casos de trabajo forzoso acaecidos en los programas de estudio y trabajo, en particular en los sectores textil y de la confección, y para proteger los derechos de los estudiantes que participan en esos programas. Sírvanse también proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para ratificar y aplicar el Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29) (y su Protocolo de 2014) y el Convenio sobre la Abolición del Trabajo Forzoso, 1957 (núm. 105) de la Organización Internacional del Trabajo, según lo acordado en el acuerdo global de inversiones Unión Europea-China, firmado el 30 de diciembre de 2020.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

18.Sírvanse indicar las medidas concretas adoptadas para reforzar la aplicación de la legislación laboral, en particular la Ley de Contratos de Trabajo. En particular, se ruega proporcionen información sobre:

a)Las medidas adoptadas para reforzar el mandato y las funciones de las Comisiones de Arbitraje de Conflictos Laborales y para mejorar el cumplimiento de sus decisiones por parte de los empleadores;

b)La aplicación del Reglamento del Seguro de Accidentes de Trabajo de 2004, así como de la Ley de Seguridad Social de 2011 y del sistema de anticipos previsto en ella, incluidos los principales logros alcanzados y los retos pendientes, así como las medidas adoptadas para ampliar la cobertura de dichos instrumentos a todos los trabajadores;

c)Las medidas adoptadas para mejorar el sistema de notificación y recopilación de datos sobre accidentes y enfermedades laborales, incluidos los incidentes no mortales.

19.Sírvanse especificar la eficacia de las medidas adoptadas para hacer frente al problema generalizado de los atrasos salariales, incluido el plazo establecido en 2020 para subsanar los atrasos salariales y las Observaciones sobre la Reglamentación Integral de la Cuestión de los Atrasos en el Pago de Salarios a los Trabajadores Migrantes publicadas por el Consejo de Estado, en particular en el contexto de la pandemia de COVID-19. Proporcionen información sobre los salarios mínimos, incluido su importe y su proporción respecto al salario medio y mediano, la cobertura y los grupos de trabajadores no cubiertos por los salarios mínimos. Sírvanse especificar también las medidas adoptadas para garantizar que los gobiernos locales apliquen plenamente la normativa sobre salarios mínimos y para mejorar su cumplimiento por parte de los empleadores, y el impacto que han tenido. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas adoptadas para incorporar plenamente en la legislación laboral el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valor.

Derechos sindicales (art. 8)

20.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prohibir a los empleadores llevar a cabo actos de represalia o intimidación contra los trabajadores que tratan de formar un sindicato o de reclamar sus derechos garantizados en los artículos 7 y 8 del Pacto. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas a fin de mejorar la eficacia de la All China Federation of Trade Unions para representar plenamente las voces de sus miembros y promover sus derechos. En relación con las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/CHN/CO/2, párr. 23), sírvanse indicar si se han establecido sindicatos fuera de la estructura de la Federación, si se ha llevado a cabo una revisión legislativa para que se reconozca legalmente el derecho de huelga y si el Estado parte ha adoptado medidas para considerar la posibilidad de retirar su declaración sobre el párrafo 1 del artículo 8 del Pacto.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

21.Sírvanse proporcionar información sobre la evolución de la cobertura de cada régimen de seguridad social durante el período que abarca el informe y sobre los esfuerzos realizados para ampliar la cobertura de los regímenes de seguridad social, en particular entre los trabajadores rurales migrantes y los trabajadores de la economía informal o dedicados a formas de empleo atípicas. Especifiquen también los esfuerzos realizados para mejorar la sostenibilidad financiera del sistema de seguridad social. En este contexto, sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar el pago por parte de los empleadores de las cotizaciones al sistema de seguridad social y para atender las denuncias relativas a los intentos de algunos empleadores de rebajar sus cotizaciones con la supuesta complicidad de las autoridades locales. En relación con la información proporcionada por el Estado parte (E/C.12/CHN/3, párr. 84), sírvanse aclarar las bajas tasas de captación del sistema unificado de seguro de pensión básica e indicar las medidas adoptadas para garantizar que todas las personas con derecho a percibirla reciban su pensión y que esta sea suficiente para proporcionar a los beneficiarios una vida digna.

Protección de la familia y el niño (art. 10)

22.En relación con la recomendación formulada por el Comité en sus anteriores observaciones finales (E/C.12/CHN/CO/2, párr. 26), sírvanse indicar las medidas adoptadas para prevenir y tipificar como delito el uso de medidas coercitivas, dirigidas en particular a los grupos étnicos minoritarios, en la aplicación de la política de control de la natalidad, y proporcionar datos estadísticos, desglosados por etnia y región, sobre el número de abortos y esterilizaciones. Aclaren también las razones de la supuesta disminución pronunciada de las tasas de natalidad entre los grupos de minorías religiosas y faciliten información sobre las tendencias de la composición demográfica de las Regiones Autónomas de Xinjiang Uigur y el Tíbet en los últimos cinco años. Sírvanse indicar los progresos realizados en la revisión de las políticas de planificación familiar de conformidad con las recomendaciones anteriores del Comité (E/C.12/CHN/CO/2, párr. 25) y en la mejora de la educación y los servicios en materia sexual y reproductiva. Además, sírvanse proporcionar datos estadísticos sobre los niños de minorías étnicas o religiosas que han sido separados de sus familias y trasladados a internados estatales.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

23.Sírvanse proporcionar información sobre el umbral de pobreza definido a nivel nacional y las medidas adoptadas para hacer frente a la incidencia desproporcionada de la pobreza entre determinados grupos de población, como las personas de edad, los jóvenes y las personas pertenecientes a grupos étnicos minoritarios. Indiquen la eficacia de las medidas adoptadas para hacer frente a las crecientes desigualdades de ingresos y riqueza. Sírvanse indicar también la eficacia de las medidas adoptadas para reducir las grandes desigualdades entre las zonas rurales y las urbanas en lo tocante al disfrute de un nivel de vida adecuado, incluidos los alimentos, la vivienda, el agua y el saneamiento adecuados, y al acceso a la seguridad social, la atención sanitaria y la educación. En este contexto, sírvanse proporcionar datos estadísticos pertinentes, incluida la proporción del aumento del presupuesto público destinada a las zonas rurales y las urbanas durante el período que abarca el informe.

24.Sírvanse especificar los esfuerzos realizados por el Estado parte para hacer participar a las personas y comunidades afectadas en el diseño y la ejecución de diversos proyectos de mitigación de la pobreza, especialmente los que entrañan la reubicación y el reasentamiento de residentes, y para llevar a cabo esos proyectos de conformidad con las obligaciones que le incumben en virtud del Pacto. Respecto a la expropiación de tierras en aras del interés público, sírvanse aclarar la definición legal de interés público e indicar cualquier orientación proporcionada a los organismos de ejecución para interpretar el término. Sírvanse proporcionar datos estadísticos, desglosados por región, sobre el número de expropiaciones de tierras realizadas en interés público y el número de personas reubicadas en consecuencia. En relación con el informe del Relator Especial sobre la extrema pobreza y los derechos humanos (A/HRC/35/26/Add.2 y Corr.1, párr. 52), sírvanse indicar los progresos realizados en las reformas relacionadas con los derechos de propiedad colectiva y la expropiación de tierras rurales, así como las indemnizaciones y las prestaciones de seguridad social proporcionadas a los agricultores desposeídos.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

25.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para mejorar el acceso a los servicios sanitarios, en particular entre los trabajadores migrantes, las personas que viven en zonas rurales y los presos. Sírvanse indicar también las medidas adoptadas, y los resultados de las mismas, para ampliar el alcance de los servicios médicos cubiertos por los seguros de salud y corregir la excesiva proporción de pagos directos, en particular para la población rural y los hogares de bajos ingresos. Indiquen asimismo las dificultades que afronta el actual sistema de seguro médico y las medidas emprendidas para reformar el sistema.

26.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para luchar contra el estigma social relativo a las personas con enfermedades mentales. Especifiquen las medidas adoptadas para hacer frente al uso de la reclusión y de sujeciones, como grilletes, respecto a dichas personas. Especifiquen también las medidas adoptadas para aumentar los servicios de atención sanitaria en la comunidad destinados a personas con problemas de salud mental y el apoyo social ofrecido a sus familias. En este contexto, faciliten información sobre el resultado de la fase inicial del Programa 686 e indiquen las medidas adoptadas para ampliar el programa.

27.Se ruega faciliten información sobre:

a)El marco legislativo y de políticas sobre el abuso de drogas ilícitas y la prestación de servicios de reducción del daño para los consumidores de drogas;

b)Cualquier progreso realizado en la lucha contra el VIH y en la revisión de las leyes y políticas que perpetúan la estigmatización y el rechazo de las personas que viven con el VIH/sida;

c)Las medidas adoptadas para garantizar el acceso a analgésicos opiáceos a los pacientes con dolor crónico o severo;

d)La aplicación de la legislación adoptada para regular la contaminación del aire, el agua y el suelo, como se indica en el informe del Estado parte (E/C.12/CHN/3, párr. 128) y los casos de litigios de interés público en relación con cuestiones ambientales.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

28.Se ruega faciliten información sobre:

a)La eficacia de las medidas adoptadas para eliminar todas las tasas de matrícula y de otra índole en la enseñanza obligatoria;

b)Las medidas adoptadas para corregir las tasas desproporcionadamente bajas de finalización de la enseñanza obligatoria en las zonas rurales;

c)El grado en que las medidas adoptadas han mejorado la disponibilidad, la accesibilidad y la calidad de la educación en las zonas rurales, incluidos datos estadísticos pertinentes;

d)Las medidas adoptadas para garantizar la libertad académica y su repercusión.

Derechos culturales (art. 15)

29.Sírvanse proporcionar información sobre la aplicación de la política de educación lingüística bilingüe, incluido el número de escuelas que imparten enseñanza tanto en mandarín como en una lengua minoritaria y el de profesores que imparten sus asignaturas en una lengua minoritaria. Sírvanse aclarar cómo se justifica la sustitución de las lenguas de las minorías étnicas, incluidos el uigur, el tibetano y el mongol, por el chino (putonghua) como medio de instrucción en la enseñanza obligatoria. En este contexto, sírvanse indicar las medidas adoptadas para responder a las situaciones en las que los padres se niegan a enviar a sus hijos a la escuela debido a la política lingüística recientemente aplicada.

30.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas emprendidas para promover y proteger la cultura, la religión y el idioma de los grupos étnicos minoritarios, en particular los uigures y los tibetanos, e indiquen las medidas adoptadas para garantizar que la identidad cultural, religiosa y lingüística de los grupos étnicos minoritarios no se vea socavada por la política de asimilación del Estado parte, conocida como “sinificación”. Sírvanse comentar también los informes que afirman que el Estado parte: a) ha intentado erradicar la cultura, la religión y el idioma de los uigures y los tibetanos mediante la destrucción masiva de monumentos culturales y religiosos sagrados y la prohibición de la práctica de rituales religiosos y del uso de los idiomas uigur y tibetano en las escuelas; y b) ha suprimido a las personas y las instituciones que hubieran promovido la educación en lenguas minoritarias en la escuela.

31.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para mejorar el acceso a la tecnología de la información y las comunicaciones, incluida Internet, especialmente por parte de las personas y los grupos desfavorecidos y marginados, y para garantizar el libre intercambio de ideas e información en línea sin interferencias, a fin de promover su disfrute de los derechos del Pacto. Proporcionen asimismo información sobre las medidas legislativas y de políticas emprendidas para fomentar el respeto de la indispensable libertad para la investigación científica y la actividad creativa, y las limitaciones que existan al ejercicio de esa libertad.