Naciones Unidas

E/C.12/CYP/Q/6/Add.1

Consejo Económico y Social

Distr. general

28 de julio de 2016

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

59º período de sesiones

19 de septiembre a 7 de octubre de 2016

Tema 6 a) del programa provisional

Examen de los informes : I nformes presentados por los Estados partes en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Lista de cuestiones relativa al sexto informe periódico de Chipre

Adición

Respuestas de Chipre a la lista de cuestiones *

[Fecha de recepción: 11 de julio de 2016]

I.Introducción

1.Tras la presentación, en septiembre de 2014 y de conformidad con el artículo 40 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, del sexto informe periódico de la República de Chipre, el Comité de Derechos Humanos aprobó en su 57º período de sesiones (7 al 11 de marzo de 2016) una lista de cuestiones relativa a ese informe.

2.El Gobierno presenta las siguientes respuestas a la lista de cuestiones, a los efectos del examen de su sexto informe periódico por el Comité, en su 59º período de sesiones (septiembre de 2016).

II.Información general

1.Sírvanse proporcionar información sobre la labor realizada para mitigar las repercusiones negativas de la división del país en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por todas las personas, particularmente los trabajadores que se trasladan a diario del norte al sur del país y los desplazados internos.

3.El resultado de la invasión por Turquía y de la persistente ocupación militar del 34,2% del territorio de la República es que los derechos humanos de miles de personas, tanto grecochipriotas como turcochipriotas, se ven vulnerados. Como consecuencia de esta persistente ocupación, el Gobierno no está en condiciones de proteger los derechos humanos en la totalidad de su territorio ni, por consiguiente, de garantizar su efectividad. No disponemos de información ni de datos fiables relativos al ejercicio de esos derechos por los ciudadanos chipriotas que viven en las zonas en que el Gobierno no ejerce un control efectivo.

4.El Tribunal Europeo de Derechos Humanos, en su sentencia de 10 de mayo de 2001, a raíz de la cuarta demanda interestatal en la causa Chipre c. Turquía, determinó que incumbía a Turquía, que ejerce “un control efectivo general sobre Chipre Septentrional”, la responsabilidad de garantizar todos los derechos humanos previstos en el Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos y de las Libertades Fundamentales, y que la conculcación de esos derechos por sus propios soldados o funcionarios o por la administración local era imputable a ese país. Las obligaciones de la Potencia ocupante dimanan del derecho internacional humanitario, en particular del Cuarto Convenio de Ginebra.

5.Las persistentes y continuas infracciones de los derechos humanos cometidas en Chipre por Turquía quedan también puestas de manifiesto en numerosas resoluciones y recomendaciones de las Naciones Unidas y otros órganos internacionales. Las gestiones para reunificar Chipre dependen del restablecimiento, entre otras cuestiones, de las libertades fundamentales y los derechos humanos de todos los ciudadanos legítimos de Chipre, que son parte integrante de las negociaciones para alcanzar un acuerdo.

6.De conformidad con el artículo 1 del Protocolo núm. 10 del Acta de Adhesión de la República de Chipre a la Unión Europea, se ha suspendido la aplicación del acervo comunitario en las zonas ocupadas. A pesar de ello, unos 100.000 turcochipriotas que poseen un documento de identidad de la República de Chipre aprovechan plenamente su condición de ciudadanos de ella, lo que les permite a su vez, entre otras cosas, desplazarse libremente, establecerse, trabajar y estudiar en la Unión Europea.

7.En cuanto a los puntos de cruce, el Ministerio del Interior garantiza, mediante la aplicación del Reglamento núm. 866/2004/UE, que todos los ciudadanos de la Unión Europea, incluidos los ciudadanos chipriotas, y sus familiares, puedan cruzar simplemente mediante el establecimiento de su identidad.

8.Los Servicios Públicos de Empleo proporcionan a los solicitantes de empleo turcochipriotas servicios de orientación profesional y colocación en las zonas controladas por el Gobierno, independientemente de que vivan en esas zonas o en las zonas ocupadas, a condición de que sean titulares de un documento de identidad de Chipre. Se les ofrece apoyo para encontrar un puesto de trabajo adecuado e información sobre los programas de empleo subvencionados ejecutados por el Departamento de Trabajo y sobre los programas de formación organizados por la Dirección de Desarrollo de los Recursos Humanos. Pueden solicitar su inclusión en estos programas y beneficiarse de ellos. En la seccional regional de los Servicios Públicos de Empleo, en Nicosia, hay un consejero de empleo de habla turca. El sitio web del Departamento de Trabajo tiene información en griego, inglés y turco.

9.El Plan de Seguridad Social obligatorio da cobertura a todas las personas que ejercen una actividad remunerada en Chipre, ya sea como empleado o como trabajador autónomo, sin discriminación. Todas las personas aseguradas tienen los mismos derechos y obligaciones.

2.Rogamos informen acerca de las medidas adoptadas para garantizar la aplicación directa de las disposiciones del Pacto en el ordenamiento jurídico interno. Citen también ejemplos de casos en que los derechos consagrados en el Pacto se hayan invocado ante los tribunales nacionales o hayan sido aplicados por ellos, e indiquen el número de esos casos durante los cinco últimos años.

10.Nada nuevo que añadir. Sírvanse remitirse a las respuestas presentadas por el Gobierno de Chipre a las cuestiones y preguntas relativas a los informes periódicos cuarto y quinto (1998-2007) (Parte II – Respuestas a las observaciones y preguntas – Pregunta 1).

3.Sírvanse indicar si el Estado parte está considerando la posibilidad de firmar y ratificar el Protocolo Facultativo del Pacto o adherirse a él.

11.Se está examinando la cuestión.

4.Faciliten información sobre las medidas adoptadas o previstas para velar por que la Oficina del Comisionado de la Administración y los Derechos Humanos (el Defensor del Pueblo) desempeñe su mandato de forma independiente y eficaz de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (los Principios de París). Indiquen si la Oficina del Comisionado tiene el mandato de ocuparse de los derechos económicos, sociales y culturales. Incluyan también información, desglosada por año, sobre el presupuesto y el número de empleados de esta Oficina en el período comprendido entre 2009 y 2015.

12.En julio de 2015, la Oficina presentó al Subcomité de Acreditación del Comité Internacional de Coordinación de las Instituciones Nacionales para la Promoción y la Protección de los Derechos Humanos una solicitud de acreditación como institución nacional de derechos humanos con arreglo a los Principios de París. La Oficina fue acreditada como institución de categoría B.

13.La Ley del Comisionado de la Administración (modificada) de 2011 (Ley núm. L.158 I)/2011), encomendó al Comisionado las funciones específicas de promover y proteger los derechos humanos, preservarlos o ampliarlos en la República y garantizar que la administración respete los principios fundamentales de los derechos humanos.

14.En particular, el Comisionado tiene la responsabilidad en el ejercicio de sus facultades de presentar opiniones, recomendaciones, propuestas e informes que se refieren a los siguientes ámbitos:

Toda situación de violación de los derechos humanos de la cual decida conocer de oficio;

La situación nacional en materia de derechos humanos en general o sobre cuestiones más específicas;

Señalar a la atención del Gobierno las situaciones en cualquier parte del país donde se violen los derechos humanos y formular al Gobierno propuestas de iniciativas destinadas a poner fin a esas situaciones.

15.Aunque la Ley no define el término “derechos humanos”, este se entiende en un sentido muy amplio que comprende los derechos humanos amparados por la Constitución de la República, así como por los instrumentos internacionales y regionales de derechos humanos ratificados por la República. Por consiguiente, su mandato incluye los derechos económicos, sociales y culturales.

16.Las estadísticas sobre el presupuesto y el personal de la Oficina del Comisionado, para los años 2009-2015, se adjuntan como apéndice I.

5.Sírvanse aclarar si la asistencia letrada, prestada en virtud de la Ley de Asistencia Jurídica, es aplicable a los casos relativos a los derechos económicos, sociales y culturales y, de ser así, proporcionen información sobre esos casos que incluya datos estadísticos pertinentes. Informen asimismo acerca de las medidas que se haya adoptado o se tenga previsto adoptar a fin de hacer extensivo el sistema de asistencia jurídica a los solicitantes de asilo y los migrantes en situación irregular para que reciban esa asistencia en la fase inicial de los procedimientos administrativos y judiciales.

17.De conformidad con la Ley de Asistencia Jurídica (Ley núm. L.165 I)/2002, modificada), se concede asistencia jurídica en las actuaciones judiciales incoadas ante los tribunales de Chipre, como, por ejemplo, los procesos civiles y penales por violaciones concretas de los derechos humanos. Con arreglo a esta Ley, se consideran violaciones de los derechos humanos, entre otras cosas, las violaciones de los derechos amparados por la Ley núm. 14/1969, relativa a la ratificación y aplicación del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

18.Por lo que se refiere a la concesión de asistencia letrada a los solicitantes de asilo, la Ley de Asistencia Jurídica (modificada) de 2009 [núm. L.132 I)/2009], que incorpora el artículo 15 de la Directiva 2005/85/CE de la Unión Europea (sobre normas mínimas para los procedimientos que deben aplicar los Estados miembros para conceder o retirar la condición de refugiado), hizo extensivo, con sujeción a determinadas condiciones, a los refugiados y solicitantes de asilo el régimen de asistencia jurídica en relación con las actuaciones judiciales incoadas al amparo del artículo 146 de la Constitución contra una decisión de rechazo de su solicitud de asilo.

19.La Ley de Asistencia Jurídica (modificada) de 2012 [núm. L.8 I)/2012] amplió el régimen de asistencia letrada con sujeción a determinadas condiciones, de modo que abarcara también las actuaciones judiciales incoadas en Chipre y relativas a la repatriación de nacionales de terceros países que estuvieran ilegalmente en el país, en procedimientos judiciales incoados en virtud del artículo 146 de la Constitución contra decisiones de repatriación, expulsión o prohibición de entrada. La Ley se ajusta a la Directiva 2008/115/CE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea (artículo 13, párrafo 4), de 16 de diciembre de 2008, sobre normas y procedimientos comunes en los Estados miembros para el retorno de los nacionales de terceros países en situación irregular.

20.La Ley de Asistencia Jurídica (modificada) de 2014 [núm. L.105 I)/2014] prevé que se preste asistencia jurídica gratuita a los solicitantes de protección internacional, durante el examen de la apelación presentada ante el Tribunal Supremo de conformidad con el artículo 146 de la Constitución, así como a los beneficiarios de protección internacional en caso de retirada o cesación de la condición de refugiado o de beneficiario de protección subsidiaria (como se exige en el artículo 38.3 de la Directiva 2005/85/CE de la Unión Europea).

21.La Ley de Asistencia Jurídica (modificada) de 2015 [núm. L.20 I)/2015], que incorpora de las disposiciones pertinentes de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento Europeo y del Consejo de la Unión Europea, de 26 de junio de 2013, por la que se establecen normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional (texto refundido) relativa a la asistencia jurídica, prevé la prestación de asistencia letrada en los procedimientos judiciales cuando el solicitante de protección internacional que se encuentre en detención/internamiento solicita una revisión judicial i) de la decisión relativa a su detención, o ii) de la legalidad de la duración de su detención (solicitud de habeas corpus) [de conformidad con el artículo 9, párrafo 3, de la Directiva].

22.Esa asistencia letrada comprende la preparación de la documentación requerida para el procedimiento y la comparecencia ante el tribunal en representación del solicitante.

6.Faciliten información sobre el proceso de consulta con la sociedad civil durante la preparación del informe para el Comité.

23.Los diversos Departamentos del Gobierno ocasionalmente celebran consultas con las organizaciones de la sociedad civil y colaboran con ellas (en particular las entidades especializadas de la sociedad civil) en relación con el ejercicio de sus respectivas funciones por lo que se refiere a una mejor observancia de los derechos humanos. Más concretamente, algunas dependencias gubernamentales celebran acuerdos con organizaciones no gubernamentales (ONG) especializadas para que, sobre la base de protocolos convenidos, lleven a cabo determinadas tareas en su nombre.

III.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 1Máximo de los recursos disponibles

7.Indiquen si cuando el Estado parte negoció el Programa de Ajuste Macroeconómico con sus acreedores se tuvieron en cuenta o no los derechos reconocidos en el Pacto. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para velar por que el programa de ajuste macroeconómico, en especial la estrategia de consolidación fiscal, no afecte de forma desproporcionada al disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas y grupos desfavorecidos y marginados. Faciliten también información acerca de las medidas adoptadas o previstas a fin de garantizar una financiación suficiente para hacer efectivos de manera progresiva los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en las esferas de la seguridad social, la vivienda, la salud y la educación. Incluyan información actualizada sobre el presupuesto nacional asignado a estas esferas para el período 2013-2016.

24.El Gobierno ha completado satisfactoriamente la aplicación del programa de ajuste macroeconómico por el que se enfrentaban mediante reformas y medidas los desequilibrios en materia financiera, fiscal y fiscal-estructural, lo que ha arrojado resultados positivos. En cuanto a la economía real, son evidentes los indicios de recuperación, ya que se ha registrado un crecimiento positivo en 2015. Las condiciones del mercado laboral presentan indicios de mejora, pues la tasa de desempleo disminuyó ligeramente en 2015, situándose en un 15% de la población activa después de haber alcanzado un 16,1% en 2014.

25.A pesar de que los efectos de la crisis financiera que afecta a la economía de Chipre son generalizados en la sociedad, no se ha podido evitar que determinados grupos de la sociedad se vean más afectados que otros. Según los datos socioeconómicos disponibles, las personas de edad cobijadas por el Fondo de la Seguridad Social fueron las que se vieron menos afectadas en términos económicos, pues las pensiones proporcionadas por ese Fondo no se han reducido progresivamente como ha ocurrido con las de los pensionistas del sector público en general.

26.Sobre la base de esas evaluaciones, parece ser que en el caso de los indicadores que influyen en los datos sobre la situación social, como los indicadores de desigualdad de ingresos, la pobreza relativa y la privación material de determinados grupos de edad, se necesitará más tiempo para que los efectos de la crisis financiera disminuyan, habida cuenta de que estos indicadores son indicadores de segundo orden y de efecto retardado.

27.En el marco del Programa de Ajuste Macroeconómico, Chipre ha puesto en marcha una reforma radical de asistencia social en virtud de la cual se tuvieron sumamente en cuenta las circunstancias económicas y sociales del momento. La filosofía del ingreso mínimo garantizado se basa en la concesión de un subsidio mínimo a determinados hogares vulnerables, seleccionados mediante un proceso de verificación de sus medios económicos, a fin de que puedan vivir una vida digna, lo que se combina con políticas activas del mercado de trabajo de carácter condicional, que promueven el reciclaje profesional y el reingreso en el mercado de trabajo, con lo que se contienen las tendencias hacia el círculo vicioso de la pobreza.

28.La determinación de los beneficiarios con derecho a recibir el ingreso mínimo garantizado ha racionalizado en muchos aspectos el sistema de asistencia social en Chipre. Según el Servicio de Estadísticas del Servicio de Gestión de las Prestaciones Sociales, en 2015 se beneficiaron del ingreso mínimo garantizado 25.508 unidades familiares, de las cuales 11.679 eran nuevos solicitantes, 10.049 eran personas que habían recibido antes asistencia pública y 3.780 eran antiguos pensionistas de pensiones exiguas. Las estadísticas sobre el ingreso mínimo garantizado están arrojando luz sobre otro aspecto esencial de las prestaciones sociales, a saber, los criterios utilizados en el procedimiento de verificación de los medios económicos, que, al incluir los bienes inmuebles, los depósitos en los bancos y los ingresos, han dado lugar a una tasa total de rechazo de las solicitudes del 63%. Por otra parte, la tasa total de desestimación de los recursos relativos a las solicitudes de dicha prestación es del 60% y la tasa total de aprobación de dichas solicitudes, del 30%. Los datos mencionados indican que el ingreso mínimo garantizado ha dado lugar a importantes economías en las finanzas públicas, en comparación con el anterior plan de asistencia pública. Sírvanse remitirse también a la respuesta dada más adelante en relación con la cuestión 19.

29.En cuanto a la financiación suficiente en materia de seguridad social, sírvanse remitirse a las respuestas dadas en relación con el artículo 9, párrafo 57, del sexto informe periódico, así como al apéndice II, en la parte C del informe. Además, de conformidad con los resultados del estudio actuarial de fecha de referencia 31 de diciembre de 2011, que fueron examinados por homólogos en el Grupo de Trabajo sobre el Envejecimiento, de la Comisión de Política Económica, en septiembre de 2013, las medidas introducidas se ocuparon adecuadamente de la cuestión del elevado aumento protegido en el gasto de pensiones y garantizaron la viabilidad financiera a largo plazo del sistema de pensiones hasta 2060. Por último, de conformidad con el estudio actuarial más reciente realizado por la OIT (31 de diciembre de 2014), la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones está garantizada por lo menos hasta 2080.

30.El Plan Estratégico del Ministerio de Salud para los años 2016-2018 establece en relación con la atención de la salud la igualdad de oportunidades de todos los ciudadanos, independientemente de la situación socioeconómica y del lugar de residencia. En el marco de una actividad específica prevista en el tercer objetivo estratégico del Plan Estratégico se establece que el Ministerio de Salud seguirá elaborando y ejecutando programas nacionales dirigidos a determinados grupos de personas vulnerables y de edades específicas, y prestará especial atención a la conclusión del examen de la capacidad de Chipre para ocuparse de las cuestiones relacionadas con la salud de los migrantes y otros grupos vulnerables. Sobre la base del nuevo enfoque presupuestario (presupuesto basado en las actividades) se asignarán fondos correspondientes a esta actividad.

31.Desde 2013 el Ministerio de Educación y Cultura ha continuado aplicando todas las medidas que se habían adoptado en los años anteriores para apoyar a los niños, especialmente los desfavorecidos y marginados, en el disfrute de sus derechos económicos, sociales y culturales. A todos los alumnos que cumplían los criterios para beneficiarse de los planes de asistencia económica se les proporcionó desayuno gratuito en la escuela y se los eximió de todo pago de tasas por concepto de exámenes o de certificado de escolaridad.

32.A comienzos de 2016, el Ministerio de Educación y Cultura asumió la responsabilidad de ocuparse de la política de bienestar social de los estudiantes y de gestionar todo el proceso de prestación de asistencia a los grupos de estudiantes que enfrentan dificultades económicas. Esta reforma ha simplificado el proceso, incorporando en una única solicitud todas las formas de asistencia (los subsidios de estudio y el conjunto de medidas de apoyo al estudiante). A pesar de la importante crisis financiera que está atravesando Chipre, no se ha reducido el monto total de los subsidios concedidos a los futuros estudiantes y de las becas otorgadas a través de la Fundación de Becas del Estado de Chipre. El Ministerio de Educación y Cultura trata de garantizar a los estudiantes un nivel adecuado de financiación, para lo cual ha adoptado las medidas anteriormente citadas, y prevé, además, alcanzar la meta de que toda persona, independientemente de su edad, situación social o económica, tenga la oportunidad de adquirir nuevos conocimientos y mejorar a lo largo de toda su vida. El Ministerio de Educación y Cultura ha apoyado y promovido (junto con el Ministerio de Defensa y en cooperación con la Universidad Abierta de Chipre) otra importante reforma en este ámbito, dando la oportunidad a los jóvenes que prestan servicio en la Guardia Nacional a matricularse en cursos a nivel de pregrado, sin costo alguno.

33.Para los datos estadísticos sobre el gasto público general, por función, véase el apéndice II.

Artículo 2, párrafo 2No discriminación

8.Rogamos faciliten información sobre las medidas adoptadas para revisar la legislación a fin de derogar las disposiciones que puedan tener un efecto discriminatorio en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales de algunas personas y grupos y aprobar una ley integral de lucha contra la discriminación, teniendo en cuenta el artículo 2, párrafo 2, del Pacto y la observación general núm. 20 (2009) del Comité relativa a la no discriminación y los derechos económicos, sociales y culturales.

34.En 2013 la Policía concertó con la Oficina del Comisionado de la Administración y los Derechos Humanos (Defensor del Pueblo) una Declaración de Política Policial para la prevención, el tratamiento y la lucha contra la discriminación y los delitos racistas. En la Declaración se hace hincapié en la formulación de medidas proactivas y de disuasión, el aliento, el apoyo y la protección de las víctimas, y la adopción de medidas más eficaces de intervención e investigación.

35.De conformidad con la nueva política, la Policía revisó el programa de formación y la Instrucción Permanente relativa a la prevención de la discriminación, a fin de fomentar la denuncia de las medidas discriminatorias y velar por la objetividad de los procedimientos de investigación respecto de cualquier motivo de discriminación basado en los prejuicios. En la Declaración se reestructura, se profundiza y se mejora el marco ya existente, que se basa en la Ley de la Lucha contra Determinadas Formas y Manifestaciones de Racismo y Xenofobia mediante el Derecho Penal [núm. L.134 I)/2011, modificada] por la que la motivación racial se tipifica como delito.

36.Además, la Ley del Código Penal (modificada) de 2015 [núm. L.87 I)/2015] tipifica como delito la incitación pública a la violencia y el odio contra un grupo de personas o contra un miembro de ese grupo por motivos de orientación sexual o identidad de género.

9.Proporcionen información sobre las medidas, legislativas y de política, adoptadas a fin de combatir la discriminación de jure y de facto a que se enfrentan los migrantes y los miembros de las minorías étnicas y nacionales para obtener la nacionalidad chipriota y acceder al empleo, la seguridad social, los servicios de salud y la educación.

37.De conformidad con la Ley de Registro Civil [núm. L.141 I)/2002, modificada] todas las personas que cumplan determinados criterios, como los años de residencia, tienen derecho a adquirir la nacionalidad. No existe discriminación en relación con ningún grupo de personas. Además, a partir junio de 2015, el requisito de un período de residencia que se exige a los refugiados reconocidos para poder solicitar la nacionalidad quedó fijado en cinco años, que es el mismo período exigido a los cónyuges de los ciudadanos chipriotas, a los ciudadanos de la Unión Europea y a sus familiares.

38.La igualdad de trato de los migrantes en el empleo está garantizada por el contrato de empleo, que establece los mismos términos y condiciones que se aplican a la fuerza de trabajo nacional. El sueldo bruto se basa en lo establecido en los convenios colectivos, lo cual garantiza la igualdad de remuneración. El contrato de empleo debe ser verificado y avalado por las oficinas de empleo de los distritos y, tras la llegada del migrante a Chipre, firmado por ambas partes. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, en su empeño por informar a los migrantes sobre los términos y condiciones de empleo que se utilizan en el amplio sector de la agricultura, ha traducido los contratos en idiomas distintos del inglés, como el ceilandés, el chino y el árabe. En el sector de la agricultura se concentra un gran porcentaje de los trabajadores migrantes. Además, a fin de proteger los derechos de los migrantes a ser empleados en Chipre se ha establecido un procedimiento para el examen de las quejas por violación de los términos y condiciones de empleo de los migrantes.

39.Además, el Departamento de Trabajo publicó folletos informativos en varios idiomas con información fidedigna sobre cuestiones relacionadas con el empleo, como las disposiciones de la legislación laboral, las condiciones de empleo, la igualdad en el empleo, la rescisión del contrato de empleo y los derechos y responsabilidades de los migrantes en general.

40.Se han adoptado diversas políticas relativas específicamente a los servicios o prestaciones que reciben los grupos vulnerables, como la de ampliar las exenciones relativas al pago de las tasas de usuario. Por ejemplo, el 1 de agosto de 2013 entró en vigor la nueva legislación sobre la prestación de servicios de atención de la salud en los hospitales públicos. Los solicitantes de asilo y los refugiados políticos tienen derecho a una reducción en el pago de las tasas de acceso y uso del sistema público de salud.

41.El Plan de Acción Nacional 2010-2012 para promover la inclusión social de los inmigrantes, establece la salud como una de sus prioridades. Incluye el tratamiento de las enfermedades contagiosas y trastornos de la salud que amenazan la vida (como el VIH, la hepatitis B y C, la sífilis y la tuberculosis) y garantiza el acceso gratuito a los servicios de inmunización prestados por el sector público. Recientemente se han introducido asimismo disposiciones especiales para garantizar a los hijos de los refugiados e inmigrantes ilegales el acceso inmediato a los servicios de atención de la salud.

42.El Ministerio de Educación y Cultura concede gran importancia a garantizar a todos los niños que viven en la isla, sin discriminación alguna, la igualdad de acceso a la educación. El Gobierno garantiza que a todos los alumnos, independientemente de la situación de residencia de sus padres, se les imparta gratuitamente la educación obligatoria. Además, el Servicio de Educación y Asesoramiento sobre Perspectivas de Carrera, mediante sus consejeros escolares, ofrece servicios de orientación y asesoramiento principalmente a los alumnos de la enseñanza secundaria, así como al público en general, de nacionalidades y orígenes étnicos diversos.

43.Durante el período que se examina se promovió una importante reforma en virtud de la cual determinados cursos en las universidades públicas se impartirán en inglés para que sean más accesible para los no nativos. Además, otra importante reforma (noviembre de 2015), es el establecimiento de la Agencia de Garantía de la Calidad en la enseñanza superior. La Agencia ha asumido las tareas y responsabilidades de: a) el Consejo Educativo de Evaluación y Acreditación; b) el Comité de Evaluación de las Universidades Privadas; y c) la Comisión Asesora de la Educación Superior. Se prevé que con el funcionamiento de la nueva Agencia mejorará la calidad de la educación superior en Chipre.

44.Una innovación aprobada por el Consejo de Ministros es la propuesta de introducir una forma alternativa de admisión a las universidades públicas del país. El nuevo sistema se estableció tras la celebración de consultas y la concertación de un acuerdo entre el Ministerio de Educación y Cultura, la Universidad de Chipre y la Universidad de Tecnología de Chipre. Esta reforma, que satisface las exigencias actuales del sistema educativo, había venido siendo solicitada durante años por los alumnos y padres de las escuelas privadas. El sistema propuesto establece un nuevo procedimiento alternativo en virtud del cual los graduados de las escuelas privadas pueden acceder a las universidades públicas, entre otras formas, mediante exámenes internacionales. El sistema está pendiente de aprobación en el Parlamento para su posterior promulgación.

10.Rogamos aporten información acerca de las medidas que se han tomado para otorgar derechos y prerrogativas similares a los refugiados y a los beneficiarios de protección subsidiaria, entre otras cosas por lo que respecta a la reunificación familiar y el acceso al empleo, los programas de asistencia social y los servicios de salud. Informen también sobre las medidas adoptadas a fin de velar por que los solicitantes de asilo que tengan un recurso judicial pendiente ante el Tribunal Supremo no sean privados de libertad a los efectos de su expulsión. Indiquen asimismo las medidas que se han tomado con miras a facilitar la integración en la sociedad de las personas a las que se ha reconocido la condición de refugiados.

45.En virtud de la Ley de Refugiados [núm. L.6 I)/2000, modificada], los refugiados y los beneficiarios de la protección subsidiaria gozan de los mismos derechos en lo que respecta al empleo, los programas de asistencia social y los servicios de salud.

46.De conformidad con la Ley de Refugiados (modificada) de 2014 [núm. L.59 I)/2014], los beneficiarios de la protección subsidiaria, como en el caso de los refugiados reconocidos, tienen acceso inmediato al empleo a partir de la fecha en que se les haya concedido el estatuto mencionado y no son objeto de ninguna restricción en cuanto a su empleo en ningún sector del mercado de trabajo. Esta categoría de personas reciben la asistencia y el apoyo de los Servicios Públicos de Empleo en la búsqueda de un empleo adecuado, después de haberse inscrito en la Oficina de Empleo del Distrito de la zona donde residen.

47.Además, los refugiados o beneficiarios de la protección subsidiaria desempleados, así como otros grupos de migrantes con libre acceso al empleo, también tienen acceso a programas de capacitación gracias a los servicios de orientación y remisión que les proporcionan de forma individualizada los Servicios Públicos de Empleo. Por su parte, los migrantes empleados pueden participar en programas de capacitación para empleados, siempre que satisfagan los criterios específicos de cada programa.

48.Los refugiados y los beneficiarios de protección subsidiaria pueden presentar una solicitud de ingreso mínimo garantizado, que se creó con el fin de garantizar un nivel de vida mínimo y socialmente aceptable a las personas (y familias) que residen legalmente en la República y cuyos ingresos y otros recursos económicos son insuficientes para satisfacer sus necesidades básicas y especiales. El requisito de la residencia legal y permanente en las zonas bajo el control efectivo del Gobierno durante los cinco años anteriores a la presentación de la solicitud no es aplicable a los refugiados ni los beneficiarios de la protección subsidiaria.

49.Para los nacionales de terceros países y los nacionales de la Unión Europea, la condición de residencia debe verificarse de conformidad con la legislación nacional (por ejemplo, la posesión de un permiso de trabajo). Para más detalles sobre el ingreso mínimo garantizado, sírvanse remitirse también a la parte pertinente de las respuestas dadas en relación con la cuestión 7 supra y con la cuestión 19 infra.

50.Con respecto al derecho a la reunificación familiar, que en la actualidad solo disfrutan los refugiados, la directiva pertinente de la Unión Europea autorizó a los Estados miembros a que no hicieran extensivo dicho derecho a las personas con estatuto de protección subsidiaria. En circunstancias especiales, estudiando cada caso por separado, el Ministerio del Interior podrá otorgar a las personas con estatuto de protección subsidiaria el derecho a la reunificación familiar.

51.La cuestión del recurso efectivo se trató en la octava enmienda de la Constitución de Chipre, que entró en vigor el 21 de julio de 2015. Con arreglo a ella, en los procedimientos relativos a la protección internacional solicitada en virtud de la legislación de la Unión Europea se otorgó competencia al Tribunal Administrativo para examinar el fondo de la decisión administrativa y modificarla o sustituirla según corresponda. Esta competencia es ejercida por el nuevo Tribunal Administrativo establecido por la Ley de Creación y Funcionamiento del Tribunal Administrativo [núm. L.131 I)/2015].

52.De conformidad con la Ley de Protección de los Derechos de los Pacientes [núm. L.1/2005, modificada], todos los pacientes, independientemente de su origen étnico, sexo, o creencias, tienen derecho a los servicios de atención de la salud. Además, a los inmigrantes ilegales y los solicitantes de asilo se les sigue concediendo cobertura médica plena. Para garantizar el ejercicio efectivo de los derechos de los pacientes, la Ley prevé mecanismos de vigilancia (hay funcionarios de atención de quejas en cada hospital estatal y comités de quejas en todos los distritos, que se ocupan de las reclamaciones relativas a hospitales públicos y del sector privado). Véase también la parte pertinente de la respuesta dada a la cuestión 26.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

11.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas a fin de eliminar la gran disparidad entre los géneros en cuanto a ingresos y participación en el mercado de trabajo. Informen también acerca de las medidas que se han tomado para aumentar el número de mujeres en los ámbitos de adopción de decisiones en los sectores público y privado, en particular en el Parlamento.

53.Según datos oficiales de la Eurostat, la desigualdad salarial por razón de género en Chipre disminuyó aún más en 2014, situándose en el 15,4%, frente al 15,8% en 2013, el 16,2% en 2012 y el 16,4% en 2011. El Gobierno observa que la reducción de las diferencias salariales es un proceso gradual y complejo y que ningún marco legislativo resulta suficiente a menos que se combine con medidas amplias y específicas.

54.El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ejecutó el proyecto “Medidas para reducir la desigualdad salarial por razón de género” que, con la cofinanciación del Fondo Social Europeo, comenzó en julio de 2010 y terminó en diciembre de 2015. El proyecto contenía más de diez medidas innovadoras.

55.A través de las medidas del proyecto mencionado, funcionarios que trabajaban en el proyecto e inspectores del Departamento de Relaciones Laborales y del Departamento de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, recibieron información teórica intensiva y formación en el empleo sobre la observancia de las disposiciones relativas a la igualdad de remuneración y la igualdad de trato contenidas en la legislación laboral. También participaron en dicho proyecto dos funcionarios de la Oficina del Comisionado.

56.Teniendo en mente que la diferencia salarial por razón de género puede también atribuirse a otros estereotipos, como los de índole cultural y la segregación ocupacional, en un empeño por cambiar las percepciones y lograr la diversificación de las opciones académicas y profesionales de la mujer, se proporcionó capacitación en esta esfera a 8.612 maestros de educación primaria y secundaria, 143 consejeros sobre orientación profesional (de escuelas secundarias) y 3.268 padres.

57.También se ejecutaron programas de capacitación para miembros de sindicatos y asociaciones de empleadores, así como para miembros de asociaciones profesionales, en relación con la promoción de la igualdad de remuneración durante la negociación colectiva.

58.En abril de 2014, en virtud de una decisión del Consejo de Ministros, se estableció el Órgano Nacional de Certificación con el mandato de evaluar a las empresas en lo que respecta a la incorporación y/o la aplicación de las mejores prácticas relativas a la igualdad de trato y/o de los principios de igualdad de trato e igualdad de remuneración en su entorno de trabajo. En 2015 se certificó a 34 empresas e, incluso después de que el proyecto concluya, el Órgano Nacional de Certificación seguirá evaluando a las empresas u organizaciones interesadas en adquirir la certificación como empleadores o empleados que aplican buenas prácticas en materia de igualdad.

59.A fin de generar conciencia pública sobre los problemas que crea la diferencia salarial por razón de género, se decidió, en el marco del proyecto, establecer un día de celebración de la igualdad de remuneración, el cual se seguirá organizando anualmente después de la conclusión del proyecto. La fecha, que no es fija, se decidirá anualmente sobre la base del momento en que pueda establecerse el nivel de la desigualdad salarial por razón de género. Por ejemplo, en 2016 se prevé que se celebrará a mediados de noviembre, que será el momento en que el nivel de ingresos de los trabajadores varones será igual al de las mujeres, solo que para llegar a esta cifra estas deberán trabajar hasta finales del año.

60.Por último, Chipre reconoce que un elemento muy importante para eliminar las desigualdades de remuneración es la utilización de sistemas de evaluación de los puestos. En esta esfera, funcionarios e inspectores del Departamento de Relaciones Laborales fueron capacitados por expertos sobre cómo llevar a cabo una evaluación de los puestos utilizando los criterios definidos por la legislación pertinente. En el marco del proyecto y con fondos de este, se elaboró un manual en que se incorporaron dichos procedimientos de evaluación de los puestos. El manual fue presentado a los empleadores por consultores comerciales nombrados por el Departamento de Relaciones Laborales.

61.La participación de la mujer en el mercado de trabajo se promueve además con la protección adicional que se ofrece a las trabajadoras embarazadas en virtud de la Ley de Protección de la Maternidad (modificada) de 2015 (núm. L.175 I)/2015). En casos de nacimientos múltiples (mellizos, trillizos, cuatrillizos, etc.), la Ley prevé una licencia de maternidad adicional de otras cuatro semanas por cada hijo (añadida al total de 18 semanas otorgadas normalmente).

62.La participación equilibrada de mujeres y hombres en los cargos directivos de la vida pública y política sigue siendo una de las prioridades del Mecanismo Nacional para los Derechos de la Mujer (NMWR), en consonancia con el Plan Estratégico de Igualdad entre Mujeres y Hombres 2014-2017, adoptado por el Consejo de Ministros en diciembre de 2014.

63.El Mecanismo Nacional para los Derechos de la Mujer, por conducto de su Subcomité sobre la Participación de la Mujer en los Puestos de Decisión y con miras a las elecciones parlamentarias de 2016, inició una campaña, con amplia participación de las organizaciones de mujeres, en un esfuerzo por dar visibilidad a las cuestiones de la mujer y a las candidatas, especialmente durante el período preelectoral.

64.Más concretamente, el Mecanismo Nacional para los Derechos de la Mujer preparó y publicó un folleto de sensibilización, en que se instaba a los ciudadanos a votar por candidatos de ambos sexos, así como un folleto sobre las mujeres en las elecciones parlamentarias de 2016 (que incluía un breve currículum de las candidatas), que se distribuyó ampliamente.

65.En consecuencia, el resultado de las elecciones parlamentarias de mayo de 2016 fue que el porcentaje de mujeres miembros del Parlamento aumentó del 12,5% en 2011 (7/56) al 17,85% en 2016 (10/56).

IV.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6Derecho a trabajar

12.Rogamos faciliten información sobre la eficacia de las medidas adoptadas para hacer frente a la elevada tasa de desempleo juvenil que se mencionan en el informe del Estado parte (apéndice I). Faciliten también información respecto de las medidas adoptadas para reducir el número de desempleados de larga duración, así como de trabajadores con un empleo precario.

66.Para hacer frente a la elevada tasa de desempleo entre los jóvenes, Chipre está aplicando actualmente el Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes. Este plan trienal insta a desplegar una estrategia nacional que, con un enfoque de intervención temprana, combine medidas dirigidas a personas jóvenes de 15 a 29 años que enfrentan múltiples obstáculos para la integración en el mercado de trabajo y están expuestas a períodos de desempleo más prolongados. El Plan de Acción Nacional tiene un presupuesto total de 47,2 millones de euros.

67.El Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes fue elaborado sobre la base del estudio preliminar realizado por la OIT sobre el mercado de trabajo de Chipre. El estudio puso de manifiesto la existencia de problemas culturales que impiden el buen funcionamiento del mercado de trabajo en Chipre y no pueden resolverse a corto plazo. El Plan de Acción Nacional incluye medidas para resolver esos problemas estructurales a más largo plazo. Se indican a continuación las intervenciones estratégicas previstas para el período 2015-2017:

La reestructuración del sistema de enseñanza técnica y profesional con miras a hacerla más atractiva entre los jóvenes como trayectoria profesional tan importante como la educación general;

El fortalecimiento de los Servicios Públicos de Empleo para que puedan desempeñar con eficacia su papel de coordinador del programa Garantías para los Jóvenes, del que son también el contribuyente más importante;

El mejoramiento de la función de la orientación profesional permanente, que deberá conseguirse mediante una labor que comience a partir de los primeros años escolares y se extienda durante toda la vida de la persona;

La modernización del sistema de prácticas de aprendizaje y pasantías en empresas, sobre la base de la realidad económica de Chipre.

68.Por lo que se refiere a las medidas incluidas en el Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes para el período 2015-2017, véase el apéndice III.

Artículo 7Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

13.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para ampliar la cobertura del salario mínimo y asegurar su pleno cumplimiento por los empleadores. Informen también acerca de las medidas que se han tomado a fin de garantizar que el salario mínimo, que no ha variado desde 2013, ofrezca condiciones de vida dignas a los trabajadores y a sus familias.

69.La Orden sobre el Salario Mínimo, ha permanecido invariable durante todo el período de crisis, pero los salarios y los términos y condiciones de empleo, que se rigen por acuerdos colectivos, han debido ser objeto de reducciones para restablecer la competitividad y reducir los despidos.

70.Además, antes de 2012, la Orden sobre el Salario Mínimo se había hecho extensiva a un mayor número de profesiones, como la de guardias de seguridad, que se añadió en 2008 (remuneración horaria de 4,90 euros al momento del nombramiento y 5,20 euros después de seis meses de empleo), y la de empleados con funciones de limpieza, que se añadió en 2010 (remuneración horaria de 4,55 al momento del nombramiento y 4,84 euros posteriormente).

71.El cumplimiento de las disposiciones de la Orden sobre el Salario Mínimo es un asunto del que se ocupan los inspectores del Departamento de Trabajo en las inspecciones continuas. En 2014 se llevaron a cabo 2.900 inspecciones sobre el salario mínimo y, labor se prosiguió en 2015 con otras inspecciones. Como resultado de esas inspecciones, en 2014 se remitieron al tribunal competente 35 casos de no cumplimiento, y otros 29 en 2015. Muchos casos de no cumplimiento se enfrentan y resuelven directamente, sin necesidad de recurrir a procesos judiciales.

14.Habida cuenta del elevado número de trabajadores que no están amparados por convenios de negociación colectiva, faciliten información sobre las medidas legislativas o las políticas que se han adoptado para proteger el derecho de esos trabajadores a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, en particular en lo que respecta a una remuneración justa, unas condiciones de trabajo seguras y saludables, la igualdad de oportunidades en el empleo y las horas de descanso y tiempo libre y de trabajo, teniendo en cuenta la observación general núm. 23 (2016) del Comité relativa al derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias.

72.Más del 45% de los empleados están protegidos por las disposiciones de los convenios colectivos. Aunque este porcentaje es el resultado de una tendencia descendente, sigue siendo comparativamente elevado.

73.Las relaciones laborales en Chipre se basan en un sistema voluntario, que depende en gran medida de la gestión tripartita. El tripartismo, el carácter voluntario del sistema y el diálogo social han sido la base para la elaboración y la aplicación de las políticas sociales y económicas, y, hasta la fecha, se consideran la piedra angular del fructífero sistema de relaciones laborales. El sistema se ha inspirado en los principios fundamentales establecidos en las disposiciones de los convenios pertinentes de la OIT y las recomendaciones de esta organización, y presta especial atención a los derechos fundamentales de libertad de asociación y negociación colectiva.

74.A fin de respetar la naturaleza verdaderamente voluntaria del sistema, la legislación que rige las relaciones laborales es mínima. Los interlocutores sociales participan directamente en la fijación de los salarios mediante la negociación colectiva y sobre la base de las disposiciones del Código de Relaciones Laborales. El Código de Relaciones Laborales, firmado en 1977, es, en esencia, un acuerdo de caballeros que rige la conducta de los interlocutores sociales en lo que respecta a la negociación colectiva y los procedimientos de resolución de conflictos laborales en los sectores privado y semipúblico.

75.Todos los empleados, estén o no amparados por las disposiciones de los convenios colectivos, siguen estando plenamente protegidos por la legislación laboral correspondiente. Por esta razón, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social procura constantemente mejorar los mecanismos de inspección de trabajo mediante la capacitación, la evaluación y el análisis de los riesgos y, a estos efectos, en 2009, estableció las Unidades Conjuntas de Inspección, encargadas de controlar los casos de trabajo ilegal o no declarado.

76.El Departamento de Relaciones Laborales y las Unidades Conjuntas de Inspección llevan a cabo inspecciones laborales periódicas en numerosas empresas y establecimientos de diversos sectores de la actividad económica, a fin de garantizar el cumplimiento de la legislación laboral.

77.Existen leyes vigentes en relación con la jornada laboral de los empleados [Ley de 2002 de la Jornada Laboral (núm. L.63 I)/2002), modificada], el pago de salarios sobre una base semanal o mensual [Ley de 2007 de Protección del Salario (núm. L.35 I)/2007), modificada], la igualdad de remuneración entre hombres y mujeres (Ley de 2002 de Igualdad de Remuneración entre el Hombre y la Mujer por el Mismo Trabajo o por un Trabajo de Igual Valor (núm. L.177 I)/2002), modificada], entre otras cuestiones. Los términos y condiciones de los contratos de los empleados de la hostelería y la restauración (jornada laboral, horas extraordinarias, vacaciones, etc.) se rigen por las disposiciones de los Reglamentos de los Empleados de Hotel (Condiciones de Servicio) de 1972 a 2016 (núm. P.I. 126/2016) y de la Ley de Empleados de Restauración (Condiciones de Servicio) [núm. L.80/1968, modificada]. Por último, la Ley de 2006 de Reglamentación del Funcionamiento de las Tiendas y de las Condiciones de Empleo de sus Empleados [núm. L.155 I)/2006, modificada] regula las cuestiones relacionadas con el nivel óptimo de las condiciones de empleo de sus empleados (salario mínimo, número máximo de horas de la jornada laboral, vacaciones, remuneración de las horas extraordinarias, etc.).

15.Rogamos proporcionen información acerca del resultado de las inspecciones del cumplimiento de la legislación sobre igualdad de remuneración, que se llevaron a cabo en el marco del proyecto titulado “Medidas para reducir la desigualdad salarial por razón de género” para 2010-2015.

78.En el marco del proyecto “Medidas para reducir la desigualdad salarial por razón de género”, cofinanciado por el Fondo Social Europeo, funcionarios e inspectores del Departamento de Relaciones Laborales y del Departamento de Trabajo, del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, así como funcionarios de la Oficina del Comisionado, recibieron formación teórica intensiva y formación en el empleo sobre la observancia de las disposiciones relativas a la igualdad de remuneración y la igualdad de trato contenidas en la legislación laboral.

79.En ese contexto, se llevaron a cabo en 2015 un total de 1.095 inspecciones sobre la observancia de la legislación relativa a la igualdad de remuneración y no se registró ninguna violación de la ley.

16.Aporten información respecto de las inspecciones del trabajo sobre las condiciones laborales de los trabajadores migrantes, en particular los que no son nacionales de la Unión Europea y trabajan en entornos agrícolas y domésticos, e indiquen los principales problemas detectados y las medidas adoptadas para resolverlos. Informen también sobre las denuncias presentadas por los trabajadores migrantes, incluidos su número y su resultado. Informen además acerca de la situación de los trabajadores migrantes en situación irregular y las medidas que se han tomado para protegerlos contra la discriminación y la explotación laboral, como, por ejemplo, la aplicación de la Ley de Extranjería e Inmigración (núm. L.100 I)/2012, modificada).

80.El Departamento de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social procura continuamente mejorar las condiciones de trabajo de los trabajadores extranjeros, con arreglo a lo establecido en el contrato de empleo que, poco después de la llegada de dichos trabajadores a Chipre, firman las dos partes. En el contrato de trabajo se especifican, entre otras cosas, la jornada laboral, las vacaciones anuales y los días festivos remunerados.

81.Las condiciones de trabajo de los trabajadores extranjeros en el ramo agropecuario y en la industria y el comercio están establecidas en convenios colectivos que amparan la igualdad de trato de todos los trabajadores de Chipre.

82.El mecanismo de denuncia es un procedimiento establecido para el examen de las quejas de los trabajadores de terceros países, del cual se encarga el Departamento de Relaciones Laborales. El Departamento, tras examinar la queja y celebrar reuniones con ambas partes, elabora un informe sobre cualquier violación del contrato de trabajo del autor de la queja y lo remite al Comité de Conflictos Laborales, que está adscrito al Ministerio del Interior. El Comité de Conflictos Laborales, presidido por el Director del Departamento de Registro Civil y Migraciones del Ministerio del Interior, está integrado por miembros del Departamento de Relaciones Laborales del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, y de la Dependencia de Extranjería e Inmigración de la Policía.

83.Según los datos del Departamento de Relaciones Laborales, en 2015 se presentaron 558 quejas de trabajadores de terceros países. Entre esas quejas, 97 casos se referían a trabajadores de los sectores de la agricultura y la cría de animales, y 461 casos a trabajadores domésticos. Del total de quejas, 320 se resolvieron mediante la firma de un acuerdo de terminación de la relación laboral, en virtud del cual se daba a los trabajadores la oportunidad de buscar empleo con un empleador diferente en Chipre; en 31 casos, los trabajadores se reintegraron voluntariamente a su empleo; en 23 casos, los empleados eligieron regresar a su país de origen; y en 184 casos, se remitió la cuestión al Comité de Conflictos Laborales del Ministerio del Interior, que es la autoridad competente para adoptar una decisión definitiva. De esos 184 casos, en 80 el Comité decidió que los trabajadores debían regresar a su país de origen, y en 104, les ofreció la oportunidad de buscar trabajo con un nuevo empleador.

84.Además de realizar inspecciones en relación con el trabajo ilegal y no declarado, las Unidades Conjuntas de Inspección (véase también la respuesta dada en relación con la cuestión 14 supra), realizan también inspecciones en que examinan la situación y las condiciones de empleo de los trabajadores de terceros países. A estos efectos, el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social procedió al nombramiento de 30 inspectores.

17.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas tomadas para ofrecer a los solicitantes de asilo oportunidades laborales que sean compatibles con sus calificaciones académicas y profesionales, como, por ejemplo, la aplicación de la decisión adoptada por la Dirección de la Igualdad a este respecto.

85.Los solicitantes de asilo reciben asistencia de los Servicios Públicos de Empleo para encontrar empleo en determinados sectores del mercado de trabajo (establecidos por un decreto del Consejo de Ministros).

18.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que los trabajadores de la economía informal disfruten de su derecho a unas condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias.

86.Como se indicó supra en la respuesta a la cuestión 14 relativa al artículo 7, las Unidades Conjuntas de Inspección llevan a cabo periódicamente inspecciones del trabajo en empresas y establecimientos de diversos sectores de la actividad económica, a fin de garantizar el cumplimiento de la legislación laboral. Las inspecciones llevadas a cabo por las Unidades Conjuntas de Inspección están orientadas a asegurar que se enfrente de manera eficaz el trabajo ilegal y no declarado, garantizando así que los trabajadores de la economía informal sean reubicados en lo fundamental en el sistema formal, con lo que disfrutarían de condiciones de trabajo justas y favorables.

Artículo 9Derecho a la seguridad social

19.Rogamos proporcionen información sobre el ingreso mínimo garantizado establecido en 2014, en particular por lo que respecta a la cobertura y los requisitos para solicitarlo, especialmente en el caso de las personas sin hogar y los migrantes en situación irregular, así como la idoneidad del monto y de la duración del régimen, teniendo en cuenta la observación general núm. 19 del Comité sobre el derecho a la seguridad social (E/C.12/GC/19). Comuniquen sus experiencias en la aplicación del ingreso mínimo garantizado, entre otras cosas en relación con las consecuencias que tiene la percepción de dicho ingreso para los beneficiarios, en particular para quienes dependen fundamentalmente de las prestaciones sociales, así como los retos que plantea esa aplicación y las medidas adoptadas para enfrentarlos.

87.El ingreso mínimo garantizado se estableció en julio de 2014 con el fin de asegurar un nivel de vida mínimo y socialmente aceptable a las personas (y familias) que residen legalmente en la República y cuyos ingresos y otros recursos económicos son insuficientes para satisfacer sus necesidades básicas y especiales. El nuevo ingreso mínimo garantizado reemplazará el programa de asistencia pública vigente hasta esa fecha. La naturaleza de la prestación se diferencia de la anterior en cuanto que varía según los ingresos y estructura familiar del solicitante.

88.El costo de la vida mínimo se calculó sobre la base de una cesta de consumo revisada e incluye:

Las necesidades básicas sobre la base de una cesta de consumo revisada;

Un subsidio para el pago del alquiler o de los intereses hipotecarios, lo que dependerá de si el solicitante que cumple los requisitos paga alquiler o las cuotas de un préstamo hipotecario contraído para adquirir la residencia familiar;

Un subsidio para el pago de impuestos municipales o similares;

Una prestación en caso de necesidades extraordinarias.

89.Se entiende por beneficiario toda persona y sus familiares a cargo que hayan residido legalmente en la República durante los cinco últimos años (la duración de la estancia no se aplica en el caso de los refugiados y víctimas de la trata reconocidos) y cumplan condiciones específicas de carácter económico y otros criterios.

90.El ingreso mínimo garantizado proporcionado mensualmente a los beneficiarios es la diferencia entre la cesta mínima de subsistencia (necesidades básicas) y el total de los ingresos mensuales del hogar.

Las cantidades básicas del ingreso mínimo garantizado son las siguientes

480 euros por el cabeza de familia;

240 euros por cada persona a cargo de más de 14 años;

144 euros por cada persona a cargo menor de 14 años.

Las prestaciones complementarias incluyen

Los subsidios para el pago del alquiler o de los intereses de los préstamos hipotecarios;

Los subsidios para impuestos municipales y de otra índole (cuantía no determinada).

91.El subsidio de vivienda (para el pago del alquiler o de los intereses hipotecarios) se determina sobre la base del número de miembros de la familia y el distrito geográfico en el que esta reside, así como de los precios de los alquileres, que se calcularon en cooperación con el Real Instituto de Agrimensores y fueron respaldados por el Departamento de Tierras y Levantamiento Topográfico.

92.La cuantía de la prestación para el pago de intereses hipotecarios no podrá exceder de la suma que se calcula para fines del ingreso mínimo garantizado, teniendo en cuenta los parámetros mencionados anteriormente.

Costo anual del programa

2014: 2.048.202,51 euros;

2015: 65.438.767,07 euros más 9.797.107,20 euros de prestación de Navidad (diciembre de 2015).

93.La evaluación de los efectos sociales, que se llevó a cabo como parte de la introducción del ingreso mínimo garantizado, indicó que, según las estimaciones, la tasa de riesgo de pobreza y la brecha de pobreza disminuirían en un 3,2% y un 16,8%, respectivamente.

94.Además, se prevé que la introducción del ingreso mínimo garantizado reducirá considerablemente, en un 70%, la tasa de pobreza absoluta. La tasa de riesgo de pobreza de las personas de edad (65 y más años) se había venido reduciendo y había pasado del 29,3% en 2012 al 20,1% en 2013, pero en 2014 aumentó ligeramente y se situó en el 22,4%.

95.En cuanto a la introducción del ingreso mínimo garantizado y el reajuste consiguiente de las prestaciones sociales, antes de cualquier decisión adoptada entre 2013 y 2014 se llevó a cabo una evaluación de las consecuencias sociales. Según la información relativa a los diversos parámetros que incidieron en las decisiones y los resultados pertinentes de los modelos, el criterio para determinar las soluciones óptimas era el logro del objetivo primordial de eliminar o reducir el número de personas que viven en la pobreza absoluta, reducir la brecha de pobreza centrándose en los más vulnerables y colocar a una serie de hogares por encima del umbral de pobreza pertinente, manteniendo al mismo tiempo, durante el período de ajuste, un presupuesto de asistencia social prácticamente equilibrado.

96.Después de haber analizado varios conjuntos de parámetros de determinación de las decisiones, la estructura definitiva que se eligió en relación con el ingreso mínimo garantizado y la asistencia social tuvo efectos considerables en los resultados deseados, al tiempo que mantuvo un presupuesto prácticamente equilibrado. Más concretamente, se prevé que la incidencia de la pobreza (proporción de pobres en relación con la población general) disminuirá en un 3,2% y se apreciará en mayor medida en los grupos vulnerables, y que la intensidad de la pobreza (la distancia entre los ingresos de los pobres y el umbral de pobreza relativa) disminuirá en un 16,8%, y en un 32,7% para los grupos más vulnerables. Por último, el efecto más importante se apreció en el número de hogares que viven por debajo del umbral de pobreza absoluta, en el que se había previsto una reducción del 70%. Véase también la respuesta dada a la cuestión 7 supra.

97.No hay personas sin hogar en las zonas controladas por el Gobierno de la República de Chipre. Cuando se producen situaciones excepcionales, estas se comunican a los Servicios de Asistencia Social y se adoptan medidas inmediatas para proporcionar los medios y la asistencia económica necesaria para garantizarles una vivienda adecuada.

Artículo 10Protección de la familia, la madre y el niño

20.Sírvanse asimismo proporcionar información sobre el resultado de la aplicación del Plan de Acción Nacional para las Personas de Edad (2005-2009), así como sobre la eficacia de otras políticas destinadas a proteger a esas personas.

98.El Plan de Acción Nacional para las Personas de Edad extendió hasta 2015 su período de cobertura. El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social ha iniciado la recopilación de información para la elaboración de un nuevo Plan de Acción Nacional para las Personas de Edad para el período 2016-2020. Se prevé que esta estará terminada antes de finales de 2016.

99.No se llevó a cabo ninguna evaluación externa ni oficial del Plan de Acción Nacional para las Personas de Edad para el período 2005-2015. En el período 2005-2015 se adoptaron las siguientes medidas para la protección de las personas de edad:

Introducción del ingreso mínimo garantizado: Sírvanse remitirse a la respuesta dada en relación con la cuestión 19 de la lista de cuestiones.

Decreto de 2014-2015 sobre Ingreso Mínimo Garantizado y Prestaciones Sociales en General (Emergencias y Necesidad de Atención): con la introducción del salario mínimo garantizado, se promulgó un decreto en el que se prevé el subsidio de asistencia social.

Plan de Prestaciones de Apoyo a los Hogares de Pensionistas de Bajos Ingresos: Iniciado en 2009, las prestaciones se incorporarán gradualmente al ingreso mínimo garantizado. Entraña el pago de una prestación en efectivo a los hogares de pensionistas cuyos ingresos anuales totales estén por debajo del umbral de pobreza [que se ha fijado en el 60% del ingreso medio nacional equiparado (disponible después de las transferencias sociales)].

Se han emprendido varias reformas de la atención de la salud, entre ellas la ampliación de los servicios de enfermería a domicilio y para enfermos mentales.

21.Faciliten información respecto de la eficacia del Plan de Acción Nacional contra la Trata de Seres Humanos para 2013-2015, incluidos los principales logros y los problemas que deben superarse. Proporcionen también información actualizada sobre el número de casos de trata de personas, el número de condenas y las sanciones impuestas a los autores en 2014 y 2015, incluidos los casos en los que están implicados funcionarios públicos. Incluyan información acerca de los progresos realizados en relación con el sistema centralizado de reunión de datos sobre los casos de trata de personas.

100.El Plan de Acción Nacional contra la Trata de Seres Humanos 2013-2015 sigue siendo objeto de evaluación, que se prevé completar en el segundo semestre de 2016. Las medidas en curso o que no se hubieran aplicado antes de finales de 2015, se transfirieron al proyecto de Plan de Acción Nacional contra la Trata de Seres Humanos para 2016-2018. La determinación sobre cómo se enfrentarán en el nuevo Plan la trata y la explotación de personas está pendiente de la aprobación del Grupo Multidisciplinario de Coordinación de la Lucha contra la Trata de Personas. El Coordinador Nacional de esta labor es el Ministerio del Interior.

101.La Policía está llevando a cabo su propio programa de reunión de datos, en el que se desglosan en detalle las categorías. El sistema centralizado de reunión de datos, desarrollado en el marco de un programa financiado por la Unión Europea y del que Chipre es un asociado (el programa MoSy), se instalará en el Ministerio del Interior y otras entidades competentes seleccionadas, tan pronto como reciba Chipre la asistencia técnica necesaria de la entidad rectora (el equipo portugués) y, posteriormente, de la empresa que lo ha desarrollado. Ya se han adquirido los servidores necesarios, y el Departamento de Tecnologías de la Información del Ministerio del Interior está a la espera de que dicha empresa proceda a proporcionar la asistencia técnica.

102.La Policía de Chipre participa en varias de las medidas del Plan de Acción Nacional. La aplicación de esas medidas está en curso y la Policía desempeña un papel activo en las actividades de educación y concienciación respecto de las cuestiones relativas a la trata. Se han tomado medidas específicas para organizar sesiones de capacitación conjunta de profesionales de formación y experiencia diversas, con miras a crear y mantener equipos eficaces de lucha contra la trata. Estas sesiones de capacitación de grupos de tareas múltiples ayudan a que los participantes comprendan las responsabilidades y funciones de cada uno, mejoran sus competencias y su eficacia y ayudan a crear sinergias. En las sesiones de capacitación de grupos de tareas múltiples participan funcionarios que trabajaban en los equipos de respuesta inicial en los casos de trata. Se ha impartido capacitación de este tipo a funcionarios de los Servicios de Asistencia Social, psicólogos de los Servicios de Salud Mental, policías, fiscales, funcionarios del Departamento de Registro Civil y Migraciones, funcionarios del Ministerio de Trabajo, inspectores de trabajo, personal médico y funcionarios de las administraciones locales.

103.Con respecto a las medidas que competen únicamente a la Policía, como la evaluación y la mejora de la fase de investigación de los casos de trata de personas, la Oficina de Lucha contra la Trata de Personas se ha visto reforzada con la incorporación de peritos y expertos en investigaciones que se ocupan de todos los casos de trata de personas y los investigan.

Artículo 11Derecho a un nivel de vida adecuado

22.Sírvanse proporcionar información acerca de las medidas adoptadas para reducir la tasa de pobreza, en particular teniendo en cuenta la congelación del salario mínimo y la reducción del gasto público, en especial en el sector de la seguridad social en los últimos años. Faciliten información actualizada sobre la tasa de riesgo de pobreza antes y después de las transferencias sociales en los cuatro últimos años.

104.Sírvanse remitirse a las respuestas dadas en relación con el artículo 9 del sexto informe periódico (párrs. 53 a 60). Además, al preparar el conjunto de las medidas, adoptadas como resultado de las negociaciones del Ministerio del Interior con la troika, el Gobierno tomó seriamente en consideración las consecuencias de dichas medidas para los contribuyentes, así como para los beneficiarios. Como resultado de las medidas acordadas con la troika, se previó que el aumento de las contribuciones sería gradual (cada cinco años), e iría paralelo con el aumento gradual de las condiciones exigidas para tener derecho a la pensión de vejez. Los beneficiarios no se vieron afectados. El nivel de las pensiones habría sido el mismo durante el período 2013-2016, incluso sin la introducción de la congelación de las pensiones, dado que durante este período disminuyeron el índice de salarios y el índice de precios al consumidor (IPC), sobre los cuales se ajustan las pensiones cada año.

23.Rogamos faciliten información respecto de las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de vivienda y ofrecer más viviendas sociales a las personas y grupos desfavorecidos y marginados.

105.Sírvanse remitirse a las respuestas dadas en relación con el artículo 11 del sexto informe periódico (párrs. 127 a 132). Cabe añadir lo siguiente: 1) Plan de Autoayuda para la Construcción de Viviendas, se considera que tienen derecho a beneficiarse del Plan los solicitantes que son personas desplazadas y cumplen los criterios exigidos en cuanto a ingresos, siempre y cuando no posean otra unidad de vivienda (o la hayan poseído en el pasado). El monto de la ayuda es determinado por los ingresos del solicitante y el tamaño de su familia; 2) Plan de Compra de Apartamento o Casa: se considera que tienen derecho a beneficiarse del Plan los solicitantes que son personas desplazadas y cumplen los criterios exigidos en cuanto a ingresos, siempre y cuando no posean otra unidad de vivienda (o la hayan poseído en el pasado). El monto de la ayuda es determinado por los ingresos del solicitante y el tamaño de su familia. Los criterios de ayuda para la compra de una unidad de vivienda y/o la construcción de una casa figuran en el apéndice IV; 3) subsidio de alquiler: se considera que tienen derecho a beneficiarse del subsidio los solicitantes que son personas desplazadas y cumplen los criterios exigidos en cuanto a ingresos, siempre y cuando no posean otra unidad de vivienda (o la hayan poseído en el pasado). El monto de la ayuda es determinado por los ingresos del solicitante y el tamaño de su familia; 4) Plan para la Subdivisión de Terrenos en Parcelas y su Puesta a Disposición de Familias de Bajos Ingresos y Parejas Jóvenes: este plan procura apoyar a las familias de bajos ingresos para que puedan tener vivienda propia satisfactoria con el menor número posible de limitaciones en cuanto al lugar de asentamiento. La última revisión del Plan fue aprobada por el Consejo de Ministros el 21 de julio de 2010. Debido a la disminución prevista de los créditos disponibles en el presupuesto para la aplicación de los planes de vivienda ofrecidos por el Ministerio del Interior y dirigidos a toda la población, se han suspendido todas las autorizaciones de nuevas subdivisiones de terrenos para familias de bajos ingresos; 5) Plan de Protección de la Residencia Principal: es idóneo para las personas que: a) han adquirido un préstamo para la compra de vivienda con una hipoteca sobre su residencia principal (permanente); o b) han adquirido un préstamo comercial para la financiación de una pequeña empresa con una hipoteca sobre su residencia principal (permanente) o la de su cónyuge.

106.Este Plan atañe a los beneficiarios de préstamos ofrecidos para financiar la construcción o la compra de la vivienda principal del solicitante, así como a los beneficiarios de préstamos comerciales para la expansión de una empresa, que hayan contraído hipotecas sobre la residencia principal del solicitante o de su cónyuge. No pueden beneficiarse del Plan quienes tengan deudas por pagar, entre las que se incluyen, pero no exclusivamente, las relativas a cuentas corrientes, las tarjetas de crédito, los préstamos para inversión y consumo, las deudas tributarias, las relativas a la seguridad social, la deuda privada y las multas, entre ellas las que no se han pagado a los municipios. El Plan atañe a grupos de población que están incluidos dentro de una gama predeterminada de ingresos y activos. Los beneficiarios del Plan se determinarán según criterios estrictos relativos a los ingresos y los activos, como, por ejemplo, sus ingresos anuales:

Familias sin hijos: 22.000 euros;

Cada hijo adicional: 2.000 euros;

Familias monoparentales: 20.000 euros;

Cada hijo adicional: 2.000 euros;

Familias en que haya una o más personas con discapacidad: 33.000 euros;

Personas solteras: 13.000 euros;

Persona soltera con discapacidad: 21.500 euros.

24.Faciliten asimismo información sobre las medidas que se han tomado para mejorar las condiciones de vida en el Centro de Acogida de Kofinou y los servicios prestados a los residentes, como transporte público, apoyo social y psicológico, atención de la salud y formación profesional.

107.El Centro de Acogida de Kofinou ha ampliado su capacidad de 70 a 400 camas. Aunque el Centro está situado en una zona rural, está muy cerca de las tres ciudades principales (Larnaca, Nicosia y Limassol) y a solo 3 km de la aldea de Kofinou. En la actualidad, el Centro funciona prácticamente al máximo de su capacidad. Aparte de los principales servicios (alojamiento, suministro de tres comidas preparadas diarias y prendas de vestir, subsidio mensual), el Centro tiene su propio consultorio médico, con personal de enfermería que atiende las 24 horas del día 7 días a la semana y un médico, 2 veces por semana. Los solicitantes alojados en el Centro pueden acudir al centro médico de la aldea de Kofinou, así como al hospital de Larnaka. Además, en el Centro se ofrecen clases de inglés y griego. También se garantiza la gratuidad del transporte, tanto en la utilización del servicio de transporte público (todos los residentes reciben un billete de autobús mensual válido para el distrito de Larnaca y, cuando sea necesario, un billete para acudir a cualquier servicio público en cualquier distrito), como en uso de un taxi en caso de emergencia. Con respecto a las medidas para aumentar la seguridad, desde octubre de 2015 se mantiene a un guardia apostado a la entrada del Centro las 24 horas del día.

108.Al 31 de marzo de 2016, el personal del Centro comprendía además 1 oficial administrativo y 3 trabajadores sociales que prestaban servicios a los residentes todos los días. El Servicio de Asilo está en el proceso de reforzar la estructura de gestión y dotación de personal del Centro mediante la firma de nuevos contratos (de larga duración) con el sector privado. Con esto se conseguirá una considerable mejora del funcionamiento del Centro.

109.En cuanto a las medidas adoptadas en favor de los residentes del Centro, los Centros de Educación de Adultos han ofrecido gratuitamente clases de inglés y de griego. Asistieron en promedio 80 participantes, y en la primera etapa, correspondiente al año escolar 2015/16, se formaron 5 grupos para las clases de inglés y 3 para las de griego, que posteriormente, después de Navidad, se redujeron a 1 grupo para cada categoría. En lo que respecta a la formación profesional, los residentes del Centro pueden matricularse a cualquier curso de los que ofrece el Departamento de Enseñanza Técnica y Profesional, siempre que puedan asistir.

25.Expliquen el aumento en el número de desalojos efectuados en los últimos años, indicando las principales causas de desalojo, así como las personas y grupos afectados. Proporcionen información sobre las medidas que se han adoptado para velar por que los desalojos se lleven a cabo con arreglo a la legislación nacional pertinente y las normas internacionales de derechos humanos.

110.El Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales como tal no se ha invocado ante los Tribunales de Control de los Alquileres y nunca ha surgido la ocasión en que dichos tribunales deban aplicarlo en casos que tengan ante ellos. Esto se debe a que los derechos económicos, sociales y culturales previstos en el Pacto también están amparados por la Constitución de Chipre, que es la ley suprema del país. Por lo tanto, los litigantes consideran que están suficientemente protegidos por las disposiciones constitucionales que pueden invocar.

111.El número de desalojos forzosos inscritos en los registros de datos de los Tribunales de Control de los Alquileres de todos los distritos de la isla se han mantenido más o menos en el mismo rango en los cinco últimos años. Hay fluctuaciones anuales, a veces hacia arriba y a veces hacia abajo. El Tribunal de Control de los Alquileres considera que el número de casos que tiene ante sí se ve directamente afectado por la situación de la economía. Los desalojos afectan a locales utilizados tanto para fines de vivienda como para fines de trabajo. El motivo de desalojo en la inmensa mayoría de los casos es el atraso en el pago del alquiler. Ese motivo de desalojo se refiere a personas tanto físicas como jurídicas, y a locales tanto residenciales como utilizados con fines de trabajo.

112.El Gobierno ha establecido salvaguardias para garantizar que los grupos vulnerables reciban protección y asistencia, por ejemplo la prestación de ayuda económica para el pago del alquiler de la vivienda. Esas medidas están fuera del ámbito de la competencia del Tribunal, pero este toma nota de ellas.

Artículo 12Derecho a la salud física y mental

26.Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas emprendidas para fortalecer los servicios públicos de salud, entre otras cosas respecto de la asignación de fondos públicos, la cobertura del seguro médico público, el alcance de la prestación de los servicios públicos de salud y el número de profesionales médicos en el sector público. A este respecto, informen también sobre la aplicación del nuevo Sistema Nacional de Salud. Especifiquen las medidas que se han tomado para supervisar a los profesionales sanitarios de atención primaria del sector privado y regular sus actividades.

113.En cuanto al Sistema Nacional de Salud, Chipre está tratando de pasar ahora a un sistema integral de cobertura universal con mejores prestaciones, mecanismos de financiación más eficaces, cooperación entre los sectores público y privado, y reorganización e informatización de todos los hospitales públicos. El Sistema Nacional de Salud propuesto es un sistema basado en un seguro, que ha sido concebido para hacer frente a los problemas, distorsiones y estancamientos actuales en el sector de la salud.

114.El Sistema Nacional de Salud se desarrollará y aplicará sobre la base de los principios fundamentales de libre elección del proveedor, igualdad y solidaridad sociales, sostenibilidad financiera y cobertura universal.

115.Tendrán derecho a la cobertura del Sistema Nacional de Salud todos los ciudadanos de la República que tengan su residencia permanente en Chipre y todas las personas que sean contribuyentes y tengan su residencia permanente o residen legalmente en Chipre. Además, Chipre proporciona atención médica gratuita a todos los niños y mujeres embarazadas del país, independientemente de su condición, así como a los solicitantes de asilo y a las víctimas de la trata de personas y de la explotación.

116.Los principales principios y características del Sistema Nacional de Salud se exponen en el apéndice V.

27.Rogamos faciliten información sobre el Plan Nacional para la Eliminación de la Tuberculosis y las medidas adoptadas a fin de hacer frente al número desproporcionadamente elevado de casos de tuberculosis entre las personas de origen extranjero, en particular los migrantes.

117.El Ministerio de Salud tiene una política integrada en materia de tuberculosis. En cuanto a los migrantes, ya existen mecanismos de vigilancia a su respecto, y los migrantes que padecen la enfermedad reciben tratamiento gratuito en un entorno propicio (Hospital Rural Kyperounda).

118.El Plan Nacional para la Eliminación de la Tuberculosis está en un proceso de desarrollo (mediante una sinergia intersectorial) que se prolongará hasta principios de 2017. Se incluyen en él programas que fortalecen las asociaciones multisectoriales que ayudan a enfrentar la vulnerabilidad de los migrantes a la tuberculosis.

28.Informen sobre las medidas adoptadas para combatir el elevado número de casos de tabaquismo, consumo excesivo de alcohol y obesidad.

119.Con respecto a los elevados niveles de tabaquismo, Chipre ha establecido un Comité Nacional para el Control del Tabaquismo, en el que participan representantes gubernamentales y ONG. El Comité ha formulado una estrategia nacional encaminada a controlar la epidemia del tabaquismo que se centra en tres objetivos: prevención del tabaquismo, tratamiento para dejar de fumar y legislación.

120.En cuanto a las medidas de prevención del tabaquismo, en colaboración con el Consejo de Chipre de Lucha contra la Droga, las ONG y los visitadores sanitarios de las escuelas, se organizan en las escuelas jornadas de información sobre los efectos perjudiciales del tabaquismo, así como, desde los años de la escuela primaria, actividades en clase basadas en las experiencias de los alumnos. Recientemente el Ministerio de Educación y Cultura prohibió fumar en todos los locales escolares y declaró “zonas libres de humo de tabaco” todas las zonas escolares, tanto interiores como exteriores.

121.En las principales ciudades de Chipre funcionan dispensarios que ofrecen programas para dejar de fumar. A través de los Servicios de Salud Mental se ofrecen gratuitamente programas con ese fin, que se agregan a los que dichos Servicios ofrecen a través de ONG con las que colaboran. Los programas utilizan un enfoque combinado que ofrece asesoramiento individual o de grupo para dejar de fumar que puede combinarse con un tratamiento de sustitución de la nicotina.

122.Chipre ha aprobado una ley por la que se prohíbe la publicidad, la promoción y el patrocinio de productos relacionados con el tabaco, pero los efectos de dicha prohibición dependen del nivel de cumplimiento de la ley. En vista de ello, se está elaborando una nueva ley que aumentará considerablemente la cuantía de las multas impuestas cuando no se cumplen las prohibiciones relativas al tabaco. Además, en el proyecto de ley se prevé que los paquetes de tabaco solo puedan venderse en paquetes de 20 unidades (a fin de que sea más difícil para los niños comprar cigarrillos al detal) y que en los paquetes se presenten advertencias gráficas.

Sinopsis de la Estrategia Nacional relativa al consumo de alcohol y sustanciasilícitas

123.La Estrategia Nacional para Combatir la Dependencia de las Sustancias Ilícitas y el Uso Nocivo del Alcohol 2013-2020 incluye un documento básico de política de drogodependencia y proporciona orientación sobre las medidas e iniciativas gubernamentales para los próximos ocho años. La nueva Estrategia, que sustituye a la Estrategia Nacional de Drogas 2009-2012, adopta un enfoque normativo amplio e integral encaminado a ordenar el marco existente, proporcionar orientación en materia de políticas y, en consonancia, coordinar la labor de los organismos locales en la aplicación de medidas en el ámbito de las adicciones a las sustancias lícitas e ilícitas. Además, la Estrategia se propone reforzar, fortalecer y ampliar las alianzas internacionales. Por último, la política promueve medidas e intervenciones basadas en prácticas comprobadas científicamente que utilizan los recursos humanos y financieros de manera eficaz.

124.La Estrategia se estructura en torno a dos esferas de política; la reducción de la demanda y de la oferta y la promoción de actividades que reflejen las necesidades del país a través de cinco esferas de intervención esenciales (la prevención, el tratamiento y la reinserción social, la reducción de los daños, el control y la regulación de la oferta y la cooperación internacional), y de tres temas transversales (la coordinación; la cooperación internacional; y la investigación, la información, la vigilancia y la evaluación).

125.Medidas relacionadas con el alcohol, por esfera de intervención previstas en el Plan de Acción 2013-2016. Para mayor información sobre las medidas aplicadas a este respecto, véase el apéndice VI.

Obesidad

126.El Ministerio de Salud trabaja en estrecha colaboración con la Organización Mundial de la Salud (OMS) y la Unión Europea y forma parte del Grupo de Alto Nivel sobre Alimentación y de la Plataforma sobre Obesidad. Una dietista actúa como punto focal y persona de enlace con todas las demás autoridades, como los ministerios nacionales, en relación con los diversos temas de la nutrición. Asimismo, coordina todos los programas y políticas de prevención en materia de nutrición (en 1998 comenzó a funcionar un Comité Nacional de Nutrición, en el que participan todos los principales ministerios y entidades competentes en relación con la política de nutrición).

127.Los programas de nutrición comienzan en la edad escolar y su promoción está a cargo de los Servicios de Salud Escolar. Regularmente se toman medidas somatométricas a los niños y a los que tienen sobrepeso se los remite a dietistas. El Plan de Acción sobre Nutrición 2007-2012, cuyas medidas propuestas se siguen aplicando continuamente, se completó con buenos resultados, y se está elaborando un nuevo plan de acción.

128.En 2014 se elaboraron las Directrices Nacionales sobre la Nutrición de la Población en Proceso de Envejecimiento, mediante un proceso intersectorial en que se deliberó acerca de cuestiones y dificultades determinadas que enfrenta este grupo en particular.

Artículos 13 y 14Derecho a la educación

29.Sírvanse explicar el descenso de la tasa de escolarización en la educación primaria y faciliten información sobre las medidas adoptadas para frenar esta tendencia. Indiquen también las medidas que se han tomado para mejorar la enseñanza preescolar.

129.El descenso de las tasas de matriculación en la enseñanza primaria puede atribuirse al hecho de que las familias con niños han abandonado el país, debido a la prolongada crisis económica y sus consecuencias. Dado que la educación es obligatoria y gratuita en Chipre, el Ministerio de Educación y Cultura adopta todas las medidas necesarias para garantizar la escolarización de todos los niños y mantiene una estrecha cooperación con todos los demás servicios gubernamentales competentes con el fin de que la Ley de la Educación Obligatoria [núm. L.24 I)/1993, modificada] se aplique sin excepción alguna. Los padres están obligados por ley a matricular a sus hijos en una escuela y, de no hacerlo, son llevados ante la justicia.

130.Las medidas para mejorar la enseñanza preescolar adoptadas por el Ministerio de Educación y Cultura figuran en el apéndice VII.

30.Rogamos expliquen las causas de la disparidad considerable entre los géneros respecto de la tasa de escolarización en la educación terciaria y la formación técnica y profesional, e indiquen las medidas adoptadas para reducir esa disparidad.

131.En los últimos años, el Departamento de Educación Superior y Terciaria ha estado realizando una representación cartográfica de la educación superior y universitaria en Chipre. El Departamento ha reunido datos de instituciones educativas (universidades y otras instituciones de enseñanza superior), sobre las tendencias generales y las preferencias de los estudiantes en diversas disciplinas, programas y niveles de enseñanza. Los datos recogen el número total de estudiantes (chipriotas, ciudadanos de la Unión Europea y no nacionales de la Unión Europea), el número de estudiantes de cada universidad e institución de enseñanza superior y los cursos ofrecidos en el nivel de pregrado, posgrado y doctorado. Esta información se tiene en cuenta en la formulación de reformas y otras medidas. Estos datos no indican ninguna disparidad entre los géneros en las tasas de escolarización. Según los datos facilitados por el Servicio de Estadística en 2013, las tasas brutas de matriculación en la enseñanza terciaria eran del 42% para los hombres y del 59% para las mujeres.

132.Las importantes disparidades entre los géneros en las tasas de matriculación en la enseñanza técnica y profesional (que para 2013 se situaron en un 23% para los jóvenes y un 6% para las jóvenes) se debe a que los jóvenes eligen cursos que consideran más adecuados para ellos, como los de mecánica, técnica de la construcción, carpintería, automoción, agricultura, etc. Para hacer frente a este fenómeno y modificar las actitudes, en el marco del proyecto “Medidas para reducir la desigualdad salarial por razón de género”, dirigido por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y cofinanciado por el Fondo Social Europeo, se llevaron a cabo seminarios dirigidos a maestros y consejeros escolares sobre orientación profesional. Además, se han introducido nuevas esferas de estudio y especialidades, a fin de que las niñas tengan más opciones a su disposición. Cabe mencionar entre ellas los estudios en turismo, diseño (gráfico y multimedia) y peluquería. Además, se está ejecutando un programa para alentar a las jóvenes a que opten más por la trayectoria de los oficios y utilicen más las nuevas tecnologías. A fin de promover el objetivo de la igualdad de género en los establecimientos escolares, los consejeros escolares sobre orientación profesional aplican diversas medidas en las escuelas y discuten con los alumnos sobre las creencias y los estereotipos.

31.Proporcionen información sobre la labor realizada a fin de garantizar que haya suficientes docentes o asistentes de habla turca para que los estudiantes turcochipriotas reciban enseñanza en su idioma materno. Informen también acerca de las medidas adoptadas con miras a erradicar la segregación en la educación y promover la educación integradora e inclusiva de todos los niños, entre ellos los niños con discapacidad, los romaníes, los turcochipriotas y los migrantes.

133.El Ministerio de Educación y Cultura, a través de su plan estratégico trienal 2015‑2017, se propone garantizar a todos oportunidades de aprendizaje, mediante la aplicación de una política educativa que encarna los valores de la igualdad, la inclusividad, la creatividad y la innovación. El objetivo fundamental es aumentar el acceso a una educación de calidad y ofrecer a todos los alumnos oportunidades para que su aprendizaje sea fructífero, mediante la modernización de los métodos y enfoques de enseñanza, la elaboración y ejecución de programas de desarrollo modernos y la creación de una infraestructura que pueda facilitar una educación de alta calidad. En los años siguientes, el Ministerio de Educación y Cultura realizará cambios estructurales que permitirán mejorar la calidad de la educación impartida, teniendo en cuenta que los maestros deberán estar en condiciones de ayudar a los alumnos a enfrentar con eficacia los problemas que encontrarán como ciudadanos activos en la sociedad del siglo XXI.

134.Desde 2006, ha disminuido considerablemente el número de alumnos turcochipriotas que asisten a la escuela primaria Agios Antonios. En 2006/07, asistieron a ella 47 alumnos, mientras que en el año escolar 2015/16 solo asistieron 23, todos ellos autoidentificados como romaníes. A pesar de esta disminución del 51% en el número de alumnos, el número de maestros e intérpretes de habla turca sigue siendo el mismo. Teniendo en cuenta que la norma general para la dotación de personal de todas las escuelas es 1 maestro por cada 25 alumnos, el hecho de que en Agios Antonios haya 2 maestros y 1 intérprete por cada 23 alumnos se considera más que suficiente para atender a sus necesidades lingüísticas y educativas. Además, durante el año escolar 2014/15, gracias a un programa financiado por la Dirección de Desarrollo de los Recursos Humanos, 2 auxiliares docentes fueron adscritos a la escuela.

135.Los Centros de Educación de Adultos también organizaron, por primera vez y durante dos años escolares consecutivos (2013/14 y 2014/15) un curso para dos grupos de niños romaníes, en el que se les enseñó de forma gratuita su historia y otros elementos de su patrimonio cultural. El curso, titulado “Historia, lengua y cultura” se impartió una vez por semana (90 minutos), durante 24 semanas. Este programa, que se repitió durante el año escolar 2015/16, contó con la asistencia de 13 alumnos, en dos grupos separados. Además, todos los maestros de la escuela tienen títulos de posgrado (9 tienen máster y 2, doctorado) y asisten a seminarios en el servicio que les sirven de ayuda para su práctica docente. Desde enero de 2016, la escuela participa en un programa financiado por la Unión Europea titulado “Las Escuelas como Comunidades de Aprendizaje en Europa: Actividades Educativas Fructíferas para Todos (SEAS4ALL)” en el que todos los participantes hacen aportaciones con miras a proporcionar a los alumnos y maestros diversas oportunidades de aprendizaje. El Ministerio de Educación y Cultura considera que las medidas adoptadas por el Gobierno son adecuadas y, tomando seriamente en consideración la situación financiera actual del país, satisfacen las necesidades educativas de los alumnos turcochipriotas y están a la altura de sus expectativas. El Ministerio de Educación y Cultura ha aplicado plenamente el programa Zonas de Prioridad Educativa, especialmente en lo que respecta a la escuela primaria Agios Antonios, y se ha asegurado de que el derecho a la educación se respete en la práctica. Este programa ha sido sustituido por el programa Actividades de Inclusión Escolar y Social, que incluye medidas adicionales. Pueden consultarse los detalles en el apéndice VIII.

136.El Ministerio de Educación y Cultura ofrece clases intensivas de griego en pequeños grupos a los niños migrantes y no acompañados que asisten a escuelas secundarias, los cuales permanecen integrados en una clase específica de referencia de la escuela. Concretamente, en el primer ciclo de la enseñanza secundaria los alumnos reciben 18 horas semanales de clases de griego, y en la enseñanza secundaria superior los alumnos siguen recibiendo clases de griego y de cualquier otra asignatura que necesiten.

137.El Ministerio de Educación y Cultura también atiende a las necesidades de los niños con necesidades especiales, conforme a lo dispuesto en la Ley de Educación y Formación de los Niños con Necesidades Especiales [núm. L.113 I)/1999, modificada]. Esta Ley brinda a los niños con necesidades especiales todas las oportunidades de igualdad de acceso a la educación a fin de desarrollar sus aptitudes al mayor grado posible. En el caso de los niños con discapacidad, se presta especial atención a garantizar que puedan acceder al contenido de los planes de estudio, para lo cual se recurre a la utilización de tecnología de apoyo y a cambios en las modalidades de enseñanza y aprendizaje, la organización del aula, la programación de las clases, etc.

Artículo 15Derechos culturales

32.Sírvanse facilitar información detallada sobre el portal cultural en línea que se menciona en el informe (párr. 206) y las iniciativas emprendidas para que todas las personas, incluidas las personas desfavorecidas y marginadas que no suelen tener acceso a Internet, puedan consultar el portal.

138.Los Servicios Culturales del Ministerio de Educación y Cultura han tomado la iniciativa de crear el Portal Cultural con el fin de proporcionar acceso a fuentes fidedignas e importantes de la cultura de Chipre, que se reunirán con las contribuciones de diversas instituciones culturales y artistas de Chipre. El Portal Cultural es una plataforma basada en la Web que permite a cualquier miembro previamente registrado aportar datos y metadatos en formato digital. Esta información se refiere a cinco categorías principales (artes plásticas, cine, artes escénicas, música y literatura) y a más de 53 subcategorías. Todos los datos aportados son evaluados por expertos de los Servicios Culturales, en cada categoría, antes de ser publicados oficialmente, a fin de evitar duplicaciones, problemas de derechos de autor e información engañosa y, de ese modo, proporcionar información cultural fiable a todos los habitantes de la isla. El archivo del Portal presenta perfiles de los artistas, su trabajo creativo, así como críticas y artículos escritos sobre esas obras. Además, el Portal está abierto a la interactividad con todos los medios sociales, lo que permite a los usuarios de todo tipo interactuar con colecciones digitales de externalización masiva y compartir sus experiencias en diversos medios sociales. Esas funciones basadas en la Web también pueden contribuir a la creación de un marco sólido para todas las personas, incluidos los grupos desfavorecidos y los usuarios legos en informática. El Portal también contribuye a la creación de una red nacional de información cultural y a la promoción de la creación cultural de Chipre en el plano internacional. Los Servicios Culturales, como órgano principal que apoya y desarrolla la producción cultural de Chipre, han incluido en sus planes la creación del Portal Cultural, no solo como una base de datos que acoge a la red nacional de información cultural, sino también como centro de comunicaciones para la cooperación con la plataforma europea Europeana, a efectos de la digitalización del patrimonio cultural, así como con los portales culturales de todos los demás países de la Unión Europea. El objetivo final es que, gradualmente, todos los órganos de información cultural de Chipre se incorporen al Portal, con lo que se crearía una red idónea, que pueda presentar la cultura de Chipre en todo el mundo. Con la creación del Portal se establecieron directrices sobre sus principales tareas, a saber, la reunión, elaboración y desarrollo de información fiable en las esferas de la creación cultural y, en última instancia, su promoción. Los Servicios Culturales tienen previsto inicialmente la puesta en funcionamiento del Portal, que, a partir de sus propios registros, proporcionará información y materiales sobre escritores, músicos, artistas plásticos y otros artistas. En una etapa posterior, el Portal estará conectado con otros órganos de información cultural que poseen gran cantidad de información cultural, de todas las zonas geográficas de Chipre, con lo que se creará una red nacional.

Apéndice I

Estadísticas sobre el presupuesto y el personal de la Oficina del Comisionado de la Administración y los Derechos Humanos, para los años 2009-2015

Año

Presupuesto

Personal (Comisionado, funcionarios permanentes, funcionarios con un contrato de duración indefinida)

2009

1 908 264

1+20+12

2010

2 249 594

1+18+9

2011

2 085 182

1+18+9

2012

1 922 034

1+18+9

2013

2 003 434

1+18+112

2014

2 090 869

1+17+113

2015

2 111 146

1+17+11

Fuente: Oficina del Comisionado.

Apéndice II

Gasto público general por función

G070 – Salud

G090 – Educación

G100 – Protección social

De los cuales, G1006 – Vivienda

PIB (en millones de euros)

2004

389,00

812,00

1 249,30

8,10

13 767,00

2005

408,20

856,30

1 427,70

8,90

14 736,60

2006

449,60

919,30

1 486,20

9,20

15 878,90

2007

458,40

1 001,20

1 502,60

9,70

17 375,00

2008

511,80

1 166,50

1 681,30

2,80

18 822,00

2009

552,70

1 220,40

1 852,00

5,90

18 482,30

2010

502,10

1 008,30

2 034,60

7,50

19 117,70

2011

607,10

1 284,20

2 165,60

10,00

19 547,10

2012

578,40

1 184,70

2 203,20

7,10

19 468,90

2013

553,60

1 178,40

2 148,10

3,10

18 064,60

2014*

461,80

1 002,60

2 120,50

1,00

17 393,70

Fuente: Cuestionario 1100 de la ESA, 2010.

* Cifras provisionales para 2014.

Notas explicativas

G070

Salud

G0701

Productos, aparatos y equipo médicos

G0702

Servicios ambulatorios

G0703

Servicios hospitalarios

G0704

Servicios de salud pública

G0705

I + D relacionados con la salud

G0706

Salud n.c.p. (no clasificado en otra parte)

G090

Educación

G0901

Enseñanza preescolar y primaria

G0902

Enseñanza secundaria

G0903

Enseñanza postsecundaria no terciaria

G0904

Enseñanza terciaria

G0905

Enseñanza no atribuible a ningún nivel

G0906

Servicios auxiliares de la educación

G0907

I + D relacionados con la educación

G0908

Educación n.c.p. (no clasificado en otra parte)

G100

Protección social

G1001

Enfermedad y discapacidad

G1002

Edad avanzada

G1003

Supérstites

G1004

Familia e hijos

G1005

Desempleo

G1006

Vivienda

G1007

Exclusión social n.c.p. (no clasificado en otra parte)

G1008

I + D relacionados con la protección social

G1009

Protección social n.c.p. (no clasificado en otra parte)

Fuente: Servicio de Estadísticas.

Apéndice III

Medidas incluidas en el Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes para el período 2015-2017

Intervención oportuna para enfrentar el abandono escolar y facilitar la transición de los jóvenes de la escuela al trabajo (por ejemplo, ajustando los planes de estudio de la enseñanza profesional secundaria y postsecundaria para que estén en consonancia con las necesidades del mercado de trabajo e incluyan la experiencia de trabajo en las empresas);

Reforma de la formulación y aplicación de las políticas del mercado laboral dirigidas a los jóvenes (por ejemplo mejorando la elaboración y aplicación de las políticas del mercado laboral para que atiendan eficazmente a las múltiples desventajas que enfrentan los jóvenes);

Ejecución de un programa nacional de garantías para los jóvenes, que ofrece a las personas de menos de 25 años de edad educación, capacitación y oportunidades de empleo dentro de un plazo de cuatro meses contados a partir del momento en que abandonan la escuela o quedan desempleados (gracias a la introducción de un modelo integrado de prestación de servicios para aplicar el programa de Garantía para los Jóvenes, que incluye prestación de servicios de asesoramiento en grupo y búsqueda de empleo a los jóvenes que han abandonado la escuela o quedado desempleados recientemente, y programas de capacitación y desarrollo de las aptitudes requeridas por el mercado de trabajo y las ocupaciones en demanda);

Promoción del emprendimiento entre los jóvenes como trayectoria profesional (por ejemplo poniendo a disposición de los jóvenes de 20 a 35 años de edad el Plan para el Emprendimiento de los Jóvenes y el Programa de Empresas Sociales, para que estos puedan crear sus propias empresas;

Reducción de la falta de acceso de los jóvenes al mercado de trabajo a través de estrategias y asociaciones de divulgación (con la puesta en marcha de una campaña nacional de información para crear conciencia sobre el trabajo decente para los jóvenes y el apoyo prestado, mediante el Plan Nacional de Garantías para los Jóvenes, por las entidades encargadas del mercado de trabajo);

Ampliación de la capacidad de los Servicios Públicos de Empleo para prestar servicios eficaces de empleo a los jóvenes (por ejemplo, mejorando la capacidad de dicho organismo en materia de prestación de servicios, como los de información y orientación a los jóvenes, y actualizando su sistema de información);

Establecimiento de un sistema de vigilancia y evaluación para verificar el logro de los resultados en materia de políticas.

En 2015 se aplicaron en Chipre varios programas destinados a los jóvenes, tanto en el marco del Plan Nacional de Garantías para los Jóvenes como en el del Plan de Acción Nacional para el Empleo de los Jóvenes. Entre las medidas de activación adoptadas en 2015 en favor de los jóvenes cabe mencionar las siguientes:

Plan de Incentivos para el Empleo de Jóvenes Desempleados, aplicado por el Departamento de Trabajo;

Plan para el Empleo y la Capacitación de Graduados de la Educación Terciaria, aplicado por la Dirección de Desarrollo de los Recursos Humanos;

Plan para el Emprendimiento de los Jóvenes, aplicado por el Ministerio de Comercio;

Plan para la Colocación Laboral de Jóvenes Graduados Desempleados con miras a la Adquisición de Experiencia Laboral en Empresas y Organizaciones, aplicado por la Dirección de Desarrollo de los Recursos Humanos;

Plan para la Colocación Laboral de Jóvenes Desempleados Diplomados de la Educación Secundaria Inferior y Superior y Postsecundaria, durante un máximo de dos años para que adquieran experiencia laboral en empresas y organizaciones, aplicado por la Dirección de Desarrollo de los Recursos Humanos.

Apéndice IV

Criterios de ayuda para la compra de una unidad de vivienda y/o la construcción de una casa

Tamaño de la unidad de vivienda (determinado por el tamaño de la familia)

Ayuda concedida a las familias con ingresos anuales de hasta 30 000 euros

Ayuda concedida a las familias con ingresos anuales de entre 30 000 y 45 000 euros

Ayuda concedida a las personas solteras con ingresos anuales de hasta 20 000 euros

Un dormitorio (personas solteras)

-

-

8 500

Un dormitorio (parejas)

20 000

15 000

Dos dormitorios (pareja con un hijo o dos del mismo género)

23 000

18 000

Tres dormitorios (pareja con 2 o 3 niños)

26 000

21 000

Tamaño de la unidad de  vivienda (determinado por el tamaño de la familia)

Ayuda concedida a las familias con ingresos anuales de hasta 30  000  euros

Ayuda concedida a las familias con ingresos anuales de entre 30 000 y  45 000 euros

Ayuda concedida a las personas soltera s con ingresos anuales de hasta  20 000 euros

Un dormitorio (personas solteras)

-

-

8 500

Un dormitorio (parejas)

20 000

15 000

Dos dormitorios (pareja con un hijo o dos del mismo género)

23 000

18 000

Tres dormitorios (pareja  con 2 o 3 niños)

26 000

21 000

Fuente: Ministerio del Interior.

Apéndice V

Principales principios y características del Sistema Nacionalde Salud

Cobertura universal: todos los ciudadanos chipriotas serán beneficiarios del Sistema Nacional de Salud.

Paquete de prestaciones amplio: el paquete de prestaciones del Sistema Nacional de Salud abarcará una amplia gama de servicios de salud, tales como la atención primaria, la atención especializada ambulatoria, los productos farmacéuticos, las pruebas de laboratorio clínico, la atención por personal paramédico, la atención de emergencia y por accidentes, los servicios de ambulancia, la atención hospitalaria y la atención dental preventiva.

Igualdad de trato de los beneficiarios: todos los beneficiarios tienen los mismos derechos en lo que respecta a la prestación de servicios de atención de la salud, con lo que se reducen las desigualdades del Sistema Nacional de Salud en cuanto a la atención de la salud.

Libre elección de los proveedores de atención de la salud: los beneficiarios tendrán derecho a elegir a sus proveedores de atención de la salud, tanto en el sector público como en el sector privado.

Solidaridad: los beneficiarios contribuirán al Sistema Nacional de Salud según su nivel de ingresos. Por consiguiente, los beneficiarios con mayores ingresos contribuirán más al fondo del Sistema Nacional de Salud que los beneficiarios con ingresos más bajos.

Apéndice VI

Medidas relacionadas con el alcohol, por esfera de intervención – Medidas complementarias aplicadas para el Plan de Acción2013-2016

Prevención

Detección de las mujeres embarazadas que consumen alcohol, suministro de información y remisión de estas a los servicios competentes;

Prestación de servicios de intervención breve a jóvenes que son ingresados a urgencias por intoxicación;

Adopción de medidas que apoyan las restricciones respecto de la exposición de los jóvenes a la publicidad relacionada con el alcohol;

Difusión de información dirigida a los jóvenes en lo que respecta a situaciones de consumo excesivo de bebidas alcohólicas y a los daños relacionados con el alcohol (material de información y aplicaciones para los medios sociales y los teléfonos inteligentes).

La esfera de intervención de la prevención también incluye medidas que apoyan las relativas a los daños relacionados con el alcohol, mediante intervenciones de prevención no relacionadas con sustancias concretas y de detección temprana, por ejemplo medidas que proporcionan a los grupos vulnerables (incluidos los jóvenes) un entorno propicio, en las que participan sectores múltiples, como las escuelas, las autoridades sanitarias, las comunidades locales, los Servicios de Asistencia Social, los militares, las organizaciones deportivas, etc.

Tratamiento y reinserción social

Programas ambulatorios y hospitalarios para tratamiento del alcoholismo;

Intervenciones de tratamiento para grupos específicos: migrantes, mujeres, pacientes con doble diagnóstico;

Servicios de orientación individual y familiar para jóvenes y familias en situación de riesgo;

Programa ambulatorio de desintoxicación y tratamiento psicológico para personas dependientes del alcohol recluidas en cárceles;

Prestación de servicios de postratamiento y sistema de apoyo financiero para personas dependientes de sustancias como el alcohol.

Reducción de los daños

Objetivo: Reducir los casos de conducción bajo los efectos del alcohol

Reducción de los niveles de alcoholemia en los conductores novicios o profesionales, los motoristas y los ciclistas;

Pruebas de alcoholemia sistemáticas por la Policía de Tráfico por Carretera; campañas poco antes de los días festivos oficiales, etc.;

Imposición de sanciones y multas más estrictas para los infractores reincidentes de la legislación sobre conducción bajo los efectos del alcohol;

Control de la oferta y reglamentos al respecto;

Objetivo: Reducir la disponibilidad de alcohol entre los grupos vulnerables;

Revisión de la legislación sobre la venta de bebidas alcohólicas (para facilitar una mejor imposición de las disposiciones sobre límites de edad);

Promoción de las medidas existentes para una imposición más estricta de la legislación en lo que respecta a la venta de bebidas alcohólicas entre los jóvenes por debajo de la edad límite;

Vigilancia del sistema de concesión de licencias con miras a la regulación de la producción de alcohol.

Cooperación internacional – Participación activa en el diálogo internacional y promoción de la cooperación y el establecimiento de contactos a nivel internacional.

Vigilancia e investigación

Reunión sistemática de datos comparables relacionados con el alcohol;

Grupo de Trabajo para vigilar la investigación relacionada con el alcohol y detectar lagunas en la investigación;

Uso de lenguaje común para la definición del consumo y los daños del alcohol;

Perfeccionamiento de la elaboración de indicadores epidemiológicos relacionados con el alcohol.

Medidas complementarias aplicadas

1)Plan de Acción sobre Turismo Más Seguro (Organización de Turismo de Chipre) con el objetivo de mejorar las condiciones de seguridad para los visitantes en Chipre.

2)Programa piloto de “compra simulada” (Universidad de Chipre y Consejo de Lucha contra las Drogas): Medidas propuestas para mejorar el cumplimiento de la legislación sobre venta de bebidas alcohólicas y reducir la accesibilidad y disponibilidad del alcohol por lo que se refiere a los menores.

3)Elaboración de las Directrices Nacionales para la Formación en Venta y Distribución Responsables de Alcohol (edición de 2015).

4)Programa Piloto Nacional de Formación en Venta y Distribución Responsables de Alcohol (enero a junio de 2016).

5)Semana de Concienciación sobre el Alcohol, cada tercera semana de octubre (desde 2013 hasta hoy).

6)La tercera Semana de Concienciación sobre el Alcohol, en 2015, se centró en dos prioridades temáticas: la reducción de los casos de conducción bajo los efectos del alcohol y una mejor imposición/cumplimiento de las restricciones de edad en materia de accesibilidad al alcohol y a su consumo, y contó con la participación, mediante actividades diversas, de instituciones académicas, ministerios (Ministerio de Educación y Cultura, Ministerio de Justicia y Orden Público —que incluye a la Policía—, y Ministerio de Comunicaciones y Obras Públicas) y organizaciones de jóvenes. Las actividades de la semana concluyeron con la Noche Europea sin Accidentes, que contó con la participación activa de muchos interesados pertinentes.

7)Se realizó una conferencia de prensa para presentar las últimas novedades, los resultados del Plan de Acción sobre Turismo Más Seguro, los resultados del programa de “compra simulada”, las Directrices para la Formación en Venta y Distribución Responsables de Alcohol y las modificaciones propuestas a la legislación sobre la venta de bebidas alcohólicas.

Apéndice VII

Medidas para mejorar la enseñanza preescolar adoptadas por el Ministerio de Educación y Cultura

La enseñanza preescolar es obligatoria y gratuita para todos los niños de edades comprendidas entre los 4 años y 8 meses y los 5 años y 8 meses que asisten a guarderías públicas. Los niños de esa edad tienen la obligación de asistir a la guardería, sea esta pública, comunitaria o privada. Las plazas en guarderías públicas se asignan a los niños más pequeños, de edades comprendidas entre los 3 años y los 4 años y 8 meses. La selección de estos niños se hace con arreglo a criterios específicos, establecidos por el Consejo de Ministros, en los que se tiene en cuenta si el niño tiene necesidades educativas especiales o está en situación de riesgo o de privación socioeconómica.

El Ministerio subvenciona la actividad de las guarderías comunitarias, que funcionan en los casos en que las guarderías públicas disponibles no satisfacen las necesidades de todas las solicitudes.

Los niños con edades comprendidas entre los 3 años y los 4 años y 8 meses que asisten a las guarderías públicas, pagan tasas bajas, una suma simbólica de 42 euros. A las familias pobres se les concede la gratuidad de la prestación, y a las familias con cuatro o más hijos, la reducción de las tasas.

Entre las medidas adoptadas por el Ministerio de Educación y Cultura para mejorar la enseñanza preescolar cabe mencionar también la revisión del plan de estudios, la modernización de los edificios y patios de recreo al aire libre, la disminución del número de alumnos por clase para garantizar mejores condiciones de enseñanza y aprendizaje y la formación de los maestros en el servicio.

Apéndice VIII

Medidas incluidas en las Actividades de Inclusión Escolar y Social

Apoyo adicional prestado a los alumnos en lengua y matemáticas;

Profesores auxiliares en todas las clases;

Actividades extracurriculares suplementarias (como el deporte y el baile) tanto durante el horario escolar como después de él.

Además, el Ministerio de Educación y Cultura ofrece asistencia psicológica adicional a la escuela, poniendo a su disposición un psicólogo escolar que visita regularmente la escuela una vez a la semana.

Los principales desafíos que se plantean en Chipre con respecto a la protección del derecho a la educación de los alumnos romaníes son persuadir a las familias romaníes de que matriculen a sus hijos en la escuela, y crear un entorno de cooperación, entendimiento mutuo y respeto entre alumnos y padres de diferentes orígenes étnicos. Es igualmente importante integrar en la sociedad escolar a los alumnos turcochipriotas, romaníes y otros alumnos en riesgo de exclusión.

Concretamente, las medidas adoptadas por el Ministerio de Educación y Cultura para apoyar a los alumnos turcochipriotas y romaníes en la enseñanza secundaria son las siguientes:

Ofrecer clases de lengua y cultura turcas impartidas por un maestro turcochipriota;

Ofrecer clases de griego impartidas por maestros de habla turca;

Contratación de maestros bilingües para facilitar la comunicación entre profesores, alumnos y padres;

Suministro de desayunos a los alumnos romaníes;

Prestación de apoyo especial a los alumnos romaníes proporcionado por el Servicio de Psicología Educativa y los Servicios de Asistencia Social;

Organización de actividades y actos interculturales;

Organización de seminarios de formación para padres y tutores legales sobre temas de su interés, sobre la base de las características distintivas de la comunidad local en que estos residan.