Naciones Unidas

E/C.12/BRA/RQ/3

Consejo Económico y Social

Distr. general

27 de abril de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

7 4 º período de sesiones

25 de septiembre a 13 de octubre de 2023

Examen de los informes: informes presentados por los Estados partes

en virtud de los artículos 16 y 17 del Pacto

Respuestas del Brasil a la lista de cuestiones relativa a su tercer informe periódico * **

[Fecha de recepción: 4 de abril de 2022]

I.Información general

Introducción

1.La siguiente lista de respuestas pretende resumir la información relativa a las cuestiones planteadas al Brasil por el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales con motivo de la presentación de su tercer informe nacional relativo al Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (“el Pacto”). Se realizó una amplia consulta entre más de 20 organismos públicos, comprendidos miembros de los poderes ejecutivo, judicial y legislativo federales. Además, se llevó a cabo una investigación en las bases de datos públicas, incluidas las de los estados y los municipios, así como entre otros agentes interesados, como las organizaciones de la sociedad civil, a fin de reunir la mayor cantidad de información disponible para responder a la lista de cuestiones de forma exhaustiva. Sin embargo, cabe señalar que el espacio disponible para las respuestas escritas es limitado y constriñe la capacidad del Estado parte para responder cabalmente a esas cuestiones, que son complejas y, no pocas veces, contienen otros puntos. En ese contexto, el Gobierno del Brasil aguarda con interés la oportunidad de proporcionar más aclaraciones durante el diálogo constructivo con el Comité.

Respuesta al párrafo 1 de la lista de cuestiones (E/C.12/BRA/Q/3)

2.En primer lugar, cabe señalar que el Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos ha destacado las siguientes medidas relacionadas con esta cuestión:

a)La aplicación del método ex ante por todas las dependencias del Ministerio para la formulación de las políticas públicas, de conformidad con el Decreto núm. 9.203, en el que se establece como directriz de gobernanza pública la responsabilidad de vigilar el desempeño y evaluar el diseño, la aplicación y los resultados de las políticas y las medidas prioritarias. En este método, el diagnóstico del problema, que es una de las etapas del método, conlleva la búsqueda de datos del contexto brasileño y de comparaciones con la situación internacional. Esta labor da lugar a que instancias normativas den cumplimiento a los acuerdos concertados por el Estado brasileño, como es el caso del tercer informe periódico del Brasil sobre la aplicación del Pacto;

b)La toma en consideración del examen periódico universal (EPU) en la planificación del Ministerio para el período comprendido entre 2021 y 2022. A este respecto, cabe señalar que el EPU está en consonancia con el tercer informe del Estado brasileño relativo al Pacto;

c)La inclusión de análisis técnicos cualitativos en cada esfera temática del Ministerio mediante la labor de colaboradores con formación internacional, que brindan apoyo especializado para mejorar los resultados, con objeto de cumplir los compromisos relativos al mencionado informe.

3.Conviene recordar la labor del Consejo Nacional de Derechos Humanos, que analiza, vigila y evalúa las acciones del Estado a la luz de la Constitución, los tratados y los compromisos internacionales adquiridos por la República Federativa del Brasil en el ámbito de los derechos humanos.

4.El Consejo Nacional de Derechos Humano actúa principalmente a través de su órgano plenario, al que compete decidir sobre las cuestiones que se le planteen. El Consejo también se apoya en varias comisiones temáticas.

5.Con respecto a las medidas, las propuestas de políticas y las propuestas legislativas a nivel federal, el Consejo Nacional de Derechos Humanos suele hacer declaraciones sobre las cuestiones pertinentes y de interés especial. Las disposiciones del Pacto son tenidas especialmente en cuenta por la Comisión Permanente sobre el Derecho al Trabajo, la Educación y la Seguridad Social, a la que conciernen más los derechos reconocidos en él.

6.La Comisión Permanente sobre el Derecho al Trabajo, la Educación y la Seguridad Social se encarga de examinar los informes sobre vulneraciones de los derechos humanos relacionadas con el derecho al trabajo, a la educación y a la seguridad social, así como sobre violaciones del “principio de la prohibición del retroceso social”; recomendar reparaciones y otras medidas encaminadas a abordar las violaciones detectadas; examinar los actos normativos, administrativos y legislativos pertinentes para la política nacional de derechos humanos, dentro de la esfera temática que es competencia de la Comisión; cartografiar las políticas relacionadas con este tema y formular recomendaciones para la adopción y mejora de las políticas públicas, así como elaborar medidas para la promoción de los derechos humanos.

Respuesta al párrafo 2 de la lista de cuestiones

Servicios a las personas LGBTQ

7.Con respecto a las políticas de promoción de los derechos de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero y queer (LGBTQ) en el contexto de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID‑19), se publicó y distribuyó entre la población LGBTQ un folleto titulado “¿Ya sabe qué hacer para protegerse del nuevo coronavirus?”, disponible en portugués en el sitio web https://www.gov.br/mdh/pt-br/assuntos/covid-19/cartilhas.

8.Los convenios y proyectos centrados en la población LGBTQ, financiados por el Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos, fueron objeto de ajustes y adaptaciones para que incluyeran medidas de prevención y lucha contra la COVID‑19 en el seno de ese grupo de población.

9.Se difundieron dos convocatorias públicas con objeto de conceder apoyo financiero para la ejecución de proyectos que promovieran medidas de inclusión de la comunidad LGBTQ en el mercado de trabajo formal, centradas principalmente en las personas transexuales y travestis. Los proyectos de promoción de la empleabilidad de las personas LGBTQ pretenden llegar a la parte de la población LGBTQ que está excluida del mercado de trabajo formal.

Medidas dirigidas a los quilombolas

10.El Gobierno Federal puso en marcha un plan de acción para proteger el derecho a la vida y a la salud de la población quilombola durante la pandemia. Por ejemplo, se estima que, en total, se invertirán más de 1.400 millones de reales en medidas de fomento de la salud y la inocuidad alimentaria en las comunidades quilombolas. Entre las medidas de prevención, mejora del acceso a las pruebas de diagnóstico y ampliación de los servicios públicos de salud previstas en el marco de ese plan, cabe señalar la vacunación de al menos 1,1 millones de quilombolas mayores de 18 años. Según el plan, se estima que la vacunación y las otras medidas sanitarias previstas supondrán una inversión de 421 millones de reales.

11.En el plan también se contempla la entrega de 440.000 cestas de alimentos, y ya se han distribuido otras 70.000, de lo que se han beneficiado cerca de 180.000 familias. Está previsto invertir unos 60 millones de reales en esta iniciativa. Por otra parte, más de 260.000 estudiantes reciben alimentos por conducto del Programa Nacional de Alimentación Escolar. Los fondos destinados a esta medida durante la pandemia ascienden a 80 millones de reales aproximadamente.

Medidas dirigidas a otras comunidades tradicionales

12.También se brindó apoyo a las otras comunidades tradicionales brasileñas. Se distribuyeron cestas de alimentos a las comunidades ribereñas, extractivas y de pescadores (https://www.conab.gov.br/ultimas-noticias/4264-distrito-federal-embarque-de-cestas-de-alimentos-e-iniciado-com-destino-a-municipios-da-regiao-norte).

Respuesta al párrafo 3 de la lista de cuestiones

13.En primer lugar, cabe recordar que la obligación de reparación, con respecto a las víctimas y a las instituciones públicas, atañe a las empresas causantes de los desastres ambientales.

14.Es importante mencionar la elaboración de iniciativas para la aplicación de las Directrices Nacionales sobre Empresas y Derechos Humanos, así como la estructuración del Plan de Acción Nacional sobre las Empresas y los Derechos Humanos, cuya publicación está prevista para diciembre de 2022.

15.En el seno del Comité Nacional de Inversiones se está elaborando un plan de acción sobre la conducta empresarial responsable. Se prevé que esté finalizado antes de agosto de 2022. El documento se basará en las Líneas Directrices de la OCDE para Empresas Multinacionales, e incluirá las cuestiones relacionadas con los derechos humanos, de conformidad con lo establecido en los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos.

16.Además, cabe mencionar el desarrollo de la campaña nacional Responsabilícese, que tiene por finalidad promover el respeto de los derechos humanos en el ámbito empresarial. Debe señalarse igualmente la publicación del quinto ciclo del Indicador de gobernanza de las empresas estatales (IG‑Sest), centrado en las prácticas de derechos humanos.

17.El Ministerio de Economía también ha mejorado las condiciones de aprobación de las operaciones de crédito exterior con garantía soberana del sector público que realiza la Comisión de Financiación Exterior (Cofiex), añadiendo requisitos sociales, de sostenibilidad y de gobernanza.

18.El Brasil considera que es fundamental promover el equilibrio entre la vida familiar y el trabajo, puesto que son estos los dos ámbitos principales de la vida para la mayoría de los adultos. En ese contexto, se introdujo el Programa de Equilibrio entre el Trabajo y la Familia con la finalidad de promover la conciliación entre las responsabilidades familiares y laborales en el país.

Respuesta al párrafo 4 de la lista de cuestiones

19.En el documento adjunto se enumeran las medidas adoptadas en el marco del Programa Nacional de Protección de los Defensores de los Derechos Humanos, aplicadas a lo largo de 2021, para prevenir y enjuiciar los casos de violación de los derechos económicos, sociales y culturales de los defensores de los derechos humanos, incluidos los que pertenecen a las comunidades indígenas, y hacer frente al aumento de las amenazas de muerte que reciben los líderes comunitarios.

Respuesta al párrafo 5 de la lista de cuestiones

20.El Estado parte ha intensificado las inspecciones para frenar la deforestación ilegal y ha duplicado los recursos asignados a los órganos de inspección medioambiental, a saber, el Instituto Brasileño del Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Ibama) y el Instituto Chico Mendes de Conservación de la Biodiversidad (ICMBio). Se aumentó en 270 millones de reales el presupuesto anual específico (228,1 millones de reales) del Ministerio de Medio Ambiente para sufragar el costo de las medidas de mando y control, lo que supuso un aumento del 118,4 %.

21.Además de esas inversiones, el Gobierno Federal ha aprobado la participación de 3.000 efectivos de las Fuerzas Armadas y 700 efectivos de la Fuerza Nacional en operaciones en la Amazonia Legal para luchar contra los delitos ambientales.

22.A fin de reforzar la prevención y la lucha contra los incendios forestales, se contrató temporalmente a 3.200 bomberos, se utilizaron aviones y helicópteros de extinción de incendios, con un costo de 115 millones de reales, y se compraron 100 camiones cisterna y tractores.

23.En lo concerniente a los incendios forestales, el Gobierno Federal ha prohibido el uso del fuego en las prácticas agrícolas en todo el territorio nacional durante 120 días, de julio a octubre, la época del año en que aumenta el número de incendios forestales. Además, ha autorizado la actuación conjunta del Ministerio de Justicia, el Ministerio de Desarrollo Regional y el Ministerio de Medio Ambiente (en cooperación con organismos de los estados federales) en una operación denominada “Guardianes del Bioma”. En el marco de este plan estratégico de acción integrada, casi 6.000 efectivos trabajan en tareas de prevención y lucha contra los incendios en la Amazonia, el Cerrado y el Pantanal.

24.Con respecto a los objetivos del Acuerdo de París, los países están formulando sus propios compromisos a través de la llamada contribución prevista determinada a nivel nacional (CPDN).

25.El 8 de diciembre de 2020, el Brasil presentó una nueva contribución determinada a nivel nacional (CND), mediante la que confirmó el compromiso acordado previamente de reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero en hasta un 37 % en 2025 en comparación con las emisiones de 2005. También se comprometió a reducir las emisiones en hasta un 43 % antes de que concluyera 2030, en comparación, asimismo, con las emisiones de 2005.

26.Además, el Estado parte presentó un objetivo indicativo de neutralidad en carbono para 2060. El 22 de abril de 2021, en el discurso que pronunció ante la Cumbre de Dirigentes sobre el Clima, organizada por los Estados Unidos de América, el Presidente del Brasil anunció que ese objetivo se alcanzaría ya en 2050. Más recientemente, el Brasil presentó a los órganos de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC) una carta que contenía una adición mediante la cual oficializó su objetivo de alcanzar cero emisiones netas de gases de efecto invernadero antes de que finalizara 2050. Reiteró asimismo el cambio de plazo, de 2060 a 2050, en el 26º período de sesiones de la Conferencia de las Partes en la CMNUCC, celebrado en Glasgow en noviembre de 2021.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Derecho a la libre disposición de las riquezas y los recursos naturales (art. 1, párr. 2)

Respuesta al párrafo 6 de la lista de cuestiones

Los progresos realizados en relación con el proceso de demarcación oficial de las tierras indígenas y quilombolas

27.El Estado parte informa de que las inversiones en la regularización de tierras ascendieron a 42,5 millones de reales entre 2019 y 2021. Esa suma es un 233 % superior a los pagos efectuados en concepto de indemnización entre los años 2016 y 2018, con aportaciones financieras de 12,7 millones de reales aproximadamente. Las indemnizaciones se aplican a los casos de mejoras realizadas de buena fe por los anteriores ocupantes de las tierras indígenas.

28.En los últimos dos años y medio, el Gobierno Federal del Brasil asignó 35,5 millones de reales a la regularización de tierras situadas en zonas indígenas.

29.La Fundación Nacional del Indio (FUNAI) invirtió cerca de 34 millones de reales en actividades de inspección en las tierras indígenas de todo el país en 2021. Esas actividades son cruciales para garantizar la seguridad de las comunidades, evitar que estas poblaciones se contagien de COVID-19 y prevenir actividades ilegales como, por ejemplo, la obtención ilícita de madera, las actividades mineras ilegales y la caza y la pesca furtivas. A raíz de las actividades de inspección realizadas por el Gobierno Federal, entre 2020 y 2021 se observó una disminución de un 22,75 % de la deforestación en las tierras indígenas de la Amazonia Legal.

30.En lo tocante al Plan Amazonia 2021-2022, la FUNAI ha ejecutado varias medidas de protección de la tierra en las tierras indígenas coordinadas por el Consejo Nacional de la Amazonia Legal (CNAL). En las operaciones de inspección de la FUNAI se ha dado prioridad a las actividades llevadas a cabo en los 11 municipios que presentaban las mayores tasas de deforestación e incendios forestales en el último año.

La situación, el contenido y las consecuencias de la Instrucción Normativa núm. 9 de la FUNAI, de 16 de abril de 2020, relativa a la protección de los derechos sobre la tierra

31.La Instrucción Normativa núm. 9/2020 contribuirá a reducir en gran medida el número de litigios que ralentizan el proceso de demarcación, ya que aumenta la seguridad jurídica de los procesos de demarcación de las tierras indígenas. Ha permitido una mejor gestión del territorio brasileño, posibilitando estudios precisos de las tierras y la solución de conflictos, lo que redunda en una mejora de la protección de las comunidades indígenas, además de dotar de seguridad jurídica a la labor de la FUNAI. Por medio de ese instrumento, la FUNAI garantiza que se respete el derecho a la propiedad de todos los ciudadanos, indígenas y no indígenas.

32.La Instrucción Normativa núm. 3/2012, revocada por la Instrucción Normativa núm. 9/2020, permitía registrar en el Sistema de Gestión de Tierras (SIGEF, por sus siglas en portugués) las tierras que eran objeto de identificación y estudio con miras a su delimitación (una etapa del procedimiento de demarcación que puede prolongarse durante decenios), lo que impedía la expedición de certificados administrativos a sus respectivos propietarios, vulnerándose, de ese modo, el derecho constitucional a la propiedad. La Instrucción Normativa núm. 9/2020 permitió resolver ese problema de inconstitucionalidad y, de ese modo, poner punto final a un largo estancamiento.

33.En varias decisiones judiciales dictadas en distintas partes del país, se ha confirmado la constitucionalidad y aplicabilidad de la Instrucción Normativa núm. 9/2020. El magistrado Luiz Fux, del Tribunal Superior de Justicia, desestimó una demanda judicial en la que se impugnaba la validez de esa instrucción normativa.

34.Además, la validez y aplicación de la Instrucción Normativa núm. 9/2020 no supone perjuicio alguno para los procedimientos de demarcación en curso ni constituye ningún motivo de conflictos rurales. Los procesos y estudios de demarcación en curso no se han visto afectados. Gracias a la aplicación de esa instrucción normativa, la práctica administrativa se ajusta a las disposiciones legales y constitucionales.

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

Respuesta al párrafo 7 de la lista de cuestiones

35.Pueden encontrarse diversos indicadores sobre el gasto social, que guardan relación con los criterios establecidos en los indicadores de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS), en la plataforma brasileña dedicada a los ODS, en la siguiente dirección: https://odsbrasil.gov.br/objetivo1/indicador111. Por ejemplo, en el anexo del presente documento se ha incluido un cuadro con información sobre el porcentaje de personas que vivían por debajo del umbral de pobreza, tomado de la mencionada plataforma, en el que se presenta una lista de datos estadísticos, con arreglo a las normas internacionales, sobre los años para los que se disponía de datos en el momento de su elaboración y que abarca el período comprendido entre 2012 y 2019.

Respuesta al párrafo 8 de la lista de cuestiones

36.Los datos sobre los gastos del presupuesto federal son públicos y pueden consultarse en los siguientes tableros:

Tablero del presupuesto federal sobre el gasto público: https://www1.siop.planejamento.gov.br/QvAJAXZfc/opendoc.htm?document=IAS%2FExecucao_Orcamentaria.qvw&host=QVS%40pqlk04&anonymous=true&sheet=SH06.

Tablero digital del presupuesto federal (herramienta para la búsqueda de gasto público relacionado con los derechos sociales): https://www1.siop.planejamento.gov.br/QvAJAXZfc/opendoc.htm?document=IAS%2FExecucao_Orcamentaria.qvw&host=QVS%40pqlk04&anonymous=true&sheet=SH15.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

Respuesta al párrafo 9 de la lista de cuestiones

37.El Estado parte ha actualizado su Política Nacional de Desarrollo Regional, un instrumento jurídico que orienta las medidas del Gobierno Federal dirigidas a reducir las desigualdades económicas y sociales entre las regiones y dentro de ellas mediante la creación de oportunidades de desarrollo que redunden en el crecimiento económico, la generación de ingresos y la mejora de la calidad de vida.

38.Las medidas contempladas en la Política, en consonancia con sus principales objetivos, se enmarcan en los siguientes ejes sectoriales de intervención:

I. Desarrollo productivo.

II. Ciencia, tecnología e innovación.

III. Educación y formación profesional.

IV. Infraestructura urbana y económica.

V. Desarrollo social y acceso a los servicios públicos esenciales.

VI. Fortalecimiento de las capacidades de gobierno de los órganos subnacionales.

39.Puede consultarse el texto íntegro de la Política Nacional de Desarrollo Regional, en portugués, en https://www.gov.br/mdr/pt-br/assuntos/desenvolvimento-regional/pndr.

Respuesta al párrafo 10 de la lista de cuestiones

40.El Plan Nacional de Derechos de las Personas con Discapacidad – Vivir sin Límites permitió articular las políticas gubernamentales de acceso a la educación, la inclusión social, la atención sanitaria y la accesibilidad, aplicadas por diversos ministerios, entre 2011 y 2014, aunque algunos elementos del Plan Nacional siguieron ejecutándose hasta 2016. Puede encontrarse información adicional sobre el Plan Nacional y su enfoque transversal en relación con otras cuestiones en el siguiente folleto, disponible en portugués: https://www.gov.br/mdh/pt-br/centrais-de-conteudo/pessoa-com-deficiencia/cartilha-viver-sem-limite-plano-nacional-dos-direitos-da-pessoa-com-deficiencia/view.

41.En lo referente al apartado c), cabe señalar que, a fin de aplicar las normas establecidas en la Ley de Inclusión de las Personas con Discapacidad del Brasil, se creó un servicio específico de denuncias en la Defensoría Nacional de los Derechos Humanos, con el propósito de recibir denuncias por la denegación del derecho a la educación a personas con discapacidad, en particular respecto del cobro de tasas adicionales a las personas con discapacidad por la instalación de dispositivos de accesibilidad.

42.Ese servicio de presentación de denuncias tiene por objeto garantizar el derecho a la accesibilidad en la educación, de manera que las personas con discapacidad puedan disfrutar plenamente de los derechos humanos y las libertades fundamentales, velando para ello por un sistema educativo inclusivo en todos los niveles y por el aprendizaje durante toda su vida.

43.La finalidad del Decreto núm. 10.502/2020 fue ampliar la gama de opciones que se ofrecían a los estudiantes con discapacidad. La inclusión de la educación especial en el Decreto no suponía eliminar la educación inclusiva, sino que se contemplaba una progresión gradual entre la educación especial y la inclusiva. El Decreto se encuentra suspendido actualmente, a la espera de que sea reformulado tras los debates y discusiones mantenidos con los interlocutores de los diferentes sectores que representan a las personas con discapacidad.

Respuesta al párrafo 11 de la lista de cuestiones

44.La salud, como derecho de las personas dimanante del derecho a la vida, está asegurada para todos en virtud del artículo 5 de la Constitución, “sin distinción de cualquier naturaleza, garantizándose a los brasileños y a los extranjeros residentes en el país”.

45.En ese contexto, cabe mencionar que las medidas de confinamiento durante la pandemia no obstaculizan el ejercicio de derechos, entre ellos, el derecho a la salud (incluida la vacunación, según la reglamentación establecida en el plan nacional, y el tratamiento), la educación, la ayuda y la asistencia social a los migrantes.

46.El Ministerio de Justicia y Seguridad Pública, consciente de los efectos de la pandemia en las migraciones y los servicios de migración, adoptó distintas medidas para mitigarlos:

La publicación de disposiciones legales que permiten alternativas y mejoran la legislación sobre migración en vigor.

La introducción de procedimientos administrativos con objeto de establecer plazos razonables para la regularización de las personas migrantes y permitir que los procesos del Ministerio cuenten con todas las garantías legales, entre otros, la suspensión y posterior reanudación de los plazos legales y la posibilidad de realizar trámites electrónicos.

47.Mientras estuvo en vigor la suspensión temporal de los plazos de los procedimientos legales a causa de la pandemia, se indicó a las dependencias del Ministerio que, en la medida de lo posible, publicaran aplazamientos y adoptaran las posibles decisiones sobre la tramitación de los procedimientos con arreglo al principio de razonabilidad y proporcionalidad, de forma que se redujeran al mínimo las consecuencias negativas para las partes y la acumulación de expedientes en tramitación.

48.Cabe destacar también la prórroga por la Policía Federal, hasta el 15 de marzo de 2022, del plazo fijado para recoger o registrar los permisos de residencia, así como para inscribir los visados temporales, que debían cumplir los extranjeros cuya documentación migratoria hubiera vencido desde el 16 de marzo de 2020.

49.A fin de garantizar la prestación de asistencia humanitaria a los migrantes y refugiados venezolanos en Roraima, el Gobierno Federal puso en marcha, en 2018, la operación Acogida, que ofrece ayuda de urgencia a los migrantes y refugiados venezolanos que llegan al Brasil a través de la frontera de Roraima. El Gobierno Federal estima que, actualmente, cerca de 260.000 refugiados y migrantes venezolanos viven en el Brasil.

50.A causa de la pandemia, fue necesario adaptar los servicios de la mencionada operación, de manera que se pudiera prestar asistencia a los migrantes cumpliendo todas las precauciones sanitarias y de salud que eran imprescindibles para prevenir la infección por COVID-19. A pesar de la pandemia y sus efectos iniciales en la regularización de la migración, no se interrumpieron las operaciones de reubicación de los inmigrantes, que tuvieron lugar periódicamente en 2020-2021.

51.El Gobierno Federal ha adoptado medidas para reducir al mínimo los efectos de esa situación en los municipios y ayudar a las familias y las personas que necesitan alojamiento y alimentos. Una delegación de representantes del Ministerio de Ciudadanía y del Ministerio de la Mujer, la Familia y los Derechos Humanos viajó a los municipios de Assis Brasil y Rio Branco para promover la cooperación con las administraciones municipales y del estado.

52.Se enviaron recursos tanto al estado de Acre como a Assis Brasil. Con esos recursos, las secretarías del estado y del municipio pudieron adquirir y distribuir kits de higiene y equipo de protección personal (EPP), además de proporcionar alimentos y prestar servicios de acogida. El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados también ha apoyado estas medidas.

53.Hasta diciembre de 2021, en el marco de la operación Acogida se habían administrado más de 697.000 vacunas, se había reubicado a más de 66.000 venezolanos, y se había inscrito a más de 347.000 personas en el registro brasileño de personas físicas, lo que supuso prestar más de 1,95 millones de servicios a los migrantes.

54.En el Brasil, la legislación reconoce que las personas tienen derecho a acceder a los servicios universales (especialmente los servicios de salud y asistencia social), independientemente de su situación migratoria.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

Respuesta al párrafo 12 de la lista de cuestiones

55.En el Plan Nacional de Empleo y Trabajo Decente, que se inició en 2010, se hacía referencia al Plan Plurianual 2008-2011 y se presentaban los objetivos para 2011 y 2015. Aunque el Plan Nacional ya no está en vigor, en el Ministerio de Trabajo y Previsión Social siguen siendo cuestiones prioritarias la creación de empleos con igualdad de oportunidades, la erradicación de la esclavitud y el trabajo infantil, y el fortalecimiento del diálogo social y tripartito.

56.El Departamento de Inspección del Trabajo, en el desempeño de sus funciones, lleva a cabo actividades que se traducen en medidas importantes concebidas para promover el trabajo decente en el Brasil. En el anexo se presentan las estadísticas más recientes relativas a los resultados alcanzados por las actividades de inspección del trabajo, que guardan relación con los objetivos del Plan Nacional de Empleo y Trabajo Decente. Debe tenerse en cuenta que los datos relativos a los años 2020 y 2021 se vieron afectados por la pandemia de COVID‑19.

57.Entre las medidas adoptadas para combatir las consecuencias de la emergencia de salud pública causada por la pandemia de COVID‑19 en el mercado de trabajo, cabe destacar el Programa de Emergencia para el Mantenimiento del Empleo y los Ingresos. Este programa permitió concertar acuerdos entre los empleadores y los empleados para la suspensión temporal del contrato de trabajo o la reducción proporcional de las horas de trabajo y el sueldo, mientras los empleados recibían una prestación con cargo al Programa de Emergencia para el Mantenimiento del Empleo y los Ingresos.

58.En el Programa de Emergencia para el Mantenimiento del Empleo y los Ingresos se preveía garantizar a todos los empleados que firmaran acuerdos la seguridad en el empleo durante el período de reducción de la jornada laboral o de suspensión del contrato y después de reincorporarse al trabajo, durante un período equivalente al tiempo de reducción o suspensión acordado. Más de 10 millones de trabajadores se beneficiaron de la medida y mantuvieron temporalmente sus empleos.

Respuesta al párrafo 13 de la lista de cuestiones

59.En lo relativo al proyecto mencionado, cabe señalar que con él se introdujeron cambios en poco más de 15 artículos con el objetivo principal de reforzar la negociación colectiva. Esos cambios se debieron al elevado número de convenios colectivos que habían sido impugnados judicialmente por presuntas incoherencias con la legislación.

60.Sin embargo, el reconocimiento de los convenios y acuerdos colectivos en el Brasil está consagrado en la Constitución, por lo que el proyecto mencionado pretendía dejar claro que los convenios colectivos podían prevalecer sobre la legislación laboral.

61.La prevalencia del acuerdo sobre la legislación no afecta a los derechos laborales amparados por la Constitución, que son amplios en el Brasil, habida cuenta de que la Constitución contiene las principales normas de protección del derecho laboral. Tampoco son susceptibles de negociación las normas relacionadas con la seguridad y la salud en el trabajo.

62.La regulación no genera en ningún caso una menor estabilidad laboral. No se modificó la protección contra el despido arbitrario, a saber, el depósito del 40 % del saldo de la retención obligatoria mensual del 8 % del sueldo del empleado en una cuenta de ahorro obligatoria. Tampoco se ha modificado la prestación por desempleo.

63.Algunas de las medidas de la Ley núm. 13.467, de 2017, que fueron cuestionadas figuran en el documento adjunto, seguidas de explicaciones sobre cuáles eran sus objetivos.

64.El Estado parte reitera que la regulación en ningún caso hace que los puestos de trabajo sean menos estables.

65.En relación con el Decreto Provisional núm. 905, debe aclararse que no fue aprobado y sus disposiciones dejaron de ser aplicables.

66.Con respecto a la segunda parte de la cuestión, cabe señalar que el Programa Nacional de Acceso a la Enseñanza Técnica y el Empleo (PRONATEC) es fruto del Proyecto de Ley núm. 1.209, de 2011, presentado por el Ejecutivo el 29 de abril de ese año. Posteriormente, se convirtió en la Ley núm. 12.513, de 26 de octubre de 2021, en cuyo primer artículo se establece que el objetivo del Programa es ampliar la oferta de cursos de educación profesional y tecnológica mediante programas, proyectos y medidas de apoyo financiero y técnico.

67.El PRONATEC tiene por objetivo satisfacer la demanda de mano de obra calificada mediante la ampliación, la reubicación y la democratización de la formación técnica y profesional impartida en los establecimientos de educación secundaria y de la educación básica y permanente para los trabajadores. En 2011, año en que se puso en marcha el PRONATEC, una encuesta de la Confederación Nacional de la Industria (CNI) mostró que el 69 % de las empresas tenía dificultades para encontrar y contratar mano de obra calificada.

68.El PRONATEC se ejecutó siguiendo varias líneas de acción principales, que se describen en el cuadro adjunto.

69.En relación con los tipos de empleadores que participan en el programa de aprendizaje que se menciona en los párrafos 66 y 67 del informe del Estado parte, en el anexo del presente documento se han incluido, además de datos desglosados por grupos de edad sobre las personas empleadas en el marco del programa, datos cuantitativos sobre los aprendices comprendidos en el desglose solicitado.

70.La Secretaría Nacional de la Juventud ha puesto en marcha el Programa Horizontes, que está dirigido a los jóvenes brasileños de edades comprendidas entre los 18 y los 29 años. El objetivo principal del Programa es fomentar y desarrollar un espíritu resiliente de empresa e innovación entre los jóvenes, prestando una atención especial a la persona, y fortalecer sus aptitudes para la resolución de problemas y su capacidad de superar obstáculos, adaptarse a los cambios y reaccionar positivamente ante las adversidades.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

Respuesta al párrafo 14 de la lista de cuestiones

71.En el Brasil, percibir el salario mínimo es un derecho constitucional. Cada año se reajusta el salario mínimo para cumplir el mandato constitucional.

72.En lo concerniente a la brecha salarial observada entre hombres y mujeres y entre razas, es sabido que se trata de un problema transversal con más de una causa. Tras actualizar los datos sobre la brecha salarial relacionados con el sexo y la raza, el ingreso mensual promedio que solían percibir en la ocupación principal las personas blancas en el tercer trimestre de 2021 ascendía a 3.044,90 reales. Las personas mulatas ganaban el 59,8 % de esa cantidad (1.821,49 reales) y las personas negras, el 58,9 % (1.792,40 reales). Los hombres ganan, en promedio, un 20 % más que las mujeres. Se estima que, en el tercer trimestre de 2021, el ingreso de las mujeres fue de 2.078,50 reales y el de los hombres, de 2.598,90 reales.

73.Por consiguiente, se observa una mejora de ese indicador, especialmente en cuanto a la diferencia entre el ingreso medio percibido por los hombres y por las mujeres.

74.Desde un punto de vista jurídico, la Constitución Federal prohíbe las diferencias salariales por razón de sexo, edad, color o estado civil. Con objeto de aplicar esa disposición, en la Legislación Laboral Refundida del Brasil se establecieron los requisitos que debe cumplir obligatoriamente el empleador en materia de igualdad salarial, que, en caso de incumplirse, dan derecho a una indemnización por la diferencia de salario y a la imposición de una sanción cuando se demuestra la discriminación por razón de sexo o etnia.

75.Sin embargo, para reducir las diferencias en relación con la masa salarial es necesario superar otros obstáculos. En el caso de los trabajadores negros, se implantó un cupo para los puestos de la función pública y de las universidades federales, con el fin de lograr un aumento de la formación y los ingresos de esos trabajadores como medio de incrementar la productividad y reducir la discriminación.

76.Con respecto a las mujeres, se registró una mejora en la brecha, como se ha demostrado, pero el Estado parte reconoce la importancia de seguir esforzándose por mejorar esos indicadores, toda vez que la reducción de la brecha salarial entre hombres y mujeres en la masa salarial es un factor importante para lograr reducir la pobreza en general, dado el creciente peso de las mujeres como figura central de las familias.

77.Todo ello requiere la adopción de medidas en diversos ámbitos como la educación, la formación profesional, la atención a la infancia y la salud.

78.Tras el desmantelamiento del Ministerio de Trabajo y Empleo en 2019, las funciones y responsabilidades de la Inspección del Trabajo no se vieron alteradas, lo que permitió que las actividades relacionadas con la inspección del trabajo continuaran en todo el territorio nacional.

79.Se ha incluido en el documento adjunto un cuadro comparativo de los datos estadísticos relacionados con las actividades de inspección del trabajo antes y después del desmantelamiento del Ministerio de Trabajo y Empleo.

80.Cabe señalar que el Ministerio de Trabajo y Previsión Social fue restablecido en aplicación de la Ley núm. 14.261, de 16 de diciembre de 2021. En esa fecha, se reintegró al Subsecretario de Inspección del Trabajo en la estructura del recién creado Ministerio de Trabajo y Previsión Social, conservando sus funciones y responsabilidades.

Respuesta al párrafo 15 de la lista de cuestiones

81.La Enmienda Constitucional núm. 72, de 2 de abril de 2013, modificó la Constitución Federal con el fin de establecer la igualdad de derechos laborales entre los trabajadores domésticos y los demás trabajadores urbanos y rurales.

82.Además de los cambios efectuados en la Constitución Federal, mediante la Ley Complementaria núm. 105/2015 se regularon las especificidades del contrato de trabajo doméstico, así como los diversos derechos que asisten a los trabajadores domésticos. En esa regulación se abordan las horas de trabajo, el pago de las horas extraordinarias, la prestación de servicios durante un viaje, las pausas para descansar o comer, el pago del trabajo nocturno, el descanso semanal retribuido, las vacaciones pagadas (con la adición de un tercio del sueldo percibido habitualmente), la inclusión de los trabajadores domésticos en el Fondo de Garantía del Tiempo de Servicio (FGTS), el preaviso, la licencia de maternidad, los requisitos para poder recibir la prestación por desempleo, y la cobertura de la asistencia social, entre otras disposiciones.

83.Con respecto a la protección de la seguridad social, el Estado parte hace hincapié en que las trabajadoras domésticas tienen derecho a una licencia de maternidad de 120 días, sin menoscabo de su trabajo y sueldo, tal como ocurre con las demás trabajadoras, de conformidad con el artículo 7 de la Constitución Federal.

84.Es obligatorio que los trabajadores domésticos cuenten con un seguro de asistencia social, de conformidad con la legislación que regula, entre otras prestaciones, la pensión de vejez, la pensión por discapacidad, la prestación por enfermedad, las prestaciones familiares y las prestaciones de maternidad. La principal tarea que debe realizarse, y que representa un obstáculo para la plena efectividad de los derechos previstos en la legislación mencionada, consiste en combatir la informalidad laboral de esos trabajadores, una tarea compleja no solo en el Brasil, como se verá a continuación.

85.En el Brasil, a menudo se contrata a los trabajadores domésticos por un tiempo indeterminado, formalizándose el contrato cuando el empleador registra al trabajador, con la correspondiente protección laboral y asistencial.

86.Otra modalidad de empleo consiste en la contratación, durante un máximo de dos días por semana, para la realización de tareas domésticas, sin que se formalice una relación laboral y con la particularidad de que los trabajadores suelen realizar tareas para distintos empleadores. En estos casos, el derecho a la protección social se adquiere cuando el empleado se inscribe como microempresario, lo que equivale a una formalización del empleo y requiere el pago de 10,5 dólares de los Estados Unidos en concepto de contribución que da derecho a indemnizaciones por discapacidad, licencia de maternidad y jubilación.

87.En la Constitución Federal se establece el derecho de los trabajadores, incluidos los trabajadores domésticos, a que se reduzcan los riesgos inherentes al trabajo mediante normas de salud, higiene y seguridad.

88.No obstante, cabe señalar que en la Ley Complementaria núm. 150/2015 se establece expresamente una contribución social destinada a financiar un seguro de accidentes de trabajo. Además, los trabajadores domésticos tienen derecho a percibir prestaciones sociales en caso de sufrir accidentes de trabajo.

89.En lo referente al trabajo forzoso, el Brasil se ha comprometido a abolir por completo el trabajo esclavo y ha ratificado los Convenios núms. 29 y 105 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).

90.En el marco de las funciones de inspección del trabajo, corresponde al Subsecretario de Inspección del Trabajo formular y proponer las directrices sobre la inspección del trabajo, a fin de dar prioridad a la aplicación de la política de lucha contra el trabajo forzoso y el trabajo infantil y todas las formas de trabajo degradante.

91.Además, en el Código Penal se tipifica como delito someter a una persona a condiciones análogas a las de la esclavitud, incluidos el trabajo forzoso, las jornadas extenuantes, las condiciones de trabajo degradantes y las restricciones a la libre circulación en razón de una deuda contraída con el empleador.

92.Con respecto al trabajo infantil, en la Constitución Federal se prohíbe el trabajo nocturno, peligroso o insalubre a las personas menores de 18 años, así como cualquier trabajo a las personas menores de 16 años, salvo en condición de aprendiz y si han cumplido 14 años.

93.Por otra parte, en el artículo 227 de la Constitución Federal se garantiza la plena protección del niño y del adolescente, respetando su condición peculiar de persona en desarrollo. En un nivel inferior a la Constitución Federal, el Estatuto del Niño y del Adolescente prohíbe que los adolescentes realicen trabajos peligrosos, insalubres o penosos, además del trabajo que se lleve a cabo en horarios o en lugares que no les permitan asistir a la escuela.

94.En concreto, en la Ley Complementaria núm. 150/2015 se prohíbe la contratación de personas menores de edad para el trabajo doméstico. En ese mismo sentido, el Decreto núm. 6.481, de 2008, incluye el servicio doméstico en la lista de los peores tipos de trabajo infantil y prohíbe que los menores de edad trabajen en esas actividades.

95.En virtud de la Ley núm. 150/2015 se incluyó el artículo 11-A en la Ley núm. 10.593, de 2002, con el fin de regular la inspección del trabajo doméstico. Con arreglo a lo previsto en ese artículo, la comprobación por el inspector de trabajo de que se cumple la normativa por la que se rigen las actividades del trabajador doméstico, dentro de la residencia del empleador, dependerá de la concertación de una cita con el empleador y del entendimiento entre este y la inspección del trabajo. Durante la inspección, el inspector de trabajo debe estar acompañado por el empleador o por otro miembro de su familia que este designe.

96.Se dispone, asimismo, que la inspección debe tener un carácter primordialmente orientador y que debe observarse el requisito de la doble visita antes de poder emitir una notificación de infracción, salvo cuando la infracción comprobada se deba a no haber inscrito al empleado en el registro de trabajo y previsión social o en casos de reincidencia en la conducta, fraude, resistencia o trabas a la inspección. Durante la inspección, el inspector de trabajo debe ir acompañado por el empleador o por otro miembro de su familia que este designe.

97.A causa de la pandemia de COVID‑19, se restringió la circulación de las personas en el Brasil y las dependencias de las Superintendencias Regionales de Trabajo y Empleo limitaron el acceso del público. En ese contexto, se habilitó un canal de comunicación para la presentación de denuncias en línea. Esa medida resultó decisiva para facilitar y mantener el acceso de los trabajadores a los servicios que prestan las dependencias descentralizadas del Ministerio de Trabajo y Previsión Social.

Respuesta al párrafo 16 de la lista de cuestiones

98.En el documento adjunto pueden consultarse los datos de las actividades de inspección llevadas a cabo tanto en zonas urbanas como rurales, que ilustran la repercusión del Plan Nacional de Lucha contra el Empleo Informal de Trabajadores (PLANCITE) en la mejora de la inspección.

99.En particular, con respecto a la informalidad en las zonas rurales, es bien sabido que la participación del llamado producto interno bruto (PIB) de los agronegocios en la economía brasileña ha aumentado considerablemente en los últimos decenios, tanto desde el punto de vista de las inversiones en el sector como desde la perspectiva de su participación en las exportaciones totales del país. Según los datos del Centro de Estudios Avanzados en Economía Aplicada (CEPEA), la participación de los agronegocios en el PIB del país en 2020 alcanzó el 26,6 %, en comparación con el 20,5 % en 2019.

100.La participación del sector agroalimentario en el total de los bienes y servicios del país en 1970 era de un 7,5 %. Según la fuente mencionada, el PIB brasileño ascendió a 7,45 billones de reales el último año y los agronegocios representaron casi 2 billones de reales del total. Al observar los datos desglosados por los distintos sectores de los agronegocios, la mayor participación corresponde a la agricultura, con el 68 %. La industria ganadera representa el 32 %. El Brasil es el segundo mayor exportador de productos agroindustriales del mundo, lo que convierte a ese sector en uno de los motores de la economía nacional.

101.En 2020, las exportaciones ascendieron a 101.000 millones de dólares, la segunda cifra más elevada de la serie. Aunque, por una parte, pueden observarse una presencia y un dinamismo considerables del sector rural en las actividades económicas, por otra, persisten los problemas relacionados con el trabajo. Según la Encuesta Nacional por Hogares del Instituto Brasileño de Geografía y Estadística (IBGE), la informalidad de la mano de obra del sector agrícola roza el 60 %. De los 13 millones de trabajadores rurales del país, el 40 % trabaja por cuenta propia y otro 18 % trabaja sin contar con un contrato registrado oficialmente, mientras que los trabajadores que cuentan con contratados registrados son una minoría, en torno al 4,5 %. Las personas que realizan trabajos agrícolas para su propio consumo y las personas que no perciben remuneración alguna representan el 25 % y el 11 %, respectivamente.

102.La persistencia de prácticas irregulares en la contratación de mano de obra, sumada a las tasas de informalidad, impide que muchos trabajadores rurales tengan acceso a la protección que brinda la asistencia social y a aquellos derechos y garantías que les corresponden en virtud de la legislación laboral.

103.En una situación que se caracteriza por unas tasas de informalidad elevadas en la contratación, especialmente en las épocas en que se requiere más mano de obra (las cosechas), la explotación laboral de niños y adolescentes y los casos de trabajadores sometidos a condiciones de trabajo análogas a la esclavitud, es fundamental que la inspección del trabajo utilice herramientas que le permitan actuar con mayor eficacia en el sector.

104.Por otra parte, el Gobierno brasileño tiene programas complementarios para promover el espíritu de empresa a pequeña escala y la formalización de las pequeñas empresas.

105.Al tratarse de una política pública, en el Brasil, las medidas relacionadas con los microcréditos se rigen por las disposiciones del Programa Nacional de Microcrédito Productivo Orientado (PNMPO) y tienen por objetivo apoyar y financiar las actividades productivas de los empresarios, principalmente mediante la provisión de recursos para microcréditos productivos orientados.

106.Esa medida fue adoptada para ampliar progresivamente la inclusión productiva, con la finalidad principal de universalizar el acceso de las pequeñas empresas populares al crédito, lo que permite fortalecer las pequeñas unidades productivas y ofrecer trabajo a los brasileños que tienen un perfil emprendedor.

107.El microcrédito productivo orientado se combina también con la figura del microempresario individual (MEI), concebida para promover el espíritu de empresa en el país, facilitando la formalización de los negocios informales.

108.Los microempresarios individuales son personas que trabajan por cuenta propia y son oficialmente propietarios de un pequeño negocio. Además de los numerosos beneficios fiscales y la mayor facilidad para acceder a distintos servicios bancarios, cuando los empresarios se regularizan como MEI empiezan a poder acceder a la protección social, beneficiándose de prestaciones como la licencia de maternidad, la prestación por enfermedad y la pensión de jubilación, entre otras.

Respuesta al párrafo 17 de la lista de cuestiones

109.Esta disposición constitucional no ha sido trasladada a la legislación. Actualmente, el Proyecto de Ley núm. 1.678, de 2021, está siendo debatido en el Congreso Nacional con el fin de regular ese artículo.

110.Se aprobó y promulgó como Enmienda Constitucional núm. 81/2014 una propuesta de enmienda constitucional por la que se modificaba el artículo 243 de la Constitución Federal. En esa enmienda se estableció la posibilidad de expropiar las tierras donde se detecten casos de explotación laboral en condiciones análogas a la esclavitud.

111.Sin embargo, esa legislación tiene una eficacia limitada y depende de su desarrollo normativo, mediante una ley complementaria, para su aplicación y para el logro de resultados. Por ello, no hay casos de expropiación de tierras por explotación de mano de obra esclava.

112.De 1995 al 30 de septiembre de 2021, un total de 56.772 trabajadores fueron rescatados de condiciones análogas a la esclavitud por la Inspección del Trabajo. De ellos, 43.978 fueron rescatados de actividades rurales y 12.744, de actividades en entornos urbanos. En el anexo se han incluido datos sobre los trabajadores, rescatados por la Inspección del Trabajo entre 2018 y 2021, que se encontraban en condiciones análogas a la esclavitud, tanto en zonas rurales como urbanas.

Derechos sindicales (art. 8)

Respuesta al párrafo 18 de la lista de cuestiones

113.La Ley núm. 13.467, de 2017, modificó las disposiciones de la Legislación Laboral Refundida a fin de adecuar la legislación a las nuevas relaciones de trabajo.

114.En las empresas con más de 200 empleados, la Constitución Federal garantiza la elección de un representante de los empleados con la finalidad de promover el entendimiento directo con los empleadores.

115.Con arreglo a la legislación, es responsabilidad de los representantes del comité de empleados promover el diálogo, procurar resolver los conflictos laborales, transmitir las quejas de los empleados, y supervisar el cumplimiento de los convenios colectivos y la legislación laboral y de bienestar, mejorando las relaciones entre el empleador y los empleados.

116.Los miembros del comité de empleados deben ser elegidos y no pueden ser despedidos arbitrariamente desde el momento en que se inscriba su candidatura y hasta un año después de que concluya su mandato. El funcionamiento del comité de representantes de los empleados facilita los acuerdos entre el empleador y los empleados, contribuyendo de ese modo a resolver los desacuerdos y a mejorar las relaciones de trabajo en función de la realidad local.

117.La Ley núm. 13.467, de 2017, reforzó aún más los instrumentos colectivos mediante la inclusión de los artículos 611-A y 611-B en la Legislación Laboral Refundida.

118.En el artículo 611‑A se establece una lista no exhaustiva de cuestiones en las que los convenios y acuerdos colectivos prevalecen sobre la normativa. Los acuerdos relativos a las horas de trabajo, el régimen del banco de horas extraordinarias, los horarios de descanso, el trabajo a distancia, el plan de carrera y salarial, y la participación en los beneficios y en el capital de la empresa son algunos de los temas en los que los instrumentos colectivos prevalecen sobre la normativa.

119.A su vez, en el artículo 611‑B figura una lista de derechos protegidos que no pueden suspenderse o limitarse, pues hacerlo constituiría un acuerdo colectivo ilegal, como el descanso semanal retribuido, la cuantía de la prima de Navidad, la licencia de maternidad, el salario mínimo, y las normas sobre salud, higiene y seguridad.

120.A raíz de esa modificación, se dispone de mayor flexibilidad negociadora entre los empleadores y los empleados, respetando la debida seguridad jurídica y preservando los derechos de los trabajadores garantizados por la Constitución.

121.En lo referente a los derechos sindicales, uno de los cambios pertinentes introducidos en virtud de la Ley núm. 13.467, de 2017, es la supresión del pago de una contribución obligatoria a los sindicatos.

122.Mediante esa modificación jurídica, el pago obligatorio de una contribución a los sindicatos fue sustituida por una contribución facultativa, cuando los empleados manifiesten expresamente que desean pagarla.

123.Con ese cambio se pretendía estimular un funcionamiento activo de los sindicatos, con una representación efectiva de los intereses de los trabajadores sindicados, haciendo hincapié en la libertad sindical, que está garantizada por la Constitución.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

Respuesta al párrafo 19 de la lista de cuestiones

124.Habida cuenta de la importancia que la reforma de la seguridad social tiene para la población, se publicó un folleto sobre el tema para informar a los ciudadanos sobre los cambios introducidos. El folleto está disponible, en portugués, en http://sa.previdencia.gov.br/site/2019/11/22_11_2019_panorama_previdencia_v3.pdf.

125.Los datos sobre el seguro de desempleo pueden consultarse en el panel sobre ese tema, disponible en portugués, en https://app.powerbi.com/view?r=eyJrIjoiNzEzMzM0ZTctZWEwMy00ODg0LWJlOWQtY2Q5ODI1NTRmY2M0IiwidCI6IjNlYzkyOTY5LTVhNTEtNGYxOC04YWM5LWVmOThmYmFmYTk3OCJ9.

Respuesta al párrafo 20 de la lista de cuestiones

126.En el conjunto del Brasil, entre abril y diciembre de 2020, se beneficiaron 68,2 millones personas que reunían los requisitos, 19,4 millones de ellas a través del Programa Bolsa Familia; 10,4 millones, por conducto del Registro Único de Programas Sociales, y 38,2 millones, mediante Caixa App, una aplicación bancaria de propiedad estatal para teléfonos inteligentes. Esos pagos ascendieron a un total de 294.700 millones de reales.

127.En 2021, se implantó la Ayuda Financiera de Emergencia 2021, que permitió abonar siete pagos mensuales a las familias necesitadas para hacer frente a las consecuencias de la COVID‑19, y supuso una inversión de 20.270 millones de reales. Sumadas las primeras tres fases, se efectuaron 114,09 millones de pagos, con una inversión de fondos federales de 26.300 millones de reales, comprendidos todos los grupos destinatarios, y se beneficiaron 39,3 millones de familias.

128.Debido a los efectos de la pandemia, la Ayuda Financiera de Emergencia 2021 fue prorrogada durante tres meses más (de agosto a octubre) mediante la publicación de la Medida Provisional núm. 1056, de 5 de julio de 2021, por la que se autorizó un crédito especial a favor del Ministerio de Ciudadanía por un monto de 20.272.300.000 reales.

129.Con respecto a los efectos de esa prestación, en una evaluación elaborada recientemente por el Banco Mundial (puede consultarse, en portugués, en https://documents.worldbank.org/pt/publication/documents-reports/documentdetail/099205012022128987/p1748360efc96a06e09b020cf56c8465c9b – “Emergency Aid – Lesson from the Brazilian Experience in Response to COVID-19” [“Ayuda Financiera de Emergencia: Lecciones de la experiencia brasileña de respuesta a la COVID‑19”]) se señala que el 55,6 % de la población se benefició de la Ayuda Financiera de Emergencia, incluidos beneficiarios directos e indirectos, lo que tuvo una repercusión positiva en el ingreso medio y contribuyó a reducir la pobreza y la desigualdad, medida esta última utilizando el coeficiente de Gini, en comparación con los niveles inmediatamente anteriores a la pandemia. En la evaluación también se afirma que el éxito del programa puede deberse tanto a su solidez como a su compleja estructura, caracterizada por las innovaciones, que deben analizarse con miras a su posible integración en las políticas ordinarias de protección social y las medidas de mejora de la adaptabilidad de los sistemas de protección social del Brasil y de otros países.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

Respuesta al párrafo 21 de la lista de cuestiones

130.El Brasil ha presentado el Informe Nacional sobre la Aplicación del Plan de Acción Internacional de Madrid sobre el Envejecimiento, en el que se describen los esfuerzos del Estado parte por cumplir las políticas relacionadas con las personas de edad en los planos nacional e internacional.

131.Con objeto de aplicar la política nacional en cuestión, el Gobierno brasileño ha elaborado las medidas y políticas que se mencionan a continuación, que también se describieron pormenorizadamente en el citado informe, las cuales han permitido realizar avances importantes en beneficio de la población de edad y de un envejecimiento activo y saludable.

132.Un ejemplo práctico de los efectos de la Política Nacional para las Personas de Edad es la primera operación integrada de seguridad pública concebida para combatir la violencia contra las personas de edad. Esa operación, denominada Vetus, contó con la participación de más de 7.000 policías de los 27 estados federales, que verificaron más de 13.000 denuncias de violencia contra personas de edad.

133.La operación Vetus, que fue ejecutada por las Policías Civiles de los 27 estados federales en 1.410 municipios repartidos por todos los estados, logró los siguientes resultados operacionales (datos relativos al período comprendido entre el 1 de octubre y el 4 de diciembre de 2020):

Se verificaron 13.424 denuncias de delitos violentos cometidos contra personas de edad.

Se realizaron 14.907 indagaciones y visitas a las víctimas de actos violentos.

Se prestó ayuda a 13.950 víctimas de actos violentos.

Se iniciaron 3.703 investigaciones para determinar la existencia de posibles delitos violentos.

Se elaboraron 2.801 informes oficiales contra los delincuentes.

Se dictaron 874 medidas cautelares en favor de las víctimas.

Se ejecutaron 287 órdenes judiciales contra los delincuentes; y

Se detuvo a 569 delincuentes.

En 2021 (informe parcial):

Se verificaron 2.242 denuncias de delitos violentos cometidos contra personas de edad.

Se prestó ayuda a 2.286 víctimas de actos violentos; y

Se detuvo a 66 delincuentes.

134.Una de las medidas llevadas a cabo consistió en reforzar el canal de comunicación “¡Hola, abuelo!” para la prestación de servicios y apoyo mediante la atención telefónica a personas de edad. El canal es una prolongación del centro de atención telefónica “Disque 100” (“Marque 100”), que depende de la Defensoría Nacional de los Derechos Humanos.

135.También se puso en marcha el Programa Vivir – Envejecimiento Activo y Saludable, cuyo público destinatario son las personas de edad. Deben alcanzarse sus objetivos a través de las cuatro esferas de acción siguientes: la tecnología, la salud, la movilidad física y la educación. Del desarrollo de esas esferas debe encargarse el órgano federal que se adhiera al programa, sirviéndose para ello de actividades, talleres y cursos en esos ámbitos temáticos.

136.El municipio que se adhiere al programa y cumple los requisitos recibe del Gobierno Federal equipo consistente en computadoras, cámaras web, televisores e impresoras. En 2019 participaron en el programa 99 municipios y otros 80 recibirán recursos con cargo al presupuesto de 2020.

137.El Pacto Nacional para la Aplicación de los Derechos de las Personas de Edad es un instrumento concebido para promover, en el plano nacional, la aplicación de la Política Nacional para las Personas de Edad. Al adherirse al Pacto Nacional, los administradores se comprometen a aplicar políticas públicas en materia de derechos mediante la articulación y el fortalecimiento de la red de protección local, a fin de promover y salvaguardar los derechos de las personas de edad y combatir la violencia cometida contra este grupo de población. Hasta ahora, 19 estados federales han firmado un acuerdo de cooperación y 1.726 municipios se han adherido al Pacto.

138.Las personas de edad brasileñas gozan de una creciente protección de la Previsión Social. Según los datos del Anuario Estadístico de Previsión Social (AEPS), de los 20,6 millones de personas de edad registradas en el censo de 2010 (Instituto Brasileño de Geografía y Estadística), 17,2 millones son beneficiarias de la Previsión Social. Por tanto, la protección social llega al 83,6 % de las personas mayores de 60 años. En el caso de las mujeres, la cobertura alcanza al 84,2 %, lo que supera a la de los hombres, del 81,9 %. (En el documento adjunto se presenta información sobre la evolución de la protección social y la cobertura asistencial de las personas de edad relativa al período comprendido entre 2016 y 2019.)

139.En los programas de vivienda pública brasileños se respeta la legislación nacional relativa a la protección de las personas de edad, el Estatuto de la Persona de Edad, en el que se indica que los miembros de este grupo de edad tienen prioridad al adquirir su propia vivienda.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

Respuesta al párrafo 22 de la lista de cuestiones

140.Aunque los datos de pobreza extrema han variado a lo largo de los años, y habida cuenta del tamaño continental del país y los diversos problemas a los que este se enfrenta desde un punto de vista económico, el Estado brasileño no ha dejado de esforzarse por combatir y superar la pobreza en el país. Una fuente importante de información a ese respecto es la publicación Estratégias de superação da pobreza no Brasil recente e impacto sobre o meio rural ( “ Estrategias recientes de superación de la pobreza en el Brasil e impacto en el medio rural ” ) , en la que no solo se analiza el sector rural, sino que también se facilita información detallada sobre los instrumentos de lucha contra la pobreza extrema en el Brasil, comprendido el Plan Brasil sin Miseria. La publicación está disponible, en portugués, en https://www.ipea.gov.br/portal/index.php?option=com_content&view=article&id=34512.

141.Actualmente, las políticas de protección social, salud, educación, empleo e ingresos están incluidas en Ayuda Brasil, el nuevo programa de transferencias sociales en efectivo destinado a las familias que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema.

Respuesta al párrafo 23 de la lista de cuestiones

142.El Programa de Adquisición de Alimentos fue sustituido por el Programa Alimenta Brasil. No obstante, se mantuvieron los objetivos iniciales de adquisición de alimentos procedentes de la agricultura familiar como estrategia de generación de ingresos y acceso a los alimentos, tanto para los pequeños agricultores como para las familias en situación de inseguridad alimentaria y nutricional que se benefician de la red de asistencia social y reciben como donación los alimentos adquiridos por el programa.

143.Diversos estudios señalan la importancia del Programa de Adquisición de Alimentos para el fortalecimiento de ciclos cortos de producción, venta y consumo, lo cual promueve el derecho a la alimentación en los pequeños municipios de las regiones del norte y el nordeste, que históricamente han recibido mayor asistencia del Programa. A comienzos de 2020, a raíz de la pandemia de COVID‑19, el Gobierno Federal seleccionó el Programa de Adquisición de Alimentos como una de las políticas esenciales para garantizar el derecho a la alimentación, y le asignó un crédito especial de 500 millones de reales, que permitió atender a más de 80.000 agricultores familiares y donar más de 200.000 toneladas de alimentos en todo el país.

144.En lo tocante a la asignación presupuestaria, en los últimos diez años se han destinado más de 4.800 millones de reales al Programa de Adquisición de Alimentos. La sustitución de ese programa por el Programa Alimenta Brasil se tradujo además en un aumento de los límites aplicados a la participación individual de los agricultores familiares, que habían permanecido congelados durante esos años. Esa medida permitió a las familias de agricultores que participaban en el programa recibir al menos el equivalente del salario mínimo mensual, lo que alentó el desarrollo de su capacidad productiva y la mejora de sus condiciones de vida.

Respuesta al párrafo 24 de la lista de cuestiones

145.En diciembre de 2020, el Estado parte publicó un informe de evaluación del Programa Mi Casa, Mi Vida. En el informe, disponible en portugués, se evalúan los efectos de ese programa utilizando diversos cuadros y datos. El documento puede consultarse en https://www.gov.br/cgu/pt-br/assuntos/noticias/2021/04/cgu-divulga-prestacao-de-contas-do-presidente-da-republica-de-2020/relatorio-de-avaliacao-pmcmv.pdf.

Respuesta al párrafo 25 de la lista de cuestiones

146.En relación con el Plan Nacional de Saneamiento Básico (PLANSAB), cabe señalar que, según lo previsto en la legislación, el Plan solo se somete a ajustes y revisiones cada cuatro años, la última vez en 2018, es decir, antes de la pandemia de COVID‑19, por lo que no fue esta una cuestión que se abordara entonces. No obstante, con respecto a las epidemias de chikungunya y zika, el PLANSAB prosigue su labor de vigilancia por medio de sus informes de evaluación anuales, a fin de determinar cómo los avances y retrocesos de las políticas de saneamiento básico influyen en las enfermedades locales que están estrechamente relacionadas con las condiciones higiénicas. El informe de evaluación anual del PLANSAB correspondiente a 2019, disponible en portugués, puede consultarse en https://www.gov.br/mdr/pt-br/assuntos/saneamento/plansab/RELATRIODEAVALIAOANUALDOPLANSAB20192.pdf.

147.El Estado parte desea añadir que el nuevo Marco Regulador del Saneamiento tiene por finalidad garantizar el acceso universal al abastecimiento de agua y al tratamiento de las aguas residuales para todos los brasileños, con arreglo a las metas establecidas.

Respuesta al párrafo 26 de la lista de cuestiones

148.En la respuesta al párrafo 6, que figura en el presente documento, se facilita más información sobre la cuestión de la adquisición de títulos de propiedad de las tierras.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

Respuesta al párrafo 27 de la lista de cuestiones

149.Puede consultarse más información sobre el nuevo modelo de financiación del sector de la salud del Estado parte en un folleto sobre ese asunto (“Mudanças no Financiamento da Saúde”) disponible en portugués en https://www.cnm.org.br/cms/biblioteca/Mudan%C3%A7as%20no%20Financiamento%20da%20Sa%C3%BAde.pdf. La información contenida en el folleto fue facilitada por la Confederación Nacional de Municipios y el Consejo Nacional de Secretarías Municipales de la Salud, en consonancia con las obligaciones constitucionales en materia de salud establecidas por el Pacto Federal brasileño.

Respuesta al párrafo 28 de la lista de cuestiones

150.En 2020 se destinaron más de 230 millones de reales de la Ayuda Financiera de Emergencia para atender a más de 151.000 indígenas. Además, ese mismo año, se distribuyeron casi 400.000 cestas de alimentos a más de 200.000 familias. En conjunto, desde el inicio de la pandemia de COVID‑19, se han distribuido más de 1,1 millones de cestas de alimentos a las comunidades indígenas de todo el Brasil, lo que supone cerca de 25.000 toneladas de alimentos distribuidos. Además de garantizar la seguridad alimentaria de las comunidades, la medida es clave para evitar la propagación del coronavirus entre la población indígena, habida cuenta de que le ayuda a permanecer en las aldeas y a no necesitar desplazarse, reduciéndose así el peligro de contagio.

151.En líneas generales, cabe destacar que, en 2021, el Sistema Único de Salud (SUS) suministró a las comunidades indígenas medicamentos, vacunas, consultas y exámenes médicos, y alimentos. La labor realizada incluyó más de 10 millones de consultas médicas y permitió alcanzar una tasa de vacunación del 90 % de la población indígena adulta con al menos una dosis.

152.Las medidas aplicadas en las zonas indígenas recibieron la mayor inversión de la historia, desde el establecimiento de la Secretaría Especial de Salud Indígena (SESAI) en 2010, al haber excedido los 1.500 millones de reales dedicados a la asistencia a este grupo de población.

153.A fin de luchar contra la COVID‑19, el Gobierno asignó 29 millones de reales con el único objetivo de prestar asistencia a los más de 400.000 indígenas mayores de 18 años que estaban inscritos en el Subsistema de Atención a la Salud Indígena del Sistema Único de Salud (SASI‑SUS). Hasta la fecha, el 84 % de este grupo de población ha recibido dos dosis de la vacuna.

Respuesta al párrafo 29 de la lista de cuestiones

154.El Estado parte reitera su postura, en consonancia con el artículo 3 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, en el que se hace referencia al derecho a la vida, el primer derecho mencionado en ese texto. En el Pacto no se hace referencia a un posible “derecho” al aborto; al contrario, en su artículo 10 se protege expresamente a la familia: “Se debe conceder a la familia, que es el elemento natural y fundamental de la sociedad, la más amplia protección y asistencia posibles, [...]”.

155.El Brasil defiende incondicionalmente la vida desde la concepción. Aun así, el Estado parte respeta plenamente las disposiciones jurídicas que permiten practicar abortos en situaciones muy específicas. El Estado parte también informa de que no hay acuerdo sobre si el término “atención de la salud sexual y reproductiva” abarca el derecho al aborto. El derecho a la sexualidad y a la reproducción tiene una vertiente interpretativa y de adaptación al derecho interno en el artículo 226, párrafo 7, de la Constitución Federal, en el que se afirma que la planificación familiar se funda en los principios de dignidad de la persona humana. Debe tenerse en cuenta que, en el Brasil, la salud integral de las mujeres, en lo tocante a la sexualidad y la reproducción, se divide entre la protección y el fortalecimiento de la salud materno-infantil. En consecuencia, la atención de la salud sexual y reproductiva de las mujeres está relacionada con una visión global de todas las etapas del ciclo de la vida, que comprenden la sexualidad y la reproducción y, por tanto, las etapas del embarazo, el parto y el puerperio.

156.Es necesario aclarar que, de conformidad con el artículo 128 del Código Penal, en el Brasil no se castiga el aborto, cuando es practicado por médicos, si el embarazo pone en peligro la vida de la madre, es consecuencia de una violación o se detecta anencefalia en el feto, según un fallo del Tribunal Superior de Justicia, lo que demuestra que el marco jurídico brasileño establece normas que tienen por finalidad brindar una mayor protección de la vida, incluida la vida intrauterina.

157.El primer derecho humano fundamental es el derecho a la vida. Los casos que no se castigan en la legislación son una excepción y no admiten ninguna interpretación al margen del derecho y la inspección del Ministerio de Salud. Por consiguiente, dada la inviolabilidad de la ley, la excepción no puede tomarse como regla.

Respuesta al párrafo 30 de la lista de cuestiones

158.A fin de hacer frente a la emergencia nacional de salud pública causada por la COVID‑19, el Ministerio de Salud ha asignado temporalmente, de forma excepcional, fondos federales por un monto de 99.225.578 reales para la ejecución de medidas en apoyo de la Red de Atención Psicosocial (RAPS) en 1.789 municipios y distritos federales.

159.Se pusieron en práctica las siguientes medidas con objeto de fortalecer la atención de la salud mental durante la pandemia de COVID‑19, en todos los servicios y en todas las unidades especializadas en salud mental, alcoholismo y consumo de drogas:

Puesta en marcha de un servicio de asistencia psicológica por videoconferencia, con una inversión de 2.300.000 reales, para atender y tratar a trabajadores sanitarios en primera línea de la lucha contra la pandemia; hasta el 31 de noviembre de 2021 se había atendido a 5.554 profesionales; y

Asignación de más de 99.225.578 reales para aumentar la financiación de la Red de Atención Psicosocial (RAPS), con destino a medidas de lucha contra la emergencia de salud pública internacional causada por la COVID‑19.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

Respuesta al párrafo 31 de la lista de cuestiones

160.En primer lugar, cabe señalar que la consecución de los objetivos del Plan Nacional de Educación (PNE) depende de los esfuerzos conjuntos de las entidades federales. El Gobierno Federal forma parte de ese grupo de agentes responsables del PNE.

161.Con el fin de apoyar una educación de calidad, se puso en marcha el Programa El Brasil en la Escuela. Su finalidad es apoyar a las redes de enseñanza y las unidades escolares con miras a promover estrategias e innovaciones que logren que los alumnos matriculados en los últimos años de la escuela primaria permanezcan escolarizados, aprendan y avancen con equidad y en el grupo de edad adecuado. El Programa se estructura en torno a tres ejes, a saber, el apoyo técnico y financiero, las buenas prácticas y el fomento de la innovación, todo ello con el objetivo de mejorar el aprendizaje de los alumnos.

162.En el marco de ese programa, se aplica el Sistema de Alerta Preventiva con el fin de apoyar a la red en la reanudación de las clases presenciales, la detección temprana de los estudiantes con mayor riesgo de abandono escolar y la realización de actividades de seguimiento y supervisión para promover intervenciones de prevención que garanticen su continuidad en la escuela.

163.En relación con la recuperación del aprendizaje, el Gobierno Federal puso en marcha, en 2021, la Plataforma de Evaluaciones Diagnósticas y Formativas. La finalidad de la Plataforma es prestar apoyo a las redes de enseñanza para que reanuden las clases presenciales, proporcionándoles una herramienta con la que interpretar los resultados e infraestructura informática adaptada para atender a las escuelas primarias y las redes de enseñanza, y, a partir de 2022, a las escuelas de enseñanza secundaria.

164.En lo concerniente a la matriculación en la educación secundaria, según el Censo Escolar da Educación Básica de 2020, elaborado por el Instituto Nacional de Estudios e Investigaciones Educativas (INEP), el número de estudiantes matriculados en 2020 ascendía a 7.550.753, lo que representó un aumento del 1,0 % respecto de la cifra de 2019 (7.465.891 matrículas). Sin embargo, el Estado parte reconoce que hubo una disminución de un 7,1 % aproximadamente en comparación con el número de estudiantes matriculados en 2016 (8.133.040).

165.El Programa Nacional de Alimentación Escolar se ha convertido en una referencia mundial en la promoción de una alimentación sana y sostenible en las escuelas. En 2021, la asignación de recursos rondó los 4.100 millones de reales para atender a 39 millones de estudiantes. Está previsto que el presupuesto ascienda a 3.960 millones de reales en 2022.

166.Durante la pandemia de COVID‑19, que obligó a suspender las clases presenciales, el Gobierno Federal modificó la legislación por la que se rige el Programa Nacional de Alimentación Escolar, a fin de que pudieran entregarse alimentos directamente a los alumnos de las escuelas públicas de educación básica, lo que demostró la flexibilidad del Programa y su capacidad para adaptarse a este cambio repentino de la situación. Además, se efectuaron pagos extraordinarios a las entidades federales en 2020 y 2021 para que hicieran frente a los efectos de la COVID‑19 en la oferta y el precio de los alimentos.

167.El Estado parte señala, además, que el Programa Nacional de Alimentación Escolar no solo contribuyó a la seguridad alimentaria y nutricional, sino que también promovió la adopción de hábitos alimentarios saludables entre los estudiantes y sus familias gracias a la educación alimentaria y nutricional, lo que generó externalidades positivas en materia de salud, por ejemplo. A este respecto, cabe señalar que el programa impulsa las economías locales al requerir que por lo menos el 30 % de los recursos del Fondo Nacional de Desarrollo de la Educación se utilicen para la adquisición directa de productos de agricultura familiar, dando prioridad a los asentamientos de reforma agraria, a las comunidades indígenas tradicionales y a las comunidades quilombolas.

Derechos culturales (art. 15)

Respuesta al párrafo 32 de la lista de cuestiones

168.El plan de restauración del Museo Nacional se basa actualmente en el proyecto El Museo Nacional Vive, que se centra en la movilización social y el establecimiento de alianzas para devolver el museo a la sociedad. Con la ejecución del proyecto se pretende cumplir los siguientes compromisos: a) reconstruir y restaurar el Palacio de San Cristóbal y habilitar nuevos espacios expositivos; b) reformar la biblioteca central; y c) construir el campus de investigación y enseñanza.

169.Uno de los elementos más importantes del proceso de restauración del Museo Nacional se refiere a las colecciones. Además de las medidas de emergencia adoptadas para recuperar las piezas que sobrevivieron al incendio del Palacio de San Cristóbal, se están llevando a cabo intervenciones para garantizar que las nuevas colecciones se custodien de forma segura. A ese respecto, cabe señalar las actividades realizadas con asociados institucionales y el público en general para reunir nuevas colecciones, con la finalidad de crear la nueva exposición permanente del Museo Nacional.

170.El Estado parte destaca que el grueso de la información sobre el proyecto de reconstrucción de la institución puede consultarse, en inglés y en portugués, en el sitio web https://museunacionalvive.org.br/. Con respecto a las colecciones y su reconstitución, la información está disponible, en portugués, en https://recompoe.mn.ufrj.br/.

171.Tras el incendio, el Tribunal de Cuentas de la Unión (TCU) empezó a redactar el Informe sobre la Gestión Patrimonial y Presupuestaria de los Museos Federales. El objetivo del informe fue evaluar las condiciones de seguridad del patrimonio de los museos gestionados por los organismos y entidades federales, además de determinar los principales riesgos y oportunidades de mejora en la gestión patrimonial y presupuestaria de esas instituciones públicas.

172.El Tribunal de Cuentas de la Unión recomendó, entre otras cosas, que se adoptaran las medidas apropiadas con miras a elaborar un plan de acción para la introducción de mecanismos de supervisión, coordinación y orientación de los museos federales que forman parte de la estructura del Ministerio de Educación.