Lista de las cuestiones que deben abordarse al examinar el tercer informe periódico de las Antillas Neerlandesas relativo a los derechos enunciados en los artículos 1 a 15 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (E/C.12/ANT/3)

I. MARCO GENERAL DE APLICACIÓN DEL PACTO

A. Marco jurídico general de protección de los derechos humanos

1.Sírvase proporcionar información sobre los planes nacionales relativos a los derechos humanos que tienen repercusiones en las Antillas Neerlandesas y en las instituciones autónomas de protección de los derechos humanos con competencia en las Antillas Neerlandesas.

B. Información y publicidad

2.Sírvase proporcionar información sobre los programas y las campañas de información, en particular los programas educativos, cuyo objeto es informar a la población de las Antillas Neerlandesas sobre el alcance de los derechos enunciados en el Pacto.

GE.07-40009 (S) 180107 190107

II. CUESTIONES RELATIVAS A LAS DISPOSICIONES GENERALES DEL PACTO (ARTÍCULOS 1 A 5)

Artículo 2.2 - No discriminación

3.Sírvase indicar si la legislación del Estado Parte aplicable a las Antillas Neerlandesas reconoce el principio de no discriminación.

4.Sírvase indicar las medidas, legislativas o de otra clase, adoptadas para combatir la discriminación en el ejercicio de los derechos enunciados en el Pacto, incluso respecto de las personas con discapacidad y los niños migrantes.

5.¿Qué medidas ha adoptado el Estado Parte para eliminar las desigualdades entre las diferentes islas, sobre todo en lo relativo al acceso a los servicios de salud y a la escolarización?

6.Sírvase indicar las medidas legislativas y de orden práctico adoptadas por el Estado Parte para garantizar el respeto de la igualdad entre los hombres y las mujeres en el disfrute de los derechos reconocidos en el Pacto.

III. CUESTIONES RELATIVAS A DISPOSICIONES CONCRETAS DEL PACTO (ARTÍCULOS 6 A 15)

Artículo 6 - Derecho al trabajo

7.Sírvase proporcionar información más amplia sobre los efectos de la nueva Ley laboral de 2000 (E/C.12/ANT/3, párr. 43) en el disfrute de los derechos reconocidos por el Pacto a los trabajadores y trabajadoras, en particular la supresión de la obligación de las empresas de solicitar autorización para proceder a despidos, la flexibilidad de los horarios de trabajo y la introducción de contratos de corta duración.

Artículo 7 - Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

8.Sírvase aclarar la información que figura en el párrafo 35 del tercer informe periódico del Estado Parte (E/C.12/ANT/3), con objeto de que el Comité tenga una idea más precisa del alcance de ese párrafo.

9.¿Qué medidas ha adoptado el Estado Parte para aplicar las recomendaciones formuladas por el Comité sobre las desigualdades entre los hombres y las mujeres, en particular las desigualdades salariales por un trabajo de igual valor?

10.Sírvase proporcionar información actualizada sobre los resultados de los intentos de reducir, o incluso eliminar, las diferencias entre las categorías de salarios mínimos (E/C.12/ANT/3, párr. 41). Al respecto, sírvase indicar si el/los salario/s mínimo/s garantiza/n un ingreso mínimo a los trabajadores y sus familias.

11.Sírvase proporcionar información sobre el ámbito de competencia de los servicios de inspección laboral de las Antillas Neerlandesas.

Artículo 8 - Derechos sindicales

12.Sírvase aportar precisiones sobre las disposiciones del Código Civil que rigen el reconocimiento legal de las asociaciones (párrafo 48 del informe).

13.Sírvase indicar la posición actual del Estado Parte en relación con la posibilidad de retirar la reserva formulada al Pacto respecto del derecho de huelga.

Artículo 9 - Derecho a la seguridad social

14.¿Prevé el Estado Parte ratificar los Convenios de 1962 de la Organización Internacional del Trabajo Nº 117 sobre política social (normas y objetivos básicos) y Nº 118 sobre la igualdad de trato (seguridad social)?

15.Sírvase proporcionar estadísticas desglosadas por sexo y por edad sobre las diferentes categorías de trabajadores cubiertos por el sistema de seguridad social y sobre las medidas adoptadas para hacer extensiva la protección a las personas excluidas.

16.Sírvase indicar cómo garantiza el Estado Parte el disfrute del derecho a la salud a las personas desempleadas. ¿Prevé el Estado Parte generalizar el seguro de enfermedad?

Artículo 10 - Protección de la familia, y de la madre y el hijo

17.Sírvase proporcionar información y datos actualizados sobre los casos de explotación sexual y abuso de niños en las Antillas Neerlandesas.

18.Sírvase indicar si las familias monoparentales de las Antillas Neerlandesas perciben ayuda económica.

19.Sírvase proporcionar información actualizada sobre las medidas, legislativas o de otra clase, adoptadas por el Estado Parte para proteger a los miembros de la familia, sobre todo a las mujeres y los niños, contra la violencia en la familia.

20.El nuevo Código del Trabajo prohíbe el trabajo de los menores de 14 años. ¿Qué oficios pueden ejercer los menores de 14 a 18 años y qué medidas de protección prevé el nuevo Código del Trabajo en su favor?

21.Sírvase proporcionar información sobre los resultados del proyecto experimental encaminado a prestar ayuda a los jóvenes y las familias de los barrios de Kanga y Dein (E/C.12/ANT/3, párr. 46 c)).

22.Sírvase indicar las medidas adoptadas por el Estado Parte para luchar contra la trata de mujeres.

23.Sírvase indicar si en las Antillas Neerlandesas la práctica de la prostitución está reglamentada y cuáles son las medidas adoptadas por el Estado Parte para la protección de las mujeres que practican la prostitución.

Artículo 11 - Derecho a un nivel de vida adecuado

24.Sírvase proporcionar datos y estadísticas desglosadas por sexo, edad y distribución geográfica entre las islas de las Antillas Neerlandesas, sobre los segmentos de población que viven en la pobreza.

25.Sírvase indicar qué planes tiene el Estado Parte para la protección contra las catástrofes naturales, así como los programas de asistencia a los damnificados.

26.Sírvase proporcionar información y estadísticas sobre las personas sin hogar y los desahucios forzosos. ¿Ha tomado medidas el Estado Parte para resolver el problema de la escasez de viviendas, especialmente viviendas sociales (E/C.12/ANT/3, párr. 101)?

Artículo 12 - Derecho a la salud física y mental

27.¿Cuáles son las medidas adoptadas por el Gobierno para garantizar a la población el acceso al agua potable, incluso en las cárceles?

28.Al parecer el Estado Parte expide tarjetas "pro pauperi" a algunas familias que, reuniendo ciertas condiciones, reciben asistencia médica gratuita, lo que podría constituir discriminación respecto de muchas otras familias. Sírvase indicar cuáles son los criterios con arreglo a las cuales se expiden dichas tarjetas.

29.Sírvase proporcionar información sobre la reforma del seguro de enfermedad (Health care insurance) (E/C.12/ANT/3, párr. 125) y, en especial, sobre las medidas adoptadas para garantizar el disfrute del derecho a la salud a las personas no cubiertas por el seguro.

30.Sírvase indicar si existen programas concretos encaminados a reducir y prevenir la mortalidad infantil, la mortalidad materna, la mortalidad prenatal y neonatal y los embarazos precoces, sírvase asimismo proporcionar estadísticas actualizadas sobre esos fenómenos, así como información sobre los programas de salud sexual y reproductiva puestos en práctica por el Estado Parte.

Artículos 13 y 14 - Derecho a la educación

31.Sírvase indicar si la enseñanza primaria es obligatoria y gratuita en las Antillas Neerlandesas, según lo dispuesto en los artículos 13 y 14 del Pacto.

32.Sírvase proporcionar información sobre las repercusiones del nuevo sistema de enseñanza para niños de 4 a 15 años iniciado en 2002 (E/C.12/ANT/3, párr. 147 y ss.).

33.Sírvase indicar la proporción de niños que frecuentan la escuela primaria y secundaria en las Antillas Neerlandesas, con datos desglosados por sexo.

Artículo 15 - Derecho a participar en la vida cultural y beneficiarse del progreso científico y de la protección de la propiedad intelectual

34.Sírvase proporcionar información sobre los diferentes grupos étnicos de las Antillas Neerlandesas y sobre las medidas adoptadas para promover y preservar sus valores y su identidad cultural y, en particular, para preservar las diferentes lenguas que se hablan en las Antillas Neerlandesas.

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