Naciones Unidas

E/C.12/KWT/Q/2

Consejo Económico y Social

Distr. general

18 de diciembre de 2012

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Grupo de Trabajo anterior al período de sesiones

Lista de cuestiones que deben abordarse al examinar el segundo informe periódico de Kuwait (E/C.12/KWT/2), aprobada por el Grupo de Trabajo anterior al 50º período de sesiones (3 a 7 de diciembre de 2012)

I.Información general

1.Sírvanse indicar si el informe del Estado parte se elaboró en consulta con las organizaciones de la sociedad civil, y explicar por qué motivo el informe no responde a las cuestiones indicadas en las directrices del Comité (E/C.12/2008/2).

2.Sírvanse confirmar que los derechos económicos, sociales y culturales reconocidos en el Pacto pueden invocarse ante los tribunales y, de ser así, sírvanse presentar ejemplos de casos en que el Pacto haya sido invocado ante los tribunales nacionales o por estos.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (artículos 1 a 5)

Artículo 2, párrafo 2No discriminación

3.Sírvanse indicar si la legislación del Estado parte prohíbe la discriminación directa e indirecta en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales por los motivos especificados en el artículo 2, párrafo 2, del Pacto.

4.Rogamos informen sobre los resultados obtenidos con la entrada en vigor del Decreto Real Nº 467/2010 el 9 de noviembre de 2010, que otorga prestaciones y servicios civiles, sociales y humanitarios a los residentes ilegales registrados en el Sistema Central, así como sobre las dificultades que existen para garantizar el disfrute igual de los derechos económicos, sociales y culturales por los bidún.

5.Sírvanse indicar hasta qué punto se hace cumplir la cuota de contratación de un 4% de personas con discapacidad en las empresas con más de 50 empleados. Rogamos expliquen también cómo se materializa en la legislación del Estado parte y se hace cumplir en la práctica el concepto de "ajustes razonables", en especial en lo tocante a las obligaciones de los empleadores.

Artículo 3Igualdad de derechos entre hombres y mujeres

6.Sírvanse informar al Comité acerca de la naturaleza y los efectos de las medidas adoptadas para hacer frente a los estereotipos negativos sobre los sexos y a la persistencia de actitudes discriminatorias que dan lugar al desempeño de un papel inferior por la mujer en la familia y en la sociedad.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (artículos 6 a 15)

Artículo 6El derecho a trabajar

7.En vista de que solo el 43,37% de las mujeres forman parte de la fuerza laboral, sírvanse indicar la naturaleza y los efectos de las medidas adoptadas para aumentar el acceso al empleo de la mujer. Sírvanse informar también sobre las medidas adoptadas para incrementar su representación en cargos de alto nivel en el sector público.

Artículo 7El derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

8.Sírvanse informar al Comité sobre: a) si se ha aprobado el proyecto de ley mencionado en el párrafo 81 del informe del Estado cuyo objetivo es fijar un salario mínimo en ciertos sectores; b) las categorías de trabajadores a que se aplicará este salario mínimo; y c) si su nivel será suficiente para que todos los trabajadores y sus familias tengan un nivel de vida digno, teniendo en cuenta la tasa de inflación.

9.Sírvanse informar al Comité sobre los efectos de las medidas citadas en los párrafos 110 y 112 del informe, como los Decretos relativos a la contratación de trabajadores en el extranjero y a las reglas y procedimientos para la obtención de permisos, así como sobre las actividades iniciadas por el Departamento General de Migración para poner coto a la explotación de los trabajadores migrantes, especialmente del personal de servicio doméstico.

10.Sírvanse indicar si el Estado parte ha aprobado y aplicado efectivamente legislación que tipifique específicamente como delito el hostigamiento sexual en el lugar de trabajo, y describir los mecanismos previstos para supervisar dicha aplicación. Rogamos indiquen además el número de casos registrados, las sanciones impuestas a los autores y las medidas adoptadas para indemnizar a las víctimas del hostigamiento sexual y prestarles asistencia.

11.Sírvanse indicar los mecanismos de que se dispone para supervisar y garantizar la seguridad y la higiene en el trabajo, especialmente en las industrias del petróleo y de la construcción.

12.En vista de la importantísima disparidad salarial entre hombres y mujeres que existe en el Estado parte, que se sitúa en el 34% según fuentes a las que ha tenido acceso el Comité, rogamos informen sobre las medidas adoptadas para reducir esa disparidad y sus efectos.

Artículo 8Derechos sindicales

13.Sírvanse proporcionar información, con datos estadísticos, sobre las huelgas emprendidas durante el período del que se informa, incluidas aquellas en que hayan intervenido las autoridades para detenerlas, así como los motivos por los que se prohibieron. Por otro lado, ante la falta de leyes que regulen las huelgas, sírvanse informar al Comité sobre las salvaguardias existentes para garantizar el respeto del derecho de los trabajadores a ir a la huelga y la protección ante represalias y sanciones.

Artículo 9El derecho a la seguridad social

14.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para ampliar la cobertura de la seguridad social de modo que incluya los accidentes de trabajo y las enfermedades ocupacionales, así como a los trabajadores migrantes y a otros trabajadores no kuwaitíes, según la recomendación formulada por el Comité en 2004. Rogamos informen sobre los grupos que corren el peligro de no tener acceso a la seguridad social.

Artículo 10Protección de la familia, las madres y los niños

15.Sírvanse indicar si existe en el Estado parte legislación que penalice específicamente los actos de violencia doméstica, en particular la violencia contra mujeres y niños, incluidos la violación conyugal y los abusos sexuales. Sírvanse facilitar información sobre el número de casos registrados, así como sobre las sanciones impuestas a los autores. Rogamos indiquen asimismo si existe un plan de acción nacional para combatir la violencia doméstica, y si se han adoptado medidas para respaldar y rehabilitar a las víctimas, como el asesoramiento jurídico, la asistencia psicológica y el ofrecimiento de refugio.

16.Rogamos indiquen si el Estado parte ha adoptado un plan de acción nacional para luchar contra la trata de personas, y si se ofrece asistencia médica, social y jurídica a las víctimas. Sírvanse informar también al Comité sobre los obstáculos con que se ha tropezado en la aprobación de la ley de lucha contra la trata, así como sobre el grado en que las sanciones penales y administrativas vigentes han tenido un efecto disuasorio efectivo en los traficantes. Infórmese asimismo sobre el número de casos de trata denunciados, así como sobre las sentencias impuestas a los autores y las medidas de reparación e indemnización ofrecidas a las víctimas.

17.¿Tiene el Estado intención de prohibir y combatir el matrimonio de los menores de 18 años, así como su registro?

Artículo 11El derecho a un nivel de vida adecuado

18.Rogamos informen al Comité sobre las medidas adoptadas para asegurar que los grupos desfavorecidos y marginados, especialmente los bidún y los trabajadores migrantes, tengan acceso a una vivienda adecuada y asequible. Sírvanse informar asimismo sobre las medidas adoptadas para abolir las disposiciones y las prácticas legislativas discriminatorias, como la prohibición de alquilar una vivienda a las parejas no casadas y a las personas solteras.

Artículo 12El derecho a la salud física y mental

19.Sírvanse informar al Comité sobre los efectos de las medidas adoptadas, incluidas las aplicadas por el Departamento de Educación sobre Nutrición, para combatir la creciente tasa de obesidad, resultado de un estilo de vida poco saludable.

20.Rogamos faciliten información sobre la accesibilidad de los servicios de salud mental. Sírvanse informar al Comité además sobre las leyes y normas vigentes, así como sobre las medidas adoptadas para garantizar un tratamiento y atención adecuados a los pacientes con trastornos mentales en los centros psiquiátricos, además del examen periódico y la efectividad del control judicial del internamiento.

21.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para aplicar la recomendación que formuló el Comité para que se ampliaran las circunstancias que podrían justificar el aborto legal. Por otro lado, rogamos indiquen qué medidas se han adoptado para fomentar la salud sexual y reproductiva y los servicios disponibles al efecto, en particular para adolescentes. Infórmese además sobre la incidencia de las enfermedades de transmisión sexual en el Estado parte.

Artículos 13 y 14El derecho a la educación

22.Teniendo en cuenta que la información facilitada por el Estado parte en su informe se refiere exclusivamente a los niños ciudadanos del Estado parte, rogamos indiquen las medidas adoptadas para garantizar que los niños que no son kuwaitíes pero viven en el país tengan acceso a la enseñanza obligatoria gratuita, según la recomendación formulada por el Comité en 2004.

23.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas para garantizar el acceso de los bidún y de los hijos de los trabajadores migrantes a la educación superior. Sírvanse presentar datos actualizados sobre la matriculación a los distintos niveles educativos, desglosados por año, sexo, y kuwaitíes/bidún/otros no kuwaitíes.

Artículo 15Derechos culturales

24.Rogamos indiquen las medidas adoptadas para proteger la diversidad cultural, fomentar el conocimiento del patrimonio cultural de los no kuwaitíes y de otras minorías, y crear condiciones favorables para que puedan preservar, desarrollar, expresar y difundir su identidad, historia, cultura, idioma, tradiciones y costumbres.

25.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para asegurar la protección de los sitios arqueológicos del Estado parte en la planificación urbana, el desarrollo de infraestructuras y los proyectos de construcción, y para mejorar el acceso del público a esos sitios.

26.Rogamos faciliten información actualizada sobre las disposiciones legales establecidas para proteger la libertad de la actividad cultural y creativa. En particular, sírvanse proporcionar información sobre los procedimientos y normas que sigue el Estado parte en relación con la censura de publicaciones y actividades culturales.