Naciones Unidas

E/C.12/MNG/Q/4

Consejo Económico y Social

Distr. general

12 de diciembre de 2014

Español

Original: inglés

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativas al cuarto informe periódico de Mongolia *

I.Información general

1.Teniendo presente que los tratados ratificados por el Estado parte son directamente aplicables en el ordenamiento jurídico nacional, sírvanse facilitar información sobre los casos, de haberlos, en los que los tribunales nacionales hayan invocado o aplicado el Pacto. Asimismo, sírvanse poner al corriente al Comité de las medidas adoptadas para revisar las leyes y reglamentos vigentes a fin de ponerlos en conformidad con las disposiciones del Pacto.

2.Se ruega proporcionen información actualizada sobre el mandato de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, y el presupuesto que se le ha asignado. Describan también las medidas adoptadas para dar seguimiento a las recomendaciones de la Comisión.

II.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Artículo 1, párrafo 2 – Libre disposición de las riquezas y los recursos naturales

3.Sírvanse proporcionar información sobre los procedimientos institucionales existentes para asegurar la participación efectiva de las comunidades de pastores que viven en zonas rurales en la adopción de decisiones sobre cuestiones que les afectan, e informar de las consultas previas realizadas con esas comunidades en relación con las actividades mineras que les afectan.

4.Sírvanse facilitar información sobre el procedimiento que sigue el Estado parte para responder a las denuncias de violaciones de los derechos humanos, pérdida de medios de subsistencia y degradación ambiental causada por los proyectos de desarrollo y de minería. Indiquen también si los recursos judiciales y de otro tipo interpuestos han prosperado en lo que respecta a garantizar el acceso de los pastores a sus tierras tradicionales de pastoreo en los casos en que el Estado parte ha concedido contratos de explotación que impiden este acceso.

Artículo 2, párrafo 1 – Máximo de los recursos disponibles

5.En relación con el párrafo 16 del informe del Estado parte (E/C.12/MNG/4), en el que este reconocía que la mayor parte de los bienes y servicios se producían en el sector privado, sírvanse facilitar más información sobre los esfuerzos realizados por el Estado parte para lograr progresivamente el pleno ejercicio de los derechos garantizados en el Pacto. Sírvanse facilitar también información sobre el marco y los procesos regulatorios existentes para asegurar que los proyectos de desarrollo y de minería aporten beneficios tangibles a las comunidades locales.

6.Sírvanse explicar si el auge de la minería en el Estado parte ha aumentado el número de casos de corrupción y, de ser así, de qué manera. En términos más generales, sírvanse indicar las medidas adoptadas para fortalecer la confianza de la población en las autoridades y los funcionarios del Estado, y proporcionar información sobre la protección que se ofrece a las personas que denuncian casos de corrupción.

Artículo 2, párrafo 2 – No discriminación

7.Sírvanse comentar la diferencia en el indicador de desarrollo humano entre las personas que viven en las zonas rurales y las que viven en las zonas urbanas, que revela que la población rural no disfruta de sus derechos económicos, sociales y culturales en las mismas condiciones que la que vive en zonas urbanas. Sírvanse describir todas las medidas adoptadas para hacer frente a la precaria situación de las personas que viven en zonas rurales aisladas, en particular los pastores.

8.Sírvanse indicar las medidas tomadas para mejorar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios públicos, incluida la educación, la atención de la salud y los centros culturales.

Artículo 3 – Igualdad de derechos de hombres y mujeres

9.Les rogamos que describan las medidas adoptadas para aumentar la representación de las mujeres en los cargos de responsabilidad y en la adopción de decisiones, combatir los estereotipos tradicionales que obstaculizan la participación de la mujer en la vida política, económica, social y cultural en condiciones de igualdad, y luchar contra la segregación ocupacional en función del sexo, que hace que las mujeres sean empleadas principalmente en trabajos mal pagados en la sanidad, la educación, el comercio al por menor y el sector informal. Sírvanse indicar los efectos que ha tenido hasta ahora la Ley de Igualdad de Género (2011) en el logro de estos objetivos.

III.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Artículo 6 – Derecho a trabajar

10.Sírvanse describir todas las medidas adoptadas para reducir la elevada tasa de desempleo en el Estado parte y garantizar que el crecimiento económico se plasme en la creación de empleos. En particular, proporcionen información sobre las medidas destinadas a los grupos más vulnerables al desempleo, como los pastores que han perdido su ganado, las personas con discapacidad y los jóvenes.

11.Sírvanse indicar el grado de cumplimiento del requisito de que el personal de las empresas con más de 25 empleados comprenda un 4% de personas con discapacidad. Sírvanse explicar también qué medidas se han adoptado para integrar el concepto de ajuste razonable en la legislación del Estado parte, incluido en lo relativo a las obligaciones de los empleadores.

Artículo 7 – Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias

12.Sírvanse informar al Comité de si el Estado parte prevé aumentar el salario mínimo vigente para que los asalariados y sus familiares puedan vivir dignamente. Les rogamos que informen también al Comité de las medidas adoptadas para mejorar las normas de salud y seguridad en los lugares de trabajo, particularmente en las industrias de la construcción, la energía y la minería, y para hacer que las inspecciones de trabajo sean más eficaces.

13.Sírvanse proporcionar información sobre la manera en que se hace frente al acoso sexual en el lugar de trabajo.

Artículo 8 – Derechos sindicales

14.Sírvanse facilitar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que se respete el derecho a la libertad de asociación y que los empleados puedan fundar libremente sindicatos y afiliarse a ellos.

Artículo 9 – Derecho a la seguridad social

15.Les rogamos que faciliten información sobre las medidas adoptadas para reformar el sistema de la seguridad social, y que pongan al corriente al Comité sobre la situación del proyecto de ley mencionado en el párrafo 86 del informe del Estado parte. Les rogamos asimismo que proporcionen información detallada sobre el modo en que estas reformas mejorarán la situación de los grupos y los individuos marginados y desfavorecidos, incluidas las personas ancianas, las personas con discapacidad y los niños, y que expliquen los resultados de los planes de seguridad social existentes.

Artículo 10 – Protección de la familia, la madre y el niño

16.Sírvanse indicar las medidas adoptadas para combatir la persistente violencia de género, y facilitar datos sobre el número de investigaciones de casos de violencia de género realizadas en los últimos años, incluidos los enjuiciamientos, las sentencias condenatorias y las sanciones impuestas.

17.Sírvanse describir las medidas tomadas para hacer frente al fenómeno de los niños de la calle.

Sírvanse explicar las medidas tomadas para combatir la participación de niños en trabajos peligrosos y de riesgo, especialmente en la minería y las carreras de caballos, entre otras cosas mediante la aplicación de la Orden gubernamental Nº 107. Infórmese también al Comité de las medidas previstas para elevar la edad mínima de participación en las carreras de caballos, y proporcionen datos estadísticos sobre la participación de niños como jinetes en las carreras de caballos, indicando las lesiones y los accidentes mortales de niños por esta causa en los últimos años.

Artículo 11 – Derecho a un nivel de vida adecuado

18.Sírvanse describir los efectos que las medidas para reducir la pobreza han tenido en la situación de los grupos e individuos marginados y desfavorecidos, como las mujeres, los niños, las personas con discapacidad y los pastores que viven en condiciones de aislamiento.

19.Les rogamos que proporcionen información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar el acceso a una vivienda adecuada, incluido el suministro de agua e instalaciones de saneamiento, para las familias que viven en distritos ger. Sírvanse proporcionar también información sobre la "Reglamentación de Desarrollo de la Zona Ger" (2014), y explicar la manera en que esa reglamentación observa el derecho a una vivienda adecuada y las normas internacionales que rigen los desalojos forzosos.

Sírvanse facilitar información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso al agua potable limpia y para reducir las disparidades regionales en ese acceso, y explicar los progresos realizados en el acceso a mejores instalaciones de saneamiento en el país.

Artículo 12 – Derecho a la salud física y mental

20.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para combatir la contaminación de los suelos y el agua de resultas de las operaciones de minería.

21.Les rogamos que informen al Comité de las medidas que se hayan adoptado para atenuar los efectos de la contaminación del aire en la salud de la población, en particular en la ciudad de Ulaanbaatar y en los distritos ger.

22.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para mejorar el acceso a servicios de calidad de salud sexual y reproductiva y de salud materna, y para reducir las disparidades en dicho acceso, particularmente entre los adolescentes y las mujeres kazajas. Además, sírvanse indicar las medidas previstas para garantizar que se obtenga el consentimiento informado de las mujeres con discapacidad que se someten a abortos o esterilizaciones.

Artículos 13 y 14 – Derecho a la educación

23.Sírvanse poner al corriente al Comité de los progresos logrados en la reducción de la tasa de abandono escolar en todo el país, particularmente entre los muchachos, los niños de minorías étnicas y lingüísticas y los niños que viven en zonas remotas.

Artículo 15 – Derecho a la cultura

24.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar a todas las personas y comunidades el derecho a participar en la vida cultural, entre otras cosas mediante el acceso a Internet.