Naciones Unidas

E/C.12/CYP/Q/7

Consejo Económico y Social

Distr. general

9 de noviembre de 2022

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales

Lista de cuestiones relativa al séptimo informe periódico de Chipre *

1.Se pide al Estado parte que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (preferiblemente, en un máximo de 10.700 palabras) a más tardar el 27 de octubre de 2023.

A.Información general

2.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para incorporar las disposiciones del Pacto en su ordenamiento jurídico interno. Se ruega describan los esfuerzos realizados para informar, en particular a los jueces, fiscales y abogados, sobre los derechos económicos, sociales y culturales consagrados en el Pacto. Apórtense ejemplos de casos en que las disposiciones del Pacto se hayan invocado ante los tribunales del Estado parte. Tengan a bien proporcionar información sobre la manera en que el órgano legislativo participó en la aplicación y seguimiento de las anteriores observaciones finales y en la elaboración del séptimo informe periódico.

3.Sírvanse proporcionar información sobre la formación que ha recibido el personal de la Oficina del Comisionado para la Administración y la Protección de los Derechos Humanos (la Oficina del Ombudsman) con el fin de garantizar la promoción y protección de todo el abanico de derechos consagrados en el Pacto. Se ruega faciliten información sobre las consultas celebradas con las organizaciones de la sociedad civil y otros grupos de interesados, en particular las organizaciones que trabajan y están integradas por personas con discapacidad, personas en situación de pobreza y romaníes, como parte del proceso de elaboración de nuevas leyes y políticas relacionadas con los derechos económicos, sociales y culturales.

4.Aporten información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte respecto de la mitigación del cambio climático, e indiquen las medidas concretas destinadas a hacer efectivas las contribuciones determinadas a nivel nacional para reducir las emisiones que el Estado parte se fijó en virtud del Acuerdo de París, y los efectos de dichas medidas. Asimismo, tengan a bien informar sobre los progresos realizados para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero per cápita y sobre las metas que se ha fijado el Estado parte para lograr reducciones adicionales. En relación con las políticas y medidas de adaptación al cambio climático, se ruega indiquen:

a)La manera en que el Estado parte evalúa los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, sobre todo por parte de las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;

b)Si el Estado parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación, dotado de todos los recursos necesarios en cantidad adecuada, a fin de hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros aspectos;

c)Las medidas adoptadas para aumentar el grado de preparación y la capacidad de respuesta a los desastres naturales, las medidas de reducción del riesgo de desastres y las medidas emprendidas para adoptar una estrategia a tales efectos, con una dotación suficiente de recursos financieros;

d)Las instituciones que se ocupan de la elaboración y aplicación de medidas y políticas de adaptación al cambio climático para hacer frente a sus efectos de evolución lenta en diferentes esferas, como la agricultura, la vivienda y la salud, y la manera en que se coordinan las instituciones encargadas de la preparación y gestión en casos de desastre.

5.Tengan a bien informar al Comité sobre la manera en que el Estado parte ha tenido en cuenta las obligaciones que le incumben en virtud del Pacto y el objetivo de la plena efectividad de los derechos en él consagrados en el marco de la preparación y aplicación de su Plan Nacional de Recuperación y Resiliencia, adoptado para mitigar los efectos de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y aprobado por la Comisión Europea el 8 de julio de 2021.

B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)

Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)

6.Sírvanse proporcionar información sobre la evolución en los últimos diez años de:

a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional;

b)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, de ser posible calculados como la proporción entre los ingresos totales del decil más rico de la población y los ingresos totales del 40 % más pobre, y como la proporción entre los activos que posee el decil más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;

c)La economía, en particular mediante las variaciones anuales del producto interno bruto (PIB), el PIB per cápita y el nivel de deuda pública en proporción al PIB;

d)La parte de los ingresos públicos que procede de los impuestos y como porcentaje del PIB, la parte de los ingresos públicos que se obtiene mediante los impuestos directos e indirectos, el tipo del impuesto sobre sociedades y el porcentaje de los ingresos totales procedente del impuesto sobre la renta pagado por el decil más rico de la población; proporciónese también una evaluación del monto total de la evasión y la elusión de impuestos y el costo fiscal de las principales ventajas fiscales;

e)El gasto público como porcentaje del PIB y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social, en particular la seguridad social, la alimentación, el agua y el saneamiento, la vivienda, la salud y la educación;

f)La proporción del presupuesto público que se destina a la defensa;

g)Las políticas fiscales aprobadas en respuesta a la pandemia de COVID-19.

7.Se ruega proporcionen información sobre la aplicación de la legislación anticorrupción del Estado parte, y describan los esfuerzos para combatir el soborno y otros actos de corrupción, prestando especial atención a la administración del territorio, la contratación pública y la administración fiscal. Proporciónense también datos estadísticos sobre el número de casos de corrupción enjuiciados en los últimos cinco años, las sanciones impuestas a los autores y los bienes obtenidos por actos de corrupción que se hayan recuperado, teniendo en cuenta, cuando proceda, las dimensiones transnacionales de esos delitos. Explíquense las medidas legislativas o de otra índole que se hayan puesto en marcha para proteger a los denunciantes de irregularidades, así como para velar por la protección y de las víctimas de la corrupción y darles vías de recurso. Tengan a bien indicar en qué situación se encuentra la creación de una autoridad independiente de lucha contra la corrupción y qué medidas se han adoptado para aplicar las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera.

No discriminación (art. 2, párr. 2)

8.Sírvanse informar sobre los progresos realizados por el Estado parte respecto de la revisión de su legislación en materia de lucha contra la discriminación, en particular el artículo 5 de la Ley de Igualdad de Trato en el Empleo y el Trabajo, de 2004, según lo recomendado anteriormente por el Comité, indicando entre otras cosas en qué situación se encuentra el proceso de aprobación de una ley integral de lucha contra la discriminación, y si se ha previsto revisar la Constitución a fin de que abarque la discriminación contra las personas con discapacidad.

9.Se ruega proporcionen información sobre las medidas concretas adoptadas por el Estado parte, y los efectos de tales medidas, para poner remedio a las dificultades y a la erosión de las dificultades asociadas a las ayudas públicas, la vivienda y el empleo a las cuales se enfrentan los solicitantes de asilo y a las que se refirió ya el Comité.

Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)

10.Facilítese información sobre los resultados preliminares de la aplicación del Plan de Acción Nacional de Igualdad entre Mujeres y Hombres para el período 2019-2022, y sobre las principales dificultades relativas a la igualdad de derechos del hombre y la mujer de las que el Estado parte se ocupará a corto y mediano plazo. En referencia al informe del Estado parte, tengan a bien aportar información adicional sobre las medidas adoptadas para eliminar la brecha salarial de género y para mejorar la representación de las mujeres en la vida pública y política y en los puestos de responsabilidad del sector privado. Proporcionen información actualizada sobre el número de condenas impuestas en virtud de la Ley núm. 86(I)/2021, relativa al acoso sexual y de otro tipo.

11.Sírvanse proporcionar información sobre la Comisionada para la Igualdad de Género, puesto creado en 2020, en particular sobre las leyes por las que se creó dicho puesto, los recursos que se le asignan y las actividades específicas que la titular ha llevado a cabo desde 2020.

C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)

Derecho a trabajar (art. 6)

12.Habida cuenta de que la última información proporcionada por el Estado parte data de diciembre de 2011, se ruega aporten datos completos y actualizados, desglosados por factores como el grupo de edad, la discapacidad, el sexo, la región, el origen nacional y el sector económico, sobre la efectividad del derecho a trabajar en el Estado parte, en particular las tasas de participación en la fuerza de trabajo y las tasas de empleo, desempleo y subempleo.

13.Facilítese información sobre el número de personas que han participado en los 13 planes de incentivos al empleo mencionados en el informe del Estado parte, especificando entre otras cosas el número de personas pertenecientes a grupos minoritarios, romaníes, migrantes, personas con discapacidad, personas que viven en zonas rurales, progenitores solos y jóvenes que han participado en esos planes. Asimismo, tengan a bien aportar información actualizada sobre los efectos de los planes en el desempleo, en particular de los refugiados, las personas de la parte septentrional de Chipre, las mujeres, los jóvenes y las personas con discapacidad. Descríbanse todas las medidas adoptadas para hacer frente a los diversos problemas que dificultan el ejercicio efectivo del derecho a trabajar, teniendo en cuenta las repercusiones del conflicto con la parte septentrional de Chipre y la pandemia de COVID-19. Sírvanse indicar los progresos realizados para aumentar la tasa de empleo desde el inicio de la pandemia en 2020, que tuvo efectos negativos en la economía de Chipre.

Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)

14.Teniendo en cuenta la información proporcionada en el informe del Estado parte, se ruega expliquen la manera en que se celebran consultas con las organizaciones patronales y de trabajadores para definir los salarios mínimos en sectores que no son ni la hostelería ni la construcción. Explíquense también las medidas que se hayan adoptado para revalorizar el salario mínimo en función del costo de la vida, de modo que los trabajadores y sus familias puedan disfrutar de un nivel de vida digno.

15.Tengan a bien informar sobre las medidas adoptadas para aplicar las anteriores recomendaciones del Comité en relación con la situación de los trabajadores que no están cubiertos adecuadamente por la legislación laboral y la protección social, y sobre el impacto de dichas medidas. Sírvanse proporcionar información sobre las iniciativas específicas emprendidas por el Estado parte para hacer frente a la precaria situación de los trabajadores domésticos. Se ruega faciliten información sobre las medidas que se hayan adoptado para ratificar convenciones internacionales a tal efecto. Apórtese información detallada sobre la aplicación de los 14 programas especiales de subvenciones económicas destinados a todos los empleados y empresas afectados por la pandemia. Infórmese también sobre las medidas de política específicas que se hayan adoptado para hacer frente a la precaria situación y la vulnerabilidad de los trabajadores domésticos migrantes, abordadas anteriormente por el Comité. Tengan a bien facilitar información sobre los recursos asignados a la Inspección de Trabajo, así como sobre sus actividades, en particular el número de visitas realizadas sin previo aviso y el número de multas y otras sanciones impuestas.

Derechos sindicales (art. 8)

16.A la luz de las anteriores recomendaciones del Comité, sírvanse proporcionar información actualizada sobre el número actual de trabajadores sindicados y la parte que representan en la fuerza de trabajo. Se ruega aporten información sobre las medidas legislativas o de política que se hayan adoptado desde el último informe periódico del Estado parte, presentado en 2016, con el fin de proteger el derecho de los trabajadores no sindicados a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias, en particular respecto de la remuneración justa, las condiciones de trabajo seguras y saludables, la igualdad de oportunidades en el empleo, el descanso y el esparcimiento, y las horas de trabajo. Facilítese información sobre el marco jurídico actual del Estado parte relativo a las condiciones del ejercicio de los derechos sindicales, incluido el derecho de huelga, y a las restricciones impuestas a dicho ejercicio, así como sobre la manera en que esas leyes se han utilizado durante la pandemia de COVID-19. Asimismo, tengan a bien indicar qué libertad tienen los trabajadores de los distintos sectores de la economía para fundar sindicatos y afiliarse a uno de su elección, así como las posibilidades que tuvieron de participar en actividades sindicales durante la aplicación de las medidas y restricciones impuestas por el Estado parte en relación con la pandemia de COVID-19.

Derecho a la seguridad social (art. 9)

17.Sírvanse informar sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para garantizar que el requisito de haber cotizado como mínimo 728 semanas al seguro antes de alcanzar la edad reglamentaria de jubilación no sea un obstáculo al derecho a la seguridad social. Se ruega aporten información actualizada sobre el marco jurídico del Estado parte relativo a la seguridad social de los turcochipriotas hijos de matrimonios mixtos.

18.Proporciónese información sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para mitigar los efectos negativos de la contracción económica resultante de la pandemia de COVID-19 en la seguridad social, en particular la suma total gastada hasta la fecha, el número de beneficiarios de dichas medidas y el monto pagado a cada uno de ellos. Tengan a bien facilitar datos estadísticos, desglosados por grupo de edad, discapacidad, sexo, región, origen nacional, situación laboral y situación socioeconómica, sobre la cobertura de la seguridad social y el acceso a esta en el Estado parte. Descríbanse las medidas adoptadas con el fin de garantizar que las prestaciones de la seguridad social sean suficientes para que los beneficiarios tengan un nivel de vida adecuado, en particular en el contexto de la creciente inflación.

Protección de la familia y la infancia (art. 10)

19.Se ruega expliquen la manera en que la modificación de la Ley de Matrimonio (L.104 (I)/2003), mediante la promulgación de la Ley de Unión Civil 184(I)/2015A, ha contribuido a la protección de la familia y los niños. En concreto, proporciónese información sobre la aplicación de la Ley desde el último informe periódico del Estado parte, incluidos datos estadísticos sobre el uso real que ha hecho cada progenitor de su derecho de licencia, teniendo también en cuenta a las familias con progenitores del mismo sexo y/o género.

20.Tengan a bien indicar cuántos niños se benefician de los diversos planes concebidos en favor de las personas con discapacidad. Apórtese también información sobre la situación en que se encuentra el proceso de aprobación de una definición uniforme del concepto de discapacidad acorde con la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, para que los niños con discapacidad puedan disfrutar de los derechos culturales, económicos y sociales consagrados en el Pacto.

Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)

21.Sírvanse facilitar información específica y estadística sobre las medidas adoptadas para mejorar las condiciones de vivienda y para proporcionar un número mayor de viviendas sociales a las personas y grupos desfavorecidos y marginados, incluida información sobre los planes mencionados en el informe del Estado parte.

22.Se ruega informen sobre los efectos de las medidas adoptadas por el Estado parte para hacer frente a la pobreza y la exclusión social en el marco de su respuesta a la pandemia de COVID-19 y la recuperación posterior, en particular en relación con los grupos a los que esta afectó de forma desproporcionada, por ejemplo, las familias monoparentales, las personas de edad, los romaníes, los migrantes y las personas con discapacidad. Apórtese también información sobre los grupos que corren un mayor riesgo de caer por debajo del umbral de pobreza, y las medidas adoptadas para prevenir dicha situación, en particular en el contexto del aumento del costo de la vida y los precios de la energía.

Derecho a la salud física y mental (art. 12)

23.Tengan a bien informar sobre el estado general de la atención sanitaria en Chipre, en particular sobre las consecuencias negativas que pudiera haber tenido la pandemia de COVID-19 para la atención sanitaria en general y la salud de la población en su conjunto, con inclusión de la prevalencia y los efectos de la COVID-19 prolongada. Facilítese información sobre las prioridades estratégicas a corto y mediano plazo en materia de salud. Apórtese información sobre los efectos de la Estrategia Nacional de Lucha contra la Dependencia de Sustancias Ilícitas y el Uso Nocivo del Alcohol e inclúyase el número de personas que han recibido tratamiento en el marco de este plan. Asimismo, sírvanse proporcionar información sobre la disponibilidad y accesibilidad de test, tratamientos y vacunas para la COVID-19, así como datos estadísticos sobre la población vacunada contra esta enfermedad, desglosados por grupo de edad, discapacidad, sexo, origen étnico, origen nacional y situación socioeconómica.

Derecho a la educación (arts. 13 y 14)

24.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas por el Estado parte para reforzar el sector de la educación pública y para mejorar la disponibilidad, la accesibilidad y la calidad de la enseñanza preescolar, primaria, secundaria y superior sin discriminación, e incluyan las principales prioridades de política. Facilítense datos estadísticos actualizados, desglosados por grupo de edad, discapacidad, sexo, origen étnico, origen nacional, y situación socioeconómica, sobre las tasas de matriculación, deserción y asistencia irregular de los alumnos, en particular en la enseñanza obligatoria, así como sobre el rendimiento y los resultados académicos.

25.Tengan a bien aportar información sobre las medidas concretas adoptadas para hacer frente al impacto negativo que tuvo la interrupción de la enseñanza a raíz de la pandemia de COVID-19 en el acceso de los niños a la educación, teniendo en cuenta los efectos desproporcionados en los niños desfavorecidos y marginados. Facilítese también información específica sobre las acciones emprendidas para hacer frente a los efectos de la pandemia de COVID-19 en la educación, así como las deficiencias observadas durante el cierre de las escuelas.

Derechos culturales (art. 15)

26.Sírvanse proporcionar información detallada sobre el Programa de Descentralización Cultural y el Programa sobre el Patrimonio Cultural Inmaterial, indicando el número y el porcentaje de habitantes de aldeas y zonas rurales que se han beneficiado de dichos programas, en particular las personas desfavorecidas y marginadas que no suelen tener acceso a este tipo de iniciativas.