Distr.

GENERAL

CERD/C/SR.1329

22 de marzo de 1999

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

COMITÉ PARA LA ELIMINACIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL

54º período de sesiones

ACTA RESUMIDA DE LA 1329ª SESIÓN

celebrada en el Palacio de las Naciones, Ginebra,

el miércoles 17 de marzo de 1999, a las 15.00 horas

Presidente : Sr. ABOUL-NASR

SUMARIO

PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, EN PARTICULAR MEDIDAS DE ALERTA TEMPRANA Y PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA ( continuación )

Sudán

EXAMEN DE LOS INFORMES, OBSERVACIONES E INFORMACIÓN PRESENTADOS POR LOS ESTADOS PARTES DE CONFORMIDAD CON EL ARTÍCULO 9 DE LA CONVENCIÓN ( continuación )

Proyecto de observaciones finales sobre los informes periódicos noveno y décimo de la República de Corea ( continuación )

__________________

La presente acta podrá ser objeto de correcciones.

Las correcciones deberán redactarse en uno de los idiomas de trabajo. Dichas correcciones deberán presentarse en forma de memorando y, además, incorporarse en un ejemplar del acta. Las correcciones deberán enviarse, dentro del plazo de una semana a partir de la fecha del presente documento , a la Sección de Edición de los Documentos Oficiales, Oficina E.4108, Palacio de las Naciones, Ginebra.

Las correcciones que se introduzcan en las actas de las sesiones públicas del actual período de sesiones del Comité se reunirán en un documento único que se publicará poco después de la clausura del período de sesiones.

GE.99-40994 (EXT)

Se declara abierta la sesión a las 15.15 horas .

PREVENCIÓN DE LA DISCRIMINACIÓN RACIAL, EN PARTICULAR MEDIDAS DE ALERTA TEMPRANA Y PROCEDIMIENTOS DE URGENCIA (tema 3 del programa) ( continuación )

Sudán

1. Por invitación del Presidente, el Sr. Ibrahim, el Sr. Idris, el Sr. Alazreg y el Sr. Abdu (Sudán) toman asiento como participantes a la mesa del Comité .

2. El Sr. IBRAHIM (Sudán) dice que el Gobierno de su país es respetuoso del carácter universal e indivisible de todos los derechos humanos enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos. Da garantías al Comité de la buena voluntad de su delegación de cooperar en todo lo posible.

3. El Sr. IDRIS (Sudán) dice que su delegación acoge con agrado la oportunidad de familiarizar al Comité con los importantes adelantos constitucionales, políticos y económicos más recientes en el Sudán. Su Gobierno está concluyendo los informes periódicos noveno, décimo y undécimo, que espera presentar próximamente.

4. El Sudán, país más grande de África, tiene 572 tribus con idiomas, dialectos y antecedentes étnicos diferentes que en general han coexistido pacíficamente. Desde 1955 el país ha sido testigo de conflictos armados internos entre los rebeldes del sur y las fuerzas gubernamentales, pero las relaciones raciales han sido generalmente armoniosas. En lugar de refugiarse en países vecinos, la mayoría de los que han huido del conflicto armado en el sur han intentado refugiarse en el norte, demostrando así que las causas del conflicto no son de carácter étnico, racial o religioso.

5. Después del informe periódico anterior del Sudán, en abril de 1997 se firmó un Acuerdo de Paz entre el Gobierno y siete de las ocho facciones rebeldes en el sur, y se ha concluido otro para los montes Nuba; ha echado raíces un sistema de poder federal descentralizado; en julio de 1998 entraron en vigor una Constitución y una Carta de Derechos y Libertades, se promulgaron leyes conexas y se está revisando otras leyes; y el Gobierno ha aceptado, en negociaciones con la facción rebelde restante en el sur, la dirigida por John Garang, el derecho a la libre determinación del pueblo del sur, conforme a lo enunciado en el Acuerdo de Paz. En abril se celebrará otra ronda de negociaciones en Nairobi.

6. Antes del Acuerdo de Paz se firmó una Carta Política en la que se garantizaba el derecho a la libre determinación del pueblo del sur tras un referéndum, y se pedía la adopción de un sistema federal, el reconocimiento de la diversidad cultural, la libertad de religión y creencia, y una distribución equitativa del poder y las riquezas nacionales. El Acuerdo de Paz subsiguiente ha reafirmado los principios generales de la Carta Política, en particular el estatuto especial del sur durante un período interino de cuatro años, tras el cual deberá celebrarse un referéndum sobre la libre determinación, supervisado por observadores internacionales.

7. En el apartado 1) del artículo 2 del Acuerdo de Paz se estipula que el Sudán es una sociedad multirracial, multiétnica, multicultural y multirreligiosa, que la base de los derechos y las obligaciones es la ciudadanía y que todos los sudaneses deben compartir en pie de igualdad todos los aspectos de la vida y las responsabilidades políticas. En el Acuerdo se tienen en cuenta los derechos y libertades fundamentales consagrados en la Carta Internacional de Derechos Humanos y los reconocidos y garantizados en virtud de los convenios y protocolos internacionales ratificados por el Gobierno del Sudán. Se define la participación en el poder mediante la creación de un Consejo de Coordinación para los Estados Meridionales, compuesto íntegramente por personas del Sudán meridional, dotado de una gama amplia de facultades, inclusive en la esfera del desarrollo cultural. En el referéndum previsto se incluirán dos opciones: la secesión o la unidad. En el Acuerdo se pide al Gobierno que procure fomentar los idiomas locales e internacionales, y contiene un cuadro en que se estipula que el 75% de los recursos que se encuentren en los distintos estados deberán destinarse al desarrollo y a la administración de los respectivos estados.

8. El 20 de julio de 1997 se firmó un Acuerdo semejante entre el Gobierno y el Comité Central del Ejército Popular de Liberación del Sudán (SPLA), Sección Unida de los montes Nuba, que contenía una carta de derechos, en el que se concedía a la zona un estatuto de desarrollo especial y se fomentaban sus culturas e idiomas locales así como su gobierno autónomo.

9. El orador examina a continuación el contenido de algunos de los artículos de la Constitución que entró en vigor en julio de 1998 tras su aprobación por referéndum: la descentralización de la autoridad (artículo 2), la declaración del árabe como idioma oficial, aunque facilitándose el desarrollo de otros idiomas (artículo 3); la conciliación y la unidad nacionales para prevenir el fanatismo religioso, partidario y sectario y erradicar el racismo (artículo 6); y la adopción de un nivel de vida decoroso y una distribución justa de la renta nacional (artículo 11). Los artículos 20 a 34 contienen la Carta de Derechos y Libertades. Abarcan la libertad y el carácter sagrado de la vida, el derecho a la igualdad, el carácter sagrado de la nacionalidad, la libertad de circulación, la libertad de credo y de culto, la libertad de pensamiento y de expresión, la libertad de asociación y de organización, el carácter sagrado de las comunidades culturales, el carácter sagrado de la propiedad, la inviolabilidad de las comunicaciones y de la vida privada y la inmunidad contra la detención. De conformidad con artículo 46 de la Constitución, toda persona puede impugnar ante el Tribunal Constitucional cualesquiera violaciones de los derechos y libertades, aunque se trate de disposiciones presidenciales o de medidas adoptadas por cualquier otro funcionario del Estado. En el artículo 132 sobre los estados de excepción se estipula que toda suspensión de derechos y libertades enunciados en la Constitución no deberá suponer una limitación del derecho a no ser sometido a la esclavitud o a torturas o del derecho a la protección contra la discriminación por motivos de raza, sexo o creencias religiosas.

10. La Ley del Tribunal Constitucional de 1998, la Ley sobre la organización de asociaciones políticas de 1998, la Ley sobre las elecciones generales de 1998, la Ley sobre Gobiernos Locales de 1998 y la Ley sobre la Junta de Reivindicaciones y Correcciones Públicas de 1998 han sido promulgadas con arreglo a la Constitución. Se está realizando una revisión de la legislación sobre el período de detención, que se va a cambiar a 72 horas, y sobre el derecho de los detenidos a una revisión judicial y a comparecer ante un juez lo antes posible. El poder judicial también está facultado para inspeccionar los centros de detención y determinar si los detenidos son objeto del trato debido y si se respetan sus garantías legales.

11. En virtud de la Constitución y del Acuerdo de Paz el Estado debe garantizar el desarrollo adecuado de las minorías y proteger a determinados grupos raciales y étnicos (como se desprende del Acuerdo de Paz de los montes Nuba), cumpliéndose así con el apartado 4) del artículo 1 y el apartado 2) del artículo 2 de la Convención. En el artículo 64 del Código Penal del Sudán de 1991 se prohíbe y se sanciona toda incitación al odio, como se estipula en el artículo 4 de la Convención. En la Constitución y en los Acuerdos de Paz se recogen las disposiciones del artículo 5 de la Convención. En el artículo 34 de la Constitución se garantizan los recursos de que deben disponer los ciudadanos, conforme al artículo 6 de la Convención.

12. El conflicto armado en el Sudán puede atribuirse en gran medida a factores socioeconómicos. Ello se desprende claramente del hecho de que entre las partes litigantes hay tanto musulmanes como cristianos, y combatientes tanto del sur como del norte en cada facción, aparte de que las hostilidades estallaron mucho antes de que se promulgara la ley cherámica. El sur propiamente dicho nunca ha estado sujeto a la ley cherámica, porque en virtud del párrafo 3 del artículo 5 del Código Penal esa parte del país está exonerada de su aplicación, y el Gobierno ha adoptado un sistema federal y un estatuto especial para el sur en atención a las disparidades socioeconómicas.

13. Con el ánimo de mitigar el impacto del conflicto sobre la población civil, el Gobierno ha hecho reiterados llamamientos en pro de un cese del fuego amplio e indefinido en el sur por razones humanitarias y de una solución al conflicto en la mesa de negociaciones; ha alentado acuerdos tribales, y es de esperar que el último de esos acuerdos, a saber, el acuerdo entre los dinka y los nuer conduzca a la aceptación por parte de los rebeldes de un cese del fuego amplio en el sur; ha trabajado en favor de una reconciliación entre las tribus en conflicto en Darfur occidental; ha convenido en abrir corredores alimentarios tanto en las zonas controladas por el Gobierno como en las zonas controladas por los rebeldes, gracias a la Operación Supervivencia en el Sudán (OSS); y, ya en 1998, autorizó el transporte aéreo ilimitado de alimentos a las zonas controladas por los rebeldes.

14. El Gobierno sigue propugnando el establecimiento de una paz permanente, y cree que la continuación de las hostilidades armadas es la razón principal del sufrimiento de los civiles en las zonas en conflicto. Para citar un ejemplo, el hambre que afectó a la población de Bahr-el-Ghazal en la primera mitad de 1998 fue consecuencia de la defección del comandante Kerbuno, uno de los signatarios de los Acuerdos de Paz de 1997, que, conjuntamente con el Ejército Popular de Liberación del Sudán (SPLA) intentó ocupar la capital de Bahr-el-Ghazal en enero de 1998. Los consiguientes estragos condujeron al desplazamiento de la población y al hambre. Pese a los problemas de seguridad, el Gobierno ofreció acceso ilimitado a la OSS, y la comunidad internacional ha reconocido sus esfuerzos en materia de asistencia para el transporte aéreo de socorro.

15. El Gobierno ha tomado en serio las inquietantes denuncias formuladas recientemente acerca de la existencia de la esclavitud en las regiones en conflicto de Bahr-el-Ghazal septentrional. En 1996 el Consejo Consultivo de los Derechos Humanos estableció un comité encargado de investigar las denuncias de desapariciones involuntarias y algunas formas de esclavitud, pero no encontró pruebas fidedignas. Dicho comité sigue cumpliendo con su tarea y el Gobierno acaba de crear un Comité Ministerial encargado de seguir el asunto. El Consejo Consultivo ha solicitado la ayuda del Fondo de las Naciones Unidas para Infancia (UNICEF) en la investigación. Por invitación del Gobierno, el Grupo de Trabajo sobre las formas contemporáneas de la esclavitud había investigado todas esas denuncias tres años antes. Lord McNair, de la Cámara de los Lores de la Gran Bretaña también visitó las zonas donde presuntamente se estaba practicando la esclavitud y redactó un informe en el que impugna esas afirmaciones.

16. Su Gobierno expresa indignación ante la trata de personas por parte de algunas organizaciones no gubernamentales, condenadas por muchos, incluido el UNICEF. En los artículos 161 a 164 del Código Penal se prohíben actos como el rapto, el secuestro y el confinamiento ilícito.

17. En relación con los montes Nuba, el Acuerdo de Paz de 1997 se basó en la Declaración de Principios de Nairobi de 1996, en la que se reconoce la causa justa de los habitantes de los montes Nuba y la necesidad del desarrollo social de la zona, de una participación equitativa en el aprovechamiento de la energía y de un sistema justo de gobierno y justicia, así como de una distribución equitativa de la riqueza y la rehabilitación, y la necesidad de poner fin a la guerra, de restablecer la paz y prever un mecanismo para el establecimiento de un gobierno local durante el período de transición.

18. A fines de enero de 1999 Darfur occidental fue escenario de enfrentamientos entre pastores árabes y agricultores masalit, cuando aquéllos incursionaron en las tierras agrícolas de éstos. Después de la matanza de los miembros de un comité de conciliación y de las represalias tomadas por los pastores, una delegación gubernamental visitó la región para evaluar la situación, y el Presidente de la República declaró un estado de emergencia en la región, y nombrando a un representante especial encargado de restablecer la seguridad y la estabilidad. Se convocaron reuniones subsiguientes entre ambas tribus bajo los auspicios del Gobierno y se celebró una conferencia de reconciliación. El Presidente estableció una comisión encargada de investigar esos deplorables incidentes. Se enviaron fuerzas adicionales a la zona para impedir cualesquiera nuevas agresiones y actualmente la situación está tranquila y bajo control.

19. La Sra. McDOUGALL (Relatora del país), agradeciendo a la delegación del Sudán la información adicional que ha proporcionado sobre la aplicación de la Convención y sobre los últimos acontecimientos en el actual conflicto civil, dice que en agosto de 1998 el Comité expresó preocupación por los persistentes informes acerca del deterioro de la situación de los derechos humanos en el Sudán. Habida cuenta de que la guerra de 16 años de duración en el Sudán es de un carácter marcadamente étnico y racial y de que se estima que desde 1983 han muerto hasta 1,9 millones de sudaneses como consecuencia de la guerra, el Comité está claramente obligado a realizar una tarea de sensibilización sobre las raíces étnicas del conflicto.

20. El Comité acoge con agrado los informes en los que se indica que todas las partes en conflicto están de acuerdo en prorrogar el cese del fuego en el sur y la presunta voluntad del Gobierno de analizar la posibilidad de una mayor autonomía o incluso una secesión en el sur.

21. Para empezar, pregunta acerca de la disponibilidad de datos demográficos sobre el Sudán. La información proporcionada al Comité por las autoridades sudanesas no está desglosada según las distintas etnias. En 1994 el Comité señaló que los resultados del censo de 1993 serían de importancia crítica para evaluar la aparente dicotomía existente en el Sudán entre las disposiciones legales y su aplicación concreta y las persistentes disparidades sociales y económicas entre las poblaciones septentrionales y meridionales, que podrían constituir una discriminación de facto (Informe del Comité, A/49/18, párrafo 471).

22. Toda información demográfica sobre el Sudán debe entenderse en el marco de un conjunto más amplio y complejo de asociaciones étnicas entre quienes se identifican con una cultura árabe en el norte y quienes se identifican con una cultura de orientación africana en el sur; además, como se cree que existe una estrecha relación entre el islam y el arabismo, la amenaza de una imposición de la ley cherámica en el sur en 1983 ha contribuido a reanimar y radicalizar la guerra. La última vez que el Comité examinó el caso del Sudán, su actual Presidente, el Sr. Aboul-Nasr advirtió con razón que hay que ser muy cauteloso al analizar la compleja asociación entre las identidades étnicas y religiosas en el contexto de las obligaciones dimanantes de la Convención. Está de acuerdo con ello, pero conforme a muchas fuentes académicas, organizaciones no gubernamentales fidedignas y organizaciones de derechos humanos, también se estima evidente que el Sudán presenta una situación singular en que la las cuestiones relacionadas con la raza, las etnias, la religión y la cultura están de hecho muy interrelacionadas en muchos aspectos, y que el conflicto civil actual en el Sudán se basa en esa compleja relación recíproca. El Comité debería escuchar las observaciones de la delegación sudanesa al respecto, incluida su evaluación de la importancia general de la etnicidad en el conflicto en el sur.

23. Con toda claridad las tensiones étnicas entre el norte y el sur han echado leña al conflicto, y, por lo tanto, desea conocer la reacción de la delegación en relación con la información según la cual en varios comentarios avalados por el Gobierno en Jartum se ha acusado a los opositores del Gobierno de "racismo negro" y de que muchos habitantes del norte todavía usan el término abid, o esclavos, al referirse a los del sur.

24. Tanto las fuerzas del Gobierno como grupos rebeldes armados pertenecientes al Ejército Popular de Liberación Nacional han participado en graves violaciones del derecho humanitario y, aunque los motivos no hayan sido siempre étnicos, esos abusos han ocurrido en un clima de conflicto étnico. En los últimos años solamente, se ha indicado en muchos informes que ambas partes en conflicto deben ser consideradas responsables de agresiones contra poblaciones civiles, torturas, desapariciones, ejecuciones sumarias, la destrucción maliciosa y militarmente injustificada de bienes civiles y la desviación de suministros de socorro muy necesarios. También se dice que el Gobierno ha bombardeado sistemáticamente objetivos no militares, incluidos centros de socorro así como hospitales a cargo de organismos de socorro en el sur. Se informa asimismo de que el Gobierno ha cometido graves abusos de los derechos humanos en regiones ajenas al conflicto.

25. En varios informes fidedignos se sugiere que el Gobierno ha reclutado por la fuerza a niños soldados y que milicias apoyadas por el Gobierno han esclavizado sistemáticamente a mujeres y niños capturados en el conflicto. En un informe recién publicado por Human Rights Watch se afirma que la forma contemporánea de la esclavitud practicada en el Sudán en el contexto del conflicto puede atribuirse casi exclusivamente a milicias armadas de la tribu baggara del Sudán occidental apoyadas por el Gobierno, y que está dirigida principalmente contra la población civil dinka de la región meridional, y que el propósito de armar a la milicia tribal parece ser luchar una guerra de contrainsurgencia de bajo costo contra el Movimiento/Ejército Popular de Liberación del Sudán, identificado con la tribu dinka del Sudán meridional.

26. El Comité expresa gran preocupación por las persistentes violaciones de los derechos humanos en el sur y las denuncias de esclavitud. El Consejo Consultivo de Derechos Humanos del Gobierno, un miembro de la Cámara de los Lores de la Gran Bretaña y una organización no gubernamental británica están todos de acuerdo en que esas denuncias son infundadas y, en su opinión, otras organizaciones no gubernamentales han exagerado y explotado la información acerca de prácticas análogas a la esclavitud en el Sudán. Pero la forma en que el Gobierno rechaza las denuncias de esclavitud como una mera toma de rehenes por grupos tribales independientes que actúan en el sur se contradice con la gravedad de los abusos y la cuestión de la participación y la responsabilidad del Estado. Según información fidedigna se sugiere en particular que se está tratando efectivamente como esclavos a mujeres y niños secuestrados en el sur, obligados a trabajar como sirvientes domésticos en el norte, donde están expuestos a agresiones físicas y sexuales, se les niega la comunicación con sus familias, se les obliga a adoptar nombres árabes y a convertirse al islam. El UNICEF acaba de publicar un informe en el que se afirma que se está esclavizando a miles de sudaneses, la mayoría de ellos mujeres y niños cristianos secuestrados por milicias armadas musulmanas basadas en zonas del país controladas por el Gobierno. También se ha informado de que las fuerzas del Gobierno han respaldado esas actividades transportando a milicianos tribales a la región para apoyar las redadas de captura de esclavos. El Comité pide a la delegación sudanesa que responda a todas esas denuncias.

27. El Comité acoge con agrado el anuncio reciente del Gobierno de que se propone enjuiciar a quienes participan en el comercio de esclavos e instar a la población sudanesa a que denuncie cualesquiera incidentes de esclavitud. ¿Se investigará o juzgará alguno de esos casos? ¿Se debe adoptar alguna medida contra los miembros de las Fuerzas Armadas hallados culpables de prestar ayuda o de encubrir a milicianos tribales implicados en esas actividades? ¿Podría describir la delegación cualesquiera medidas concretas que se haya adoptado, en particular campañas de información pública, para alentar a los ciudadanos a denunciar esos actos a las autoridades? ¿Coopera el Gobierno con el plan de cuatro puntos del UNICEF para lograr la liberación de la población esclavizada? Esas preguntas atañen a las obligaciones del Estado Parte dimanantes de los artículos 2, 4, 5 y 6 de la Convención .

28. La guerra civil ha sido la principal causa de intensas hambrunas en el Sudán meridional y central. Las Naciones Unidas estiman que 2,4 millones de personas en el sur, o un 10% del total de la población del Sudán, están expuestas habitualmente al hambre. Aunque en respuesta a críticas internacionales se ha levantado una prohibición impuesta por el Gobierno en marzo de 1998 contra los vuelos de socorro de las Naciones Unidas con arreglo a la Operación de Supervivencia en el Sudán (OSS), se anticipa que las tasas de mortalidad seguirán siendo de un nivel inaceptablemente elevado durante cierto tiempo. Según las Naciones Unidas, las viudas y las comunidades internamente desplazadas, incluidas las comunidades de minorías étnicas, tienen por lo general menos acceso al socorro alimentario que otros grupos, y son más susceptibles al hambre. Pide a la delegación que proporcione más información sobre las medidas adoptadas por el Gobierno para facilitar la labor de la OSS y la distribución de suministros de socorro a las personas internamente desplazadas.

29. A decir de todos, la situación en la región geográficamente aislada de los montes Nuba, tradicionalmente pobladas por 52 grupos étnicos diferentes, sigue siendo especialmente grave pese al Acuerdo de Paz mencionado por la delegación. El Comité ha expresado anteriormente preocupación porque las políticas del Gobierno en la región equivalen a un programa de limpieza étnica. Por lo menos una destacada organización no gubernamental ha calificado a sus actividades de genocidio. Según se informa, el Gobierno se está valiendo del hambre para expulsar a los ciudadanos de las zonas controladas por los rebeldes para obligarlos a vivir en sus "aldeas de paz", donde las condiciones suelen ser de peligro mortal. La situación en los montes Nuba suscita sin duda alguna considerables inquietudes en relación con la Convención. Agradecería una confirmación oficial de la buena intención del Gobierno de facilitar el acceso a la región a vigilantes independientes de los derechos humanos y pide a la delegación que proporcione una sinopsis de las políticas del Gobierno respecto de la región.

30. Pide a la delegación que facilite observaciones, a la luz de los artículos 2 y 4 de la Convención, sobre la información según la cual el Estado Parte ha practicado la política de armar a milicias étnicas para intentar fomentar rivalidades étnicas internas en el Sudán meridional, granjeándose así aliados en la guerra civil. Últimamente se han recibido informes similares en relación con la región de Darfur. De conformidad con el Relator Especial de la Comisión de Derechos Humanos sobre la situación de los derechos humanos en el Sudán (E/CN.4/1997/58), las hostilidades entre las tribus se intensificaron tras una reorganización administrativa de la estructura federal en el sur. Según se informa, algunos gobernadores recién nombrados favorecían a las tribus árabes nómadas en detrimento de los habitantes indígenas de los nuevos estados del sur, prometiendo la entrega de tierras a los colonos árabes. El Estado Parte informó al Comité en 1994 de que cada estado meridional tenía un gobernador de origen meridional pero, de conformidad con el Relator Especial, los gobernadores de por lo menos una región (Darfur occidental), donde se han creado tres nuevos estados, suelen proceder de otras partes del Sudán y son nombrados por las autoridades federales de Jartum.

31. La situación de los tratados internacionales de derechos humanos y otros tratados con arreglo al nuevo marco constitucional es confusa, así es que pide a la delegación que la aclare. El hecho de que la nueva Constitución contenga varias disposiciones importantes sobre derechos humanos representa una evolución positiva. Ha habido algunas críticas contrarias al proceso de aprobación de la Constitución, en particular afirmaciones según las cuales se ha detenido hasta 100 abogados, sindicalistas y otros militantes por impugnar el proceso. El hecho de que la gran mayoría de la población del sur no haya podido participar en el referéndum debido a la guerra civil plantea algunas interrogantes, en el contexto del apartado c) del artículo 5 de la Convención, sobre la legitimidad política de la Constitución. Solicita más información sobre su aplicación en el sur.

32. Pide que se confirme si se aplica la ley cherámica sólo a los musulmanes y si los sudaneses del sur que viven en el norte no están sujetos al Código Penal Islámico. ¿La exoneración de los diez estados del sur de los aspectos del derecho penal fundados en la ley cherámica haría posible la aplicación de la ley cherámica en un futuro si las asambleas de los estados meridionales así lo decidieran? Según parece, la impresión que existe en el sur de que ya se está aplicando la ley cherámica o de que pronto va a aplicarse ha sido un importante factor de exacerbación del actual conflicto civil. Desea saber qué medidas está adoptando Gobierno para disipar esas inquietudes. Pese a afirmaciones oficiales de que no se está aplicando la ley cherámica a los no musulmanes y a las amplias garantías contenidas en la nueva Constitución, incluido el derecho a la libertad de religión, es evidente que el Gobierno ha intentado imponer su interpretación del derecho islámico a algunas comunidades no musulmanas.

33. Aunque con arreglo a la legislación sudanesa los musulmanes tienen derecho a adoptar a niños musulmanes o no musulmanes, así como a niños abandonados, los no musulmanes sólo pueden adoptar legalmente a niños no musulmanes, y les está prohibido adoptar a niños abandonados. En un país donde existe un número excepcionalmente grande de niños desplazados y abandonados, esas leyes, aplicadas en función de las divisiones étnicas sobre una base discriminatoria de facto, podrían tener consecuencias sumamente graves en el sur.

34. El PRESIDENTE , hablando a título personal, dice que en su calidad de musulmán lamenta el tono de las observaciones de la Relatora del país sobre la ley cherámica, que da la impresión de que la aplicación de la ley cherámica a otros, aún en un contexto judicial, es un delito que debe denunciarse. Le aconseja que lea acerca de la ley cherámica y su aplicación en los distintos países. En todo caso, la delegación ha dado seguridades de que no se aplicará la ley cherámica en el sur.

35. El Comité está de acuerdo con que siempre deben mencionarse las fuentes de las informaciones y denuncias. La Relatora del país no ha citado sus fuentes en todos los casos. En su opinión, los informes de algunas organizaciones no gubernamentales no son dignos de crédito.

36. La Sra. McDOUGALL (Relatora del país) dice que el Presidente ha malinterpretado tanto la intención como el tono de sus observaciones. Ha señalado muy cuidadosamente, refiriéndose a las observaciones del Presidente, que sólo ha hablado del Sudán. La singular forma en que se mezclan cuestiones como la religión, la cultura y la etnicidad en el Sudán crean el contexto en que se abordan las cuestiones relativas a las comunidades étnicas y su relación con la religión. No ha cuestionado al islam de ninguna manera; se limita a examinar la impresión que tienen de la ley cherámica ciertas comunidades étnicas.

37. En relación con las fuentes, por no disponerse de un informe del Estado Parte, ha tenido que depender más de lo habitual en documentos de organizaciones no gubernamentales, y en muchos casos ha indicado las fuentes. Donde no lo ha hecho, está dispuesta a remediar la omisión. En todo caso, no ha elegido sus fuentes indiscriminadamente, llegando incluso a desechar informes de organizaciones que, en su opinión, exageran o explotan la información acerca de la esclavitud en el Sudán.

38. La Sra. SADIQ ALI , acogiendo con agrado la reanudación del diálogo del Comité con el Sudán, dice que el Acuerdo de Paz de abril de 1997 fue todo un acierto, en especial la disposición según la cual se concede al Sudán meridional un estatuto especial. De restablecerse la paz, un país otrora considerado como el granero de África podría embarcarse en la senda del desarrollo y se abordaría el enorme problema de las personas internamente desplazadas. Sin embargo, el Acuerdo de Paz no ha sido firmado por el Ejército Popular de Liberación del Sudán, que últimamente ha obtenido varios éxitos militares. John Garang, dirigente del Ejército Popular de Liberación del Sudán, está firmemente convencido de que no podría concertarse la paz con el régimen actual de Jartum. Sin embargo, aún prosiguen las conversaciones directas, pese a que no son muy prometedoras. En las negociaciones que se celebran bajo los auspicios de la Autoridad Intergubernamental para el Desarrollo (IGAD), quedan pendientes tres demandas del Ejército de Liberación: la insistencia en una relación confederal antes que federal entre el norte y el sur; un Estado secular no sometido al derecho islámico; y la modificación de la frontera septentrional del Sudán meridional para incluir zonas africanas y yacimientos petrolíferos.

39. De conformidad con fuentes de las Naciones Unidas, en la legislación sudanesa no se reconoce el derecho a usar idiomas locales en comunicaciones oficiales o actuaciones administrativas o judiciales en el Sudán. Desea saber por qué se ha privado a las minorías de ese derecho. Además, según el Human Rights Monitor , muy pocos no musulmanes ocupan cargos judiciales de nivel alguno. ¿Puede atribuirse a la falta de educación o de formación?

40. El Sr. de GOUTTES felicita a la Relatora del país por su informe, que ha sido especialmente útil, a falta de un informe del Estado Parte.

41. Cuando el Comité examinó el informe del Sudán en 1994, mencionó los siguientes principales motivos de preocupación: persistentes disparidades económicas y sociales entre las poblaciones septentrionales y meridionales que podrían constituir una discriminación de facto y un obstáculo para la solución del conflicto en curso; el gran número de sudaneses que quedaron sin hogar como consecuencia del conflicto y estaban siendo desplazados en el interior del país o vivían refugiados fuera de él; obstáculos para el goce de las libertades fundamentales, incluido el derecho a elegir una religión; y la falta de garantías legales para la independencia del poder judicial. Muchos de esos problemas persisten. Sin embargo, acoge con agrado la conclusión del Acuerdo de Paz en 1997, en cuya virtud el sur debe ejercer su derecho a la libre determinación mediante un referéndum, y el establecimiento de un sistema federal que garantice el respeto de los derechos humanos, en particular el derecho a la libertad de religión y de opinión. La nueva Constitución consagra estos derechos pero en el artículo 136 se mantiene la opción de declarar un estado de emergencia en cuya virtud podrían suspenderse muchos derechos. ¿El Gobierno ha invocado o proyecta invocar esa disposición?

42. En su resolución 1998/67 la Comisión de Derechos Humanos ha expresado su profunda preocupación por las continuas y graves violaciones de los derechos humanos en el Sudán, en particular las desapariciones forzadas o involuntarias, las violaciones de los derechos de las mujeres y los niños, la esclavitud y prácticas análogas a la esclavitud, los desplazamientos forzados de personas así como la denegación de la libertades de religión, expresión, asociación y reunión pacífica. Pide a la delegación que formule observaciones sobre esas denuncias.

43. En un informe publicado en mayo de 1998 Amnistía Internacional facilitó detalles sobre violaciones de los derechos humanos perpetradas contra las personas desplazadas en el Sudán, que son unos 4,5 millones. Desearía información sobre la situación actual de esas personas.

44. Pese a las negaciones oficiales sobre la práctica de la esclavitud, Amnistía Internacional afirma en su informe de 1998 que el Vicepresidente de la Comisión de Derechos Humanos de la Asamblea Nacional en el Sudán reconoció en julio de 1998 que se había secuestrado a niños en el norte de la región de Bahr-al-Ghazal para esclavizarlos. Pide a la delegación que haga comentarios sobre dicho informe.

45. En relación con el hambre en Bahr-el-Ghazal, toma nota con interés de que el Gobierno se ha propuesto llamar a un cese del fuego en el sur por motivos humanitarios y abrir corredores en el contexto de la Operación Supervivencia en el Sudán para el transporte de suministros de alimentos para la población civil en zonas controladas por el Gobierno y por los rebeldes. ¿Cuál es la situación actual de las comunidades afectadas por el hambre y hasta dónde ha llegado la operación de socorro?

46. El Sr. van BOVEN hace suyas las observaciones hechas por la Relatora del país y los demás oradores.

47. En sus observaciones finales sobre el informe anterior, el Comité subrayó la importancia decisiva de la administración de la justicia en relación con la eliminación de la discriminación racial y recomendó que se limitaran las facultades de la policía y que los jueces decidieran sobre la legalidad de una encarcelación dentro de un plazo razonable después de la detención de un sospechoso o del ingreso en prisión de un acusado. A ese respecto, el Comité señaló que el Estado Parte estaba obligado a asegurar que los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley fueran plenamente responsables del cumplimiento de las estipulaciones de la Convención y de que se castigaran los excesos de las fuerzas de seguridad. Pide a la delegación que haga observaciones sobre esos aspectos.

48. De conformidad con la delegación, el Sudán ha invitado al Grupo de Trabajo sobre las formas contemporáneas de la esclavitud de la Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos a que visite el país para investigar la situación. Piensa que esa visita sería útil pero lamentablemente los recursos del Grupo de Trabajo son muy limitados y es poco probable que pueda aceptarla. Le interesa saber si ha habido alguna novedad al respecto.

49. El Sr. GARVALOV encomia la presentación oral, que ha aclarado muchas preguntas y el reconocimiento explícito de Estado Parte de que el Sudán es una sociedad multirracial, multicultural, multirreligiosa y multiétnica. Observa que de conformidad con la Carta de las Naciones Unidas y los dos Pactos internacionales, el derecho a la libre determinación, a que se ha hecho referencia en la presentación oral de la delegación, es un derecho reservado a los pueblos, en cuya virtud éstos deciden por sí mismos si desean la independencia, una forma de autonomía o la secesión. Si el referéndum en el Sudán meridional se decide a favor de independencia, ¿se reconocerá esa decisión? Desearía que se aclarara esta cuestión, en particular porque entiende que los sudaneses del sur son técnicamente diferentes de los del norte.

50. El hecho de que tanto la Constitución como el Acuerdo de Paz de los montes Nuba obliguen al Estado a velar por el adecuado progreso de las minorías y la protección especial de ciertos grupos raciales y étnicos armoniza con lo dispuesto en el párrafo 4 del artículo 1 y el párrafo 2 del artículo 2 de la Convención.

51. El Sr. IBRAHIM (Sudán) dice que la defensa de los derechos humanos y de la Convención en particular por parte del Sudán no se reduce a un mero cumplimiento de sus obligaciones internacionales; también es una cuestión de convicción religiosa. El Sudán no tiene nada que ocultar y no negará cualesquiera errores. Su Gobierno ha intentado atacar con valentía las causas fundamentales de la guerra y concertar un acuerdo de paz sobre una base profana. Ha convocado varias conferencias para analizar problemas económicos y sociales, la Constitución y la paz. El proceso ha producido como resultado cambios fundamentales y se ha podido examinar la cuestión de una distribución más justa de la riqueza y el poder. No es fácil para el Gobierno contemplar la concesión de autonomía a parte de su territorio, pero la paz es la consideración primordial.

52. El sistema federal se estableció porque a nadie le convenía más un régimen centralizado. De un total de 26 estados, 10 se encuentran en el sur y los gobernadores estatales y ministros electos son del sur. Ello podría contribuir a solucionar los problemas del sur. El Acuerdo de abril de 1997 por el que se concede el derecho a la libre determinación fue firmado por todas las facciones en conflicto salvo la más grande, y muchos grupos, incluidos algunos países de la Unión Europea, han venido colaborando desde entonces para tratar de persuadir a ese grupo a que lo firme. Le complace poder decir que el 7 de marzo de 1999, el mayor grupo de tribus del Sudán meridional, los nuer y los dinka, concluyó un acuerdo de cese del fuego de ámbito nacional, en preparación para las negociaciones programadas para abril en Nairobi.

53. El Sudán está intentando avanzar en la buena dirección y acogerá con agrado toda crítica objetiva que le ayude a mejorar. Ya ha adoptado medidas valientes para hacer frente a las denuncias que se han hecho: la nueva Constitución incluye, por primera vez, una Carta de Derechos; se ha instituido un procedimiento de reclamaciones; se ha adoptado un sistema electoral multipartidario; y, con el desarrollo de la libertad de prensa, hay quince periódicos diarios, de los cuales sólo uno recibe apoyo del Gobierno.

54. Para el 30 de junio, el Sudán será autosuficiente en materia de petróleo, gracias a la asistencia de diversos países. Los ingresos del petróleo harán posible el desarrollo de infraestructura en todo el Sudán, en un contexto de paz.

55. Con respecto al carácter de la guerra, dice que ésta se inició en 1955, antes de la independencia, y que nunca se han esclarecido sus causas. En todo caso se respetará la decisión de la población del Sudán meridional, ya sea que quiera vivir en comunión con la del norte o separada de ella.

56. Respondiendo a las solicitudes de información demográfica, dice que en 1993 no se contaba con sistemas computadorizados para facilitar los datos pertinentes, pero se compromete a recabar toda la información disponible. En relación con la palabra "negros", las personas que usen expresiones como esa pueden ser castigadas con arreglo al Código Penal.

57. Respondiendo a las observaciones sobre el bombardeo de un hospital, dice que es imposible controlar o investigar nada de lo ocurrido durante una guerra, pero ciertamente el Gobierno no ataca a civiles ni bombardea hospitales como cuestión de política. En relación con el reclutamiento de niños, la ley prohíbe estrictamente el reclutamiento de toda persona menor de 18 años de edad, y el Fiscal General entablará acción contra quienquiera que lo haga.

58. Con respecto a la cuestión de la esclavitud, se ha permitido la visita de un relator especial del UNICEF a todas las regiones donde presuntamente ocurren casos de esclavitud. También existe un problema de definición: lo que muchos llaman "esclavitud", para los sudaneses es "secuestro". Explica que en algunas regiones selváticas, donde no existe un derecho de trashumancia reconocido para los pastores nómadas, éstos incurren algunas veces en tierras agrícolas, donde los agricultores se apoderan de algunos de sus animales, y en venganza los pastores pueden secuestrar a algunos de los hijos de los agricultores. En esa situación, los ancianos se reúnen para mediar y convenir en el pago de una indemnización. Estos conflictos son comunes en las regiones de África donde hay nómadas, y su Gobierno fomenta esa mediación y algunas veces da apoyo financiero para el pago de las indemnizaciones. Lo que se necesita es asistencia técnica, por ejemplo, de la Comisión de Derechos Humanos, como la que ha venido pidiendo el Sudán durante tres años, para facilitar las comunicaciones y procesos de mediación de esa índole.

59. Por lo que toca al hambre, recuerda que el Secretario General de las Naciones Unidas ha expresado su reconocimiento al Sudán por facilitar el acceso al socorro alimentario para Bahr-el-Ghazal. El número de vuelos por día ha aumentado de cuatro a 30. Además, su Gobierno ha donado 155.000 toneladas de alimentos y se han reunido donaciones de sudaneses que viven fuera del país e incluso en los estados del norte.

60. El Acuerdo de Paz de los montes Nuba se concertó como resultado del reconocimiento del Gobierno de que las necesidades de desarrollo de la población de esa región son diferentes de las de los sudaneses del sur. En cumplimiento del Acuerdo, el Gobierno ha establecido un Consejo de Coordinación. Refiriéndose a las milicias respaldadas por el Gobierno, dice que a mediados del decenio de 1980 el entonces Primer Ministro, ahora dirigente de la oposición, introdujo por primera vez las milicias étnicas armadas. El nuevo Gobierno se dio cuenta de que no podían contribuir a la paz en el Sudán y comenzó a formar grupos de defensa civil, que ahora están bien formados y reciben orientación del ejército.

61. Niega que se favorezca a los árabes en detrimento de los no árabes en cualquier autoridad u órgano oficial. Está prohibido por la ley y la Constitución y puede enjuiciarse a los contraventores. Refiriéndose a la presunta detención de 100 abogados, dice que el total de abogados de Jartum no llega siquiera a 100. La detención a que se ha referido la Sra. McDougall podría ser la que ocurrió en relación con las elecciones para el Colegio de Abogados. Se ha dado amplia difusión al proyecto de Constitución tanto dentro como fuera del país, y el apoyo ha sido general.

62. Refiriéndose a lo señalado por el Sr. de Gouttes sobre las disparidades económicas, dice que uno de los objetivos de la nueva Constitución es la distribución equitativa de la riqueza entre los estados de la federación. Tras estudiar los sistemas federales de diversos países, el Gobierno ha llegado a una fórmula en cuya virtud, si un estado posee riquezas petrolíferas o minerales, el 40% se destina a ese estado y el 25% a los estados vecinos. Si el estado es meridional, se queda con el 75% y un 25% se destina al centro.

63. En relación con los refugiados y las personas desplazadas, pregunta cómo el Sudán, como país que ha recibido 2,5 millones de refugiados de Etiopía y Eritrea durante el conflicto en esa región y ha brindado a muchos de ellos una educación gratuita, servicios sanitarios y empleo, podría no hacer gala de la misma generosidad con sus propios habitantes desplazados a raíz de una guerra civil, sequía o inundaciones. Además, los ingresos recaudados gracias a un impuesto islámico obligatorio ( zakat ) se distribuyen entre los pobres, los necesitados y los refugiados, independientemente de su religión o raza. La administración del zakat dispone de recursos similares a los del propio Ministerio de Finanzas, y se están destinando a proyectos de seguridad social y de la familia.

64. La conversión forzosa es contraria al islam, al Corán, a la Constitución y a la ley. Existe la plena libertad de convicción religiosa.

65. La independencia del poder judicial del Sudán ha sobrevivido varios decenios de regímenes sucesivos. Hasta los miembros de las fuerzas de seguridad comparecen ante los tribunales en el Sudán. Un ejemplo ocurrió en 1996, cuando se condenó a muerte y se ejecutó a tres oficiales de seguridad acusados de matar a tres civiles. Se compromete a facilitar al Comité una copia de la nueva ley sobre el poder judicial.

66. Se ha superado el hambre en Bahr-el-Ghazal sobre todo gracias a la oportuna respuesta de la comunidad internacional. El Programa Mundial de Alimentos (PMA) ha asegurado al Gobierno que hay suficientes alimentos para la zona. El Sudán, país rico en bosques, cereales y ganado, podría abastecerse a sí mismo y a medio África sin ayuda exterior, si tan sólo se lograra la paz.

67. En relación con lo acotado por el Sr. van Boven sobre las detenciones efectuadas por las fuerzas de seguridad, dice que en 1995 se creó un Consejo Consultivo de Derechos Humanos, integrado principalmente por representantes de organizaciones no gubernamentales, que ha recomendado que el Gobierno ponga en libertad a todos los presos políticos con arreglo a la nueva Constitución y la Carta de Derechos. Desde entonces se ha puesto en libertad a los 41 presos políticos, ninguno de los cuales había estado encarcelado más de cuatro meses. No hay más presos políticos en el país. De haberlos, se respetarían sus derechos en virtud de la nueva Constitución y la ley.

68. El Sr. IDRIS (Sudán), respondiendo a la pregunta de Sr. Garvalov sobre el respeto del derecho a la libre determinación, lo remite al artículo 8 de capítulo 7 del Acuerdo de Paz, en cuya virtud las partes convienen en aceptar, acatar y aplicar de buena fe los resultados del referéndum. Además, de conformidad con la Constitución el Acuerdo es vinculante para el Gobierno.

69. En relación con la limitación del poder de la policía y de la potestad del poder judicial, se está enmendando la Ley de Seguridad Nacional y la Ley de Procedimientos de Seguridad para limitar el tiempo de detención. La Constitución prohíbe la tortura y otros tratos degradantes. Se está enmendando la Ley del Poder Judicial para que los detenidos tengan derecho a comparecer ante un juez en un plazo de 72 horas, y que los jueces tengan derecho a inspeccionar los centros de detención en cualquier momento para asegurarse de que los detenidos estén recluidos en las condiciones que manda la ley.

70. La firme decisión de declarar un cese del fuego general es iniciativa del Gobierno, lo mismo que la apertura de corredores, por conducto de la Operación Supervivencia en el Sudán (OSS), para que los alimentos y el socorro puedan llegar a las zonas controladas por los rebeldes, y las disposiciones pertinentes se han aplicado bajo la supervisión de la Oficina de las Naciones Unidas de Coordinación de Asuntos Humanitarios. En relación con el artículo 132 de la Constitución y la posibilidad de suspender ciertas libertades constitucionales durante un estado de emergencia así como la suspensión de la Carta de Derechos, determinadas disposiciones de la Carta de Derechos, incluida la prohibición de la discriminación, la tortura y la esclavitud se consideran intocables y no se pueden modificar, ni siquiera en un estado de emergencia; otros aspectos pueden limitarse en casos de peligro para la seguridad nacional.

71. Los tribunales consienten el uso de idiomas de las minorías locales si los acusados, los demandados o demandantes no entienden otros idiomas; y los tribunales están obligados a facilitarles intérpretes. La Constitución y el Acuerdo de Paz de los montes Nuba también obligan al Estado a promover las culturas e idiomas locales; lo hace, entre otras cosas, incluyéndolos en los programas escolares de los distintos estados.

72. Como la mayoría de los observadores, el Gobierno es consciente de los efectos adversos de un conflicto armado prolongado sobre el goce de los derechos humanos, y ha propugnado siempre un cese del fuego indefinido e incondicional así como una solución negociada. Todos deberían ser partícipes de su buena voluntad y firme decisión para encontrar una solución pacífica.

73. No es verdad que el Gobierno esté rechazando toda medida encaminada a restablecer el acceso a los montes Nuba; de hecho, ha estado en comunicación con la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios precisamente para tratar esa cuestión. Ya ha autorizado la Operación Supervivencia en el Sudán en el sur, donde el peligro para la seguridad es más crítico; no hay por qué pensar que no haría lo propio respecto de los montes Nuba.

74. El Sr. SHAHI dice que se infiere de la impresionante exposición que el Gobierno ha adoptado trascendentes medidas para solucionar la prolongada guerra civil y los problemas de una sociedad multirracial y multiétnica; le desea un éxito sostenido. El referéndum sobre la libre determinación es una grata novedad, y le complace oír que el Gobierno acatará sus resultados.

75. La Sra. McDOUGALL (Relatora del país), resumiendo, dice que ha sido un importante intercambio de opiniones. Todos los miembros del Comité han acogido con beneplácito la nueva Constitución y la impresionante Carta de Derechos. Acogen con agrado las disposiciones de los Acuerdos de Paz y la visión que se está impulsando para que haya igualdad en la sociedad sudanesa entre el norte y el sur así como en materia de la distribución de la riqueza y para garantizar la libertad de religión y unas relaciones armoniosas entre las diferentes culturas y grupos étnicos. Esperan ansiosos la aplicación efectiva de esa visión y de esos instrumentos legales. Esperan que se mantenga el cese del fuego y que todas las partes aprueben las condiciones de paz, porque los ciudadanos del Sudán merecen la paz.

76. El PRESIDENTE encomia el incisivo análisis de la Relatora del país a falta de un informe escrito del Gobierno. En su resumen se ha expresado sin duda alguna en nombre de cada uno de los miembros del Comité. Agradece a los miembros de la delegación sus respuestas francas y claras, y espera recibir más información en el siguiente informe. El Comité seguirá de cerca la aplicación de todas las reformas y acuerdos mencionados. Los esfuerzos del Sudán podrían sentar un ejemplo para otras regiones que padecen conflictos civiles.

77. La delegación del Sudán se retira .

Proyecto de observaciones finales sobre los informes periódicos noveno y décimo de la República de Corea (CERD/C/54/Misc.24/Rev.2, futuro CERD/C/304/Add…)

78. EL PRESIDENTE invita al Comité a que reanude su examen del proyecto de observaciones finales sobre los informes periódicos noveno y décimo de la República de Corea (CERD/C/54/Misc.24/Rev.2).

Párrafo 14

79. El PRESIDENTE dice que no debe distinguirse a ningún grupo étnico específico, y que, por lo tanto, deben suprimirse las palabras "particularly ethnic Chinese”, para tener así en cuenta el sentir de varios otros miembros del Comité.

80. El Sr. DIACONU recuerda la sugerencia de reemplazar "the Committee remained concerned that there appears to be” por “concern is expressed about”.

81. Queda aprobado el párrafo 14 en su forma enmendada .

Párrafo 15

82. El Sr. SHERIFIS dice que sería más apropiado insertar el párrafo 15 en la sección E, Sugerencias y recomendaciones, y modificar la oración para que diga: " The Committee recommends that the State party provide legal aid to victims of racial discrimination and facilitate access to recourse procedures on the part of vulnerable groups ”.

83. Así queda acordado .

Párrafo 16

84. Queda aprobado párrafo 16 .

Párrafo 17

85. El Sr. RECHETOV sugiere suprimir "all" antes de "the provisions".

86. Queda aprobado párrafo 17 en su forma enmendada .

Párrafo 18

87. Respondiendo a una petición de aclaración hecha por el PRESIDENTE , el Sr. van BOVEN (Relator del país) explica que la expresión "industrial trainees" figura entre comillas en el texto por ser una expresión usada por el Gobierno coreano, a quien están dirigidas principalmente las observaciones finales. Los "industrial trainees" constituyen una categoría especial de trabajadores extranjeros encargados del trabajo sucio, difícil y peligroso, y por lo general proceden de países asiáticos más pobres; el uso de cualquier otra expresión exigiría una larga explicación .

88. El Sr. RECHETOV dice que la explotación no incumbe al mandato del Comité y que, por lo tanto, sería preferible usar la frase "discrimination against foreign workers".

89. El Sr. SHAHI dice que "discrimination against foreign workers" es una expresión demasiado amplia, ya que naturalmente los trabajadores extranjeros no pueden pretender gozar de todos los derechos políticos de que gozan los ciudadanos del país.

90. El Sr. van BOVEN (Relator del país) sugiere que se especifique "discrimination in the labour conditions of foreign workers".

91. Tras un debate en el que participan el Sr. GARVALOV , el PRESIDENTE y el Sr. SHAHI , el Sr. van BOVEN (Relator del país) señala que la expresión "just and favourable conditions of work" corresponde al mandato del Comité con arreglo al inciso i) del apartado e) del artículo 5.

92. Queda aprobado el párrafo 18 en su forma enmendada .

Párrafo 19

93. Queda aprobado el párrafo 19 en su forma enmendada, con pequeñas modificaciones de forma .

Párrafo 20

94. El Sr. DIACONU expresa dudas en relación con la última oración. ¿Cómo es posible que un Estado investigue casos sin que los interesados hayan interpuesto una denuncia?

95. El Sr. van BOVEN (Relator del país) dice que un miembro ausente del Comité sugirió la última oración, pero toma nota de la acotación del Sr. Diaconu y estaría de acuerdo con que se suprima.

96. Queda aprobado el párrafo 20 en su forma enmendada .

Párrafo 21

97.El PRESIDENTE pregunta por qué, si los Estados Partes ya asignan "adequate resources", se tiene que poner en duda que sigan haciéndolo. Tal vez cabría suprimir el párrafo 21.

98. El Sr. SHAHI dice que sería preferible conservar el párrafo, habida cuenta de la opinión lógica del Comité de que el acceso inadecuado a los tribunales para obtener una satisfacción o reparación y la falta de casos registrados de discriminación podrían deberse en realidad a un conocimiento o publicidad insuficientes de los procedimientos de recurso judicial.

99. El Sr. DIACONU sugiere que, siendo evidente que el Estado Parte no hace lo suficiente para facilitar la difusión, la educación y la formación, debería sustituirse la frase "continue to allocate adequate resources" por "allocate more resources".

100. Queda aprobado el párrafo 21 en su forma enmendada .

Párrafo 22

101. El Sr. RECHETOV dice que la frase "all the points raised” es demasiado vaga, y sugiere sustituirla por "the concerns raised".

102. El Sr. van BOVEN (Relator del país) sugiere ampliar la frase para que diga "the concerns, suggestions and recommendations raised".

103. Queda aprobado el párrafo 22 en su forma enmendada .

104. Queda aprobado en su totalidad el proyecto de observaciones finales sobre los informes noveno y décimo de la República de Corea, en su forma enmendada .

Se levanta la sesión a las 18.05 horas.