Naciones Unidas

CAT/C/DNK/FCO/8

Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes

Distr. general

13 de diciembre de 2024

Español

Original: inglés

Español, francés e inglés únicamente

Comité contra la Tortura

Información recibida de Dinamarca relativaal seguimiento de las observaciones finalessobre su octavo informe periódico *

[Fecha de recepción: 22 de noviembre de 2024]

I.Introducción

1.El Gobierno danés expresa su agradecimiento al Comité contra la Tortura por el diálogo constructivo mantenido los días 8 y 9 de noviembre de 2023 sobre nuestro octavo informe periódico y por las observaciones finales formuladas tras ese diálogo.

2.En las observaciones finales (CAT/C/DNK/CO/8), aprobadas el 22 de noviembre de 2023, el Comité pidió a Dinamarca que proporcionara información de seguimiento en relación con tres recomendaciones específicas (párrafos 19, 25 y 37) relativas al octavo informe periódico (CAT/C/DNK/8). Asimismo, el Comité invitó a Dinamarca a que informara sobre sus planes para aplicar, durante el período correspondiente al siguiente informe, algunas de las demás recomendaciones formuladas en las observaciones finales o todas ellas.

3.El Gobierno danés presenta su información de seguimiento.

II.Información de seguimiento de las observaciones finales (CAT/C/DNK/CO/8)

Condiciones de reclusión

A.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 a)de las observaciones finales

Contribución relativa a las condiciones de hacinamiento

4.Durante años, el Servicio de Prisiones y Libertad Condicional danés ha tenido que lidiar con el problema del elevado número de reclusos. Para dar respuesta al crecimiento de la población reclusa, desde 2015 se ha ampliado significativamente la capacidad, pese a lo cual el índice de ocupación en 2024 (del 1 de enero al 11 de octubre) se situó en el 100,9 % en el conjunto del país. Así las cosas, el acuerdo plurianual del Servicio de Prisiones y Libertad Condicional danés para el período 2022-2025 prevé una serie de ampliaciones que, en conjunto, permitirán incrementar la capacidad en Dinamarca con la incorporación de 326 celdas adicionales durante el período al que se refiere al acuerdo. Asimismo, se han firmado acuerdos para arrendar 300 celdas en Kosovo, ampliar el centro de prisión preventiva que se prevé construir en Slagelse de 200 a 400 celdas y construir una nueva y moderna prisión dotada con hasta 400 celdas. Cabe señalar que la apertura de las nuevas plazas presupone un incremento del número de funcionarios de prisiones.

Contribución relativa a la contratación de personal

5.Se han puesto en práctica varias medidas destinadas a reforzar la contratación y la retención del personal, como, por ejemplo, el pago del salario íntegro durante la formación, la reducción del período de formación para los solicitantes cualificados, incrementos salariales para el personal uniformado, etc. Asimismo, se han aplicado distintas medidas encaminadas a mejorar la retención del personal, como la supervisión de todos los trabajadores de primera línea, el establecimiento de un cuerpo de psicólogos para evitar la acumulación de estrés y el trastorno por estrés postraumático, el refuerzo del desarrollo de aptitudes y la formación continua de todos los miembros del personal, entre otras.

6.Desde 2023 se ha producido un ligero aumento de los efectivos.

B.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 b)de las observaciones finales

7.El Gobierno danés está examinando actualmente el uso de la prisión preventiva en el marco de una reforma de la justicia penal.

C.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 c)de las observaciones finales

8.El Servicio de Prisiones y Libertad Condicional de Dinamarca se esfuerza por mantener la separación entre los presos preventivos y los condenados. Sin embargo, las condiciones de hacinamiento y la falta de personal penitenciario hacen que, en determinadas situaciones, el Servicio de Prisiones se vea obligado a no respetar el principio de separación de los presos preventivos y los condenados. Además, un recluso penado puede ser internado en un centro de prisión preventiva como parte de un traslado disciplinario o por motivos específicos.

9.Los reclusos en centros de prisión preventiva, así como los internados en establecimientos penitenciarios de régimen abierto y cerrado, tienen acceso a actividades educativas, laborales y recreativas. Sin embargo, el acceso a estas actividades está más limitado en los centros de prisión preventiva y en los establecimientos de régimen cerrado que en las prisiones de régimen abierto, debido, por ejemplo, a las restricciones a la interacción de los presos preventivos con otros reclusos o a motivos de seguridad. La dotación de personal también puede incidir en dicho acceso.

D.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 d)de las observaciones finales

10.En agosto de 2024, un comité integrado por funcionarios de prisiones y asociaciones de abogados y familiares de reclusos concluyó un análisis y una evaluación del ámbito mencionado en dicho párrafo. Se ha empezado a implementar un sistema informatizado de reserva de visitas y a mejorar la información escrita que se entrega a los reclusos y los visitantes. El Servicio de Prisiones examinará la posibilidad de aplicar el resto de recomendaciones e iniciativas en 2025.

E.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 e)de las observaciones finales

11.Cuando un centro penitenciario o de prisión preventiva recibe nuevos internos, se aplica un protocolo preestablecido. En el plazo de siete días hábiles tras el ingreso de un interno en un centro de prisión preventiva y de diez días hábiles en el caso de un ingreso en prisión, el interno debe recibir información por escrito sobre la prisión preventiva o el cumplimiento de penas de privación de libertad. Se informa a los internos sobre las normas más importantes aplicables a las personas detenidas e internadas en prisión preventiva o a las personas que cumplen una pena de privación de libertad. Esto incluye información sobre sus derechos y responsabilidades, por ejemplo el derecho a recibir visitas y a desarrollar actividades laborales, educativas u otras que se autoricen. La información escrita se traduce a 16 idiomas y se encuentra en proceso de actualización.

F.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 f)de las observaciones finales

12.Con arreglo a la legislación danesa, el personal de instituciones penitenciarias está autorizado a realizar registros corporales sin ropa de los detenidos sin orden judicial cuando esto se considera necesario para garantizar la seguridad en el centro o para evitar disturbios o la comisión de delitos. En los establecimientos de alto riesgo (las prisiones en régimen cerrado y los centros de prisión preventiva), es práctica habitual realizar un registro sin ropa cuando el recluso recibe una visita o cuando los funcionarios lo trasladan fuera de la prisión. Según el artículo 60 de la Ley de Ejecución de Penas, los registros corporales sin ropa han de ser proporcionados y deben realizarse con delicadeza y en presencia de funcionarios de prisiones del mismo sexo que el detenido exclusivamente.

13.El Servicio de Prisiones y Libertad Condicional tiene previsto publicar un documento con las directrices nacionales sobre el procedimiento de los registros sin ropa en 2025.

G.Información de seguimiento relativa al párrafo 19 g)de las observaciones finales

14.Durante el procedimiento de ingreso, los presos preventivos, los presos condenados y los extranjeros en situación de detención administrativa son sometidos a un cribado psiquiátrico preliminar llevado a cabo por los funcionarios de prisiones y a un examen médico adicional realizado por personal de enfermería. El objetivo del examen médico es detectar problemas físicos o psiquiátricos y, en su caso, remitir al recluso a los servicios de atención de la salud pertinentes.

15.Las unidades locales de atención de la salud que existen en los centros penitenciarios, en los establecimientos de prisión preventiva y en los centros de expulsión realizan funciones de atención de la salud de los reclusos o detenidos similares a las de un médico generalista. En todos los centros penitenciarios, de prisión preventiva y de expulsión, el Servicio de Prisiones cuenta con psiquiatras en plantilla o asociados que evalúan y tratan a los reclusos con problemas psiquiátricos. Si un recluso o detenido necesita un tratamiento que no está disponible en la unidad local de atención de la salud, la persona será remitida a un hospital u otro centro de atención sanitaria adecuado fuera del establecimiento penitenciario para ser tratada.

Detención de migrantes

H.Información de seguimiento relativa al párrafo 25de las observaciones finales

16.En Dinamarca, la detención con fines de devolución solo se aplica con arreglo a lo previsto en la Ley de Devolución danesa.

17.De conformidad con las especificaciones de dicha ley, la detención solo puede utilizarse con este fin si es necesaria para garantizar que pueda realizarse la devolución —por ejemplo, por el riesgo de fuga— y si se considera que la adopción de medidas menos coercitivas sería insuficiente para garantizarla.

18.La decisión de detener a una persona y la duración de la detención están sujetas a la revisión de un tribunal de justicia.

19.Si el detenido no es puesto en libertad en el plazo de 72 horas, la decisión de proceder a la detención será revisada por un tribunal de justicia. El tribunal asignará al detenido un abogado y se pronunciará sobre la legalidad de la detención.

20.Si se confirma la detención, el tribunal deberá establecer su duración, que podrá prorrogar posteriormente por un máximo de cuatro semanas cada vez.

21.Al evaluar la duración de la detención, el tribunal tendrá en cuenta el principio de proporcionalidad y las obligaciones internacionales que incumben a Dinamarca. Asimismo, tendrá en cuenta si el procedimiento de devolución está avanzando y si existen perspectivas de que la devolución se produzca en un plazo razonable.

22.No se detendrá a menores con fines de devolución. En el caso de las familias con menores, uno de los adultos, por lo general el padre, podrá ser detenido —si se estima necesario— para garantizar la devolución.

23.El Servicio de Prisiones y Libertad Condicional mantiene y mejora de manera continua las condiciones de vida en el Centro de Detención de Ellebæk.

El centro está preparando alojamiento en un pabellón independiente para ciudadanos extranjeros en situación de detención administrativa, con el fin de separarlos de los ciudadanos extranjeros detenidos, por ejemplo, por haber cometido un delito que pueda ser causa de expulsión.

El Servicio de Prisiones ha creado un grupo de trabajo para encontrar soluciones que permitan alojar por separado a las familias y a las parejas en el centro de detención.

El centro está en vías de reducir el número de personas detenidas alojadas en cada habitación, de manera que cada una de ellas esté ocupada por un máximo de dos detenidos.

En diciembre de 2024, el centro incorporará nuevas instalaciones al aire libre que permitirán que los detenidos tengan acceso sin restricciones a aire fresco durante el día. De esta manera, se incrementará la superficie de instalaciones al aire libre con respecto a la actualmente disponible. Las instalaciones estarán valladas y parte de la zona al aire libre estará techada para proteger a los internos de las inclemencias meteorológicas.

El Servicio de Prisiones y Libertad Condicional reconoce la importancia de que las personas internadas en el Centro de Detención de Ellebæk tengan contacto con el mundo exterior y de que las restricciones de ese derecho no vayan más allá de lo necesario para garantizar la presencia de los detenidos y la seguridad de estos y de los funcionarios. Los migrantes detenidos pueden llamar a números de teléfono en Dinamarca y en el extranjero desde los teléfonos instalados en los pasillos de los pabellones mediante el uso de tarjetas telefónicas. Los detenidos pueden comprar las tarjetas telefónicas al funcionario encargado o en la tienda de alimentación del centro una vez a la semana. El Servicio de Prisiones ha creado un grupo de trabajo que, entre otras tareas, tratará de proponer soluciones respecto al acceso a Internet en el establecimiento para facilitar el contacto con el mundo exterior de las personas detenidas.

En 2023 se revisó el sistema de sanciones disciplinarias, incluidas las normas sobre la aplicación de la reclusión en régimen de aislamiento como medida disciplinaria, con miras a reducir la duración máxima de las sanciones y garantizar su eficacia y proporcionalidad. El nuevo sistema disciplinario impone multas o restringe privilegios, como la recepción de visitas, el acceso al teléfono y la posibilidad de enviar cartas (una limitación que no se aplica en el caso de los familiares directos de las personas detenidas). Esto ha permitido reducir el recurso a la reclusión en régimen de aislamiento y ha demostrado ser una medida menos invasiva para las personas detenidas que el régimen de aislamiento.

Instituciones psiquiátricas

I.Información de seguimiento relativa al párrafo 37de las observaciones finales

24.Por regla general, en los pabellones psiquiátricos solo se puede recurrir a medidas coercitivas de cualquier tipo, incluida la contención física o farmacológica, después de que hayan fracasado todos los intentos de conseguir que el paciente acepte el tratamiento. El uso de la coerción debe ser proporcional y debe emplearse con la mayor suavidad posible, de modo que se eviten molestias innecesarias, según lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley de Salud Mental.

25.Asimismo, el Gobierno danés presta especial atención a la mejora de la salud psiquiátrica y mental. En septiembre de 2022, el Gobierno y la mayoría de los partidos políticos firmaron un acuerdo para establecer un plan decenal de mejora de la salud psiquiátrica y mental.

26.El plan decenal se basa en un informe de la Autoridad Sanitaria y el Consejo Nacional de Servicios Sociales de Dinamarca que resume los principales retos y aspectos susceptibles de mejora, además de las posibles soluciones, en el ámbito de la enfermedad y la salud mentales en Dinamarca. El acuerdo prevé un plan a largo plazo centrado fundamentalmente en determinar cómo debe evolucionar el tratamiento de la salud mental en Dinamarca, así como en la prevención y en la mejora de la coordinación entre los servicios de medicina de familia, psiquiátricos hospitalarios y sociales. Durante la preparación del informe, la Autoridad Sanitaria y el Consejo Nacional de Servicios Sociales de Dinamarca recabaron sistemáticamente información de asociaciones profesionales y organizaciones de pacientes, entre otros. En 2025, el Gobierno iniciará las negociaciones para la puesta en práctica de la última etapa del plan decenal, con el fin de garantizar la capacidad y la calidad de la atención necesarias y la reducción de la utilización de medidas coercitivas en el tratamiento psiquiátrico para 2030.

27.El Gobierno ha asignado más de 3.000 millones de coronas danesas (400 millones de euros) para la financiación íntegra del plan decenal.

28.En cuanto a la reducción del uso de la coerción, el Gobierno lleva varios años trabajando en esa dirección. Por ejemplo, en 2014 estableció un ambicioso objetivo de reducir en un 50 % el uso de correas de inmovilización a más tardar en 2020. Lamentablemente, ese objetivo no se cumplió. Como parte de las iniciativas para reducir el uso de las medidas de contención obligatorias, el Estado ha establecido un nuevo y ambicioso objetivo de reducir las medidas coercitivas en un 30 % para 2030 en el marco del plan decenal. Este objetivo incluye todo tipo de medidas coercitivas, como correas de inmovilización, otras medidas de contención, medicación forzosa, etc. Se desarrollará un nuevo modelo para vigilar de cerca el uso de los distintos tipos de medidas coercitivas, y un grupo de trabajo nacional, que se reunirá dos veces al año, seguirá y debatirá la evolución en el ámbito psiquiátrico, especialmente en lo relativo al uso de la coerción.

29.El grupo de trabajo también estudiará cualquier diferencia en el uso de la coerción que exista entre las cinco regiones de Dinamarca, que tienen las competencias en materia de tratamiento psiquiátrico, y analizará a qué se deben esas disparidades. Por consiguiente, uno de los principales objetivos del grupo de trabajo es el aprendizaje y el intercambio de buenas prácticas entre las regiones.

30.El Gobierno danés desea recalcar que la Autoridad Sanitaria de Dinamarca publica directrices sobre el uso de la coerción. Las directrices vigentes se actualizaron por última vez en 2023.

31.Para velar por que los niños menores de 15 años puedan acogerse a las mismas salvaguardias legales que los adultos y los jóvenes de 15 años o más, el Gobierno ha introducido modificaciones en la Ley de Salud Mental en lo relativo, entre otras cosas, a los pacientes menores de 15 años, que entraron en vigor el 1 de junio de 2024. Con esta modificación legal, todos los pacientes, sea cual sea su edad, tendrán idénticos derechos: el derecho a un asesor y el derecho a presentar una reclamación ante la Junta de Reclamaciones de los Pacientes Psiquiátricos.

32.Por último, en lo que respecta a la preocupación del Comité por el elevado porcentaje de decisiones sobre el inicio o la duración de las medidas de contención física que han sido revocadas por la Junta de Reclamaciones de los Pacientes Psiquiátricos, el Gobierno está de acuerdo en que el porcentaje de decisiones revocadas es elevado, pero acoge con satisfacción que dicho organismo contribuya a garantizar los derechos de los pacientes psiquiátricos. El Estado investigará los motivos y, si lo estima necesario, introducirá ajustes, elaborará directrices o considerará otras iniciativas.

Planes para aplicar las recomendaciones durante el período correspondiente al siguiente informe

J.Información de seguimiento relativa al párrafo 13de las observaciones finales

33.Como se ha indicado en relación con el párrafo 19 c) de las observaciones finales, un comité de profesionales y usuarios del sistema de visitas ha formulado recomendaciones para garantizar un mejor acceso de los reclusos a la comunicación con sus abogados. Entre otras cosas, se recomienda explorar la posibilidad de que los abogados realicen videovisitas y de establecer un sistema informatizado de reserva para las visitas de los abogados.

34.En 2024 y 2025, el Servicio de Prisiones y Libertad Condicional danés examinará la posibilidad de seguir introduciendo mejoras en ese ámbito.

K.Información de seguimiento relativa al párrafo 17de las observaciones finales

35.En abril de 2022, se firmó el tratado entre Kosovo y Dinamarca, que fue aprobado por el Parlamento kosovar en mayo de 2024. Posteriormente, el tratado fue ratificado en junio de 2024 y se espera que el establecimiento penitenciario al que se refiere pueda entrar en servicio en un plazo de entre 21 y 26 meses a partir de su fecha de ratificación.

36.Las obligaciones internacionales de Dinamarca, incluidas las dimanantes del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, se tuvieron debidamente en consideración durante las negociaciones del tratado.

37.El tratado establece como condición previa que el cumplimiento de penas en el centro penitenciario se ajuste a las obligaciones internacionales de Dinamarca, y que el centro no entre en servicio hasta que sus condiciones se correspondan en lo esencial con las de las prisiones danesas y el Gobierno considere que las penas pueden cumplirse y se cumplirán con arreglo a las obligaciones internacionales de Dinamarca. El tratado también dispone que en el interior del establecimiento penitenciario se aplicarán las normas danesas, con pequeñas modificaciones necesarias por motivos prácticos, así como las obligaciones legales de Dinamarca. Esto significa que los reclusos tendrán los mismos derechos que si estuvieran en Dinamarca, que las condiciones del centro deberán ser las mismas que las de las prisiones danesas y que los funcionarios penitenciarios kosovares habrán de recibir formación sobre las normas y las prácticas danesas. Asimismo, el centro penitenciario estará dirigido por un gobernador danés y bajo la supervisión del Defensor del Pueblo Parlamentario danés y de otras autoridades danesas e internacionales.

38.Todas las personas encarceladas tendrán acceso a atención sanitaria de conformidad con las obligaciones internacionales de Dinamarca. Como prevé el tratado, en el establecimiento penitenciario se instalará un centro de atención de la salud con personal sanitario autorizado en Dinamarca y sujeto a supervisión danesa. Si la persona encarcelada necesita recibir un tratamiento fuera del centro sanitario del establecimiento, será trasladada a Dinamarca, excepto si precisa tratamiento urgente, en cuyo caso será tratada en Kosovo. El centro penitenciario no empezará a utilizarse hasta que se haya verificado que el tratamiento disponible en Kosovo puede proporcionarse de una forma acorde con las obligaciones internacionales de Dinamarca.

39.Todas las personas encarceladas tendrán derecho a recibir visitas de la misma forma que los reclusos de las prisiones danesas.

40.Todas las personas encarceladas tendrán acceso a vías efectivas de denuncia. Tal como establece el tratado, las normas y los reglamentos del Estado que envía los reclusos (Dinamarca) serán los únicos aplicables al cumplimiento en el establecimiento penitenciario de penas impuestas en Dinamarca, incluidos los derechos y las obligaciones de los reclusos, lo que puede dar lugar a reclamaciones o acciones legales de los reclusos en relación con la ejecución de penas impuestas en Dinamarca. Las reclamaciones y los procedimientos judiciales relativos al cumplimiento de penas impuestas en Dinamarca serán tramitados por las autoridades danesas, incluidos los juzgados y tribunales daneses.

L.Información de seguimiento relativa al párrafo 21de las observaciones finales

41.Con arreglo al nuevo sistema de sanciones disciplinarias que se describe en la información de seguimiento relativa al párrafo 25 de las observaciones finales, la reclusión en régimen de aislamiento impuesta como medida disciplinaria solo podrá tener una duración superior a 14 días en casos excepcionales. Dichas situaciones excepcionales pueden incluir casos de infracciones repetidas de las normas disciplinarias o en los que se considere necesario un aislamiento más prolongado para manejar a reclusos especialmente problemáticos o de reacciones intempestivas.

42.En el anexo se incluye información adicional sobre la evolución de la utilización de la reclusión en régimen de aislamiento como medida disciplinaria. El nuevo sistema de sanciones disciplinarias entró en vigor en septiembre de 2023 y, en general, se ha traducido en una reducción de la imposición de la reclusión en régimen de aislamiento como medida disciplinaria y, en particular, en una disminución sustancial del número de reclusiones en régimen de aislamiento prolongadas (de más de 14 días).

43.La exclusión voluntaria de la interacción puede utilizarse por distintos motivos, por ejemplo para proteger al recluso o si este necesita pasar un tiempo a solas para centrarse en solucionar un problema o adaptarse a su situación. El recluso puede poner fin a la exclusión voluntaria en cualquier momento. Según las instrucciones escritas, es necesario evaluar de manera continua, en colaboración con el recluso, si se puede poner fin a la exclusión voluntaria. Asimismo, los funcionarios penitenciarios evaluarán de forma continua si conviene trasladar al recluso a otro centro penitenciario en el que pueda interactuar con otros reclusos.

M.Información de seguimiento relativa al párrafo 27de las observaciones finales

44.El Gobierno danés ha tomado nota de la preocupación del Comité por que, en algunos casos, se interne a niños que reciben asistencia social en centros residenciales de seguridad con niños que cumplen penas privativas de libertad, a pesar de que no hayan cometido ningún delito.

45.El Gobierno danés quiere recalcar que, cuando un municipio decide que un niño o un adolescente reciba atención fuera de su hogar, es decir, en un centro residencial, el municipio debe considerar qué centro es el más adecuado para atender las necesidades del menor.

46.El Gobierno danés destaca asimismo que la legislación de su país prevé estrictas condiciones que han de cumplirse para internar a un niño o un adolescente en un centro residencial de régimen cerrado. La legislación danesa también limita estrictamente el tiempo que un niño o un adolescente puede estar internado en ese tipo de centro.

Anexo

Cuadro 1Casos de reclusión en régimen de aislamiento disciplinario, adultos, 2023( Desglosados por la duración de la reclusión en régimen de aislamiento y el mes )

1

2

3

4

5

6

7

8

9

10

11

12

Total

1 a 14 días

268

246

271

217

272

226

243

203

156

133

144

145

2 524

15 días o más

62

53

63

40

40

54

49

36

8

11*

8

424

Total

330

299

334

257

312

280

292

239

164

288*

153

2 948

* Por motivos discrecionales, se han combinado los datos de los meses de octubre y noviembre.

Nota: Los datos se extrajeron el 21 de octubre de 2024.

Cuadro 2Casos de reclusión en régimen de aislamiento disciplinario, adultos, eneroa septiembre de 2024( Desglosados por la duración de la reclusión en régimen de aislamiento y el mes )

1

2

3

4

5

6

7

8

9*

Total

1 a 14 días

189

159

192

214

204

224

203

159

197

1 741

15 días o más

10

6

11

9

5

11

8

7

7

74

Total

199

165

203

223

209

235

211

166

204

1 815

* Hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. Los datos de 2024 son preliminares.

Nota: Los datos se extrajeron el 21 de octubre de 2024.

Cuadro 3Casos de reclusión en régimen de aislamiento disciplinario, menores( Desglosados por la duración de la reclusión en régimen de aislamiento y el año )

2023

2024*

1 a 7 días

15

20

Total

15

20

* Hasta el 30 de septiembre de 2024, inclusive. Los datos de 2024 son preliminares.

Nota: Los datos se extrajeron el 21 de octubre de 2024.