Distr.GENERAL

CAT/OP/1/1

15 de febrero de 2007

ESPAÑOL

Original: INGLÉS

SUBCOMITÉ PARA LA PREVENCIÓN

Primer período de sesiones

Ginebra, 19 a 23 de febrero de 2007

PROGRAMA PROVISIONAL Y ANOTACIONES

Nota del Secretario General

1.El primer período de sesiones del Subcomité para la Prevención de la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes se celebrará en la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra del 19 al 23 de febrero de 2007. La primera sesión comenzará el lunes 19 de febrero de 2007 a las 10.00 horas.

2.De conformidad con las disposiciones pertinentes del Protocolo Facultativo de la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles Inhumanos o Degradantes, el Secretario General ha preparado el programa provisional adjunto para el primer período de sesiones y las anotaciones correspondientes.

3.En cumplimiento del apartado c) del párrafo 2 del artículo 10 del Protocolo Facultativo, las sesiones del Subcomité serán privadas. Excepcionalmente, la apertura del período de sesiones por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos y las declaraciones solemnes de los miembros del Subcomité serán públicas.

GE.07-40465 (S) 190207 190207

PROGRAMA PROVISIONAL

1.Apertura del período de sesiones por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos.

2.Declaraciones solemnes de los miembros del Subcomité

3.Elección del Presidente.

4.Aprobación del programa.

5.Cuestiones de organización y otros asuntos.

6.Examen del proyecto de reglamento con vistas a su aprobación.

7.Elección de la Mesa del Subcomité.

8.Cooperación con otros órganos internacionales, regionales y nacionales que realizan actividades en la esfera de preocupación del Subcomité.

9.Labor futura del Subcomité para la Prevención.

ANOTACIONES

1. Apertura del período de sesiones por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos

La Alta Comisionada para los Derechos Humanos o su representante inaugurará el primer período de sesiones del Subcomité.

2. Declaraciones solemnes de los miembros del Subcomité

De conformidad con el artículo 1, el párrafo 3 del artículo 2 y el párrafo 6 del artículo 5 del Protocolo Facultativo, los miembros del Subcomité harán la siguiente declaración solemne:

"Declaro solemnemente que, en el desempeño de mis funciones y en el ejercicio de mis facultades como miembro del Subcomité para la Prevención, actuaré en forma independiente, imparcial y eficaz."

3. Elección del Presidente del período de sesiones

ElSubcomité para la Prevención elegirá un Presidente.

4. Aprobación del programa

El Subcomité tal vez desee examinar y aprobar el programa de su primer período de sesiones sobre la base del programa provisional preparado por el Secretario General.

5. Cuestiones de organización y otros asuntos

En relación con este tema, el Comité tal vez desee examinar su programa de trabajo del período de sesiones y cualquier otro asunto relativo a la forma de desempeñar las funciones que se le encomiendan en el Protocolo Facultativo.

6. Examen del proyecto de reglamento

De conformidad con el artículo 10 del Protocolo Facultativo, el Subcomité establecerá su reglamento. A este respecto, el Subcomité tendrá ante sí el proyecto de reglamento (CAT/OP/1/CRP.1) preparado por el Secretario General con vistas a facilitar su labor.

7. Elección de la Mesa del Subcomité

De conformidad con el párrafo 1 del artículo 10 del Protocolo Facultativo, el Subcomité elegirá su Mesa por un mandato de dos años.

8. Cooperación con otros órganos internacionales, regionales y nacionales que realizan actividades en la esfera de preocupación del Subcomité

De conformidad con los artículos 11 y 31 del Protocolo Facultativo, el Subcomité para la Prevención tal vez desee examinar las modalidades de su cooperación con los organismos especializados, los órganos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y otros órganos interesados en los asuntos abordados en el Protocolo Facultativo y que correspondan al ámbito de sus actividades.

9. Labor futura del Subcomité para la Prevención

En el párrafo 3 del artículo 10 del Protocolo Facultativo se establece que "el Subcomité para la Prevención se reunirá en las ocasiones que determine su reglamento. El Subcomité para la Prevención y el Comité contra la Tortura celebrarán sus períodos de sesiones simultáneamente al menos una vez al año".

En relación con este tema, el Subcomité tal vez desee confirmar las fechas de su segundo y tercer períodos de sesiones, en consulta con el Secretario General y teniendo en cuenta el calendario de conferencias aprobado por la Asamblea General.

De conformidad con el artículo 13 del Protocolo Facultativo, el Subcomité tal vez desee establecer por sorteo un programa de visitas a los Estados Partes para dar cumplimiento a su mandato.

De conformidad con los artículos 11 y 31 del Protocolo Facultativo, el Subcomité para la Prevención tal vez desee examinar las modalidades de su cooperación con los organismos especializados, los órganos de las Naciones Unidas, las organizaciones intergubernamentales y otros órganos interesados en los asuntos abordados en el Protocolo Facultativo y que correspondan al ámbito de sus actividades.

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