* Aprobada por el grupo de trabajo anterior al período de sesiones el 27 de febrero de 2025.
Lista de cuestiones y preguntas previas a la presentación del décimo informe periódico de Austria *
Generalidades
Sírvanse proporcionar información y datos estadísticos, desglosados por sexo, edad, nacionalidad, discapacidad, grupo étnico, ubicación geográfica y origen socioeconómico, sobre la situación actual de las mujeres y las niñas en el Estado parte, con el fin de poder realizar un seguimiento de la aplicación de la Convención. De conformidad con las obligaciones contraídas por el Estado parte en virtud de los artículos 1 y 2 de la Convención y con la meta 5.1 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible, de poner fin a todas las formas de discriminación contra todas las mujeres y las niñas en todo el mundo, sírvanse indicar cómo prevé el Estado parte mejorar la recopilación y el análisis de los datos relativos a las esferas que abarca la Convención para respaldar la formulación de políticas y la elaboración de programas y medir los progresos realizados en la aplicación de la Convención y en la promoción de la igualdad sustantiva de mujeres y hombres, en particular en lo que respecta a las esferas concretas que se examinan en el presente documento.
Marco constitucional y definición de la discriminación contra la mujer
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la existencia de mecanismos institucionales de coordinación entre el Estado federal y los Länder y la eficacia de esos mecanismos. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas adoptadas para modificar la Ley de Igualdad de Trato y la Ley Federal de Igualdad de Trato y otras leyes con miras a garantizar la protección sustantiva y procesal contra la discriminación con respecto a todos los motivos prohibidos de discriminación en los sectores privado y público. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la legislación contra la discriminación trate la discriminación derivada del uso de la inteligencia artificial y ofrezca protección frente a ella de la manera debida, incluidos detalles sobre toda disposición legal, mecanismo de supervisión o vía de recurso al respecto disponible para las mujeres y las niñas que experimentan ese tipo de discriminación.
Acceso a la justicia
En relación con la recomendación general núm. 33 (2015) del Comité, relativa al acceso de las mujeres a la justicia, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para fortalecer la coordinación efectiva de las estructuras contra la discriminación en todos los niveles de gobierno, en particular en vista de la preocupación por que la situación actual, en la que la legislación contra la discriminación está desperdigada en numerosas leyes federales y provinciales, unida a la compleja distribución de las instituciones a nivel federal y provincial, pueda coartar la capacidad de las víctimas para reclamar sus derechos y obtener reparación. Sírvanse detallar los pasos dados para garantizar la aplicación uniforme de la Convención en todo el Estado parte, incluidas las iniciativas para evitar la confusión y la incertidumbre jurídica afrontando los diversos grados de protección que se ofrecen por los distintos motivos de discriminación. Sírvanse proporcionar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas, como el establecimiento de mecanismos de denuncia confidenciales, eficaces y que respondan a las cuestiones de género o el refuerzo de los ya existentes, para garantizar que las mujeres, incluidas las mujeres mayores, las mujeres y las niñas con discapacidad, las mujeres y niñas pertenecientes a minorías étnicas, religiosas y lingüísticas y las mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes tengan acceso efectivo a la justicia en todo el Estado parte y conozcan sus derechos y las vías de recurso a su disposición para reivindicarlos.
Mecanismos nacionales para el adelanto de la mujer
Sírvanse proporcionar información sobre los recursos humanos, técnicos y financieros asignados al Ministerio Federal de la Mujer, la Familia, la Integración y los Medios de Comunicación y su División de la Mujer y la Igualdad. Sírvanse proporcionar también información detallada sobre el porcentaje del presupuesto anual asignado a programas de promoción de la igualdad entre los géneros, los parámetros utilizados para medir la eficacia de esos programas, cómo podría mejorarse la coordinación entre la División de la Mujer y la Igualdad y otros departamentos, y qué recursos adicionales se necesitarían para aplicar plenamente los mandatos existentes de promoción de la igualdad entre los géneros y protección contra la discriminación. Sírvanse proporcionar además información sobre las asignaciones presupuestarias a nivel de los Länder y de los municipios para las políticas relativas a los derechos de la mujer y la igualdad de género, incluidos detalles sobre cómo se distribuyen esos recursos entre los distintos niveles de gobierno, los porcentajes de los presupuestos de los Länder y de los municipios que se asignan a iniciativas de igualdad de género, y qué mecanismos están implantados para garantizar la aplicación coherente de medidas de igualdad de género en todos los municipios del Estado parte.
Institución nacional de derechos humanos
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que la Junta de Defensores del Pueblo de Austria, que volvió a recibir en marzo de 2022 la acreditación de la categoría A de la Alianza Global de las Instituciones Nacionales de Derechos Humanos, se ajusta plenamente a los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París). En particular, sírvanse detallar los pasos dados para aplicar las recomendaciones del Subcomité de Acreditación después de que se revalidase la acreditación de la Junta en 2022.
Medidas especiales de carácter temporal
Recordando la recomendación general núm. 25 (2004) del Comité, relativa a las medidas especiales de carácter temporal, sírvanse informar sobre las medidas adoptadas a los siguientes efectos:
a)Aprobar y aplicar medidas especiales de carácter temporal y establecer objetivos con plazos concretos para acelerar la representación de las mujeres en puestos con capacidad decisoria y la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres en todas las esferas en las que las mujeres siguen estando en situación de desventaja o insuficientemente representadas, como la vida política y pública, la educación y el empleo;
b)Llevar a cabo programas de desarrollo de la capacidad, dirigidos a todos los funcionarios del Estado y directivos contratantes pertinentes, sobre la naturaleza no discriminatoria y la importancia de las medidas especiales de carácter temporal para lograr la igualdad sustantiva entre las mujeres y los hombres en todas las esferas en las que los avances son lentos o nulos.
Estereotipos y prácticas nocivas
Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para eliminar las imágenes y actitudes estereotipadas con respecto a las funciones de las mujeres, los hombres, las niñas y los niños en la familia y en la sociedad. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para supervisar la imagen de la mujer que se proyecta en los medios de comunicación y en Internet, así como en las declaraciones de los funcionarios públicos. ¿Qué pasos se han dado para alentar a los medios de comunicación, incluidas las empresas de los medios sociales, a transmitir imágenes positivas sobre las mujeres y su condición de igualdad con los hombres en la vida pública y privada y a eliminar la representación de las mujeres como objetos sexuales, incluso en la publicidad?
Sírvanse proporcionar información sobre los planes de desarrollo y aplicación de una estrategia nacional para hacer frente al matrimonio forzado y la mutilación y ablación genital femenina, incluidos detalles sobre las vías para garantizar una financiación adecuada y sostenible de los servicios de asesoramiento. Sírvanse indicar los pasos dados para realizar campañas de sensibilización y educación sobre el carácter delictivo de la mutilación y ablación genital femenina y la necesidad de eliminar esa práctica, en particular entre el personal médico, los profesionales de la medicina, los progenitores, los dirigentes comunitarios, los eruditos religiosos, las mujeres y las niñas, y los hombres y los niños. Sírvanse describir las medidas adoptadas para proporcionar a las víctimas y a las mujeres y niñas en situación de riesgo información sobre los mecanismos de que disponen para presentar denuncias contra quienes perpetran tales actos, acceso a asistencia letrada y servicios sociales y de rehabilitación de calidad. Sírvanse proporcionar además información sobre las medidas adoptadas para poner fin al matrimonio infantil, precoz y forzado, en consonancia con la meta 5.3 de los Objetivos de Desarrollo Sostenible.
Violencia de género contra las mujeres y las niñas
Sírvanse proporcionar información sobre los pasos dados con miras a adoptar medidas integrales para prevenir, combatir y castigar todas las formas de violencia de género contra las mujeres y las niñas, incluidos detalles sobre la asignación de recursos humanos, técnicos y financieros suficientes para aplicar, supervisar y evaluar esas medidas de manera sistemática y efectiva. Sírvanse proporcionar información detallada sobre el calendario y las medidas concretas previstas para aplicar plenamente el Convenio del Consejo de Europa sobre Prevención y Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica, en particular a la luz del importante número de feminicidios señalado por el Grupo de Expertos en la Lucha contra la Violencia contra las Mujeres y la Violencia Doméstica en el primer informe temático de evaluación relativo a Austria, publicado en 2024. Sírvanse dar más detalles sobre las medidas concretas adoptadas para controlar y evaluar la capacidad de respuesta de la policía y el sistema judicial en los casos de violencia sexual. ¿Ha introducido el Estado parte actividades obligatorias de desarrollo de la capacidad dirigidas a los jueces, fiscales, agentes de policía y otros encargados de hacer cumplir la ley sobre la aplicación rigurosa de las disposiciones del derecho penal relativas a la violencia de género contra las mujeres y sobre procedimientos de investigación que tengan en cuenta las cuestiones de género?
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas adoptadas para reforzar la investigación y el enjuiciamiento de todos los delitos de odio y los ataques contra mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes. Sírvanse facilitar además información detallada sobre las medidas adoptadas para reforzar la protección y la asistencia que se ofrece a las mujeres que son víctimas de violencia de género, entre otras cosas aumentando la capacidad de los centros de acogida y garantizando que estos satisfagan las necesidades de las víctimas y abarquen todo el territorio del Estado parte, y para incrementar el apoyo financiero que presta a las organizaciones no gubernamentales que acogen y rehabilitan a las víctimas, así como su cooperación con esas organizaciones. Sírvanse describir las medidas aplicadas para hacer frente a los efectos de la violencia de género contra las mujeres y las niñas relacionados con la salud, en particular en materia de programas obligatorios de capacitación del personal sanitario, ampliación de los grupos de protección de las víctimas, mayor accesibilidad de los servicios de terapia centrada en el trauma y disposiciones específicas para grupos de alto riesgo como las mujeres y las niñas con discapacidad, las madres solteras, las mujeres y las niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes, y las mujeres y las niñas lesbianas, bisexuales, transgénero e intersexuales. Sírvanse proporcionar información sobre los planes para aumentar la financiación anual de los servicios de prevención de la violencia y de protección. Sírvanse también proporcionar información sobre los procedimientos de vigilancia e identificación establecidos para detectar la violencia de género contra las mujeres y las niñas con discapacidad en relaciones de dependencia, en particular en situaciones en que las víctimas no denuncien los malos tratos por temor a perder su vivienda o por la incapacidad para comunicarse. Sírvanse indicar los mecanismos de supervisión, los canales de denuncia accesibles y los protocolos de intervención concretos que se aplican cuando existen sospechas de violencia, pero no hay denuncias directas.
Trata y explotación de la prostitución
En lo que respecta a la recomendación general núm. 38 (2020) del Comité, relativa a la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración mundial, sírvanse facilitar al Comité información actualizada sobre las medidas adoptadas a los siguientes efectos:
a)Intensificar la cooperación internacional, regional y bilateral con los países de origen, tránsito y destino;
b)Garantizar que se aplique rigurosamente el artículo 104 a) del Código Penal investigando, enjuiciando e imponiendo penas adecuadas a los responsables de la trata de personas, especialmente de mujeres y niñas;
c)Crear un sistema nacional uniforme para detectar a las mujeres que son víctimas de trata y hacer un seguimiento de su situación y suspender la devolución de las víctimas de trata con arreglo al Reglamento (UE) núm. 604/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de junio de 2013, por el que se establecen los criterios y mecanismos de determinación del Estado miembro responsable del examen de una solicitud de protección internacional presentada en uno de los Estados miembros por un nacional de un tercer país o un apátrida (Reglamento Dublín III);
d)Garantizar que las mujeres provenientes de Estados miembros de la Unión Europea que ingresen en el Estado parte siendo objeto de trata estén suficientemente protegidas en virtud de la Ley de Asentamiento y Residencia;
e)Revisar las políticas de inmigración para velar por que las leyes y políticas sobre la deportación de mujeres extranjeras no se apliquen de manera discriminatoria, no disuadan a las mujeres y las niñas migrantes, refugiadas y solicitantes de asilo de denunciar los delitos de trata y no socaven los esfuerzos encaminados a prevenir la trata de personas, detectar o proteger a las víctimas o enjuiciar a los autores;
f)Reforzar las actividades de desarrollo de la capacidad dirigidas a la policía, la judicatura, los abogados, los encargados de hacer cumplir la ley, los agentes de control de fronteras, los trabajadores sociales y los trabajadores sanitarios con respecto a la pronta detección de las víctimas de trata y su remisión a los servicios adecuados y sobre métodos de investigación que tengan en cuenta las cuestiones de género.
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para proteger a las mujeres que ejercen la prostitución de la discriminación, el racismo, la estigmatización y la violencia institucional y estructural, en particular a la luz de políticas migratorias restrictivas que puedan dar lugar a la explotación y a condiciones de vida precarias. Sírvanse describir las medidas previstas o adoptadas para examinar la situación de las mujeres extranjeras que ejercen la prostitución y protegerlas, y para reforzar la asistencia que se presta a las mujeres y las niñas que desean abandonar la prostitución, por ejemplo ofreciéndoles programas de salida y oportunidades alternativas de generación de ingresos. Además, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para prevenir y combatir la trata de mujeres y niñas con fines de explotación sexual y prostitución forzada, incluidos los esfuerzos para detectar y ayudar a las víctimas, enjuiciar y castigar debidamente a quienes perpetran tales actos, y afrontar las causas profundas de la trata y la prostitución forzada, en particular entre las mujeres migrantes y otros grupos en situación vulnerable. Sírvanse proporcionar también información sobre las medidas adoptadas a fin de aumentar el número de centros temporales de acogida para las víctimas de la trata y sobre las medidas para mejorar los servicios de apoyo psicológico y los servicios gratuitos de asistencia letrada para las víctimas.
Participación de las mujeres en la vida pública y política
En relación con la recomendación general núm. 40 (2024) del Comité, relativa a la representación igualitaria e inclusiva de las mujeres en los sistemas de toma de decisiones, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para introducir cuotas oficiales a fin de garantizar la paridad de género al 50 % en los órganos decisorios a nivel federal, de los Länder y de los municipios, en los cargos tanto electivos como de designación,en particular en las administraciones locales, el personal directivo superior, las fuerzas armadas, el servicio diplomático, el poder judicial y las federaciones deportivas, y para alentar a los sindicatos a que hagan lo propio. Sírvanse proporcionar además información sobre las campañas de concienciación llevadas a cabo a fin de que la población en general comprenda mejor que la participación plena, equitativa, libre y democrática de las mujeres en la vida política y pública es necesaria para el pleno disfrute de los derechos humanos de las mujeres.
Nacionalidad
Sírvanse proporcionar información detallada sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las desventajas estructurales a las que se enfrentan las mujeres al solicitar la ciudadanía austriaca, en particular en lo que respecta a los “medios de subsistencia suficientemente garantizados”. Sírvanse explicar cómo se tienen en cuenta en el sistema actual las circunstancias económicas de las mujeres, e incluir detalles sobre por qué el trabajo de cuidados no remunerado no se tiene en cuenta en el cálculo de los ingresos más allá de los seis meses de la prestación por el cuidado de los hijos. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar que el trabajo no remunerado se tenga en cuenta al determinar los “medios de vida suficientemente asegurados” cuando las mujeres extranjeras solicitan la ciudadanía. Sírvanse exponer además las medidas adoptadas para atajar los problemas a los que se enfrentan las mujeres con múltiples responsabilidades, especialmente las que ejercen de progenitoras únicas y las mujeres migrantes en sectores mal remunerados, para alcanzar esos umbrales de ingresos, y describan las medidas aplicadas para reducir los plazos de espera excesivos en la tramitación, que pueden llegar a ser de hasta 18 meses para las citas iniciales, en las diferentes provincias federales. Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas a fin de eliminar los obstáculos para la adquisición de la nacionalidad austríaca por los niños nacidos fuera del matrimonio y para conceder la ciudadanía austríaca a los niños apátridas nacidos en el Estado parte, a menos que estos puedan adquirir la ciudadanía de alguno de sus progenitores inmediatamente después de su nacimiento mediante un procedimiento no discrecional, como la inscripción consular, la declaración, el derecho de opción u otros procedimientos similares.
Educación
Con respecto a la recomendación general núm. 36 (2017) del Comité, relativa al derecho de las niñas y las mujeres a la educación, sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para llevar a cabo un estudio exhaustivo que evalúe la repercusión de la Ley de Educación Escolar, que entró en vigor en junio de 2019 y por la que se prohíbe que las niñas menores de 10 años usen “vestimenta condicionada por una ideología o religión” en la escuela primaria, y sobre el derecho a la educación de las niñas y su inclusión en la sociedad austriaca. Sírvanse proporcionar detalles sobre las medidas para eliminar los estereotipos de género, promover una mayor diversificación de las opciones educativas y profesionales de los niños y las niñas, así como una mayor participación de las niñas en los programas de aprendizaje, los oficios, la ciencia y la tecnología, y garantizar el uso de materiales didácticos sensibles al género en todos los niveles de estudios. Sírvanse proporcionar además información sobre los pasos dados a fin de adoptar una estrategia para reducir la tasa de deserción escolar en el nivel secundario superior entre las niñas de origen migrante y las niñas cuyos progenitores tienen niveles de educación más bajos, y velar por que las mujeres y las niñas que hayan abandonado la escuela se reincorporen en el sistema educativo.
Sírvanse proporcionar información sobre las estructuras escolares de apoyo a las alumnas de procedencia migratoria y no germanoparlante, incluidas las medidas para prevenir la deserción escolar y la evaluación de esas medidas. Sírvanse detallar los planes para ofrecer espacios accesibles de aprendizaje en alemán, lograr mejoras en los sistemas de recopilación de datos que fomenten el desarrollo de políticas educativas de base empírica y adoptar medidas que garanticen que los profesores dispongan de las competencias adecuadas en materia de género y diversidad. Sírvanse detallar las medidas adoptadas para garantizar que todas las niñas solicitantes de asilo y refugiadas tengan acceso a cursos de idiomas y programas de integración gratuitos, con independencia de las perspectivas de que permanezcan en el Estado parte. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar un sistema educativo inclusivo y accesible, que preste especial atención a afrontar la discriminación interseccional que sufren las mujeres y las niñas con discapacidad. Sírvanse detallar los pasos dados para reducir las elevadas tasas de deserción escolar entre las mujeres con discapacidad en las universidades, eliminar los estereotipos de género del material didáctico y garantizar a las mujeres y las niñas con discapacidad una educación integral sobre salud sexual y reproductiva. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para aumentar la representación de las mujeres y las niñas en la ingeniería, la tecnología y otros programas de estudios y pasantías no tradicionales, incluidas las estrategias expresamente dirigidas a aumentar el acceso a becas y mejorar la representación a nivel universitario. Sírvanse indicar además las reformas del sistema de educación dual encaminadas a evitar que se coloque automáticamente a los niños con discapacidad en escuelas especiales. Sírvanse detallar también las medidas adoptadas a fin de desarrollar recursos técnicos y programas educativos accesibles para las niñas con discapacidad. Sírvanse facilitar información sobre las medidas de protección y prevención aplicadas para hacer frente al acoso escolar contra las niñas, incluidos detalles sobre los sistemas de detección temprana, los protocolos de intervención, los servicios de apoyo a las víctimas y las iniciativas educativas destinadas a prevenir el acoso escolar por razón de género.
Empleo
Sírvanse presentar información sobre las medidas adoptadas a los siguientes efectos:
a)Aplicar de manera efectiva el principio de igualdad de remuneración por trabajo de igual valory velar por que todos los empleadores sean conscientes del derecho de las mujeres a permanecer en sus puestos de trabajo tanto tiempo como los hombres, y alentar a las mujeres a seguir trabajando durante el mismo tiempo que los hombres;
b)Eliminar la segregación ocupacional horizontal y vertical y combatir el subempleo de las mujeres en puestos de trabajo a tiempo completo;
c)Reducir el umbral a partir del cual las compañías deben preparar informes sobre los ingresos, que actualmente solo se aplica a las compañías con 50o más empleados;
d)Facilitar la conciliación de la vida profesional y la vida privada, mejorar las condiciones relativas a la licencia de maternidad remunerada y alentar a los hombres a hacer uso de la licencia parental y ampliar la duración de la licencia de paternidad remunerada;
e)Velar por que los trabajadores de los centros especiales de empleo dispongan de la cobertura de un programa de seguro social independiente, perciban un salario y estén protegidos por la legislación laboral;
f)Indicar medidas específicas aplicadas para prevenir y combatir el acoso sexual en el lugar de trabajo, que incluyan programas de formación para empleadores y empleados, mecanismos de denuncia, medidas de protección de los denunciantes y vías de recurso disponibles para las víctimas;
g)Crear más oportunidades de empleo para las mujeres pertenecientes a grupos desfavorecidos, especialmente las mujeres con discapacidad, las romaníes, las que pertenecen a otros grupos minoritarios étnicos y religiosos y las refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes.
Salud
Sírvanse presentar información sobre medidas concretas a los siguientes efectos:
a)Garantizar que los métodos anticonceptivos modernos sean accesibles y asequibles, estén cubiertos por el seguro médico y estén disponibles en todo el territorio del Estado parte para todas las mujeres y niñas, en particular las que viven en la pobreza;
b)Garantizar el acceso a servicios de aborto sin riesgo, principalmente permitiendo que los médicos que trabajan fuera de los hospitales proporcionen abortivos, y velar por que los programas de seguro médico reembolsen esos procedimientos;
c)Detallar los mecanismos establecidos para investigar los casos de violencia obstétrica, incluidos datos sobre los casos penales conexos, y describir las medidas de prevención aplicadas para proteger a las mujeres de la violencia obstétrica durante el parto y otros procedimientos de atención sanitaria reproductiva;
d)Velar por que el ejercicio de la objeción de conciencia por el personal sanitario no constituya un obstáculo para las mujeres que deseen interrumpir unembarazo;
e)Velar por que en los planes de estudio escolares se incluya educación obligatoria y adecuada a la edad en materia de salud y derechos sexuales y reproductivos para las niñas y los niños, incluso en materia de comportamiento sexual responsable;
f)Garantizar que se obtenga el consentimiento libre e informado para cualquier tratamiento médico, sin excepción, y, cuando sea necesario, ofrecer servicios de apoyo a la toma de decisiones;
g)Sensibilizar a los profesionales de la medicina sobre los obstáculos culturales y lingüísticos que afrontan las mujeres refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes cuando buscan asistencia sanitaria, garantizar la disponibilidad de profesionales sanitarias cuando se solicite e introducir iniciativas de concienciación, en los idiomas pertinentes, que ayuden a las mujeres refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes a entender cómo se accede a los servicios de asistencia sanitaria general y reproductiva;
h)Garantizar que las mujeres y niñas migrantes indocumentadas puedan obtener la documentación necesaria para acceder a servicios de salud en situaciones que no son de emergencia sin correr el riesgo de ser denunciadas a las autoridades y posteriormente deportadas;
i)Establecer y aplicar directrices sanitarias para las mujeres y niñas intersexuales que protejan sus derechos, garanticen la plena divulgación de las opciones médicas a las niñas y a sus padres, maximicen la participación de las niñas en las decisiones sobre el tratamiento, respeten sus elecciones y garanticen que todas las intervenciones médicas se producen exclusivamente con su consentimiento libre, previo e informado.
Mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes
Sírvanse proporcionar información exhaustiva sobre las medidas adoptadas para garantizar que la determinación de la condición de refugiado sea sensible al género y tenga en cuenta las necesidades concretas de las mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes. Sírvanse detallar el modo en que el Estado parte detecta y afronta sistemáticamente las vulnerabilidades de las mujeres y las niñas, en particular de las que son víctimas de tortura, en los contextos de acogida y durante los procedimientos de asilo. Sírvanse exponer las medidas adoptadas a fin de ofrecer capacidades de acogida especializadas para las mujeres solas y los integrantes de los hogares encabezados por mujeres, así como el acceso a servicios y centros de acogida especializados para las mujeres refugiadas y solicitantes de asilo que se vean afectadas por la violencia de género, independientemente de su situación jurídica. Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar procedimientos de asilo sensibles al género, incluida la disponibilidad de funcionarios, jueces e intérpretes del mismo sexo, y la formación del personal de inmigración para que detecten la violencia sexual y de género como motivo para la concesión de protección internacional. Sírvanse detallar asimismo las medidas adoptadas para modificar la legislación nacional con miras a ofrecer a los beneficiarios de protección temporal y subsidiaria las mismas oportunidades de integración y protección social que a los refugiados reconocidos, en particular teniendo en cuenta que los beneficiarios de protección temporal permanecen actualmente en el sistema de atención básica, cuyo límite de ingresos es de 110 euros al mes en la mayoría de los Länder. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a las dificultades concretas que afrontan las mujeres refugiadas, especialmente las madres solas procedentes del Afganistán y Ucrania, para acceder al empleo debido a la escasez de servicios de guardería. Sírvanse indicar los planes para afrontar los obstáculos al acceso al mercado laboral y de la vivienda que generan los permisos de residencia temporal, en particular habida cuenta de que quienes se benefician de protección temporal pueden acogerse, desde octubre de 2024, a un estatuto de residencia de larga duración, siempre y cuando que cumplan las estrictas condiciones relativas al empleo y a un umbral de ingresos elevado, lo que dificulta en muchos casos que cumplan los requisitos a tal efecto. Sírvanse informar al Comité sobre las medidas adoptadas para garantizar la concesión de permisos de residencia de larga duración y la plena incorporación en los regímenes de protección social de los beneficiarios de protección temporal y subsidiaria, a fin de evitar la discriminación y fomentar la independencia económica, que permite a las mujeres abandonar las relaciones violentas. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas adoptadas para reforzar los mecanismos de detección y seguimiento de las mujeres y niñas refugiadas, solicitantes de asilo y migrantes que son víctimas de tortura y violencia de género, incluidas las enmiendas de las disposiciones legislativas pertinentes. Sírvanse detallar además en qué medida ha incorporado el Estado parte en su marco jurídico interno las definiciones y garantías procesales relativas a los apátridas establecidas en la Convención para Reducir los Casos de Apatridia de 1961 y la Convención sobre el Estatuto de los Apátridas de 1954.
Mujeres rurales
En relación con la recomendación general núm. 34 (2016) del Comité, relativa a los derechos de las mujeres rurales, sírvanse proporcionar información sobre los esfuerzos para hacer efectivo el empoderamiento social y económico de las mujeres rurales que se dedican a la agricultura, incluidas las medidas para garantizar que estas tengan acceso a la formación profesional, la protección social y las tierras, y que puedan participar en la adopción de las decisiones, en pie de igualdad con los hombres rurales. Sírvanse detallar cómo se están fortaleciendo y aplicando las políticas y los programas existentes para proteger a las mujeres migrantes y a las mujeres que se dedican temporalmente a la agricultura, en particular en lo que respecta a su acceso a la protección social y a los derechos laborales en igualdad de condiciones con los nacionales.
Mujeres y niñas con discapacidad
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas destinadas a velar por que todas las mujeres y niñas con discapacidad puedan acceder al mercado laboral abierto, sean capaces de decidir de forma autónoma su sistema de vida y tengan acceso a los servicios de que disponen las víctimas de violencia de género. Sírvanse detallar el modo en que se incluye a las mujeres y niñas con discapacidad en todas las políticas y programas de igualdad de género, incluida información sobre cualquier medida especial de carácter temporal que aborde su situación. Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para hacer frente a la baja tasa de participación de las mujeres con discapacidad en la fuerza de trabajo, incluidas las medidas para desarrollar la formación profesional y los servicios de apoyo para las mujeres y las niñas con discapacidad. Sírvanse exponer además los progresos realizados para aplicar una estrategia nacional de desinstitucionalización con objetivos, financiación y plazos claros, prestando especial atención a las mujeres y niñas con discapacidad intelectual y psicosocial que viven en instituciones, y describir las medidas adoptadas para garantizar la prestación de asistencia personal orientada a las necesidades en todas las esferas de la vida. Sírvanse detallar asimismo los esfuerzos para garantizar el acceso a los servicios de atención sanitaria, incluido el apoyo a la toma de decisiones para intervenciones médicas, y las medidas para proteger los derechos reproductivos de las mujeres y las niñas con discapacidad y evitar tratamientos coercitivos. Sírvanse describir las medidas concretas adoptadas para alentar a las mujeres y las niñas con discapacidad a practicar deportes, incluidos los pasos dados para eliminar los estereotipos discriminatorios y sensibilizar al público sobre los beneficios de participar en los deportes. Sírvanse describir también las medidas adoptadas para apoyar a las mujeres con discapacidad en el ejercicio de su derecho a la vida familiar, incluida la prestación de servicios de paternidad asistida y los esfuerzos para combatir los estereotipos sobre su capacidad para ser madres.
Mujeres mayores
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para contrarrestar el riesgo de pobreza entre las mujeres mayores, en particular en vista de la información de que dispone el Comité, según la cual más de dos tercios de las personas mayores de 65 años afectadas por la pobreza en el Estado parte son mujeres y la pensión mensual bruta media de las mujeres en el Estado parte se sitúa por debajo del umbral de riesgo de pobreza. Sírvanse detallar los planes para revisar y “blindar contra la pobreza” la pensión mínima, que está actualmente 280 euros por debajo del umbral de riesgo de la pobreza y afecta desproporcionadamente a las mujeres, quienes representan dos tercios de los perceptores. Sírvanse indicar además cómo evalúa el Estado parte las repercusiones en la pobreza de las personas mayores del aumento de la edad de jubilación de las mujeres, en particular teniendo en cuenta la elevada brecha de género en materia de pensiones, las tasas más bajas de participación en el mercado laboral entre las mujeres que entre los hombres, los servicios de guardería inadecuados, las interrupciones de la carrera profesional y los efectos de la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19) y la crisis inflacionaria, y describir las medidas adoptadas para permitir que las mujeres mayores dispongan de oportunidades laborales adecuadas a su edad.
Cambio climático y reducción del riesgo de desastres
Sírvanse describir las medidas adoptadas para integrar una perspectiva de género en las políticas nacionales sobre el cambio climático, en consonancia con la recomendación general núm. 37 (2018) del Comité, sobre las dimensiones de género de la reducción del riesgo de desastres en el contexto del cambio climático. Sírvanse indicar las medidas adoptadas para garantizar la participación efectiva de las mujeres y las niñas en los procesos de adopción de decisiones sobre la adaptación al cambio climático, la reducción del riesgo de desastres y la ordenación de la tierra y los recursos ambientales, incluida la asignación de los recursos necesarios.
Matrimonio y relaciones familiares
Sírvanse proporcionar información sobre las medidas legislativas adoptadas para establecer un sistema de divorcio sin culpa. Sírvanse detallar los mecanismos jurídicos e institucionales, incluido el desarrollo de la capacidad judicial, para garantizar que se tengan debidamente en cuenta los antecedentes de violencia de género, incluida la violencia doméstica, en los procedimientos de custodia, en particular en lo que respecta a la aplicación de conceptos como “síndrome de alienación parental”, “intolerancia al apego” o “falsos recuerdos”. Sírvanse proporcionar información sobre las disposiciones legales y las medidas administrativas adoptadas para garantizar la seguridad financiera de los hogares monoparentales que no pueden obtener la manutención de los hijos o el pago anticipado de su manutención, teniendo en cuenta que el 48 % de esos hogares corren el riesgo de sumirse en la pobreza o la exclusión social, e indicar las vías de recurso disponibles para hacer frente a la discriminación institucional en los procedimientos de custodia y los sistemas de apoyo financiero, en particular en vista de la información de que dispone el Comité, según la cual solo el 50 % de los niños que reúnen las condiciones necesarias recibe la manutención y solo el 10 % recibe pagos anticipados. Sírvanse proporcionar además información detallada sobre las medidas legislativas, administrativas y judiciales adoptadas para subsanar las deficiencias del sistema de pago de pensiones alimenticias, incluidos los mecanismos de ejecución establecidos para garantizar la pronta y completa ejecución de las órdenes de pago de manutención. Sírvanse exponer las disposiciones legales concretas que rigen la indexación automática o la reevaluación periódica del importe de la pensión alimenticia en respuesta a la inflación y a los cambios en las circunstancias económicas de los divorciados. Sírvanse describir asimismo los recursos jurídicos y los procedimientos administrativos disponibles para los progenitores que tienen la custodia y se enfrentan al incumplimiento de las órdenes de pago de la manutención, incluida información sobre cualquier servicio especializado de asistencia letrada, procedimientos judiciales de ejecución acelerados, sanciones administrativas por impago o mecanismos de coordinación interinstitucional establecidos para localizar a los deudores morosos y hacer cumplir las obligaciones de manutención transfronterizas, de conformidad con los acuerdos internacionales pertinentes. Sírvanse facilitar también datos estadísticos sobre los índices de ejecución, los plazos medios de tramitación de las reclamaciones de manutención y la eficacia de las medidas correctivas aplicadas para hacer frente a las trabas sistémicas al cumplimiento de las obligaciones de pago de la manutención.
Información adicional
Sírvanse aportar la información adicional que estimen pertinente con respecto a las medidas legislativas, de políticas, administrativas y de cualquier otro tipo que se hayan adoptado para aplicar las disposiciones de la Convención y las observaciones finales del Comité desde que se examinó el anterior informe periódico en 2019. Estas medidas pueden consistir en leyes, avances, planes, programas y ratificaciones de instrumentos de derechos humanos de carácter reciente, así como cualquier otra información que el Estado parte considere pertinente. Téngase en cuenta que, además de las cuestiones planteadas en el presente documento, durante el diálogo el Estado parte deberá responder a otras preguntas en relación con las esferas tratadas en la Convención.