Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales
Lista de cuestiones relativa al sexto informe periódico de Mauricio *
1.Se invita al Estado Parte a que presente por escrito la información que se le solicita en este documento (preferiblemente en un máximo de 10.700 palabras) a más tardar el 30 de abril de 2026.
A.Información general
2.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para garantizar la justiciabilidad de los derechos económicos, sociales y culturales en el ordenamiento jurídico interno del Estado Parte, así como sobre las repercusiones de dichas medidas. Aporten información sobre los casos en que las disposiciones del Pacto se hayan invocado ante los tribunales nacionales o hayan sido aplicadas por estos, si los hubiere, incluido el número de esos casos y ejemplos de ellos. Proporciónese información sobre la participación del órgano legislativo en la aplicación y el seguimiento de las anteriores observaciones finales y en la elaboración del sexto informe periódico.
3.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la aplicación de las anteriores observaciones finales del Comité, en particular sobre los mecanismos institucionales existentes para coordinar el seguimiento y garantizar la aplicación en todos los ministerios y sectores, así como sobre la participación de la Comisión Nacional de Derechos Humanos en este proceso.
4.Sírvanse aportar información sobre las medidas adoptadas, y sus repercusiones, para fortalecer la independencia y la eficacia de la Comisión Nacional de Derechos Humanos, de conformidad con los principios relativos al estatuto de las instituciones nacionales de promoción y protección de los derechos humanos (Principios de París), entre otras cosas mediante la aplicación de las recomendaciones de la Alianza Global de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos y el compromiso del Estado Parte previsto en el párrafo 68 del Plan Nacional de Acción sobre Derechos Humanos (2012-2020). Aclaren si la Comisión Nacional de Derechos Humanos ha recibido un mandato claro para promover y proteger los derechos económicos, sociales y culturales.
5.Sírvanse precisar las medidas adoptadas para recopilar sistemáticamente datos desglosados por sexo, identidad de género, orientación sexual, edad, discapacidad, estado de salud, región, nivel de ingresos y origen étnico para supervisar el disfrute de los derechos consagrados en el Pacto, en particular para los chagosianos, e indiquen si esos datos están a disposición del público. Por favor, faciliten también información sobre cómo se están utilizando estos datos para diseñar y aplicar políticas públicas que garanticen los derechos económicos, sociales y culturales de forma igualitaria y sin discriminación.
6.Se ruega faciliten información sobre el marco legislativo y normativo en vigor para que las empresas que operan en el Estado Parte, están domiciliadas en su jurisdicción o son de titularidad de este ejerzan la debida diligencia en materia de derechos humanos en todas sus actividades y rindan cuentas por las violaciones de los derechos amparados por el Pacto. Informen también sobre los progresos realizados por el Estado Parte en la elaboración y aprobación de un plan de acción nacional sobre las empresas y los derechos humanos a fin de aplicar los Principios Rectores sobre las Empresas y los Derechos Humanos. Aporten además datos sobre los casos denunciados por personas o grupos afectados por las actividades de las empresas y sobre las reparaciones que se les concedieron.
7.Se ruega informen sobre las medidas adoptadas por el Estado Parte con respecto a la mitigación del cambio climático, en particular sobre las medidas destinadas específicamente a cumplir las contribuciones determinadas a nivel nacional que el Estado Parte estableció para la reducción de las emisiones en el marco del Acuerdo de París, y sobre los efectos de esas medidas. Informen también sobre los progresos realizados en la reducción de las emisiones per cápita de gases de efecto invernadero y sobre los objetivos que se ha fijado el Estado Parte para seguir reduciendo esas emisiones. ¿Qué medidas se han adoptado para recabar apoyo y asistencia internacionales a fin de movilizar el apoyo financiero y tecnológico que permita al Estado Parte responder a los efectos del cambio climático de acuerdo con las recomendaciones anteriores del Comité? Con respecto a las políticas y medidas de adaptación al cambio climático, faciliten información sobre:
a)Cómo evalúa el Estado Parte los efectos del cambio climático en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular en el caso de las personas y los grupos marginados y desfavorecidos;
b)Si el Estado Parte ha elaborado o tiene previsto elaborar un plan nacional de adaptación, al que se asignen todos los recursos necesarios, para hacer frente a los efectos del cambio climático en los derechos económicos, sociales y culturales, entre otros;
c)Las medidas adoptadas para reforzar la preparación y la respuesta ante los desastres naturales, para reducir el riesgo de desastres y para poner en marcha una estrategia en esta esfera y dotarla de recursos financieros suficientes;
d)Qué instituciones se encargan de formular y aplicar medidas y políticas de adaptación al cambio climático para paliar los efectos de evolución lenta en diferentes ámbitos, como la agricultura, la vivienda y la salud, y cómo se garantiza la coordinación entre las instituciones responsables de la preparación y la gestión para casos de desastre.
B.Cuestiones relativas a las disposiciones generales del Pacto (arts. 1 a 5)
Derecho a la libre determinación (art. 1)
8.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas que ha adoptado el Estado Parte para garantizar que se respeten los derechos del pueblo chagosiano, como población indígena, en relación con sus tierras ancestrales, su cultura y su identidad, en particular asegurando su participación efectiva en la toma de decisiones relativas a las reparaciones y a su derecho a regresar al archipiélago de Chagos.
9.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas concretas que ha adoptado el Estado Parte para garantizar reparación a los chagosianos nacidos en el archipiélago de Chagos, en particular en Diego García, en relación con su desplazamiento forzoso y la prohibición de que regresen a sus tierras ancestrales a pesar de las conclusiones jurídicas internacionales que afirman su derecho al retorno.
Máximo de los recursos disponibles (art. 2, párr. 1)
10.Tengan a bien facilitar información actualizada sobre cómo han evolucionado en los diez últimos años:
a)La proporción de la población que vive por debajo del umbral de pobreza definido a nivel nacional;
b)Los niveles de desigualdad, antes y después de impuestos y transferencias, de ser posible expresados como el cociente entre el total de ingresos acumulados por el 10 % más rico de la población y el total de ingresos del 40 % más pobre, y como el cociente entre los activos que posee el 10 % más rico de la población y los activos del 50 % más pobre;
c)La economía, en particular las variaciones anuales del producto interno bruto (PIB), el PIB per cápita y el nivel de deuda pública expresado como proporción del PIB;
d)La proporción de los ingresos públicos procedente de los impuestos, los ingresos públicos expresados como porcentaje del PIB, la proporción de los ingresos públicos procedente de impuestos directos e indirectos, la tasa de ingresos procedentes del impuesto sobre sociedades y el porcentaje de los ingresos totales procedentes del impuesto sobre la renta de las personas físicas recaudado entre el 10 % más rico de la población, y proporcionen una estimación de la cuantía de los impuestos evadidos y eludidos y del costo recaudatorio de los principales beneficios fiscales; e indiquen, en particular, si el Estado Parte ha reexaminado el papel del impuesto sobre sociedades en la movilización de los ingresos nacionales, y faciliten información sobre los avances hacia la armonización al alza del impuesto sobre sociedades en la región, tal como recomendó el Comité en 2019;
e)El gasto público expresado como porcentaje del PIB y, dentro del gasto público total, la proporción del presupuesto público que se destina al gasto social, incluidos los gastos de seguridad social, alimentación, agua y saneamiento, vivienda, salud y educación;
f)El nivel de gasto en defensa, e indiquen si ha tenido alguna repercusión en la efectividad de los derechos económicos, sociales y culturales;
g)Todas las políticas fiscales adoptadas en respuesta a la pandemia de enfermedad por coronavirus (COVID-19), incluidas las medidas introducidas para apoyar a las empresas y los trabajadores, los gastos relacionados con la pandemia y los ajustes de ingresos, e indiquen si estas políticas siguen vigentes o se han adaptado para cumplir los objetivos de protección social y salud pública posteriores a la pandemia.
No discriminación (art. 2, párr. 2)
11.Sírvanse facilitar información actualizada sobre:
a)Las medidas adoptadas para eliminar la discriminación en la legislación y en la práctica, en particular si el Estado Parte tiene la intención de modificar la Ley de Igualdad de Oportunidades y la legislación conexa para incluir todos los motivos prohibidos de discriminación, como la orientación sexual, la identidad de género, la discapacidad y el origen social, y si tiene previsto revisar el artículo 19 párrafo 2, de la Ley para garantizar la armonización con el artículo 2, párrafo 2, del Pacto;
b)Las medidas adoptadas para garantizar la protección jurídica de las personas lesbianas, gais, bisexuales, transgénero e intersexuales, entre ellas la derogación del artículo 250 del Código Penal y la inclusión de la identidad y la expresión de género como motivos protegidos en la Ley de Igualdad de Oportunidades, la Ley de Relaciones Laborales y la Ley de Derechos de los Trabajadores;
c)Las políticas adoptadas para hacer frente a la discriminación estructural y la exclusión socioeconómica que sufren los mauricianos criollos con respecto al acceso al empleo, la educación, la atención sanitaria, la vivienda y la participación en la vida pública;
d)Las medidas establecidas para garantizar que todas las organizaciones chagosianas, además del Grupo de Refugiados de Chagos, estén representadas equitativamente en las iniciativas culturales, los planes de indemnización y las negociaciones sobre soberanía o reparaciones.
12.Sírvanse describir cómo el Grupo Administrativo para los Consumidores de Drogas y la recién creada Agencia Nacional de Control de Drogas garantizan el acceso voluntario a los servicios y la participación significativa de la sociedad civil, incluidas las organizaciones que representan a las personas que consumen drogas.
Igualdad de derechos entre hombres y mujeres (art. 3)
13.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre el logro de la igualdad de derechos entre hombres y mujeres y sobre las medidas adoptadas para eliminar la discriminación y la desigualdad de género, en particular sobre:
a)Los progresos realizados en el marco de la Política Nacional de Género 2022‑2030 para incorporar la perspectiva de género en los sectores público, privado y de la sociedad civil, y si ello incluye objetivos cuantificables para reducir la segregación ocupacional y aumentar el empoderamiento económico de las mujeres, en particular en el sector informal;
b)Los esfuerzos para aumentar la representación de las mujeres en puestos de toma de decisiones en los sectores público y privado, incluida la aplicación de cuotas de representación política y objetivos mínimos para los consejos de administración, y si estas medidas están respaldadas por sanciones o incentivos;
c)Si el Gobierno tiene intención de adoptar un proyecto de ley integral sobre igualdad de género que incluya disposiciones para reducir la brecha salarial de género, promover la conciliación de la vida laboral y personal y reconocer el trabajo de cuidados no remunerado;
d)Las medidas adoptadas para combatir la violencia de género, incluida la aplicación de la Estrategia y el Plan de Acción Nacionales para la Eliminación de la Violencia de Género (2020-2024), y si se han promulgado enmiendas a la Ley de Protección contra la Violencia Doméstica para garantizar una protección inclusiva y eficaz.
C.Cuestiones relativas a disposiciones específicas del Pacto (arts. 6 a 15)
Derecho a trabajar (art. 6)
14.Sírvanse proporcionar información sobre si el Gobierno tiene previsto ratificar:
a)El Protocolo de 2014 relativo al Convenio sobre el Trabajo Forzoso, 1930 (núm. 29);
b)La Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de Sus Familiares.
15.Sírvanse proporcionar información sobre las repercusiones de los programas de capacitación técnica y profesional, como el Programa Nacional de Aprendizaje, el Programa de Reincorporación de las Mujeres al Trabajo y el Programa de Empleo Juvenil, incluido el efecto en el acceso a un trabajo decente para las mujeres, los jóvenes y las personas de Rodrigues.
16.En relación con los párrafos 40 a 44 del informe del Estado Parte, sírvanse aclarar cómo se aplica la legislación laboral para garantizar la protección contra la discriminación en la contratación y la ocupación, en particular por motivos de sexo, casta, origen social y estado serológico con respecto al VIH, y si existen medidas específicas para las mujeres en los sectores no estructurado y del trabajo doméstico. Además, expliquen qué medidas se están adoptando para garantizar que los trabajadores de la economía informal, incluidos los trabajadores a tiempo parcial, de temporada y a domicilio, se beneficien de protecciones laborales y sociales equivalentes a las de la economía formal, incluida la cobertura del salario mínimo y los mecanismos de reparación.
17.Sírvanse aclarar la respuesta del Gobierno a la elevada tasa de desempleo y la baja tasa de participación de las mujeres en el mercado laboral, así como los planes del Gobierno para combatir la discriminación en la contratación, que afecta especialmente a las mujeres empleadas en los sectores doméstico e informal:
a)Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para ampliar la protección laboral a las mujeres que trabajan en la economía informal, incluidas las mujeres migrantes, y para facilitar su transición a la economía formal;
b)Informen sobre el impacto concreto del Código de Conducta para la Contratación y el Empleo de Trabajadores Migrantes en Mauricio de 2023, elaborado por la Asociación de Exportadores de Mauricio y la Organización Internacional para las Migraciones, y de la Ley de Contratación de Trabajadores;
c)Faciliten información sobre las medidas aplicadas por la Dependencia Especial de Trabajadores Migrantes y su impacto.
18.En relación con el párrafo 4 de las recomendaciones anteriores del Comité, sírvanse proporcionar información sobre la respuesta del Gobierno a la marginación de los chagosianos en el ámbito del empleo, incluidas las barreras para acceder al trabajo formal, a la formación profesional y a los permisos de pesca, y sobre si se están aplicando planes específicos de apoyo al empleo o a los medios de subsistencia para esta población. ¿Cómo garantiza el Estado la participación de los chagosianos, de conformidad con los derechos que les confiere la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, en las decisiones relacionadas con el paso marítimo, los permisos de pesca y la gestión de los recursos marinos en el archipiélago de Chagos, especialmente en un contexto de preocupación por la explotación, la sobrepesca y la falta de consulta?
19.Tengan a bien aclarar cómo prevé el Gobierno combatir la discriminación racial estructural, la estigmatización y la marginación que sufren los criollos, en particular los afrodescendientes, los migrantes y los refugiados, y los que residen en Rodrigues y Agalega, para reducir la pobreza y la exclusión social entre estas comunidades y mejorar la igualdad de acceso a un empleo adecuado.
Derecho a condiciones de trabajo equitativas y satisfactorias (art. 7)
20.Sírvanse proporcionar estadísticas desglosadas sobre accidentes laborales y sobre denuncias, incluidas las presentadas ante el Punto Nacional de Contacto de Mauricio (establecido en 2024) en relación con las multas y sanciones impuestas, así como información:
a)Sobre si el nivel actual del salario mínimo nacional, ajustado por última vez en 2024, es suficiente para garantizar un nivel de vida adecuado a los trabajadores y sus familias, y proporcionen información sobre los mecanismos para supervisar el cumplimiento en todos los sectores, incluida la economía informal;
b)Sobre las medidas jurídicas y prácticas en vigor para hacer cumplir el principio de igualdad de remuneración por un trabajo de igual valor, consagrado en el artículo 26 de la Ley de Derechos de los Trabajadores, y para eliminar las diferencias salariales entre hombres y mujeres y entre sectores, especialmente en el sector agrícola y en las industrias azucarera y del té, y sobre la persistencia de la segregación ocupacional de hombres y mujeres;
c)Sobre las medidas adoptadas para promover activamente la igualdad de género, apoyar a las mujeres empresarias y aplicar medidas para prevenir y abordar la violencia de género y el acoso sexual en el lugar de trabajo;
d)Sobre los casos de acoso sexual incoados en virtud del nuevo artículo 114 de la Ley de Derechos de los Trabajadores de 2019, en particular nuevos datos desglosados sobre los casos contemplados en este artículo para el período 2024-2026;
e)Sobre las medidas adoptadas para mejorar las condiciones laborales y la protección jurídica de los trabajadores domésticos y atípicos, incluido el acceso a servicios de salud y seguridad en el trabajo, permisos retribuidos y mecanismos de recurso;
f)Sobre las medidas adoptadas para garantizar la adecuación y la frecuencia de las inspecciones de trabajo, incluso en sectores de alto riesgo como la construcción y el trabajo doméstico, incluida información sobre las medidas destinadas a reforzar la protección de los trabajadores durante el proceso de contratación;
g)Sobre las medidas para reforzar el fomento de la capacidad de los funcionarios encargados de hacer cumplir la ley, los trabajadores sociales y los profesionales de la salud en la pronta identificación y remisión a los servicios adecuados de las víctimas de la trata y las mujeres y niñas en situación de riesgo, en particular las mujeres migrantes y las niñas no acompañadas;
h)Sobre las medidas adoptadas para atender el reducido número de denuncias, investigaciones, enjuiciamientos y condenas, y la levedad de las penas impuestas, en casos de trata de mujeres y niñas.
21.Sírvanse proporcionar información actualizada que abarque el período 2024-2026:
a)Sobre los informes que indican que los trabajadores migrantes siguen siendo objeto de trabajo forzoso, trata de personas y explotación sexual, y que los derechos de los trabajadores migrantes empleados en virtud del régimen de “permiso de trabajo” no siempre están plenamente garantizados;
b)Sobre los riesgos de repercusiones negativas en los derechos de los trabajadores migrantes en relación con cuestiones como la servidumbre por deudas, la confiscación y retención de documentos (incluidos los pasaportes), el pago de tasas de contratación, las largas jornadas de trabajo, el alojamiento inadecuado y las condiciones de vida deficientes, el impago de salarios, la rescisión anticipada del contrato, la rescisión en caso de embarazo, la repatriación, las limitaciones a la libertad de circulación y las repercusiones de las medidas que el Gobierno ya ha puesto en marcha; e información sobre los planes de nuevas medidas que el Gobierno pretende aplicar para mejorar la situación de los trabajadores migrantes, especialmente los de ascendencia criolla y africana;
c)Sobre cómo el Estado Parte tiene previsto mejorar los mecanismos de denuncia y proporcionar a los denunciantes la asistencia necesaria, incluida la asistencia jurídica, y si tiene previsto aplicar sanciones disuasorias a los empresarios infractores;
d)Sobre los recursos humanos, financieros y técnicos asignados para la aplicación de la Ley de Lucha contra la Trata de Personas (2009), la Ley de Lucha contra la Trata de Personas (Modificación) (en vigor desde enero de 2024) y el Plan de Acción Nacional contra la Trata de Personas (2022-2026), y sobre el impacto de estas medidas.
Derechos sindicales (art. 8)
22.En relación con los párrafos 34 y 35 de las observaciones finales anteriores del Comité, sírvanse proporcionar información actualizada sobre lo siguiente:
a)Las medidas vigentes para garantizar la libertad de asociación y la protección frente a la discriminación antisindical en todos los sectores, incluidos el trabajo privado y el informal, y si esta protección se aplica a los trabajadores migrantes y atípicos;
b)Los procedimientos para el reconocimiento de los sindicatos, la negociación colectiva y las acciones de huelga, incluyendo si los umbrales y procedimientos actuales de la Ley de Relaciones Laborales permiten el ejercicio efectivo de estos derechos en la práctica;
c)Cualquier limitación legal o de facto al acceso de los sindicatos a los lugares de trabajo y a las plataformas digitales, y si el Estado garantiza el derecho de los representantes sindicales a llegar a todas las categorías de trabajadores, incluso en entornos digitales o remotos;
d)Las medidas adoptadas para garantizar el derecho de sindicación y de negociación colectiva con arreglo a la legislación nacional, en particular para los agentes de policía, los trabajadores migrantes y los trabajadores de empresas orientadas a la exportación, y si alguna categoría de trabajadores está excluida de esos derechos.
Derecho a la seguridad social (art. 9)
23.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre la cobertura, adecuación y accesibilidad de los sistemas y prestaciones de protección social, en particular si los niveles actuales de las pensiones básicas de jubilación, invalidez y viudedad/orfandad del régimen de protección social proporcionan a los beneficiarios un nivel de vida adecuado, y si el Estado tiene intención de ajustar las prestaciones para adaptarlas a la inflación y al coste de la vida.
24.Sírvanse proporcionar información sobre las medidas adoptadas para ampliar la cobertura contributiva y no contributiva a los trabajadores informales, los trabajadores por cuenta propia y los trabajadores migrantes, en particular en el marco de la Ley de Cotizaciones y Prestaciones Sociales de 2021. Además, describan los tipos de apoyo disponibles para las personas con discapacidad, en particular a través de la Dependencia de Empoderamiento de las Personas con Discapacidad, e indiquen el estado y la aplicación del proyecto de ley de protección y promoción de los derechos de las personas con discapacidad presentado en diciembre de 2023. En particular, proporcionen información sobre las disposiciones relativas a ajustes razonables, así como sobre cuotas y otras medidas destinadas a promover el empleo de las personas con discapacidad. Con respecto a la anunciada reforma de la pensión básica de jubilación, y su justificación, y si se están llevando a cabo consultas adecuadas y significativas con la sociedad civil, los sindicatos y los grupos de pensionistas como parte del proceso de reforma:
a)¿Qué significará el aumento de la edad de jubilación a 65 años para las personas del sector informal y para los desempleados o autónomos? ¿Pueden explicar si se lleva a cabo alguna comprobación de recursos y cómo funciona? ¿Cuál es su valoración sobre el impacto distributivo de esa reforma y su repercusión en la tasa de pobreza?
b)Proporcionen información sobre si el Gobierno tiene previsto aumentar la cuantía de la pensión básica de jubilación hasta un monto que garantice un nivel de vida adecuado a los beneficiarios.
Protección de la familia y la infancia (art. 10)
25.En relación con los párrafos 103 a 108 del informe del Estado Parte, sírvanse indicar la situación del Documento de Política Nacional sobre la Familia y la forma en que promueve el acceso al cuidado de los niños y los ancianos, el apoyo a las personas con discapacidad, la conciliación de la vida laboral y personal y el bienestar de la familia, en particular mediante la licencia parental y el apoyo a los programas de cuidado infantil y crianza en el lugar de trabajo. Además, describan las medidas adoptadas para combatir el matrimonio infantil y la explotación del niño, y para garantizar la aplicación efectiva de la Ley de la Infancia de 2020, incluidas las funciones del Tribunal de Menores y la Dependencia de Desarrollo del Niño, y las iniciativas nacionales de sensibilización.
Derecho a un nivel de vida adecuado (art. 11)
26.Por favor, aclaren los requisitos de selección, el alcance y la sostenibilidad del contrato social del Plan Marshall, incluyendo si los umbrales actuales son adecuados para cubrir las necesidades básicas, y cómo el programa aborda la pobreza en las comunidades rurales y marginadas. Además, expliquen el grado de acceso a una vivienda adecuada y asequible, incluida la aplicación y supervisión de los planes de vivienda de la empresa nacional de fomento de la vivienda (National Housing Development Company Ltd.) y de los planes de vivienda de la New Social Living Development, y si se protegen los derechos de los residentes contra el desalojo forzoso o la pérdida de la propiedad.
27.Sírvanse indicar las medidas adoptadas por el Estado Parte para garantizar el acceso a una alimentación adecuada y al agua limpia, en particular en las zonas afectadas por el cambio climático, como Rodrigues, y qué medidas se están adoptando para proteger los medios de subsistencia agrícolas y promover la seguridad alimentaria.
28.Sírvanse proporcionar información sobre el acceso a una vivienda adecuada y a los servicios básicos de las familias chagosianas que viven en zonas desatendidas, como Cassis, Roche-Bois y Baie du Tombeau. ¿Qué medidas existen para combatir la pobreza entre los chagosianos y garantizar el acceso al agua limpia, el saneamiento, la electricidad y la alimentación? ¿Qué medidas afirmativas se están adoptando para reconocer y proteger la pesca como elemento central de la vida cultural y económica de los chagosianos?
Derecho a la salud física y mental (art. 12)
29.Sírvanse describir las medidas adoptadas para garantizar un acceso equitativo y no discriminatorio a servicios de atención de la salud de calidad en todas las regiones y poblaciones, incluida Rodrigues, y para grupos vulnerables, como las personas con discapacidad, los migrantes y las personas con VIH. Además, proporcionen información sobre la aplicación y la cobertura del Programa Nacional de Salud Mental, incluidos los progresos realizados en la descentralización de los servicios psiquiátricos y en las esferas de la atención basada en la comunidad, la dotación de personal y la lucha contra la estigmatización.
30.Sírvanse explicar las medidas adoptadas para garantizar el acceso integral a los servicios de salud sexual y reproductiva, incluidos los métodos anticonceptivos modernos, la educación sanitaria de los adolescentes y los servicios de aborto y de atención posterior al aborto, y si los menores pueden acceder a ellos sin el consentimiento de sus padres. Proporcionen información sobre las medidas adoptadas para prevenir los abortos en condiciones de riesgo y despenalizar el aborto, de conformidad con las Directrices sobre la atención para el aborto de la Organización Mundial de la Salud, de 2022. Además, proporcionen información sobre las medidas adoptadas para promover el abandono de los modelos punitivos y policiales con respecto a las cuestiones relacionadas con las drogas y para ampliar y fortalecer los programas de reducción de daños para las personas que consumen drogas, incluidos los servicios de metadona y de intercambio de agujas, y si estos están disponibles en los establecimientos penitenciarios. Proporcionen también información sobre las medidas adoptadas para garantizar la participación significativa de las personas que consumen drogas y de las organizaciones de la sociedad civil en la elaboración, aplicación y supervisión de la política sobre drogas en el marco de la Agencia Nacional de Control de Drogas.
Derecho a la educación (arts. 13 y 14)
31.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas, y su impacto, para garantizar el derecho a una educación inclusiva, de calidad y equitativa a todos los niveles, en particular sobre:
a)La forma en que el Estado Parte está abordando las desigualdades en los resultados educativos, en particular para los estudiantes de familias con bajos ingresos y de origen criollo o chagosiano, incluido mediante el programa de Zonas de Educación Prioritaria y la provisión de comidas y materiales escolares;
b)Los esfuerzos realizados para mejorar el acceso y la calidad de la educación inclusiva para los estudiantes con discapacidad, entre otras cosas mediante la aplicación de la Ley de la Autoridad para las Necesidades Educativas Especiales, la formación de profesores en pedagogía inclusiva y el suministro de tecnologías de apoyo;
c)Cómo aborda el Estado Parte los elevados índices de absentismo escolar, especialmente en la educación secundaria;
d)Las medidas adoptadas para garantizar la integración del idioma criollo mauriciano en el plan de estudios, así como sobre la formación docente y los materiales educativos pertinentes, y sobre los pasos que se están dando para apoyar el criollo de Rodrigues;
e)La ampliación de las oportunidades de formación profesional y técnica para los jóvenes, incluidos los que no aprueban el certificado nacional de educación, y sobre el efecto de esta ampliación en el empleo remunerado.
Derechos culturales (art. 15)
32.Sírvanse proporcionar información actualizada sobre las medidas adoptadas para garantizar el derecho de toda persona a participar en la vida cultural y a beneficiarse del progreso científico, en particular sobre:
a)Cómo la Ley del Estatuto del Artista de 2023 y el Fondo Nacional de las Artes garantizan el acceso a la formación, el apoyo a la producción y una remuneración justa para los artistas profesionales y emergentes de todo el país, y aclaren si los artistas de Rodrigues y Agalega están igualmente cubiertos por estos regímenes;
b)Cómo se amplían la inclusión y el apoyo culturales a todas las comunidades étnicas y lingüísticas, incluidos los grupos que hablan criollo, bhoyapurí, chino, chagosiano y otras lenguas minoritarias, y aclaren si las asociaciones para la promoción de lenguas y los centros culturales cuentan con recursos equitativos y son consultados;
c)Cómo garantiza el Gobierno un acceso asequible y equitativo a los contenidos culturales digitales, y si existen medidas específicas para superar la exclusión digital que afecta a las poblaciones rurales y de bajos ingresos;
d)Si el Estado Parte reconocerá y preservará formalmente el patrimonio cultural chagosiano y proporcionará acceso equitativo a los recursos culturales y representación en las políticas nacionales de memoria y patrimonio.